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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 501I |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
64.° año |
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Sumario |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2021/C 501 I/01 |
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2021/C 501 I/02 |
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2021/C 501 I/03 |
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2021/C 501 I/04 |
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ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
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13.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CI 501/1 |
Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la actividad física a lo largo de toda la vida
(2021/C 501 I/01)
EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
RECORDANDO QUE:
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1. |
En su Recomendación de 26 de noviembre de 2013 sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud (AFBS) en distintos sectores, el Consejo recomienda a los Estados miembros, entre otras cosas, que «trabajen en políticas eficaces en materia de AFBS, impulsando un planteamiento intersectorial que englobe ámbitos de actuación como el deporte, la salud, la educación, el medioambiente y el transporte, así como en otros sectores pertinentes, y con arreglo a las especificidades nacionales». |
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2. |
En las Conclusiones del Consejo de 15 de diciembre de 2015 sobre la promoción de habilidades motrices y actividades físicas y deportivas para niños, se pide a los Estados miembros que «consideren la posibilidad de aplicar políticas intersectoriales, entre otros en los ámbitos de la educación, la juventud y la sanidad, para fomentar las actividades físicas y habilidades motrices en la primera infancia». |
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3. |
En las Conclusiones del Consejo de 29 de junio de 2020 relativas a las repercusiones de la pandemia de COVID-19 y la recuperación del sector del deporte, se insta a los Estados miembros a que «fomenten la cooperación y las consultas intersectoriales en ámbitos que son pertinentes para el deporte a todos los niveles, especialmente con el mundo del deporte, el sector de los negocios relacionados con el deporte y otras partes interesadas pertinentes». |
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4. |
Las Conclusiones del Consejo de 4 de diciembre de 2020 sobre la promoción de la cooperación intersectorial en beneficio del deporte y la actividad física en la sociedad destacan que «(l)a cooperación intersectorial puede desempeñar un papel importante para crear u optimizar las condiciones necesarias para un modo de vida activo y saludable». |
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5. |
El Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte 2021-2024 reconoce que la promoción de la actividad física es un tema clave del ámbito prioritario «Promoción de la participación en el deporte y en una actividad física beneficiosa para la salud». |
RECONOCIENDO QUE:
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6. |
En el modo de vida actual, la inactividad física está causando problemas de salud graves. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha clasificado la inactividad física entre los principales factores de riesgo de mortalidad (1). La pandemia de COVID-19 ha hecho incluso más patentes los riesgos que entraña para la salud la inactividad física. |
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7. |
Europa se enfrenta a un aumento considerable de la tendencia, ya perceptible en toda su población, especialmente entre los jóvenes, a la inactividad física. Las políticas europeas animan a los Estados miembros a promover y supervisar la actividad física, pero debe reforzarse en mayor medida su ejecución (2). |
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8. |
También otros documentos europeos e internacionales (3) han señalado la importancia crucial de supervisar el nivel de actividad física como parte de un enfoque holístico de la actividad física beneficiosa para la salud (AFBS). Supervisar la aptitud física, con sujeción a la observancia del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) (4), puede proporcionar conclusiones sobre la actividad física fiables y objetivas y llamar la atención sobre posibles comportamientos de riesgo para la salud. |
RECONOCIENDO QUE:
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9. |
La actividad física es uno de los factores más importantes y eficaces para mantener la salud física y mental a lo largo de la vida. También tiene un efecto positivo en la prevención de determinadas enfermedades y afecciones, como las enfermedades cardiovasculares, la diabetes de tipo 2, etc. |
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10. |
Mediante los sistemas de supervisión de la aptitud física puede evaluarse la magnitud del problema de la inactividad y la eficacia de las políticas, planes de acción o iniciativas adoptados a escala local, nacional o de la UE. |
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11. |
El concepto de actividad física a lo largo de toda la vida debe basarse en una actividad física regular y persistente que pueda respaldarse con un seguimiento de la aptitud física continuado y objetivo, para mantener la salud de la persona a lo largo de toda su vida. |
RESALTANDO QUE:
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12. |
Una actividad física regular y suficiente (5) es importante para el desarrollo saludable de los niños y adolescentes, desde el punto de vista tanto físico como de las capacidades mentales y sociales. |
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13. |
En el contexto de un estilo de vida activo y saludable en la edad adulta, es especialmente importante la actividad física regular, aunque la persona no empiece a ejercitarse hasta llegada esa edad. La actividad física regular también es un factor decisivo para evitar que se reduzcan los niveles de rendimiento en el trabajo. Dado que los adultos pasan un tercio de sus vidas en el lugar de trabajo, el entorno laboral es de suma importancia para promover la actividad física de los empleados. |
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14. |
A menudo, los grupos desfavorecidos (6), independientemente de su edad, no realizan una actividad física suficiente, debido a la escasez de oportunidades y a de opciones, lo que los expone a un riesgo más elevado de contraer determinadas enfermedades. Hemos de ofrecer a estos grupos concretos igualdad de oportunidades, y propiciar su participación en programas específicos de actividades físicas y deportivas regulares. |
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15. |
De acuerdo con el concepto de actividad física a lo largo de toda la vida, el efecto a largo plazo debe consistir en unos ciudadanos europeos más activos desde el punto de vista físico, al objeto de mejorar su salud física y mental y de reducir tanto la presión sobre nuestros sistemas sanitarios como los costes relacionados con la salud (7). Siempre que sea viable, deben coordinarse las agendas de actuación y debe fomentarse la cooperación intersectorial a fin de lograr el mejor resultado posible. |
CONSIDERANDO LO SIGUIENTE:
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16. |
Un estilo de vida saludable: en muchos países, las políticas de salud pública y deporte tienen el objetivo principal de animar a sus ciudadanos a que adopten un estilo de vida activo y saludable durante toda su vida y a que realicen actividades físicas y practiquen deportes (8). También varias iniciativas de proyectos europeos apuntan a integrar la actividad física en los programas de asistencia sanitaria, al objeto de procurar un mejor asesoramiento y un mayor respaldo a la actividad física en el entorno clínico (9). |
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17. |
Supervisión: algunos países supervisan los cambios en la aptitud física de su población y también pueden proporcionar a los interesados información personalizada al respecto. Algunos países disponen de sistemas con los que pueden supervisar y evaluar con periodicidad anual el rendimiento físico de los escolares y los jóvenes (10). |
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18. |
Cooperación intersectorial: la promoción y la supervisión de la actividad física deben abordarse de manera intersectorial, de conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos. No solo las instituciones relacionadas con el deporte desempeñan un papel en la promoción de la actividad física y la supervisión de la aptitud física, sino también las relacionadas con la salud pública, las infraestructuras, la educación y la formación, el entorno laboral y la juventud, entre otros. Por lo tanto, deberían estar implicadas las administraciones en su totalidad, la sociedad civil, los clubes deportivos, las comunidades locales, etc. |
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19. |
Cambio de comportamientos: es una cuestión de desarrollo a largo plazo y coherente con las directrices sobre actividad física (11), que piden que se incorpore una actividad física suficiente en la vida diaria. Esto significa que también las políticas debe ejecutarse de manera integrada y centrarse en diferentes momentos del día y en distintos contextos de la vida cotidiana. |
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20. |
Medios de comunicación: pueden desempeñar un papel en la promoción de la responsabilidad social, de las actividades deportivas y de las campañas de sensibilización sobre los beneficios de practicar una actividad física y de reducir la inactividad. |
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21. |
Iniciativas y proyectos europeos: varios proyectos e iniciativas europeos contribuyen a la formulación de políticas destinadas a promover un estilo de vida saludable y al desarrollo de sistemas de supervisión de la aptitud física que proporcionen datos comparables, válidos y fiables en todos los Estados miembros de la UE. Esto puede servir a los responsables políticos para propiciar la actividad física a lo largo de toda la vida y lograr un mayor efecto en la salud. |
INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, DE CONFORMIDAD CON EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EN LOS NIVELES ADECUADOS:
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22. |
Sigan promoviendo y fomentando la actividad física a lo largo de toda la vida entre la población, incluidos los grupos desfavorecidos, centrándose en la reducción de la inactividad física, mediante el intercambio de mejores prácticas, por ejemplo el recurso a tecnologías móviles e inalámbricas y de los medios de comunicación y otros canales. |
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23. |
Apoyen iniciativas y campañas a escala nacional, regional o local que fomenten la actividad física, el desarrollo de sistemas de supervisión y la participación de todos en el deporte, como la Semana Europea del Deporte, la iniciativa «Vida sana para todos», el Eurobarómetro sobre el deporte y la actividad física y la encuesta comunitaria de salud por entrevista: Cuestionario sobre actividad física (EHIS-PAQ), entre otros. |
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24. |
Cuando proceda, y en consonancia con el RGPD, establezcan y promuevan sistemas objetivos nacionales, regionales o locales para la supervisión de la aptitud física, que motiven a la población para practicar actividades físicas a lo largo de toda su vida suministrándoles informes individualizados adecuados y haciendo un seguimiento de las variaciones en su aptitud física a título voluntario, y que proporcionen información valiosa para la formulación de políticas (12); |
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25. |
Apoyen, con un enfoque intersectorial, políticas en todos los niveles para la creación de espacios públicos accesibles y sostenibles en los que todos los ciudadanos puedan participar en actividades deportivas o físicas a lo largo de toda su vida, como barrios, zonas de nueva construcción, carriles para bicicletas o vías habilitadas para correr, instalaciones deportivas en escuelas y universidades, etc., por ejemplo por medio de los fondos de la política de cohesión. |
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26. |
Localicen y sincronicen en todos los niveles, con la participación de todas las autoridades públicas pertinentes y de la comunidad científica, las políticas y medidas destinadas a incitar a las personas a practicar actividades deportivas o físicas a lo largo de toda su vida, y animen a los responsables sectoriales de la toma de decisiones a tener en cuenta en mayor medida, en sus políticas respectivas, los beneficios que pueden generar la actividad física a lo largo de toda la vida y la supervisión de la aptitud física de la población. |
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27. |
Intercambien buenas prácticas sobre cómo motivar a las personas a hacer ejercicio durante el día, así como información sobre instrumentos e iniciativas eficaces para estimular la actividad física en distintos entornos de la vida cotidiana, en especial en las escuelas y lugares de trabajo. |
