ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 104

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

66.° año
20 de marzo de 2023


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2023/C 104/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1

 

Tribunal de Justicia

2023/C 104/02

Decisión del Tribunal de Justicia, de 7 de febrero de 2023, relativa a los días feriados legales y a las vacaciones judiciales

2

 

Tribunal General

2023/C 104/03

Decisión del Tribunal General, de 15 de febrero de 2023, relativa a las vacaciones judiciales

3


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2023/C 104/04

Asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 2 de febrero de 2023 — Reino de España (C-649/20 P), Lico Leasing, S. A., Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S. A., (C-658/20 P) Caixabank, S. A., y otros (C-662/20 P) / Comisión Europea [Recurso de casación — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques (sistema español de arrendamiento fiscal) — Requisito de selectividad — Obligación de motivación — Principio de protección de la confianza legítima — Principio de seguridad jurídica — Recuperación de la ayuda]

4

2023/C 104/05

Asunto C-208/21, Towarzystwo Ubezpieczeń Ż (Contratos tipo de seguro engañosos): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — K.D. / Towarzystwo Ubezpieczeń Ż S.A. (Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Artículo 5 — Obligación de redactar las cláusulas contractuales de forma clara y comprensible — Directiva 2005/29/CE — Prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores — Artículo 3 — Ámbito de aplicación — Artículo 7 — Omisión engañosa — Artículo 13 — Sanciones — Contratos de seguro de vida de capital variable vinculados a fondos de inversión denominados unit-linked — Información sobre la naturaleza y la configuración del producto de seguro, así como sobre los riesgos que conlleva dicho producto — Contratos tipo engañosos — Entidad responsable — Consecuencias jurídicas)

5

2023/C 104/06

Asunto C-372/21, Freikirche der Siebenten-Tags-Adventisten in Deutschland: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Freikirche der Siebenten-Tags-Adventisten in Deutschland KdöR / Bildungsdirektion für Vorarlberg (Procedimiento prejudicial — Estatuto de las Iglesias y asociaciones o comunidades religiosas en los Estados miembros con arreglo al Derecho de la Unión — Artículo 17 TFUE, apartado 1 — Libertad de establecimiento — Artículo 49 TFUE — Restricciones — Justificación — Proporcionalidad — Subvenciones para un centro docente privado — Solicitud presentada por una asociación religiosa establecida en otro Estado miembro — Centro reconocido por dicha asociación como colegio confesional)

6

2023/C 104/07

Asunto C-676/21, Veronsaajien oikeudenvalvontayksikkö (Impuesto sobre automóviles): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — Procedimiento incoado por A (Procedimiento prejudicial — Tributos internos — Artículo 110 TFUE — Vehículos automóviles — Impuesto sobre automóviles — Vehículos de segunda mano importados de otros Estados miembros — Vehículos de segunda mano exportados a otros Estados miembros — Restitución de dicho impuesto en el momento de la exportación — Limitación de dicha restitución a los vehículos que hayan sido puestos en circulación hace menos de diez años)

7

2023/C 104/08

Asunto C-806/21, TF (Precursores de drogas): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Proceso penal contra TF [Procedimiento prejudicial — Precursores de drogas — Decisión Marco 2004/757/JAI — Artículo 2, apartado 1, letra d) — Persona implicada en el transporte y la distribución de precursores utilizados para la producción o la fabricación ilícita de drogas — Reglamento (CE) n.o 273/2004 — Sustancias catalogadas — Artículo 2 — Concepto de operador — Artículo 8, apartado 1 — Circunstancias que generan sospechas de que sustancias catalogadas pueden desviarse hacia la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias psicotrópicas — Obligación de notificación de estas circunstancias — Concepto de circunstancia — Alcance]

7

2023/C 104/09

Asuntos acumulados C-859/19, C-926/19 y C-929/19, FX y otros (Efectos de las sentencias de un Tribunal Constitucional III): Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 7 de noviembre de 2022 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Rumanía) — procesos penales seguidos contra FX, CS, ND (C-859/19), BR, CS, DT, EU, FV, GW (C-926/19) y CD, CLD, GLO, ŞDC, PVV (C-929/19) [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Lucha contra la corrupción — Protección de los intereses financieros de la Unión — Artículo 325 TFUE, apartado 1 — Convenio PIF — Decisión 2006/928/CE — Procesos penales — Sentencias de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional, Rumanía) relativas a la composición de las salas jurisdiccionales en casos de corrupción grave — Obligación de los jueces nacionales de dar plena efectividad a las resoluciones de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) — Responsabilidad disciplinaria de los jueces en caso de inobservancia de dichas resoluciones — Facultad de no aplicar las resoluciones de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) que no sean conformes con el Derecho de la Unión — Principio de primacía del Derecho de la Unión]

8

2023/C 104/10

Asunto C-104/21, RegioJet: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 26 de octubre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Úřad pro přístup k dopravní infrastruktuře — República Checa) — RegioJet a.s. / České dráhy a.s. (Procedimiento prejudicial — Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Artículo 267 TFUE — Concepto de órgano jurisdiccional — Criterios estructurales y funcionales — Ejercicio de funciones judiciales o administrativas — Directiva 2012/34/UE — Artículos 55 y 56 — Único organismo regulador nacional para el sector ferroviario — Autoridad de control sectorial independiente — Facultad para actuar de oficio — Potestad sancionadora — Decisiones que pueden ser objeto de un recurso judicial — Inadmisibilidad manifiesta de la petición de decisión prejudicial)

9

2023/C 104/11

Asunto C-260/21, Corporate Commercial Bank: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Okrazhen sad — Vidin — Bulgaria) — Corporate Commercial Bank, en liquidación / Elit Petrol AD (Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, 94 y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Procedimientos de insolvencia — Compensaciones recíprocas efectuadas con una entidad de crédito en concurso — Modificación retroactiva de las condiciones de ejecución de tales compensaciones — Normativa nacional declarada inconstitucional — Situación puramente interna — Inadmisibilidad manifiesta)

10

2023/C 104/12

Asunto C-459/21, The Navigator Company y Navigator Pulp Figueira: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 9 de diciembre de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — The Navigator Company, S. A., Navigator Pulp Figueira, S. A. / Autoridade Tributária e Aduaneira [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 176 — Exclusiones del derecho de deducción del IVA — Régimen menos favorable que el mecanismo de deducción de gastos establecido para un impuesto directo regulado por el Derecho nacional — Principio de equivalencia — Inaplicabilidad]

10

2023/C 104/13

Asunto C-566/21, S (Modificación de una cláusula abusiva): Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 7 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Cluj — Rumanía) — S / AA [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Respuesta a la cuestión prejudicial que puede deducirse claramente de la jurisprudencia o no suscita ninguna duda razonable — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Artículo 6, apartado 1 — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Contrato de préstamo denominado en divisas (franco suizo) — Efectos de la declaración del carácter abusivo de una cláusula — Facultad del juez nacional — Prohibición, en principio, de integrar el contrato modificando el contenido de la cláusula abusiva]

11

2023/C 104/14

Asunto C-669/21, Gencoal: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Juízo Central Cível da Póvoa de Varzim — Portugal) — Gencoal, S.A. / Conceito Norte — Consultadoria de Gestão, Lda., BT (Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Obligación de exponer el contexto fáctico y normativo del litigio principal y las razones que justifican la necesidad de una respuesta a la cuestión prejudicial — Falta de precisiones suficientes — Inadmisibilidad manifiesta)

12

2023/C 104/15

Asunto C-250/22, Fallimento Villa di Campo: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Fallimento Villa di Campo Srl / Agenzia delle Entrate (Procedimiento prejudicial — Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Exigencia de indicación de la relación existente entre las disposiciones del Derecho de la Unión cuya interpretación se solicita y la normativa nacional aplicable en el litigio principal — Falta de precisiones suficientes — Inadmisibilidad manifiesta)

12

2023/C 104/16

Asunto C-709/22, Syndyk Masy Upadłości A: Petición de decisión prejudicial planteada por el Wojewódzki Sąd Administracyjny we Wrocławiu (Polonia) el 17 de noviembre de 2022 — Syndyk Masy Upadłości A / Dyrektor Izby Administracji Skarbowej we Wrocławiu

13

2023/C 104/17

Asunto C-745/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias (Grecia) el 2 de diciembre de 2022 — Micreos Food Safety BV / Eniaios Foreas Elegchou Trofimon (E.F.E.T.)

14

2023/C 104/18

Asunto C-753/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 12 de diciembre de 2022 — QY / Bundesrepublik Deutschland

14

2023/C 104/19

Asunto C-757/22, Meta Platforms Ireland: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 15 de diciembre de 2022 — Meta Platforms Ireland Limited / Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e. V.

15

2023/C 104/20

Asunto C-1/23, Afrin: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance francophone de Bruxelles (Bélgica) el 2 de enero de 2023 — X, Y, A, legalmente representados por X e Y, B, leglamente representados por X e Y / État belge

16

2023/C 104/21

Asunto C-17/23 P: Recurso de casación interpuesto el 14 de enero de 2023 por Asociación Liberum y otros 926 recurrentes contra el auto del Tribunal General (Sala Quinta) dictado el 15 de noviembre de 2022 en el asunto T-476/22, Asociación Liberum y otros/ Parlamento Europeo y Consejo

16

2023/C 104/22

Asunto C-19/23: Recurso interpuesto el 18 de enero de 2023 — Reino de Dinamarca / Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

17

2023/C 104/23

Asunto C-43/23 P: Recurso de casación interpuesto el 28 de enero de 2023 por DL contra el auto del Tribunal General (Sala Quinta) dictado el 18 de noviembre de 2022 en el asunto T-586/22, DL / Parlamento y Consejo (*1) 

18

2023/C 104/24

Asunto C-59/23 P: Recurso de casación interpuesto el 6 de febrero de 2023 por la República de Austria contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 30 de noviembre de 2022 en el asunto T-101/18, Austria / Comisión

19

2023/C 104/25

Asunto C-153/21, Ministre de l’Immigration et de l’Asile: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif — Luxemburgo) — A, B, C, representado legalmente por sus padres / Ministre de l’Immigration et de l’Asile

20

2023/C 104/26

Asunto C-380/21, INPS: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 12 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS) / Ryanair DAC

20

2023/C 104/27

Asunto C-774/21 P: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 20 de diciembre de 2022 — NB / Tribunal de Justicia de la Unión Europea

20

2023/C 104/28

Asunto C-776/21, Alltours Flugreisen: Auto del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de 3 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Düsseldorf — Alemania) — EV / Alltours Flugreisen GmbH

21

2023/C 104/29

Asunto C-805/21, ZhU (Decomiso de un instrumento del delito): Auto del Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia de 14 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Procedimiento penal contra ZhU, RD

21

2023/C 104/30

Asunto C-41/22, Helvetia schweizerische Lebensversicherung: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Erfurt — Alemania) — XXX / Helvetia schweizerische Lebensversicherungs-AG

21

2023/C 104/31

Asunto C-202/22, TAP — Transportes Aéreos Portugueses: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 16 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto Juízo Local Cível da Maia — Portugal) — WH, NX / TAP — Transportes Aéreos Portugueses, SGPS, SA

21

2023/C 104/32

Asunto C-362/22, Ryanair: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 2 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti — Rumanía) — VS, TU, RW / Ryanair DAC

22

2023/C 104/33

Asunto C-373/22, NE: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Procedimiento penal contra NE

22

2023/C 104/34

Asunto C-388/22, flightright: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 9 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Frankfurt am Main — Alemania) — flightright GmbH / Transportes Aéreos Portugueses SA (TAP)

22

2023/C 104/35

Asunto C-578/22, flightright: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — flightright GmbH / TAP Portugal

22

 

Tribunal General

2023/C 104/36

Asunto T-164/20: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — BG/Parlamento (Función pública — Asistentes parlamentarios acreditados — Acoso psicológico — Artículo 12 bis del Estatuto — Solicitud de asistencia — Denegación de la solicitud — Artículo 24 del Estatuto — Comité consultivo para las quejas por acoso presentadas por asistentes parlamentarios acreditados contra diputados al Parlamento Europeo y la prevención de dicho acoso — Derecho a ser oído — Negativa a comunicar el dictamen del comité consultivo — Responsabilidad — Daño moral)

23

2023/C 104/37

Asunto T-659/20: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — SJ/Comisión (Directiva 2014/25/UE — Procedimientos de contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales — Decisión de Ejecución sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25 al transporte ferroviario de pasajeros en Suecia — Derecho de defensa — Derecho a ser oído)

23

2023/C 104/38

Asunto T-354/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — ClientEarth/Comisión [Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Régimen de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común — Reglamento (CE) n.o 1224/2009 — Documentación relativa a la aplicación del control de la pesca en Dinamarca y Francia — Denegación parcial de acceso — Excepción relativa a la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría — Presunción general de confidencialidad — Interés público superior — Convenio de Aarhus — Reglamento (CE) n.o 1367/2006]

