ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 357

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

64.° año
6 de septiembre de 2021


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2021/C 357/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2021/C 357/02

Asunto C-103/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 24 de Madrid) — Sindicato Único de Sanidad e Higiene (SUSH) de la Comunidad de Madrid, Sindicato de Sanidad de Madrid de la Confederación General del Trabajo (CGT) / Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada — Cláusula 5, apartado 1 — Sucesivas relaciones de servicio de duración determinada en el sector de la sanidad pública — Concepto de razones objetivas — Concepto de medidas legales equivalentes para prevenir los abusos — Transformación de nombramientos de personal estatutario eventual en nombramientos de personal estatutario interino — Necesidad permanente de personal estatutario temporal)

2

2021/C 357/03

Asunto C-268/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 1 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 7 de Orense) — UP / Banco Santander, S. A., anteriormente Banco Pastor, S. A. U. [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Contrato de préstamo hipotecario — Cláusulas abusivas — Cláusula limitadora de la variabilidad del tipo de interés (llamada cláusula suelo) — Contrato de novación — Falta de carácter vinculante]

3

2021/C 357/04

Asunto C-198/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — MN, DN, JN, ZN / X Bank S.A. (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Artículo 2, letra b) — Concepto de consumidor — Crédito hipotecario denominado en divisa extranjera — Artículos 3 y 4 — Apreciación del carácter abusivo de una cláusula)

4

2021/C 357/05

Asunto C-359/20 P: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 29 de junio de 2021 — Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon / Comisión Europea [Recurso de casación — Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Cláusula compromisoria — Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013) — Acuerdo de subvención — Costes no elegibles — Decisión de recuperación — Recurso del beneficiario ante el Tribunal General sobre la base del artículo 272 TFUE — Desnaturalización de los hechos — Plazo razonable — Principio de buena fe — Confianza legítima — Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado]

4

2021/C 357/06

Asuntos acumulados C-456/20 P a C-458/20 P: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 16 de junio de 2021 — Crédit agricole SA (C-456/20 P), Crédit agricole Corporate and Investment Bank (C-457/20 P), CA Consumer Finance (C-458/20 P) / Banco Central Europeo [Recurso de casación — Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Política económica y monetaria — Reglamento (UE) n.o 1024/2013 — Artículo 18, apartado 1 — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Tareas específicas encomendadas al Banco Central Europeo (BCE) — Imposición de una sanción pecuniaria administrativa por incumplimiento de los requisitos prudenciales — Reglamento (UE) n.o 575/2013 — Artículo 26, apartado 3 — Requisitos de fondos propios — Instrumentos de capital — Emisiones de acciones ordinarias — Clasificación como elementos del capital de nivel 1 ordinario (CET 1) — Falta de autorización previa de la autoridad competente — Infracción por negligencia]

5

2021/C 357/07

Asunto C-186/21 PPU: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije — Eslovenia) J.A. / Republika Slovenija (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Política de inmigración y asilo — Protección internacional — Directiva 2013/33/UE — Artículo 8, apartado 3, párrafo primero, letra d) — Internamiento de los solicitantes de protección internacional — Solicitante internado en el marco de un procedimiento de retorno con arreglo a la Directiva 2008/115/CE y respecto del cual existen motivos razonables para pensar que únicamente presenta la solicitud de protección internacional para retrasar o frustrar la ejecución de la decisión de retorno — Criterios objetivos que permiten fundamentar tales motivos — Solicitante que ya ha tenido la oportunidad de acceder al procedimiento de asilo)

5

2021/C 357/08

Asunto C-329/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 26 de mayo de 2021 — DIGI Communications NV / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Hivatala

6

2021/C 357/09

Asunto C-332/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti (Rumanía) el 27 de mayo de 2021 — Quadrant Amroq Beverages SRL / Agenţia Naţională de Administrare Fiscală — Direcţia Generală de Administrare a Marilor Contribuabili

7

2021/C 357/10

Asunto C-355/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy (Polonia) el 7 de junio de 2021 — Procter & Gamble International Operations SA / Perfumesco.pl sp. z o.o., sp. k.

8

2021/C 357/11

Asunto C-362/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Veliko Tarnovo (Bulgaria) el 9 de junio de 2021 — Ekofrukt EOOD / Direktor na Direktsia Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika Veliko Tarnovo

9

2021/C 357/12

Asunto C-366/21 P: Recurso de casación interpuesto el 9 de junio de 2021 por Maxime Picard contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera ampliada) dictada el 24 de marzo de 2021 en el asunto T-769/16, Picard / Comisión

9

2021/C 357/13

Asunto C-374/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 18 de junio de 2021 — Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas IP (IFAP) / AB, CD, EF

10

2021/C 357/14

Asunto C-383/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Bélgica) el 24 de junio de 2021 — Société de Logement de Service public (SLSP) Sambre & Biesme, SCRL / Société wallonne du logement

11

2021/C 357/15

Asunto C-384/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Bélgica) el 24 de junio de 2021 — Commune de Farciennes / Société wallonne du logement

12

2021/C 357/16

Asunto C-397/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 29 de junio de 2021 — HUMDA Magyar Autó-Motorsport Fejlesztési Ügynökség Zrt. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

13

2021/C 357/17

Asunto C-404/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Ordinario di Asti (Italia) el 30 de junio de 2021 — WP / Istituto nazionale della previdenza sociale, Repubblica italiana

14

2021/C 357/18

Asunto C-407/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 2 de julio de 2021 — Union fédérale des consommateurs — Que choisir (UFC — Que choisir), Consommation, logement et cadre de vie (CLCV) / Premier ministre, Ministre de l’Économie, des Finances et de la Relance

14

2021/C 357/19

Asunto C-103/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 3 de junio de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — RC / Autoridade Tributária e Aduaneira

15

2021/C 357/20

Asunto C-104/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Nivelles — Bélgica) — SD / Habitations sociales du Roman Païs SCRL, TE, en su condición de administrador concursal de la Régie des Quartiers de Tubize ASBL

15

2021/C 357/21

Asunto C-392/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 4 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Mokotowa w Warszawie — Polonia) — Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas / Miejskie Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej sp. z o.o.

16

2021/C 357/22

Asunto C-516/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Köln — Alemania) — JT, NQ / Ryanair DAC

16

2021/C 357/23

Asunto C-618/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 1 de Córdoba) — ZU, TV / Ryanair Ltd

16

2021/C 357/24

Asunto C-672/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Korneuburg — Austria) — L GmbH / FK

16

2021/C 357/25

Asunto C-76/21: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 14 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Wacker Chemie AG / Bundesrepublik Deutschland, representada por la Umweltbundesamt

17

2021/C 357/26

Asunto C-172/21: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Köln — Alemania) — EF / Deutsche Lufthansa AG

17

2021/C 357/27

Asunto C-287/21: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 14 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg — Austria) — FC/ FTI Touristik GmbH

17

 

Tribunal General

2021/C 357/28

Asunto T-65/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — AI/ECDC (Función pública — Personal del ECDC — Acoso psicológico — Artículo 12 bis del Estatuto — Solicitud de asistencia — Alcance del deber de asistencia — Artículo 24 del Estatuto — Dimisión del autor de los comportamientos denunciados — Inexistencia de incoación de un procedimiento disciplinario — Artículo 86 del Estatuto — Respuesta a la solicitud de asistencia — Recurso de anulación — Acto lesivo — Vulneración del derecho a ser oído — Falta de motivación — Denegación de acceso al informe de investigación y a otros documentos — Artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Responsabilidad)

18

2021/C 357/29

Asunto T-164/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — AQ/eu-LISA [Función pública — Agentes temporales — Baja por enfermedad — Rescisión de contrato sin preaviso — Artículo 16 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (RAA) — Artículo 48, letra b), del RAA — Deber de solicitud — Artículo 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Responsabilidad — Daño material — Daño moral — Relación de causalidad]

19

2021/C 357/30

Asunto T-253/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — BG/Parlamento (Función pública — Asistentes parlamentarios acreditados — Resolución del contrato — Ruptura del vínculo de confianza — Obligación de motivación — Derecho a ser oído — Acoso psicológico — Solicitud de asistencia — Represalias — Errores manifiestos de apreciación — Responsabilidad)

19

2021/C 357/31

Asunto T-670/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Carbajo Ferrero/Parlamento (Función pública — Funcionarios — Procedimiento para el nombramiento de un puesto de director — Anuncio de vacante — Desestimación de la candidatura del demandante y nombramiento de otro candidato — Deber de motivación — Excepción de ilegalidad de los actos que establecen las normas internas de procedimiento — Irregularidad del procedimiento de selección — Error manifiesto de apreciación — Inexactitud de la información facilitada a la AFPN — Transparencia — Igualdad de trato — Responsabilidad — Daños materiales y morales)

20

2021/C 357/32

Asunto T-716/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Interpipe Niko Tube e Interpipe Nizhnedneprovsky Tube Rolling Plant/Comisión [Dumping — Importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro o acero, originarios de Rusia y Ucrania — Reconsideración provisional — Cálculo del valor normal — Gastos de venta, generales y administrativos — Ventas entre sociedades vinculadas — Operaciones comerciales normales — Entidad económica única — Artículo 2, apartados 3, 4 y 6, del Reglamento (UE) 2016/1036 — Precio de exportación — Ajuste — Funciones similares a las de un agente que trabaja a comisión — Artículo 2, apartado 10, letra i), del Reglamento 2016/1036 — Error manifiesto de apreciación — Método diferente del utilizado en una investigación anterior — Artículo 11, apartado 9, del Reglamento 2016/1036 — Confianza legítima — Derecho de defensa]

21

2021/C 357/33

Asunto T-810/19: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Victoria’s Secret Stores Brand Management/EUIPO — Yiwu Dearbody Cosmetics (BODYSECRETS) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión BODYSECRETS — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Carácter habitual — Artículos 7, apartado 1, letras b), c) y d), y 52, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 7, apartado 1, letras b), c) y d), y 59, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

