ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 265

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

66.° año
28 de julio de 2023


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2023/C 265/01

Tipo de cambio del euro — 27 de julio de 2023

1

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2023/C 265/02

Lista de los puertos de los Estados miembros de la UE en los que están permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y cuyos servicios portuarios son accesibles a los buques pesqueros de terceros países, en virtud del artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1005/2008 del Consejo; lista de los puertos de Irlanda del Norte en los que están permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y cuyos servicios portuarios son accesibles a los buques pesqueros de terceros países, en virtud del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

2


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Comisión Europea

2023/C 265/03

NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS — Publicación de un anuncio de vacante para el puesto de Director/a General Adjunto/a (Grado AD 15) en la Dirección General de Interpretación (DG SCIC) — COM/2023/10435

6

2023/C 265/04

NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS — Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal de Prospectiva Estratégica e Innovación en Recursos Humanos (Grado AD 14) en la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad (DG HR) — COM/2023/10436

7

2023/C 265/05

NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS — Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal Agendas de Desarrollo Sostenible G7 y G20 (Grado AD 14) en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA) — COM/2023/10437

8

2023/C 265/06

NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS — Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal Donantes emergentes (Grado AD 14) en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA) — COM/2023/10438

9

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2023/C 265/07

Notificación previa de una concentración (Asunto M.11195 – ICI 3 / HCS GROUP) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

10

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2023/C 265/08

Publicación de una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

12


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/1


Tipo de cambio del euro (1)

27 de julio de 2023

(2023/C 265/01)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1125

JPY

yen japonés

155,95

DKK

corona danesa

7,4518

GBP

libra esterlina

0,85885

SEK

corona sueca

11,4985

CHF

franco suizo

0,9542

ISK

corona islandesa

145,50

NOK

corona noruega

11,1275

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

24,032

HUF

forinto húngaro

379,03

PLN

esloti polaco

4,4265

RON

leu rumano

4,9300

TRY

lira turca

29,9773

AUD

dólar australiano

1,6383

CAD

dólar canadiense

1,4654

HKD

dólar de Hong Kong

8,6787

NZD

dólar neozelandés

1,7797

SGD

dólar de Singapur

1,4727

KRW

won de Corea del Sur

1 422,98

ZAR

rand sudafricano

19,4838

CNY

yuan renminbi

7,9510

IDR

rupia indonesia

16 691,35

MYR

ringit malayo

5,0307

PHP

peso filipino

60,709

RUB

rublo ruso

 

THB

bat tailandés

37,925

BRL

real brasileño

5,2667

MXN

peso mexicano

18,6688

INR

rupia india

91,1385


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/2


Lista de los puertos de los Estados miembros de la UE en los que están permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y cuyos servicios portuarios son accesibles a los buques pesqueros de terceros países, en virtud del artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1005/2008 del Consejo; lista de los puertos de Irlanda del Norte en los que están permitidas las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca y cuyos servicios portuarios son accesibles a los buques pesqueros de terceros países, en virtud del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

(2023/C 265/02)

La publicación de esta lista obedece a lo dispuesto en el artículo 5, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1005/2008 del Consejo (1).

Estado miembro

Puertos designados

Bélgica

Ostende

Zeebrugge

Bulgaria

Бургас (Burgas)

Варна (Varna)

Dinamarca

Aalborg

Aarhus

Esbjerg

Fredericia

Frederikshavn (2) ,  (14) ,  (15)

Hanstholm

Hirtshals

Hvide Sande (2) ,  (14) ,  (15)

København

Skagen

Strandby (2) ,  (14) ,  (15)

Thyborøn (2) ,  (14) ,  (15)

Alemania

Bremerhaven

Cuxhaven

Rostock (transbordos no autorizados)

Sassnitz/Mukran (transbordos no autorizados)

Estonia

Temporalmente sin designación

Irlanda

Killybegs (2) ,  (3)

Castletown Berehaven (2) ,  (3)

Bunagee (2) ,  (8) ,  (13) (transbordos no autorizados)

