ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 432

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
14 de noviembre de 2022


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2022/C 432/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2022/C 432/02

Asunto C-597/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Polskie Linie Lotnicze LOT S.A. / Budapest Főváros Kormányhivatala [Procedimiento prejudicial — Transportes aéreos — Reglamento (CE) n.o 261/2004 — Artículo 16 — Compensación y asistencia a los pasajeros — Función del organismo nacional responsable del cumplimiento de dicho Reglamento — Normativa nacional por la que se confiere a ese organismo la facultad de ordenar a una compañía aérea que pague la compensación debida a un pasajero — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47 — Derecho a la tutela judicial]

2

2022/C 432/03

Asunto C-633/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e.V. / TC Medical Air Ambulance Agency GmbH [Procedimiento prejudicial — Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios — Mercado único de seguros — Directiva 2002/92/CE — Concepto de mediación de seguros — Actividad de mediación de seguros — Directiva (UE) 2016/97 — Actividad de distribución de seguros — Ámbito de aplicación de dichas Directivas — Adhesión a un seguro de grupo — Cesión de los derechos derivados del contrato de seguro — Prestaciones aseguradas en caso de enfermedad o accidente en el extranjero — Remuneración abonada por el adherente como contrapartida de la cobertura del seguro adquirida — Protección de los consumidores — Igualdad de trato entre los intermediarios de seguros]

3

2022/C 432/04

Asunto C-3/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court (Irlanda) — Irlanda] — FS / Chief Appeals Officer, The Social Welfare Appeals Office, The Minister for Employment Affairs, The Minister for Social Protection [Procedimiento prejudicial — Seguridad social de los trabajadores migrantes — Reglamento (CE) n.o 883/2004 — Coordinación de los sistemas de seguridad social — Prestaciones familiares — Pago retroactivo — Traslado del beneficiario a otro Estado miembro — Artículo 81 — Concepto de petición — Artículo 76, apartado 4 — Obligación recíproca de información y cooperación — Incumplimiento — Plazo de prescripción de doce meses — Principio de efectividad]

4

2022/C 432/05

Asunto C-202/21 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de septiembre de 2022 — ABLV Bank AS, en liquidación / Junta Única de Resolución (JUR), Comisión Europea [Recurso de casación — Política económica y monetaria — Unión bancaria — Reglamento (UE) n.o 806/2014 — Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión — Fondo Único de Resolución — Aportaciones anuales — Liquidación de una entidad de crédito — Reembolso de las aportaciones abonadas — Pro rata temporis]

5

2022/C 432/06

Asunto C-235/21: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vrhovno sodišče — Eslovenia) — Raiffeisen Leasing, trgovina in leasing d.o.o. / Republika Slovenija [Procedimiento prejudicial — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 203 — Contrato de venta y arrendamiento financiero — Persona deudora del pago del IVA — Posibilidad de asimilar un contrato escrito a una factura]

5

2022/C 432/07

Asunto C-500/21 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 — Health Information Management (HIM) / Comisión Europea [Recurso de casación — Cláusula compromisoria — Convenios de subvención celebrados en el marco del programa de apoyo a la política en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) — Informe de auditoría — Notas de adeudo emitidas por la Comisión Europea para el cobro de determinados importes — Recurso de anulación — Investigación efectuada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) — Reconvención — Devolución íntegra de las subvenciones de que se trata — Derecho de defensa — Principio de buena administración — Imparcialidad — Principio de proporcionalidad — Obligación de motivación]

6

2022/C 432/08

Asunto C-460/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Tribunal General de la Capital, Hungría) el 11 de julio de 2022 — DIGI Távközlési és Szolgáltató Kft. / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság

6

2022/C 432/09

Asunto C-519/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 4 de agosto de 2022 — MAX7 Design Kft. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

7

2022/C 432/10

Asunto C-536/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgerichts Ravensburg (Alemania) el 10 de agosto de 2022 — MW, CY / VR Bank Ravensburg-Weingarten eG

8

2022/C 432/11

Asunto C-537/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 11 de agosto de 2022 — Global Ink Trade Kft / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

9

2022/C 432/12

Asunto C-538/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 11 de agosto de 2022 — SB / Agrárminiszter

10

2022/C 432/13

Asunto C-547/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Okresný súd Bratislava II (Eslovaquia) el 17 de agosto de 2022 — INGSTEEL spol. s. r. o. / Úrad pre verejné obstarávanie

11

2022/C 432/14

Asunto C-566/22: Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší soud (República Checa) el 26 de agosto de 2022 — Inkreal s. r. o./Dúha reality s. r. o.

12

2022/C 432/15

Asunto C-611/22 P: Recurso de casación interpuesto el 22 de septiembre de 2022 por Illumina, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera Ampliada) dictada el 13 de julio de 2022 en el asunto T-227/21, Illumina/Comisión

13

2022/C 432/16

Asunto C-620/22 P: Recurso de casación interpuesto el 27 de septiembre de 2022 por RT France contra la sentencia del Tribunal General (Gran Sala) dictada el 27 de julio de 2022 en el asunto T-125/22, RT France / Consejo

14

 

Tribunal General

2022/C 432/17

Asunto T-604/18: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Google y Alphabet/Comisión (Google Android) [Competencia — Abuso de posición dominante — Dispositivos móviles inteligentes — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 102 TFUE y del artículo 54 del Acuerdo EEE — Conceptos de plataforma y de mercado multifacéticos (ecosistema) — Sistema operativo (Google Android) — Tienda de programas de aplicación (Play Store) — Aplicaciones de búsqueda y navegación (Google Search y Chrome) — Acuerdos con fabricantes de aparatos y operadores de redes móviles — Infracción única y continua — Conceptos de plan general y conducta en el marco de una misma infracción (agrupación de productos, pagos por exclusividad y obligaciones antifragmentación) — Efecto expulsión — Derecho de defensa — Competencia de plena jurisdicción]

16

2022/C 432/18

Asunto T-597/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Helsingin kaupunki/Comisión (Ayudas de Estado — Transporte en autobús — Préstamo para equipamiento y préstamos de capital concedidos por el ayuntamiento de Helsinki — Decisión por la que se declara la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Ayuda existente — Ventaja — Aplicación del criterio del acreedor privado en una economía de mercado — Carácter público del deudor — Toma en consideración del régimen de ayudas existente — Criterio del inversor privado en una economía de mercado — Continuidad económica — Derechos procesales de las partes interesadas — Artículo 108 TFUE, apartado 2 — Obligación de motivación — Principios generales del Derecho de la Unión)

17

2022/C 432/19

Asunto T-603/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Helsingin Bussiliikenne/Comisión [Ayudas de Estado — Transporte en autobús — Préstamo para equipamiento y préstamos de capital concedidos por el Ayuntamiento de Helsinki — Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior y se ordena su recuperación — Continuidad económica — Derechos procesales de las partes interesadas — Artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/1589 — Obligación de motivación]

18

2022/C 432/20

Asunto T-744/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Methanol Holdings (Trinidad)/Comisión [Dumping — Importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos — Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 — Artículo 3, apartados 1 a 3 y 5 a 8, del Reglamento (UE) 2016/1036 — Ventas realizadas a través de sociedades vinculadas — Determinación del precio de exportación — Perjuicio para la industria de la Unión — Cálculo de la subcotización de los precios — Relación de causalidad — Artículo 9, apartado 4, del Reglamento 2016/1036 — Cálculo del margen de perjuicio — Eliminación del perjuicio]

19

2022/C 432/21

Asunto T-865/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Nevinnomysskiy Azot y NAK Azot/Comisión [Dumping — Importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos — Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 — Derecho antidumping definitivo — Margen de dumping — Determinación del valor normal — Ajustes — Cálculo del precio de exportación — Comparación ecuánime — Perjuicio para la industria de la Unión — Cálculo de la subcotización del precio — Ventas entre sociedades vinculadas — Relación de causalidad — Cálculo del margen de perjuicio — Eliminación del prejuicio — Regla del Derecho inferior — Recurso a los datos disponibles]

19

2022/C 432/22

Asuntos acumulados T-371/20 y T-554/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Pollinis France/Comisión [Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos — Documento de orientación de la EFSA relativo a la evaluación de los riesgos de los productos fitosanitarios para las abejas — Posiciones individuales de los Estados miembros — Denegación de acceso — Artículo 4, apartado 3, del Reglamento n.o 1049/2001 — Excepción relativa a la protección del proceso de toma de decisiones]

20

2022/C 432/23

Asunto T-575/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — SŽ — Tovorni promet/Comisión (Directiva 2014/25/UE — Procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales — Decisión de Ejecución sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE al transporte de mercancías por ferrocarril en Eslovenia — Exposición directa a la competencia — Definición del mercado del producto — Definición del mercado geográfico — Evaluación de la exposición directa a la competencia — Principio de buena administración — Obligación de motivación)

21

2022/C 432/24

Asunto T-775/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — PB/Comisión (Contratos públicos de servicios — Prestaciones de servicios de asistencia técnica al Alto Consejo Judicial y a las autoridades ucranianas — Irregularidades en el procedimiento de adjudicación — Recuperación de los importes abonados indebidamente — Nota de adeudo — Administrador de la sociedad — Base jurídica — Responsabilidad extracontractual)

21

2022/C 432/25

Asunto T-179/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — QN/Comisión (Función pública — Funcionarios — Informe de evaluación — Ejercicio de evaluación 2019 — Obligación de motivación — Error manifiesto de apreciación — Deber de asistencia y protección — Responsabilidad)

22

2022/C 432/26

Asunto acumulados T-367/21 y T-432/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Sushi&Food Factor/EUIPO (READY 4YOU) [Marca de la Unión Europea — Solicitudes de marcas figurativas de la Unión READY 4YOU — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

23

2022/C 432/27

Asunto T-416/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión ITINERANT — Marca figurativa anterior de la Unión que representa un pato cantando dentro de un círculo — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 — Similitud — Renombre — Relación — Aprovechamiento indebido — Inexistencia de causa justificativa — Artículo 95, apartado 2, del Reglamento 2017/1001 — Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 — Documento presentado por primera vez ante la Sala de Recurso — Inadmisibilidad]

23

2022/C 432/28

Asunto T-417/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre 2022 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión ITINERANT — Marca figurativa anterior de la Unión que representa un pato cantando dentro de un círculo — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 — Similitud — Renombre — Relación — Aprovechamiento indebido — Ausencia de justa causa — Artículo 95, apartado 2, del Reglamento 2017/1001 — Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 — Documento presentado por primera vez ante la Sala de Recurso — Inadmisibilidad]

24

2022/C 432/29

Asunto T-423/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Gioioso/EUIPO — Maxi Di (MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT — Marca nacional figurativa anterior GIOIA DI MARE — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

25

2022/C 432/30

Asunto T-498/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Lotion/EUIPO (BLACK IRISH) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión BLACK IRISH — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c) del Reglamento (UE) 2017/1001 — Igualdad de trato — Obligación de motivación — Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001]

