ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 179

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

66.° año
22 de mayo de 2023


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2023/C 179/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2023/C 179/02

Asunto C-34/21, Hauptpersonalrat der Lehrerinnen und Lehrer: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Frankfurt am Main — Alemania) — Hauptpersonalrat der Lehrerinnen und Lehrer beim Hessischen Kultusministerium / Minister des Hessischen Kultusministeriums [Procedimiento prejudicial — Protección de datos personales — Reglamento (UE) 2016/679 — Artículo 88, apartados 1 y 2 — Tratamiento de datos en el ámbito laboral — Sistema escolar regional — Enseñanza por videoconferencia debido a la pandemia de COVID-19 — Aplicación sin el consentimiento expreso de los docentes]

2

2023/C 179/03

[Asunto C-338/21, Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Plazo de traslado — Trata de seres humanos): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / S.S., N.Z., S.S [Procedimiento prejudicial — Reglamento (UE) n.o 604/2013 — Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional — Artículo 27 — Recurso interpuesto contra una decisión de traslado de un solicitante de asilo — Artículo 29 — Suspensión de la ejecución de la decisión de traslado — Plazo de traslado — Interrupción del plazo para proceder al traslado — Directiva 2004/81/CE — Expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes — Artículo 6 — Período de reflexión — Prohibición de ejecutar una orden de expulsión — Vías de recurso]

3

2023/C 179/04

Asunto C-556/21, Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Suspensión del plazo de traslado en fase de apelación): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / E.N., S.S., J.Y. [Procedimiento prejudicial — Reglamento (UE) n.o 604/2013 — Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional — Artículo 27 — Recurso interpuesto contra una decisión de traslado de un solicitante de asilo — Artículo 29 — Plazo de traslado — Suspensión de dicho plazo en fase de apelación — Medida cautelar solicitada por la Administración]

3

2023/C 179/05

Asunto C-612/21, Gmina O.: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Gmina O. / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 2, apartado 1, letras a) y c) — Entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas a título oneroso — Artículo 9, apartado 1 — Conceptos de sujeto pasivo y de actividad económica — Municipio que organiza el desarrollo de las energías renovables en su territorio en favor de los residentes, propietarios de un bien inmueble, que han manifestado el deseo de estar equipados con sistemas de energías renovables — Participación de dichos propietarios que asciende al 25 % de los costes subvencionables, sin que pueda exceder de un valor máximo acordado entre el municipio y el propietario interesado — Reembolso al municipio mediante una subvención del voivodato competente del 75 % de los costes subvencionables — Artículo 13, apartado 1 — No sujeción de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas]

4

2023/C 179/06

Asunto C-616/21, Gmina L.: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gmina L. [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 2, apartado 1, letra c) — Prestación de servicios realizada a título oneroso — Artículo 9, apartado 1 — Conceptos de sujeto pasivo y de actividad económica — Municipio que organiza gratuitamente la retirada de amianto en beneficio de los residentes, propietarios de un bien inmueble, que han manifestado estar interesados — Reembolso al municipio mediante una subvención del voivodato competente del 40 % al 100 % de los costes — Artículo 13, apartado 1 — No sujeción de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas]

5

2023/C 179/07

Asunto C-618/21, AR y otros (Acción directa contra el asegurador): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie — Polonia) — AR y otros / PK y otros (Procedimiento prejudicial — Aproximación de las legislaciones — Seguro de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles — Directiva 2009/103/CE — Artículo 3 — Obligación de asegurar los vehículos automóviles — Artículo 18 — Acción directa — Alcance — Determinación del importe de la indemnización — Gastos hipotéticos — Posibilidad de supeditar el pago de la indemnización a determinadas condiciones — Venta del vehículo)

6

2023/C 179/08

Asunto C-651/21, M. Ya. M. (Renuncia a la herencia por un coheredero): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad — Bulgaria) — Procedimiento incoado por M. Ya. M. [Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Medidas relativas al Derecho de sucesiones — Reglamento (UE) n.o 650/2012 — Artículo 13 — Declaración relativa a la renuncia a una herencia efectuada por un heredero ante el tribunal del Estado miembro de su residencia habitual — Inscripción ulterior, a solicitud de otro heredero, de dicha declaración en el registro de otro Estado miembro]

6

2023/C 179/09

Asunto C-5/22, Green Network (Requerimiento de reembolso de gastos): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Green Network SpA / SF, YB, Autorità di Regolazione per Energia Reti e Ambiente (ARERA) (Procedimiento prejudicial — Mercado interior de la electricidad — Directiva 2009/72/CE — Artículo 37 — Anexo I — Obligaciones y competencias de la autoridad reguladora nacional — Protección de los consumidores — Gastos de gestión administrativa — Competencia de la autoridad reguladora nacional para ordenar el reembolso de los importes pagados por los clientes finales con arreglo a cláusulas contractuales cuya utilización ha sido sancionada por esa autoridad)

7

2023/C 179/10

Asunto C-269/22, IP y otros (Determinación de la realidad de los hechos del litigio principal — II): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — IP, DD, ZI, SS, HYA (Procedimiento prejudicial — Artículo 267 TFUE — Artículos 47, párrafo segundo, y 48, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Derecho a un juez imparcial — Derecho a la presunción de inocencia — Exposición del marco fáctico en una petición de decisión prejudicial en materia penal — Determinación de la realidad de determinados hechos para poder plantear al Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial admisible — Respeto de las garantías procesales previstas por el Derecho nacional para las resoluciones sobre el fondo)

8

2023/C 179/11

Asunto C-343/22, PT (Requerimiento de pago suizo): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — PT / VB (Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia civil — Convenio de Lugano II — Procedimiento de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales — Artículo 34, punto 2 — Cédula de emplazamiento en el Estado de origen — Notificación de forma regular de un requerimiento de pago seguida de una entrega de forma irregular de un escrito de demanda de una acción de reclamación de Derecho suizo)

8

2023/C 179/12

Asunto C-285/21, Dalarjo y otros: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 28 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial N.o 1 de Pontevedra) — Dalarjo, S. L., y otros / Renault Trucks SASU (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Prácticas colusorias — Acciones por daños y perjuicios por infracciones de las disposiciones del Derecho de la competencia de la Unión — Decisión de la Comisión Europea por la que se declara la existencia de una infracción — Camiones especiales — Dumper articulado)

9

2023/C 179/13

Asunto C-254/22, Caixabank: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 28 de febrero de 2023 [petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 17 de Palma de Mallorca — (Illes Balears)] — AW, PN / Caixabank S. A., [Procedimiento prejudicial — Artículos 53 y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores — Directiva 2014/17/UE — Préstamo hipotecario — Tipo de interés variable — Cláusula que prevé la aplicación de un tipo de interés calculado a partir de un índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) incrementado en un 0,50 % — Criterios de apreciación del carácter abusivo de tal cláusula — Exigencias de buena fe, equilibro y transparencia — Consecuencias de la declaración del carácter abusivo de la cláusula]

10

2023/C 179/14

Asunto C-607/22, Eurowings (Vuelo inexistente): Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Düsseldorf — Alemania) — Eurowings GmbH / flightright GmbH [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Transportes aéreos — Reglamento (CE) n.o 261/2004 — Normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos — Artículo 2 — Concepto de transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo — Vuelo reservado con un operador turístico — Vuelo supuestamente inexistente]

11

2023/C 179/15

Asunto C-485/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KO contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-119/22 AJ, KO / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

11

2023/C 179/16

Asunto C-486/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KM contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-120/22 AJ, KM / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

12

2023/C 179/17

Asunto C-487/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KR contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-121/22 AJ, KR / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea y Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

12

2023/C 179/18

Asunto C-488/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KQ contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-122/22 AJ, KQ / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

12

2023/C 179/19

Asunto C-489/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por VZ contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-127/22 AJ, VZ / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

13

2023/C 179/20

Asunto C-490/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KN contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-139/22 AJ, KN / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

13

2023/C 179/21

Asunto C-491/22 P: Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KP contra el auto del Presidente del Tribunal General dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-140/22 AJ, KP / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

13

2023/C 179/22

Asunto C-793/22, Biohemp Concept: Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Alba Iulia (Rumanía) el 29 de diciembre de 2022 — Biohemp Concept SRL / Direcţia pentru Agricultură Judeţeană Alba

14

2023/C 179/23

Asunto C-68/23, Finanzamt O: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 8 de febrero de 2023 — M-GbR / Finanzamt O

14

2023/C 179/24

Asunto C-81/23, FCA Italy y FPT Industrial: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 15 de febrero de 2023 — MA / FCA Italy SpA y FPT Industrial SpA

15

2023/C 179/25

Asunto C-85/23, Landkreis Jerichower Land: Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberverwaltungsgericht des Landes Sachsen-Anhalt (Alemania) el 15 de febrero de 2023 — Landkreis Jerichower Land / A

15

2023/C 179/26

Asunto C-142/23 P: Recurso de casación interpuesto el 8 de marzo de 2023 contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 11 de enero de 2023 en el asunto T-346/21, Hecht Pharma GmbH / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

16

2023/C 179/27

Asunto C-148/23, Gestore dei Servizi Energetici: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 10 de marzo de 2023 — Gestore dei Servizi Energetici SpA — GSE / Erg Eolica Ginestra Srl y otros

18

2023/C 179/28

Asunto C-171/23, UP CAFFE: Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravni sud u Zagrebu (Croacia) el 20 de marzo de 2023 — UP CAFFE d.o.o. / Ministarstva financija Republike Hrvatske

18

2023/C 179/29

Asunto C-186/23: Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Bulgaria

19

2023/C 179/30

Asunto C-201/23: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Polonia

20

2023/C 179/31

Asunto C-211/23: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República Portuguesa

21

2023/C 179/32

Asunto C-214/23: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Comisión Europea / Reino de Dinamarca

22

 

Tribunal General

2023/C 179/33

Asunto T-500/17 RENV: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Hubei Xinyegang Special Tube/Comisión [Dumping — Importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro (excepto de fundición) o de acero (excepto de acero inoxidable), de sección circular y de diámetro exterior superior a 406,4 mm, originarios de China — Fijación de un derecho antidumping definitivo — Relación de causalidad — Artículo 3, apartados 6 y 7, del Reglamento (UE) 2016/1036 — Error manifiesto de apreciación]

24

2023/C 179/34

Asunto T-660/19 RENV: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Universität Bremen/REA (Investigación y desarrollo tecnológico — Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 — Convocatoria H2020-SC6-Governance-2019 — Decisión de la REA mediante la que se desestimaba una propuesta — Error de hecho — Error de Derecho — Error manifiesto de apreciación)

24

2023/C 179/35

Asuntos T-825/19 y T-826/19: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Tazzetti/Comisión [Medio ambiente — Reglamento (UE) n.o 517/2014 — Gases fluorados de efecto invernadero — Registro electrónico de las cuotas de comercialización de hidrofluorocarburos — Empresas con el mismo titular real — Productor o importador único — Acto lesivo — Interés en ejercitar la acción — Admisibilidad — Solicitud de adaptación de la demanda — Inadmisibilidad — Excepción de ilegalidad — Interpretación de un reglamento de ejecución conforme con el reglamento de base — Poder de ejecución de la Comisión]

25

2023/C 179/36

Asunto T-868/19: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Nouryon Industrial Chemicals y otros/Comisión [REACH — Evaluación del expediente de registro y control de la conformidad de la información comunicada por los solicitantes de registro — Solicitud de estudios complementarios a efectos del expediente de registro para el biodimetiléter — Estudio de la toxicidad para el desarrollo prenatal — Estudio ampliado de toxicidad para la reproducción en una generación — Estudio preliminar de determinación de las concentraciones — Artículo 51, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 — Ensayos con animales — Artículo 25 del Reglamento n.o 1907/2006 — Error manifiesto de apreciación — Proporcionalidad]

26

2023/C 179/37

Asunto T-72/20: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Satabank/BCE [Política económica y monetaria — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Reglamento (UE) n.o 1024/2013 — Reglamento (UE) n.o 468/2014 — Entidad sujeta a supervisión prudencial — Procedimiento administrativo compuesto — Denegación de acceso al expediente — Decisión 2004/258/CE — Acceso a los documentos del BCE]

27

2023/C 179/38

Asunto T-142/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Wizz Air Hungary/Comisión (Blue Air; COVID-19 y ayuda de salvamento) [Ayudas de Estado — Mercado rumano del transporte aéreo — Ayuda concedida por Rumanía a Blue Air en el contexto de la pandemia de COVID-19 — Ayuda de salvamento a Blue Air — Préstamo garantizado por el Estado rumano — Decisión de no plantear objeciones — Recurso de anulación — Ayuda destinada a reparar los perjuicios causados por un acontecimiento de carácter excepcional — Artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b) — Valoración del perjuicio — Relación de causalidad — Dificultades financieras preexistentes del beneficiario — Toma en consideración de los costes evitables — Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Contribución de la ayuda a un objetivo de interés común — Ayuda de salvamento única — Principio de no discriminación — Libre prestación de servicios — Libertad de establecimiento — Obligación de motivación]

27

2023/C 179/39

Asunto T-344/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Plusmusic/EUIPO — Groupe Canal + (+music) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión +music — Marca nacional figurativa anterior + — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Elevado carácter distintivo de la marca anterior adquirido por el uso]

28

2023/C 179/40

Asunto T-366/21: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Coinbase/EUIPO — bitFlyer (coinbase) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea — Marca denominativa coinbase — Causa de nulidad absoluta — Mala fe — Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

29

2023/C 179/41

Asunto T-400/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — ZR/EUIPO (Función pública — Funcionarios — Convocatoria para proveer plaza vacante — Solicitud de transferencia interinstitucional — Artículo 8, párrafo primero, del Estatuto — Denegación de la transferencia — Orden de prioridad — Artículo 29, apartado 1, del Estatuto — Igualdad de trato — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Deber de asistencia y protección — Corrección de errores)

29

2023/C 179/42

Asunto T-505/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

30

2023/C 179/43

Asunto T-535/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

30

2023/C 179/44

Asunto T-545/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

31

2023/C 179/45

Asunto T-555/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

32

2023/C 179/46

Asunto T-575/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

32

2023/C 179/47

Asunto T-576/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

33

2023/C 179/48

Asunto T-577/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

34

2023/C 179/49

Asunto T-578/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

34

2023/C 179/50

Asunto T-588/21: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa una parte de los equipos de distribución de fluidos — Causa de nulidad — Incumplimiento de los requisitos de protección — Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica — Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002]

35

2023/C 179/51

Asunto T-617/21: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — B&Bartoni/EUIPO — Hypertherm (Electrodo que debe introducirse en una antorcha) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un electrodo que debe introducirse en una antorcha — Causa de nulidad — Artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Componente de un producto complejo]

36

2023/C 179/52

Asunto T-650/21: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Casa International/EUIPO — Interstyle (casa) {Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión casa — Causa de nulidad absoluta — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 40/94 (actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001)}

36

2023/C 179/53

Asunto T-750/21: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Beauty Biosciences/EUIPO — Société de Recherche Cosmétique (BIO-BEAUTÉ) {Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión BIO-BEAUTÉ — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001] — Carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001) — Artículo 52, apartados 1, letra a), y 2, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartados 1, letra a), y 2, del Reglamento 2017/1001] — Obligación de motivación — Artículo 75, primera frase, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 94, apartado 1, primera frase, del Reglamento 2017/1001)}

37

2023/C 179/54

Asunto T-5/22: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Puma/EUIPO — Brooks Sports (Representación de una banda con un ángulo agudo) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea — Marca figurativa que representa una banda con un ángulo agudo — Marcas figurativas anteriores de la Unión y nacional que representan una banda — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001 — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento 2017/1001 — Seguridad jurídica — Igualdad de trato — Principio de buena administración]

38

2023/C 179/55

Asunto T-21/22: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — NY/Comisión (Función pública — Funcionarios — Investigación de seguridad interna de la Comisión — Supuestos actos de violencia cometidos por agentes de seguridad de la Comisión — Prohibición de entrada a los edificios — Retirada de la tarjeta de servicio — Petición de indemnización — Denegación de la petición — Principio de buena administración — Derecho a la integridad y a la dignidad — Error de apreciación — Deber de asistencia)

38

2023/C 179/56

Asunto T-26/22: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — CIMV/Comisión (Investigación y desarrollo tecnológico — Acuerdo de subvención celebrado en el marco del Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 — Recuperación de un crédito — Reembolso escalonado — Exactitud material de los hechos — Error manifiesto de apreciación — Obligación de motivación — Confianza legítima — Derecho a ser oído — Proporcionalidad)

39

2023/C 179/57

Asunto T-113/22: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Colombani/SEAE (Función pública — Funcionarios — Acoso psicológico — Artículo 12 bis del Estatuto — Solicitud de asistencia — Denegación de la solicitud — Artículo 24 del Estatuto — Derecho de defensa — Error de apreciación — Desviación de poder — Acuerdo amistoso — Vicio del consentimiento — Decisión de promoción retroactiva)

39

2023/C 179/58

Asunto T-199/22: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Perfetti Van Melle/EUIPO (Representación de un recipiente cilíndrico con líneas onduladas) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa un recipiente cilíndrico con líneas onduladas — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Obligación de motivación]

40

2023/C 179/59

Asunto T-306/22: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Fun Factory/EUIPO — I Love You (love you so much) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión love you so much — Marca figurativa anterior de la Unión I LOVE YOU SINCE FOREVER — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

41

2023/C 179/60

Asunto T-308/22: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — celotec/EUIPO — Decotec Printing (DECOTEC) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión DECOTEC — Causa de nulidad absoluta — Falta de carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

41

2023/C 179/61

Asunto T-408/22: Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — adp Merkur/EUIPO — psmtec (SEVEN SEVEN 7) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión SEVEN SEVEN 7 — Marca denominativa anterior de la Unión Seven — Motivos de denegación relativos — Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Falta de uso efectivo — Artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001]

42

2023/C 179/62

Asunto T-436/22: Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Machková/EUIPO — Aceites Almenara (ALMARA SOAP) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión ALMARA SOAP — Marca denominativa anterior de la Unión ALMENARA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001]

42

2023/C 179/63

Asunto T-196/22: Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Mariani/Parlamento (Recurso de anulación — Derecho institucional — Miembro del Parlamento — Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final del mandato — Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento — No afectación de las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento — Acto no recurrible — Inadmisibilidad manifiesta)

43

2023/C 179/64

Asunto T-240/22: Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Lacapelle/Parlamento (Recurso de anulación — Derecho institucional — Miembro del Parlamento — Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento Europeo hasta que finalice el mandato — Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento — Inexistencia de afectación a las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento — Acto no recurrible — Inadmisibilidad manifiesta)

44

2023/C 179/65

Asunto T-241/22: Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Juvin/Parlamento (Recurso de anulación — Derecho institucional — Miembro del Parlamento — Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final del mandato — Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento — No afectación de las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento — Acto no recurrible — Inadmisibilidad manifiesta)

44

2023/C 179/66

Asunto T-254/22: Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Mordalski/EUIPO — Anita Food (ANITA) (Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca de la Unión que ha dejado de existir — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno)

45

2023/C 179/67

Asunto T-300/22: Auto del Tribunal General de 23 de marzo de 2023 — Domaine Boyar International/EUIPO — Consorzio DOC Bolgheri e Bolgheri Sassicaia (BOLGARÉ) {Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión BOLGARÉ — Denominación de origen anterior Bolgheri — Artículo 8, apartado 4 bis, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Artículo 46, apartado 1, letra d), del Reglamento 2017/1001 — Artículo 103, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013}

45

2023/C 179/68

Asunto T-342/22: Auto del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Oxyzoglou/Comisión (Función pública — Agentes contractuales — Pensión de jubilación — Derechos a pensión adquiridos antes de la entrada al servicio de la Unión — Transferencia al régimen de la Unión — Bonificación de anualidades — Recurso de anulación — Solicitud de reembolso de una parte del capital transferido — Enriquecimiento injusto — Plazo de reclamación — Inadmisibilidad manifiesta — Petición de requerimiento — Incompetencia manifiesta)

46

2023/C 179/69

Asunto T-343/22: Auto del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Mozelsio/Comisión (Función pública — Agentes contractuales — Pensión de jubilación — Derechos a pensión adquiridos antes de la entrada al servicio de la Unión — Transferencia al régimen de la Unión — Bonificación de anualidades — Recurso de anulación — Solicitud de reembolso de una parte del capital transferido — Enriquecimiento sin causa — Plazo de reclamación — Inadmisibilidad manifiesta — Petición de requerimiento — Incompetencia manifiesta)

