ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 185A

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

66.° año
26 de mayo de 2023


Sumario

Página

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades

2023/C 185 A/01

Publicación de una vacante para el puesto de director/a en Estocolmo (agente temporal — grado AD 14) — COM/2023/20093

1

 

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

2023/C 185 A/02

Publicación de una vacante para el puesto de director/a ejecutivo/a en Parma, Italia (Agente temporal-Grado AD 14) — COM/2023/20094

7


ES

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades

26.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 185/1


Publicación de una vacante para el puesto de director/a en Estocolmo

(agente temporal — grado AD 14)

COM/2023/20093

(2023/C 185 A/01)

 

Quiénes somos

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) es una agencia independiente de la UE, creada por el Reglamento (UE) 2022/2370 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) (Reglamento de base).

El objetivo del ECDC es reforzar las defensas de Europa contra las enfermedades infecciosas.

La misión del ECDC es identificar, evaluar y comunicar las amenazas actuales y emergentes para la salud humana que plantean las enfermedades infecciosas, los problemas especiales relacionados con las enfermedades y los brotes de origen desconocido.

Para llevar a cabo esta misión, el ECDC trabaja en asociación con la Comisión Europea y con los organismos nacionales de protección de la salud de toda Europa para reforzar y desarrollar sistemas de vigilancia de enfermedades y de alerta temprana a escala continental. Al trabajar con expertos de toda Europa, el ECDC pone en común los conocimientos sanitarios existentes en el continente para elaborar dictámenes científicos fiables, sólidos e independientes sobre los riesgos que plantean las enfermedades infecciosas actuales y emergentes, los problemas especiales del ámbito de la salud y los brotes de origen desconocido.

En los ámbitos objeto de su misión, el ECDC:

a)

buscará, recopilará, cotejará, evaluará y difundirá los datos científicos y técnicos pertinentes;

b)

facilitará dictámenes científicos y asistencia científica y técnica, incluida la formación;

c)

facilitará puntualmente información a la Comisión, a los Estados miembros, a las agencias comunitarias y a las organizaciones internacionales activas en el ámbito de la salud pública;

d)

coordinará la interconexión en redes europeas de los organismos que actúan en los ámbitos objeto de su misión, incluidas las redes surgidas en el marco de acciones de salud pública respaldadas por la Comisión y que se encargan de las redes de vigilancia especializadas;

e)

procederá al intercambio de información, de conocimientos especializados y de mejores prácticas, y propiciará el desarrollo y la ejecución de acciones comunes.

En el Reglamento por el que se crea el Centro figura una descripción de la misión y las tareas del ECDC. Para más información, consúltese el sitio web del ECDC https://www.ecdc.europa.eu/es.

Qué proponemos

Un puesto de director o directora del ECDC.

El director/La directora es el/la representante legal y la imagen pública de la ECDC, y es responsable ante su Junta directiva. Dirigirá y gestionará el ECDC y asumirá la responsabilidad de sus actividades, garantizando el logro de sus objetivos. En 2023, el presupuesto del ECDC ascendió aproximadamente a 86 millones EUR, con una plantilla total de 370 personas.

Entre las responsabilidades del director o la directora se encuentran:

la administración cotidiana del ECDC, de conformidad con la legislación aplicable en vigor y con las decisiones de su Junta directiva;

la responsabilidad de gestionar el personal del ECDC, fomentar el espíritu de equipo y un buen entorno de trabajo;

elaborar una propuesta de estrategia y programas de trabajo del ECDC en consulta con la Comisión, e informar sobre su aplicación a la Junta directiva;

garantizar que el ECDC lleve a cabo sus tareas de conformidad con los requisitos legales y que todas las solicitudes de sus usuarios se tramiten con un nivel de servicio adecuado y en consonancia con los plazos previstos;

la responsabilidad global de la ejecución de las tareas que competen al ECDC, incluida la supervisión de la calidad de sus sistemas de control y de gestión internos;

preparar y ejecutar el presupuesto del ECDC, garantizando que se gestiona de forma eficaz y de acuerdo con los principios de buena gestión financiera;