24

2023/C 104/39

Asunto T-365/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — TJ/SEAE (Función pública — Personal del SEAE — Contratación — Convocatoria para proveer plaza vacante — Desestimación de candidatura — Artículo 98 del Estatuto — Concepto de miembro del personal de los servicios diplomáticos nacionales de los Estados miembros — Responsabilidad)

25

2023/C 104/40

Asunto T-470/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Klymenko/Consejo (Responsabilidad extracontractual — Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación de Ucrania — Lista de personas, entidades y organismos a los que se les aplica la inmovilización de fondos y recursos económicos — Prescripción — Inadmisibilidad parcial — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Daños morales — Realidad del daño — Nexo causal)

25

2023/C 104/41

Asunto T-558/21: Sentencia del Tribunal General de 1er de febrero de 2023 — Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi/EUIPO — Papouis Dairies (fino) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión fino Cyprus Halloumi Cheese — Marca colectiva denominativa anterior de la Unión HALLOUMI — Motivo de denegación relativo — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

27

2023/C 104/42

Asunto T-565/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi/EUIPO — Papouis Dairies (Papouis Halloumi) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión Papouis Halloumi — Marca colectiva denominativa anterior de la Unión HALLOUMI — Motivo de denegación relativo — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

27

2023/C 104/43

Asunto T-568/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Harbaoui/EUIPO — Google (GC GOOGLE CAR) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión GC GOOGLE CAR — Marca denominativa anterior de la Unión GOOGLE — Motivo de denegación relativo — Aprovechamiento indebido del carácter distintivo o la notoriedad de la marca anterior — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001]

28

2023/C 104/44

Asunto T-569/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Harbaoui/EUIPO — Google (GOOGLE CAR) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión GOOGLE CAR — Marca denominativa anterior de la Unión GOOGLE — Motivo de denegación relativo — Aprovechamiento indebido del carácter distintivo o la notoriedad de la marca anterior — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001]

29

2023/C 104/45

Asunto T-671/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — NFL Properties Europe/EUIPO — Groupe Duval (DUUUVAL) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión DUUUVAL — Marca figurativa anterior de la Unión GROUPE DUVAL — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

29

2023/C 104/46

Asunto T-772/21: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Brobet/EUIPO — Efbet Partners (efbet) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de caducidad — Marca figurativa de la Unión efbet — Uso efectivo de la marca — Artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Prueba del uso efectivo — Artículo 95 del Reglamento 2017/1001 — Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625]

30

2023/C 104/47

Asunto T-253/22: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Groschopp/EUIPO (Sustainability through Quality) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Sustainability through Quality — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

30

2023/C 104/48

Asunto T-319/22: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Krematorium am Waldfriedhof Schwäbisch Hall/EUIPO (aquamation) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión aquamation — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]

31

2023/C 104/49

Asunto T-349/22: Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Hacker-Pschorr Bräu/EUIPO — Vandělíková (HACKER SPACE) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión HACKER SPACE — Marcas denominativa anterior de la Unión HACKER-PSCHORR y figurativa anterior de la Unión Hacker Pschorr y marcas denominativas nacionales anteriores HACKERBRÄU y HACKER — Motivo de denegación relativo — Identificación del motivo en el que se basa la oposición — Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Artículo 2, apartado 2, letra c), del Reglamento Delegado (UE) 2018/625]

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2023/C 104/50

Asunto T-325/21: Auto del Tribunal General de 19 de enero de 2023 — Jeronimo Martins Polska/EUIPO — Aldi Einkauf (Vitalsss plus) (Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Retirada de la solicitud de registro — Sobreseimiento)

32

2023/C 104/51

Asunto T-708/21: Auto del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — NO/Comisión (Recurso por omisión — Vulneración del Derecho de la Unión por algunas autoridades irlandesas — Ayudas de Estado — Falta de requerimiento para actuar — Inadmisibilidad parcial — Prácticas colusorias — Abuso de posición dominante — Toma de posición de la Comisión — Sobreseimiento parcial)

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2023/C 104/52

Asunto T-15/22: Auto del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Motel One/EUIPO — Apartment One (APART MENT ONE SLEEP CLEVER.) (Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión APART MENT ONE SLEEP CLEVER. — Marcas figurativas anteriores de la Unión be one y motel one — Desaparición del objeto del litigio — Sobreseimiento)

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2023/C 104/53

Asunto T-706/22 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Nicoventures Trading y otros/Comisión (Procedimiento sobre medidas provisionales — Salud pública — Retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado — Demanda de medidas provisionales — Inexistencia de urgencia)

34

2023/C 104/54

Asunto T-771/22: Recurso interpuesto el 6 de diciembre de 2022 — NO/Comisión

35

2023/C 104/55

Asunto T-827/22: Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2022 — Wizz Air Hungary/Comisión

36

2023/C 104/56

Asunto T-6/23: Recurso interpuesto el 12 de enero de 2023 — UC/Consejo

36

2023/C 104/57

Asunto T-28/23: Recurso interpuesto el 27 de enero de 2023 — D&G Laboratories / EUIPO — Holpindus (aleva NATURALS)

38

2023/C 104/58

Asunto T-30/23: Recurso interpuesto el 30 de enero de 2023 — Fly Persia y Barmodeh/EUIPO — Dubai Aviation (flyPersia)

39

2023/C 104/59

Asunto T-32/23: Recurso interpuesto el 30 de enero de 2023 — Tradias/EUIPO — Triodos Bank (Tradias)

39

2023/C 104/60

Asunto T-34/23: Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2023 — Roche Diagnostics/EUIPO — SAS Di’X (AVENIO)

40

2023/C 104/61

Asunto T-42/23: Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2023 — Häcker Küchen/EUIPO — Moura & Moura (MH Cuisines)

41

2023/C 104/62

Asunto T-50/23: Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2023 — W.B. Studio/EUIPO — E.Land Italy (BELFE)

41

2023/C 104/63

Asunto T-51/23: Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2023 — OSR Enterprises/EUIPO — Möckel und Gramann (evolver)

42

2023/C 104/64

Asunto T-54/23: Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2023 — W.B. Studio/EUIPO — E.Land Italy (BF BELFE)

43

2023/C 104/65

Asunto T-623/17: Auto del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Previsión Sanitaria Nacional, PSN, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija/JUR

44

2023/C 104/66

Asunto T-776/19: Auto del Tribunal General de 30 de enero de 2023 — JIB Overseas/Comisión

44

2023/C 104/67

Asunto T-781/21: Auto del Tribunal General de 31 de enero de 2023 — EAA/Comisión

44

2023/C 104/68

Asunto T-782/21: Auto del Tribunal General de 31 de enero de 2023 — EAA/Comisión

44


 


ES

 

Por razones de protección de datos personales y/o confidenciales, algunas informaciones contenidas en esta edición ya no pueden ser divulgadas y, por lo tanto, una nueva versión auténtica ha sido publicada.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2023/C 104/01)

Última publicación

DO C 94 de 13.3.2023

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 83 de 6.3.2023

DO C 71 de 27.2.2023

DO C 63 de 20.2.2023

DO C 54 de 13.2.2023

DO C 45 de 6.2.2023

DO C 35 de 30.1.2023

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


Tribunal de Justicia

20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/2


DECISIÓN DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA

de 7 de febrero de 2023

relativa a los días feriados legales y a las vacaciones judiciales

(2023/C 104/02)

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA,

Visto el artículo 24, apartados 2, 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento,

Considerando que, con arreglo a dicha disposición, procede establecer la lista de los días feriados legales y fijar las fechas de las vacaciones judiciales,

ADOPTA LA SIGUIENTE DECISIÓN:

Artículo 1

La lista de los días feriados legales mencionada en el artículo 24, apartados 4 y 6, del Reglamento de Procedimiento será la siguiente:

El día de Año Nuevo,

El lunes de Pascua,

El 1 de mayo,

El 9 de mayo,

La Ascensión,

El lunes de Pentecostés,

El 23 de junio,

El 15 de agosto,

El 1 de noviembre,

El 25 de diciembre,

El 26 de diciembre.

Artículo 2

Para el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024, las fechas de las vacaciones judiciales a que se refiere el artículo 24, apartados 2 y 6, del Reglamento de Procedimiento serán las siguientes:

Navidad de 2023: del lunes 18 de diciembre de 2023 al domingo 7 de enero de 2024 inclusive,

Semana Santa de 2024: del lunes 25 de marzo de 2024 al domingo 7 de abril de 2024 inclusive,

Verano de 2024: del martes 16 de julio de 2024 al sábado 31 de agosto de 2024 inclusive.

Artículo 3

La presente decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, a 7 de febrero de 2023.

El Secretario

A. CALOT ESCOBAR

El Presidente

K. LENAERTS


Tribunal General

20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/3


DECISIÓN DEL TRIBUNAL GENERAL

de 15 de febrero de 2023

relativa a las vacaciones judiciales

(2023/C 104/03)

EL TRIBUNAL GENERAL,

Visto el artículo 41, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento,

ADOPTA LA SIGUIENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Para el año judicial que comienza el 1 de septiembre de 2023, las fechas de las vacaciones judiciales mencionadas en el artículo 41, apartados 2 y 6, del Reglamento de Procedimiento serán las siguientes:

Navidad de 2023: del lunes 18 de diciembre de 2023 al domingo 7 de enero de 2024 inclusive;

Semana Santa de 2024: del lunes 25 de marzo de 2024 al domingo 7 de abril de 2024 inclusive;

Verano de 2024: del martes 16 de julio de 2024 al sábado 31 de agosto de 2024 inclusive.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, a 16 de febrero de 2023.

El Secretario

E. COULON

El Presidente

M. VAN DER WOUDE


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 2 de febrero de 2023 — Reino de España (C-649/20 P), Lico Leasing, S. A., Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S. A., (C-658/20 P) Caixabank, S. A., y otros (C-662/20 P) / Comisión Europea

(Asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P) (1)

(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Artículo 107 TFUE, apartado 1 - Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques (sistema español de arrendamiento fiscal) - Requisito de selectividad - Obligación de motivación - Principio de protección de la confianza legítima - Principio de seguridad jurídica - Recuperación de la ayuda)

(2023/C 104/04)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrentes: Reino de España (representantes: S. Centeno Huerta, A. Gavela Llopis, I. Herranz Elizalde y S. Jiménez García, agentes) (C-649/20 P), Lico Leasing S. A., Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión S. A., (representantes: J. M. Rodríguez Cárcamo y M. A. Sánchez, abogados) (C-658/20 P), Caixabank, S. A., Asociación Española de Banca, Unicaja Banco, S. A., Liberbank, S. A., Banco de Sabadell, S. A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., Banco Santander, S. A., Santander Investment, S. A., Naviera Séneca, A. I. E., Industria de Diseño Textil, S. A. (Inditex), Naviera Nebulosa de Omega, A. I. E., Abanca Corporación Bancaria, S. A., Ibercaja Banco, S. A., Naviera Bósforo, A. I. E., Joyería Tous, S. A., Corporación Alimentaria Guissona, S. A., Naviera Muriola, A. I. E., Poal Investments XXI, S. L., Poal Investments XXII, S. L., Naviera Cabo Vilaboa C-1658 A. I. E., Naviera Cabo Domaio C-1659 A. I. E., Caamaño Sistemas Metálicos, S. L., Blumaq, S. A., Grupo Ibérica de Congelados, S. A., RNB, S. L., Inversiones Antaviana, S. L., Banco de Albacete, S. A., Bodegas Muga, S. L., Aluminios Cortizo S. A. U., (representantes: E. Abad Valdenebro, J. L. Buendía Sierra, R. Calvo Salinero y A. Lamadrid de Pablo, abogados) (C-662/20 P)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: J. Carpi Badía, V. Di Bucci, É. Gippini Fournier y P. Němečková, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de las partes recurrentes (C-662/20 P): Decal España, S. A. (representante: M.-J. Silva Sánchez, abogado)

Fallo

1)

Anular la sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020, España y otros/Comisión (T-515/13 RENV y T-719/13 RENV, EU:T:2020:434), en tanto en cuanto, mediante la misma, el Tribunal General desestimó los recursos por cuanto tenían por objeto la anulación del artículo 1 de la Decisión 2014/200/UE de la Comisión, de 17 de julio de 2013, relativa a la ayuda estatal SA.21233 C/11 (ex NN/11, ex CP 137/06) ejecutada por España — Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero, también conocidos como sistema español de arrendamiento fiscal, en la medida en que designa a las agrupaciones de interés económico y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada en dicha Decisión, y del artículo 4, apartado 1, de dicha Decisión, en la medida en que ordena al Reino de España que recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en esa misma Decisión de los inversores de las agrupaciones de interés económico que se beneficiaron de ella.

