ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 24

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
17 de enero de 2022


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2022/C 24/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2022/C 24/02

Asunto C-680/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de noviembre de 2021 — Fulmen / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea [Recurso de casación — Política exterior y de seguridad común (PESC) — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán — Perjuicio supuestamente sufrido por la recurrente a raíz de la inclusión y el mantenimiento de su nombre en la lista de personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos — Recurso de indemnización — Competencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse sobre la pretensión de reparación del perjuicio supuestamente sufrido como consecuencia de medidas restrictivas establecidas en decisiones adoptadas en el marco de la PESC — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que tiene por objeto conferir derechos a los particulares]

2

2022/C 24/03

Asunto C-681/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de noviembre de 2021 — Fereydoun Mahmoudian / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea [Recurso de casación — Política exterior y de seguridad común (PESC) — Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán — Perjuicio supuestamente sufrido por el recurrente a raíz de la inclusión y el mantenimiento de su nombre en la lista de personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos — Recurso de indemnización — Competencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse sobre la pretensión de reparación del perjuicio supuestamente sufrido como consecuencia de medidas restrictivas establecidas en decisiones adoptadas en el marco de la PESC — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que tiene por objeto conferir derechos a los particulares]

3

2022/C 24/04

Asuntos acumulados C-748/19 a C-754/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Sąd Okręgowy w Warszawie — Polonia) — Procesos penales contra WB (C-748/19), XA, YZ (C-749/19), DT (C-750/19), ZY (C-751/19), AX (C-752/19), BV (C-753/19), CU (C-754/19) [Procedimiento prejudicial — Estado de Derecho — Independencia judicial — Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo — Normativa nacional que contempla la posibilidad de que el ministro de Justicia adscriba jueces en comisión de servicio a tribunales de grado superior y revoque estas comisiones de servicio — Órganos de enjuiciamiento de lo penal que incluyen jueces en comisión de servicio adscritos por el ministro de Justicia — Directiva (UE) 2016/343 — Presunción de inocencia]

3

2022/C 24/05

Asunto C-821/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 — Comisión Europea / Hungría (Recurso por incumplimiento — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Política de asilo — Directivas 2013/32/UE y 2013/33/UE — Procedimiento de concesión de protección internacional — Motivos de inadmisibilidad — Conceptos de tercer país seguro y primer país de asilo — Asistencia prestada a los solicitantes de asilo — Tipificación penal — Prohibición de entrada en la zona fronteriza del Estado miembro de que se trate)

4

2022/C 24/06

Asunto C-107/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala novena) de 18 de noviembre de 2021 — República Helénica / Comisión Europea [Recurso de casación — Política Agrícola Común (PAC) — Fondo Europeo Agrícola de Garantía [FEAGA] y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea — Gastos efectuados por la República Helénica — Reglamento (UE) n.o 1306/2013 — Artículo 52, apartado 4, letra c) — Correcciones financieras a tanto alzado — Plazo de 24 meses — Gastos comprendidos en ese plazo — Método de cálculo de la corrección — Ajuste del porcentaje de corrección]

5

2022/C 24/07

Asunto C-212/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — M.P., B.P. / A. prowadzący działalność za pośrednictwem A. S.A. (Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Contrato de préstamo hipotecario indexado a una divisa extranjera — Cláusula contractual relativa al tipo de cambio de compra y de venta de una divisa extranjera — Exigencia de inteligibilidad y de transparencia — Facultades del juez nacional)

5

2022/C 24/08

Asunto C-306/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Administratīvā apgabaltiesa — Letonia) — Visma Enterprise SIA / Konkurences padome (Procedimiento prejudicial — Competencia — Prácticas colusorias — Artículo 101 TFUE, apartados 1 y 3 — Acuerdos verticales — Restricción por el objeto o por el efecto — Exención — Registro por el distribuidor de la transacción potencial con el usuario final — Cláusula que confiere al distribuidor prioridad para llevar a cabo el proceso de venta durante seis meses a partir de la fecha de registro — Excepción — Oposición del usuario — Competencia del Tribunal de Justicia — Situación meramente interna — Normativa nacional que se atiene a las soluciones adoptadas por el Derecho de la Unión)

6

2022/C 24/09

Asunto C-358/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Judecătoria Oradea — Rumanía) — Promexor Trade SRL / Direcţia Generală a Finanţelor Publice Cluj — Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Bihor [Procedimiento prejudicial — Armonización de las legislaciones fiscales — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Derecho a la deducción del IVA — Anulación de la identificación a efectos del IVA de un sujeto pasivo — Denegación del derecho a deducción — Requisitos formales]

7

2022/C 24/10

Asunto C-413/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance francophone de Bruxelles — Bélgica) — État belge / LO y otros [Procedimiento prejudicial — Transporte aéreo — Reglamento (UE) n.o 1178/2011 — Requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil — Anexo I, apéndice 3, punto A, párrafos 9 y 10 — Curso de formación para la expedición de una licencia de piloto comercial — Instrucción de vuelo — Tiempo de instrumentos en tierra — Cálculo — Entrenamiento en simulador — Prueba de pericia — Principio de seguridad jurídica — Limitación temporal de los efectos de una sentencia dictada con carácter prejudicial]

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2022/C 24/11

Asunto C-479/21 PPU: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — Ejecución de sendas órdenes de detención europeas dictadas contra SN, SD [Procedimiento prejudicial — Procedimiento prejudicial de urgencia — Artículo 50 TUE — Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica — Artículo 217 TFUE — Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido — Protocolo (n.o 21) sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Mantenimiento por el Acuerdo de Retirada, con carácter transitorio, del régimen de la orden de detención europea respecto al Reino Unido — Aplicación a una orden de detención europea de las disposiciones relativas al mecanismo de entrega establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido — Regímenes vinculantes para Irlanda]

9

2022/C 24/12

Asunto C-686/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de octubre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Proximité d’Aulnay-sous-Bois — Francia) — YE y otros / Vueling Airlines SA [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Transporte aéreo — Reglamento (CE) n.o 261/2004 — Normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos — Artículo 3, apartado 3 — Ámbito de aplicación — Pasajeros que viajen gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté directa o indirectamente a disposición del público — Menor de corta edad que viaja gratuitamente — Artículo 2, letra f) — Concepto de billete]

9

2022/C 24/13

Asunto C-688/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 29 de octubre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Opatowie — Polonia) — HG, TC / Ubezpieczeniowy Fundusz Gwarancyjny (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Seguro obligatorio de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles — Directiva 2009/103/CE — Artículo 3, párrafo primero — Obligación de suscribir un contrato de seguro — Alcance — Vehículo no apto para circular, no matriculado y retirado legalmente de la circulación)

10

2022/C 24/14

Asunto C-345/21 P: Recurso de casación interpuesto el 3 de junio de 2021 por Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 24 de marzo de 2021 en el asunto T-282/19, Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

11

2022/C 24/15

Asunto C-452/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Warszawie (Polonia) el 21 de julio de 2021 — J.K., B.K. / Przedsiębiorstwo Państwowe X

11

2022/C 24/16

Asunto C-469/21: Petición de decisión prejudicial presentada por la Tribunal Supremo (España) el 29 de julio de 2021 — Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España / Administración General del Estado

12

2022/C 24/17

Asunto C-498/21 P: Recurso de casación interpuesto el 12 de agosto de 2021 por Birkenstock IP GmbH y Birkenstock Sales GmbH contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 2 de junio de 2021 en el asunto T-365/20, Birkenstock Sales GmbH / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

12

2022/C 24/18

Asunto C-521/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy Poznań-Stare Miasto w Poznaniu (Polonia) el 23 de agosto de 2021 — MJ / AA

13

2022/C 24/19

Asunto C-541/21 P: Recurso de casación interpuesto el 30 de agosto de 2021 por Joëlle Mélin contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 30 de junio de 2021 en el asunto T-51/20, Mélin / Parlamento

14

2022/C 24/20

Asunto C-570/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie (Polonia) el 13 de septiembre de 2021 — I.S., K.S. / YYY. S.A.

15

2022/C 24/21

Asunto C-573/21 P: Recurso de casación interpuesto el 17 de septiembre de 2021 por Marie-Christine Arnautu contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-740/20, Arnautu / Parlamento

16

2022/C 24/22

Asunto C-620/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Bulgaria) el 6 de octubre de 2021 — Momtrade Ruse OOD / Direktor na Direktsia Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika Varna pri Tsentralno upravlenie na Natsionalnata agentsia za prihodite

17

2022/C 24/23

Asunto C-621/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad (Bulgaria) el 6 de octubre de 2021 — WS / Intervyuirasht organ na Darzhavnata agentsia za bezhantsite pri Ministerskia savet

17

2022/C 24/24

Asunto C-631/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el gerechtshof ’s-Hertogenbosch (Países Bajos) el 14 de octubre de 2021 — Taxi Horn Tours BV / gemeente Weert, gemeente Nederweert, Touringcars VOF

18

2022/C 24/25

Asunto C-637/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 18 de octubre de 2021 — K.R.; Otra parte: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

19

2022/C 24/26

Asunto C-646/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag, zittingsplaats ‘s-Hertogenbosch (Países Bajos) el 25 de octubre de 2021 — K, L / Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

20

2022/C 24/27

Asunto C-660/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal correctionnel de Villefranche-sur-Saône (Francia) el 29 de octubre de 2021 — Procureur de la République / K. B., F. S.

21

2022/C 24/28

Asunto C-662/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus (Finlandia) el 4 de noviembre de 2021 — Booky.fi Oy

22

2022/C 24/29

Asunto C-666/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hovrätten för Nedre Norrland (Suecia) el 5 de noviembre de 2021 — AI / Åklagarmyndigheten

22

 

Tribunal General

2022/C 24/30

Asunto T-147/17: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Anastassopoulos y otros/Consejo y Comisión (Responsabilidad extracontractual — Política económica y monetaria — Reestructuración de la deuda pública griega — Participación del sector privado — Cláusulas de acción colectiva — Acreedores privados — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares — Igualdad de trato — Personas físicas y jurídicas — Prescripción — Imputabilidad — Admisibilidad — Responsabilidad objetiva — Perjuicio anormal y especial)

24

2022/C 24/31

Asunto T-612/17: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Google y Alphabet/Comisión (Google Shopping) (Competencia — Abuso de posición dominante — Búsqueda general y búsqueda especializada de productos en Internet — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 102 TFUE y del artículo 54 del Acuerdo EEE — Abuso por efecto de palanca — Competencia basada en los méritos o práctica contraria a la competencia — Condiciones de acceso por parte de los competidores a un servicio de una empresa dominante cuya utilización no puede ser sustituida efectivamente — Presentación privilegiada, por porte de la empresa dominante, de los resultados de su propio servicio de búsqueda especializada — Efectos — Necesidad de establecer una hipótesis contraria — Inexistencia — Justificaciones objetivas — Inexistencia — Posibilidad de imponer una multa habida cuenta de determinadas circunstancias — Directrices para el cálculo de las multas — Competencia jurisdiccional plena)

25

2022/C 24/32

Asunto T-160/19: Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — LTTE/Consejo (Política Exterior y de Seguridad Común — Medidas restrictivas adoptadas en el marco de la lucha contra el terrorismo — Congelación de fondos — Lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Base fáctica de las decisiones de congelación de fondos — Error de apreciación — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva)

26

2022/C 24/33

Asunto T-298/19: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Think Schuhwerk/EUIPO (Representación de herretes rojos de cordones de zapatos) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa herretes rojos de cordones de zapatos — Denegación de la solicitud — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Solicitud anterior sustancialmente idéntica — Inexistencia de fuerza de cosa juzgada — Obligación de motivación — Derecho a ser oído — Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 — Examen de oficio de los hechos — Artículo 95 del Reglamento 2017/1001]

27

2022/C 24/34

Asunto T-193/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Eternit/EUIPO — Eternit Österreich (Panel de construcción) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un panel de construcción — Dibujo o modelo anterior que representa un panel para pantalla acústica — Causa de nulidad — Falta de carácter singular — Sector de que se trata — Usuario informado — Grado de libertad del autor — Inexistencia de impresión general distinta — Pertinencia de los productos efectivamente comercializados — Artículos 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002]

27

2022/C 24/35

Asunto T-408/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — KR/Comisión (Función pública — Funcionarios — Retribuciones — Asignación por hijo a cargo — Artículo 2 del anexo VII del Estatuto — Concepto de hijo a cargo — Negativa a reconocer la condición de hijo a cargo a un estudiante que recibe una beca — Manutención efectiva del hijo — Régimen de seguro de enfermedad)

28

2022/C 24/36

Asunto T-430/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — KV/Comisión (Función pública — Funcionarios — Contratación — Convocatoria de oposición general EPSO/AD/371/19 — Decisión del tribunal calificador de no admitir al demandante en la etapa siguiente de la oposición — Criterio de admisión ligado a la experiencia profesional — Conformidad del criterio utilizado por el tribunal calificador con la convocatoria de oposición)

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2022/C 24/37

Asunto T-434/20: Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — Włodarczyk/EUIPO — Ave Investment (dziandruk) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión dziandruk — Causa de nulidad absoluta — Inexistencia de mala fe — Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

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2022/C 24/38

Asunto T-504/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Soapland/EUIPO — Norma (Manòu) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión Manòu — Marcas denominativas anteriores nacional e internacional MANOU — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Prueba del uso efectivo de las marcas anteriores]

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2022/C 24/39

Asunto T-517/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — VF International/EUIPO — National Geographic Society (NATIONAL GEOGRAPHIC) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión NATIONAL GEOGRAPHIC — Marca anterior no registrada geographic — Motivo de denegación relativo — Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local — Artículos 8, apartado 4, y 53, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

30

2022/C 24/40

Asunto T-518/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — VF International/EUIPO — National Geographic Society (NATIONAL GEOGRAPHIC) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión NATIONAL GEOGRAPHIC — Marca anterior no registrada GEOGRAPHIC — Motivo de denegación relativo — Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local — Artículos 8, apartado 4, y 52, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

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2022/C 24/41

Asunto T-538/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Guasch Pubill/EUIPO — Nap-Kings (Ropa de mesa) [Dibujo o modelo comunitario — Procedimiento de nulidad — Dibujo o modelo comunitario registrado que representa ropa de mesa — Divulgación del dibujo o modelo anterior — Artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 6/2002 — Causa de nulidad — Falta de carácter singular — Artículos 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 6/2002 — Inadmisibilidad de la solicitud de declaración de nulidad — Artículo 52, apartado 3, del Reglamento n.o 6/2002]

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2022/C 24/42

Asunto T-551/20: Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — Jeronimo Martins Polska/EUIPO — Rivella International (Riviva) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión Riviva — Marca denominativa anterior de la Unión RIVELLA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Desestimación parcial de la solicitud de registro — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Artículo 42, apartado 2, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001]]