47

2023/C 179/70

Asunto T-482/22: Auto del Tribunal General de 31 de marzo de 2023 — Thomas Henry/EUIPO (MATE MATE) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión MATE MATE — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Carácter engañoso — Artículo 7, apartado 1, letras b), c) y g), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno]

47

2023/C 179/71

Asunto T-567/22: Auto del Tribunal General de 30 de marzo de 2023 — ATPN/Comisión [Recurso de anulación — Medioambiente — Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 — Energia nuclear — Actividad sostenible — Asociación — Inexistencia de afectación directa — Inadmisibilidad]

48

2023/C 179/72

Asunto T-612/22: Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2023 — Primicerj/Comisión [Recurso de anulación — Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Denegación inicial de acceso — Acto no recurrible — Inadmisibilidad — Petición de requerimiento — Incompetencia]

49

2023/C 179/73

Asunto T-776/22 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — TP/Comisión (Procedimiento sobre medidas provisionales — Contratos públicos — Reglamento financiero — Exclusión de los procedimientos de adjudicación de contratos financiados por el presupuesto de la Unión y el FED durante un periodo de dos años — Demanda de suspensión de la ejecución — Inexistencia de urgencia)

49

2023/C 179/74

Asunto T-782/22 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 27 de marzo de 2023 — Cogebi y Cogebi/Consejo (Procedimiento sobre medidas provisionales — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania — Prohibición de comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, dentro de la Unión, bienes que generen ingresos significativos para Rusia — Demanda de suspensión de la ejecución — Incumplimiento de los requisitos de forma — Inadmisibilidad)

50

2023/C 179/75

Asunto T-1/23 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 27 de marzo de 2023 — Enmacc/Comisión (Medidas provisionales — Contratos públicos de servicios — Servicios para la organización de la agregación de la demanda y las licitaciones para el gas en el marco de la Plataforma de la Energía de la Unión — Demanda de medidas provisionales — Ponderación de los intereses)

51

2023/C 179/76

Asunto T-9/23: Recurso interpuesto el 9 de enero de 2023 — Koppers Denmark y otros/Comisión

51

2023/C 179/77

Asunto T-17/23: Recurso interpuesto el 20 de enero de 2023 — Feport/Comisión

52

2023/C 179/78

Asunto T-18/23: Recurso interpuesto el 20 de enero de 2023 — Grecia/Comisión

53

2023/C 179/79

Asunto T-37/23: Recurso interpuesto el 23 de enero de 2023 — Mead Johnson Nutrition (Asia Pacific) y otros/Comisión

54

2023/C 179/80

Asunto T-44/23: Recurso interpuesto el 6 de febrero de 2023 — FFPE section Conseil/Consejo

55

2023/C 179/81

Asunto T-94/23: Recurso interpuesto el 16 de febrero de 2023 — Pollinis France/Comisión

55

2023/C 179/82

Asunto T-104/23: Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2023 — PAN Europe/Comisión

57

2023/C 179/83

Asunto T-124/23: Recurso interpuesto el 28 de febrero de 2023 — VB/BCE

58

2023/C 179/84

Asunto T-131/23: Recurso interpuesto el 13 de marzo de 2023 — Nardi/BCE

58

2023/C 179/85

Asunto T-137/23: Recurso interpuesto el 10 de marzo de 2023 — Biogen Netherlands/Comisión

60

2023/C 179/86

Asunto T-147/23: Recurso interpuesto el 17 de marzo de 2023 — VI/Comisión

61

2023/C 179/87

Asunto T-148/23: Recurso interpuesto el 18 de marzo de 2023 — VK/Comisión

62

2023/C 179/88

Asunto T-154/23: Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2023 — MBDA France/Comisión

62

2023/C 179/89

Asunto T-158/23: Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2023 — Colombani/SEAE

64

2023/C 179/90

Asunto T-159/23: Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — VN/Comisión

64

2023/C 179/91

Asunto T-163/23: Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — Fritz Egger y otros/ECHA

65

2023/C 179/92

Asunto T-164/23: Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2023 — Drinks Prod/EUIPO — Wolff e Illg (IGISAN)

66

2023/C 179/93

Asunto T-165/23: Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Arkema France/Comisión

67

2023/C 179/94

Asunto T-167/23: Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — Borealis Agrolinz Melamine Deutschland y Cornerstone/ECHA

68

2023/C 179/95

Asunto T-170/23: Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2023 — Amstel Brouwerij/EUIPO — Anheuser-Busch (ULTRA)

69

2023/C 179/96

Asunto T-172/23: Recurso interpuesto el 30 de marzo de 2023 — Dendiki/EUIPO — D-Market (hepsiburada)

69

2023/C 179/97

Asunto T-173/23: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Simpson Performance Products/EUIPO — Freundlieb (BANDIT)

70

2023/C 179/98

Asunto T-175/23: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Hong Kong NetEase Interactive Entertainment/EUIPO — Medion (LifeAfter)

71

2023/C 179/99

Asunto T-176/23: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — PT Musim Mas/Comisión

71

2023/C 179/100

Asunto T-177/23: Recurso interpuesto el 3 de abril de 2023 — Lacroix/EUIPO — Xingyu Safety Tech (ADAMAS)

72

2023/C 179/101

Asunto T-179/23: Recurso interpuesto el 5 de abril de 2023 — FFPE section Conseil/Consejo

73

2023/C 179/102

Asunto T-180/23: Recurso interpuesto el 5 de abril de 2023 — L’Oréal/EUIPO — Samar’t Pharma (Bl blue pigment)

74

2023/C 179/103

Asunto T-181/23: Recurso interpuesto el 10 de abril de 2023 — Dermavita Company/EUIPO — Allergan Holdings France (JUVÉDERM)

74

2023/C 179/104

Asunto T-184/23: Recurso interpuesto el 11 de abril de 2023 — Puma/EUIPO — Société d’équipements de boulangerie pâtisserie (BERTRAND PUMA La griffe boulangère)

75

2023/C 179/105

Asunto T-187/23: Recurso interpuesto el 11 de abril de 2023 — PT Permata Hijau Palm Oleo y PT Nubika Jaya/Comisión

76

2023/C 179/106

Asunto T-784/21: Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2023 — Félix/Comisión

76


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2023/C 179/01)

Última publicación

DO C 173 de 15.5.2023

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 164 de 8.5.2023

DO C 155 de 2.5.2023

DO C 134 de 17.4.2023

DO C 127 de 11.4.2023

DO C 121 de 3.4.2023

DO C 112 de 27.3.2023

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Frankfurt am Main — Alemania) — Hauptpersonalrat der Lehrerinnen und Lehrer beim Hessischen Kultusministerium / Minister des Hessischen Kultusministeriums

(Asunto C-34/21, (1) Hauptpersonalrat der Lehrerinnen und Lehrer)

(Procedimiento prejudicial - Protección de datos personales - Reglamento (UE) 2016/679 - Artículo 88, apartados 1 y 2 - Tratamiento de datos en el ámbito laboral - Sistema escolar regional - Enseñanza por videoconferencia debido a la pandemia de COVID-19 - Aplicación sin el consentimiento expreso de los docentes)

(2023/C 179/02)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Wiesbaden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Hauptpersonalrat der Lehrerinnen und Lehrer beim Hessischen Kultusministerium

Demandada: Minister des Hessischen Kultusministeriums

Fallo

1)

El artículo 88 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos),

debe interpretarse en el sentido de que

una normativa nacional no puede constituir una «norma más específica», a los efectos del apartado 1 de dicho artículo, en caso de que no cumpla las condiciones impuestas en el apartado 2 del referido artículo.

2)

El artículo 88, apartados 1 y 2, del Reglamento 2016/679

debe interpretarse en el sentido de que

la aplicación de disposiciones nacionales adoptadas para garantizar la protección de los derechos y libertades de los trabajadores en cuanto se refiere al tratamiento de sus datos personales en el ámbito laboral deberá excluirse cuando esas disposiciones no respeten las condiciones y los límites establecidos por el citado artículo 88, apartados 1 y 2, a menos que dichas disposiciones constituyan una base jurídica contemplada en el artículo 6, apartado 3, de dicho Reglamento que cumple las exigencias establecidas en este.


(1)  DO C 98 de 22.3.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / S.S., N.Z., S.S

[Asunto C-338/21, (1) Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Plazo de traslado — Trata de seres humanos)]

(Procedimiento prejudicial - Reglamento (UE) n.o 604/2013 - Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional - Artículo 27 - Recurso interpuesto contra una decisión de traslado de un solicitante de asilo - Artículo 29 - Suspensión de la ejecución de la decisión de traslado - Plazo de traslado - Interrupción del plazo para proceder al traslado - Directiva 2004/81/CE - Expedición de un permiso de residencia a nacionales de terceros países que sean víctimas de la trata de seres humanos o hayan sido objeto de una acción de ayuda a la inmigración ilegal, que cooperen con las autoridades competentes - Artículo 6 - Período de reflexión - Prohibición de ejecutar una orden de expulsión - Vías de recurso)

(2023/C 179/03)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Recurridas: S.S., N.Z., S.S

Fallo

El artículo 29, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, en relación con el artículo 27, apartado 3, de dicho Reglamento,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional que establece que la presentación de una demanda de revisión de una decisión por la que se deniega a un nacional de un tercer país un permiso de residencia como víctima de la trata de seres humanos implica la suspensión de la ejecución de una decisión de traslado adoptada anteriormente respecto de dicho nacional, pero

se opone a una normativa nacional que establece que tal suspensión conlleva la suspensión o la interrupción del plazo para el traslado de dicho nacional de un tercer país.


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State — Países Bajos) — Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid / E.N., S.S., J.Y.

[Asunto C-556/21, (1) Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Suspensión del plazo de traslado en fase de apelación)]

(Procedimiento prejudicial - Reglamento (UE) n.o 604/2013 - Determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional - Artículo 27 - Recurso interpuesto contra una decisión de traslado de un solicitante de asilo - Artículo 29 - Plazo de traslado - Suspensión de dicho plazo en fase de apelación - Medida cautelar solicitada por la Administración)

(2023/C 179/04)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Recurridas: E.N., S.S., J.Y.

Fallo

El artículo 29, apartados 1 y 2, del Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida, en relación con el artículo 27, apartado 3, de dicho Reglamento,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional que permite a un órgano jurisdiccional nacional que conoce de un recurso interpuesto en segunda instancia contra una sentencia por la que se anula una decisión de traslado adoptar, a petición de las autoridades competentes, una medida cautelar que permita a estas no adoptar una nueva decisión hasta la resolución de dicho recurso y que tenga por objeto o por efecto suspender el plazo de traslado hasta dicha resolución, siempre que tal medida solo pueda ser adoptada cuando la ejecución de la decisión de traslado haya sido suspendida durante el examen del recurso interpuesto en primera instancia, de conformidad con el artículo 27, apartados 3 o 4, de dicho Reglamento.


(1)  DO C 471 de 22.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Gmina O. / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

(Asunto C-612/21, (1) Gmina O.)

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 2, apartado 1, letras a) y c) - Entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas a título oneroso - Artículo 9, apartado 1 - Conceptos de «sujeto pasivo» y de «actividad económica» - Municipio que organiza el desarrollo de las energías renovables en su territorio en favor de los residentes, propietarios de un bien inmueble, que han manifestado el deseo de estar equipados con sistemas de energías renovables - Participación de dichos propietarios que asciende al 25 % de los costes subvencionables, sin que pueda exceder de un valor máximo acordado entre el municipio y el propietario interesado - Reembolso al municipio mediante una subvención del voivodato competente del 75 % de los costes subvencionables - Artículo 13, apartado 1 - No sujeción de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas)

(2023/C 179/05)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Gmina O

Demandada: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Fallo

Los artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1, y 13, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

deben interpretarse en el sentido de que

no constituye una entrega de bienes y una prestación de servicios sujetas al impuesto sobre el valor añadido (IVA) el hecho de que un municipio entregue e instale, a través de una empresa, sistemas de energías renovables a aquellos de sus residentes propietarios de inmuebles que hayan manifestado el deseo de equiparse con ellos, cuando tal actividad no tenga por objeto obtener ingresos continuados en el tiempo y solo dé lugar, por parte de dichos residentes, a un pago que cubra, como máximo, una cuarta parte de los costes ocasionados, financiándose el resto con fondos públicos.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny — Polonia) — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gmina L.

(Asunto C-616/21, (1) Gmina L.)

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 2, apartado 1, letra c) - Prestación de servicios realizada a título oneroso - Artículo 9, apartado 1 - Conceptos de «sujeto pasivo» y de «actividad económica» - Municipio que organiza gratuitamente la retirada de amianto en beneficio de los residentes, propietarios de un bien inmueble, que han manifestado estar interesados - Reembolso al municipio mediante una subvención del voivodato competente del 40 % al 100 % de los costes - Artículo 13, apartado 1 - No sujeción de los municipios por las actividades u operaciones en las que actúan como autoridades públicas)

(2023/C 179/06)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Demandada: Gmina L.

Fallo

Los artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1 y 13, apartado 1, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

deben interpretarse en el sentido de que

no constituye una prestación de servicios sujeta al impuesto sobre el valor añadido (IVA) el hecho de que un municipio encargue a una empresa que efectúe operaciones de retirada de amianto y de recogida de productos y residuos de amianto en beneficio de aquellos de sus residentes propietarios de inmuebles que hayan manifestado estar interesados, cuando tal actividad no tenga por objeto obtener ingresos continuados en el tiempo y no dé lugar, por parte de esos residentes, a ningún pago, al estar financiadas las mencionadas operaciones con fondos públicos.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie — Polonia) — AR y otros / PK y otros

[Asunto C-618/21, (1) AR y otros (Acción directa contra el asegurador)]

(Procedimiento prejudicial - Aproximación de las legislaciones - Seguro de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos automóviles - Directiva 2009/103/CE - Artículo 3 - Obligación de asegurar los vehículos automóviles - Artículo 18 - Acción directa - Alcance - Determinación del importe de la indemnización - Gastos hipotéticos - Posibilidad de supeditar el pago de la indemnización a determinadas condiciones - Venta del vehículo)

(2023/C 179/07)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: AR, BF, ZN, NK Sp. z o.o., s.k., KP, RD Sp. z o.o.

Demandadas: PK SA, CR, SI SA, MB SA, PK SA, SI SA, EZ SA

Fallo

El artículo 18 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, en relación con el artículo 3 de la misma Directiva,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una normativa nacional que, en caso de acción directa de la persona cuyo vehículo ha sufrido un siniestro a raíz de un accidente de tráfico contra el asegurador de la persona responsable de este, establece como única modalidad de obtención de una reparación a cargo de dicho asegurador el pago de una indemnización pecuniaria;

se opone a las modalidades de cálculo de dicha indemnización y a los requisitos relativos a su pago en la medida en que tengan por efecto, en el marco de una acción directa ejercitada con arreglo al citado artículo 18, excluir o limitar la obligación del asegurador, resultante del referido artículo 3, de cubrir todas las reparaciones que la persona responsable del daño debe facilitar a la persona perjudicada a consecuencia del perjuicio sufrido por esta.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski rayonen sad — Bulgaria) — Procedimiento incoado por M. Ya. M.

[Asunto C-651/21, (1) M. Ya. M. (Renuncia a la herencia por un coheredero)]

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Medidas relativas al Derecho de sucesiones - Reglamento (UE) n.o 650/2012 - Artículo 13 - Declaración relativa a la renuncia a una herencia efectuada por un heredero ante el tribunal del Estado miembro de su residencia habitual - Inscripción ulterior, a solicitud de otro heredero, de dicha declaración en el registro de otro Estado miembro)

(2023/C 179/08)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Sofiyski rayonen sad

Partes en el procedimiento principal

Demandante: М. Ya. M.

Fallo

El artículo 13 del Reglamento (UE) n.o 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a que, una vez que un heredero haya inscrito ante un tribunal del Estado miembro de su residencia habitual una declaración relativa a la aceptación de la herencia de un causante cuya residencia habitual en la fecha de su fallecimiento estaba situada en otro Estado miembro, o a la renuncia a la misma, otro heredero solicite una inscripción ulterior de dicha declaración ante el tribunal competente de este último Estado miembro.


(1)  DO C 37 de 24.1.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Green Network SpA / SF, YB, Autorità di Regolazione per Energia Reti e Ambiente (ARERA)

[Asunto C-5/22, (1) Green Network (Requerimiento de reembolso de gastos)]

(Procedimiento prejudicial - Mercado interior de la electricidad - Directiva 2009/72/CE - Artículo 37 - Anexo I - Obligaciones y competencias de la autoridad reguladora nacional - Protección de los consumidores - Gastos de gestión administrativa - Competencia de la autoridad reguladora nacional para ordenar el reembolso de los importes pagados por los clientes finales con arreglo a cláusulas contractuales cuya utilización ha sido sancionada por esa autoridad)

(2023/C 179/09)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Green Network SpA

Demandadas: SF, YB, Autorità di Regolazione per Energia Reti e Ambiente (ARERA)

Fallo

El artículo 37, apartados 1, letras i) y n), y 4, letra d), de la Directiva 2009/72/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y por la que se deroga la Directiva 2003/54/CE, así como el anexo I de la Directiva 2009/72,

deben interpretarse en el sentido de que

no se oponen a que un Estado miembro asigne a la autoridad reguladora nacional la competencia para efectuar requerimientos a las empresas eléctricas a efectos de que reembolsen a sus clientes finales la cantidad correspondiente a la contraprestación pagada por estos en concepto de «gastos de gestión administrativa» con arreglo a una cláusula contractual considerada ilegal por dicha autoridad, incluidos los casos en que el requerimiento de reembolso no se basa en razones de calidad del servicio en cuestión prestado por las referidas empresas, sino en el incumplimiento de obligaciones de transparencia tarifaria.


(1)  DO C 128 de 21.3.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — IP, DD, ZI, SS, HYA

[Asunto C-269/22, (1) IP y otros (Determinación de la realidad de los hechos del litigio principal — II)]

(Procedimiento prejudicial - Artículo 267 TFUE - Artículos 47, párrafo segundo, y 48, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Derecho a un juez imparcial - Derecho a la presunción de inocencia - Exposición del marco fáctico en una petición de decisión prejudicial en materia penal - Determinación de la realidad de determinados hechos para poder plantear al Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial admisible - Respeto de las garantías procesales previstas por el Derecho nacional para las resoluciones sobre el fondo)

(2023/C 179/10)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: IP, DD, ZI, SS, HYA

con intervención de: Spetsializirana prokuratura

Fallo

El artículo 267 TFUE, en relación con los artículos 47, párrafo segundo, y 48, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a que, antes de cualquier resolución sobre el fondo, un órgano jurisdiccional nacional en materia penal establezca, respetando las garantías procesales previstas por el Derecho nacional, la realidad de determinados hechos para poder plantear al Tribunal de Justicia una petición de decisión prejudicial admisible.


(1)  DO C 303 de 8.8.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — PT / VB

[Asunto C-343/22, (1) PT (Requerimiento de pago suizo)]

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia civil - Convenio de Lugano II - Procedimiento de reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales - Artículo 34, punto 2 - Cédula de emplazamiento en el Estado de origen - Notificación de forma regular de un requerimiento de pago seguida de una entrega de forma irregular de un escrito de demanda de una acción de reclamación de Derecho suizo)

(2023/C 179/11)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: PT

Demandada: VB

Fallo

El artículo 34, punto 2, del Convenio relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, firmado el 30 de octubre de 2007, cuya celebración quedó aprobada, en nombre de la Comunidad Europea, mediante la Decisión 2009/430/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2008,

debe interpretarse en el sentido de que

el escrito de demanda de una acción de reclamación de Derecho suizo presentado con posterioridad a la emisión de un requerimiento de pago suizo, sin solicitar la anulación de la oposición a dicho requerimiento de pago, constituye una cédula de emplazamiento, en el sentido de la mencionada disposición.


(1)  DO C 340 de 5.9.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/9


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 28 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial N.o 1 de Pontevedra) — Dalarjo, S. L., y otros / Renault Trucks SASU

(Asunto C-285/21, (1) Dalarjo y otros)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Prácticas colusorias - Acciones por daños y perjuicios por infracciones de las disposiciones del Derecho de la competencia de la Unión - Decisión de la Comisión Europea por la que se declara la existencia de una infracción - Camiones especiales - «Dumper» articulado)

(2023/C 179/12)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Audiencia Provincial n.o 1 de Pontevedra

Partes en el procedimiento principal

Partes demandantes: Dalarjo, S. L., y otros

Parte demandada: Renault Trucks SASU

Fallo

La Decisión C(2016) 4673 de la Comisión Europea, de 19 de julio de 2016, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 101 [TFUE] y del artículo 53 del Acuerdo EEE (Asunto AT.39824 — Camiones) debe interpretarse en el sentido de que los camiones especiales, incluidos los «dumper» articulados, forman parte de los productos afectados por la práctica colusoria constatada en dicha Decisión.


