ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 132

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

64.° año
15 de abril de 2021


Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2021/C 132/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10159 — Infosys/Daimler (Certain Assets and Personnel)) ( 1 )

1

2021/C 132/02

Comunicación relativa a la publicación de las cantidades de producción de leche cruda a que hace referencia el artículo 149, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2021/C 132/03

Tipo de cambio del euro — 14 de abril de 2021

3

 

INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

 

Órgano de Vigilancia de la AELC

2021/C 132/04

Comunicación del Órgano de Vigilancia de la AELC con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Establecimiento de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares

4

2021/C 132/05

Comunicación del Órgano de Vigilancia de la AELC con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Convocatoria de licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

5


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Comisión Europea

2021/C 132/06

Convocatoria de propuestas 2021 — EAC/A02/2021 — Cuerpo Europeo de Solidaridad

6

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2021/C 132/07

Notificación previa de una concentración (Asunto M.10162 - AmerisourceBergen/parts of Walgreens Boots Alliance’s Pharmaceutical Business) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

8

2021/C 132/08

Notificación previa de una concentración (Asunto M.10227 — KPS Capital Partners/Hydro Rolling) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

10

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2021/C 132/09

Publicación de una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

12


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.10159 — Infosys/Daimler (Certain Assets and Personnel))

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2021/C 132/01)

El 8 de abril de 2021, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32021M10159. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/2


Comunicación relativa a la publicación de las cantidades de producción de leche cruda a que hace referencia el artículo 149, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1)

(2021/C 132/02)

Datos anuales (1000 t)

Cantidades de producción de leche cruda  ((**)) a que hace referencia el artículo 149, apartado 5, del Reglamento (UE) n.o 1308/2013

2019

Vaca

Oveja

Cabra

Búfala

BE

4 351,00

0,00

44,00

0,00

BG

822,30

67,00

37,00

13,20

CZ

3 155,79

0,4  ((***))

2,7  ((***))

0,00

DK

5 615,00

0,00

0,00

0,00

DE

33 080,18

6,50

15,89

0,00

EE

820,80

0,00

0,70

0,00

IE

8 244,87

0,00

0,00

0,00

EL

659,38

944,30

355,76

0,00

ES

7 460,36

563,53

535,79

0,00

FR

24 930,81

321,44

656,74

0,00

HR

599,00

7,00

9,00

0,00

IT

12 494,40

493,91

62,34

249,45

CY

238,76

36,56

35,03

0,00

LV

978,90

0,00

2,50

0,00

LT

1 547,43

0,00

3,71

0,00

LU

421,26

0,06

2,91

0,00

HU

1 962,78

1,58

3,01

0,00

MT

41,27

1,91

0,93

0,00

NL

14 555,00

0,00

386,00

2,80

AT

3 781,34

12,19

26,52

0,00

PL

14 502,76

0,57

8,16

0,00

PT

1 972,87

72,66

26,63

0,00

RO

3 663,20

425,50

236,40

14,50

SI

623,02

0,57

2,05

0,00

SK

904,26

11,10

0,35

0,00

FI

2 374,36

0,00

0,00

0,00

SE

2 704,39

0,00

0,00

0,00

EU-27

152 505,49

2 966,78

2 454,12

279,95


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

((*))  0,00: cero o menos de cinco toneladas.

((**))  Producción de leche en la explotación en 2019, EUROSTAT - NewCronos, Products Obtained.

