ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
64.° año |
Sumario |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2021/C 20/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.10038 — Allied Universal Topco/G4S) ( 1 ) |
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2021/C 20/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9974 — Groupe Crédit Agricole/Groupe Generali/Europ Assistance France/Viavita) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2021/C 20/03 |
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2021/C 20/04 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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2021/C 20/05 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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2021/C 20/06 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2021/C 20/07 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10086 — Cerberus Group/Dorel Industries) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2021/C 20/08 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10145 — American Industrial Partners/Personal Care Business of Domtar) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2021/C 20/09 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.10095 — Crédit Agricole Italia/Credito Valtellinese) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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OTROS ACTOS |
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Comisión Europea |
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2021/C 20/10 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.10038 — Allied Universal Topco/G4S)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 20/01)
El 13 de enero de 2021, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32021M10038. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.9974 — Groupe Crédit Agricole/Groupe Generali/Europ Assistance France/Viavita)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 20/02)
El 8 de diciembre de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad; |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9974. EUR-Lex da acceso al Derecho dela Unión en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/3 |
Tipo de cambio del euro (1)
18 de enero de 2021
(2021/C 20/03)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,2064 |
JPY |
yen japonés |
125,18 |
DKK |
corona danesa |
7,4393 |
GBP |
libra esterlina |
0,89073 |
SEK |
corona sueca |
10,1540 |
CHF |
franco suizo |
1,0747 |
ISK |
corona islandesa |
156,80 |
NOK |
corona noruega |
10,3858 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,185 |
HUF |
forinto húngaro |
360,39 |
PLN |
esloti polaco |
4,5389 |
RON |
leu rumano |
4,8743 |
TRY |
lira turca |
9,0546 |
AUD |
dólar australiano |
1,5721 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5413 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,3538 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6975 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,6078 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 335,05 |
ZAR |
rand sudafricano |
18,4919 |
CNY |
yuan renminbi |
7,8359 |
HRK |
kuna croata |
7,5535 |
IDR |
rupia indonesia |
17 053,67 |
MYR |
ringit malayo |
4,8883 |
PHP |
peso filipino |
57,989 |
RUB |
rublo ruso |
89,5913 |
THB |
bat tailandés |
36,361 |
BRL |
real brasileño |
6,3910 |
MXN |
peso mexicano |
23,9785 |
INR |
rupia india |
88,4365 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/4 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2021/C 20/04)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por Alemania
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Alemania
Tema de la conmemoración: Serie «Estados federados» (Bundesländer) - Sajonia-Anhalt
Descripción del diseño: En el diseño se muestra la catedral de Magdeburgo, la primera catedral de estilo gótico construida en Alemania. En la cara interna también figura el nombre «SACHSEN-ANHALT» (Sajonia-Anhalt) y, en la parte inferior, el código del país emisor «D», la marca de la ceca correspondiente («A», «D», «F», «G» o «J»), así como el año de emisión «2021» en la parte izquierda y la marca del grabador a la derecha.
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen estimado de emisión: 30 000 000 monedas
Fecha de emisión: 26 de enero de 2021
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/5 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2021/C 20/05)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por Letonia
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Letonia.
Tema de la conmemoración: Centenario del reconocimiento internacional de iure de Letonia.
Descripción del motivo: El 26 de enero de 1921, los diplomáticos letones lograron algo trascendental: las grandes potencias mundiales reconocieron de iure a Letonia. Si bien Letonia había declarado su independencia el 18 de noviembre de 1918, solo después de un período trabado de combates, la nueva nación fue reconocida en 1920.
El motivo representa la inscripción artística «100 Latvija de iure 2021», por lo que figura tanto el nombre del país (LATVIJA) como el año de emisión (2021).
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen de emisión: 412 000 monedas.
Fecha de emisión: Primer trimestre de 2021.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/6 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2021/C 20/06)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por Luxemburgo
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación en determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Luxemburgo
Tema de la conmemoración: Cuadragésimo aniversario del matrimonio del Gran Duque Henri
Descripción del motivo: El diseño muestra las efigies del Gran Duque Henri y de la Gran Duquesa María Teresa. Debajo de las efigies, dos alianzas precedidas de la fecha de la boda «14. FEBRUAR 1981» y seguidas del año de emisión «2021». La palabra «LETZEBUERG» que alude al país emisor está inscrita debajo.
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen estimado de emisión: 500 000 monedas
Fecha de emisión: Febrero de 2021.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/7 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10086 — Cerberus Group/Dorel Industries)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 20/07)
1.