(1)  Fecha de presentación: 28.4.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/10


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 28 de febrero de 2023 [petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 17 de Palma de Mallorca — (Illes Balears)] — AW, PN / Caixabank S. A.,

(Asunto C-254/22, (1) Caixabank)

(Procedimiento prejudicial - Artículos 53 y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores - Directiva 2014/17/UE - Préstamo hipotecario - Tipo de interés variable - Cláusula que prevé la aplicación de un tipo de interés calculado a partir de un índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH) incrementado en un 0,50 % - Criterios de apreciación del carácter abusivo de tal cláusula - Exigencias de buena fe, equilibro y transparencia - Consecuencias de la declaración del carácter abusivo de la cláusula)

(2023/C 179/13)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de Primera Instancia n.o 17 de Palma de Mallorca (Illes Balears)

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: AW y PN

Demandada: Caixabank S. A.,

Fallo

1)

La segunda parte de la primera cuestión prejudicial, la segunda parte de la undécima cuestión prejudicial y la decimoquinta cuestión prejudicial del Juzgado de Primera Instancia n.o 17 de Palma de Mallorca (Illes Balears) son manifiestamente inadmisibles.

2)

Los artículos 3, 5 y 7 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores,

deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa y a una jurisprudencia nacionales que dispensan al profesional de facilitar al consumidor, en el momento de la celebración de un contrato de préstamo hipotecario, la información relativa a la evolución pasada del índice de referencia, al menos durante los dos últimos años, llevando a cabo una comparación con, al menos, un índice diferente, como el euríbor, siempre que esta normativa y esta jurisprudencia nacionales permitan al juez comprobar que, habida cuenta de la información públicamente disponible y accesible y de la información facilitada, en su caso, por el profesional, un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, estaba en condiciones de comprender el funcionamiento concreto del modo de cálculo del índice de referencia y de valorar así, basándose en criterios precisos y comprensibles, las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de una cláusula que fija un tipo de interés variable sobre sus obligaciones financieras.

3)

Los artículos 3, 5 y 7 de la Directiva 93/13

deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa y a una jurisprudencia nacionales según las cuales la falta de buena fe del profesional es un requisito previo necesario para llevar a cabo cualquier control del contenido de una cláusula no transparente de un contrato celebrado con un consumidor. Corresponde al órgano jurisdiccional remitente determinar si, habida cuenta de todas las circunstancias pertinentes del litigio principal, debe considerarse que el profesional actuó de buena fe al fijar el tipo de interés de un préstamo hipotecario tomando como referencia un índice previsto por la ley, y si la cláusula que incorpora tal índice puede causar en detrimento del consumidor un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se derivan del contrato.

4)

Los artículos 6, apartado 1, y 7, apartado 1, de la Directiva 93/13

deben interpretarse en el sentido de que

no se oponen a que, en caso de nulidad de una cláusula abusiva que fija el tipo de interés variable de un préstamo hipotecario recurriendo a un índice de referencia, el juez nacional sustituya ese índice por un índice legal, aplicable a falta de acuerdo en contrario de las partes del contrato, siempre que el contrato de préstamo hipotecario en cuestión no pueda subsistir tras la supresión de dicha cláusula abusiva y que la anulación del contrato en su totalidad deje al consumidor expuesto a consecuencias especialmente perjudiciales.


(1)  Fecha de presentación: 12.4.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/11


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de marzo de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Düsseldorf — Alemania) — Eurowings GmbH / flightright GmbH

[Asunto C-607/22 (1), Eurowings (Vuelo inexistente)]

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Transportes aéreos - Reglamento (CE) n.o 261/2004 - Normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos - Artículo 2 - Concepto de «transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo» - Vuelo reservado con un operador turístico - Vuelo supuestamente inexistente)

(2023/C 179/14)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Düsseldorf

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Eurowings GmbH

Recurrida: flightright GmbH

Fallo

El artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91,

debe interpretarse en el sentido de que

un transportista aéreo no puede ser calificado de «transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo», en el sentido de esta disposición, cuando el pasajero ha celebrado con un operador turístico un contrato para un vuelo concreto, con un número de vuelo y una fecha, que supuestamente operaría ese transportista aéreo, sin que este nunca haya programado vuelo alguno con ese número y para esa fecha, pero puede ser considerado «transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo», en el sentido de dicha disposición, cuando ha elaborado una oferta en la que, en su caso, posteriormente ha realizado modificaciones.


(1)  Fecha de presentación: 20.9.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/11


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KO contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-119/22 AJ, KO / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-485/22 P)

(2023/C 179/15)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KO (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KO cargará con sus propias costas


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/12


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KM contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-120/22 AJ, KM / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-486/22 P)

(2023/C 179/16)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KM (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KM cargará con sus propias costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/12


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KR contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-121/22 AJ, KR / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea y Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

(Asunto C-487/22 P)

(2023/C 179/17)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KR (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KR cargará con sus propias costas


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/12


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KQ contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-122/22 AJ, KQ / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-488/22 P)

(2023/C 179/18)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KQ (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KQ cargará con sus propias costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/13


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por VZ contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-127/22 AJ, VZ / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-489/22 P)

(2023/C 179/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: VZ (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. VZ cargará con sus propias costas


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/13


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KN contra el auto del Tribunal General (Presidente) dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-139/22 AJ, KN / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-490/22 P)

(2023/C 179/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KN (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KN cargará con sus propias costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/13


Recurso de casación interpuesto el 18 de julio de 2022 por KP contra el auto del Presidente del Tribunal General dictado el 19 de mayo de 2022 en el asunto T-140/22 AJ, KP / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y Eulex Kosovo

(Asunto C-491/22 P)

(2023/C 179/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: KP (representantes: P. Koutrakos, dikigoros, F. Randolph, advocaat, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), Eulex Kosovo

Mediante auto de 31 de marzo de 2023, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) resuelve desestimar el recurso de casación por incompetencia manifiesta. KP cargará con sus propias costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/14


Petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Alba Iulia (Rumanía) el 29 de diciembre de 2022 — Biohemp Concept SRL / Direcţia pentru Agricultură Judeţeană Alba

(Asunto C-793/22, Biohemp Concept)

(2023/C 179/22)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel Alba Iulia

Partes en el procedimiento principal

Demandante y recurrente: Biohemp Concept SRL

Demandada y recurrida: Direcţia pentru Agricultură Judeţeană Alba

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse los Reglamentos n.o 1307/2013 (1) y n.o 1308/2013 (2) y los artículos 35 TFUE, 36 TFUE y 38 TFUE, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en la medida en que esta prohíbe cultivar cáñamo (Cannabis sativa) en sistemas hidropónicos en espacios acondicionados cerrados?


(1)  Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 637/2008 y (CE) n.o 73/2009 del Consejo (DO 2013, L 347, p. 608).

(2)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO 2013, L 347, p. 671).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 8 de febrero de 2023 — M-GbR / Finanzamt O

(Asunto C-68/23, Finanzamt O)

(2023/C 179/23)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesfinanzhof

Partes en el procedimiento principal

Demandante y Recurrente en casación: M-GbR

Demandada y Recurrida en casación: Finanzamt O

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Existe un bono univalente, en el sentido del artículo 30 bis, punto 2, de la Directiva del IVA, (1) cuando

se conoce el lugar de la prestación de los servicios a los que se refiere el bono, ya que dichos servicios deben prestarse a consumidores finales en el territorio de un Estado miembro,

pero la ficción del artículo 30 ter, apartado 1, párrafo primero, primera frase, de la Directiva del IVA, según la cual se considera que también la transferencia del bono entre sujetos pasivos da lugar a la prestación de los servicios a los que se refiere el bono, genera una prestación de servicios en el territorio de otro Estado miembro?

2.

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial (en cuyo caso, en el presente asunto, existe un bono polivalente), ¿se opone el artículo 30 ter, apartado 2, párrafo primero, de la Directiva del IVA —según el cual la prestación efectiva de los servicios efectuada por el prestador a cambio de un bono polivalente aceptado como contraprestación total o parcial estará sujeta al IVA con arreglo al artículo 2 de la Directiva del IVA, mientras que no lo estará cada una de las transferencias anteriores de dicho bono polivalente— a una obligación tributaria con fundamento distinto (sentencia del Tribunal de Justicia de 3 de mayo de 2012, Lebara — C-520/10, EU:C:2012:264)?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1), en su versión dada por la Directiva (UE) 2016/1065 del Consejo, de 27 de junio de 2016, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE en lo que respecta al tratamiento de los bonos (DO 2016, L 177, p. 9).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/15


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Austria) el 15 de febrero de 2023 — MA / FCA Italy SpA y FPT Industrial SpA

(Asunto C-81/23, FCA Italy y FPT Industrial)

(2023/C 179/24)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberster Gerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: MA

Recurrida en casación: FCA Italy SpA, FPT Industrial SpA

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 7, punto 2, del Reglamento (UE) n.o 1215/2012, (1) relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, en el sentido de que, en el marco de una acción de responsabilidad delictual ejercitada contra el desarrollador de un motor diésel con un dispositivo de desactivación prohibido en virtud del artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 715/2007, (2) sobre la homologación de tipo, que tiene su domicilio en el Estado miembro A (en el presente asunto, Italia), el lugar donde se ha producido el hecho dañoso, en un caso en que el vehículo del demandante domiciliado en el Estado miembro B (en el presente asunto, Austria) ha sido adquirido a un tercero domiciliado en el Estado miembro C (en el presente asunto, Alemania), es

a)

el lugar de celebración del contrato;

b)

el lugar de entrega del vehículo, o

c)

el lugar donde se ha materializado el defecto material constitutivo del daño y, por lo tanto, el lugar de utilización normal del vehículo?


(1)  Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición) (DO 2012 L 351, p. 1).

(2)  Reglamento (CE) n.o 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2007, sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos (DO 2007 L 171, p. 1).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/15


Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberverwaltungsgericht des Landes Sachsen-Anhalt (Alemania) el 15 de febrero de 2023 — Landkreis Jerichower Land / A

(Asunto C-85/23, Landkreis Jerichower Land)

(2023/C 179/25)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Oberverwaltungsgericht des Landes Sachsen-Anhalt

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Landkreis Jerichower Land

Recurrida: A

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 24, apartado 1, letra i), del Reglamento (CE) n.o 1069/2009, (1) modificado por última vez por el artículo 46 del Reglamento (UE) 2019/1009, (2) en el sentido de que el concepto de «almacenamiento» comprende una interrupción de una operación de transporte en la que los contenedores con subproductos animales de la categoría 3 se transbordan a otro vehículo de transporte y se mantienen en él durante varias horas —hasta ocho— antes de ser transportados a una planta de transformación, sin que el material sea tratado o trasvasado a otros contenedores?


(1)  Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales) (DO 2009 L 300, p. 1).

(2)  Reglamento (UE) 2019/1009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de junio de 2019, por el que se establecen disposiciones relativas a la puesta a disposición en el mercado de los productos fertilizantes UE y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1069/2009 y (CE) n.o 1107/2009 y se deroga el Reglamento (CE) n.o 2003/2003 (DO 2019, L 170, p. 1).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/16


Recurso de casación interpuesto el 8 de marzo de 2023 contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 11 de enero de 2023 en el asunto T-346/21, Hecht Pharma GmbH / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

(Asunto C-142/23 P)

(2023/C 179/26)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente en casación: Hecht Pharma GmbH (representantes: C. Sachs, Rechtsanwältin, y J. Sachs, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea, Gufic BioSciences Ltd.

Pretensiones de la parte recurrente en casación

En caso de admitirse a trámite el recurso de casación, la recurrente en casación solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule en su totalidad la sentencia dictada por el Tribunal General de la Unión Europea el 11 de enero de 2023, Hecht Pharma/EUIPO — Gufic BioSciences (Gufic) (T-346/21, EU:T:2023:2), por haber incurrido en desnaturalización de los hechos.

Anule la resolución adoptada por la Segunda Sala de Recurso el 3 de junio de 2021 en el asunto R 2738/2019-2 y declare la caducidad de la marca de la Unión n.o 8 613 044 «Gufic», también con respecto a la clase 5 «medicamentos».

No se resuelva sobre el recurso de anulación sin celebración de vista.

Condene a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y a la coadyuvante ante el Tribunal General, Gufic BioSciences, a cargar con las costas del procedimiento de anulación y de los procedimientos administrativos previos.

Motivos y principales alegaciones

La recurrente en casación alega que el recurso de casación tiene por objeto vicios procesales y cuestiones sobre la interpretación del artículo 18, apartado 1, del Reglamento 2017/1001, (1) a la luz del considerando 28, con respecto a la clase 5 relativa a los medicamentos, que van más allá de la resolución impugnada y revisten una importancia fundamental.

Atendiendo al sentido literal del término «medicamento», el público espera un producto capaz de prevenir, aliviar y curar una enfermedad humana.

El Tribunal General no se basa en el significado de la mención «Ayurvedic Medicine» que figura en el envase, sino que solo toma en consideración el término «medicine» en tanto que «medicamento», de modo que no tiene en cuenta todos los hechos y circunstancias.

El Tribunal General llega a la conclusión de que el producto constituye un medicamento por la presentación, habida cuenta de las menciones que figuran en el envase (Ayurvedic Medicine y sus indicaciones). No obstante, la recurrente en casación considera que, siendo así, no se trata de un medicamento en sentido literal, sino que solo se presenta como tal. El Tribunal de Justicia ha declarado que los medicamentos por la presentación carecen de los efectos esperables por los consumidores. Debido a esta carencia de efectos, el Tribunal de Justicia ha procurado proteger a los consumidores frente a los medicamentos por la presentación (sentencias de 15 de enero de 2009, Hecht-Pharma, C-140/07, EU:C:2009:5, apartado 25, y de 15 de noviembre de 2007, Comisión/Alemania C-319/05, EU:C:2007:678, apartado 61). En el caso de un medicamento por la presentación, está excluido un uso que pueda garantizar el mantenimiento de los derechos vinculados a una marca, dado que, en virtud del artículo 87 de la Directiva 2001/83/CE, (2) ese producto no puede publicitarse.

Como regla general con respecto a todas las clases de productos, no es posible que un producto que solo tenga la apariencia de pertenecer a una clase sea objeto de un uso que pueda garantizar el mantenimiento de los derechos vinculados a una marca. En efecto, si el producto solo se presenta como tal mediante las menciones que figuran en los envases, pero no responde en sí a las características de la clase, no concurren los requisitos establecidos en el considerando 28 y en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento 2017/1001.

La apreciación del carácter efectivo del uso de la marca debe basarse en la totalidad de los hechos y circunstancias apropiados para determinar la realidad de la explotación comercial de esta, en particular, los usos que se consideren justificados en el sector económico de que se trate para mantener o crear cuotas de mercado en beneficio de los medicamentos protegidos por la marca, la naturaleza de esos productos o servicios, las características del mercado, así como la magnitud y la frecuencia del uso de la marca.

Por otro lado, el uso efectivo de una marca no puede demostrarse mediante probabilidades o presunciones, sino que debe basarse en elementos concretos y objetivos que acrediten una utilización efectiva y suficiente de la marca en el mercado de que se trate.

De conformidad con el considerando 28 y con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento 2017/1001, cuando se utilicen términos genéricos, se entenderá que estos solo incluyen los productos o servicios claramente comprendidos en el tenor del término.

En el envase no figura el término «medicamento», sino «Ayurvedic Medicine». En la documentación aportada por la coadyuvante, el producto recibe la denominación de «Ayurvedic Medicine», no de medicamento. El Tribunal General se limita a traducir el término «medicine» como «medicamento» y establece con ello una mera presunción, pero no traduce la mención real «Ayurvedic Medicine».

La recurrente en casación alega que no solo se ha remitido a la normativa de la India, país de origen del producto, sino que también ha propuesto la práctica de una prueba consistente en la comparecencia de un representante cualificado de las autoridades federales de la India, con el fin de demostrar que incluso en la India se distingue entre medicamento y «Ayurvedic Medicine».

El Tribunal General señala que las resoluciones judiciales y administrativas pertinentes han calificado el producto controvertido como «medicamento no nocivo». No toma en consideración la documentación aportada por la recurrente en casación, de la cual desprende que se ha denegado la autorización del producto en Alemania por sus considerables efectos toxicológicos y que esa resolución ha sido confirmada a resultas de un posterior procedimiento judicial.

En Alemania, un dictamen administrativo no puede anular una sentencia judicial firme. Sin embargo, el Tribunal General parte de tal base.

El Tribunal General señala que una receta médica constituye un indicio de que se trata de un medicamento y que la recurrente en casación no se ha opuesto a ello. Esto no es cierto. En la vista, el representante de la recurrente en casación indicó expresamente que, debido a la libertad terapéutica en Alemania, los médicos pueden prescribir/recetar incluso productos alimenticios. El Tribunal General presume que, debido a su presentación, los consumidores contemplarán el producto como un medicamento. Ahora bien, no toma en consideración los conocimientos de los profesionales, quienes saben bien que los productos de la «Ayurvedic Medicine» son ineficaces y que se ha denegado la autorización del producto controvertido.


(1)  Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2017, sobre la marca de la Unión Europea (versión codificada) (DO 2017, L 154, p. 1).

(2)  Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L 311, p. 67).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 10 de marzo de 2023 — Gestore dei Servizi Energetici SpA — GSE / Erg Eolica Ginestra Srl y otros

(Asunto C-148/23, Gestore dei Servizi Energetici)

(2023/C 179/27)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Gestore dei Servizi Energetici SpA — GSE

Recurridas: Erg Eolica Ginestra Srl, Erg Eolica Ginestra Srl, Erg Eolica Campania SpA, Erg Eolica Fossa del Lupo Srl, Erg Eolica Amaroni Srl, Erg Eolica Adriatica Srl, Erg Eolica San Vincenzo Srl, Erg Eolica San Circeo Srl, Erg Eolica Faeto Srl, Green Vicari Srl, Erg Wind Energy Srl, Erg Wind Sicilia 3 Srl, Erg Wind Sicilia 6 Srl, Erg Wind 4 Srl, Erg Wind 6 Srl, Erg Wind Sicilia 5 Srl, Erg Wind 2000 Srl, Erg Wind Sicilia 2 Srl, Erg Wind Sardegna Srl, Erg Wind Sicilia 4 Srl, Erg Hydro Srl, Erg Power Generation SpA, Ministero dello Sviluppo Economico

Cuestión prejudicial

¿Se debe interpretar la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE, (1) en particular, sus considerandos 8, 14 y 25 y artículos 1 y 3, y el artículo 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, leídos a la luz de los principios de seguridad jurídica y de protección de la confianza legítima, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional, como la que se deriva de las disposiciones del Decreto Legislativo 3 marzo 2011 n.o 28 (Decreto Legislativo n.o 28, de 3 de marzo de 2011) y del decreto ministeriale 6 luglio 2012 (Decreto Ministerial de 6 de julio de 2012), conforme a la interpretación dada por reiterada jurisprudencia del Consiglio di Stato (Consejo de Estado), que supedita la concesión de incentivos a la celebración de contratos de Derecho privado entre GSE y la entidad responsable de la instalación, incluidas las instalaciones de producción de energía eléctrica alimentadas con fuentes de energía renovables y puestas en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2012?


(1)  DO 2009 L 140, p. 16.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Upravni sud u Zagrebu (Croacia) el 20 de marzo de 2023 — UP CAFFE d.o.o. / Ministarstva financija Republike Hrvatske

(Asunto C-171/23, UP CAFFE)

(2023/C 179/28)

Lengua de procedimiento: croata

Órgano jurisdiccional remitente

Upravni sud u Zagrebu

Partes en el procedimiento principal

Demandante: UP CAFFE d.o.o.

Demandada: Ministarstvo financija Republike Hrvatske

Cuestión prejudicial

¿Impone el Derecho de la Unión a las autoridades y órganos jurisdiccionales nacionales la obligación de determinar la deuda del impuesto sobre el valor añadido (y no de denegar la solicitud de devolución del impuesto) cuando las circunstancias objetivas del caso indiquen que se ha cometido un fraude al IVA mediante la constitución de una nueva sociedad, es decir, interrumpiendo la continuidad fiscal de la actividad de la sociedad anterior, en una situación en la que el sujeto pasivo sabía o debería haber sabido que participaba en esa actuación, y cuando el Derecho nacional en el momento del devengo no preveía tal determinación?