((***))  Datos notificados por el Estado miembro y/o producción estimada o calculada.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/3


Tipo de cambio del euro (1)

14 de abril de 2021

(2021/C 132/03)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1964

JPY

yen japonés

130,33

DKK

corona danesa

7,4372

GBP

libra esterlina

0,86918

SEK

corona sueca

10,1433

CHF

franco suizo

1,1033

ISK

corona islandesa

151,70

NOK

corona noruega

10,0745

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,929

HUF

forinto húngaro

358,61

PLN

esloti polaco

4,5537

RON

leu rumano

4,9240

TRY

lira turca

9,6792

AUD

dólar australiano

1,5561

CAD

dólar canadiense

1,5026

HKD

dólar de Hong Kong

9,2915

NZD

dólar neozelandés

1,6821

SGD

dólar de Singapur

1,5998

KRW

won de Corea del Sur

1 333,87

ZAR

rand sudafricano

17,2989

CNY

yuan renminbi

7,8146

HRK

kuna croata

7,5703

IDR

rupia indonesia

17 496,57

MYR

ringit malayo

4,9393

PHP

peso filipino

58,031

RUB

rublo ruso

90,5504

THB

bat tailandés

37,519

BRL

real brasileño

6,8189

MXN

peso mexicano

24,0508

INR

rupia india

89,8330


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

Órgano de Vigilancia de la AELC

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/4


Comunicación del Órgano de Vigilancia de la AELC con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Establecimiento de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares

(2021/C 132/04)

Estado miembro

Noruega

Rutas afectadas

Florø – Oslo y viceversa

Ørsta-Volda – Oslo y viceversa

Stokmarknes – Bodø y viceversa

Stokmarknes – Tromsø y viceversa

Fecha de entrada en vigor de las obligaciones de servicio público

1 de octubre / 1 de noviembre de 2021

Dirección en la que puede obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación relacionada con las obligaciones de servicio público modificadas

Ministerio de Transporte

PO Box 8010 Dep

0030 OSLO

NORUEGA

Tel. +47 22248353

postmottak@sd.dep.no

https://www.regjeringen.no/en/find-document/id2000006/?documenttype=dokumenter/anbud


15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/5


Comunicación del Órgano de Vigilancia de la AELC con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Convocatoria de licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

(2021/C 132/05)

Estado miembro

Noruega

Rutas afectadas

Florø – Oslo y viceversa

Ørsta-Volda – Oslo y viceversa

Stokmarknes – Bodø y viceversa

Stokmarknes – Tromsø y viceversa

Período de validez del contrato

Florø – Oslo y Ørsta-Volda – Oslo:

Del 1 de octubre/noviembre de 2021 al 31 de marzo de 2024

Stokmarknes – Bodø y Stokmarknes – Tromsø:

Del 1 de octubre/noviembre de 2021 al 31 de marzo de 2022

Plazo de presentación de las ofertas

15 de junio de 2021 (fecha provisional)

Dirección en la que puede obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relativa a la licitación y las obligaciones de servicio público modificadas

Ministerio de Transporte

PO Box 8010 Dep

0030 OSLO

NORUEGA

Tel. +47 22248353

postmottak@sd.dep.no

https://www.regjeringen.no/en/find-document/id2000006/?documenttype=dokumenter/anbud


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Comisión Europea

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/6


Convocatoria de propuestas 2021 — EAC/A02/2021

Cuerpo Europeo de Solidaridad

(2021/C 132/06)

1.   Introducción y objetivos

La presente convocatoria de propuestas está supeditada a las siguientes condiciones:

la adopción por la autoridad legislativa, sin modificaciones significativas, de la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen el marco jurídico y el programa del Cuerpo Europeo de Solidaridad y se derogan los Reglamentos (UE) 2018/1475 y (UE) n.o 375/2014;

el dictamen favorable del Comité establecido en el acto de base sobre el programa de trabajo anual para la aplicación del Cuerpo Europeo de Solidaridad en 2021;

la adopción por la Comisión del programa anual de trabajo para 2021, una vez consultado el Comité del programa;

la disponibilidad de los créditos previstos en el proyecto de presupuesto para 2021 después de la adopción de este por la autoridad presupuestaria o, en caso de no adoptarse, con arreglo al sistema de doceavas partes provisionales; y

la designación de la agencia nacional por la autoridad nacional, y la aceptación por la Comisión, así como la firma de los acuerdos de contribución.