21

2021/C 357/34

Asunto T-65/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Kneissl Holding/EUIPO — LS 9 (KNEISSL) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de caducidad — Marca denominativa de la Unión KNEISSL — Declaración parcial de caducidad — Falta de uso efectivo de la marca — Importancia del uso — Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Regla 22, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2868/95 [actualmente artículo 10, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 — Abuso de derecho]

22

2021/C 357/35

Asunto T-119/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — IN/EASME (Función pública — Agentes temporales — Contrato de duración determinada — Decisión de no renovación — Informe de calificación — Derecho a ser oído — Deber de asistencia y protección — Error manifiesto de apreciación — Plazo razonable — Responsabilidad — Daño moral)

23

2021/C 357/36

Asunto T-170/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento (Derecho institucional — Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Dietas de asistencia parlamentaria — Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas — Carga de la prueba — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Error de Derecho — Error de apreciación — Proporcionalidad)

23

2021/C 357/37

Asunto T-171/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento (Derecho institucional — Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Dietas de asistencia parlamentaria — Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas — Carga de la prueba — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Error de Derecho — Error de apreciación — Proporcionalidad)

24

2021/C 357/38

Asunto T-172/20: Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento (Derecho institucional — Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo — Dietas de asistencia parlamentaria — Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas — Carga de la prueba — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Error de Derecho — Error de apreciación — Proporcionalidad)

24

2021/C 357/39

Asunto T-357/20: Auto del Tribunal General de 9 de julio de 2021 — Kozhuvchanka uvoz-izvoz Kavadarci/EUIPO (NASHE MAKEDONSKO PILSNER BEER MACEDONIAN PREMIUM BEER) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca figurativa de la Unión NASHE MAKEDONSKO PILSNER BEER MACEDONIAN PREMIUM BEER — Motivo de denegación absoluto — Carácter descriptivo — Origen geográfico — Artículo 7, apartado 1, letra c), du Reglamento (UE) 2017/1001 — Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno]

25

2021/C 357/40

Asunto T-352/21: Recurso interpuesto el 13 de junio de 2021— Oi dromoi tis Elias/Comisión

26

2021/C 357/41

Asunto T-361/21: Recurso interpuesto el 22 de junio de 2021 — Syndesmos Tyrokomon Kyprou y otros/Comisión

26

2021/C 357/42

Asunto T-416/21: Recurso interpuesto el 11 de julio de 2021 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

27

2021/C 357/43

Asunto T-417/21: Recurso interpuesto el 11 de julio de 2021 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

28

2021/C 357/44

Asunto T-423/21: Recurso interpuesto el 13 de julio de 2021 — Gioioso/EUIPO — Maxi Di (MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT)

29

2021/C 357/45

Asunto T-429/21: Recurso interpuesto el 14 de julio de 2021 — Aldi Einkauf/EUIPO — Cantina sociale Tollo (ALDIANO)

29

2021/C 357/46

Asunto T-430/21: Recurso interpuesto el 15 de julio de 2021 — Apex Brands/EUIPO — Sartorius Werkzeuge (SATA)

30

2021/C 357/47

Asunto T-432/21: Recurso interpuesto el 16 de julio de 2021 — Sushi&Food Factor/EUIPO (READY 4YOU)

31

2021/C 357/48

Asunto T-433/21: Recurso interpuesto el 16 de julio de 2021 — Vitronic/EUIPO (Enforcement Trailer)

31

2021/C 357/49

Asunto T-438/21: Recurso interpuesto el 15 de julio de 2021 — TL/Comisión

32

2021/C 357/50

Asunto T-439/21: Recurso interpuesto el 20 de julio de 2021 — Anglofranchise/EUIPO — Bugrey (BOY LONDON)

33

2021/C 357/51

Asunto T-444/21: Recurso interpuesto el 23 de julio de 2021 — Ryanair/Comisión

34

2021/C 357/52

Asunto T-552/20: Auto del Tribunal General de 2 de julio de 2021 — MD/Comisión

34


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2021/C 357/01)

Última publicación

DO C 349 de 30.8.2021

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 338 de 23.8.2021

DO C 329 de 16.8.2021

DO C 320 de 9.8.2021

DO C 310 de 2.8.2021

DO C 297 de 26.7.2021

DO C 289 de 19.7.2021

Estos textos se encuentran disponibles en

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V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/2


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 2 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 24 de Madrid) — Sindicato Único de Sanidad e Higiene (SUSH) de la Comunidad de Madrid, Sindicato de Sanidad de Madrid de la Confederación General del Trabajo (CGT) / Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid

(Asunto C-103/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada - Cláusula 5, apartado 1 - Sucesivas relaciones de servicio de duración determinada en el sector de la sanidad pública - Concepto de «razones objetivas» - Concepto de «medidas legales equivalentes para prevenir los abusos» - Transformación de nombramientos de personal estatutario eventual en nombramientos de personal estatutario interino - Necesidad permanente de personal estatutario temporal)

(2021/C 357/02)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.o 24 de Madrid

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Sindicato Único de Sanidad e Higiene (SUSH) de la Comunidad de Madrid y Sindicato de Sanidad de Madrid de la Confederación General del Trabajo (CGT)

Demandada: Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid

Fallo

1)

La cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 y que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada, debe interpretarse en el sentido de que incumbe al órgano jurisdiccional nacional apreciar, con arreglo al conjunto de normas de su Derecho nacional aplicables, si medidas nacionales que prevén la reclasificación de un tipo de personal temporal, transformando los nombramientos de personal estatutario eventual en nombramientos de personal estatutario interino, y su posible consolidación en el empleo al término de procesos de selección destinados a proveer de manera definitiva los puestos ocupados provisionalmente por este último personal constituyen medidas adecuadas para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos como consecuencia de la sucesiva utilización de contratos o relaciones laborales de duración determinada, o medidas legales equivalentes, conforme a dicha disposición. Si aprecia que no es así, incumbe a ese órgano jurisdiccional comprobar si existen en la normativa nacional aplicable otras medidas efectivas para prevenir y sancionar tales abusos.

2)

La cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999 y que figura en el anexo de la Directiva 1999/70, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que reserva únicamente al personal estatutario eventual la facultad de obtener la transformación en personal estatutario interino, en el caso de que tal transformación constituya una medida adecuada para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos como consecuencia de la sucesiva utilización de contratos o relaciones laborales de duración determinada, o una medida legal equivalente, conforme a dicha disposición, siempre que en el ordenamiento jurídico nacional existan otras medidas eficaces para prevenir y sancionar tales abusos respecto de los empleados públicos temporales que no tienen la condición de personal estatutario eventual, circunstancia que corresponde verificar al órgano jurisdiccional nacional.


(1)  DO C 319 de 23.9.2019.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/3


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 1 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia n.o 7 de Orense) — UP / Banco Santander, S. A., anteriormente Banco Pastor, S. A. U.

(Asunto C-268/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Contrato de préstamo hipotecario - Cláusulas abusivas - Cláusula limitadora de la variabilidad del tipo de interés (llamada cláusula «suelo») - Contrato de novación - Falta de carácter vinculante)

(2021/C 357/03)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de Primera Instancia n.o 7 de Orense

Partes en el procedimiento principal

Demandante: UP

Demandada: Banco Santander, S. A., anteriormente Banco Pastor, S. A. U.

Fallo

1)

El artículo 6, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a que una cláusula de un contrato celebrado entre un profesional y un consumidor, cuyo carácter abusivo puede ser declarado judicialmente, pueda ser objeto de un contrato de novación entre ese profesional y ese consumidor, siempre que, en el momento de la celebración de este contrato de novación, el consumidor fuera consciente del carácter no vinculante de esa cláusula y de las consecuencias que ello conllevaba, de forma que su adhesión a dicho contrato de novación proceda de un consentimiento libre e informado, extremo este que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.

2)

Los artículos 3, apartado 1, y 4, apartado 2, de la Directiva 93/13 deben interpretarse en el sentido de que la exigencia de transparencia que tales disposiciones imponen a un profesional implica que, en el momento de la celebración de un contrato de novación entre un profesional y un consumidor, cuyas cláusulas no se han negociado individualmente y que tiene por finalidad modificar una cláusula potencialmente abusiva de un contrato anterior celebrado por estas mismas partes, ese profesional proporcione a ese consumidor la información pertinente que le permita comprender las consecuencias jurídicas que se derivan para él de esta circunstancia y, en particular, el hecho de que la cláusula inicial podía ser eventualmente abusiva, extremo este que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 238 de 15.7.2019.


6.9.2021   

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C 357/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie — Polonia) — MN, DN, JN, ZN / X Bank S.A.

(Asunto C-198/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Artículo 2, letra b) - Concepto de «consumidor» - Crédito hipotecario denominado en divisa extranjera - Artículos 3 y 4 - Apreciación del carácter abusivo de una cláusula)

(2021/C 357/04)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla Warszawy-Woli w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandante: MN, DN, JN, ZN

Demandada: X Bank S.A.

con intervención de: Rzecznik Praw Obywatelskich

Fallo

La protección prevista por la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores beneficia a todos los consumidores y no solo a aquel que puede ser considerado un «consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz».


(1)  DO C 304 de 14.9.2020.


6.9.2021   

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C 357/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 29 de junio de 2021 — Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon / Comisión Europea

(Asunto C-359/20 P) (1)

(Recurso de casación - Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Cláusula compromisoria - Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013) - Acuerdo de subvención - Costes no elegibles - Decisión de recuperación - Recurso del beneficiario ante el Tribunal General sobre la base del artículo 272 TFUE - Desnaturalización de los hechos - Plazo razonable - Principio de buena fe - Confianza legítima - Recurso de casación en parte manifiestamente inadmisible y en parte manifiestamente infundado)

(2021/C 357/05)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Recurrente: Talanton AE — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon (representantes: K. Damis y M. Angelopoulos, dikigoroi)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: A. Katsimerou y E. A. Stamate, agentes)

Fallo

1.

