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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
63.° año |
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Sumario |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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RESOLUCIONES |
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Comité de las Regiones |
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Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020 |
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2020/C 440/01 |
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DICTÁMENES |
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Comité de las Regiones |
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Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020 |
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2020/C 440/02 |
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2020/C 440/03 |
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2020/C 440/04 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Mecanismo de Emergencia Sanitaria de la UE |
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2020/C 440/05 |
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2020/C 440/06 |
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2020/C 440/07 |
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2020/C 440/08 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Una Europa social fuerte para unas transiciones justas |
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2020/C 440/09 |
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2020/C 440/10 |
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2020/C 440/11 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Estrategia para las pymes |
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2020/C 440/12 |
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2020/C 440/13 |
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2020/C 440/14 |
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2020/C 440/15 |
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2020/C 440/16 |
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2020/C 440/17 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Pacto Europeo por el Clima |
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2020/C 440/18 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular |
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2020/C 440/19 |
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2020/C 440/20 |
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2020/C 440/21 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una nueva estrategia industrial para Europa |
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III Actos preparatorios |
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Comité de las Regiones |
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Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020 |
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2020/C 440/22 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Programa La UE por la Salud (EU4Health) |
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2020/C 440/23 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Un Mecanismo de Protección Civil de la Unión reforzado |
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2020/C 440/24 |
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2020/C 440/25 |
Dictamen del Comité de las Regiones — Año Europeo del Ferrocarril (2021) |
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2020/C 440/26 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Paquete REACT-UE |
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ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
RESOLUCIONES
Comité de las Regiones
Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/1 |
Resolución del Comité Europeo de las Regiones sobre el Barómetro Regional y Local Anual 2020 — Los entes locales y regionales frente a la COVID-19 y la construcción de la recuperación
(2020/C 440/01)
El COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES (CDR),
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visto su informe «Barómetro Regional y Local Anual 2020», elaborado mediante un enfoque inclusivo y basado en pruebas y datos contrastados, con la participación de múltiples socios e instituciones; |
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considerando que el objetivo del informe es reflexionar sobre la dimensión regional y local del estado de la Unión, proporcionar a los responsables políticos a escala europea, nacional, regional y local datos de los retos más acuciantes para el próximo año y formular recomendaciones clave con el fin de impulsar las respuestas políticas de Europa; que estas recomendaciones deberían permitir debates abiertos e inclusivos en todos los niveles con el fin de explicar las opciones que hay que tener en cuenta y aumentar la legitimidad de las decisiones que deben tomarse; |
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— |
considerando que los entes locales y regionales se encuentran en primera línea de la gestión de crisis y son responsables de aspectos esenciales de las medidas de contención, la asistencia sanitaria, los servicios sociales y el desarrollo económico, ya que estas competencias se reparten entre los distintos niveles de gobierno de los Estados miembros; |
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considerando que el impacto de la crisis de la COVID-19 es muy diverso, con una fuerte dimensión territorial que tiene importantes consecuencias para la gestión de crisis y las respuestas a nivel político; |
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considerando que los gobiernos subnacionales desempeñan un papel fundamental en la gestión de la crisis de la COVID-19, por medio tanto de sus propias decisiones y acciones políticas como de la aplicación de políticas decididas en otros niveles de gobierno; |
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1. |
subraya la importancia de la gobernanza multinivel y la necesidad de coordinación en la gestión de la asistencia sanitaria de emergencia y la cooperación sanitaria transfronteriza para garantizar una respuesta coherente y eficiente ante crisis futuras; |
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2. |
destaca que, según una encuesta pública realizada en septiembre de 2020 en nombre del CDR sobre las opiniones de los ciudadanos de la UE respecto de la crisis del coronavirus y el papel de los entes locales y regionales, estos siguen siendo el nivel de gobierno más fiable de la UE (52 %) y también el más fiable (48 %) para adoptar, ahora y en el futuro, las medidas adecuadas que permitan superar el impacto económico y social de la crisis del coronavirus. Una clara mayoría de europeos (58 %) también considera que una mayor influencia de los entes regionales y locales tendría un impacto positivo en la capacidad de la UE para resolver problemas, y esta opinión es mayoritaria en todos los Estados miembros; |
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3. |
destaca que la crisis ha dado lugar a un aumento del gasto y a una reducción de los ingresos para los entes locales y regionales, y pide que los entes locales y regionales reciban recursos suficientes de los gobiernos centrales y de la UE para impulsar sus sistemas sanitarios en la actualidad y a largo plazo. Las disparidades regionales en los sistemas sanitarios y los cuellos de botella en la preparación ante emergencias deben abordarse por las autoridades nacionales pertinentes. El programa «La UE por la Salud», la reserva rescEU y las medidas de flexibilidad deben complementar estos esfuerzos; |
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4. |
destaca que el Barómetro Regional y Local Anual 2020 demuestra que los criterios para recibir financiación deben tener en cuenta las especificidades regionales y basarse en un conjunto exhaustivo de indicadores que reflejen los diferentes niveles de exposición y vulnerabilidad, incluida la pérdida de PIB desde el inicio de la crisis, la proporción de sectores de riesgo y la dependencia del turismo, del comercio transfronterizo e internacional y del transporte, así como el porcentaje de trabajadores autónomos y pymes en la economía de la región; |
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5. |
destaca que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que es el núcleo del plan de recuperación de la UE, no debe ignorar la dimensión territorial: los gobiernos subnacionales deben participar estrechamente en la preparación de los planes nacionales y elaborar sus propios planes regionales y locales de recuperación en consonancia con los planes nacionales y de la UE. El Semestre Europeo, como instrumento de gobernanza del Mecanismo, debe incorporar un código de conducta para la participación de los entes locales y regionales, siguiendo los principios de asociación y subsidiariedad activa; |
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6. |
reitera que las pymes y los sectores más gravemente afectados, como el transporte, el turismo y el sector cultural, necesitan tener acceso a diversas ayudas financieras sostenibles como subvenciones públicas, capital riesgo y acceso a financiación con condiciones favorables de reembolso a largo plazo; |
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7. |
reafirma la necesidad de alcanzar rápidamente un acuerdo sobre el nuevo instrumento de recuperación (y el MFP), de modo que puedan movilizarse con celeridad recursos para afrontar los efectos negativos de la crisis, apoyando la economía y la creación de empleo a nivel local; |
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8. |
destaca que las desigualdades sociales, intergeneracionales y de género se han visto exacerbadas drásticamente por el devastador impacto de la COVID-19 en toda Europa, lo que ha socavado una década de progreso en tan solo seis meses. Por lo tanto, unas políticas específicas, ambiciosas y financiadas de forma adecuada que equilibren las prioridades económicas, sociales y sanitarias deben constituir la base de la recuperación europea para limitar las consecuencias a largo plazo de esta pandemia; |
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9. |
subraya que los habitantes de las ciudades y regiones más afectadas por el cambio climático, el deterioro del medio ambiente y el debilitamiento de los ecosistemas naturales se enfrentan a un mayor riesgo de exposición a la propagación de patógenos. Por lo tanto, insiste en que la Comisión Europea y los Estados miembros aprovechen la crisis actual como una oportunidad para combinar la recuperación posterior a la pandemia con una transición acelerada con el fin de que la Unión Europea sea climáticamente neutra de aquí a 2050; |
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10. |
insta a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros a que velen por integrar mejor los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) en un Semestre Europeo renovado, basado en la dimensión territorial y reformado, a fin de vincular más eficazmente el plan de recuperación, el Pacto Verde y el pilar europeo de derechos sociales; |
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11. |
destaca que la crisis ha convertido el acceso a tecnologías e infraestructuras de la información actualizadas en un recurso aún más esencial, y pide que se aborde la «brecha digital» y se logre una alta conectividad para todas las regiones y ciudades de la Unión, incluidas las zonas rurales, periféricas, ultraperiféricas y desfavorecidas geográficamente, así como que se garantice que las personas de todas las edades y entornos socioeconómicos puedan adaptarse a la crisis y al cambiante mundo laboral; |
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12. |
lamenta que las nuevas medidas para aumentar la flexibilidad y acelerar el uso de los fondos de la política de cohesión entrañen el riesgo de una mayor centralización en el nivel de los Estados miembros; por tanto, pide que toda reasignación de recursos y cualquier modificación de los programas de la política de cohesión se lleven a cabo de conformidad con los principios de subsidiariedad, asociación y gobernanza multinivel, y que los entes locales y regionales participen plenamente en las decisiones sobre la [re]programación de las inversiones en el marco de REACT-UE. Destaca que la flexibilidad, en particular la suspensión de la concentración temática, debe seguir siendo de carácter temporal, y que debe preverse la vuelta a las normas ordinarias para los programas de la política de cohesión tan pronto como las condiciones lo permitan; |
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13. |
señala que las regiones con mayor número de personas mayores (es decir, con más de 65 años) se han visto especialmente afectadas por el brote de COVID-19 y que las personas de este grupo de edad corren más riesgo de contraer el coronavirus. Por lo tanto, subraya la necesidad permanente de intercambiar las mejores prácticas sobre cómo proteger eficazmente a las personas mayores, en particular, facilitando su acceso a la telemedicina; |
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14. |
pide a la Comisión, a la luz del número de instrumentos de apoyo y de las modificaciones de las normas actuales y futuras sobre el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, que garantice suficiente claridad respecto de la interacción entre los diferentes mecanismos nuevos, como REACT-UE, el Fondo de Transición Justa y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, por una parte, y los regímenes nacionales y de la UE existentes, por otra, a fin de evitar toda complejidad adicional y unas tasas de absorción potencialmente bajas; a este respecto, subraya que no basta con acordar grandes dotaciones financieras y que los entes locales y regionales también necesitan tiempo suficiente para presentar programas y proyectos, por ejemplo, para el programa REACT-UE; |
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15. |
observa con preocupación que la crisis ha puesto a prueba el mercado único, con perturbaciones en la libre circulación de personas, bienes y servicios que han repercutido gravemente en las pymes y afectan a la vida de todos los ciudadanos de la UE, en particular en las regiones fronterizas; acoge con satisfacción la flexibilidad aportada a las normas sobre ayudas estatales y señala que deben adoptarse medidas para garantizar el buen funcionamiento del mercado único en las crisis futuras; |
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16. |
hace hincapié en que las finanzas de los entes locales y regionales se ven seriamente amenazadas por la crisis, lo que pone en peligro su capacidad para prestar servicios públicos valiosos; reitera que los entes locales y regionales necesitan nuevas normas presupuestarias más inteligentes, tanto a nivel nacional como europeo, y una regla de oro sobre la inversión sostenible con el fin de garantizar que los servicios públicos y la inversión local se consideren esenciales para construir unas economías y unas sociedades más competitivas, resilientes y sostenibles; |
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17. |
señala que la COVID-19 ha llevado a los gobiernos, tanto dentro como fuera de la UE, a adoptar medidas estrictas que afectan a las libertades de los ciudadanos, y que se ha tenido que encontrar un equilibrio complejo para preservar la democracia, el Estado de Derecho y la confianza en las instituciones, esforzándose al mismo tiempo por contener la pandemia. Estos tiempos difíciles podrían convertirse en una oportunidad para reforzar la democracia local y reflexionar colectivamente acerca de los valores fundacionales de Europa durante la Conferencia sobre el Futuro de Europa; |
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18. |
encarga a su Presidente que transmita el Barómetro Regional y Local Anual 2020 y la presente Resolución a los presidentes del Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo Europeo, así como a los jefes de Estado de los 27 Estados miembros de la UE; y anima a los representantes locales y regionales de Europa a que difundan el informe entre los ciudadanos y los medios de comunicación locales. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
DICTÁMENES
Comité de las Regiones
Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/4 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Condiciones de vida equivalentes: una tarea común para todos los niveles de la administración en Europa
(2020/C 440/02)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
expresa su preocupación por las crecientes disparidades económicas, sociales y territoriales dentro de los Estados miembros de la Unión y entre ellos. Los recientes acontecimientos en Europa han puesto de manifiesto que las diferencias entre los territorios y las personas en términos de desarrollo económico, empleo y bienestar van en aumento. Estas diferencias se dan a todos los niveles, desde el nivel sublocal hasta el europeo, y han alcanzado proporciones críticas. El debate en curso sobre los territorios rezagados u «olvidados» pone claramente de manifiesto la necesidad de un enfoque más específico para abordar los problemas de desarrollo de estos lugares; |
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2. |
señala que la pandemia de COVID-19 agrava aún más los desafíos debidos a la crisis en la mayoría de las zonas de los Estados miembros. Las repercusiones económicas y sociales y las condiciones resultantes para la recuperación son muy heterogéneas en los distintos territorios; |
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3. |
reitera que, por esta razón, el objetivo de la cohesión territorial, económica y social, establecido en el artículo 174 del TFUE, debe seguir siendo una prioridad de la Unión Europea. A este objetivo transversal deben contribuir, además de la política regional europea y la política agrícola común, todas las demás políticas de la Unión (por ejemplo, las políticas sociales, de transporte, medio ambiente y energía), en particular, las políticas de la UE relativas al Pacto Verde Europeo y a una mayor digitalización; |
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4. |
recuerda la específica realidad de las regiones ultraperiféricas reconocida en el artículo 349 TFUE, e insiste en el compromiso de la UE en favor del desarrollo de estas regiones a través de medidas específicas, en beneficio de estas y de toda la UE; |
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5. |
destaca que, en 2017, un tercio de la población de la UE vivía en grandes ciudades de más de 100 000 habitantes, un tercio en ciudades de entre 10 000 y 100 000 habitantes y un tercio en pequeñas ciudades y comunidades rurales de menos de 10 000 habitantes (1). La presidenta de la Comisión Europea ha señalado en sus orientaciones políticas (2) que más del 50 % de la ciudadanía europea reside en entidades municipales de zonas rurales; |
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6. |
señala que, en el pasado, la política estructural europea se ha centrado sobre todo en la cohesión de las entidades regionales (NUTS 1 o NUTS 2), pero que no siempre se ha estudiado y se ha tenido suficientemente en consideración el impacto de las medidas en los niveles locales inferiores; |
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7. |
constata que, en los últimos años, se ha observado un aumento de los flujos de emigración neta desde las zonas rurales a las urbanas en los diferentes Estados miembros y regiones (3), y considera que las políticas de la UE deben contribuir a los retos y oportunidades que planteen dichos flujos; |
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8. |
expresa su preocupación por el hecho de que, en muchos lugares, una mayor emigración hacia las grandes ciudades conlleve importantes desafíos para sus centros urbanos como, por ejemplo, la falta de vivienda, el aumento en el precio del alquiler, la sobrecarga de las infraestructuras públicas y problemas sociales. Como consecuencia de la emigración, en el medio rural las ciudades y los municipios de pequeñas y medianas dimensiones, así como las empresas locales, se enfrentan a grandes desafíos. El mantenimiento de las infraestructuras públicas y la financiación de los servicios públicos se ven dificultados debido al menor número de usuarios —además, cada vez más envejecido, y, por tanto, necesitado de mayores servicios—, y las empresas se enfrentan a menudo a una escasez de mano de obra cualificada; |
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9. |
se remite en este contexto al proyecto de Dictamen del CDR sobre el tema «Cambio demográfico: propuestas para cuantificar y afrontar los efectos negativos en las regiones de la UE» (4) y al Dictamen del CDR sobre «Los retos de las regiones metropolitanas y su posición en la futura política de cohesión después de 2020» (5); |
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10. |
recuerda que la primera de un total de seis prioridades establecidas en la Agenda Territorial de la Unión Europea 2020 es la promoción de un desarrollo territorial policéntrico y equilibrado (6) y que este objetivo sigue siendo prioritario en el proyecto de Agenda Territorial 2030; |
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11. |
constata que en la actualidad no existe un enfoque transversal en la Unión Europea con el objetivo de reducir los incentivos de la emigración y de una urbanización o desurbanización descontroladas, mejorando las condiciones de vida en todas las zonas; |
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12. |
reitera la importancia del objetivo 11 «Ciudades y asentamientos sostenibles» de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas (ODS), que debe ser válido para todos los tipos de territorios; |
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13. |
considera que la accesibilidad generalizada de las infraestructuras puntuales públicas, así como la disponibilidad generalizada de las infraestructuras de red públicas y de los servicios públicos, es una condición indispensable para unas condiciones de vida de calidad y un desarrollo sostenible en todos los territorios de la Unión Europea. En este contexto, reitera que las condiciones estructurales varían considerablemente entre los Estados miembros e incluso dentro de las regiones; |
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14. |
considera que las medidas adoptadas por la Unión Europea deben prestar un apoyo equilibrado a los espacios urbanos densamente poblados y a las zonas rurales, a las que se les ha otorgado con frecuencia una consideración fundamentalmente agraria; lamenta, en este orden de cosas, las intervenciones comparativamente reducidas del FSE y el FEDER en las zonas rurales (7) (8); |
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15. |
teme que la crisis del coronavirus dificulte aún más la provisión y el mantenimiento de infraestructuras públicas y la prestación de servicios públicos, en particular en los municipios y regiones más pequeños, alejados y aislados, y débiles desde el punto de vista financiero, ya que es probable que las entidades locales se vean especialmente afectadas por la disminución de los ingresos fiscales. Esto podría seguir impulsando los desarrollos opuestos de los últimos años; subraya que, por lo general, los recortes de las inversiones públicas en infraestructuras y servicios tienen repercusiones más graves entre los grupos de población más vulnerables; |
Estrategias nacionales para un desarrollo territorial equilibrado
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16. |
considera que las políticas de la Unión Europea y las de los Estados miembros deben ser siempre complementarias. En ningún caso deben oponerse ni perseguir objetivos contrarios; destaca, por lo tanto, que se debe evitar la sobrerregulación por parte de los Estados miembros a la hora de transponer las Directivas de la UE al Derecho nacional; |
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17. |
pide, por lo tanto, a los Estados miembros que, en estrecha colaboración con las entidades locales y regionales, desarrollen asimismo políticas nacionales de cohesión y las vinculen con los esfuerzos a nivel europeo en el sentido del principio de asociación y de gobernanza multinivel; |
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18. |
señala, en este contexto, que en varios Estados miembros ya existen enfoques a nivel nacional orientados a una política estructural equilibrada que beneficie a todos los territorios. Mientras que algunos Estados proponen principios generales para el desarrollo de todas las zonas (9), en otros se establecen planes específicos para determinados tipos de zonas (10) (11); |
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19. |
subraya que las estrategias nacionales mencionadas no se centran principalmente en la cohesión económica en términos de rendimiento económico, sino más bien en el establecimiento de un cierto nivel de gestión pública, infraestructura y servicios que sirvan como base para un mayor desarrollo socioeconómico; |
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20. |
constata que la gestión descentralizada se menciona frecuentemente en todas las estrategias nacionales como condición esencial para los territorios habitables. Para garantizar una administración cercana a los ciudadanos y la participación democrática, las estructuras municipales y regionales son esenciales; |
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21. |
reconoce que, en comparación con las políticas europeas, todas las políticas nacionales mencionadas ponen un mayor énfasis en los municipios más pequeños (municipios, mancomunidades de municipios, ciudades pequeñas y medianas, etc.) en el medio rural para reforzarlos y aumentar así su atractivo. Todas las estrategias se centran fundamentalmente en las zonas rurales como espacios de vida y prevén medidas de política estructural para el desarrollo de estos espacios; |
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22. |
acoge favorablemente, en particular, los enfoques sectoriales adoptados por los Estados miembros en sus estrategias nacionales. A pesar de la heterogeneidad de los territorios, es evidente que los desafíos son similares en los distintos Estados miembros; |
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23. |
subraya que todos los enfoques nacionales apuntan a la digitalización como un aspecto fundamental. La disponibilidad de infraestructuras y servicios públicos digitales generalizados también puede crear y mantener puestos de trabajo fuera de los centros urbanos, lo que a su vez podría limitar la fuga de mano de obra a las grandes ciudades. Subraya que el aumento del teletrabajo que se ha experimentado durante la pandemia de COVID-19 podría brindar a los trabajadores una mayor flexibilidad para elegir su lugar de residencia; a este respecto, hace hincapié en que, en su opinión, la constante digitalización de muchos ámbitos de trabajo conllevará a largo plazo que las ventajas derivadas de la proximidad al lugar de trabajo cobren con toda seguridad un papel de menor importancia en muchos ámbitos; subraya que esta tendencia no debe poner en peligro las políticas de movilidad y, en particular, aquellas dirigidas a limitar el impacto medioambiental de los desplazamientos cotidianos al trabajo y los viajes de negocios; |
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24. |
señala la necesidad de que los territorios más alejados de los grandes centros urbanos y con menor densidad de población puedan tener idénticos niveles de conectividad digital para favorecer la puesta en marcha de servicios públicos en línea y del teletrabajo como herramienta para la atracción de población y talento en dichas zonas; |
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25. |
acoge que todas las estrategias se centren también en los aspectos de los servicios públicos, en particular, para garantizar los servicios sanitarios, los servicios sociales y asistenciales, las escuelas y otros centros educativos, así como las posibilidades de acoger a las personas mayores y la integración; la equidad debe ser la pauta a seguir a la hora de proporcionar los servicios básicos a los ciudadanos, con independencia de su lugar de residencia; |
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26. |
invita, por lo tanto, a las futuras presidencias alemana, portuguesa y eslovena de la UE, como contribución a la aplicación de la futura Agenda Territorial 2030, a iniciar un debate y un intercambio de experiencias sobre la mejor manera de combinar las políticas estructurales de la UE y las políticas nacionales de desarrollo regional para reducir las desigualdades territoriales y mejorar las condiciones de vida en toda Europa; |
Recomendaciones generales para la política de la UE
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27. |
insta a la Comisión Europea a que tome en consideración los enfoques nacionales y establezca el objetivo de las «condiciones de vida equivalentes» a nivel europeo como realización concreta del artículo 174 del TFUE y del artículo 349 del TFUE; |
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28. |
subraya el margen de maniobra de los Estados miembros en el ámbito de los servicios públicos. Las medidas adoptadas a escala nacional, regional o local únicamente deberían ir acompañadas de un marco europeo, de conformidad con el principio de subsidiariedad; |
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29. |
pide una estrategia europea de desarrollo territorial a largo plazo que tenga en cuenta las interacciones entre zonas de aglomeración, zonas urbanas y zonas rurales; |
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30. |
insta a la Comisión Europea a que no solo examine el desarrollo económico de los Estados miembros, sino a que también tenga en cuenta y reconozca los esfuerzos realizados en el ámbito de los servicios públicos, especialmente en zonas menos o escasamente pobladas o ultraperiféricas donde existe dispersión geográfica; |
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31. |
considera que la creación de condiciones estructurales adecuadas en todos los Estados miembros y en todas las entidades territoriales es esencial para un desarrollo socioeconómico sostenible de la Unión Europea. Los Fondos Estructurales podrán contribuir de manera significativa a este objetivo, pero no deben seguir siendo el único medio para promover un desarrollo igualitario. Todos los ámbitos políticos, incluida la «visión para los territorios rurales» anunciada por la Comisión Europea deberían contribuir a este objetivo transversal; |
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32. |
subraya que este objetivo exigiría una evaluación detallada de las repercusiones territoriales de las medidas de la UE, tanto para la fase prelegislativa como para la postlegislativa; |
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33. |
recomienda, por tanto, ampliar la «verificación urbana» («urban proofing») propuesta para las políticas europeas en el marco de la agenda urbana a una «verificación territorial» («proofing»), es decir, un examen integrado de la viabilidad en las zonas tanto densamente (por ejemplo, urbanas) como escasamente (por ejemplo, rurales) pobladas, teniendo en consideración sus características específicas, y complementarlo con una evaluación del impacto territorial. De este modo se puede garantizar que los objetivos reglamentarios sean precisos y que no se fomente una urbanización ni una desurbanización descontroladas; |
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34. |
considera que las ciudades pequeñas y medianas deberían recibir mayor atención como puntos de anclaje en territorios que no están densamente poblados. Los municipios prestan servicios esenciales y proporcionan a la ciudadanía infraestructuras indispensables que mejoran considerablemente el atractivo de las zonas rurales; |
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35. |
reitera que las ciudades más grandes también siguen afrontando grandes desafíos, por lo que necesitan el apoyo financiero y organizativo de la Unión Europea. Los distintos tipos de zonas no deben confrontarse entre sí. La agenda urbana y las asociaciones resultantes pueden calificarse como un buen ejemplo de la posible cooperación entre los niveles europeo y local; |
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36. |
anima a la Comisión Europea a que mejore la recopilación sistemática de datos estadísticos comparables para la evaluación del desarrollo de las zonas rurales por debajo del nivel NUTS 2, sin aumentar por ello la carga administrativa a nivel local; |
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37. |
recomienda a los presidentes de los intergrupos del Parlamento Europeo que incluyan plenamente a los representantes del CDR en el trabajo de los intergrupos de desarrollo urbano y rural, promoviendo así un intercambio acerca de los desafíos concretos; |
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38. |
subraya que los futuros grupos de trabajo y grupos de expertos de la Unión Europea deberán garantizar una participación equilibrada de representantes de los diferentes niveles de gobierno y de las entidades de diferentes tamaños de las zonas urbanas y rurales. Debido a las diferencias organizativas y financieras, los enfoques desarrollados por las grandes ciudades no suelen ser aplicables a las entidades locales más pequeñas; |
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39. |
pide que todas las direcciones generales de la Comisión Europea y las comisiones del Parlamento Europeo tengan plenamente en cuenta las interacciones entre las zonas urbanas y rurales y establezcan políticas europeas coherentes que funcionen de manera equilibrada en todos los tipos de territorios; |
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40. |
hace un llamamiento a todas las direcciones generales de la Comisión Europea y las comisiones del Parlamento Europeo para que reconozcan en mayor medida los beneficios de la cooperación a nivel institucional, así como funcional, en ámbitos como la planificación, la movilidad, el medio ambiente, la prestación de servicios de interés general y las inversiones públicas. Esta cooperación permitirá realizar economías de escala y reforzar los vínculos y la cohesión territorial, económica y social entre las zonas urbanas, periurbanas y rurales que forman parte de una misma zona funcional o región; |
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41. |
pide un enfoque integral a escala de la UE que aborde los retos de la cooperación transfronteriza entre ciudades, regiones y municipios y amplíe el potencial de esta cooperación para reducir las disparidades entre los diversos tipos de asentamientos; |
Recomendaciones sobre la política regional europea
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42. |
considera que, en sus esfuerzos por la convergencia y el desarrollo de las regiones de la UE, la política regional europea debería centrarse principalmente en sentar las bases estructurales para un crecimiento igualitario en todos los territorios. Un desarrollo socioeconómico sostenible y a largo plazo solo podrá tener lugar en aquellas zonas en las que la ciudadanía y las empresas hallen las condiciones necesarias. Destaca, a este respecto, la necesidad de crear mayores incentivos para las empresas de las zonas rurales; |
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43. |
reitera que el objetivo de alcanzar las condiciones de vida equivalentes también debería tenerse en cuenta en el marco de la concentración temática de los Fondos EIE (y del Feader). Los Fondos EIE deberían permitir la promoción de las infraestructuras y servicios públicos municipales y regionales necesarios en todas las regiones. Excluir al Feader de las disposiciones comunes de los Fondos Estructurales resulta contraproducente en este sentido, ya que la separación dificulta innecesariamente la concesión de ayudas coherentes entre fondos en las zonas urbanas y rurales; |
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44. |
toma nota, en este contexto, de la asignación específica a las zonas urbanas en el marco del FEDER, pero señala al mismo tiempo que dicha asignación requiere asimismo, en una dimensión comparable, una contrapartida para las zonas rurales. Considera que, a largo plazo, parece más razonable prever una asignación específica para la prestación de servicios en todo el territorio que contribuya a un desarrollo territorial igualitario y al fomento de la resiliencia de todas las entidades territoriales (infraestructuras de banda ancha, hospitales o asistencia sanitaria, infraestructuras de transporte, etc.). De este modo, la base para el establecimiento de la ciudadanía y de las empresas también se promoverá fuera de los centros urbanos, lo que a su vez generará empleo y reducirá la presión migratoria hacia las ciudades; |
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45. |
considera que, habida cuenta de la escasa rentabilidad de los servicios públicos en las zonas menos pobladas, la ayuda de los Fondos Estructurales debería destinarse principalmente a subvenciones; |
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46. |
considera que la ayuda de los Fondos Estructurales debe orientarse en mayor medida a la puesta en marcha y mantenimiento de la infraestructura tecnológica, tanto de telecomunicaciones como de servicios digitales, necesaria para garantizar un desarrollo territorial igualitario. Para ello, se fomentará la colaboración público-privada, ejerciendo el sector público un papel tractor en la ejecución de las actuaciones de inversión destinadas a tal fin; |
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47. |
pide a la Comisión Europea que aborde el tema en su Octavo informe sobre la cohesión que se espera para septiembre de 2021; |
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48. |
pide que se refuercen los vínculos entre la nueva Agenda Territorial 2030 de la UE y la nueva política de cohesión 2021-2027, a fin de dotar a la política de cohesión de un marco estratégico de orientación territorial que permita alcanzar el objetivo de una Europa verde y justa en la que ningún territorio se quede atrás; |
Recomendaciones acerca de otras políticas
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49. |
hace hincapié en que las normas europeas en materia de política de transportes también deberían estar más en consonancia con sus efectos de cara a un establecimiento equilibrado de la población. Esto se refiere a la planificación del transporte público, el transporte ferroviario, pero también al uso de servicios de viajes compartidos (ridesharing). Hasta ahora, los servicios de viajes compartidos se han concentrado principalmente en las zonas urbanas, porque en las zonas rurales la menor densidad de población se traduce en menores ingresos. A largo plazo debería evaluarse la prestación extendida de los servicios de transporte correspondientes, en su caso, mediante obligaciones de servicio público; |
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50. |
constata que las normas europeas en materia de transporte (en particular, las relativas a las emisiones y al cambio climático) plantean desafíos mucho mayores al transporte público en el ámbito rural que a los operadores urbanos. Además, con las actuales condiciones tecnológicas y de disponibilidad en el mercado, el cambio a tecnologías con bajas emisiones no es posible en todas partes, concretamente en el caso de los autobuses, debido a que entrañan un mayor gasto, su autonomía se vería limitada y, en algunos casos, los tiempos de carga serían más largos, sobre todo en las zonas menos densamente pobladas y con un relieve accidentado. Al mismo tiempo, la financiación europea se destina principalmente a la movilidad urbana, ya que las ciudades suelen registrar niveles más altos de contaminación. Con el fin de crear y mantener un transporte público que funcione en todas partes, los objetivos deberían incluir medidas diferentes para cada tipo de territorio o asignar recursos adicionales a aquellas zonas en las que la financiación sea especialmente difícil (por ejemplo, zonas rurales, remotas, ultraperiféricas, insulares y montañosas); |
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51. |
subraya que el teletrabajo no solo desempeña un papel fundamental desde la pandemia de COVID-19. Los servicios digitales de la administración únicamente pueden ofrecerse y aceptarse cuando tanto los proveedores como los usuarios de los servicios correspondientes dispongan de conexiones de banda ancha eficientes; |
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52. |
considera que, por lo tanto, el despliegue de la banda ancha y de la telefonía móvil, así como del 5G y el 6G, debe tener siempre como objetivo una disponibilidad generalizada que satisfaga las normas europeas en materia de emisiones. El desarrollo debería realizarse principalmente en el sector privado. En las zonas en las que, por razones económicas, la expansión generalizada de la fibra óptica solo sea posible con el apoyo financiero de los poderes públicos, las autoridades municipales y regionales deberán estar en condiciones de llevarla a cabo con seguridad jurídica y de manera orientada a los objetivos. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Die Unterschiede bestimmen die Vielfalt in Europa — Ein Atlas ausgewählter Aspekte der räumlichen Strukturen und Entwicklungen [Las diferencias determinan la diversidad en Europa-Un atlas de aspectos específicos de estructuras y desarrollos espaciales], Instituto Federal Alemán de Construcción, Urbanismo e Investigación Espacial.