Por lo tanto, esta notificación no es jurídicamente vinculante para la Comisión (el órgano de contratación). En caso de que no se cumpla alguna de las condiciones anteriores, el órgano de contratación se reserva el derecho de suspender o cancelar la presente convocatoria y de poner en marcha otras convocatorias con distinto contenido y plazos adecuados de presentación.

2.   Acciones

La presente convocatoria de propuestas abarca las siguientes acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad:

Proyectos de voluntariado

Voluntariado en equipo en ámbitos de alta prioridad

Proyectos solidarios

Sello de calidad para las actividades de voluntariado solidario

Sello de calidad para el voluntariado en el ámbito de la ayuda humanitaria

3.   Admisibilidad

Cualquier organismo, público o privado, puede solicitar financiación en el marco del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Pueden asimismo solicitar financiación para proyectos solidarios los grupos de jóvenes registrados en el portal del Cuerpo Europeo de Solidaridad.

Los siguientes países pueden participar plenamente en todas las acciones del Cuerpo Europeo de Solidaridad:

los veintisiete Estados miembros de la Unión Europea y los países y territorios de ultramar;

los terceros países asociados al programa:

los países de la AELC y del EEE (1): Islandia y Liechtenstein;

países candidatos a la adhesión a la UE (2): la República de Turquía y la República de Macedonia del Norte

Además, algunas acciones del programa están abiertas a organizaciones de terceros países no asociados al programa.

En la guía del Cuerpo Europeo de Solidaridad de 2021 pueden encontrarse más detalles sobre las modalidades de participación.

4.   Presupuesto y duración de los proyectos

El presupuesto total destinado a esta convocatoria de propuestas se estima en 138 873 000 EUR.

El presupuesto total asignado a la convocatoria de propuestas y su reparto son indicativos, están sujetos a la adopción del programa de trabajo anual del Cuerpo Europeo de Solidaridad para 2021 y pueden ser modificados a reserva de una modificación de los programas de trabajo anuales del Cuerpo Europeo de Solidaridad. Se invita a los candidatos potenciales a consultar periódicamente el programa de trabajo anual del Cuerpo Europeo de Solidaridad y sus modificaciones, publicados en: https://europa.eu/youth/solidarity/organisations/reference-documents-resources por lo que respecta al presupuesto disponible para cada una de las acciones cubiertas por la convocatoria.

La cuantía de las subvenciones concedidas y la duración de los proyectos varían en función de diversos factores, como el tipo de proyecto y el número de socios que participan.

5.   Plazo para la presentación de solicitudes

Todos los plazos de presentación de solicitudes especificados a continuación expiran a las 12.00 horas del mediodía (hora de Bruselas).

Proyectos de voluntariado

28 de mayo de 2021

5 de octubre de 2021

Proyectos solidarios

28 de mayo de 2021

5 de octubre de 2021

Todos los plazos de presentación de solicitudes especificados a continuación expiran a las 17.00 horas de la tarde (hora de Bruselas).

Equipos de voluntarios en ámbitos de alta prioridad

5 de octubre de 2021

Las solicitudes del sello de calidad pueden presentarse en todo momento.

En la guía del Cuerpo Europeo de Solidaridad para 2021 se detallan las instrucciones para la presentación de solicitudes.

6.   Más información

Las condiciones detalladas de la presente convocatoria de propuestas, incluidas las prioridades, figuran en la guía del Cuerpo Europeo de Solidaridad de 2021, en la siguiente dirección de internet: https://europa.eu/youth/solidarity/organisations/calls-for-proposals

La guía del Cuerpo Europeo de Solidaridad de 2021 forma parte integrante de la presente convocatoria de propuestas; las condiciones de participación y financiación que se indican en ella se aplican plenamente a dicha convocatoria.


(1)  A reserva de la decisión del Comité Mixto del EEE para participar en el programa.