Desestimar el recurso de casación por ser, en parte, manifiestamente inadmisible y, en parte, manifiestamente infundado.

2.

Condenar en costas a Talanton Anonymi Emporiki — Symvouleftiki-Ekpaideftiki Etaireia Dianomon, Parochis Ypiresion Marketing kai Dioikisis Epicheiriseon.


(1)  DO C 320 de 28.9.2020.


6.9.2021   

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C 357/5


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 16 de junio de 2021 — Crédit agricole SA (C-456/20 P), Crédit agricole Corporate and Investment Bank (C-457/20 P), CA Consumer Finance (C-458/20 P) / Banco Central Europeo

(Asuntos acumulados C-456/20 P a C-458/20 P) (1)

(Recurso de casación - Artículo 181 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Política económica y monetaria - Reglamento (UE) n.o 1024/2013 - Artículo 18, apartado 1 - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Tareas específicas encomendadas al Banco Central Europeo (BCE) - Imposición de una sanción pecuniaria administrativa por incumplimiento de los requisitos prudenciales - Reglamento (UE) n.o 575/2013 - Artículo 26, apartado 3 - Requisitos de fondos propios - Instrumentos de capital - Emisiones de acciones ordinarias - Clasificación como elementos del capital de nivel 1 ordinario (CET 1) - Falta de autorización previa de la autoridad competente - Infracción por negligencia)

(2021/C 357/06)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrentes: Crédit agricole SA (C-456/20 P), Crédit agricole Corporate and Investment Bank (C-457/20 P), CA Consumer Finance (C-458/20 P) (representantes: A. Champsaur y A. Delors, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Banco Central Europeo (representantes: C. Hernández Saseta, A. Pizzolla y D. Segoin, agentes)

Fallo

1.

Desestimar los recursos de casación por ser, en parte, manifiestamente inadmisibles y, en parte, manifiestamente infundados.

2.

Condenar en costas a Crédit agricole SA, a Crédit agricole Corporate and Investment Bank y a CA Consumer Finance.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


6.9.2021   

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C 357/5


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 3 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Upravno sodišče Republike Slovenije — Eslovenia) J.A. / Republika Slovenija

(Asunto C-186/21 PPU) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Política de inmigración y asilo - Protección internacional - Directiva 2013/33/UE - Artículo 8, apartado 3, párrafo primero, letra d) - Internamiento de los solicitantes de protección internacional - Solicitante internado en el marco de un procedimiento de retorno con arreglo a la Directiva 2008/115/CE y respecto del cual existen motivos razonables para pensar que únicamente presenta la solicitud de protección internacional para retrasar o frustrar la ejecución de la decisión de retorno - Criterios objetivos que permiten fundamentar tales motivos - Solicitante que ya ha tenido la oportunidad de acceder al procedimiento de asilo)

(2021/C 357/07)

Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Upravno sodišče Republike Slovenije

Partes en el procedimiento principal

Demandante: J.A.

Demandada: Republika Slovenija

Fallo

El artículo 8, apartado 3, párrafo primero, letra d), de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional debe interpretarse en el sentido de que el hecho de que un solicitante de protección internacional ya haya tenido la oportunidad de acceder al procedimiento de asilo constituye un criterio objetivo a efectos de esta disposición.


(1)  DO C 206 de 31.5.2021.


6.9.2021   

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C 357/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 26 de mayo de 2021 — DIGI Communications NV / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Hivatala

(Asunto C-329/21)

(2021/C 357/08)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: DIGI Communications NV

Demandada: Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Hivatala

Coadyuvante: Magyar Telekom Nyrt.

Cuestiones prejudiciales

1)

1.1

¿Puede considerarse competidora de las empresas destinatarias de una decisión de la autoridad nacional de reglamentación, en el sentido del artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (1) (Directiva marco), una empresa registrada y que opera en otro Estado miembro, que no presta ella misma servicios de comunicaciones electrónicas en el mercado al que se refiere la decisión, cuando una empresa que está bajo su control directo está presente en el mercado de referencia como proveedor de servicios y compite en él con las empresas destinatarias de la decisión?

1.2

Para responder a la cuestión 1.1, ¿es necesario examinar si la sociedad matriz que desea interponer el recurso forma una unidad económica con la empresa que está bajo su control y que está presente como competidora en el mercado de referencia?

2)

2.1

¿Es un procedimiento de subasta llevado a cabo por una autoridad nacional de reglamentación en el sentido del artículo 4, apartado 1, de la Directiva marco y del artículo 7 de la Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (2) (Directiva autorización), que tiene por objeto los derechos de uso de frecuencias en apoyo del despliegue de la 5G y relacionados con servicios adicionales de banda ancha inalámbrica, un procedimiento destinado a la defensa de la competencia? ¿Debe interpretarse también que la decisión de la autoridad nacional de reglamentación por la que se declara el resultado de dicho procedimiento de subasta tiene como objetivo la defensa de la competencia en este sentido?

2.2

En el supuesto de que el Tribunal de Justicia responda afirmativamente a la cuestión 2.1, ¿afecta al objetivo de defensa de la competencia de la decisión el hecho de que la autoridad nacional de reglamentación denegara, mediante decisión definitiva contenida en una resolución separada, el registro de su oferta a la empresa que interpone un recurso judicial, lo que tuvo como consecuencia que esta última no pudiera participar en el procedimiento de subasta y, por tanto, que no fuera destinataria de la decisión que determinó el resultado del procedimiento?

3)

3.1

¿Debe interpretarse el artículo 4, apartado 1, de la Directiva marco, a la luz del artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales, en el sentido de que únicamente confiere un derecho de recurso contra una decisión de una autoridad nacional de reglamentación a una empresa:

a)

cuya posición en el mercado se vea directa y efectivamente afectada por la decisión, o bien

b)

respecto de cuya posición en el mercado se demuestre que es altamente probable que pueda verse afectada por la decisión; o bien

c)

cuya posición en el mercado pueda verse afectada directa o indirectamente por la decisión?

3.2

¿Queda demostrada en sí misma la afectación a la que se refiere la cuestión 3.1 por el hecho de que la empresa presentó una oferta en el procedimiento de subasta, es decir, que deseaba participar en él pero que no lo consiguió por no cumplir los requisitos, o bien el tribunal puede exigirle legítimamente que además demuestre esa afectación mediante pruebas?

4)

A la luz de las respuestas dadas a las cuestiones prejudiciales primera a tercera, ¿debe interpretarse el artículo 4, apartado 1, de la Directiva marco, en relación con el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales, en el sentido de que constituye una empresa proveedora de servicios de comunicaciones electrónicas que se ve afectada por la decisión de la autoridad nacional de reglamentación por la que se declara el resultado de un procedimiento de subasta de los derechos de uso de frecuencias en apoyo del despliegue de la 5G y relacionados con servicios adicionales de banda ancha inalámbrica, y que, por tanto, tiene derecho a recurrir, una empresa:

que no lleva a cabo una actividad económica de prestación de servicios en el mercado de referencia, pero una empresa bajo su control directo presta servicios de comunicaciones electrónicas en ese mismo mercado, y

a la que se denegó la inscripción en el procedimiento de subasta mediante resolución firme y definitiva de la autoridad nacional de reglamentación, antes de que se adoptase la decisión por la que se declara el resultado del procedimiento de subasta impugnado, lo que la excluyó de la participación ulterior en el procedimiento de subasta?


(1)  Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) (DO 2002, L 108, p. 33).

(2)  Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización). (DO 2002, L 108, p. 21).


6.9.2021   

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C 357/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti (Rumanía) el 27 de mayo de 2021 — Quadrant Amroq Beverages SRL / Agenţia Naţională de Administrare Fiscală — Direcţia Generală de Administrare a Marilor Contribuabili

(Asunto C-332/21)

(2021/C 357/09)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bucureşti

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Quadrant Amroq Beverages SRL

Demandada: Agenţia Naţională de Administrare Fiscală — Direcţia Generală de Administrare a Marilor Contribuabili

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 27, apartado 1, letra e), de la Directiva 92/83/CEE (1) en el sentido de que solo están exentos de los impuestos especiales los productos de tipo alcohol etílico utilizados en la producción de aromatizantes para la elaboración de bebidas no alcohólicas cuyo grado alcohólico volumétrico adquirido no supera el 1,2 %, o en sentido de que también están exentos los productos de tipo alcohol etílico que ya se han utilizado en la producción de tales aromatizantes que hayan sido o vayan a ser utilizados para la elaboración de bebidas no alcohólicas cuyo grado alcohólico volumétrico adquirido no supera el 1,2 %?

2)

En el contexto de los objetivos y de la estructura general de la Directiva 92/83/CEE, ¿debe interpretarse el artículo 27, apartado 1, letra e), de esta en el sentido de que, una vez que los productos de tipo alcohol etílico destinados a la comercialización en otro Estado miembro ya han sido despachados a consumo en un primer Estado miembro, estando exentos de impuestos especiales por utilizarse en la producción de aromatizantes para la elaboración de bebidas no alcohólicas cuyo grado alcohólico volumétrico adquirido no supera el 1,2 %, el Estado miembro de destino deberá dispensarles un trato idéntico en su territorio?

3)

¿Deben interpretarse el artículo 27, apartado 1, letra e), y apartado 2, letra d), de la Directiva 92/83/CEE, así como los [principios] de efectividad y [proporcionalidad], en el sentido de que permiten que un Estado miembro establezca requisitos de procedimiento según los cuales la exención está supeditada al requisito de que quien utiliza los productos sujetos a impuestos especiales tenga la condición de destinatario registrado y el vendedor de tales productos la de depositario autorizado, aunque el Estado miembro en el que se adquieren estos productos no exige que el agente económico que los comercializa tenga la condición de depósito fiscal?

