ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 11

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
10 de enero de 2022


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2022/C 11/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2022/C 11/02

Asunto C-819/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Stichting Cartel Compensation, Equilib Netherlands BV / Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV y otros [Procedimiento prejudicial — Artículos 81 CE, 84 CE y 85 CE — Artículo 53 del Acuerdo EEE — Prácticas colusorias — Conductas de empresas en el sector del transporte aéreo entre el Espacio Económico Europeo (EEE) y terceros países que tuvieron lugar durante la vigencia de los artículos 84 CE y 85 CE — Acción de resarcimiento del perjuicio — Competencia de los órganos jurisdiccionales nacionales para aplicar el artículo 81 CE y el artículo 53 del Acuerdo EEE]

2

2022/C 11/03

Asunto C-852/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Proceso penal contra Ivan Gavanozov (Procedimiento prejudicial — Cooperación judicial en materia penal — Directiva 2014/41/UE — Orden europea de investigación en materia penal — Artículo 14 — Vías de recurso — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 47 — Inexistencia de vías de recurso en el Estado miembro de emisión — Orden por la que se decretan registros, incautaciones y un interrogatorio de testigo por videoconferencia)

3

2022/C 11/04

Asunto C-933/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de noviembre de 2021 — Autostrada Wielkopolska S.A. / Comisión Europea, Republica de Polonia (Recurso de casación — Ayudas de Estado — Concesión de una autopista de peaje — Ley que establece una exención del pago de peajes para determinados vehículos — Compensación concedida al concesionario por el Estado miembro por la pérdida de ingresos — Peaje virtual — Compensación que la Comisión Europea considera que es excesiva y confiere una ayuda — Decisión de la Comisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Derechos procesales del beneficiario de la ayuda — Obligación de la Comisión de ejercer una vigilancia especial — Concepto de ayuda de Estado — Ventaja — Mejora de la situación financiera prevista del concesionario — Criterio del operador privado en una economía de mercado — Desnaturalización de pruebas — Falta de motivación — Deformación de la decisión controvertida — Sustitución de fundamentación — Inversión de la carga de la prueba — Vulneración del principio de primacía del Derecho de la Unión — Control judicial que debe efectuar el Tribunal General — Obligaciones y límites)

3

2022/C 11/05

Asunto C-938/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Energieversorgungscenter Dresden-Wilschdorf GmbH & Co. KG / Bundesrepublik Deutschland (Procedimiento prejudicial — Medio ambiente — Directiva 2003/87/CE — Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero — Artículo 2, apartado 1 — Ámbito de aplicación — Artículo 3, letra e) — Concepto de instalación — Repercusiones sobre las emisiones y la contaminación — Dispositivos accesorios que como tales no emiten gases de efecto invernadero — Artículo 10 bis — Régimen transitorio de asignación gratuita de derechos de emisión — Plantilla de recogida de datos — Coeficiente de elegibilidad corregido — Método de cálculo — Decisión 2011/278/UE — Artículo 6, apartado 1, párrafo tercero — Exportación de frío a una entidad perteneciente a un sector expuesto a un riesgo significativo de fuga de carbono)

4

2022/C 11/06

Asunto C-948/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos Aukščiausiasis Teismas — Lituania) — UAB Manpower Lit / E.S., M.L., M.P., V.V., R.V. [Procedimiento prejudicial — Política social — Trabajo a través de empresas de trabajo temporal — Directiva 2008/104/CE — Artículo 1 — Ámbito de aplicación — Conceptos de empresa pública y de ejercicio de una actividad económica — Agencias de la Unión Europea — Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) como empresa usuaria, en el sentido del artículo 1, apartado 2, de dicha Directiva — Artículo 5, apartado 1 — Principio de igualdad de trato — Condiciones esenciales de trabajo y de empleo — Concepto de mismo puesto — Reglamento (CE) n.o 1922/2006 — Artículo 335 TFUE — Principio de autonomía administrativa de las instituciones de la Unión — Artículo 336 TFUE — Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea]

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2022/C 11/07

Asunto C-91/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 9 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht — Alemania) — LW / Bundesrepublik Deutschland (Procedimiento prejudicial — Política común en materia de asilo y de protección subsidiaria — Normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional — Directiva 2011/95/UE — Artículos 3 y 23 — Normas más favorables que los Estados miembros pueden introducir o mantener para extender el derecho de asilo o la protección subsidiaria a los miembros de la familia del beneficiario de protección internacional — Concesión, con carácter derivado, del estatuto de refugiado de un progenitor a su hijo menor de edad — Mantenimiento de la unidad familiar — Interés superior del niño)

6

2022/C 11/08

Asunto C-106/20 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de noviembre de 2021 — República Helénica / Comisión Europea [Recurso de casación — Política agrícola común — FEAGA y Feader — Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea — Gastos efectuados por la República Helénica — Procedimiento de liquidación de conformidad — Motivo invocado por primera vez en la fase oral del procedimiento en primera instancia — Reglamento (CE) n.o 796/2004 — Artículo 2, punto 2 — Reglamento (UE) n.o 1307/2013 — Artículo 4, apartado 1, letra h) — Concepto de pastizales permanentes — Desnaturalización de las pruebas — Reglamento Delegado (UE) n.o 907/2014 — Artículo 12, apartado 4 — Corrección puntual — Requisitos — Carga de la prueba]

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2022/C 11/09

Asunto C-168/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de noviembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division (business and property courts, insolvency and companies list) — Reino Unido] — BJ, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M, OV, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M / Sra. M, MH, ILA, Sr. M (Procedimiento prejudicial — Libre circulación de personas — Ciudadanía de la Unión — Artículo 21 TFUE — Libertad de establecimiento — Artículo 49 TFUE — Igualdad de trato — Directiva 2004/38/CE — Artículo 24, apartado 1 — Normativa del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que supedita la exclusión, en principio íntegra y automática, de la masa de la quiebra de los derechos de pensión derivados de un plan de pensiones al requisito de autorización a efectos fiscales del plan de pensiones de que se trate — Imposición de este requisito en un procedimiento de insolvencia de un ciudadano de la Unión que ha ejercido su derecho de libre circulación para ejercer, con carácter permanente, una actividad por cuenta propia en el Reino Unido — Derechos de pensión obtenidos por dicho ciudadano de la Unión de un plan de pensiones constituido y autorizado a efectos fiscales en su Estado miembro de origen — No inclusión de estos derechos de pensión en el beneficio de exclusión de la masa de la quiebra — Aplicación a estos derechos de pensión de un régimen de exclusión de la masa de la quiebra claramente menos ventajoso para el declarado en quiebra)

7

2022/C 11/10

Asunto C-214/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por The Labour Court, Ireland — Irlanda) — MG / Dublin City Council (Procedimiento prejudicial — Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores — Ordenación del tiempo de trabajo — Directiva 2003/88/CE — Artículo 2 — Concepto de tiempo de trabajo — Bombero del retén — Guardia en régimen de disponibilidad no presencial — Ejercicio, durante el período de guardia, de una actividad profesional con carácter independiente — Limitaciones derivadas del régimen de disponibilidad no presencial)

8

2022/C 11/11

Asunto C-281/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo) — Ferimet, S. L. / Administración General del Estado [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 168 — Derecho a deducción — Artículo 199 — Régimen de inversión del sujeto pasivo — Principio de neutralidad fiscal — Requisitos materiales del derecho a deducción — Condición de sujeto pasivo del proveedor — Carga de la prueba — Fraude — Práctica abusiva — Factura que menciona un proveedor ficticio]

9

2022/C 11/12

Asunto C-315/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Regione Veneto / Plan Eco Srl [Procedimiento prejudicial — Medio ambiente — Reglamento (CE) n.o 1013/2006 — Traslado de residuos — Artículos 3, apartado 5, y 11, apartado 1, letra i) — Directiva 2008/98/CE — Gestión de residuos — Artículo 16 — Principios de autosuficiencia y de proximidad — Decisión 2000/532/CE — Catálogo europeo de residuos (CER) — Residuos municipales mezclados sometidos a un tratamiento mecánico que no altera su naturaleza]

9

2022/C 11/13

Asunto C-340/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — Bank Sepah / Overseas Financial Limited, Oaktree Finance Limited [Procedimiento prejudicial — Política exterior y de seguridad común (PESC) — Medidas restrictivas contra la República Islámica de Irán — Reglamento (CE) n.o 423/2007 — Congelación de fondos de personas, entidades u organismos que el Consejo de la Unión Europea ha reconocido como participantes en la proliferación nuclear — Conceptos de bloqueo de fondos y de congelación de recursos económicos — Posibilidad de aplicar una medida cautelar sobre los fondos y recursos económicos congelados — Crédito previo a la congelación de activos y ajeno al programa nuclear y balístico iraní]

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2022/C 11/14

Asunto C-388/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband eV / Dr. August Oetker Nahrungsmittel KG [Procedimiento prejudicial — Reglamento (UE) n.o 1169/2011 — Información alimentaria facilitada al consumidor — Artículo 9, apartado 1, letra l) — Información nutricional — Artículo 31, apartado 3, párrafo segundo — Cálculo del valor energético y de las cantidades de nutrientes — Posibilidad de aportar esta información respecto del alimento preparado — Requisitos — Artículo 33, apartado 2, párrafo segundo — Expresión por porción o por unidad de consumo]

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2022/C 11/15

Asunto C-398/20: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský soud v Brně — República Checa) — ELVOSPOL / Odvolací finanční ředitelství [Procedimiento prejudicial — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Artículo 90 — Reducción de la base imponible del IVA — Impago total o parcial del precio por declaración del deudor en concurso de acreedores — Requisitos impuestos por normativa nacional para la rectificación del IVA devengado — Requisito de que el derecho de crédito total o parcialmente no satisfecho no se hubiera adquirido en los seis meses anteriores a la declaración en concurso de la sociedad deudora — Incumplimiento]

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2022/C 11/16

Asunto C-424/21 P: Recurso de casación interpuesto el 12 de julio de 2021 por Sun Stars & Sons Pte Ltd contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de mayo de 2021 en el asunto T-638/19, Sun Stars & Sons / EUIPO — Valvis Holding (AC AQUA AC)

12

2022/C 11/17

Asunto C-425/21 P: Recurso de casación interpuesto el 12 de julio de 2021 por Sun Stars & Sons Pte Ltd contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de mayo de 2021 en el asunto T-637/19, Sun Stars & Sons / EUIPO — Carpathian Springs (AQUA CARPATICA)

13

2022/C 11/18

Asunto C-459/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) (Portugal) el 26 de julio de 2021 — The Navigator Company S.A., Navigator Pulp Figueira S.A. / Autoridade Tributária e Aduaneira

13

2022/C 11/19

Asunto C-465/21 P: Recurso de casación interpuesto el 29 de julio de 2021 por König Ludwig International GmbH & Co. KG contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 31 de mayo de 2021 en el asunto T-332/20, König Ludwig International / EUIPO

13

2022/C 11/20

Asunto C-564/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 14 de septiembre de 2021 — BU / Bundesrepublik Deutschland

14

2022/C 11/21

Asunto C-588/21 P: Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2021 por Public.Resource.Org, Inc., Right to Know CLG contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta ampliada) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-185/19, Public.Resource.Org, Inc. y Right to Know CLG / Comisión Europea

14

2022/C 11/22

Asunto C-598/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 28 de septiembre de 2021 — SP, CI / Všeobecná úverová banka a.s.