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2022/C 24/43

Asunto T-616/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Société des produits Nestlé/EUIPO — Amigüitos pets & life (THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect — Marca denominativa anterior de la Unión ONE — Motivos de denegación relativos — Articulo 8, apartado 1, letra b) y apartado 5 del Reglamento (CE) n. 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b) y apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por parte del Tribunal General — Articulo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001 — Fuerza de cosa juzgada]

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2022/C 24/44

Asunto T-658/20: Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Jakober/EUIPO (Forma de una taza) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca tridimensional de la Unión — Forma de una taza — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Falta de carácter distintivo adquirido por el uso — Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001]]

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2022/C 24/45

Asunto T-247/16 RENV: Auto del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Trasta Komercbanka/BCE (Recurso de anulación — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE — Decisión por la que se revoca la autorización de una entidad de crédito — Desaparición del objeto del litigio — Desaparición del interés en ejercitar la acción — Sobreseimiento)

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2022/C 24/46

Asunto T-271/19: Auto del Tribunal General de 12 de noviembre de 2021 — Proodeftiki/Comisión (Ayudas de Estado — Demandante que dejó de responder a los requerimientos del Tribunal General — Sobreseimiento)

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2022/C 24/47

Asunto T-689/19: Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — ZU/SEAE (Recurso de anulación y de indemnización — Función pública — Funcionarios — Personal de la Comisión que presta servicios en el SEAE — Solicitud reembolso de los costes de misión — Solicitud de asistencia — Denegación — Competencia del autor del acto — Delegación de atribuciones — Procedimiento administrativo previo — Designación de la parte demandada — Inadmisibilidad parcial — Principio de buena gestión financiera — Desviación de poder — Recurso en parte manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno)

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2022/C 24/48

Asunto T-136/20: Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — Ardex/EUIPO — Chen (ArtiX PAINTS) (Marca de la Unión Europea — Revocación de la resolución impugnada — Desaparición del objeto del litigio — Sobreseimiento)

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2022/C 24/49

Asunto T-771/20: Auto del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — KS y KD/Consejo y otros (Recurso de indemnización — Política Exterior y de Seguridad Común — Misión Eulex Kosovo — Incompetencia manifiesta)

37

2022/C 24/50

Asunto T-5/21: Auto del Tribunal General de 4 de noviembre de 2021 — Stichting Comité N 65 Ondergronds Helvoirt/AEMA [Recurso de anulación — Medio ambiente — Directiva 2008/50/CE — Obligación de los Estados miembros de proteger y mejorar la calidad del aire ambiente — Negativa de la AEMA a plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia — Reglamento (CE) n.o 1367/2006 — Solicitud de revisión interna — Inadmisibilidad]

38

2022/C 24/51

Asunto T-77/21: Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — QC/Comisión (Función Pública — Funcionarios — Pensión — Transferencia de los derechos de pensión nacionales — Decisión por la que se determina el número de anualidades — Competencia reglada — Recurso de anulación y de indemnización — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno — No incoación de un procedimiento por incumplimiento — Inadmisibilidad — Orden conminatoria — Incompetencia manifiesta)

38

2022/C 24/52

Asunto T-96/21: Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión [Recurso de anulación — Medicamentos de uso humano — Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano Comirnaty — Vacuna de ARNm (con nucleósidos modificados) frente a COVID-19 — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de afectación directa — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad]

39

2022/C 24/53

Asunto T-136/21: Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión [Recurso de anulación — Medicamentos para uso humano — Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano COVID-19 Vaccine Moderna — Vacuna de ARNm frente a COVID-19 (con nucleósidos modificados) — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de afectación directa — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad]

40

2022/C 24/54

Asunto T-165/21: Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión [Recurso de anulación — Medicamentos para uso humano — Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano COVID-19 Vaccine AstraZeneca — Vacuna frente a COVID-19 (ChAdOx1-S [recombinante]) — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de afectación directa — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad]

41

2022/C 24/55

Asunto T-267/21: Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión [Recurso de anulación — Medicamentos de uso humano — Autorización condicional de comercialización del medicamento de uso humano COVID-19 Vaccine Janssen” — Vacuna contra la COVID-19 (Ad26.COV2-S[recombinante]) — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inexistencia de afectación directa — Inexistencia de afectación individual — Acto no reglamentario — Inadmisibilidad]

42

2022/C 24/56

Asunto T-653/21: Recurso interpuesto el 6 de octubre de 2021 — Callaway/Comisión

42

2022/C 24/57

Asunto T-661/21: Recurso interpuesto el 7 de octubre de 2021 — ClientEarth/Comisión

44

2022/C 24/58

Asunto T-663/21: Recurso interpuesto el 8 de octubre de 2021 — Zegers/Comisión

44

2022/C 24/59

Asunto T-702/21: Recurso interpuesto el 30 de octubre de 2021 — Ekobulkos/Comisión

45

2022/C 24/60

Asunto T-707/21: Recurso interpuesto el 3 de noviembre de 2021 — Hoteles Olivencia/EUIPO — Corporacion H10 Hotels (HOTELES HO)

46

2022/C 24/61

Asunto T-721/21: Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — Sunrise Medical y Sunrise Medical Logistics/Comisión

47

2022/C 24/62

Asunto T-730/21: Recurso interpuesto el 12 de noviembre de 2021 — Łosowski/EUIPO — Skawiński (KOMBI)

48

2022/C 24/63

Asunto T-740/21: Recurso interpuesto el 19 de noviembre de 2021 — Alcogroup y Alcodis/Comisión

48

2022/C 24/64

Asunto T-491/19: Auto del Tribunal General de 16 de noviembre de 2021 — Vodafone Group y otros/Comisión

49


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2022/C 24/01)

Última publicación

DO C 11 de 10.1.2022

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 2 de 3.1.2022

DO C 513 de 20.12.2021

DO C 502 de 13.12.2021

DO C 490 de 6.12.2021

DO C 481 de 29.11.2021

DO C 471 de 22.11.2021

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de noviembre de 2021 — Fulmen / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea

(Asunto C-680/19 P) (1)

(Recurso de casación - Política exterior y de seguridad común (PESC) - Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán - Perjuicio supuestamente sufrido por la recurrente a raíz de la inclusión y el mantenimiento de su nombre en la lista de personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos - Recurso de indemnización - Competencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse sobre la pretensión de reparación del perjuicio supuestamente sufrido como consecuencia de medidas restrictivas establecidas en decisiones adoptadas en el marco de la PESC - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que tiene por objeto conferir derechos a los particulares)

(2022/C 24/02)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Fulmen (representantes: A. Bahrami, avocat, N. Korogiannakis, dikigoros)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: M.-C. Cadilhac y M. Bishop, agentes), Comisión Europea (representantes: A. Bouquet y J. Roberti di Sarsina, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Fulmen a cargar, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 18 de noviembre de 2021 — Fereydoun Mahmoudian / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea

(Asunto C-681/19 P) (1)

(Recurso de casación - Política exterior y de seguridad común (PESC) - Medidas restrictivas adoptadas contra la República Islámica de Irán - Perjuicio supuestamente sufrido por el recurrente a raíz de la inclusión y el mantenimiento de su nombre en la lista de personas y entidades a las que se aplica la congelación de fondos y de recursos económicos - Recurso de indemnización - Competencia del Tribunal de Justicia para pronunciarse sobre la pretensión de reparación del perjuicio supuestamente sufrido como consecuencia de medidas restrictivas establecidas en decisiones adoptadas en el marco de la PESC - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que tiene por objeto conferir derechos a los particulares)

(2022/C 24/03)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Fereydoun Mahmoudian (representantes: A. Bahrami, avocat, N. Korogiannakis, dikigoros)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: M.-C. Cadilhac y M. Bishop, agentes), Comisión Europea (representantes: A. Bouquet y J. Roberti di Sarsina, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

El Sr. Fereydoun Mahmoudian cargará, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Sąd Okręgowy w Warszawie — Polonia) — Procesos penales contra WB (C-748/19), XA, YZ (C-749/19), DT (C-750/19), ZY (C-751/19), AX (C-752/19), BV (C-753/19), CU (C-754/19)

(Asuntos acumulados C-748/19 a C-754/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Estado de Derecho - Independencia judicial - Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo - Normativa nacional que contempla la posibilidad de que el ministro de Justicia adscriba jueces en comisión de servicio a tribunales de grado superior y revoque estas comisiones de servicio - Órganos de enjuiciamiento de lo penal que incluyen jueces en comisión de servicio adscritos por el ministro de Justicia - Directiva (UE) 2016/343 - Presunción de inocencia)

(2022/C 24/04)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Okręgowy w Warszawie

Partes en los procesos penales principales

WB (C-748/19), XA, YZ (C-749/19), DT (C-750/19), ZY (C-751/19), AX (C-752/19), BV (C-753/19), CU (C-754/19)

con intervención de: Prokuratura Krajowa, anteriormente Prokuratura Rejonowa w Mińsku Mazowieckim (C-748/19), Prokuratura Rejonowa Warszawa-Żoliborz w Warszawie (C-749/19), Prokuratura Rejonowa Warszawa-Wola w Warszawie (C-750/19, C-753/19 y C-754/19), Prokuratura Rejonowa w Pruszkowie (C-751/19), Prokuratura Rejonowa Warszawa-Ursynów w Warszawie (C-752/19) y Pictura sp. z o.o. (C-754/19)

Fallo

El artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, a la luz del artículo 2 TUE, y el artículo 6, apartados 1 y 2, de la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a unas disposiciones nacionales conforme a las cuales el ministro de Justicia de un Estado miembro puede, con arreglo criterios que no se publican, por un lado, adscribir a un juez en comisión de servicio a un tribunal de lo penal de grado superior por tiempo determinado o indefinido y, por otro lado, revocar tal comisión de servicio, en cualquier momento y mediante una decisión que no se motiva, con independencia de que se haya conferido por tiempo determinado o indefinido.


(1)  DO C 54 de 17.2.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 — Comisión Europea / Hungría

(Asunto C-821/19) (1)

(Recurso por incumplimiento - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Política de asilo - Directivas 2013/32/UE y 2013/33/UE - Procedimiento de concesión de protección internacional - Motivos de inadmisibilidad - Conceptos de «tercer país seguro» y «primer país de asilo» - Asistencia prestada a los solicitantes de asilo - Tipificación penal - Prohibición de entrada en la zona fronteriza del Estado miembro de que se trate)

(2022/C 24/05)

Lengua de procedimiento: húngaro

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: inicialmente J. Tomkin, A. Tokár y M. Condou-Durande, posteriormente J. Tomkin y A. Tokár, agentes)

Demandada: Hungría (representantes: K. Szíjjártó, M. M. Tátrai y M. Z. Fehér, agentes)

Fallo

1)

Declarar que Hungría ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud:

del artículo 33, apartado 2, de la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional, al permitir denegar una solicitud de protección internacional por considerarla inadmisible debido a que el solicitante llegó a su territorio a través de un Estado en el que no está expuesto a persecución ni a riesgo de daños graves o en el que se garantiza un nivel adecuado de protección;

de los artículos 8, apartado 2, y 22, apartado 1, de la Directiva 2013/32, así como del artículo 10, apartado 4, de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, al sancionar penalmente en su Derecho interno el comportamiento de todo aquel que, en el marco de una actividad de organización, preste asistencia para formular o presentar una solicitud de asilo en su territorio, cuando pueda demostrarse, más allá de toda duda razonable, que era consciente de que dicha solicitud no podía prosperar con arreglo a ese Derecho;

de los artículos 8, apartado 2, 12, apartado 1, letra c), y 22, apartado 1, de la Directiva 2013/32, así como del artículo 10, apartado 4, de la Directiva 2013/33, al privar del derecho a aproximarse a sus fronteras exteriores a toda persona sospechosa de haber cometido tal delito.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Hungría cargará, además de con sus propias costas, con cuatro quintas partes de las costas de la Comisión Europea.

4)

La Comisión Europea cargará con una quinta parte de sus costas.


(1)  DO C 19 de 20.1.2020


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala novena) de 18 de noviembre de 2021 — República Helénica / Comisión Europea

(Asunto C-107/20 P) (1)

(Recurso de casación - Política Agrícola Común (PAC) - Fondo Europeo Agrícola de Garantía [FEAGA] y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) - Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea - Gastos efectuados por la República Helénica - Reglamento (UE) n.o 1306/2013 - Artículo 52, apartado 4, letra c) - Correcciones financieras a tanto alzado - Plazo de 24 meses - Gastos comprendidos en ese plazo - Método de cálculo de la corrección - Ajuste del porcentaje de corrección)

(2022/C 24/06)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: E. Tsaousi, A.-E. Vasilopoulou y E.-E. Krompa, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: M. Konstantinidis y J. Aquilina, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — M.P., B.P. / «A.» prowadzący działalność za pośrednictwem «A.» S.A.

(Asunto C-212/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Contrato de préstamo hipotecario indexado a una divisa extranjera - Cláusula contractual relativa al tipo de cambio de compra y de venta de una divisa extranjera - Exigencia de inteligibilidad y de transparencia - Facultades del juez nacional)

(2022/C 24/07)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: M.P., B.P.

Demandada:«A.» prowadzący działalność za pośrednictwem «A.» S.A.

Con intervención de: Rzecznik Praw Obywatelskich

Fallo

1)

El artículo 5 de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que el contenido de una cláusula de un contrato de préstamo celebrado entre un profesional y un consumidor que fija los precios de compra y de venta de una divisa extranjera a la que se ha indexado el préstamo debe permitir a un consumidor normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz comprender, sobre la base de criterios claros e inteligibles, el modo en que se fija el tipo de cambio de la divisa extranjera utilizado para calcular el importe de las cuotas de reembolso, de manera que el propio consumidor tenga la posibilidad de determinar, por sí mismo, en cualquier momento, el tipo de cambio aplicado por el profesional.

2)

Los artículos 5 y 6 de la Directiva 93/13 deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que el juez nacional que ha constatado el carácter abusivo de una cláusula de un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor, en el sentido del artículo 3, apartado 1, de la citada Directiva, lleve a cabo la interpretación de dicha cláusula para paliar su carácter abusivo, aun cuando esa interpretación corresponda a la voluntad común de las partes contractuales.


(1)  DO C 304 de 14.9.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Administratīvā apgabaltiesa — Letonia) — «Visma Enterprise» SIA / Konkurences padome

(Asunto C-306/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Competencia - Prácticas colusorias - Artículo 101 TFUE, apartados 1 y 3 - Acuerdos verticales - Restricción «por el objeto» o «por el efecto» - Exención - Registro por el distribuidor de la transacción potencial con el usuario final - Cláusula que confiere al distribuidor «prioridad para llevar a cabo el proceso de venta» durante seis meses a partir de la fecha de registro - Excepción - Oposición del usuario - Competencia del Tribunal de Justicia - Situación meramente interna - Normativa nacional que se atiene a las soluciones adoptadas por el Derecho de la Unión)

(2022/C 24/08)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Administratīvā apgabaltiesa

Partes en el procedimiento principal

Demandante:«Visma Enterprise» SIA

Demandada: Konkurences padome

Fallo

1)

El artículo 101 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que el acuerdo celebrado entre un proveedor y un distribuidor en virtud del cual, durante seis meses a partir de la fecha de registro de la operación, se dará «prioridad para llevar a cabo el proceso de venta» al distribuidor que haya registrado antes la transacción potencial con el usuario final, a menos que dicho usuario se oponga a ello, no puede calificarse de «acuerdo que tenga por objeto» impedir, restringir o falsear el juego de la competencia, en el sentido de esa disposición, a menos que quepa considerar que ese acuerdo, con arreglo a su tenor, sus objetivos y su contexto, presenta el grado de nocividad suficiente con respecto a la competencia para calificarlo como tal.