25

2022/C 432/31

Asunto T-607/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Blueroots Technology/EUIPO — Rezk-Salama y Breitlauch (SKILLTREE STUDIOS) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión SKILLTREE STUDIOS — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter descriptivo — Carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

26

2022/C 432/32

Asunto T-609/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Privatbrauerei Eichbaum/EUIPO — Anchor Brewing Company (STEAM) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de caducidad — Marca denominativa de la Unión STEAM — Uso efectivo de la marca — Naturaleza del uso — Artículos 18, apartado 1, párrafo segundo, letra a), y 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Obligación de motivación — Derecho a ser oído — Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001]

27

2022/C 432/33

Asunto T-686/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Task Food/EUIPO — Foodtastic (ENERGY CAKE) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión ENERGY CAKE — Declaración de nulidad — Causas de nulidad absoluta — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001]]

27

2022/C 432/34

Asunto T-705/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Balaban/EUIPO (Stahlwerk) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión STAHLWERK — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Articulo 7, apartado 1, letras b) y c) del Reglamento (UE) 2017/1001]

28

2022/C 432/35

Asunto T-706/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Balaban/EUIPO (Stahlwerkstatt) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Stahlwerkstatt — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001]

29

2022/C 432/36

Asunto T-737/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Refractory Intellectual Property/EUIPO (e-tech) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión e-tech — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

29

2022/C 432/37

Asunto T-795/21: Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Protectoplus/EUIPO (Li-SAFE) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Li-SAFE — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Articulo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento (UE) 2017/1001 — Falta de carácter distintivo — Articulo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento 2017/1001 — Limitación de los productos designados en la solicitud de marca]

30

2022/C 432/38

Asunto T-523/22: Recurso interpuesto el 18 de agosto de 2022 — Sberbank Europe/Consejo y otros

30

2022/C 432/39

Asunto T-524/22: Recurso interpuesto el 19 de agosto de 2022 — Sberbank Europe/Consejo y otros

31

2022/C 432/40

Asunto T-594/22: Recurso interpuesto el 23 septiembre de 2022 — Chipre / EUIPO — Kolios (HALLOUMAKI)

32

2022/C 432/41

Asunto T-602/22: Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2022 — Veritas/Comisión

33

2022/C 432/42

Asunto T-604/22: Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2022 — Société du Tour de France/EUIPO — FitX (TOUR DE X)

34

2022/C 432/43

Asunto T-607/22: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2022 — Kozitsyn/Consejo

35

2022/C 432/44

Asunto T-612/22: Recurso interpuesto el 1 de octubre de 2022 — Primicerj/Comisión

36

2022/C 432/45

Asunto T-615/22: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2022 Chipre/EUIPO — Cemet (Halime)

38

2022/C 432/46

Asunto T-457/19: Auto del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Synthomer/Comisión

39

2022/C 432/47

Asunto T-712/19: Auto del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Hikma Pharmaceuticals y Hikma Pharmaceuticals International/Comisión

39

2022/C 432/48

Asunto T-718/19: Auto del Tribunal General de 14 de septiembre 2022 — The Weir Group y otros/Comisión

39


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2022/C 432/01)

Última publicación

DO C 424 de 7.11.2022

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 418 de 31.10.2022

DO C 408 de 24.10.2022

DO C 398 de 17.10.2022

DO C 389 de 10.10.2022

DO C 380 de 3.10.2022

DO C 368 de 26.9.2022

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Polskie Linie Lotnicze «LOT» S.A. / Budapest Főváros Kormányhivatala

(Asunto C-597/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Transportes aéreos - Reglamento (CE) n.o 261/2004 - Artículo 16 - Compensación y asistencia a los pasajeros - Función del organismo nacional responsable del cumplimiento de dicho Reglamento - Normativa nacional por la que se confiere a ese organismo la facultad de ordenar a una compañía aérea que pague la compensación debida a un pasajero - Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Artículo 47 - Derecho a la tutela judicial)

(2022/C 432/02)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Polskie Linie Lotnicze «LOT» S.A.

Demandada: Budapest Főváros Kormányhivatala

Fallo

El artículo 16 del Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91

debe interpretarse en el sentido de que

los Estados miembros pueden facultar al organismo nacional responsable del cumplimiento de dicho Reglamento para obligar a un transportista aéreo a pagar la compensación, en el sentido del artículo 7 del referido Reglamento, debida a los pasajeros en virtud del mismo Reglamento, cuando se haya presentado ante ese organismo nacional una reclamación individual de un pasajero, siempre que el pasajero y el transportista aéreo afectados tengan la posibilidad de acudir a la vía judicial.


(1)  DO C 28 de 25.1.2021.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e.V. / TC Medical Air Ambulance Agency GmbH

(Asunto C-633/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios - Mercado único de seguros - Directiva 2002/92/CE - Concepto de «mediación de seguros» - Actividad de «mediación de seguros» - Directiva (UE) 2016/97 - Actividad de «distribución de seguros» - Ámbito de aplicación de dichas Directivas - Adhesión a un seguro de grupo - Cesión de los derechos derivados del contrato de seguro - Prestaciones aseguradas en caso de enfermedad o accidente en el extranjero - Remuneración abonada por el adherente como contrapartida de la cobertura del seguro adquirida - Protección de los consumidores - Igualdad de trato entre los intermediarios de seguros)

(2022/C 432/03)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband e.V.

Demandada: TC Medical Air Ambulance Agency GmbH

Fallo

El artículo 2, puntos 3 y 5, de la Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en los seguros, en su versión modificada por la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, y el artículo 2, apartado 1, puntos 1, 3 y 8, de la Directiva (UE) 2016/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de enero de 2016, sobre la distribución de seguros, en su versión modificada por la Directiva (UE) 2018/411 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de marzo de 2018,

deben interpretarse en el sentido de que

está comprendida en el concepto de «intermediario de seguros» y, en consecuencia, en el de «distribuidor de seguros», a efectos de dichas disposiciones, una persona jurídica cuya actividad consiste en proponer a sus clientes que se adhieran, de forma voluntaria, a cambio de una remuneración que recibe de estos, a un seguro de grupo que previamente ha suscrito con una compañía de seguros, adhesión que confiere a esos clientes el derecho a diversas prestaciones en caso, en particular, de enfermedad o accidente en el extranjero.


(1)  DO C 62 de 22.2.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court (Irlanda) — Irlanda] — FS / Chief Appeals Officer, The Social Welfare Appeals Office, The Minister for Employment Affairs, The Minister for Social Protection

(Asunto C-3/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Seguridad social de los trabajadores migrantes - Reglamento (CE) n.o 883/2004 - Coordinación de los sistemas de seguridad social - Prestaciones familiares - Pago retroactivo - Traslado del beneficiario a otro Estado miembro - Artículo 81 - Concepto de «petición» - Artículo 76, apartado 4 - Obligación recíproca de información y cooperación - Incumplimiento - Plazo de prescripción de doce meses - Principio de efectividad)

(2022/C 432/04)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

High Court (Irlanda)

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: FS

Recurridas: Chief Appeals Officer, The Social Welfare Appeals Office, The Minister for Employment Affairs, The Minister for Social Protection

Fallo

1)

El artículo 81 del Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social

debe interpretarse en el sentido de que:

el concepto de «petición», a que se refiere dicha disposición, incluye únicamente la petición presentada por una persona que haya hecho uso de su derecho a la libre circulación ante las autoridades de un Estado miembro que no es competente en virtud de las normas de conflicto establecidas en dicho Reglamento. Por consiguiente, este concepto no incluye ni la petición inicial presentada con arreglo a la legislación de un Estado miembro por una persona que aún no haya hecho uso de su derecho a la libre circulación, ni el pago periódico, por parte de las autoridades de dicho Estado miembro, de una prestación que, en el momento de dicho pago, normalmente se adeuda por otro Estado miembro.

2)

El Derecho de la Unión, y más concretamente el principio de efectividad, no se opone a la aplicación de una normativa nacional que somete el efecto retroactivo de una petición de prestaciones familiares a un plazo de prescripción de doce meses, ya que dicho plazo no hace prácticamente imposible o excesivamente difícil el ejercicio, por parte de los trabajadores migrantes interesados, de los derechos que les confiere el Reglamento n.o 883/2004.


(1)  DO C 138 de 19.4.2021.


14.11.2022   

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C 432/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 29 de septiembre de 2022 — ABLV Bank AS, en liquidación / Junta Única de Resolución (JUR), Comisión Europea

(Asunto C-202/21 P) (1)

(Recurso de casación - Política económica y monetaria - Unión bancaria - Reglamento (UE) n.o 806/2014 - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión - Fondo Único de Resolución - Aportaciones anuales - Liquidación de una entidad de crédito - Reembolso de las aportaciones abonadas - Pro rata temporis)

(2022/C 432/05)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: ABLV Bank AS, en liquidación (representante: O. Behrends, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Junta Única de Resolución (JUR) (representantes: C. J. Flynn y J. Kerlin, agentes, asistidos por S. Ianc, T. Klupsch, B. Meyring y S. Schelo, Rechtsanwälte), Comisión Europea (representantes: A. Nijenhuis, A. Steiblytė y D. Triantafyllou, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a ABLV Bank AS, en liquidación, a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Junta Única de Resolución (JUR) y las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


14.11.2022   

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C 432/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 (petición de decisión prejudicial planteada por el Vrhovno sodišče — Eslovenia) — Raiffeisen Leasing, trgovina in leasing d.o.o. / Republika Slovenija

(Asunto C-235/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 203 - Contrato de venta y arrendamiento financiero - Persona deudora del pago del IVA - Posibilidad de asimilar un contrato escrito a una factura)

(2022/C 432/06)

Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Vrhovno sodišče

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Raiffeisen Leasing, trgovina in leasing d.o.o.

Demandada: Republika Slovenija

Fallo

El artículo 203 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido,

debe interpretarse en el sentido de que

un contrato de venta y arrendamiento financiero, después de cuya celebración las partes no emitieron una factura, puede tener la consideración de factura, a efectos de esa disposición, siempre que el contrato contenga todos los datos necesarios para que la Administración tributaria de un Estado miembro pueda determinar si se cumplen los requisitos materiales del derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido en el caso de autos, extremo este que corresponderá verificar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


14.11.2022   

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C 432/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 29 de septiembre de 2022 — Health Information Management (HIM) / Comisión Europea

(Asunto C-500/21 P) (1)

(Recurso de casación - Cláusula compromisoria - Convenios de subvención celebrados en el marco del programa de apoyo a la política en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) - Informe de auditoría - Notas de adeudo emitidas por la Comisión Europea para el cobro de determinados importes - Recurso de anulación - Investigación efectuada por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) - Reconvención - Devolución íntegra de las subvenciones de que se trata - Derecho de defensa - Principio de buena administración - Imparcialidad - Principio de proporcionalidad - Obligación de motivación)

(2022/C 432/07)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Health Information Management (HIM) (representante: P. Zeegers, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà y M. Ilkova, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Health Information Management (HIM) a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 391 de 27.9.2021.


14.11.2022   

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C 432/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Tribunal General de la Capital, Hungría) el 11 de julio de 2022 — DIGI Távközlési és Szolgáltató Kft. / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság

(Asunto C-460/22)

(2022/C 432/08)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Digi Távközlési és Szolgáltató Kft.