16

2022/C 11/23

Asunto C-604/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal de Braga, Juízo Administrativo Comum (Portugal) el 28 de septiembre de 2021 — Vapo Atlantic SA / Entidade Nacional para o Setor Energético E.P.E. (ENSE) y otros

17

2022/C 11/24

Asunto C-615/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Szegedi Törvényszék (Hungría) el 4 de octubre de 2021 — Napfény-Toll Kft. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

18

2022/C 11/25

Asunto C-657/21: Recurso interpuesto el 29 de octubre de 2021 — Parlamento Europeo / Comisión Europea

18

2022/C 11/26

Asunto C-665/21 P: Recurso de casación interpuesto el 5 de noviembre de 2021 por MKB Multifunds BV contra el auto del Tribunal General (Sala Octava) dictado el 6 de septiembre de 2021 en el asunto T-277/20, MKB Multifunds / Comisión

19

2022/C 11/27

Asunto C-673/21 P: Recurso de casación interpuesto el 9 de noviembre de 2021 por KN contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 1 de septiembre de 2021 en el asunto T-377/20, KN / CESE

20

 

Tribunal General

2022/C 11/28

Asunto T-602/15 RENV: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Jenkinson/Consejo y otros (Cláusula compromisoria — Personal civil internacional de las misiones internacionales de la Unión Europea — Selección sobre una base contractual — Contratos de trabajo sucesivos de duración determinada — Solicitud de recalificación del conjunto de las relaciones contractuales como contrato de duración indefinida — Recurso de responsabilidad contractual — Recurso por responsabilidad extracontractual)

22

2022/C 11/29

Asunto T-495/19: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Rumanía/Comisión [Derecho institucional — Iniciativa ciudadana europea — Política de cohesión — Regiones con una minoría nacional — Decisión de registro — Recurso de anulación — Acto recurrible — Admisibilidad — Artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 211/2011 — Obligación de motivación]

22

2022/C 11/30

Asunto T-661/19: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Sasol Germany y otros/Comisión [REACH — Sustancias extremadamente preocupantes — Elaboración de una lista de sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 — Decisión relativa a la identificación del 4-terc-butilfenol como sustancia que reúne los criterios de inclusión en la lista — Artículo 57 del Reglamento n.o 1907/2006 — Enfoque basado en la fuerza probatoria de los medios de prueba — Error manifiesto de apreciación — Proporcionalidad]

23

2022/C 11/31

Asunto T-41/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Di Bernardo/Comisión (Función Pública — Funcionarios — Contratación — Convocatoria de oposición — Oposición general — Requisitos de admisión — No inclusión en la lista de reserva — Experiencia profesional insuficiente — Artículo 266 TFUE — Decisión adoptada en ejecución de una sentencia del Tribunal General — Medidas que implica la ejecución de una sentencia de anulación — Articulo 2 del Anexo III del Estatuto — Igualdad de trato — Error manifiesto de apreciación — Responsabilidad)

24

2022/C 11/32

Asunto T-218/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Alkattan/Consejo (Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas contra Siria — Inmovilización de fondos — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a un juicio justo — Error de apreciación — Determinación de los criterios de inclusión)

24

2022/C 11/33

Asunto T-532/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Phi Group/EUIPO — Gruppo Cadoro (REDELLO) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión REDELLO — Marca figurativa anterior de la Unión CADELLO 88 — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

25

2022/C 11/34

Asunto T-678/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Solar Electric y otros/Comisión [Ayudas de Estado — Mercado de la electricidad producida a partir de fuentes de energía renovables, incluida la energía fotovoltaica — Obligación de adquisición a un precio superior al precio de mercado impuesta por la ley francesa de la electricidad — Desestimación de una denuncia — Artículos 12, apartado 1, y 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/1589 — Ámbito de aplicación]

26

2022/C 11/35

Asuntos acumulados T-758/20 y T-759/20: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Monster Energy/EUIPO — Frito-Lay Trading Company (MONSTER y MONSTER ENERGY) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de caducidad — Marcas denominativas de la Unión MONSTER y MONSTER ENERGY — Uso efectivo de las marcas — Uso para los productos para los cuales se registraron las marcas — Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

26

2022/C 11/36

Asunto T-73/21: Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — PIK-KO/EUIPO — Haribo Ricqles Zan (P.I.C. Co.) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión P.I.C. Co. — Marca figurativa nacional anterior PIK — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 1, letra a), del Reglamento 2017/1001] — Declaración de nulidad parcial]

27

2022/C 11/37

Asunto T-556/21: Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — Lyubetskaya/Consejo

27

2022/C 11/38

Asunto T-557/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Omelyanyuk/Consejo

28

2022/C 11/39

Asunto T-579/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Gusachenka/Consejo

29

2022/C 11/40

Asunto T-580/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Haidukevich/Consejo

29

2022/C 11/41

Asunto T-581/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Skryba/Consejo

30

2022/C 11/42

Asunto T-582/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Rubnikovich/Consejo

30

2022/C 11/43

Asunto T-583/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Bakhanovich/Consejo

31

2022/C 11/44

Asunto T-671/21: Recurso interpuesto el 18 de octubre de 2021 — NFL Properties Europe/EUIPO — Groupe Duval (DUUUVAL)

31

2022/C 11/45

Asunto T-685/21: Recurso interpuesto el 18 de octubre de 2021 — IR/Comisión

32

2022/C 11/46

Asunto T-703/21: Recurso interpuesto el 2 de noviembre de 2021 — Zielonogórski Klub Żużlowy Sportowa/EUIPO — Falubaz Polska (FALUBAZ)

33

2022/C 11/47

Asunto T-710/21: Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — Roos y otros/Parlamento

34

2022/C 11/48

Asunto T-720/21: Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — G. J. Riedel/EUIPO — Brew Dog (Punk)

35

2022/C 11/49

Asunto T-722/21: Recurso interpuesto el 11 de noviembre de 2021 — D’Amato y otros/Parlamento

36

2022/C 11/50

Asunto T-723/21: Recurso interpuesto el 11 de noviembre de 2021 — Rooken y otros/Parlamento

36

2022/C 11/51

Asunto T-726/21: Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — Rolex/EUIPO — PWT (Elemento de una corona)

37

2022/C 11/52

Asunto T-727/21: Recurso interpuesto el 9 de noviembre de 2021 — TO/EASO

37

2022/C 11/53

Asunto T-728/21: Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — LW/Comisión

38


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

10.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 11/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2022/C 11/01)

Última publicación

DO C 2 de 3.1.2022

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 513 de 20.12.2021

DO C 502 de 13.12.2021

DO C 490 de 6.12.2021

DO C 481 de 29.11.2021

DO C 471 de 22.11.2021

DO C 462 de 15.11.2021

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

10.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 11/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — Stichting Cartel Compensation, Equilib Netherlands BV / Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV y otros

(Asunto C-819/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículos 81 CE, 84 CE y 85 CE - Artículo 53 del Acuerdo EEE - Prácticas colusorias - Conductas de empresas en el sector del transporte aéreo entre el Espacio Económico Europeo (EEE) y terceros países que tuvieron lugar durante la vigencia de los artículos 84 CE y 85 CE - Acción de resarcimiento del perjuicio - Competencia de los órganos jurisdiccionales nacionales para aplicar el artículo 81 CE y el artículo 53 del Acuerdo EEE)

(2022/C 11/02)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Amsterdam

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Stichting Cartel Compensation, Equilib Netherlands BV

Demandadas: Koninklijke Luchtvaart Maatschappij NV, Martinair Holland NV, Deutsche Lufthansa AG, Lufthansa Cargo AG, British Airways plc, Air France SA, Singapore Airlines Ltd, Singapore Airlines Cargo Pte Ltd, Swiss International Air Lines AG, Air Canada, Cathay Pacific Airways Ltd, Scandinavian Airlines System Denmark-Norway-Sweden, SAS AB, SAS Cargo Group A/S

Fallo

Los artículos 81 CE, 84 CE y 85 CE y el artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de 2 de mayo de 1992, deben interpretarse en el sentido de que un órgano jurisdiccional nacional es competente para aplicar el artículo 81 CE y el artículo 53 del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en un litigio de Derecho privado relativo a una acción de indemnización de daños y perjuicios de la que conoce después de la entrada en vigor del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 [CE] y 82 [CE], a las conductas de empresas en el sector del transporte aéreo entre un Estado miembro y un tercer país distinto a Suiza que tuvieron lugar antes del 1 de mayo de 2004, a las conductas de empresas en el sector del transporte aéreo entre un Estado miembro y Suiza que tuvieron lugar antes del 1 de junio de 2002 y a las conductas de empresas en el sector del transporte aéreo entre un país del Espacio Económico Europeo que no es un Estado miembro y un tercer país que tuvieron lugar antes del 19 de mayo de 2005, aun cuando no se hubiera adoptado ninguna decisión con arreglo al artículo 84 CE o al artículo 85 CE por lo que respecta a esas conductas, siempre que las mencionadas conductas fueran susceptibles de afectar, respectivamente, al comercio entre Estados miembros y al comercio entre las Partes Contratantes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.


(1)  DO C 95 de 23.3.2020.


10.1.2022   

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C 11/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad — Bulgaria) — Proceso penal contra Ivan Gavanozov

(Asunto C-852/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Cooperación judicial en materia penal - Directiva 2014/41/UE - Orden europea de investigación en materia penal - Artículo 14 - Vías de recurso - Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Artículo 47 - Inexistencia de vías de recurso en el Estado miembro de emisión - Orden por la que se decretan registros, incautaciones y un interrogatorio de testigo por videoconferencia)

(2022/C 11/03)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Parte en el proceso principal

Ivan Gavanozov

Fallo

1)

El artículo 14 de la Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal, en relación con el artículo 24, apartado 7, de esta Directiva y el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, debe interpretarse en el sentido de que se opone a la normativa de un Estado miembro de emisión de una orden europea de investigación que no contempla ninguna vía de recurso contra la emisión de una orden europea de investigación que tenga por objeto practicar registros e incautaciones, así como interrogar a un testigo por videoconferencia.

2)

El artículo 6 de la Directiva 2014/41, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y el artículo 4 TUE, apartado 3, debe interpretarse en el sentido de que se opone a que la autoridad competente de un Estado miembro emita una orden europea de investigación que tenga por objeto practicar registros e incautaciones, así como interrogar a un testigo por videoconferencia, cuando la normativa de ese Estado miembro no contempla ninguna vía de recurso contra la emisión de tal orden europea de investigación.


(1)  DO C 68 de 2.3.2020.


10.1.2022   

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C 11/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 11 de noviembre de 2021 — Autostrada Wielkopolska S.A. / Comisión Europea, Republica de Polonia

(Asunto C-933/19 P) (1)

(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Concesión de una autopista de peaje - Ley que establece una exención del pago de peajes para determinados vehículos - Compensación concedida al concesionario por el Estado miembro por la pérdida de ingresos - Peaje virtual - Compensación que la Comisión Europea considera que es excesiva y confiere una ayuda - Decisión de la Comisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación - Derechos procesales del beneficiario de la ayuda - Obligación de la Comisión de ejercer una vigilancia especial - Concepto de «ayuda de Estado» - Ventaja - Mejora de la situación financiera prevista del concesionario - Criterio del operador privado en una economía de mercado - Desnaturalización de pruebas - Falta de motivación - Deformación de la decisión controvertida - Sustitución de fundamentación - Inversión de la carga de la prueba - Vulneración del principio de primacía del Derecho de la Unión - Control judicial que debe efectuar el Tribunal General - Obligaciones y límites)

(2022/C 11/04)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Autostrada Wielkopolska S.A. (representantes: O. Geiss, Rechtsanwalt, y T. Siakka, dikigoros)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, (representantes: L. Armati, K. Herrmann y S. Noë, agentes), Republica de Polonia (representantes: B. Majczyna y M. Rzotkiewicz, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Autostrada Wielkopolska S. A. a cargar, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.

3)

La República de Polonia cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 87 de 16.3.2020.


