ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 300

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

66.° año
25 de agosto de 2023


Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2023/C 300/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.11145 — SCANIA / SENNDER / JV) ( 1 )

1

2023/C 300/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.11203 — PAI PARTNERS / ECF) ( 1 )

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2023/C 300/03

Tipo de cambio del euro — 24 de agosto de 2023

3

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2023/C 300/04

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

4

2023/C 300/05

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

5

2023/C 300/06

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

6

2023/C 300/07

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

7


 

V   Anuncios

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2023/C 300/08

Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

8


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.11145 — SCANIA / SENNDER / JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2023/C 300/01)

El 18 de agosto de 2023, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (https://competition-cases.ec.europa.eu/search). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32023M11145. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.11203 — PAI PARTNERS / ECF)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2023/C 300/02)

El 21 de agosto de 2023, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (https://competition-cases.ec.europa.eu/search). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32023M11203. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/3


Tipo de cambio del euro (1)

24 de agosto de 2023

(2023/C 300/03)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0840

JPY

yen japonés

157,96

DKK

corona danesa

7,4539

GBP

libra esterlina

0,85650

SEK

corona sueca

11,9175

CHF

franco suizo

0,9562

ISK

corona islandesa

143,10

NOK

corona noruega

11,5775

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

24,130

HUF

forinto húngaro

384,23

PLN

esloti polaco

4,4768

RON

leu rumano

4,9358

TRY

lira turca

28,5509

AUD

dólar australiano

1,6838

CAD

dólar canadiense

1,4686

HKD

dólar de Hong Kong

8,5009

NZD

dólar neozelandés

1,8266

SGD

dólar de Singapur

1,4681

KRW

won de Corea del Sur

1 433,05

ZAR

rand sudafricano

20,2480

CNY

yuan renminbi

7,8934

IDR

rupia indonesia

16 525,58

MYR

ringit malayo

5,0352

PHP

peso filipino

61,490

RUB

rublo ruso

 

THB

bat tailandés

37,962

BRL

real brasileño

5,2865

MXN

peso mexicano

18,2440

INR

rupia india

89,5195


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/4


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2023/C 300/04)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería indicada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

1.5.2023

Duración

1.5.2023 - 31.12.2023

Estado miembro

España

Población o grupo de poblaciones

RJU/8-C.

Especie

Raya mosaico (Raja undulata)

Zona

Aguas de la Unión zona 8

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

08/TQ194


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/5


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2023/C 300/05)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

31.7.2023

Duración

31.7.2023-31.12.2023

Estado miembro

Portugal

Población o grupo de poblaciones

BUM/ATLANT

Especie

Marlín azul (Makaira nigricans)

Zona

Océano Atlántico

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

09/TQ194


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/6


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2023/C 300/06)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería indicada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

29.6.2023

Duración

Del 29.6.2023 al 31.12.2023

Estado miembro

España

Población o grupo de poblaciones

COD/1N2AB

Especie

Bacalao (Gadus morhua)

Zona

Aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

06/TQ194


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/7


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2023/C 300/07)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería indicada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

1.3.2023

Duración

Del 1.3.2023 al 31.12.2023

Estado miembro

España

Población o grupo de poblaciones

RJU/9-C.

Especie

Raya mosaico (Raja undulata)

Zona

Aguas de la Unión de la zona 9

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

07/TQ194


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


V Anuncios

OTROS ACTOS

Comisión Europea

25.8.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/8


Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión

(2023/C 300/08)

La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).

COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL

«Côtes du Rhône»

PDO-FR-A0325-AM04

Fecha de comunicación: 27.6.2023

DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA

1.   Zonas en las que se llevan a cabo diferentes operaciones

El punto IV, «Zona geográfica y zona de proximidad inmediata», del capítulo I del pliego de condiciones se completa con la referencia al nomenclátor geográfico oficial, que reconoce y establece la lista de municipios por departamento a escala nacional. Esta modificación en la redacción permite referenciar la zona geográfica con respecto a la versión vigente en 2022 del nomenclátor geográfico oficial, editado por el Instituto Nacional de Estadística (INSEE, por sus siglas en francés) y garantizar la seguridad jurídica de la delimitación de la zona geográfica.