(2) https://ec.europa.eu/commission/sites/beta-political/files/political-guidelines-next-commission_es.pdf.
(3) https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Archive:Statistics_on_rural_areas_in_the_EU#Further_Eurostat_information
(4) COR-2019-04647-00-00-PAC.
(5) COR-2019-01896-00-00-AC (DO C 79 de 10.3.2020, p. 8).
(6) https://ec.europa.eu/regional_policy/en/information/publications/communications/2011/territorial-agenda-of-the-european-union-2020.
(7) «Evolution of the Budget Dedicated for Rural Development Policy», estudio para la Comisión de Recursos Naturales, Progress Consulting, 2016 (actualizado en 2020).
(8) «EU Cohesion Policy in non-urban areas» (La política de cohesión de la UE en las zonas no urbanas), estudio para la Comisión REGI del Parlamento Europeo, EPRC, 2020.
(9) Informe final de la Comisión «Condiciones de vida equivalentes» [Kommission «Gleichwertige Lebensverhältnisse»], Alemania.
(10) «Ruralités: une ambition à partager – 200 propositions pour un agenda rural» [Zonas rurales: un objetivo compartido – 200 propuestas para una agenda rural], Francia.
(11) «Masterplan für den ländlichen Raum» [Plan maestro para las zonas rurales], Austria.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/10 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Aplicación y perspectivas futuras de la asistencia sanitaria transfronteriza
(2020/C 440/03)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Observaciones preliminares
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1. |
señala que la movilidad transfronteriza de los pacientes es un tema político que reviste importancia. El 34 % de los ciudadanos de la UE considera que la salud es la cuestión política más importante para su región, lo que supone un 8 % más que en 2015 y un 10 % más que en 2012; |
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2. |
destaca que la dimensión regional y local ocupa un lugar central en la asistencia sanitaria transfronteriza. Muchas personas que viven cerca de una frontera buscan, por diferentes razones, tratamiento en el país vecino. Las regiones fronterizas representan el 40 % del territorio de la UE y más de uno de cada tres europeos vive en una región fronteriza. Los entes locales y regionales constituyen un vínculo entre todas las partes interesadas (agentes nacionales, regionales o locales, hospitales, médicos de familia, farmacias, ciudadanos, etc.); |
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3. |
considera que, en el contexto de la movilidad transfronteriza de los pacientes, es necesario aclarar una serie de cuestiones —por ejemplo, el acceso a la información sobre el tratamiento en el extranjero, la continuidad de la asistencia, el intercambio de información entre los profesionales sanitarios a ambos lados de la frontera, las diferencias en la oferta de asistencia o en el tipo de atención y tratamiento que se da con cada indicación médica, las posibilidades que brindan los servicios de salud para priorizar y prestar asistencia sanitaria en igualdad de condiciones, así como los retos logísticos y administrativos— que afectan al número de ciudadanos que podrían desear beneficiarse de las posibilidades de tratamiento en otro Estado miembro previstas en la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza; |
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4. |
acoge favorablemente el presupuesto asignado al nuevo programa «La UE por la salud» (EU4Health), que permitirá aumentar la seguridad en materia de salud y mejorar la preparación en caso de crisis sanitarias futuras. Este programa será un programa sólido e independiente y con mayor financiación en el contexto del próximo marco financiero plurianual (MFP) (2021-2027), a fin de abordar adecuadamente los retos que se detectan en el programa de la Comisión para el mandato actual —en particular en lo que se refiere a la lucha contra el cáncer, la prevención, la detección precoz y la gestión de enfermedades crónicas y raras, la resistencia a los antimicrobianos, el acceso a medicamentos asequibles y graves amenazas para la salud (como las epidemias de coronavirus)— y velar por que se establezca una política sanitaria ambiciosa centrada en la cooperación transfronteriza; |
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5. |
acoge con satisfacción el hecho de que todos los Estados miembros hayan completado la transposición de la Directiva; sigue preocupado, no obstante, por el control del cumplimiento y por una serie de cuestiones detectadas hasta la fecha por la Comisión; entiende que la Directiva afecta a un gran número de leyes relativas a la organización y gestión de la asistencia sanitaria, a mecanismos de reembolso, canales de información, derechos de los pacientes y prestaciones y responsabilidad profesional; |
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6. |
acoge con satisfacción, en este contexto, que el vicepresidente primero de la Comisión Europea, Frans Timmermans, haya solicitado, mediante carta al presidente del CDR, la elaboración de un Dictamen prospectivo sobre la aplicación de la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza, que podría contribuir a una mejor aplicación de la Directiva y al refuerzo de los derechos de los pacientes; |
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7. |
aclara que para ello es preciso tener presente que la organización, la gestión, la financiación y la prestación de servicios de salud deben seguir siendo competencia de los Estados miembros de la UE. Además, la aplicación de la Directiva debe llevarse a cabo en el contexto de la misión general de las autoridades sanitarias competentes de actuar en beneficio de los ciudadanos; |
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8. |
expresa su agradecimiento a todos los centros regionales (RegHubs) (1) y partes interesadas a los que se ha consultado por su detenido examen de la encuesta, así como por sus reveladoras respuestas, que han proporcionado una información muy útil para elaborar el presente Dictamen; |
COVID-19
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9. |
considera que la crisis relacionada con la COVID-19 ha dejado claro que Europa necesita más cooperación en el ámbito de la salud; |
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10. |
se hace eco de la petición del presidente del CDR de crear un mecanismo de emergencia sanitaria de la Unión Europea, estrechamente vinculado o integrado en las estructuras existentes de la UE para la gestión de crisis (es decir, el Fondo de Solidaridad de la UE y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades), a fin de preparar mejor a la Unión para cualquier crisis de pandemia en el futuro y de «ayudar a los dirigentes regionales y locales a prestar servicios y material de salud a los hospitales y las escuelas, a contratar personal médico, a adquirir productos sanitarios y a prestar servicios de atención intensiva»; |
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11. |
llama asimismo la atención sobre el artículo 10 de la Directiva, relativo a la asistencia mutua y la cooperación, que permite a los Estados miembros «prestar asistencia mutua» y «facilitar la cooperación en la prestación de asistencia sanitaria transfronteriza a escala regional y local en las regiones fronterizas» y está convencido de que los Estados miembros deben explorar esta oportunidad de manera más creativa para hacer frente también a las situaciones de pandemia; |
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12. |
recuerda que, de conformidad con el artículo 222 del TFUE, la Unión y sus Estados miembros actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad; |
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13. |
considera reconfortante la solidaridad mostrada en momentos de necesidad, en situaciones en que los Estados miembros se han hecho cargo de pacientes de sus vecinos sobrecargados para aliviar la presión de sus capacidades de cuidados intensivos; cree firmemente que esto podría formalizarse en el futuro mediante una solicitud de asistencia con arreglo a la Directiva; |
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14. |
recomienda la creación de «corredores sanitarios» (2) entre las regiones fronterizas, que permitan a los pacientes y a los profesionales de la salud seguir desplazándose por toda la frontera durante el confinamiento para garantizar el acceso a la asistencia y la prestación de cuidados; |
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15. |
señala las soluciones transfronterizas digitales que permiten, por ejemplo, la obtención de imágenes y el análisis a distancia de muestras (como las radiografías de pulmón transferidas para evaluación en el extranjero) como ejemplo de manera rentable y práctica de cooperar cuando se produce un aumento de casos; |
La mayor movilidad de los pacientes no debe ser un objetivo en sí mismo
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16. |
coincide con el Parlamento Europeo en que solo una fracción de los ciudadanos de la UE utiliza las posibilidades que ofrece la Directiva y en que se observa una clara tendencia: la mayor parte de la movilidad transfronteriza de los pacientes se produce en las regiones transfronterizas vecinas; |
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17. |
remite, en este sentido, al informe de la Comisión, que concluye que los flujos transfronterizos de pacientes muestran un patrón estable, según el cual los ciudadanos de la UE se ven influidos principalmente por la proximidad geográfica o cultural a la hora de decidir si recurrir a la asistencia sanitaria transfronteriza; |
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18. |
toma nota de la conclusión de la Comisión de que, en general, la movilidad de los pacientes y su dimensión financiera en la Unión siguen siendo relativamente reducidas: la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza no ha tenido repercusiones presupuestarias significativas en la sostenibilidad de los sistemas de asistencia sanitaria; |
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19. |
señala que la asistencia sanitaria transfronteriza puede constituir la atención sanitaria más adecuada para determinados grupos de pacientes, debido a las posibilidades de tratamiento de enfermedades raras o a la proximidad geográfica de los servicios sanitarios, especialmente en las regiones fronterizas; |
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20. |
acoge con satisfacción el impacto positivo de la Directiva en la movilidad transfronteriza de los pacientes en la UE, que ha aumentado ligeramente desde 2015. Asimismo, se ha producido un aumento constante del número de solicitudes de autorización previa: en 2017 se presentaron y aprobaron en los Estados miembros más del doble de solicitudes de autorización previa que en 2015; |
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21. |
señala que los Reglamentos y la Directiva no son las únicas vías por las que puede proporcionarse asistencia médica en otro Estado miembro, ya que varios de ellos han adoptado procedimientos paralelos bilaterales y multilaterales para abordar las necesidades especiales de asistencia en sus regiones fronterizas (BE, DK, SE, DE, CZ, EE, LU, HU, NL, PT, RO, FI y LT). Estos acuerdos, a menudo anteriores a la Directiva, generan flujos significativos de pacientes que no quedan registrados en las estadísticas europeas; |
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22. |
señala que el objetivo de la Directiva sobre la movilidad de los pacientes no es lograr que el mayor número posible de pacientes utilicen la asistencia en el extranjero; el régimen que plantea la Directiva se ha diseñado para complementar la cesta de servicios y productos de asistencia disponibles a escala regional o nacional y para aclarar los derechos de los pacientes europeos que deseen acceder a asistencia y tratamiento en otro Estado miembro de la UE o del EEE; por lo tanto, el número de usuarios no puede interpretarse como un éxito o un fracaso de la legislación; |
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23. |
subraya a este respecto que el aumento de la movilidad transfronteriza de los pacientes debe basarse predominantemente en la situación individual del paciente y no constituye un objetivo en sí mismo; |
Información fácilmente accesible sobre los tratamientos con arreglo a la Directiva
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24. |
sostiene, al igual que el Parlamento Europeo, que el éxito de la aplicación de la Directiva dependerá de que los profesionales de la salud y otras partes interesadas estén bien informados de todos sus aspectos; |
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25. |
subraya, por tanto, que la información sobre las condiciones establecidas con arreglo a la Directiva para el tratamiento en otro Estado miembro debe ser fácilmente accesible para los ciudadanos, ya que solo así podrán tomar una decisión con conocimiento de causa sobre un posible tratamiento en el extranjero; |
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26. |
considera que, debido a las importantes diferencias organizativas entre los sistemas sanitarios de los distintos países, que en algunos países también incluyen diferencias regionales y locales, es necesario que las autoridades sanitarias garanticen la existencia de normas aplicables para proporcionar una información adecuada a los ciudadanos; |
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27. |
llama la atención sobre el hecho de que los puntos de contacto nacionales (PCN) pueden disponer de antenas regionales o integrarse en los sitios web de los sistemas sanitarios regionales, o bien estar alojados en sitios web de seguros de salud regionales; aunque estas soluciones quizá no aumenten necesariamente la visibilidad global de los «PCN», sí puede que tengan más éxito a la hora de facilitar información a los ciudadanos; |
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28. |
recomienda que la Comisión facilite ejemplos de buenas prácticas con respecto a la difusión de información procedentes de distintos países y entes regionales y locales, a fin de que las autoridades sanitarias de los Estados miembros puedan aprender de sistemas sanitarios concebidos de forma similar; |
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29. |
advierte de que, debido a las diferencias en la organización y los servicios prestados por los distintos sistemas sanitarios y pese a la mejora de las medidas de información por parte de los Estados miembros, persistirán grandes diferencias en la movilidad de los pacientes, tal como se refleja claramente en informe de la Comisión. Las motivaciones de los pacientes para buscar tratamiento en el extranjero van desde unos tiempos de espera más cortos para recibir un tratamiento de buena calidad hasta factores culturales y la posibilidad de ahorrar dinero en tratamientos que tienen que desembolsar en gran medida de su propio bolsillo (por ejemplo, tratamientos dentales); |
Costes administrativos adicionales para el tratamiento en el extranjero
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30. |
toma nota de que la gran mayoría del presupuesto sanitario de los Estados miembros se desembolsa en el territorio nacional. La Comisión estima el gasto de la UE en asistencia sanitaria transfronteriza en que se incurre en virtud de la Directiva en tan solo el 0,004 % del presupuesto anual total de la UE en el ámbito de la salud; |
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31. |
señala que solo una fracción de los pacientes hacen uso de las posibilidades de tratamiento en otro Estado miembro previstas en la Directiva. Según el último informe del Tribunal de Cuentas Europeo, hay alrededor de 214 000 solicitudes de reembolso al año, lo que representa cerca del 0,04 % de la población de la UE. La gran mayoría de estas solicitudes (más de 210 000) se refieren al reembolso de tratamientos que no requieren autorización previa; |
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32. |
llama la atención sobre el hecho de que el reembolso de la asistencia no hospitalaria que no requiere una autorización previa (por ejemplo, tratamientos dentales) es proporcionado desde el punto de vista financiero si se compara con los costes administrativos y de información adicionales en que incurren las autoridades sanitarias en la aplicación de la Directiva; |
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33. |
señala que las autoridades sanitarias competentes de los Estados miembros, en sus esfuerzos por garantizar la plena aplicación de la Directiva y encontrar las maneras más sencillas de que sus ciudadanos reciban tratamiento en otro Estado miembro, también deben tener en cuenta que la gran mayoría de los ciudadanos de la UE prefieren ser tratados cerca de su hogar o su familia. La organización, la calidad y la capacidad de la asistencia sanitaria en los Estados miembros deben, por principio, intentar ofrecer tratamiento a los ciudadanos lo más cerca posible de su lugar de residencia o de proximidad a su familia; |
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34. |
llama la atención sobre el hecho de que el gasto de los Estados miembros resultante de los tratamientos en otros países de la UE no se limita a los reembolsos. Los tratamientos también implican costes administrativos y de información: se trata de un dinero que, de otro modo, podría invertirse en la mejora de los tratamientos en el sistema sanitario del Estado miembro de que se trate. Por consiguiente, al aplicar la Directiva, las autoridades sanitarias deben velar por que los recursos de los sistemas sanitarios de los Estados miembros no soporten una carga desproporcionada con respecto a la escasa proporción de pacientes que buscan tratamiento en otro Estado miembro; |
Utilización razonable de la autorización previa
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35. |
señala que la utilización de la autorización previa por parte de los Estados miembros para la hospitalización o el tratamiento médico muy especializado en otro Estado miembro constituye un obstáculo para la movilidad transfronteriza de los pacientes; |
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36. |
señala, a este respecto, que según el informe de la Comisión la repercusión de los pacientes que quieren acceder a la asistencia sanitaria transfronteriza en los presupuestos sanitarios nacionales es marginal, y esto sucede en todos los países, independientemente de que hayan introducido o no la autorización previa; |
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37. |
señala que la mayoría de los centros regionales (63 %) consideran necesario el uso de autorización previa para garantizar el acceso a una asistencia sanitaria de calidad, así como para evitar el despilfarro de recursos (48 %) y controlar los costes a nivel regional (44 %); |
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38. |
llama la atención sobre el hecho de que la aplicación de las disposiciones de la Directiva relativas a autorización previa también proporciona a los pacientes seguridad financiera, dado que, antes de efectuar el tratamiento en otro Estado miembro, su Estado miembro de afiliación les garantiza el reembolso de los costes de tratamiento previstos con arreglo a la Directiva; |
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39. |
pide a los Estados miembros que procedan a una autorización previa tan rápida como sea posible a fin de que no retrasen innecesariamente el tratamiento, ofreciendo al mismo tiempo una evaluación realista del coste estimado de la intervención prevista; |
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40. |
hace hincapié en el mecanismo de notificación previa (artículo 9, apartado 5) de la Directiva, mucho menos utilizado, que los centros regionales consideran un instrumento útil para ofrecer claridad a los pacientes y para apoyar a las autoridades en el cumplimiento de sus obligaciones, y pide a los Estados miembros que hagan un uso más amplio de este acuerdo voluntario; |
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41. |
llama la atención sobre el mecanismo de compensación financiera, que los Estados miembros pueden aplicar en el marco de una autorización previa, para introducir una facturación directa entre las instituciones competentes, sustituyendo así el pago inicial y el reembolso a los pacientes (artículo 9, apartado 5), como medio para reducir la carga de los pacientes y abrir la posibilidad de buscar tratamiento en el extranjero para grupos sociales menos prósperos; |
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42. |
recomienda, en este contexto, que se garantice que en lo que respecta a aplicación ulterior de la Directiva puedan seguir utilizándose las autorizaciones previas si las autoridades competentes de los Estados miembros lo consideran necesario; |
Mayor cooperación en la aplicación de la Directiva
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43. |
invita a la DG de Salud y Seguridad Alimentaria a que, en colaboración con las demás Direcciones Generales de referencia, haga un seguimiento de esta evaluación sobre la aplicación de la Directiva relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, y siga recopilando, analizando y publicando ejemplos de actividades sanitarias transfronterizas y de los problemas a los que se enfrentan las autoridades participantes; |
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44. |
pide una financiación de la UE adecuada y a largo plazo en el próximo período de programación, especialmente pero no exclusivamente a través de Interreg, también para la ejecución de estudios o proyectos transfronterizos destinados a eliminar obstáculos específicos y a fomentar una cooperación fluida; |
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45. |
señala que, aunque el Memorando de Acuerdo entre el CDR y la OMS no se refiere específicamente a la Directiva, claramente se deriva de él que el CDR se compromete a trabajar en favor del acceso a la atención sanitaria, la promoción de la salud y el intercambio de conocimientos, que son aspectos esenciales de la Directiva; |
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46. |
pide a la Comisión que entable un diálogo periódico con el Comité Europeo de las Regiones, con la participación de la Comisión NAT y del Grupo Interregional de Salud, donde se analicen los retos y soluciones para mejorar la aplicación de la Directiva sobre la asistencia sanitaria transfronteriza; |
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47. |
expresa su apoyo continuo a esta muy necesaria colaboración europea y manifiesta su disposición a seguir asesorando e informando sobre ejemplos de buenas prácticas en las regiones; |
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48. |
reitera que las enfermedades no conocen fronteras y que la solidaridad europea en materia de emergencia sanitaria nunca debe acabarse en las fronteras administrativas o legales; |
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49. |
espera que el tercer informe de aplicación de la Comisión Europea, que se publicará próximamente, refleje plenamente las consideraciones del Comité Europeo de las Regiones, tal como se expresan en el presente Dictamen. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) En noviembre de 2019, el Comité Europeo de las Regiones inició una consulta a través de su Red de centros regionales para analizar la aplicación de la Directiva a nivel territorial. En la encuesta participaron veintisiete centros regionales, en representación de dieciocho países europeos.