El 8 de enero de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Cerberus Capital Management, L.P. («Cerberus Group», Estados Unidos). |
— |
Dorel Industries Inc. («Dorel», Canadá). |
Cerberus Group adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de Dorel.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
Cerberus Group: sociedad de capital inversión que invierte en bienes muebles e inmuebles de todo tipo en todo el mundo. Algunos de los principales sectores en los que las empresas bajo el control del grupo Cerberus generan volumen de negocios son los de servicios financieros, fabricación, materiales de construcción y bienes inmuebles. |
— |
Dorel: empresa con actividades en todo el mundo en los sectores de productos juveniles, bicicletas y productos domésticos. Los productos de la marca Dorel Juvenile abarcan las marcas mundiales Maxi-Cosi, Quinny y Tiny Love, complementadas por marcas regionales como Safety 1st, Bébé Confort, Cosco e Infanti. Las marcas de Dorel Sports abarcan Cannondale, Schwinn, GT, Mongoose, Caloi e IronHorse. Dorel Home comercializa un amplio surtido de muebles producidos e importados en el mercado nacional. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10086 — Cerberus Group/Dorel Industries
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruselas |
BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/9 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10145 — American Industrial Partners/Personal Care Business of Domtar)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 20/08)
1.
El 12 de enero de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
AIPCF VII Global Corp Holding LP, un fondo de inversión gestionado por American Industrial Partners («AIP», Estados Unidos). |
— |
División de higiene corporal de Domtar Corporation («división de higiene corporal de Domtar», Estados Unidos). |
AIP adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de la división de higiene corporal de Domtar.
La concentración se realiza mediante la adquisición de títulos.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
AIP: empresa de capital inversión de mercado medio centrada en la compra y mejora de empresas industriales con sede en Norteamérica, |
— |
División de higiene corporal de Domtar: empresa fabricante de productos absorbentes para la higiene, tales como productos para la incontinencia de adultos (por ejemplo, almohadillas y compresas de control de la vejiga, calzoncillos y ropa interior de protección) y productos de higiene para bebés (por ejemplo, pañales). |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10145 — American Industrial Partners/Personal Care Business of Domtar
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruselas |
BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/10 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.10095 — Crédit Agricole Italia/Credito Valtellinese)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2021/C 20/09)
1.
El 12 de enero de 2021, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Crédit Agricole Italia S.p.A. («CAI», Italia), perteneciente a Crédit Agricole Group (Francia). |
— |
Banca Piccolo Credito Valtellinese S.p.A («CreVal», Italia). |
CAI adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad de CreVal.
La concentración se realiza mediante una oferta pública de adquisición anunciada el 23 de noviembre de 2020.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
CAI: servicios bancarios y de seguros en Italia. |
— |
Crédit Agricole Group: variados servicios bancarios y financieros ofrecidos en todos los sectores de la banca minorista y actividades financieras conexas, tales como seguros, gestión de activos, arrendamiento financiero, factorización, banca de inversión y crédito al consumo. |
— |
CreVal: banca minorista en Italia. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.10095 — Crédit Agricole Italia/Credito Valtellinese
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruselas |
BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
OTROS ACTOS
Comisión Europea
19.1.2021 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 20/11 |
Publicación de una solicitud de registro de un nombre con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
(2021/C 20/10)
La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación.
DOCUMENTO ÚNICO
«ENNSTALER STEIRERKAS»
N.o UE: PDO-AT-02588 – 28.1.2020
DOP (X) IGP ( )
1. Nombre [de DOP o IGP]
«Ennstaler Steirerkas»
2. Estado miembro o tercer país
Austria
3. Descripción del producto agrícola o alimenticio
3.1. Tipo de producto
Clase 1.3. Quesos
3.2. Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1
El «Ennstaler Steirerkas» es un queso de leche agria elaborado a partir de leche de vaca desnatada, cruda o pasteurizada. La leche se transforma para obtener bloques de queso de forma troncocónica con un peso de hasta 4 kg, sin adición de cuajo, únicamente mediante coagulación ácida. Normalmente, la sal es el único ingrediente utilizado para sazonar el producto. También pueden añadirse muy pequeñas cantidades de pimienta, especias, hierbas aromáticas y bayas. El «Ennstaler Steirerkas» es un queso curado, que se desmenuza con facilidad, poco graso, con un aroma peculiar y un sabor muy característico. El sabor es ácido, fuerte y picante, de especiado a marcado. A medida que el queso envejece, su olor se hace más intenso, caracterizado por un aroma fuerte y especiado, acompañado de un olor terroso y una ligera nota de amoniaco. El sabor y la intensidad del olor pueden variar ligeramente en función de las condiciones meteorológicas en el momento de la producción. El proceso de maduración, bajo la influencia de mohos nobles, dura al menos tres semanas, empezando en el exterior del producto y avanzando hacia el interior.
La superficie es seca, oscura o grisácea, recubierta de una capa de moho verde o blanco de espesor variable y con fisuras que se asemejan a un mapa. El queso es marmolado en su interior, de color marrón pálido a gris marrón. Su estructura es granular o desmenuzable a pegajosa, estampada aquí y allá con vetas de moho.