2)

Desestimar los recursos de casación en todo lo demás.

3)

Anular el artículo 1 de la Decisión 2014/200, en la medida en que designa a las agrupaciones de interés económico y sus inversores como únicos beneficiarios de la ayuda contemplada en esta Decisión.

4)

Anular el artículo 4, apartado 1, de la Decisión 2014/200, en la medida en que ordena al Reino de España que recupere íntegramente el importe de la ayuda contemplada en esta Decisión de los inversores de las agrupaciones de interés económico que se beneficiaron de ella.

5)

El Reino de España, Lico Leasing, S. A., y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S. A., así como Caixabank, S. A., Asociación Española de Banca, Unicaja Banco, S. A., Liberbank, S. A., Banco de Sabadell, S. A., Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., Banco Santander, S. A., Santander Investment, S. A., Naviera Séneca, A. I. E., Industria de Diseño Textil, S. A. (Inditex), Naviera Nebulosa de Omega, A. I. E., Abanca Corporación Bancaria, S. A., Ibercaja Banco, S. A., Naviera Bósforo, A. I. E., Joyería Tous, S. A., Corporación Alimentaria Guissona, S. A., Naviera Muriola, A. I. E., Poal Investments XXI, S. L., Poal Investments XXII, S. L., Naviera Cabo Vilaboa C-1658, A. I. E., Naviera Cabo Domaio C-1659, A. I. E., Caamaño Sistemas Metálicos, S. L., Blumaq, S. A., Grupo Ibérica de Congelados, S. A., RNB, S. L., Inversiones Antaviana, S. L., Banco de Albacete, S. A., Bodegas Muga, S. L., y Aluminios Cortizo, S. A. U., cargarán, además de con la totalidad de sus costas, con tres cuartas partes de las costas en que haya incurrido la Comisión Europea tanto en primera instancia como en los recursos de casación objeto del asunto C-128/16 P y de los asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P.

6)

Decal España, S. A., cargará con sus propias costas.

7)

La Comisión Europea cargará con un cuarto de las costas en que haya incurrido tanto en primera instancia como en los recursos de casación objeto del asunto C-128/16 P y de los asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P.


(1)   DO C 110 de 29.3.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — K.D. / Towarzystwo Ubezpieczeń Ż S.A.

[Asunto C-208/21, (1) Towarzystwo Ubezpieczeń Ż (Contratos tipo de seguro engañosos)]

(Procedimiento prejudicial - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Artículo 5 - Obligación de redactar las cláusulas contractuales de forma clara y comprensible - Directiva 2005/29/CE - Prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores - Artículo 3 - Ámbito de aplicación - Artículo 7 - Omisión engañosa - Artículo 13 - Sanciones - Contratos de seguro de vida de capital variable vinculados a fondos de inversión denominados «unit-linked» - Información sobre la naturaleza y la configuración del producto de seguro, así como sobre los riesgos que conlleva dicho producto - Contratos tipo engañosos - Entidad responsable - Consecuencias jurídicas)

(2023/C 104/05)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: K. D.

Demandada: Towarzystwo Ubezpieczeń Ż S.A.

Fallo

1)

El artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales»),

debe interpretarse en el sentido de que

puede constituir una «práctica comercial desleal», en el sentido de la citada disposición, la redacción por una empresa de seguros de un contrato colectivo tipo de seguro de vida de capital variable vinculado a un fondo de inversión que no permite al consumidor que se adhiere a dicho contrato colectivo a propuesta de una segunda empresa, tomadora del seguro, comprender la naturaleza y la configuración del producto de seguro ofrecido ni los riesgos que conlleva dicho producto, y de que esta empresa de seguros debe ser considerada responsable de tal práctica comercial desleal.

2)

El artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2005/29, en relación con el artículo 13 de esta,

debe interpretarse en el sentido de que

no se opone a una interpretación del Derecho nacional que confiere al consumidor que ha celebrado un contrato que tuvo lugar a raíz de la utilización de una práctica comercial desleal por parte de un comerciante el derecho a solicitar la anulación de dicho contrato.


(1)   DO C 289 de 19.7.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof — Austria) — Freikirche der Siebenten-Tags-Adventisten in Deutschland KdöR / Bildungsdirektion für Vorarlberg

(Asunto C-372/21, (1) Freikirche der Siebenten-Tags-Adventisten in Deutschland)

(Procedimiento prejudicial - Estatuto de las Iglesias y asociaciones o comunidades religiosas en los Estados miembros con arreglo al Derecho de la Unión - Artículo 17 TFUE, apartado 1 - Libertad de establecimiento - Artículo 49 TFUE - Restricciones - Justificación - Proporcionalidad - Subvenciones para un centro docente privado - Solicitud presentada por una asociación religiosa establecida en otro Estado miembro - Centro reconocido por dicha asociación como colegio confesional)

(2023/C 104/06)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Freikirche der Siebenten-Tags-Adventisten in Deutschland KdöR

Demandada: Bildungsdirektion für Vorarlberg

Fallo

1)

El artículo 17 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que no tiene por efecto sustraer del ámbito de aplicación del Derecho de la Unión una situación en la que una Iglesia, una asociación o una comunidad religiosa que dispone del estatuto de persona jurídica de Derecho público en un Estado miembro y que, en otro Estado miembro, reconoce y apoya, como colegio confesional, un centro docente privado solicita para este la concesión de una subvención que está reservada a las Iglesias, asociaciones y comunidades religiosas reconocidas con arreglo al Derecho de ese otro Estado miembro.

2)

El artículo 49 TFUE, en relación con el artículo 17 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que supedita la concesión de subvenciones públicas destinadas a los centros docentes privados reconocidos como colegios confesionales al requisito de que la Iglesia o la asociación religiosa que presenta la solicitud de subvención para tal centro esté reconocida conforme al Derecho del Estado miembro en cuestión, incluso cuando dicha Iglesia o asociación religiosa esté reconocida con arreglo al Derecho de su Estado miembro de origen.


(1)   DO C 382 de 20.9.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus — Finlandia) — Procedimiento incoado por A

[Asunto C-676/21, (1) Veronsaajien oikeudenvalvontayksikkö (Impuesto sobre automóviles)]

(Procedimiento prejudicial - Tributos internos - Artículo 110 TFUE - Vehículos automóviles - Impuesto sobre automóviles - Vehículos de segunda mano importados de otros Estados miembros - Vehículos de segunda mano exportados a otros Estados miembros - Restitución de dicho impuesto en el momento de la exportación - Limitación de dicha restitución a los vehículos que hayan sido puestos en circulación hace menos de diez años)

(2023/C 104/07)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandante: A

Con intervención de: Veronsaajien oikeudenvalvontayksikk

Fallo

El Derecho primario de la Unión, en particular el artículo 110 TFUE, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional según la cual un impuesto sobre automóviles, incluido en el valor de cada vehículo, no se restituye al propietario de un vehículo automóvil, en caso de exportación definitiva de ese vehículo para su uso en otro Estado miembro, cuando la primera puesta en circulación de dicho vehículo haya tenido lugar al menos diez años antes de esa exportación. Carece de relevancia, a este respecto, que ese vehículo estuviera destinado a ser utilizado de forma permanente y principal en el territorio del Estado miembro que ha recaudado el impuesto sobre automóviles y que el referido vehículo se utilizara también efectivamente de esta manera.


(1)   DO C 57 de 31.1.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de febrero de 2023 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Proceso penal contra TF

[Asunto C-806/21, (1) TF (Precursores de drogas)]

(Procedimiento prejudicial - Precursores de drogas - Decisión Marco 2004/757/JAI - Artículo 2, apartado 1, letra d) - Persona implicada en el transporte y la distribución de precursores utilizados para la producción o la fabricación ilícita de drogas - Reglamento (CE) n.o 273/2004 - Sustancias catalogadas - Artículo 2 - Concepto de «operador» - Artículo 8, apartado 1 - Circunstancias que generan sospechas de que sustancias catalogadas pueden desviarse hacia la fabricación ilícita de estupefacientes o de sustancias psicotrópicas - Obligación de notificación de estas circunstancias - Concepto de «circunstancia» - Alcance)

(2023/C 104/08)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Hoge Raad der Nederlanden

Parte en el proceso principal

TF

Con la intervención de: Openbaar Ministerie

Fallo

El artículo 2, letra d), del Reglamento (CE) n.o 273/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, sobre precursores de drogas, en su versión modificada por el Reglamento (UE) n.o 1258/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013,

debe interpretarse en el sentido de que

una persona que participa, en el marco de una actividad ilegal, en la puesta en el mercado de sustancias catalogadas en la Unión Europea no tiene la consideración de «operador» en el sentido de dicha disposición.


(1)   DO C 138 de 28.3.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/8


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 7 de noviembre de 2022 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Rumanía) — procesos penales seguidos contra FX, CS, ND (C-859/19), BR, CS, DT, EU, FV, GW (C-926/19) y CD, CLD, GLO, ŞDC, PVV (C-929/19)

[Asuntos acumulados C-859/19, C-926/19 y C-929/19, (1) FX y otros (Efectos de las sentencias de un Tribunal Constitucional III)]

(«Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo - Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Lucha contra la corrupción - Protección de los intereses financieros de la Unión - Artículo 325 TFUE, apartado 1 - Convenio PIF - Decisión 2006/928/CE - Procesos penales - Sentencias de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional, Rumanía) relativas a la composición de las salas jurisdiccionales en casos de corrupción grave - Obligación de los jueces nacionales de dar plena efectividad a las resoluciones de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) - Responsabilidad disciplinaria de los jueces en caso de inobservancia de dichas resoluciones - Facultad de no aplicar las resoluciones de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) que no sean conformes con el Derecho de la Unión - Principio de primacía del Derecho de la Unión»)

(2023/C 104/09)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie

Partes en los procesos penales principales

FX, CS, ND (C-859/19), BR, CS, DT, EU, FV, GW (C-926/19) y CD, CLD, GLO, ŞDC, PVV (C-929/19)

Con intervención de: Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Direcţia Națională Anticorupție (C-859/19, C-926/19 y C-929/19), Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Direcţia de Investigare a Infracțiunilor de Criminalitate Organizată și Terorism — Structura Centrală (C-926/19), Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Secția pentru Investigarea Infracțiunilor din Justiţie (C-926/19), Agenţia Naţională de Administrare Fiscală (C-926/19 y C-929/19), HX (C-926/19), IY (C-926/19), SC Uranus Junior 2003 SRL (C-926/19) y SC Complexul Energetic Oltenia SA (C-929/19),

Fallo

1)

El artículo 325 TFUE, apartado 1, en relación con el artículo 2 del Convenio establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, firmado en Bruselas el 26 de julio de 1995, y la Decisión 2006/928/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Rumanía para cumplir indicadores concretos en materia de reforma judicial y lucha contra la corrupción,

deben interpretarse en el sentido de que

se oponen a una normativa o a una práctica nacional según la cual las sentencias en materia de corrupción y de fraude en el impuesto sobre el valor añadido que no hayan sido dictadas en primera instancia por salas especializadas en esta materia, o en apelación por salas en las que todos los miembros hayan sido designados por sorteo, son nulas de pleno derecho, de manera que los asuntos de corrupción y de fraude en el impuesto sobre el valor añadido en cuestión deben volver a examinarse en primera y/o en segunda instancia —en su caso, a raíz de un recurso extraordinario contra sentencias firmes—, en la medida en que la aplicación de dicha normativa o de dicha práctica nacional pueda generar un riesgo sistémico de impunidad de los hechos constitutivos de delitos graves de fraude que afecten a los intereses financieros de la Unión o de corrupción en general. La obligación de garantizar que tales delitos son objeto de sanciones penales eficaces y disuasorias no dispensa al órgano jurisdiccional remitente de verificar el necesario respeto de los derechos fundamentales garantizados en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Las exigencias derivadas de dicho artículo 47, párrafo segundo, primera frase, no obstan para la no aplicación de una normativa o práctica nacional de ese tipo cuando pueda generar tal riesgo sistémico de impunidad.

2)

Los artículos 2 TUE y 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, así como la Decisión 2006/928

deben interpretarse en el sentido de que

no se oponen a una normativa o a una práctica nacional según la cual las resoluciones del Tribunal Constitucional nacional vinculan a los órganos jurisdiccionales ordinarios, siempre que el Derecho nacional garantice la independencia de dicho Tribunal Constitucional, en particular respecto de los poderes legislativo y ejecutivo, como se exige en esas disposiciones. En cambio, tales disposiciones del Tratado UE y la citada Decisión deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional según la cual toda inobservancia de las resoluciones del Tribunal Constitucional nacional por parte de los jueces nacionales ordinarios puede hacer que estos incurran en responsabilidad disciplinaria.