la responsabilidad general de los asuntos financieros del ECDC, incluidas, entre otras cosas, las cuentas definitivas y las decisiones de financiación;

representar al ECDC y colaborar con el conjunto de partes interesadas y el público en relación con todos los asuntos incluidos en su misión;

garantizar la cooperación entre el ECDC, la Comisión, el Parlamento Europeo, las agencias de la UE y los Estados miembros, así como con los agentes pertinentes a escala internacional;

garantizar la coordinación de las redes europeas de organismos que actúan en los ámbitos objeto de la misión del Centro, incluidas las redes creadas en el marco de actividades de salud pública respaldadas por la Comisión y que se encargan de las redes de vigilancia especializadas.

En el artículo 16 del Reglamento constitutivo del ECDC se ofrece una descripción completa de las responsabilidades del director o la directora.

Qué buscamos (criterios de selección)

Las personas candidatas deberán poseer:

a)

Competencias de dirección:

capacidad probada para dirigir una organización de gran tamaño y complejidad, tanto a nivel estratégico como de gestión operativa;

capacidad para desarrollar y aplicar una visión estratégica, fijar objetivos y motivar y dirigir equipos grandes en un entorno multicultural, multilingüe y multidisciplinar;

sólidas capacidades para la toma de decisiones, como la capacidad de tomar decisiones sobre asuntos complejos y en circunstancias inciertas, imprevistas o cambiantes;

una visión clara para promover la misión del ECDC a escala de la UE e internacional.

b)

nocimientos especializados:

buen conocimiento de las agencias e instituciones europeas pertinentes, así como de las agencias internacionales que se ocupan de la salud, como la OMS/ONU, y de cómo funcionan e interactúan;

buen conocimiento de las cuestiones relacionadas con las políticas y prácticas de prevención y control de las enfermedades transmisibles, las actividades internacionales conexas y otras políticas pertinentes para las actividades del ECDC;

buena comprensión o práctica de las actividades de evaluación de riesgos y comunicación de riesgos;

experiencia práctica en gestión de recursos presupuestarios, financieros y humanos, en un contexto nacional, europeo o internacional.

c)

Cualidades y aptitudes personales:

capacidad para comportarse con integridad y comunicar fluida y eficientemente a todos los niveles, de manera transparente y abierta, con las autoridades nacionales y locales, las partes interesadas, el público en general, las organizaciones europeas e internacionales y la prensa, y para representar al ECDC en los foros internacionales;

excelentes capacidades interpersonales, organizativas y de negociación y capacidad para establecer relaciones de trabajo fiables con las instituciones de la Unión Europea, las agencias de la UE, los Estados miembros y las partes interesadas;

muy buena comprensión y adhesión a los principios rectores del ECDC de apertura, transparencia, independencia y excelencia científica.

Requisitos de admisibilidad de las personas candidatas

Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección las personas candidatas que cumplan los requisitos siguientes antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas:

Nacionalidad: las personas candidatas deberán ser ciudadanas de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Título o diploma universitario: las personas candidatas deberán tener:

un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional apropiada de por lo menos un año cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia posterior a la obtención del título universitario que se exige a continuación).

Experiencia profesional: las personas candidatas deberán tener al menos quince años de experiencia profesional (2) posterior a la obtención del título universitario, a un nivel al que den acceso las titulaciones antes mencionadas. Al menos cinco años de dicha experiencia profesional deben haberse adquirido en el ámbito de actividad del ECDC.

Experiencia en puestos directivos: al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario deberán haberse adquirido en un cargo de dirección de alto nivel (3), en un ámbito pertinente para este puesto.

Lenguas: las personas candidatas deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (4) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante la entrevista o las entrevistas si las personas candidatas cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, (parte de) la entrevista podrá realizarse en esa otra lengua.

Límite de edad: las personas candidatas deberán poder completar, en la fecha límite para la presentación de candidaturas, el mandato completo de cinco años antes de alcanzar la edad de jubilación. Por lo que respecta a los agentes temporales de la Unión Europea, la edad de jubilación se alcanza al final del mes en que la persona cumpla 66 años (véase el artículo 47 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (5)).