El municipio de Montfaucon pasa de la zona de proximidad inmediata a la zona geográfica.

Se modifican los puntos «Zona geográfica» y «Condiciones adicionales - Zona de proximidad inmediata».

2.   Manejo del viñedo

Se completa el capítulo I, punto VI. Gestión del viñedo, apartado «2.o - Otras prácticas de cultivo», del pliego de condiciones, para incluir algunas disposiciones agroambientales con el fin de preservar las características del entorno físico y biológico. Estas disposiciones regulan la práctica del desherbado, el acolchado con plástico y la conservación de los suelos.

Se completa el punto «Prácticas vitivinícolas» del documento único.

3.   Obligaciones de declaración - Declaración de reivindicación

En el capítulo II, punto «I. Obligaciones declarativas», del pliego de condiciones de la denominación de origen controlada «Côtes du Rhône» se modifica el apartado «1. Declaración de reivindicación», con el fin de regular la fecha de presentación de la declaración de reivindicación de los volúmenes producidos ante el organismo de defensa y de gestión.

Esta especificación no afecta al documento único.

4.   Modalidad de verificación del cumplimiento del pliego de condiciones

Se modifica en el punto «II. Referencias relativas a la estructura de control» del capítulo III del pliego de condiciones de la denominación de origen controlada «Côtes du Rhône», para indicar que el control del cumplimiento del pliego de condiciones se realiza bajo la autoridad del INAO sobre la base de un plan de control aprobado.

Esta especificación no afecta al documento único.

DOCUMENTO ÚNICO

1.   Nombre(s)

Côtes du Rhône

2.   Tipo de indicación geográfica

DOP - Denominación de origen protegida

3.   Categorías de productos vitivinícolas

1.

Vino

4.   Descripción de los vinos

Vinos

BREVE DESCRIPCIÓN ESCRITA

Vinos tranquilos y secos (contenido en azúcares fermentables <= 4 g/l). Los vinos tintos son afrutados, generosos, con una gran intensidad de color y un tiempo de crianza variable según el tipo de suelo y el ensamblaje de las variedades de uva determinado por los conocimientos del productor. Los vinos rosados, afrutados o florales, mostraron muy pronto su notoriedad dentro de ciertos sectores. Los vinos blancos son florales y redondos en boca, con notas a veces exóticas. Grado alcohólico volumétrico natural mínimo (GAVNM): 10,5 %. Después del enriquecimiento, los vinos tienen un GAVT <=13 %. Vinos tintos: contenido en ácido málico ≤ 0,4 g/l.

Los demás criterios analíticos cumplen los límites establecidos en la normativa europea.

Características analíticas generales

Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.)

 

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.)

 

Acidez total mínima

en miliequivalentes por litro

Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

16,33

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro)

 

5.   Prácticas vitivinícolas

5.1.   Prácticas enológicas específicas

1.   Separación entre hileras y entre cepas

Práctica de cultivo

La separación entre las hileras es ≤ 2,50 metros. Cada cepa dispone de una superficie máxima de 2,50 metros cuadrados. La separación entre las cepas de una misma hilera debe estar comprendida entre 0,80 y 1,25 metros.

2.   Poda de las vides

Práctica de cultivo

Las vides se podan con un máximo de 6 pulgares por cepa. Cada pulgar lleva un máximo de 2 yemas francas. El establecimiento del cordón se limita a un máximo de 2 años: poda idéntica a la variedad viognier B

La variedad viognier B puede podarse con un máximo de 8 yemas francas en el sarmiento y 1 o 2 pulgares con un máximo de 2 yemas francas o bien con un máximo de 6 yemas francas en cada sarmiento y 1 o 2 pulgares con un máximo de 2 yemas francas.