En el supuesto de que dicho acuerdo no constituya una restricción de la competencia «por el objeto», en el sentido del artículo 101 TFUE, apartado 1, el órgano jurisdiccional nacional tendrá que examinar si, a la luz de todas las circunstancias pertinentes del litigio principal, a saber, especialmente el contexto económico y jurídico en el que operan las empresas afectadas, la naturaleza de los bienes o servicios contemplados, así como la estructura y las condiciones reales de funcionamiento del mercado pertinente, puede considerarse que el referido acuerdo restringe de forma suficientemente apreciable la competencia por sus efectos reales o potenciales.

2)

El artículo 101 TFUE, apartado 3, debe interpretarse en el sentido de que el acuerdo celebrado entre un proveedor y un distribuidor en virtud del cual, durante seis meses a partir de la fecha de registro de la operación, se dará «prioridad para llevar a cabo el proceso de venta» al distribuidor que haya registrado antes la transacción potencial con el usuario final, a menos que dicho usuario se oponga a ello, en el supuesto de que sea un acuerdo que tenga «por objeto» o «efecto» impedir, restringir o falsear el juego de la competencia, en el sentido del artículo 101 TFUE, apartado 1, solo puede ser objeto de una exención con arreglo al apartado 3 de este artículo si cumple las condiciones acumulativas que se recogen en dicho apartado.

3)

El artículo 101 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que no cabe excluir la existencia de un acuerdo prohibido por esa disposición por la sola razón de que la autoridad encargada de aplicar la citada disposición haya hecho una apreciación diferenciada a la hora de imputar a las partes de dicho acuerdo la responsabilidad de la infracción.


(1)  DO C 304 de 14.9.20.


17.1.2022   

ES

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C 24/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Judecătoria Oradea — Rumanía) — Promexor Trade SRL / Direcţia Generală a Finanţelor Publice Cluj — Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Bihor

(Asunto C-358/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Armonización de las legislaciones fiscales - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Derecho a la deducción del IVA - Anulación de la identificación a efectos del IVA de un sujeto pasivo - Denegación del derecho a deducción - Requisitos formales)

(2022/C 24/09)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Judecătoria Oradea

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Promexor Trade SRL

Demandada: Direcţia Generală a Finanţelor Publice Cluj — Administraţia Judeţeană a Finanţelor Publice Bihor

Fallo

Los artículos 168, 213, apartado 1, 214, apartado 1, y 273 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en su versión modificada por la Directiva 2010/45/UE del Consejo, de 13 de julio de 2010, así como el principio de neutralidad del impuesto sobre el valor añadido (IVA), deben interpretarse, a la luz de los principios de seguridad jurídica, protección de la confianza legítima y proporcionalidad, en el sentido de que, cuando la identificación de un sujeto pasivo del IVA haya sido anulada debido a que en sus declaraciones del IVA presentadas por seis meses consecutivos no se mencionan operaciones sujetas, pero ese sujeto pasivo continúa con su actividad pese a tal anulación, no se oponen a una normativa nacional que permite a la Administración tributaria competente obligar al citado sujeto pasivo a percibir el IVA devengado por sus operaciones gravadas, siempre que pueda solicitar una nueva identificación a efectos del IVA y deducir el IVA soportado. El hecho de que el administrador del sujeto pasivo sea socio de otra sociedad incursa en un procedimiento de insolvencia no puede, como tal, esgrimirse para denegar sistemáticamente a ese sujeto pasivo una nueva identificación a efectos del IVA.


(1)  DO C 378 de 9.11.2020.


17.1.2022   

ES

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C 24/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 18 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de première instance francophone de Bruxelles — Bélgica) — État belge / LO y otros

(Asunto C-413/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Transporte aéreo - Reglamento (UE) n.o 1178/2011 - Requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil - Anexo I, apéndice 3, punto A, párrafos 9 y 10 - Curso de formación para la expedición de una licencia de piloto comercial - Instrucción de vuelo - Tiempo de instrumentos en tierra - Cálculo - Entrenamiento en simulador - Prueba de pericia - Principio de seguridad jurídica - Limitación temporal de los efectos de una sentencia dictada con carácter prejudicial)

(2022/C 24/10)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal de première instance francophone de Bruxelles

Partes en el procedimiento principal

Demandante: État belge

Demandadas: LO, OG, SH, MB, JD, OP, Bluetail Flight School SA (BFS)

Fallo

1)

El anexo I, apéndice 3, punto A, párrafo 9, letra e), del Reglamento (UE) n.o 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relacionados con el personal de vuelo de la aviación civil en virtud del Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, en su versión modificada por el Reglamento (UE) 2018/1119 de la Comisión, de 31 de julio de 2018, debe interpretarse en el sentido de que, para el cómputo de las ciento quince horas de instrumentos contempladas en esta disposición, no es posible contabilizar más de cincuenta y cinco horas de instrumentos en tierra.

2)

El anexo I, apéndice 3, punto A, párrafo 10, del Reglamento n.o 1178/2011, en su versión modificada por el Reglamento 2018/1119, debe interpretarse en el sentido de que, en el caso de que un candidato haya superado la prueba de pericia antes de haber efectuado la totalidad de las horas de formación exigidas, la licencia CPL(A) solo puede concedérsele una vez que haya completado su formación y que haya llevado a cabo de nuevo la correspondiente prueba de pericia.


(1)  DO C 378 de 9.11.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 16 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Supreme Court — Irlanda) — Ejecución de sendas órdenes de detención europeas dictadas contra SN, SD

(Asunto C-479/21 PPU) (1)

(Procedimiento prejudicial - Procedimiento prejudicial de urgencia - Artículo 50 TUE - Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica - Artículo 217 TFUE - Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido - Protocolo (n.o 21) sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia - Cooperación judicial en materia penal - Orden de detención europea - Decisión Marco 2002/584/JAI - Mantenimiento por el Acuerdo de Retirada, con carácter transitorio, del régimen de la orden de detención europea respecto al Reino Unido - Aplicación a una orden de detención europea de las disposiciones relativas al mecanismo de entrega establecido por el Acuerdo de Comercio y Cooperación con el Reino Unido - Regímenes vinculantes para Irlanda)

(2022/C 24/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

Supreme Court

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: SN, SD

con intervención de: Governor of Cloverhill Prison, Irlanda, Attorney General, Governor of Mountjoy prison

Fallo

El artículo 50 TUE, el artículo 217 TFUE y el Protocolo (n.o 21) sobre la posición del Reino Unido y de Irlanda respecto del espacio de libertad, seguridad y justicia, anejo a los Tratados UE y FUE, deben interpretarse en el sentido de que son vinculantes para Irlanda el artículo 62, apartado 1, letra b), del Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, en relación con el artículo 185, párrafo cuarto, del mismo, y el artículo 632 del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra.


(1)  DO C 391 de 27.9.2021.


17.1.2022   

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C 24/9


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de octubre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal de Proximité d’Aulnay-sous-Bois — Francia) — YE y otros / Vueling Airlines SA

(Asunto C-686/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Transporte aéreo - Reglamento (CE) n.o 261/2004 - Normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos - Artículo 3, apartado 3 - Ámbito de aplicación - Pasajeros que viajen gratuitamente o con un billete de precio reducido que no esté directa o indirectamente a disposición del público - Menor de corta edad que viaja gratuitamente - Artículo 2, letra f) - Concepto de «billete»)

(2022/C 24/12)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal de Proximité d’Aulnay-sous-Bois

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: YE, LP, AN, legalmente representada por sus padres, YE y LP, OL, legalmente representada por sus padres, YE y LP, VX legalmente representada por sus padres, YE y LP, CE, legalmente representada por sus padres, YE y LP

Demandada: Vueling Airlines SA

Fallo

1)

El artículo 3, apartado 3, primera frase, del Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91, debe interpretarse en el sentido de que la condición relativa a la disponibilidad directa o indirecta al público que figura en dicha disposición no hace referencia a los pasajeros que viajen gratuitamente.

2)

El artículo 3, apartado 3, segunda frase, del Reglamento n.o 261/2004 debe interpretarse en el sentido de que un pasajero que viaja gratuitamente en razón de su corta edad, pero que no dispone de asiento asignado ni de tarjeta de embarque y cuyo nombre no figura en las reservas efectuadas por sus padres está excluido del ámbito de aplicación del citado Reglamento.


(1)  Fecha de presentación: 18.12.2020.


17.1.2022   

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C 24/10


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 29 de octubre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Opatowie — Polonia) — HG, TC / Ubezpieczeniowy Fundusz Gwarancyjny

(Asunto C-688/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Seguro obligatorio de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles - Directiva 2009/103/CE - Artículo 3, párrafo primero - Obligación de suscribir un contrato de seguro - Alcance - Vehículo no apto para circular, no matriculado y retirado legalmente de la circulación)

(2022/C 24/13)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy w Opatowie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: HG, TC

Demandada: Ubezpieczeniowy Fundusz Gwarancyjny

Fallo

El artículo 3, párrafo primero, de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, debe interpretarse en el sentido de que no es obligatorio suscribir un contrato de seguro de la responsabilidad civil relativa a la circulación de un vehículo automóvil durante el período en el que el vehículo de que se trate no sea apto para circular debido a su estado técnico, no esté matriculado y haya sido retirado temporalmente de la circulación de conformidad con el Derecho nacional aplicable.


(1)  Fecha de presentación: 17.12.2020.


17.1.2022   

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C 24/11


Recurso de casación interpuesto el 3 de junio de 2021 por Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi contra la sentencia del Tribunal General (Sala Segunda) dictada el 24 de marzo de 2021 en el asunto T-282/19, Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

(Asunto C-345/21 P)

(2022/C 24/14)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi (representantes: S. Malynicz, BL, S. Baran, Barrister, V. Marsland, Solicitor)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 23 de noviembre de 2021, el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) resolvió no admitir a trámite el recurso de casación y que Foundation for the Protection of the Traditional Cheese of Cyprus named Halloumi cargaría con sus propias costas.


17.1.2022   

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C 24/11


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Warszawie (Polonia) el 21 de julio de 2021 — J.K., B.K. / Przedsiębiorstwo Państwowe X

(Asunto C-452/21)

(2022/C 24/15)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Okręgowy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: J.K., B.K.

Demandada: Przedsiębiorstwo Państwowe X

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, apartados 1 y 2, los artículos 7, 17 y 37 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en relación con el artículo 1, apartado 1, y los artículos 2, 8 y 9 de la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, (1) en el sentido de que se oponen a una interpretación [de una disposición] del Derecho nacional, [a saber] el artículo 129, apartado 4, de la ustawa z dnia 27 kwietnia 2001 r. — Prawo ochrony środowiska (Ley de Protección Medioambiental, de 27 de abril de 2001), que prevé un plazo de caducidad de tres años para ejercitar una acción relativa a la limitación de la forma de uso de un inmueble, que impide que los propietarios de los inmuebles comprendidos en una zona de uso limitado, relativa al funcionamiento de un aeropuerto, obtengan una indemnización por la disminución del valor de los inmuebles y el resarcimiento de los gastos de aislamiento acústico, como ocurre en el asunto de que se trata?


(1)  DO 2002, L 189, p. 12.


17.1.2022   

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C 24/12


Petición de decisión prejudicial presentada por la Tribunal Supremo (España) el 29 de julio de 2021 — Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España / Administración General del Estado

(Asunto C-469/21)

(2022/C 24/16)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos de España

Recurrida: Administración General del Estado

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Es compatible con el Reglamento Delegado (UE) 2016/161 (1) y, en especial, con los arts. 25, 31, 32, 35, 36 y 44 del mismo, una norma nacional que crea un nodo —como herramienta al servicio del repositorio— cuya titularidad y gestión corresponde a la Administración del Estado?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, ¿es compatible con el Reglamento Delegado (UE) 2016/161 y, en especial, con los arts. 25, 31, 32, 35, 36 y 44 del mismo, una norma nacional que impone a las oficinas de farmacia la utilización del referido nodo siempre que dispensen medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud?

3)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, ¿es compatible con el Reglamento Delegado (UE) 2016/161 y, en especial, con los arts. 25, 31, 32, 35, 36 y 44 del mismo, una norma nacional que establece que, de no llegarse a un convenio entre la Administración del Estado y la entidad gestora del repositorio nacional para la integración en este último del referido nodo, la integración podrá ser acordada de manera unilateral y autoritativa mediante orden ministerial?


(1)  Reglamento Delegado (UE) 2016/161 de la Comisión, de 2 de octubre de 2015, que completa la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo estableciendo disposiciones detalladas relativas a los dispositivos de seguridad que figuran en el envase de los medicamentos de uso humano (DO 2016, L 32, p. 1)


17.1.2022   

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C 24/12


Recurso de casación interpuesto el 12 de agosto de 2021 por Birkenstock IP GmbH y Birkenstock Sales GmbH contra la sentencia del Tribunal General (Sala Sexta) dictada el 2 de junio de 2021 en el asunto T-365/20, Birkenstock Sales GmbH / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

(Asunto C-498/21 P)

(2022/C 24/17)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrentes: Birkenstock IP GmbH, Birkenstock Sales GmbH (representantes: N. Weber y D. Leisner, Rechtsanwälte)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 22 de noviembre de 2021, el Tribunal de Justicia (Sala de Admisión a Trámite de Recursos de Casación) resuelve no admitir a trámite el recurso de casación. Las recurrentes cargarán con sus propias costas.


17.1.2022   

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C 24/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy Poznań-Stare Miasto w Poznaniu (Polonia) el 23 de agosto de 2021 — MJ / AA

(Asunto C-521/21)

(2022/C 24/18)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy Poznań-Stare Miasto w Poznaniu

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MJ

Demandada: AA

con intervención de: Rzecznik Praw Obywatelskich

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Deben interpretarse los artículos 2 y 19, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea (en lo sucesivo, «TUE») y el artículo 6 TUE, apartados 1 a 3, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), en el sentido de que, a los efectos del Derecho de la Unión, no es un órgano jurisdiccional establecido por la ley aquel del que forma parte una persona nombrada para ocupar una plaza de juez en él mediante un procedimiento, en el que:

a)

la elección de la persona cuyo nombramiento judicial se propone al Presidente de la República de Polonia ha sido efectuada por la actual Krajowa Rada Sądownictwa (Consejo Nacional del Poder Judicial, Polonia), que ha sido designada de forma incompatible con las disposiciones constitucionales y legales polacas, no es un órgano independiente y no está integrada por representantes del colectivo judicial nombrados con independencia de los Poderes Ejecutivo y Legislativo y, por tanto, no se ha presentado válidamente una propuesta para la provisión de la plaza de juez de conformidad con el Derecho nacional;

b)

los participantes en el concurso de nombramiento no tuvieron acceso a las vías de recurso en el sentido de los artículos 2 TUE, 19 TUE, apartado 1, y 6 TUE, apartados 1 a 3, en relación con el artículo 47 de la Carta?