4)

En el contexto de los objetivos y de la estructura general de la Directiva 92/83/CEE, ¿se oponen los principios de proporcionalidad y de efectividad, en relación con el artículo 27, apartado 1, letra e), de esta, a que la exención establecida por este precepto se deniegue a un contribuyente de un Estado miembro de destino que haya recibido productos de tipo alcohol etílico, sobre la base de que tales productos han sido considerados exentos conforme a una interpretación oficial de estos preceptos de la Directiva por las autoridades fiscales del Estado miembro de origen, constante durante un largo período, transpuesta al Derecho interno y aplicada en la práctica, pero que posteriormente resultó errónea, cuando en las circunstancias de que se trata queda excluida la existencia de fraude o de evasión fiscal en materia de impuestos especiales?


(1)  Directiva 92/83/CEE del Consejo, de 19 de octubre de 1992, relativa a la armonización de las estructuras de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas (DO 1992, L 316, p. 21).


6.9.2021   

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C 357/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy (Polonia) el 7 de junio de 2021 — Procter & Gamble International Operations SA / Perfumesco.pl sp. z o.o., sp. k.

(Asunto C-355/21)

(2021/C 357/10)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Najwyższy

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Procter & Gamble International Operations SA

Demandada: Perfumesco.pl sp. z o.o., sp. k.

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 10 de la Directiva 2004/48/CE, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, (1) en el sentido de que se opone a la interpretación de una disposición nacional según la cual la medida de protección consistente en la destrucción de las mercancías se refiere únicamente a las fabricadas o designadas ilícitamente y no puede aplicarse a las mercancías comercializadas ilícitamente en el Espacio Económico Europeo respecto de las cuales no pueda afirmarse que hayan sido fabricadas o designadas ilícitamente?


(1)  Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual (DO 2004, L 157, p. 45).


6.9.2021   

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C 357/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Administrativen sad Veliko Tarnovo (Bulgaria) el 9 de junio de 2021 — Ekofrukt EOOD / Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» Veliko Tarnovo

(Asunto C-362/21)

(2021/C 357/11)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Administrativen sad Veliko Tarnovo

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ekofrukt EOOD

Demandada: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika»“ Veliko Tarnovo

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 25, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE, (1) en el sentido de que es contrario a Derecho declarar la nulidad de un acto administrativo adoptado en forma de documento electrónico si se firmó mediante una firma electrónica que no es una «firma electrónica cualificada»?

2.

Para establecer si una firma electrónica es o no una firma cualificada, ¿basta con la inscripción de la «firma electrónica cualificada» en el certificado expedido por el prestador de servicios de confianza, o debe constatar el órgano jurisdiccional que se cumple lo dispuesto en el artículo 26 y el anexo I del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE?

3.

En un supuesto como el que se ha descrito anteriormente, en el que el prestador califica la firma electrónica de «profesional», ¿es suficiente esta circunstancia para la constatación de que no existe una «firma electrónica cualificada», a falta de un certificado cualificado del prestador, o debe determinarse si las firmas cumplen los requisitos de una firma electrónica cualificada?

4.

En el marco del control de la conformidad de la firma electrónica cualificada con los requisitos del anexo I del Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE, ¿el hecho de que los nombres del titular de la firma electrónica se indiquen en caracteres latinos y no en caracteres cirílicos, con los que la persona en cuestión se identifica, constituye una infracción del citado Reglamento que conlleva la inexistencia de una firma electrónica cualificada?


(1)  Reglamento (UE) n.o 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE (DO 2014, L 257, p. 73).


6.9.2021   

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C 357/9


Recurso de casación interpuesto el 9 de junio de 2021 por Maxime Picard contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera ampliada) dictada el 24 de marzo de 2021 en el asunto T-769/16, Picard / Comisión

(Asunto C-366/21 P)

(2021/C 357/12)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Maxime Picard (representante: S. Orlandi, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 24 de marzo de 2021 en el asunto Picard/Comisión, T-769/16.

Anule la decisión por la que se fijan de manera anticipada determinados elementos de los derechos de pensión del recurrente, o la no adopción de tal decisión impuesta por el Estatuto resultante del mensaje que le fue enviado el 4 de enero de 2016 por el gestor del sector «Pensiones» en el que, en respuesta a su solicitud del mismo día, se le indicaba que el cálculo de sus derechos de pensión se había modificado a raíz de su nueva contratación en el GF II con efectos desde el 1 de junio de 2014, que la edad a la que accedería a la jubilación había pasado a 66 años y que el tipo anual de adquisición de sus derechos de pensión sería del 1,8 % a contar desde el 1 de junio de 2014.

En la medida de lo necesario, anule la decisión de 25 de julio de 2016 del director de la Dirección E de la DG «Recursos humanos» de la Comisión, en cuanto en ella se declara inadmisible por no ser un acto lesivo y con carácter subsidiario se declara infundada la reclamación de 1 de abril de 2016 del recurrente contra la decisión o la no adopción de tal decisión resultante de la respuesta de 4 de enero de 2016.

Condene a la Comisión al pago de las costas de ambas instancias.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte recurrente alega que la sentencia recurrida adolecía de un error de Derecho en la medida en que el Tribunal General había limitado el alcance de las medidas transitorias de los artículos 21 y 22 a excepción de su apartado 4, 23, 24 bis y 31, apartados 6 y 7, del anexo XIII del Estatuto que se aplican «por analogía a los otros agentes empleados a 31 de diciembre de 2013» de conformidad con el artículo 1, apartado 1, del anexo del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea («ROA»).

En efecto, el Tribunal General había declarado erróneamente que la celebración de un nuevo contrato de agente contractual, después de la entrada en vigor de la reforma del Estatuto de 2014, para acceder a un grupo de funciones superior, era asimilable para una aplicación por analogía de las reglas transitorias, en el caso de los agentes contractuales, al «cese definitivo en sus funciones» de un funcionario que pone fin a la aplicación de dichas disposiciones transitorias.

Por eso, el Tribunal General incumplió, en particular, los objetivos perseguidos por el legislador, las características del régimen de pensiones de los funcionarios y otros agentes de la Unión, la terminología utilizada en el artículo 1, apartado 1, del anexo al ROA al asimilar, erróneamente, en ese marco la celebración de un nuevo contrato inmediatamente después de otro anterior, a un «cese en el servicio» o a una «extinción del contrato» pese a la continuidad tanto de la afiliación al mismo régimen de pensiones como del servicio prestado en la misma institución en calidad de agente contractual.


6.9.2021   

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C 357/10


Petición de decisión prejudicial planteada por el Supremo Tribunal Administrativo (Portugal) el 18 de junio de 2021 — Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas IP (IFAP) / AB, CD, EF

(Asunto C-374/21)

(2021/C 357/13)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Supremo Tribunal Administrativo

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Instituto de Financiamento da Agricultura e Pescas IP (IFAP)

Recurridas: AB, CD, EF

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Se opone el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95, (1) de 18 de diciembre de 1995, a una normativa nacional según la cual no se puede aplicar la prescripción por el transcurso del plazo de cuatro u ocho años en un proceso judicial de ejecución forzosa incoado, ya que dicha cuestión solo puede apreciarse en el marco de un recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el acto por el que se ordena la devolución de los importes indebidamente percibidos por haberse constatado una irregularidad?

En caso de respuesta negativa a esta cuestión, se pregunta lo siguiente:

2)

¿Debe considerarse el plazo de tres años previsto en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento n.o 2988/95 un plazo de prescripción de la deuda que se genera con la adopción del acto por el que se exige la devolución de los importes indebidamente percibidos por concurrir irregularidades en la financiación? ¿Comienza a correr dicho plazo a partir de la fecha de la adopción de ese acto?

En caso de respuesta negativa a esta cuestión, se pregunta también lo siguiente:

3)

¿Se opone el artículo 3 del Reglamento n.o 2988/95 a una normativa nacional según la cual el plazo [de prescripción] de la deuda queda interrumpido cuando, en el apremio derivado contra los responsables subsidiarios de la sociedad beneficiaria, estos reciben la oportuna notificación, y permanece suspendido hasta que no se adopte una resolución definitiva o firme que resuelva sobre la oposición formulada por tales responsables subsidiarios?


(1)  Reglamento (CE, Euratom) n.o 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (DO 1995, L 312, p. 1).


6.9.2021   

ES

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C 357/11


Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Bélgica) el 24 de junio de 2021 — Société de Logement de Service public (SLSP) «Sambre & Biesme», SCRL / Société wallonne du logement

(Asunto C-383/21)

(2021/C 357/14)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Conseil d’État

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Société de Logement de Service public (SLSP) «Sambre & Biesme», SCRL

Recurrida: Société wallonne du logement

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse que el artículo 12.3, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, (1) en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, (2) sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE tiene efecto directo?

2)

En caso de respuesta afirmativa a esta primera cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 12.3 de la citada Directiva 2014/24/UE en el sentido de que se cumple el requisito que impone a un poder adjudicador, en el presente asunto una sociedad promotora de vivienda pública, de estar representado en los órganos decisorios de la persona jurídica controlada, en el caso de autos una sociedad cooperativa intermunicipal, por el mero hecho de que un miembro del consejo rector de dicha sociedad cooperativa intermunicipal en su condición de concejal municipal de otro poder adjudicador participante, en este caso un municipio, sea también, por circunstancias exclusivamente fácticas y sin que medie ninguna garantía jurídica de representación, consejero en la sociedad promotora de vivienda pública, mientras que el municipio es socio (no único) tanto de la entidad controlada (sociedad cooperativa intermunicipal) como de la sociedad promotora de vivienda pública?