3)

El principio de primacía del Derecho de la Unión debe interpretarse en el sentido de que se opone a una normativa o a una práctica nacional según la cual los órganos jurisdiccionales nacionales ordinarios están vinculados por las resoluciones del Tribunal Constitucional nacional y, en consecuencia, no pueden por su propia iniciativa, so pena de cometer una infracción disciplinaria, dejar inaplicada la jurisprudencia emanada de dichas resoluciones cuando consideren, a la luz de una sentencia del Tribunal de Justicia, que esa jurisprudencia es contraria al artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, al artículo 325 TFUE, apartado 1, o a la Decisión 2006/928.


(1)   DO C 201 de 15.6.2020.


20.3.2023   

ES

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C 104/9


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 26 de octubre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Úřad pro přístup k dopravní infrastruktuře — República Checa) — RegioJet a.s. / České dráhy a.s.

(Asunto C-104/21, (1) RegioJet)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Artículo 267 TFUE - Concepto de «órgano jurisdiccional» - Criterios estructurales y funcionales - Ejercicio de funciones judiciales o administrativas - Directiva 2012/34/UE - Artículos 55 y 56 - Único organismo regulador nacional para el sector ferroviario - Autoridad de control sectorial independiente - Facultad para actuar de oficio - Potestad sancionadora - Decisiones que pueden ser objeto de un recurso judicial - Inadmisibilidad manifiesta de la petición de decisión prejudicial)

(2023/C 104/10)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Úřad pro přístup k dopravní infrastruktuře

Partes en el procedimiento principal

Demandante: RegioJet a.s.

Demandada: České dráhy a.s.

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por el Úřad pro přístup k dopravní infrastruktuře (Organismo Regulador del Acceso a las Infraestructuras de Transportes, República Checa), mediante resolución de 19 de febrero de 2021, es manifiestamente inadmisible.


(1)   DO C 148 de 26.4.2021.


20.3.2023   

ES

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C 104/10


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Okrazhen sad — Vidin — Bulgaria) — Corporate Commercial Bank, en liquidación / Elit Petrol AD

(Asunto C-260/21, (1) Corporate Commercial Bank)

(Procedimiento prejudicial - Artículos 53, apartado 2, 94 y 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Procedimientos de insolvencia - Compensaciones recíprocas efectuadas con una entidad de crédito en concurso - Modificación retroactiva de las condiciones de ejecución de tales compensaciones - Normativa nacional declarada inconstitucional - Situación puramente interna - Inadmisibilidad manifiesta)

(2023/C 104/11)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Okrazhen sad — Vidin

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Corporate Commercial Bank, en liquidación

Demandada: Elit Petrol AD

Fallo

1.

El artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que un Estado miembro adopte normas generales relativas a la compensación en el contexto de un concurso bancario, aunque sean retroactivas.

2.

Las cuestiones prejudiciales primera a cuarta y sexta planteadas por el Okrazhen sad Vidin (Tribunal Provincial de Vidin, Bulgaria) son manifiestamente inadmisibles.


(1)   DO C 252 de 28.6.2021.


20.3.2023   

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C 104/10


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 9 de diciembre de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — The Navigator Company, S. A., Navigator Pulp Figueira, S. A. / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-459/21, (1) The Navigator Company y Navigator Pulp Figueira)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 176 - Exclusiones del derecho de deducción del IVA - Régimen menos favorable que el mecanismo de deducción de gastos establecido para un impuesto directo regulado por el Derecho nacional - Principio de equivalencia - Inaplicabilidad)

(2023/C 104/12)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: The Navigator Company, S. A., Navigator Pulp Figueira, S. A.

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Fallo

El principio de equivalencia debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional, mantenida en virtud del artículo 176, párrafo segundo, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, que establece una exclusión total o parcial del derecho a deducir el IVA abonado por gastos de determinados vehículos, de desplazamiento y de alojamiento y por gastos de representación, aun cuando, desde el punto de vista de su deducibilidad, dichos gastos se beneficien de un régimen supuestamente más favorable en el contexto de un impuesto directo regulado por el Derecho nacional.


(1)   DO C 11 de 10.1.2022.


20.3.2023   

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C 104/11


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 7 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Curtea de Apel Cluj — Rumanía) — S / AA

[Asunto C-566/21, (1) S (Modificación de una cláusula abusiva)]

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Respuesta a la cuestión prejudicial que puede deducirse claramente de la jurisprudencia o no suscita ninguna duda razonable - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Artículo 6, apartado 1 - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Contrato de préstamo denominado en divisas (franco suizo) - Efectos de la declaración del carácter abusivo de una cláusula - Facultad del juez nacional - Prohibición, en principio, de integrar el contrato modificando el contenido de la cláusula abusiva)

(2023/C 104/13)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Curtea de Apel Cluj

Partes en el procedimiento principal

Demandante: S

Demandada: AA

Fallo

El artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores,

debe interpretarse en el sentido de que

se opone a que el órgano jurisdiccional nacional, que ha declarado el carácter abusivo de una cláusula contenida en un contrato de préstamo celebrado entre un profesional y un consumidor y cuya supresión no impide la subsistencia del contrato, modifique el alcance de esa cláusula de manera que la facultad, solo prevista en favor del profesional, de efectuar, en determinadas circunstancias, la conversión en moneda nacional de la divisa en la que estaba denominado ese contrato, se sustituya por la obligación de hacerlo a petición del consumidor.


(1)   DO C 2 de 3.1.2022.


20.3.2023   

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C 104/12


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 14 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Juízo Central Cível da Póvoa de Varzim — Portugal) — Gencoal, S.A. / Conceito Norte — Consultadoria de Gestão, Lda., BT

(Asunto C-669/21, (1) Gencoal)

(Procedimiento prejudicial - Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Obligación de exponer el contexto fáctico y normativo del litigio principal y las razones que justifican la necesidad de una respuesta a la cuestión prejudicial - Falta de precisiones suficientes - Inadmisibilidad manifiesta)

(2023/C 104/14)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Juízo Central Cível da Póvoa de Varzim

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Gencoal, S.A.

Demandadas: Conceito Norte — Consultadoria de Gestão, Lda., BT

Con intervención de: Companhia de Seguros Allianz Portugal, S.A.

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto — Juízo Central Cível da Póvoa de Varzim (Tribunal de Primera Instancia de Oporto — Juzgado Central de lo Civil de Póvoa de Varzim, Portugal), mediante resolución de 21 de octubre de 2021, es manifiestamente inadmisible.


(1)   DO C 64 de 7.2.2022.


20.3.2023   

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C 104/12


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 21 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Fallimento Villa di Campo Srl / Agenzia delle Entrate

(Asunto C-250/22, (1) Fallimento Villa di Campo)

(Procedimiento prejudicial - Artículos 53, apartado 2, y 94 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Exigencia de indicación de la relación existente entre las disposiciones del Derecho de la Unión cuya interpretación se solicita y la normativa nacional aplicable en el litigio principal - Falta de precisiones suficientes - Inadmisibilidad manifiesta)

(2023/C 104/15)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte suprema di cassazione

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Fallimento Villa di Campo Srl

Demandada: Agenzia delle Entrate

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di Cassazione (Tribunal Supremo de Casación, Italia), mediante resolución de 31 de marzo de 2022, es manifiestamente inadmisible.


(1)   DO C 266 de 11.7.2022.


20.3.2023   

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C 104/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Wojewódzki Sąd Administracyjny we Wrocławiu (Polonia) el 17 de noviembre de 2022 — Syndyk Masy Upadłości A / Dyrektor Izby Administracji Skarbowej we Wrocławiu

(Asunto C-709/22, Syndyk Masy Upadłości A)

(2023/C 104/16)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Wojewódzki Sąd Administracyjny we Wrocławiu

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Syndyk Masy Upadłości A

Recurrida: Dyrektor Izby Administracji Skarbowej we Wrocławiu

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/310 del Consejo, de 18 de febrero de 2019, por la que se autoriza a Polonia a introducir una medida especial de excepción a lo dispuesto en el artículo 226 de la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (2) en especial, sus artículos 395 y 273, y los principios de proporcionalidad y de neutralidad en el sentido de que se oponen a una disposición y a una práctica nacionales que, en las circunstancias del litigio de que se trata, impiden que se autorice al administrador concursal a transferir los fondos depositados en la cuenta del IVA del sujeto pasivo (mecanismo de pago fraccionado) a la cuenta bancaria indicada por este?

2)

¿Debe interpretarse el artículo 17, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea —derecho a la propiedad—, en relación con los artículos 51, apartado 1, y 52, apartado 1, de la Carta, en el sentido de que se oponen a una disposición y a una práctica nacionales que, en las circunstancias del litigio de que se trata, al impedir que se autorice al administrador concursal a transferir los fondos depositados en la cuenta del IVA del sujeto pasivo (mecanismo de pago fraccionado), provocan, en consecuencia, que queden bloqueados en la citada cuenta del IVA los fondos financieros que son propiedad de un sujeto pasivo concursado y, por consiguiente, impiden al administrador concursal cumplir sus obligaciones durante el procedimiento concursal?

3)

¿Deben interpretarse el principio del Estado de Derecho resultante del artículo 2 del Tratado de la Unión Europea y el principio de seguridad jurídica que supone la realización de aquel, el principio de cooperación leal resultante del artículo 4 TUE, apartado 3, y el principio de buena administración resultante del artículo 41, apartado 1, de la Carta, habida cuenta del contexto y de los objetivos de la Decisión 2019/310 del Consejo y de las disposiciones de la Directiva 2006/112, en el sentido de que se oponen a una práctica nacional que, al impedir que se autorice al administrador concursal a transferir los fondos depositados en la cuenta del IVA del sujeto pasivo (mecanismo de pago fraccionado), pretende desvirtuar los objetivos de un procedimiento concursal, para el que, según ha determinado el tribunal f, tienen competencia los órganos jurisdiccionales polacos a efectos del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2015, sobre procedimientos de insolvencia (texto refundido) (3) y, en consecuencia, genera una situación a resultas de la cual, a raíz de la aplicación de una medida nacional inadecuada, se favorece a la Hacienda Pública como acreedor, a expensas del conjunto de los acreedores?


(1)   DO 2019, L 51, p. 19.

(2)   DO 2006, L 347, p. 1.

(3)   DO 2015, L 141, p. 19.


20.3.2023   

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C 104/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Symvoulio tis Epikrateias (Grecia) el 2 de diciembre de 2022 — Micreos Food Safety BV / Eniaios Foreas Elegchou Trofimon (E.F.E.T.)

(Asunto C-745/22)

(2023/C 104/17)

Lengua de procedimiento: griego

Órgano jurisdiccional remitente

Symvoulio tis Epikrateias

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Micreos Food Safety BV

Recurrida: Eniaios Foreas Elegchou Trofimon (E.F.E.T.)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el Reglamento (CE) n.o 853/2004 (1) en el sentido de que está comprendido en el ámbito de aplicación de su artículo 3, apartado 2 (por lo que su comercialización en el mercado europeo está sujeta a la autorización previa de la Comisión con arreglo al artículo 11 bis del Reglamento) un producto como el Listex™ P100 de la recurrente, que tiene las características descritas en el dictamen correspondiente de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) de 7 de julio de 2016 y que, además, según la recurrente, se aplica fuera de los mataderos durante las últimas fases del proceso de producción y no está destinado a eliminar la contaminación de superficie de los productos de origen animal, sino a prevenir esta contaminación?

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial:

2)

¿Debe interpretarse el Reglamento (CE) n.o 1333/2008 (2) en el sentido de que el citado producto de la recurrente constituye un aditivo alimentario o un coadyuvante tecnológico [artículo 3, apartado 2, letras a) y b), del Reglamento n.o 1333/2008]?


(1)  Reglamento (CE) n.o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establecen normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DO 2004, L 139, p. 55).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1331/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por el que se establece un procedimiento de autorización común para los aditivos, las enzimas y los aromas alimentarios (DO 2008, L 354, p. 16).


20.3.2023   

ES

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C 104/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Alemania) el 12 de diciembre de 2022 — QY / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-753/22)

(2023/C 104/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante y recurrente en casación: QY

Demandada y recurrida en casación: Bundesrepublik Deutschland

Cuestión prejudicial

En el supuesto de que un Estado miembro no pueda hacer uso de la facultad que le otorga el artículo 33, apartado 2, letra a), de la Directiva 2013/32/UE (1) para denegar por inadmisible una solicitud de protección internacional a la vista de la concesión del estatuto de refugiado en otro Estado miembro, debido a que las condiciones de vida en este Estado miembro expondrían al solicitante a un peligro grave de tratos inhumanos o degradantes en el sentido del artículo 4 de la Carta, ¿deben interpretarse los artículos 3, apartado 1, segunda frase, del Reglamento (UE) n.o 604/2013, (2) el artículo 4, apartado 1, segunda frase, y el artículo 13 de la Directiva 2011/95/UE, (3) así como los artículos 10, apartados 2 y 3, y artículo 33, apartados 1 y 2, letra a), de la Directiva 2013/32, en el sentido de que el hecho de que ya se haya concedido el estatuto de refugiado impide al Estado miembro examinar la solicitud de protección internacional que se le ha presentado sin perjuicio de cual fuera el resultado, obligándole a conceder el estatuto de refugiado al solicitante sin examinar los requisitos sustantivos de dicha protección?