10.1.2022   

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C 11/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Energieversorgungscenter Dresden-Wilschdorf GmbH & Co. KG / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-938/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Medio ambiente - Directiva 2003/87/CE - Régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero - Artículo 2, apartado 1 - Ámbito de aplicación - Artículo 3, letra e) - Concepto de «instalación» - Repercusiones sobre las emisiones y la contaminación - Dispositivos accesorios que como tales no emiten gases de efecto invernadero - Artículo 10 bis - Régimen transitorio de asignación gratuita de derechos de emisión - Plantilla de recogida de datos - Coeficiente de elegibilidad corregido - Método de cálculo - Decisión 2011/278/UE - Artículo 6, apartado 1, párrafo tercero - Exportación de frío a una entidad perteneciente a un sector expuesto a un riesgo significativo de fuga de carbono)

(2022/C 11/05)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Berlin

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Energieversorgungscenter Dresden-Wilschdorf GmbH & Co. KG

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Fallo

1)

Los artículos 2, apartado 1, y 3, letra e), de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad y por la que se modifica la Directiva 96/61/CE del Consejo, en su versión modificada por la Directiva 2009/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional que permite que, dentro de los límites de una instalación sujeta al régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el ámbito de la Unión Europea, se incluyan unos dispositivos accesorios que no emiten gases de efecto invernadero, siempre y cuando estos dispositivos cumplan los criterios previstos en el artículo 3, letra e), de la citada Directiva, en su versión modificada, y, en particular, puedan tener repercusiones sobre las emisiones y la contaminación en concepto de los gases de efecto invernadero que figuran en el anexo II de la propia Directiva, en su versión modificada.

2)

El coeficiente de elegibilidad corregido a que se refiere la plantilla de recogida de datos elaborada por la Comisión Europea en virtud del artículo 7, apartado 5, de la Decisión 2011/278/UE de la Comisión, de 27 de abril de 2011, por la que se determinan las normas transitorias de la Unión para la armonización de la asignación gratuita de derechos de emisión con arreglo al artículo 10 bis de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, constituye —incluso cuando el calor medible importado de una instalación no sujeta al régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el ámbito de la Unión Europea puede imputarse a un flujo de calor particular— un coeficiente único que, a los concretos efectos de calcular la cantidad de derechos de emisión asignados gratuitamente a una subinstalación con referencia de calor, debe calcularse y aplicarse en función de un enfoque global de los flujos de calor de esta subinstalación.

3)

El artículo 6, apartado 1, párrafo tercero, de la Decisión 2011/278 debe interpretarse en el sentido de que un proceso de una subinstalación con referencia de calor no se utiliza en un sector o subsector que se considera expuesto a un riesgo significativo de fuga de carbono cuando dicho proceso se refiere al calor utilizado para producir frío exportado y consumido dentro de una instalación no sujeta al régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el ámbito de la Unión Europea y que pertenece a un sector o a un subsector que se considera expuesto a un riesgo significativo de fuga de carbono dado que esta entidad no es la consumidora de calor.


(1)  DO C 103 de 30.3.2020.


10.1.2022   

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C 11/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos Aukščiausiasis Teismas — Lituania) — UAB «Manpower Lit» / E.S., M.L., M.P., V.V., R.V.

(Asunto C-948/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Política social - Trabajo a través de empresas de trabajo temporal - Directiva 2008/104/CE - Artículo 1 - Ámbito de aplicación - Conceptos de «empresa pública» y de «ejercicio de una actividad económica» - Agencias de la Unión Europea - Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) como «empresa usuaria», en el sentido del artículo 1, apartado 2, de dicha Directiva - Artículo 5, apartado 1 - Principio de igualdad de trato - Condiciones esenciales de trabajo y de empleo - Concepto de «mismo puesto» - Reglamento (CE) n.o 1922/2006 - Artículo 335 TFUE - Principio de autonomía administrativa de las instituciones de la Unión - Artículo 336 TFUE - Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea)

(2022/C 11/06)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos Aukščiausiasis Teismas

Partes en el procedimiento principal

Demandante: UAB «Manpower lit»

Demandadas: E.S., M.L., M.P., V.V., R.V.

Fallo

1)

El artículo 1 de la Directiva 2008/104/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, relativa al trabajo a través de empresas de trabajo temporal, debe interpretarse en el sentido de que está comprendida en el ámbito de aplicación de esta Directiva la puesta a disposición del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), por parte de una empresa de trabajo temporal, de trabajadores que hayan celebrado un contrato de trabajo con dicha empresa, con el fin de realizar prestaciones laborales en dicho Instituto.

2)

El artículo 5, apartado 1, de la Directiva 2008/104 debe interpretarse en el sentido de que puede considerarse que el puesto de trabajo ocupado por un trabajador puesto a disposición del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) por una empresa de trabajo temporal constituye el «mismo puesto», en el sentido de dicha disposición, aun suponiendo que todos los puestos de trabajo para los que el EIGE contrate trabajadores directamente incluyan tareas que solo puedan ser desempeñadas por personas sometidas al Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.


(1)  DO C 77 de 9.3.2020.


10.1.2022   

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C 11/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 9 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht — Alemania) — LW / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-91/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Política común en materia de asilo y de protección subsidiaria - Normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional - Directiva 2011/95/UE - Artículos 3 y 23 - Normas más favorables que los Estados miembros pueden introducir o mantener para extender el derecho de asilo o la protección subsidiaria a los miembros de la familia del beneficiario de protección internacional - Concesión, con carácter derivado, del estatuto de refugiado de un progenitor a su hijo menor de edad - Mantenimiento de la unidad familiar - Interés superior del niño)

(2022/C 11/07)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesverwaltungsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante: LW

Demandada: Bundesrepublik Deutschland

Fallo

Los artículos 3 y 23, apartado 2, de la Directiva 2011/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establecen normas relativas a los requisitos para el reconocimiento de nacionales de terceros países o apátridas como beneficiarios de protección internacional, a un estatuto uniforme para los refugiados o para las personas con derecho a protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida, deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a que un Estado miembro, en virtud de disposiciones nacionales más favorables, conceda, con carácter derivado y con el fin de mantener la unidad familiar, el estatuto de refugiado a un menor soltero, hijo de un nacional de un tercer país al que se ha reconocido ese estatuto en virtud del régimen establecido por esta Directiva, incluso en el caso de que el menor haya nacido en el territorio de ese Estado miembro y posea, a través de su otro progenitor, la nacionalidad de otro tercer país en cuyo territorio no correría el riesgo de sufrir persecución, siempre que ese menor no esté comprendido en alguna de las causas de exclusión a las que se refiere el artículo 12, apartado 2, de dicha Directiva y no tenga derecho, por su nacionalidad o por cualquier otro elemento que caracterice su condición jurídica personal, a un mejor trato en dicho Estado miembro que el resultante de la obtención del estatuto de refugiado. A este respecto, resulta irrelevante saber si es posible y razonable que el menor y sus progenitores se instalen en ese otro tercer país.


(1)  DO C 209 de 22.6.2020.


10.1.2022   

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C 11/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 11 de noviembre de 2021 — República Helénica / Comisión Europea

(Asunto C-106/20 P) (1)

(Recurso de casación - Política agrícola común - FEAGA y Feader - Gastos excluidos de la financiación de la Unión Europea - Gastos efectuados por la República Helénica - Procedimiento de liquidación de conformidad - Motivo invocado por primera vez en la fase oral del procedimiento en primera instancia - Reglamento (CE) n.o 796/2004 - Artículo 2, punto 2 - Reglamento (UE) n.o 1307/2013 - Artículo 4, apartado 1, letra h) - Concepto de «pastizales permanentes» - Desnaturalización de las pruebas - Reglamento Delegado (UE) n.o 907/2014 - Artículo 12, apartado 4 - Corrección puntual - Requisitos - Carga de la prueba)

(2022/C 11/08)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: República Helénica (representantes: E. Tsaousi, E. Leftheriotou y A. Vasilopoulou, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: M. Konstantinidis y A. Sauka, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a la República Helénica.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


10.1.2022   

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C 11/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 11 de noviembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por la High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division (business and property courts, insolvency and companies list) — Reino Unido] — BJ, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M, OV, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M / Sra. M, MH, ILA, Sr. M

(Asunto C-168/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Libre circulación de personas - Ciudadanía de la Unión - Artículo 21 TFUE - Libertad de establecimiento - Artículo 49 TFUE - Igualdad de trato - Directiva 2004/38/CE - Artículo 24, apartado 1 - Normativa del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte que supedita la exclusión, en principio íntegra y automática, de la masa de la quiebra de los derechos de pensión derivados de un plan de pensiones al requisito de autorización a efectos fiscales del plan de pensiones de que se trate - Imposición de este requisito en un procedimiento de insolvencia de un ciudadano de la Unión que ha ejercido su derecho de libre circulación para ejercer, con carácter permanente, una actividad por cuenta propia en el Reino Unido - Derechos de pensión obtenidos por dicho ciudadano de la Unión de un plan de pensiones constituido y autorizado a efectos fiscales en su Estado miembro de origen - No inclusión de estos derechos de pensión en el beneficio de exclusión de la masa de la quiebra - Aplicación a estos derechos de pensión de un régimen de exclusión de la masa de la quiebra claramente menos ventajoso para el declarado en quiebra)

(2022/C 11/09)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division (business and property courts, insolvency and companies list)

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: BJ, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M, OV, que interviene en calidad de síndico de la quiebra del Sr. M

Demandadas: Sra. M, MH, ILA, Sr. M

Fallo

El artículo 49 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una disposición del Derecho de un Estado miembro que supedita la exclusión, en principio íntegra y automática, de la masa de la quiebra de los derechos de pensión derivados de un plan de pensiones al requisito de que, al declararse la quiebra, el plan de que se trate haya sido autorizado a efectos fiscales en ese Estado, cuando este requisito se impone en una situación en la que un ciudadano de la Unión que, antes de ser declarado en quiebra, ha ejercido su derecho de libre circulación al establecerse de forma permanente en ese mismo Estado, con objeto de ejercer allí una actividad económica por cuenta propia, obtiene derechos de pensión de un plan de pensiones constituido y autorizado a efectos fiscales en su Estado miembro de origen, a menos que la restricción a la libertad de establecimiento que implica la citada disposición nacional esté justificada por responder a una razón imperiosa de interés general, sea adecuada para garantizar la realización del objetivo que persigue y no vaya más allá de lo necesario para alcanzarlo.


(1)  DO C 262 de 10.8.2020.


10.1.2022   

ES

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C 11/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por The Labour Court, Ireland — Irlanda) — MG / Dublin City Council

(Asunto C-214/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores - Ordenación del tiempo de trabajo - Directiva 2003/88/CE - Artículo 2 - Concepto de «tiempo de trabajo» - Bombero del retén - Guardia en régimen de disponibilidad no presencial - Ejercicio, durante el período de guardia, de una actividad profesional con carácter independiente - Limitaciones derivadas del régimen de disponibilidad no presencial)

(2022/C 11/10)

Lengua de procedimiento: inglés

Órgano jurisdiccional remitente

The Labour Court, Irlanda

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MG

Demandada: Dublin City Council

Fallo

El artículo 2, punto 1, de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, debe interpretarse en el sentido de que un período de guardia en régimen de disponibilidad no presencial cubierto por un bombero del retén, durante el cual dicho trabajador ejerce, con la autorización de su empresario, una actividad profesional por cuenta propia, pero debe, en caso de llamada de urgencia, incorporarse a su parque de bomberos de adscripción en un plazo máximo de diez minutos, no constituye «tiempo de trabajo», en el sentido de dicha disposición, si de una apreciación global del conjunto de circunstancias del caso concreto, en particular de la extensión y condiciones de esa facultad de ejercer otra actividad profesional y de la inexistencia de obligación de participar en todas las intervenciones realizadas desde ese parque se desprende que las limitaciones impuestas al citado trabajador durante ese período no son de tal naturaleza que afecten objetiva y muy significativamente su facultad para administrar libremente, en el referido período, el tiempo durante el cual no se requieren sus servicios profesionales como bombero.


(1)  DO C 262 de 10.8.2020.


10.1.2022   

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C 11/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo) — Ferimet, S. L. / Administración General del Estado

(Asunto C-281/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 168 - Derecho a deducción - Artículo 199 - Régimen de inversión del sujeto pasivo - Principio de neutralidad fiscal - Requisitos materiales del derecho a deducción - Condición de sujeto pasivo del proveedor - Carga de la prueba - Fraude - Práctica abusiva - Factura que menciona un proveedor ficticio)

(2022/C 11/11)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Supremo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Ferimet, S. L.