El contenido máximo de humedad del «Ennstaler Steirerkas» es del 46 %, lo que le confiere un valor CAQD (contenido de agua en el queso desnatado) sustancialmente inferior al habitual en el caso de un queso ácido.
Las otras propiedades físicoquímicas del «Ennstaler Steirerkas» son las siguientes:
Materia grasa sobre extracto seco (calculada): 0-12 %
Peso seco: Mínimo 52 % – Máximo 62 %
3.3. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados)
Piensos:
Desde finales de mayo hasta finales de septiembre o principios de octubre, las vacas lecheras suelen pastar en pastos de montaña situados entre 500 m y 1 800 m sobre el nivel del mar, donde se alimentan de diferentes tipos de hierba. Si no se practica el pastoreo, debe garantizarse que las vacas sean alimentadas con hierbas procedentes de la zona delimitada (también en forma de ensilado). En invierno, las vacas lecheras se mantienen estabuladas y son alimentadas con heno y ensilado procedentes de la zona delimitada. Las vacas pueden ser alimentadas con herbáceas y gramíneas en forma de forraje verde fresco, heno seco o ensilado transformado. Los agricultores utilizan principalmente sus propios piensos, haciendo especial hincapié en la calidad durante la cosecha.
Para garantizar el bienestar de los animales, resulta necesario y, por tanto, está permitido complementar su alimentación con concentrados y forrajes bastos procedentes de otras zonas, que pueden representar hasta el 40 % de la materia seca sobre una base anual, para garantizar un suministro equilibrado de nutrientes y una alimentación adecuada durante períodos de alto rendimiento lácteo o en caso de condiciones meteorológicas excepcionales, como las sequías. Los concentrados pueden adquirirse en otras zonas, ya que la zona geográfica, al ser una región montañosa tradicional caracterizada por pastos y una capa de humus poco profunda, no está bien adaptada al cultivo. Esto significa que prácticamente ni se cultivan ni se producen cereales o cultivos similares en la zona, lo que obliga a adquirirlos en otras zonas. No obstante, al menos el 60 % de la materia seca, sobre una base anual, debe proceder de la zona geográfica.
Por lo tanto, el porcentaje de forrajes (forrajes bastos, ensilado y/o hierba) procedente de la zona geográfica no puede ser inferior al 60 % del total de materia seca administrada anualmente a las vacas en lactación. Menos del 40 % de la materia seca de cada ración puede estar compuesta de concentrado/heno procedente de otras zonas.
La citada excepción para los complementos alimenticios no afecta a la elevada y constante calidad de la leche, ya que la mayor parte de los forrajes bastos deben proceder de la zona delimitada.
Materia prima:
Para la producción del «Ennstaler Steirerkas» únicamente se utiliza leche de vaca procedente de la zona geográfica definida.
La leche pasteurizada o desnatada cruda se coagula sin adición de cuajo. En caso necesario, pueden utilizarse cultivos de bacterias lácticas para estimular el proceso de acidificación. No pueden añadirse materias colorantes ni conservantes químicos.
3.4. Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida
Toda la producción (materias primas, transformación y maduración) debe llevarse a cabo en la zona geográfica definida.
3.5. Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado
—
3.6. Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado
—
4. Descripción sucinta de la zona geográfica
La zona de producción tradicional del «Ennstaler Steirerkas» está situada en la parte noroccidental de Estiria (distrito de Liezen).
5. Vínculo con la zona geográfica
El clima inestable, la riqueza de diversas formaciones rocosas (en particular, micaesquisto, piedra caliza, dolomita, mármol, esquisto verde, anfibolita y arenisca), así como los diferentes tipos de terrenos y suelos, posibilitan que el paisaje y la fauna locales sean extremadamente diversos. Las condiciones locales específicas (clima, orografía y suelo), junto con la práctica de la ganadería extensiva de pasto, permiten el crecimiento de la vegetación típica de los prados y pastizales de montaña, con abundante hierba si se compara con las zonas de los valles y una biodiversidad especial condicionada por su ubicación y su uso.
La flora alpina, rica en una amplia variedad de especies, influye en la calidad de la materia grasa de la leche. La leche procedente de esta zona montañosa presenta un perfil de ácidos grasos con mayores niveles de ácidos grasos insaturados (ácidos grasos omega-3) y beta-caroteno.
Esta leche desnatada se utiliza para producir un queso de leche agria con un bajo contenido de materia grasa, con proteínas biológicas de alta calidad, oligoelementos y vitaminas, que contribuyen notablemente al color entre parduzco y verdoso, al olor aromático e intenso y al sabor polifacético del «Ennstaler Steirerkas».