(2) Francia ha creado un «corredor sanitario» de este tipo en la frontera FR-ES para permitir la continuidad de la asistencia sanitaria en el Hospital de Cerdanya, mientras que Luxemburgo ha tomado en consideración establecer una excepción específica para el personal sanitario francés a fin de asignarles un estatuto especial de trabajadores «asentados» para que puedan seguir trabajando en el Gran Ducado.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/15 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Mecanismo de Emergencia Sanitaria de la UE
(2020/C 440/04)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Observaciones generales
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1. |
señala que el brote mundial de COVID-19 que ha afectado a Europa y al resto del mundo en 2020 no solo ha ocasionado un enorme número de enfermos y fallecidos, sino también grandes repercusiones económicas y sociales totalmente imprevisibles a día de hoy. La rápida propagación del virus se ha traducido en una mayor presión tanto para la asistencia sanitaria, como para la salud pública y para los servicios sociales, y ha acarreado una carga de trabajo extrema para el personal asistencial y sanitario, así como la necesidad de encontrar la manera de prepararse para nuevas oleadas; |
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2. |
observa que la pandemia de COVID-19 no ha golpeado con la misma dureza a las distintas regiones de Europa, y se registran considerables diferencias no solo entre los distintos países, sino también entre las regiones, municipios, barrios y grupos de edad, siendo las personas más afectadas quienes presentan un estado de salud frágil y patologías previas, además de deficientes condiciones socioeconómicas; |
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3. |
constata que, en la lucha contra la COVID-19, y con la finalidad de preservar y garantizar la salud de la población, los Estados miembros han adoptado medidas que restringen la libertad de circulación de las personas de un modo que sería impensable en circunstancias normales; |
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4. |
considera que la pandemia de COVID-19 muestra a las claras la importancia de una mano de obra cualificada y formada, así como de la robustez de un sistema sanitario que, con la financiación y los equipamientos adecuados, sea capaz de adaptarse rápidamente a una nueva situación de salud pública y asistencial y, en caso necesario, de reforzar tanto la atención primaria como la ambulatoria para incrementar las capacidades de las unidades normales y las de cuidados intensivos en los hospitales; |
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5. |
constata que numerosos países han registrado un retroceso en la atención a pacientes con otras patologías y necesidades médicas, por lo que se ha acumulado una «deuda asistencial» cuya gestión requerirá mucho tiempo. La COVID-19 ha afectado gravemente a numerosas personas que precisan ahora rehabilitación y todo parece indicar que la pandemia conllevará también una mayor necesidad de atención y cuidados en el ámbito de la salud mental, tanto entre la población en general como entre el personal sanitario y asistencial. Así pues, de ahora en adelante va a ser preciso destinar durante mucho tiempo un mayor número de recursos a la salud pública, la atención primaria y ambulatoria, y a los servicios sanitarios en general; |
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6. |
observa que, si bien las instituciones de la UE han apoyado de manera activa a los Estados miembros en su lucha contra la COVID-19, la colaboración entre estos se tambaleó desde un primer momento, entre otros motivos, por el cierre de las fronteras terrestres a los suministros médicos, justamente cuando la necesidad de cooperación, liderazgo y compromiso nunca era mayor de lo normal; |
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7. |
recuerda que, de conformidad con el artículo 222 del TFUE, la Unión y sus Estados miembros deben actuar conjuntamente con espíritu de solidaridad; |
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8. |
destaca que, aun cuando la UE desempeña también un importante papel a la hora de mejorar la sanidad pública, evitar enfermedades y eliminar riesgos para la salud, corresponde básicamente a los Estados miembros decidir por sí mismos cómo organizar, financiar y diseñar la atención sanitaria y los servicios sociales; |
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9. |
se muestra convencido de que los sistemas europeos que prestan una asistencia sanitaria general y se financian de manera solidaria constituyen un activo importante en la lucha contra la COVID-19; |
Lecciones de carácter global
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10. |
considera que la lucha contra la COVID-19 permite extraer numerosas enseñanzas de gran importancia que podrán aprovecharse en futuras actividades relacionadas no solo con esta crisis mundial, sino también con otras situaciones de crisis; |
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11. |
señala que muchos Estados miembros han optado por delegar las responsabilidades en materia de asistencia sanitaria y actuaciones de salud pública principalmente en los entes locales y regionales. Incluso en aquellos países que disponen de un sistema sanitario de ámbito nacional, la responsabilidad de los servicios sociales y la asistencia social recae en el nivel local; por consiguiente, los entes locales y regionales desempeñan un papel fundamental en la lucha contra la COVID-19; |
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12. |
resalta la importancia de que las instituciones y las autoridades de la UE, al igual que los Estados miembros, velen por el mantenimiento y buen funcionamiento del mercado interior también en situaciones de crisis, sin dificultar la gestión ni el transporte de medicamentos, productos médicos, equipamientos de protección personal y otros bienes y servicios, y sin imposibilitar los desplazamientos transfronterizos por motivos laborales del personal sanitario y asistencial y de otros colectivos profesionales esenciales; |
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13. |
subrayamos la importancia que revisten la recopilación de datos fidedignos, la investigación de calidad y las fuentes de información seguras para garantizar la adopción de decisiones fundadas por parte de las autoridades y una actuación responsable de las empresas, organismos y personas encaminada a prevenir enfermedades; |
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14. |
destaca la importancia de la asistencia mutua y la cooperación en relación con la asistencia sanitaria transfronteriza, incluido el transporte de pacientes que precisan atención hospitalaria transfronteriza en centros sanitarios con capacidad de acogida, el desplazamiento del personal sanitario y otras modalidades de cooperación transfronteriza que permitan reducir la presión a que se ven sometidos los sistemas sanitarios de las regiones más afectadas en la UE; |
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15. |
insiste, por esta razón, en la necesidad de que los Estados miembros acuerden un protocolo estadístico común que permita la comparabilidad de los datos sobre el impacto de la crisis de la COVID-19 y de futuras pandemias. Este protocolo, que deberá desarrollarse en el marco de la autoridad común del CEPCE (Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades) y de Eurostat, podría basarse en los datos facilitados en el nivel NUTS 2 para facilitar una respuesta política que integre el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos; |
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16. |
desea destacar las soluciones digitales que se han desarrollado en relación, por ejemplo, con la información sanitaria, las consultas médicas y el rastreo de los contagios o las nuevas aplicaciones que se están adoptando a raíz del brote de COVID-19, aunque persisten dudas justificadas acerca del inventariado de los portadores del virus en lo referente a la integridad y la seguridad de los datos personales, especialmente en las situaciones transfronterizas. La pandemia ha puesto también de manifiesto la necesidad de que los países intercambien los datos informáticos de los pacientes cuando estos reciben atención sanitaria en otro Estado miembro; |
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17. |
subraya la importancia de la cooperación mundial tanto en el marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) como en la lucha contra la COVID-19 y otras amenazas sanitarias graves, al igual que la importancia de la cooperación con las empresas y las ONG, las familias, el vecindario y las amistades en la gestión de crisis a escala local y regional; |
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18. |
destaca la necesidad de encontrar una mejor manera de proteger a las personas de edad avanzada y a las personas vulnerables, tanto las que habitan en residencias especializadas como las que lo hacen en viviendas particulares, frente a la COVID-19 y otras enfermedades contagiosas. A este respecto, señala la importancia de que las políticas en materia social y sanitaria refuercen los sistemas de atención primaria en el territorio, prestando especial atención a las medidas de prevención; |
Un Mecanismo de Emergencia Sanitaria de la UE
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19. |
acoge con satisfacción las medidas que ya ha adoptado la Comisión para reducir la carga que afrontan los entes nacionales, regionales y locales en sus esfuerzos por abordar la crisis de la COVID-19, toma nota del Plan Europeo de Recuperación Económica que se presentó el 27 de mayo de 2020, y acoge con satisfacción el acuerdo para utilizar todos los fondos disponibles en el presupuesto de la UE del presente ejercicio para ayudar a satisfacer las necesidades de los sistemas sanitarios europeos; |
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20. |
toma nota de que la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo n.o 1082/2013/UE sobre las amenazas transfronterizas graves para la salud (1) sienta una base importante para la preparación y la actuación de la UE en caso de crisis aunque, a la luz de la actual crisis sanitaria, es necesario desarrollar aún más la capacidad de que dispone la UE para dar respuesta a situaciones de emergencia y catástrofes; |
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21. |
por consiguiente, propone que, de conformidad con el principio de subsidiariedad y la responsabilidad primaria de los Estados miembros tanto en materia de salud pública y asistencia sanitaria como de protección civil, se cree un «mecanismo de emergencia sanitaria de la UE» para:
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22. |
considera que el futuro «Mecanismo de Emergencia Sanitaria de la UE» debería basarse en el Instrumento para la Prestación de Asistencia Urgente regulado en el Reglamento (UE) 2016/369 del Consejo (2); |
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23. |
se muestra convencido de la necesidad de reforzar aún más el Mecanismo de Protección Civil de la UE, y en particular el Instrumento rescEU y el Cuerpo Médico Europeo, para asegurar que la Unión esté preparada y sea capaz de reaccionar con rapidez, eficacia y coordinación a todas las crisis futuras, biológicas o de otro tipo. Sin embargo, el Mecanismo de Protección Civil de la UE deberá evaluarse a la luz de la experiencia adquirida con la pandemia de COVID-19, con el objetivo de dotarle, en la medida de lo posible, de la organización y estructura idóneas; |
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24. |
propone fortalecer la capacidad de alerta temprana del Centro Europeo de Coordinación de la Respuesta a Emergencias (CECRE) y su conexión con el Comité de Seguridad Sanitaria y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCE), a fin de permitirle desempeñar aún más eficazmente su función de coordinación en el futuro y prestar un apoyo adecuado a los órganos responsables del control operativo sobre el terreno; |
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25. |
señala que la crisis de la COVID-19 ha puesto de manifiesto la gran necesidad del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (CEPCE) e insta a los Estados miembros a colaborar al objeto de reforzar y desarrollar el papel del CEPCE en la lucha contra las calamidades sanitarias más graves. Por consiguiente, el Comité valora positivamente que este refuerzo sea ahora objeto de debate por parte de los ministros de Sanidad de la UE; |
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26. |
se muestra a favor de muchas de las acciones propuestas por la Comisión Europea en su Comunicación de 15 de julio de 2020«Preparación sanitaria de la Unión a corto plazo frente a brotes de COVID-19»; |
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27. |
acoge con satisfacción, a fin de salvaguardar tanto la libertad de circulación como la salud pública, la propuesta de la Comisión Europea de Recomendación del Consejo, publicada el 4 de septiembre de 2020, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19; |
Adquisición y almacenamiento de suministros médicos esenciales
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28. |
celebra que el acuerdo de adquisición conjunta comprenda a partir de abril de 2020 a cerca de 540 millones de personas, incluidos todos los habitantes de la UE y de los países del EEE, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y casi todos los países candidatos y candidatos potenciales; |
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29. |
acoge por lo tanto con satisfacción la propuesta formulada el 18 de mayo de 2020 por la canciller Angela Merkel y el presidente Emmanuel Macron de crear, en el contexto de una estrategia de respuesta a las crisis sanitarias, una «fuerza especial» en el marco del CEPCE y encomendarle la elaboración, junto con las autoridades sanitarias nacionales, de planes de prevención y de medidas para hacer frente a futuras epidemias; |
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30. |
considera, aun valorando positivamente el carácter voluntario del acuerdo, que se debería sustituir la adhesión voluntaria por una opción de exclusión voluntaria, ya que esto facilitaría un procedimiento acelerado y, al mismo tiempo, garantizaría la libre elección de las partes implicadas; |
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31. |
acoge con agrado la propuesta de la Comisión de, por un lado, crear en el contexto del Plan Europeo de Recuperación Económica un nuevo programa sanitario específico, «La UE por la salud» (EU4Health), dotado con un presupuesto total de 9 400 millones de euros, para, entre otros cometidos, fortalecer la protección de la salud y preparar a la Unión ante futuras crisis sanitarias, y, por otro lado, reforzar el Mecanismo de Protección Civil de la UE «rescEU» con 2 000 millones de euros. Lamenta, no obstante, que el Consejo Europeo haya rebajado con posterioridad sus aspiraciones hasta los 1 700 millones de euros, lo cual mermará considerablemente las posibilidades a la hora de afrontar las consecuencias negativas de la pandemia. El Comité de las Regiones manifiesta su intención de formular observaciones particulares acerca de este nuevo programa sanitario en un Dictamen específico; |
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32. |
acoge con satisfacción la adquisición y distribución a escala europea de suministros médicos esenciales (respiradores, ventiladores, equipos de protección individual, máscaras reutilizables, medicamentos, material terapéutico y de laboratorio, así como desinfectantes) entre los hospitales y otros centros asistenciales, pero subraya que, en muchos Estados miembros, los hospitales, los centros de salud y las residencias son gestionados por los entes regionales y locales, que deben participar en este proceso, y señala que la contratación conjunta que ha tenido lugar esta primavera ha tardado demasiado tiempo en alcanzar plenamente su objetivo; |
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33. |
acoge con satisfacción la rápida creación de una reserva de existencias de material médico en el marco de RescEU y su rápida distribución entre los Estados miembros más afectados; |
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34. |
pide a los Estados miembros y a la Comisión que creen una reserva estratégica europea permanente para contar en la UE con existencias de antibióticos, vacunas, antídotos químicos, antitoxinas y otros suministros médicos esenciales, de eficacia comprobada, a fin de garantizar la disponibilidad de una «reserva de emergencia» y coordinar la rápida distribución y entrega de recursos esenciales en toda Europa; |
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35. |
se congratula de la Decisión de la Comisión de 3 de abril de 2020 que exime temporalmente a los suministros médicos y los equipos de protección individual de derechos de importación y del IVA. La Comisión ha de considerar la posibilidad de revisar el ámbito de aplicación de su Decisión, de modo que incluya a las empresas privadas obligadas a utilizar equipos de protección individual, y aplicarla de manera que no sitúe en desventaja económica a los productores locales de la UE; |
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36. |
reitera que la escasez de productos y medicamentos esenciales, como los antibióticos y los anestésicos, que ya sufrían con anterioridad muchas regiones se ha visto agravada por la pandemia actual, y pide que se adopten medidas para que puedan proveerse rápidamente de sustancias básicas esenciales, que se incremente la fabricación de equipos para realizar pruebas diagnósticas y otros productos sanitarios allí donde exista escasez, y que se vuelvan a desarrollar y producir los medicamentos esenciales en suelo europeo estimulando la investigación y la innovación y estableciendo incentivos para los fabricantes; |
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37. |
está de acuerdo en que la Unión debe poder desarrollar, adquirir, transportar y distribuir equipos para realizar pruebas y de protección, ya sean estos importados de terceros países o producidos dentro de la UE. Por lo que respecta a la producción de medicamentos y otros suministros médicos, la UE y sus Estados miembros deberán reducir su dependencia de terceros países y trabajar para que los medicamentos sean más asequibles; |
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38. |
se muestra convencido de que debe ser posible garantizar en todo momento un suministro rápido y sencillo de equipos de protección como mascarillas, trajes de protección, etc., en el mercado. A tal fin, deberán establecerse a nivel europeo las condiciones necesarias para crear capacidades de producción de materiales de protección en los Estados miembros, a la vez que deberán revisarse las normas europeas de contratación pública y defensa de la competencia desde el punto de vista de la pandemia; |
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39. |
señala la necesidad de evaluar qué tipo de equipos de protección individual son los más adecuados en cada situación, y no solo en la lucha contra la COVID-19; |
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40. |
considera positivo el acuerdo alcanzado por el Comité Europeo de Normalización (CEN) y el Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (Cenelec) para poner en marcha una serie de normas europeas relativas a determinados productos médicos y equipos de protección personal con vistas a aumentar y reconvertir las capacidades de producción de las empresas europeas para hacer frente a la escasez de suministros; |
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41. |
señala la necesidad de que los equipos de protección personal, especialmente los destinados al público en general, sean lo más reciclables posible; |
Vacunas, pruebas diagnósticas y tratamientos
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42. |
destaca la urgente necesidad de encontrar una vacuna contra la COVID-19 y pide a los colegisladores que tengan en cuenta el llamamiento del Comité para reforzar la cooperación de la UE en materia de desarrollo, producción y distribución de vacunas que complemente la investigación médica pública y privada con el fin de luchar contra la COVID-19; |
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43. |
acoge con satisfacción, en este contexto, la propuesta de la Comisión Europea de incrementar el presupuesto del programa marco de investigación e innovación Horizonte Europa a 94 400 millones de euros, y lamenta que el Consejo Europeo haya propuesto posteriormente rebajarlo hasta los 80 900 millones de euros; |
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44. |
acoge con satisfacción los acuerdos alcanzados por la Comisión Europea con diversas farmacéuticas para el suministro de medicamentos y dosis de vacunas siempre y cuando una de estas empresas desarrolle una vacuna segura y eficaz; |
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45. |
observa con preocupación que los esfuerzos mundiales en el desarrollo de vacunas, pruebas diagnósticas y terapias contra la COVID-19 pueden convertirse fácilmente en una feroz competencia que coloque a los países más pobres en un estado de indefensión frente a las enfermedades; expresa su firme apoyo a la cooperación multilateral para desarrollar vacunas, pruebas diagnósticas y tratamientos seguros y eficaces, así como para lograr una financiación justa y una distribución solidaria de las futuras vacunas y medicamentos; |
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46. |
apoya la creación de una tarjeta de vacunación común en la UE, así como un registro virtual europeo que proporcione información sobre las existencias de vacunas y las necesidades en este ámbito, al objeto de facilitar el intercambio voluntario de información sobre los recursos de vacunación disponibles y la escasez de vacunas esenciales; |
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47. |
pide que se adopten más medidas para luchar contra la difusión de información falsa sobre la COVID-19 y los tratamientos contra esta enfermedad con vacunas en internet y en otros canales. En esta lucha contra la desinformación desempeñan un importante papel no solo la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la UE y sus Estados miembros, sino también los entes locales y regionales; |
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48. |
apoya los esfuerzos de la Comisión por recaudar más fondos para la investigación de vacunas contra la COVID-19 y espera que se asignen recursos considerables de Horizonte Europa en apoyo de la innovación y la investigación en este ámbito. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(2) Reglamento (UE) 2016/369 del Consejo, de 15 de marzo de 2016, relativo a la prestación de asistencia urgente en la Unión (DO L 70 de 16.3.2016, p. 1).
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/20 |
Dictamen del Comité de las Regiones — Ciudades y regiones enfocadas a la biodiversidad más allá de 2020 en la COP15 del CDB de las Naciones Unidas y en la estrategia de la UE sobre biodiversidad para 2030
(2020/C 440/05)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
pide a la comunidad internacional que convierta la 15.a Conferencia de las Partes (COP) del Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) de las Naciones Unidas en 2021 en el Momento Kunming para la Biodiversidad y en un llamamiento para aplanar de manera irreversible la curva de la pérdida de biodiversidad y ecosistemas; |
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2. |
advierte que, desde 2018, ha empeorado el estado de la biodiversidad y no se han alcanzado la mayoría de los objetivos sociales y medioambientales internacionales, en particular, las metas de Aichi para la diversidad biológica. Las medidas a nivel mundial destinadas a detener la pérdida de biodiversidad han fracasado, como queda documentado en la evaluación mundial IPBES 2019, anterior al Foro Económico Mundial de 2020, en la que se señala la pérdida de biodiversidad y el hundimiento de los ecosistemas como una de las cinco principales amenazas a las que se enfrenta el mundo; |
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3. |
señala que los principales factores impulsores de la pérdida de biodiversidad son el cambio de uso de la tierra, la explotación directa de los recursos naturales y el cambio climático, que deben abordarse mediante medidas concretas y oportunas; |
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4. |
hace hincapié en que la huella ecológica total de los Estados miembros de la EU-27 supera en más del doble la capacidad de los ecosistemas para producir material biológico útil y actuar como sumideros de carbono en la región; |
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5. |
destaca la evidencia cada vez mayor de la relación directa entre el clima, la biodiversidad y las crisis de salud humana, así como el aumento del riesgo zoonótico de las pandemias debido a la destrucción a nivel mundial de los ecosistemas naturales; |
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6. |
señala que el estado actual de la crisis de la biodiversidad exige un conjunto de objetivos ambiciosos y fáciles de comunicar, una política de base científica inmediata y una acción sobre los factores de la pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas que sean proporcionales al objetivo de aplanar la curva de la pérdida de biodiversidad; |
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7. |
reclama coherencia política para armonizar los esfuerzos, objetivos y resultados derivados de las distintas políticas de la Unión, incluida la nueva política agrícola común (PAC), el Pacto Verde Europeo y las relaciones comerciales y los compromisos internacionales de la UE, como la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para el Desarrollo Sostenible, el Acuerdo de París sobre el Cambio Climático, el CDB y el Marco de Sendai para la Gestión del Riesgo de Desastres, en una exhaustiva estrategia de sostenibilidad de la UE que cuente con objetivos y medidas de aplicación claros; |
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8. |
pone de relieve la urgencia de actuar según se corrobora en el 5.o Panorama mundial de la biodiversidad del CDB y siguiendo su recomendación de promover la gobernanza urbana a escala local y la planificación transdisciplinaria, fomentar soluciones basadas en la naturaleza y adoptar, asimismo, enfoques integrados del uso de la tierra y del cambio en el uso de la tierra a nivel local y paisajístico como componentes clave de vías que conduzcan a flexibilizar la curva de pérdida de biodiversidad; |
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9. |
hace hincapié en que, pese a una visibilidad cada vez mayor, el papel clave que desempeñan los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales para la diversidad biológica (1) en el aplanamiento de la curva de la pérdida de biodiversidad y la aplicación de un «enfoque de la Administración en su conjunto» en cada etapa y en todos los niveles del proceso de gobernanza de la biodiversidad sigue sin verse reconocido en la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad par 2030 y el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020. En particular, este reconocimiento podría lograrse con la inclusión de estrategias y planes de acción locales y subnacionales en materia de biodiversidad en las estrategias y planes de acción nacionales; |
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10. |
apoya el establecimiento del objetivo a largo plazo de la Unión de neutralidad climática para dirigir el proyecto europeo hacia una neutralidad climática de manera irreversible de aquí a 2050, sobre la base de un MFP 2021-2027 que cumpla como mínimo el objetivo de que el 30 % del gasto esté relacionado con el clima, y subraya que la Ley del Clima de la UE debe garantizar la convergencia de las medidas para lograr el objetivo de cero emisiones netas de gases de efecto invernadero con los objetivos europeos y mundiales en materia de biodiversidad (2); |
El papel que desempeñan las ciudades y regiones en el aplanamiento de la curva de la pérdida de biodiversidad
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11. |
coincide con la conclusión del informe IPBES 2019 de que los entes locales y regionales, mediante la producción y el consumo responsables, así como la planificación territorial integrada del uso del suelo y su aplicación, y las soluciones basadas en la naturaleza, la protección y el uso sostenible de los recursos naturales y primarios, sensibles y específicas a los contextos social, económico y ecológico, pueden contribuir de manera significativa a los convenios pertinentes de las Naciones Unidas, incluida la Agenda 2030 de las Naciones Unidas y el Acuerdo de París; |
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12. |
señala que los entes locales y regionales son una parte integrante de los entes nacionales que ratifican el CDB, realizan amplias contribuciones voluntarias y crean asociaciones importantes que movilizan a los principales grupos (las poblaciones indígenas y las comunidades locales, los jóvenes y las mujeres) y los sectores pertinentes (organizaciones empresariales, culturales y de la sociedad civil); |
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13. |
hace hincapié en que los entes locales y regionales, como motores de innovación y de la aplicación de planes y estrategias espaciales y territoriales integrados, son un recurso infrautilizado, también desde el punto de vista financiero, para alcanzar los objetivos europeos y mundiales en materia de biodiversidad y que sus capacidades pueden aprovecharse mediante el reconocimiento, la activación y la habilitación de sus funciones clave; |
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14. |
señala que las soluciones basadas en la naturaleza innovadoras —soluciones inspiradas y apoyadas en la naturaleza que son eficientes en cuanto al costo, proporcionan al mismo tiempo ventajas medioambientales, sociales y económicas y ayudan a generar resiliencia— se cuentan entre las herramientas más eficaces para restaurar los ecosistemas y movilizar la capacidad de las personas para prosperar, como señala el informe del proyecto NATURVATION 2020 (3); |
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15. |
preconiza que se intercambien las mejores prácticas para fomentar la puesta en práctica y difusión de soluciones basadas en la naturaleza innovadoras, así como para ofrecer directrices para todas las partes interesadas pertinentes; |
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16. |
llama la atención sobre la interconexión entre los Objetivos de Desarrollo Sostenible y propone integrar los objetivos en materia de clima y biodiversidad en las futuras políticas, por ejemplo, prestando atención permanentemente a la biodiversidad del entorno de las infraestructuras de energía renovable, con el fin de alcanzar dichos objetivos; |
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17. |
reitera su estímulo a los entes locales y regionales para que establezcan, respectivamente, estrategias y planes de acción locales y subnacionales en materia de biodiversidad y participen en la normalización internacional, europea y nacional para integrar la gestión de la biodiversidad y los ecosistemas, así como de las soluciones basadas en la naturaleza, con el fin de incrementar su aplicabilidad e impacto; |
Las ciudades y las regiones como motores de la aplicación de las ambiciones de la UE en materia de biodiversidad
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18. |
acoge con satisfacción la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad para 2030 como interfaz para la colaboración vertical a la hora de abordar las principales causas de la pérdida de biodiversidad y sus vínculos con desafíos sociales, como la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, así como la protección frente a futuras pandemias; |
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19. |
aboga por una estrecha cooperación entre los entes locales y regionales para el establecimiento de corredores ecológicos, como parte de la Red Transeuropea de Espacios Naturales, ya que son la clave de la aceptación en la esfera local; |
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20. |
insiste en la importancia de coordinar las medidas de conservación de la naturaleza y fijar objetivos a escala local. Con el fin de promover la biodiversidad, la UE debe proporcionar financiación y soporte informativo a las ciudades y regiones, en particular para sus proyectos de conservación de la naturaleza o las soluciones basadas en ella, el desarrollo de recursos de datos al respecto, una ordenación del territorio que proteja la biodiversidad y el refuerzo de la experiencia y los recursos en las ciudades y regiones; |
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21. |
valora el compromiso del Consejo en sus Conclusiones sobre la preparación del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 para aumentar la aplicación y el cumplimiento de soluciones basadas en la naturaleza en favor de la conservación de la biodiversidad, la recuperación de los ecosistemas y la utilización sostenible del suelo; |
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22. |
acoge con satisfacción y respalda los ambiciosos compromisos, metas y objetivos a escala europea del Pacto Verde Europeo y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad; hace hincapié en el papel fundamental de los entes locales y regionales para alcanzarlos, en particular mediante el establecimiento de planes de ecologización urbana antes de finales de 2021, y subraya su potencial de innovación e integración para apoyar la biodiversidad regional y urbana, la resiliencia en la recuperación y la cohesión social; |
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23. |
destaca la necesidad de una estrategia integrada a escala de la UE para lograr el objetivo de plantar al menos 3 000 millones de árboles adicionales en la Unión, respetando plenamente los principios ecológicos para garantizar que se tienen en cuenta las funciones clave; reitera su opinión (4) sobre el papel fundamental de los bosques, tanto en las zonas rurales como en las urbanas, para la protección de la biodiversidad, la mitigación del cambio climático, la prevención de los daños hidrogeológicos, el almacenamiento de carbono, la preservación de la salud humana y otros beneficios secundarios, y pide que se redoblen los esfuerzos para proteger y regenerar los bosques respetando plenamente los principios ecológicos, la antigüedad considerable, las características ecológicas únicas y el nivel más elevado de biodiversidad; |
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24. |
acoge con satisfacción la Plataforma de la UE para la Ecologización de las Ciudades como una herramienta de desarrollo de capacidades para las ciudades y recomienda su integración en iniciativas y plataformas clave, como el nuevo Acuerdo de Ciudad Verde de la UE, NetworkNature, CitiesWithNature y RegionsWithNature. En particular, apoya CitiesWithNature y RegionsWithNature como plataformas oficiales del Programa de acción por la naturaleza y las personas de Sharm el-Sheij a Kunming para que los gobiernos subnacionales, ciudades y otros entes locales se comprometan a dar a conocer sus esfuerzos y reconocer el valor de la naturaleza en las ciudades y regiones; |
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25. |
hace hincapié en el papel clave que desempeñan los entes locales y regionales en la gestión de los espacios Natura 2000 y solicita un apoyo logístico, científico y financiero suficiente para su cobertura completa y el control del cumplimiento de aquí a 2025; |
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26. |
pide a la UE que proporcione suficientes recursos, desarrollo de capacidades y orientación a los entes locales y regionales para la aplicación de medidas de mitigación del cambio climático y adaptación al mismo, conservación, gestión de centros y planes de ecologización urbana para poner en práctica medidas ambiciosas en materia de biodiversidad; |
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27. |
acoge con satisfacción el objetivo de establecer un nuevo marco europeo de gobernanza de la biodiversidad presentado en la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad, que, a partir de las especificidades locales, permite a los entes locales y regionales y a todos los niveles de gobierno cumplir las responsabilidades en materia de seguimiento y evaluación y medir los avances de la acción relativa a la biodiversidad, y pide un conjunto claro de indicadores y metas cuantificables normalizados a escala europea; está dispuesto a colaborar y contribuir a la elaboración y aplicación del nuevo marco de gobernanza con el fin de garantizar una estructura lo más eficaz posible para aprovechar todo el potencial de los entes locales y regionales a la hora de doblegar la curva de pérdida de biodiversidad; |
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28. |
pide a la Unión que, basándose en las pruebas existentes de su aplicación efectiva, adopte medidas concretas, incluido el desarrollo de capacidades, que fomenten aún más la integración y armonicen las prioridades en materia de biodiversidad en todas las jurisdicciones y los ámbitos políticos —como la agricultura, la ordenación del territorio y el desarrollo urbano, el comercio, el medio ambiente, la investigación y la innovación, la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo, así como el Pacto Verde Europeo— y las integre adecuadamente en todos los niveles de gobernanza para garantizar la ejecución de los impactos a escala de la UE; |
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29. |
hace hincapié en las recomendaciones de su informe sobre la financiación de la acción en materia de biodiversidad (5) para reforzar los objetivos de integración de la dimensión medioambiental en toda la financiación de la UE, así como para aumentar e integrar la financiación destinada a la biodiversidad, concentrándose en los entes locales y regionales a la escala adecuada, incluido el programa LIFE; |
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30. |
solicita políticas medioambientales transfronterizas y una cooperación transfronteriza que sean coherentes, ya que las especies no conocen de fronteras; |
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31. |