Recurrida: Administración General del Estado

Fallo

La Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, en relación con el principio de neutralidad fiscal, debe ser interpretada en el sentido de que debe denegarse a un sujeto pasivo el ejercicio del derecho a la deducción del impuesto sobre el valor añadido correspondiente a la adquisición de bienes que le han sido entregados, cuando dicho sujeto pasivo ha indicado deliberadamente un proveedor ficticio en la factura que él mismo ha expedido para dicha operación al aplicar el régimen de inversión del sujeto pasivo, si, habida cuenta de las circunstancias fácticas y de los elementos aportados por dicho sujeto pasivo, faltan los datos necesarios para comprobar que el verdadero proveedor tenía la condición de sujeto pasivo o si se acredita suficientemente con arreglo a Derecho que el citado sujeto pasivo cometió un fraude en el IVA o sabía o debería haber sabido que la operación invocada para fundamentar el derecho a deducción formaba parte de un fraude de este tipo.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


10.1.2022   

ES

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C 11/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Regione Veneto / Plan Eco Srl

(Asunto C-315/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Medio ambiente - Reglamento (CE) n.o 1013/2006 - Traslado de residuos - Artículos 3, apartado 5, y 11, apartado 1, letra i) - Directiva 2008/98/CE - Gestión de residuos - Artículo 16 - Principios de autosuficiencia y de proximidad - Decisión 2000/532/CE - Catálogo europeo de residuos (CER) - Residuos municipales mezclados sometidos a un tratamiento mecánico que no altera su naturaleza)

(2022/C 11/12)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Regione Veneto

Demandada: Plan Eco Srl

con intervención de: Futura Srl

Fallo

Los artículos 3, apartado 5, y 11 del Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos, deben interpretarse en el sentido de que, teniendo en cuenta los principios de autosuficiencia y proximidad, la autoridad competente de expedición puede, sobre la base, entre otros, del motivo contemplado en el artículo 11, apartado 1, letra i), de ese Reglamento, oponerse a un traslado de residuos municipales mezclados que, tras un tratamiento mecánico para su valorización energética que, sin embargo, no ha alterado sustancialmente sus propiedades originales, han sido clasificados con el código 19 12 12 de la lista de residuos prevista en el anexo de la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos, en su versión modificada por la Decisión 2014/955/UE de la Comisión, de 18 de diciembre de 2014.


(1)  DO C 304 de 14.9.2020.


10.1.2022   

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C 11/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation — Francia) — Bank Sepah / Overseas Financial Limited, Oaktree Finance Limited

(Asunto C-340/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Política exterior y de seguridad común (PESC) - Medidas restrictivas contra la República Islámica de Irán - Reglamento (CE) n.o 423/2007 - Congelación de fondos de personas, entidades u organismos que el Consejo de la Unión Europea ha reconocido como participantes en la proliferación nuclear - Conceptos de «bloqueo de fondos» y de «congelación de recursos económicos» - Posibilidad de aplicar una medida cautelar sobre los fondos y recursos económicos congelados - Crédito previo a la congelación de activos y ajeno al programa nuclear y balístico iraní)

(2022/C 11/13)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bank Sepah

Demandadas: Overseas Financial Limited, Oaktree Finance Limited

Fallo

1)

El artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 423/2007 del Consejo, de 19 de abril de 2007, sobre la adopción de medidas restrictivas contra Irán, en relación con el artículo 1, letras h) y j), del Reglamento n.o 423/2007, el artículo 16, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 961/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento n.o 423/2007, en relación con el artículo 1, letras h) e i), del Reglamento n.o 961/2010, y el artículo 23, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, relativo a medidas restrictivas contra Irán y por el que se deroga el Reglamento n.o 961/2010, en relación con el artículo 1, letras j) y k), del Reglamento n.o 267/2012, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a que se adopten, sobre fondos o recursos económicos congelados en el marco de la política exterior y de seguridad común, sin autorización previa de la autoridad nacional competente, medidas cautelares que establezcan, en beneficio del acreedor interesado, un derecho de cobro preferente con respecto a los demás acreedores, aun cuando tales medidas no conlleven la salida de los bienes del patrimonio del deudor.

2)

Para responder a la primera cuestión prejudicial no es pertinente el hecho de que la causa del crédito que se ha de cobrar de la persona o entidad cuyos fondos o recursos económicos se congelan sea ajena al programa nuclear y balístico iraní y previa a la Resolución 1737 (2006) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 23 de diciembre de 2006.


(1)  DO C 339 de 12.10.2020.


10.1.2022   

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C 11/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof — Alemania) — Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband eV / Dr. August Oetker Nahrungsmittel KG

(Asunto C-388/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Reglamento (UE) n.o 1169/2011 - Información alimentaria facilitada al consumidor - Artículo 9, apartado 1, letra l) - Información nutricional - Artículo 31, apartado 3, párrafo segundo - Cálculo del valor energético y de las cantidades de nutrientes - Posibilidad de aportar esta información respecto del alimento preparado - Requisitos - Artículo 33, apartado 2, párrafo segundo - Expresión por porción o por unidad de consumo)

(2022/C 11/14)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Bundesverband der Verbraucherzentralen und Verbraucherverbände — Verbraucherzentrale Bundesverband eV

Demandada: Dr. August Oetker Nahrungsmittel KG

Fallo

El artículo 31, apartado 3, párrafo segundo, del Reglamento (UE) n.o 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 1924/2006 y (CE) n.o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, y por el que se derogan la Directiva 87/250/CEE de la Comisión, la Directiva 90/496/CEE del Consejo, la Directiva 1999/10/CE de la Comisión, la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, las Directivas 2002/67/CE, y 2008/5/CE de la Comisión, y el Reglamento (CE) n.o 608/2004 de la Comisión, debe interpretarse en el sentido de que esta disposición se aplica únicamente a los alimentos que requieren una preparación y cuyo modo de preparación está predeterminado.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


10.1.2022   

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C 11/12


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 11 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský soud v Brně — República Checa) — ELVOSPOL / Odvolací finanční ředitelství

(Asunto C-398/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Artículo 90 - Reducción de la base imponible del IVA - Impago total o parcial del precio por declaración del deudor en concurso de acreedores - Requisitos impuestos por normativa nacional para la rectificación del IVA devengado - Requisito de que el derecho de crédito total o parcialmente no satisfecho no se hubiera adquirido en los seis meses anteriores a la declaración en concurso de la sociedad deudora - Incumplimiento)

(2022/C 11/15)

Lengua de procedimiento: checo

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský soud v Brně

Partes en el procedimiento principal

Demandante: ELVOSPOL

Demandada: Odvolací finanční ředitelství

Fallo

El artículo 90 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que se opone a disposiciones nacionales que supediten la rectificación de la cuota del impuesto sobre el valor añadido al requisito de que el crédito total o parcialmente no satisfecho no se hubiera adquirido en los seis meses anteriores a la declaración del concurso de la sociedad deudora, cuando en realidad dicho requisito no permite descartar que al final ese crédito pueda, con carácter definitivo, resultar incobrable.


(1)  DO C 359 de 26.10.2020.


10.1.2022   

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C 11/12


Recurso de casación interpuesto el 12 de julio de 2021 por Sun Stars & Sons Pte Ltd contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de mayo de 2021 en el asunto T-638/19, Sun Stars & Sons / EUIPO — Valvis Holding (AC AQUA AC)

(Asunto C-424/21 P)

(2022/C 11/16)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Sun Stars & Sons Pte Ltd (representante: M. Maček, odvetnica)

Otras partes en el procedimiento: Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), Valvis Holding SA

Mediante auto de 11 de noviembre de 2021 el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) resuelve no admitir a trámite el recurso de casación. Sun Stars & Sons Pte Ltd cargará con sus propias costas.


10.1.2022   

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C 11/13


Recurso de casación interpuesto el 12 de julio de 2021 por Sun Stars & Sons Pte Ltd contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta) dictada el 12 de mayo de 2021 en el asunto T-637/19, Sun Stars & Sons / EUIPO — Carpathian Springs (AQUA CARPATICA)

(Asunto C-425/21 P)

(2022/C 11/17)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Sun Stars & Sons Pte Ltd (representante: M. Maček, odvetnica)

Otras partes en el procedimiento: Oficina de la Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), Carpathian Springs SA

Mediante auto de 11 de noviembre de 2021 el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) resuelve no admitir a trámite el recurso de casación. Sun Stars & Sons Pte Ltd cargará con sus propias costas.


10.1.2022   

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C 11/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) (Portugal) el 26 de julio de 2021 — The Navigator Company S.A., Navigator Pulp Figueira S.A. / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-459/21)

(2022/C 11/18)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Partes instantes: The Navigator Company S.A., Navigator Pulp Figueira S.A.

Parte instada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Cuestión prejudicial

¿Se opone el principio de equivalencia a una normativa nacional en materia de IVA como la establecida en el artículo 21, apartado 1, del Código do Imposto sobre o Valor Acrescentado (Código del impuesto sobre el valor añadido) (CIVA), mantenida al amparo de la cláusula de standstill, que excluye el derecho a la deducción íntegramente o en un 50 % del IVA soportado en relación con los gastos de vehículos automóviles, gastos de desplazamiento y alojamiento y gastos de representación, los cuales, en el marco del impuesto de sociedades, son totalmente deducibles como gastos (sin perjuicio de su comprobación a posteriori y con sujeción a determinadas condiciones) o, en el marco de la tributación autónoma, pueden deducirse efectivamente como gastos en una proporción superior al 50 %?


10.1.2022   

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C 11/13


Recurso de casación interpuesto el 29 de julio de 2021 por König Ludwig International GmbH & Co. KG contra el auto del Tribunal General (Sala Sexta) dictado el 31 de mayo de 2021 en el asunto T-332/20, König Ludwig International / EUIPO

(Asunto C-465/21 P)

(2022/C 11/19)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: König Ludwig International GmbH & Co. KG (representantes: O. Spuhler, Rechtsanwalt, J. Stock, Rechtsanwältin)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 12 de noviembre de 2021, el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) resolvió inadmitir a trámite el recurso de casación y condenar en costas a König Ludwig International GmbH & Co. KG.


10.1.2022   

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C 11/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wiesbaden (Alemania) el 14 de septiembre de 2021 — BU / Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-564/21)

(2022/C 11/20)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Wiesbaden

Partes en el procedimiento principal

Demandante: BU

Demandada: Bundesrepublik Deutschland, representada por el Bundesamt für Migration und Flüchtlinge

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Se deduce del derecho a un juicio justo, según el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que el expediente administrativo que la autoridad ha de presentar con ocasión del acceso al expediente o de un control judicial debe ser presentado —también en formato electrónico— de forma completa y paginada, de manera que se pueda hacer un seguimiento de las modificaciones?

2.

¿Se oponen los artículos 23, apartado 1, y 46, apartados 1 a 3, de la Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (1) a una práctica administrativa nacional según la cual la autoridad habitualmente facilita al representante legal del solicitante de asilo y al órgano jurisdiccional solo un extracto generado a partir de un sistema digital de gestión de documentos, extracto que contiene una colección incompleta, desestructurada y no cronológica de archivos electrónicos en formato PDF, sin que estos presenten una estructura y una secuencia cronológica de acontecimientos, y mucho menos reproduzcan el contenido completo del expediente electrónico?

3.

¿Se deduce de los artículos 11, apartado 1, y 45, apartado 1, letra a), de la Directiva 2013/32/UE que una resolución debe estar firmada a mano por el responsable de la autoridad decisoria, ser incorporada al expediente o trasladarse al solicitante también como documento con firma manuscrita?

4.

¿Se respeta el requisito de la forma escrita en el sentido de los artículos 11, apartado 1, y 45, apartado 1, letra a), de la Directiva 2013/32/UE si el responsable firma la resolución, pero luego se escanea y destruye el original, de modo que la resolución solo cumple parcialmente el requisito de la forma escrita?


(1)  DO 2013, L 180, p. 60.