3.   Riego

Práctica de cultivo

Se puede autorizar el riego.

4.   Práctica destinada a preservar las características del entorno físico y biológico

Práctica de cultivo

Para preservar las características del entorno físico y biológico que constituye un elemento fundamental de la región:

Se prohíbe el desherbado químico de las cabeceras.

Se prohíbe el desherbado químico de más del 50 % de la superficie de las parcelas de viña, excluidas las cabeceras.

Se prohíbe el acolchamiento con plástico.

Se prohíbe toda modificación sustancial de la morfología del relieve y de la secuencia edafológica natural de las parcelas destinadas a la producción de la denominación de origen controlada.

5.   Enriquecimiento

Práctica enológica específica

Se autorizan las técnicas de enriquecimiento sustractivas para los vinos tintos, con un grado de concentración máximo del 10 %.

Para la elaboración de vinos rosados se autoriza la utilización de carbones de uso enológico en las instalaciones del vinicultor, exclusivamente en el mosto procedente de la prensa y en una proporción no superior al 20 % del volumen total vinificado en las instalaciones del operador correspondiente para la cosecha en cuestión.

5.2.   Rendimientos máximos

1.

Vino:

60 hectolitros por hectárea

6.   Zona geográfica delimitada

La vendimia, la vinificación y la elaboración de los vinos deben tener lugar en el territorio de los municipios siguientes, con arreglo al nomenclátor geográfico oficial de 2022:

Departamento de Ardèche: Andance, Ardoix, Arras-sur-Rhône, Bourg-Saint-Andéol, Champagne, Charnas, Châteaubourg, Cornas, Félines, Glun, Guilherand-Granges, Lemps, Limony, Mauves, Ozon, Peyraud, Saint-Désirat, Saint-Etienne-de-Valoux, Saint-Jean-de-Muzols, Saint-Julien-en-Saint-Alban, Saint-Just-d’Ardèche, Saint-Marcel-d’Ardèche, Saint-Martin-d’Ardèche, Saint-Péray, Sarras, Sécheras, Serrières, Talencieux, Toulaud, Tournon-sur-Rhône, Vion.

Departamento de Drôme: Beaumont-Monteux, Bouchet, Chanos-Curson, Crozes-Hermitage, Erôme, Gervans, Larnage, Livron-sur-Drôme, el territorio de Mercurol-Veaunes perteneciente al municipio delegado de Mercurol, Mérindol-les-Oliviers, Mirabel-aux-Baronnies, Mollans-sur-Ouvèze, Montbrison-sur-Lez, Nyons, Le Pègue, Piégon, Pont-de-l’Isère, La Roche-de-Glun, Rochegude, Rousset-les-Vignes, Saint-Maurice-sur-Eygues, Saint-Pantaléon-les-Vignes, Serves-sur-Rhône, Suze-la-Rousse, Tain-l’Hermitage, Taulignan, Tulette, Venterol, Vinsobres.

Departamento de Gard: Aiguèze, Aramon, Bagnols-sur-Cèze, Carsan, Castillon-du-Gard, Cavillargues, Chusclan, Codolet, Comps, Connaux, Cornillon, Domazan, Estézargues, Fournès, Gaujac, Laudun-l’Ardoise, Laval-Saint-Roman, Lirac, Montfaucon, Montfrin, Orsan, Le Pin, Pont-Saint-Esprit, Pougnadoresse (sección A del catastro actualizado para el año 1934), Pouzilhac, Pujaut, Remoulins, Rochefort-du-Gard, Roquemaure, La Roque-sur-Cèze, Sabran, Saint-Alexandre, Saint-André-d’Olérargues, Saint-Etienne-des-Sorts, Saint-Géniès-de-Comolas, Saint-Gervais, Saint-Hilaire-d’Ozilhan, Saint-Julien-de-Peyrolas, Saint-Laurent-de-Carnols, Saint-Laurent-des-Arbres, Saint-Marcel-de-Careiret, Saint-Michel-d’Euzet, Saint-Nazaire, Saint-Paul-les-Fonts, Saint-Paulet-de-Caisson, Saint-Pons-la-Calm, Saint-Victor-la-Coste, Sauveterre, Saze, Tavel, Théziers, Tresques, Valliguières, Vénéjan, Villeneuve-lès-Avignon.