Demandada: Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság

Cuestión prejudicial

¿Debe considerarse que una empresa que presta servicios de comunicaciones electrónicas en el mercado de que se trata, pero que no ha concurrido a un procedimiento de subasta determinado (en lo sucesivo, «procedimiento de subasta») porque no cumplía los requisitos de participación establecidos en el pliego de condiciones que contenía las normas detalladas del procedimiento de subasta (en lo sucesivo, «pliego de condiciones»), razón por la cual la resolución de la autoridad nacional de reglamentación que establece el resultado de la subasta no contiene ninguna disposición relativa a tal empresa, es una empresa afectada por una decisión de la autoridad nacional de reglamentación a efectos del artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva Marco), (1) y que, por consiguiente, está facultada para ejercer frente a dicha resolución el derecho a la tutela judicial efectiva reconocido en el artículo 47 de la [Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea]?


(1)  DO 2002, L 108, p. 33.


14.11.2022   

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C 432/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 4 de agosto de 2022 — MAX7 Design Kft. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

(Asunto C-519/22)

(2022/C 432/09)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MAX7 Design Kft.

Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

Cuestiones prejudiciales

1)

A la luz del artículo 273 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) y del principio de proporcionalidad del artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, ¿es conforme con la libertad de empresa consagrada en el artículo 16 de la Carta la normativa de un Estado miembro que establece que el número de identificación fiscal de una sociedad, o su número de identificación a efectos del impuesto sobre el valor añadido, puede ser revocado como consecuencia de no haber depositado la garantía del pago de tributos impuesta a esa sociedad también en el supuesto de que los socios no tengan directamente conocimiento de que se ha impuesto a la sociedad dicha garantía ni del hecho de que es la pertenencia, actual o pasada, de un administrador de la sociedad a otra persona jurídica con una deuda tributaria que todavía no ha sido saldada o de su condición, actual o pasada, de directivo de dicha persona jurídica la que ha motivado la imposición a la sociedad de la garantía del pago de tributos?

2)

A la luz del principio de necesidad del artículo 273 de la Directiva sobre el IVA y del principio de proporcionalidad del artículo 52, apartado 1, de la Carta, ¿es conforme con la libertad de empresa consagrada en el artículo 16 de la Carta y con el derecho de recurso del artículo 47 de esta la normativa de un Estado miembro que establece que el número de identificación fiscal de una sociedad, o su número de identificación a efectos del impuesto sobre el valor añadido, puede ser revocado como consecuencia de no haber depositado la garantía del pago de tributos impuesta a esa sociedad también en el supuesto de que el plazo mínimo requerido por las disposiciones generales de la normativa del Estado miembro relativas a la convocatoria en debida forma del órgano decisorio de la sociedad no permita que el referido órgano destituya, antes de que la resolución de la autoridad tributaria mediante la cual se haya impuesto la citada garantía adquiera firmeza, al administrador en quien concurra el impedimento que haya motivado la imposición de tal garantía y, por tanto, que elimine dicho impedimento dentro del plazo que haría que se extinguiese la obligación de constituir la garantía, lo que permitiría evitar la revocación del número de identificación fiscal?

3)

¿Es conforme con la libertad de empresa consagrada en el artículo 16 de la Carta, con su limitación necesaria según el artículo 273 de la Directiva sobre el IVA y proporcionada con arreglo al artículo 52, apartado 1, de la Carta y con el derecho a la tutela judicial efectiva del artículo 47 de esta la normativa de un Estado miembro que prescribe en términos imperativos, sin dejar margen de apreciación a los órganos encargados de la aplicación del Derecho, que

a)

la eliminación por parte de la sociedad, en cuanto contribuyente, una vez que haya adquirido firmeza la resolución mediante la cual se haya impuesto la garantía del pago de tributos, del impedimento que motivó la imposición de tal garantía no tiene efectos sobre la obligación de constituir la garantía del pago de tributos y, por tanto, sobre la posibilidad de revocar el número de identificación fiscal, ni siquiera en el supuesto de que dicho impedimento haya sido eliminado después de que haya adquirido firmeza la resolución de imposición de la garantía pero dentro del plazo previsto para depositar la citada garantía?

b)

en caso de que no se haya depositado la garantía del pago de tributos, la sociedad, en cuanto contribuyente, una vez que haya expirado el plazo previsto para depositar dicha garantía, no puede remediar las consecuencias jurídicas de la revocación de su número de identificación fiscal ni siquiera en el supuesto de que haya eliminado el impedimento que motivó la imposición de tal garantía después de que haya adquirido firmeza la resolución mediante la cual esta fue impuesta pero dentro del plazo previsto para depositar la citada garantía?


(1)  DO 2006, L 347, p. 1.


14.11.2022   

ES

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C 432/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgerichts Ravensburg (Alemania) el 10 de agosto de 2022 — MW, CY / VR Bank Ravensburg-Weingarten eG

(Asunto C-536/22)

(2022/C 432/10)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Ravensburg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MW, CY

Demandada: VR Bank Ravensburg-Weingarten eG

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el concepto de «compensación justa y objetiva […] por los posibles costes directamente derivados del reembolso anticipado» contenida en el artículo 25, apartado 3, de la Directiva 2014/17/UE (1) en el sentido de que la compensación comprende también el lucro cesante del prestamista, en particular los futuros pagos de intereses que pierde como consecuencia del reembolso anticipado?

2.

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión:

¿Contiene el Derecho de la Unión, y más concretamente el artículo 25, apartado 3, de la Directiva 2014/17/UE, disposiciones para el cálculo de los ingresos del prestamista a tener en cuenta en el marco del lucro cesante resultantes de la reinversión de un crédito inmobiliario celebrado con consumidores que ha sido reembolsado anticipadamente y, en caso afirmativo, cuáles son?

En particular:

a)

¿Deben atender las normas nacionales a efectos de dicho cálculo al modo en que el prestamista utiliza efectivamente el importe reembolsado anticipadamente?

b)

¿Puede una normativa nacional permitir que el prestamista calcule la compensación por reembolso anticipado sobre la base de una reinversión ficticia en valores seguros del mercado de capitales con un vencimiento coherente [con el del préstamo] (el denominado «método de activos y pasivos»)?

3.

¿Se incluyen también en el ámbito de aplicación del artículo 25 de la Directiva 2014/17/UE aquellos casos en los que el consumidor resuelve primero un contrato de crédito inmobiliario celebrado con consumidores sobre la base de un derecho de resolución previsto por el legislador nacional antes de reembolsar el crédito anticipadamente al prestamista?


(1)  Directiva 2017/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014, sobre los contratos de crédito celebrados con los consumidores para bienes inmuebles de uso residencial y por la que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 (DO 2014, L 60, p. 34).


14.11.2022   

ES

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C 432/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 11 de agosto de 2022 — Global Ink Trade Kft / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

(Asunto C-537/22)

(2022/C 432/11)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Global Ink Trade Kft.

Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Supone una vulneración del principio de primacía del Derecho de la Unión y del derecho a la tutela judicial efectiva garantizado en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea el hecho de que el órgano jurisdiccional de un Estado miembro que resuelve en última instancia interprete una resolución del Tribunal de Justicia (adoptada bajo la forma de auto en respuesta a una petición de decisión prejudicial cuyo objeto era precisamente la jurisprudencia desarrollada por ese mismo órgano jurisdiccional que resuelve en última instancia) en el sentido de que no contiene ningún elemento nuevo que tenga o que pueda tener por efecto la revocación de anteriores resoluciones del Tribunal de Justicia o un cambio en la jurisprudencia nacional previa desarrollada por el órgano jurisdiccional que resuelve en última instancia?

2)

¿Deben interpretarse el principio de primacía del Derecho de la Unión y el derecho a la tutela judicial efectiva garantizado en el artículo 47 de la Carta en el sentido de que el principio de primacía de las resoluciones del Tribunal de Justicia se aplica incluso en el supuesto de que el órgano jurisdiccional de un Estado miembro que resuelve en última instancia invoque también sus sentencias anteriores como precedente? ¿Puede darse una respuesta diferente a la luz del artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia cuando la resolución del Tribunal de Justicia adopta la forma de auto?

3)

En el marco de la obligación general de control del contribuyente, con independencia de la realización y de la naturaleza de la operación económica que conste en las facturas, y habida cuenta de los artículos 167, 168, letra a), y 178, letra a), de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) así como de los principios de seguridad jurídica y de neutralidad fiscal, ¿es posible exigir al contribuyente, como requisito del derecho a la deducción del IVA —sin que exista una disposición normativa al respecto en el Estado miembro—, que mantenga contactos en persona con el emisor de la factura o que solo se ponga en contacto con su proveedor en la dirección de correo electrónico comunicada de manera oficial? ¿Puede considerarse que estas circunstancias revelan un incumplimiento, demostrado con hechos objetivos, de la diligencia debida que cabe esperar del contribuyente, teniendo en cuenta que tales circunstancias no existían todavía en el momento en que el contribuyente llevó a cabo las comprobaciones correspondientes antes de entablar la relación comercial, sino que son elementos de la relación comercial existente entre las partes?

4)

¿Son conformes con los artículos citados de la Directiva sobre el IVA y con el principio de neutralidad fiscal, pero sobre todo con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia que, en el contexto de la interpretación de dichos preceptos, impone la carga de la prueba a la autoridad tributaria, una interpretación jurídica y una práctica desarrolladas en un Estado miembro por las cuales se deniega el derecho a deducir el IVA a un sujeto pasivo que tiene una factura conforme con la Directiva sobre el IVA al considerarse que este no ha actuado en el tráfico comercial con la diligencia debida porque no ha acreditado una conducta que permita determinar que su actividad no se limitaba simplemente a la mera recepción de facturas que cumplían los requisitos formales exigidos, aunque el sujeto pasivo haya adjuntado toda la documentación relativa a las operaciones controvertidas y la autoridad tributaria haya rechazado otras proposiciones de prueba presentadas por aquel durante el procedimiento tributario?

5)

A la luz de los artículos citados de la Directiva sobre el IVA y del principio fundamental de seguridad jurídica, ¿puede considerarse un hecho objetivo la constatación, realizada en relación con la diligencia debida, de que el emisor de la factura no ejercía actividad económica alguna, en caso de que la autoridad tributaria considere que no se ha demostrado la realización efectiva (por tanto, la existencia real) de una operación económica —que ha quedado documentada por medio de facturas, contratos y otros justificantes contables, así como mediante la correspondencia, y que ha sido confirmada por las declaraciones de la empresa de almacenamiento, así como del administrador y del empleado del contribuyente—, y dicha autoridad se base para ello exclusivamente en la declaración del administrador de la empresa suministradora que niega la existencia de dicha operación, sin tener en cuenta las circunstancias en las que se produjo tal declaración, los intereses del declarante ni el hecho de que, a tenor de la documentación obrante en autos, el propio declarante había fundado la empresa y, según los datos de que se dispone, un mandatario actuaba en nombre de esta?