Burtonport (2) ,  (8) ,  (9) (transbordos no autorizados)

Dunmore East (2) ,  (8) ,  (10) (transbordos no autorizados)

Glengad (2) ,  (8) ,  (13) (transbordos no autorizados)

Greencastle (2) ,  (8) ,  (13) (transbordos no autorizados)

Howth (2) ,  (8) ,  (10) (transbordos no autorizados)

Malin Head (2) ,  (8) ,  (13) (transbordos no autorizados)

Moville (2) ,  (8) ,  (11) (transbordos no autorizados)

Quigley’s Point (2) ,  (8) ,  (12) (transbordos no autorizados)

Rathmullan (2) ,  (8) ,  (9) (transbordos no autorizados)

Rossaveal (2) ,  (8) ,  (10) (transbordos no autorizados)

Grecia

Πειραιάς (Pireo)

Θεσσαλονίκη (Salónica)

España

A Coruña

A Pobra do Caramiñal

Alacant/Alicante

Algeciras

Almeria

Arrecife  (2) ,  (17)

Barbate  (2) ,  (16)

Barcelona

Bilbao

Burela  (2) ,  (14)

Cádiz

Cartagena

Castelló de la Plana (El Grao)

Celeiro  (2) ,  (14)

Ceuta  (2) ,  (15)

Gijón (El Musel)

Huelva

Las Palmas de Gran Canaria (Puerto de la Luz)

Málaga

Marín

Palma de Mallorca  (2) ,  (15)

Pasaia  (2) ,  (14)

Puerto del Rosario  (2) ,  (17)

Ribeira

Santa Cruz de Tenerife

Santander

Tarragona

València

Vigo (Área Portuaria)

Vilagarcía de Arousa

Francia

Francia metropolitana:

Dunkerque

Boulogne

Le Havre

Caen (2)

Cherbourg en Cotentin (2)

Barneville-Carteret

Granville (2)

Saint-Malo

Roscoff (2)

Brest

Douarnenez (2)

Concarneau (2)

Lorient (2)

Nantes - Saint-Nazaire (2)

La Rochelle (2)

Rochefort sur Mer (2)

Port la Nouvelle (2)

Sète

Marseille Port

Departamentos de ultramar:

Le Port (La Réunion)

Fort de France (Martinique) (2)

Port de Jarry (Guadeloupe) (2)

Port du Larivot (Guyane) (2)

Croacia

Ploče

Rijeka

Zadar – Gaženica

Split – Sjeverna luka

Italia

Ancona

Brindisi

Civitavecchia

Fiumicino (2)

Genova

Gioia Tauro

La Spezia

Livorno

Napoli

Olbia

Palermo

Ravenna

Reggio Calabria

Salerno

Taranto

Trapani

Trieste

Venezia

Chipre

Λεμεσός (Limassol)

Letonia

Rīga

Ventspils

Lituania

Klaipėda

Malta

Valletta (Deepwater Quay, Laboratory Wharf, Magazine Wharf)

Marsaxlokk Port (MT DIS Malta Freeport Distripark, MT MAR Marsaxlokk)

Países Bajos

Vlissingen

Scheveningen (2)

Ijmuiden

Harlingen

Eemshaven

Den Helder (2)

Velsen (6)

Amsterdam (6)

Rotterdam (6)

Stellendam (7)

Den Oever (7)

Oudeschild (7)

Urk (7)

Lauwersoog (7)

Yerseke (7)

Polonia

Gdańsk

Gdynia

Szczecin

Świnoujście (2)

Portugal

Aveiro [PT AVE 1] (2)

Caniçal [PT CNL 1]

Horta [PT HOR 1] (2)

Lisboa [PT LIS 1]

Peniche [PT PEN 1] (2)

Ponta Delgada [PT PDL 1]

Porto [PT OPO 1]

Setúbal [PT SET 1] (2)

Sines [PT SIE 1]

Viana do Castelo [PT VDC 1] (2)

Rumanía

Constanța

Eslovenia

Temporalmente sin designación

Finlandia

Helsinki (transbordos no autorizados)