(1)  Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (refundición) (DO 2013, L 180, p. 60).

(2)  Reglamento (UE) n.o 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (Texto refundido) (DO 2013, L 180, p. 31).

(3)  Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida (refundición) (DO 2011, L 337, p. 9).


20.3.2023   

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C 104/15


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 15 de diciembre de 2022 — Meta Platforms Ireland Limited / Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e. V.

(Asunto C-757/22, Meta Platforms Ireland)

(2023/C 104/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Meta Platforms Ireland Limited

Recurrida en casación: Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e. V.

Cuestión prejudicial

¿Procede considerar que una asociación de defensa de los intereses de los consumidores que basa una demanda en la supuesta vulneración de los derechos de un interesado porque no se han cumplido las obligaciones de información sobre los fines del tratamiento y el destinatario de los datos personales, con arreglo al artículo 12, apartado 1, primera frase, en relación con el artículo 13, apartado 1, letras c) y e), del Reglamento General de Protección de Datos, (1) está alegando una vulneración de derechos «como consecuencia de un tratamiento», en el sentido del artículo 80, apartado 2, de dicho Reglamento?


(1)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).


20.3.2023   

ES

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C 104/16


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance francophone de Bruxelles (Bélgica) el 2 de enero de 2023 — X, Y, A, legalmente representados por X e Y, B, leglamente representados por X e Y / État belge

(Asunto C-1/23, Afrin (1))

(2023/C 104/20)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal de première instance francophone de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: X, Y, A, legalmente representados por X e Y, B, legalmente representados por X e Y

Demandada: État belge

Cuestión prejudicial

¿Es compatible con el artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2003/86/CE, (2) eventualmente puesto en relación con el objetivo perseguido por esa misma Directiva de favorecer la reagrupación familiar, con los artículos 23 y 24 de la Directiva 2011/95/UE, (3) con los artículos 7 y 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales (4) y con la obligación de garantizar el efecto útil del Derecho de la Unión, la normativa de un Estado miembro que solo permite a los miembros de la familia de una persona a la que se ha reconocido la condición de refugiado presentar una solicitud de entrada y de residencia en una representación diplomática de dicho Estado, incluso en el supuesto de que estos no puedan desplazarse a dicha representación?


(1)  La denominación del presente asunto es ficticia. No se corresponde con el nombre de ninguna parte en el procedimiento.

(2)  Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar (DO 2003, L 251, p. 12).

(3)  Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida (refundición) (DO 2011, L 337, p. 9).

(4)  Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.


20.3.2023   

ES

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C 104/16


Recurso de casación interpuesto el 14 de enero de 2023 por Asociación Liberum y otros 926 recurrentes contra el auto del Tribunal General (Sala Quinta) dictado el 15 de noviembre de 2022 en el asunto T-476/22, Asociación Liberum y otros/ Parlamento Europeo y Consejo

(Asunto C-17/23 P)

(2023/C 104/21)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrentes: Asociación Liberum y 926 recurrentes (L. M. Pardo Rodríguez, y F. Feliù Pamplona, abogados)

Otras partes en el procedimiento: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

Que se dicte sentencia anulando el auto del Tribunal General de 15 de noviembre de 2022, Asociación Liberum y otros/Parlamento y Consejo, T-476/22, EU:T:2022:714. En la medida en que el Tribunal de Justicia considere que el estado del procedimiento lo permite, desestime la excepción de inadmisibilidad, declare el recurso admisible y devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie sobre el fondo o, con carácter subsidiario, declare que la medida controvertida afecta directamente a los recurrentes y devuelva el asunto al Tribunal General para que se pronuncie sobre la afectación individual o acumule esta cuestión al fondo del asunto.

Que se condene al Parlamento Europeo y al Consejo a pagar las costas del procedimiento ante el TGUE.

Que se condene al Parlamento Europeo y al Consejo a pagar las costas del presente procedimiento.

Que se conceda a los recurrentes cualquier otro remedio adicional que considere apropiado en derecho.

Motivos y principales alegaciones

1.

Mediante el primer motivo los recurrentes consideran lesionada la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 47 de la CDFUE, en relación con el artículo 126 del Reglamento de procedimiento del TGUE, y estiman que el Tribunal General incumplió la obligación de motivación, ya que desnaturalizó el objeto de su recurso al estimar que este se correspondía con «una obligación de vacunarse», reproducid[o] en el apartado 4, 8, 7, 9, 10, 11, del auto recurrido. En consecuencia, se fundamenta el primer motivo en un error de Derecho como consecuencia de la falta de base jurídica válida de la decisión recurrida.

2.

Mediante el segundo motivo los recurrentes consideran lesionada la tutela judicial efectiva consagrada en el artículo 47 de la CDFUE, en relación con el art. 263 del TFUE, y el artículo 19 TUE y, por último, estiman que el Tribunal no interpretó correctamente las alegaciones formuladas por los demandantes en primera instancia. Nadie niega que el artículo 263 TFUE, párrafo cuarto, supuso una ampliación de la legitimación activa de las personas físicas y jurídicas. A juicio de los recurrentes, el Tribunal ha interpretado el artículo 263 TFUE, párrafo cuarto, de forma excesivamente restrictiva y ha obviado las exigencias de la tutela judicial efectiva.


20.3.2023   

ES

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C 104/17


Recurso interpuesto el 18 de enero de 2023 — Reino de Dinamarca / Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

(Asunto C-19/23)

(2023/C 104/22)

Lengua de procedimiento: danés

Partes

Demandante: Reino de Dinamarca (representantes: C. Mærtens, M. P. Brøchner Jespersen y J. Farver Kronborg, agentes)

Demandadas: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones de la parte demandante

La parte demandante solicita, con carácter principal, al Tribunal de Justicia que:

Anule la Directiva (UE) 2022/2041 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.

Condene en costas al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea.

Con carácter subsidiario, la parte demandante solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule el artículo 4, apartado 1, letra d), de la Directiva (UE) 20252/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.

Anule el artículo 4, apartado 2, de la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de octubre de 2022, sobre unos salarios mínimos adecuados en la Unión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de la pretensión principal, el Gobierno alega en primer lugar que, al adoptar la Directiva impugnada, las demandadas vulneraron el principio de atribución de competencias e infringieron el artículo 153 TFUE, apartado 5. La Directiva impugnada atenta directamente contra la determinación del nivel de los salarios en los Estados miembros y hace referencia al derecho de asociación, que está excluido del ámbito de competencias del legislador de la Unión conforme al artículo 153 TFUE, apartado 5.

En apoyo de la pretensión principal, el Gobierno alega en segundo lugar que la Directiva impugnada no podía ser válidamente adoptada con arreglo al artículo 153 TFUE, apartado 1, letra b). Ello obedece a que la Directiva persigue tanto el objetivo fijado en el artículo 153 TFUE, apartado 1, letra b), como el objetivo establecido en el artículo 153 TFUE, apartado 1, letra f). Este último objetivo no es accesorio del primero y presupone el uso de un procedimiento de adopción de decisiones que difiere del que se siguió cuando se adoptó la Directiva impugnada (véase el artículo 153 TFUE, apartado 2). Los dos procedimientos de adopción de decisiones son incompatibles ya que la adopción de actos en virtud del artículo 153 TFUE, apartado 1, letra f) — contrariamente a lo que ocurre con aquellos actos adoptados en virtud del artículo 153 TFUE, apartado 1, letra b) — exige la unanimidad (véase el artículo 153 TFUE, apartado 2).

En apoyo de su pretensión formulada con carácter subsidiario, el Gobierno sostiene que, al adoptar el artículo 4, apartados 1, letra d), y 2, de la Directiva impugnada, las demandadas violaron el principio de atribución de competencias e infringieron el artículo 153 TFUE, apartado 5. Estas disposiciones atentan directamente contra la determinación del nivel de los salarios en los Estados miembros y hacen referencia al derecho de asociación, que está excluido del ámbito de competencias del legislador de la Unión conforme al artículo 153 TFUE, apartado 5.


(1)   DO 2022, L 275, p. 33.


20.3.2023   

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C 104/18


Recurso de casación interpuesto el 28 de enero de 2023 por DL (*1) contra el auto del Tribunal General (Sala Quinta) dictado el 18 de noviembre de 2022 en el asunto T-586/22, DL (*1) / Parlamento y Consejo

(Asunto C-43/23 P)

(2023/C 104/23)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: DL (*1) (representante: S. Manna, avocate)

Otras partes en el procedimiento: Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El recurrente solicita al Tribunal de Justicia que anule el auto T-586/22 dictado el 18 de noviembre de 2022 en su totalidad, debido a que el Tribunal General incurrió en varios errores de Derecho.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de casación, el recurrente alega cinco motivos.

El primer motivo de casación se basa en el error en el que incurre el Tribunal General debido a la desnaturalización de los motivos invocados por el DL (*1). Se alega que el Tribunal General se pronunció sobre el asunto como si el DL (*1) se basara en la libertad de circulación en la Unión Europea, siendo así que su demanda se basaba en el derecho a la salud y a la vida.

El segundo motivo de casación se basa en el error de Derecho sobre el requisito de que el Reglamento impugnado afecte directamente a la situación jurídica del recurrente. Se alega que el Tribunal General declaró que los Reglamentos impugnados no afectaban a la situación jurídica del recurrente debido a que se limitan a establecer un marco técnico.

Según el recurrente, aun cuando el Reglamento (UE) 2022/1034 establezca un marco técnico, afecta directamente a su situación jurídica y a la de cualquier ciudadano de la Unión Europea que desee disponer de un certificado digital europeo COVID-19.

El tercer motivo de casación se basa en el error de Derecho sobre el requisito relativo a la facultad de apreciación de los destinatarios del acto impugnado. Se alega que el Tribunal General declaró que los Reglamentos impugnados se limitan a establecer un marco técnico para cuya aplicación los Estado miembros gozan de una facultad de apreciación que impide considerar que dichos Reglamentos sean de aplicación automática.

Según el recurrente, en el presente caso se trata sin embargo de un Reglamento de alcance general que establece un marco técnico para poder conceder a todo ciudadano europeo un certificado COVID-19 digital directamente aplicable en el Derecho nacional. En su opinión, los Estados miembros no gozan de facultad de apreciación alguna: o bien su certificado COVID-19 nacional cumple los requisitos establecidos en el Reglamento y el ciudadano obtiene un certificado COVID-19 digital europeo, o bien no los cumple y el ciudadano no obtiene dicho certificado.

El cuarto motivo de casación se basa en el error de Derecho sobre la aptitud del recurso para procurar un beneficio personal a la parte que lo ha interpuesto. Según el recurrente, el Tribunal General declaró que la anulación de los Reglamentos impugnados no puede procurar ningún beneficio a los ciudadanos debido a que únicamente establecen un marco técnico. Ahora bien, en su opinión, no puede negarse que la anulación de los Reglamentos impugnados, por lo que respecta a sus disposiciones relativas a la concesión del certificado COVID digital europeo a quienes no se hayan realizado pruebas de diagnóstico, permitirá proteger la salud y la vida de los ciudadanos de la Unión Europea.

El quinto motivo de casación se basa en la no observancia del principio de proporcionalidad por la decisión de prolongar la aplicación de la norma hasta el 30 de junio de 2023. Se alega que el Tribunal General declaró que se había respetado el principio de proporcionalidad «dadas las incertidumbres que siguen existiendo en cuanto a la evolución futura de la pandemia». Sin embargo, según el recurrente, el Tribunal General invoca aquí el principio de cautela que es distinto del principio de proporcionalidad que exige una justificación, en el presente caso científica, y no vagas conjeturas.


(*1)  Datos suprimidos o sustituidos en el marco de la protección de datos personales y/o confidenciales.


20.3.2023   

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C 104/19


Recurso de casación interpuesto el 6 de febrero de 2023 por la República de Austria contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 30 de noviembre de 2022 en el asunto T-101/18, Austria / Comisión

(Asunto C-59/23 P)

(2023/C 104/24)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: República de Austria (representantes: M. Klamert y F. Koppensteiner, en calidad de agentes, y H. Kristoferitsch, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Gran Ducado de Luxemburgo, República Checa, República Francesa, Hungría, República de Polonia, República Eslovaca, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte

Pretensiones de las partes recurrentes

La República de Austria solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule en su totalidad la sentencia del Tribunal General de 30 de noviembre de 2022 en el asunto T-101/18, Austria/Comisión.