pide a la Unión que dé prioridad a aplanar la curva de la pérdida de biodiversidad como un principio clave de los principales planes financieros, incluido el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 y los planes de recuperación relacionados con la COVID-19, y que movilice los recursos suficientes para estimular directa o indirectamente la acción en favor de la biodiversidad en todos los niveles de gobierno y de forma específica en el contexto regional, simplificando los procedimientos para una mayor utilización de la financiación; para ello, propone que se estudie la posibilidad de instaurar un sistema de semáforo para el gasto público o las actividades de inversión, que refleje el posible impacto en la biodiversidad y en los factores que impulsan su pérdida; |
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32. |
pide que los regímenes de ayudas estatales de la UE integren plenamente el objetivo de eliminar las subvenciones perjudiciales para la biodiversidad, garantizando así que los incentivos económicos y normativos públicos y privados sean positivos para la biodiversidad de aquí a 2030; también hace hincapié en la importancia de incluir la biodiversidad en la política de cohesión; |
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33. |
llama la atención sobre el elevado número de puestos de trabajo amenazados por la pérdida de biodiversidad y la degradación de los ecosistemas y sobre el potencial de creación de empleo derivado de la aplicación de modelos de producción bioeconómicos y sostenibles, y pide a la Comisión que dé prioridad a la preservación del empleo directamente relacionado con la lucha contra la pérdida de la biodiversidad y la degradación del ecosistema en las futuras estrategias medioambientales; |
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34. |
aboga por aumentar las inversiones en la investigación de los vínculos entre la naturaleza y la economía, a fin de garantizar aportaciones adicionales para la elaboración de políticas basadas en datos y una inversión más eficaz; |
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35. |
anima a que se facilite un proceso para integrar la biodiversidad en los planes de la PAC; alienta una asignación de fondos común, vinculante y efectiva para los regímenes ecológicos de todos los planes estratégicos nacionales; |
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36. |
observa que a menudo la terminología utilizada en diferentes Directivas y Reglamentos es incoherente, que los procedimientos (por ejemplo, el programa LIFE) son a menudo demasiado complicados para los entes locales y regionales más pequeños, se dirigen principalmente a proyectos a gran escala y no son adecuados para proyectos relativos a la naturaleza en zonas periurbanas y rurales; |
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37. |
señala el importante papel de los parques zoológicos y los acuarios, pero destaca que la conservación y la preservación de la biodiversidad deben centrarse en los esfuerzos in situ y en la prevención del tráfico de especies silvestres, reforzando la protección y el conocimiento de las especies autóctonas; ofrece su apoyo a los entes locales y regionales para la mejora de la aplicación de la Directiva sobre parques zoológicos de la UE, en consonancia con los objetivos del CDB; |
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38. |
recuerda que, si bien el marco de la UE para la protección del medio marino es uno de los más completos y ambiciosos del mundo, es necesario impulsar acciones para poder abordar adecuadamente las principales presiones, como la sobrepesca, el vertido insostenible de residuos plásticos, el exceso de nutrientes, las prácticas de pesca, el ruido subacuático y toda clase de contaminación; las prácticas pesqueras sostenibles y la salud de los ecosistemas marinos son esenciales para la economía, las personas y las comunidades de las zonas costeras; |
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39. |
pide a la Unión que refuerce el importante papel de los gobiernos subnacionales en la salvaguarda y restauración de la biodiversidad, en particular liberando el potencial de la diversidad biocultural. En la medida en que el concepto de diversidad biocultural abarca la biodiversidad, la diversidad cultural y la identidad local, regional y europea, la salvaguarda de la biodiversidad puede aportar valor añadido desde el punto de vista de las comunidades locales; |
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40. |
pide a la UE que defienda un marco mundial reforzado para la diversidad biológica después de 2020 que refleje la misma importancia de los niveles internacional, regional y local mediante una decisión específica para la plena participación de los entes locales y regionales, basándose en el legado del Plan de Acción de la Decisión X/22 y sus logros notables en todos los niveles de gobierno durante la última década; |
Asentar el papel de las ciudades y regiones en el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020
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41. |
apoya el objetivo del Decenio de las Naciones Unidas sobre la Restauración de los Ecosistemas para acelerar e incrementar la restauración mundial de los ecosistemas degradados y destruidos y así luchar contra la crisis climática y mejorar la seguridad alimentaria, el suministro de agua y la biodiversidad, por ejemplo, mediante el Desafío de Bonn, cuyo objetivo es recuperar 350 millones de hectáreas de ecosistemas degradados de aquí a 2030; |
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42. |
reitera la necesidad de reconocer formalmente el papel clave de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en la consecución de los objetivos mundiales de recuperación y biodiversidad mediante múltiples decisiones de las COP del CDB anteriores, y pide a las Partes de las Naciones Unidas que colaboren con sus gobiernos subnacionales, ciudades y otros entes locales y refuercen sus capacidades para incorporar la biodiversidad en los planes urbanos, espaciales y territoriales con el fin de alcanzar los objetivos del CDB y del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020, de conformidad con la misión de la Decisión X/22; |
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43. |
celebra el reconocimiento formal del vínculo entre la biodiversidad y la salud humana en el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 y hace hincapié en que los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales son clave para aplicar y gestionar las soluciones basadas en la naturaleza, como los espacios verdes accesibles e integradores en zonas urbanas, periurbanas y rurales, y conseguir una mejora real de las condiciones sanitarias; |
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44. |
recomienda de manera explícita que se haga referencia al papel de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020, en particular, mediante el desarrollo de objetivos y metas (modificando la sección I. Introducción/B), la formación de asociaciones, la creación de un impulso para lograr un cambio positivo (modificando la sección I. Introducción/C) y la integración de la biodiversidad, en particular en las políticas sectoriales pertinentes en todos los niveles de gobierno (mediante la reformulación de la sección D, Objetivos para 2030, punto 13) (6); |
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45. |
recuerda la necesidad de una acción colectiva de todas las partes interesadas y del público en general, prestando especial atención a las contribuciones de las poblaciones indígenas y las comunidades locales, las mujeres, los jóvenes y las personas que dependen directamente y gestionan la biodiversidad; |
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46. |
pide que se dé prioridad a un planteamiento a largo plazo de la integración de la biodiversidad, horizontal y vertical, entre sectores y ámbitos políticos a nivel subnacional y local, y señala que los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales, como interfaz de gobernanza pública local con la sociedad civil y el sector privado, se encuentran en mejor posición para abordar la recuperación y la protección de los ecosistemas en contextos locales y regionales específicos, poniendo en común recursos y utilizando economías de escala; |
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47. |
aboga por el Objetivo 15 del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 porque aborda de manera explícita la necesidad de recursos adicionales para apoyar el planteamiento a largo plazo de la integración de la biodiversidad mediante el desarrollo de capacidades específicas en todos los niveles de gobierno, en particular mediante métodos innovadores y activadores, como el aprendizaje entre iguales, para revertir la pérdida de biodiversidad, restaurar los ecosistemas, evitar las especies exóticas invasoras y la matanza y el comercio ilegales de especies silvestres, así como implicar a las principales partes interesadas y expertos, en particular las poblaciones indígenas y las comunidades locales, en la gestión de la biodiversidad y la prestación de asistencia técnica y recursos humanos y financieros adecuados; |
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48. |
pide a las Partes del CDB que refuercen de forma significativa la financiación pública como columna vertebral de la movilización de recursos, recaudada por los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales y distribuida entre ellos para su inversión en la acción en materia de biodiversidad a su nivel, con especial énfasis en los puntos clave de biodiversidad y con el fin de crear condiciones favorables para la inversión del sector privado; |
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49. |
recomienda la creación de iniciativas en materia de comunicación, educación y sensibilización pública en alianza con técnicos especializados, artistas, escritores y los sectores de la educación y los medios de comunicación, adaptadas a los niveles local y subnacional para poner de relieve el valor cultural, turístico, recreativo, humano, sanitario, económico e intrínseco de la biodiversidad a través de la comunicación en los sectores público, privado y empresarial, y hace hincapié en la posición única, la visión y la legitimidad de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales como nivel de gobierno más próximo a los ciudadanos para llevar a cabo tales iniciativas; |
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50. |
pide el establecimiento de definiciones coherentes de indicadores, también para el espacio verde urbano, basados en el índice revisado de Singapur para medir la biodiversidad de las ciudades, como herramienta para medir la contribución de la acción local en materia de biodiversidad, apoyando un papel claro para los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en el mecanismo de seguimiento, notificación y verificación del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020; |
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51. |
insta a que se incrementen de forma significativa los esfuerzos de seguimiento, aprovechando las nuevas tecnologías, todas las fuentes de datos adecuadas y los modelos de predicción de los sistemas integrados de seguimiento de la biodiversidad, a fin de proporcionar información para la evaluación de la eficacia de los acuerdos internacionales y realizar un seguimiento preciso y transparente de los efectos de la acción en materia de biodiversidad a todos los niveles; |
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52. |
pide que el Panorama mundial de la diversidad biológica (PMDB) haga referencia explícita a la importancia de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en el desarrollo y la aplicación de las políticas nacionales; |
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53. |
fomenta los convenios anuales de las plataformas para que los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales se conecten, intercambien y presenten colectivamente sus contribuciones al marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 y establezcan interfaces a tal efecto, como la Plataforma Mundial para las Ciudades Sostenibles, el Programa Ciudades Sostenibles del Fondo para el Medio Ambiente Mundial, el BIODEV 2030, el Programa Ciudades Emergentes y Sostenibles del BID, el programa Una Gran Muralla Verde para las ciudades de la FAO y la Plataforma de compromisos basados en áreas del CDB; |
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54. |
aboga por la Decisión de la COP15 dedicada a la plena participación de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020, incluida una nueva Decisión X/22 en la que se define un plan de acción sobre los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales para la biodiversidad y se acelera un «enfoque de la Administración en su conjunto» para la colaboración vertical entre todos los niveles de gobierno a fin de garantizar la coherencia política y aprovechar todo su potencial para alcanzar la visión de 2050 y la misión de 2030; |
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55. |
apoya la recomendación del Órgano Subsidiario de Ejecución «sobre el compromiso con los gobiernos subnacionales y locales para mejorar la aplicación del marco mundial para la diversidad biológica» y pide que el Órgano Subsidiario de Ejecución lleve a cabo una revisión intermedia del papel de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en la aplicación del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 y del planteamiento a largo plazo de la integración de la biodiversidad en 2024; |
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56. |
destaca la importante colaboración con socios internacionales clave (7) en el marco del «Proceso de Edimburgo para los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales sobre el desarrollo del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020» y la próxima 7.a Cumbre mundial de gobiernos subnacionales y locales sobre el posicionamiento global de los gobiernos subnacionales, las ciudades y otros entes locales en el marco mundial para la diversidad biológica después de 2020; |
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57. |
se compromete a participar de manera proactiva en la aplicación del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 y la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030, así como en la preparación de un Plan de Acción para la Biodiversidad de la UE armonizado y ambicioso. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Se hace referencia a todos los niveles de gobierno por debajo del nivel nacional con la denominación «gobiernos subnacionales, ciudades y otros entes locales para la diversidad biológica» en el contexto del marco mundial y con la denominación «entes locales y regionales» en el contexto de la UE.
(2) COM(2020) 80 final, COR (2020) 01361 (DO C 324 de 1.10.2020, p. 58)..
(3) Xie, L.; Bulkeley, H. (2020) City for Biodiversity: The Roles of Nature-Based Solutions in European Cities (La ciudad a favor de la biodiversidad: el papel de las soluciones basadas en la naturaleza en las ciudades europeas), NATURVATION.
(4) NAT (2019) 4601 (DO C 324 de 1.10.2020, p. 48).
(5) CDR (2020), Financing biodiversity action:opportunities and challenges for EU subnational governments (Financiación de la acción en materia de biodiversidad: oportunidades y dificultades para los gobiernos subnacionales de la UE).
(6) Conforme al borrador preliminar del marco mundial para la diversidad biológica después de 2020 https://www.cbd.int/article/2020-01-10-19-02-38.
(7) Por ejemplo, el Grupo de los principales gobiernos subnacionales, el ICLEI, Regions4 y los Gobiernos de Escocia y Quebec.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/27 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Informe sobre los obstáculos al mercado único y plan de acción para el cumplimiento de las normas del mercado único
(2020/C 440/06)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Consideraciones generales
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1. |
considera que el mercado único europeo es uno de los mayores logros de la Unión Europea (UE), y representa un modelo único de integración en el mundo, al garantizar la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales en toda la UE y en los países y regiones asociados; |
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2. |
subraya que la política sobre el mercado único europeo desempeña un papel fundamental en la ejecución de la estrategia para generar un crecimiento sostenible y reforzar la cohesión económica, social y territorial de la Unión Europea. La creación de un mercado único europeo estimula el comercio y hace que Europa sea más atractiva para la inversión extranjera; |
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3. |
hace hincapié en que el mercado único europeo es fundamental para la integración económica y política de la UE, porque abarca 450 millones de consumidores y 22,5 millones de pequeñas y medianas empresas (pymes), que representan en torno al 99 % del total de las empresas de la UE; |
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4. |
subraya que el mercado único europeo proporciona anualmente 14 billones EUR de producto interior bruto (PIB), lo que garantiza el funcionamiento de la economía europea y el crecimiento para los europeos; |
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5. |
señala la importancia del comercio de productos en el mercado único europeo, ya que representa una cuarta parte del PIB total de la UE y casi una sexta parte del comercio mundial de productos; |
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6. |
está de acuerdo con la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor (IMCO) del Parlamento Europeo en que realizar el mercado único europeo y eliminar así las barreras puede generar, como mínimo, 183 000 millones EUR al año en concepto de valor añadido para los Estados miembros, lo que representa el 1,2 % del PIB de la UE; |
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7. |
valora los esfuerzos realizados por la Comisión Europea (CE) para determinar las barreras al mercado único europeo y señala que en su Comunicación de 10 de marzo de 2020 expone problemas fundamentales para las empresas que requieren soluciones inmediatas. Lamenta, sin embargo, que las dos Comunicaciones de la Comisión se centren esencialmente en los obstáculos percibidos por las empresas, no aborden las preocupaciones de otros interlocutores sociales y solo traten de forma marginal los aspectos relativos a los consumidores; |
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8. |
observa que en la edición 2020 del cuadro de indicadores del mercado único, publicada el 3 de julio de 2020, se llega a la conclusión de que, a pesar de que ha mejorado la transposición de la legislación de la UE, en particular en el ámbito de la legislación sobre el consumo (se ha reducido en un 15 % el déficit de transposición), el número de procedimientos de infracción no disminuye, lo que se debe a una transposición «incompleta» o «incorrecta». También le preocupa al CDR el hecho de que la mayoría de los casos de infracción en relación con el mercado se refieren al medio ambiente (28 %) (por delante del transporte (17 %) y de la fiscalidad (10 %)); |
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9. |
considera que las normas e instrumentos aplicables al mercado interior, en su forma actual, son más adecuados para el comercio que para los servicios; subraya la necesidad de crear herramientas flexibles que puedan adaptarse rápidamente a los productos y servicios cambiantes y de nueva aparición; |
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10. |
considera que la prioridad de una nueva estrategia para el mercado único europeo debe ser eliminar realmente los obstáculos y aumentar el acceso a la información; |
Obstáculos al mercado único: causas y consecuencias
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11. |
señala que las divergencias jurídicas entre los Estados miembros son precisamente la causa de que la eliminación de los obstáculos al mercado único europeo sea un proceso tan dilatado; |
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12. |
está de acuerdo con la Comisión Europea en que las diferencias normativas suponen una carga reglamentaria especialmente pesada para las empresas, y en particular las pymes, incluidas las empresas emergentes y en expansión, los innovadores y los promotores de nuevos modelos de negocio, por lo que pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que intensifiquen sus esfuerzos a fin de eliminar la regulación innecesaria; |
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13. |
subraya que, sobre todo las pequeñas y medianas empresas tienen capacidades administrativas y de recursos humanos limitadas para hacer frente a trámites burocráticos complejos; uno de los principales obstáculos a la cooperación transfronteriza en el mercado interior es el denominado certificado A1, que, en el caso de desplazamiento de trabajadores, requiere trámites muy largos incluso para efectuar misiones regulares de corta duración en un país vecino. En consecuencia, estos trámites podrían conducir a una reducción significativa de las actividades transfronterizas y, por lo tanto, afectar significativamente al funcionamiento del mercado interior. A este respecto, se pide a la Comisión que tome medidas, de común acuerdo con los legisladores de la UE, para simplificar el actual procedimiento de obtención del certificado A1 en las regiones fronterizas; |
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14. |
llama la atención sobre la necesidad de una aplicación más eficaz de las disposiciones del Tratado que prohíben las restricciones cuantitativas a las importaciones y exportaciones (artículos 34 a 36 del TFUE) y la necesidad de gestionar los procedimientos de notificación relativos a las reglamentaciones técnicas [Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo (1)] y los obstáculos técnicos al comercio; |
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15. |
espera que la Comisión Europea cree una nueva herramienta para observar los fallos de funcionamiento del mercado; por ejemplo, «seguir» un producto y permitir el control de los obstáculos en toda la cadena de producción, la distribución y la venta, así como el consumo y la gestión del final de su vida útil; |
La economía europea del futuro
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16. |
está a favor de las prioridades de la estrategia para la industria europea señaladas hasta este momento, como la adaptación a los objetivos del Pacto Verde Europeo y la digitalización, y, al mismo tiempo, el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, lo que garantizará una recuperación sostenible de la economía, especialmente tras la pandemia de COVID-19; |
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17. |
reconoce que sigue habiendo retos importantes: los macrodatos, las redes 5G, el desarrollo de la innovación (incluidas, en particular, las TI, la creación de realidades digitales y la autonomía de las máquinas), si bien se debe seguir prestando atención a la creación y la defensa de la soberanía de los datos industriales; |
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18. |
promueve la ampliación de las competencias y la estructura geográfica de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). La existencia de una institución eficaz de protección de los derechos de propiedad intelectual con un presupuesto y una base de personal suficientemente amplios para operar en todo el mundo es una forma de garantizar el crecimiento de las empresas europeas; |
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19. |
reconoce que la política de protección del medio ambiente debe desempeñar un papel destacado en el desarrollo de la industria. Por lo tanto, este objetivo requiere que la actividad, incluida la actividad científica, esté orientada a sentar las bases de una sociedad y una empresa ecológicas; |
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20. |
señala la necesidad de un apoyo integral a la modernización y descarbonización de las industrias de gran consumo de energía. No obstante, esto no puede hacerse transfiriendo la producción a otros países ni utilizando subcontratistas de terceros países que no respeten la normativa europea; |
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21. |
hace hincapié en la necesidad de apoyo (financiero y de TI) a los sectores sostenibles e inteligentes en los ámbitos de la eficiencia energética, la movilidad y los modelos para eliminar las emisiones contaminantes; |
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22. |
comprende la necesidad de diversificar la producción y reducir los costes, pero señala la necesidad de reducir la dependencia de las empresas europeas de los componentes procedentes de otras partes del mundo; la actual pandemia de COVID-19 pone de manifiesto que es preciso aspirar a fortalecer la economía local en determinados sectores industriales. En el ámbito de los productos sanitarios en particular, sería importante aumentar la producción en Europa y, por tanto, la independencia de, por ejemplo, los mercados asiáticos; |
Los servicios en el mercado único
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23. |
subraya la importancia del comercio de servicios en el mercado único europeo, ya que representa aproximadamente el 70 % de la actividad económica total de la UE y una proporción similar en términos de empleo; |
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24. |
señala que la Comisión Europea debería dedicar más recursos a aumentar el volumen del comercio de servicios para aplicar más eficazmente la Directiva de servicios; |
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25. |
aboga por que, en los futuros trabajos de elaboración de una estrategia, se aproveche la capacidad y el conocimiento de los entes locales y regionales que mantienen contacto diario con los representantes empresariales de las microempresas y las pequeñas empresas; |
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26. |
pide a la Comisión Europea que actúe con mayor decisión respecto de los monopolios, especialmente en el mercado de los servicios digitales, en el que las entidades de terceros países gozan de una posición predominante; |
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27. |
acoge con satisfacción el anuncio de una nueva «Ley de servicios digitales» que sustituiría, en particular, a la Directiva sobre comercio electrónico adoptada hace veinte años (2). Insiste, sin embargo, en que el ámbito de aplicación de la legislación prevista no debe limitarse a la conformidad de los productos vendidos en las plataformas en línea, sino que también debe abordar el riesgo de que se eludan las normas laborales, sociales, de protección de los consumidores, fiscales y de derechos y, por consiguiente, el tema de la competencia desleal con respecto a las empresas del sector fuera de línea. Preocupa especialmente la precariedad de las condiciones laborales de los trabajadores de las plataformas digitales; |
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28. |
señala la necesidad de centrarse en las innovaciones, la inversión y las competencias para que el nuevo paquete de medidas sobre las capacidades refleje las necesidades reales del mercado de trabajo y para que la mejora de las capacidades y el reciclaje laboral se lleven a cabo con arreglo a sus directrices, también en el marco de los proyectos financiados con cargo al presupuesto de la UE; |
Evaluación de la actividad anterior de la Comisión Europea
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29. |
acoge favorablemente la creación de un Grupo de trabajo para el cumplimiento de la legislación sobre el mercado único (SMET) pero lamenta que, hasta ahora, solo puedan participar en él representantes de los Estados miembros; |
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30. |
reconoce el considerable valor de la experiencia adquirida con la plataforma REFIT; |
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31. |
valora los esfuerzos de la Comisión por convertir SOLVIT en un instrumento alternativo por defecto de resolución de litigios; |
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32. |
considera esencial adoptar decisiones firmes respecto a los Estados miembros que incumplan la legislación vinculante, de modo que los procedimientos puedan iniciarse, llevarse a cabo y ejecutarse de forma inmediata; |
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33. |
pide que se aplique mejor el principio de reconocimiento mutuo a la libre circulación de mercancías, dado que, en la práctica, no se ha aprovechado todo su potencial, y solicita que, en la medida de lo posible, también se aplique al sector de los servicios; insta, en este sentido, a la plena aplicación del Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo (3); |
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34. |
espera una postura clara y decidida de la Comisión Europea sobre las prácticas comerciales desleales, incluida la promoción, por terceros países, de industrias orientadas a la exportación; |
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35. |
espera con impaciencia la publicación del libro blanco sobre las normas de defensa de la competencia y nuevas consultas que muestren la magnitud del problema; |
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36. |
exige que se aceleren las acciones de coordinación de los marcos jurídicos de la UE sobre el mercado único para que no se obstaculicen de ningún modo los flujos de tipos esenciales de bienes como, por ejemplo, los productos médicos y alimentarios; |
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37. |
espera la realización de controles fronterizos basada en los principios de necesidad y proporcionalidad; |
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38. |
pide más esfuerzos para facilitar información sobre la posibilidad de utilizar herramientas modernas de TIC. La industria moderna y el crecimiento del comercio transfronterizo requieren soluciones capaces de reducir la distancia geográfica, especialmente en las regiones fronterizas; |
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39. |
espera que se elabore una estrategia para el mercado único con una hoja de ruta ambiciosa, pero realista, de propuestas encaminadas a eliminar barreras, no un mero estudio analítico que señale los obstáculos y exponga algunas orientaciones; |
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40. |
cuestiona la finalidad y utilidad del principio de «una más, una menos», según el cual cada vez que la UE adopta una nueva norma, debe suprimir otra. En vez de seguir un enfoque cuantitativo de este tipo en el ámbito legislativo, que podría tener repercusiones negativas en amplios sectores de la sociedad, en particular en los del empleo, la protección de los consumidores y del medio ambiente, y podría contradecir el artículo 3, apartado 3 del TUE, el principio rector a la hora de adoptar un nuevo acto legislativo debería ser la calidad de la legislación, y la capacidad de adaptarse a la evolución tecnológica y a las necesidades de la sociedad; |
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41. |
señala la necesidad de crear un sistema integrado de seguridad farmacéutica que permita canalizar los recursos en función de la demanda crítica en situaciones de crisis; |
Actividad de la administración pública y de los entes locales y regionales
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42. |
destaca el pleno apoyo de los entes locales y regionales a los esfuerzos de la Comisión Europea para eliminar los obstáculos en el mercado único europeo; |
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43. |
llama la atención sobre la necesidad de proporcionar formación sobre las posibilidades que surgen en relación con el mercado único europeo, sobre todo, para informar a las administraciones locales y regionales que tienen contacto directo con los empresarios y consumidores europeos; |
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44. |
apoya la idea de establecer un punto de información central sobre la legislación vigente en el mercado único para los funcionarios de los Estados miembros y con el fin de maximizar el flujo de información entre los niveles europeo y local; |
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45. |
apoya las acciones encaminadas a mejorar el conocimiento y la sensibilización, incluida la pasarela digital única, que garantizará el acceso a información exhaustiva sobre la legislación y los procedimientos administrativos del mercado único y dirigirá a los usuarios a los servicios de asistencia y puntos de contacto más relevantes; |
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46. |
prevé un mejor uso de las herramientas informáticas del mercado único europeo existentes, como el Sistema de Información del Mercado Interior (IMI), y conviene en que es necesario crear una plataforma en línea unificada para velar por el cumplimiento de la ley; |
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47. |
anima a la Comisión a considerar la posibilidad de aprovechar el potencial de los entes locales y regionales para evaluar de antemano el cumplimiento de la legislación propuesta, ya que estos entes son en muchos casos los responsables de aplicar lo que se adopta. Los entes locales y regionales también cumplen las condiciones para probar soluciones y recibir también información directa sobre cómo se pueden cumplir las normas; |
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48. |
sugiere que es necesario acelerar los trabajos sobre la armonización de las normas técnicas y la libertad de prestación de servicios en el mercado único europeo y que este proceso debería completarse a finales de 2023; |
Retos comerciales mundiales
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49. |
critica el desequilibrio en el mercado mundial respecto al nivel y el alcance de las ayudas (jurídicas y financieras) concedidas por los distintos Estados a entidades económicas privadas y públicas que prestan servicios y distribuyen productos en la Unión Europea; |
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50. |
señala la necesidad de una mayor promoción de los valores europeos en todo el mundo, incluidos los relativos al comercio de bienes y servicios. La UE y sus instituciones deben abogar por un sistema comercial global y abierto basado en las normas internacionales; |
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51. |
anima a adoptar medidas para aprovechar las posibilidades que ofrece la digitalización y el acceso casi instantáneo a la información para combatir el dumping de precios; |
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52. |
señala la importancia de un sistema de comercio internacional basado en normas, con una OMC fuerte, y se opone al proteccionismo y al aislamiento. El objetivo de la UE debe ser revitalizar y fortalecer la OMC, en particular modernizando su funcionamiento en ámbitos clave y colmando las lagunas de su marco reglamentario, de modo que la organización pueda responder adecuadamente a los actuales desafíos comerciales; |
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53. |
propone desarrollar y aplicar una política para la reorganización europea de las cadenas de suministro para que las empresas europeas no se vean afectadas en el futuro por una reducción del comercio mundial o por la falta de componentes disponibles y los ciudadanos de la UE no vean limitado su acceso a algunos productos; |
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54. |
señala la necesidad de desarrollar relaciones comerciales «UE-resto del mundo» basadas en intereses estratégicos (como normas medioambientales igual de ambiciosas para todos los países), con el objetivo de fortalecer la competitividad mundial de la Unión Europea y su papel en la escena internacional; |
Observaciones finales-conclusiones y recomendaciones
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55. |
subraya la necesidad de cooperación entre los Estados miembros y de una acción uniforme, especialmente en el ámbito de los asuntos internacionales que afectan al funcionamiento seguro y estable de todos los países de la UE (por ejemplo, para lograr que Europa deje de depender de las materias primas de terceros países); |
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56. |
descarta que se produzcan desequilibrios a largo plazo en relación con las normas de funcionamiento entre los Estados miembros de la UE, como ha ocurrido hasta ahora (por ejemplo, en relación con los pagos al presupuesto de la UE, el uso del euro, etc.); |
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57. |
hace hincapié en la importancia de integrar las instituciones privadas y públicas que trabajan para las empresas y los consumidores, en particular a escala supranacional, porque pueden detectar mucho más rápidamente los problemas derivados de la divergencia de la legislación o la desviación respecto de las normas adoptadas en el ámbito de la UE; |
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58. |
subraya que la digitalización de las empresas europeas y de la administración pública, incluidas las soluciones tecnológicas relativas al mercado único, es una prioridad para la UE. Ámbitos como la ciberseguridad, la protección de los datos personales y la recogida y el tratamiento de información en la nube necesitan mejoras y nuevas soluciones; |
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59. |
recomienda
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60. |
promueve la elaboración de directrices comunes para la construcción de portales públicos (al menos a escala regional — NUTS 2), de manera que las empresas de los distintos Estados miembros puedan encontrar fácilmente la información necesaria; |
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61. |
señala la necesidad de reforzar la integración europea, basada en los valores de la democracia, el Estado de Derecho, la garantía de unas normas estrictas de protección del medio ambiente, el clima y la salud, de modo que se hagan efectivas las sinergias entre la cohesión de los países de la UE y los efectos económicos. Las imperfecciones del mercado único se perciben a escala local y regional; |
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62. |
subraya la importancia de la autonomía industrial del mercado único europeo, incluida la necesidad de crear una estrategia para garantizar el suministro de materias primas críticas; |
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63. |
pide que se actúe con audacia a la hora de aplicar nuevas soluciones, en particular las que guardan relación con la neutralidad climática de la economía europea o el fortalecimiento directo de la uniformidad del mercado único. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información (DO L 241 de 17.9.2015, p. 1).