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28. |
Refuercen la colaboración con el sector sanitario, en la medida de lo posible, para la prescripción y el asesoramiento por parte de profesionales sanitarios y especializados. |
INVITAN A LA COMISIÓN A QUE:
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29. |
Estudie la posibilidad de apoyar el desarrollo de un sistema de datos armonizado que permita hacer un seguimiento de la actividad física a escala europea, con el fin de evaluar con mayor precisión las consecuencias sanitarias, sociales y económicas. |
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30. |
Sensibilice y difunda información respecto del coste que entrañan los riesgos para la salud relacionados con la inactividad física, en particular en relación con el gasto sanitario, al objeto de contribuir a la toma de decisiones públicas sobre las inversiones que han de realizarse a escala europea en este ámbito. |
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31. |
Apoye el intercambio de mejores prácticas a partir de proyectos y redes de probada eficacia para la promoción de actividades físicas a lo largo de toda la vida y la supervisión de la aptitud física, propiciando la participación, según proceda, de la red de centros de referencia en materia de AFBS. Con el fin de facilitar la supervisión de la aptitud física en toda Europa y de crear un eje troncal para la elaboración rápida de políticas basadas en datos contrastados, promueva estas prácticas junto con la red de centros de referencia en materia de AFBS en una plataforma europea adecuada. |
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32. |
Sopese la posibilidad de una financiación de la UE, por ejemplo a través del programa Erasmus + o de InvestEU, entre otros, que pudiera apoyar la cooperación europea para fomentar la creación de sistemas nacionales, regionales o locales de supervisión de la aptitud física. |
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33. |
Informe a los Estados miembros y al mundo del deporte sobre programas de financiación e iniciativas de la UE pertinentes que puedan utilizarse para apoyar proyectos intersectoriales relacionados con el deporte y la actividad física y promover un estilo de vida saludable, además de para establecer sistemas nacionales, regionales o locales de supervisión de la aptitud física, por ejemplo Erasmus +, el programa UEproSalud, Horizonte Europa, InvestEU, etc. |
INVITA AL MUNDO DEL DEPORTE Y OTROS INTERESADOS A QUE:
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34. |
Ponderen la posibilidad de utilizar, en consonancia con el RGPD, las plataformas gratuitas existentes (13) de supervisión de la aptitud física de los ciudadanos como una herramienta de diagnóstico y de motivación para realizar una actividad física a lo largo de toda la vida. |
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35. |
Hagan hincapié, en sus actividades, proyectos e iniciativas, en las oportunidades que estas brindan a los ciudadanos, también a los distintos grupos destinatarios, para practicar deportes y realizar actividades físicas a lo largo de toda su vida. |
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36. |
Cooperen estrechamente con las partes interesadas de otros sectores para colmar las lagunas existentes en la oferta de oportunidades para practicar deportes y actividades físicas en diferentes contextos de la vida cotidiana. |
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37. |
Participen activamente, si procede, en la elaboración de sistemas y la formulación de estrategias nacionales, regionales y locales para supervisar la aptitud física, al objeto de aumentar la actividad física de los ciudadanos a lo largo de toda su vida. |
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38. |
Adapten las herramientas de comunicación al público destinatario, en consonancia con el RGPD, mediante acciones concretas. |
(1) Organización Mundial de la Salud, 2020, Directrices de la OMS sobre actividad física y hábitos sedentarios
(2) Informe de la Comisión relativo a la aplicación de la Recomendación del Consejo sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud en distintos sectores, COM(2019)565 final.
(3) Por ejemplo, la Estrategia sobre actividad física para la región europea de la OMS 2016-2025 de la Organización Mundial de la Salud, el Plan de Acción de la UE contra la Obesidad Infantil 2014-2020 y el Plan de Acción Mundial sobre Actividad Física 2018-2030 de la Organización Mundial de la Salud (2018).
(4) Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Protección de Datos) (DO L 119 de 4.5.2016, p. 1).
(5) Organización Mundial de la Salud, 2020: Directrices de la OMS sobre actividad física y hábitos sedentarios
(6) Según la definición del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE): «grupo de personas que tienen una mayor exposición a situaciones de riesgo de pobreza, exclusión social, discriminación y violencia que la población general, incluidas, pero no únicamente, las minorías étnicas, migrantes, personas con discapacidad, personas mayores que viven solas y menores, niñas o niños».
(7) Asociación Internacional de Deporte y Cultura (ISCA): The economic cost of physical inactivity in Europe [«El coste económico de la inactividad física en Europa»], informe ISCA/CEBR, junio de 2015.
(8) En el ámbito de la UE, por ejemplo, la Comisión Europea ha puesto en marcha la iniciativa HealthyLifestyle4All («Vida sana para todos»), una campaña de dos años cuyo objetivo es vincular el deporte y el estilo de vida activo a las políticas de salud y alimentación, entre otras. En 2017 se formuló el Llamamiento de Tartu en pro de un estilo de vida saludable.
(9) Organización Mundial de la Salud, 2018: Promoting physical activity in the health sector [«Promover la actividad física en el sector sanitario»].
(10) Por ejemplo, Chipre (previsto en breve), Finlandia, Hungría, Lituania, los Países Bajos, Portugal y Eslovenia, entre otros.
(11) Organización Mundial de la Salud, 2018: Plan de acción mundial sobre actividad física 2018-2030. Más personas activas para un mundo sano
(12) por ejemplo, facilitando herramientas de supervisión de la aptitud física que permitan estudiar las tendencias de la población en materia de salud y los efectos de las políticas e intervenciones nacionales al respecto a escala local, regional o nacional.
(13) Por ejemplo, una plataforma en línea que permita la instalación de programas para supervisar la aptitud física que suministren información sobre resultados individuales concretos del ejercicio físico.
ANEXO I DEL ANEXO
Definiciones a los efectos de las presentes Conclusiones:
Generalmente se entiende por actividad física «cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos, con el consiguiente consumo de energía» (1). Hace referencia a todo movimiento, incluso durante el tiempo de ocio, para desplazarse a determinados lugares y desde ellos, o como parte del trabajo de una persona.
La aptitud física es la capacidad para llevar a cabo tareas cotidianas con vigor y actitud alerta, sin fatiga indebida y con suficiente energía para disfrutar de actividades de ocio y encarar situaciones imprevistas de emergencia.
La actividad física a lo largo de toda la vida es aquella cuyo objetivo es mejorar la salud, prevenir las enfermedades no transmisibles y mantener un peso saludable, la calidad de vida y el bienestar desde el punto de vista personal, cívico, social o laboral.
(1) A partir de las Directrices de la OMS sobre actividad física y hábitos sedentarios de la Organización Mundial de la Salud (2020)
ANEXO II
CONTEXTO POLÍTICO
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1. |
Conclusiones del Consejo de 27 de noviembre de 2012 sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud (AFBS). |
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2. |
Recomendación del Consejo de 26 de noviembre de 2013 sobre la promoción de la actividad física beneficiosa para la salud en distintos sectores. |
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3. |
Conclusiones del Consejo de 15 de diciembre de 2015 sobre la promoción de habilidades motrices y actividades físicas y deportivas para niños. |
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4. |
Conclusiones del Consejo de 29 de junio de 2020 relativas a las repercusiones de la pandemia de COVID-19 y la recuperación del sector del deporte. |
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5. |
Conclusiones del Consejo de 4 de diciembre de 2020 sobre la promoción de la cooperación intersectorial en beneficio del deporte y la actividad física en la sociedad. |
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6. |
Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, relativa al Plan de Trabajo de la Unión Europea para el Deporte (1 de enero de 2021 a 30 de junio de 2024) (2020/C 419/01). |
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7. |
Resolución del Parlamento Europeo de 10 de febrero de 2021 sobre las repercusiones de la COVID-19 en los jóvenes y el deporte (2020/2864(RSP)) |
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13.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CI 501/7 |
Conclusiones del Consejo sobre el aumento de la disponibilidad y la competitividad de los contenidos audiovisuales y mediáticos europeos
(2021/C 501 I/02)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
RECONOCE QUE:
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1. |
La disponibilidad de contenidos audiovisuales y mediáticos europeos y la accesibilidad efectiva de estos tienen una importancia creciente para el desarrollo sostenible del sector europeo de los medios de comunicación, y están estrechamente vinculadas a la promoción de la diversidad cultural y lingüística como principal activo de su competitividad. |
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2. |
Para conseguir este objetivo, ha de garantizarse una primacía suficiente de las obras audiovisuales y los contenidos mediáticos europeos y han de fomentarse nuevas fuentes de financiación y modelos de distribución con medidas estratégicas sectoriales y horizontales específicas, habida cuenta de la creciente presencia de proveedores y plataformas mundiales de servicios de contenidos audiovisuales y mediáticos. |
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3. |
Dichas medidas son tanto más importantes cuanto que la pandemia de COVID-19 ha tenido grandes repercusiones en el nivel y la estructura de la financiación de los contenidos audiovisuales europeos. Ha acelerado las tendencias del mercado a un aumento por parte de los proveedores en línea de la oferta y la demanda de contenidos respecto de la cuota de obras cinematográficas y otras obras audiovisuales procedentes de distintos mercados nacionales, las relaciones entre obras dramáticas de éxito y emisiones de vídeos a la carta, y la desigual visibilidad de dichas obras en los distintos mercados (1). |
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4. |
Con el aumento de la demanda de contenidos disponibles en línea están surgiendo modelos de negocio evolutivos para la financiación de inversiones por parte de proveedores de vídeos a la carta y para la concesión de licencias, mientras que la mayoría de los contenidos audiovisuales y mediáticos europeos siguen siendo producidos por agentes tradicionales, como empresas de medios de comunicación públicas y privadas y productores independientes que tienen capacidad para desarrollar nuevos proyectos y lanzar nuevos talentos. Aunque la financiación pública es más importante para algunos sectores que para otros, siguen existiendo diferencias entre los sistemas y capacidades de los distintos países. |
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5. |
Además, la pandemia de COVID-19 ha ampliado la brecha entre los ingresos procedentes de la publicidad en internet y los de la publicidad tradicional. Si bien hasta la crisis de la COVID-19 la publicidad en televisión mantenía relativamente bien su posición competitiva frente a la publicidad en línea, en 2021 la cuota de esta última se acrecentó (2). |
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6. |
La distribución de contenidos audiovisuales y mediáticos se lleva a cabo cada vez con mayor frecuencia en línea, concretamente por medio de plataformas en línea, y su papel como fuente de ingresos de las empresas de medios de comunicación es primordial. Dado que los contenidos creativos y culturales, tanto en línea como fuera de línea, tienen un gran potencial económico para Europa, es importante garantizar un acceso equitativo a estos a fin de salvaguardar el debate democrático, el pluralismo de los medios de comunicación y la diversidad cultural y lingüística. |
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7. |
Al objeto de aumentar la disponibilidad de contenidos audiovisuales y mediáticos europeos y mejorar su competitividad, deben adoptarse nuevas medidas en relación con las siguientes prioridades:
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A. DIVERSIDAD CULTURAL
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
RECONOCE QUE:
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8. |