Estime en su totalidad la pretensión formulada en primera instancia de que se declare la nulidad de la Decisión (UE) 2017/2112 de la Comisión, de 6 de marzo de 2017, sobre la medida/el régimen de ayudas/la ayuda estatal SA.38454 — 2015/C (ex 2015/N) que Hungría tiene previsto ejecutar en apoyo de la construcción de dos nuevos reactores en la central nuclear Paks II. (1)

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

La República de Austria invoca cuatro motivos de casación.

1.

Primer motivo de casación, basado en que no se llevó a cabo un procedimiento de licitación.

Alega que la sentencia recurrida resulta contraria a Derecho por cuanto que, contrariamente a la opinión del Tribunal General, el hecho de no llevar a cabo un procedimiento de licitación influye en el procedimiento de ayuda y convierte la Decisión impugnada en contraria a Derecho.

2.

Segundo motivo de casación, basado en el carácter desproporcionado de la medida.

Aduce que la sentencia recurrida confirma de manera errónea el carácter suficiente del examen de la proporcionalidad efectuado por la Comisión. Esto es tanto más así por cuanto que, por una parte, no está claro en qué consiste exactamente la ayuda, y, por otro, no se ha determinado su equivalente de subvención.

3.

Tercer motivo de casación, basado en una distorsión desproporcionada de la competencia y la creación de una posición dominante en el mercado.

Considera que el Tribunal General negó erróneamente la existencia de una distorsión desproporcionada de la competencia y la creación de una posición dominante en el mercado. En su opinión, el Tribunal General pasa por alto que, debido al cierre de la central nuclear Paks I se liberan capacidades energéticas que generan competencia en un mercado de la electricidad liberalizado. Además, Paks I y II funcionan en paralelo durante un período de tiempo superior al previsto. No se garantiza la independencia de ambas empresas.

4.

Cuarto motivo de casación, basado en la determinación insuficiente de la ayuda.

Señala que el Tribunal General niega erróneamente que los elementos de la ayuda han sido determinados de manera insuficiente. El hecho de no llevar a cabo un procedimiento de licitación, la falta de consideración de los costes de la financiación externa, así como el cálculo deficiente de un equivalente de subvención constituyen todos ellos indicios de que el importe de la ayuda se ha determinado de manera insuficiente.


(1)   DO 2017, L 317, p. 45.


20.3.2023   

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C 104/20


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal administratif — Luxemburgo) — A, B, C, representado legalmente por sus padres / Ministre de l’Immigration et de l’Asile

(Asunto C-153/21, (1) Ministre de l’Immigration et de l’Asile)

(2023/C 104/25)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 189 de 17.5.2021.


20.3.2023   

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C 104/20


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 12 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione — Italia) — Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS) / Ryanair DAC

(Asunto C-380/21, (1) INPS)

(2023/C 104/26)

Lengua de procedimiento: italiano

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 349 de 30.8.2021.


20.3.2023   

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C 104/20


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 20 de diciembre de 2022 — NB / Tribunal de Justicia de la Unión Europea

(Asunto C-774/21 P) (1)

(2023/C 104/27)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 198 de 16.5.2022.


20.3.2023   

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C 104/21


Auto del Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia de 3 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Düsseldorf — Alemania) — EV / Alltours Flugreisen GmbH

(Asunto C-776/21, (1) Alltours Flugreisen)

(2023/C 104/28)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente de la Sala Segunda del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 138 de 28.3.2022.


20.3.2023   

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C 104/21


Auto del Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia de 14 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Procedimiento penal contra ZhU, RD

[Asunto C-805/21, (1) ZhU (Decomiso de un instrumento del delito)]

(2023/C 104/29)

Lengua de procedimiento: búlgaro

El Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 138 de 28.3.2022.


20.3.2023   

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C 104/21


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 21 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Erfurt — Alemania) — XXX / Helvetia schweizerische Lebensversicherungs-AG

(Asunto C-41/22, (1) Helvetia schweizerische Lebensversicherung)

(2023/C 104/30)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 198 de 16.5.2022.


20.3.2023   

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C 104/21


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 16 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Judicial da Comarca do Porto Juízo Local Cível da Maia — Portugal) — WH, NX / TAP — Transportes Aéreos Portugueses, SGPS, SA

(Asunto C-202/22, (1) TAP — Transportes Aéreos Portugueses)

(2023/C 104/31)

Lengua de procedimiento: portugués

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 244 de 27.6.2022.


20.3.2023   

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C 104/22


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 2 de diciembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti — Rumanía) — VS, TU, RW / Ryanair DAC

(Asunto C-362/22, (1) Ryanair)

(2023/C 104/32)

Lengua de procedimiento: rumano

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 368 de 26.9.2022.


20.3.2023   

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C 104/22


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Procedimiento penal contra NE

(Asunto C-373/22, (1) NE)

(2023/C 104/33)

Lengua de procedimiento: búlgaro

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 359 de 19.9.2022.


20.3.2023   

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C 104/22


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 9 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Amtsgericht Frankfurt am Main — Alemania) — flightright GmbH / Transportes Aéreos Portugueses SA (TAP)

(Asunto C-388/22, (1) flightright)

(2023/C 104/34)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 318 de 22.8.2022.


20.3.2023   

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C 104/22


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 7 de noviembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Frankfurt am Main — Alemania) — flightright GmbH / TAP Portugal

(Asunto C-578/22, (1) flightright)

(2023/C 104/35)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 441 de 21.12.2022.


Tribunal General

20.3.2023   

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C 104/23


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — BG/Parlamento

(Asunto T-164/20) (1)

(«Función pública - Asistentes parlamentarios acreditados - Acoso psicológico - Artículo 12 bis del Estatuto - Solicitud de asistencia - Denegación de la solicitud - Artículo 24 del Estatuto - Comité consultivo para las quejas por acoso presentadas por asistentes parlamentarios acreditados contra diputados al Parlamento Europeo y la prevención de dicho acoso - Derecho a ser oído - Negativa a comunicar el dictamen del comité consultivo - Responsabilidad - Daño moral»)

(2023/C 104/36)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: BG (representantes: A. Tymen, L. Levi y A. Champetier, abogadas)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: M. Windisch, C. González Argüelles e I. Lázaro Betancor, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, la demandante solicita, por un lado, la anulación de la resolución del Parlamento Europeo de 20 de mayo de 2019, por la que la autoridad facultada para proceder a la contratación de la demandante denegó su solicitud de asistencia, y, por otro lado, la reparación del daño moral que sostiene haber sufrido.

Fallo

1)

Anular la resolución del Parlamento Europeo de 20 de mayo de 2019, por la que se denegó la solicitud de asistencia formulada por BG.

2)

Condenar al Parlamento Europeo a abonar a BG la cantidad de 2 500 euros en concepto de compensación del daño moral sufrido.

3)

Condenar en costas al Parlamento Europeo.


(1)   DO C 201 de 15.6.2020.


20.3.2023   

ES

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C 104/23


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — SJ/Comisión

(Asunto T-659/20) (1)

(«Directiva 2014/25/UE - Procedimientos de contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales - Decisión de Ejecución sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25 al transporte ferroviario de pasajeros en Suecia - Derecho de defensa - Derecho a ser oído»)

(2023/C 104/37)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: SJ AB (Estocolmo, Suecia) (representantes: J. Karlsson y M. Johansson, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: S. Baches Opi, P. Ondrůšek y G. Wils, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: Reino de Suecia (representantes: M. Salborn Hodgson, H. Eklinder, C. Meyer-Seitz, A. Runeskjöld, H. Shev, R. Shahsavan Eriksson y O. Simonsson, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación del artículo 2 de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1193 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo al transporte ferroviario de pasajeros en Suecia (DO 2020, L 262, p. 18), mediante el que la Comisión Europea decidió que la Directiva 2014/25/UE del Parlamento europeo del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (DO 2014, L 94, p. 243), seguiría aplicándose a los contratos adjudicados por entidades adjudicadoras y destinados a posibilitar actividades relacionadas con la prestación de servicios de transporte ferroviario de pasajeros de carácter comercial que fueran a llevarse a cabo en territorio de Suecia.

Fallo

1)

Anular el artículo 2 de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1193 de la Comisión, de 2 de julio de 2020, sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo al transporte ferroviario de pasajeros en Suecia.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.

3)

El Reino de Suecia cargará con sus propias costas.


(1)   DO C 28 de 25.1.2021.


20.3.2023   

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C 104/24


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — ClientEarth/Comisión

(Asunto T-354/21) (1)

(«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Régimen de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común - Reglamento (CE) n.o 1224/2009 - Documentación relativa a la aplicación del control de la pesca en Dinamarca y Francia - Denegación parcial de acceso - Excepción relativa a la protección del objetivo de las actividades de inspección, investigación y auditoría - Presunción general de confidencialidad - Interés público superior - Convenio de Aarhus - Reglamento (CE) n.o 1367/2006»)

(2023/C 104/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica) (representantes: O. Brouwer, T. Oeyen y T. van Helfteren, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: C. Ehrbar, G. Gattinara y A. Spina, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión C(2021) 4348 final de la Comisión, de 7 de abril de 2021, por la que se deniega el acceso a determinados documentos solicitados con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43), y al Reglamento (CE) n.o 1367/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente (DO 2006, L 264, p. 13).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ClientEarth AISBL.


(1)   DO C 329 de 16.8.2021.


20.3.2023   

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C 104/25


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — TJ/SEAE

(Asunto T-365/21) (1)

(«Función pública - Personal del SEAE - Contratación - Convocatoria para proveer plaza vacante - Desestimación de candidatura - Artículo 98 del Estatuto - Concepto de “miembro del personal de los servicios diplomáticos nacionales de los Estados miembros” - Responsabilidad»)

(2023/C 104/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: TJ (representantes: A. Véghely, V. Luszcz y D. Karsai, abogados)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt y R. Spáč, agentes, asistidos por M. Troncoso Ferrer, F.-M. Hislaire y L. Lence de Frutos, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 270 TFUE, la demandante solicita, por un lado, la anulación de la resolución del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) de 4 de septiembre de 2020, por la que este desestimó su candidatura para el puesto de [datos confidenciales ocultos], y de la resolución de 23 de julio de 2020, por la que se nombró a A para ocupar ese mismo puesto, y, por otra parte, la reparación de los daños materiales y psicológicos que sostiene haber sufrido como consecuencia de ello.

Fallo

1)

Anular la resolución de 4 de septiembre de 2020 del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), por la que se desestimó la candidatura de TJ presentada en el marco de la convocatoria para proveer plaza vacante [datos confidenciales ocultos].

2)

Anular la resolución de 23 de julio de 2020 de la SEAE, por la que se nombró a A para ocupar ese puesto.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

El SEAE cargará, además de con sus propias costas, con las de TJ.


(1)   DO C 368 de 13.9.2021.


20.3.2023   

ES

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C 104/25


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Klymenko/Consejo

(Asunto T-470/21) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación de Ucrania - Lista de personas, entidades y organismos a los que se les aplica la inmovilización de fondos y recursos económicos - Prescripción - Inadmisibilidad parcial - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares - Daños morales - Realidad del daño - Nexo causal»)

(2023/C 104/40)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Oleksandr Viktorovych Klymenko (Moscú, Rusia) (representante: M. Cessieux, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Lejeune y A. Vitro, agentes)

Parte coadyuvante de la demandada: Comisión Europea (representantes: C. Giolito y M. Carpus Carcea, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 268 TFUE, la parte demandante solicita la reparación de los daños y perjuicios que afirma haber sufrido como consecuencia de la adopción, en primer lugar, de la Decisión (PESC) 2015/364 del Consejo, de 5 de marzo de 2015, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2015, L 62, p. 25), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/357 del Consejo, de 5 de marzo de 2015, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2015, L 62, p. 1), en segundo lugar, la Decisión (PESC) 2016/318 del Consejo, de 4 de marzo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2016, L 60, p. 76), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/311 del Consejo, de 4 de marzo de 2016, por el que se aplica el reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2016, L 60, p. 1), en tercer lugar, la Decisión (PESC) 2017/381 del Consejo, de 3 de marzo de 2017, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2017, L 58, p. 34), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/374 del Consejo, de 3 de marzo de 2017, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2017, L 58, p. 1), en cuarto, lugar, la Decisión (PESC) 2018/333 del Consejo, de 5 de marzo de 2018, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2018, L 63, p. 48), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/326 del Consejo, de 5 de marzo de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2018, L 63, p. 5), en quinto lugar, la Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 7), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 1), en sexto lugar, la Decisión (PESC) 2020/373 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2020, L 71, p. 10), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/370 del Consejo, de 5 de marzo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2020, L 71, p. 1), y, en séptimo lugar, la Decisión (PESC) 2021/394 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2021, L 77, p. 29), y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/391 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2021, L 77, p. 2), mediante los que se lo mantuvo en la lista de personas y entidades a las que se aplicaban las medidas restrictivas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso por ser en parte inadmisible y en parte infundado.