(2) Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico, en el mercado interior.
(3) Reglamento (UE) 2019/515 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, relativo al reconocimiento mutuo de mercancías comercializadas legalmente en otro Estado miembro y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 764/2008 (DO L 91 de 29.3.2019, p. 1).
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/33 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Cambio demográfico: propuestas para cuantificar y afrontar los efectos negativos en las regiones de la UE
(2020/C 440/07)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Observaciones generales
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1. |
considera que el cambio demográfico constituye uno de los mayores retos que afrontan las regiones, ciudades y núcleos rurales de población de Europa, y señala que algunos de los factores que lo impulsan son el envejecimiento de la población, unas tasas de fertilidad y natalidad bajas y el agravamiento de los desequilibrios en la distribución de la población; |
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2. |
recuerda la orientación de la Agenda Estratégica para 2019-2024 sobre el modelo europeo para el futuro, aprobada por el Consejo Europeo, en la que también se solicita que se aborden los retos demográficos; |
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3. |
acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión Europea de pedir a la vicepresidenta de la Comisión Dubravka Šuica que analice el impacto del cambio demográfico en los distintos grupos de la sociedad y en las zonas y regiones de Europa que se han visto desproporcionadamente afectadas por este fenómeno, y que presente medidas para afrontarlo, incluidas la lucha contra la fuga de cerebros, una mejor conciliación de la vida familiar y la vida profesional, la futura Garantía Infantil, el Libro Verde sobre el Envejecimiento y una visión a largo plazo para las zonas rurales, recordando la necesidad de incorporación de la perspectiva de género en todas ellas; |
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4. |
pretende reforzar el papel de las personas adultas o de edad avanzada, no solo como objetos de atención, sino como recursos de la comunidad, promoviendo su participación en la vida social, civil, económica y cultural, y fomentando la creación de vías para la autonomía y el bienestar en sus contextos de vida habituales; |
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5. |
acoge con gran satisfacción el informe de la Comisión Europea sobre el impacto del cambio demográfico, que tiene en cuenta un enfoque conjunto entre la transición digital, la economía verde y el reto demográfico, una visión global que resulta crucial si se quieren proporcionar soluciones justas y sostenibles para todas las generaciones sin dejar a nadie atrás, como exigen los Objetivos de Desarrollo Sostenible para 2030; |
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6. |
valora positivamente la iniciativa de la Presidencia croata del Consejo de designar el cambio demográfico como una prioridad clave y acoge con satisfacción la consulta que ha recibido el Comité Europeo de las Regiones (CDR) sobre este asunto; |
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7. |
acoge favorablemente la iniciativa del Parlamento Europeo (PE) de presentar un informe sobre los retos demográficos en su respuesta a la Comunicación de la Comisión; |
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8. |
recuerda la cooperación del Comité de las Regiones con el Pacto sobre el cambio demográfico, basada en los resultados de la red temática sobre la innovación en favor de entornos adecuados para las personas mayores, que reúne a autoridades locales, regionales y nacionales dedicadas a apoyar, con ayuda de la OMS, un envejecimiento activo y saludable como respuesta al reto demográfico; |
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9. |
recuerda la importancia, en el plano internacional, de una sinergia con las Naciones Unidas, tanto para la revisión del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento —cuyo horizonte se extendía hasta 2002— como para el diálogo con el Grupo de Trabajo sobre el Envejecimiento, con el fin de reforzar la protección de los derechos humanos de las personas de edad avanzada. En el ámbito global, es útil colaborar con la Organización Mundial de la Salud en el Decenio del Envejecimiento Saludable; |
Principales tendencias y retos demográficos
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10. |
llama la atención sobre las divergencias significativas que se registran entre las tendencias de crecimiento en los Estados miembros y regiones de la Unión Europea (UE), que deben abordarse urgentemente mediante medidas de diferente cariz en la EU-27; |
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11. |
subraya que, en los últimos años, se han registrado tendencias demográficas muy negativas a escala regional en amplias zonas de Europa. En la mayoría de estas zonas, se observan «islas» de crecimiento demográfico en torno a la capital y las ciudades metropolitanas (1); |
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12. |
hace referencia a la conclusión de que las regiones que pierden población suelen ser rurales, ya escasamente pobladas y remotas. Las regiones industriales en declive y las ciudades periféricas también se ven afectadas por esta tendencia a la despoblación (2); |
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13. |
pone de relieve que la disminución del número de personas en edad laboral y el aumento del número de personas mayores agravan el impacto en las tasas de dependencia de las personas de edad avanzada. Se prevé que esta tasa aumente del 29,3 % en 2016 al 52,3 % en 2080 dentro de la UE (un aumento de 23 puntos porcentuales) (3); |
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14. |
reconoce que, al contrario de lo que ocurre con el crecimiento de la población mundial, el ritmo de crecimiento de la población de la UE se ha aminorado significativamente. En 2015, por primera vez en la EU-28, tuvo lugar un decrecimiento natural de la población, lo que significa que hubo más muertes que nacimientos; |
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15. |
llama la atención sobre el aumento constante de la tasa de dependencia, ya que, según las cifras de población de Eurostat, mientras que en 1960 había en promedio tres jóvenes (de 0 a 14 años) por cada persona de edad (de 65 años o más), cien años después, en 2060, se prevé que haya dos personas mayores por cada joven; |
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16. |
subraya que, debido al aumento de la edad media de procreación de las mujeres, los hijos se planean a una mayor edad, con lo que no suele alcanzarse el número previsto de estos (4) (por lo general, de entre dos y tres) (5), lo que supone una diferencia entre el número real y el número deseado de hijos (brecha de fertilidad). Mientras exista una brecha de fertilidad en los Estados miembros de la UE, reducirla será una responsabilidad primordial; solo entonces podrá hablarse de migración. Mientras exista una brecha de fertilidad en los Estados miembros de la UE, reducirla será una responsabilidad primordial; solo entonces podrá hablarse de migración. Se debe hacer todo lo posible para fomentar e incentivar la natalidad; |
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17. |
subraya que la pérdida de jóvenes en las regiones caracterizadas por la emigración, y en un contexto de disminución de las tasas de natalidad, constituye una desventaja extraordinaria para los municipios más pequeños en lo que respecta al mantenimiento de los servicios públicos esenciales y al impulso de la actividad económica y productiva en esas zonas, factores esenciales para retener y atraer a la población en el territorio y frenar el fenómeno de despoblación rural que afecta a los Estados miembros de la UE; |
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18. |
se remite a estudios recientes (6) del CDR, en los que se pone de manifiesto, en particular, la dimensión territorial del reto demográfico; |
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19. |
en consonancia con su Dictamen de iniciativa sobre la fuga de cerebros, hace hincapié en que la libre circulación de personas y trabajadores constituye la base del mercado interior y es una de las libertades fundamentales reconocidas en los Tratados de la UE; |
La necesidad de una respuesta política coherente en todos los niveles de gobierno
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20. |
llama la atención sobre su Dictamen «La respuesta de la UE al reto demográfico» (2016), en el que se afirma que muchas de las políticas europeas pueden contribuir a hacer frente a los desafíos demográficos sin contener medidas específicas en favor de las zonas afectadas por dichos retos. Es el caso de las políticas de transporte, sociedad de la información, empleo y política social, medio ambiente y clima, y empresa; reitera su llamamiento en favor de una estrategia europea global sobre el cambio demográfico y subraya que, para afrontar estos desafíos, será preciso adoptar un enfoque global que abarque una amplia gama de ámbitos políticos a fin de ayudar a invertir (enfoque proactivo) o mitigar (enfoque reactivo) los efectos del cambio demográfico: |
Opciones de políticas proactivas:
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dado que uno de los factores que determinan la población es la tasa de natalidad, crear las condiciones adecuadas para facilitar que las personas que quieran tener hijos tengan más y los tengan más temprano; habida cuenta de que, de acuerdo con las «Perspectivas demográficas para la Unión Europea» (2017) (7), las políticas encaminadas a modificar la demografía en el futuro son limitadas y necesitan tiempo para tener un impacto, la atención debería centrarse en adaptarse y suavizar la transición hacia una UE más envejecida, al tiempo que se apoya a la juventud en el proceso de transición a la vida adulta y a las familias para incrementar las tasas de fecundidad en las regiones afectadas; |
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aumentar el atractivo de las regiones para que ofrezcan a los jóvenes oportunidades de estudio, innovación y empleo estable y de calidad mediante inversiones específicas en infraestructuras, cultura y conectividad, entre otras cosas; |
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desarrollar programas de incentivos específicos animar a los jóvenes a establecerse en estas regiones; |
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hacer económicamente viable para los jóvenes la formación de una familia numerosa; |
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desarrollar el concepto de «economía del bienestar» en la UE, que permite que el aumento del bienestar de las personas, y por tanto de las familias, (en términos de educación, salud, cuidados infantiles, vivienda, movilidad, transporte, conectividad y cultura) contribuya a un ciclo económico virtuoso, lo que a su vez ayuda a mantener las inversiones a largo plazo en bienestar. Esto puede mejorar el atractivo de las regiones y ciudades como lugares para vivir y formar una familia, basándose en los factores anteriormente mencionados y no solo en el crecimiento económico; |
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promover y aplicar una política global e integrada destinada a buscar y apoyar a la familia en el ejercicio libre de sus funciones sociales; |
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recordar las necesidades específicas, en una sociedad inclusiva, de formular respuestas cualitativas a las necesidades de las personas con discapacidad a medida que envejecen; |
Opciones de políticas reactivas:
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mejorar la participación en el mercado de trabajo, en particular de las mujeres, mediante un aumento de la inversión en medidas de conciliación de la vida profesional y la vida privada, infraestructuras sociales y favorables a la familia y una mayor igualdad de género; |
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disminuir los costes sanitarios y de asistencia de una sociedad que envejece mediante la promoción del envejecimiento activo y saludable, la inversión en nuevas formas de vida independiente (nuevos conceptos de vivienda) y el fomento de la economía social; |
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mejorar la planificación de la inversión pública mediante un control de adecuación de la inversión pública desde una perspectiva demográfica, elaborando metodologías y herramientas técnicas que faciliten el análisis del impacto demográfico de las diferentes políticas; |
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reducir la tasa de abandono de estudios de los jóvenes, actualizar la base de cualificaciones gracias a inversiones en educación e impulsar la formación orientada a la demanda y potencialidades de cada territorio, el reciclaje profesional y flexibilidad de la mano de obra; |
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hacer especial hincapié en la prestación de servicios públicos como la asistencia sanitaria, la educación y la cultura en las ciudades de pequeño y mediano tamaño de cada región y utilizar soluciones digitales para llegar a todos los lugares; |
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crear un marco jurídico a nivel europeo, consensuado y que funcione adecuadamente, a fin de facilitar la integración de ciudadanos de terceros países en el mercado de trabajo y en la sociedad europeos como parte de una estrategia global para abordar el cambio demográfico; |
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prever residencias idóneas para viviendas sociales mixtas en las que puedan tener lugar modalidades de cohabitación, sinergia y reciprocidad entre generaciones con fórmulas de mutualidad inclusiva; |
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promover medidas destinadas a mejorar la calidad de vida y combatir la soledad y el aislamiento de las personas de edad avanzada, en particular —pero no solo— en una situación de pandemia; |
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fomentar la creación de entornos propicios al desarrollo de relaciones sociales intergeneracionales que permitan el bienestar de la sociedad en su conjunto; |
Demografía y debate en curso sobre el marco financiero plurianual
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21. |
señala que es necesario destinar más fondos europeos en el futuro a combatir el fenómeno de la fuga de cerebros; |
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22. |
destaca, sobre todo en el contexto de la negociación en curso sobre los Reglamentos relativos a los Fondos Estructurales, que debe reforzarse la referencia al cambio demográfico, tal y como sugiere el Parlamento Europeo, y flexibilizarse su aplicación en las zonas y regiones que se han visto desproporcionadamente afectadas por este fenómeno, de tal forma que se permita usarlos conjuntamente en un mismo proyecto, que se prevean adelantos y su complementariedad con los Instrumentos Financieros; |
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23. |
recuerda que, en su Dictamen «Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión» (2018), afirma que el objetivo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y Fondo de Cohesión (FEDER) incluye apoyar a las zonas urbanas y rurales con desventajas geográficas o demográficas, entre otras. Esto incluye prestar ayuda financiera de la UE adicional para proyectos que fomenten un desarrollo económico sostenible desde el punto de vista medioambiental y socialmente inclusivo en las regiones en cuestión; |
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24. |
recuerda, en este sentido, la propuesta del Comité de las Regiones y del Parlamento Europeo de prestar esta ayuda especial a las zonas de nivel NUTS 3 o las agrupaciones de unidades administrativas locales con una densidad de población inferior a 12,5 habitantes por km2 en zonas escasamente pobladas o inferior a 8 habitantes por km2 en zonas muy escasamente pobladas, o con un descenso medio de población superior al 1 % entre 2007 y 2017, que deberán estar sujetas a planes regionales y nacionales específicos para incrementar el atractivo para la población, las inversiones de negocios y la accesibilidad de los servicios digitales y públicos, con una asignación específica incluida en el acuerdo de cooperación de los Fondos Estructurales; |
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25. |
reitera la posición del CDR y del PE sobre el respaldo a los planes nacionales de apoyo a las zonas regionales y locales necesitadas que se enfrentan a un declive demográfico continuo, incluido el apoyo financiero proporcionado por los Fondos EIE, para aumentar el atractivo, incrementar la inversión empresarial y mejorar la accesibilidad de los servicios digitales y públicos. Estos planes nacionales y regionales deben reflejarse en la nueva estrategia europea sobre el cambio demográfico; |
Aspectos demográficos de las políticas clave de la UE
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26. |
subraya la dimensión demográfica de la urbanización, ya que la Unión Europea también registra una urbanización creciente, y hace hincapié en la importancia de abordar con firmeza los retos demográficos en la aplicación de la Agenda Urbana de la Unión Europea y la renovación de la Carta de Leipzig; |
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27. |
apoya la posición del Parlamento Europeo, que refleja las propuestas del Comité de las Regiones para ayudar a las regiones y comunidades escasamente pobladas, destinando al menos el 5 % de los recursos del FEDER disponibles a escala nacional en el marco del objetivo de inversión en empleo y crecimiento, al desarrollo territorial integrado en zonas no urbanas que padezcan desventajas naturales, geográficas o demográficas, o que tengan dificultades de acceso a los servicios básicos. Al menos el 17,5 % de esta cantidad se asignará a las zonas y comunidades rurales, teniendo en cuenta las disposiciones de un pacto para pueblos inteligentes a fin de desarrollar proyectos como el de los «pueblos inteligentes» (8) mejorando las características de estas zonas y fomentando su repoblación; |
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28. |
hace hincapié en el papel de la Garantía Juvenil y de la iniciativa «Tu primer trabajo EURES», que ayudan a los jóvenes a encontrar empleo. La importancia de la Garantía Juvenil, con influencia directa en la democracia e indirecta en la demografía, también es evidente en los resultados obtenidos en el período 2014-2020: ayudó a mejorar la vida de millones de jóvenes europeos; |
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29. |
aguarda con interés las propuestas de la Comisión Europea sobre una futura Garantía Infantil que ayude a los niños en riesgo de pobreza o exclusión social promoviendo inversiones que garanticen que los niños disfruten del derecho fundamental a crecer y prosperar en un entorno adaptado a la infancia y propicio para las familias, dando prioridad a las medidas para mejorar la renta global de las familias y apoyar a los progenitores, y que tengan acceso a una atención sanitaria gratuita y de calidad, a la educación, a cuidados infantiles, a una vivienda digna y a una alimentación adecuada; considera que las políticas familiares no deben considerarse un coste para el presupuesto público, sino más bien una inversión en un activo estratégico para la sociedad; |
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30. |
considera que la política agrícola común (PAC 2014-2020) —que se ocupa del desarrollo rural— contribuye a hacer frente a los desafíos demográficos. Por lo tanto, en el período 2021-2027, la PAC debe seguir siendo una política de la UE sólida. Unas zonas rurales dinámicas, los agricultores jóvenes y unas explotaciones agrícolas familiares que apliquen buenas prácticas deberían desempeñar un papel fundamental en la lucha contra el cambio climático, la protección del medio ambiente y la conservación de los paisajes y la diversidad biológica, así como en la prevención de la despoblación de las zonas rurales; |
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31. |
aunque su ámbito de actuación es muy limitado, la Comisión Europea debería intervenir en la legislación relativa al mercado de tierras agrícolas a fin de: estimular el recurso a las posibilidades que ofrece el desarrollo rural para apoyar las nuevas acciones destinadas al fomento de la movilidad de la propiedad rural (como los fondos de administración de tierras, las iniciativas de correspondencia entre agricultores y tierras agrícolas, y otras medidas promovidas a escala local para promover el acceso de los nuevos agentes del sector a la tierra); ampliar el alcance de las medidas de apoyo a los nuevos modelos de negocio agrícola (en especial, los tipos innovadores de asociaciones entre agricultores) y a las organizaciones locales, que pueden apoyar a los jóvenes agricultores y a los nuevos agentes del sector en la obtención de tierras; y fomentar políticas nacionales más activas mediante recomendaciones de la Unión sobre el acceso a la tierra basadas en buenas prácticas ya consolidadas; |
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32. |
considera que los Estados miembros deben dar un apoyo decidido a las políticas que favorezcan la incorporación y participación de la mujer en los sectores de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), de la ciencia, la tecnología, la ingeniería, las artes y las matemáticas (CTIAM), así como en las actividades del sector agrario y del mundo rural, como condición necesaria para equilibrar la pirámide poblacional en territorios que sufran o estén en riesgo de despoblación; |
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33. |
pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que aseguren la coordinación necesaria entre la política de cohesión de la UE y la política agrícola común con el fin de garantizar que las zonas rurales también puedan llevar a cabo proyectos sobre ciudades inteligentes («Smart Villages») mediante un enfoque integrado (tales como las inversiones territoriales integradas, el desarrollo local participativo o las iniciativas Leader); |
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34. |
reitera la afirmación vertida en su Dictamen «Envejecimiento activo y saludable» (2019) de que «para responder a los retos planteados por el cambio demográfico, la investigación y una industria europea activa son necesarias a fin de renovar, diseñar y producir nuevas soluciones innovadoras para una población cada vez más mayor, ya sean productos cotidianos, infraestructuras, tecnologías o programas informáticos», en particular el desarrollo de la telemedicina para garantizar la calidad de la atención especializada, sobre todo en las zonas rurales o escasamente pobladas, y de que «esto constituye una oportunidad para que la UE se posicione como líder de mercado de la economía plateada, creando empleos locales, generando riqueza y exportando innovaciones novedosas a otros países». La existencia de un entorno propicio para la familia y la solidaridad intergeneracional refuerzan las ideas contenidas en esta afirmación; en este sentido, las entidades locales y regionales juegan un papel fundamental para el establecimiento de las condiciones que promuevan y garanticen un envejecimiento saludable y, para lograrlo, es necesario tanto el desarrollo de más convocatorias específicas sobre esta materia como la mejora de la coordinación de los distintos recursos financieros existentes disponibles; |
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35. |
pone de relieve el papel esencial que pueden jugar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y el entorno inteligente en mejorar las condiciones de vida en las zonas más afectadas por los desafíos demográficos. Por lo tanto, el Comité pide a la UE que aborde la brecha digital que afecta a muchas zonas recurriendo a soluciones inteligentes y empleando para ello los instrumentos y programas europeos, tales como los fondos estructurales y de inversión y el programa Next Generation EU, con la finalidad de garantizar la conectividad digital y de calidad para toda la población; |
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36. |
por lo que respecta a la brecha digital, hace hincapié en las soluciones inteligentes en el ámbito de los cuidados de las personas mayores y el transporte a la demanda, así como establecer planes para dotar de cobertura del servicio de telefonía móvil a las carreteras de ámbito comarcal y local. De la misma manera, considera de vital importancia la inclusión de la prestación del servicio de telefonía móvil dentro del ámbito del servicio universal de telecomunicaciones, en especial en los núcleos de población rurales escasamente poblados y en sus carreteras y vías de comunicación, lo que facilita la vida sobre todo a las personas de edad avanzada y a los progenitores con niños pequeños. Todo esto tiene repercusiones claras a la hora de retener a la población; |
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37. |
se han de prever cursos de formación y apoyo en el uso de las tecnologías digitales que permitan reducir la brecha digital existente entre las personas de edad avanzada, así como itinerarios de gestión del cambio para los gestores de los servicios sociales en los municipios, a fin de que estos puedan acompañar la transformación digital de los servicios asistenciales; |
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38. |
coincide en que las distintas medidas para 2014-2020 propuestas en la Comunicación de la Comisión titulada «Impulsar el crecimiento y la cohesión en las regiones fronterizas de la UE», aprobada en septiembre de 2017, pueden ayudar a reducir la complejidad, la duración y los costes de la interacción transfronteriza y promueven la puesta en común de servicios en las fronteras internas. La Comisión destaca que «habrá inversiones significativas para mejorar las condiciones de vida: las acciones medioambientales conjuntas y las medidas conjuntas para mitigar los efectos del cambio climático harán que las poblaciones fronterizas estén más protegidas» (9); |
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39. |
reitera la observación formulada en su Dictamen «La conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores» (2017), de que «las corrientes demográficas actuales obligan a replantearse los roles de género y a promover contratos laborales más flexibles e igualitarios». En este sentido, el marco jurídico de la UE que regula aspectos de las políticas cuyo objetivo es apoyar la conciliación de la vida profesional y la vida familiar y la igualdad de género está inextricablemente ligado a la economía, la demografía, el empleo y la dimensión regional. Ateniéndose a todo ello, el Comité acoge con satisfacción la estrategia de igualdad de género de la Comisión Europea; |
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40. |
Se remite a sus Dictámenes: «La movilidad en las regiones con desventajas geográficas y demográficas» (2014) y «La respuesta de la UE al reto demográfico» (2016), que cubren ámbitos como la garantía de la movilidad a través de las políticas de transporte y establecen nuevas medidas específicas, que incluyen enfoques innovadores como el «transporte a la demanda», para mejorar la conectividad en las regiones y entre ellas; subraya igualmente que son necesarios nuevos enfoques para la financiación del transporte en las regiones con desventajas; |
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41. |
señala que la elevada tasa de desempleo no se corresponde con los requisitos del mercado laboral. Por lo tanto, es necesario organizar cursos de formación profesional o de estudios a distancia para desempleados que no puedan integrarse o reintegrarse en el mercado laboral. En este proceso deberían participar los organismos del sector público, las instituciones regionales y locales y otros órganos de cooperación en materia de servicios de empleo; |
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42. |
considera que se hace necesario introducir en las diferentes políticas una comunicación positiva del medio rural para hacer frente a la despoblación que afecta al medio rural y referirse a unos patrones que permitan trasladar una imagen favorable del medio rural, visibilizando los aspectos y valores positivos que atesora; |
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43. |
es importante destacar que, cuando los padres se ocupan más del cuidado de los niños y participan más en la vida familiar, estos se benefician de mejores resultados en el plano cognitivo y emocional y disfrutan de una mejor salud física. Quienes se relacionan más con sus hijos suelen mostrar un mayor grado de satisfacción con la vida y una mejor salud física y mental. En 2015, tres de cada cuatro países de la OCDE concedían al menos un período de permiso retribuido del que solo puede hacer uso el padre, o bien un permiso parental retribuido específico para el padre. El permiso parental también puede contribuir a reducir la discriminación contra la mujer en el lugar de trabajo; |
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44. |
recuerda los Objetivos de Desarrollo Sostenible y, en particular, el objetivo específico sobre el desarrollo urbano, el ODS 11, que persigue «lograr que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles». Apoya los proyectos destinados a los entes locales, las ciudades y las regiones que contribuyen activamente a la consecución del ODS 11; |
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45. |
toma nota del Pacto Verde Europeo, que constituye una respuesta relevante a los retos medioambientales, demográficos, económicos y sociales. Una estrategia de crecimiento sostenible es fundamental para transformar la UE en una sociedad justa, próspera e inclusiva, y es preciso replantear las políticas de energía limpia en la economía, la industria y el consumo, el transporte, el sector de los alimentos y la agricultura, y la construcción, así como en la fiscalidad y determinados aspectos de las cuestiones sociales y del apoyo global a las familias; |
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46. |
subraya que el hecho de tener hijos no debería ser un obstáculo para la ambición profesional ni conducir al empobrecimiento o la pérdida de poder adquisitivo, especialmente en el caso de las familias numerosas o monoparentales. La planificación familiar es a largo plazo, por lo que es importante contar con una política estable y proactiva que contemple el equilibrio entre la vida profesional y la vida privada y la participación del padre en la vida familiar. Debería facilitarse una reincorporación rápida y flexible al mercado laboral para las madres después del permiso de maternidad; |
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47. |
considera necesario tener presente que una parte de los empleos que serán demandados en el futuro hoy no existen y que, por ello, es preciso facilitar la formación de nuestros ciudadanos (de todas las edades y sectores) en competencias que les faciliten el acceso al empleo, teniendo en cuenta de modo especial a aquellos que residan en zonas con menor densidad o gran dispersión de población en la planificación de las políticas de formación, para facilitar su acceso a la misma; |
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48. |
señala la importancia del trabajo no remunerado que, por lo general, realizan las mujeres apoyando a las familias y compensando la falta de infraestructuras sociales públicas. Este trabajo consiste sobre todo en los cuidados y en las tareas domésticas no remunerados, que se estiman, respectivamente, en el 10 % y el 39 % del producto interior bruto (PIB) mundial; |
Demografía y democracia
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49. |
considera que las cuestiones emergentes como la transformación de la sociedad y la distribución de la población dan lugar a respuestas políticas, que pueden conducir a una polarización del sistema democrático; |
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50. |
se debería prestar especial atención a los jóvenes que son o pueden convertirse en padres. La tasa media de desempleo juvenil en los Estados miembros de la UE sigue siendo superior a la de la población activa en general. Las personas jóvenes se ven bastante afectadas por condiciones laborales precarias. Sobre la base de determinados estudios, se debería dar prioridad al acceso de los jóvenes a unos ingresos previsibles y a la vivienda, pues ello les proporcionará la seguridad que necesitan para crear una familia; |
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51. |
considera que las redes transeuropeas de transporte que, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (10), seguirán estando financiadas con cargo al Fondo de Cohesión durante el período de programación 2021-2027, además de aliviar los cuellos de botella existentes en la red, deberían dar prioridad a la inversión en las redes de transporte sostenible e impulsar los servicios públicos en las zonas rurales, especialmente en las zonas escasamente pobladas o con alta dispersión de la población y aquellas en las que la población está envejeciendo, para favorecer la interconectividad entre campo y ciudad, fomentar el desarrollo rural y reducir la brecha digital; |
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52. |
alerta, por lo tanto, del surgimiento de una «geografía del descontento», fenómeno presente en muchos países y regiones de la UE donde las personas se sienten abandonadas a su suerte, lo que a menudo guarda una estrecha relación con el declive demográfico. Por consiguiente, debe garantizarse el acceso a los servicios públicos básicos en las zonas rurales y escasamente pobladas; |
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53. |
para fortalecer nuestro sistema democrático, considera necesario abordar esta evolución facilitando el diálogo intergeneracional e implicando de forma activa a los políticos elegidos democráticamente a nivel local y regional, que son quienes se hallan más cerca de los ciudadanos; |
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54. |
por consiguiente, juzga necesario debatir el vínculo entre democracia y demografía en la próxima Conferencia sobre el Futuro de Europa y sugiere que formule claramente su posición sobre este tema para la Conferencia, prestando especial atención a la representación de los jóvenes. La Conferencia debería abordar el fenómeno de la denominada «geografía del descontento», que guarda relación con el nivel de éxito de las políticas de la UE y su repercusión directa e indirecta en las distintas regiones de la UE y su demografía; en este contexto, también propone que la Conferencia aborde la cuestión de cómo debe definirse la expresión «regiones que padecen desventajas naturales o demográficas graves y permanentes», que figura en el artículo 174 del TFUE. Esta reflexión más amplia es también pertinente en lo que respecta a la consecución de los ODS; |
Alegato en favor de la subsidiariedad activa y la mejora de la legislación
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55. |
subraya que muchas de las respuestas políticas necesarias recaen en el ámbito de competencias de los entes locales y regionales de la UE y, por tanto, señala que es necesario prestar una atención especial a la asociación y a la gobernanza multinivel a la hora de encontrar soluciones adecuadas; |
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56. |
al mismo tiempo, subraya la importancia de que el CDR tenga una participación significativa en la Conferencia sobre el Futuro de Europa, para reflejar el hecho de que hay más de un millón de representantes democráticos locales y regionales en la UE; |
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57. |
aboga por utilizar el concepto de «subsidiariedad activa» desarrollado por el Grupo Operativo sobre Subsidiariedad a fin de encontrar soluciones viables para abordar el cambio demográfico, respetando el reparto de competencias en un diálogo directo con las ciudades y regiones; |
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58. |
declara estar bien situado para apoyar este proceso ya que puede facilitar una plataforma de consulta y diálogo con la Comisión Europea al objeto de encontrar soluciones adecuadas; |
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59. |
destaca la importancia de utilizar el instrumento de evaluación del impacto territorial (EIT) para seguir configurando las políticas de la UE que afectan al cambio demográfico y se remite a su propio ejercicio de EIT, realizado en cooperación con el programa ESPON (11); |
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60. |
sugiere colaborar estrechamente con la Comisión Europea con vistas a llevar a cabo una consulta conjunta que permita aportar una contribución a futuros documentos políticos como el Libro Verde sobre el Envejecimiento o la estrategia a largo plazo para las zonas rurales; |
Efectuar un seguimiento de los avances para afrontar el reto demográfico
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61. |
considera necesario efectuar un seguimiento regular del reto demográfico, estableciendo un vínculo entre el Semestre Europeo y el cambio demográfico, y asociando estrechamente esta cuestión a la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible; |
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62. |
subraya la necesidad de contar con estadísticas de la UE regulares que reflejen no solo la evolución nacional sino también la regional, al objeto de proporcionar a los responsables de la formulación de políticas una imagen clara de las disparidades regionales. Señala, además, que es necesario un informe anual sobre la situación del reto demográfico en las ciudades y regiones de la UE, al que el Comité podría contribuir; |
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63. |
propone llevar a cabo un diálogo político regular entre la Comisión Europea y las ciudades y regiones de la UE sobre la situación del reto demográfico antes de que se elabore la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible; sugiere que la Comisión y el CDR colaboren estrechamente para organizar este proceso; |
Siguientes etapas
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64. |
propone a la Presidencia croata del Consejo que presente unas Conclusiones del Consejo sobre los resultados del ejercicio de inventario de la Comisión y que celebre amplios debates sobre el reto demográfico en las distintas formaciones del Consejo; |
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65. |
pide a las próximas Presidencias alemana, portuguesa y eslovena que prosigan estos esfuerzos centrándose, en particular, en el vínculo entre el cambio demográfico y la mejora de las condiciones de vida en todos los territorios; |
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66. |
subraya la importancia de la participación de los ciudadanos y anima a las principales partes interesadas locales a reforzar las políticas transversales regionales, aumentando de este modo la concienciación sobre el cambio demográfico en el seno de la comunidad local para reforzar el reconocimiento de medidas más centradas en el ciudadano; propone debatir en profundidad los desafíos del cambio demográfico en diálogos con los ciudadanos; |
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67. |
considera que la promoción de la colaboración público-privada debe ser estructurada de tal forma que todos los agentes de los territorios en riesgo de despoblación o despoblados trabajen conjuntamente y de forma coordinada, sumando y potenciando proyectos apoyados en su experiencia, generando innovación y promoviendo la dinamización económica; |
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68. |
considera que la puesta en valor del rico patrimonio natural, histórico, artístico y cultural de nuestras regiones es fundamental para reforzar la vinculación afectiva de la ciudadanía a sus pueblos y ciudades, pues apoya, preserva, mantiene y protege las comunidades locales, autóctonas y de reducido tamaño, así como las subregiones lingüístico-culturales, con el objetivo de revitalizar las zonas rurales y reforzar la capacidad de estas para retener su población local; |
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69. |
se ofrece para cooperar estrechamente con la Comisión Europea, y las demás instituciones de la UE y otras instituciones regionales o globales como la Unión por el Mediterráneo o las Naciones Unidas, a fin de desarrollar una estrategia global para afrontar el reto demográfico; |
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70. |
recuerda que, desde 1994, el Día Internacional de las Familias se celebra cada año el 15 de mayo en las Naciones Unidas. Por lo tanto, propone que el segundo domingo de mayo sea el Día Europeo de las Familias. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Estudio del CDR «El impacto del cambio demográfico en las regiones europeas», Bruselas, 2016.