Dado que la diversidad cultural y la creatividad constituyen la esencia misma de los sectores audiovisual y mediático europeos, que compiten con otros contenidos disponibles de forma generalizada en el mercado internacional, es importante impulsar las capacidades de estos sectores para llegar a una audiencia más amplia, aumentar la circulación de los contenidos y promover sus distintas expresiones, su innovación y sus talentos, preservando al mismo tiempo nuestros activos culturales estratégicos. |
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9. |
Las soluciones digitales pueden facilitar una mayor accesibilidad, y por su parte las coproducciones, el apoyo a la distribución transfronteriza, un sector del espectáculo y de distribución dinámico e independiente, la promoción de la diversidad lingüística y la libertad de creación pueden incidir de forma determinante en una mayor disponibilidad de contenidos y una mayor competitividad del sector audiovisual. |
SUBRAYA LO SIGUIENTE:
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10. |
Las coproducciones, así como la colaboración internacional entre profesionales de todos los eslabones de la cadena de valor (creación, formación, desarrollo, producción, promoción y distribución), facilitan la distribución transfronteriza de obras audiovisuales, contribuyen a aumentar el desarrollo del sector en los países socios y ayudan a mejorar los intercambios culturales y económicos. |
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11. |
De conformidad con el principio de subsidiariedad, las coproducciones internacionales están sujetas a diferentes sistemas de financiación y a diferentes capacidades audiovisuales en los Estados miembros, con diferentes cuotas de contenidos europeos diversos en los mercados europeo e internacional. |
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12. |
Para que las obras audiovisuales europeas tengan éxito tanto en el mercado europeo como en el mercado internacional, es de suma importancia que los contenidos cumplan normas estrictas en términos de gran calidad e innovación, que reflejen la diversidad cultural y temática de la sociedad europea y, cuando proceda, tengan un atractivo internacional. |
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13. |
El valor histórico y cultural de los archivos audiovisuales constituye un activo importante para el sector y debe salvaguardarse para facilitar la difusión y la posible reutilización de los contenidos por motivos de interés público. |
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14. |
En lo referente a la libertad de creación, es importante amparar la libertad de expresión, el pluralismo de los medios y la diversidad de opiniones e ideas, que son algunos de los valores fundamentales de la Unión Europea. |
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15. |
Debe prestarse especial atención a la accesibilidad de los contenidos para las personas con discapacidad y las de edad avanzada. |
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16. |
En Europa, los medios de comunicación públicos juegan un importante papel en la protección del interés general, el fomento de la diversidad de opiniones, la creación de contenidos e ideas nuevos e innovadores y la lucha contra la desinformación y la información errónea. |
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17. |
Una remuneración justa de los autores, productores y otros titulares de derechos es fundamental para su libertad de creación y su independencia económica, así como para la sostenibilidad, la originalidad y la competitividad del sector de los medios de comunicación. |
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18. |
Una participación equilibrada desde el punto de vista del género y socialmente inclusiva contribuye a mejorar la calidad y a ampliar los horizontes de los contenidos audiovisuales y mediáticos europeos. |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE, DENTRO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS:
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19. |
Faciliten las coproducciones, en particular promoviendo un modelo de coproducción europeo, y promuevan su circulación en los países participantes y en otros países, teniendo en cuenta al mismo tiempo el contexto evolutivo de las inversiones de los proveedores de vídeos a la carta (3). |
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20. |
Fomenten el intercambio de conocimientos especializados sobre coproducciones e impulsen la colaboración desde una fase temprana en el desarrollo de coproducciones y entre profesionales a lo largo de toda la cadena de valor. |
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21. |
Desarrollen mejores políticas para potenciar la competitividad del sector audiovisual europeo fomentando la creación de contenidos europeos de gran calidad que puedan atraer a un público más amplio y prestando apoyo al mismo tiempo a los autores, como principales creadores de contenidos, a las coproducciones y a la distribución de contenidos originales. |
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22. |
Fomenten una mayor disponibilidad de contenidos originales en distintas versiones lingüísticas y apoyen el desarrollo de soluciones digitales que propicien la diversidad lingüística y garanticen la posibilidad de visualizar los contenidos en su lengua original. |
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23. |
Promuevan el desarrollo de herramientas de mercadotecnia y de estrategias de captación de audiencia eficientes y que mejoren la alfabetización mediática y cinematográfica, teniendo en cuenta al mismo tiempo el análisis de la audiencia y las expectativas de esta. |
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24. |
Promuevan la paridad de género y la diversidad social en la creación de contenidos introduciendo incentivos para alentar a las partes interesadas del sector audiovisual a luchar por la igualdad, la diversidad y la inclusión, respetando al mismo tiempo la libertad de creación. |
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25. |
Procuren garantizar que el contenido de los archivos nacionales y de los institutos de patrimonio audiovisual se proteja y se promueva, y esté disponible a mayor escala, garantizando al mismo tiempo el respeto de los derechos de propiedad intelectual correspondientes. |
INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:
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26. |
Siga apoyando, a través del subprograma MEDIA del programa Europa Creativa, redes de servicios europeos independientes de vídeos a la carta que tengan una proporción elevada de contenidos europeos y a los que den visibilidad mediante actividades destacadas. |
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27. |
Mantengan el proceso de consulta a través del Foro del Cine Europeo, con los Estados miembros y todas las partes interesadas pertinentes, sobre cómo impulsar la circulación a largo plazo de contenidos europeos derivados de coproducciones y otras formas de colaboración transfronteriza, teniendo en cuenta al mismo tiempo el resultado del diálogo con la industria audiovisual, previsto en el Plan de acción para los medios de comunicación y audiovisuales, sobre cómo mejorar el acceso transfronterizo a los contenidos audiovisuales y la disponibilidad de estos. |
B. PROMOCIÓN Y PRIMACÍA DE LOS CONTENIDOS EUROPEOS
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
RECONOCE QUE:
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28. |
El acceso a informaciones y contenidos audiovisuales diversos y en todas las lenguas de la UE, así como a contenidos fiables y fidedignos, es de suma importancia. |
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29. |
La función que desempeñan en Europa los medios de comunicación públicos de salvaguarda de los valores democráticos, fomento de la diversidad de opiniones y mejora de la disponibilidad y la competitividad de los contenidos europeos es primordial, en especial cuando se sirven de herramientas tecnológicas innovadoras. |
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30. |
El objetivo de las normativas sobre promoción y primacía de los contenidos audiovisuales y mediáticos europeos es jugar un papel fundamental a la hora de garantizar el pluralismo de los medios de comunicación, reforzar la diversidad cultural, mejorar la competitividad internacional y promover la producción independiente. |
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31. |
Frente a las formas tradicionales de distribución, los consumidores pueden tener dificultades para encontrar obras europeas en plataformas de vídeos a la carta. Por lo tanto, es importante analizar el mercado y evaluar la eficacia de las medidas en materia de primacía. |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE, DENTRO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS:
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32. |
Agilicen la transposición de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual revisada (4), ya que su aplicación efectiva contribuirá a mejorar el acceso en línea a las obras europeas. |
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33. |
Fomenten el debate sobre las soluciones existentes o previstas en cuanto a la promoción de obras europeas y faciliten el intercambio de mejores prácticas en materia de medidas con las que se fomente la primacía de las obras europeas con arreglo a los diferentes modelos de negocio. |
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34. |
Desarrollen el intercambio de mejores prácticas y mejoren la cooperación entre las entidades reguladoras del sector audiovisual y los organismos de financiación de las películas. |
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35. |
Mejoren y faciliten las posibilidades de descubrir contenidos creativos a los que pueda accederse legalmente en línea en todas las lenguas de la Unión Europea, en concreto a través de herramientas en línea como Agorateka (5), para que sean fácilmente localizables entre la enorme variedad de contenidos de otro tipo. |
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36. |
Fomenten el desarrollo de bases de datos como Lumiere VOD (6) para facilitar la comprobación del país de origen de las obras europeas. |
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37. |
Fomenten un apoyo constante a la distribución en salas de obras europeas —también a los distribuidores más pequeños e independientes— para que circule una gran diversidad de películas europeas, y respalden los festivales como puntos de salida efectivos de contenidos originales y diversos, tanto a escala nacional como europea e internacional. |
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38. |
Evalúen y debatan la situación actual de las obras europeas en la Unión Europea, teniendo en cuenta la posición de mercado de las distintas partes interesadas y todos los demás factores pertinentes (condiciones de competencia equitativas, particularidades audiovisuales y lingüísticas en diferentes países, definición actual de obras europeas (7), etc.), con el fin de garantizar un mercado diverso, justo y equilibrado para las obras europeas. |
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39. |
Reflexionen sobre la soberanía digital y tecnológica de Europa, teniendo en cuenta a los proveedores europeos existentes, y estudien el valor añadido de una posible plataforma europea, en cooperación con los medios de comunicación públicos, que incluya contenidos europeos procedentes de los Estados miembros para ponerlos a disposición del mayor número posible de ciudadanos de la UE, velando al mismo tiempo por el respeto de los correspondientes derechos de propiedad intelectual y de la normativa vigente en materia de competencia y ayudas estatales. |
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40. |
Alienten a los medios de comunicación públicos a ofrecer nuevas oportunidades a los productores independientes para la creación y promoción de contenidos europeos. |
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41. |
Desarrollen y fomenten nuevos sistemas de promoción de la producción y distribución de obras audiovisuales europeas dirigidas a niños y adultos jóvenes. |
INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:
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42. |
Siga desempeñando un papel activo a la hora de facilitar la correcta aplicación de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual a través de una supervisión rigurosa, actividades de información y el apoyo a los Estados miembros. |
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43. |
Estudie la situación del mercado audiovisual europeo, centrándose en los principales retos y desequilibrios desde la perspectiva de la UE y las posibles soluciones a estos. |
C. SOSTENIBILIDAD
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
SUBRAYA LO SIGUIENTE:
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44. |
Para conseguir desarrollarse de forma sostenible, el sector de los medios de comunicación debe aprovechar sus activos (como la creatividad y la diversidad cultural), hacer que los contenidos estén disponibles y puedan verse y adaptarse a los retos y oportunidades que ofrece la transformación digital. |
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45. |