Departamento de Loira: Chavanay, Malleval, Saint-Michel-sur-Rhône, Saint-Pierre-de-Bœuf, Vérin.

Departamento de Ródano: Ampuis, Condrieu, Saint-Cyr-sur-le-Rhône, Tupin-et-Semons.

Departamento de Vaucluse: Avignon, Beaumes-de-Venise, Bédarrides, Bollène, Buisson, Cairanne, Camaret-sur-Aigues, Caumont-sur-Durance, Châteauneuf-de-Gadagne, Châteauneuf-du-Pape, Courthézon, Faucon, Gigondas, Grillon, Jonquerettes, Jonquières, Lafare, Lagarde-Paréol, Mondragon, Morières-lès-Avignon, Mornas, Orange, Piolenc, Puyméras, Rasteau, Richerenches, Roaix, La Roque-Alric, Sablet, Sainte-Cécile-les-Vignes, Saint-Marcellin-lès-Vaison, Saint-Romain-en-Viennois, Saint-Roman-de-Malegarde, Saint-Saturnin-lès-Avignon, Sarrians, Séguret, Sérignan-du-Comtat, Sorgues, Suzette, Travaillan, Uchaux, Vacqueyras, Vaison-la-Romaine, Valréas, Vedène, Villedieu, Violès, Visan.

7.   Variedades de uva de vinificación

 

Bourboulenc B - Doucillon blanc

 

Clairette B

 

Grenache N

 

Grenache blanc B

 

Marsanne B

 

Mourvèdre N - Monastrell

 

Piquepoul blanc B

 

Roussanne B

 

Syrah N - Shiraz

 

Ugni blanc B

 

Viognier B

8.   Descripción del (de los) vínculo(s)

El viñedo se extiende a lo largo del surco del Ródano. El clima está marcado por la acción del mistral, un viento del norte siempre seco que protege las vides de los ataques criptogámicos, al tiempo que asegura una insolación elevada y una pluviosidad adaptada. Permite obtener vinos tintos afrutados y generosos, con una gran intensidad de color y un tiempo de crianza variable según el tipo de suelo y el ensamblaje, vinos rosados afrutados y a veces florales, vinos blancos florales y redondos con notas a veces exóticas en boca. El conocimiento de los productores asociado al territorio y al clima regional confiere la identidad y la notoriedad de los vinos de la denominación «Côtes du Rhône».

9.   Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)

Denominaciones geográficas complementarias

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

El nombre de la denominación puede completarse con los términos «primeur» (joven) o «nouveau» (nuevo) para los vinos tintos y rosados que cumplan las condiciones establecidas para estos términos en el presente pliego de condiciones.

Los vinos con la mención «primeur» o «nouveau» se presentarán obligatoriamente con la indicación de la añada.

Unidad geográfica mayor

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Disposiciones complementarias relativas al etiquetado.

Descripción de la condición:

El etiquetado de los vinos que se benefician de la denominación puede especificar la unidad geográfica mayor «Vignobles de la Vallée du Rhône» según las condiciones establecidas en el acuerdo firmado entre los diferentes organismos de defensa y gestión interesados.

Zona de proximidad inmediata

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada.