Suecia

 

 

Ellös (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Göteborg (3) ,  (4)

Karlskrona Handelshamnen  (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Kungshamn (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Lysekil (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Nogersund (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Rönnäng (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Simrishamn (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Slite (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Smögen (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Strömstad (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Trelleborg (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)

Träslövsläge (2) ,  (3) ,  (5) (transbordos no permitidos

Västervik (2) ,  (3) ,  (4) ,  (5) (transbordos no permitidos)


Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica

Puertos designados

Irlanda del Norte

Londonderry

Kilkeel

Portavogie

Ardglass

Warrenpoint

Bangor (Co. Down)

Belfast


(1)  DO L 286 de 29.10.2008, p. 1.

(2)  No es un puesto de control fronterizo (PCF) de la UE.

(3)  Se autorizan desembarques de todos los productos de la pesca de buques que enarbolen el pabellón de Noruega, Islandia, Andorra y las Islas Feroe.

(4)  No se permiten desembarques de más de diez toneladas de arenque capturado en zonas situadas fuera del mar Báltico, de caballa ni de jurel.

(5)  No se autorizan desembarques de pescado congelado, salvo de buques que enarbolen el pabellón de Noruega, Islandia, Andorra y las Islas Feroe si llevan la nota (2).

(6)  Solo se aceptan desembarques de buques pesqueros de más de 59 m o de un tonelaje mínimo de 1 200 TB.

(7)  Solo para buques pesqueros del Reino Unido, para trabajos de mantenimiento y previa aprobación de la NVWA. Los controles físicos de las bodegas deben efectuarse de lunes a viernes entre las 8.00 y las 17.00 horas en un puerto no designado por (7) ni por (8).

(8)  Solo se aceptan desembarques de buques pesqueros del Reino Unido matriculados en Irlanda del Norte.

(9)  Solo se aceptan desembarques de especies frescas que no estén sujetas a TAC efectuados por buques de menos de 18 m de eslora total entre las 14.00 y las 20.00 de lunes a viernes.

(10)  Solo se aceptan desembarques de especies demersales (frescas y congeladas) efectuados por buques de menos de 26 m de eslora total entre las 10.00 y las 22.00 de lunes a viernes.

(11)  Solo se aceptan desembarques de moluscos bivalvos vivos exentos de la aplicación del Reglamento INDNR de la UE efectuados por buques de menos de 18 m de eslora total entre las 14.00 y las 20.00 los martes y miércoles de febrero, marzo, octubre, noviembre y diciembre

(12)  Solo se aceptan desembarques de moluscos bivalvos vivos exentos de la aplicación del Reglamento INDNR de la UE efectuados por buques de menos de 18 m de eslora total entre las 10.00 y las 20.00 de lunes a viernes y entre las 9.00 y las 17.00 los sábados

(13)  Solo se aceptan desembarques de especies frescas que no estén sujetas a TAC efectuados por buques de menos de 18 m de eslora total entre las 10.00 y las 20.00 de lunes a viernes y entre las 9.00 y las 17.00 los sábados.

(14)  Se autorizan las operaciones de desembarque y transbordo de productos de la pesca frescos y los servicios portuarios.

(15)  No se autorizan desembarques ni transbordos de productos de la pesca congelados, salvo de buques que enarbolen el pabellón de las Islas Feroe, Islandia y Noruega.

(16)  Solo se permite el acceso a los servicios portuarios y la carga de pescado.

(17)  Solo se permite el acceso a los servicios portuarios.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Comisión Europea

28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/6


NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS

Publicación de un anuncio de vacante para el puesto de Director/a General Adjunto/a

(Grado AD 15)

en la Dirección General de Interpretación (DG SCIC)

COM/2023/10435

(2023/C 265/03)

La Comisión Europea ha publicado un anuncio de vacante (referencia COM/2023/10435) para el puesto de Director/a General Adjunto/a (grado AD 15) en la Dirección General de Interpretación (DG SCIC).

