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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2023/57

9.10.2023

Recurso interpuesto el 11 de agosto de 2023 — Makhlouf/Consejo

(Asunto T-490/23)

(C/2023/57)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Shahla Makhlouf (Fairfax, Virginia, Estados Unidos) (representantes: G. Karouni y K. Assogba, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, en la medida en que estos actos afectan al demandante:

La Decisión (PESC) 2023/1035 del Consejo, de 25 de mayo de 2023, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/1027 del Consejo, de 25 de mayo de 2023, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

Condene al Consejo al pago de la cantidad de 30 000 euros en concepto de indemnización por todos los daños y perjuicios sufridos.

Condene al Consejo a cargar con sus propias costas y con las de la parte demandante, reservándose esta el derecho a justificarlas durante el procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la vulneración del derecho de defensa y del derecho a un juicio justo. La demandante reprocha al Consejo la vulneración de su derecho de defensa y de su derecho a ser oída con carácter previo a la inclusión de su nombre en las listas controvertidas.

2.

Segundo motivo, basado en un error manifiesto de apreciación y en la falta de prueba. La demandante alega que las alegaciones del Consejo relativas a la existencia de un «riesgo inherente de que los bienes heredados se utilicen para apoyar las actividades del régimen sirio y lleguen directamente a manos del régimen, lo que podría contribuir a la represión violenta que ejerce este último contra la población civil», deben rechazarse definitivamente por carecer de fundamento, y que adolecen de falta de cualquier base fáctica que las respalde.

3.

Tercer motivo, basado en la vulneración del principio de proporcionalidad en la injerencia en los derechos fundamentales. La demandante estima que la medida controvertida resulta desproporcionada en la medida en que afecta indistintamente a todos los bienes de la demandante.

4.

Cuarto motivo, basado en la vulneración del derecho de propiedad. La demandante alega que los actos impugnados socavan injustificadamente su derecho de propiedad, ya que incluyen indistintamente los bienes que pueden ser heredados por ella y también bienes personales.


ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/57/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)