6)

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva sobre el IVA relativas a la deducción de este impuesto en el sentido de que, en caso de que la autoridad tributaria descubra durante el procedimiento tributario que los bienes que figuran en las facturas son de origen comunitario y que el contribuyente es el segundo miembro de una cadena [de entregas], el diseño de este modelo —teniendo en cuenta que los bienes de origen comunitario están exentos de IVA, de modo que el primer adquirente húngaro no tiene derecho a deducir el IVA, solo lo tiene el segundo miembro de la cadena— es un hecho objetivo suficiente por sí mismo para demostrar el fraude fiscal, o debe la autoridad tributaria también en este caso acreditar con hechos objetivos qué miembro o miembros de la cadena cometieron fraude fiscal, cuál fue su modus operandi y si el contribuyente tuvo conocimiento o pudo haber tenido conocimiento de ello empleando la diligencia debida?


(1)  DO 2006, L 347, p. 1.


14.11.2022   

ES

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C 432/10


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 11 de agosto de 2022 — SB / Agrárminiszter

(Asunto C-538/22)

(2022/C 432/12)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: SB

Demandada: Agrárminiszter

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Es conforme con el artículo 30, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) n.o 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad (1), habida cuenta de sus considerandos 28 y 31 y de sus artículos 2, apartado 1, puntos 16 y 18, y 31, apartados 1 a 3, la práctica de un Estado miembro según la cual, cuando, con arreglo al criterio establecido por el Estado miembro para tener derecho a la ayuda, la tasa de partos alcanzada en relación con el número de animales declarados sea inferior a la exigida y determinada para los animales declarados, debe denegarse íntegramente la solicitud de pago de la ayuda asociada a la producción por vaca nodriza, aun cuando la tasa de partos exigida se alcance en el seno de un grupo menos numeroso de los animales declarados, ya que un porcentaje de partos inferior al exigido por la legislación nacional conlleva que ninguno de los animales declarados sea admitido?

2)

En caso de respuesta negativa a la cuestión prejudicial anterior, ¿debe determinarse, en el caso de autos, el número de animales admitidos en el sentido del artículo 2, apartado 1, punto 18 y del artículo 30, apartado 3, de dicho Reglamento, habida cuenta de las exigencias de gradación y de proporcionalidad establecidas en los considerandos 28 y 31 del citado Reglamento y de los artículos del Derecho de la Unión citados en la primera cuestión prejudicial, cuando el porcentaje de partos alcanzado sea inferior al exigido por la normativa nacional:

a)

computando como animales admitidos exclusivamente aquellos que han parido, o

b)

computando como animales admitidos aquellos que, entre los animales declarados, forman el grupo en el que se alcanza la tasa de partos determinada en la normativa nacional?

3)

Habida cuenta de los artículos 30, apartado 3, y 31, apartados 1 y 2, del Reglamento Delegado n.o 640/2014 y de la exigencia de proporcionalidad establecida en su considerando 31, ¿debe interpretarse el artículo 31, apartado 3, de este Reglamento en el sentido de que, para determinar la base de la sanción, debe establecerse la ratio entre los animales no conformes y los conformes, o bien la ratio entre los animales declarados y los conformes, y, además, el cociente así obtenido debe multiplicarse aún por 100, en un cálculo porcentual?

(1)  DO 2014, L 181, p. 48.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/11


Petición de decisión prejudicial planteada por el Okresný súd Bratislava II (Eslovaquia) el 17 de agosto de 2022 — INGSTEEL spol. s. r. o. / Úrad pre verejné obstarávanie

(Asunto C-547/22)

(2022/C 432/13)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Okresný súd Bratislava II

Partes en el procedimiento principal

Demandante: INGSTEEL spol. s. r. o.

Demandada: Úrad pre verejné obstarávanie

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Resulta compatible la práctica de un órgano jurisdiccional nacional, que conoce de un asunto relativo a una demanda de indemnización del daño causado a un licitador excluido ilegalmente de un procedimiento de contratación pública, de denegar la indemnización en concepto de pérdida de oportunidad (loss of opportunity) con el artículo 2, apartado 1, letra c), en relación con el artículo 2, apartados 6 y 7, de la Directiva 2007/66/CE (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2007, por la que se modifican las Directivas 89/665/CEE y 92/13/CEE del Consejo en lo que respecta a la mejora de la eficacia de los procedimientos de recurso en materia de adjudicación de contratos públicos?

2.

¿Resulta compatible la práctica de un órgano jurisdiccional nacional, que conoce de un asunto relativo a una demanda de indemnización del daño causado a un licitador excluido ilegalmente de un procedimiento de contratación pública, de considerar que el lucro cesante causado por la pérdida de la oportunidad de participar en el procedimiento de contratación pública no forma parte de la indemnización del daño con el artículo 2, apartado 1, letra c), en relación con el artículo 2, apartados 6 y 7, de la [Directiva 2007/66]?


(1)  DO 2007, L 335, p. 31.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Nejvyšší soud (República Checa) el 26 de agosto de 2022 — Inkreal s. r. o./Dúha reality s. r. o.

(Asunto C-566/22)

(2022/C 432/14)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Nejvyšší soud

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Inkreal s. r. o.

Demandada: Dúha reality s. r. o.

Cuestión prejudicial

¿Desde la perspectiva de la existencia de un elemento de extranjería, requisito necesario para la aplicación del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, puede fundarse la aplicación de este Reglamento únicamente en el hecho de que dos partes domiciliadas en el mismo Estado miembro acuerden la competencia de un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro de la Unión Europea?


(1)  DO 2012 L 351, p. 1.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/13


Recurso de casación interpuesto el 22 de septiembre de 2022 por Illumina, Inc. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera Ampliada) dictada el 13 de julio de 2022 en el asunto T-227/21, Illumina/Comisión

(Asunto C-611/22 P)

(2022/C 432/15)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Illumina, Inc. (representantes: D. Beard, BL, J. Holmes, Barrister, P. Chappatte, avocat, E. Wright, avocate, F. González Díaz, abogado, M. Siragusa, avvocato)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Grail LLC, República Helénica, República Francesa, Reino de los Países Bajos, Órgano de Vigilancia de la AELC

Pretensiones de la parte recurrente

La recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia recurrida.

Anule, en primer lugar, la Decisión C(2021) 2847 final de la Comisión, de 19 de abril de 2021, por la que esta estima la solicitud de la Autorité de la concurrence française (Autoridad de la competencia francesa) de examinar la operación de concentración dirigida a la adquisición por Illumina, Inc. del control exclusivo de Grail, Inc. (asunto COMP/M.10188 — Illumina/Grail); en segundo lugar, las Decisiones C(2021) 2848 final, C(2021) 2849 final, C(2021) 2851 final, C(2021) 2854 final y C(2021) 2855 final de la Comisión, de 19 de abril de 2021, por las que se estiman las solicitudes de las autoridades de la competencia de Grecia, Bélgica, Noruega, Islandia y Países Bajos de adherirse a la referida solicitud de remisión; en tercer lugar, el escrito de la Comisión de 11 de marzo de 2021 por el que se informa a Illumina y Grail de la solicitud de remisión y, en cuarto lugar, la decisión de la Comisión de 11 de marzo de 2021 por la que se informaba a Illumina de que se le prohibía ejecutar la concentración con arreglo al artículo 7 del Reglamento de concentraciones de la Unión Europea. (1)

Condene a la Comisión a cargar con las costas del presente procedimiento (el recurso ante el Tribunal General y el presente recurso contra la sentencia de este último).

Motivos y principales alegaciones

En primer lugar, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al interpretar el artículo 22, apartado 1, del Reglamento de concentraciones en el sentido de que autoriza a un Estado miembro que dispone de una legislación nacional en materia de control de las concentraciones, a presentar una solicitud de remisión a la Comisión de una concentración que no cumple los requisitos exigidos para poder ser examinada con arreglo a su legislación nacional en materia de control de las concentraciones.

En segundo lugar, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al desestimar el motivo invocado por Illumina basado en que la solicitud de remisión se realizó extemporáneamente, interpretando equivocadamente el significado del término «comunicación» que figura en el artículo 22 del Reglamento de concentraciones. El Tribunal General concluyó erróneamente que el plazo del que dispone un Estado miembro para presentar una solicitud de remisión a la Comisión no empieza a correr hasta que las partes en la concentración facilitan específicamente información suficiente a las autoridades de un Estado miembro para que estas puedan evaluar de forma preliminar si la concentración puede ser objeto de una remisión.

Al haber considerado que los retrasos de la Comisión en enviar la carta de invitación fueron excesivos y vulneraban el principio de seguridad jurídica, incumplían la obligación de actuar en un plazo razonable y violaban el principio de buena administración: i) el Tribunal General incurrió en error de Derecho al declarar que Illumina debía acreditar la violación de su derecho de defensa en el presente litigio, o ii) el Tribunal General incurrió en error de Derecho al declarar que tal violación no se había producido.

En tercer lugar, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al desestimar el motivo invocado por Illumina, basado en la confianza legítima que esta tenía en que no se introduciría ningún cambio en la política de la Comisión antes de que se proporcionaran unas directrices y/o en el hecho de que la Comisión alentara activamente a los Estados miembros a solicitar una remisión era contrario al principio de seguridad jurídica: i) al declarar que solo podía invocar una confianza legítima si las garantías en las que se apoya no se refieren específicamente a la concentración en cuestión; ii) al no caracterizar correctamente el alcance de la confianza legítima; iii) al declarar que a un discurso analizado con cuidado de la Vicepresidenta Ejecutiva de la Comisión responsable de la competencia no emanaba de la administración de la UE, y/o iv) al declarar que las garantías de la Vicepresidenta Ejecutiva en el sentido de que la Comisión seguiría adelante con su política de desincentivar a los Estados miembros para que no presentaran solicitudes de remisión (a la espera de que se publicaran las directrices) era coherente con el hecho de que la Comisión alentara las solicitudes de remisión.


(1)  Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones») (DO 2004 L 24, p. 1).


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/14


Recurso de casación interpuesto el 27 de septiembre de 2022 por RT France contra la sentencia del Tribunal General (Gran Sala) dictada el 27 de julio de 2022 en el asunto T-125/22, RT France / Consejo

(Asunto C-620/22 P)

(2022/C 432/16)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: RT France (representante: E. Piwnica, avocat)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea, Reino de Bélgica, República de Estonia, República Francesa, República de Letonia, República de Lituania, República de Polonia, Comisión Europea, Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 27 de julio de 2022 en el asunto T-125/22, RT France/Consejo.

Condene en costas al Consejo de la Unión Europea.

Con todas las consecuencias que procedan en Derecho.

Motivos y principales alegaciones

Según la parte recurrente, el Tribunal General no se atuvo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea al apreciar, para concluir que no se había vulnerado el derecho de la sociedad RT France a ser oída, que, en atención tanto al contexto absolutamente excepcional en el que se adoptaron los actos impugnados como al objetivo perseguido por el Consejo, las autoridades de la Unión no estaban obligadas a oír a la recurrente antes de la inclusión inicial de su nombre en las listas en cuestión.