Para consultar el texto del anuncio de vacante en veinticuatro lenguas y presentar su candidatura, visite esta página web específica del sitio web de la Comisión Europea: https://europa.eu/!fjVnxX


28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/7


NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS

Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal de Prospectiva Estratégica e Innovación en Recursos Humanos

(Grado AD 14)

en la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad (DG HR)

COM/2023/10436

(2023/C 265/04)

La Comisión Europea ha publicado un anuncio de vacante (referencia COM/2023/10436) para el puesto de Consejero/a Principal de Prospectiva Estratégica e Innovación en Recursos Humanos (grado AD 14) en la Dirección General de Recursos Humanos y Seguridad.

Para consultar el texto del anuncio de vacante en veinticuatro lenguas y presentar su candidatura, visite esta página web específica del sitio web de la Comisión Europea: https://europa.eu/!7DFQww


28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/8


NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS

Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal «Agendas de Desarrollo Sostenible G7 y G20»

(Grado AD 14)

en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA)

COM/2023/10437

(2023/C 265/05)

La Comisión Europea ha publicado un anuncio de vacante (referencia COM/2023/10437) para el puesto de Consejero/a Principal «Agendas de Desarrollo Sostenible G7 y G20» (grado AD 14) en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA).

Para consultar el texto del anuncio de vacante en veinticuatro lenguas y presentar su candidatura, visite esta página web específica del sitio web de la Comisión Europea: https://europa.eu/!MTKMhk


28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/9


NOTIFICACIÓN CON ARREGLO AL ARTÍCULO 29, APARTADO 2, DEL ESTATUTO DE LOS FUNCIONARIOS

Publicación de una vacante para el puesto de Consejero/a Principal «Donantes emergentes»

(Grado AD 14)

en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA)

COM/2023/10438

(2023/C 265/06)

La Comisión Europea ha publicado un anuncio de vacante (referencia COM/2023/10438) para el puesto de Consejero/a Principal «Donantes emergentes» (grado AD 14) en la Dirección General de Asociaciones Internacionales (INTPA).

Para consultar el texto del anuncio de vacante en veinticuatro lenguas y presentar su candidatura, visite esta página web específica del sitio web de la Comisión Europea: https://europa.eu/!9VhVrh


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/10


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.11195 – ICI 3 / HCS GROUP)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2023/C 265/07)

1.   

El 19 de julio de 2023, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 y a raíz de un proceso de remisión con arreglo al artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

Esta notificación se refiere a las empresas siguientes:

International Chemical Investors 3 S.E. («ICI 3») (Luxemburgo), perteneciente a International Chemical Investors Group, que se encuentra bajo el control exclusivo de un particular.

Haltermann Besitzgesellschaft GmbH, HCS Group GmbH, y HCS Holding GmbH y sus filiales («HCS Group») (Alemania), controlado por H.I.G. Capital LLC, sociedad de inversiones de capital inversión.

ICI 3 adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de HCS Group.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades de las empresas mencionadas son las siguientes:

ICI 3 es un grupo industrial de empresas de tamaño medio de los sectores farmacéutico y químico cuya actividad está centrada principalmente en productos de química fina, clorovinilos y compuestos.

HCS Group es un proveedor a escala mundial de disolventes y aditivos de especialidad.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:

M.11195 – ICI 3 / HCS GROUP

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico o correo postal a la dirección siguiente:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


OTROS ACTOS

Comisión Europea

28.7.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 265/12


Publicación de una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

(2023/C 265/08)

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

«Skedvi Bröd»

N.o UE: PGI-SE-02614 — 10.6.2020

DOP ( ) IGP (X)

1.   Nombre(s) de igp

«Skedvi Bröd»

2.   Estado miembro o tercer país

Suecia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Tipo de producto

Clase 2.3. Productos de panadería, pastelería, repostería o galletería

3.2.   Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1

El «Skedvi Bröd» es un pan crujiente tradicional tipo «knäckebröd» de forma redonda y con un agujero, que se elabora a partir de harina de centeno integral y se hornea encima de una placa de hierro fundido en un horno de piedra de leña.