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/19


Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Bulgaria

(Asunto C-186/23)

(2023/C 179/29)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: Gr. Koleva y J. Samnadda, agentes)

Demandada: República de Bulgaria

Motivos y principales alegaciones

La Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE, (1) establece normas destinadas a armonizar el Derecho de la Unión aplicable a los derechos de autor y derechos afines en el marco del mercado interior, teniendo especialmente en cuenta los usos digitales y transfronterizos de los contenidos protegidos. Establece asimismo normas sobre excepciones y limitaciones a los derechos de autor y derechos afines, sobre facilitación de licencias, así como normas destinadas a garantizar el correcto funcionamiento del mercado de explotación de obras y otras prestaciones. Con arreglo al artículo 29 de la Directiva, el plazo para su transposición señalado a los Estados miembros expiró el 7 de junio de 2021. Según el artículo 29, apartado 2, «los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva».

La Comisión alega haber remitido a la República de Bulgaria un escrito de requerimiento el 23 de junio de 2021 y un dictamen motivado el 19 de mayo de 2022. A pesar de ello, la Comisión afirma que aún no se han adoptado las medidas para la transposición de la Directiva o que, en todo caso, estas no le han sido comunicadas.

Pretensiones de la parte demandante

La parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

1)

Declare que la República de Bulgaria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 29 de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (en lo sucesivo, «Directiva»), al no haber adoptado las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la Directiva y al no haber comunicado dichas disposiciones a la Comisión.

2)

Condene a la República de Bulgaria a abonar a la Comisión una cantidad a tanto alzado por un importe equivalente al mayor de los dos siguientes: 1) un importe diario de 1 800 euros, multiplicado por el número de días transcurridos desde la fecha de extinción del plazo de transposición señalado en la Directiva hasta la fecha en que finalice la infracción o, en caso de que esta no finalice, hasta la fecha de promulgación de sentencia en el presente procedimiento; 2) un importe mínimo a tanto alzado de 504 000 euros.

3)

En el supuesto de que la infracción mencionada en el punto 1 continúe hasta la fecha de promulgación de sentencia en el presente procedimiento, condene a la República de Bulgaria a abonar a la Comisión una multa coercitiva por un importe diario de 10 800 euros por cada día de demora a partir de la fecha de promulgación de sentencia en el presente procedimiento y en tanto dicho Estado incumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva.

4)

Condene en costas a la República de Bulgaria.


(1)  DO 2019, L 130, p. 92.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/20


Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República de Polonia

(Asunto C-201/23)

(2023/C 179/30)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda y B. Sasinowska, agentes)

Demandada: República de Polonia

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 29 de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE (1) al no adoptar las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para adaptar su Derecho interno a la referida Directiva y al no comunicar las citadas disposiciones a la Comisión.

Que se condene a la República de Polonia a pagar a la Comisión una cantidad a tanto alzado correspondiente al mayor de los siguientes importes: i) un importe diario de 13 700 euros multiplicado por el número de días transcurridos entre el día siguiente a la expiración del plazo de transposición establecido en la Directiva controvertida y la fecha en que cese la infracción o, a falta de regularización, la fecha en que se dicte la sentencia en el presente asunto; ii) la cantidad mínima a tanto alzado de 3 836 000 euros.

Si el incumplimiento descrito en el primer guion persiste hasta el día en que se dicte sentencia en el presente asunto, que se condene a la República de Polonia a pagar a la Comisión una sanción pecuniaria que ascienda a 82 200 euros por cada día de retraso a partir de la fecha en que se dicte la sentencia en el presente asunto y hasta el día en que la República de Polonia respete las obligaciones derivadas de la Directiva.

Que se condene en costas a la República de Polonia.

Motivos y principales alegaciones

El plazo para la transposición de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo expiró el 7 de junio de 2021.

La Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo establece reglas cuyo objetivo es una mayor armonización del Derecho de la Unión aplicable a los derechos de autor y a los derechos afines en el mercado interior, teniendo en cuenta, específicamente, la utilización digital y transfronteriza de los contenidos protegidos. Establece también reglas relativas a las excepciones y limitaciones a los derechos de autor y a los derechos afines, a la obtención de licencias, así como reglas destinadas a garantizar el correcto funcionamiento del mercado para explotar obras y otros objetos protegidos.

Con arreglo al artículo 29, apartado 1, de la Directiva: «Los Estados miembros adoptarán las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Directiva a más tardar el 7 de junio de 2021. Informarán inmediatamente a la Comisión del texto de dichas disposiciones. Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, estas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.» Conforme al apartado 2 del referido artículo: «Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.»

El 23 de julio de 2021 la Comisión remitió a la República de Polonia un escrito de requerimiento. El 19 de mayo de 2022, remitió un dictamen motivado a la República de Polonia. Pese a ello, la República de Polonia aún no ha adoptado medidas de transposición ni las ha notificado a la Comisión.


(1)  DO 2019, L 130, p. 92.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/21


Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Comisión Europea / República Portuguesa

(Asunto C-211/23)

(2023/C 179/31)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda e I. Melo Sampaio, agentes)

Demandada: República Portuguesa

Pretensiones de la parte demandante

1)

Que se declare que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 29, apartados 1 y 2, de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE, (1) al no haber adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en dicha Directiva y al no haberlas comunicado a la Comisión.

2)

Que se condene a la República Portuguesa a pagar a la Comisión una cuantía fija correspondiente al más elevado entre los dos importes siguientes: (i) un importe diario de 4 600 euros multiplicado por el número de días comprendidos entre el día siguiente al término del plazo de transposición fijado en la Directiva 2019/790 y la fecha en que se ponga fin a la infracción o, en caso de incumplimiento, la fecha en que se dicte la sentencia; o (ii) la cuantía fija mínima de 1 288 000 euros.

3)

En caso de que el incumplimiento declarado en los términos del punto n.o 1) haya persistido hasta la fecha en que se dicte la sentencia en el presente procedimiento, que se condene a la República Portuguesa a pagar a la Comisión una multa coercitiva de 27 600 euros por cada día de retraso, hasta la fecha en la que este Estado miembro cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva 2019/790; y

4)

Que se condene en costas a la República Portuguesa.

Motivos y principales alegaciones

La Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE, actualiza las normas sobre los derechos de autor para tener en cuenta las tecnologías digitales, que han transformado la manera de producir, distribuir y acceder a los contenidos creativos. El artículo 29, apartado 1, de esta Directiva establece el día 7 de junio de 2021 como fecha de transposición por los Estados miembros. Con arreglo al apartado 2 del mismo artículo «los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva».

El 23 de julio de 2021, la Comisión remitió un escrito de requerimiento a la República Portuguesa. El 19 de mayo de 2022, la Comisión envió a este Estado miembro un dictamen motivado. Sin embargo, aún no se han adoptado las medidas de transposición completa de la Directiva o, en cualquier caso, no han sido notificadas a la Comisión.


(1)  DO 2019, L 130, p. 92.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/22


Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Comisión Europea / Reino de Dinamarca

(Asunto C-214/23)

(2023/C 179/32)

Lengua de procedimiento: danés

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: J. Samnadda y C. Vang, agentes)

Demandada: Reino de Dinamarca

Pretensiones

Que se declare que el Reino de Dinamarca ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 29 de la Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE, (1) al no adoptar, a más tardar el 7 de junio de 2021, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en esta Directiva, o, en cualquier caso, al no informar de ellas a la Comisión.

Que se condene al Reino de Dinamarca a abonar a la Comisión una suma a tanto alzado consistente en 3 642 euros diarios desde el día siguiente a la finalización del plazo de transposición de la Directiva, a saber, desde el 8 de julio de 2021, hasta que se ponga fin a dicho incumplimiento, o, en caso de que no haya cumplimiento, hasta la fecha en que se dicte la sentencia en el presente asunto, sin que, en cualquier caso, la suma a tanto alzado pueda ser inferior a 1 456 000 euros.

Si el Tribunal de Justicia estima acreditado el incumplimiento a que se hace referencia en el primer guion y este persiste tras dictarse la sentencia, que se condene al Reino de Dinamarca a abonar a la Comisión una multa coercitiva de 21 840 euros por cada día de demora desde la fecha en que se dicte la sentencia hasta que el Reino de Dinamarca cumpla las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva.

Que se condene en costas Reino de Dinamarca.

Motivos y principales alegaciones

La Directiva (UE) 2019/790 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre los derechos de autor y derechos afines en el mercado único digital y por la que se modifican las Directivas 96/9/CE y 2001/29/CE, actualiza las normas en materia de derechos de autor con la finalidad de tener en cuenta las tecnologías digitales que han transformado la manera en que se produce y distribuye el contenido creativo y se accede a él. Del artículo 29, apartado 1, de la Directiva resulta que esta debía transponerse al Derecho nacional el 7 de junio de 2021 a más tardar y que los Estados miembros debían informar de ello inmediatamente a la Comisión.

El Reino de Dinamarca no ha cumplido esta obligación. El 24 de junio de 2021, comunicó a la Comisión su transposición de los artículos 15 y 17 de la Directiva, pero no su transposición de las restantes disposiciones de esta Directiva. En consecuencia, el 23 de julio de 2021, la Comisión remitió a Dinamarca un escrito de requerimiento. El 24 de septiembre de 2021, el Gobierno danés respondió a ese escrito y reconoció que la Directiva no se había transpuesto íntegramente al Derecho danés. El 19 de mayo de 2022, la Comisión remitió a Dinamarca un dictamen motivado, al que el Gobierno danés respondió el 30 de junio de 2022. En su respuesta, el Gobierno danés indicó que la Directiva aún no se había transpuesto íntegramente al Derecho danés. Este Gobierno señaló por última vez en marzo de 2023 que el Reino de Dinamarca aún no había adoptado todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva.

La Directiva se adoptó de conformidad con el procedimiento legislativo ordinario y, por tanto, se trata de un caso comprendido en el artículo 260 TFUE, apartado 3. Dinamarca no ha cumplido la obligación, establecida en el artículo 29 de la Directiva, de adoptar todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a la Directiva el 7 de junio de 2021 a más tardar y de informar de ello inmediatamente a la Comisión. En consecuencia, se cumplen los requisitos de aplicación del artículo 260 TFUE, apartado 3.

Dadas estas circunstancias, la Comisión solicita al Tribunal de Justicia que condene al Reino de Dinamarca a abonar una suma a tanto alzado y multas coercitivas conforme al artículo 260 TFUE, apartado 3, y que fije esas sanciones de acuerdo con la Comunicación de la Comisión relativa a las sanciones financieras en los procedimientos de infracción.


(1)  DO 2019, L 130, p. 92.


Tribunal General

22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/24


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Hubei Xinyegang Special Tube/Comisión

(Asunto T-500/17 RENV) (1)

(«Dumping - Importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro (excepto de fundición) o de acero (excepto de acero inoxidable), de sección circular y de diámetro exterior superior a 406,4 mm, originarios de China - Fijación de un derecho antidumping definitivo - Relación de causalidad - Artículo 3, apartados 6 y 7, del Reglamento (UE) 2016/1036 - Error manifiesto de apreciación»)

(2023/C 179/33)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Hubei Xinyegang Special Tube Co. Ltd (Huangshi, China) (representantes: E. Vermulst y J. Cornelis, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Maxian Rusche y K. Blanck, agentes)

Partes coadyuvantes, en apoyo de la demandada: ArcelorMittal Tubular Products Roman SA (Roman, Rumanía), Válcovny trub Chomutov a.s. (Chomutov, República Checa), Vallourec Deutschland GmbH (Düsseldorf, Alemania) (representante: G. Berrisch, abogado)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2017/804 de la Comisión, de 11 de mayo de 2017, por el que se impone un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro (excepto de fundición) o de acero (excepto de acero inoxidable), de sección circular y de diámetro exterior superior a 406,4 mm, originarios de la República Popular China (DO 2017, L 121, p. 3), en la medida en que la afecta.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Hubei Xinyegang Special Tube Co. Ltd cargará con sus propias costas, así como con las de la Comisión Europea y las de ArcelorMittal Tubular Products Roman SA, Válcovny trub Chomutov a.s. y Vallourec Deutschland GmbH en los procedimientos seguidos ante el Tribunal de Justicia en el asunto C-891/19 P y en los procedimientos seguidos ante el Tribunal General en los asuntos T-500/17 y T-500/17 RENV.


(1)  DO C 318 de 25.9.2017.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/24


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Universität Bremen/REA

(Asunto T-660/19 RENV) (1)

(«Investigación y desarrollo tecnológico - Programa Marco de Investigación e Innovación “Horizonte 2020” - Convocatoria H2020-SC6-Governance-2019 - Decisión de la REA mediante la que se desestimaba una propuesta - Error de hecho - Error de Derecho - Error manifiesto de apreciación»)

(2023/C 179/34)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Universität Bremen (Bremen, Alemania) (representante: C. Schmid, Professor)

Demandada: Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (representantes: V. Canetti y S. Payan-Lagrou, agentes, asistidas por C. Wagner y R. van der Hout, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión Ares(2019) 4590599 de la Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (REA), de 16 de julio de 2019, mediante la que se desestima la propuesta de la demandante en la convocatoria H2020-SC6-Governance-2019.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Universität Bremen a cargar con las costas de los procedimientos entablados ante el Tribunal General. Condenar a la Agencia Ejecutiva de Investigación (REA) a cargar con las costas del procedimiento de casación entablado ante el Tribunal de Justicia.


(1)  DO C 399 de 25.11.2019.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/25


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Tazzetti/Comisión

(Asuntos T-825/19 y T-826/19) (1)

(«Medio ambiente - Reglamento (UE) n.o 517/2014 - Gases fluorados de efecto invernadero - Registro electrónico de las cuotas de comercialización de hidrofluorocarburos - Empresas con el mismo titular real - Productor o importador único - Acto lesivo - Interés en ejercitar la acción - Admisibilidad - Solicitud de adaptación de la demanda - Inadmisibilidad - Excepción de ilegalidad - Interpretación de un reglamento de ejecución conforme con el reglamento de base - Poder de ejecución de la Comisión»)

(2023/C 179/35)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante en el asunto T-825/19: Tazzetti SpA (Volpiano, Italia) (representantes: M. Condinanzi, E. Ferrero y C. Vivani, abogados)

Demandante en el asunto T-826/19: Tazzetti S. A. (Madrid, España) (representantes: M. Condinanzi, E. Ferrero y C. Vivani, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Gattinara y E. Sanfrutos Cano, agentes)

Objeto

Mediante sus recursos interpuestos el 4 de diciembre de 2019 sobre la base del artículo 263 TFUE, las demandantes solicitan la anulación, por una parte, de las decisiones contenidas en tres escritos de 27 y 30 de septiembre de 2019 y en dos correos electrónicos de 6 y 20 de noviembre de 2019 de la Comisión Europea, adoptados en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/661 de la Comisión, de 25 de abril de 2019, por el que se garantiza el buen funcionamiento del registro electrónico de las cuotas de comercialización de hidrofluorocarburos (DO 2019, L 112, p. 11), y, por otra parte, de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1604 de la Comisión, de 23 de octubre de 2020, por la que se determinan, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 517/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, los valores de referencia para el período comprendido entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023 de cada productor o importador que haya comercializado legalmente hidrofluorocarburos en el mercado de la Unión desde el 1 de enero de 2015, según lo notificado en virtud de dicho Reglamento (DO 2020, L 364, p. 1).

Fallo

1)

Acumular los asuntos T-825/19 y T-826/19 a efectos de la sentencia.

2)

Anular las decisiones contenidas en el segundo de los escritos enviados por la Comisión Europea el 27 de septiembre de 2019, en el escrito de 30 de septiembre de 2019 de la Comisión y en el correo electrónico de 20 de noviembre de 2019 de la Comisión en cuanto dirigido a Tazzetti SpA y Tazzetti S. A.

3)

Desestimar los recursos en todo lo demás.

4)

Condenar a la Comisión a cargar, además de con sus propias costas, con las de Tazzetti SpA y Tazzetti S. A.


(1)  DO C 45 de 10.2.2020.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/26


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Nouryon Industrial Chemicals y otros/Comisión

(Asunto T-868/19) (1)

(«REACH - Evaluación del expediente de registro y control de la conformidad de la información comunicada por los solicitantes de registro - Solicitud de estudios complementarios a efectos del expediente de registro para el biodimetiléter - Estudio de la toxicidad para el desarrollo prenatal - Estudio ampliado de toxicidad para la reproducción en una generación - Estudio preliminar de determinación de las concentraciones - Artículo 51, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 - Ensayos con animales - Artículo 25 del Reglamento n.o 1907/2006 - Error manifiesto de apreciación - Proporcionalidad»)

(2023/C 179/36)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Nouryon Industrial Chemicals BV (Ámsterdam, Países Bajos), Knoell NL BV (Maarssen, Países Bajos), Grillo-Werke AG (Duisbourg, Alemania), PCC Trade & Services GmbH (Duisbourg) (representantes: R. Cana, Z. Romata y H. Widemann, abogadas)

Demandada: Comisión Europea (representantes: R. Lindenthal y K. Mifsud-Bonnici, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Reino de Dinamarca (representante: M. Søndahl Wolff, agente), Reino de los Países Bajos (representantes: M. Bulterman, A. Hanje y J. Langer, agentes), Reino de Suecia (representantes: A. Runeskjöld, C. Meyer-Seitz, M. Salborn Hodgson, H. Shev, H. Eklinder, R. Shahsavan Eriksson y O. Simonsson, agentes), Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: M. Heikkilä, W. Broere, S. Mahoney y N. Herbatschek, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, las demandantes solicitan la anulación de la Decisión de Ejecución C(2019) 7336 final de la Comisión, de 16 de octubre de 2019, relativa al control de la conformidad del registro del biodimetiléter, adoptada tras la remisión de la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, sobre la base del artículo 51, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Las demandantes cargarán, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea, incluidas las correspondientes al procedimiento de medidas provisionales.

3)

El Reino de Dinamarca, el Reino de los Países Bajos, el Reino de Suecia y la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 68 de 2.3.2020.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/27


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Satabank/BCE

(Asunto T-72/20) (1)

(«Política económica y monetaria - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Reglamento (UE) n.o 1024/2013 - Reglamento (UE) n.o 468/2014 - Entidad sujeta a supervisión prudencial - Procedimiento administrativo compuesto - Denegación de acceso al expediente - Decisión 2004/258/CE - Acceso a los documentos del BCE»)

(2023/C 179/37)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Satabank plc (St Julian’s, Malta) (representante: O. Behrends, abogado)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: G. Buono, A. Lefterov y E. Koupepidou, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 26 de noviembre de 2019 por la que desestimó su solicitud de acceso al expediente que le concierne.

Fallo

1)

Anular la decisión del Banco Central Europeo (BCE) de 26 de noviembre de 2019 por la que este desestimó la solicitud de Satabank plc de acceso al expediente que le concierne.

2)

Condenar en costas al BCE.


(1)  DO C 129 de 20.4.2020.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/27


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Wizz Air Hungary/Comisión (Blue Air; COVID-19 y ayuda de salvamento)

(Asunto T-142/21) (1)

(«Ayudas de Estado - Mercado rumano del transporte aéreo - Ayuda concedida por Rumanía a Blue Air en el contexto de la pandemia de COVID-19 - Ayuda de salvamento a Blue Air - Préstamo garantizado por el Estado rumano - Decisión de no plantear objeciones - Recurso de anulación - Ayuda destinada a reparar los perjuicios causados por un acontecimiento de carácter excepcional - Artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b) - Valoración del perjuicio - Relación de causalidad - Dificultades financieras preexistentes del beneficiario - Toma en consideración de los costes evitables - Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis - Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) - Contribución de la ayuda a un objetivo de interés común - Ayuda de salvamento única - Principio de no discriminación - Libre prestación de servicios - Libertad de establecimiento - Obligación de motivación»)

(2023/C 179/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Wizz Air Hungary Légiközlekedési Zrt. (Wizz Air Hungary Zrt.) (Budapest, Hungría) (representantes: E. Vahida, S. Rating e I. G. Metaxas-Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Flynn, V. Bottka e I. Barcew, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión C(2020) 5830 final de la Comisión, de 20 de agosto de 2020, relativa a la ayuda estatal SA.57026 (2020/N) — Rumanía — COVID-19: Ayuda a Blue Air.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Wizz Air Hungary Légiközlekedési Zrt. (Wizz Air Hungary Zrt.).