3)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión planteada, ¿debe considerarse que un poder adjudicador, en el presente asunto una sociedad promotora de vivienda pública, «participa» en los órganos decisorios de la persona jurídica controlada, en el caso de autos una sociedad cooperativa intermunicipal, por el mero hecho de que un miembro del consejo rector de dicha sociedad cooperativa intermunicipal, en su condición de concejal municipal de otro poder adjudicador participante, en este caso un municipio, sea también, por circunstancias exclusivamente fácticas y sin que medie ninguna garantía jurídica de representación, consejero en la sociedad promotora de vivienda pública, mientras que el municipio es socio (no único) tanto de la entidad controlada (sociedad cooperativa intermunicipal) como de la sociedad promotora de vivienda pública?


(1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos (DO 2015, L 307, p. 5).


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Bélgica) el 24 de junio de 2021 — Commune de Farciennes / Société wallonne du logement

(Asunto C-384/21)

(2021/C 357/15)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Conseil d’État

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Commune de Farciennes

Recurrida: Société wallonne du logement

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse que el artículo 12.3, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, (1) en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, (2) sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE tiene efecto directo?

2)

En caso de respuesta afirmativa a esta primera cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 12.3, de la citada Directiva 2014/24/UE en el sentido de que se cumple el requisito que impone a un poder adjudicador, en el presente asunto una sociedad promotora de vivienda pública, de estar representado en los órganos decisorios de la persona jurídica controlada, en el caso de autos una sociedad cooperativa intermunicipal, por el mero hecho de que un miembro del consejo rector de dicha sociedad cooperativa intermunicipal en su condición de concejal municipal de otro poder adjudicador participante, en este caso un municipio, sea también, por circunstancias exclusivamente fácticas y sin que medie ninguna garantía jurídica de representación, consejero en la sociedad promotora de vivienda pública, mientras que el municipio es socio (no único) tanto de la entidad controlada (sociedad cooperativa intermunicipal) como de la sociedad promotora de vivienda pública?

3)

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión planteada, ¿debe considerarse que un poder adjudicador, en el presente asunto una sociedad promotora de vivienda pública, «participa» en los órganos decisorios de la persona jurídica controlada, en el caso de autos una sociedad cooperativa intermunicipal, por el mero hecho de que un miembro del consejo rector de dicha sociedad cooperativa intermunicipal, en su condición de concejal municipal de otro poder adjudicador participante, en este caso un municipio, sea también, por circunstancias exclusivamente fácticas y sin que medie ninguna garantía jurídica de representación, consejero en la sociedad promotora de vivienda pública, mientras que el municipio es socio (no único) tanto de la entidad controlada (sociedad cooperativa intermunicipal) como de la sociedad promotora de vivienda pública?

4)

¿Debe interpretarse que el artículo 12.4, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE tiene efecto directo?

5)

En caso de respuesta afirmativa a esta cuestión, ¿debe interpretarse el artículo 12.4, de la citada Directiva 2014/24/UE en el sentido de que permite encomendar, sin licitación previa, las funciones de asistencia a la dirección de obra, de asesoramiento jurídico y de servicios medioambientales a un poder adjudicador, en el presente asunto una sociedad cooperativa intermunicipal, puesto que dichas funciones se inscriben en el marco de una cooperación entre otros dos poderes adjudicadores, en el caso de autos un municipio y una sociedad promotora de vivienda pública, que no se discute que el municipio ejerce un control «in house conjunto» sobre la sociedad cooperativa intermunicipal y que el municipio y la sociedad promotora de vivienda pública son miembros de la sociedad cooperativa intermunicipal en el sector de actividad de «estudio de diseño y de gestión urbanísticos y central de compras», que constituye su objeto social y coincide, precisamente, con las funciones que estas pretenden encomendarle, las cuales corresponden a las actividades desarrolladas en el mercado por los estudios de diseño y de gestión urbanísticos especializados en diseño, realización y ejecución de proyectos?


(1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).

(2)  Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos (DO 2015, L 307, p. 5).


6.9.2021   

ES

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C 357/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (Hungría) el 29 de junio de 2021 — HUMDA Magyar Autó-Motorsport Fejlesztési Ügynökség Zrt. / Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

(Asunto C-397/21)

(2021/C 357/16)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: HUMDA Magyar Autó-Motorsport Fejlesztési Ügynökség Zrt.

Demandada: Nemzeti Adó- és Vámhivatal Fellebbviteli Igazgatósága

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva del IVA, (1) a la luz de sus principios generales, en particular los principios de efectividad y de neutralidad fiscal, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional y a la práctica nacional basada en ella en virtud de las cuales, cuando un sujeto pasivo del IVA emite por error una factura con IVA respecto de una entrega exenta de IVA e ingresa este impuesto en la Hacienda Pública de una manera acreditable, y el destinatario de la factura paga ese IVA al emisor que lo ha facturado, la autoridad tributaria nacional no devuelve ese IVA ni al emisor ni al destinatario de la factura?

2)

En caso de respuesta afirmativa del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a la primera cuestión prejudicial, ¿deben interpretarse las disposiciones de la Directiva del IVA, a la luz de sus principios generales, en particular los principios de efectividad, de neutralidad fiscal y de no discriminación, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional que, en el supuesto descrito en la cuestión anterior, no permite en absoluto al destinatario de la factura dirigirse directamente a la autoridad tributaria nacional para solicitar la devolución del IVA, o solo lo permite cuando resulte imposible o sea excesivamente difícil reclamar el importe de IVA en cuestión por otra vía de Derecho civil, especialmente cuando entretanto se haya producido la liquidación del emisor de la factura?

3)

En caso de que la respuesta a la cuestión prejudicial anterior sea afirmativa, ¿está obligada en ese supuesto la autoridad tributaria nacional a pagar intereses sobre el IVA a devolver? En caso de existir esta obligación, ¿qué período de tiempo abarca? ¿Está sujeta esta obligación a las normas generales de devolución del IVA?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


6.9.2021   

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C 357/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunale Ordinario di Asti (Italia) el 30 de junio de 2021 — WP / Istituto nazionale della previdenza sociale, Repubblica italiana

(Asunto C-404/21)

(2021/C 357/17)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunale Ordinario di Asti

Partes en el procedimiento principal

Demandante: WP

Demandadas: Istituto nazionale della previdenza sociale, Repubblica italiana

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse los artículos 45 TFUE y 48 TFUE, el artículo 4 TUE, el artículo 11 del anexo VIII del Estatuto de los Funcionarios [de la UE] y el artículo 8 del anexo III bis de las Condiciones de contratación del personal del BCE en el sentido de que se oponen a una normativa nacional o a una práctica administrativa nacional que no permiten al trabajador de un Estado miembro, que haya cotizado en el instituto de seguridad social nacional y que trabaje actualmente en una institución de la Unión, como el BCE, transferir al régimen de pensiones de dicha institución las cotizaciones por jubilación abonadas al régimen de la seguridad social del propio Estado?

2)

Como consecuencia de lo establecido en la primera cuestión prejudicial, ¿debe reconocerse el derecho a transferir cotizaciones aunque no exista un acto normativo interno de aplicación o un acuerdo específico entre el Estado miembro de origen del trabajador o de su entidad gestora de pensiones, por una parte, y la institución de la Unión, por la otra?


6.9.2021   

ES

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C 357/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Conseil d’État (Francia) el 2 de julio de 2021 — Union fédérale des consommateurs — Que choisir (UFC — Que choisir), Consommation, logement et cadre de vie (CLCV) / Premier ministre, Ministre de l’Économie, des Finances et de la Relance

(Asunto C-407/21)

(2021/C 357/18)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Conseil d’État

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Union fédérale des consommateurs — Que choisir (UFC — Que choisir), Consommation, logement et cadre de vie (CLCV)

Demandadas: Premier ministre, Ministre de l’Économie, des Finances et de la Relance

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 12 de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, (1) en el sentido de que obliga al organizador de un viaje combinado, en caso de terminación del contrato, a reembolsar en efectivo la totalidad de los pagos realizados por el viaje combinado, o bien de que permite una restitución equivalente, en particular en forma de bono por valor de los pagos realizados?

2)

En el supuesto de que se considere que el reembolso debe realizarse en efectivo, la crisis sanitaria derivada de la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias para los operadores de viajes, que han sufrido a consecuencia de dicha crisis una caída en el volumen de negocios que puede estimarse que oscila entre el 50 % y el 80 %, que representan más del 7 % del producto interior bruto francés y, por lo que respecta a los operadores de viajes combinados, que emplean a 30 000 trabajadores asalariados en Francia con un volumen de negocio que roza los 11 000 millones de euros, ¿pueden justificar, y en caso afirmativo en qué condiciones y con qué límites, una excepción temporal a la obligación del organizador de reembolsar al viajero todos los pagos realizados por el viaje combinado en el plazo de los catorce días siguientes a la terminación del contrato establecida en el artículo 12, apartado 4, de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados?

3)

En caso de respuesta negativa a la cuestión anterior, ¿es posible, en las circunstancias que acaban de recordarse, modular los efectos en el tiempo de una resolución por la que se anule un acto de Derecho nacional contrario al artículo 12, apartado 4, de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados?


(1)  Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo (DO 2015, L 326, p. 1).


6.9.2021   

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C 357/15


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 3 de junio de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — RC / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-103/20) (1)

(2021/C 357/19)

Lengua de procedimiento: portugués

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 191 de 8.6.2020


6.9.2021   

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C 357/15


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 10 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal du travail de Nivelles — Bélgica) — SD / Habitations sociales du Roman Païs SCRL, TE, en su condición de administrador concursal de la Régie des Quartiers de Tubize ASBL

(Asunto C-104/20) (1)

(2021/C 357/20)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


6.9.2021   

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C 357/16


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 4 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla Warszawy-Mokotowa w Warszawie — Polonia) — Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas / Miejskie Przedsiębiorstwo Energetyki Cieplnej sp. z o.o.

(Asunto C-392/20) (1)

(2021/C 357/21)

Lengua de procedimiento: polaco

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 423 de 7.12.2020.


6.9.2021   

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C 357/16


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Köln — Alemania) — JT, NQ / Ryanair DAC

(Asunto C-516/20) (1)

(2021/C 357/22)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 28 de 25.1.2021.