(2)  A reserva de la firma de los Acuerdos de Asociación bilaterales.


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/8


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.10162 - AmerisourceBergen/parts of Walgreens Boots Alliance’s Pharmaceutical Business)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2021/C 132/07)

1.   

El 7 de abril de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:

AmerisourceBergen Corporation («AmerisourceBergen», Estados Unidos).

i) Actividades farmacéuticas mayoristas de Walgreens Boots Alliance, Inc. en Argelia, Chequia, Croacia, Egipto, los Emiratos Árabes Unidos, España, Francia, Lituania, Noruega, los Países Bajos, Portugal, el Reino Unido, Rumanía y Turquía, y ii) actividades farmacéuticas minoristas en Lituania, Noruega y los Países Bajos («objetivo», Países Bajos).

AmerisourceBergen adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad del objetivo.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

AmerisourceBergen: servicios y distribución de productos farmacéuticos.

Objetivo: logística y comercio mayorista y minorista de productos farmacéuticos.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:

M.10162 - AmerisourceBergen/parts of Walgreens Boots Alliance’s Pharmaceutical Business

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/10


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.10227 — KPS Capital Partners/Hydro Rolling)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2021/C 132/08)

1.   

El 31 de marzo de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:

KPS Capital Partners, LP («KPS», Estados Unidos).

Hydro Aluminium Rolled Products GmbH (Alemania), perteneciente a Norsk Hydro ASA (Noruega).

Hydro Aluminium Rolled Products AS (Noruega), perteneciente a Norsk Hydro ASA.

KPS adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de Hydro Aluminium Rolled Products GmbH e Hydro Aluminium Rolled Products AS, que forman conjuntamente la división de productos laminados planos de aluminio de Norsk Hydro ASA.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

KPS: fondo de inversión que controla empresas industriales y manufactureras de diversos sectores, tales como los de materiales de base, productos de consumo de marca, productos sanitarios y de lujo, piezas de automoción, bienes de equipo y fabricación general.

Hydro Aluminium Rolled Products GmbH: producción y suministro de productos laminados planos de aluminio.

Hydro Aluminium Rolled Products AS: producción y suministro de productos laminados planos de aluminio.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:

M.10227 — KPS Capital Partners/Hydro Rolling

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


OTROS ACTOS

Comisión Europea

15.4.2021   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 132/12


Publicación de una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios

(2021/C 132/09)

La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1) , en un plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

«SEL DE CAMARGUE»/«FLEUR DE SEL DE CAMARGUE»

N.o UE: PGI-FR-02443 de 5.12.2018

DOP ( ) IGP (X)

1.   Nombre

«Sel de Camargue»/«Fleur de sel de Camargue»

2.   Estado miembro o tercer país

Francia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio

3.1.   Tipo de producto

Clase 2.6. Sal

3.2.   Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1

La «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» son sales marinas obtenidas de la evaporación natural del agua de mar y que cristalizan únicamente por la acción del sol y del viento.

La «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» contienen más de un 97 % de NaCl (en extracto seco), y son de color blanco debido al muy bajo contenido de materia insoluble.

La «Sel de Camargue» puede presentarse de diferentes formas:

«Fin» (fina), caracterizada por un 90 % de cristales con un tamaño del gránulo inferior o igual a 0,9 mm, una cantidad de materia insoluble inferior o igual a 500 ppm, y un contenido de humedad inferior al 0,05 %;

«Gros» (gruesa), caracterizada por un 90 % de cristales con un tamaño del gránulo superior o igual a 0,9 mm, una cantidad de materia insoluble inferior o igual a 500 ppm y una humedad inferior o igual al 0,05 %;

«Gros essoré» (gruesa escurrida), caracterizada por un 90 % de cristales con un tamaño del gránulo superior o igual a 0,4 mm, una cantidad de materia insoluble inferior o igual a 500 ppm y una humedad inferior o igual al 2,8 %;

«Brut» (bruta), caracterizada por un 90 % de cristales con un tamaño del gránulo superior o igual a 0,9 mm, una cantidad de materia insoluble inferior o igual a 700 ppm y una humedad inferior o igual al 5 %;

no se permite ningún tratamiento (excepto el secado).