Descripción de la condición:

La zona de proximidad inmediata, definida por la excepción relativa a la vinificación y la elaboración de los vinos, está constituida por el territorio de los municipios que se indican a continuación, con arreglo al nomenclátor geográfico oficial de 2022:

Departamento de Ardèche: Alboussière, Arlebosc, Baix, Beauchastel, Bidon, Boffres, Bogy, Champis, Charmes-sur-Rhône, Cheminas, Colombier-le-Cardinal, Eclassan, Etables, Flaviac, Gilhac-et-Bruzac, Gras, Labastide-de-Virac, Peaugres, Plats, Le Pouzin, Quintenas, Rompon, Saint-Barthélemy-le-Plain, Saint-Cierge-la-Serre, Saint-Cyr, Saint-Georges-les-Bains, Saint-Laurent-du-Pape, Saint-Montan, Saint-Remèze, Saint-Romain-d’Ay, Saint-Romain-de-Lerps, Saint-Symphorien-sous-Chomérac, Saint-Vincent-de-Durfort, Savas, Soyons, Thorrenc, Vernosc-lès-Annonay, Vinzieux, La Voulte-sur-Rhône.

Departamento de Drôme: Albon, Aleyrac, Allex, Ambonil, Andancette, Aubres, La Baume-de-Transit, Beausemblant, Benivay-Ollon, Bourg-lès-Valence, Chamaret, Chantemerle-les-Blés, Chantemerle-les-Grignan, Châteauneuf-de-Bordette, Châteauneuf-sur-Isère, Chavannes, Clansayes, Clérieux, Colonzelle, Condorcet, Donzère, Etoile-sur-Rhône, La Garde-Adhémar, Grane, Granges-les-Beaumont, Les Granges-Gontardes, Grignan, Laveyron, Loriol-sur-Drôme, el territorio de Mercurol-Veaunes perteneciente al municipio delegado de Veaunes, Montaulieu, Montjoux, Montoison, Montségur-sur-Lauzon, La Penne-sur-l’Ouvèze, Pierrelatte, Pierrelongue, Le Poët-Laval, Les Pilles, Ponsas, Propiac, Roche-Saint-Secret-Beconne, Roussas, Saint-Barthélemy-de-Vals, Saint-Donat-sur-l’Herbasse, Saint-Gervais-sur-Roubion, el territorio de Saint-Jean-de-Galaure perteneciente al municipio delegado de La Motte-de-Galaure, Saint-Paul-Trois-Châteaux, Saint-Rambert-d’Albon, Saint-Restitut, Saint-Uze, Saint-Vallier, Salles-sous-Bois, Solérieux, Teyssières, Triors, Valaurie, Valence.

Departamento de Gard: Les Angles, Argilliers, La Bastide-d’Engras, Beaucaire, Bellegarde, La Capelle-et-Masmolène, Collias, Flaux, Le Garn, Goudargues, Issirac, Jonquières-Saint-Vincent, Meynes, Pougnadoresse (excepto la sección A del catastro actualizado para el año 1934), Saint-André-de-Roquepertuis, Saint-Bonnet-du-Gard, Saint-Christol-de-Rodières, Saint-Laurent-la-Vernède, Salazac, Sernhac, Vallabrix, Verfeuil, Vers-Pont-du-Gard.

Departamento de Isère: Chonas-l’Amballan, Les Côtes d’Arey, Le-Péage-de-Roussillon, Reventin-Vaugris, Les Roches-de-Condrieu, Sablons, Saint-Alban-du-Rhône, Saint-Clair-du-Rhône, Saint-Maurice-l’Exil, Salaise-sur-Sanne, Seyssuel, Vienne.

Departamento de Loira: Bessey, La Chapelle-Villars, Chuyer, Lupe, Maclas, Pélussin, Roisey, Saint-Romain-en-Jarez.

Departamento de Ródano: Les Haies, Loire-sur-Rhône, Longes, Sainte-Colombe, Saint-Romain-en-Gal.