10.1.2022   

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C 11/14


Recurso de casación interpuesto el 23 de septiembre de 2021 por Public.Resource.Org, Inc., Right to Know CLG contra la sentencia del Tribunal General (Sala Quinta ampliada) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-185/19, Public.Resource.Org, Inc. y Right to Know CLG / Comisión Europea

(Asunto C-588/21 P)

(2022/C 11/21)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: Public.Resource.Org, Inc. y Right to Know CLG (representantes: F. Logue, Solicitor, J. Hackl, Rechtsanwalt, C. Nüßing, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Comité Europeo de Normalización (CEN), Asociación Española de Normalización (UNE), Asociaţia de Standardizare din România (ASRO), Association française de normalisation (AFNOR), Austrian Standards International (ASI), British Standards Institution (BSI), Bureau de normalisation/Bureau voor Normalisatie (NBN), Dansk Standard (DS), Deutsches Institut für Normung eV (DIN), Koninklijk Nederlands Normalisatie Instituut (NEN), Schweizerische Normen- Vereinigung SNV, Standard Norge, Suomen Standardisoimisliitto ry (SFS), Svenska institutet för standarder (SIS), Institut za standardizaciju Srbije (ISS)

Pretensiones de las partes recurrentes

Las partes recurrentes solicitan al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia recurrida en casación y dé acceso a los documentos solicitados (EN 71-4:2013, EN 71-5:2015, EN 71-12:2013 y EN 12472:2005+A1:2009).

Subsidiariamente, devuelva el asunto al Tribunal General.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

1.

Error de apreciación en la aplicación de la excepción del primer guion del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001. (1)

a.

En la primera parte, el Tribunal General incurrió en error de Derecho al apreciar incorrectamente la protección de los derechos de autor:

No reconociendo que las normas armonizadas solicitadas no pueden estar protegidas por derechos de autor puesto que son parte del Derecho de la Unión y la norma jurídica exige libre acceso al Derecho.

No reconociendo que, incluso si las normas armonizadas solicitadas pueden estar protegidas por derechos de autor, el libre acceso al Derecho debe tener prioridad sobre la protección de los derechos de autor.

Al considerar erróneamente que la Comisión no estaba autorizada a examinar si las normas armonizadas solicitadas estaban protegidas por derechos de autor.

Al considerar erróneamente que las normas armonizadas solicitadas constituían una creación intelectual y, por tanto, una «obra» amparada por los derechos de autor.

b.

En segundo lugar, el Tribunal General incurrió en error de Derecho en su apreciación del efecto sobre los intereses comerciales:

Aplicando erróneamente la presunción de que las normas armonizadas solicitadas supondrían un perjuicio para el interés protegido por el primer guion del artículo 4, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001.

No apreciando los efectos concretos sobre los intereses comerciales.

2.

Error de Derecho al no reconocer un interés público superior.

El Tribunal General incurrió en error de Derecho al no reconocer un interés público superior:

Declarando erróneamente que los demandantes no acreditaron motivos concretos para justificar su demanda.

Teniendo en cuenta un factor irrelevante, a saber, el funcionamiento del sistema europeo de normalización.

Declarando que la decisión en el asunto James Elliott (C-613/14) (2) no crea una obligación de difusión proactiva en lo relativo a las normas armonizadas.

Declarando que las normas armonizadas únicamente tienen efectos jurídicos con respecto al interesado.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

(2)  Sentencia del Tribunal de Justicia de 27 de octubre de 2016, James Elliott Construction (C-613/14, EU:C:2016:821).


10.1.2022   

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C 11/16


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd v Prešove (Eslovaquia) el 28 de septiembre de 2021 — SP, CI / Všeobecná úverová banka a.s.

(Asunto C-598/21)

(2022/C 11/22)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd v Prešove

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: SP, CI

Recurrida: Všeobecná úverová banka a.s.

Cuestiones prejudiciales

A.

¿Se oponen el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»), en relación con sus artículos 7 y 38, la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (en lo sucesivo, «Directiva 93/13 sobre las cláusulas contractuales abusivas»), (1) la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (en lo sucesivo, «Directiva 2005/29 sobre las prácticas comerciales desleales») (2) y el principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea a una normativa como la contenida en los artículos 53, apartado 9, y 565 del Občiansky zakonník (Código Civil), en virtud de los cuales, en caso de vencimiento anticipado, no debe tenerse en cuenta su proporcionalidad, en particular, la gravedad del incumplimiento de las obligaciones del consumidor en relación con el importe del préstamo y el plazo de reembolso?

B.

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial (es decir, si no se oponen), el órgano jurisdiccional remitente formula las siguientes cuestiones prejudiciales:

– B.1

¿Se oponen el artículo 47 de la Carta, en relación con sus artículos 7 y 38, la Directiva 93/13 sobre las cláusulas contractuales abusivas, la Directiva 2005/29 sobre las prácticas comerciales desleales y el principio de efectividad del Derecho de la Unión Europea a una jurisprudencia que, en esencia, no suspende la ejecución de un derecho de garantía mediante subasta privada de bienes inmuebles utilizados como vivienda por los consumidores u otras personas y que, al mismo tiempo, no tiene en cuenta la gravedad del incumplimiento de la obligación del consumidor en relación con el importe del préstamo y la duración de este, cuando existe también otro medio para satisfacer el crédito del acreedor, mediante un procedimiento de ejecución judicial, en el que la venta de la vivienda objeto del derecho de garantía no es la solución que goza de prioridad?

– B.2

¿Debe interpretarse el artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2005/29 sobre las prácticas comerciales desleales en el sentido de que la protección de los consumidores frente a las prácticas comerciales desleales en materia de crédito al consumo se extiende a todas las modalidades de reembolso de los créditos del prestamista, incluida la suscripción de un nuevo préstamo acordado para cubrir las obligaciones derivadas del préstamo anterior?

– B.3

¿Debe interpretarse la Directiva 2005/29 sobre las prácticas comerciales desleales en el sentido de que también debe considerarse práctica comercial desleal el comportamiento de un prestamista que concede repetidamente préstamos a un consumidor que no puede reembolsarlos, de modo que se crea una cadena de préstamos que el prestamista no desembolsa realmente al consumidor, sino que retiene, en cambio, para cubrir los préstamos anteriores y el coste total de los mismos?

– B.4

¿Debe interpretarse el artículo 2, apartado 2, letra a), de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo (en lo sucesivo, «Directiva 2008/48 en materia de crédito al consumo»), (3) en relación con el décimo considerando de dicha Directiva, en el sentido de que no se opone a la aplicación de esta, incluso en el caso de un préstamo que presenta todas las características de un crédito al consumo, cuando no se haya acordado la finalidad del préstamo y el prestamista haya utilizado la totalidad del préstamo para cubrir las deudas derivadas de créditos al consumo anteriores, salvo una parte insignificante, y se haya acordado un derecho de garantía sobre un bien inmueble?

– B.5

¿Debe interpretarse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de abril de 2016, Radlinger y Radlingerová, C-377/14, EU:C:2016:283, en el sentido de que se aplica también a un contrato de crédito al consumo cuando, en virtud de dicho contrato, una parte del préstamo concedido se destina a cubrir los gastos del prestamista?


(1)  DO 1993, L 95, p. 29.

(2)  DO 2005, L 149, p. 22.

(3)  DO 2008, L 133, p. 66.


10.1.2022   

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C 11/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Administrativo e Fiscal de Braga, Juízo Administrativo Comum (Portugal) el 28 de septiembre de 2021 — Vapo Atlantic SA / Entidade Nacional para o Setor Energético E.P.E. (ENSE) y otros

(Asunto C-604/21)

(2022/C 11/23)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Administrativo e Fiscal de Braga, Juízo Administrativo Comum

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Vapo Atlantic, S.A.

Demandada: Entidade Nacional para o Setor Energético E.P.E. (ENSE)

Otras partes en el procedimiento: Fundo Ambiental, Fundo de Eficiência Energética (FEE)

Cuestiones prejudiciales

1)

Debe interpretarse el artículo l, punto 3, de la Directiva 98/34/CE (1) en el sentido de que corresponde al concepto de «otro requisito», a efectos de lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, de la misma Directiva, la definición del porcentaje de biocarburantes que, de acuerdo con el artículo 7 bis de la Directiva 98/70/CE, (2) introducido por la Directiva 2009/30/CE, (3) y en consonancia con el objetivo enunciado en el artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2009/28/CE, (4) un determinado operador económico está obligado a incorporar en los carburantes que ponga a consumo, como sucede en el caso de la legislación nacional controvertida?

2)

¿Debe interpretarse el artículo 8, apartado 1, de la Directiva 98/34/CE, en concreto la expresión «salvo si se trata de una simple transposición íntegra de una norma internacional o europea», en el sentido de que excluye una norma de Derecho nacional que define los porcentajes de incorporación de biocarburantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 bis, apartado 2, de la Directiva 98/70/CE, introducido por la Directiva 2009/30/CE, en consonancia con el objetivo enunciado en el artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2009/28/CE?

3)

¿Debe interpretarse lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, párrafo segundo, de la Directiva 2009/30/CE, así como lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/1513, (5) en el sentido de que se trata de cláusulas de salvaguardia previstas en actos comunitarios vinculantes, a los efectos previstos en el artículo 10, apartado 1, tercer guion, de la Directiva 98/34/CE?

4)

Si la respuesta a esta cuestión no resulta innecesaria a la luz de la respuesta a las anteriores cuestiones, ¿debe interpretarse lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, de la Directiva 98/34/CE en el sentido de que no puede oponerse al operador económico una disposición nacional, como la controvertida en el presente litigio, que define el porcentaje de incorporación de biocarburantes, en transposición del artículo 7 bis, apartado 2, de la Directiva 98/70/CE, introducido por la Directiva 2009/30/CE?


(1)  Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas (DO 1998, L 204, p. 37).

(2)  Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 1998, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo y por la que se modifica la Directiva 93/12/CEE del Consejo (DO 1998, L 350, p. 58).

(3)  Directiva 2009/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE en relación con las especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo, se introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, se modifica la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior y se deroga la Directiva 93/12/CEE (DO 2009, L 140, p. 88).

(4)  Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE (DO 2009, L 140, p. 16).

(5)  Directiva (UE) 2015/1513 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se modifican la Directiva 98/70/CE, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo, y la Directiva 2009/28/CE, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (DO 2015, L 239, p. 1).


10.1.2022   

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C 11/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Szegedi Törvényszék (Hungría) el 4 de octubre de 2021 — Napfény-Toll Kft. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

(Asunto C-615/21)

(2022/C 11/24)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Szegedi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Napfény-Toll Kft.

Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse el principio de seguridad jurídica y el principio de efectividad, que forman parte del Derecho comunitario, en el sentido de que no se oponen a una normativa de un Estado miembro que no concede al juez ninguna facultad de apreciación, como la del artículo 164, apartado 5, de la az adózás rendjéről szóló 2003. évi XCII. törvény (Ley XCII de 2003, de Procedimiento General Tributario), así como la práctica basada en esta normativa, en virtud de las cuales, en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido, el plazo de prescripción del derecho de la administración tributaria a liquidar el impuesto se suspende durante toda la duración de los controles judiciales, independientemente del número de procedimientos administrativos tributarios repetidos, sin limitar la duración acumulada de las suspensiones cuando se suceden varios controles judiciales, incluso cuando el órgano jurisdiccional que se pronuncia sobre una decisión de la autoridad tributaria adoptada en un procedimiento repetido como consecuencia de una resolución judicial anterior constata que la autoridad tributaria no ha respetado las directrices contenidas en dicha resolución judicial, es decir, cuando la autoridad tributaria es la responsable de que haya tenido lugar el nuevo procedimiento judicial?


10.1.2022   

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C 11/18


Recurso interpuesto el 29 de octubre de 2021 — Parlamento Europeo / Comisión Europea

(Asunto C-657/21)

(2022/C 11/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Parlamento Europeo (representantes: R. Crowe, U. Rösslein, C. Burgos, agentes)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que al no garantizar la aplicación completa e inmediata del Reglamento (UE, Euratom) 2020/2092 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2020, sobre un régimen general de condicionalidad para la protección del presupuesto de la Unión, desde su fecha de entrada en vigor, el 1 de enero de 2021, la Comisión incumplió los Tratados.