La parte recurrente alega que el Tribunal General no se atuvo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales y desnaturalizó las pruebas aportadas al afirmar que ninguno de los argumentos invocados por la recurrente permitía demostrar que el procedimiento hubiera podido tener un resultado diferente si la parte recurrente hubiera sido oída antes de la adopción de las medidas en cuestión o si los motivos relativos a la aplicación de estas le hubieran sido comunicados anteriormente.

Asimismo, la parte recurrente alega una infracción del artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales e invoca que el Tribunal General desnaturalizó las pruebas que le fueron aportadas al considerar, para admitir las limitaciones a la libertad de expresión de la recurrente, que la medida restrictiva en cuestión es necesaria, apropiada y proporcionada a los objetivos que persigue.

La parte recurrente alega, asimismo, que el Tribunal General también infringió lo dispuesto en el artículo 16 de la Carta de los Derechos Fundamentales al basarse en el carácter transitorio de las restricciones impuestas a la recurrente y en la falta de prueba de su viabilidad económica para apreciar que la medida restrictiva impugnada no era desproporcionada.

Finalmente, la parte recurrente invoca la infracción del artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales y la desnaturalización de los elementos de prueba aportados al estimar que la recurrente no había sido objeto de ningún tipo de discriminación.


Tribunal General

14.11.2022   

ES

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C 432/16


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Google y Alphabet/Comisión (Google Android)

(Asunto T-604/18) (1)

(«Competencia - Abuso de posición dominante - Dispositivos móviles inteligentes - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 102 TFUE y del artículo 54 del Acuerdo EEE - Conceptos de plataforma y de mercado multifacéticos (“ecosistema”) - Sistema operativo (Google Android) - Tienda de programas de aplicación (Play Store) - Aplicaciones de búsqueda y navegación (Google Search y Chrome) - Acuerdos con fabricantes de aparatos y operadores de redes móviles - Infracción única y continua - Conceptos de plan general y conducta en el marco de una misma infracción (agrupación de productos, pagos por exclusividad y obligaciones antifragmentación) - Efecto expulsión - Derecho de defensa - Competencia de plena jurisdicción»)

(2022/C 432/17)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Google LLC (Mountain View, California, Estados Unidos) y Alphabet, Inc. (Mountain View) (representantes: N. Levy, J. Schindler, A. Lamadrid de Pablo, J. Killick, A. Komninos y G. Forwood, abogados, P. Stuart, D. Gregory y H. Mostyn, Barristers, y M. Pickford, QC)

Demandada: Comisión Europea (representantes: N. Khan, A. Dawes, C. Urraca Caviedes y F. Castillo de la Torre, agentes)

Partes coadyuvantes, en apoyo de las partes demandantes: Application Developers Alliance (Washington, D. C., Estados Unidos) (representantes: A. Parr y S. Vaz, Solicitors, y R. Baena Zapatero, abogado), Computer & Communications Industry Association (Washington, D. C.) (representantes: E. Batchelor y T. Selwyn Sharpe, Solicitors, y G. de Vasconcelos Lopes, abogado), Gigaset Communications GmbH (Bocholt, Alemania) (representante: J.-F. Bellis, abogado), HMD global Oy (Helsinki, Finlandia) (representantes: M. Glader y M. Johansson, abogados) y Opera Norway AS, anteriormente Opera Software AS (Oslo, Noruega) (representantes: M. Glader y M. Johansson, abogados)

Partes coadyuvantes, en apoyo de la parte demandada: BDZV — Bundesverband Digitalpublisher und Zeitungsverleger eV, anteriormente Bundesverband Deutscher Zeitungsverleger eV (Berlín, Alemania) (representantes: T. Höppner, profesor, y P. Westerhoff, abogado), Bureau européen des unions de consommateurs (BEUC) (Bruselas, Bélgica) (representante: A. Fratini, abogada), FairSearch AISBL (Bruselas) (representantes: T. Vinje, D. Paemen y K. Missenden, abogados), Qwant (París, Francia) (representantes: T. Höppner, profesor, y P. Westerhoff, abogado), Seznam.cz, a.s. (Praga, República Checa) (representantes: M. Felgr, T. Vinje, D. Paemen, J. Dobrý y P. Chytil, abogados), y Verband Deutscher Zeitschriftenverleger eV (Berlín) (representantes: M. Höppner, profesor, y P. Westerhoff, abogado)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, las partes demandantes solicitan, con carácter principal, la anulación de la Decisión C(2018) 4761 final de la Comisión, de 18 de julio de 2018, sobre la instrucción de un procedimiento con arreglo al artículo 102 TFUE y al artículo 54 del Acuerdo EEE (AT.40099 — Google Android) y, con carácter subsidiario, la supresión o reducción de la multa que se les impuso en dicha Decisión.

Fallo

1)

Anular los artículos 1, 3 y 4 de la Decisión C(2018) 4761 final de la Comisión Europea, de 18 de julio de 2018, sobre la instrucción de un procedimiento con arreglo al artículo 102 TFUE y al artículo 54 del Acuerdo EEE (AT.40099 — Google Android), en la medida en que se refieren al cuarto abuso de infracción única y continua, consistente en haber condicionado la celebración de acuerdos de reparto de ingresos con determinados fabricantes de equipamiento de origen y operadores de redes móviles a la preinstalación exclusiva de Google Search en una cartera predefinida de aparatos.

2)

Fijar el importe de la multa impuesta a Google LLC en el artículo 2 de la Decisión C(2018) 4761 final, por la infracción única que cometió según lo que resulta del punto 1 anterior, en 4 125 000 000 euros, importe en el que Alphabet participará con un importe de 1 520 605 895 euros en concepto de su responsabilidad solidaria.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

Google y Alphabet cargarán con sus propias costas.

5)

La Comisión cargará con sus propias costas.

6)

Application Developers Alliance, BDZV — Bundesverband Digitalpublisher und Zeitungsverleger eV, Bureau européen des unions des consommateurs (BEUC), Computer & Communications Industry Association, FairSearch AISBL, Gigaset Communications GmbH, HMD global Oy, Opera Norway AS, Qwant, Seznam.cz, a.s., y Verband Deutscher Zeitschriftenverleger eV cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 445 de 10.12.2018.


14.11.2022   

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C 432/17


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Helsingin kaupunki/Comisión

(Asunto T-597/19) (1)

(«Ayudas de Estado - Transporte en autobús - Préstamo para equipamiento y préstamos de capital concedidos por el ayuntamiento de Helsinki - Decisión por la que se declara la ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación - Ayuda existente - Ventaja - Aplicación del criterio del acreedor privado en una economía de mercado - Carácter público del deudor - Toma en consideración del régimen de ayudas existente - Criterio del inversor privado en una economía de mercado - Continuidad económica - Derechos procesales de las partes interesadas - Artículo 108 TFUE, apartado 2 - Obligación de motivación - Principios generales del Derecho de la Unión»)

(2022/C 432/18)

Lengua de procedimiento: finés

Partes

Demandante: Helsingin kaupunki (Helsinki, Finlandia) (representantes: I. Aalto-Setälä y H. Koivuniemi, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Huttunen y F. Tomat, agentes)

Parte coadyuvante, en apoyo de la parte demandante: República de Finlandia (representantes: J. Heliskoski y H. Leppo, agentes)

Partes coadyuvantes, en apoyo de la parte demandada: Nobina Oy (Espoo, Finlandia), Nobina AB (Solna, Suecia) (representantes: J. Åkermarck y T. Kalliokoski, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión (UE) 2020/1814 de la Comisión, de 28 de junio de 2019, relativa a la ayuda de estado SA.33846 — (2015/C) (ex 2014/NN) (ex 2011/CP) ejecutada por Finlandia a favor de Helsingin Bussiliikenne Oy (DO 2020, L 404, p. 10).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Helsingin kaupunki a cargar con sus propias costas, con las de la Comisión Europea, incluidas las del procedimiento de medidas provisionales, y con las Nobina Oy y Nobina AB.

3)

La República de Finlandia cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 363 de 28.10.2019.


14.11.2022   

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C 432/18


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Helsingin Bussiliikenne/Comisión

(Asunto T-603/19) (1)

(«Ayudas de Estado - Transporte en autobús - Préstamo para equipamiento y préstamos de capital concedidos por el Ayuntamiento de Helsinki - Decisión por la que se declara la incompatibilidad de la ayuda con el mercado interior y se ordena su recuperación - Continuidad económica - Derechos procesales de las partes interesadas - Artículo 6, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/1589 - Obligación de motivación»)

(2022/C 432/19)

Lengua de procedimiento: finés

Partes

Demandante: Helsingin Bussiliikenne Oy (Helsinki, Finlandia) (representantes: O. Hyvönen y N. Rosenlund, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Huttunen y F. Tomat, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandante: República de Finlandia (representantes: J. Heliskoski y H. Leppo, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Nobina Oy (Espoo, Finlandia), Nobina AB (Solna, Suecia) (representantes: J. Åkermarck y T. Kalliokoski, abogados)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión (UE) 2020/1814 de la Comisión, de 28 de junio de 2019, relativa a la ayuda estatal SA.33846 — (2015/C) (ex 2014/NN) (ex 2011/CP) concedida por Finlandia a Helsingin Bussiliikenne Oy (DO 2020, L 404, p. 10).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Helsingin Bussiliikenne Oy cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales, así como con las de Nobina Oy y Nobina AB.

3)

La República de Finlandia cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 383 de 11.11.2019.


14.11.2022   

ES

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C 432/19


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Methanol Holdings (Trinidad)/Comisión

(Asunto T-744/19) (1)

(«Dumping - Importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos - Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 - Artículo 3, apartados 1 a 3 y 5 a 8, del Reglamento (UE) 2016/1036 - Ventas realizadas a través de sociedades vinculadas - Determinación del precio de exportación - Perjuicio para la industria de la Unión - Cálculo de la subcotización de los precios - Relación de causalidad - Artículo 9, apartado 4, del Reglamento 2016/1036 - Cálculo del margen de perjuicio - Eliminación del perjuicio»)

(2022/C 432/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Methanol Holdings (Trinidad) Ltd (Couva, Trinidad y Tobago) (representantes: B. Servais y V. Crochet, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Luengo y P. Němečková, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: Achema AB (Jonava, Lituania) (representantes: B. O’Connor y M. Hommé, abogados), Grupa Azoty S.A. (Tarnów, Polonia), Grupa Azoty Zakłady Azotowe Puławy S.A. (Puławy, Polonia) (representantes: B. O’Connor y M. Hommé, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 de la Comisión, de 8 de octubre de 2019, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos (DO 2019, L 258, p. 21).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Methanol Holdings (Trinidad) Ltd cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, las de Achema AB, y las de Grupa Azoty S.A. y Grupa Azoty Zakłady Azotowe Puławy S.A.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


14.11.2022   

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C 432/19


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Nevinnomysskiy Azot y NAK «Azot»/Comisión

(Asunto T-865/19) (1)

(«Dumping - Importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos - Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 - Derecho antidumping definitivo - Margen de dumping - Determinación del valor normal - Ajustes - Cálculo del precio de exportación - Comparación ecuánime - Perjuicio para la industria de la Unión - Cálculo de la subcotización del precio - Ventas entre sociedades vinculadas - Relación de causalidad - Cálculo del margen de perjuicio - Eliminación del prejuicio - Regla del Derecho inferior - Recurso a los datos disponibles»)

(2022/C 432/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: AO Nevinnomysskiy Azot (Nevinnomyssk, Rusia), AO Novomoskovskaya Aktsionernaya Kompania NAK «Azot» (representantes: P. Vander Schueren y T. Martin-Brieu, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Luengo y P. Němečková, agentes)

Coadyuvante en apoyo de la demandada: Fertilizers Europe (Bruselas, Bélgica) (representantes: B. O'Connor y M. Hommé, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, las demandantes solicitan la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1688 de la Comisión, de 8 de octubre de 2019, por el que se impone un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional impuesto sobre las importaciones de mezclas de urea con nitrato de amonio originarias de Rusia, Trinidad y Tobago y los Estados Unidos (DO 2019, L 258, p. 21).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

AO Nevinnomysskiy Azot y AO Novomoskovskaya Aktsionernaya Kompania NAK «Azot» cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea y Fertilizers Europe.