(1)  DO C 148 de 26.4.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/28


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Plusmusic/EUIPO — Groupe Canal + (+music)

(Asunto T-344/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión +music - Marca nacional figurativa anterior + - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Elevado carácter distintivo de la marca anterior adquirido por el uso»)

(2023/C 179/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Plusmusic AG (Dietikon, Suiza) (representantes: M. Maier y A. Spieß, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Gája, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Groupe Canal + (Issy-les-Moulineaux, Francia) (representantes: M. Georges-Picot y C. Cuny, abogadas)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación parcial de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 16 de abril de 2021 (asunto R 1236/2020-5).

Fallo

1)

Anular la resolución de la Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 16 de abril de 2021 (asunto R 1236/2020 5) en la medida en que concluye que existe riesgo de confusión en relación con los productos y servicios de las clases 11, 25, 35, 37 y 42.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Plusmusic AG, la EUIPO y Groupe Canal + cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 329 de 16.8.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/29


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Coinbase/EUIPO — bitFlyer (coinbase)

(Asunto T-366/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea - Marca denominativa coinbase - Causa de nulidad absoluta - Mala fe - Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2023/C 179/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Coinbase, Inc (Oakland, California, Estados Unidos) (representante: A. Nordemann, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: E. Markakis, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: bitFlyer Inc. (Tokio, Japón)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la Decisión de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de abril de 2021 (asunto R 1751/2020-4).

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de abril de 2021 (asunto R 1751/2020-4).

2)

Condenar en costas a la EUIPO.


(1)  DO C 338 de 23.8.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/29


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — ZR/EUIPO

(Asunto T-400/21) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Convocatoria para proveer plaza vacante - Solicitud de transferencia interinstitucional - Artículo 8, párrafo primero, del Estatuto - Denegación de la transferencia - Orden de prioridad - Artículo 29, apartado 1, del Estatuto - Igualdad de trato - Obligación de motivación - Error manifiesto de apreciación - Deber de asistencia y protección - Corrección de errores»)

(2023/C 179/41)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: ZR (representantes: S. Rodrigues y A. Champetier, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: G. Predonzani y K. Tóth, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 8 de septiembre de 2020 por la que denegó su solicitud de transferencia a la EUIPO.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ZR.


(1)  DO C 368 de 13.9.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/30


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-505/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/42)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 9 de junio de 2021 (asunto R 1003/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 401 de 4.10.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/30


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-535/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 16 de junio de 2021 (asunto R 1004/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/31


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-545/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/44)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 16 de junio de 2021 (asunto R 1011/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/32


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-555/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/45)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 16 de junio de 2021 (asunto R 1007/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 431 de 25.10.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/32


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-575/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/46)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Koopman International BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: G. van den Bergh, A. van Hoek y B. Brouwer, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 1 de julio de 2021 (asunto R 1006/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y con las de Koopman International BV.


(1)  DO C 462 de 15.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/33


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-576/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/47)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Koopman International BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: G. van den Bergh, A. van Hoek y B. Brouwer, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 1 de julio de 2021 (asunto R 1005/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y con las de Koopman International BV.


(1)  DO C 462 de 15.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/34


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-577/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO coadyuvante ante el Tribunal General: Koopman International BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: G. van den Bergh, A. van Hoek y B. Brouwer, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 5 de julio de 2021 (asunto R 1010/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y con las de Koopman International BV.


(1)  DO C 462 de 15.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/34


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-578/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/49)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO coadyuvante ante el Tribunal General: Koopman International BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: G. van den Bergh, A. van Hoek y B. Brouwer, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 1 de julio de 2021 (asunto R 1009/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y con las de Koopman International BV.


(1)  DO C 462 de 15.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/35


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Tinnus Enterprises/EUIPO — Mystic Products y Koopman International (Equipos de distribución de fluidos)

(Asunto T-588/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa una parte de los equipos de distribución de fluidos - Causa de nulidad - Incumplimiento de los requisitos de protección - Artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Características de apariencia de un producto dictadas exclusivamente por su función técnica - Artículo 8, apartado 1, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2023/C 179/50)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Tinnus Enterprises LLC (Plano, Texas, Estados Unidos) (representantes: T. Wuttke y J. Lewandowski, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Mystic Products Import & Export, S. L. (Badalona, Barcelona)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO coadyuvante ante el Tribunal General: Koopman International BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representantes: G. van den Bergh, A. van Hoek y B. Brouwer, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 12 de julio de 2021 (asunto R 1008/2018-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Tinnus Enterprises LLC cargará con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y con las de Koopman International BV.


(1)  DO C 471 de 22.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/36


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — B&Bartoni/EUIPO — Hypertherm (Electrodo que debe introducirse en una antorcha)

(Asunto T-617/21) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un electrodo que debe introducirse en una antorcha - Causa de nulidad - Artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Componente de un producto complejo»)

(2023/C 179/51)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: B&Bartoni spol. s r.o. (Dolní Cetno, República Checa) (representante: E. Lachmannová, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Ivanauskas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Hypertherm, Inc. (Hanover, New Hampshire, Estados Unidos) (representantes: J. Day, Solicitor, T. de Haan, abogado)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 16 de julio de 2021 (asunto R 2843/2019-3).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a B&Bartoni spol. s r.o.


(1)  DO C 471 de 22.11.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/36


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Casa International/EUIPO — Interstyle (casa)

(Asunto T-650/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión casa - Causa de nulidad absoluta - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Falta de carácter distintivo adquirido por el uso - Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 40/94 (actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001)»)

(2023/C 179/52)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Casa International (Olen, Bélgica) (representantes: F. Cornette y T. Poels Ryckeboer, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: K. Doherty y E. Markakis, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Interstyle BV (Utrecht, Países Bajos) (representante: A. Verbeek, abogado)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 13 de julio de 2021 (asunto R 1280/2020-2).

Fallo

1)

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 13 de julio de 2021 (asunto R 1280/2020-2), en la medida en que desestimó el recurso interpuesto por Casa International por lo que respecta a los productos siguientes de la clase 16: «Papel, cartón y artículos de estas materias, no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; papelería; adhesivos (pegamentos) para la papelería o la casa; materiales para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o de enseñanza (excepto aparatos); materias plásticas para embalaje (no comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés».

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 490 de 6.12.2021.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/37


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Beauty Biosciences/EUIPO — Société de Recherche Cosmétique (BIO-BEAUTÉ)

(Asunto T-750/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión BIO-BEAUTÉ - Motivos de denegación absolutos - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) no 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001] - Carácter distintivo adquirido por el uso - Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001) - Artículo 52, apartados 1, letra a), y 2, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartados 1, letra a), y 2, del Reglamento 2017/1001] - Obligación de motivación - Artículo 75, primera frase, del Reglamento n.o 207/2009 (actualmente artículo 94, apartado 1, primera frase, del Reglamento 2017/1001)»)

(2023/C 179/53)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Beauty Biosciences LLC (Dallas, Texas, Estados Unidos) (representante: D. Mărginean, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: G. Sakalaitė-Orlovskienė y R. Raponi, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Société de Recherche Cosmétique SARL (Luxemburgo Luxemburgo) (representante: P. Wilhelm, abogado)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 28 de septiembre de 2021 (asuntos acumulados R 1871/2020-4 y R 1891/2020-4).

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 28 de septiembre de 2021 (asuntos acumulados R 1871/2020-4 y R 1891/2020-4) en la medida en que se refiere a los «perfumes, aguas de tocador, agua de colonia; aceites esenciales; inciensos, aguas perfumadas» y a los «dentífricos».

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Cada parte cargará con sus propias costas en el procedimiento ante el Tribunal General.


(1)  DO C 51 de 31.1.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/38


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Puma/EUIPO — Brooks Sports (Representación de una banda con un ángulo agudo)

(Asunto T-5/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea - Marca figurativa que representa una banda con un ángulo agudo - Marcas figurativas anteriores de la Unión y nacional que representan una banda - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento (UE) 2017/1001 - Artículo 8, apartado 5, del Reglamento 2017/1001 - Seguridad jurídica - Igualdad de trato - Principio de buena administración»)

(2023/C 179/54)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Puma SE (Herzogenaurach, Alemania) (representante: P. González-Bueno Catalán de Ocón, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: R. Raponi, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Brooks Sports, Inc. (Seattle, Washington, Estados Unidos) (representantes: C. Spintig y S. Pietzcker, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de octubre de 2021 (asunto R 910/2021-4).

Fallo

1)

Sobreseer el recurso por lo que se refiere a la anulación de la Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de octubre de 2021 (asunto R 910/2021-4), en la medida en que desestimó el recurso contra la Resolución de la División de Oposición de 30 de marzo de 2021 para productos diferentes de las «prendas de calzado».

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas a Puma SE.


(1)  DO C 84 de 21.2.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/38


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — NY/Comisión

(Asunto T-21/22) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Investigación de seguridad interna de la Comisión - Supuestos actos de violencia cometidos por agentes de seguridad de la Comisión - Prohibición de entrada a los edificios - Retirada de la tarjeta de servicio - Petición de indemnización - Denegación de la petición - Principio de buena administración - Derecho a la integridad y a la dignidad - Error de apreciación - Deber de asistencia»)

(2023/C 179/55)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: NY (representantes: A. Champetier y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Lilamand y L. Vernier, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, la parte demandante solicita la anulación de la decisión de la Comisión Europea, de 14 de abril de 2021, por la que se denegó su petición de indemnización, así como, de ser necesario, la anulación de la decisión de la Comisión, de 4 de octubre de 2021, por la que se desestimó su reclamación.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 95 de 28.2.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/39


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — CIMV/Comisión

(Asunto T-26/22) (1)

(«Investigación y desarrollo tecnológico - Acuerdo de subvención celebrado en el marco del Programa Marco de Investigación e Innovación “Horizonte 2020” - Recuperación de un crédito - Reembolso escalonado - Exactitud material de los hechos - Error manifiesto de apreciación - Obligación de motivación - Confianza legítima - Derecho a ser oído - Proporcionalidad»)

(2023/C 179/56)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Compagnie industrielle de la matière végétale (CIMV) (Neuilly-sur-Seine, Francia) (representantes: B. Le Bret, R. Rard y P. Renié, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Ilkova y S. Romoli, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión C(2021) 7932 de la Comisión de 28 de octubre de 2021, relativa a la recuperación de la cantidad de 5 888 214,59 euros, más los intereses de demora.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a la Compagnie industrielle de la matière végétale (CIMV).


(1)  DO C 109 de 7.3.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/39


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Colombani/SEAE

(Asunto T-113/22) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Acoso psicológico - Artículo 12 bis del Estatuto - Solicitud de asistencia - Denegación de la solicitud - Artículo 24 del Estatuto - Derecho de defensa - Error de apreciación - Desviación de poder - Acuerdo amistoso - Vicio del consentimiento - Decisión de promoción retroactiva»)

(2023/C 179/57)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Jean-Marc Colombani (Auderghem, Bélgica) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (representante: R. Spáč y A. Ireland, agentes, asistidos por M. Troncoso Ferrer, F.-M. Hislaire y L. Lence de Frutos, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, el demandante solicita, por una parte, la anulación de la decisión de 15 de junio de 2021, por la que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) deniega parcialmente la solicitud de asistencia presentada el 18 de febrero de 2021 en virtud del artículo 24 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, así como del acuerdo amistoso alcanzado entre las partes el 9 de febrero de 2021 y de la supuesta decisión tácita por la que se promueve al demandante al grado AD 14 con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018, de la que supuestamente tuvo conocimiento a través de su nómina del mes de mayo de 2021, y por otra parte, la indemnización del daño material y moral supuestamente sufrido debido al comportamiento de la SEAE.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Jean-Marc Colombani.


(1)  DO C 165 de 19.4.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/40


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Perfetti Van Melle/EUIPO (Representación de un recipiente cilíndrico con líneas onduladas)

(Asunto T-199/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa un recipiente cilíndrico con líneas onduladas - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Obligación de motivación»)

(2023/C 179/58)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Perfetti Van Melle SpA (Lainate, Italia) (representantes: P. Testa y C. Pappalardo, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: R Raponi, agente)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) 10 de febrero de 2022 (asunto R 1530/2021-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Perfetti Van Melle SpA.


(1)  DO C 222 de 7.6.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/41


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — Fun Factory/EUIPO — I Love You (love you so much)

(Asunto T-306/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión love you so much - Marca figurativa anterior de la Unión I LOVE YOU SINCE FOREVER - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 179/59)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Fun Factory GmbH (Bremen, Alemania) (representante: K.-D. Franzen, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: T. Klee y T. Frydendahl, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: I Love You, Inc. (Lewes, Delaware, Estados Unidos)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la decisión de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 22 de marzo de 2022 (asunto R 1464/2021-4).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 284 de 25.7.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/41


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — celotec/EUIPO — Decotec Printing (DECOTEC)

(Asunto T-308/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión DECOTEC - Causa de nulidad absoluta - Falta de carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2023/C 179/60)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: celotec GmbH & Co. KG (Sendenhorst, Alemania) (representantes: E. Warnke y J. Römelt, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: R. Raponi, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Decotec Printing, S. A. (Barcelona) (representante: K. Guridi Sedlak, abogada)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 21 de marzo de 2022 (asunto R 1025/2021-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Celotec GmbH & Co. KG.


(1)  DO C 266 de 11.7.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/42


Sentencia del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — adp Merkur/EUIPO — psmtec (SEVEN SEVEN 7)

(Asunto T-408/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión SEVEN SEVEN 7 - Marca denominativa anterior de la Unión Seven - Motivos de denegación relativos - Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Falta de uso efectivo - Artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001»)

(2023/C 179/61)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: adp Merkur GmbH (Espelkamp, Alemania) (representante: K. Mandel, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Söder y M. Eberl, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: psmtec GmbH (Illertissen, Alemania)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y modificación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 26 de abril de 2022 (asunto R 1498/2021-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 318 de 22.8.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/42


Sentencia del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Machková/EUIPO — Aceites Almenara (ALMARA SOAP)

(Asunto T-436/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión ALMARA SOAP - Marca denominativa anterior de la Unión ALMENARA - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Prueba del uso efectivo de la marca anterior - Artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001»)

(2023/C 179/62)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Veronika Machková (Šestajovice, República Checa) (representante: M. Balcar, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: E. Śliwińska y D. Gája, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Aceites Almenara, S. L., (Puebla de Almenara, Cuenca)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la Decisión de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 25 de abril de 2022 (asunto R 1613/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

La Sra. Veronika Machková y la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 340 de 5.9.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/43


Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Mariani/Parlamento

(Asunto T-196/22) (1)

(«Recurso de anulación - Derecho institucional - Miembro del Parlamento - Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final del mandato - Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento - No afectación de las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento - Acto no recurrible - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2023/C 179/63)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Thierry Mariani (París, Francia) (representante: F.-P. Vos, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: D. Moore y T. Lukácsi, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita la anulación de la Decisión D-301939 de los copresidentes del Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral del Parlamento Europeo, de 3 de marzo de 2022, por la que se le excluyó de toda participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final de su mandato de diputado (2019-2024).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

Condenar al Sr. Thierry Mariani a cargar con las costas, incluidas las relativas al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 237 de 20.6.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/44


Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Lacapelle/Parlamento

(Asunto T-240/22) (1)

(«Recurso de anulación - Derecho institucional - Miembro del Parlamento - Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento Europeo hasta que finalice el mandato - Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento - Inexistencia de afectación a las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento - Acto no recurrible - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2023/C 179/64)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Jean-Lin Lacapelle (París, Francia) (representante: F.-P. Vos, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: D. Moore y T. Lukácsi, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita la anulación de la decisión D 301937, de 3 de marzo de 2022, de los copresidentes del Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral de excluirlo de toda participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento Europeo hasta que finalice su mandato de diputado (2019-2024).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

El Sr. Jean-Lin Lacapelle cargará con sus propias costas, incluidas las correspondientes al procedimiento de medidas provisionales.


(1)  DO C 244 de 27.6.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/44


Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Juvin/Parlamento

(Asunto T-241/22) (1)

(«Recurso de anulación - Derecho institucional - Miembro del Parlamento - Decisión de exclusión de la participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final del mandato - Acto de organización interna de los trabajos del Parlamento - No afectación de las condiciones de ejercicio del mandato de miembro del Parlamento - Acto no recurrible - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2023/C 179/65)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Hervé Juvin (París, Francia) (representante: F.-P. Vos, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: D. Moore y T. Lukácsi, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, el demandante solicita la anulación de la Decisión D 301936 de los copresidentes del Grupo de Apoyo a la Democracia y Coordinación Electoral del Parlamento Europeo, de 3 de marzo de 2022, por la que se le excluyó de toda participación en las delegaciones de observación de elecciones del Parlamento hasta el final de su mandato de diputado (2019-2024).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

Condenar al Sr. Hervé Juvin a cargar con las costas, incluidas las relativas al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 244, de 27.6.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/45


Auto del Tribunal General de 14 de marzo de 2023 — Mordalski/EUIPO — Anita Food (ANITA)

(Asunto T-254/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca de la Unión que ha dejado de existir - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)

(2023/C 179/66)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Recurrente: Grzegorz Mordalski (Działoszyn, Polonia) (representante: A. Korbela, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Hanf y J. Ivanauskas, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Anita Food, SA (Lima, Perú)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 3 de marzo de 2022 (asunto R 1616/2021-4).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada una de las partes cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 244 de 27.6.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/45


Auto del Tribunal General de 23 de marzo de 2023 — Domaine Boyar International/EUIPO — Consorzio DOC Bolgheri e Bolgheri Sassicaia (BOLGARÉ)

(Asunto T-300/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión BOLGARÉ - Denominación de origen anterior “Bolgheri” - Artículo 8, apartado 4 bis, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001] - Artículo 46, apartado 1, letra d), del Reglamento 2017/1001 - Artículo 103, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 1308/2013»)

(2023/C 179/67)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Domaine Boyar International EAD (Sofía, Bulgaria) (representante: F. Bojinova, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Gája, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Consorzio per la tutela dei vini con denominazione di origine Bolgheri e Bolgheri Sassicaia (Consorzio DOC Bolgheri e Bolgheri Sassicaia) (Castagneto Carducci, Italia) (representantes: D. Caneva y N. Colombo, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 21 de marzo de 2022 (asunto R 2564/2019-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Domaine Boyar International EAD cargará, además de con sus propias costas, con las del Consorzio per la tutela dei vini con denominazione di origine Bolgheri e Bolgheri Sassicaia (Consorzio DOC Bolgheri e Bolgheri Sassicaia).