6.9.2021   

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C 357/16


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 1 de Córdoba) — ZU, TV / Ryanair Ltd

(Asunto C-618/20) (1)

(2021/C 357/23)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 72 de 1.3.2021.


6.9.2021   

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C 357/16


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Korneuburg — Austria) — L GmbH / FK

(Asunto C-672/20) (1)

(2021/C 357/24)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 72 de 1.3.2021.


6.9.2021   

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C 357/17


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 14 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin — Alemania) — Wacker Chemie AG / Bundesrepublik Deutschland, representada por la Umweltbundesamt

(Asunto C-76/21) (1)

(2021/C 357/25)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 182 de 10.5.2021.


6.9.2021   

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C 357/17


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 31 de mayo de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Köln — Alemania) — EF / Deutsche Lufthansa AG

(Asunto C-172/21) (1)

(2021/C 357/26)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 228 del 14.6.2021.


6.9.2021   

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C 357/17


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 14 de junio de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg — Austria) — FC/ FTI Touristik GmbH

(Asunto C-287/21) (1)

(2021/C 357/27)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 278 de 12.7.2021.


Tribunal General

6.9.2021   

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C 357/18


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — AI/ECDC

(Asunto T-65/19) (1)

(«Función pública - Personal del ECDC - Acoso psicológico - Artículo 12 bis del Estatuto - Solicitud de asistencia - Alcance del deber de asistencia - Artículo 24 del Estatuto - Dimisión del autor de los comportamientos denunciados - Inexistencia de incoación de un procedimiento disciplinario - Artículo 86 del Estatuto - Respuesta a la solicitud de asistencia - Recurso de anulación - Acto lesivo - Vulneración del derecho a ser oído - Falta de motivación - Denegación de acceso al informe de investigación y a otros documentos - Artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Responsabilidad»)

(2021/C 357/28)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: AI (representantes: L. Levi y A. Champetier, abogadas)

Demandada: Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) (representantes: J. Mannheim y A. Iber, agentes, asistidos por D. Waelbroeck y A. Duron, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de las decisiones del ECDC de 18 de mayo, 20 de junio y 26 de octubre de 2018 adoptadas en respuesta a la solicitud de asistencia del demandante por acoso psicológico y a su solicitud de acceso a determinados documentos y, por otra parte, la reparación del perjuicio que alega haber sufrido.

Fallo

1)

Anular la decisión del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) de 18 de mayo de 2018 adoptada en respuesta a la solicitud de asistencia presentada el 20 de junio de 2017 por AI.

2)

Anular la decisión del ECDC de 20 de junio de 2018 en la medida en que deniega a AI el acceso a las partes no confidenciales y que le conciernen del informe de investigación relativo a su solicitud de asistencia de 20 de junio de 2017 y del correo electrónico de A de 17 de enero de 2018.

3)

Anular la decisión del ECDC de 26 de octubre de 2018 por la que se desestima la reclamación de AI de 2 de julio de 2018.

4)

Desestimar la pretensión de indemnización.

5)

El ECDC cargará, además de con sus propias costas, con tres cuartas partes de las costas en que haya incurrido AI.

6)

AI cargará con una cuarta parte de sus propias costas.


(1)  DO C 131 de 8.4.2019.


6.9.2021   

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C 357/19


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — AQ/eu-LISA

(Asunto T-164/19) (1)

(«Función pública - Agentes temporales - Baja por enfermedad - Rescisión de contrato sin preaviso - Artículo 16 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea (RAA) - Artículo 48, letra b), del RAA - Deber de solicitud - Artículo 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Responsabilidad - Daño material - Daño moral - Relación de causalidad»)

(2021/C 357/29)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: AQ (representantes: L. Levi y N. Flandin, abogadas)

Demandada: Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (representantes: M. Chiodi, agente, asistido por D. Waelbroeck y A. Duron, abogados)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: R. Meyer y M. Alver, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión de la eu-LISA de 8 de mayo de 2018 de rescindir el contrato de agente temporal de la demandante y, por otra parte, la reparación del daño supuestamente sufrido por esta última a consecuencia de dicha decisión.

Fallo

1)

Anular la decisión de 8 de mayo de 2018 mediante la que el director ejecutivo de la Agencia Europea para la gestión operativa de sistemas informáticos de gran magnitud en el espacio de libertad, seguridad y justicia (eu-LISA) rescindió el contrato de AQ como agente temporal.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

AQ y la eu-LISA cargarán cada una de ellas con sus propias costas.

4)

El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 164 de 13.5.2019.


6.9.2021   

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C 357/19


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — BG/Parlamento

(Asunto T-253/19) (1)

(«Función pública - Asistentes parlamentarios acreditados - Resolución del contrato - Ruptura del vínculo de confianza - Obligación de motivación - Derecho a ser oído - Acoso psicológico - Solicitud de asistencia - Represalias - Errores manifiestos de apreciación - Responsabilidad»)

(2021/C 357/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: BG (representantes: L. Levi, A. Champetier y A. Tymen, abogadas)

Demandada: Parlamento Europeo (representante: I. Lázaro Betancor y I. Terwinghe, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión del Parlamento de 18 de mayo 2018 de resolver el contrato de asistente parlamentario acreditado de la demandante y, por otra parte, la reparación del perjuicio que esta alega haber sufrido.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a BG.


(1)  DO C 213 de 24.6.2019.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/20


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Carbajo Ferrero/Parlamento

(Asunto T-670/19) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Procedimiento para el nombramiento de un puesto de director - Anuncio de vacante - Desestimación de la candidatura del demandante y nombramiento de otro candidato - Deber de motivación - Excepción de ilegalidad de los actos que establecen las normas internas de procedimiento - Irregularidad del procedimiento de selección - Error manifiesto de apreciación - Inexactitud de la información facilitada a la AFPN - Transparencia - Igualdad de trato - Responsabilidad - Daños materiales y morales»)

(2021/C 357/31)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Fernando Carbajo Ferrero (Bruselas, Bélgica) (representantes: L. Levi y M. Vandenbussche, abogadas)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: I. Terwinghe y C. González Argüelles, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión del Parlamento de 10 de diciembre de 2018 de desestimar la candidatura del demandante y de nombrar a otro candidato para el puesto de director de medios de la Dirección General de Comunicación y, por otra parte, obtener el resarcimiento de los daños supuestamente sufridos por el demandante a consecuencia de la citada decisión.

Fallo

1)

Anular la decisión del Parlamento Europeo de 10 de diciembre de 2018 de desestimar la candidatura del demandante y de nombrar a otro candidato para el puesto de director de medios de la Dirección General de Comunicación.

2)

Condenar al Parlamento a abonar al demandante, en concepto de resarcimiento de los daños materiales, un importe de 40 000 euros.

3)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

4)

Condenar en costas al Parlamento.


(1)  DO C 399 de 25.11.2019.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/21


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Interpipe Niko Tube e Interpipe Nizhnedneprovsky Tube Rolling Plant/Comisión

(Asunto T-716/19) (1)

(«Dumping - Importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro o acero, originarios de Rusia y Ucrania - Reconsideración provisional - Cálculo del valor normal - Gastos de venta, generales y administrativos - Ventas entre sociedades vinculadas - Operaciones comerciales normales - Entidad económica única - Artículo 2, apartados 3, 4 y 6, del Reglamento (UE) 2016/1036 - Precio de exportación - Ajuste - Funciones similares a las de un agente que trabaja a comisión - Artículo 2, apartado 10, letra i), del Reglamento 2016/1036 - Error manifiesto de apreciación - Método diferente del utilizado en una investigación anterior - Artículo 11, apartado 9, del Reglamento 2016/1036 - Confianza legítima - Derecho de defensa»)

(2021/C 357/32)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Interpipe Niko Tube LLC (Nikopol, Ucrania), Interpipe Nizhnedneprovsky Tube Rolling Plant OJSC (Dnipro, Ucrania) (representante: B. Servais, abogado)

Demandada: Comisión Europea representantes: P. Němečková y G. Luengo, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1295 de la Comisión, de 1 de agosto de 2019, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1469, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de determinados tubos sin soldadura, de hierro o acero, originarios de Rusia y Ucrania, tras una reconsideración provisional parcial en virtud del artículo 11, apartado 3, del Reglamento (UE) 2016/1036 (DO 2019, L 204, p. 22).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Interpipe Niko Tube LLC y a Interpipe Nizhnedneprovsky Tube Rolling Plant OJSC.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


6.9.2021   

ES

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C 357/21


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Victoria’s Secret Stores Brand Management/EUIPO — Yiwu Dearbody Cosmetics (BODYSECRETS)

(Asunto T-810/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión BODYSECRETS - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Carácter habitual - Artículos 7, apartado 1, letras b), c) y d), y 52, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 7, apartado 1, letras b), c) y d), y 59, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2021/C 357/33)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Victoria’s Secret Stores Brand Management, Inc. (Reynoldsburg, Ohio, Estados Unidos) (representante: J. Dickerson, Solicitor)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Yiwu Dearbody Cosmetics Co. Ltd (Yiwu City, China)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 5 de septiembre de 2019 (asunto R 2422/2018-5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Victoria’s Secret Stores Brand Management y Yiwu Dearbody Cosmetics.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Victoria’s Secret Stores Brand Management, Inc.


(1)  DO C 45 de 10.2.2020.


6.9.2021   

ES

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C 357/22


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Kneissl Holding/EUIPO — LS 9 (KNEISSL)

(Asunto T-65/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de caducidad - Marca denominativa de la Unión KNEISSL - Declaración parcial de caducidad - Falta de uso efectivo de la marca - Importancia del uso - Artículo 51, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Regla 22, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2868/95 [actualmente artículo 10, apartado 3, del Reglamento Delegado (UE) 2018/625 - Abuso de derecho»)

(2021/C 357/34)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Kneissl Holding GmbH (Ebbs, Austria) (representantes: O. Nilgen y A. Kockläuner, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Fischer, D. Hanf y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: LS 9 GmbH (Múnich, Alemania)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de noviembre de 2019 (asunto R 2265/2018-2), relativa a un procedimiento de caducidad entre LS 9 y Kneissl Holding.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Kneissl Holding GmbH.