(1)  DO C 61 de 24.2.2020.


14.11.2022   

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C 432/20


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Pollinis France/Comisión

(Asuntos acumulados T-371/20 y T-554/20) (1)

(«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos - Documento de orientación de la EFSA relativo a la evaluación de los riesgos de los productos fitosanitarios para las abejas - Posiciones individuales de los Estados miembros - Denegación de acceso - Artículo 4, apartado 3, del Reglamento n.o 1049/2001 - Excepción relativa a la protección del proceso de toma de decisiones»)

(2022/C 432/22)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Pollinis France (París, Francia) (representantes: C. Lepage y T. Bégel, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: S. Delaude, C. Ehrbar y G. Gattinara, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión C(2020) 4231 final de la Comisión, de 19 de junio de 2020, y de la Decisión C(2020) 5120 final de la Comisión, de 21 de julio de 2020, mediante las que la Comisión le denegó el acceso a determinados documentos relativos al documento de orientación de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) sobre la evaluación de los riesgos de los productos fitosanitarios para las abejas, adoptado por la EFSA el 27 de junio de 2013, inicialmente publicado el 4 de julio de 2013, nuevamente publicado con posterioridad el 4 de julio de 2014, y le concedió un acceso parcial a otros determinados documentos relativos al documento de orientación sobre las abejas de 2013.

Fallo

1)

Anular las Decisiones de la Comisión Europea C(2020) 4231 final, de 19 de junio de 2020, y C(2020) 5120 final, de 21 de julio de 2020, por cuanto deniegan el acceso a los documentos solicitados sobre la base del artículo 4, apartado 3, párrafo primero, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

2)

Condenar en costas a la Comisión.


(1)  DO C 297 de 7.9.2020.


14.11.2022   

ES

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C 432/21


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — SŽ — Tovorni promet/Comisión

(Asunto T-575/20) (1)

(«Directiva 2014/25/UE - Procedimientos de adjudicación de contratos en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de los servicios postales - Decisión de Ejecución sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE al transporte de mercancías por ferrocarril en Eslovenia - Exposición directa a la competencia - Definición del mercado del producto - Definición del mercado geográfico - Evaluación de la exposición directa a la competencia - Principio de buena administración - Obligación de motivación»)

(2022/C 432/23)

Lengua de procedimiento: esloveno

Partes

Demandante: SŽ — Tovorni promet d.o.o. (Liubliana, Eslovenia) (representante: V. Cukrov, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: K. Talabér-Ritz, L. Wildpanner y P. Ondrůšek, agentes, asistidos por M. Menard, abogada)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la demandante solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (UE) 2020/1025 de la Comisión, de 13 de julio de 2020, sobre la aplicabilidad del artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo al transporte de mercancías por ferrocarril en Eslovenia (DO 2020, L 226, p. 5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

SŽ — Tovorni promet d.o.o. cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


14.11.2022   

ES

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C 432/21


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — PB/Comisión

(Asunto T-775/20) (1)

(«Contratos públicos de servicios - Prestaciones de servicios de asistencia técnica al Alto Consejo Judicial y a las autoridades ucranianas - Irregularidades en el procedimiento de adjudicación - Recuperación de los importes abonados indebidamente - Nota de adeudo - Administrador de la sociedad - Base jurídica - Responsabilidad extracontractual»)

(2022/C 432/24)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: PB (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Baquero Cruz, J. Estrada de Solà y A. Katsimerou, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: E. Rebasti e I. Demoulin, agentes)

Objeto

Mediante su recurso, el demandante solicita, por una parte, sobre la base del artículo 263 TFUE, la anulación de la Decisión C(2020) 7151 final de la Comisión, de 22 de octubre de 2020, mediante la que se adopta una medida administrativa contra el administrador de la sociedad [Confidencial], con el fin de retirarle el importe percibido indebidamente en virtud de los contratos TACIS/2006/101-510 y CARDS/2008/166-429, y, por otra parte, sobre la base del artículo 340 TFUE, párrafo segundo, la devolución de todos los importes eventualmente recuperados por la Comisión sobre la base de dicha Decisión, junto con el pago de 10 000 euros en concepto de indemnización por daños y perjuicios, sin perjuicio de nueva valoración.

Fallo

1)

Anular la decisión C(2020) 7151 final de la Comisión, de 22 de octubre de 2020, mediante la que se adopta una medida administrativa contra el administrador de la sociedad [Confidencial], con el fin de retirarle el importe percibido indebidamente en virtud de los contratos TACIS/2006/101-510 y CARDS/2008/166-429.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

PB, la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea cargarán, cada uno de ellos, con sus propias costas.


(1)  DO C 72 de 1.3.2021.


14.11.2022   

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C 432/22


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — QN/Comisión

(Asunto T-179/21) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Informe de evaluación - Ejercicio de evaluación 2019 - Obligación de motivación - Error manifiesto de apreciación - Deber de asistencia y protección - Responsabilidad»)

(2022/C 432/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: QN (representantes: L. Levi y N. Flandin, abogadas)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Brauhoff y L. Hohenecker, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 270 TFUE, el demandante solicita, por una parte, la anulación de su informe de evaluación correspondiente a 2019 y, en la medida en que sea necesario, de la decisión de 22 de diciembre de 2020 de la Comisión Europea por la que se desestima su reclamación y, por otra parte, la reparación del perjuicio moral que supuestamente ha sufrido como consecuencia del antedicho informe.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a QN.


(1)  DO C 206 de 31.5.2021.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/23


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Sushi&Food Factor/EUIPO (READY 4YOU)

(Asunto acumulados T-367/21 y T-432/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitudes de marcas figurativas de la Unión READY 4YOU - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 432/26)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Recurrente: Sushi&Food Factor sp. z o.o. sp.k. (Robakowo, Polonia) (representante: J. Gwiazdowska, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Walicka y M. Chylińska, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de las decisiones de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 20 de abril de 2021 (asunto R 2273/2020-5), y de 13 de mayo de 2021 (asunto R 2321/2020-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Sushi&Food Factor sp. z o.o. sp.k.


(1)  DO C 329 de 16.8.2021.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/23


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

(Asunto T-416/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión ITINERANT - Marca figurativa anterior de la Unión que representa un pato cantando dentro de un círculo - Motivo de denegación relativo - Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 - Similitud - Renombre - Relación - Aprovechamiento indebido - Inexistencia de causa justificativa - Artículo 95, apartado 2, del Reglamento 2017/1001 - Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 - Documento presentado por primera vez ante la Sala de Recurso - Inadmisibilidad»)

(2022/C 432/27)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Itinerant Show Room Srl (San Giorgio in Bosco, Italia) (representante: E. Montelione, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Save the Duck SpA (Milán, Italia) (representante: M. De Vietro, abogada)

Objeto

Mediante su recurso, basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 6 de mayo de 2021 (asunto R 997/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre la coadyuvante y la recurrente.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Itinerant Show Room Srl cargará con sus propias costas y con las costas de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y de Save the Duck SpA.


(1)  DO C 357 de 6.9.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/24


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre 2022 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

(Asunto T-417/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión ITINERANT - Marca figurativa anterior de la Unión que representa un pato cantando dentro de un círculo - Motivo de denegación relativo - Artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 - Similitud - Renombre - Relación - Aprovechamiento indebido - Ausencia de justa causa - Artículo 95, apartado 2, del Reglamento 2017/1001 - Artículo 27, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 - Documento presentado por primera vez ante la Sala de Recurso - Inadmisibilidad»)

(2022/C 432/28)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Itinerant Show Room Srl (San Giorgio in Bosco, Italia) (representante: E. Montelione, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Save the Duck SpA (Milán, Italia) (representante: M. De Vietro, abogada)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 12 de mayo de 2021 (asunto R 1017/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre la coadyuvante y la recurrente.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Itinerant Show Room Srl cargará con sus propias costas y con las costas de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y de Save the Duck SpA.


(1)  DO C 357 de 6.9.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/25


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Gioioso/EUIPO — Maxi Di (MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT)

(Asunto T-423/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT - Marca nacional figurativa anterior GIOIA DI MARE - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 432/29)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Sebastiano Gioioso (Fasano, Italia) (representante: F. Amati, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: R. Raponi y J. Crespo Carrillo, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Maxi Di Srl (Belfiore, Italia)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, el recurrente solicita la anulación de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 10 de mayo de 2021 (asunto R 1650/2020-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Sebastiano Gioioso.


(1)  DO C 357 de 6.9.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/25


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Lotion/EUIPO (BLACK IRISH)

(Asunto T-498/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión BLACK IRISH - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c) del Reglamento (UE) 2017/1001 - Igualdad de trato - Obligación de motivación - Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001»)

(2022/C 432/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Lotion LLC (Woodland Hills, California, Estados Unidos) (representante: A. Deutsch, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: T. Klee y D. Hanf, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 7 de junio de 2021 (asunto R 199/2021-5).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Lotion LLC.


(1)  DO C 391 de 27.9.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/26


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Blueroots Technology/EUIPO — Rezk-Salama y Breitlauch (SKILLTREE STUDIOS)

(Asunto T-607/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión SKILLTREE STUDIOS - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter descriptivo - Carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 432/31)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Blueroots Technology GmbH (Graz, Austria) (representante: A. Huber-Erlenwein, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y D. Hanf, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Christof Rezk-Salama (Tréveris, Alemania), Linda Breitlauch (Tréveris) (representante: F. Weber, abogada)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 28 de julio de 2021 (asunto R 2218/2020-4).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Blueroots Technology GmbH.


(1)  DO C 462 de 15.11.2021.