El «Skedvi Bröd» se comercializa en dos versiones: «original» y «extragräddat», que difieren en cuanto a su grado de horneado.

Las dos versiones presentan las siguientes características:

 

Forma: Pan crujiente redondo con un pequeño agujero en el centro

 

Tamaño: diámetro de entre 27 y 30 cm

 

Espesor: 6-8 mm aproximadamente

 

Aspecto: La forma ligeramente convexa del pan crujiente, así como la textura de su superficie y las variaciones de color y forma, dotan de carácter al «Skedvi Bröd» e indican que se ha hecho a mano y en un horno de leña.

 

Contenido de sal: 2-4 %

 

Proteínas: 8-9 %

 

Grasas: 2,3-2,7 %

 

Hidratos de carbono: 58-64 %

 

Humedad: 3-4 %

«Skedvi Bröd»Original:

 

Color: Color similar al de la corteza de pícea fresca, volviéndose más oscuro hacia los bordes del pan crujiente. de S4020-Y20R a S4020-Y30R NCS [1]

 

Aroma: a pinar seco y harina tostada

 

Sabor: sabor intenso a harina tostada con notas suaves de raíz de regaliz, salinidad bien equilibrada y un agradable gusto amargo. El «Skedvi Bröd» Original tiene un regusto persistente e intenso de harina tostada con notas suaves de torrefacción.

 

Textura: Rígida

 

Sensación en boca: Pan crujiente rígido con una agradable resistencia que persiste incluso tras algo de masticación.

«Skedvi Bröd»Extragräddat:

 

Color: Color similar al de la corteza de pino fresco (tono de S5030-Y20R a S4020-Y30R, NCS), volviéndose un marrón más oscuro hacia los bordes del pan crujiente.

 

Aroma: Fuerte aroma a pinar seco con matices de corteza y savia y leves notas torrefactas de cenizas.

 

Sabor: Sabor muy intenso a harina tostada con un marcado gusto amargo, volviéndose más pronunciado hacia los bordes, donde el pan está más horneado. El «Skedvi Bröd»Extragräddat tiene un regusto muy fuerte y persistente con notas suaves de torrefacción.

 

Textura: Muy rígida

 

Sensación en boca: Pan crujiente muy rígido con una resistencia notable que persiste incluso tras algo de masticación.

[1]

Natural Colour System (Sistema de colores naturales).

3.3.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

Materias primas: Harina integral de centeno (Secale cereale) con un índice de caída bajo, sal (NaCl), levadura y agua

3.4.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

Todas las fases del proceso de producción, desde la elaboración de la masa hasta el horneado y la inspección de los panes crujientes horneados, deben llevarse a cabo en la zona geográfica que se define en el punto 4.

3.5.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado

3.6.   Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado

Los productos comercializados con la denominación protegida «Skedvi Bröd» deben etiquetarse con la mención «Original» o «Extragräddat», de modo que el grado de horneado se indique claramente en el envasado.

4.   Descripcion sucinta de la zona geográfica

El «Skedvi Bröd» se produce en el distrito de Stora Skedvi, en la provincia de Dalarna.

5.   Vinculo con la zona geográfica

El vínculo entre las características específicas del «Skedvi Bröd» y la zona de producción se basa en la tradición artesanal que se conserva en la zona geográfica, según la cual se hacen a mano panes crujientes de forma redonda y con un agujero, que se hornean encima de una placa de hierro fundido en un horno de piedra de leña.

Carácter específico del producto

El horneado artesanal confiere al «Skedvi Bröd» un aspecto individualizado en el que las variaciones de color, textura de superficie y relieve convexo dan a cada pieza un aspecto robusto y distintivo que revela claramente el proceso de elaboración artesanal.

El horneado en horno de piedra de leña es lo que confiere al «Skedvi Bröd» su aroma característico de pinar seco con matices de corteza y resina, y su distintivo sabor intenso con gusto ligeramente amargo de harina tostada con matices de raíz de regaliz y notas de torrefacción.