2.

¿Deben interpretarse los artículos 2 TUE y 19 TUE, apartado 1, en relación con el artículo 47 de la Carta, en el sentido de que cuando forme parte de un órgano jurisdiccional una persona nombrada en las circunstancias descritas en la primera cuestión:

a)

se oponen a la aplicación de las disposiciones de Derecho nacional, que atribuyen la competencia exclusiva para examinar la legalidad del nombramiento de esa persona para ocupar la plaza de juez a una Sala del Sąd Najwyższy (Tribunal Supremo, Polonia), integrada exclusivamente por personas nombradas para el cargo de juez en las circunstancias descritas en la primera cuestión, y que, al mismo tiempo, impiden que se examinen las alegaciones relativas a la provisión de la plaza de juez, tomando en consideración el contexto institucional y sistémico;

b)

a fin de garantizar la eficacia del Derecho de la Unión, requieren una interpretación del Derecho nacional que permita al órgano jurisdiccional recusar, también de oficio, a esa persona de conocer de un litigio con arreglo a las disposiciones —aplicadas por analogía— sobre recusación del juez que no sea idóneo para el desempeño de la función jurisdiccional [iudex inhabilis];

c)

a fin de aplicar el Derecho de la Unión y obtener el effet utile, requieren que el órgano jurisdiccional nacional inaplique una sentencia del tribunal constitucional nacional, en la medida en que dicha sentencia considera incompatible con el Derecho nacional el examen de una solicitud de recusación de un juez en la que se alega un defecto en el nombramiento del juez, por no cumplirse los requisitos de la Unión Europea relativos al juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley en el sentido del artículo 19 TUE, apartado 1, en relación con el artículo 47 de la Carta;

d)

a fin de aplicar el Derecho de la Unión y obtener el effet utile, requieren que el órgano jurisdiccional nacional inaplique una sentencia del tribunal constitucional nacional, si este se opone a la ejecución de un auto del Tribunal de Justicia de la UE sobre medidas provisionales en el que se ordena que se suspenda la aplicación de las disposiciones nacionales que impidan que los órganos jurisdiccionales nacionales examinen el cumplimiento de los requisitos de la Unión Europea relativos al juez independiente e imparcial, establecido previamente por la ley en el sentido del artículo 19 TUE, apartado 1, en relación con el artículo 47 de la Carta?


17.1.2022   

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C 24/14


Recurso de casación interpuesto el 30 de agosto de 2021 por Joëlle Mélin contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 30 de junio de 2021 en el asunto T-51/20, Mélin / Parlamento

(Asunto C-541/21 P)

(2022/C 24/19)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Joëlle Mélin (representante: F. Wagner, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 30 de junio de 2021 en el asunto T-51/20, Mélin/Parlamento.

Admita la excepción de ilegalidad propuesta y declare ilegales los artículos 33, párrafos primero y segundo, y 68, párrafos primero y segundo, de las Medidas de aplicación del Estatuto de los diputados («MAED»).

Declare que la decisión del Secretario General de 17 de diciembre de 2019 carecía de base jurídica y anule dicha decisión.

Con carácter principal:

Declare que Joëlle Mélin aportó la prueba del trabajo realizado por su asistente de conformidad con el artículo 33, párrafos primero y segundo, de las MAED y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En consecuencia,

Anule la decisión del Secretario General del Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2019, notificada mediante escrito n.o D202484 de fecha 18 de diciembre de 2019, adoptada en virtud del artículo 68 de la Decisión 2009/C 159/01 de la Mesa del Parlamento Europeo, de 19 de mayo y 9 de julio de 2008, «por la que se establecen medidas de aplicación del Estatuto de los diputados del Parlamento Europeo» en su versión modificada, por la que se consigna un crédito frente a la recurrente por importe de 130 339,35 euros en concepto de las cantidades indebidamente abonadas en el marco de la asistencia parlamentaria y se exponen los motivos para su reembolso.

Anule la nota de adeudo n.o 2019-2081 por la que se informó a la recurrente de que se había consignado un crédito frente a ella en aplicación de la decisión del Secretario General de 17 de diciembre de 2019, y por la que se ordenó la recuperación de las cantidades indebidamente abonadas en concepto de asistencia parlamentaria de conformidad con el artículo 68 de las MAED y los artículos 98 a 101 del Reglamento financiero.

Condene al Parlamento Europeo a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

La recurrente invoca un motivo titulado «INFRACCIÓN POR EL TRIBUNAL GENERAL DEL DERECHO DE LA UNIÓN — ERROR DE DERECHO Y ERROR DE CALIFICACIÓN DE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LOS HECHOS — ERROR MANIFIESTO DE APRECIACIÓN — DESNATURALIZACIÓN DE UNA SENTENCIA», que se subdivide en dos capítulos, el primero relativo a la excepción de ilegalidad propuesta en primera instancia y al análisis del primer motivo realizado por el Tribunal General y el segundo relativo al fondo y al análisis del tercer motivo realizado por el Tribunal General.

En el marco de primer capítulo, la recurrente propone una excepción de ilegalidad y aduce que los artículos 33, párrafos primero y segundo, y 68, párrafos primero y segundo, de las MAED no son conformes a los principios de seguridad jurídica y confianza legítima. Las alegaciones formuladas por la recurrente en el marco del segundo capítulo versan sobre la apreciación por el Tribunal General de los errores de hecho que se reprochan al Secretario General.


17.1.2022   

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C 24/15


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie (Polonia) el 13 de septiembre de 2021 — I.S., K.S. / YYY. S.A.

(Asunto C-570/21)

(2022/C 24/20)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: I.S., K.S.

Demandada: YYY. S.A.

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Deben interpretarse el artículo 2, letra b), de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, (1) y los considerandos de esta en el sentido de que no se oponen a que se incluya en la definición de «consumidor» a una persona que ejerce una actividad profesional y que, junto con un prestatario que no ejerce tal actividad, celebra un contrato de préstamo indexado a una moneda extranjera que se destina a un uso parcialmente profesional por parte de uno de los prestatarios y a un uso parcialmente ajeno a la actividad profesional de este, y ello no solo cuando el uso profesional sea marginal hasta el punto de tener un papel insignificante en el contexto global de ese contrato, siendo irrelevante a este respecto el hecho de que predomine el aspecto no profesional?

2.

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿deben interpretarse el artículo 2, letra b), de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, y los considerandos de esta en el sentido de que el concepto de «consumidor» incluye también a la persona que, en el momento de la firma de un contrato, ejercía una actividad profesional, mientras que el otro prestatario no ejercía en absoluto tal actividad y, posteriormente, estas dos personas celebraron con una entidad bancaria un contrato de préstamo indexado a una moneda extranjera cuyo capital se destinó a un uso parcialmente profesional por parte de uno de los prestatarios y a un uso parcialmente ajeno a la actividad profesional de este, en una situación en que el uso profesional no es marginal y no tiene un papel insignificante en el contexto global del contrato de préstamo, pero el aspecto no profesional es predominante y, de no haberse utilizado el capital del préstamo para un fin profesional, no habría sido posible obtener el préstamo para un fin no profesional?


(1)  DO 1993, L 95, p. 29.


17.1.2022   

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C 24/16


Recurso de casación interpuesto el 17 de septiembre de 2021 por Marie-Christine Arnautu contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-740/20, Arnautu / Parlamento

(Asunto C-573/21 P)

(2022/C 24/21)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Marie-Christine Arnautu (representante: F. Wagner, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 en el asunto T-740/20, Arnautu/Parlamento.

Admita la excepción de ilegalidad propuesta y declare ilegal el artículo 33, párrafos primero y segundo, de las Medidas de aplicación del Estatuto de los diputados («MAED»).

Declare que la decisión del Secretario General de 21 de septiembre de 2020 carecía de base jurídica y anule dicha decisión.

Con carácter principal:

Declare que Marie-Christine Arnautu aportó la prueba del trabajo realizado por su asistente de conformidad con el artículo 33, párrafos primero y segundo, de las MAED y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En consecuencia,

Anule la decisión del Secretario General del Parlamento Europeo de 21 de septiembre de 2020, adoptada en virtud del artículo 68 de la Decisión 2009/C 159/01 de la Mesa del Parlamento Europeo, de 19 de mayo y 9 de julio de 2008, «por la que se establecen medidas de aplicación del Estatuto de los diputados del Parlamento Europeo» en su versión modificada, por la que se consigna un crédito frente a la recurrente por importe de 87 203,46 euros en concepto de las cantidades indebidamente abonadas en el marco de la asistencia parlamentaria y se exponen los motivos para su reembolso.

Anule la nota de adeudo n.o 7000001577 por la que se informó a la recurrente de que se había consignado un crédito frente a ella en aplicación de la decisión del Secretario General de 21 de septiembre de 2020, y por la que se ordenó la recuperación de las cantidades indebidamente abonadas en concepto de asistencia parlamentaria de conformidad con el artículo 68 de las MAED y los artículos 98 a 101 del Reglamento financiero.

Condene al Parlamento Europeo a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

La recurrente invoca un motivo titulado «INFRACCIÓN POR EL TRIBUNAL GENERAL DEL DERECHO DE LA UNIÓN — ERROR DE DERECHO Y ERROR DE CALIFICACIÓN DE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LOS HECHOS — ERROR MANIFIESTO DE APRECIACIÓN», que se subdivide en dos capítulos, el primero relativo a la excepción de ilegalidad propuesta en primera instancia y al análisis del primer motivo realizado por el Tribunal General y el segundo relativo al fondo y al análisis del tercer motivo realizado por el Tribunal General.

En el marco de primer capítulo, la recurrente propone una excepción de ilegalidad y aduce que los artículos 33, párrafos primero y segundo, y 68, párrafos primero y segundo, de las MAED no son conformes a los principios de seguridad jurídica y confianza legítima. Las alegaciones formuladas por la recurrente en el marco del segundo capítulo versan sobre la apreciación por el Tribunal General del concepto de «tareas necesarias y directamente vinculadas al ejercicio del mandato de diputado».


17.1.2022   

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C 24/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Bulgaria) el 6 de octubre de 2021 — «Momtrade Ruse» OOD / Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Varna pri Tsentralno upravlenie na Natsionalnata agentsia za prihodite

(Asunto C-620/21)

(2022/C 24/22)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven administrativen sad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación y recurrida en la adhesión a la casación:«Momtrade Ruse» OOD

Recurrida en casación y recurrente en la adhesión a la casación: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Varna pri Tsentralno upravlenie na Natsionalnata agentsia za prihodite

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Permite la interpretación del artículo 132, apartado 1, letra g), de la Directiva sobre el IVA (1) que una sociedad mercantil, registrada como prestador de servicios sociales en un Estado miembro (en este caso, Bulgaria), se ampare en dicha disposición para invocar la exención fiscal de los servicios sociales que presta a personas físicas nacionales de otros Estados miembros en el territorio de esos Estados? ¿Es relevante para la respuesta a esta cuestión el hecho de que los destinatarios de los servicios hayan sido proporcionados al prestador por sociedades mercantiles intermediarias registradas en los Estados miembros en los que se prestan los servicios?

2.

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿conforme a qué criterios y con arreglo a qué Derecho —el búlgaro y/o el austriaco y el alemán— debe apreciarse, a la hora de interpretar y aplicar la disposición del Derecho de la Unión antes citada, si la sociedad inspeccionada tiene reconocido «su carácter social» y se considera acreditado que se trata de prestaciones de servicios «directamente relacionadas con la asistencia social y con la Seguridad Social»?

3.

Según esta interpretación, ¿basta con que una sociedad mercantil esté registrada como prestadora de servicios sociales, tal y como se definen estos en el Derecho nacional, para considerar que dicha sociedad constituye un organismo «al que el Estado miembro de que se trate recono[ce] su carácter social»?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


17.1.2022   

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C 24/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Sofia-grad (Bulgaria) el 6 de octubre de 2021 — WS / Intervyuirasht organ na Darzhavnata agentsia za bezhantsite pri Ministerskia savet

(Asunto C-621/21)

(2022/C 24/23)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Sofia-grad

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: WS

Recurrida: Intervyuirasht organ na Darzhavna agentsia za bezhantsite pri Ministerskia savet

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Con arreglo al considerando 17 de la Directiva 2011/95/UE, deben aplicarse los conceptos y las definiciones que contienen la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979, y el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, a fin de calificar la violencia contra la mujer por razones de género como motivo de concesión de protección internacional con arreglo a la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y con arreglo a la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida, (1) o bien la violencia contra la mujer por razones de género, como motivo de concesión de protección internacional con arreglo a la Directiva 2011/95/UE, tiene un significado autónomo, distinto del que resulta de los instrumentos de Derecho internacional mencionados?

2)

En el supuesto de que se invoque el ejercicio de violencia contra la mujer por razones de género, y para apreciar la pertenencia a un determinado grupo social como motivo de persecución en el sentido del artículo 10, apartado 1, letra d), de la Directiva 2011/95/UE, ¿debe atenderse exclusivamente al sexo biológico o social de la persona perseguida (violencia contra una mujer solo porque es una mujer)? ¿Los actos/formas/actuaciones de persecución concretos, como los mencionados en la enumeración no exhaustiva que figura en el considerando 30 [de la Directiva 2011/95/UE], pueden ser determinantes para la «visibilidad del grupo en la sociedad», es decir, su característica distintiva, según las circunstancias del país de origen, o dichos actos solamente pueden referirse a los actos de persecución previstos en el artículo 9, apartado 2, letras a) o f), de la Directiva 2011/95/UE?

3)

En caso de que la persona solicitante de protección invoque violencia por razones de género en forma de violencia doméstica, ¿constituye el sexo biológico o social un motivo suficiente para establecer la pertenencia a un grupo social determinado en el sentido del artículo 10, apartado 1, letra d), de la Directiva 2011/95/UE o debe establecerse una característica distintiva adicional, si el artículo 10, apartado 1, letra d), de la Directiva 2011/95/UE se interpreta de modo literal conforme a su tenor, con arreglo al cual los requisitos deben cumplirse de modo acumulativo y los aspectos relacionados con el sexo de la persona deben cumplirse de modo alternativo?