Selección y nombramiento

El director/la directora será nombrado/a por la Junta directiva del ECDC a partir de una lista restringida facilitada por la Comisión Europea.

Para elaborar esta lista restringida, la Comisión Europea organizará una selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación de personal (véase el documento sobre política relativa a los altos funcionarios (6)).

Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea creará un comité de preselección. Ese comité analizará todas las candidaturas, realizará una primera verificación de su admisibilidad y determinará qué personas candidatas tienen el mejor perfil con arreglo a los criterios de selección mencionados anteriormente y quiénes pueden ser invitadas a una entrevista con el comité de preselección.

Tras las entrevistas, el comité de preselección extraerá sus conclusiones y propondrá una lista de personas candidatas que serán convocadas a otra entrevista con el Comité Consultivo para los nombramientos (CCN) de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá qué personas candidatas podrán ser invitadas a una entrevista.

Las personas candidatas convocadas a la entrevista con el CCN serán evaluadas durante una jornada completa en un centro de evaluación de directivos por consultores externos de contratación de personal. Teniendo en cuenta los resultados de la entrevista y el informe del centro de evaluación, el CCN elaborará una lista restringida de personas candidatas que considere adecuadas para ejercer la función de director/a del ECDC.

Las personas candidatas de la lista restringida del CCN serán entrevistadas por el miembro o miembros de la Comisión responsable(s) de la Dirección General encargada de las relaciones con el ECDC.

Tras estas entrevistas, la Comisión Europea aprobará una lista restringida con las personas candidatas más adecuadas, que será comunicada a la Junta directiva del ECDC. La inclusión en esta lista no garantiza el nombramiento.

La Junta directiva del ECDC entrevistará a estas personas candidatas y decidirá sobre el nombramiento. Antes del nombramiento, se pedirá a la persona candidata propuesta que haga una declaración ante el Parlamento Europeo y que responda a sus preguntas.

Se podrá exigir a las personas candidatas que se sometan a nuevas entrevistas o pruebas, además de las indicadas anteriormente.

Igualdad de oportunidades

La Comisión y el ECDC persiguen en sus políticas el objetivo de lograr la igualdad de género en todos los niveles de dirección antes de que finalice su mandato actual y aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación, de conformidad con el artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (7), fomentando la presentación de candidaturas que puedan contribuir a una mayor diversidad, a la igualdad de género y al equilibrio geográfico general.

Condiciones de empleo

Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

La Junta directiva del ECDC contratará a la persona seleccionada como agente temporal de grado AD 14 (8). Dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificada en el escalón 1 o 2 dentro de ese grado.

Será nombrada por un mandato inicial de cinco años, con una posible prórroga de cinco años como máximo, de conformidad con el Reglamento por el que se crea el ECDC, en su versión aplicable en el momento del nombramiento.

Las personas candidatas deberán tener en cuenta el requisito de superar con éxito un período de prueba de nueve meses que impone el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea a todo el personal de nueva incorporación.

El lugar de destino será Estocolmo (Suecia), donde el ECDC tiene su sede.

El puesto estará disponible a partir del 16 de junio de 2024.

Información importante para las personas candidatas

Se recuerda a las personas candidatas que la labor de los diferentes comités de selección es confidencial. Está prohibido que las personas candidatas se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del comité correspondiente.

Protección de datos de carácter personal

La Comisión Europea se asegurará de que los datos personales de las personas candidatas sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (9). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos.

Independencia y declaración de intereses

Las personas candidatas deberán firmar una declaración por la que se comprometen a actuar con independencia en pro del interés público, así como una declaración de los intereses que pudieran considerarse perjudiciales para su independencia.

Procedimiento de solicitud

Antes de presentar su candidatura, las personas candidatas deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisibilidad (véase «Requisitos de admisibilidad de las personas candidatas»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional de alto nivel, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los criterios de admisibilidad supondrá la exclusión automática del procedimiento de selección.

Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del procedimiento:

https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/

Las personas candidatas deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esa dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para ponerse en contacto con ellas durante las diferentes fases del procedimiento. Se ruega por lo tanto a las personas candidatas que comuniquen a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.

Para finalizar la presentación de su candidatura, las personas candidatas deberán adjuntar un currículum en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (10), y redactar, en línea, una carta de motivación (8 000 caracteres como máximo). El currículum y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.

A la persona candidata le conviene asegurarse de que su candidatura sea precisa, completa y veraz.

Una vez finalizada la inscripción en línea, las personas candidatas recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. ¡Si no reciben un correo electrónico de confirmación, la candidatura no ha quedado registrada!

Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con las personas candidatas para informarles del estado de su candidatura.

No se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico. Para más información, o en caso de problemas técnicos, se puede enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu

Es responsabilidad de las personas candidatas completar la inscripción en línea en el plazo previsto. Recomendamos no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Fecha límite

El plazo de inscripción finaliza el 26 de junio de 2023, a las 12.00 horas del mediodía (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.


(1)  Reglamento (UE) 2022/2370 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de noviembre de 2022, que modifica el Reglamento (CE) n.o 851/2004 por el que se crea un Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (DO L 314 de 6.12.2022, p. 1).

(2)  La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo, genuino y remunerado, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados se asimilarán a experiencia profesional, incluso si no fueran remunerados, si bien su duración máxima será de tres años y el doctorado deberá haberse completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.

(3)  Las personas candidatas deberán indicar claramente en su currículo, en relación con todos los años de experiencia adquirida en cargos de dirección, la siguiente información:

1)

denominación de los puestos de dirección ocupados y las funciones desempeñadas;

2)

número de empleados a su cargo en esos puestos;

3)

volumen de los presupuestos gestionados;

4)

número de niveles jerárquicos superiores e inferiores; y

5)

número de personas con responsabilidades del mismo nivel.

(4)  Reglamento n.o 1 por el que se fija el régimen lingüístico de la Comunidad Económica Europea (DO 17 de 6.10.1958, p. 385). Texto consolidado: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A01958R0001-20130701

(5)  Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385). Texto consolidado: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20230101

(6)  https://commission.europa.eu/jobs-european-commission/job-opportunities/managers-european-commission_es#vacancies (únicamente disponible en inglés).

(7)  Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385). Texto consolidado: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20230101

(8)  El coeficiente corrector aplicable a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea en Suecia es del 124,9 % desde el 1 de julio de 2022. Este coeficiente está sujeto a una revisión anual.

(9)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(10)  Se puede encontrar información sobre cómo crear un CV Europass en línea en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv.


Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria

26.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 185/7


Publicación de una vacante para el puesto de director/a ejecutivo/a en Parma, Italia

(Agente temporal-Grado AD 14)

COM/2023/20094

(2023/C 185 A/02)

 

Quiénes somos

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) es una agencia independiente de la UE, creada por el Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) (Reglamento constitutivo).

La misión de la EFSA es facilitar asesoramiento científico y apoyo a la legislación y las políticas de la UE en todos aquellos ámbitos que, directa o indirectamente, influyen en la seguridad de los alimentos y los piensos, así como proporcionar información independiente acerca de todos los temas comprendidos en estos ámbitos e informar sobre riesgos. Contribuye a un elevado nivel de protección de la vida y la salud de las personas, teniendo en cuenta al mismo tiempo la salud y el bienestar de los animales, las cuestiones fitosanitarias y el medio ambiente, en el contexto del funcionamiento del mercado interior. Recopila y analiza datos para poder caracterizar y hacer un seguimiento de los riesgos que, directa o indirectamente, influyan en la seguridad de los alimentos y de los piensos. Su misión incluye también facilitar asesoramiento científico sobre nutrición en relación con la legislación de la Unión, sobre otras cuestiones relacionadas con la salud y el bienestar de los animales y fitosanitarias y sobre productos distintos de los alimentos y piensos que guarden relación con organismos modificados genéticamente (OMG). La EFSA emite dictámenes científicos que sirven de base científica para la elaboración y adopción de medidas de la Unión en los ámbitos que entran dentro de su misión.