3)

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 276 de 18.7.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/46


Auto del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Oxyzoglou/Comisión

(Asunto T-342/22) (1)

(«Función pública - Agentes contractuales - Pensión de jubilación - Derechos a pensión adquiridos antes de la entrada al servicio de la Unión - Transferencia al régimen de la Unión - Bonificación de anualidades - Recurso de anulación - Solicitud de reembolso de una parte del capital transferido - Enriquecimiento injusto - Plazo de reclamación - Inadmisibilidad manifiesta - Petición de requerimiento - Incompetencia manifiesta»)

(2023/C 179/68)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Despina Oxyzoglou (Bruselas, Bélgica) (representantes: D. Grisay y A. Ansay, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Brauhoff y L. Radu Bouyon, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Parlamento Europeo (representantes: J. Van Pottelberge y M. Windisch, agentes), Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bauer y X. Chamodraka, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, la demandante solicita, en esencia, con carácter principal, por un lado, la anulación de la decisión de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2022 por la que se desestima su reclamación dirigida a la anulación del dictamen de 21 de abril de 2020 sobre determinación de sus derechos a pensión de jubilación y, por otro lado, la remisión de su expediente a la autoridad facultada para celebrar contratos a fin de que se determine el importe que se le debe restituir; con carácter subsidiario, que se condene a la Comisión al pago de 30 439,50 euros, en concepto de enriquecimiento injusto, y, con carácter subsidiario de segundo grado, que se solicite a la Comisión que precise su método de cálculo y lo aplique en el presente asunto.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

La Sra. Despina Oxyzoglou cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

3)

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 284 de 25.7.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/47


Auto del Tribunal General de 29 de marzo de 2023 — Mozelsio/Comisión

(Asunto T-343/22) (1)

(«Función pública - Agentes contractuales - Pensión de jubilación - Derechos a pensión adquiridos antes de la entrada al servicio de la Unión - Transferencia al régimen de la Unión - Bonificación de anualidades - Recurso de anulación - Solicitud de reembolso de una parte del capital transferido - Enriquecimiento sin causa - Plazo de reclamación - Inadmisibilidad manifiesta - Petición de requerimiento - Incompetencia manifiesta»)

(2023/C 179/69)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Muriel Mozelsio (Enghien, Bélgica) (representantes: D. Grisay y A. Ansay, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Brauhoff y L. Radu Bouyon, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Parlamento Europeo (representantes: J. Van Pottelberge y M. Windisch, agentes), Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bauer y X. Chamodraka, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, la demandante solicita, en esencia, con carácter principal, por un lado, la anulación de la decisión de la Comisión Europea de 11 de marzo de 2022 por la que se desestima su reclamación dirigida a la anulación del dictamen de 16 de junio de 2021 sobre determinación de sus derechos a pensión de jubilación y, por otro lado, la remisión de su expediente a la autoridad facultada para celebrar contratos a fin de que se determine el importe que se le debe restituir; con carácter subsidiario, que se condene a la Comisión al pago de 15 051,38 euros, en concepto de enriquecimiento injusto, y, con carácter subsidiario de segundo grado, que se solicite a la Comisión que precise su método de cálculo y lo aplique en el presente asunto.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

La Sra. Muriel Mozelsio cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

3)

El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 284 de 25.7.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/47


Auto del Tribunal General de 31 de marzo de 2023 — Thomas Henry/EUIPO (MATE MATE)

(Asunto T-482/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión MATE MATE - Motivos de denegación absolutos - Carácter descriptivo - Falta de carácter distintivo - Carácter engañoso - Artículo 7, apartado 1, letras b), c) y g), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)

(2023/C 179/70)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Thomas Henry GmbH (Berlín, Alemania) (representantes: O. Spieker, D. Mienert y J. Si-Ha Selbmann, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Walicka, agente)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 12 de mayo de 2022 (asunto R 406/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada una de las partes cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 359 de 19.9.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/48


Auto del Tribunal General de 30 de marzo de 2023 — ATPN/Comisión

(Asunto T-567/22) (1)

(«Recurso de anulación - Medioambiente - Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 - Energia nuclear - Actividad sostenible - Asociación - Inexistencia de afectación directa - Inadmisibilidad»)

(2023/C 179/71)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Association Trinationale de Protection Nucléaire (ATPN) (Basilea, Suiza) (representante: C. Lepage, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. von Rintelen, A. Nijenhuis y C. Auvret, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación del Reglamento Delegado (UE) 2022/1214 de la Comisión de 9 de marzo de 2022 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2021/2139 en lo que respecta a las actividades económicas en determinados sectores energéticos y el Reglamento Delegado (UE) 2021/2178 en lo que respecta a la divulgación pública de información específica sobre esas actividades económicas (DO 2022 L 188, p. 1).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer la demanda de intervención presentada por la República Francesa.

3)

La demandante cargará, además de con sus propias costas, con aquellas en que haya incurrido la Comisión Europea.

4)

La República Francesa cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 418 de 31.10.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/49


Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2023 — Primicerj/Comisión

(Asunto T-612/22) (1)

(«Recurso de anulación - Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Denegación inicial de acceso - Acto no recurrible - Inadmisibilidad - Petición de requerimiento - Incompetencia»)

(2023/C 179/72)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Paola Primicerj (Roma, Italia) (representante: E. Iorio, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representante: A. Spina, agente)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión de la Comisión de 2 de agosto de 2022, por la que se deniega su solicitud de acceso al escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2022, dirigido por la Comisión a la República Italiana en el marco del procedimiento de infracción 2016/4081, relativo a la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la legislación nacional que regula el servicio prestado por los jueces honorarios.

Fallo

1)

Desestimar el recurso, en parte por causa de incompetencia manifiesta y en parte como manifiestamente inadmisible.

2)

Sobreseer la demanda de intervención del Sr. Gabriele Di Girolamo, de la Sra. Roberta Tesei y de la Associazione Nazionale Giudici di Pace (ANGDP).

3)

Condenar en costas a Sra. Paola Primicerj.

4)

El Sr. Di Girolamo, la Sra. Tesei y la ANGDP cargaran con sus propias costas relativas a la demanda de intervención.


(1)  DO C 432 de 14.11.2022.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/49


Auto del Presidente del Tribunal General de 22 de marzo de 2023 — TP/Comisión

(Asunto T-776/22 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Contratos públicos - Reglamento financiero - Exclusión de los procedimientos de adjudicación de contratos financiados por el presupuesto de la Unión y el FED durante un periodo de dos años - Demanda de suspensión de la ejecución - Inexistencia de urgencia»)

(2023/C 179/73)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: TP (representantes: T. Faber, F. Bonke e I. Sauvagnac, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Moro, F. Behre y P. Rossi, agentes)

Objeto

Mediante su demanda, basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE, la demandante solicita que se suspenda la ejecución de la Decisión de la Comisión Europea de 1 de octubre de 2022 por la que fue excluida de la participación en los procedimientos de adjudicación regulados por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO 2018 L 193, p. 1), de la posibilidad de ser seleccionada para la ejecución de los fondos de la Unión Europea, y de la participación en los procedimientos de adjudicación regulados por el Reglamento (UE) 2018/1877 del Consejo, de 26 de noviembre de 2018, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al undécimo Fondo Europeo de Desarrollo y se deroga el Reglamento (UE) 2015/323 (DO 2018 L 307, p. 1).

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/50


Auto del Presidente del Tribunal General de 27 de marzo de 2023 — Cogebi y Cogebi/Consejo

(Asunto T-782/22 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania - Prohibición de comprar, importar o transferir, directa o indirectamente, dentro de la Unión, bienes que generen ingresos significativos para Rusia - Demanda de suspensión de la ejecución - Incumplimiento de los requisitos de forma - Inadmisibilidad»)

(2023/C 179/74)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Cogebi (Beersel, Bélgica), Cogebi, a.s. (Tábor, República Checa) (representante: H. over de Linden, abogada)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bishop y E. Nadbath, agentes)

Objeto

Mediante su demanda, basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE, las demandantes solicitan que se suspenda la ejecución del anexo VI del Reglamento (UE) 2022/1904 del Consejo, de 6 de octubre de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 833/2014 relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2022, L 259 I, p. 3) en la medida en que modifica el anexo XXI del Reglamento (UE) n.o 833/2014 del Consejo, de 31 de julio de 2014, relativo a medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania (DO 2014, L 229, p. 1), e introduce el código NC 6814 en la lista de bienes y tecnologías citados en el artículo 3 decies del Reglamento n.o 833/2014.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/51


Auto del Presidente del Tribunal General de 27 de marzo de 2023 — Enmacc/Comisión

(Asunto T-1/23 R)

(«Medidas provisionales - Contratos públicos de servicios - Servicios para la organización de la agregación de la demanda y las licitaciones para el gas en el marco de la Plataforma de la Energía de la Unión - Demanda de medidas provisionales - Ponderación de los intereses»)

(2023/C 179/75)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Enmacc GmbH (Múnich, Alemania) (representantes: A. von Bonin, A. Pliego Selie y T. van Helfteren, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà, S. Romoli, G. Gattinara y T. Scharf, agentes)

Objeto

Mediante su demanda, basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE, la demandante solicita, fundamentalmente, que se suspenda la ejecución de la decisión de la Comisión Europea de 12 de diciembre de 2022 para iniciar o continuar el procedimiento de licitación ENER/2022/NP/0041 en forma de procedimiento negociado sin publicación previa de un anuncio de licitación y sin que la demandante haya sido invitada a participar en el mismo; con carácter subsidiario, que se suspenda la adjudicación del contrato en el marco del procedimiento de licitación controvertido, y, con carácter subsidiario de segundo grado, que se suspenda la firma del contrato en el marco de dicho procedimiento.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/51


Recurso interpuesto el 9 de enero de 2023 — Koppers Denmark y otros/Comisión

(Asunto T-9/23)

(2023/C 179/76)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Koppers Denmark (Nyborg, Dinamarca) y otras nueve demandantes (representantes: R. Cana, E. Mullier y H. Widemann, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

Declare el recurso admisible y fundado.

Anule el Reglamento controvertido, (1) en la medida en que establece restricciones a la introducción en el mercado de artículos tratados.

Condene en costas a la Comisión.

Adopte cuantas medidas procedan conforme a Derecho.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la Comisión infringió los artículos 14, apartado 4, y 58, apartados 2 y 3, del Reglamento 528/2012, (2) actuó ultra vires/se extralimitó en el ejercicio de sus competencias y vulneró la confianza legítima de las demandantes al establecer restricciones en relación con los artículos tratados.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión incurrió en errores manifiestos de apreciación y vulneró el principio de seguridad jurídica y la obligación de motivación al establecer restricciones en relación con los artículos tratados.

3.

Tercer motivo, basado en que la Comisión vulneró los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima al prohibir la introducción en el mercado de artículos tratados sin haber demostrado la existencia de un «riesgo importante», apartándose así de sus propias orientaciones.

4.

Cuarto motivo, basado en que la Comisión incumplió el artículo 1, apartado 1, del Reglamento 528/2012, y el artículo 114 TFUE al establecer restricciones en relación con los artículos tratados.

5.

Quinto motivo, basado en que la Comisión vulneró el principio de seguridad jurídica e incurrió en errores manifiestos de hecho y de apreciación al no haber tenido en cuenta toda la información relevante cuando incluyó en el Reglamento controvertido un requisito de etiquetado relativo al almacenamiento de los artículos tratados.

6.

Sexto motivo, basado en que la Comisión incumplió los artículos 67, 68 y 129 y el anexo XVII, entrada 31, del Reglamento 1907/2006, (3) y no tuvo en cuenta toda la información relevante, así como se extralimitó en el ejercicio de sus competencias en virtud del artículo 14, apartado 4, del Reglamento 528/2012 al establecer restricciones, en el Reglamento controvertido, que limitan las restricciones existentes en el Reglamento 1907/2006.


(1)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1950 de la Comisión de 14 de octubre de 2022 por el que se renueva la aprobación de la creosota como sustancia activa para su uso en biocidas del tipo de producto 8 de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2022 L 269, p. 1).

(2)  Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativo a la comercialización y el uso de los biocidas, en su versión modificada (DO 2012 L 167, p. 1).

(3)  Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre de 2006 relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH), por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, se modifica la Directiva 1999/45/CE y se derogan el Reglamento (CEE) n.o 793/93 del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 1488/94 de la Comisión, así como la Directiva 76/769/CEE del Consejo y las Directivas 91/155/CEE, 93/67/CEE, 93/105/CE y 2000/21/CE de la Comisión, en su versión modificada (DO 2006 L 396, p. 1).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/52


Recurso interpuesto el 20 de enero de 2023 — Feport/Comisión

(Asunto T-17/23)

(2023/C 179/77)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Federation of European Private Port Operators (Feport) (Bruselas, Bélgica) (representante: B. Le Bret, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la omisión de la Comisión en el asunto SA.33828 — Régimen griego de tributación por tonelaje, al no iniciar dicha institución un procedimiento formal contra Grecia y, en cualquier caso, al no adoptar una posición clara conforme al artículo 23 del reglamento de procedimiento (1) y al artículo 108 TFUE.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante considera que en este caso concurren todas las condiciones de la omisión conforme al artículo 265 TFUE y que tal omisión supone diversos incumplimientos de los Tratados, principios y Derecho derivado de la Unión Europea. A este respecto, invoca cuatro motivos:

1.

Primer motivo, basado en que, al no iniciar un procedimiento formal contra Grecia, la Comisión no se atuvo a sus conclusiones en el asunto SA.33828 — Régimen griego de tributación por tonelaje ni a sus directrices de 2003 sobre ayudas de Estado al transporte marítimo (directrices marítimas).

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión infringió el Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (reglamento de procedimiento, artículo 23), y el artículo 108 TFUE al no iniciar el procedimiento de investigación formal siete años después de la decisión en el sentido del artículo 23, y en que, al negarse a adoptar una posición clara a este respecto, la Comisión menoscabó los derechos de los interesados infringiendo el reglamento de procedimiento (artículo 24), la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (artículos 41 y 47) y los principios de la Unión Europea (como el de protección de la confianza legítima).

3.

Tercer motivo, basado en que la Comisión incumplió el principio de igualdad de trato tal como se consagra en la citada Carta (artículos 20 y 21) y su deber de cooperación leal (artículo 4 TUE, apartado 3) al negarse ad vitam eternam a actuar con arreglo al artículo 107 TFUE contra el régimen griego de tributación por tonelaje, desmantelando al mismo tiempo regímenes equivalentes de ayudas estatales a los puertos en otros Estados miembros en un tiempo limitado.

4.

Cuarto motivo, basado en que la Comisión incumplió las normas tributarias internacionales y el Derecho y compromisos tributarios de la Unión Europea respecto a las normas mínimas de tributación que tienen que adoptar todos los Estados miembros a partir del 1 de enero de 2024 de conformidad con el acuerdo sobre el segundo pilar de la OCDE (diciembre de 2021) y con la propuesta de la Comisión de directiva del Consejo con el fin de garantizar una tributación global mínima de los grupos multinacionales en la Unión (diciembre de 2021) tal como acordó el Consejo Ecofin en diciembre de 2022.


(1)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015 L 248, p. 9).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/53


Recurso interpuesto el 20 de enero de 2023 — Grecia/Comisión

(Asunto T-18/23)

(2023/C 179/78)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: República Helénica (representantes: E. Leftheriotou, A.-E. Vasilopoulou y O. Pastellas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule en su totalidad la Decisión de Ejecución de la Comisión, de 15 de noviembre de 2022, número C(2022) 8047 final, relativa al tratamiento financiero de los gastos financiados por el Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola — Sección de Orientación (FEOGA-G) en determinados supuestos de irregularidades en Grecia.

Con carácter subsidiario, que anule la Decisión impugnada en la cuantía correspondiente a la parte de la contracción anulada por el órgano jurisdiccional nacional en el asunto 2014/10019, es decir, que se limite la contracción correspondiente de la cantidad de 145 854,46 euros a la cantidad de 48 619,63 euro.

Condene a la demandada al pago de las costas procesales de la República Helénica.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la falta de fundamento jurídico para dictar la Decisión impugnada de la Comisión sobre la contracción impugnada, ya que el Reglamento n.o (CE) 1681/1994 (1) ha sido derogado y ya no es aplicable a los supuestos del período de programación 1994-1999 y el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 (2) se aplica únicamente a los casos de irregularidades dentro del FEAGA y el Feader.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión cometió un error sobre los hechos al considerar que las autoridades griegas no mostraron diligencia en la gestión del asunto 2014/10019. También se alega que la contracción de la cantidad de 145 854,46 euros es desproporcionada.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1681/94 de la Comisión, de 11 de julio de 1994, relativo a las irregularidades y a la recuperación de las sumas indebidamente abonadas en el marco de la financiación de las políticas estructurales, así como a la organización de un sistema de información en esta materia (DO 1994 L 178, p. 43).

(2)  Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 352/78, (CE) n.o 165/94, (CE) n.o 2799/98, (CE) n.o 814/2000, (CE) n.o 1290/2005 y (CE) n.o 485/2008del Consejo (DO 2013 L 347, p. 549).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/54


Recurso interpuesto el 23 de enero de 2023 — Mead Johnson Nutrition (Asia Pacific) y otros/Comisión

(Asunto T-37/23)

(2023/C 179/79)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Mead Johnson Nutrition (Asia Pacific) Pte Ltd (Singapur, Singapur), MJN Global Holdings BV (Ámsterdam, Países Bajos), Mead Johnson Nutrition Co. (Chicago, Illinois, Estados Unidos) (representantes: C. Quigley, KC, y M. Whitehouse y P. Halford, Solicitors)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión C(2022) 7665 final de la Comisión, de 31 de octubre de 2002, adoptada en el expediente SA.34914 (2013/C) — Régimen del impuesto sobre sociedades de Gibraltar (en lo sucesivo, «Decisión controvertida»). (1)

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, por falta de competencia, en la medida en que la Comisión carece de competencias con arreglo al artículo 92, apartado 3, letra a), del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de la Unión, puesto que el expediente SA.34914 y todos los procedimientos relacionados fueron dados concluidos y archivados mediante la adopción de la Decisión (UE) 2019/700 final, de 19 de diciembre, (2) y que a la investigación de la Comisión sobre MJN Holdings (Gibraltar) Limited no se le atribuyó ningún número nuevo de asunto ni antes del final del período transitorio (el 31 de diciembre de 2020) ni en ningún otro momento.

2.

Segundo motivo, por la existencia de vicios sustanciales de forma, en la medida en que la Comisión infringió el artículo 6, apartado 1, del Reglamento 2015/1589, (3) que en las decisiones de incoar el procedimiento de investigación formal obliga a la Comisión a resumir todas las principales cuestiones de hecho y de Derecho que le consten, ya que no incluyó información principal que las demandantes le habían presentado con anterioridad, y de la que la Comisión disponía, por lo que se refiere al vencimiento a 1 de enero de 2014 de la decisión fiscal anticipada «GibCo» de 2012 y por lo que se refiere a la no sujeción tributaria de los ingresos procedentes de cánones de propiedad intelectual si se aplica correctamente el Derecho gibraltareño. Es más, antes de la Decisión que adoptó basándose en el artículo 6, apartado 1 (esto es, la Decisión controvertida), la Comisión debería haberse asegurado en cualquier caso, en el contexto de su valoración inicial y de conformidad con el principio de recta administración, de tratar con el Reino Unido la información que las demandantes le habían presentado con anterioridad.

3.

Tercer motivo, por la infracción de una norma jurídica en relación con la aplicación de los artículos 107 TFUE y 108 TFUE, en la medida en que la Decisión controvertida se adoptó con un retraso fuera de toda razón y contrario al principio de recta administración.


(1)  DO 2023 C 52, p. 10.

(2)  Decisión (UE) 2019/700 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2018, relativa a la ayuda estatal SA.34914 (2013/C) ejecutada por el Reino Unido por lo que respecta al régimen del impuesto de sociedades de Gibraltar [notificada con el número C(2018) 7848] (DO 2019 L 119, p. 151).

(3)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015 L 248, p. 9).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/55


Recurso interpuesto el 6 de febrero de 2023 — FFPE section Conseil/Consejo

(Asunto T-44/23)

(2023/C 179/80)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Fédération de la fonction publique européenne section Conseil (FFPE section Conseil) (Bruselas, Bélgica) (representantes: A. Champetier y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

declare el presente recurso admisible y fundado; y, en consecuencia,

anule la resolución impugnada;

condene a la parte demandada al pago de 1 euro simbólico en concepto de reparación del perjuicio moral sufrido, y

condene a la parte demandada a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de anulación de la nota del Consejo de 24 de noviembre de 2022 por la que se informa a la demandante de los resultados y las consecuencias del procedimiento de verificación incoado en su contra en aplicación del Acuerdo de 28 de marzo de 2006 celebrado entre el Consejo de la Unión Europea y las organizaciones sindicales o profesionales del personal de la Secretaría General del Consejo (en lo sucesivo, «Acuerdo»), la demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del Acuerdo y de la carta de mandato.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración del espíritu de cooperación leal derivado del Acuerdo, del principio de buena administración y del principio de ejecución de buena fe de los convenios.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/55


Recurso interpuesto el 16 de febrero de 2023 — Pollinis France/Comisión

(Asunto T-94/23)

(2023/C 179/81)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Pollinis France (París, Francia) (representante: A. Bailleux, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión de 6 de diciembre de 2022, por la que se desestima la solicitud de revisión interna de la parte demandante, relativa al Reglamento de Ejecución (UE) 2022/708 (1) (en lo sucesivo, «decisión impugnada»), en la medida en que prorroga el período de aprobación de la sustancia activa boscalid.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la lectura contraria a Derecho del artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo. (2)

La parte demandante alega que la decisión impugnada se basa en una lectura del artículo 17 incompatible con las disposiciones y los objetivos del Reglamento n.o 1107/2009, con el principio de precaución y con diversas disposiciones de Derecho primario [artículos 168 TFUE y 191 TFUE y artículos 35 y 37 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»)].

La parte demandante sostiene que el artículo 17 del Reglamento n.o 1107/2009 no puede interpretarse en el sentido de que obliga a la Comisión a prorrogar una aprobación indefinidamente, con independencia del número y de la duración de las prórrogas concedidas con anterioridad y de los riesgos que la prórroga puede conllevar para la salud humana y el medio ambiente.

Aduce que, en particular, en el caso del boscalid, la Comisión no podía prorrogar por tantos años su aprobación, habida cuenta de que la solicitud de renovación ha suscitado un gran número de cuestiones por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y que numerosos estudios plantean serias dudas acerca de la seguridad del boscalid tanto para la salud humana como para el medio ambiente.

2.

Segundo motivo, que se invoca con carácter subsidiario, basado en la ilegalidad del artículo 17 del Reglamento n.o 1107/2009.

