ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 297

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
4 de agosto de 2022


Sumario

Página

 

I   Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

 

RECOMENDACIONES

 

Banco Central Europeo

2022/C 297/01

Recomendación del Banco Central Europeo, de 27 de julio de 2022, al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del De Nederlandsche Bank, (BCE/2022/27)

1


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2022/C 297/02

Tipo de cambio del euro — 3 de agosto de 2022

3

 

INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

 

Órgano de Vigilancia de la AELC

2022/C 297/03

Ayuda estatal — Decisión de no formular objeciones

4

2022/C 297/04

Ayuda estatal — Decisión de no formular objeciones

5


 

Corrección de errores

 

Corrección de errores del Informe sobre la gestión presupuestaria y financiera — Sección I: Parlamento Europeo — Ejercicio 2021 ( DO C 279 de 20.7.2022 )

6


ES

 


I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

RECOMENDACIONES

Banco Central Europeo

4.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/1


RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO

de 27 de julio de 2022

al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo del De Nederlandsche Bank

(BCE/2022/27)

(2022/C 297/01)

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 27.1,

Considerando lo siguiente:

(1)

Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea.

(2)

En 2018 el De Nederlandsche Bank seleccionó a KPMG Accountants N.V. como auditor externo para los ejercicios de 2019 a 2022, con la opción de prorrogar el mandato hasta el ejercicio de 2025 (1).

(3)

El mandato del actual auditor externo de De Nederlandsche Bank, KPMG Accountants N.V., expirará tras la auditoría del ejercicio de 2022, por lo que es preciso nombrar auditor externo a partir del ejercicio de 2023.

(4)

El De Nederlandsche Bank pretende prorrogar el mandato de KPMG Accountants N.V. hasta el ejercicio de 2025. Dicha prórroga es posible de conformidad con los acuerdos contractuales entre el De Nederlandsche Bank y KPMG Accountants N.V.

HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:

Se recomienda que KPMG Accountants N.V. sea nombrado auditor externo del De Nederlandsche Bank para los ejercicios de 2023 a 2025.

Hecho en Fráncfort del Meno el 27 de julio de 2022.

La Presidenta del BCE

Christine LAGARDE


(1)  Recomendación BCE/2018/25 del Banco Central Europeo, de 19 de octubre de 2018, al Consejo de la Unión Europea, sobre el auditor externo de De Nederlandsche Bank (DO C 394 de 30.10.2018, p. 1).


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

4.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/3


Tipo de cambio del euro (1)

3 de agosto de 2022

(2022/C 297/02)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0194

JPY

yen japonés

136,18

DKK

corona danesa

7,4427

GBP

libra esterlina

0,83629

SEK

corona sueca

10,3913

CHF

franco suizo

0,9773

ISK

corona islandesa

139,30

NOK

corona noruega

9,8743

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

24,650

HUF

forinto húngaro

395,03

PLN

esloti polaco

4,6910

RON

leu rumano

4,9245

TRY

lira turca

18,3112

AUD

dólar australiano

1,4681

CAD

dólar canadiense

1,3085

HKD

dólar de Hong Kong

8,0022

NZD

dólar neozelandés

1,6266

SGD

dólar de Singapur

1,4069

KRW

won de Corea del Sur

1 336,03

ZAR

rand sudafricano

17,1283

CNY

yuan renminbi

6,8830

HRK

kuna croata

7,5178

IDR

rupia indonesia

15 184,35

MYR

ringit malayo

4,5435

PHP

peso filipino

56,855

RUB

rublo ruso

 

THB

bat tailandés

36,963

BRL

real brasileño

5,3547

MXN

peso mexicano

21,0788

INR

rupia india

80,6895


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

Órgano de Vigilancia de la AELC

4.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/4


Ayuda estatal — Decisión de no formular objeciones

(2022/C 297/03)

El Órgano de Vigilancia de la AELC no formula objeciones a la siguiente medida de ayuda estatal:

Fecha de adopción de la Decisión

5 de abril de 2022

N.o del expediente

88473

Decisión n.o

071/22/COL

Estado miembro de la AELC

Islandia

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

COVID-19 — Modificación del fondo de garantía de viajes para los operadores de viajes combinados

Base jurídica

Una modificación de la Ley n.o 78/2020 sobre viajes combinados y acuerdos de viaje vinculados

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Remedio a una grave perturbación de la economía

Tipo de ayuda

Bonificación de intereses

Presupuesto

4 500 millones ISK

Duración

Desde el 2.7.2020 hasta el 31.12.2020

Sectores económicos

NACE 79 – Actividades de agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda

Ferðamálastofa

Hafnarstræti, 91

600 Akureyri

ISLANDIA

El texto original de la Decisión, del que se han suprimido todos los datos confidenciales, puede consultarse en la página web del Órgano de Vigilancia de la AELC: http://www.eftasurv.int/state-aid/state-aid-register/decisions/


4.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/5


Ayuda estatal — Decisión de no formular objeciones

(2022/C 297/04)

El Órgano de Vigilancia de la AELC no formula objeciones a la siguiente medida de ayuda estatal:

Fecha de adopción de la Decisión

6 de abril de 2022

N.o del expediente

88307

Decisión n.o

068/22/COL

Estado miembro de la AELC

Noruega

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Medidas de ayuda estatal en favor de los vehículos que no generan emisiones (vehículos de emisión cero, «ZEV» por sus siglas en inglés)

Base jurídica

La medida tributaria de rematriculación se establece en la Decisión del Parlamento relativa al impuesto de rematriculación

El cálculo favorable del impuesto sobre la renta se establece en la Ley tributaria noruega (Ley n.o 14, de 26 de marzo de 1999) y en el Reglamento de desarrollo n.o 1158 del Ministerio, de 19 de noviembre de 1999

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Ayuda a la protección del medio ambiente

Tipo de ayuda

Reducción del tipo impositivo (impuesto de rematriculación); reducción de la base imponible (cálculo favorable del impuesto sobre la renta)

Presupuesto

Sin transformar.

Intensidad

Impuesto de rematriculación: 75 %

Cálculo favorable del impuesto sobre la renta: 20 %

Duración

Hasta el 31 de diciembre de 2023 en el caso de la medida sobre el impuesto de rematriculación. Sin límite de tiempo para el cálculo favorable del impuesto sobre la renta

Sectores económicos

Fabricación de vehículos (NACE C.28.1.1). Vehículos eléctricos

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda

Ministerio de Hacienda

Apdo. de correos 8008, Dep

N-0030 Oslo

NORUEGA

El texto original de la Decisión, del que se han suprimido todos los datos confidenciales, puede consultarse en la página web del Órgano de Vigilancia de la AELC:

http://www.eftasurv.int/state-aid/state-aid-register/decisions/


Corrección de errores

4.8.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 297/6


Corrección de errores del Informe sobre la gestión presupuestaria y financiera — Sección I: Parlamento Europeo — Ejercicio 2021

( Diario Oficial de la Unión Europea C 279 de 20 de julio de 2022 )

(2022/C 297/05)

En la página 5, en la nota 5:

donde dice:

«Reglamento (UE, Euratom) 2020/2013 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 2020).»,

debe decir:

«Reglamento (UE, Euratom) 2020/2013 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, p. 11).».