(2) https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/IDAN/2019/637955/EPRS_IDA(2019)637955_EN.pdf.
(3) Fuente: People in the EU — population projections (Eurostat, 2017),
https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php?title=Population_projections_in_the_EU#Age_dependency_ratios.
(4) OECD, Family Database, Fertility Indicators: SF2.2 Ideal and actual number of children: http://www.oecd.org/els/family/SF_2_2-Ideal-actual-number-children.pdf.
(5) Se considera que una tasa global de fecundidad en torno a 2,1 nacidos vivos por mujer es el nivel de reemplazo en los países desarrollados: en otras palabras, el número medio de nacidos vivos por mujer necesario para mantener el tamaño de la población (Fuente: Estadísticas explicadas de Eurostat: https://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Fertility_statistics#Total_fertility_rate_and_age_of_women_at_birth_of_first_child).
(6) Estudio del CDR «El impacto del cambio demográfico en las regiones europeas» y cuadro europeo de indicadores sociales regionales.
(7) Demographic outlook for the European Union (2017) (EPRS | Servicio de Estudios del Parlamento Europeo y EUI | European University): https://www.europarl.europa.eu/RegData/etudes/IDAN/2017/614646/EPRS_IDA(2017)614646_EN.pdf.
(8) A8-0094/2019, Cozzolino.
(9) https://ec.europa.eu/regional_policy/es/information/publications/communications/2017/boosting-growth-and-cohesion-in-eu-border-regions.
(10) Reglamento (UE) n o 1316/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013 , por el que se crea el Mecanismo «Conectar Europa» , por el que se modifica el Reglamento (UE) n o 913/2010 y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n o 680/2007 y (CE) n o 67/2010 (DO L 348 de 20.12.2013, p. 129).
(11) https://cor.europa.eu/es/our-work/Pages/Territorial-Impact-Assessment.aspx.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/42 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Una Europa social fuerte para unas transiciones justas
(2020/C 440/08)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Introducción
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1. |
acoge con satisfacción la propuesta de hoja de ruta sobre la aplicación del pilar europeo de derechos sociales con el fin de alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y aplicar el Pacto Verde Europeo de una manera socialmente justa; |
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2. |
valora positivamente la decisión de la Comisión Europea de iniciar un proceso abierto de consultas sobre la aplicación del pilar europeo de derechos sociales, dado que la política social difiere en grado considerable entre las distintas partes de Europa. Además, la situación en las ciudades y regiones ha variado considerablemente como consecuencia de la pandemia de COVID-19; |
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3. |
subraya la importancia de una sólida agenda social europea en la que la competitividad y la justicia social se complementen entre sí. Existe un estrecho vínculo entre la agenda social y las agendas ecológica y digital, ya que la transición verde y digital debe basarse en la justicia social, la igualdad y la sostenibilidad medioambiental. El Comité Europeo de las Regiones (CDR) considera importante que el Fondo de Transición Justa (JTF) esté en consonancia con el pilar social de la Unión Europea (UE), a fin de reducir las disparidades regionales y abordar los cambios estructurales en las regiones de la Unión Europea. Debe prestarse especial atención a las zonas rurales, las zonas afectadas por la transición industrial, las regiones que padecen desventajas naturales o demográficas graves y permanentes y las regiones ultraperiféricas, cuya situación de desventaja se ha visto agravada por la pandemia de COVID-19; |
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4. |
reitera su llamamiento en favor de una mejor coordinación de las políticas económicas y sociales entre los niveles de gobierno europeo y nacional en el contexto del Semestre Europeo, y pide que se garantice la participación de los entes locales y regionales en esta coordinación, mediante una gestión compartida basada en el principio de subsidiariedad. en virtud del cual las tareas de programación estratégica y ejecución deberían delegarse, no solo en los Estados miembros sino también en los entes locales y regionales, que son los que están mejor situados para responder eficazmente a las necesidades y los desafíos locales; |
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5. |
destaca la importancia de una hoja de ruta clara, coordinada y ambiciosa para la aplicación del pilar europeo de derechos sociales. En cuanto a la aplicación, los principios de subsidiariedad y proporcionalidad determinan el nivel en el que la UE y los Estados miembros utilizarán los instrumentos políticos y las medidas legislativas que se han propuesto; |
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6. |
pide a la Comisión Europea que tenga en cuenta las recomendaciones pertinentes elaboradas por las asociaciones de ciudades en el contexto de la Agenda Urbana de la UE, como por ejemplo las referidas a la vivienda, la pobreza urbana, el empleo y las capacidades en la economía local, y que utilice también métodos de trabajo participativos que permitan crear una Europa social; |
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7. |
subraya que la pandemia de COVID-19 no debe utilizarse como pretexto para posponer o retirar las propuestas mencionadas en la Comunicación de la Comisión Europea destinadas a mejorar la justicia social. Al contrario, la crisis debe acelerar e intensificar nuestros esfuerzos por lograr cambios estructurales en pos de una UE más justa y más verde. Hemos de construir unos sistemas económicos y sociales más sostenibles de cara al futuro; |
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8. |
recuerda que, en un futuro próximo, los esfuerzos de recuperación deberán revestir una firme dimensión social a fin de mantener sólidas redes de seguridad social, salvaguardar los puestos de trabajo de los trabajadores y evitar despidos abusivos. En particular, los empleados en modalidades de empleo temporal y atípico, las mujeres, los inmigrantes, los jóvenes y las personas con discapacidad constituyen los grupos más vulnerables del mundo del trabajo. Quienes han perdido su empleo como consecuencia de la pandemia de la COVID-19 podrían no volver a sus puestos de trabajo anteriores. Los programas de la UE deben apoyar la actualización de las competencias de aquellas personas que corren riesgo de desempleo, los desempleados y las personas inactivas, especialmente aquellas personas con una mayor dificultad de inserción laboral (personas en riesgo de pobreza y exclusión social, familias monomarentales y monoparentales con dificultad de conciliación, etc.). Todo ello respetando la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razones de sexo, género, nacimiento, etnicidad, ideas políticas y religiosas, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, enfermedad, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social; |
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9. |
destaca que en un contexto como el actual la transición digital se ha acelerado, por lo que muchos de los trabajos han tenido que adaptarse a la digitalización y al teletrabajo. Recomienda aprovechar el impulso que se ha producido en los últimos meses a la hora de regular el teletrabajo y reconocer su contribución a la descarbonización, gracias a la reducción de desplazamientos que esta modalidad de trabajo no presencial conlleva; |
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10. |
destaca que, a medio y largo plazo, las medidas de recuperación deberán abordar la dimensión social de la transición ecológica y digital. Necesitamos un mercado de trabajo justo en una futura economía climáticamente neutra basada en trabajos dignos, una sólida protección social y oportunidades de empleo allí donde viven las personas; |
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11. |
señala que los servicios públicos que prestan los entes locales y regionales han desempeñado un papel fundamental durante la pandemia. Sin un sistema público de servicios, el impacto en los ciudadanos habría sido más dramático. Una transición justa debe reconocer el papel fundamental de los entes locales y regionales en la prestación de servicios públicos de calidad. La prestación de estos servicios por los entes locales y regionales no debe estar restringida por normas en materia de contratación pública o de ayudas estatales; |
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12. |
destaca que la UE se encuentra en un punto de inflexión en el que las nuevas ideas no solo son posibles, sino también imprescindibles. Invertir en el bienestar de las personas y contar con los beneficios de la economía del bienestar es más importante que nunca. Esta economía del bienestar pone de relieve el equilibrio en la sostenibilidad de las tres dimensiones (social, económica y medioambiental) del desarrollo sostenible. Juntas, se refuerzan mutuamente y sientan las bases de una sociedad socialmente justa, sostenible y respetuosa con el medio ambiente. Los agentes locales y regionales se hallan en una buena situación para aplicar la economía del bienestar en sus propias actividades, aunque también se necesita una orientación a nivel de la UE; |
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13. |
considera que la contratación pública también debe contribuir a unas transiciones justas y buscar nuevas soluciones innovadoras, ya que los procedimientos de contratación pública pueden ayudar a evitar el dumping social y medioambiental mediante la inclusión en los criterios de adjudicación de contratos de aspectos cualitativos, medioambientales y sociales. Sin embargo, dado que esta inclusión sigue siendo opcional, es necesario hacer más para animar a los operadores económicos que participan en la contratación pública a ofrecer mejores condiciones de trabajo generales, así como empleos que promuevan la empleabilidad de personas con necesidades complejas de inserción laboral o en riesgo de exclusión social y pobreza; |
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14. |
destaca la necesidad de que las empresas, incluidas aquellas que participan en la contratación pública, tengan presentes los derechos humanos de manera transparente, tanto en sus propias actividades como en sus cadenas de subcontratación; propone a este respecto que se adopten a nivel de la UE disposiciones sobre responsabilidad empresarial basadas en el principio de las Naciones Unidas de diligencia debida en materia de derechos humanos; |
Igualdad de oportunidades y empleo para todos
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15. |
comparte el objetivo de la Comisión de aumentar el empleo y crear más puestos de trabajo de calidad por toda Europa. Es necesario un enfoque multidisciplinar y proactivo para eliminar los desequilibrios entre las capacidades y los puestos de trabajo. En el futuro, la demanda de capacidades crecerá en el mercado de trabajo, en particular por lo que se refiere a los empleos en los ámbitos de la aplicación y el desarrollo de la inteligencia artificial y la mitigación, la adaptación y el aprovechamiento del cambio climático. La nueva estrategia industrial de la UE debe apoyar la creación de empleo de calidad y la competitividad industrial. La estrategia también debe reforzar la resiliencia de Europa, por ejemplo incrementando la producción de equipamiento asistencial y equipos de protección sanitaria fundamentales para la salud pública en la UE. Ahora que la Estrategia Europa 2020 se halla en su recta final, se necesita una nueva estrategia de crecimiento y empleo a largo plazo, en línea con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, que permita vincular los distintos objetivos en torno al crecimiento inclusivo, el empleo, la reducción de la pobreza y la competitividad industrial; |
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16. |
señala que determinados sectores laborales se vieron afectados de manera desproporcionada por la exposición a los riesgos de la pandemia de COVID-19: ante todo el sector de la asistencia sanitaria y los servicios. Subraya la importancia de identificar adecuadamente los riesgos profesionales relacionados con el coronavirus en todos los sectores de actividad y recalca que todos los trabajadores expuestos a tales riesgos no solo merecen un importante reconocimiento social, sino que también necesitan sobre todo unas condiciones de trabajo seguras; |
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17. |
señala que la virulencia de la pandemia ha puesto de manifiesto las carencias de los sistemas sanitarios en una buena parte de los países de la Unión Europea, por lo que es necesario reforzar la sanidad europea favoreciendo y promoviendo los estudios de ciencias en todos los sectores, especialmente en los referentes a asistencia, cuidados e investigación; |
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18. |
recuerda que el cambio demográfico en Europa está generando escasez de mano de obra en numerosos países y regiones. Por lo tanto, es importante salvaguardar la movilidad laboral transfronteriza y los derechos de los trabajadores. La escasez de capacidades, especialmente para las pequeñas comunidades rurales locales y regionales, debería abordarse recurriendo a la educación y las nuevas tecnologías, así como a un aumento del teletrabajo. La acción a largo plazo de la UE también es necesaria en las zonas rurales; |
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19. |
hace hincapié en que, en un mundo laboral cambiante, cada vez es mayor el número de personas que corren el riesgo de perder su puesto de trabajo debido a la obsolescencia de sus competencias o a la robotización. Unas capacidades al día y el acceso al aprendizaje permanente son más importantes que nunca. La reforma de las capacidades durante la vida laboral debe plantearse como un todo, atendiendo a las distintas situaciones vitales, las diferentes relaciones laborales y las personas con necesidades educativas diferentes. Dada la importancia, en términos de empleabilidad y competitividad laboral en general, de la readaptación profesional y la formación complementaria de las personas en edad laboral, y teniendo en cuenta las implicaciones financieras de esta formación, el Comité de las Regiones acogería con satisfacción un acuerdo pertinente de los interlocutores sociales europeos. En este acuerdo se podría examinar la manera de facilitar a las personas con empleo el acceso a la formación, en el marco de la aplicación del derecho a una formación y un aprendizaje permanente de calidad, con el fin de gestionar con éxito las transiciones en el mercado laboral, tal como se recoge en el pilar europeo; |
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20. |
al objeto de reforzar la lucha contra el desempleo juvenil, apoya la reforma de la Garantía Juvenil, que debería ser permanente y ampliarse hasta los treinta años. Esta debería abarcar a los grupos vulnerables (como los ninis, los jóvenes inmigrantes no acompañados y los que han crecido en circunstancias difíciles). Hay que prestar especial atención a las acciones en la fase de transición de la vida educativa a la laboral. La financiación de la Garantía debería incrementarse en el marco del FSE+, y los Estados miembros con un desempleo juvenil superior a la media de la UE deberían asignar al menos el 15 % de los recursos gestionados conjuntamente en el marco del FSE+ a fin de ayudar a los jóvenes. Estos han de recibir formación sobre capacidades relevantes, en particular, para la transición verde y digital. La aplicación nacional de la Garantía Juvenil deberá supervisarse en el marco del Semestre Europeo para garantizar que sea accesible a los jóvenes, sin excepción, de todos los Estados miembros; |
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21. |
destaca que una educación de alta calidad, inclusiva y reconocida entre los Estados miembros, junto con una educación para la ciudadanía, refuerzan la identidad europea y facilitan la libertad de circulación, trabajo y residencia dentro de la UE, que constituyen una piedra angular en que se cimienta la ciudadanía europea. Aumentando la educación y las competencias pueden reducirse las desigualdades. Es necesario, por lo tanto, actuar para mejorar la igualdad educativa, de modo que los itinerarios educativos no se definan en función de la familia, el origen étnico, la discapacidad o el género; |
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22. |
recuerda la urgente necesidad de salvaguardar el derecho a la educación y la formación de todos los alumnos reforzando la resistencia de los sistemas educativos y formativos frente a la crisis, recurriendo por ejemplo a la digitalización de la educación y a una formación adecuada del profesorado. Los equipos y la conectividad para el aprendizaje a distancia y el aprendizaje electrónico deben considerarse un elemento de una transición justa, y el acceso a los mismos debe garantizarse en condiciones de igualdad con el fin de erradicar la brecha digital existente y su complejidad e importantes repercusiones sobre los derechos sociales, ya que la falta de acceso a la nuevas tecnologías y a la sociedad de la información profundiza situaciones de desventaja, a la vez que genera nuevas formas de exclusión social; |
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23. |
hace hincapié en que una educación de calidad y lo suficientemente extensa es una condición imprescindible para encontrar empleo en el futuro. Esto exige un aumento de los recursos, así como un trabajo intenso y sistemático de educación en las guarderías y en los centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria básica, a fin de garantizar a todos unas capacidades básicas suficientes y el éxito en la educación secundaria. Las personas que carecen de educación secundaria tienen muchas dificultades para encontrar un puesto de trabajo y corren un alto riesgo de marginación. Las personas que necesitan apoyo específico y las personas con discapacidad han de tener las mismas posibilidades de acceso a unas capacidades básicas suficientes y, al menos, de completar la enseñanza secundaria; si se quiere avanzar hacia una sociedad inclusiva, debería darse a las personas con discapacidades de aprendizaje la oportunidad de adquirir competencias genéricas que les permitan participar con éxito en la sociedad y beneficiarse de una mayor calidad de vida; |
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24. |
apoya la actualización de la Agenda de Capacidades para Europa y el desarrollo de la formación profesional para satisfacer las necesidades en materia de competencias relevantes para las nuevas profesiones y, en particular, las relacionadas con la transición verde y digital y la inteligencia artificial. Además de las capacidades específicas ligadas a una ocupación determinada, los empresarios necesitan cada vez más capacidades «transversales» o «aptitudes interpersonales». Hay que facilitar al estudiante un plan de aprendizaje individual, proporcionarle la posibilidad de acceder a un puesto de trabajo de calidad y apoyarle en la planificación profesional y la gestión de su propia capacidad de trabajo. Asimismo, pide que la Agenda de Capacidades aborde las preocupaciones relativas a la posible pérdida de puestos de trabajo debido al aumento de la robotización del mercado laboral, así como a las oportunidades de formación y empleo para colectivos vulnerables y de difícil inserción laboral, respetando los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación; |
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25. |
recomienda que la definición y el reconocimiento tanto de los conocimientos, capacidades y competencias adquiridos en la vida laboral, como de los adquiridos a través de la educación no formal y el voluntariado, así como en el extranjero, se lleven a cabo a escala europea. Las capacidades adquiridas en el mundo laboral o por otras vías serán visibles, por ejemplo, en Europass o las insignias digitales (Open Badge); |
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26. |
está a favor de acelerar la creación de un Espacio Europeo de Educación a fin de garantizar a todos una educación de calidad y la posibilidad de aprovechar las posibilidades laborales que brinda el mercado interior de trabajo en Europa. La UE debería intensificar la cooperación entre los sistemas educativos y los distintos planes de estudios, y seguir reforzando la cooperación a través del proceso de Bolonia. Como elemento necesario para la aplicación con éxito del Pacto Verde Europeo, se deberá imprimir también al programa Erasmus+ un giro ecológico en el período posterior a la pandemia; |
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27. |
destaca que el Plan de Acción de Educación Digital debe centrarse en reforzar el pensamiento crítico y la alfabetización mediática tanto entre los adultos como entre los niños y jóvenes, de modo que puedan contrarrestar el enorme flujo de noticias falsas y comprender la importancia que revisten los algoritmos y la toma de decisiones basada en las máquinas en el día a día. Hay que fijar unos criterios uniformes de calidad para el aprendizaje a distancia. Las plataformas educativas que encargan las administraciones locales para satisfacer sus propias necesidades deberían, en principio, producirse en virtud de una licencia de software que permitiera al abonado desarrollar y distribuir el producto en función de sus necesidades. Esto fomentará la aparición real de ecosistemas europeos de educación digital, con lo que las compensaciones que se abonan en los proyectos beneficiarán en su mayor parte a agentes locales y regionales, y no a terceros países; |
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28. |
considera que es importante mejorar la competitividad de Europa promoviendo la diversidad de las modalidades empresariales. Por lo tanto, el CDR apoya el plan de acción para una economía social que ha propuesto la Comisión, cuyo objetivo estriba en generar confianza tras la crisis mediante la participación de los ciudadanos, el aumento de la inversión social y la innovación, así como la creación de puestos de trabajo para quienes es más difícil encontrar empleo. La Comisión Europea, los Estados miembros y los entes locales y regionales deben integrar la dimensión de la economía social como un elemento de las políticas, programas y prácticas fundamentales, a fin de que las empresas sociales puedan acogerse a todos los programas principales de financiación de la Unión y contar con mejores posibilidades para licitar en las contrataciones públicas. Gracias al compromiso local, las empresas sociales son menos vulnerables a la deslocalización de la actividad empresarial, ya que también persiguen otros objetivos locales, medioambientales o relacionados con la sociedad civil; |
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29. |
considera que es importante integrar la promoción de la igualdad entre hombres y mujeres en todas las políticas de la Unión al objeto de lograr unas transiciones justas, atendiendo especialmente a la inclusión de mujeres en situación vulnerabilidad (víctimas de violencia de género, familias monomarentales, etc.). Asimismo, los hombres y las mujeres se han visto afectados por la crisis de modo distinto, algo que deberá tenerse presente en las acciones posteriores a la crisis; |
Unas condiciones de trabajo justas
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30. |
apoya la opinión de la Comisión de que unas condiciones de trabajo justas pasan también por un diálogo social sólido ente los interlocutores sociales donde trabajadores y empresarios puedan encontrar soluciones comunes que se adapten lo mejor posible a sus necesidades. La implicación de los trabajadores es importante a la hora de preservar las condiciones de trabajo y empleo. Por ello, hay que implicar a los interlocutores sociales en todas las iniciativas importantes de la UE, como el Pacto Verde Europeo. Es necesario entablar un diálogo en el lugar de trabajo sobre cómo reducir la huella de carbono introduciendo cambios en las actividades y los procedimientos laborales; |
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31. |
sigue atentamente los avances en la iniciativa de la Comisión en relación con el salario mínimo encaminada a promover la equidad salarial y la mejora de los salarios mínimos en los países de la UE con salarios bajos. Subraya al mismo tiempo que toda iniciativa europea sobre el salario mínimo no debe ser uniforme, a la vez que hay que garantizar la fijación de los salarios sobre la base de convenios colectivos en aquellos países que disponen de estos sistemas y respetar la independencia de los interlocutores sociales. El buen funcionamiento de la negociación colectiva y unos convenios colectivos amplios son los principales medios para lograr salarios justos y otras condiciones de trabajo, ya que los trabajadores y los empresarios son quienes conocen mejor sus ámbitos de actividad y sus regiones; |
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32. |
espera la próxima propuesta de la Comisión sobre medidas de transparencia salarial, que será un medio importante para eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Hay que fomentar la igualdad salarial tanto a través del desarrollo de la legislación y los convenios colectivos, como mediante medidas concretas en los puestos de trabajo. Por término medio, las mujeres ganan en la UE un 16 % menos que los hombres, diferencia que se refleja aún más en las pensiones de las mujeres; el CDR considera por lo tanto importante la estrategia de la Comisión Europea sobre la igualdad de género; |
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33. |
se muestra a favor de actualizar la estrategia de salud y seguridad en el trabajo y de algunas Directivas sobre cuestiones como la presión psicosocial y los riesgos ergonómicos. Velar por el bienestar en el trabajo y ofrecer un empleo significativo a los trabajadores son una baza competitiva también para el sector público, a efectos de disponibilidad de mano de obra y para la gestión de la reputación del empleador, todo lo cual hace posible unas carreras profesionales más largas. Hay que prestar especial atención a la prevención de los accidentes mortales relacionados con el trabajo, las enfermedades profesionales —incluido el cáncer laboral—, los trastornos músculo-esqueléticos, el estrés laboral y cualquier tipo de acoso por razón de género, raza, visión del mundo, discapacidad u orientación sexual, así como a la dotación de recursos adecuados para su seguimiento. Es necesario tener en cuenta la prevención de los riesgos para la salud que plantean las nuevas tecnologías y modelos de trabajo, así como las pandemias transfronterizas. El CDR pide que se adopten medidas para promover la seguridad en el trabajo, en particular desde la perspectiva del trabajo transfronterizo y atendiendo a los nuevos tipos de empleo y la igualdad entre mujeres y los hombres. Hay que tener en cuenta el impacto del cambio climático en las condiciones laborales en el puesto de trabajo y las medidas de protección para los trabajadores; |
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34. |
toma nota de que los nuevos modelos de trabajo (entre otros, la conectividad constante, el teletrabajo, el trabajo móvil y la contratación y la gestión de los trabajadores por medio de algoritmos) pueden generar una mayor productividad y flexibilidad para los trabajadores, pero para ello se requieren soluciones y acuerdos conjuntos entre los trabajadores y los empresarios en materia de seguridad laboral para incrementar el bienestar en el trabajo y prevenir nuevos tipos de factores de estrés. La digitalización creciente de los modelos de trabajo requiere una actualización de las normas europeas relativas a las condiciones de trabajo y al tiempo de trabajo, en particular disposiciones para establecer el derecho a desconectar. También requiere medidas de acción positiva en favor de los colectivos especialmente vulnerables a la brecha digital (personas inmigrantes, en situación de pobreza y exclusión social, minorías étnicas, así como la brecha digital generada por factores de género, generacional y territorial). Junto con el desarrollo de productos basados en la tecnología, debería prestarse atención al desarrollo de métodos, servicios y productos centrados en las personas, en cuyo diseño participen los usuarios finales de los sistemas en los puestos de trabajo. Es necesario consensuar unos principios para el uso ético de la IA en el lugar de trabajo y organizar reciclaje profesional en aquellos lugares de trabajo donde la actividad se transforma o se transfiere a la IA. A este respecto, el Comité acoge favorablemente el compromiso común de los principales interlocutores sociales intersectoriales europeos —BusinessEurope, UEAPME, CEEP y la CESE— de optimizar los beneficios y hacer frente a los retos de la digitalización en el mundo laboral, a través de un acuerdo marco autónomo sobre la digitalización (1); |
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35. |
reitera que «es necesario un marco integrado que garantice la protección social y los derechos sociales de todos los trabajadores (desde la protección de la salud y la seguridad hasta el acceso al aprendizaje permanente), con el fin de crear unas condiciones de competencia equitativas tanto en la economía de las plataformas digitales como en la economía “tradicional” fuera de línea» (2). pide, además, que se adopten medidas para promover el diálogo entre los interlocutores sociales, también en lo que se refiere a los aspectos transfronterizos del trabajo en plataformas; |
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36. |