(1)  DO C 103 de 30.3.2020.


6.9.2021   

ES

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C 357/23


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — IN/EASME

(Asunto T-119/20) (1)

(«Función pública - Agentes temporales - Contrato de duración determinada - Decisión de no renovación - Informe de calificación - Derecho a ser oído - Deber de asistencia y protección - Error manifiesto de apreciación - Plazo razonable - Responsabilidad - Daño moral»)

(2021/C 357/35)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: IN (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Agencia Ejecutiva para el Consejo Europeo de Innovación y las Pymes (representantes: A. Galea, agente, asistida por A. Duron y D. Waelbroeck, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la decisión de la Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas (EASME) de 15 de abril de 2019 de no renovar el contrato del demandante, así como el informe de calificación del demandante correspondiente al ejercicio de 2018, concluido el 3 de junio de 2019, y, por otra parte, la reparación del perjuicio supuestamente sufrido por el demandante.

Fallo

1)

Condenar a la Agencia Ejecutiva para el Consejo Europeo de Innovación y las Pymes (EASME) a pagar a IN la cantidad de 3 000 euros.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Cada parte cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 191 de 8.6.2020.


6.9.2021   

ES

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C 357/23


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento

(Asunto T-170/20) (1)

(«Derecho institucional - Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo - Dietas de asistencia parlamentaria - Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas - Carga de la prueba - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Error de Derecho - Error de apreciación - Proporcionalidad»)

(2021/C 357/36)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Robert Rochefort (París, Francia) (representantes: M. Stasi, J.-L. Teheux y J.-M. Rikkers, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: N. Görlitz, T. Lazian y M. Ecker, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión del Secretario General del Parlamento de 17 de diciembre de 2019 relativa al reintegro por parte del demandante de un importe de 61 423,40 euros indebidamente abonados en concepto de asistencia parlamentaria y de la correspondiente nota de adeudo de 22 de enero de 2020.

Fallo

1)

Anular la decisión del Secretario General del Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2019 relativa al reintegro por parte del Sr. Robert Rochefort de un importe de 61 423,40 euros indebidamente abonados en concepto de asistencia parlamentaria y la correspondiente nota de adeudo de 22 de enero de 2020 por cuanto se refieren a importes abonados durante el período comprendido entre abril y junio de 2010, los meses de febrero, junio y julio de 2011 y, por último, el período comprendido entre el 21 de mayo y el 27 de julio de 2012.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Sr. Rochefort y el Parlamento cargarán cada uno con sus propias costas.


(1)  DO C 191 de 8.6.2020.


6.9.2021   

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C 357/24


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento

(Asunto T-171/20) (1)

(«Derecho institucional - Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo - Dietas de asistencia parlamentaria - Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas - Carga de la prueba - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Error de Derecho - Error de apreciación - Proporcionalidad»)

(2021/C 357/37)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Robert Rochefort (París, Francia) (representantes: M. Stasi, J.-L. Teheux y J.-M. Rikkers, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: N. Görlitz, T. Lazian y M. Ecker, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión del Secretario General del Parlamento de 17 de diciembre de 2019 relativa al reintegro por parte del demandante de un importe de 27 241 euros indebidamente abonados en concepto de asistencia parlamentaria y de la correspondiente nota de adeudo de 22 de enero de 2020.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Sr. Robert Rochefort.


(1)  DO C 191 de 8.6.2020.


6.9.2021   

ES

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C 357/24


Sentencia del Tribunal General de 14 de julio de 2021 — Rochefort/Parlamento

(Asunto T-172/20) (1)

(«Derecho institucional - Reglamentación relativa a los gastos y las dietas de los diputados del Parlamento Europeo - Dietas de asistencia parlamentaria - Recuperación de las cantidades indebidamente pagadas - Carga de la prueba - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Error de Derecho - Error de apreciación - Proporcionalidad»)

(2021/C 357/38)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Robert Rochefort (París, Francia) (representantes: M. Stasi, J.-L. Teheux y J.-M. Rikkers, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: N. Görlitz, T. Lazian y M. Ecker, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión del Secretario General del Parlamento de 17 de diciembre de 2019 relativa al reintegro por parte del demandante de un importe de 60 499,38 euros indebidamente abonados en concepto de asistencia parlamentaria y de la correspondiente nota de adeudo de 22 de enero de 2020.

Fallo

1)

Anular la decisión del Secretario General del Parlamento Europeo de 17 de diciembre de 2019 relativa al reintegro por parte del Sr. Robert Rochefort de un importe de 60 499,38 euros indebidamente abonados en concepto de asistencia parlamentaria y la correspondiente nota de adeudo de 22 de enero de 2020 por cuanto se refieren a importes abonados por el mes de abril de 2020, por los días que no corresponden a misiones aceptadas por el Secretario General del Parlamento y el período comprendido entre el 29 y el 31 de marzo de 2011.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Sr. Rochefort y el Parlamento cargarán cada uno con sus propias costas.


(1)  DO C 191 de 8.6.2020.


6.9.2021   

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C 357/25


Auto del Tribunal General de 9 de julio de 2021 — Kozhuvchanka uvoz-izvoz Kavadarci/EUIPO (NASHE MAKEDONSKO PILSNER BEER MACEDONIAN PREMIUM BEER)

(Asunto T-357/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión NASHE MAKEDONSKO PILSNER BEER MACEDONIAN PREMIUM BEER - Motivo de denegación absoluto - Carácter descriptivo - Origen geográfico - Artículo 7, apartado 1, letra c), du Reglamento (UE) 2017/1001 - Recurso manifiestamente carente de fundamento jurídico alguno»)

(2021/C 357/39)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Demandante: Drushtvo za proizvodvsto, trgovija I uslugi Kozhuvchanka d.o.o. uvoz-izvoz Kavadarci (Kavadarci, Macedonia del Norte) (representante: A. Ivanova, abogada)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Hanf y P. Angelova Georgieva, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de abril de 2020 (asunto R 1729/2019-1), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo NASHE MAKEDONSKO PILSNER BEER MACEDONIAN PREMIUM BEER como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Drushtvo za proizvodvsto, trgovija I uslugi Kozhuvchanka d.o.o. uvoz-izvoz Kavadarci cargarrá con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 271 de 17.8.2020.


6.9.2021   

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C 357/26


Recurso interpuesto el 13 de junio de 2021— Oi dromoi tis Elias/Comisión

(Asunto T-352/21)

(2021/C 357/40)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Organismo cultural «Oi dromoi tis Elias» (Kalamata, Grecia) (representante: S. Vardalas, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión denegatoria sin fecha de la demandada, recibida por la demandante el 23 de abril de 2021, mediante la cual se denegó la solicitud de participación («propuesta») de la demandante como socio para el ejercicio de actividades EUROPE DIRECT en Grecia, con arreglo al anuncio de la demandada ED-GREECE-2020/SELECTION OF PARTNERS TO CARRY OUT EUROPE DIRECT ACTIVITIES (2021-2025) IN GREECE.

Acepte la «propuesta» de participación de la demandante como socio para el ejercicio de actividades EUROPE DIRECT en Grecia, con arreglo al anuncio de la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la demandada valoró erróneamente la «propuesta» de la demandante por lo que respecta al criterio 1 del anuncio, declarando que la demandante no describió suficientemente el entorno natural de la región en la que actúa el EDIC de Kalamata y en que no se tiene en cuenta la transformación digital.

2.

Segundo motivo, basado en que la demandada valoró erróneamente la «propuesta» de la demandante por lo que respecta al criterio 2 del anuncio, declarando que el EDIC de Kalamata parece mantener vínculos con organismos, como, pequeñas y medianas empresas, ONG, etc…

3.

Tercer motivo, basado en que la demandada valoró erróneamente la «propuesta» de la demandante por lo que respecta al criterio 3 del anuncio.

4.

Cuarto motivo, basado en que la demandada valoró erróneamente la «propuesta» de la demandante por lo que respecta al criterio 4 del anuncio.


6.9.2021   

ES

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C 357/26


Recurso interpuesto el 22 de junio de 2021 — Syndesmos Tyrokomon Kyprou y otros/Comisión

(Asunto T-361/21)

(2021/C 357/41)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Syndesmos Tyrokomon Kyprou (Nicosia, Chipre) y otros 11 demandantes (representantes: N. Korogiannakis, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule el Reglamento de Ejecución n.o 2021/591 de la Comisión, de 12 de abril de 2021, por el que se inscribe un nombre en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Χαλλούμι» (Halloumi)/«Hellim» (DOP)]. (1)

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la demandada cometió un error manifiesto de apreciación en lo que se refiere a la conformidad de la solicitud de registro n.o CY/PDO/0005/01243 con el Reglamento n.o 1151/2021. (2) Los demandantes alegan que la demandada infringió los artículos 10, 49 y 50 del Reglamento n.o 1151/2012 y no examinó correctamente la solicitud de registro de «Halloumi» como DOP. (3)

2.

Segundo motivo, basado en que la demandada infringió los artículos 10, 49 y 50 del Reglamento n.o 1151/2012 al no verificar el cumplimiento del procedimiento establecido por dicho Reglamento.

3.

Tercer motivo, basado en que la demandada violó el principio de buena administración debido a la extrema duración del procedimiento de registro.

4.

Cuarto motivo, basado en que el Reglamento impugnado no está suficientemente motivado. Los demandantes alegan que la demandada incumplió la obligación de motivación que le incumbe con arreglo al artículo 296 TFUE y vulneró el derecho de los demandantes a la tutela judicial efectiva.

5.