La demandante alega que, en el supuesto de que el Tribunal de Justicia estimara que la decisión impugnada (y el Reglamento de Ejecución 2022/708) están basados en una lectura correcta del artículo 17 del Reglamento n.o 1107/2009, tal disposición legislativa debería ser anulada a efectos del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 277 TFUE, porque sería contraria al principio de precaución, a los artículos 168 TFUE y 191 TFUE y a los artículos 35 y 37 de la Carta. Sostiene que, en consecuencia, el artículo 17 no debería aplicarse y no podría constituir una base jurídica adecuada para la decisión impugnada, que, por tanto, debería anularse.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento n.o 1107/2009.

La parte demandante aduce que la Comisión incurrió en error al considerar que se cumplían los requisitos para la prórroga contemplados en el artículo 17 del Reglamento n.o 1107/2009:

La Comisión consideró erróneamente que la demora en el proceso de renovación no era imputable al solicitante de la renovación, sin indagar en modo alguno el papel desempeñado por el solicitante en tal demora.

La Comisión consideró erróneamente que la prórroga del período de validez de la aprobación del boscalid, por quinto año consecutivo, era necesaria para examinar la solicitud de renovación.

4.

Cuarto motivo, basado en la falta de motivación.

La parte demandante sostiene que la Comisión incurrió en error tanto al considerar que el Reglamento de Ejecución 2022/708 está motivado de manera suficiente como al omitir indicar en la decisión impugnada las razones de la demora en el proceso de revaluación.


(1)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/708 de la Comisión, de 5 de mayo de 2022, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 en lo que respecta a la prórroga de los períodos de aprobación de las sustancias activas éster metílico de ácido 2,5-diclorobenzoico, ácido acético, aclonifen, sulfato de aluminio y amonio, fosfuro de aluminio, silicato de aluminio, beflubutamida, bentiavalicarbo, boscalid, carburo de calcio, captan, cimoxanilo, dimetomorfo, dodemorf, etefon, etileno, extracto del árbol del té, residuos de la destilación de grasas, ácidos grasos C7 a C20, fluoxastrobina, flurocloridona, folpet, formetanato, ácido giberélico, giberelina, proteínas hidrolizadas, sulfato de hierro, fosfuro de magnesio, metam, metamitrona, metazaclor, metribuzin, milbemectina, fenmedifam, pirimifos-metilo, aceites vegetales/aceite de clavo, aceites vegetales/aceite de colza, aceites vegetales/aceite de menta verde, propamocarb, proquinazid, protioconazol, piretrinas, arena de cuarzo, aceite de pescado, repelentes (por el olor) de origen animal o vegetal/grasa de ovino, S-metolacloro, cadena lineal de feromonas de lepidópteros, sulcotriona, tebuconazol y urea (DO 2022 L 133, p. 1).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO 2009 L 309, p. 1).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/57


Recurso interpuesto el 21 de febrero de 2023 — PAN Europe/Comisión

(Asunto T-104/23)

(2023/C 179/82)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Pesticide Action Network Europe (PAN Europe) (Bruselas, Bélgica) (representante: A. Bailleux, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión, con fecha de 12 de diciembre de 2022 y notificada a la demandante el 13 de diciembre de 2022, de denegar parcialmente una solicitud confirmatoria presentada de conformidad con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo. (1)

Condene a la Comisión a cargar con las costas del procedimiento.

Motivo y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca un único motivo, mediante el que aduce que la decisión de la Comisión infringe:

los artículos 2, apartado 1 y 4, apartados 2, segundo guion, y 3, párrafo segundo, del Reglamento n.o 1049/2001, y

el artículo 6, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. (2)

Más concretamente, sostiene que procede anular la decisión de la Comisión en la medida en que deniega el acceso a documentos sobre la base de una aplicación contraria a Derecho de las excepciones relativas a la protección de los procedimientos judiciales (artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento n.o 1049/2001) y del proceso de toma de decisiones [artículo 4, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento n.o 1049/2001].


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L 264, p. 13).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/58


Recurso interpuesto el 28 de febrero de 2023 — VB/BCE

(Asunto T-124/23)

(2023/C 179/83)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: VB (representante: L. Levi y A. Champetier, abogadas)

Demandada: Banco Central Europeo

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de 4 de abril de 2022 por la que se le informa de que no percibirá dietas por gastos.

Anule, si procede, la decisión de 2 de agosto de 2022, por la que se desestimó su recurso administrativo presentado el 2 de junio de 2022 contra la referida decisión denegatoria de las dietas por gastos.

Anule, si procede, la decisión de 19 de diciembre de 2022, por la que se denegó su reclamación presentada el 30 de septiembre de 2022.

Ordene el pago de la cantidad de 9 270 euros (es decir, las dietas de estancia correspondientes al período de tres meses), más los intereses calculados al tipo legal («tipo de interés para las principales operaciones de refinanciación») aplicado por el Banco Central Europeo, aumentado en dos puntos porcentuales, en relación con el período comprendido entre el 1 de abril de 2022 y la fecha en que se haga efectivo el pago de la cantidad reclamada.

Conceda a la parte demandante una indemnización por un importe simbólico de un euro por los perjuicios morales sufridos.

Condene a la parte demandada al pago de las costas de la parte demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca los siguientes motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción de los artículos 4.1.1 y 4.5.1 del Reglamento del personal del BCE y en la violación de los principios de seguridad jurídica y de no retroactividad.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración del principio de confianza legítima.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber de diligencia.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/58


Recurso interpuesto el 13 de marzo de 2023 — Nardi/BCE

(Asunto T-131/23)

(2023/C 179/84)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Anna Nardi (Nápoles, Italia) (representante: M. De Siena, abogada)

Demandada: Banco Central Europeo

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Determine y declare la responsabilidad extracontractual del Banco Central Europeo (BCE), representado por su Presidenta Christine Lagarde:

a)

al haber provocado para los valores financieros propiedad de la demandante, denominados SI FTSE.COPERP, documentados y descritos por primera vez en el presente recurso en el apartado 2 de su epígrafe «Hechos», una reducción considerable de valor con una pérdida de 626 134,29 euros, registrando una pérdida equivalente al 81,54 % del valor total del capital invertido, que ascendía a 767 856,16 euros, ya que el 12 de marzo de 2020, la Sra. Christine Lagarde, en su condición de Presidenta del BCE, al pronunciar la famosa frase «No estamos aquí para reducir las primas de riesgo. No es la función del BCE», había provocado una caída significativa del valor de los títulos en todas las bolsas del mundo y del 16,92 % en la Bolsa de Milán, cuantificada en un porcentaje nunca visto en la historia de dicha institución, al comunicar con dicha frase, pronunciada en rueda de prensa, a todo el mundo, que el BCE dejaría de respaldar el valor de los títulos emitidos por los países en dificultades y, por tanto, al comunicar el cambio total en la orientación de la política monetaria adoptada por el BCE cuando estaba presidido por el anterior Presidente, que había finalizado su mandato en noviembre de 2019;

b)

por haber provocado con dicho comportamiento, y como consecuencia de la mencionada caída vertiginosa del índice de la Bolsa de Milán, la reducción del valor del patrimonio de la demandante;

c)

por haber causado a la demandante un perjuicio patrimonial de 626 134,29 euros, en concepto de daño emergente, y de 912 673,83 euros, en concepto de lucro cesante;

d)

por haber ocasionado así un perjuicio patrimonial a la demandante por un importe total de 1 538 808,12 euros;

e)

por haber causado un daño moral por sufrimiento psicológico a ella y a su familia, por lesión a su honor, reputación, identidad personal y profesional cuantificado en 500 000,00 euros;

f)

por causar daños consistentes en una pérdida de oportunidad.

Condene al BCE, en la persona de su Presidente pro tempore, a abonar a la demandante una indemnización por el daño patrimonial, consistente en el daño emergente y el lucro cesante, el daño moral antes mencionado y el daño por pérdida de oportunidad, estimados conforme a los criterios expuestos en los capítulos y apartados correspondientes del presente recurso, mediante el pago a la demandante de las siguientes cantidades 1) 1 538 808,12 euros, en concepto de daño patrimonial; 2) 500 000,00 euros, en concepto de daño moral; 3) y por tanto, al pago de la cantidad total de 2 038 808,12 euros.

Con carácter subsidiario, condene al BCE, en la persona de su Presidente pro tempore, a abonar a la demandante, en relación con los tipos de daños enumerados anteriormente, las cantidades de cuantía variable que se determinen en el curso del procedimiento, en la cuantía que el Tribunal General estime justa, incluso mediante un informe pericial que ordene el Tribunal General con arreglo al artículo 70 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Al pago de la cantidad que el Tribunal General estime oportuna en concepto de indemnización por pérdida de oportunidades.

Al pago de intereses de demora que se calcularán desde el 12 de marzo de 2020, fecha del hecho lesivo, hasta el pago efectivo de la indemnización.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

1.

Primer motivo, basado en que el BCE es responsable, con arreglo al artículo 340 TFUE, apartado 3, y al artículo 2043 del Código Civil italiano, de los daños patrimoniales y morales sufridos por la demandante, indicando los importes de los daños sufridos.

2.

Segundo motivo, basado en la importancia de los perjuicios patrimoniales, morales y de pérdida de oportunidad que la demandante alega haber sufrido y en el que se explican los principios aplicados para su determinación.

3.

Tercer motivo, basado en los principios establecidos en la jurisprudencia de la Unión, en particular en las sentencias de 28 de octubre de 2021, Vialto Consulting/Comisión, C-650/19 P, de 9 de febrero de 2022, QI y otros/Comisión y BCE, T-868/16, y de 21 de enero de 2014, Klein/Comisión, T-309/10.

Se exponen las condiciones que deben concurrir para que exista responsabilidad extracontractual de una institución europea frente a un ciudadano de la Unión y se invoca la comprobación positiva, realizada también por el consultor técnico en el informe pericial jurado adjunto a la demanda, de la existencia de dichas condiciones, comparando la normativa europea que regula el BCE, sus órganos y sus funciones. Se destacan las infracciones del BCE del Derecho primario y derivado de la Unión y las infracciones y abuso de poder por parte de la Presidenta del BCE. Se alega la infracción cometida el 12 de marzo de 2020 por el BCE en la persona de su Presidenta del artículo 127 TFUE, capítulo 2, titulado «Política monetaria», y de los artículos 3, 10, 11, 12, 13 y 38 de los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del BCE, así como del artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento adoptado mediante decisión del BCE de 19 de febrero de 2004. (1)

4.

Cuarto motivo, relativo a la cuantificación, motivación y documentación del daño patrimonial sufrido por la demandante (daño emergente y lucro cesante).

5.

Quinto motivo, relativo a la cuantificación, motivación y documentación de los daños derivados del sufrimiento psicológico y del menoscabo de la reputación, la identidad personal y profesional.

6.

Sexto motivo, basado en la explicación, motivación y prueba por presunción y por cálculo de probabilidad del daño por pérdida de oportunidad, de lo que solicita liquidación conforme a equidad.

7.

Séptimo motivo, basado en los principios enunciados en la jurisprudencia de la Unión relativa a los daños morales causados por las instituciones europeas a los ciudadanos de la Unión, en particular en la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de 12 de septiembre de 2007, Combescot/Comisión (T-250/04).


(1)  Decisión 2004/257/CE del Banco Central Europeo, de 19 de febrero de 2004, por la que se adopta el Reglamento interno del Banco Central Europeo (BCE/2004/2) (DO 2004, L 80, p. 33), en su versión modificada por la Decisión BCE/2014/1 del Banco Central Europeo de 22 de enero de 2014 (DO 2014, L 95, p. 56).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/60


Recurso interpuesto el 10 de marzo de 2023 — Biogen Netherlands/Comisión

(Asunto T-137/23)

(2023/C 179/85)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Biogen Netherlands BV (Badhoevedorp, Países Bajos) (representante: C. Schoonderbeek, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión de 12 de diciembre de 2022 C(2022) 9544 (final) por la que se concede la autorización de comercialización con arreglo al Reglamento (CE) n.o 726/2004 (1) para el «Dimethyl Fumarate Teva — fumarato de dimetilo», un medicamento para uso humano.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la supuesta inobservancia del sistema de la Directiva 2001/83/CE (2) en lo que se refiere a las normas relativas a la protección reglamentaria de los datos, incluido el artículo 6, apartado 1, de esta Directiva, y a las obligaciones de los solicitantes de autorizaciones de comercialización de medicamentos genéricos con arreglo al artículo 10, apartado 1, de dicha Directiva.

2.

Segundo motivo, basado en que supuestamente no se extrajeron las consecuencias del dictamen del Comité de medicamentos de uso humano, de 11 de noviembre de 2021, en cuanto a si la autorización de comercialización para el medicamento Fumaderm podía constituir el principio de una autorización global de comercialización para el medicamento Tecfidera conforme al artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 2001/83/CE.


(1)  Reglamento (CE) n.o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos (DO 2004, L 136, p. 1).

(2)  Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (DO 2001, L 311, p. 67).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/61


Recurso interpuesto el 17 de marzo de 2023 — VI/Comisión

(Asunto T-147/23)

(2023/C 179/86)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: VI (representante: M. Velardo, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule las siguientes decisiones:

La decisión de 20 de mayo de 2022 por la que se comunicó a la parte demandante que había obtenido 53 puntos en la evaluación mediante el Talent screener (evaluador de talentos), en el marco de la oposición EPSO/AST/150/21 para técnicos de laboratorio, habiéndose fijado en 57 puntos el número mínimo de puntos para ser admitido a la fase siguiente.

La decisión de la AFPN de 8 de diciembre de 2022, ARES (2022) s.9324205, por la que se desestimó la reclamación presentada el 14 de junio de 2022 y registrada con la referencia n.o R/30/22 al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y del régimen aplicable a los otros agentes.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación en la valoración de los títulos y de la duración de su experiencia profesional, reducida arbitrariamente por el tribunal y una vulneración de la convocatoria de la oposición que no contemplaba una redistribución de la duración de la experiencia profesional en el marco de los diferentes criterios del Talent screener.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 1, apartado 1, del anexo III del Estatuto, en la medida en que el tribunal no estaba facultado para establecer los factores de ponderación.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción de los artículos 27 y 29 del Estatuto y del artículo 5, párrafo primero, del anexo III del Estatuto, en la medida en que el tribunal no comprobó la autenticidad de los títulos y de la experiencia profesional declarados por los candidatos en el Talent screener, antes de elaborar la lista de los candidatos admitidos a la fase siguiente del Assessment center (centro de evaluación).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/62


Recurso interpuesto el 18 de marzo de 2023 — VK/Comisión

(Asunto T-148/23)

(2023/C 179/87)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: VK (representante: M. Velardo, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule las decisiones siguientes:

Decisión de 12 de mayo de 2022, por la que se desestima la solicitud de transferencia en virtud del artículo 11, apartados 2 y 3, del anexo VIII del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y del régimen aplicable a los otros agentes, adoptada por la Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales PMO/2 Pensiones (referencia: PMO 2, TFT IN, 3426594500).

Decisión de la AFPC (Autoridad facultada para proceder a las contrataciones) de 9 de diciembre de 2022, por la que se desestimó la reclamación (n.o R/373/22), presentada al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y del régimen aplicable a los otros agentes, contra la decisión de 12 de mayo de 2022.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en una infracción de la norma, en la medida en que las disposiciones generales de aplicación del 77, apartado 1, del Estatuto no respetan los límites establecidos en dicho artículo. La parte demandante propone una excepción de ilegalidad con arreglo al artículo 277 TFUE contra las disposiciones de aplicación antes mencionadas por entrar en contradicción con la norma superior.

2.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho en la interpretación del concepto de fuerza mayor y de las disposiciones de naturaleza económica, en la medida en que la fuerza mayor no es un criterio de interpretación de la norma, sino un elemento procedente del exterior, que impide la aplicación de determinadas disposiciones en materia de pérdida de derechos.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/62


Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2023 — MBDA France/Comisión

(Asunto T-154/23)

(2023/C 179/88)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: MBDA France (Le Plessis-Robinson, Francia) (representantes: F. de Bure y A. Delors, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule, sobre la base de los artículos 256 TFUE y 263 TFUE, la decisión de la Comisión de 10 de enero de 2023 por la que se desestima, de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, (1) la solicitud confirmatoria de acceso a los documentos 2022/5127 — Ares(2023)593134 sobre la Convocatoria de propuestas EDF-2021-AIRDEF-D, relativa a la protección contra amenazas aéreas de alta velocidad puesta en marcha por la Comisión (en lo sucesivo, «Proyecto EATMI»), presentada con arreglo al artículo 7, apartado 2, del Reglamento n.o 1049/2001 (en lo sucesivo, «decisión impugnada»), en la medida en que deniega al demandante el acceso pleno a los documentos solicitados, con excepción de la ocultación de determinados datos personales, información que previsiblemente podría suponer un perjuicio para la protección de la seguridad pública y la defensa y asuntos militares, así como información sobre intenciones estratégicas del consorcio liderado por la compañía española Sener Aerospacial Sociedad Anónima (en lo sucesivo, «Consorcio SENER») o sus miembros;

Acumule la presente demanda de anulación con el asunto T-614/22, MBDA France/Comisión, de conformidad con el artículo 68 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General; y

Condene a la demandada a cargar con las costas legales y otros gastos de la demandante en relación con este asunto.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la supuesta infracción del artículo 4, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento n.o 1049/2001. En particular, la demandante considera que:

La Comisión no demostró que la revelación de los documentos solicitados a MBDA France pueda suponer un perjuicio concreto y real para la protección de la seguridad pública y la defensa y asuntos militares con arreglo al artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento n.o 1049/2001.

La decisión impugnada adolece de un error de Derecho, en la medida en que la Comisión no puede negarse a revelar los nombres y cargos de las personas implicadas en comités de evaluación sobre la base del artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 1049/2001.

2.

Segundo motivo, basado en la supuesta infracción del artículo 4, apartado 2, guiones primero y segundo, del Reglamento n.o 1049/2001. En concreto, la demandante considera que:

La decisión impugnada adolece de un error de Derecho en la aplicación de la excepción establecida en el artículo 4, apartado 2, primer guion, del Reglamento n.o 1049/2001, puesto que (i) la divulgación de algunos de los documentos solicitados está relacionada con su propia propuesta formulada en respuesta al Proyecto EATMI, (ii) parece muy improbable que toda la información contenida en los otros documentos supuestamente incluidos en dicha excepción pueda suponer un perjuicio para la protección de los intereses comerciales de los miembros del Consorcio SENER, y (iii) la Comisión no puede negarse a revelar las puntuaciones atribuidas a la propuesta del Consorcio SENER.

La decisión impugnada adolece de un error de Derecho en la aplicación de la exención establecida en el artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento n.o 1049/2001, ya que ninguno de los documentos solicitados contiene la posición legal interna de la Comisión relativa al carácter legal de la decisión impugnada en el asunto T-614/22, MBDA France/Comisión.

3.

Tercer motivo, basado en que la decisión impugnada infringe el artículo 4, apartado 3, del Reglamento n.o 1049/2001. En concreto, la demandante alega que:

La Comisión no explica las razones por las que la divulgación de los documentos solicitados podría suponer un perjuicio concreto y real para el proceso de toma de decisión de la Comisión.

La Comisión no puede basar válidamente su negativa en la excepción establecida en el artículo 4, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento n.o 1049/2001, en la medida en que el procedimiento al que se refieren los documentos solicitados ya ha concluido.

4.

Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada infringe el artículo 4, apartado 6, y el artículo 1, letra a), del Reglamento n.o 1049/2001. En particular, la demandante demuestra que, al no evaluar si podía conceder acceso parcial a los documentos solicitados, la Comisión incumplió sus obligaciones de conceder acceso parcial cuando sea posible y de garantizar el acceso lo más amplio posible a los documentos.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/64


Recurso interpuesto el 23 de marzo de 2023 — Colombani/SEAE

(Asunto T-158/23)

(2023/C 179/89)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Jean-Marc Colombani (Auderghem, Bélgica) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el informe anual de evaluación del demandante correspondiente al año 2021, de 13 de julio de 2022.

En la medida en que sea necesario, en cuanto completa el informe de evaluación, anule la decisión de 20 de diciembre de 2022 del Alto Representante y Vicepresidente de la Comisión, por la que se desestima la reclamación R/394/2022 presentada por el demandante el 19 de agosto de 2022 contra su informe de evaluación correspondiente al año 2021.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción de las normas aplicables al procedimiento de evaluación, de los artículos 11 bis, 12 bis y 24 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, en una desviación de poder y en la inobservancia de la objetividad y la imparcialidad inherentes a los procedimientos de evaluación.

2.