En su Reglamento constitutivo figura una descripción de la misión y las tareas de la EFSA. Según una decisión del director ejecutivo sobre el régimen lingüístico de la EFSA, el inglés es la lengua de trabajo de la Autoridad.

Puede encontrar más información, en particular sobre la Estrategia 2027 de la EFSA, en su sitio web: http://www.efsa.europa.eu/

Qué proponemos

Un puesto de director/a ejecutivo/a de la EFSA.

El/la director/a ejecutivo/a se ocupa de la representación legal y la imagen pública de la EFSA y rinde cuentas ante su Junta directiva. Dirigirá y gestionará la EFSA y asumirá la responsabilidad de sus actividades, garantizando el logro de sus objetivos. En 2022, el presupuesto de la EFSA ascendió aproximadamente a 150 millones EUR, con una plantilla total de 584 personas.

Entre sus responsabilidades específicas se incluyen las siguientes:

la administración cotidiana de la EFSA, de conformidad con la legislación aplicable en vigor y con las decisiones de su Junta directiva;

la responsabilidad de gestionar el personal de la EFSA, fomentando el espíritu de equipo y un buen entorno de trabajo;

elaborar una propuesta de estrategia y de los programas de trabajo de la EFSA en consulta con la Comisión, e informar sobre su aplicación a la Junta directiva;

asegurar un apropiado apoyo científico, técnico y administrativo al Comité Científico y las comisiones técnicas científicas;

garantizar que la EFSA lleve a cabo sus tareas de conformidad con los requisitos legales y que todas las solicitudes de sus usuarios se tramiten con un nivel de servicio adecuado y en consonancia con los plazos previstos;

la responsabilidad global de la ejecución de las tareas que competen a la EFSA, incluida la supervisión de la calidad de sus sistemas de control y de gestión internos;

preparar y ejecutar el presupuesto de la EFSA, garantizando que se gestiona de forma eficaz y de acuerdo con los principios de buena gestión financiera;

la responsabilidad general de los asuntos financieros de la EFSA, incluidas, entre otras cosas, las cuentas definitivas y las decisiones de financiación;

representar a la EFSA y colaborar con el conjunto de partes interesadas y el público en relación con todos los asuntos incluidos en su misión;

garantizar la cooperación entre la EFSA, la Comisión, el Parlamento Europeo, las agencias de la UE y los Estados miembros, así como con los agentes pertinentes a escala internacional;

gestionar la cooperación con los organismos competentes de los Estados miembros que lleven a cabo tareas similares a las de la EFSA, en particular presidiendo el Foro Consultivo;

establecer contactos efectivos con representantes de las partes interesadas, como los representantes de los consumidores, los representantes de los productores, los transformadores y con cualquier otra parte interesada.

En el artículo 26 del Reglamento constitutivo del EFSA se ofrece una descripción completa de las responsabilidades del/de la director/a ejecutivo/a.

Qué buscamos (criterios de selección)

Las personas candidatas deberán poseer:

a)

Competencias de dirección:

capacidad probada para dirigir una organización de gran tamaño y complejidad, tanto a nivel estratégico como de gestión operativa;

capacidad para desarrollar y aplicar una visión estratégica, fijar objetivos y motivar y dirigir equipos grandes en un entorno multicultural, multilingüe y multidisciplinar;

sólidas capacidades para la toma de decisiones, incluida la capacidad de tomar decisiones sobre asuntos complejos incluso en circunstancias imprevistas o cambiantes;

una visión clara para promover la misión de la EFSA a escala de la UE e internacional.

b)