Que, con carácter subsidiario, se anule la denegación ilegal de la Comisión de garantizar la aplicación completa e inmediata del Reglamento 2020/2092 desde su fecha de entrada en vigor.

Que se condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

Primer motivo, basado en el incumplimiento por la Comisión de la obligación que le impone el artículo 17 TUE, apartado 1, segunda frase, de garantizar la aplicación de los Tratados y de las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de estos.

La Comisión ha incumplido su obligación de aplicar el Reglamento 2020/2092 en su totalidad, dado que se abstiene ilegalmente de aplicar las disposiciones esenciales del artículo 6 del Reglamento hasta que no haya finalizado las directrices sobre la aplicación del Reglamento, cosa que no hará hasta que el Tribunal de Justicia no se haya pronunciado sobre los recursos de anulación interpuestos por dos Estados miembros contra el Reglamento. Al no aplicar el Reglamento en su totalidad hasta que el Tribunal de Justicia no haya dictado sus sentencias sobre los recursos de anulación, la Comisión incumple las obligaciones que le incumben con arreglo al artículo 17 TUE, apartado 1, en virtud del cual está obligada a garantizar la aplicación de los Tratados y de las medidas adoptadas por las instituciones en virtud de estos.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento por la Comisión de la obligación que le impone el artículo 17 TUE, apartado 3, de ser totalmente independiente e imparcial cuando ejerce sus responsabilidades.

El hecho de que la Comisión no garantice la aplicación completa e inmediata del Reglamento, sin imponerse ella misma restricciones, a partir de la fecha de su entrada en vigor, conforme a una instrucción del Consejo Europeo, constituye un incumplimiento de su obligación de independencia establecida en el artículo 17 TUE, apartado 3.

Tercer motivo, basado en la violación por la Comisión del artículo 13 TUE, apartado 2, y de los principios de equilibrio institucional y de cooperación leal mutua.

El hecho de que la Comisión no garantice la aplicación completa e inmediata del Reglamento, sin imponerse ella misma restricciones, a partir de la fecha de su entrada en vigor, conforme a una instrucción del Consejo Europeo, constituye una infracción del artículo 13 TUE, apartado 2, según el cual cada institución actuará dentro de los límites de las atribuciones que le confieren los Tratados, y una violación de los principios de equilibrio institucional y de cooperación leal mutua.


(1)  DO 2020, L 433 I, p. 1.


10.1.2022   

ES

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C 11/19


Recurso de casación interpuesto el 5 de noviembre de 2021 por MKB Multifunds BV contra el auto del Tribunal General (Sala Octava) dictado el 6 de septiembre de 2021 en el asunto T-277/20, MKB Multifunds / Comisión

(Asunto C-665/21 P)

(2022/C 11/26)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Partes

Recurrente: MKB Multifunds BV (representantes: J.M.M. van de Hel, R. Rampersad, advocaten)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Reino de los Países Bajos

Pretensiones de la parte recurrente

MKB Multifunds solicita respetuosamente al Tribunal de Justicia:

Que declare fundado y admita el recurso de casación de MKB Multifunds.

Que anule el auto del Tribunal General.

Que lo sustituya por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y anule la decisión de la Comisión.

Que condene a la Comisión Europea a cargar con las costas del procedimiento en que MKB Multifunds se ha visto obligada a incurrir.

Motivos y principales alegaciones

El Tribunal General declaró indebidamente que las pretensiones de MKB Multifunds no son admisibles. La sentencia del Tribunal General incurre en error de Derecho. MKB Multifunds formula los siguientes motivos:

Primer motivo: En los considerandos 36 a 38 del auto el Tribunal General incurre en error de Derecho al no aplicar el artículo 36 del Protocolo n.o 3 relativo al Estatuto del Tribunal de Justicia ni el artículo 51 TUE. Según el Tribunal General, de las propias declaraciones de MKB Multifunds no resulta ninguna fuerza probatoria, puesto que «no son más que declaraciones». El Tribunal General no motiva por qué las declaraciones de MKB Multifunds no son dignas de confianza. Por consiguiente, el auto carece de motivación suficiente.

Segundo motivo: En el considerando 30 del auto el Tribunal General incurre en error de Derecho en lo relativo al concepto de parte interesada, tal como se recoge en el artículo 1, letra h), del Reglamento 2015/1589. (1) La interpretación del Tribunal General equivale de hecho a que MKB Multifunds debe demostrar que operaba efectivamente en el sector de los fondos de fondos, por lo que era competidora directa de DVI, y que ha sufrido consecuencias concretas. Esto no se cohonesta con reiterada jurisprudencia de la que resulta que una empresa es parte interesada en la medida en que: i) es una (potencial) competidora que no opera en el mismo mercado; e ii) sus intereses pueden verse desfavorablemente influidos por la concesión de la ayuda contraria a Derecho. Con el error de Derecho, el Tribunal General ha manejado una apreciación demasiado estricta y pasado por alto que MKB Multifunds es, cuando menos, una potencial competidora de DVI y que MKB Multifunds ha alegado suficientemente que sus intereses se ven desfavorablemente influidos por la concesión de la ayuda contraria a Derecho.

Tercer motivo: En los considerandos 53 a 55 del auto el Tribunal General incurre en error de Derecho al apreciar de modo demasiado estricto el concepto de «afectación individual» en el sentido del artículo 263 TFUE, párrafo cuarto. La consecuencia de ello es que el Tribunal General ha ignorado que MKB Multifunds ha formulado alegaciones concretas de las que resulta que la decisión afecta a MKB Multifunds en razón de ciertas cualidades que le son propias o de una situación de hecho que la caracteriza frente a cualquier otra persona.


(1)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L 248, p. 9).


10.1.2022   

ES

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C 11/20


Recurso de casación interpuesto el 9 de noviembre de 2021 por KN contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 1 de septiembre de 2021 en el asunto T-377/20, KN / CESE

(Asunto C-673/21 P)

(2022/C 11/27)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: KN (representantes: M. Casado García-Hirschfeld y M. Aboudi, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Comité Económico y Social Europeo

Pretensiones de la parte recurrente

Que se anule la sentencia del Tribunal General de 1 de septiembre de 2021, KN/CESE (T-377/20).

Que se estimen las pretensiones formuladas en primera instancia.

Que se condene al CESE a cargar con la totalidad de las costas, incluidas las correspondientes al procedimiento ante el Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

En el marco del recurso de casación, la parte recurrente impugna, en particular, los apartados 102 a 106, 167 a 169, 171 a 177 y 197 de la sentencia recurrida.

En apoyo del recurso de casación, la parte recurrente invoca un único motivo, basado en la desnaturalización de los hechos en la sentencia recurrida y en errores manifiestos de apreciación que entrañan una motivación jurídicamente inexacta.


Tribunal General

10.1.2022   

ES

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C 11/22


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Jenkinson/Consejo y otros

(Asunto T-602/15 RENV) (1)

(«Cláusula compromisoria - Personal civil internacional de las misiones internacionales de la Unión Europea - Selección sobre una base contractual - Contratos de trabajo sucesivos de duración determinada - Solicitud de recalificación del conjunto de las relaciones contractuales como contrato de duración indefinida - Recurso de responsabilidad contractual - Recurso por responsabilidad extracontractual»)

(2022/C 11/28)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Liam Jenkinson (Killarney, Irlanda) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandadas: Consejo de la Unión Europea (representtantes: A. Vitro y M. Bishop, agentes), Comisión Europea (representantes: B. Mongin, D. Bianchi y G. Gattinara, agentes), Servicio Europeo de Acción Exterior (representantes: S. Marquardt, R. Spáč y E. Orgován, agentes), Eulex Kosovo (Pristina, Kosovo) (representante: E. Raoult, abogada)

Objeto

Con carácter principal, en primer lugar, una pretensión basada en el artículo 272 TFUE dirigida, por un lado, a que se recalifique el conjunto de contratos de trabajo del demandante como un contrato de trabajo de duración indefinida y, por otro lado, a obtener una indemnización por el perjuicio contractual que alega haber sufrido a causa de esa sucesión de contratos y, en segundo lugar, una pretensión basada en los artículos 268 TFUE y 340 TFUE dirigida a que se declare la responsabilidad extracontractual del Consejo, de la Comisión y del SEAE, así como de la Misión Eulex Kosovo.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

El Consejo de la Unión Europea, la Comisión Europea, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la Misión Eulex Kosovo cargarán con sus propias costas y con las del demandante en cuanto se refiere al procedimiento de casación ante el Tribunal de Justicia, en el asunto C-43/17 P, así como al procedimiento inicial ante el Tribunal General en el asunto T-602/15, a partir de las excepciones de inadmisibilidad que propusieron mediante respectivos escritos separados en este último asunto.

3)

Condenar al Sr. Liam Jenkinson a cargar con las costas correspondientes al procedimiento de devolución ante el Tribunal General, en el asunto T-602/15 RENV, incluidas las correspondientes a la presentación de la demanda, y con las de las partes demandadas correspondientes a dicho procedimiento.


(1)  DO C 90 de 7.3.2016.


10.1.2022   

ES

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C 11/22


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Rumanía/Comisión

(Asunto T-495/19) (1)

(«Derecho institucional - Iniciativa ciudadana europea - Política de cohesión - Regiones con una minoría nacional - Decisión de registro - Recurso de anulación - Acto recurrible - Admisibilidad - Artículo 4, apartado 2, letra b), del Reglamento (UE) n.o 211/2011 - Obligación de motivación»)

(2022/C 11/29)

Lengua de procedimiento: rumano

Partes

Demandante: Rumanía (representantes: E. Gane, R. Haţieganu, L. Liţu y L.-E. Baţagoi, agentes)

Demandada: Comisión Europea (representantes: H. Stancu, I. Martínez del Peral y H. Krämer, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Hungría (representantes: M. Fehér, M. Tátrai y K. Szíjjártó, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (UE) 2019/721 de la Comisión, de 30 de abril de 2019, sobre la propuesta de iniciativa ciudadana titulada «Política de cohesión para la igualdad de las regiones y la preservación de las culturas regionales» (DO 2019, L 122, p. 55).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Rumanía cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.

3)

Hungría cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 288 de 26.8.2019.


10.1.2022   

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C 11/23


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Sasol Germany y otros/Comisión

(Asunto T-661/19) (1)

(«REACH - Sustancias extremadamente preocupantes - Elaboración de una lista de sustancias que podrían ser incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 - Decisión relativa a la identificación del 4-terc-butilfenol como sustancia que reúne los criterios de inclusión en la lista - Artículo 57 del Reglamento n.o 1907/2006 - Enfoque basado en la fuerza probatoria de los medios de prueba - Error manifiesto de apreciación - Proporcionalidad»)

(2022/C 11/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Sasol Germany GmbH (Hamburgo, Alemania), SI Group — Béthune (Béthune, Francia), BASF SE (Ludwigshafen am Rhein, Alemania) (representantes: C. Mereu y P. Sellar, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: R. Lindenthal y K. Mifsud-Bonnici, agentes)

Partes coadyuvantes en apoyo de la demandada: República Federal de Alemania (representantes: D. Klebs, J. Möller, S. Heimerl y S. Costanzo, agentes), Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (representantes: M. Heikkilä, W. Broere, S. Mahoney y A. Hautamäki, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (UE) 2019/1194 de la Comisión, de 5 de julio de 2019, relativa a la identificación del 4-terc-butilfenol (PTBP) como sustancia extremadamente preocupante con arreglo al artículo 57, letra f), del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2019, L 187, p. 41).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Sasol Germany GmbH, SI Group — Béthune y BASF SE cargarán, además de con sus propias costas, con las de la Comisión Europea.

3)

La República Federal de Alemania y la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 406 de 2.12.2019.