Por lo tanto, las características del «Skedvi Bröd» difieren de las de los panes crujientes de elaboración industrial más habituales en el mercado sueco, que se hornean en una cinta transportadora y en un horno eléctrico.

Carácter específico del procedimiento de elaboración

Para elaborar el «Skedvi Bröd», se mezcla la harina integral de centeno con agua, levadura y sal. Se extiende y se pincha la masa, recortando discos redondos con un agujero al medio.

La consistencia de la masa y el espesor de los panes influyen en el proceso de horneado. El diámetro de los panes se limita a unos 30 cm, para evitar pliegues y roturas mientras se secan tras el horneado.

Se dejan reposar los discos de masa durante media hora para que aumenten de volumen y a continuación se los hornea encima de placas de hierro fundido en un horno alimentado con leña de pícea y pino con la corteza puesta.

Antes del horneado, el panadero calienta el horno encendiendo un fuego encima de la placa de hierro fundido. Una vez calentado el horno, se colocan los discos de masa leudada, de uno en uno, encima de la placa dentro del horno. Durante el horneado, el panadero debe garantizar que la temperatura del horno se mantenga entre 350 °C y 400 °C, añadiendo leña de pícea o pino a lo largo de las paredes laterales del horno.

Cada horno tiene cabida para quince panes. Dadas las dimensiones del horno, la temperatura y la proximidad a las brasas ardientes varían en función del punto en el que se encuentren los panes en el horno. Por lo tanto, para evitar un horneado irregular, el panadero tiene que desplazarlos por el interior del horno durante el proceso. Esto lo hace siguiendo un patrón específico que también le permite retirar los panes listos desde un lado del horno mientras introduce los discos crudos por el otro.

El tiempo de horneado viene determinado por la temperatura del horno, que a su vez se ve afectada por la temperatura ambiente, la humedad de la leña y si el panadero ha añadido leña fresca al horno. El panadero decide cuándo están listos los panes en función de su olor y aspecto.

Se cuelgan los panes horneados (todavía un poco blandos) en varillas de secado que se enhebran por el agujero central, y se los traslada a secaderos.

Vínculo causal

Se lleva elaborando panes crujientes de forma redonda con un agujero siguiendo el mismo método tradicional en Stora Skedvi desde la década de los cincuenta del siglo pasado. El método artesanal que se utiliza para elaborar el pan crujiente clásico y la técnica especial que se requiere para hornearlo en el horno de leña se han ido transmitiendo de los panaderos más mayores y experimentados a los de las nuevas generaciones. Se requiere mucha experiencia para llegar a dominar el método tradicional de hornear los panes crujientes en una placa de hierro fundido dentro de un horno de leña.

Durante el horneado, se debe encender el horno utilizando leña con corteza. Gracias a su elevado valor calorífico (18,7-19,8 MJ/kg de materia seca), la corteza, junto con los gases de combustión y el vapor que se forma dentro del horno, influye en el proceso por el que se forman el aspecto, la textura y el sabor característicos del «Skedvi Bröd». La corteza también contiene diversos hidrocarburos volátiles que contribuyen al sabor y confieren al pan su aroma característico de pino seco.

Como consecuencia de la manipulación manual, algunos de los panes se hornearán más que otros, por lo que sus características variarán, con un color más oscuro y más cálido, una textura más rígida y un sabor y olor más complejos, con notas de torrefacción más pronunciadas.

Al inspeccionar los panes horneados y secos, se hace una distinción entre los que tienen un grado de horneado estándar y los que presentan un horneado más intenso. Los panes crujientes de horneado estándar se comercializan como «Skedvi Bröd»Original, mientras que los de horneado más intenso se comercializan como «Skedvi Bröd»Extragräddat.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

https://www.livsmedelsverket.se/globalassets/foretag-regler-kontroll/livsmedelsinformation-markning-halsopastaenden/skyddade-beteckningar/produktspecifikation_skedvi_knackebrod-2022_08_10.pdf


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.