Conocimientos especializados:

muy buen conocimiento de las agencias e instituciones de la Unión Europea y de cómo funcionan e interactúan;

un buen conocimiento o experiencia de las políticas de la UE en el ámbito de la seguridad de los alimentos y los piensos, la salud y el bienestar de los animales, la fitosanidad, los OMG y la nutrición humana, las actividades internacionales conexas y otras políticas pertinentes para las actividades de la EFSA;

buena comprensión y/o práctica de las actividades de evaluación de riesgos y comunicación de riesgos;

experiencia práctica en gestión de recursos presupuestarios, financieros y humanos, en un contexto nacional, europeo o internacional.

c)

Cualidades y aptitudes personales:

capacidad para comportarse con integridad y comunicar fluida y eficientemente a todos los niveles, de manera transparente y abierta, con las partes interesadas, el público en general, las autoridades públicas europeas, internacionales, nacionales y locales, las organizaciones internacionales y la prensa, y para representar a la EFSA en los foros internacionales;

capacidades interpersonales, organizativas y de negociación y capacidad para establecer relaciones de trabajo fiables con las instituciones de la Unión Europea, las agencias de la UE, los Estados miembros y las partes interesadas;

muy buena comprensión y adhesión a los principios rectores de la EFSA de apertura, transparencia, independencia y excelencia científica.

Requisitos de admisibilidad de las personas candidatas

Solamente podrán ser admitidas a la fase de selección las personas candidatas que cumplan los requisitos siguientes antes de que finalice el plazo de presentación de candidaturas:

Nacionalidad: las personas candidatas deberán ser ciudadanas de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Título o diploma universitario: las personas candidatas deberán tener:

un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

un nivel de formación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional apropiada de por lo menos un año cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no podrá incluirse en la experiencia posterior a la obtención del título universitario que se exige a continuación).

Experiencia profesional: las personas candidatas deberán tener al menos quince años de experiencia profesional (2) posterior a la obtención del título universitario, a un nivel al que den acceso las titulaciones antes mencionadas. Al menos cinco años de dicha experiencia profesional deben haberse adquirido en el ámbito de actividad del EFSA.

Experiencia en puestos directivos: al menos cinco de los años de experiencia profesional posterior a la obtención del título universitario deberán haberse adquirido en un cargo de dirección de alto nivel (3), en un ámbito pertinente para este puesto.

Lenguas: las personas candidatas deberán tener un conocimiento profundo de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (4) y un conocimiento satisfactorio de otra de ellas. Los comités de selección comprobarán durante la entrevista o las entrevistas si las personas candidatas cumplen el requisito de poseer un conocimiento satisfactorio de otra lengua oficial de la UE. Para ello, (parte de) la entrevista podrá realizarse en esa otra lengua.

Límite de edad: las personas candidatas deberán poder completar, en la fecha límite para la presentación de candidaturas, el mandato completo de cinco años antes de alcanzar la edad de jubilación. Por lo que respecta a los agentes temporales de la Unión Europea, la edad de jubilación se alcanza al final del mes en que la persona cumpla 66 años (véase el artículo 47 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (5)).

Selección y nombramiento

El/la director/a ejecutivo/a será nombrado/a por la Junta directiva de la EFSA a partir de una lista restringida proporcionada por la Comisión Europea.

Para elaborar esta lista restringida, la Comisión Europea organizará una selección de conformidad con sus procedimientos de selección y contratación de personal (véase el documento sobre política relativa a los altos funcionarios (6)).

Como parte de este procedimiento de selección, la Comisión Europea creará un comité de preselección. Ese comité analizará todas las candidaturas, realizará una primera verificación de su admisibilidad y determinará qué personas candidatas tienen el mejor perfil con arreglo a los criterios de selección mencionados anteriormente y quiénes pueden ser invitadas a una entrevista con el comité de preselección.

Tras las entrevistas, el comité de preselección extraerá sus conclusiones y propondrá una lista de personas candidatas que serán convocadas a otra entrevista con el Comité Consultivo para los nombramientos (CCN) de la Comisión Europea. Teniendo en cuenta las conclusiones del comité de preselección, el CCN decidirá qué personas candidatas podrán ser invitadas a una entrevista.