considera que la conciliación entre la vida laboral y la vida familiar debe seguir siendo competencia de los interlocutores sociales. Las medidas de conciliación, como los permisos familiares y programas de cuidados para familias monomarentales y monoparentales, pueden contribuir al mismo tiempo a aumentar la tasa de empleo femenino y los índices de natalidad, así como a elevar el nivel de seguridad, salud y bienestar, como a la consecución del acceso de las mujeres al mercado laboral en igualdad de oportunidades; |
Protección e inclusión sociales
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37. |
destaca la importancia que reviste para los Estados miembros el nuevo instrumento provisional SURE cuyo objetivo estriba en mitigar los riesgos de desempleo. La experiencia con SURE desde el nivel nacional al local deberá aprovecharse cuando la Comisión Europea desarrolle su propuesta de régimen europeo de reaseguro de prestaciones por desempleo, que permitiría reducir el impacto del desempleo en las finanzas públicas de los Estados miembros. Considera que los entes locales y regionales desempeñan un papel fundamental en la aplicación de la iniciativa; |
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38. |
acoge con gran satisfacción que uno de los objetivos principales consista en promover y apoyar el bienestar de los niños hasta la edad adulta. La Garantía Infantil garantizará el acceso de los niños a los servicios básicos, la atención sanitaria y la educación preescolar y escolar hasta que alcancen la mayoría de edad garantizándoles una vivienda y una nutrición dignas. La Garantía Infantil salvaguardará, en particular, los derechos de los niños más vulnerables. La propuesta de usar al menos el 5 % del gasto total del FSE+ para ayudar a los niños a salir de la pobreza es merecedora de todo nuestro apoyo. Salvaguardar los derechos del niño e invertir en la infancia no son solo sendas obligaciones morales, sino también la inversión más esencial de cara a un futuro sostenible; |
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39. |
está convencido de que la Unión Europea tiene capacidad para influir de forma positiva en las condiciones laborales y medioambientales de terceros países, en primer lugar mediante la celebración de acuerdos comerciales ambiciosos sobre estos aspectos. En este contexto, apoya la idea de encomendar al nuevo alto responsable de la aplicación de la política comercial que vele por el cumplimiento de las normas laborales y medioambientales en los acuerdos comerciales. Por lo tanto, el alto responsable debería consultar periódicamente a los sindicatos y los empresarios sobre las violaciones de los derechos laborales; |
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40. |
comparte la opinión de la Comisión de que se debe seguir combatiendo la pobreza de forma activa. El apoyo a la búsqueda de empleo, la calidad y la asequibilidad de la asistencia sanitaria, el acceso a la educación, la vivienda y la atención a las necesidades básicas son fundamentales. El endeudamiento puede también dar lugar a una pobreza y una exclusión permanentes. Por todo ello, la comercialización de créditos al consumo de alto riesgo a corto plazo y las cláusulas abusivas asociadas a ello deben regularse de manera más estricta. Además, se deben adoptar las buenas prácticas de los Estados miembros, como los créditos sociales. Un problema específico lo constituye la prevención de la pobreza de las personas con empleo, que se puede resolver a través de unos salarios adecuados, además de otras condiciones laborales, limitando el incremento del coste de la vida, —en especial el de la vivienda— en las ciudades y los núcleos en crecimiento. Los sistemas de renta nacionales y los correspondientes servicios de apoyo a las personas inactivas constituyen la última vía para garantizar una vida digna. Es importante que la Comisión también ponga de relieve los nuevos retos en materia de distribución de ingresos que plantea la transición hacia una economía neutra en carbono. El CDR apoya la reflexión sobre las causas y las medidas políticas en el ámbito de la pobreza, a la vez que anima a adoptar medidas eficaces y una estrategia que permita reducir significativamente la pobreza; |
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41. |
sostiene que el envejecimiento plantea desafíos para la sostenibilidad de los sistemas y brinda oportunidades para nuevas actividades económicas. Las personas de edad avanzada pueden contribuir de manera significativa al crecimiento económico como consumidores independientes y activos de servicios, y como miembros de la sociedad. A efectos de la prolongación de la vida laboral, es importante aprovechar las capacidades de los trabajadores de más edad y reforzar sus competencias profesionales. El envejecimiento saludable debe apoyarse con acciones de promoción de la salud, prevención de las enfermedades y lucha contra la soledad; a fin de garantizar que la prolongación de la vida útil conduzca también a una vida laboral más larga se deben reforzar también el bienestar, la salud y la buena disposición en el lugar de trabajo. Garantizar el acceso a unos cuidados de larga duración asequibles y de calidad es esencial para apoyar una vida digna en la vejez. El retraso y la reducción de las necesidades de cuidados de larga duración exigen reforzar la capacidad de actuación de las personas de edad avanzada y prestar unos servicios de prevención, así como acciones de envejecimiento activo. Es preciso luchar contra la pobreza entre las personas jubiladas. La mejor manera de conseguirlo pasa por garantizar un nivel adecuado de pensiones, velando por el derecho de todas las personas a tener en la vejez recursos suficientes para vivir con dignidad, teniendo también en cuenta la importante brecha de género en el ámbito de las pensiones. Es importante que la Comisión presente un informe sobre el impacto de los cambios demográficos y el Libro Verde sobre el envejecimiento; |
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42. |
destaca la importancia del acceso a una asistencia sanitaria asequible. Invertir en medidas preventivas y en una asistencia sanitaria oportuna contribuirá a moderar el incremento del gasto sanitario. El desarrollo de servicios digitales, así como de modelos de servicios sanitarios y sociales nuevos e integrados, también permitirán actividades rentables y centradas en el paciente/cliente. Un ámbito en el que se combinan los servicios sociales y sanitarios es, por ejemplo, el que constituyen los casos de salud mental. En estas situaciones, por lo general, prestar cuanto antes los servicios impide el agravamiento de los problemas y el incremento de los costes. Hay que apoyar asimismo la propuesta de la Comisión de un plan de acción de la UE para la lucha contra el cáncer. También cabe señalar que la resistencia a los antibióticos representa una importante amenaza para la salud de carácter transfronterizo. Por ello, la UE debe seguir actuando activamente para disminuir la resistencia a los antibióticos en los Estados miembros; |
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43. |
hace hincapié en que hay que apoyar y proteger la biodiversidad y el medio ambiente, ya que tienen un impacto especial en el desarrollo local en zonas cuyas economías dependen en mayor medida de las actividades agrícolas y de los valores y recursos derivados de los entornos bioculturales y la biodiversidad. Ello es muy importante desde un punto de vista social, ya que tiene un impacto directo en los niveles de vida, el empleo, la migración y el nivel de educación, la formación profesional y las oportunidades para los jóvenes en estas zonas; |
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44. |
recuerda que la promoción del bienestar está relacionada con el refuerzo de la identidad local y regional de los municipios, el empoderamiento de las personas y las comunidades y la promoción de la inclusión activa. Para que las transiciones sean verdaderamente justas, los ciudadanos han de contar con las mismas oportunidades para participar e influir en las decisiones que los afectan. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) https://www.businesseurope.eu/sites/buseur/files/media/reports_and_studies/2020-06-22_agreement_on_digitalisation_-_with_signatures.pdf.
(2) Dictamen de iniciativa «Trabajo en plataformas digitales: retos normativos en las esferas local y regional» (COR-2019-02655).
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/49 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Los entes locales y regionales en un diálogo permanente con los ciudadanos
(2020/C 440/09)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Preámbulo
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1. |
reitera la importancia de entender y comunicar las percepciones y las expectativas de los ciudadanos y de los representantes de los entes locales y regionales sobre la UE, de anclar las políticas de la UE localmente para lograr un cambio en la vida de las personas y de construir nuestra Unión desde la base, tal como señala en su Dictamen «Reflexionar sobre Europa: la voz de los entes regionales y locales para restaurar la confianza en la Unión Europea» (1); considera que el camino a seguir para una reactivación democrática de la UE debe apoyarse en una participación desde la base por encima y más allá de las medidas actuales; |
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2. |
considera que los canales de comunicación de abajo arriba y los instrumentos de participación complementan y refuerzan la democracia representativa, así como promueven la subsidiariedad activa, dando a los ciudadanos una mayor participación más allá de las elecciones y entre las elecciones; está convencido de que una participación ciudadana transparente, seria y pertinente significa un papel compartido y, por tanto, una participación práctica de los ciudadanos en la toma de decisiones, y considera insuficiente la comunicación formal por sí sola en este caso. La participación auténtica aumenta la legitimidad y la eficacia de la democracia representativa al: 1) incrementar la comunicación para prevenir conflictos; 2) generar consenso y, sobre todo, 3) reforzar el poder de las decisiones adoptadas y explicar la justificación de las decisiones; |
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3. |
comparte las opiniones expresadas en la contribución de la Comisión Europea a la reunión informal de los líderes de la EU-27 en Sibiu (2), en particular una reflexión completa sobre los retos en materia de comunicación, incluida la fragmentación y la desinformación; es consciente de que la comunicación es una condición previa para que los ciudadanos puedan tomar decisiones con conocimiento de causa y participar plenamente en la democracia de la UE; |
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4. |
destaca que las instituciones europeas deben comprometerse a trabajar de forma más estrecha y cooperar con los ciudadanos, para dar a comprender mejor la elaboración de políticas europea, mejorar la eficiencia y eficacia de dicha elaboración de políticas y evitar los atajos que propone el populismo, y que minan inevitablemente el funcionamiento adecuado de la democracia; |
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5. |
expone su determinación de abrir canales bidireccionales de comunicación entre las instituciones europeas y los ciudadanos europeos, centrándose en los problemas de la vida cotidiana de las personas y promoviendo la participación ciudadana en la elaboración de las políticas. La pandemia de COVID-19 ha demostrado además la necesidad de un canal de comunicación que pueda seguir funcionando a pesar de las crisis y, especialmente, durante las mismas; |
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6. |
reconoce que la pandemia de COVID-19 ha fomentado el uso de los medios digitales y los sistemas de conferencia en línea y ve las oportunidades que ofrece la digitalización para la participación ciudadana en tiempos de crisis; en los últimos meses, la participación ciudadana se ha trasladado a los foros y conferencias digitales, que han contribuido a que los ciudadanos intervengan en los procesos de toma de decisiones de manera más rápida, exhaustiva e inclusiva; |
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7. |
acoge con satisfacción la próxima Conferencia sobre el Futuro de Europa y apoya el llamamiento del Parlamento Europeo, expuesto en su Resolución de 18 de junio de 2020, de incluir en el mandato de la Conferencia sobre el Futuro de Europa un compromiso por un seguimiento significativo y por una participación directa de los ciudadanos significativa, y su posición de que «la participación directa de los ciudadanos, las organizaciones de la sociedad civil, los interlocutores sociales y los representantes electos debe seguir siendo una prioridad de la Conferencia»; |
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8. |
destaca que la Conferencia sobre el Futuro de Europa no debe ser un mero proceso de duración determinada, sino una oportunidad para replantearse y reformar el modo en que la UE funciona y es percibida por sus ciudadanos; por lo tanto, desea proponer un mecanismo para un diálogo permanente con los ciudadanos que pueda ser probado durante la Conferencia, pero que tenga por objeto introducir un mecanismo estructural a largo plazo para la participación de los ciudadanos en la formulación de políticas de la UE, dirigido por los entes locales y regionales como el nivel de gobierno más cercano a los ciudadanos, y que incluya un claro mecanismo de intercambio de información; |
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9. |
reitera el llamamiento a la Comisión, recogido en su Resolución sobre las propuestas del Comité Europeo de las Regiones con vistas al programa de trabajo de la Comisión Europea para 2021 (3) de «cooperar con el CDR en el desarrollo de un modelo piloto para mantener un diálogo permanente y estructurado con los ciudadanos a través de los entes locales y regionales, permitiendo un proceso de comunicación bidireccional entre los ciudadanos y las instituciones europeas que podría servir más adelante para mejorar la toma de decisiones de la UE a largo plazo»; |
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10. |
insiste en que en todas las consultas públicas relacionadas con los diálogos con los ciudadanos debe garantizarse el máximo grado de pluralismo; subraya que esto significa que todos los programas, listas de oradores, paneles, literatura y documentos, etc. deben ser equilibrados y garantizar la presentación de una gran variedad de puntos de vista, que reflejen la diversidad de opiniones en Europa, con el fin de propiciar un debate profundo. Hace hincapié en que la selección de los participantes en estas reuniones debe hacerse con total independencia y sin interferencias políticas de ningún tipo; |
Los entes locales y regionales como puente entre los ciudadanos y las instituciones de la UE
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11. |
comparte la preocupación de que las instituciones europeas puedan parecer física y, sobre todo, culturalmente alejadas de la vida cotidiana de los ciudadanos europeos; pide a las instituciones representativas como los entes locales y regionales, especialmente a aquellos que no intervienen actualmente en los mecanismos de participación de los ciudadanos, que desempeñen un papel activo para crear unos canales de comunicación eficaces y significativos con los ciudadanos que permitan diseñar y aplicar políticas de la UE orientadas a la demanda, aunque esto debe llevarse a cabo de modo que se respete el tiempo de los ciudadanos y que conduzca a resultados; |
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12. |
pide a los entes locales y regionales de toda la UE que desempeñen un papel central en la educación de los ciudadanos sobre la UE, a fin de animarles a intervenir en la democracia participativa. Se reconoce en general que los ciudadanos solo pueden participar si se utilizan métodos innovadores y si están plenamente informados de las implicaciones del desarrollo de las políticas o de las decisiones de financiación para su ámbito local. Cabe fomentar el uso de las tecnologías digitales y las redes sociales, así como el trabajo con organizaciones de voluntariado; se remite a una serie de iniciativas de reclutamiento de ciudadanos interesados que han obtenido resultados satisfactorios; por ejemplo, las que abren la participación a ciudadanos seleccionados al azar ya sea mediante conversaciones telefónicas, una extracción por sorteo recurriendo a los registros de población o visitas puerta a puerta, a fin de llegar a una sección transversal mucho más amplia de la población; |
CitizEN Network — Red de compromiso ciudadano con la UE — Un ecosistema para la participación ciudadana
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13. |
propone crear una red paneuropea basada en la participación voluntaria llamada CitizEN, que actúe como recurso central para las estrategias, metodologías e instrumentos, y que, haciendo uso de las iniciativas existentes, informe tanto directa como indirectamente a los ciudadanos de toda la UE sobre las cuestiones europeas y su impacto en las personas; |
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14. |
no obstante, reconoce que existen muchos mecanismos de deliberación y participación activos en la mayoría de los Estados miembros y regiones, por lo que sugiere que la red ciudadana conozca y aproveche las buenas prácticas ya existentes. Por lo tanto, la red facilitaría el diálogo interregional y la congruencia entre las instituciones para garantizar un enfoque coherente, respetando al mismo tiempo la diversidad de enfoques en las distintas situaciones políticas y sociales; |
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15. |
pide a la red que integre a las organizaciones miembro a nivel regional (principalmente regiones NUTS 2, pero también NUTS 1 o NUTS 3 en función de las organizaciones nacionales) y local que ya gestionan la participación ciudadana, así como a organizaciones de voluntariado activas a nivel local y regional, que cubren un amplio abanico de intereses; |
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16. |
espera que la red persiga tres objetivos: 1) reforzar la interacción entre las instituciones europeas y los ciudadanos, mediante métodos directos de participación a nivel local y regional; 2) proporcionar ejemplos de métodos de participación que puedan utilizarse tanto de manera formal como informal, y 3) servir de archivo de información y de intercambio de las mejores prácticas de iniciativas de participación nacionales, regionales y locales en toda la Unión Europea; |
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17. |
está dispuesto a elaborar un conjunto de principios comunes para la red que no sean vinculantes, sino que sirvan de guía de buenas prácticas, para elaborar un enfoque común (que permita reconocer métodos diferentes) y para establecer un conjunto de normas mínimas destinado a las organizaciones participantes; |
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18. |
sugiere que la red se organice mediante grupos de trabajo temáticos, que estarán integrados por organizaciones miembro, en torno a una serie de temas generales (como, por ejemplo, la presupuestación participativa, la ciudadanía digital o la inclusividad en la participación ciudadana) y cuestiones temáticas como el cambio climático, la cohesión social, el medio ambiente, el deporte, la cultura, la juventud, la enseñanza, las organizaciones urbanas y rurales y las artes; |
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19. |
sugiere que la red determine, coordine y ponga en práctica una estrategia común de formación sobre la participación de los ciudadanos. Se animaría a los entes locales y regionales, así como a los organismos públicos y privados, a participar en iniciativas de formación, a fin de que los funcionarios y los dirigentes locales interactúen plenamente con los ciudadanos y contribuyan a aprovechar el enorme potencial de la participación ciudadana. También será importante colaborar con los colegios y los centros de enseñanza para garantizar que la ciudadanía europea activa pase a formar parte del plan de estudios en toda la UE; |
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20. |
está dispuesto a dirigir, en colaboración con todas las demás instituciones europeas, el diseño, la aplicación y la gobernanza de la red, esforzándose por promover una metodología de trabajo común y el despliegue de un conjunto común de instrumentos de participación (procesos de deliberación, iniciativas ciudadanas, presupuestación participativa, procesos de colaboración masiva gubernamental, pequeñas reuniones de ciudadanos, etc.), incluida una plataforma digital compartida que pueda utilizarse para gestionar ejemplos de mejores prácticas procedentes de distintos Estados miembros; |
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21. |
solicita que se faciliten recursos para el funcionamiento de la red durante un período de tiempo limitado, mientras que la red solicita financiación permanente o asistencia técnica de los programas de financiación de la UE; |
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22. |
espera que la red promueva y aumente la visibilidad de las prácticas de participación ciudadana de las regiones que intervengan, lo que a su vez debería garantizar unos niveles más elevados de participación activa; |
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23. |
sugiere que la red podría ayudar a las organizaciones a reforzar la confianza de los ciudadanos para que reciban información sobre el impacto de su labor en la configuración de la política de la UE; por tanto, propone que el CDR actúe de intermediario entre la red, sus miembros y las instituciones de la UE, operando como canal bidireccional; |
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24. |
sugiere que la red se ponga en marcha en el marco de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, con el fin de convertirse en una infraestructura estable y permanente capaz de realizar el seguimiento de la labor de dicha Conferencia y de garantizar que los ciudadanos estén bien informados y puedan participar en las fases de seguimiento, evaluación y valoración correspondientes; |
Un ecosistema para la participación de los ciudadanos
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25. |
considera que todas las organizaciones que formen parte de la red, así como los entes locales y regionales, deben esforzarse por interactuar con los ciudadanos mediante prácticas no formales e informales, utilizando espacios y prácticas de participación no convencionales (como clubes deportivos); diseñar instrumentos de participación para «ir a donde los ciudadanos se reúnen» en vez de «pedirles que vengan», y permitir maneras de adaptar la participación informal a la elaboración formal de políticas; por último, crear estrategias de modo que las instituciones participen en los mecanismos informales sin socavarlos ni desnaturalizarlos. Dichos dispositivos y estrategias pueden contribuir a un nuevo conjunto de instrumentos de participación que abarque desde la escucha activa en las redes sociales hasta metodologías de innovación social y laboratorios vivientes para la experimentación democrática. Esto es especialmente importante para los ciudadanos que están infrarrepresentados en las instituciones democráticas (minorías étnicas, personas con discapacidad, jóvenes o personas mayores); |
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26. |
espera, por tanto, que este ecosistema estable de métodos de participación sirva de forma continua para complementar los canales institucionales y oficiales de comunicación y representación de las instituciones democráticas europeas. Su objetivo no sería sustituir la democracia representativa, sino enriquecerla con los instrumentos y medios de la democracia deliberativa y, a veces, la democracia directa; |
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27. |
destaca que los ciudadanos están avanzando hacia nuevos formatos de participación política —la tecnopolítica—, a partir de las tecnologías digitales y los datos abiertos. Ello permite que la participación tenga lugar en espacios informales y fuera de los entornos formalizados normales. Las instituciones políticas deben adoptar estos nuevos medios de participación para fomentar un ecosistema de participación; |
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28. |
considera que es fundamental utilizar las plataformas en línea para gestionar los tipos de métodos de participación, permitir a los participantes de toda la UE, independientemente de su origen social, intervenir en debates, así como garantizar la rastreabilidad y la rendición de cuentas de las propuestas de una manera sencilla y accesible. Las tecnologías digitales deben complementar los métodos de participación cara a cara y utilizarse para fomentar la participación entre ciudadanos que no se sienten representados por organizaciones de la sociedad civil o ciudadanos que no suelen intervenir por medio de los instrumentos participativos tradicionales; |
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29. |
considera que este ecosistema de participación debe contar con un apoyo claro de las administraciones públicas a todos los niveles, además de ser suficientemente flexible para promover formas nuevas e innovadoras de intervención de los ciudadanos, posibilitando herramientas de tecnología digital que proporcionen el multilingüismo en la interlocución con la ciudadanía; |
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30. |
espera que la solidaridad transnacional entre regiones más avanzadas y menos avanzadas en el ámbito de la participación ciudadana ayude a estas últimas a formar parte de un ecosistema para toda Europa, mediante la contribución con conocimientos e iniciativa, y que el ecosistema de la Unión respete la autonomía de los Estados miembros, las regiones y las ciudades, siendo al mismo tiempo lo bastante flexible para adaptarse a las necesidades y prioridades culturales, sociales y políticas; |
Los diálogos ciudadanos durante la Conferencia sobre el Futuro de Europa
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31. |
pide que las estrategias de información, comunicación y participación entre las instituciones europeas y los ciudadanos durante la Conferencia sobre el Futuro de Europa se lleven a cabo por medio de los órganos representativos locales y regionales adecuados, en colaboración con las organizaciones de la sociedad civil; |
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32. |
anima a las organizaciones regionales y locales a poner en marcha procesos participativos durante la Conferencia sobre el Futuro de Europa, en sus respectivos niveles, utilizando una combinación de procesos de deliberación abiertos. A continuación, las propuestas y los resultados de los procesos deliberativos podrán resumirse e incorporarse a la contribución del CDR a la Conferencia sobre el Futuro de Europa y ayudar a crear el archivo de la red con conocimientos y experiencias sobre comunicación con los ciudadanos; |
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33. |
aboga por una participación ciudadana transnacional en la Conferencia sobre el Futuro de Europa, ya que el debate ha de tener una dimensión transfronteriza y paneuropea; este debate exige la implicación transnacional de un foro de ciudadanos procedentes de toda Europa, a fin de resolver los problemas comunes; |
Hacia un nuevo enfoque para la elaboración de políticas y la toma de decisiones
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34. |
se muestra realmente convencido de que, al aumentar la participación ciudadana y aprovechar el potencial de los ciudadanos en la elaboración activa de políticas, el gobierno abierto es una de las respuestas a la crisis de las instituciones democráticas; |
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35. |
considera que la transparencia y los datos abiertos son imprescindibles para la confianza. Las administraciones deben reforzar el vínculo entre las políticas de participación y estrategias de transparencia y los datos abiertos, y trabajar en favor de la accesibilidad de todos los recursos y los bienes públicos para la elaboración de políticas y la toma de decisiones: datos, información, metodologías, recursos de formación y plataformas tecnológicas; |
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36. |
espera que se elaboren criterios sobre el gobierno abierto a escala de la UE que sean adecuados para todos los demás niveles de gobierno, y |
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37. |
opina que los entes locales y regionales son los únicos que conocen realmente las necesidades y los retos de los ciudadanos a escala local y son responsables de la ejecución de las políticas de la UE en la esfera local y regional. Por lo tanto, es necesario que la normativa de la UE prevea que los Estados miembros tengan no solo que consultar e involucrar a los entes locales y regionales en los procesos de toma de decisiones relacionados con la legislación nacional y de la UE, sino también delegar la gestión de los fondos y los instrumentos financieros, con arreglo al principio de subsidiariedad. Así se podrá garantizar que unas decisiones adoptadas con mayor proximidad al ciudadano sirvan para que este pueda comprender mejor la UE. A modo de conclusión, esto permitirá un nuevo enfoque para la elaboración de políticas y la toma de decisiones que sea más abierto y participativo, dirigido por los entes locales y regionales en un diálogo más permanente con los ciudadanos: en pocas palabras, una nueva cultura política y democrática europea común. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) CoR 2018/C 461/02 (DO C 461 de 21.12.2018, p. 5).
(2) COM(2019) 218 final.
