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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
64.° año |
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Sumario |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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RECOMENDACIONES |
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Banco Central Europeo |
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2021/C 370/01 |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2021/C 370/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10261 — USTC/CM Biomass Partners) ( 1 ) |
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2021/C 370/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10380 — Hg/TA/Insightsoftware) ( 1 ) |
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2021/C 370/04 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10232 — Brose/Sitech) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2021/C 370/05 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2021/C 370/06 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10441 — Bridgepoint/FFL/ACT) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2021/C 370/07 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10421 — Primonial/Société Générale/OPG Window) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2021/C 370/08 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9987 – NVIDIA/Arm) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
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ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
RECOMENDACIONES
Banco Central Europeo
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/1 |
RECOMENDACIÓN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 7 de septiembre de 2021
al Consejo de la Unión Europea sobre el auditor externo de la Banca d’Italia
(BCE/2021/41)
(2021/C 370/01)
EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo, en particular el artículo 27.1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Las cuentas del Banco Central Europeo (BCE) y de los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro son controladas por auditores externos independientes recomendados por el Consejo de Gobierno del BCE y aprobados por el Consejo de la Unión Europea. |
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(2) |
El mandato del actual auditor externo de la Banca d’Italia, BDO Italia S.p.A., expiró tras la auditoría del ejercicio de 2020. Por lo tanto, es preciso nombrar auditor externo a partir del ejercicio de 2021. |
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(3) |
La Banca d’Italia ha seleccionado a Deloitte & Touche S.p.A. como auditor externo para los ejercicios de 2021 y 2022. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
Se recomienda que Deloitte & Touche S.p.A. sea nombrado auditor externo de la Banca d’Italia para los ejercicios de 2021 y 2022.
Hecho en Fráncfort del Meno el 7 de septiembre de 2021.
La Presidenta del BCE
Christine LAGARDE
II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.10261 — USTC/CM Biomass Partners)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/02)
El 1 de septiembre de 2021, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32021M10261. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.10380 — Hg/TA/Insightsoftware)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/03)
El 30 de agosto de 2021, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32021M10380. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/4 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.10232 — Brose/Sitech)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/04)
El 28 de julio de 2021, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en alemán y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32021M10232. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/5 |
Tipo de cambio del euro (1)
14 de septiembre de 2021
(2021/C 370/05)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
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USD |
dólar estadounidense |
1,1814 |
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JPY |
yen japonés |
130,08 |
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DKK |
corona danesa |
7,4361 |
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GBP |
libra esterlina |
0,85260 |
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SEK |
corona sueca |
10,1453 |
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CHF |
franco suizo |
1,0887 |
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ISK |
corona islandesa |
151,20 |
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NOK |
corona noruega |
10,1745 |
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BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
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CZK |
corona checa |
25,389 |
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HUF |
forinto húngaro |
350,05 |
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PLN |
esloti polaco |
4,5542 |
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RON |
leu rumano |
4,9485 |
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TRY |
lira turca |
9,9848 |
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AUD |
dólar australiano |
1,6114 |
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CAD |
dólar canadiense |
1,4951 |
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HKD |
dólar de Hong Kong |
9,1899 |
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NZD |
dólar neozelandés |
1,6625 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,5870 |
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KRW |
won de Corea del Sur |
1 382,66 |
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ZAR |
rand sudafricano |
16,8097 |
|
CNY |
yuan renminbi |
7,6168 |
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HRK |
kuna croata |
7,4760 |
|
IDR |
rupia indonesia |
16 857,27 |
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MYR |
ringit malayo |
4,9170 |
|
PHP |
peso filipino |
58,868 |
|
RUB |
rublo ruso |
86,1062 |
|
THB |
bat tailandés |
38,927 |
|
BRL |
real brasileño |
6,1788 |
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MXN |
peso mexicano |
23,5067 |
|
INR |
rupia india |
87,0370 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/6 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10441 — Bridgepoint/FFL/ACT)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/06)
1.
El 6 de septiembre de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Esta notificación se refiere a las empresas siguientes:
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— |
Bridgepoint Group plc («Bridgepoint», Reino Unido), |
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— |
FFL B.V. («FFL», Países Bajos), |
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— |
Sustainable Market Solutions B.V y ACT Financial Solutions Group, (conjuntamente, «ACT», Países Bajos). |
Esta notificación se refiere a la propuesta de adquisición por Bridgepoint y FFL del control conjunto, a tenor del artículo 3, apartado 1, letra b) y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, de ACT, bajo el control de los fundadores y accionistas mayoritarios actuales de ACT.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:|
— |
Bridgepoint: inversiones de cartera, |
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— |
FFL: sociedad de cartera, |
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— |
ACT: ofrece soluciones energéticas sostenibles basadas en el mercado y relacionadas con los servicios de cumplimiento de la normativa medioambiental, la sostenibilidad de las empresas, los combustibles y las materias primas, y los instrumentos financieros. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10441 — Bridgepoint/FFL/ACT
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
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Comisión Europea |
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Dirección General de Competencia |
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Registro de Concentraciones |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/8 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10421 — Primonial/Société Générale/OPG Window)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/07)
1.
El 7 de septiembre de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Esta notificación se refiere a las empresas siguientes:
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— |
Primonial Real Estate Investment Management («Primonial REIM», Francia), bajo el control del grupo Bridgepoint («Bridgegroup», Reino Unido) y Latour Group («Latour», Francia). |
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— |
Sogécap (Francia), bajo el control del grupo Société Générale («Société Générale», Francia). |
|
— |
OPG Window (Francia). |
Primonial REIM y Sogécap adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad del activo objeto de la operación.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:|
— |
Primonial REIM: inversiones inmobiliarias, incluidas la investigación, el desarrollo y la distribución de soluciones de inversión estructurada, activos y servicios de gestión de inversiones inmobiliarias. |
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— |
Sogecap: ofrece a las redes de banca minorista y banca privada de Société Générale productos de seguros de vida con finalidad de ahorro y productos de protección. |
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— |
OPG Window: activo inmobiliario conocido como edificio «Window», sito en 19 Parvis de La Défense, Puteaux, Francia (92). |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10421 — Primonial/Société Générale/OPG Window
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
|
Comisión Europea |
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Dirección General de Competencia |
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Registro de Concentraciones |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
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15.9.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 370/10 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9987 – NVIDIA/Arm)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 370/08)
1.
El 8 de septiembre de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 y a raíz de un proceso de remisión con arreglo al artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Esta notificación se refiere a las empresas siguientes:
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— |
NVIDIA Corporation («NVIDIA», Estados Unidos). |
|
— |
Arm Limited («Arm», Reino Unido), perteneciente a SoftBank Group Corp. (Japón). |
NVIDIA adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de Arm.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:|
— |
NVIDIA: diseño y suministro de plataformas informáticas aceleradas, tales como unidades de procesamiento gráfico para juegos, centros de datos, visualización profesional y aplicaciones para automóviles. Gracias a su adquisición de Mellanox, finalizada en abril de 2020, NVIDIA suministra también productos y soluciones de interconexión de red. |
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Arm: desarrollo y concesión de licencias de propiedad intelectual a proveedores de semiconductores para su uso final, por ejemplo, en dispositivos móviles, servidores de datos, sistemas de automoción, ordenadores personales e Internet de las cosas. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9987 — NVIDIA/Arm
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
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Comisión Europea |
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Dirección General de Competencia |
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Registro de Concentraciones |
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1049 Bruselas |
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BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).