Las personas candidatas convocadas a la entrevista con el CCN serán evaluadas durante una jornada completa en un centro de evaluación de directivos por consultores externos de contratación de personal. En función de los resultados de la entrevista y del informe del centro de evaluación, el CCN confeccionará una lista restringida con aquellas que considere aptas para ejercer las funciones del puesto de director/a ejecutivo/a de la EFSA.

Las personas candidatas de la lista restringida del CCN serán entrevistadas por el miembro o miembros de la Comisión responsable(s) de la Dirección General encargada de las relaciones con la EFSA.

Tras las entrevistas, la Comisión Europea adoptará una lista restringida de las personas candidatas más adecuadas, que se comunicará a la Junta directiva de la EFSA. La inclusión en esa lista no garantiza el nombramiento. La Junta directiva de la EFSA entrevistará a estas personas candidatas y decidirá sobre el nombramiento. Antes del nombramiento por la Junta directiva, podría pedirse a la persona candidata que haga una declaración ante los comités pertinentes del Parlamento Europeo y que responda a las preguntas de los miembros de dicha institución.

Se podrá exigir a las personas candidatas que se sometan a nuevas entrevistas o pruebas, además de las indicadas anteriormente.

Igualdad de oportunidades

La Comisión y la EFSA persiguen en sus políticas el objetivo de lograr la igualdad de género en todos los niveles de dirección antes de que finalice su mandato actual y aplican una política de igualdad de oportunidades y no discriminación, de conformidad con el artículo 1 quinquies del Estatuto de los funcionarios (7), fomentando la presentación de candidaturas que puedan contribuir a una mayor diversidad, a la igualdad de género y al equilibrio geográfico general.

Condiciones de empleo

Los sueldos y las condiciones de empleo figuran en el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

La Junta directiva de la EFSA contratará a la persona seleccionada como agente temporal de grado AD_14 (8). Dependiendo de la duración de su experiencia profesional anterior, será clasificada en el escalón 1 o 2 de ese grado.

La persona será nombrada por un mandato inicial de cinco años, con una posible prórroga de cinco años como máximo, de conformidad con el Reglamento por el que se crea la EFSA, en su versión aplicable en el momento del nombramiento.

Las personas candidatas deberán tener en cuenta el requisito de superar con éxito un período de prueba de nueve meses que impone el Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea a todo el personal de nueva incorporación.

El lugar del empleo será Parma (Italia), donde la EFSA tiene su sede.

El puesto estará disponible a partir del 1 de junio de 2024.

Información importante para las personas candidatas

Se recuerda a las personas candidatas que la labor de los diferentes comités de selección es confidencial. Está prohibido que las personas candidatas se pongan en contacto directo o indirecto con sus miembros o que cualquier otra persona lo haga en su nombre. Todas las consultas deberán dirigirse a la secretaría del comité correspondiente.

Protección de datos de carácter personal

La Comisión Europea se asegurará de que los datos personales de las personas candidatas sean tratados de acuerdo con el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (9). Este principio se aplica, en particular, a la confidencialidad y a la seguridad de esos datos.

Independencia y declaración de intereses

Las personas candidatas deberán firmar una declaración por la que se comprometen a actuar con independencia en pro del interés público, así como una declaración de los intereses que pudieran considerarse perjudiciales para su independencia.

Procedimiento de solicitud

Antes de presentar su candidatura, las personas candidatas deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los requisitos de admisibilidad (véase «Requisitos de admisibilidad de las personas candidatas»), especialmente por lo que respecta a los tipos de titulación y a la experiencia profesional de alto nivel, así como a los requisitos lingüísticos. El incumplimiento de cualquiera de los criterios de admisibilidad supondrá la exclusión automática del procedimiento de selección.

Quienes deseen presentar su candidatura deberán inscribirse a través de internet en el sitio web que se indica a continuación y seguir las instrucciones relativas a las diferentes etapas del procedimiento:

https://ec.europa.eu/dgs/human-resources/seniormanagementvacancies/

Las personas candidatas deberán tener una dirección de correo electrónico válida. Esa dirección se utilizará para confirmar la inscripción, así como para ponerse en contacto con ellas durante las diferentes fases del procedimiento. Se ruega por lo tanto a las personas candidatas que comuniquen a la Comisión Europea cualquier cambio en su dirección de correo electrónico.