El «Ennstaler Steirerkas» empezó a producirse industrialmente hace tan solo unas décadas, lo que pone de manifiesto la importancia del elemento humano y de su destreza. Aún hoy, muchas etapas de la transformación se siguen realizando manualmente.
Los conocimientos técnicos relacionados con la producción del «Ennstaler Steirerkas» se han transmitido a menudo en familias durante generaciones. Los productores de leche de Ennstal también han mantenido intensos intercambios de información a través de reuniones periódicas e iniciativas de formación compartidas, lo que ha contribuido notablemente a preservar los conocimientos sobre la producción del «Ennstaler Steirerkas».
La base del sabor del «Ennstaler Steirerkas» es el conocimiento tradicional y regional de los ganaderos locales y su capacidad para hacer frente a las especificidades del microclima local, lo cual se refleja directamente en el proceso de producción. El análisis permanente de las condiciones climáticas de la región permite a los ganaderos compensar su impacto y garantizar una calidad constante del queso. Por ejemplo, los métodos de cultivo se adaptan al clima y a la vegetación para mantener la calidad de los piensos. En condiciones meteorológicas adversas, los procesos de acidificación deben complementarse con dosis mayores de bacterias de ácido láctico. Las condiciones de maduración del queso cambian con la temperatura del aire y los niveles de humedad. Por lo tanto, resulta necesario observar cuidadosamente cada una de las fases del proceso de elaboración y conocer el momento adecuado para cada acción.
Para producir el «Ennstaler Steirerkas», la leche agria se calienta en cubas de queso a una temperatura de entre 75 °C y 100 °C hasta que la cuajada se separa del suero. Este proceso es importante para que el queso goce de una gran capacidad de conservación, aspecto muy importante en los pastos. Al mismo tiempo, la leche debe tratarse con cuidado para garantizar el mantenimiento de una gran parte de las características y componentes aromáticos y microbiológicos y, por tanto, de sus cualidades específicas. Además, la leche, debido a las condiciones de alimentación naturalmente cambiantes en los pastos de montaña, no tiene características estándar y su calidad (por ejemplo, en términos de proteínas o de composición de ácidos grasos) fluctúa. Gracias a su amplia experiencia, los productores de «Ennstaler Steirerkas» compensan ampliamente estas fluctuaciones naturales.
El desmenuzado de la cuajada ácida también requiere una gran experiencia, lo que se traduce en un aumento de la superficie del queso y favorece además el proceso de secado. Esto da lugar a unos granos muy secos, que confieren al «Ennstaler Steirerkas» su textura desmenuzable única.
La manipulación cuidadosa es decisiva para el proceso de maduración y, por tanto, para la calidad del producto final. El proceso de maduración se realiza bajo la influencia de mohos nobles, en cámaras o bodegas de maduración bien ventiladas, a temperaturas comprendidas entre 6 °C y 14 °C y unos niveles de humedad comprendidos entre el 60 % y el 85 %, con un volteo regular de los quesos. Esto garantiza la superficie seca, fisurada, entre marrón y gris, típica de «Ennstaler Steirerkas», con una infestación de mohos de color verde o blanco. Durante la etapa de maduración, se debe prestar especial atención a la conservación de las ruedas de queso, ya que este proceso también se desarrolla en los pastos de montaña, a bajas temperaturas y con altos niveles de humedad, que varían con frecuencia. El queso suele madurar en bodegas naturales, que requieren un seguimiento especialmente cuidadoso por parte de los productores de leche alpinos, ya que las condiciones de maduración no se pueden controlar a través de la tecnología. Durante la maduración, es especialmente importante que las ruedas de queso se volteen regularmente para que se sequen de forma uniforme. El productor, gracias a su ojo experto, decide cuándo las ruedas están listas para ser volteadas, lo que contribuye notablemente a la calidad del queso. Durante este proceso, deben tenerse en cuenta las peculiaridades de las condiciones locales y de las instalaciones técnicas.
Una prueba del estrecho vínculo del queso con su zona de producción también se ve corroborada por la casi total inexistencia de transporte durante el proceso de elaboración. La leche se produce en la zona geográfica y se transforma directamente in situ o después de trayectos relativamente cortos.
Por lo tanto, el «Ennstaler Steirerkas» debe considerarse un producto que tiene una identidad particular y está fuertemente conformado por la región.
Referencia a la publicación del pliego de condiciones
(artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, del Reglamento)
https://www.patentamt.at/herkunftsangaben/ennstalersteirerkas/
También puede accederse directamente al sitio web de la Oficina Austriaca de Patentes (www.patentamt.at) y seguir la arborescencia siguiente: «Markenschutz/Schutzrechte/Herkunftsangabe» [Protección de marca/Derechos de protección/Indicación de origen]. El texto aparece bajo el nombre de la denominación de calidad.