La «Fleur de sel de Camargue» presenta las siguientes características:

tamaño del gránulo igual o inferior a 5 mm;

una cantidad de materia insoluble inferior o igual a 600 ppm;

una ausencia de cuerpos extraños superiores a 3 mm;

una humedad inferior al 4 %.

una densidad aparente de la sal sin compactación inferior o igual a 0,90;

no se permite ningún tratamiento (excepto el secado).

3.3.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de productos transformados)

3.4.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida

En la zona geográfica definida se llevarán a cabo las siguientes operaciones:

el bombeo en el mar;

la circulación del agua bombeada en los estanques;

el suministro de cristalizadores;

la recolección;

el almacenamiento primario [en montones o en contenedores plegables (big-bag)].

3.5.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado

3.6.   Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado

4.   Descripción sucinta de la zona geográfica

La zona de producción de la «Sel de Camargue»/«Fleur de sel de Camargue» se define en función de criterios edafoclimáticos, climáticos e históricos.

Esta zona geográfica se sitúa en:

tres municipios del departamento del Gard: Aigues-Mortes, Le-Grau-du-Roi, y Saint-Laurent-d’Aigouze;

un municipio del departamento de Bocas del Ródano: Les-Saintes-Maries-de-la-Mer.

Los límites de la zona son límites físicos o naturales, como los canales y el mar Mediterráneo.

5.   Vínculo con la zona geográfica

El vínculo con la zona geográfica de la «Sel de Camargue»/«Fleur de sel de Camargue» se basa en su reputación y su calidad específica.

La «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» proceden exclusivamente de la zona geográfica de la Pequeña Camarga. En toda la zona geográfica de 18 000 hectáreas, las salinas productoras abarcan 8 500 ha de terreno salvaje, en el que los salineros hacen circular el agua de mar a través de los estanques.

El clima mediterráneo en la zona geográfica, gracias a sus veranos bien marcados y a sus vientos del norte y noroeste, favorece la cristalización de la sal y los métodos específicos de recolección (formación de una torta de sal y recolección anual). La producción tiene lugar mediante la concentración gradual del agua de mar a través de la evaporación natural por efecto del sol y del viento a lo largo de diferentes balsas, hasta que se produce la precipitación de la sal en los cristalizadores.

Las características climáticas y edafológicas son decisivas para los métodos de producción y recolección.

La zona geográfica, que goza de clima mediterráneo, se caracteriza por una elevada insolación y unas altas temperaturas estivales, lo que favorece una producción de sal abundante y más regular que en la costa atlántica. Además, la producción del «Sel de Camargue» se realiza sobre suelos arenosos sueltos que cubren naturalmente los cristalizadores. La naturaleza de los suelos arenosos en los que circula el agua del mar y la renovación frecuente de estas aguas permiten obtener salmuera con muy poca materia insoluble, lo que origina el color blanco de la sal y de la flor de sal de la Camarga. Este color blanco es característico de estos productos.

En esta zona, la producción de «Sel de Camargue» se remonta a la Edad Media en particular en las salinas de Aigues-Mortes, denominadas primeramente «Salin de Peccais», «ingeniero» romano encargado de organizar la producción de la sal, y posteriormente «Salin du Roi».

El color extremadamente blanco de la «Sel de Camargue» y de la «Fleur de sel de Camargue» garantiza su singularidad. La «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» también son notorias por su riqueza en NaCl (> 97 %), que se explica por la rapidez de la evaporación en los cristalizadores y por la baja tasa de materia insoluble vinculadas al medio geográfico: en efecto, estas características se deben a las altas temperaturas y a la naturaleza arenosa de los suelos cristalinos.