4)

En caso de que la persona solicitante invoque el ejercicio de violencia por razones de género en forma de violencia doméstica por un agente de persecución no estatal con arreglo al artículo 6, letra c), de la Directiva 2011/95/UE, ¿debe interpretarse el artículo 9, apartado 3, de la Directiva 2011/95/UE en el sentido de que, a efectos del nexo causal, es suficiente con que se aprecie una relación entre los motivos de persecución contemplados en el artículo 10 y los actos de persecución en el sentido del apartado 1, o debe necesariamente constatarse la ausencia de protección contra la persecución alegada, o existe la relación en aquellos casos en que los agentes de persecución no estatales no perciben los actos de persecución/violencia específicos como tales como actos por razones de género?

5)

¿La amenaza real de asesinato por honor en caso de regreso al país de origen, si se cumplen los demás requisitos pertinentes, puede justificar la concesión de protección subsidiaria con arreglo al artículo 15, letra a), de la Directiva 2011/95/UE, en relación con el artículo 2 del CEDH (nadie podrá ser privado de su vida intencionadamente), o dicha amenaza debe calificarse de daño con arreglo al artículo 15, letra b), de la Directiva 2011/95/UE, en relación con el artículo 3 del CEDH, como se interpreta en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, evaluando al mismo tiempo el riesgo de que se produzcan otros actos de violencia por razones de género, o para la concesión de esa protección es suficiente con que la persona solicitante no quiera subjetivamente acogerse a la protección del país de origen?


(1)  DO 2011, L 337, p. 9.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el gerechtshof ’s-Hertogenbosch (Países Bajos) el 14 de octubre de 2021 — Taxi Horn Tours BV / gemeente Weert, gemeente Nederweert, Touringcars VOF

(Asunto C-631/21)

(2022/C 24/24)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Gerechtshof ’s-Hertogenbosch

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Taxi Horn Tours BV

Recurridas: gemeente Weert, gemeente Nederweert, Touringcars VOF

Cuestiones prejudiciales

1)

Si varias personas (físicas y/o jurídicas) que cooperan entre sí tienen una empresa común (en el presente asunto, con la forma jurídica de una sociedad colectiva):

¿debe presentar separadamente cada una de esas personas un Documento Europeo Único de Contratación, o

deben presentar separadamente cada una de esas personas y su empresa común un Documento Europeo Único de Contratación, o

solo tiene que presentar un Documento Europeo Único de Contratación la empresa común?

2)

¿Supone alguna diferencia a este respecto el hecho de que:

la empresa común sea temporal o no temporal (permanente),

las personas que cooperan entre sí sean ellas mismas empresarios,

las personas que cooperan entre sí exploten una empresa propia similar a la empresa común o, cuando menos, operen en el mismo mercado,

la empresa común no sea una persona jurídica,

la empresa común pueda tener en todo caso un patrimonio separado (del patrimonio de los socios) (y sujeto a responsabilidad),

la empresa común esté facultada, de conformidad con el Derecho nacional, para representar a las personas que cooperan entre sí a la hora de responder a las preguntas del Documento Europeo Único de Contratación,

de conformidad con el Derecho nacional, en una sociedad colectiva, sean los socios los que asuman las obligaciones derivadas del contrato público y respondan solidariamente de su cumplimiento (y no, por tanto, la propia sociedad colectiva)?

3)

En el caso de que resulten pertinentes varios de los factores mencionados en la cuestión 2, ¿qué relación tienen estos entre sí? ¿Son más importantes que otros, o tienen incluso una relevancia fundamental, determinados factores?

4)

¿Es correcto que en el caso de una empresa común se exija, en todo caso, un Documento Europeo Único de Contratación separado a una de las personas que cooperan entre sí cuando, para la ejecución del contrato, (también) vayan a utilizarse recursos (tales como personal y medios de producción) pertenecientes a la empresa propia de dicha persona?

5)

¿Debe la empresa común cumplir determinados requisitos para poder tener la consideración de un único operador económico? En caso de respuesta afirmativa, ¿qué requisitos son estos?


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Raad van State (Países Bajos) el 18 de octubre de 2021 — K.R.; Otra parte: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

(Asunto C-637/21)

(2022/C 24/25)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Raad van State

Partes en el procedimiento principal

Demandante: K.R.

Otra parte: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 16, apartado 4, de la Directiva 2004/38/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, por la que se modifica el Reglamento (CEE) n.o 1612/68 y se derogan las Directivas 64/221/CEE, 68/360/CEE, 72/194/CEE, 73/148/CEE, 75/34/CEE, 75/35/CEE, 90/364/CEE, 90/365/CEE y 93/96/CEE, (1) en el sentido de que cualquier presencia en el Estado miembro de acogida, por breve que sea, de un ciudadano de la Unión con un derecho de residencia permanente basta para interrumpir un período de ausencia del Estado miembro de acogida de más de dos años consecutivos?

2)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿qué aspectos deben tenerse en cuenta para determinar si la presencia en el Estado miembro de acogida de tal ciudadano de la Unión interrumpe un período de ausencia del Estado miembro de acogida de más de dos años consecutivos? ¿Puede atribuirse alguna importancia a este respecto a la circunstancia de que el ciudadano de la Unión de que se trata haya trasladado el centro de sus intereses a otro Estado miembro?


(1)  DO 2004, L 158, p. 77.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/20


Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag, zittingsplaats ‘s-Hertogenbosch (Países Bajos) el 25 de octubre de 2021 — K, L / Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

(Asunto C-646/21)

(2022/C 24/26)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Den Haag, zittingsplaats ‘s-Hertogenbosch

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: K, L

Demandada: Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 10, apartado 1, letra d), de la Directiva de reconocimiento (1) en el sentido de que debe considerarse que las normas, valores y comportamientos efectivos occidentales que los nacionales de terceros países asumen mientras permanecen en el territorio del Estado miembro durante una parte considerable de la fase de la vida en la que forjan su identidad y se integran plenamente en la sociedad constituyen unos antecedentes comunes que no pueden cambiarse o bien son características tan fundamentales de su identidad que no se les puede exigir que renuncien a ellas?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿deben considerarse «miembros de un grupo social determinado» en el sentido del artículo 10, apartado 1, letra d), de la Directiva de reconocimiento los nacionales de terceros países que —con independencia de los motivos— hayan asumido normas y valores occidentales comparables en virtud de su permanencia efectiva en el Estado miembro durante la fase de la vida en que se forja su identidad? ¿Debe examinarse la cuestión de si se está en presencia de un «grupo social determinado que posee una identidad diferenciada en el país de que se trate» desde la perspectiva del Estado miembro o bien debe interpretarse, en relación con el artículo 10, apartado 2, de la Directiva de reconocimiento, en el sentido de que se atribuye una importancia decisiva al hecho de que el extranjero pueda acreditar que se considera que en su país de origen forma parte de un determinado grupo social, o cuando menos que se le atribuye tal condición? ¿Es compatible con el artículo 10 de la Directiva de reconocimiento, en relación con la prohibición de devolución y el derecho de asilo, la exigencia de que la occidentalización solo puede dar lugar al reconocimiento de la condición de refugiado cuando ello se deba a motivos religiosos o políticos?

3)

¿Es compatible con el Derecho de la Unión y, en particular, con el artículo 24, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), en relación con su artículo 51, apartado 1, una práctica jurídica nacional en la que una autoridad decisoria, al examinar una solicitud de protección internacional, pondera el interés superior del niño sin apreciar en concreto dicho interés (ni instar su apreciación) con anterioridad (en un procedimiento cualquiera)? ¿Será distinta la respuesta a esta cuestión si el Estado miembro debe examinar una solicitud de concesión de residencia por motivos ordinarios y debe tenerse en cuenta el interés superior del niño al decidirse sobre tal solicitud?

4)

¿De qué modo y en qué fase del examen de una solicitud de protección internacional debe tenerse en cuenta y ponderarse, a la vista del artículo 24, apartado 2, de la Carta, el interés superior del niño y, en concreto, el daño que ha sufrido un menor por permanecer efectivamente de forma prolongada en un Estado miembro? ¿Tiene alguna relevancia a este respecto el hecho de que esta permanencia efectiva fuera una permanencia legal? ¿Tiene alguna relevancia, a la hora de ponderar el interés superior del niño en el examen antes mencionado, el hecho de que el Estado miembro haya adoptado una decisión sobre la solicitud de protección internacional dentro de los plazos establecidos a tal fin en el Derecho de la Unión, que no se haya dado cumplimiento a una obligación de retorno impuesta con anterioridad y que el Estado miembro no haya procedido a la expulsión una vez adoptada una decisión de retorno, en virtud de lo cual haya podido prolongarse la permanencia efectiva del menor de edad en el Estado miembro?

5)

¿Es compatible con el Derecho de la Unión, a la vista del artículo 7 de la Carta, en relación con el artículo 24, apartado 2, de la misma, una práctica jurídica nacional en la que se establece una distinción entre la solicitud inicial de protección internacional y las posteriores, en el sentido de que no se tienen en cuenta en las solicitudes posteriores de protección internacional los motivos ordinarios de concesión?


(1)  Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida (DO 2011, L 337, p. 9).


17.1.2022   

ES

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C 24/21


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal correctionnel de Villefranche-sur-Saône (Francia) el 29 de octubre de 2021 — Procureur de la République / K. B., F. S.

(Asunto C-660/21)

(2022/C 24/27)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal correctionnel de Villefranche-sur-Saône

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Procureur de la République

Demandadas: K. B. y F. S.

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse los artículos 3 (Derecho a la información sobre los derechos) y 4 (Declaración sobre los derechos en el momento de la detención) de la Directiva del Parlamento Europeo de 22 de mayo de 2012, (1) el artículo 7 (Derecho a guardar silencio) de la Directiva del Parlamento Europeo de 9 de marzo de 2016, (2) y el artículo 48 en su conjunto (Presunción de inocencia y derechos de la defensa) de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en el sentido de que se oponen a la prohibición impuesta al órgano jurisdiccional nacional de apreciar de oficio una violación del derecho de defensa garantizado por dichas Directivas y, más concretamente, en tanto en cuanto se le prohíbe apreciar de oficio, a efectos de la nulidad de actuaciones, la falta de notificación del derecho a guardar silencio en el momento de la detención o la notificación tardía del derecho a guardar silencio?


(1)  Directiva 2012/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2012, relativa al derecho a la información en los procesos penales (DO 2012, L 142, p. 1).

(2)  Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio (DO 2016, L 65, p. 1).


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/22


Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein hallinto-oikeus (Finlandia) el 4 de noviembre de 2021 — Booky.fi Oy

(Asunto C-662/21)

(2022/C 24/28)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein hallinto-oikeus

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Booky.fi Oy

Otra parte: Kansallinen audiovisuaalinen instituutti (KAVI)

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se opone el artículo 34 TFUE, en relación con el artículo 36 TFUE, a una interpretación del artículo 5, apartado 1, de la Ley de productos audiovisuales conforme a la cual la clasificación de los soportes de productos audiovisuales de conformidad con dicha Ley y la indicación de la edad tolerada con arreglo a tal clasificación se ha de facilitar junto con la información del producto en el mismo momento en que el soporte se pone a la venta en una tienda virtual, aunque ya haya sido clasificado y etiquetado en otro Estado miembro y aún no haya sido expedido para su entrega en Finlandia?

¿Es relevante para la respuesta a esta cuestión que la Ley de productos audiovisuales no contenga ninguna excepción a la obligación de clasificación y etiquetado basada en la certeza de la mayoría de edad del comprador del soporte de productos audiovisuales y que la referida exigencia de nueva clasificación y etiquetado al ofrecer un soporte de productos audiovisuales en una tienda virtual solo se aplique cuando el producto es ofrecido por entidades u operadores económicos registrados o con establecimiento en Finlandia, o cuando es ofrecido por una persona de nacionalidad finlandesa o con residencia habitual en Finlandia, o cuando la decisión de ofrecer el producto se haya adoptado en Finlandia?

2)

Si la proporcionalidad de la referida exigencia de nueva clasificación y etiquetado requiere que sea posible acogerse a una excepción basada en la certeza de la mayoría de edad del comprador del producto audiovisual: ¿Debe exigirse, en las ventas a personas mayores de edad, que, en el momento del pedido y venta del soporte de productos audiovisuales, exista certeza absoluta sobre la mayoría de edad del comprador, o basta con que el vendedor de dicho soporte haya adoptado medidas para asegurarse de la mayoría de edad del comprador?


17.1.2022   

ES

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C 24/22


Petición de decisión prejudicial planteada por el Hovrätten för Nedre Norrland (Suecia) el 5 de noviembre de 2021 — AI / Åklagarmyndigheten

(Asunto C-666/21)

(2022/C 24/29)

Lengua de procedimiento: sueco

Órgano jurisdiccional remitente

Hovrätten för Nedre Norrland

Partes en el procedimiento principal

Recurrente y recurrida: AI y Åklagarmyndigheten

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el concepto de transporte por carretera de mercancías del artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 561/2006 (1) en el sentido de que comprende los transportes en vehículos con una masa total superior a 3,5 toneladas cuyo uso principal es servir de vivienda temporal de uso privado?

2)

En tales circunstancias, ¿son relevantes la capacidad de carga del vehículo o la forma en que este esté registrado en el registro nacional de tráfico?


(1)  Reglamento (CE) n.o 561/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera y por el que se modifican los Reglamentos (CEE) n.o 3821/85 y (CE) n.o 2135/98 del Consejo y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 3820/85 del Consejo (DO 2006, L 102, p. 1).


Tribunal General

17.1.2022   

ES

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C 24/24


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Anastassopoulos y otros/Consejo y Comisión

(Asunto T-147/17) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Política económica y monetaria - Reestructuración de la deuda pública griega - Participación del sector privado - Cláusulas de acción colectiva - Acreedores privados - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares - Igualdad de trato - Personas físicas y jurídicas - Prescripción - Imputabilidad - Admisibilidad - Responsabilidad objetiva - Perjuicio anormal y especial»)

(2022/C 24/30)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Nikolaos Anastassopoulos (Nea Erythraia, Grecia), Aristeidis Anastassopoulos (Nea Erythraia), Alexia Anastassopoulos (Nea Erythraia), Maria-Myrto Anastassopoulos (Nea Erythraia), Sophie Velliou (Kifisia, Grecia) (representantes: K. Floros, M. Meng-Papantoni y H. Tagaras, abogados)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea (representantes: K. Michoel, E. Chatziioakeimidou y J. Bauerschmidt, agentes), Comisión Europea (representantes: J.-P. Keppenne, L. Flynn y T. Maxian Rusche, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita el resarcimiento por los daños y perjuicios que los demandantes afirman haber sufrido como consecuencia de la ejecución de un canje obligatorio de títulos de deuda pública en el marco de la restructuración de la deuda pública griega en 2012, en virtud de una participación de los inversores privados que implicaba la aplicación de cláusulas de acción colectiva, por razón de conductas o actos del Eurogrupo, de su Presidente, de los Jefes de Estado o de Gobierno de la zona euro y de la Comisión que le son inherentes.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a los Sres. Nikolaos Anastassopoulos y Aristeidis Anastassopoulos y a las Sras. Alexia Anastassopoulos, Maria-Myrto Anastassopoulos y Sophie Velliou.