Las plataformas y los proveedores en línea, como agentes a escala mundial de la economía digital, desempeñan un papel primordial a la hora de garantizar la disponibilidad, accesibilidad y distribución de contenidos. Al mismo tiempo, cada vez son más importantes para propiciar el debate democrático, la diversidad cultural, el respeto de los valores y derechos fundamentales, la protección de los menores frente a los contenidos perjudiciales y la defensa de los derechos de propiedad intelectual. |
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46. |
La concesión de licencias territoriales y exclusivas sigue siendo esencial para la libertad de creación, la sostenibilidad y la financiación del sector, y como base para la creación de nuevos modelos empresariales. |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE, DENTRO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS:
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47. |
Promuevan prácticas de concesión de licencias destinadas a garantizar una relación más equitativa entre los proveedores de vídeos a la carta, las plataformas, los productores independientes y otros titulares de derechos, en toda la cadena de valor, y fomenten el diseño de medidas destinadas a permitir una información transparente y completa sobre el uso que se le dé a las obras audiovisuales en los servicios en línea, que incluya la posibilidad de acceder a datos sobre el número total de visualizaciones y los territorios. |
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48. |
Estimulen la competitividad del sector audiovisual europeo, teniendo en cuenta el papel que desempeña la concesión de licencias territoriales y exclusivas de derechos en el régimen de financiación de las obras europeas. La cuestión de la concesión de licencias también debe integrarse en el debate en torno a la circulación de las obras audiovisuales anunciado en el Plan de acción para los medios de comunicación y audiovisuales. |
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49. |
Promuevan y apoyen métodos de financiación centrados en la innovación, el crecimiento, las tecnologías y la estructura de la industria. |
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50. |
Sigan promoviendo las acciones pertinentes del Plan de acción para los medios de comunicación y audiovisuales y fomentando la transformación y la resiliencia de las empresas independientes del sector audiovisual y de los medios de comunicación, en concreto MediaInvest, cuyo objeto es impulsar las inversiones en la producción y distribución audiovisuales, así como la herramienta interactiva para guiar a las empresas de medios de comunicación a través de los diversos instrumentos de apoyo. |
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51. |
Potencien un aumento del volumen de obras audiovisuales europeas en los catálogos a la carta con películas de calidad que cubran una amplia gama de temas y grupos de edad, y evalúen la posibilidad de establecer asociaciones público-privadas para la difusión de contenidos de alta calidad a escala nacional, europea e internacional. |
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52. |
Se centren en invertir en la resiliencia de los ciudadanos a través de medidas para la alfabetización digital y mediática con el fin de promover la adquisición de conocimientos y el pensamiento crítico; se trata de capacitar a los usuarios para que reconozcan lo que constituye un contenido ilícito o desinformación, comprendan el funcionamiento de las herramientas algorítmicas de recomendación y aprovechen la posibilidad de descubrir contenidos. |
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53. |
Refuercen y mejoren la formación de los profesionales y las empresas para ayudarles a adaptarse a un modelo cambiante de creación y distribución en el contexto de los sistemas basados en la inteligencia artificial (IA), y para fomentar los procesos de reciclaje y mejora de las capacidades. |
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54. |
Promuevan y apoyen las nuevas posibilidades que brinda la economía digital para la distribución de contenidos, prestando especial atención a un equilibrio justo entre el desarrollo de sistemas de IA y la utilización que hacen de los contenidos, a fin de garantizar la competitividad tanto del sector de la IA como del sector audiovisual y de los medios de comunicación. En este contexto, garanticen unas condiciones de competencia equitativas entre las partes interesadas y ayuden al sector audiovisual y de los medios de comunicación a prosperar sin poner trabas a la dinámica de la innovación. |
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55. |
Adopten todas las medidas necesarias para impedir el acceso a contenidos audiovisuales ilegales a escala nacional y de la UE, y establezcan medidas efectivas en línea que combatan las infracciones a escala comercial. |
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56. |
Adopten las medidas necesarias para que el sector de los medios de comunicación pueda aprovechar las oportunidades que ofrecen el Pacto Verde Europeo y la Legislación Europea sobre el Clima. |
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57. |
Debatan posibles iniciativas estratégicas relacionadas con el marco para la publicidad en línea, al objeto de garantizar unas normas justas para la publicidad en línea y la publicidad tradicional con respecto a los contenidos audiovisuales y mediáticos. |
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58. |
Defiendan la independencia de las organizaciones de medios de comunicación y adopten medidas, según proceda, para garantizar la transparencia y el pluralismo en el sector de los medios de comunicación. |
INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:
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59. |
Aligere las cargas administrativas relacionadas con el acceso de los contenidos europeos a la financiación, con pleno respeto de los requisitos del Reglamento Financiero. |
(1) Yearbook 2020/2021 Key Trends, [Anuario de las principales tendencias 2020/2021], Observatorio Europeo del Sector Audiovisual, Consejo de Europa, Estrasburgo, 2021, p. 20.
(2) Yearbook 2020/2021 Key Trends, [Anuario de las principales tendencias 2020/2021], Observatorio Europeo del Sector Audiovisual, Consejo de Europa, Estrasburgo, 2021, p. 46.
(3) En este contexto, será de suma importancia el informe del grupo de trabajo sobre el método abierto de coordinación (MAC) relativo a las coproducciones.
(4) Véase en el anexo la referencia de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual.
(5) Portal paneuropeo de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea: https://agorateka.eu/ea/es/About
(6) El primer directorio en línea de películas europeas disponibles en vídeo a la carta, inaugurado por el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual el 16 de abril de 2019 en el Consejo de Europa.
(7) Definición establecida en la Directiva de servicios de comunicación audiovisual:http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32010L0013&from=ES
ANEXO
Conclusiones del Consejo
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Conclusiones del Consejo sobre el fomento de los contenidos europeos en la economía digital (DO C 457 de 19.12.2018, p. 2). |
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Conclusiones del Consejo sobre la mejora de la circulación transfronteriza de las obras audiovisuales europeas, prestando especial atención a las coproducciones (DO C 192 de 7.6.2019, p. 11). |
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Conclusiones del Consejo sobre la salvaguardia de un sistema de medios de comunicación libre y pluralista (DO C 422 de 7.12.2020, p. 8). |
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Conclusiones del Consejo sobre la alfabetización mediática en un mundo en constante transformación (DO C 193 de 9.6.2020, p. 23). |
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— |
Conclusiones del Consejo relativas a «Los medios de comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción para apoyar la recuperación y la transformación» (DO C 210 de 3.6.2021, p. 1). |
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Conclusiones del Consejo sobre el Plan de trabajo en materia de cultura 2019-2022 (DO C 460 de 21.12.2018, p. 12). |
Actos legislativos
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— |
Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2010, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual) (DO L 303 de 28.11.2018, p. 69). |
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— |
Reglamento (UE) 2021/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021, por el que se establece el Programa Europa Creativa (2021 a 2027) y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.o 1295/2013 (DO L 189 de 28.5.2021, p. 34). |
Comunicaciones y recomendaciones de la Comisión
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Los medios de Comunicación europeos en la Década Digital: un plan de acción para apoyar su recuperación y transformación», COM(2020) 784 final. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre el Plan de Acción para la Democracia Europea, COM(2020) 790 final. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Configurar el futuro digital de Europa», COM(2020) 67 final. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Aprovechar al máximo el potencial innovador de la UE: un plan de acción en materia de propiedad intelectual e industrial para apoyar la recuperación y la resiliencia de la UE», COM(2020) 760 final. |
Iniciativas del Parlamento Europeo
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Informe sobre la inteligencia artificial en los sectores educativo, cultural y audiovisual, 2020/2017 (INI). |
Estudios del Observatorio Audiovisual Europeo
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Yearbook 2020/2021 Key Trends, [Anuario de las principales tendencias 2020/2021], Observatorio Europeo del Sector Audiovisual, Consejo de Europa, Estrasburgo. |
Consejo de Europa
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— |
Convenio Europeo sobre Coproducción Cinematográfica, 1992. |
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13.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CI 501/13 |
Conclusiones del Consejo sobre la cultura y la arquitectura y el entorno construido de alta calidad como elementos esenciales de la iniciativa Nueva Bauhaus Europea
(2021/C 501 I/03)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
Reconociendo las medidas ya adoptadas por la Unión Europea y sus Estados miembros para reforzar el importante papel de la cultura y de la arquitectura y el entorno construido de alta calidad en la agenda política y para garantizar el legado del Año Europeo del Patrimonio Cultural 2018, así como las huellas duraderas que dejan para nuestras sociedades y para las generaciones futuras,
Recordando las principales referencias políticas que se enuncian en el anexo de las presentes Conclusiones,
Apoyándose en el Plan de trabajo en materia de cultura 2019-2022, en particular en su prioridad B («Cohesión y bienestar»), y en las acciones en torno al tema «arquitectura y entorno construido de alta calidad para todos»,
SALUDA la iniciativa Nueva Bauhaus Europea, y en este contexto
SUBRAYA QUE:
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1. |
La arquitectura y el entorno construido son plasmaciones de la cultura, los modos de vida y los valores pasados y presentes. Conforman nuestro patrimonio cultural del futuro y contribuyen a modelar nuestras sociedades e identidades. |
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2. |
El entorno construido (1) constituye el reflejo de una comunidad, y de su calidad global son responsables los organismos correspondientes del sector público y otras partes interesadas, que trabajan en estrecha cooperación con el conjunto de los ciudadanos. |
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3. |
Es importante garantizar que tanto el desarrollo del parque inmobiliario existente (mediante su restauración, renovación, reutilización adaptada y conservación) como la creación de nuevos edificios y espacios sean de alta calidad. |
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4. |
Los arquitectos, entre otras cosas, desempeñan un papel primordial en todas las fases del desarrollo de una arquitectura y un entorno de vida de alta calidad y pueden por tanto contribuir de manera significativa al interés público al tener en cuenta la diversidad territorial y las necesidades de la sociedad civil. |
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5. |
La cultura y la arquitectura (2) y el entorno construido de alta calidad contribuyen a la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible (ODS) (3) de las Naciones Unidas de muchas maneras. Pueden contribuir a la aplicación del Pacto Verde Europeo (4) y a su objetivo de convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro de aquí a 2050. |
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6. |
La Nueva Bauhaus Europea es una iniciativa transdisciplinaria que conjuga tres dimensiones relacionadas entre sí: la estética, la sostenibilidad y la inclusión. Parte de un planteamiento participativo y aspira a implicar a todas las personas de toda la Unión, incluso las que pertenecen a grupos desfavorecidos, en consonancia con la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y el objetivo del Pacto Verde Europeo de no dejar a nadie atrás. |