La cristalización de la sal en cristales grandes (de hasta 1-2 cm de diámetro) permite formar una capa de sal de al menos 4-5 cm de espesor, lo que permite la recolección de dicha capa de sal.

La producción se ve favorecida por la insolación y el viento. Las altas temperaturas estivales provocan una evaporación y una concentración intensa que permiten obtener una producción importante. Los métodos de recolección también están condicionados por las características del medio natural. Los cristalizadores de la Camarga son grandes, por lo que la acción eólica es crucial para el éxito de la recolección de la «Sel de Camargue» y de la «Fleur de sel de Camargue». Por lo tanto, la producción varía de un año a otro en función de las condiciones climáticas.

La «Fleur de sel de Camargue» nace en verano, cuando el viento deja de soplar y se forman millones de cristales salinos en la superficie del agua. La diferencia térmica entre el día y la noche genera la cristalización en sobre la salmuera.

Posteriormente, el mistral recorre las grandes extensiones de los cristalizadores y empuja la flor de sal cristalizada en la superficie hacia el borde, donde se acumula y cae a su salmuera inicial. La flor de sal, que siempre permanece en su salmuera inicial saturada, no se disuelve y la capa de «contrasal», muy dura y espesa, impide que entre en contacto con el suelo arenoso, lo que garantiza su pureza.

La «Fleur de sel de Camargue» es muy fina, ya que la rapidez de la evaporación provocada por las condiciones meteorológicas favorece la formación de cristales pequeños.

La «Sel de Camargue» y la «Fleur de Sel de Camargue» son muy conocidas. Poseen características físicas y químicas específicas.

La reputación de la «Sel de Camargue» se remonta al siglo XVII, en particular con el embajador de Cerdeña, que se abastecía de sal de la zona; por otra parte, las queserías de Roquefort utilizan «Sel de Camargue» para la salazón desde 1753. Dicha buena reputación se ha mantenido hasta el presente. Desde 1995, la «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» han sido especialmente promovidas a través de restaurantes.

Chefs famosos como los hermanos Pourcel, Roger Merlin o Michel Kayser, que crean una cocina regional, elaboran recetas centradas en productos regionales reconocidos, como la «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» (fuentes: Cuisine en Duo, los hermanos Pourcel, 1999; Saveurs salées de la Méditerranée, éditions Gallimard, entre otras).

Desde la década de 1990, las obras gastronómicas y las guías turísticas han promovido la «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue» entre el público en general, lo que ha permitido desarrollar actividades de turismo en Aigues-Mortes, como la visita a las salinas (más de 100 000 visitantes al año). A modo de ejemplo, las publicaciones de éditions Gallimard de 1999 de Camargue, fleur de sel, la revista France Aéro, que en 2001 dedicó un artículo entero a la producción de sal de la Camarga, y en particular a la «Fleur de sel de Camargue», o el semanario La semaine de Nîmes, donde en 2001 podía leerse que «en la cocina, la "Fleur de sel de Camargue" es maravillosa para platos a la sal. Sin embargo, su finura permite ennoblecer un simple huevo al plato o una simple verdura cruda. [...] Tiene la capacidad de sublimar los alimentos que acompaña».

La publicación de artículos en la prensa regional y nacional (como en Midi-Libre, L’Alsace, La Marseillaise, La Gazette, La Provence, Le Figaro, Le Point, o Les Echos) y la difusión de reportajes televisivos (como en las cadenas France Télévision, TF1, Arte, BFM) sin interrupción desde la década de 1990 dan fe del interés que suscitan la «Sel de Camargue» y la «Fleur de sel de Camargue».

Referencia a la publicación del pliego de condiciones

(artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento)

https://extranet.inao.gouv.fr/fichier/CDC-SelFdsCamargVNov2020.pdf


(1)  DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.