(1)  DO C 202 de 26.6.2017.


17.1.2022   

ES

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C 24/25


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Google y Alphabet/Comisión (Google Shopping)

(Asunto T-612/17) (1)

(«Competencia - Abuso de posición dominante - Búsqueda general y búsqueda especializada de productos en Internet - Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 102 TFUE y del artículo 54 del Acuerdo EEE - Abuso por efecto de palanca - Competencia basada en los méritos o práctica contraria a la competencia - Condiciones de acceso por parte de los competidores a un servicio de una empresa dominante cuya utilización no puede ser sustituida efectivamente - Presentación privilegiada, por porte de la empresa dominante, de los resultados de su propio servicio de búsqueda especializada - Efectos - Necesidad de establecer una hipótesis contraria - Inexistencia - Justificaciones objetivas - Inexistencia - Posibilidad de imponer una multa habida cuenta de determinadas circunstancias - Directrices para el cálculo de las multas - Competencia jurisdiccional plena»)

(2022/C 24/31)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Google LLC, anteriormente Google Inc. (Mountain View, California, Estados Unidos), Alphabet, Inc. (Mountain View) (representantes: T. Graf, R. Snelders, C. Thomas, K. Fountoukakos-Kyriakakos, abogados, R. O’Donoghue, M. Pickford, QC, y D. Piccinin, Barrister)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Christoforou, N. Khan, A. Dawes, H. Leupold y C. Urraca Caviedes, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de las demandantes: Computer & Communications Industry Association (Washington, DC, Estados Unidos) (representantes: J. Killick y A. Komninos, abogados)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Federal de Alemania (representantes: J. Möller, S. Heimerl y S. Costanzo, agentes), Órgano de Vigilancia de la AELC (representantes: C. Zatschler y C. Simpson, agentes), Oficina Europea de Uniones de Consumidores (BEUC) (Bruselas, Bélgica) (representante: A. Fratini, abogada), Infederation Ltd (Crowthorne, Reino Unido) (representantes: A. Morfey, S. Gartagani, L. Hannah, A. D’heygere, K. Gwilliam, Solicitors, y T. Vinje, abogado), Kelkoo (París, Francia) (representantes: J. Koponen y B. Meyring, abogados), Verband Deutscher Zeitschriftenverleger eV (Berlín, Alemania) (representantes: T. Höppner, profesor, P. Westerhoff y J. Weber, abogados), Visual Meta GmbH (Berlín) (representantes: T. Höppner, profesor, y P. Westerhoff, abogado), BDZV — Bundesverband Digitalpublisher und Zeitungsverleger eV, anteriormente Bundesverband Deutscher Zeitungsverleger eV (Berlín) (representantes: T. Höppner, profesor, y P. Westerhoff, abogado), Twenga (París) (representantes: L. Godfroid, S. Hautbourg y S. Pelsy, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita, con carácter principal, la anulación de la Decisión C(2017) 4444 final de la Comisión, de 27 de junio de 2017, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 54 del Acuerdo EEE [asunto AT.39740 — Búsqueda de Google (Shopping)], y, con carácter subsidiario, la anulación o la reducción del importe de la multa impuesta a las partes demandantes.

Fallo

1)

Anular el artículo 1 de la Decisión C(2017) 4444 final de la Comisión, de 27 de junio de 2017, relativa a un procedimiento en virtud del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 54 del Acuerdo EEE [asunto AT.39740 — Búsqueda de Google (Shopping)], únicamente en la medida en que la Comisión Europea constató en ella una infracción de dichas disposiciones por parte de Google LLC y de Alphabet, Inc., en trece mercados nacionales de búsqueda general dentro del Espacio Económico Europeo (EEE) sobre la base de la existencia de efectos contrarios a la competencia en dichos mercados.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Google y Alphabet cargarán con sus propias costas y con las costas de la Comisión excepto las costas en que esta ha incurrido por la intervención de Computer & Communications Industry Association.

4)

Computer & Communications Industry Association cargará con sus propias costas y con las costas en que la Comisión ha incurrido por la intervención de aquella.

5)

La República Federal de Alemania, el Órgano de Vigilancia de la AELC, la Oficina Europea de Uniones de Consumidores (BEUC), Infederation Ltd, Kelkoo, Verband Deutscher Zeitschriftenverleger eV, Visual Meta GmbH, BDZV — Bundesverband Digitalpublisher und Zeitungsverleger eV y Twenga cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 369 de 30.10.2017.


17.1.2022   

ES

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C 24/26


Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — LTTE/Consejo

(Asunto T-160/19) (1)

(«Política Exterior y de Seguridad Común - Medidas restrictivas adoptadas en el marco de la lucha contra el terrorismo - Congelación de fondos - Lista de personas, grupos y entidades a los que afecta la congelación de fondos y recursos económicos - Mantenimiento del nombre del demandante en la lista - Base fáctica de las decisiones de congelación de fondos - Error de apreciación - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a la tutela judicial efectiva»)

(2022/C 24/32)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Subdivisión política europea de los Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE) (Herning, Dinamarca) (representantes: A. van Eik y T. Buruma, abogadas)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y S. van Overmeire, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: F. Shibli e S. McCrory, agentes, asistidos por P. Nevill, Barrister)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación, en primer lugar, de la Decisión (PESC) 2019/25 del Consejo, de 8 de enero de 2019, por la que se modifica y actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2018/1084 (DO 2019, L 6, p. 6), en segundo lugar, de la Decisión (PESC) 2019/1341 del Consejo, de 8 de agosto de 2019, por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo y se deroga la Decisión (PESC) 2019/25 (DO 2019, L 209, p. 15), en tercer lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/19 del Consejo de 13 de enero de 2020 por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1337 (DO 2020, L 8 I, p. 1) y, en cuarto lugar, del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1128 del Consejo de 30 de julio de 2020 por el que se aplica el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo, y se deroga el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/19 (DO 2020, L 247, p. 1) y de la Decisión (PESC) 2020/1132 del Consejo de 30 de julio de 2020 por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos 2, 3 y 4 de la Posición Común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y se deroga la Decisión (PESC) 2020/20 (DO 2020, L 247, p. 18).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a la subdivisión política europea de los Tigres de Liberación de Eelam Tamil (LTTE) a cargar con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

El Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 155 de 6.5.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/27


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Think Schuhwerk/EUIPO (Representación de herretes rojos de cordones de zapatos)

(Asunto T-298/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión que representa herretes rojos de cordones de zapatos - Denegación de la solicitud - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Solicitud anterior sustancialmente idéntica - Inexistencia de fuerza de cosa juzgada - Obligación de motivación - Derecho a ser oído - Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 - Examen de oficio de los hechos - Artículo 95 del Reglamento 2017/1001»)

(2022/C 24/33)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Think Schuhwerk GmbH (Kopfing, Austria) (representante: M. Gail, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Walicka, S. Hanne y M. Eberl, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de marzo de 2019 (asunto R 1170/2018-5), relativa a una solicitud de registro de una marca figurativa que representa herretes rojos de cordones de zapatos como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Think Schuhwerk GmbH.


(1)  DO C 220 de 1.7.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/27


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Eternit/EUIPO — Eternit Österreich (Panel de construcción)

(Asunto T-193/20) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa un panel de construcción - Dibujo o modelo anterior que representa un panel para pantalla acústica - Causa de nulidad - Falta de carácter singular - Sector de que se trata - Usuario informado - Grado de libertad del autor - Inexistencia de impresión general distinta - Pertinencia de los productos efectivamente comercializados - Artículos 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 6/2002»)

(2022/C 24/34)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Eternit (Kapelle-op-den-Bos, Bélgica) (representantes: J. Muyldermans y P. Maeyaert, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: J. Ivanauskas y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Eternit Österreich GmbH (Vöcklabruck, Austria) (representante: M. Prohaska-Marchried, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 5 de febrero de 2020 (asunto R 1661/2018-3), relativa a un procedimiento de nulidad entre Eternit Österreich y Eternit.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Eternit cargará con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y Eternit Österreich GmbH.


(1)  DO C 201 de 15.6.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/28


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — KR/Comisión

(Asunto T-408/20) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Retribuciones - Asignación por hijo a cargo - Artículo 2 del anexo VII del Estatuto - Concepto de “hijo a cargo” - Negativa a reconocer la condición de hijo a cargo a un estudiante que recibe una beca - Manutención efectiva del hijo - Régimen de seguro de enfermedad»)

(2022/C 24/35)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: KR (representante: S. Orlandi, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Bohr y D. Milanowska, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación de la resolución de la Oficina «Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales» (PMO) de la Comisión de 25 de octubre de 2019 de dejar de considerar al hijo de la parte demandante como hijo a cargo, en el sentido del artículo 2 del anexo VII del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea, a partir del 1 de septiembre de 2019.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a KR.


(1)  DO C 279 de 24.8.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/29


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — KV/Comisión

(Asunto T-430/20) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Contratación - Convocatoria de oposición general EPSO/AD/371/19 - Decisión del tribunal calificador de no admitir al demandante en la etapa siguiente de la oposición - Criterio de admisión ligado a la experiencia profesional - Conformidad del criterio utilizado por el tribunal calificador con la convocatoria de oposición»)

(2022/C 24/36)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: KV (representante: M. Velardo, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: G. Gattinara, T. Lilamand y I. Melo Sampaio, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación, por un lado, de la decisión del tribunal calificador de 19 de septiembre de 2019, mediante la que se desestimó la solicitud de revisión de la negativa a admitir al demandante en la etapa siguiente de la oposición EPSO/AD/371/19 y, por otro lado, de la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de 31 de marzo de 2020, mediante la que se desestimó la reclamación interpuesta por la parte demandante contra dicha decisión.

Fallo

1)

Anular la decisión del tribunal calificador de 19 de septiembre de 2019, mediante la que se desestimó la solicitud de revisión de la exclusión de KV de la oposición EPSO/AD/371/19.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.


(1)  DO C 279 de 24.8.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/29


Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — Włodarczyk/EUIPO — Ave Investment (dziandruk)

(Asunto T-434/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión dziandruk - Causa de nulidad absoluta - Inexistencia de mala fe - Artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 24/37)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Piotr Włodarczyk (Pabianice, Polonia) (representantes: M. Bohaczewski y A. Zalewska, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Walicka y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Ave Investment sp. z o.o. (Pabianice) (representante: K. Błach Morysińska, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de mayo de 2020 (asunto R 2192/2019-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre el Sr. Włodarczyk y Ave Investment.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Piotr Włodarczyk.


(1)  DO C 287 de 31.8.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/30


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Soapland/EUIPO — Norma (Manòu)

(Asunto T-504/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión Manòu - Marcas denominativas anteriores nacional e internacional MANOU - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Prueba del uso efectivo de las marcas anteriores»)

(2022/C 24/38)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Soapland GmbH & Co. OHG (Andernach, Alemania) (representante: M. Gail, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer y A. Graul, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Norma Lebensmittelfilialbetrieb Stiftung & Co. KG (Núremberg, Alemania)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de junio de 2020 (asunto R 1504/2019-1), relativa a un procedimiento de oposición entre Norma Lebensmittelfilialbetrieb Stiftung & Co. y Soapland GmbH & Co.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Soapland GmbH & Co. OHG.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/30


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — VF International/EUIPO — National Geographic Society (NATIONAL GEOGRAPHIC)

(Asunto T-517/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión NATIONAL GEOGRAPHIC - Marca anterior no registrada geographic - Motivo de denegación relativo - Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local - Artículos 8, apartado 4, y 53, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 24/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: VF International Sagl (Stabio, Suiza) (representantes: T. van Innis y A. Van der Planken, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: National Geographic Society (Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos) (representantes: S. Malynicz, QC, y C. de Haas, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de mayo de 2020 (asunto R 1665/2019-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre VF International y National Geographic Society.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a VF International Sagl.


(1)  DO C 339 de 12.10.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/31


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — VF International/EUIPO — National Geographic Society (NATIONAL GEOGRAPHIC)

(Asunto T-518/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión NATIONAL GEOGRAPHIC - Marca anterior no registrada GEOGRAPHIC - Motivo de denegación relativo - Utilización en el tráfico económico de un signo cuyo alcance no es únicamente local - Artículos 8, apartado 4, y 52, apartado 1, letra c), del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículos 8, apartado 4, y 60, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 24/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: VF International Sagl (Stabio, Suiza) (representantes: T. van Innis y A. Van der Planken, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: National Geographic Society (Washington, Distrito de Columbia, Estados Unidos) (representantes: S. Malynicz, QC, y C. de Haas, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de mayo de 2020 (asunto R 1664/2019-1), relativa a un procedimiento de nulidad entre VF International y National Geographic Society.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a VF International Sagl.


(1)  DO C 339 de 12.10.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/32


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Guasch Pubill/EUIPO — Nap-Kings (Ropa de mesa)

(Asunto T-538/20) (1)

(«Dibujo o modelo comunitario - Procedimiento de nulidad - Dibujo o modelo comunitario registrado que representa ropa de mesa - Divulgación del dibujo o modelo anterior - Artículo 7 del Reglamento (CE) n.o 6/2002 - Causa de nulidad - Falta de carácter singular - Artículos 6 y 25, apartado 1, letra b), del Reglamento n.o 6/2002 - Inadmisibilidad de la solicitud de declaración de nulidad - Artículo 52, apartado 3, del Reglamento n.o 6/2002»)

(2022/C 24/41)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Marcos Guasch Pubill (Barcelona) (representantes: R. Guerras Mazón y M. Centell Ribas, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: S. Palmero Cabezas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Nap-Kings, S. L. (Madrid) (representante: A. Otero Iglesias, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de junio de 2020 (asunto R 1051/2019-3), relativa a un procedimiento de nulidad entre Nap-Kings y M. Guasch Pubill.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Marcos Guasch Pubill.


(1)  DO C 359 de 26.10.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/32


Sentencia del Tribunal General de 24 de noviembre de 2021 — Jeronimo Martins Polska/EUIPO — Rivella International (Riviva)

(Asunto T-551/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión Riviva - Marca denominativa anterior de la Unión RIVELLA - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Desestimación parcial de la solicitud de registro - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Prueba del uso efectivo de la marca anterior - Artículo 42, apartado 2, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 47, apartado 2, del Reglamento 2017/1001]»)

(2022/C 24/42)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Jeronimo Martins Polska S.A. (Kostrzyn, Polonia) (representante: R. Skubisz, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: D. Gája, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Rivella International AG (Rothrist, Suiza) (representantes: S. Pietzcker y C. Spintig, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 1 de julio de 2020 (asunto R 2420/2019-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Rivella International y Jeronimo Martins Polska.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Jeronimo Martins Polska S. A.