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7. |
La iniciativa Nueva Bauhaus Europea se inspira en la Bauhaus (5) original, que ya aplicaba al diseño, la arquitectura y el arte un planteamiento integral, sostenible, de alta calidad e inclusivo. |
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8. |
Al tiempo que respeta la diversidad del patrimonio cultural europeo, la iniciativa Nueva Bauhaus Europea aspira a crear un contexto que propicie la transformación del entorno de vida y haga que nuestro modo de vida sea más bello, sostenible e inclusivo, a través, entre otras cosas, de la innovación, de actuaciones de alta calidad en materia de arquitectura (6), diseño y urbanismo, y de muchos otros ámbitos artísticos y creativos. |
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9. |
El patrimonio cultural y arquitectónico europeo constituye una referencia importante por cuanto se refiere a la calidad de la experiencia y la calidad física de nuestro entorno construido y es asimismo un activo importante que puede inspirar y alimentar la cohesión social, la innovación, la transformación y la regeneración. La iniciativa Nueva Bauhaus Europea reconoce así la importancia de nuestro patrimonio arquitectónico y arqueológico, nuestros paisajes y nuestro patrimonio cultural tangible e intangible. |
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10. |
El carácter multidimensional de una arquitectura y un entorno construido de alta calidad exige una cooperación intersectorial, participación, creación conjunta y enfoques transdisciplinarios, especialmente por cuanto se refiere a sostenibilidad y coherencia de políticas. |
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11. |
La pandemia de COVID-19 ha desencadenado una movilización de fondos en todos los niveles de administración, entre otras cosas en pro de una arquitectura y un entorno construido de alta calidad. Estos recursos financieros deben utilizarse de manera sostenible y orientada hacia la calidad, en consonancia con los principios del sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos, las recomendaciones del grupo de expertos MAC (7) y los Principios de calidad revisados del ICOMOS para intervenciones financiadas por la UE con potencial impacto sobre el patrimonio cultural (8). |
RUEGA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN QUE, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA:
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12. |
Reafirmen el papel de la cultura y el patrimonio cultural como elementos intrínsecos e indisociables del entorno construido y de vida, y como contribución importante al desarrollo sostenible (la economía circular incluida), la cohesión social y territorial, el medio ambiente, los objetivos en materia de biodiversidad y clima, la prosperidad y el bienestar de todos los ciudadanos de Europa. |
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13. |
Propicien sinergias adecuadas entre la iniciativa Nueva Bauhaus Europea y otros procesos que impliquen a los ciudadanos de Europa, como la Conferencia sobre el Futuro de Europa (9), así como con otras estrategias y planes de acción que promuevan la calidad arquitectónica y estética, como la Oleada de Renovación (10), y la accesibilidad, como la Estrategia sobre los derechos de las personas con discapacidad para 2021-2030 (11). |
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14. |
Contribuyan a crear una comprensión integral y una cultura común de la arquitectura de alta calidad gracias a una mayor sensibilización, por ejemplo por medio de la educación formal, no formal e informal desde edades tempranas, y a una amplia promoción y difusión de información sobre la iniciativa Nueva Bauhaus Europea y el papel que desempeñan en este marco la cultura y la arquitectura y el entorno construido de alta calidad. |
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15. |
Favorezcan con su trabajo una visión integral, inclusiva y transdisciplinaria de la arquitectura y el entorno construido que tenga la calidad como eje y el largo plazo como horizonte, integrando diferentes políticas y conocimientos especializados en todos los procesos, directrices y proyectos de creación conjunta que conforman nuestro entorno de vida, incluido el informe del grupo de expertos MAC (12). |
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16. |
Consideren la adopción de un planteamiento orientado a la calidad e incluya los principios de calidad establecidos en el sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos (13) como base a la hora de tomar, con conocimiento de causa, opciones y decisiones a lo largo de los ciclos de vida completos de las estructuras construidas y la planificación y gestión del paisaje (concepción, planes de inversión, mecanismos de financiación, medidas de ayuda, procesos de planificación, mantenimiento, renovación, conservación, reutilización adaptativa, demolición y reciclado). |
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17. |
Favorezcan el crecimiento sostenible, la habitabilidad y la innovación en las zonas urbanas y rurales europeas aplicando criterios integrales y de alta calidad, métodos de creación conjunta y los principios del ICOMOS para la concesión de ayudas financieras de la UE a proyectos arquitectónicos y de entorno construido, si es el caso. |
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18. |
Promuevan la optimización de la eficiencia energética del parque inmobiliario existente mediante un enfoque integral y respetando, al mismo tiempo, todos los criterios del sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos, también la conservación del patrimonio construido. |
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19. |
Busquen soluciones que permitan el acceso a una vivienda asequible y digna, en particular para los jóvenes que acceden al mercado laboral, así como para otros grupos sociales vulnerables. |
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20. |
Incorporen los principios de la creación conjunta participativa implicando a todas las partes interesadas pertinentes en procesos como la toma de decisiones, la planificación, la concepción y la construcción por cuanto se refiere al entorno construido y de vida y la ordenación territorial en todos los correspondientes niveles de administración. |
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21. |
Promuevan un enfoque que respete el diálogo entre el patrimonio cultural existente, el entorno paisajístico y la creación contemporánea, por ejemplo a través de una reutilización adaptativa cuando proceda. |
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22. |
Creen marcos propicios para una arquitectura de alta calidad con el fin de sustentar normas de contratación pública, simplificaciones normativas y procedimientos innovadores que fomenten un enfoque fundamentado en la alta calidad y no únicamente en los costes al aplicar prácticas idóneas para los concursos de arquitectura pública, arquitectura paisajística y ordenación territorial. |
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23. |
Sigan promoviendo y reforzando la sensibilización, los conocimientos y las competencias de los responsables de la toma de decisiones y de los equipos especializados en todos los correspondientes niveles de administración, también los expertos técnicos y contratistas, a fin de que puedan aplicar criterios y normas de alta calidad en las decisiones que adopten en relación con la arquitectura y el entorno construido para todos. |
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24. |
Promuevan la mejor utilización posible de los programas de financiación de la UE pertinentes y otros instrumentos de financiación disponibles con el fin de:
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25. |
Mantengan el impulso y continúen el proceso de reflexión e intercambio sobre el papel cultural, social, económico y ecológico que tienen una arquitectura y un entorno construido de alta calidad. |
INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE:
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26. |
Mejoren la coherencia de las políticas en favor de una arquitectura y un entorno construido de alta calidad mediante la coordinación oportuna entre todos los ministerios y niveles administrativos, agencias y servicios pertinentes, con el fin de integrar un enfoque integral y basado en la calidad en todas las políticas y actividades que tengan repercusiones en el entorno construido y de vida. |
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27. |
Promuevan la incorporación, en sus estrategias nacionales para el desarrollo socioeconómico y territorial, de la Nueva Bauhaus Europea y de los principios y enfoques de la economía circular, incluidos el diseño y la arquitectura sostenibles. |
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28. |
Establezcan y respalden, en los niveles de administración que corresponda, grupos consultivos de expertos compuestos por arquitectos y demás profesionales pertinentes, como los equipos de arquitectos del Estado y arquitectos municipales (14), así como procedimientos orientados a la calidad que garanticen o refuercen la inclusión, en los procesos de toma de decisiones, de las competencias y capacidades profesionales necesarias para lograr resultados de alta calidad. |
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29. |
Designen a una entidad como punto de contacto para la iniciativa Nueva Bauhaus Europea y para llegar a las comunidades a escala local, siguiendo un enfoque de base local (15), a fin de implicar, según proceda, a todos los miembros de la sociedad civil y a las partes interesadas pertinentes. |
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30. |
Capaciten y presten un apoyo adecuado a los agentes encargados de promover ante todo tipo de público los aspectos culturales y cualitativos del entorno construido y de vida. |
INVITAN A LA COMISIÓN A QUE:
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31. |
Facilite la incorporación del sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos, con sus ocho criterios de calidad, a las inversiones, los marcos reguladores y los programas de financiación de la UE pertinentes, y a que, como propietario, promotor o usuario de una propiedad, aplique tales principios de calidad. |
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32. |
Ofrezca oportunidades, para todos y en todos los programas pertinentes de la UE, para la investigación, el desarrollo de capacidades y el aprendizaje entre iguales en los ámbitos de la cultura y de la arquitectura y entorno construido de alta calidad. |
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33. |
Busque sinergias entre la legislación, las políticas y los programas pertinentes de la UE, existentes o previstos, a fin de lograr unas transiciones ecológica y digital coherentes con los principios y objetivos de Nueva Bauhaus Europea, e incorpore formas interdisciplinares de cooperación y de toma de decisiones. |
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34. |
Facilite la información y el acceso a los instrumentos financieros disponibles para apoyar proyectos relacionados con entornos de vida de alta calidad, también iniciativas a pequeña escala sobre el terreno y proyectos en los sectores cultural y creativo. |
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35. |
Tenga en cuenta el equilibrio geográfico y la diversidad geográfica, climática, económica, social y cultural de la UE a la hora de elaborar y ejecutar estrategias, proyectos y acciones de la Nueva Bauhaus Europea. |
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36. |
Promueva las sinergias entre el arte, la arquitectura, la arquitectura de interiores y paisajística, la ordenación del espacio, el diseño y la artesanía, así como modelos de formación innovadores para los arquitectos y otros profesionales afines que incluyan la formación sobre tecnología digital de vanguardia. |
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37. |
Fomente el papel de los conjuntos histórico-artísticos en la mejora del entorno físico existente y emergente de las comunidades locales, empleando tecnologías digitales de vanguardia para documentar y presentar el entorno construido y de vida. |
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38. |
Refuerce la concienciación y la cooperación intersectoriales mediante la promoción entre los sectores estratégicos pertinentes de la iniciativa de la Nueva Bauhaus Europea, la Declaración de Davos y los Principios del ICOMOS, en concreto de aquellos que influyan en la configuración del entorno construido y de vida. |
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39. |
Informe periódicamente al Consejo y a sus órganos preparatorios, así como a las entidades designadas como puntos de contacto para la iniciativa de la Nueva Bauhaus Europea, sobre los avances en la ejecución de dicha iniciativa, y facilite el intercambio de mejores prácticas entre los Estados miembros sobre el seguimiento de tal ejecución a escala nacional. |
(1) Véase la definición en el anexo.