Departamento de Vaucluse: Althen-les-Paluds, Aubignan, Le Barroux, Beaumont-du-Ventoux, Bédoin, Blauvac, Brantes, Caderousse, Caromb, Carpentras, Cavaillon, Le Crestet, Crillon-le-Brave, Entraigues-sur-la-Sorgue, Entrechaux, Flassan, Lamotte-du-Rhône, Lapalud, Loriol-du-Comtat, Malaucène, Malemort-du-Comtat, Mazan, Méthamis, Modène, Monteux, Mormoiron, Pernes-les-Fontaines, Le Pontet, Saint-Hippolyte-le-Graveyron, Saint-Léger-du-Ventoux, Saint-Pierre-de-Vassols, Savoillan, Le Thor, Villes-sur-Auzon.

Zona de proximidad inmediata

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada

Descripción de la condición:

Departamento de Isère: Chonas-l’Amballan, Le-Péage-de-Roussillon, Reventin-Vaugris, Les Roches-de-Condrieu, Sablons, Saint-Alban-du-Rhône, Saint-Clair-du-Rhône, Saint-Maurice-l’Exil, Salaise-sur-Sanne, Seyssuel, Vienne.

Departamento de Loira: Bessey, La Chapelle-Villars, Chuyer, Lupe, Maclas, Pélussin, Roisey, Saint-Romain-en-Jarez.

Departamento de Ródano: Les Haies, Loire-sur-Rhône, Longes, Sainte-Colombe, Saint-Romain-en-Gal.

Departamento de Vaucluse: Althen-les-Paluds, Aubignan, Le Barroux, Beaumont-du-Ventoux, Caderousse, Caromb, Carpentras, Cavaillon, Le Crestet, Entraigues-sur-la-Sorgue, Entrechaux, Lamotte-du-Rhône, Lapalud, Loriol-du-Comtat, Malaucène, Mazan, Monteux, Pernes-les-Fontaines, Le Pontet, Saint-Hippolyte-le-Graveyron, Saint-Léger-du-Ventoux, Le Thor.

Zona de proximidad inmediata

Marco jurídico:

Legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada

Descripción de la condición:

Departamento de Drôme: Albon, Aleyrac, Allex, Ambonil, Andancette, Aubres, La Baume-de-Transit, Beausemblant, Benivay-Ollon, Bourg-lès-Valence, Chamaret, Chantemerle-les-Blés, Chantemerle-les-Grignan, Châteauneuf-de-Bordette, Châteauneuf-sur-Isère, Chavannes, Clansayes, Clérieux, Colonzelle, Condorcet, Donzère, Etoile-sur-Rhône, La Garde-Adhémar, Grane, Granges-les-Beaumont, Les Granges-Gontardes, Grignan, Laveyron, Loriol-sur-Drôme, Montjoux, Montoison, Montaulieu, Montségur-sur-Lauzon, La Motte-de-Galaure, La Penne-sur-l’Ouvèze, Pierrelatte, Pierrelongue, Le Poët-Laval, Les Pilles, Ponsas, Propiac, Roche-Saint-Secret-Beconne, Roussas, Saint-Barthélemy-de-Vals, Saint Donat sur l’Herbasse, Saint-Gervais-sur-Roubion, Saint-Paul-Trois-Châteaux, Saint-Rambert-d’Albon, Saint-Restitut, Saint-Uze, Saint-Vallier, Salles-sous-Bois, Solérieux, Teyssières, Triors, Valaurie, Valence, Veaunes.

Departamento de Gard: Les Angles, Argilliers, La Bastide-d’Engras, Beaucaire, Bellegarde, La Capelle-et-Masmolène, Collias, Flaux, Le Garn, Goudargues, Issirac, Jonquières-Saint-Vincent, Meynes, Montfaucon, Saint-André-de-Roquepertuis, Saint-Bonnet-du-Gard, Saint-Christol-de-Rodières, Saint-Laurent-la-Vernède, Salazac, Sernhac, Vallabrix, Verfeuil, Vers-Pont-du-Gard.

Enlace al pliego de condiciones del producto

https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-438dbddc-a41a-4f2b-be46-74f8c7d58f65


(1)  DO L 9 de 11.1.2019, p. 2.