(1)  DO C 359 de 26.10.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/33


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Société des produits Nestlé/EUIPO — Amigüitos pets & life (THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect)

(Asunto T-616/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión THE ONLY ONE by alphaspirit wild and perfect - Marca denominativa anterior de la Unión ONE - Motivos de denegación relativos - Articulo 8, apartado 1, letra b) y apartado 5 del Reglamento (CE) n. 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b) y apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001] - Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por parte del Tribunal General - Articulo 72, apartado 6, del Reglamento (UE) 2017/1001 - Fuerza de cosa juzgada»)

(2022/C 24/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Société des produits Nestlé SA (Vevey, Suiza) (representantes: A. Jaeger-Lenz y C. Elkemann, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: G. Sakalaitė-Orlovskienė y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Amigüitos pets & life, SA (Lorca, España) (representante: N. Fernández Fernández-Pacheco, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de julio de 2020 (asunto R 424/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Société des produits Nestlé y Amigüitos pets & life.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de julio de 2020 (asunto R 424/2020-5).

2)

La EUIPO cargará con sus propias costas y con las costas en que haya incurrido Société des produits Nestlé SA en relación con el procedimiento ante el Tribunal General.

3)

Amigüitos pets & life, SA cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 399 de 23.11.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/34


Sentencia del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Jakober/EUIPO (Forma de una taza)

(Asunto T-658/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca tridimensional de la Unión - Forma de una taza - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Falta de carácter distintivo adquirido por el uso - Artículo 7, apartado 3, del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 3, del Reglamento 2017/1001]»)

(2022/C 24/44)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Philip Jakober (Stuttgart, Alemania) (representante: J. Klink, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer, D. Hanf y M. Eberl, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de agosto de 2020 (asunto R 554/2020-5), relativa a una solicitud de registro de un signo tridimensional constituido por la forma de una taza como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Philip Jakober.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/34


Auto del Tribunal General de 17 de noviembre de 2021 — Trasta Komercbanka/BCE

(Asunto T-247/16 RENV) (1)

(«Recurso de anulación - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Tareas específicas de supervisión encomendadas al BCE - Decisión por la que se revoca la autorización de una entidad de crédito - Desaparición del objeto del litigio - Desaparición del interés en ejercitar la acción - Sobreseimiento»)

(2022/C 24/45)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Trasta Komercbanka AS (Riga, Letonia) (representante: O. Behrends, abogado)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: E. Koupepidou y C. Hernández Saseta, agentes asistidos por B. Schneider y M. Petite, abogados)

Partes coadyuvantes en apoyo de la parte demandada: República de Letonia (representante: K. Pommere, agente), Comisión Europea (representantes: V. Di Bucci y A. Steiblytė, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión ECB/SSM/2016 — 529900WIP0INFDAWTJ81/1 WOANCA-2016-0005 del BCE, de 3 de marzo de 2016, adoptada en virtud de los artículos 4, apartado 1, letra a), y 14, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO 2013, L 287, p. 63).

Fallo

1)

Sobreseer el presente recurso.

2)

Trasta Komercbanka AS y el Banco Central Europeo (BCE) cargarán con sus propias costas.

3)

La República de Letonia y la Comisión Europea cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 270 de 25.7.2016.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/35


Auto del Tribunal General de 12 de noviembre de 2021 — Proodeftiki/Comisión

(Asunto T-271/19) (1)

(«Ayudas de Estado - Demandante que dejó de responder a los requerimientos del Tribunal General - Sobreseimiento»)

(2022/C 24/46)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Proodeftiki ATE (Atenas, Grecia) (representante: M. Panagopoulou, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Bouchagiar y L. Haasbeek, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Helénica (representante: K. Boskovits), y Aftokinitodromos Kentrikis Elladas AE Parachorisis (Odos Kentrikis Elladas AE) (Lamia, Grecia) (representantes: E. Bourtzalas y A. Kedikoglou, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2018) 6717 final de la Comisión, de 19 de octubre de 2018, relativa a la ayuda estatal SA.50233 (2018/N) — Grecia, por la que se declara compatible con el mercado interior la ayuda de Estado concedida por la República Helénica a Aftokinitodromos Kentrikis Elladas AE Parachorisis (Odos Kentrikis Elladas AE) para la construcción del tramo Lamia-Xiniada de la autopista E65.

Fallo

1)

Sobreseer el presente recurso.

2)

Condenar a Proodeftiki ATE a cargar, además de con sus propias costas, con aquellas en las que incurrieron tanto Comisión Europea como Aftokinitodromos Kentrikis Elladas AE Parachorisis (Odos Kentrikis Elladas AE).

3)

Condenar a la Republica Helénica a cargar con sus propias costas.


(1)  DO C 220 de 1.7.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/36


Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — ZU/SEAE

(Asunto T-689/19) (1)

(«Recurso de anulación y de indemnización - Función pública - Funcionarios - Personal de la Comisión que presta servicios en el SEAE - Solicitud reembolso de los costes de misión - Solicitud de asistencia - Denegación - Competencia del autor del acto - Delegación de atribuciones - Procedimiento administrativo previo - Designación de la parte demandada - Inadmisibilidad parcial - Principio de buena gestión financiera - Desviación de poder - Recurso en parte manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)

(2022/C 24/47)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ZU (representante: C. Bernard-Glanz, abogado)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt y R. Spáč, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión del SEAE de 30 de noviembre de 2018 por la que se denegaron las solicitudes de la parte demandante relativas al reembolso de los costes de misión y a la asistencia prevista en el artículo 24 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y, en la medida en que proceda, la anulación de la decisión de la Comisión Europea de 28 de junio de 2019 por la que se desestima la reclamación del demandante interpuesta contra la arriba mencionada decisión del SEAE y, por otra parte, el resarcimiento de los perjuicios que este alega haber sufrido.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ZU.


(1)  DO C 423 de 16.12.2019.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/36


Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — Ardex/EUIPO — Chen (ArtiX PAINTS)

(Asunto T-136/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Revocación de la resolución impugnada - Desaparición del objeto del litigio - Sobreseimiento»)

(2022/C 24/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Ardex GmbH (Witten, Alemania) (representante: C. Becker, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: S. Palmero Cabezas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Lian Chen (Seseña Nuevo, Toledo) (representantes: A. González López-Menchero y V. Valero Piña, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 18 de noviembre de 2019 (asunto R 2503/2018-2), relativa a un procedimiento de oposición entre Ardex y M. Chen.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso.

2)

Condenar a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a cargar con sus propias costas y con las de Ardex GmbH y el Sr. Lian Chen.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/37


Auto del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — KS y KD/Consejo y otros

(Asunto T-771/20) (1)

(«Recurso de indemnización - Política Exterior y de Seguridad Común - Misión Eulex Kosovo - Incompetencia manifiesta»)

(2022/C 24/49)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: KS y KD (representantes: F. Randolph, QC, y J. Stojsavljevic-Savic, Solicitor)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. Vitro, P. Mahnič y K. Kouri, agentes), Comisión Europea (representantes: Y. Marinova y J. Roberti di Sarsina, agentes) y Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt, S. Rodríguez Sánchez-Tabernero y E. Orgován, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la indemnización del perjuicio supuestamente sufrido por las demandantes como consecuencia de diversos actos y omisiones del Consejo, de la Comisión y del SEAE en el marco de la ejecución de la Acción Común 2008/124/PESC del Consejo, de 4 de febrero de 2008, sobre la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo, EULEX KOSOVO (DO 2008 L 42, p. 92), y, en particular, con ocasión de las investigaciones efectuadas durante dicha misión, relativas a la desaparición y el asesinato de miembros de la familia de las demandantes en 1999 en Pristina (Kosovo).

Fallo

1)

Desestimar el recurso debido a la incompetencia manifiesta del Tribunal General para conocer de él.

2)

KS y KD cargarán con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea.

3)

El Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 62 de 22.2.2021.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/38


Auto del Tribunal General de 4 de noviembre de 2021 — Stichting Comité N 65 Ondergronds Helvoirt/AEMA

(Asunto T-5/21) (1)

(«Recurso de anulación - Medio ambiente - Directiva 2008/50/CE - Obligación de los Estados miembros de proteger y mejorar la calidad del aire ambiente - Negativa de la AEMA a plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia - Reglamento (CE) n.o 1367/2006 - Solicitud de revisión interna - Inadmisibilidad»)

(2022/C 24/50)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Demandante: Stichting Comité N 65 Ondergronds Helvoirt (Helvoirt, Países Bajos) (representante: J. Gebruers, abogado)

Demandada: Agencia Europea de Medio Ambiente (representantes: O. Cornu, agente, asistido por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión que se afirma que adoptó la AEMA en un correo electrónico de 9 de noviembre de 2020 y mediante el que se negó a plantear cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la interpretación de una disposición de la Directiva 2008/50/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, relativa a la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa (DO 2008, L 152, p. 1).

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Condenar a Stichting Comité N 65 Ondergronds Helvoirt a cargar con sus propias costas y con las de la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA).


(1)  DO C 88 de 15.3.2021.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/38


Auto del Tribunal General de 11 de noviembre de 2021 — QC/Comisión

(Asunto T-77/21) (1)

(«Función Pública - Funcionarios - Pensión - Transferencia de los derechos de pensión nacionales - Decisión por la que se determina el número de anualidades - Competencia reglada - Recurso de anulación y de indemnización - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno - No incoación de un procedimiento por incumplimiento - Inadmisibilidad - Orden conminatoria - Incompetencia manifiesta»)

(2022/C 24/51)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: QC (representante: F. Moyse, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: D. Martin, B. Mongin y M. Brauhoff, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la liquidación de 6 de abril de 2020 por la que se fijan los derechos a pensión y, por otra parte, la indemnización del perjuicio material y del daño moral que el demandante afirma haber sufrido.

Fallo

1)

Desestimar el recurso por ser, en parte, manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno, en parte manifiestamente inadmisible y, en parte, por incompetencia manifiesta del Tribunal para conocer del mismo.

2)

Condenar en costas a QC.


(1)  DO C 138 de 19.4.2021.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/39


Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión

(Asunto T-96/21) (1)

(«Recurso de anulación - Medicamentos de uso humano - Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano “Comirnaty — Vacuna de ARNm (con nucleósidos modificados) frente a COVID-19” - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inexistencia de afectación directa - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

(2022/C 24/52)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Heidi Amort (San Genesio Atesino, Italia) y otros 35 demandantes cuyos nombres figuran en el anexo al auto (representante: R. Holzeisen, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE y por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución C(2020) 9598(final) de la Comisión, de 21 de diciembre de 2020, por la que se concede una autorización condicional de comercialización, conforme al Reglamento (CE) n.o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, al medicamento para uso humano «Comirnaty — Vacuna de ARNm (con nucleósidos modificados) frente a COVID-19», en su versión modificada y completada.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por Roberta Riccio y Alessandra Rizzotto, por Gheorghe Piperea, por TN, por TF, TG, TH y TI, por Jean Gouezo y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por VV, por Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por TO, TP y TQ, por TR y las demás personas cuyos nombre figuran en el anexo II, por VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y por Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y por VW, así como por BioNTech Manufacturing GmbH y Pfizer Inc.

3)

Condenar en costas a la Sra. Heidi Amort y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo I.

4)

Roberta Riccio y Alessandra Rizzotto, Gheorghe Piperea, TN, TF, TG, TH y TI, Jean Gouezo y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, VV, Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, TO, TP y TQ, TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, VH y otras personas cuyos nombres figuran en el anexo II y Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y VW, así como BioNTech Manufacturing GmbH y Pfizer Inc. cargarán con sus propias costas correspondientes a sus demandas de intervención.


(1)  DO C 148 de 26.4.2021.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/40


Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión

(Asunto T-136/21) (1)

(«Recurso de anulación - Medicamentos para uso humano - Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano “COVID-19 Vaccine Moderna” — Vacuna de ARNm frente a COVID-19 (con nucleósidos modificados) - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inexistencia de afectación directa - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

(2022/C 24/53)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Heidi Amort (San Genesio Atesino, Italia) y otros 37 demandantes cuyos nombres figuran en el anexo I al auto (representante: R. Holzeisen, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución C(2021) 94 (final) de la Comisión, de 6 de enero de 2021, por la que se concede una autorización condicional de comercialización, conforme al Reglamento (CE) n.o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, al medicamento para uso humano «COVID-19 Vaccine Moderna — Vacuna de ARNm frente a COVID-19 (con nucleósidos modificados)».

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por TN, TF, TG, TH y TI, por Jean Gouezo y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y por Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, así como por Moderna Biotech Spain, S. L.

3)

Condenar en costas a la Sra. Heidi Amort y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo I.

4)

TN, TF, TG, TH y TI, Jean Gouezo y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, así como Moderna Biotech Spain cargarán con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.


(1)  DO C 148 de 26.4.2021.


17.1.2022   

ES

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C 24/41


Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión

(Asunto T-165/21) (1)

(«Recurso de anulación - Medicamentos para uso humano - Autorización condicional de comercialización del medicamento para uso humano “COVID-19 Vaccine AstraZeneca” — Vacuna frente a COVID-19 (ChAdOx1-S [recombinante]) - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inexistencia de afectación directa - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

(2022/C 24/54)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Heidi Amort (San Genesio Atesino, Italia) y otros 31 demandantes cuyos nombres figuran en el anexo al auto (representante: R. Holzeisen, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución C(2021) 698 (final) de la Comisión, de 29 de enero de 2021, por la que se concede una autorización condicional de comercialización, conforme al Reglamento (CE) n.o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, al medicamento para uso humano «COVID-19 Vaccine AstraZeneca — Vacuna COVID-19 (ChAdOx1-S [recombinante])».

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por TN, por TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, por Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y por Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II.

3)

Condenar en costas a la Sra. Heidi Amort y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo I.

4)

TN, TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II, Stefano Del Gaudio y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y Dieter Achtschin y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II cargarán con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.


(1)  DO C 189 de 17.5.2021.


17.1.2022   

ES

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C 24/42


Auto del Tribunal General de 9 de noviembre de 2021 — Amort y otros/Comisión

(Asunto T-267/21) (1)

(«Recurso de anulación - Medicamentos de uso humano - Autorización condicional de comercialización del medicamento de uso humano “COVID-19 Vaccine Janssen” — Vacuna contra la COVID-19 (Ad26.COV2-S[recombinante])” - Inexistencia de interés en ejercitar la acción - Inexistencia de afectación directa - Inexistencia de afectación individual - Acto no reglamentario - Inadmisibilidad»)

(2022/C 24/55)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Heidi Amort (San Genesio, Italia) y otros 22 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representante: R. Holzeisen, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución C(2021) 1763 final de la Comisión, de 11 de marzo de 2021, por la que se concede una autorización condicional de comercialización, con arreglo al Reglamento (CE) n.o 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, del medicamento de uso humano «COVID-19 Vaccine Janssen — Vacuna contra la COVID-19 (Ad26.COV2-S[recombinante])», en su versión modificada y completada.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer las demandas de intervención presentadas por TF, TG, TH y TI, por TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y por VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II.

3)

Condenar en costas a la Sra. Heidi Amort y a las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo I.

4)

TF, TG, TH y TI, TR y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II y VH y las demás personas cuyos nombres figuran en el anexo II cargarán cada una de ellas con sus propias costas correspondientes a las demandas de intervención.