Para finalizar la presentación de su candidatura, las personas candidatas deberán adjuntar un currículum en formato PDF, usando preferentemente el modelo CV Europass (10), y redactar, en línea, una carta de motivación (8 000 caracteres como máximo). El currículum y la carta de motivación podrán presentarse en cualquier lengua oficial de la Unión Europea.

A la persona candidata le conviene asegurarse de que su candidatura sea precisa, completa y veraz.

Una vez finalizada la inscripción en línea, las personas candidatas recibirán un correo electrónico de confirmación de que su candidatura ha sido registrada. ¡Si no reciben un correo electrónico de confirmación, la candidatura no ha quedado registrada!

Téngase en cuenta que no es posible realizar un seguimiento en línea de la tramitación de las candidaturas. La Comisión Europea se pondrá en contacto directamente con las personas candidatas para informarles del estado de su candidatura.

No se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico. Para más información, o en caso de problemas técnicos, se puede enviar un correo electrónico a: HR-MANAGEMENT-ONLINE@ec.europa.eu

Es responsabilidad de las personas candidatas completar la inscripción en línea en el plazo previsto. Recomendamos no esperar a los últimos días para presentar la candidatura, ya que una sobrecarga de las líneas o un fallo en la conexión a internet podrían dar lugar a una interrupción de la operación de inscripción en línea, obligando a repetir todo el proceso. Una vez finalizado el plazo de inscripción, ya no se podrá introducir ningún dato. No se aceptarán las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Fecha límite

El plazo de inscripción finalizará el 26 de junio de 2023, a las 12.00 horas del mediodía (hora de Bruselas), momento a partir del cual ya no será posible inscribirse.


(1)  Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, p. 1).

(2)  La experiencia profesional solo se tendrá en cuenta si refleja una relación laboral real definida como trabajo efectivo, genuino y remunerado, en calidad de empleado (con cualquier tipo de contrato) o de proveedor de servicios. Las actividades profesionales realizadas a tiempo parcial se prorratearán en función del porcentaje certificado de horas trabajadas a tiempo completo. Los permisos por maternidad, paternidad o adopción se tendrán en cuenta si se producen en el marco de un contrato de trabajo. Los doctorados se asimilarán a experiencia profesional, incluso si no fueran remunerados, si bien su duración máxima será de tres años y el doctorado deberá haberse completado con éxito. Un mismo período no podrá computarse más de una vez.

(3)  Las personas candidatas deberán indicar claramente en su currículo, en relación con todos los años de experiencia adquirida en cargos de dirección, la siguiente información:

1)

denominación de los puestos de dirección ocupados y las funciones desempeñadas;

2)

número de empleados a su cargo en esos puestos;

3)

volumen de los presupuestos gestionados;

4)

número de niveles jerárquicos superiores e inferiores; y

5)

número de personas con responsabilidades del mismo nivel.

(4)  Reglamento n.o 1 por el que se fija el régimen lingüístico de la Comunidad Económica Europea (DO 17 de 6.10.1958, p. 385). Texto consolidado en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01958R0001-20130701

(5)  Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385). Texto consolidado en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20230101.

(6)  https://commission.europa.eu/jobs-european-commission/job-opportunities/managers-european-commission_es#vacancies (únicamente disponible en inglés)

(7)  Reglamento n.o 31 (CEE) 11 (CEEA) por el que se establece el Estatuto de los funcionarios y el régimen aplicable a los otros agentes de la Comunidad Económica Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (DO 45 de 14.6.1962, p. 1385). Texto consolidado en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A01962R0031-20230101.

(8)  El coeficiente corrector aplicable a las retribuciones y pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión Europea en Italia es del 94,7 % desde el 1 de julio de 2022. Este coeficiente está sujeto a una revisión anual.

(9)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).

(10)  La información sobre cómo crear un CV Europass en línea se encuentra en: https://europa.eu/europass/es/create-europass-cv.