14.11.2022   

ES

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C 432/27


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Privatbrauerei Eichbaum/EUIPO — Anchor Brewing Company (STEAM)

(Asunto T-609/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de caducidad - Marca denominativa de la Unión STEAM - Uso efectivo de la marca - Naturaleza del uso - Artículos 18, apartado 1, párrafo segundo, letra a), y 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Obligación de motivación - Derecho a ser oído - Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001»)

(2022/C 432/32)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Privatbrauerei Eichbaum GmbH & Co. KG (Mannheim, Alemania) (representantes: M. Schmidhuber y E. Levenson, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: G. Sakalaitė-Orlovskienė y J. Ivanauskas, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Anchor Brewing Company LLC (San Francisco, California, Estados Unidos) (representantes: I. Kuschel y W. von der Osten-Sacken, abogados)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación parcial de la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 14 de julio de 2021 (asunto R 780/2020-2), relativa a un procedimiento de caducidad entre ella y la parte coadyuvante.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Privatbrauerei Eichbaum GmbH & Co. KG.


(1)  DO C 471 de 22.11.2021.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/27


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Task Food/EUIPO — Foodtastic (ENERGY CAKE)

(Asunto T-686/21) (1)

(Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión ENERGY CAKE - Declaración de nulidad - Causas de nulidad absoluta - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001])

(2022/C 432/33)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Task Food s.r.o. (Bratislava, Eslovaquia) autorizada a sustituir a energy cake GmbH (representante: A. Bernegger, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: T. Klee y D. Hanf, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Foodtastic GmbH (Dortmund, Alemania)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 11 de agosto de 2021 (asunto R 2324/2020-5).

Fallo

1)

Autorizar a Task Food s.r.o. a sustituir como parte recurrente a energy cake GmbH.

2)

Desestimar el recurso.

3)

Condenar en costas a Task Food.


(1)  DO C 513 de 20.12.2021.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/28


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Balaban/EUIPO (Stahlwerk)

(Asunto T-705/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión STAHLWERK - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Articulo 7, apartado 1, letras b) y c) del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 432/34)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Okan Balaban (Bornheim, Alemania) (representante: T. Schaaf, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: E. Nicolas Gómez y M. Eberl, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación y la modificación de la resolución de la examinadora de 18 de noviembre de 2020 y de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 2 de septiembre de 2021 (asunto R 77/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Okan Balaban.


(1)  DO C 37 de 24.1.2022.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/29


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Balaban/EUIPO (Stahlwerkstatt)

(Asunto T-706/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión Stahlwerkstatt - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 432/35)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Okan Balaban (Bornheim, Alemania) (representante: T. Schaaf, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: E. Nicolás Gómez y M. Eberl, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, el recurrente solicita la anulación parcial y la modificación de la resolución de la examinadora de 27 de agosto de 2020 y de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 2 de septiembre de 2021 (asunto R 1987/2020-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Okan Balaban.


(1)  DO C 37 de 24.1.2022.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/29


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Refractory Intellectual Property/EUIPO (e-tech)

(Asunto T-737/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión e-tech - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 432/36)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Refractory Intellectual Property GmbH & Co. KG (Viena, Austria) (representante: J. Schmidt, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: E. Markakis, agente)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europa (EUIPO) de 9 de septiembre de 2021 (asunto R 548/2021-4).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Refractory Intellectual Property GmbH & Co. KG.


(1)  DO C 37 de 24.1.2022.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/30


Sentencia del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Protectoplus/EUIPO (Li-SAFE)

(Asunto T-795/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión Li-SAFE - Motivos de denegación absolutos - Carácter descriptivo - Articulo 7, apartado 1, letra c) del Reglamento (UE) 2017/1001 - Falta de carácter distintivo - Articulo 7, apartado 1, letra b) del Reglamento 2017/1001 - Limitación de los productos designados en la solicitud de marca»)

(2022/C 432/37)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Protectoplus GmbH (Rendsburg, Alemania) (representante: W. Riegger, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: T. Klee y E. Markakis, agentes)

Objeto

Mediante su recurso basado en el artículo 263 TFUE, la recurrente solicita la anulación de la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 6 de octubre de 2021 (asunto R 845/2021-1).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Protectoplus GmbH.


(1)  DO C 73 de 14.2.2022.


14.11.2022   

ES

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C 432/30


Recurso interpuesto el 18 de agosto de 2022 — Sberbank Europe/Consejo y otros

(Asunto T-523/22)

(2022/C 432/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sberbank Europe AG (Viena, Austria) (representante: O. Behrends, abogado)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Junta Única de Resolución

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare nula, con arreglo al artículo 264 TFUE, la Decisión impugnada. (1)

Condene a la JUR, la Comisión y al Consejo a cargar con las costas de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca nueve motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la JUR se extralimitó en sus competencias al adoptar una Decisión con respecto a la demandante.

2.

Segundo motivo, basado en que la JUR incurrió en vicios sustanciales de forma con respecto a la demandante.

3.

Tercer motivo, basado en que la Decisión impugnada incurre en una serie de vicios de fondo.

4.

Cuarto motivo, basado en que la JUR no consideró adecuadamente la posibilidad de adoptar medidas alternativas de conformidad con el artículo 18, apartado 1, letra b), del Reglamento del MUR. (2)

5.

Quinto motivo, basado en que la JUR no eligió la opción menos gravosa en el contexto de la medida de resolución con respecto a la parte demandante.

6.

Sexto motivo, basado en que la JUR infringió normas sustantivas y de procedimiento que regulan el instrumento de venta del negocio, incluido el artículo 20 del Reglamento del MUR.

7.

Séptimo motivo, basado en que la JUR vulneró el principio de proporcionalidad y cometió un error manifiesto de apreciación con respecto a las posibles soluciones alternativas.

8.

Octavo motivo, basado en que la JUR no se puso en contacto con la dirección de la parte demandante o de Sberbank Slovenia en relación con el artículo 13, apartado 3, del Reglamento del MUR.

9.

Noveno motivo, basado en que la JUR se abstuvo de seguir el plan de resolución sin ninguna justificación verosímil.


(1)  La Decisión impugnada por la parte demandante en este asunto es la Decisión de la JUR de 1 de marzo de 2022 (SRB/EES/2022/20) relativa a la filial eslovena de la demandante (Sberbank banka d.d.), incluida, en su caso, la aprobación de dicha Decisión por la Comisión y/o el Consejo.

(2)  Reglamento (UE) n.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 (DO 2014, L 225, p. 1).


14.11.2022   

ES

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C 432/31


Recurso interpuesto el 19 de agosto de 2022 — Sberbank Europe/Consejo y otros

(Asunto T-524/22)

(2022/C 432/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Sberbank Europe AG (Viena, Austria) (representante: O. Behrends, abogado)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Junta Única de Resolución

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare nulo y sin valor ni efecto alguno, con arreglo al artículo 264 TFUE, la Decisión impugnada, incluida, en su caso, la aprobación de dicha Decisión por la Comisión y el Consejo. (1)

Condene a la JUR, a la Comisión y al Consejo a cargar con las costas de la demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca nueve motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la JUR se excedió en sus competencias.

La demandante alega que la Decisión impugnada parte de la base de que la JUR está facultada para formular decisiones vinculantes relativas el régimen de insolvencia de la entidad matriz, cuando es materia que corresponde exclusivamente a los órganos jurisdiccionales nacionales competentes.

2.

Segundo motivo, basado en que la JUR incurrió en vicios sustanciales de forma frente a la demandante.

La demandante alega, en particular, que no le fue notificada debidamente, en tanto que verdadera destinataria, la Decisión impugnada.

3.

Tercer motivo, basado en que la Decisión impugnada adolece de múltiples vicios de fondo, consistentes, entre otros, en que no se cumplieron las condiciones del artículo 18 del Reglamento MUR. (2)

4.

Cuarto motivo, basado en que la JUR no consideró otras medidas alternativas razonables en el sentido del artículo 18, apartado 1, letra b) del Reglamento MUR.

5.

Quinto motivo, basado en que la JUR no eligió la opción menos gravosa en el marco de la medida de resolución respecto de la demandante.

6.

Sexto motivo, basado en que la JUR infringió las normas sustantivas y de procedimiento relativas al instrumento de venta del negocio, incluido el artículo 20 del Reglamento MUR.

7.

Séptimo motivo, basado en que la JUR vulneró el principio de proporcionalidad e incurrió en error manifiesto de apreciación con respecto a las soluciones potenciales alternativas.

8.

Octavo motivo, basado en que la JUR no contactó con la dirección de la demandante ni de Sberbank Croatia en el sentido del artículo 13, apartado 3, del Reglamento MUR.

9.

Noveno motivo, basado en que la JUR no siguió el plan de resolución, sin justificación válida alguna.


(1)  La decisión impugnada por el demandante es en este caso la Decisión (SRB/EES/2022/21) de la JUR, de 1 de marzo de 2022, respecto de la filial croata de la demandante (Sberbank banka d.d.).

(2)  Reglamento (UE) N.o 806/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2014, por el que se establecen normas uniformes y un procedimiento uniforme para la resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión en el marco de un Mecanismo Único de Resolución y un Fondo Único de Resolución y se modifica el Reglamento (UE) n.o 1093/2010 (DO 2014, L 225, p. 1).


14.11.2022   

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C 432/32


Recurso interpuesto el 23 septiembre de 2022 — Chipre / EUIPO — Kolios (HALLOUMAKI)

(Asunto T-594/22)

(2022/C 432/40)

Lengua en la que ha sido redactado el procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: República de Chipre (representante: S. Malynicz, Barrister-at-Law)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Kolios AE Elliniki Viomichania Galaktos (Kilkis, Grecia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Solicitud de marca figurativa de la Unión HALLOUMAKI — Solicitud de registro n.o 18126405

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de junio de 2022 en el asunto R 19/2022-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso a cargar con sus propias costas y con las de la recurrente.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo al haber interpretado erróneamente los servicios cubiertos por la marca controvertida.

Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo al no haber concluido que los consumidores y el público profesional podían establecer un vínculo entre los servicios especificados y los productos especificados.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/33


Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2022 — Veritas/Comisión

(Asunto T-602/22)

(2022/C 432/41)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Veneziana Energia Risorse Idriche Territorio Ambiente Servizi SpA (Veritas) (Venecia, Italia) (representante: A. Pasqualin, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

A través de una diligencia de ordenación del procedimiento,

ordene que se aporte el documento cuya comunicación fue rechazada (escrito enviado el 17 de octubre de 2019 por las autoridades italianas en el procedimiento EU Pilot procedure 9456/19/TAXUD);

obtenga la respuesta, junto con los correspondientes anexos, de las autoridades italianas mencionadas en las páginas 2 y 3 de la decisión impugnada;

ordene cualquier otra medida de ordenación que considere oportuna.

En cuanto al fondo:

Anule la decisión de la Comisión Europea — Secretaría General de 15 de julio de 2022, mediante la que se denegó a Veritas S.p.A. el acceso al escrito enviado el 17 de octubre de 2019 por las autoridades italianas en el procedimiento EU Pilot procedure 9456/19/TAXUD y conceda a la demandante el acceso solicitado.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error de Derecho y en un defecto de motivación en relación con las normas de procedimiento establecidas en el artículo 4, apartados 4 y 5, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión. Carácter contradictorio.