2)

Condenar al Sr. Oleksandr Viktorovych Klymenko a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)   DO C 412 de 11.10.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/27


Sentencia del Tribunal General de 1er de febrero de 2023 — Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi/EUIPO — Papouis Dairies (fino)

(Asunto T-558/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión fino Cyprus Halloumi Cheese - Marca colectiva denominativa anterior de la Unión HALLOUMI - Motivo de denegación relativo - Similitud entre los signos - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2023/C 104/41)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi (Nicosia, Chipre) (representantes: C. Milbradt, abogada, y S. Malynicz, Barrister)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Gája, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Papouis Dairies Ltd (Nicosia) (representantes: A. Pomares Caballero y M. Pomares Caballero, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) du 29 de abril de 2021 (asunto R 578/2019-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y Papouis Dairies Ltd.


(1)   DO C 452 de 8.11.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/27


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi/EUIPO — Papouis Dairies (Papouis Halloumi)

(Asunto T-565/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión Papouis Halloumi - Marca colectiva denominativa anterior de la Unión HALLOUMI - Motivo de denegación relativo - Similitud entre los signos - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2023/C 104/42)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi (Nicosia, Chipre) (representantes: C. Milbradt, abogada, y S. Malynicz, Barrister)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Gája, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Papouis Dairies Ltd (Nicosia) (representantes: A. Pomares Caballero y M. Pomares Caballero, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 29 de abril de 2021 (asunto R 575/2019-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi a cargar con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) y con las de Papouis Dairies Ltd.


(1)   DO C 452 de 8.11.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/28


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Harbaoui/EUIPO — Google (GC GOOGLE CAR)

(Asunto T-568/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión GC GOOGLE CAR - Marca denominativa anterior de la Unión GOOGLE - Motivo de denegación relativo - Aprovechamiento indebido del carácter distintivo o la notoriedad de la marca anterior - Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 104/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Zoubier Harbaoui (París, Francia) (representante: A. Bove, abogada)

Recurridas: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: L. Lapinskaite, M. Eberl y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Google LLC (Mountain View, California, Estados Unidos) (representantes: M. Kinkeldey y C. Schmitt, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la Decisión de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 18 de junio de 2021 (asunto R 902/2020-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Zoubier Harbaoui.


(1)   DO C 431 de 25.10.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/29


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Harbaoui/EUIPO — Google (GOOGLE CAR)

(Asunto T-569/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión GOOGLE CAR - Marca denominativa anterior de la Unión GOOGLE - Motivo de denegación relativo - Aprovechamiento indebido del carácter distintivo o la notoriedad de la marca anterior - Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 104/44)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Zoubier Harbaoui (París, Francia) (representante: A. Bove, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: L. Lapinskaite, M. Eberl y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Google LLC (Mountain View, California, Estados Unidos) (representantes: M. Kinkeldey y C. Schmitt, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la Decisión de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de junio de 2021 (asunto R 904/2020-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Zoubier Harbaoui.


(1)   DO C 431 de 25.10.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/29


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — NFL Properties Europe/EUIPO — Groupe Duval (DUUUVAL)

(Asunto T-671/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión DUUUVAL - Marca figurativa anterior de la Unión GROUPE DUVAL - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 104/45)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: NFL Properties Europe GmbH (Eschborn, Alemania) (representantes: M. Kloth, R. Briske, D. Habel y M. Tillwich, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: I. Harrington, J. Ivanauskas y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Groupe Duval (Boulogne-Billancourt, Francia)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 4 de agosto de 2021 (asunto R 243/2021-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a NFL Properties Europe GmbH.


(1)   DO C 11 de 10.1.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/30


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Brobet/EUIPO — Efbet Partners (efbet)

(Asunto T-772/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de caducidad - Marca figurativa de la Unión efbet - Uso efectivo de la marca - Artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Prueba del uso efectivo - Artículo 95 del Reglamento 2017/1001 - Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625»)

(2023/C 104/46)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Brobet ltd. (Ta’Xbiex, Malta) (representante: F. Bojinova, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: N. Lamsters y D. Hanf, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Efbet Partners OOD (Sofía, Bulgaria)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación parcial de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 22 de septiembre de 2021 (asunto R 624/2021-2).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Brobet ltd.


(1)   DO C 73 de 14.2.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/30


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Groschopp/EUIPO (Sustainability through Quality)

(Asunto T-253/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión Sustainability through Quality - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 104/47)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Groschopp AG Drives & More (Viersen, Alemania) (representante: R. Schiffer, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Ringelhann y T. Klee, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 1 de marzo de 2022 (asunto R 1076/2020-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Groschopp AG Drives & More.


(1)   DO C 237 de 20.6.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/31


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Krematorium am Waldfriedhof Schwäbisch Hall/EUIPO (aquamation)

(Asunto T-319/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión aquamation - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2023/C 104/48)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Krematorium am Waldfriedhof Schwäbisch Hall GmbH & Co. KG (Schwäbisch Hall, Alemania) (representantes: F. Dehn, L. Maritzen y C. Kleiner, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Stoyanova-Valchanova y D. Hanf, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 29 de marzo de 2022 (asunto R 2154/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Las partes cargarán con sus propias costas.


(1)   DO C 276 de 18.7.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/32


Sentencia del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — Hacker-Pschorr Bräu/EUIPO — Vandělíková (HACKER SPACE)

(Asunto T-349/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión HACKER SPACE - Marcas denominativa anterior de la Unión HACKER-PSCHORR y figurativa anterior de la Unión Hacker Pschorr y marcas denominativas nacionales anteriores HACKERBRÄU y HACKER - Motivo de denegación relativo - Identificación del motivo en el que se basa la oposición - Artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Artículo 2, apartado 2, letra c), del Reglamento Delegado (UE) 2018/625»)

(2023/C 104/49)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Hacker-Pschorr Bräu GmbH (Múnich, Alemania) (representantes: C. Tenkhoff y T. Herzog, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Stoyanova-Valchanova y D. Hanf, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Jana Vandělíková (Praga, República Checa)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 1 de abril de 2022 (asunto R 1268/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)   DO C 284 de 25.7.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/32


Auto del Tribunal General de 19 de enero de 2023 — Jeronimo Martins Polska/EUIPO — Aldi Einkauf (Vitalsss plus)

(Asunto T-325/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Retirada de la solicitud de registro - Sobreseimiento»)

(2023/C 104/50)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Jeronimo Martins Polska S.A. (Kostrzyn, Polonia) (representantes: E. Jaroszyńska-Kozłowska y R. Skubisz, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: T. Frydendahl y D. Gája, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Aldi Einkauf SE & Co. OHG (Essen, Alemania) (representantes: N. Lützenrath, C. Fürsen, M. Minkner y A. Starcke, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la parte recurrente solicita la anulación de la Decisión de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 7 de abril de 2021 (asuntos R 503/2020-1 y R 647/2020-1).

Fallo

1)

Sobreseer el presente recurso.

2)

Condenar a Jeronimo Martins Polska S.A. a cargar, además de con sus propias costas, con las costas de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

3)

Aldi Einkauf SE & Co. OHG cargará con sus propias costas.


(1)   DO C 297 de 26.7.2021.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/33


Auto del Tribunal General de 1 de febrero de 2023 — NO/Comisión

(Asunto T-708/21) (1)

(«Recurso por omisión - Vulneración del Derecho de la Unión por algunas autoridades irlandesas - Ayudas de Estado - Falta de requerimiento para actuar - Inadmisibilidad parcial - Prácticas colusorias - Abuso de posición dominante - Toma de posición de la Comisión - Sobreseimiento parcial»)

(2023/C 104/51)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: NO (representante: E. Smart, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: I. Barcew, P. Caro de Sousa y L. Nicolae, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 265 TFUE, el demandante solicita al Tribunal General que declare que la Comisión Europea se abstuvo ilegalmente de pronunciarse sobre sus denuncias presentadas en los días 7 y 26 de mayo de 2020, sobre su escrito de información de 27 de mayo de 2021 y sobre su requerimiento de 28 de junio de 2021.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso en lo relativo a las pretensiones con las que se persigue que se declare que la Comisión Europea no se pronunció sobre las denuncias relativas a la infracción, en Irlanda, de los artículos 101 TFUE y 102 TFUE y del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos [101 TFUE y 102 TFUE].

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás por inadmisible.

3)

Condenar en costas NO.


(1)   DO C 84 de 21.2.2022.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/34


Auto del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Motel One/EUIPO — Apartment One (APART MENT ONE SLEEP CLEVER.)

(Asunto T-15/22) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión APART MENT ONE SLEEP CLEVER. - Marcas figurativas anteriores de la Unión be one y motel one - Desaparición del objeto del litigio - Sobreseimiento»)

(2023/C 104/52)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Motel One GmbH (Múnich, Alemania) (representantes: M. Hartmann, S. Fröhlich y H. Lerchl, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y T. Klee, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Apartment One GbR (Grasbrunn, Alemania)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 20 de octubre de 2021 (asunto R 564/2021-5), relativa a un procedimiento de oposición entre la propia recurrente y la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso, Apartment One GbR.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso.

2)

Condenar en costas a Motel One GmbH.


(1)   DO C 84 de 21.2.2022.


20.3.2023   

ES

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C 104/34


Auto del Presidente del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Nicoventures Trading y otros/Comisión

(Asunto T-706/22 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Salud pública - Retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado - Demanda de medidas provisionales - Inexistencia de urgencia»)

(2023/C 104/53)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Nicoventures Trading Ltd (Londres, Reino Unido), y las otras 5 partes demandantes cuyos nombres figuran en el anexo del auto (representantes: L. Van den Hende, M. Schonberg, J. Penz-Evren y P. Wytinck, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: H. van Vliet, A. Becker y F. van Schaik, agentes)

Objeto

Mediante su demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE, los demandantes solicitan, por un lado, en esencia, la suspensión de la ejecución de la Directiva Delegada (UE) 2022/2100 de la Comisión, de 29 de junio de 2022, por la que se modifica la Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la retirada de determinadas excepciones aplicables a los productos de tabaco calentado (DO 2022, L 283, p. 4), y, por otro lado, la concesión de cualquier otra medida provisional adecuada.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Reservar la decisión sobre las costas.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/35


Recurso interpuesto el 6 de diciembre de 2022 — NO/Comisión

(Asunto T-771/22)

(2023/C 104/54)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: NO (representante: E. Smartt, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión de 27 de septiembre de 2022.

Condene a la Comisión a cargar con las costas.

Ordene que se abonen las costas al demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la Comisión Europea incurrió en error manifiesto de apreciación e infringió mediante sus actos el artículo 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/1589. (1)

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión Europea incurrió en error manifiesto de apreciación al apreciar la legalidad de la ayuda en relación con la obligación de cumplir los requisitos del Reglamento (UE) n.o 1407/2013. (2)

3.

Tercer motivo, basado en que la Comisión Europea no incoó el procedimiento de investigación formal pese a la existencia de graves dificultades y vulneró el derecho procesal del demandante a formular observaciones sobre los elementos que plantean serias dudas acerca de la compatibilidad de la ayuda con el mercado interior.

4.

Cuarto motivo, basado en que la Comisión Europea incumplió su obligación de motivación en lo que respecta a su decisión.

5.

Quinto motivo, basado en que la Comisión Europea no incoó el procedimiento de investigación formal a pesar de las pruebas que indicaban que el [Estado miembro] no había garantizado los derechos fundamentales del demandante, vulnerando así el artículo 19 TUE, apartado 1.

6.

Sexto motivo, basado en que la decisión de la Comisión Europea vulnera disposiciones específicas del TFUE y los principios generales del Derecho europeo relativos a la prohibición de discriminación basada en la nacionalidad, la propiedad o el estatus y la libre circulación de servicios y el principio de la igualdad ante la ley. El Reglamento (UE) n.o 1407/2013 establece una excepción a la obligación de notificar las ayudas de Estado con arreglo al artículo 108 TFUE, apartado 3, pero no introduce una excepción a las demás normas y principios del TFUE o del Derecho de la Unión, incluido el artículo 107 TFUE, apartado 1.


(1)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (versión codificada) (DO 2015, L 248, p. 9).

(2)  Reglamento (UE) n.o 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DO 2013, L 352, p. 1).