Segundo motivo, basado en un error manifiesto de apreciación y en una desviación de poder.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/64


Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — VN/Comisión

(Asunto T-159/23)

(2023/C 179/90)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: VN (representantes: A. Champetier y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Acuerde la admisión del presente recurso y lo declare fundado.

En consecuencia,

anule la decisión de la Comisión de 6 de julio de 2022 por que se declaró que el demandante era capaz de trabajar y que se había ausentado injustificadamente el 10 de junio de 2022, motivo por el cual se le practicó una retención del salario correspondiente a un día natural,

en la medida en que sea necesario, anule la decisión de la Comisión de 14 de diciembre de 2022 por la que se desestimó la reclamación presentada por el demandante el 16 de agosto de 2022,

condene a la Comisión a indemnizar el daño moral sufrido por el demandante por un importe correspondiente a dos meses de salario, incluidas las asignaciones.

condene a la Comisión a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la falta de independencia del médico de control que llevó a cabo la consulta de 10 de junio de 2022 y en el incumplimiento del deber de imparcialidad.

2.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación.

3.

Tercer motivo, basado en la comisión de errores manifiestos de apreciación y en la existencia de un caso de fuerza mayor.

4.

Cuarto motivo, basado en el incumplimiento del deber de asistencia y protección.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/65


Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — Fritz Egger y otros/ECHA

(Asunto T-163/23)

(2023/C 179/91)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Fritz Egger GmbH & Co. OG (St. Johann in Tirol, Austria) y otros siete (representante: M. Ahlhaus, abogado)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la decisión adoptada por la parte demandada el 16 de diciembre de 2022 y publicada el 17 de enero de 2023 en lo que respecta a la inclusión de la melamina (en lo sucesivo, «sustancia» o «melamina») en la lista de posibles sustancias sujetas a autorización por tratarse de una sustancia extremadamente preocupante (Substance of Very High Concern; en lo sucesivo, «SVHC») con arreglo al artículo 57 del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (en lo sucesivo, «Reglamento REACH») (en lo sucesivo, «decisión impugnada»).

Condene a la demandada a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en la violación del principio de buena administración por parte de la decisión impugnada. La decisión impugnada y la motivación en la que se sustenta para la identificación de la melanina como SVHC con arreglo a lo establecido en el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH se aparta de las orientaciones consolidadas. Como consecuencia de esta divergencia, no solo resulta difícil identificar la base científica en la que se apoya la conclusión de que puede establecerse un grado de preocupación equivalente, sino que además el enfoque poco claro e incoherente expuesto en la decisión impugnada y en la motivación en la que se sustenta no cumple los requisitos previos previstos en el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH. Por consiguiente, la decisión impugnada vulnera el principio de buena administración debido a la incoherencia de la correspondiente conducta administrativa y a la violación de la confianza legítima de las demandantes en lo que atañe al procedimiento, la apreciación subyacente y la toma de decisiones.

2.

Segundo motivo, basado en que la demandada no acreditó, de conformidad con los requisitos previos mencionados en el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH, que la melamina tenga posibles efectos graves para la salud humana y el medio ambiente que susciten un grado de preocupación equivalente al de los efectos identificados en el artículo 57, letras a) a e), del Reglamento REACH en la medida en que la decisión impugnada se basa en efectos que no resultan de las propiedades intrínsecas de la melamina y, por tanto, no deben ser tenidos en cuenta en la identificación de la melanina como sustancia extremadamente preocupante.

3.

Tercer motivo, basado en la violación del artículo 57, letra f), del Reglamento REACH, en la medida en que la demandada adoptó la decisión impugnada sin haber demostrado, basándose en pruebas científicas suficientes, que la melamina tenga posibles efectos graves para la salud humana o el medio ambiente que susciten un grado de preocupación equivalente al de otras sustancias que tienen propiedades peligrosas a las que se refiere el artículo 57, letras a) a e), del Reglamento REACH y, por tanto, la decisión impugnada incurre en un error manifiesto de apreciación.

4.

Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada viola el derecho de las demandantes a ser oídas y a formular observaciones sobre las nuevas pruebas presentadas exclusivamente al Comité de los Estados miembros. Las demandantes alegan, en esencia, que no se les dio la oportunidad de pronunciarse sobre todos los elementos de hecho y de Derecho que llevaron a la adopción de la decisión impugnada y que la demandada incurrió en error manifiesto al apreciar las nuevas pruebas aportadas.

5.

Quinto motivo, basado en que la decisión impugnada vulnera el principio de proporcionalidad, así como los principios de previsibilidad, protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica en la medida en que se identifica la melamina como SVHC y, por tanto, queda sujeta a control reglamentario, a pesar de estar considerada una sustancia alternativa adecuada frente a otras sustancias que ya están sujetas a un control reglamentario más severo en virtud del Reglamento REACH. Además, no puede considerarse que la identificación de la melamina como SVHC sea una medida adecuada en relación con el objetivo general de identificación de las SVHC, como sostiene la demandada.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/66


Recurso interpuesto el 27 de marzo de 2023 — Drinks Prod/EUIPO — Wolff e Illg (IGISAN)

(Asunto T-164/23)

(2023/C 179/92)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Drinks Prod SRL (Păntășești, Rumanía) (representante: I. Speciac, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Siegfried Wolff (Berlín, Alemania), Matthias Illg (Berlín)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión IGISAN — Solicitud de registro n.o 18329332

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de enero de 2023 en el asunto R 982/2022-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución dictada por la Sala de Recurso en el sentido de estimar el recurso interpuesto por la recurrente contra la resolución de la División de Oposición y, en consecuencia, obligar a la EUIPO a continuar el procedimiento de registro de la marca controvertida para todos los productos y servicios solicitados de las clases 3 y 5.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/67


Recurso interpuesto el 28 de marzo de 2023 — Arkema France/Comisión

(Asunto T-165/23)

(2023/C 179/93)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Arkema France (Colombes, Francia) (representantes: S. Dumon-Kappe y D. Todorova, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare admisible y fundado el presente recurso.

En consecuencia,

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/111, de la Comisión de 18 de enero de 2023, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia.

En cualquier caso, condene a la Comisión a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 9, apartado 1, y del artículo 21, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea. Este motivo, se divide en tres partes.

En la primera parte, se imputa a la demandada no haber tomado en consideración el conjunto de los intereses de la Unión y la oposición de los diferentes actores europeos al decidir continuar la investigación sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia a pesar de la retirada de la denuncia.

En la segunda parte, se imputa a la demandada haber incurrido en un error manifiesto de apreciación de los intereses de los usuarios al decidir establecer derechos antidumping definitivos aplicables a las importaciones de ácido graso originario de Indonesia.

En la tercera parte, se imputa a la Comisión haber vulnerado los principios generales de igualdad de trato y de confianza legítima al negarse a concluir la investigación antidumping sin adoptar medidas.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 1, apartado 1, y del artículo 3, apartado 6, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea.

La demandante sostiene, a este respecto, que la demandada sobrevaloró el impacto negativo sobre la industria de la Unión de las importaciones de ácido graso originario de Indonesia que no han causado ningún perjuicio material a la industria europea.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/68


Recurso interpuesto el 24 de marzo de 2023 — Borealis Agrolinz Melamine Deutschland y Cornerstone/ECHA

(Asunto T-167/23)

(2023/C 179/94)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Borealis Agrolinz Melamine Deutschland GmbH (Lutherstadt Wittenberg, Alemania) Cornerstone Chemical Co (Metairie, Luisiana, Estados Unidos) (representantes: R. Cana, E. Mullier y Z. Romata, abogados)

Demandada: Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Declare el recurso admisible y fundado.

Anule la decisión adoptada por la parte demandada de 16 de diciembre de 2022 y publicada el 17 de enero de 2023 en lo que respecta a la inclusión de la melamina (en lo sucesivo, «sustancia» o «melamina») en la lista de posibles sustancias sujetas a autorización por tratarse de una sustancia extremadamente preocupante (Substance of Very High Concern; en lo sucesivo, «SVHC») con arreglo al artículo 59 del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (en lo sucesivo, «Reglamento REACH») (en lo sucesivo, «decisión impugnada»).

Condene a la demandada a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la demandada infringió el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH e incurrió en un error manifiesto de apreciación. La demandada no acreditó, conforme a los criterios establecidos en el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH, que la sustancia tenga posibles efectos graves para la salud humana y el medio ambiente que susciten un grado de preocupación equivalente al de los efectos identificados en las letras a) a e) del artículo 57 del Reglamento REACH. En particular, la demandada incurrió en errores manifiestos sobre cada uno de los distintos aspectos de los criterios jurídicos previstos en el artículo 57, letra f), del Reglamento REACH, lo que invalida la conclusión general.

2.

Segundo motivo, basado en que la demandada no ha motivado su pretensión de establecer el grado de preocupación equivalente y los posibles efectos graves que la sustancia conlleva.

3.

Tercer motivo, en virtud del cual se cuestiona la proporcionalidad de la decisión impugnada. Según las demandantes, la decisión impugnada no es un medio adecuado para alcanzar los objetivos perseguidos por el régimen de autorización recogido en el Reglamento REACH, dado que la gran mayoría de usos de la sustancia quedarán exentos de dicha autorización. Aun cuando se persiguiera la identificación de la sustancia como una SVHC como un objetivo en sí mismo, existen medidas más adecuadas para lograr el objetivo de imponer obligaciones de información sobre las presuntas propiedades de la sustancia.

4.

Cuarto motivo, por el que se impugna que la demandada se apoyara en el principio de precaución para fundamentar la conclusión de que, a su juicio, la sustancia cumplía los requisitos del artículo 57, letra f), del Reglamento REACH. El artículo 57, letra f) constituye ya una expresión del principio de precaución y no puede utilizarse para justificar datos que no estén suficientemente contrastados o hipótesis que adolecen de errores.

5.

Quinto motivo, basado en que el derecho de las demandantes a ser oídas fue vulnerado durante en el proceso que llevó a la adopción de la decisión impugnada.

6.

Sexto motivo, basado en la que demandada actuó ultra vires al sobrepasar las competencias que ostenta e infringió el artículo 59, apartado 8, del Reglamento REACH al adoptar la decisión impugnada sin el acuerdo unánime del Comité de los Estados miembros de la Agencia (ECHA), que es un requisito procesal fundamental, al haberse abstenido cuatro Estados miembros.

7.

Séptimo motivo, basado en que la demandada incurrió en desviación de poder al utilizar el proceso de identificación como SVHC como modo de obtener la aceptación reglamentaria de los criterios en virtud de los cuales se consideró que la sustancia constituía un caso piloto, en vez de seguir por el objetivo marcado por el legislador.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/69


Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2023 — Amstel Brouwerij/EUIPO — Anheuser-Busch (ULTRA)

(Asunto T-170/23)

(2023/C 179/95)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Amstel Brouwerij BV (Ámsterdam, Países Bajos) (representante: T. Cohen Jehoram, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Anheuser-Busch LLC (St. Louis, Misuri, Estados Unidos de América)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión ULTRA — Marca de la Unión n.o 2895258

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de enero de 2023 en el asunto R 2088/2021-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/69


Recurso interpuesto el 30 de marzo de 2023 — Dendiki/EUIPO — D-Market (hepsiburada)

(Asunto T-172/23)

(2023/C 179/96)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Dendiki BV (Roosendaal, Países Bajos) (representantes: N. Ruyters y A. Klomp, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: D-Market Elektronik Hizmetler ve Ticaret Anonim Sirketi (Estambul, Turquía)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «hepsiburada» — Marca de la Unión n.o 17151796

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de enero de 2023 en el asunto R 639/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento, si interviene como coadyuvante.

Motivo invocado

Infracción del artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/70


Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Simpson Performance Products/EUIPO — Freundlieb (BANDIT)

(Asunto T-173/23)

(2023/C 179/97)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: Simpson Performance Products, Inc. (New Braunfels, Texas, Estados Unidos) (representante: J. Götz, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Andreas Freundlieb (Berlín, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Solicitud de marca denominativa de la Unión «BANDIT» — Solicitud n.o 18179533

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de enero de 2023 en el asunto R 784/2022-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Deniegue la solicitud de marca de la Unión n.o 18179533 BANDIT.

Con carácter subsidiario:

Devuelva el asunto a otra Sala de Recurso de la EUIPO para que resuelva de nuevo.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 107 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación con los artículos 3, apartado 1, y 20, apartado 3, de la Constitución de la República Federal de Alemania.

Infracción del Art. 94, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/71


Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — Hong Kong NetEase Interactive Entertainment/EUIPO — Medion (LifeAfter)

(Asunto T-175/23)

(2023/C 179/98)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Hong Kong NetEase Interactive Entertainment Ltd (Sheung Wan, Hong Kong, China) (representante: J. Carbonell Callicó, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Medion AG (Essen, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «LifeAfter» — Solicitud de registro n.o 17992446

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de diciembre de 2022 en el asunto R 557/2022-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada, acordando expresamente el registro de la marca de la Unión n.o 17992446.

Condene a la EUIPO y a la parte coadyuvante, Medion AG, a cargar con la totalidad de las costas correspondientes tanto al procedimiento ante el Tribunal General como al procedimiento ante la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/71


Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2023 — PT Musim Mas/Comisión

(Asunto T-176/23)

(2023/C 179/99)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: PT Musim Mas (Medan, Indonesia) (representantes: B. Servais y V. Crochet, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule íntegramente el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/111 de la Comisión, de 18 de enero de 2023, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia, en cuanto se refiere a la demandante.

Condene en costas a la Comisión y a cualquier parte coadyuvante que pudiera ser admitida a intervenir en apoyo de las pretensiones de la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en el hecho de que la Comisión incumplió el deber de motivación y vulneró el principio de buena administración al decidir no concluir la investigación habida cuenta de la retirada de la denuncia.

2.

Segundo motivo, basado en el hecho de que la Comisión infringió los artículos 21, apartado 1, y 9, apartado 4, del Reglamento de Base al no llegar a la conclusión de que la imposición de medidas no redundaba en interés de la Unión.

3.

Tercer motivo, basado en el hecho de que la Comisión infringió los artículos 2, apartados 3 y 6, y 9, apartado 4, del Reglamento de Base al emplear un margen de beneficio no razonable y calculado erróneamente para determinar el valor normal de los números de control del producto (NCP) vendido por la parte demandante en cantidades no representativas en el mercado interno.

4.

Cuarto motivo, basado en el hecho de que la Comisión incurrió en un error de Derecho al determinar el valor normal de cinco NCP que la parte demandante no vendía en absoluto en el mercado interno con arreglo al artículo 2, apartado 3, del Reglamento de Base sin haber apreciado con anterioridad si era posible determinar el valor normal de estos cinco NCP con base en el párrafo segundo del artículo 2, apartado 1, del Reglamento de Base.

5.

Quinto motivo, basado en el hecho de que la Comisión infringió el artículo 9, apartado 4, del Reglamento de Base al imponer un derecho antidumping superior al margen de dumping, ya que se empleó un índice de cambio incorrecto para convertir el valor neto de facturación y los valores de coste, seguro y flete de determinadas operaciones de ICOF Europe.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/72


Recurso interpuesto el 3 de abril de 2023 — Lacroix/EUIPO — Xingyu Safety Tech (ADAMAS)

(Asunto T-177/23)

(2023/C 179/100)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Nathalie Lacroix (Barcelona) (representantes: E. Sugrañes Coca y C. Sotomayor García, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Xingyu Safety Tech Co. Ltd (Gaomi, China)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión ADAMAS — Solicitud de registro n.o 18387424

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de enero de 2023 en el asunto R 2004/2022-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Ordene la modificación de la resolución impugnada en el sentido de que afirme que la solicitud de marca figurativa de la Unión ADAMAS, n.o 18387424, debe concederse para «ropa de deporte; calzado» en la clase 25 por inexistencia de riesgo de confusión entre las marcas comparadas, tras tener en cuenta las circunstancias relevantes del asunto.

Condene en costas a la EUIPO.

Con carácter subsidiario, en caso de que el Tribunal General deniegue las pretensiones formuladas a título principal, la parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada en cuanto deniega la protección de los bienes de la clase 25 objeto de la solicitud n.o 18387424.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/73


Recurso interpuesto el 5 de abril de 2023 — FFPE section Conseil/Consejo

(Asunto T-179/23)

(2023/C 179/101)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Fédération de la fonction publique européenne section Conseil (FFPE section Conseil) (Bruselas, Bélgica) (representantes: A. Champetier y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

declare el presente recurso admisible y fundado;

y, en consecuencia,

anule la resolución impugnada;

condene a la parte demandada al pago de 1 euro simbólico en concepto de reparación del perjuicio moral sufrido;

condene a la parte demandada a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de anulación de la nota del Consejo de 3 de abril de 2023 por la que se informa a la demandante de los resultados y las consecuencias del procedimiento de verificación incoado para con ella en aplicación del Acuerdo de 28 de marzo de 2006 celebrado entre el Consejo de la Unión Europea y las organizaciones sindicales o profesionales del personal de la Secretaría General del Consejo (en lo sucesivo, «Acuerdo»), la demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del Acuerdo y de la carta de mandato.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración del espíritu de cooperación leal derivado del Acuerdo, del principio de buena administración, del principio de proporcionalidad y del principio de ejecución de buena fe de los convenios.

3.

Tercer motivo, basado en la vulneración del derecho fundamental a la libertad sindical.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/74


Recurso interpuesto el 5 de abril de 2023 — L’Oréal/EUIPO — Samar’t Pharma (Bl blue pigment)

(Asunto T-180/23)

(2023/C 179/102)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: L’Oréal (París, Francia) (representantes: T. de Haan y S. Vandezande, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Samar’t Pharma, S. L. (Vilamalla, Gerona)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión Bl blue pigment — Solicitud de registro n.o 18338656

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 17 de enero de 2023 en el asunto R 1102/2022-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO y a la parte coadyuvante a cargar con las costas, incluidas aquellas en las que incurrió la recurrente en el procedimiento ante la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/74


Recurso interpuesto el 10 de abril de 2023 — Dermavita Company/EUIPO — Allergan Holdings France (JUVÉDERM)

(Asunto T-181/23)

(2023/C 179/103)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Dermavita Company S.a.r.l. (Beirut, Líbano) (representante: D. Todorov, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Allergan Holdings France SAS (Courbevoie, Francia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «JUVÉDERM» — Marca de la Unión n.o 5807169

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de febrero de 2023 en el asunto R 904/2022-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la parte recurrida y a la otra parte en el procedimiento a cargar con sus propias costas y con las de la demandante de anulación en relación con todas las fases del procedimiento de nulidad, incluidas las costas de los procedimientos ante la EUIPO y ante el Tribunal General.

Motivo invocado

Infracción de los artículos 95, apartado 1, 97, apartado 1, y 107 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/75


Recurso interpuesto el 11 de abril de 2023 — Puma/EUIPO — Société d’équipements de boulangerie pâtisserie (BERTRAND PUMA La griffe boulangère)

(Asunto T-184/23)

(2023/C 179/104)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Puma SE (Herzogenaurach, Alemania) (representantes: M. Schunke y P. Trieb, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Société d’équipements de boulangerie pâtisserie (Portes-Lès-Valence, Francia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión BERTRAND PUMA La griffe boulangère — Solicitud de registro n.o 18046533

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de enero de 2023 en el asunto R 2420/2020-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la parte recurrida, incluidas las incurridas ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/76


Recurso interpuesto el 11 de abril de 2023 — PT Permata Hijau Palm Oleo y PT Nubika Jaya/Comisión

(Asunto T-187/23)

(2023/C 179/105)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: PT Permata Hijau Palm Oleo (Medan, Indonesia), PT Nubika Jaya (Medan) (representantes: F. Graafsma y J. Cornelis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/111 de la Comisión, de 18 de enero de 2023, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de ácido graso originario de Indonesia. (1)

Condene a la Comisión Europea a cargar con las costas de las demandantes.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 17, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea («Reglamento de base»), en la medida en que se desestimó la solicitud presentada por las demandantes con el fin de que se examinaran los márgenes de dumping individuales.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción de los artículos 3, apartado 2, 9 apartados 1, 2 y 4, y 21, apartado 1 del Reglamento de base, así como los artículos 5.7 y 5.8 del Acuerdo antidumping (OMC), en la medida en que se decidió continuar la investigación y establecer derechos a pesar de la retirada de la denuncia.


(1)  DO 2023, L 18, p. 1.


22.5.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/76


Auto del Tribunal General de 28 de marzo de 2023 — Félix/Comisión

(Asunto T-784/21) (1)

(2023/C 179/106)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Quinta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 73 de 14.2.2022.