(2) Tal como se define en el criterio n.o 8 del sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos.
(3) Recogidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (véase la referencia en el anexo).
(4) https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/european-green-deal_es
(5) La Bauhaus (Weimar, Dessau y Berlín, 1919–1933) es la escuela de arquitectura, diseño y arte más influyente del siglo XX.
(6) Incluida la arquitectura de interiores y paisajística y la ordenación territorial.
(7) Grupo de expertos de los Estados miembros (método abierto de coordinación-MAC) sobre arquitectura y entorno construido de alta calidad para todos.
(8) Principios de calidad europeos para intervenciones financiadas por la UE con potencial impacto sobre el patrimonio cultural — Edición actualizada del ICOMOS: https://www.icomos.org/en/about-icomos/committees/regional-activities-europe/90984-quality-principles-new-version-available
(9) https://futureu.europa.eu/?locale=es
(10) https://ec.europa.eu/commission/presscorner/detail/es/IP_20_1835
(11) https://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=738&langId=es&pubId=8376&furtherPubs=yes
(12) Véase la referencia en el anexo.
(13) Gobernanza, funcionalidad, medio ambiente, economía, diversidad, contexto, sentido del lugar y belleza.
(14) Véase la definición en el anexo.
(15) Véase la definición en el anexo.
ANEXO
A. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
En este contexto, el Consejo de la Unión Europea recuerda:
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1. |
El artículo 167 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. |
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2. |
La labor y el informe del grupo del método abierto de coordinación (MAC) High-quality architecture and Built Environment for Everyone [«Arquitectura y entorno construido de alta calidad para todos»] (2020-2021) (https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/bd7cba7e-2680-11ec-bd8e-01aa75ed71a1/language-en). |
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3. |
La Carta Europea del Patrimonio Arquitectónico (1975). |
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4. |
El Convenio para la Salvaguardia del Patrimonio Arquitectónico de Europa: Convenio de Granada (1987). |
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5. |
El Convenio Europeo del Paisaje (2000). |
|
6. |
La Resolución del Consejo, de 12 de febrero de 2001, sobre la calidad arquitectónica en el entorno urbano y rural (DO C 73 de 6.3.2001, p. 6). |
|
7. |
Las Conclusiones del Consejo, de 13 de diciembre de 2008, relativas a la arquitectura: contribución de la cultura al desarrollo sostenible (DO C 319 de 13.12.2008, p. 13). |
|
8. |
Las Conclusiones del Consejo sobre el Plan de trabajo en materia de cultura 2019-2022 (DO C 460 de 21.12.2018, p. 12). |
|
9. |
Las Conclusiones del Consejo, de 26 de noviembre de 2012, sobre la gobernanza cultural (DO C 393 de 19.12. 2012, p. 8). |
|
10. |
La Declaración conjunta Heritage, Contemporary Architecture and design in Interaction [«Patrimonio, arquitectura y diseño contemporáneos en interacción»], adoptada el 13 de marzo de 2015 en la Conferencia de Riga. |
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11. |
La resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas, de 25 de septiembre de 2015, «Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible» (A/RES/70/01). |
|
12. |
La agenda urbana para la UE: el Pacto de Ámsterdam, acordado en 2016 (http://urbanagendaforthe.eu/pactofamsterdam/). |
|
13. |
La Comunicación de la Comisión «Una visión a largo plazo para las zonas rurales de la UE: hacia unas zonas rurales más fuertes, conectadas, resilientes y prósperas antes de 2040», COM(2021) 345 final. |
|
14. |
La Declaración de Davos «Hacia una Baukultur de alta calidad para Europa», adoptada en la Conferencia de ministros de Cultura (Davos, 20 y 22 de enero de 2018) (https://davosdeclaration2018.ch/media/Context-document-en.pdf). |
|
15. |
El Davos Baukultur Quality System [«sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos»], publicado en mayo de 2021 (https://davosdeclaration2018.ch/quality-system/). |
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16. |
La nueva Carta de Leipzig: el poder transformador de las ciudades para el bien común, adoptada en las reuniones ministeriales informales celebradas el 30 de noviembre de 2020 (https://ec.europa.eu/regional_policy/en/newsroom/news/2020/12/12-08-2020-new-leipzig-charter-the-transformative-power-of-cities-for-the-common-good). |
|
17. |
Los Principios de calidad europeos para intervenciones financiadas por la UE con potencial impacto sobre el patrimonio cultural del Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) (nueva edición de 2021) (http://openarchive.icomos.org/id/eprint/2436/). |
|
18. |
La Comunicación de la Comisión, de 14 de septiembre de 2021, «La Nueva Bauhaus Europea»: hermosa, sostenible, juntos [11892/21 + ADD 1 + ADD 2 + ADD 3, COM(2021) 573 final]. |
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19. |
El Convenio del Consejo de Europa sobre el valor del patrimonio cultural para la sociedad: Convenio de Faro (2005) (https://www.coe.int/en/web/culture-and-heritage/faro-convention). |
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20. |
La Agenda Territorial 2030: un futuro para todos los lugares (https://ec.europa.eu/regional_policy/en/information/publications/brochures/2021/territorial-agenda-2030-a-future-for-all-places). |
B. DEFINICIONES
A los efectos de las presentes Conclusiones, se entenderá por:
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— |
«Baukultur» (literalmente «cultura de la construcción») es el término en alemán de un concepto que describe toda actividad humana que modifique de forma positiva los espacios y el entorno de vida. Comprende los edificios existentes, incluidos los monumentos y otros elementos del patrimonio construido, así como el diseño y la construcción de edificios, infraestructuras, espacios públicos y paisajes contemporáneos integrados en el entorno natural y relacionados con él. Baukultur también hace referencia a los procedimientos de ordenación territorial de los proyectos de obra, las infraestructuras, las ciudades, los pueblos y los paisajes abiertos, así como a técnicas y métodos de construcción tradicionales e innovadores. Existe un amplio consenso social de que la calidad está implícita, así como las herramientas, procedimientos y prácticas, de ahí el empleo selectivo de la palabra «cultura» en el término. |
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— |
El «entorno construido» es el espacio existente que rodea a las personas y es activamente modelado por ellas y que, recíprocamente, repercute en su vida y en su comportamiento. Incluye el entorno de vida. |
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— |
El «diseño circular» consiste en la creación de productos y servicios que ya no presenten un ciclo de vida con un comienzo, un desarrollo y un final. Su objetivo es la elaboración de productos que puedan utilizarse, reutilizarse y reciclarse, lo que se traducirá en un menor consumo de recursos, menos residuos y un mayor valor añadido al ecosistema. El diseño circular se centra en la creación de productos y servicios para la economía circular. |
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El «Davos Baukultur Quality System» («sistema de calidad de la cultura de construcción (Baukultur) de Davos») es un conjunto de instrumentos que permite definir y evaluar las cualidades propias de la Baukultur de lugares que incorporen valores sociales, emocionales y culturales y los equiparen a los aspectos técnicos y funcionales, apoyándose en los ocho criterios siguientes: gobernanza, funcionalidad, medio ambiente, economía, diversidad, contexto, sentido de pertenencia a un lugar y belleza. |
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El «entorno de vida» consiste en una composición equilibrada de los entornos artificiales y naturales que abarca espacios tanto exteriores como interiores. La planificación y la creación de un entorno de vida sostenible e integrado (el diseño urbanístico o, más en general, el diseño espacial) engloba la planificación y el diseño de actividades (incluida la ordenación territorial, la arquitectura, la arquitectura paisajística), las actividades de construcción y la coordinación espacial de otras decisiones relacionadas con el espacio (como las opciones para el tráfico y la movilidad, los servicios de utilidad pública, el cultivo, etc.), con el objetivo de mejorar a largo plazo el entorno de vida del mayor número posible de personas mediante decisiones relacionadas con el espacio. |
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El «enfoque de base local» es un planteamiento orientado a las circunstancias específicas de un lugar y por el que se implica a la comunidad y a una amplia gama de organizaciones locales de diferentes sectores como partícipes activos de su desarrollo y aplicación. |
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Los «equipos de arquitectos del Estado y arquitectos municipales» son equipos de arquitectos de las administraciones públicas cuya misión es aportar liderazgo y asesoramiento estratégico en materia de diseño al Gobierno, al objeto de mejorar el diseño de las obras públicas, promover la calidad espacial y fomentar una cultura de creación de espacios. |
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13.12.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CI 501/19 |
Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la protección y la creación de espacios cívicos para los jóvenes que faciliten la participación constructiva de estos
(2021/C 501 I/04)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,
OBSERVANDO QUE:
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1. |
La Unión Europea y sus Estados miembros están de acuerdo en que la cooperación a escala de la UE en el ámbito de la juventud «apoya el compromiso social y cívico, y está encaminada a garantizar que todos los jóvenes tengan los recursos necesarios para participar en la sociedad» (1). |
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2. |
Los jóvenes son uno de los elementos que dan fuerza a nuestras sociedades, además de ser titulares de derechos individuales. Como tales, tienen derecho a participar de manera constructiva en el desarrollo, la ejecución, la supervisión, la evaluación y el seguimiento de las políticas que les afectan a ellos y a la sociedad en general (2). |
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3. |
«Una democracia sana depende de la participación ciudadana y de una sociedad civil activa, pero no solo en el momento de las elecciones, sino en todo momento. Los ciudadanos comprometidos, informados y empoderados son la mejor garantía para la resiliencia de nuestras democracias» (3) y para el bien común. |