Quinto motivo, basado en que la demandada violó el principio de buena administración, porque los tribunales chipriotas han anulado los actos nacionales internos en los que se basa el Reglamento impugnado.


(1)  DO 2021, L 125, p. 42-51.

(2)  Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (DO 2012, L 343, p. 1-29.

(3)  Denominación de origen protegida.


6.9.2021   

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C 357/27


Recurso interpuesto el 11 de julio de 2021 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

(Asunto T-416/21)

(2021/C 357/42)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Recurrente: Itinerant Show Room Srl (San Giorgio in Bosco, Italia) (representante: E. Montelione, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Save the Duck SpA (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de la marca figurativa de la Unión «ITINERANT» — Solicitud de registro n.o 17946859

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 6 de mayo de 2021 en el asunto R 997/2020-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Ordene a la EUIPO conceder el registro de la marca de la Unión n.o 17946859 para las clases 18 y 25.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Exclusión errónea de las pruebas presentadas ante la Sala de Recurso.

Aplicación errónea del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Interpretación errónea del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

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C 357/28


Recurso interpuesto el 11 de julio de 2021 — Itinerant Show Room/EUIPO — Save the Duck (ITINERANT)

(Asunto T-417/21)

(2021/C 357/43)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Recurrente: Itinerant Show Room Srl (San Giorgio in Bosco, Italia) (representante: E. Montelione, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Save the Duck SpA (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Solicitud de la marca figurativa de la Unión «ITINERANT» — Solicitud de registro n.o 17946853

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 12 de mayo de 2021 en el asunto R 1017/2020-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Ordene a la EUIPO conceder el registro de la marca de la Unión Europea n.o 17946853 también para las clases 18 y 25.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Exclusión errónea de las pruebas presentadas ante la Sala de Recurso.

Aplicación errónea del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Interpretación errónea del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

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C 357/29


Recurso interpuesto el 13 de julio de 2021 — Gioioso/EUIPO — Maxi Di (MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT)

(Asunto T-423/21)

(2021/C 357/44)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Recurrente: Sebastiano Gioioso (Fasano, Italia) (representante: F. Amati, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Maxi Di Srl (Belfiore, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión MARE GIOIOSO di Sebastiano IMPORT EXPORT — Solicitud de registro n.o 18024185

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de mayo de 2021 en el asunto R 1650/2020-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso al pago de las costas de los procedimientos de oposición y de recurso.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

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C 357/29


Recurso interpuesto el 14 de julio de 2021 — Aldi Einkauf/EUIPO — Cantina sociale Tollo (ALDIANO)

(Asunto T-429/21)

(2021/C 357/45)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: Aldi Einkauf SE & Co. OHG (Essen, Alemania) (representantes: C. Fürsen, M. Minkner y A. Starcke, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Cantina sociale Tollo SCA (Tollo, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «ALDIANO» — Marca de la Unión n.o 10942274

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 18 de mayo de 2021 en el asunto R 1074/2020-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 64, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

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C 357/30


Recurso interpuesto el 15 de julio de 2021 — Apex Brands/EUIPO — Sartorius Werkzeuge (SATA)

(Asunto T-430/21)

(2021/C 357/46)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: Apex Brands, Inc. (Wilmington, Delaware, Estados Unidos) (representantes: S. Fröhlich, H. Lerchl y M. Hartmann, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sartorius Werkzeuge GmbH & Co. KG (Ratingen, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «SATA» — Solicitud de registro n.o 18051525

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de mayo de 2021 en el asunto R 2322/2020-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO a cargar con las costas del procedimiento y con las costas de la parte recurrente.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Violación del principio general de igualdad de trato.


6.9.2021   

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C 357/31


Recurso interpuesto el 16 de julio de 2021 — Sushi&Food Factor/EUIPO (READY 4YOU)

(Asunto T-432/21)

(2021/C 357/47)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Recurrente: Sushi&Food Factor sp. z o.o. (Robakowo, Polonia) (representante: J. Gwiazdowska, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión que incluye el elemento denominativo «READY 4YOU» — Solicitud de registro n.o 18209237

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 13 de mayo de 2021 en el asunto R 2321/2020-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada y autorice definitivamente el registro de la marca de la Unión n.o 18209237.

Con carácter subsidiario, anule la resolución impugnada y devuelva el asunto para su reexamen.

Condene en costas a la EUIPO, incluidas aquellas en las que incurrió la recurrente ante la Sala de Recurso y el Departamento de Operaciones de la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), en relación con el artículo 7, apartado 2, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción de los artículos 94, apartado 1 y 95, apartado 1, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción de los artículos 20 y 41, apartado 1 y 2, letras a) y c), de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular del derecho a ser oído, de la obligación de motivación de las decisiones que incumbe a la administración, así como de los principios de buena administración, de seguridad jurídica y de igualdad de trato.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/31


Recurso interpuesto el 16 de julio de 2021 — Vitronic/EUIPO (Enforcement Trailer)

(Asunto T-433/21)

(2021/C 357/48)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Vitronic Dr.-Ing. Stein Bildverarbeitungssysteme GmbH (Wiesbaden, Alemania) (representante: D. Tsoumanis, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «Enforcement Trailer» — Solicitud de registro n.o 18281599

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 18 de mayo de 2021 en el asunto R 236/2021-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Declare que los motivos de denegación del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001 solo pueden oponerse a la solicitud de registro en aquellos Estados miembros en los que el inglés es lengua oficial, esto es, Irlanda y Malta.

Condene en costas a la EUIPO, incluidas las costas en que haya incurrido la recurrente ante el Tribunal General y ante la Sala de Recurso de la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/32


Recurso interpuesto el 15 de julio de 2021 — TL/Comisión

(Asunto T-438/21)

(2021/C 357/49)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: TL (representantes: L. Levi y N. Flandin, abogadas)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la demandada de 29 de octubre de 2020 de no renovar el contrato laboral de la demandante (en lo sucesivo, «decisión de no renovación»).

Anule además, en la medida de lo necesario, la decisión de la demandada de 5 de mayo de 2021 por la que se desestima la reclamación presentada por la demandante contra la decisión de 29 de octubre de 2020 (en lo sucesivo, «decisión impugnada»).

Anule el anuncio de vacante de la demandada de 2 de octubre de 2020, en la medida en que ofrece un puesto con idénticas tareas a las que ya estaba desempeñando la demandante.

Ordene el pago de una indemnización por importe del 90 % del salario bruto de la demandante, incluida la cotización al régimen de pensiones, por la pérdida de la seria oportunidad de que se le renueve el contrato laboral existente y ordene el pago de una indemnización por el daño moral sufrido por la demandante.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error manifiesto de apreciación por parte de la demandada, dado que motivación ofrecida en la «decisión impugnada» y en la «decisión de no renovación» del contrato laboral de la demandante no está debidamente fundada. Además, se alega que los archivos en los que ha trabajado principalmente la demandante no han perdido importancia y las necesidades de personal de la unidad no han disminuido, contrariamente a lo que aduce la demandada.

2.

Segundo motivo, basado en que la demandada incumplió su deber de diligencia porque no se han ponderado el interés del servicio y el interés del miembro del personal. También se alega que la demandada no ha considerado otros elementos incluidos en el escrito de demanda de la demandante (p.ej., acoso).


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/33


Recurso interpuesto el 20 de julio de 2021 — Anglofranchise/EUIPO — Bugrey (BOY LONDON)

(Asunto T-439/21)

(2021/C 357/50)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Recurrente: Anglofranchise Ltd (Londres, Reino Unido) (representantes: P. Roncaglia, F. Rossi, N. Parrotta, R. Perotti, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Yuliya Bugrey (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión BOY LONDON — Marca de la Unión n.o 11 708 773

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 23 de abril de 2021 en el asunto R 459/2020-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada;

Condene a la EUIPO a cargar con las costas del presente procedimiento, incluidas las del procedimiento ante la Sala de Recurso;

Condene a Yuliya Bugrey a abonar a la recurrente las costas del presente procedimiento, incluidas las del procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra f), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 94, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/34


Recurso interpuesto el 23 de julio de 2021 — Ryanair/Comisión

(Asunto T-444/21)

(2021/C 357/51)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Ryanair DAC (Swords, Irlanda) (representantes: E. Vahida, F.-C. Laprévote, V. Blanc, S. Rating e I.-G. Metaxas-Maranghidis, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la parte demandada de 12 de marzo de 2021 sobre la ayuda de Estado SA.60113 — Finnair — COVID-19 — préstamo híbrido 107.2.b. (1)

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en que la parte demandada aplicó erróneamente el artículo 107 TFUE, apartado 2, letra b), y cometió errores manifiestos de apreciación al examinar la proporcionalidad de la ayuda con respecto a los perjuicios causados por la crisis del COVID-19.

2.

Segundo motivo, basado en que la parte demandada infringió disposiciones específicas del TFUE y los principios generales del Derecho europeo que han sustentado la liberalización del transporte aéreo en la Unión Europea desde finales de los años ochenta (es decir, la no discriminación, la libre prestación de servicios —aplicada al transporte aéreo mediante el Reglamento 1008/2008— (2) y la libertad de establecimiento).

3.

Tercer motivo, basado en que la parte demandada no inició un procedimiento de investigación formal a pesar de las graves dificultades y violó los derechos procesales de la parte demandante.

4.

Cuarto motivo, basado en que la parte demandada incumplió su obligación de motivación con arreglo al artículo 296 TFUE, párrafo segundo.


(1)  DO 2021, C 240, p. 14.

(2)  Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre de 2008, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad (versión refundida) (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO 2008, L 293, pp. 3 a 20).


6.9.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 357/34


Auto del Tribunal General de 2 de julio de 2021 — MD/Comisión

(Asunto T-552/20) (1)

(2021/C 357/52)

Lengua de procedimiento: italiano

El Presidente de la Sala Cuarta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 371 de 3.11.2020.