La demandante alega a este respecto que la medida recurrida fundamenta la denegación de acceso en una reconstrucción que contradice sin motivo la de la respuesta inicial de la institución relativa a la circunstancia de que las autoridades italianas han ejercitado la facultad a la que se refiere el artículo 4, apartado 5, del Reglamento n.o 1049/2001.

El error de Derecho, el defecto de motivación y la contradicción entre los actos del procedimiento lo vician, impidiendo comprobar la legitimidad del procedimiento en relación con las normas aplicables y a las valoraciones realizadas, privando de una motivación comprensible la denegación de acceso.

2.

Segundo motivo, basado en un error de Derecho y en una desviación de poder en relación con una omisión o un defecto de motivación y una deficiente instrucción.

La decisión impugnada deniega el acceso en relación con la excepción establecida en el artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento n.o 1049/2001, si bien, en el presente asunto, la motivación es solo aparente.

De forma contraria a Derecho, se ha denegado el acceso al documento solicitado sin explicar de qué manera tal acceso puede suponer un perjuicio para la protección de los procedimientos judiciales, y tampoco se ha demostrado que el riesgo de perjuicio sea razonablemente previsible y no meramente hipotético; no se ha especificado cuál es el procedimiento judicial nacional al que se refiere la decisión.

No se ha explicado la razón por la que la comunicación del documento a Veritas lesionaría el principio de igualdad de armas en el marco de un procedimiento judicial indeterminado en el que Veritas ni siquiera figura como parte.

La decisión no contiene una adecuada comprobación tanto de la existencia de una oposición «debidamente motivada» del Estado miembro que se opone a la divulgación del documento como del respeto de la exigencia de la protección a la que se refiere el artículo 4, apartado 2, segundo guion, del Reglamento n.o 1049/2001.


(1)  DO 2001, L 145, p. 43.


14.11.2022   

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C 432/34


Recurso interpuesto el 27 de septiembre de 2022 — Société du Tour de France/EUIPO — FitX (TOUR DE X)

(Asunto T-604/22)

(2022/C 432/42)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Société du Tour de France (Boulogne-Billancourt, Francia) (representantes: T. de Haan y S. Vandezande, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: FitX Beteiligungs GmbH (Essen, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión TOUR DE X — Solicitud de registro n.o 16701039

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 11 de julio de 2022 en el asunto R 1136/2019-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO y a la parte coadyuvante a cargar con las costas, incluidas aquellas en que incurrió la parte recurrente ante la Segunda Sala de Recurso de la Oficina.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 94 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/35


Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2022 — Kozitsyn/Consejo

(Asunto T-607/22)

(2022/C 432/43)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Andrey Anatolyevich Kozitsyn (Verkhnyaya Pyshma, Rusia) (representante: J. Grand d’Esnon, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

con carácter principal,

anule:

la Decisión (PESC) n.o 2022/1272 del Consejo de 21 de julio de 2022, (1) en lo que afecta al Sr. Kozitsyn;

el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2022/1270 del Consejo de 21 de julio de 2022, (2) en lo que afecta al Sr. Kozitsyn;

la Decisión (PESC) n.o 2022/329 del Consejo de 25 de febrero de 2022; (3)

el Reglamento (UE) n.o 2022/330 del Consejo de 25 de febrero de 2022; (4)

con carácter subsidiario,

anule:

la Decisión (PESC) n.o 2022/1272 del Consejo de 21 de julio de 2022, en lo que afecta al Sr. Kozitsyn;

el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 2022/1270 del Consejo de 21 de julio de 2022, en lo que afecta al Sr. Kozitsyn;

la letra g), del punto 2) del artículo 1 de la Decisión (PESC) n.o 2022/329 del Consejo del 25 de febrero de 2022;

la letra g), del punto 1) del artículo 1 del Reglamento (UE) n.o 2022/330 del Consejo de 25 de febrero de 2022;

en todo caso,

condene en costas al Consejo de la Unión Europea, en aplicación del artículo 140, letra b), del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca nueve motivos que son, en sustancia, idénticos o similares a los invocados en el marco del asunto T-234/22, Ismailova/Consejo.


(1)  Decisión (PESC) 2022/1272 del Consejo de 21 de julio de 2022 por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 193, p. 219).

(2)  Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1270 del Consejo de 21 de julio de 2022 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 269/2014 relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 193, p. 133).

(3)  Decisión (PESC) 2022/329 del Consejo de 25 de febrero de 2022 por la que se modifica la Decisión 2014/145/PESC relativa a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 50, p. 1).

(4)  Reglamento (UE) 2022/330 del Consejo de 25 de febrero de 2022 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 269/2014, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania (DO 2022, L 51, p. 1).


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/36


Recurso interpuesto el 1 de octubre de 2022 — Primicerj/Comisión

(Asunto T-612/22)

(2022/C 432/44)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Paola Primicerj (Roma, Italia) (representante: E. Iorio, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la Comisión Europea de 2 de agosto de 2022 [EMPL.C.1/BPM/kt (2022)5785472] por la que se desestima la solicitud de acceso (GestDem n. 2022/4090) al escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2002, dirigido por la Comisión a la República Italiana en el procedimiento de infracción 2016/4081, relativo a la compatibilidad con el Derecho de la Unión de la legislación nacional que regula el servicio que prestan los magistrados honorarios.

Ordene a la Comisión que permita que la demandante acceda al escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2002, dirigido por la Comisión a la República Italiana en el procedimiento de infracción 2016/4081.

Condene a la Comisión a cargar con las costas del procedimiento, en caso de oposición.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, relativo a la admisibilidad del recurso.

La demandante alega a este respecto que ejerce un derecho común de los ciudadanos de la Unión a la transparencia de la actuación de las instituciones para obtener la información necesaria, con arreglo al derecho que confiere a todos los ciudadanos de la Unión el Reglamento (CE) n.o 1049/2001 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

Asimismo, el hecho de tener conocimiento del escrito de requerimiento permitiría concretamente a la demandante ejercer su derecho a la información al conocer, después de más de seis años, las razones por las que la Comisión aún no ha emitido un dictamen motivado.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración de los principios en materia de acceso a los actos de las instituciones de la Unión consagrados en el artículo 1 TUE, párrafo segundo, en el artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en los artículos 1 y 4, apartado 2, tercer guion, del Reglamento n.o 1049/2001 — existencia de un interés general a acceder al escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2002.

La demandante alega a este respecto que existe un interés general y prevalente del derecho a la información, esto es del derecho a conocer la actuación de la Comisión y de la República Italiana en materia de independencia de los jueces, requisito esencial del Estado de Derecho, de modo que las reglas de exclusión del derecho de acceso deben interpretarse restrictivamente.

En las sentencias de 16 de julio de 2020, Governo della Repubblica italiana (Estatuto de los jueces de paz italianos) (C-658/18, EU:C:2020:572) y de 7 de abril de 2022, Ministero della Giustizia y otros (Estatuto de los jueces de paz italianos) (C-236/20, EU:C:2022:263), el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya señaló el carácter absolutamente inadecuado del conjunto de normas que regulan en Italia la magistratura honoraria y, en particular, los jueces de paz honorarios, con vulneración del principio de condicionalidad.

Es contrario a las normas en materia de transparencia y de divulgación de los documentos de las instituciones de la Unión negar la existencia de un interés general superior en conocer no los actos confidenciales y los debates entre la República Italiana y la Comisión, sino las imputaciones formuladas en el escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2002, del que se hizo eco la prensa nacional y que fue objeto de una comunicación resumida difundida por la propia Comisión.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber de motivación de los actos de las instituciones de la Unión.

La demandante alega a este respecto que el examen de la motivación de los actos permite que todos los interesados conozcan y comprendan de qué modo las instituciones aplican el Tratado, ya que la obligación de motivación tiene tanto una función de control como una función participativa, puesto que, al permitir comprender claramente las apreciaciones a partir de las que las instituciones adoptan sus actos, contribuye a reducir el déficit democrático que se censura con frecuencia a la Unión.

Se han vulnerado los principios en materia de motivación, ya que la Comisión se ha limitado a formular indicaciones absolutamente genéricas y estereotipadas acerca de las razones por las que, a su juicio, la divulgación del escrito de requerimiento complementario de 15 de julio de 2002 redundaría en perjuicio del «clima de confianza», al responder mediante un formulario que contiene muy pocas indicaciones que permitan a la demandante y al Tribunal ejercer un control efectivo sobre las razones de la negativa, insuficientemente motivada, en particular por lo que se refiere a las razones que impedían una divulgación siquiera parcial del acto, el cual ya fue parcialmente comunicado en el paquete de infracciones de 15 de julio de 2022, aunque de tal modo que no permite comprender ni el contenido ni las razones de las imputaciones complementarias formuladas respecto de Italia.

La denegación de acceso impugnada no indica claramente los motivos en los que se basa, su fundamento jurídico, los elementos de hecho y el modo en que se tomaron en consideración los diferentes intereses pertinentes, ya que esta denegación incide en el ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en los artículos 17 y 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, de modo que, dado que este acto impone una limitación de un derecho conferido a la demandante por el Tratado, al limitar esos derechos, la motivación debe ser especialmente rigurosa, precisa y detallada, con el fin de hacer fácilmente comprensibles las decisiones que se han adoptado.


(1)  DO 2001, L 145, p. 43.


14.11.2022   

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C 432/38


Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2022 Chipre/EUIPO — Cemet (Halime)

(Asunto T-615/22)

(2022/C 432/45)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: República de Chipre (representantes: S. Malynicz, Barrister-at-Law, y C. Milbradt, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Cemet Oy (Helsinki, Finlandia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión «Halime» — Solicitud de registro n.o 18241593

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 28 de junio de 2022 en el asunto R 121/2022-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la EUIPO (si interviene como parte coadyuvante) a cargar cada una con sus propias costas y con las de la recurrente.

Motivos invocados

La Sala de Recurso infringió el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo y el artículo 27 de la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (1) al ignorar el hecho de que las marcas anteriores eran marcas de certificación y no marcas individuales.

La Sala de Recurso infringió el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo y el artículo 27 de la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo al analizar el riesgo de confusión.

La Sala de Recurso incurrió en error, a tenor del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo, al analizar el carácter distintivo de las marcas de certificación anteriores.

La Sala de Recurso infringió el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo al realizar una comparación errónea de los respectivos productos y servicios.


(1)  DO 2015 L 336, p. 1.


14.11.2022   

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Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/39


Auto del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Synthomer/Comisión

(Asunto T-457/19) (1)

(2022/C 432/46)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Segunda ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 312 de 16.9.2019.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/39


Auto del Tribunal General de 14 de septiembre de 2022 — Hikma Pharmaceuticals y Hikma Pharmaceuticals International/Comisión

(Asunto T-712/19) (1)

(2022/C 432/47)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Segunda ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


14.11.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 432/39


Auto del Tribunal General de 14 de septiembre 2022 — The Weir Group y otros/Comisión

(Asunto T-718/19) (1)

(2022/C 432/48)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Segunda ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.