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/36


Recurso interpuesto el 22 de diciembre de 2022 — Wizz Air Hungary/Comisión

(Asunto T-827/22)

(2023/C 104/55)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Wizz Air Hungary Légiközlekedési Zrt. (Wizz Air Hungary Zrt.) (Budapest, Hungría) (representantes: E. Vahida, S. Rating e I. G. Metaxas Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión dictada por la Comisión Europea el 29 de abril de 2022 sobre la ayuda de Estado SA.63360 (2021/N) — Romania COVID-19 — TAROM — damage compensation II. (1)

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la Comisión aplicó erróneamente el artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b), e incurrió en errores manifiestos de apreciación en su examen de la proporcionalidad de la ayuda en relación con los perjuicios causados por la crisis de la COVID-19.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión infringió determinadas disposiciones del TFUE y violó los principios generales de Derecho de la Unión que subyacen a la liberalización del transporte aéreo de la Unión desde finales de los años ochenta del siglo pasado [es decir, no discriminación, libre prestación de servicios — aplicada al transporte aéreo mediante el Reglamento (CE) n.o 1008/2008 (2) — y libertad de establecimiento].

3.

Tercer motivo, basado en que la Comisión no incoó el procedimiento de investigación formal, pese a las dificultades considerables que existían, y vulneró los derechos que asisten a la propia parte demandante en el procedimiento.

4.

Cuarto motivo, basado en que la Comisión incumplió su deber de motivación.


(1)   DO 2022, C 378, p. 2.

(2)  Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (DO 2008, L 293, p. 3).


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/36


Recurso interpuesto el 12 de enero de 2023 — UC/Consejo

(Asunto T-6/23)

(2023/C 104/56)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: UC (representantes: P. Bekaert y S. Bekaert, abogados)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2022/2398 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por la que se aplica la Decisión 2010/788/PESC, relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/2397 del Consejo, de 8 de diciembre de 2022, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.o 1183/2005 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Democrática del Congo (en lo sucesivo, «actos impugnados»), por cuanto dichos actos se refieren al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso, el demandante invoca siete motivos.

1.

Incompetencia, vulneración de los artículos 75 TFUE y 215 TFUE, vulneración del artículo 13 TUE, apartado 1, vulneración del artículo 15 TFUE, apartado 3, e infracción del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

La Decisión (PESC) 2010/788 y el Reglamento (CE) n.o 1183/2005 del Consejo vulneran el artículo 31 TUE y los artículos 75 TFUE y 215 TFUE, respectivamente.

Puesto que los informes y los resultados de la votación de la Decisión y del Reglamento citados, así como las posteriores decisiones y reglamentos de modificación y los actos impugnados no fueron de acceso público, a diferencia de los demás reglamentos y decisiones del Consejo, se infringe también la normativa sobre transparencia.

2.

El artículo 3, segundo guion, de la Decisión (PESC) 2010/788 y el artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 violan el principio de seguridad jurídica, el principio de proporcionalidad y el principio de eficacia. Además, el artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 es más amplio que el acto jurídico que aplica.

Tanto el artículo 3, segundo guion, de la Decisión (PESC) 2010/788, en los términos modificados por la Decisión (PESC) n.o 2022/2377, de 5 de diciembre de 2022, como el artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1183/2005, en los términos modificados por el Reglamento (CE) 2022/2373, de 5 de diciembre de 2022, crean, empleando un criterio con un uso verbal tan genérico, una categoría de personas tan amplia que se violan el principio de seguridad jurídica, el principio de proporcionalidad y el principio de eficacia.

Además, el grupo de personas mencionado en el artículo 2 ter, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1183/2005 es más amplio que el grupo que se define en el acto jurídico en el que se pretende aplicar el reglamento.

3.

Vulneración del artículo 41, apartado 2, letra c), de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta») y del artículo 296 TFUE (obligación de motivación).

Los motivos indicados son muy genéricos, son sumarios y se definen con vaguedad, además de no ser suficientemente concretos ni precisos. El demandante objeta asimismo todos los motivos indicados en los actos impugnados, tanto de hecho como de Derecho. El Consejo incumple la obligación de motivación, tal como se establece, entre otros, en el artículo 41, apartado 2, letra c), de la Carta y en el artículo 296 TFUE, párrafo segundo.

4.

Vulneración del derecho de defensa y del artículo 41, apartado 2, letras a) y b), de la Carta. Infracción del artículo 215 TFUE.

Se vulnera el derecho de defensa y, dentro de él, el derecho a ser oído y el derecho a los datos, tal como se determina, entre otros, en el artículo 41, apartado 2, letras a) y b), de la Carta. La vulneración de estas garantías jurídicas constituye asimismo una infracción del artículo 215 TFUE

5.

Vulneración del derecho de propiedad y violación del principio de proporcionalidad.

La congelación de los recursos del demandante en los términos más genéricos vulnera el derecho de propiedad del demandante y limita desproporcionadamente dicho derecho, habida cuenta también de la aplicación genérica y de su duración indeterminada.

6.

Vulneración de la libertad de circulación, del derecho de residencia y del derecho de establecimiento previstos en el artículo 45, apartado 1, de la Carta y en los artículos 20 y 21 TFUE y violación del principio de proporcionalidad.

El demandante tiene como única nacionalidad la nacionalidad belga. Una sanción mediante la que ya no pueda volver a entrar en la Unión, ni tampoco cruzarla, y en la que se le obstaculice el acceso al territorio belga o la permanencia en él vulnera la libertad de circulación, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento y es desproporcionada.

7.

Vulneración del derecho de defensa y del derecho a la tutela jurídica efectiva, aplicación del artículo 47 de la Carta.

Se vulneran el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva. El demandante solicita al Consejo que facilite al Tribunal General y a las partes toda la información necesaria, a fin de que el juez de la Unión pueda controlar también en concreto y sobre la base de su fundamento fáctico los motivos mencionados en términos genéricos por el Consejo para incluir al demandante en la lista de sanciones.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/38


Recurso interpuesto el 27 de enero de 2023 — D&G Laboratories / EUIPO — Holpindus (aleva NATURALS)

(Asunto T-28/23)

(2023/C 104/57)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: D&G Laboratories Inc. (Nueva York, Ontario, Canadá) (representante: M.-G. Marinescu, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Holpindus, S. L., (Barcelona)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente en el procedimiento ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de marca figurativa de la Unión aleva NATURALS — Solicitud de registro n.o 14794382

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de noviembre de 2022 en el asunto R 1078/2020-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/39


Recurso interpuesto el 30 de enero de 2023 — Fly Persia y Barmodeh/EUIPO — Dubai Aviation (flyPersia)

(Asunto T-30/23)

(2023/C 104/58)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrentes: Fly Persia IKE (Atenas, Grecia), Ali Barmodeh (Atenas) (representante: R. Marano, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Dubai Aviation Corp. (Dubái, Emiratos Árabes Unidos)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de marca figurativa de la Unión flyPersia — Solicitud de registro n.o 18022526

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de noviembre de 2022 en el asunto R 1723/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Devuelva el asunto a la Sala de Recurso.

Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso a cargar con las costas del presente procedimiento y del anterior procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/39


Recurso interpuesto el 30 de enero de 2023 — Tradias/EUIPO — Triodos Bank (Tradias)

(Asunto T-32/23)

(2023/C 104/59)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Tradias GmbH (Fráncfort del Meno, Alemania) (representante: P. Bär, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Triodos Bank NV (Zeist, Países Bajos)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «Tradias» — Solicitud de registro n.o 18262673

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 30 de noviembre de 2022 en el asunto R 734/2022-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada, en la medida en que estimó la oposición respecto de los «servicios relacionados con operaciones financieras» de la clase 36 y desestime la oposición en su totalidad.

Condene a la EUIPO y, en su caso, a Triodos Bank NV a cargar con las costas del presente recurso ante el Tribunal General y del procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/40


Recurso interpuesto el 1 de febrero de 2023 — Roche Diagnostics/EUIPO — SAS Di’X (AVENIO)

(Asunto T-34/23)

(2023/C 104/60)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Roche Diagnostics GmbH (Mannheim, Alemania) (representante: M. Douglas, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: SAS Di’X (Aviñón, Francia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente en el procedimiento ante el Tribunal General

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca AVENIO — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.o 1313134

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 31 de octubre de 2022 en el asunto R 1291/2018-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 95, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 94, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Apreciación errónea del riesgo de confusión.


20.3.2023   

ES

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C 104/41


Recurso interpuesto el 3 de febrero de 2023 — Häcker Küchen/EUIPO — Moura & Moura (MH Cuisines)

(Asunto T-42/23)

(2023/C 104/61)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: Häcker Küchen GmbH & Co. KG (Rödinghausen, Alemania) (representantes: F. Dehn, L. Maritzen, C. Krafft y K. Blükle, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Moura & Moura Fabricação e Comercialização de Mobiliário Lda (Sanfins de Ferreira, Portugal)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión MH Cuisines — Solicitud de registro n.o 18233301

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de noviembre de 2022 en el asunto R 1078/2022-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada y desestime la oposición de la recurrida.

Condene a la EUIPO a cargar con las costas, incluidas las del anterior procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/41


Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2023 — W.B. Studio/EUIPO — E.Land Italy (BELFE)

(Asunto T-50/23)

(2023/C 104/62)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: W.B. Studio Sas di Wivian Bodini & C. (Milán, Italia) (representantes: V. Piccarreta y G. Romanelli, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: E.Land Italy Srl (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «BELFE» — Marca de la Unión n.o 139501

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 30 de noviembre de 2022 en el asunto R 869/2021-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule parcialmente la resolución impugnada en la medida en que confirmó la resolución de la División de Anulación y, en consecuencia, declare la caducidad de la marca controvertida.

Condene a la parte recurrida a cargar con las costas del presente procedimiento, incluidas las derivadas del procedimiento ante la División de Anulación y ante la Primera Sala de Recurso.

Motivos invocados

Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 18 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 19 del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 de la Comisión.


20.3.2023   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 104/42


Recurso interpuesto el 7 de febrero de 2023 — OSR Enterprises/EUIPO — Möckel und Gramann (evolver)

(Asunto T-51/23)

(2023/C 104/63)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: OSR Enterprises AG (Cham, Suiza) (representante: U. Lüken, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Mathias Möckel (Chemnitz, Alemania), Torsten Gramann (Chemnitz)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Las otras partes en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «evolver» — Marca de la Unión n.o 3313335

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de noviembre de 2022 en el asunto R 1302/2021-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada y declare la caducidad de la marca de la Unión n.o 3313335 para todos los servicios.

Con carácter subsidiario, anule la resolución impugnada y devuelva el asunto a la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 95, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

No consideración del valor indiciario en la apreciación de la prueba.


20.3.2023   

ES

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C 104/43


Recurso interpuesto el 8 de febrero de 2023 — W.B. Studio/EUIPO — E.Land Italy (BF BELFE)

(Asunto T-54/23)

(2023/C 104/64)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: W.B. Studio Sas di Wivian Bodini & C. (Milán, Italia) (representantes: V. Piccarreta y G. Romanelli, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: E.Land Italy Srl (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión BF BELFE — Solicitud de registro n.o 139840

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 30 de noviembre de 2022 en el asunto R 870/2021-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule parcialmente la resolución impugnada en la medida en que confirmó la resolución de la División de Anulación y, en consecuencia, declare la caducidad de la marca controvertida.

Condene a la recurrida a cargar con las costas del procedimiento, incluidas las derivadas del procedimiento ante la División de Anulación y ante la Primera Sala de Recurso.

Motivos invocados

Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 18, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 19, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 de la Comisión.


20.3.2023   

ES

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C 104/44


Auto del Tribunal General de 2 de febrero de 2023 — Previsión Sanitaria Nacional, PSN, Mutua de Seguros y Reaseguros a Prima Fija/JUR

(Asunto T-623/17) (1)

(2023/C 104/65)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente de la Sala Octava ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 437 de 18.12.2017.


20.3.2023   

ES

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C 104/44


Auto del Tribunal General de 30 de enero de 2023 — JIB Overseas/Comisión

(Asunto T-776/19) (1)

(2023/C 104/66)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Segunda ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 45 de 10.2.2020.


20.3.2023   

ES

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C 104/44


Auto del Tribunal General de 31 de enero de 2023 — EAA/Comisión

(Asunto T-781/21) (1)

(2023/C 104/67)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Cuarta ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 73 de 14.2.2022.


20.3.2023   

ES

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C 104/44


Auto del Tribunal General de 31 de enero de 2023 — EAA/Comisión

(Asunto T-782/21) (1)

(2023/C 104/68)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Cuarta ha resuelto archivar el asunto.


(1)   DO C 73 de 14.2.2022.