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4. |
La Unión Europea se fundamenta en valores como la democracia, el pluralismo, la igualdad y el Estado de Derecho. El respeto de los derechos humanos, la libertad, la no discriminación, la igualdad de género, la tolerancia y la protección de las minorías son pilares irrenunciables de la idea europea (4). |
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5. |
«La actual pandemia de COVID-19 y sus consecuencias socioeconómicas tienen un efecto negativo cada vez mayor en los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho, en particular en el ámbito del espacio cívico» (5). |
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6. |
Promoviendo la participación de los jóvenes en los procesos democráticos —de conformidad con la Resolución del Consejo sobre el fomento de la participación política de los jóvenes en la vida democrática de Europa (6) y con las Conclusiones del Consejo sobre el fomento de la conciencia democrática y el compromiso democrático de los jóvenes en Europa (7) y sobre el refuerzo de la gobernanza multinivel al fomentar la participación de los jóvenes en los procesos de toma de decisiones (8)—, se contribuirá a reforzar los espacios cívicos para los jóvenes y se fomentará su participación en ellos. |
CONSIDERAN QUE:
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7. |
Los espacios cívicos para los jóvenes son espacios que les permiten participar de forma constructiva en la sociedad, y constituyen una parte fundamental de toda sociedad democrática (9). Se trata de entornos políticos, públicos y sociales —en línea y fuera de línea— que cumplen una serie de principios y de condiciones jurídicas, institucionales y prácticas que permiten que los jóvenes ejerzan sus libertades cívicas accediendo a información, expresando sus opiniones y formando asociaciones u organizaciones para participar en la vida pública con objeto de influir en las sociedades y en su configuración. |
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8. |
Los espacios cívicos para los jóvenes son dinámicos y se encuentran en constante evolución, y todas las organizaciones democráticas e independientes que trabajan en el ámbito de la juventud, al igual que los grupos juveniles no formales, están resultando elementos clave para promover la participación de los jóvenes, por lo que deben recibir apoyo y protección. |
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9. |
Los jóvenes necesitan espacios cívicos libres, seguros, abiertos, accesibles, inclusivos y representativos que les permitan formar asociaciones, implicarse en ámbitos relacionados con sus necesidades e intereses, cualesquiera que sean, expresarse sobre cuestiones de sociedad y participar en la toma de decisiones pública. |
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10. |
La participación activa en diversos espacios públicos de diferentes grupos de jóvenes —en particular los formados por jóvenes vulnerables o por jóvenes cuya voz rara vez se escucha en el espacio público, como los jóvenes migrantes— les ayuda a desarrollar las competencias que requiere la implicación cívica. Al mismo tiempo, promueve su desarrollo personal, profesional y social, contribuye a los valores de la Unión Europea (10), a la cohesión social y a la colaboración intergeneracional, y garantiza que la democracia y la ciudadanía se hagan eco de la diversidad de perspectivas y la pluralidad de la sociedad. |
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11. |
La participación de los jóvenes en espacios cívicos ha sido un catalizador importante de diversas innovaciones sociales (11), lo cual demuestra que estos espacios contribuyen a que los procesos de toma de decisiones sean más democráticos y estén mejor fundamentados, y por lo tanto refuerzan la calidad de la democracia. Por otra parte, los jóvenes son especialmente vulnerables a la discriminación y a la restricción de los espacios cívicos (12). |
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12. |
La reducción del espacio cívico para la juventud y las denuncias de violaciones de los derechos fundamentales y democráticos son fenómenos mundiales que pueden constituir una amenaza para las democracias en toda Europa, independientemente de su grado de desarrollo económico o su situación geográfica. Según algunos estudios, hay indicios de que también se han restringido las oportunidades de participación de las organizaciones juveniles de la sociedad civil en los procesos políticos (13). |
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13. |
Es importante que las organizaciones que trabajan en el ámbito de la juventud y los grupos juveniles no formales participen en la definición de proyectos clave sobre todos los temas contemplados, en particular, en las once Metas de la Juventud Europea. Además, estas organizaciones son fundamentales para prestar a los jóvenes servicios y apoyo que, a menudo, complementan los ofrecidos por las autoridades públicas. |
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14. |
Como consecuencia de la pandemia de COVID-19, en muchos países los espacios cívicos para los jóvenes se están reduciendo aún más, y con frecuencia la única alternativa viable es la utilización de espacios equivalentes en línea. Algunas de las experiencias adquiridas durante la pandemia son positivas, como el descubrimiento de nuevas funcionalidades en los espacios digitales, pero la migración a espacios cívicos en línea ha revelado problemas relacionados con el acceso (infraestructura), la capacidad (competencias) y la seguridad en línea de los jóvenes. |
HACEN HINCAPIÉ EN QUE:
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15. |
La utilización de un planteamiento único y uniforme no es adecuada para crear un entorno propicio que permita apoyar a las organizaciones que trabajan en el ámbito de la juventud y con grupos juveniles no formales. Es preciso tener en cuenta factores como el diseño universal, los diferentes contextos culturales y geográficos, las desigualdades estructurales y la desigualdad de género, entre otros elementos, en la medida en que impidan que los jóvenes y las organizaciones juveniles de la sociedad civil actúen libremente y participen de manera constructiva. |
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16. |
La exposición excesiva a las pantallas y a las actividades en línea tiene repercusiones en la salud mental, física y social de los jóvenes (14). Aun así, los espacios cívicos en línea han proporcionado a muchos jóvenes un importante refugio en el que ejercer sus derechos cívicos, en particular durante la pandemia de COVID-19. Las cuestiones relativas a la salud son un aspecto que ha de tenerse en cuenta, pero también es necesario abordar cuestiones como la seguridad en línea y la brecha digital (en particular las barreras infraestructurales y cognitivas). Por lo tanto, hallar el equilibrio adecuado entre la participación en línea y fuera de línea debe ser una prioridad para todas las partes a la hora de promover espacios cívicos para los jóvenes. |
INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS A QUE, CONFORME AL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EN LOS NIVELES ADECUADOS:
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17. |
Protejan y amplíen los espacios cívicos para todos los jóvenes, especialmente para los que se han visto más afectados por la pandemia de COVID-19, y establezcan medidas adicionales para garantizar que los jóvenes procedentes de entornos desfavorecidos y con menos oportunidades, en particular los que viven en zonas remotas y rurales y los jóvenes con discapacidad, puedan acceder a estos espacios y participar en ellos. Es importante además dar proyección pública y facilitar el acceso a estos espacios para jóvenes. |
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18. |
Aborden los problemas a que dan lugar los procesos e instrumentos que provocan una escasez de espacios públicos gratuitos y accesibles o imponen barreras importantes a los jóvenes que desean acceder a espacios cívicos y participar en ellos, a saber, las herramientas comerciales que se sirven de algoritmos para facilitar el marketing personalizado, la gentrificación, la migración rural y la mayor comercialización de los espacios físicos y en línea (15). |
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19. |
Aborden los problemas asociados a la privacidad de los jóvenes en el ejercicio de sus derechos y libertades cívicos, para garantizar su seguridad personal y el respeto de sus derechos —que deben promoverse en un lenguaje accesible— y darles control sobre sus datos, principalmente mediante el tratamiento seguro y lícito de todos los datos que les pertenezcan o les conciernan, tal como se establece en el Reglamento general de protección de datos de la UE. |
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20. |
Tengan en cuenta los obstáculos a la participación en línea que afrontan los jóvenes (como el acceso a internet, las competencias digitales o la falta de infraestructuras y equipos) y pongan empeño en garantizar la seguridad de los espacios cívicos digitales que utilizan los jóvenes fomentando la resiliencia digital, en particular reforzando la alfabetización digital y mediática y la concienciación de los jóvenes, también con medidas de seguridad para protegerles de la información errónea, la desinformación, la propaganda, la polarización social, la incitación al odio y el ciberacoso, el acoso sexual a menores en la web, etc. |
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21. |
Reconozcan a los proveedores de servicios de educación y formación en todos los ámbitos del aprendizaje (formal, no formal e informal) como agentes clave para promover diversas formas de educación cívica centradas en las competencias que requiere la ciudadanía activa, por contribuir esta educación, a su vez, a una sociedad más democrática. |
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22. |
Promuevan procesos cívicos, políticos y de cooperación activa —en particular en proyectos comunes— entre las organizaciones juveniles y las instituciones de educación y formación, con objeto de mejorar las condiciones de los espacios cívicos existentes o de crear nuevos espacios cívicos, contribuyendo así de manera práctica a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y las Metas de la Juventud Europea. |
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23. |
Respalden con empeño, cuando proceda, las interacciones o canales de comunicación concebidos y gestionados conjuntamente por las autoridades públicas y los jóvenes a través de espacios cívicos, en particular los apoyados y mantenidos por organizaciones activas en el ámbito de la juventud y grupos juveniles no formales, a fin de que los jóvenes puedan tener en el debate público una representación diversificada y acorde con la realidad e influir de forma tangible en el desarrollo, la aplicación y el seguimiento de las políticas de interés para los jóvenes. |
