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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 12 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
65.° año |
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Sumario |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2022/C 12/01 |
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2022/C 12/02 |
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Comisión Europea |
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2022/C 12/03 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2022/C 12/04 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10546 — ICG/CEIT) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
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ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
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11.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 12/1 |
Anuncio a la atención de la persona sujeta a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2013/798/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (PESC) 2022/23 del Consejo, y el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/21 del Consejo relativo a la imposición de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana
(2022/C 12/01)
La presente información se pone en conocimiento de la persona que figura en el anexo de la Decisión 2013/798/PESC del Consejo (1), que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (PESC) 2022/23 del Consejo (2), y en el anexo I del Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo (3), que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2022/21 del Consejo (4), relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana.
El 21 de diciembre de 2021, el Comité de Sanciones establecido en virtud del apartado 24 de la RCSNU 2127 (2013) añadió una persona a la lista de personas y entidades sujetas a medidas restrictivas.
La persona afectada podrá presentar en todo momento al Comité de las Naciones Unidas establecido de conformidad con la Resolución 2127 (2013) una solicitud, junto con todo tipo de documentación probatoria, para que se reconsideren la decisión de incluirla en la lista de las Naciones Unidas. Dicha solicitud se enviará a la siguiente dirección:
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Punto Focal para las Solicitudes de Supresión de Nombres de las Listas |
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Security Council Subsidiary Organs |
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Branch Room DC2 2034 |
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United Nations |
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New York, N.Y. 10017 |
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ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA |
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Tel. +1 9173679448 |
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Fax +1 2129631300 |
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Correo electrónico: delisting@un.org |
Para más información, véase: https://www.un.org/securitycouncil/sanctions/delisting/delisting-requests
A raíz de la decisión de las Naciones Unidas, el Consejo de la Unión Europea ha determinado que la persona designada por las Naciones Unidas sea incluida en las listas de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2013/798/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 224/2014. Los motivos que justifican la inclusión de la persona afectada figuran en la entrada pertinente del anexo de la Decisión del Consejo y del anexo I del Reglamento del Consejo.
Se hace observar a la persona afectada la posibilidad de presentar una solicitud a las autoridades competentes de los Estados miembros de que se trate, indicadas en las páginas web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 224/2014, con objeto de obtener autorización para utilizar los fondos inmovilizados para necesidades básicas o pagos específicos (véase el artículo 7 del Reglamento).
La persona afectada puede presentar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirla en las listas mencionadas. Dicha solicitud debe enviarse a la siguiente dirección:
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Consejo de la Unión Europea |
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Secretaría General |
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RELEX.1.C |
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Rue de la Loi, 175 |
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1048 Bruselas |
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BÉLGICA |
Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu.
Asimismo, se advierte a la persona afectada de que tiene la posibilidad de recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
(1) DO L 352 de 24.12.2013, p. 51.
(2) DO L 5 I de 10.1.2022, p. 10.
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11.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 12/3 |
Anuncio dirigido a los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión (PESC) 2013/798 del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo relativas a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en la República Centroafricana
(2022/C 12/02)
Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información:
La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2013/798/PESC del Consejo (2), que se aplica por la Decisión de Ejecución (PESC) 2022/23 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 224/2014 del Consejo (4), que se aplica por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/21 del Consejo (5).
El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el Consejo de la Unión Europea, representado por el director general de la Dirección General RELEX (Asuntos Exteriores) de la Secretaría General del Consejo, y el servicio que se ocupa de la operación de tratamiento de datos es RELEX.1.C, cuyos datos de contacto son los siguientes:
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Consejo de la Unión Europea |
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Secretaría General |
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RELEX.1.C |
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Rue de la Loi, 175 |
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1048 Bruxelles |
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BÉLGICA |
Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu.
El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2013/798/PESC, que se aplica por la Decisión de Ejecución (PESC) 2022/23, y al Reglamento (UE) n.o 224/2014, que se aplica por el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/21.
Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2013/798/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 224/2014.
Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la correcta identificación de la persona de que se trate, los motivos y cualquier otro dato conexo.
Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.
Sin perjuicio de las limitaciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) se ejercerán con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.
Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a las medidas restrictivas o haya expirado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.
Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).
(1) DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.
(2) DO L 352 de 24.12.2013, p. 51.
(3) DO L 5 I de 10.1.2022, p. 10.
Comisión Europea
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11.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 12/4 |
Nuevas caras nacionales de las monedas conmemorativas de 2 euros destinadas a la circulación y emitidas por los Estados miembros de la zona del euro para celebrar los 35 años del programa Erasmus
(2022/C 12/03)
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de los diseños de todas las monedas nuevas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Comunidad en el que se prevea la emisión de monedas en euros pueden emitir monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación, siempre que se cumplan determinadas condiciones y, en particular, que solo se emplee la denominación de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Para celebrar los 35 años del programa Erasmus, los ministros de Hacienda de la zona del euro decidieron que los Estados miembros de la zona del euro acuñarían una moneda conmemorativa de 2 euros utilizando un diseño común en la cara nacional. El público eligió el diseño ganador en una votación por internet. Los votantes podían elegir entre seis diseños, que habían sido seleccionados por un jurado profesional tras un concurso de diseño entre los Estados miembros de la zona del euro, y eligieron el diseño creado por Joaquin Jimenez, diseñador profesional de la Monnaie de París.