(1)  DO C 263 de 5.7.2021.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/42


Recurso interpuesto el 6 de octubre de 2021 — Callaway/Comisión

(Asunto T-653/21)

(2022/C 24/56)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: James C. Callaway (Kuopio, Finlandia) (representante: P. Hoffman, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de Ejecución (UE) 2021/1214 de la Comisión, de 22 de julio de 2021, por la que se autoriza a Polonia a prohibir la comercialización en su territorio de la variedad de cáñamo Finola con arreglo a la Directiva 2002/53/CE del Consejo. (1)

Condene a la Comisión a cargar con sus propias costas y con aquellas en que haya incurrido el demandante.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, relativo a la petición de Polonia aceptada mediante la Decisión impugnada y mediante el que se invoca la ilegalidad del artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 de la Comisión. (2)

La Decisión impugnada se adoptó sobre la base de una notificación realizada por Polonia que no constituía una petición, tal y como requiere el artículo 18 de la Directiva 2002/53/CE del Consejo (3), y, en todo caso, la referida notificación se realizó únicamente con el fin de dar cumplimiento a una obligación legal derivada del artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014, disposición que adolece, sin embargo, de ilegalidad, extremo que el demandante invoca sobre la base del artículo 277 TFUE. Además, la notificación tuvo lugar después de que finalizase el plazo establecido en el artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014.

2.

Segundo motivo, basado en la infracción del artículo 18 de la Directiva 2002/53 y la ilegalidad del artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014.

La Decisión impugnada fue adoptada a pesar de que objetivamente no existe ningún riesgo para la salud humana, como exige el artículo 18 de la Directiva 2002/53, y aunque Polonia no ha invocado la existencia de tal riesgo, sin que se haya ofrecido explicación alguna acerca del razonamiento que permitió a la Comisión adoptar la Decisión sin haber demostrado de manera indubitada la existencia de tal riesgo, infringiendo así el artículo 296 TFUE. A título preventivo, para el caso de que la Comisión afirme que, de conformidad con el artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 no es necesario demostrar tal riesgo o que es posible presumir su existencia, el demandante invoca la ilegalidad de dicha disposición sobre la base del artículo 277 TFUE.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 32, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 (4) y en la ilegalidad de esta disposición.

El cálculo del contenido medio de tetrahidrocanabinol (THC) de la variedad de cáñamo Finola por las autoridades polacas, que constituye la base fáctica de la Decisión impugnada, infringe el artículo 32, apartado 6, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013, en la medida en que el resultado no ha sido redondeado a un decimal. Además, en todo caso, esta última disposición, que establece el contenido máximo de THC en el 0,2 % es contraria a Derecho, extremo que el demandante invoca sobre la base del artículo 277 TFUE.

4.

Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 9, apartados 2 a 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 y del anexo III de este, y en la vulneración de los derechos fundamentales del demandante.

Las autoridades polacas emplean una definición de «final de la floración» del cáñamo que no es conforme con el anexo III Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 y que es errónea desde el punto de vista científico, lo que tiene como consecuencia que las muestras empleadas para determinar el contenido de THC de Finola fueron recogidas demasiado tarde, infringiendo así el anexo III. Además, las autoridades polacas no han recabado datos relativos al muestreo que permitan verificar su exactitud, incumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 9, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014. Por último, se han vulnerado el derecho a ser oído y el derecho a la tutela judicial efectiva del demandante en la medida en que la Comisión no le dio audiencia y no determinó ni comprobó por sí misma los hechos necesarios, privándole así de toda posibilidad real de obtener una tutela judicial efectiva, dado que Polonia afirma que la notificación que llevó a cabo con arreglo al artículo 9, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 no está sujeta al control de los tribunales polacos.


(1)  DO 2021, L 265, p. 1.

(2)  Reglamento Delegado (UE) n.o 639/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, que completa el Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, y que modifica el anexo X de dicho Reglamento (DO 2014, L 181, p. 1).

(3)  Directiva 2002/53/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas (DO 2002, L 93, p. 1).

(4)  Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o o637/2008 y (CE) n.o 73/2009 del Consejo (DO 2013, L 347, p. 608).


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/44


Recurso interpuesto el 7 de octubre de 2021 — ClientEarth/Comisión

(Asunto T-661/21)

(2022/C 24/57)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ClientEarth AISBL (Bruselas, Bélgica) (representantes: O. Brouwer, B. Verheijen y T. van Helfteren, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión presunta de la demandada de denegar acceso a determinados documentos relacionados con la deforestación y la degradación forestal, con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (1) y al Reglamento (CE) n.o 1367/2006 relativo a la aplicación, a las instituciones y a los organismos comunitarios, de las disposiciones del Convenio de Aarhus sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente. (2)

Condene a la Comisión Europea a cargar con las costas en que incurrió el demandante por iniciar este procedimiento, incluidas las de las partes coadyuvantes.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula un único motivo, de acuerdo con el cual, al no habérsele enviado una decisión expresa en relación con su solicitud de acceso dentro de los límites temporales para la tramitación de las solicitudes confirmatorias recogidos en el artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento 1049/2001, la demandante denegó presuntamente acceso en el sentido de su artículo 8, apartado 3.


(1)  DO 2001 L 145, p. 43.

(2)  DO 2006 L 264, p. 13.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/44


Recurso interpuesto el 8 de octubre de 2021 — Zegers/Comisión

(Asunto T-663/21)

(2022/C 24/58)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Tanja Zegers (Hoeilaart, Bélgica) (representante: C. Bernard-Glanz, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la demandada de 3 de diciembre de 2020, por la que se deniega la solicitud de transferencia de los derechos de pensión formulada por la demandante y, en su caso, la decisión denegatoria de la reclamación.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca un único motivo, basado en el error de apreciación, en la infracción del artículo 11, apartado 2, del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios y en la violación del principio nemo auditur propriam turpitudinem allegans, en la medida en que:

Al sostener que los derechos a pensión cuya transferencia ha solicitado fueron adquiridos después de que entrara al servicio de la Unión, debido a que su participación en el Algemeen Burgerlijk Pensioen-Fonds (en lo sucesivo, «ABP») finalizó el 31 de enero de 2015, sin diferenciar entre los períodos comprendidos entre el 1 de julio de 1992 y el 31 de diciembre de 2010 y entre el 1 de enero de 2011 y el 31 de enero de 2015, la Comisión ha ignorado un período de dieciocho años y seis meses de derechos a pensión transferibles, incurriendo de tal modo en un error de apreciación de los hechos y en la infracción del artículo 11, apartado 2, del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios.

Al omitir verificar que el ABP, o su órgano de supervisión en el Estado neerlandés, facilite el cálculo solicitado, la Comisión no puede denegar fundadamente la solicitud de la demandante de transferencia de sus derechos a pensión, puesto que implicaría la obtención de una ventaja de su propia omisión, incurriendo de ese modo en una violación del principio nemo auditur propriam turpitudinem allegans.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/45


Recurso interpuesto el 30 de octubre de 2021 — Ekobulkos/Comisión

(Asunto T-702/21)

(2022/C 24/59)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante:«Ekobulkos» EOOD (Todorichene, Bulgaria) (representante: M. Dimitrov, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare la inacción ilícita de la Comisión Europea ante la denuncia SA.56620 (2020/FC) presentada por «Ekobulkos» EOOD.

Condene a la Comisión al pago de las costas de «Ekobulkos» EOOD.

Subsidiariamente, condene en costas a la Comisión, si esta decidiera sobre la denuncia una vez interpuesto el presente recurso.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en el incumplimiento por la Comisión de sus obligaciones derivadas de los artículos 107 TFUE y 108 TFUE relativas al examen de las ayudas concedidas por los Estados miembros.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión no ha examinado sin retrasos injustificados, según lo dispuesto en el artículo 12, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, (1) la denuncia SA.56620 (2020/FC) presentada por la sociedad el 21 de febrero de 2020 en relación con una posible ayuda ilegal.

3.

Tercer motivo, basado en que la Comisión no ha adoptado la decisión preceptiva conforme al artículo 15, apartado 1, del Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, por la que.

declara que la medida que le ha sido comunicada no constituye una ayuda, o

declara que la medida es compatible con el mercado interior, o

incoa el procedimiento contemplado en el artículo 108 TFUE, apartado 2, («decisión de incoar el procedimiento de investigación formal»).

4.

Cuarto motivo, basado en que la Comisión no ha enviado a la denunciante una copia de su decisión con arreglo al artículo [24], apartado 2, párrafo tercero, del Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo.

5.

Quinto motivo, basado en que la Comisión no actúo, aun después de haber sido requerida para ello el 22 de junio de 2021, según lo dispuesto en el artículo 265 TFUE.


(1)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L 248, p. 9).


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/46


Recurso interpuesto el 3 de noviembre de 2021 — Hoteles Olivencia/EUIPO — Corporacion H10 Hotels (HOTELES HO)

(Asunto T-707/21)

(2022/C 24/60)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Hoteles Olivencia, SL (Almería, España) (representante: S. Mohamed Acosta, abogado)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Corporacion H10 Hotels, SL (Barcelona, España)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte demandante ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de marca de la Unión Europea figurativa HOTELES HO — Solicitud de registro no 18 202 245

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de agosto de 2021 en el asunto R 782/2021-4

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada, reconociendo el registro de la marca controvertida, condenando en costas a la oponente de la solicitud original de registro de marca.

Subsidiariamente, para el supuesto de que se desestime el recurso se haga cada parte cargo de sus costas, dada la materia en liza y su aparente complejidad dados los distintos cambios de orientación en las resoluciones de cada instancia, circunstancias a tener en cuenta en relación con lo recogido en el artículo 109, apartado 3 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Motivos invocados

Se pone en liza la concurrencia o no concurrencia de la aplicación del artículo 8, apartado 1, letra b), y en su efecto (o defecto) inaplicación del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Error por inaplicación del artículo 109, apartado 3 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/47


Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — Sunrise Medical y Sunrise Medical Logistics/Comisión

(Asunto T-721/21)

(2022/C 24/61)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Sunrise Medical BV (Ámsterdam, Países Bajos), Sunrise Medical Logistics BV (Ámsterdam) (representantes: L. Ruessmann y J. Beck, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule íntegramente el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1367 de la Comisión, de 6 de agosto de 2021, desde la fecha de su entrada en vigor.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso de anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1367 de la Comisión, de 6 de agosto de 2021, (1) las demandantes invocan tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en una violación de los Tratados o de cualquier norma jurídica relativa a su aplicación. En primer lugar, los demandantes alegan que la Comisión incurrió en un error en la aplicación del Derecho al no tener en cuenta la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad. En segundo lugar, la Comisión no tuvo en cuenta o no tuvo suficientemente en cuenta la aplicación de dicho Convenio en el Derecho de la Unión en este ámbito, a saber, tal como se aplicó en el asunto C-198/15, Invamed Group y otros, (2) utilizando en cambio un concepto erróneo de discapacidad. Por el contrario, el Reglamento impugnado toma en consideración criterios irrelevantes derivados de instrumentos elaborados antes de la Decisión del Consejo de 26 de noviembre de 2009 (3) y el Convenio de las Naciones Unidas para la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

2.

Segundo motivo, basado en un error manifiesto en el sentido del asunto C-463/98, Cabletron. (4) Los demandantes alegan que se tuvieron en cuenta y se utilizaron como fundamento consideraciones irrelevantes a la hora de determinar que el producto identificado en el Reglamento impugnado (en la columna 3 del anexo del Reglamento impugnado) debe clasificarse en la partida 8703 de la NC en lugar de en la partida 8713. Además, y subsidiariamente, la Comisión clasificó erróneamente el producto, que, con arreglo a la orientación dada por el Tribunal de Justicia en el asunto C-198/15, Invamed, debería clasificarse en la partida 8713 de la NC.

3.

Tercer motivo, basado en la existencia de vicios sustanciales de forma, en particular, debido a la infracción de una norma de procedimiento destinada a garantizar que las medidas son formuladas con la diligencia debida y cuya observancia puede influenciar el contenido de la medida.


(1)  Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1367 de la Comisión, de 6 de agosto de 2021, relativo a la clasificación de determinadas mercancías en la nomenclatura combinada (DO 2021, L 294, p. 1).

(2)  Sentencia de 26 de mayo de 2016, Invamed Group y otros/Commissioners for Her Majesty’s Revenue & Customs (C-198/15), EU:C:2016:362.

(3)  Decisión del Consejo de 26 de noviembre de 2009 relativa a la celebración, por parte de la Comunidad Europea, de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad (2010/48/CE) (DO 2010, L 23, p. 35).

(4)  Sentencia de 10 de mayo de 2001, Cabletron Systems Ltd/The Revenue Commissioners (C-463/98, EU:C:2001:256).


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/48


Recurso interpuesto el 12 de noviembre de 2021 — Łosowski/EUIPO — Skawiński (KOMBI)

(Asunto T-730/21)

(2022/C 24/62)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: polaco

Partes

Recurrente: Sławomir Łosowski (Gdansk, Polonia) (representante: K. Czub, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Grzegorz Skawiński (Sopot, Polonia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «KOMBI» Marca de la Unión Europea n.o 12534491

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de septiembre de 2021 en el asunto R 381/2017-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO y a Grzegorz Skawiński.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b) del Reglamento n.o 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/48


Recurso interpuesto el 19 de noviembre de 2021 — Alcogroup y Alcodis/Comisión

(Asunto T-740/21)

(2022/C 24/63)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Alcogroup (Bruselas, Bélgica) y Alcodis (Bruselas) (representantes: P. de Bandt, C. Binet y M. Nuytten, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Ordene a la Comisión, en concepto de providencias de ordenación del procedimiento, que presente las resoluciones impugnadas.

Anule las resoluciones impugnadas.

Condene a la Comisión a cargar con todas las costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo del recurso contra, por un lado, la resolución de la Comisión por la que se daba la posibilidad a Abengoa, S. A., y a Abengoa Bioenergía, S. A., de continuar bajo determinadas condiciones el procedimiento transaccional en el asunto AT.40054 — Ethanol Benchmarks y, por otro lado, la decisión de reabrir dicho procedimiento, las partes demandantes invocan un motivo único basado en la infracción de las normas sobre la transacción.

Las partes demandantes alegan que al adoptar las resoluciones impugnadas la Comisión está incumpliendo las normas sobre la transacción. Afirman que dichas normas impiden a la Comisión reabrir un procedimiento transaccional en ese momento del procedimiento y, más aun, prescindir de cualquier debate sobre los datos básicos del asunto comunicado en el primer procedimiento transaccional (2016 y 2017). Las partes demandantes alegan además que las resoluciones impugnadas redundan en la vulneración manifiesta de su derecho a la defensa.


17.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 24/49


Auto del Tribunal General de 16 de noviembre de 2021 — Vodafone Group y otros/Comisión

(Asunto T-491/19) (1)

(2022/C 24/64)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Segunda ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 312 de 16.9.2019.