10.1.2022   

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C 11/24


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Di Bernardo/Comisión

(Asunto T-41/20) (1)

(«Función Pública - Funcionarios - Contratación - Convocatoria de oposición - Oposición general - Requisitos de admisión - No inclusión en la lista de reserva - Experiencia profesional insuficiente - Artículo 266 TFUE - Decisión adoptada en ejecución de una sentencia del Tribunal General - Medidas que implica la ejecución de una sentencia de anulación - Articulo 2 del Anexo III del Estatuto - Igualdad de trato - Error manifiesto de apreciación - Responsabilidad»)

(2022/C 11/31)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Danilo Di Bernardo (Bruselas, Bélgica) (representante: S. Orlandi, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: M. Brauhoff y D. Milanowska, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo al artículo 270 TFUE por el que se solicita, por un lado, la anulación de la resolución del tribunal calificador de la oposición general EPSO/AST-SC/03/15 de 13 de marzo de 2019, adoptada en ejecución de la sentencia de 29 de noviembre de 2018, Di Bernardo/Comisión (T-811/16, no publicada, EU:T:2018:859), de no incluir el nombre del demandante en la lista de reserva para la contratación de personal de secretaría/oficina de grado SC 1, en el ámbito del apoyo financiero y, por otro lado, la indemnización del daño que el demandante alega haber sufrido por ello.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar el Sr. Danilo di Bernardo a cargar con las costas.


(1)  DO C 77 de 9.3.2020.


10.1.2022   

ES

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C 11/24


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Alkattan/Consejo

(Asunto T-218/20) (1)

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas contra Siria - Inmovilización de fondos - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a un juicio justo - Error de apreciación - Determinación de los criterios de inclusión»)

(2022/C 11/32)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Waseem Alkattan (Damasco, Siria) (representante: G. Karouni, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. Limonet y V. Piessevaux, agentes)

Objeto

Por una parte, una pretensión basada en el artículo 263 TFUE, por la que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución (PESC) 2020/212 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2020, L 43 I, p. 6), del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/211 del Consejo, de 17 de febrero de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2020, L 43 I, p. 1), de la Decisión (PESC) 2020/719 del Consejo, de 28 de mayo de 2020, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2020, L 168, p. 66), del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/716 del Consejo, de 28 de mayo de 2020, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2020, L 168, p. 1), de la Decisión (PESC) 2021/855 del Consejo, de 27 de mayo de 2021, por la que se modifica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria (DO 2021, L 188, p. 90) y del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/848 del Consejo de 27 de mayo de 2021 por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria (DO 2021, L 188, p. 18), en la medida en que los actos citados atañen al demandante, y, por otro lado, una pretensión basada en el artículo 268 TFUE por la que se solicita la reparación del perjuicio supuestamente sufrido por el demandante como consecuencia de dichos actos.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Waseem Alkattan.


(1)  DO C 201 de 15.6.2020.


10.1.2022   

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C 11/25


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Phi Group/EUIPO — Gruppo Cadoro (REDELLO)

(Asunto T-532/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión REDELLO - Marca figurativa anterior de la Unión CADELLO 88 - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 11/33)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Phi Group GmbH (Zug, Suiza) (representantes: P. Campolini y L. Bidaine, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: L. Rampini, V. Ruzek, y A. Folliard-Monguiral, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Gruppo Cadoro GmbH (Eglisau, Suiza)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 22 de junio de 2020 (asunto R 2677/2019-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Gruppo Cadoro y Phi Group.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Phi Group GmbH.


(1)  DO C 348 de 19.10.2020.


10.1.2022   

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C 11/26


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Solar Electric y otros/Comisión

(Asunto T-678/20) (1)

(«Ayudas de Estado - Mercado de la electricidad producida a partir de fuentes de energía renovables, incluida la energía fotovoltaica - Obligación de adquisición a un precio superior al precio de mercado impuesta por la ley francesa de la electricidad - Desestimación de una denuncia - Artículos 12, apartado 1, y 24, apartado 2, del Reglamento (UE) 2015/1589 - Ámbito de aplicación»)

(2022/C 11/34)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Solar Electric Holding (Lamentin, Francia), Solar Electric Guyane (Lamentin), Solar Electric Martinique (Lamentin), Société de production d’énergies renouvelables (Lamentin) (representante: S. Manna, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky y A. Bouchagiar, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la Comisión de 3 de septiembre de 2020 por la que se desestima la denuncia presentada por las demandantes el 20 de junio de 2020 relativa a ayudas de Estado ilegales concedidas a sus instalaciones fotovoltaicas.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Solar Electric Holding, Solar Electric Guyane, Solar Electric Martinique y Société de production d’énergies renouvelables.


(1)  DO C 44 de 8.2.2021.


10.1.2022   

ES

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C 11/26


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — Monster Energy/EUIPO — Frito-Lay Trading Company (MONSTER y MONSTER ENERGY)

(Asuntos acumulados T-758/20 y T-759/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de caducidad - Marcas denominativas de la Unión MONSTER y MONSTER ENERGY - Uso efectivo de las marcas - Uso para los productos para los cuales se registraron las marcas - Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 11/35)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Monster Energy Co. (Corona, California, Estados Unidos) (representante: P. Brownlow, Solicitor)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: V. Ruzek y E. Śliwińska, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Frito-Lay Trading Company GmbH (Berna, Suiza) (representantes: V. von Bomhard y J. Fuhrmann, abogados)

Objeto

Recursos interpuestos contra las resoluciones de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 5 de octubre de 2020 (asuntos R 2927/2019-2 y R 2928/2019-2), relativas a dos procedimientos de caducidad entre Frito-Lay Trading Company y Monster Energy.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Monster Energy Co.


(1)  DO C 53 de 15.2.2021.


10.1.2022   

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C 11/27


Sentencia del Tribunal General de 10 de noviembre de 2021 — PIK-KO/EUIPO — Haribo Ricqles Zan (P.I.C. Co.)

(Asunto T-73/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión P.I.C. Co. - Marca figurativa nacional anterior PIK - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 60, apartado 1, letra a), del Reglamento 2017/1001] - Declaración de nulidad parcial»)

(2022/C 11/36)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: PIK-KO AD (Kazichene, Bulgaria) (representante: A. Ivanova, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: M. Capostagno, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Haribo Ricqles Zan (Marsella, Francia)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de noviembre de 2020 (asunto R 1847/2019-5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Haribo Ricqles Zan y PIK-KO.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a PIK-KO AD.


(1)  DO C 138 de 19.4.2021.


10.1.2022   

ES

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C 11/27


Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — Lyubetskaya/Consejo

(Asunto T-556/21)

(2022/C 11/37)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Sviatlana Lyubetskaya (Minsk, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, en la parte que afecta a la demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, relativo a la violación del principio de responsabilidad personal. La demandante alega que el objeto y el contenido de los actos impugnados, interpretados a la luz de sus términos, de su contexto y de sus finalidades, son contrarios al principio de proporcionalidad porque la autoridad competente en materia de persecución de delitos no respeta su deber de precisar la imputabilidad de los hechos a la interesada.

2.

Segundo motivo, relativo a un error de apreciación y basado en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Según la demandante, los actos impugnados adolecen de toda justificación de hecho y se limitan a extraer conclusiones fundadas únicamente en su condición de parlamentaria.

3.

Tercer motivo, relativo a la violación del principio de proporcionalidad. La demandante mantiene, a este respecto, que el objeto y el contenido de los actos impugnados, interpretados a la luz de sus términos, de su contexto y de sus finalidades, son contrarios al principio de proporcionalidad, en particular en cuanto respecta a su condición de parlamentaria.


10.1.2022   

ES

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C 11/28


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Omelyanyuk/Consejo

(Asunto T-557/21)

(2022/C 11/38)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Aleksandr Omelyanyuk (Minsk, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, en la medida en que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, en la medida en que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula tres motivos que son esencialmente idénticos o similares a los formulados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


10.1.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 11/29


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Gusachenka/Consejo

(Asunto T-579/21)

(2022/C 11/39)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Siarhei Gusachenka (Minsk, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, (1) en la medida en que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (2) en la medida en que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos que son, en esencia, idénticos o similares a los invocados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


(1)  DO 2021, L 219I, p. 3.

(2)  DO 2021, L 219I, p. 70.


10.1.2022   

ES

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C 11/29


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Haidukevich/Consejo

(Asunto T-580/21)

(2022/C 11/40)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Aleh Haidukevich (Semkino, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, (1) en la parte que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (2) en la parte que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos que son esencialmente idénticos o similares a los invocados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


(1)  DO 2021, L 219I, p. 3.

(2)  DO 2021, L 219I, p. 70.


10.1.2022   

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C 11/30


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Skryba/Consejo

(Asunto T-581/21)

(2022/C 11/41)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Siarheï Skryba (Marialivo, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, (1) en la parte que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (2) en la parte que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos que son esencialmente idénticos o similares a los invocados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


(1)  DO 2021, L 219I, p. 3.

(2)  DO 2021, L 219I, p. 70.


10.1.2022   

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C 11/30


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Rubnikovich/Consejo

(Asunto T-582/21)

(2022/C 11/42)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Siarhei Rubnikovich (Tarasovo, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, (1) en la parte que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (2) en la parte que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos que son esencialmente idénticos o similares a los invocados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


(1)  DO 2021, L 219I, p. 3.

(2)  DO 2021, L 219I, p. 70.


10.1.2022   

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C 11/31


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — Bakhanovich/Consejo

(Asunto T-583/21)

(2022/C 11/43)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Aliaksandr Bakhanovich (Brest, Bielorrusia) (representante: D. Litvinski, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/997 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por el que se aplica el artículo 8 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 765/2006 relativo a la adopción de medidas restrictivas con respecto a Bielorrusia, (1) en la parte que afecta al demandante.

Anule la Decisión de Ejecución (PESC) 2021/1002 del Consejo, de 21 de junio de 2021, por la que se aplica la Decisión 2012/642/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Bielorrusia, (2) en la parte que afecta al demandante.

Condene en costas al Consejo.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca tres motivos que son esencialmente idénticos o similares a los invocados en el asunto T-556/21, Lyubetskaya/Consejo.


(1)  DO 2021, L 219I, p. 3.

(2)  DO 2021, L 219I, p. 70.


10.1.2022   

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C 11/31


Recurso interpuesto el 18 de octubre de 2021 — NFL Properties Europe/EUIPO — Groupe Duval (DUUUVAL)

(Asunto T-671/21)

(2022/C 11/44)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: NFL Properties Europe GmbH (Eschborn, Alemania) (representantes: M. Kloth, R. Briske, D. Habel y M. Tillwich, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Groupe Duval (Boulogne-Billancourt, Francia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: la recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: marca denominativa de la Unión DUUUVAL — Solicitud de registro n.o 18066416

Procedimiento ante la EUIPO: procedimiento de oposición

Resolución impugnada: resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de agosto de 2021 (asunto R 243/2021-5)

Pretensiones

La recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada de la Quinta Sala de Recurso de 4 de agosto de 2021.

Condene en costas a la oponente, incluidas las causadas ante la Sala de Recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


10.1.2022   

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C 11/32


Recurso interpuesto el 18 de octubre de 2021 — IR/Comisión

(Asunto T-685/21)

(2022/C 11/45)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: IR (representantes: S. Pappas y A. Pappas, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de 11 de noviembre de 2020 mediante la cual la oficina liquidadora de Bruselas denegó la renovación del régimen de enfermedad grave para el hijo del demandante.

Anule la decisión de 8 de julio de 2021 mediante la cual la autoridad facultada para proceder a los nombramientos desestimó la reclamación del demandante presentada con arreglo al artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en que las decisiones controvertidas se basan ilegalmente en el segundo dictamen del médico asesor.

2.

Segundo motivo, basado en la falta de motivación de las decisiones controvertidas.

3.

Tercer motivo, basado en que las decisiones controvertidas adolecen, según el demandante, de errores manifiestos de apreciación y de desnaturalización de los hechos.

4.