Países emisores: Bélgica, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia y Finlandia
Tema de la conmemoración: 35 años del programa Erasmus
Descripción del motivo: El diseño es una combinación de dos elementos fundamentales del programa Erasmus: La inspiración intelectual original, el propio Erasmus, y la alegoría de su influencia en Europa.
El primero se simboliza por una de las representaciones más conocidas de Erasmus.
El segundo se simboliza por un haz de enlaces que cruzan la moneda de una baliza a otra, en representación de los numerosos intercambios intelectuales y humanos entre los estudiantes europeos.
Como referencia a Europa, algunos de estos enlaces forman otras estrellas, derivadas de la sinergia entre los países.
El Tel. 35, por el 35o aniversario, surge de las estrellas en un estilo gráfico moderno.
En la corona circular figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Fecha de emisión: 1 de julio de 2022
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Bélgica
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Inscripciones: BE / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: un millón Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Alemania
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Inscripciones: D / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: 20 millones Grabado del canto: EINIGKEIT UND RECHT UND FREIHEIT y el motivo del águila federal |
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Estonia
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Inscripciones: EESTI / 1987-2022 / ERASMUSE PROGRAMM / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: un millón Grabado del canto: EESTI, repetido dos veces de abajo arriba y de arriba abajo |
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Irlanda
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Inscripciones: éıre / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:500 000 Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Grecia
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Inscripciones: ΕΛΛΗΝΙΚΗ ΔΗΜΟΚΡΑΤΙΑ / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:750 000 Grabado del canto: ΕΛΛΗΝΙΚΗ ΔΗΜΟΚΡΑΤΙΑ★ |
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España
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Inscripciones: ESPAÑA / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: un millón Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Francia
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Inscripciones: RF / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: 3,5 millones Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Italia
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Inscripciones: RI / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: 3 millones Grabado del canto: 2★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Chipre
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Inscripciones: ΚΥΠΡΟΣ KIBRIS / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:412 000 Grabado del canto:«2 ΕΥΡΩ 2 EURO» repetido dos veces |
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Letonia
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Inscripciones: LATVIJA / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMMa / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:307 000 Grabado del canto:«DIEVS SVĒTĪ LATVIJU» (DIOS BENDIGA LETONIA) |
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Lituania
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Inscripciones: LIETUVA / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMMA / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:300 000 Grabado del canto:«LAISVĖ * VIENYBĖ * GEROVĖ *» (Libertad-Solidaridad-Prosperidad) |
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Luxemburgo
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Inscripciones: LËTZEBUERG / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: 500 000 Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. De conformidad con la legislación nacional, la moneda muestra la efigie del Gran Duque como imagen latente colocada en la parte superior. |
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Malta
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Inscripciones: MALTA / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:82 500 Grabado del canto: 2★★, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Países Bajos
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Inscripciones: NL / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMMA / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:570 000 Grabado del canto: GOD ★ ZIJ ★ MET ★ ONS ★ |
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Austria
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Inscripciones: REPUBLIK ÖSTERREICH / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMM / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: 1,060 millones Grabado del canto: 2 EURO ★★★, repetido cuatro veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. |
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Portugal
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Inscripciones: PORTUGAL / 1987-2022 / PROGRAMA ERASMUS / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:765 000 Grabado del canto: Cinco escudos de armas y siete castillos dispuestos a intervalos regulares |
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Eslovenia
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Inscripciones: SLOVENIJA / 1987-2022 / PROGRAM ERASMUS / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: un millón Grabado del canto: SLOVENIJA, seguido de un punto grabado |
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Eslovaquia
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Inscripciones: SLOVENSKO / 1987-2022 / ERASMUS PROGRAMME / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión: un millón Grabado del canto: SLOVENSKÁ REPUBLIKA, seguido de tres símbolos: estrella — hoja de tilo — estrella |
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Finlandia
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Inscripciones: FI / 1987-2022 / ERASMUS OHJELMA PROGRAMMET / J.J. (iniciales del autor Joaquin Jimenez) Volumen estimado de emisión:400 000 Grabado del canto: Suomi FINLAND * * * (cada * representa una cabeza de león) |
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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11.1.2022 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 12/9 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10546 — ICG/CEIT)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2022/C 12/04)
1.
El 3 de enero de 2022, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
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Intermediate Capital Group plc («ICG», Reino Unido). |
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CEIT S.p.A («CEIT», Italia), bajo el control de Igefi S.R.L. |
ICG adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad de CEIT.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:|
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ICG: se dedica a la estructuración y suministro de financiación de entresuelo, crédito apalancado e inversiones de capital inversión en diversas empresas a escala mundial. |
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CEIT: diseño, instalación, construcción, renovación, ampliación y mantenimiento de redes de infraestructuras, principalmente en el sector de las telecomunicaciones y, en cierta medida, en los sectores de la energía y el transporte. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10546 — ICG/CEIT
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
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Comisión Europea |
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Dirección General de Competencia |
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Registro de Concentraciones |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).