INVITAN A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN EUROPEA, DENTRO DE SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA Y EN LOS NIVELES QUE CORRESPONDAN, TENIENDO DEBIDAMENTE EN CUENTA EL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD, A QUE:
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24. |
Se esfuercen por proteger y ampliar diversos tipos de espacios cívicos para jóvenes, en todos los niveles, por medio de una financiación estructural sostenible, y, cuando proceda, consideren la posibilidad de una financiación basada en proyectos para las organizaciones que trabajan en el ámbito de la juventud y los grupos juveniles no formales. Conciencien a los jóvenes de sus libertades cívicas y políticas y de las oportunidades de ejercerlas que les brinda la participación en espacios cívicos. |
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25. |
Apoyen las organizaciones activas en el ámbito de la juventud y los grupos juveniles no formales que luchan contra la incitación al odio y contra otras amenazas a sus actividades, especialmente en lo que respecta al ejercicio de su libertad de expresión, de asociación y de reunión. |
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26. |
Supervisen, evalúen y respalden de forma continuada los medios que permiten crear un entorno propicio a los espacios cívicos para jóvenes, determinando y atajando al mismo tiempo las amenazas a que puedan estar expuestos estos espacios. |
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27. |
Faciliten el acceso a la información en formatos inteligibles y, cuando proceda, en un lenguaje adaptado a los jóvenes, de conformidad con la Carta Europea de Información Juvenil (16), a fin de fomentar la transparencia y acrecentar la confianza de la juventud en las instituciones políticas, adoptando además medidas adecuadas —en particular medidas que promuevan la alfabetización mediática— para luchar contra la información errónea, la desinformación, la propaganda, la polarización social, la incitación al odio, las teorías conspiratorias, el acoso en línea y el acoso sexual a menores en la web, etc. |
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28. |
Intensifiquen las actividades institucionales de acercamiento a los jóvenes (directamente o a través de organizaciones que trabajen en el ámbito de la juventud y de grupos juveniles no formales) sirviéndose de herramientas eficaces de participación en línea y fuera de línea. Utilicen, además, mecanismos concebidos conjuntamente con los propios jóvenes, que cuenten con el reconocimiento de los responsables de la toma de decisiones y con el apoyo de investigaciones independientes, con objeto de facilitar la participación de los jóvenes en los espacios cívicos y en la política. |
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29. |
Examinen, cuando proceda, las consecuencias que tienen en los espacios cívicos para jóvenes las herramientas comerciales que se sirven de algoritmos para ofrecer marketing personalizado, y entablen un diálogo con los proveedores de estas herramientas a fin de subsanar esos posibles efectos. Consideren la posibilidad de adoptar las medidas necesarias, adecuadas y proporcionadas para atajar todos los efectos negativos de dichas herramientas comerciales que no puedan paliarse mediante el diálogo. |
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30. |
Apoyen la investigación y supervisen la situación de los espacios cívicos para jóvenes en toda la Unión Europea y a escala nacional, regional y local, en particular en lo que respecta a los desafíos y amenazas a que están expuestos estos espacios, y evalúen la participación de los jóvenes en espacios cívicos. |
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31. |
Consideren la posibilidad de prestar una atención especial a los espacios cívicos para jóvenes y a las libertades básicas de los jóvenes en el contexto del Año Europeo de la Juventud (2022). |
INVITAN A LA COMISIÓN EUROPEA A QUE:
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32. |
Apoye espacios cívicos para jóvenes que no funcionen sobre la base de criterios comerciales y que sean abiertos, inclusivos y seguros, por medio de diferentes programas europeos, en particular programas clave en el ámbito de la juventud como Erasmus+ y el Cuerpo Europeo de Solidaridad, y buscando sinergias entre distintos sectores. |
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33. |
Implique en mayor medida a los jóvenes, las organizaciones activas en el ámbito de la juventud y los grupos juveniles no formales en la planificación, la ejecución y el seguimiento de las iniciativas europeas que repercuten en sus vidas, como la nueva Bauhaus europea, el Pacto Europeo por el Clima y la Conferencia sobre el Futuro de Europa, teniendo en cuenta el papel que dichas iniciativas desempeñan en la creación de espacios cívicos para los jóvenes. |
(1) Resolución del Consejo de la Unión Europea y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027, p. 2 (DO C 456 de 18.12.2018, p. 1).
(2) Resolución del Consejo de la Unión Europea y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el Consejo, sobre un marco para la cooperación europea en el ámbito de la juventud: la Estrategia de la Unión Europea para la Juventud 2019-2027, p. 3 (DO C 456 de 18.12.2018, p. 1).
(3) Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre el Plan de Acción para la Democracia Europea (COM (2020) 790 de 3 de diciembre de 2020, p. 3).
(4) Este apartado está basado en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
(5) Conclusiones del Consejo sobre una recuperación tras la COVID-19 basada en los derechos humanos (6324/21 de 22 de febrero de 2021).
(6) Resolución del Consejo sobre el fomento de la participación política de los jóvenes en la vida democrática de Europa (DO C 417 de 15.12.2015, p. 10).
(7) Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados Miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el fomento de la conciencia democrática y el compromiso democrático de los jóvenes en Europa (DO C 415 de 1.12.2020, p. 16).
(8) Conclusiones del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el refuerzo de la gobernanza multinivel al fomentar la participación de los jóvenes en los procesos de toma de decisiones (DO C 241 de 21.6.2021, p. 3).
(9) El concepto de «espacios cívicos para los jóvenes» que se utiliza en las presentes Conclusiones está basado en la definición de la OCDE de espacios cívicos para agentes no gubernamentales.
(10) Versiones consolidadas del Tratado de la Unión Europea y del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO C 202 de 7.6.2016, p. 1).
(11) Foro Europeo de la Juventud: Safeguarding Civic Space for Young People in Europe (Proteger el espacio cívico para los jóvenes en Europa), p. 8.
(12) Asociación UE-Consejo de Europa por la Juventud, Deželan, Tomaž, y Yurttagüler, Laden (Plataforma Europea de Investigadores sobre la Juventud): Shrinking democratic space for youth (Reducción del espacio democrático para la juventud), 2021.
(13) Asociación UE-Consejo de Europa por la Juventud, Deželan, Tomaž, y Yurttagüler, Laden (Plataforma Europea de Investigadores sobre la Juventud): Shrinking democratic space for youth (Reducción del espacio democrático para la juventud), 2021.
(14) Declaración de Unicef: «Aumenta la preocupación por el bienestar de los niños y los jóvenes ante el incremento del tiempo que pasan frente a las pantallas», 8 de febrero de 2021.
(15) Smith, Neil: La nueva frontera urbana: ciudad revanchista y gentrificación, Traficantes de sueños, Madrid, 2013 (trad.: Hendel, V.; ed. orig. 1996). Day, Kristen: Introducing gender in the critique of privatized public space (Introducción del género en la crítica del espacio público privatizado), Journal of Urban Design, vol. 4, n.o 2, 1999. Kohn, M.: Brave new neighborhoods: The privatization of public space (El mejor de los barrios: la privatización del espacio público), Routledge, Nueva York, 2004.
(16) La Carta Europea de Información Juvenil es un conjunto de principios y directrices profesionales para el trabajo de información y asesoramiento a jóvenes.
ANEXO
Referencias
Al adoptar las presentes Conclusiones, el Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, toman nota de los siguientes documentos:
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Centro Común de Investigación, Informes científicos y técnicos: Measuring Civic Competence in Europe, A composite indicator based on IEA Civic Education Study 1999 for 14 years old in School [Medir la competencia cívica en Europa: un indicador combinado basado en el Estudio de 1999 de la Asociación Internacional para la Evaluación del Rendimiento Escolar (IEA) sobre educación cívica para escolares de catorce años], 2008. |
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Moxon, D., y Bárta, O., Informe temático del VI Ciclo de Diálogo Estructurado: Young People and the EU (Los jóvenes y la UE), Comité Director Europeo del VI Ciclo del Diálogo Estructurado, 2018. |
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Comisión Europea: Eurobarómetro, serie «Futuro de Europa», marzo de 2021. |
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Parlamento Europeo, Estudio para la Comisión CULT: La educación y la juventud en la Europa posterior a la COVID-19: efectos de la crisis y recomendaciones de actuación, PE 690.872, mayo de 2021. |
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Asociación UE-Consejo de Europa por la Juventud, Deželan, Tomaž, y Yurttagüler, Laden (Plataforma Europea de Investigadores sobre la Juventud): Shrinking democratic space for youth (Reducción del espacio democrático para la juventud), 2021. |
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Consejo de Europa, Asamblea Parlamentaria, Resolución 2096 (2016): How can inappropriate restrictions on NGO activities in Europe be prevented? (¿Cómo prevenir las restricciones inadecuadas de las actividades de las ONG en Europa?). |
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Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). |
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Asamblea General de la Agencia Europea de Información y Asesoramiento para los Jóvenes (ERYICA): Carta Europea de Información Juvenil, adoptada en Cascaes (Portugal) el 27 de abril de 2018. |
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Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones - Pacto Europeo por el Clima, COM(2020) 788 final. |
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Unión Europea, Conferencia sobre el Futuro de Europa, página web de la Comisión Europea relativa a la Conferencia sobre el Futuro de Europa. |