Cuarto motivo, basado en la vulneración del derecho a una buena administración y del derecho a ser oído.

5.

Quinto motivo, basado en que las decisiones controvertidas se basan ilegalmente en un dictamen del consejo médico.

6.

Sexto motivo, basado en la inobservancia del procedimiento administrativo previo.


10.1.2022   

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C 11/33


Recurso interpuesto el 2 de noviembre de 2021 — Zielonogórski Klub Żużlowy Sportowa/EUIPO — Falubaz Polska (FALUBAZ)

(Asunto T-703/21)

(2022/C 11/46)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: polaco

Partes

Recurrente: Zielonogórski Klub Żużlowy Sportowa S.A. (Zielona Góra, Polonia) (representante: T. Grucelski, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Falubaz Polska S.A. spółka komandytowo-akcyjna (Zielona Góra)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «FALUBAZ» — Marca de la Unión n.o 14535835

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de agosto de 2021 en el asunto R 1681/2020-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada en su totalidad.

Condene a la parte que vea desestimadas sus pretensiones a cargar con las costas de la recurrente en el procedimiento ante el Tribunal y aquellos gastos imprescindibles para el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO.

En caso de que se produzca la intervención de los coadyuvantes en el procedimiento, que se les condene a cargar con sus propias costas.

Motivos invocados

Infracción del principio de libre valoración de la prueba debido a una apreciación arbitraria de las pruebas obtenidas.

Infracción del artículo 52, apartado 1, letra b) del Reglamento n.o 207/2009 (1) [actualmente artículo 59, apartado 1, letra b) del Reglamento].


(1)  Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO 2009 L 78, p. 1)


10.1.2022   

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C 11/34


Recurso interpuesto el 4 de noviembre de 2021 — Roos y otros/Parlamento

(Asunto T-710/21)

(2022/C 11/47)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Robert Roos (Poortugaal, Países Bajos), Anne-Sophie Pelletier (Ixelles, Bélgica), Francesca Donato (Palermo, Italia), Virginie Joron (Durningen, Francia) e IC (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru, y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

Los demandantes solicitan al Tribunal General que:

Ordene la anulación de la decisión de la Mesa del Parlamento Europeo de 27 de octubre de 2021 sobre reglas excepcionales en materia de salud y seguridad por las que se regula el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Condene a demandada al pago de la totalidad de las costas, incluidas las correspondientes al recurso que tiene por objeto la suspensión de la decisión impugnada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la inexistencia de base legal válida de la decisión impugnada para producir efectos respecto a los miembros del Parlamento Europeo. Los demandantes rebaten que el artículo 25 del Reglamento interno del Parlamento Europeo constituya una base legal válida para la adopción de la decisión impugnada y, en consecuencia, para imponerles la medida impugnada. Asimismo, aducen que una decisión de la Mesa, como la decisión impugnada, no puede constituir la base de medidas que implican el tratamiento de datos muy sensibles por cuanto, de conformidad con el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, los elementos esenciales de tal tratamiento de datos deben estar previstos en una «ley», exigencia que no se cumple en el caso de una decisión de la Mesa del Parlamento Europeo.

2.

Segundo motivo, basado en la violación del principio que consagra la libertad y la independencia de los miembros del Parlamento y las inmunidades que les son conferidas por los tratados. Los demandantes consideran que la decisión impugnada es contraria al artículo 2 del Estatuto de los diputados al Parlamento Europeo (que consagra el principio de que los diputados son libres e independientes) y al artículo 7 del Protocolo n.o 7 sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea (que establece, en particular, que no se impondrá ninguna restricción de orden administrativo o de otro tipo a la libertad de movimiento de los miembros del Parlamento Europeo cuando se dirijan al lugar de reunión del Parlamento Europeo o regresen de este). Los demandantes alegan que, de hecho, la decisión impugnada tiene como consecuencia que los demandantes deban presentar un certificado COVID digital de la UE válido cada vez que deseen acceder al Parlamento. Añaden que si no pueden o no desean presentar tal certificado se les denegará el acceso a los edificios del Parlamento.

3.

Tercer motivo, basado en la violación de los principios generales relativos al tratamiento de datos personales. Este motivo se divide en dos partes.

Primera parte, basada en la violación del principio de limitación de las finalidades del tratamiento de datos y del principio de legalidad. Los demandantes sostienen que, de hecho, para que los datos personales que figuran en sus certificados COVID digitales de la UE puedan ser utilizados para darles acceso a los edificios del Parlamento, se exige legalmente que hayan sido recopilados a tal efecto. Al no existir una base jurídica que autorice expresamente el tratamiento de los datos médicos relativos a la vacunación, los test o la recuperación a fin de determinar el acceso al lugar de trabajo y a las asambleas parlamentarias, en ningún caso corresponde al Parlamento Europeo autorizar tal tratamiento de datos, a fortiori mediante una norma que no es una ley en el sentido formal del término.

Segunda parte, basada en la violación de los principios de lealtad, de transparencia y de minimización, habida cuenta de que en el momento en que sus datos personales fueron recopilados no se les informó de que serían utilizados para permitirles o denegarles el acceso al lugar de trabajo en el que ejercen su mandato de miembro del Parlamento.

4.

Cuarto motivo, basado en que la decisión impugnada vulnera, de manera injustificada, el derecho a la vida privada y a la protección de los datos de carácter personal, el derecho a la integridad física, el derecho a la libertad y a la seguridad y el derecho a la igualdad y a la no discriminación. Este motivo se divide en dos partes.

Primera parte, basada en la violación de los derechos de los demandantes a la integridad física, a la libertad y a la seguridad, a la igualdad y a la no discriminación y al respeto a su vida privada y a sus datos de carácter personal.

Segunda parte, basada en que la vulneración por la decisión impugnada de los derechos y principios contemplados en la primera parte de este motivo no responde al principio de proporcionalidad establecido en el artículo 52, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, por cuanto la medida impugnada no es necesaria, adecuada ni proporcionada para el logro de los objetivos perseguidos.


10.1.2022   

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C 11/35


Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — G. J. Riedel/EUIPO — Brew Dog (Punk)

(Asunto T-720/21)

(2022/C 11/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: G. J. Riedel GmbH (Kufstein, Alemania) (representante: D. Terheggen, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Brew Dog plc (Ellon, Reino Unido)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca denominativa Punk — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.o 1365577

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 12 de julio de 2021 en el asunto R 291/2020-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


10.1.2022   

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C 11/36


Recurso interpuesto el 11 de noviembre de 2021 — D’Amato y otros/Parlamento

(Asunto T-722/21)

(2022/C 11/49)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Rosa D’Amato (Tarento, Italia), Claude Gruffat (Mulsans, Francia), Damien Carême (Argenteuil, Francia) y Benoît Biteau (Sablonceaux, Francia) (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru, y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2021, sobre normas excepcionales en materia de salud y seguridad que regulan el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Condene a la parte demandada al pago de todas las costas causadas, incluidas las del recurso por el que se solicita la suspensión de la ejecución de la Decisión impugnada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cuatro motivos que son idénticos o similares a los invocados en el asunto T-710/21, Roos y otros/Parlamento.


10.1.2022   

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C 11/36


Recurso interpuesto el 11 de noviembre de 2021 — Rooken y otros/Parlamento

(Asunto T-723/21)

(2022/C 11/50)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Robert Jan Rooken (Muiderberg, Países Bajos) y otras ocho partes demandantes (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Ordene la anulación de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo de 27 de octubre de 2021 relativa a las reglas excepcionales en materia de salud y seguridad que regulan el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Condene en costas a la parte demandada, incluidas las relativas a la demanda de suspensión de la ejecución de la Decisión impugnada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cuatro motivos idénticos o similares a los invocados en el asunto T-710/21, Roos y otros/Parlamento.


10.1.2022   

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C 11/37


Recurso interpuesto el 10 de noviembre de 2021 — Rolex/EUIPO — PWT (Elemento de una corona)

(Asunto T-726/21)

(2022/C 11/51)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Rolex SA (Ginebra, Suiza) (representante: C. Sueiras Villalobos, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: PWT A/S (Aalborg, Dinamarca)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca figurativa de la Unión (Representación de una corona) — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.o 1263679

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de agosto de 2021 en el asunto R 2389/2020-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO a cargar con las costas de la parte recurrente o, con carácter alternativo (en caso de que intervenga la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso), condene de forma solidaria a la EUIPO y a la otra parte a cargar con las costas de la parte recurrente.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


10.1.2022   

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C 11/37


Recurso interpuesto el 9 de noviembre de 2021 — TO/EASO

(Asunto T-727/21)

(2022/C 11/52)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: TO (representante: É. Boigelot, abogado)

Demandada: Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución que entró en vigor el 1 de enero de 20[21] dictada el 18 de diciembre de 202[0], de la que la demandante tuvo conocimiento el 4 de enero de 2021 a través del enlace [confidencial], (1) adoptada por [confidencial], en la medida en que no prorroga en otro año más, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2021, la lista de reserva con las referencias siguientes [confidencial] que era válida hasta el 31 de diciembre de 2020.

Reabra y prorrogue, en consecuencia, la lista de reserva, como las otras 44 listas prorrogadas contempladas en la resolución impugnada, durante un año a partir de su reapertura y, en consecuencia, nombre a la demandante con una promoción a AST 3.

Condene a la parte demandada al pago a la demandante de daños y perjuicios, destinados a cubrir tanto su perjuicio material como su daño moral, correspondientes:

a la diferencia de retribución entre la percibida por un AST 1 escalón 3 actual y la de un AST 3 escalón 1, calculada en un período de cinco años, a partir de la fecha lesiva, esto es, el 1 de enero de 2021, habida cuenta de una pérdida de oportunidades valorada en el 75 %;

a la diferencia del derecho a pensión entre el reconocido a un AST 1 escalón 3 actual y el de un AST 3 escalón 1, calculado en ese mismo período de cinco años, a partir de la fecha lesiva, esto es, el 1 de enero de 2021, habida cuenta de una pérdida de oportunidades valorada en el 75 %;

al importe de 7 500 euros por el daño moral ocasionado;

a 1,00 euro provisional por la pérdida de cobertura de la caja de enfermedad.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante formula cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en que se burlaron la confianza y expectativas legítimas de la demandante y en la falta de motivación de la resolución impugnada.

2.

Segundo motivo, basado en la violación del principio de no discriminación, en la infracción del artículo 1 quinquies, apartado 1, del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), y de los artículos 27 y 29, apartado 1, párrafos tercero y cuarto, del Estatuto.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 12 bis del Estatuto, en la violación del principio de buena administración, en la vulneración del deber de diligencia, en el abuso y desviación de poder.

4.

Cuarto motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad.


(1)  Datos confidenciales ocultos.


10.1.2022   

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C 11/38


Recurso interpuesto el 5 de noviembre de 2021 — LW/Comisión

(Asunto T-728/21)

(2022/C 11/53)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: LW (representantes: L. Levi y N. Flandin, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la demandada de destinar a la demandante a otro puesto en el interior de la misma unidad.

Asimismo, en la medida en que sea necesario, anule la decisión impugnada de la demandante por la que se desestima la reclamación presentada por la demandante contra la decisión de cambio de destino.

Ordene la reparación del perjuicio moral sufrido por la demandante.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la decisión de cambio de destino perjudicaba los intereses jurídicos de la demandante.

2.

Segundo motivo, basado en que la decisión de cambio de destino no fue adoptada por la autoridad facultada para proceder a los nombramientos competente.

3.

Tercer motivo, basado en que la decisión de cambio de destino y la decisión impugnada se adoptaron infringiendo el artículo 7, apartado 1, del Estatuto de los Funcionarios.

4.

Cuarto motivo, basado en que la decisión de cambio de destino y la decisión impugnada violan el principio del deber de asistencia y protección.

5.

Quinto motivo, basado en que la decisión de cambio de destino y la decisión impugnada incumplen la obligación de motivación.

6.

Sexto motivo, basado en que un conflicto de intereses vicia la decisión de cambio de destino y la decisión impugnada.