(3) RESOL-VII/007.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/54 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — El papel de la política de cohesión de la UE con la perspectiva de un cambio económico inteligente e innovador en las regiones en el contexto de la crisis del coronavirus
(2020/C 440/10)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Introducción
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1. |
acoge con satisfacción la solicitud de la Presidencia alemana para que el Comité Europeo de las Regiones (CDR) elabore un Dictamen sobre el papel de la política de cohesión de la Unión Europea (UE) con la perspectiva de un cambio económico inteligente e innovador en las regiones en el contexto de la crisis del coronavirus; |
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2. |
toma nota de la prioridad que la Presidencia alemana otorga al logro de una Europa más fuerte e innovadora y de su afirmación de que los Fondos Estructurales de la UE son elementos importantes para amortiguar las repercusiones económicas y sociales de la pandemia de COVID-19 y para estimular la recuperación económica de las regiones; |
El papel fundamental de las regiones en la lucha contra la crisis económica después de la pandemia
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3. |
observa que, tras el brote de COVID-19, todas las regiones europeas han adoptado amplias medidas preventivas y de respuesta económica. Estas medidas se han dirigido principalmente a la salud, a los servicios sociales, al transporte público, a los sistemas educativos y al capital circulante de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Sin embargo, si se quiere avanzar hacia la elaboración de políticas a más largo plazo, cobra mayor importancia la innovación y la aplicación de innovaciones a gran escala. Se necesitan conceptos innovadores para llevar a cabo una transición hacia una Europa más sostenible, digital y resiliente, y en todos estos elementos la política de cohesión puede desempeñar un papel importante; |
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4. |
subraya que las regiones tienen importantes competencias en el ámbito de la política económica y el apoyo a las empresas, en particular el apoyo a la innovación y la investigación aplicada. Las regiones pueden contribuir al cambio económico, en la medida en que ayudan a promover la investigación y el desarrollo, las tecnologías clave, el aprovechamiento de las redes y agrupaciones, el apoyo al cambio de modelo empresarial o la expansión de las nuevas tecnologías. Además, como «clientes de lanzamiento», las ciudades y regiones pueden acelerar una transición sostenible, intercambiando experiencias entre ellas; |
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5. |
opina que, para hacer frente a los efectos del coronavirus en la actividad económica y en el empleo, se han de utilizar en la medida de lo posible las estructuras y organizaciones regulares. Las regiones desempeñan un papel clave cuando se trata de transmitir conocimientos sobre las disparidades regionales e intrarregionales y sobre cómo afectan estas diferencias a las necesidades. Estos conocimientos pueden resultar cruciales para hacer llegar tanto los paquetes de ayuda nacionales como las iniciativas de la UE a la actividad empresarial de las distintas regiones; |
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6. |
reitera que los entes locales y regionales son los mejor situados para evaluar las necesidades de inversión a nivel territorial y deben estar plenamente asociados a las decisiones sobre la [re]programación de las inversiones en el marco de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), a la ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y a la aplicación de las estrategias europeas dirigidas a las pymes y la industria; |
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7. |
considera necesario reforzar el papel central que desempeñan las regiones para la actividad laboral. Atendiendo a las repercusiones de la crisis, aquí se puede incluir, entre otros aspectos, el fortalecimiento de la capacidad que tienen las regiones para coordinar, emprender y llevar a cabo actividades extraordinarias a corto y medio plazo con el fin de poner en marcha una reactivación sostenible en los Estados miembros, en función de las necesidades y circunstancias de cada región. A través del análisis, el seguimiento y la evaluación, las regiones pueden adoptar decisiones con conocimiento de causa sobre actividades de desarrollo que puedan contribuir a una reactivación sostenible. Uno de los cometidos fundamentales de las regiones debería consistir en recopilar y difundir el importante conocimiento regional a nivel nacional; |
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8. |
prevé que la colaboración en el contexto de las cooperaciones regionales establecidas en el marco de la Plataforma de Especialización Inteligente contribuirá en gran medida a la recuperación económica. La cooperación interregional en materia de investigación e innovación va a ser un elemento fundamental para la recuperación, así como para una transición ecológica y digital en la que ningún lugar ni ninguna persona queden atrás; |
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9. |
expresa su preocupación por la pérdida de capacidad para lograr un cambio económico inteligente e innovador a nivel regional después de la COVID-19, no solo debido a la pérdida de recursos tras la crisis del coronavirus, sino también como consecuencia de un período de diez años de austeridad. Para invertir esta situación, es necesario transferir más recursos a los ámbitos local y regional. Al mismo tiempo, será preciso aumentar la eficiencia regional, lo que exigirá que las regiones innoven a todos los niveles y estén abiertas al aprendizaje y al intercambio de conocimientos; |
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10. |
acoge favorablemente el apoyo financiero europeo (procedente de REACT-EU) para que las ciudades y regiones ayuden a los sectores que más han sufrido en el contexto de la COVID-19 a adoptar modelos de negocio sostenibles, tanto a corto como a medio plazo; |
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11. |
reconoce que el declive de algunos sectores y la modificación del comportamiento laboral pueden hacer necesario que se revisen y se adapten los planes de urbanismo, a fin de reflejar la menor necesidad de espacio de oficinas y comercios en el centro de la ciudad, y que se reorganice el transporte público (modo, frecuencia y financiación). En las ciudades, esto implicará hacer más hincapié en los desplazamientos a pie y en bicicleta. Acoge con satisfacción, en ese sentido, la creciente ambición de muchas ciudades de reducir considerablemente el tráfico de automóviles adaptando las normas de tráfico y el diseño de las carreteras en favor de los peatones y los ciclistas; |
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12. |
destaca la necesidad de conceder mayor relevancia al Fondo Social Europeo como herramienta fundamental de inversión social. Las personas son el centro de cualquier política de inversión y un elemento fundamental en la recuperación económica; |
La política de cohesión como herramienta fundamental para un cambio económico inteligente e innovador en las regiones
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13. |
subraya que la política de cohesión es el mayor mecanismo de financiación de la UE para la inversión en todas las regiones, con un mayor énfasis en la innovación como motor del crecimiento. Su aplicación fomenta un gasto más eficiente de los fondos públicos mediante una mayor capacidad administrativa e institucional; |
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14. |
aprecia que las instituciones europeas hayan reaccionado con prontitud a la situación de emergencia y hayan presentado una cantidad de recursos sin precedentes para luchar contra la pandemia de COVID-19, combinando medidas financiadas por los fondos de cohesión en el marco financiero plurianual clásico para ofrecer una perspectiva a largo plazo, y un esfuerzo de recuperación específico en el marco del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea (Next Generation EU) para hacer frente a los efectos a corto plazo de la crisis; |
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15. |
recomienda encarecidamente que el carácter temporal de algunas de las medidas propuestas para reforzar la política de cohesión, en particular por lo que respecta a la ausencia de concentración temática, no menoscabe los objetivos de dicha política ni su sistema de gestión compartida basado en principios acordados. La flexibilidad es necesaria en época de crisis, pero, si se aplica en exceso, puede amenazar la existencia de la política de cohesión a largo plazo; |
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16. |
aprecia que se hayan evitado los recortes generales de la política de cohesión, porque es el principal instrumento financiero de Europa para recuperarse de la crisis económica. Sin embargo, considera inaceptable que el presupuesto de la UE a largo plazo se recorte hasta límites que nunca habían sido tan bajos, con una cantidad global propuesta para compromisos de 1 074,3 billones EUR; |
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17. |
subraya que los Fondos Estructurales serán aún más importantes para las futuras inversiones en favor de una Unión más justa socialmente, más ecológica, más competitiva, digital e inclusiva, teniendo en cuenta los recortes que han sufrido otros programas de la UE, como Horizonte Europa, el Fondo InvestEU, el Programa de Medio Ambiente y Acción por el Clima (LIFE) y Erasmus+; |
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18. |
comprueba con satisfacción que REACT-EU combina dos metas en un nuevo objetivo temático: la recuperación de la crisis, por un lado, y la preparación para una economía ecológica, digital y resiliente, por el otro. De esta manera, REACT-EU tiene el valor añadido de actuar como un mecanismo de transición entre los períodos de programación. También puede acelerar las inversiones públicas tan necesarias para la transición ecológica y digital; |
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19. |
recomienda, por tanto, una concentración temática mínima para los objetivos de REACT-EU relativos al logro de una economía ecológica, digital y resiliente, para garantizar que no se gasten todos los fondos exclusivamente en la reparación de la crisis y que los gastos sigan cumpliendo el objetivo global de la UE de lograr la neutralidad climática para 2050. Esto también ayudará a acelerar la transición desde la respuesta de emergencia a las inversiones del nuevo período de programación. Es importante velar por que las inversiones estén bien fundadas en esta estrategia europea, a fin de evitar que se «destine dinero a la economía» sin un propósito claro; |
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20. |
subraya la contribución de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a la transformación económica de las regiones que desean reducir sus emisiones y entrar en la era digital, o la denominada cuarta revolución industrial. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es un catalizador del cambio económico inteligente e innovador, debido a su concentración temática en lo que respecta a los objetivos políticos de «una Europa más inteligente y más ecológica» y a los tipos de inversión que favorece; |
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21. |
observa que la política de cohesión contribuye de manera fundamental a atajar la creciente brecha digital. Es probable que el uso acelerado de la digitalización, como se ha visto durante los confinamientos, se mantenga y contribuya aún más a la innovación social. Será necesario hacer más hincapié en el desarrollo de las cibercompetencias, que deberían ser parte indisociable de una estrategia de resiliencia, así como en la adaptación de los sistemas educativos y en el equipamiento de las escuelas con tecnología digital; |
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22. |
recuerda el objetivo fundamental de la política de cohesión, que es fortalecer la cohesión económica, social y territorial entre las regiones de la Unión Europea prestando una atención especial a aquellos territorios que así lo requieran a causa de sus hándicaps estructurales, naturales y demográficos graves. Estos territorios tienen más dificultades para ofrecer a su población acceso a servicios que han resultado fundamentales durante la pandemia, como los servicios sanitarios o la infraestructura digital, y resultarán claves para lograr las prioridades climáticas, digitales y de crecimiento de Europa; |
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23. |
reconoce que la política de cohesión desempeñará un papel cada vez más importante en el apoyo al proceso de reforma económica emprendido por los Estados miembros al reforzar el vínculo con el Semestre Europeo. Destaca en ese sentido la urgencia de una profunda reforma del Semestre Europeo y de la gobernanza económica europea para avanzar hacia un proceso transparente, integrador y democrático. Si no se reforma el Semestre Europeo se corre el riesgo de que la política de cohesión lleve a un incremento de la centralización, a unos planes de recuperación planteados de arriba abajo y al retorno de políticas que no tengan en cuenta la cohesión económica, social y territorial entre los Estados miembros y dentro de ellos y perjudiquen la inversión pública que se necesita urgentemente en aras de la recuperación sostenible de la UE. La Comisión debe pues garantizar que los Estados miembros hagan partícipes a las regiones durante todo el proceso nacional del Semestre y velar por que la financiación de las recomendaciones específicas por país con fondos de la política de cohesión tenga una clara dimensión local; |
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24. |
pide a todos los dirigentes europeos que comiencen a tiempo los programas de la política de cohesión para el período 2021-2027 a fin de evitar un déficit de financiación entre los dos períodos de programación; |
El papel decisivo de las pymes y las industrias para una recuperación económica innovadora de Europa
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25. |
coincide con la Presidencia en que un sector industrial europeo competitivo y unas pequeñas y medianas empresas dinámicas son fundamentales para abordar la transformación digital y ambiental. Por consiguiente, las estrategias de las industrias y de las pymes europeas deberían basarse en un planteamiento local y promover la cooperación en el ámbito de las tecnologías clave innovadoras en todas las regiones europeas a fin de aumentar la ventaja competitiva de Europa; |
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26. |
con ese fin, apoya la elaboración de recomendaciones para establecer condiciones marco adecuadas y la aplicación a gran escala de innovaciones con visión de futuro, así como las medidas relativas a la financiación, la reducción sustancial de los trámites burocráticos, y la adopción de legislación favorable a las pymes y de planteamientos transfronterizos innovadores para fortalecer el espíritu empresarial, la transformación digital y la innovación; |
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27. |
señala que el acceso a la financiación y la provisión de liquidez para las pymes mediante subvenciones y planes de la UE y medidas nacionales es necesario para que las empresas puedan cubrir los déficits de liquidez causados por la crisis. Las medidas de emergencia deben complementarse con instrumentos que permitan financiar las inversiones y la innovación, en particular en las tecnologías digitales; |
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28. |
sostiene que es preciso ampliar las ayudas de asesoramiento (especialmente para los trabajadores autónomos y los desempleados) y acelerar el tiempo de reacción a las cambiantes exigencias de las pymes. Las autoridades públicas deben adoptar un planteamiento ascendente y basado en las necesidades. Se debe dar prioridad a los programas de perfeccionamiento en el ámbito de las tecnologías digitales y a la alfabetización digital; |
Fondo de Transición Justa
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29. |
rechaza el uso obligatorio del FEDER como instrumento de cofinanciación del Fondo de Transición Justa, ya que puede poner en peligro los objetivos de la política de cohesión, entre ellos la concentración temática del gasto en innovaciones (con arreglo al objetivo político 1). Dado que el Fondo de Transición Justa tiene una orientación geográfica, la cofinanciación con el FEDER debería ser opcional; |
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30. |
reitera que toda transferencia de fondos regionales, incluida la cofinanciación del Fondo de Transición Justa, por parte de un Estado miembro debe decidirse con el consentimiento de los socios locales y regionales interesados, de conformidad con los principios de colaboración y de gobernanza multinivel; |
Las estrategias a corto plazo deben contar con una dimensión regional más sólida, una verdadera simplificación y sinergias accesibles con las políticas a largo plazo
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31. |
acoge con satisfacción la rápida actuación de la Comisión para poner en marcha inversiones esenciales en el marco de los paquetes CRII. La reducción de la carga administrativa y la flexibilidad que ofrecen estos paquetes contribuyen a la absorción de fondos regionales para el período 2014-2020 donde sea necesario; |
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32. |
pide a la Comisión que vele por que las recientes medidas dirigidas a aumentar la flexibilidad y a simplificar aún más la política de cohesión en la UE no den lugar a una centralización y sobrerregulación ni a una carga administrativa añadida en los países, causada por la evitación de riesgos y por un reflejo de regulación de los riesgos por parte de los Estados miembros; |
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33. |
solicita más transparencia en relación con la interacción entre los distintos mecanismos nuevos, como REACT-EU, el Fondo de Transición Justa y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, para evitar una mayor complejidad y que los Estados miembros impongan restricciones nacionales más severas; |
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34. |
pide a la Comisión que vele por que no se produzca un desplazamiento de los centros de poder en detrimento de las regiones. El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia propuesto debe canalizarse mediante un planteamiento ascendente, para lo cual se han de añadir criterios de asignación regional a REACT-EU y al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y se ha de lograr una mayor participación de los entes locales y regionales en la gobernanza de los instrumentos, en particular en la preparación de los planes nacionales de inversión para la recuperación. La aplicación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través de programas centralizados entraña el riesgo de carecer de legitimidad y eficiencia, al aprobarse estos programas sin ningún requisito en materia de asociación, por lo que pueden no tener en cuenta las necesidades reales de recuperación desde una perspectiva territorial; |
Aceleración de la recuperación y de una transición fluida
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35. |
acoge positivamente la invitación del Consejo a la Comisión para que presente propuestas, antes del Consejo Europeo de octubre, sobre la forma de acelerar y facilitar los procedimientos en los Estados miembros que permitan el despliegue rápido del apoyo a la recuperación. Es importante crear las condiciones adecuadas para la pronta ejecución de los proyectos de inversión, en particular en materia de infraestructura; |
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36. |
respalda las disposiciones que permiten un reembolso rápido y un acceso simplificado a los recursos adicionales, en particular la fecha final de subvencionabilidad y el plazo propuesto de dos años, 2021 y 2022, para gastar el 70 % de las subvenciones, si bien subraya la importancia de conservar la posibilidad de que los Estados miembros puedan utilizar los recursos adicionales también en 2023 y 2024, es decir, después del plazo límite de 2022 establecido por la Comisión Europea; |
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37. |
insta a los Estados miembros a que sigan la propuesta de la Comisión de utilizar las estructuras de gestión existentes para acelerar la ejecución y garanticen la implicación de los entes locales y regionales de conformidad con el principio de asociación; |
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38. |
exhorta al Consejo a que tome lo antes posible una decisión sobre la asignación final de REACT-EU para fomentar la rápida ejecución de inversiones fundamentales para las ciudades y regiones. Aunque se tomara una decisión el 19 de octubre, ya llegaría tarde para que las regiones prepararan los programas a tiempo; |
Recomendaciones generales para la política de cohesión en el período de programación 2021-2027
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39. |
recomienda que los entes locales y regionales definan claramente estrategias de desarrollo a medio y largo plazo basadas tanto en las tendencias y retos previstos como en las características específicas de sus territorios; |
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40. |
subraya que las estrategias de desarrollo regional y las de especialización inteligente son herramientas importantes para lograr sinergias y complementariedades entre los distintos instrumentos sectoriales, y que, de conformidad con el enfoque pertinente adoptado para el desarrollo económico, social y territorial de cada región, también garantizan la participación adecuada de las partes interesadas; |
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41. |
desea recordar la importancia de que todos los niveles de gobernanza (UE, nacional, regional y local) trabajen juntos y de que se brinden a los niveles subnacionales las oportunidades y los fondos necesarios para que asuman la responsabilidad de desarrollar su potencial; |
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42. |
pide a la Comisión que vele por que se respeten el marco jurídico y los principios fundamentales de la política de cohesión, con elementos como la concentración temática, las condiciones ex ante, la gobernanza multinivel, la colaboración, la solidaridad, el Estado de Derecho y una dimensión de base local al volver a la «normalidad». Estos principios han resultado adecuados para hacer frente a los desafíos de manera rápida y flexible, de modo que ninguna ciudad ni región se quede atrás; |
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43. |
respalda firmemente la insistencia del Parlamento Europeo en un mecanismo de la Unión para proteger la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales; pide que dicho mecanismo defienda todos los valores fundamentales de la UE —en particular, el respeto de la dignidad de la persona y los derechos humanos, la libertad y la igualdad— en todos los Estados miembros, regiones y municipios, y que garantice que cualquier sanción se aplique al nivel de gobernanza pertinente; |
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44. |
recomienda que las estrategias de especialización inteligente se amplíen más allá de la investigación e innovación, haciendo más hincapié en los objetivos económicos, sociales y ambientales y prestando una mayor atención a la resiliencia futura. El objetivo político 1 (una Europa más inteligente) proporciona una base para las inversiones en innovación que va más allá de la transformación económica y persigue objetivos económicos, sociales y ambientales más amplios (por ejemplo, el Pacto Verde); |
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45. |
considera, por tanto, lamentable que se haya reducido el gasto mínimo para la transformación industrial innovadora e inteligente en el marco del objetivo político 1 del FEDER. La ausencia de una concentración temática en este objetivo para las regiones más desarrolladas es preocupante desde este punto de vista, ya que la innovación en estas regiones puede impulsar la economía europea; |
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46. |
apoya que siga la valorización en los Programas Operativos del FEDER para el período 20212027 en el marco del objetivo político 1. Sigue siendo necesario invertir en las fases comprendidas entre la investigación aplicada y la introducción de innovaciones en el mercado, ya sea con financiación en forma de capital o con subvenciones. La atención debe centrarse en la creación de nuevas cadenas de valor; |
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47. |
lamenta que el Consejo haya decidido descartar tanto un examen técnico intermedio de las asignaciones para la política de cohesión en 2024 como la posibilidad de añadir otros 10 000 millones EUR a la dotación de la política de cohesión, sin que ningún Estado miembro pierda parte de sus asignaciones. Esto es lamentable porque se prevé que el examen tenga en cuenta los efectos de la crisis; es probable que un número importante de regiones experimente una fuerte caída del producto interior bruto per cápita, lo que podría dar a esas regiones derecho a mayores asignaciones en el marco de un examen intermedio; |
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48. |
pide a la UE que se abstenga de adoptar nuevas medidas, como las propuestas por el Consejo, para garantizar la recogida y la comparabilidad de la información sobre los destinatarios finales de la financiación de la UE a efectos de control y auditoría. Se debería evitar a los destinatarios finales la carga de soportar auditorías adicionales; |
Valor añadido de la cooperación territorial, ecosistemas regionales, especialización inteligente e inversiones interregionales innovadoras para promover la recuperación económica
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49. |
recuerda la importancia de la cooperación territorial europea para superar los efectos perjudiciales de la crisis y acelerar la recuperación económica y pide que se destinen fondos a proyectos de cooperación transfronteriza; |
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50. |
lamenta, por tanto, que la financiación asignada al objetivo de cooperación territorial europea se reduzca con respecto a la propuesta presentada por la Comisión en mayo de 2018, y más aún con respecto a los niveles del período 2014-2020. Así pues, el presupuesto propuesto para la cooperación territorial europea es claramente insuficiente para afrontar los crecientes y múltiples desafíos que afectan a las zonas transfronterizas en el contexto de la crisis de la COVID-19. Asimismo, es lamentable que el acuerdo del Consejo prevea reducir a la mitad el presupuesto para las inversiones interregionales de innovación (lo que también se conoce como «componente 5»); |
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51. |
pide que la Comisión siga promoviendo los ecosistemas y agrupaciones regionales en el marco de las inversiones interregionales en innovación. La combinación de infraestructuras tecnológicas, industriales y sociales de diferentes regiones en función de sus puntos fuertes y capacidades contribuye a generar masa crítica y economías de escala y, por tanto, puede aumentar la eficiencia de los sistemas de investigación e innovación; |
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52. |
pide a la Comisión que considere la posibilidad de establecer la integración de estrategias regionales de especialización inteligente que contribuyan a una Europa ecológica, digital y resiliente como condición que permita la elaboración de planes (nacionales) de inversión para la recuperación eficaces; |
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53. |
propone iniciar un diálogo político permanente entre todos los niveles de gobierno sobre las sinergias de las diferentes medidas relativas a la COVID-19 con los instrumentos de la política de cohesión en el marco del programa del trío de Presidencias alemana, portuguesa y eslovena. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/60 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Estrategia para las pymes
(2020/C 440/11)
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IRECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
reconoce la importancia de las pequeñas y medianas empresas para la economía de la Unión Europea (UE), ya que suponen el 99,8 % del total de empresas del sector empresarial no financiero, dos terceras partes del total del empleo y el 56,4 % del valor añadido total generado por el sector empresarial no financiero (1); |
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2. |
entiende que la transición hacia una economía sostenible y digital no podrá darse sin el compromiso de los emprendedores y las familias empresarias que poseen y gestionan los 25 millones de pymes existentes en Europa, y subraya la necesidad de ayudar a las pymes a que aprovechen nuevas oportunidades, respondan con firmeza ante el cambiante entorno empresarial y, al mismo tiempo, generen crecimiento y empleos, reforzando la competitividad de Europa a largo plazo en todos estos procesos; |
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3. |
respalda a la UE en la promoción de la igualdad de condiciones para las pymes mediante la reducción de la carga normativa, la mejora del acceso al mercado único y el aumento de la disponibilidad de servicios financieros; |
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4. |
destaca que la región y el municipio son el hábitat natural de las pymes, que funciona como un ecosistema en el que pueden formar parte de redes que establecen un vínculo con su infraestructura de apoyo, incluidos los mercados laborales, los institutos de formación y de investigación, los compradores y proveedores, los servicios financieros y empresariales, las cámaras de comercio e industria, y los entes locales y regionales; |
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5. |
acoge por lo tanto con sumo agrado la comunicación de la Comisión de 10 de marzo de 2020Una estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital, y comparte sus objetivos manifestados de reducir la carga administrativa y normativa para las pymes y mejorar el acceso a la financiación, así como su compromiso de alentarlas a que participen en la transición hacia la sostenibilidad y la digitalización; |
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6. |
es consciente de que el mundo ha cambiado considerablemente desde que se presentó la Estrategia para las pymes. Se prevé que las consecuencias económicas de la pandemia de la COVID-19 afectarán seriamente a todas las regiones y pymes de Europa. Sin embargo, la crisis también debe considerarse una oportunidad histórica para orientar la recuperación de la economía hacia las pautas del Pacto Verde Europeo, la sostenibilidad y la digitalización, que deben formar parte integrante de una estrategia para las pymes. A fin de responder a las diversas necesidades de las pymes y las distintas condiciones económicas e institucionales en toda Europa, los entes locales y regionales deben ser la punta de lanza en la aplicación de un plan de recuperación para estas empresas. La eficacia de las medidas de recuperación de la UE será mayor si estas se sincronizan con las iniciativas regionales y nacionales y son coherentes con los ecosistemas locales. Por ello, es fundamental la coordinación y el intercambio de buenas prácticas; |
Atender a todas las pymes
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7. |
considera por consiguiente que, pese a incluir prioridades y medidas relevantes, la Estrategia para las pymes carece de una visión que le permita abordar por completo las diversas necesidades de estas empresas. Una visión así debería prestar especial atención a garantizar la igualdad de condiciones para las pymes en un mercado único completo y profundizado, y debería promover la integración y la complementariedad entre medidas a todos los niveles del gobierno, incluida una sólida dimensión regional para garantizar un enfoque de base local adaptado a las necesidades de las pymes locales; |
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8. |
comparte el punto de vista de la Comisión con respecto a la diversidad entre pymes, aunque considera que esta diversidad no se ha plasmado adecuadamente en las medidas propuestas. La estrategia de la Comisión se centra sobre todo en las empresas emergentes, las empresas en expansión y las pymes de alta tecnología. Aunque estos grupos son fundamentales para el crecimiento y la innovación, esto no significa que las empresas tradicionales y familiares sean meras seguidoras pasivas; |
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9. |
lamenta la caracterización que la Comisión hace de las «empresas tradicionales» al referirse a las pymes establecidas e implantadas, las «maduras» de la comunidad de pymes. Estas empresas implantadas serán una fuerza estabilizadora de las economías y las comunidades locales en la actual crisis, y generarán un crecimiento sostenible a largo plazo; |
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10. |
reconoce los fuertes vínculos entre las pymes y sus regiones anfitrionas, sobre todo de las maduras, que están implantadas localmente y se esfuerzan por sobrevivir a largo plazo. Estas empresas suelen ser familiares, aunque no siempre, y tienen una mayor disposición a asumir responsabilidades sociales, porque su capital social está asociado a su reputación local. Sus propietarios, administradores y empleados pueden convertirse en embajadores de la transición hacia la sostenibilidad y participar en colaboraciones estructurales con los entes regionales y locales; |
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11. |
insta a la Comisión a que desarrolle políticas que velen por las necesidades de las empresas familiares en Europa, incluida la sucesión y el espíritu empresarial intergeneracional. Aunque las empresas familiares desempeñan un papel importante en nuestra economía, los políticos les prestan escasa atención. Este ángulo ciego se mantiene a pesar de las recientes declaraciones de la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, y otras iniciativas anteriores; |
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12. |
subraya que las empresas familiares constituyen el tipo de empresa más común y que suponen el 70 % del total de empresas en Europa (2). La estructura de propiedad define, en gran medida, cómo y por quién está gestionada una pyme, así como el negocio y la estrategia de inversión de la empresa. No obstante, en general esta perspectiva de la propiedad no está presente en las actuales políticas sobre pymes; |
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13. |
solicita a la Comisión que mantenga y amplíe el respaldo a estudios estadísticos dentro del Programa para la Competitividad de las Empresas y para las Pequeñas y Medianas Empresas (COSME), con el fin de permitir a investigadores y agencias estadísticas captar de forma plena la diversidad de las estructuras de propiedad de las pymes europeas y analizar importantes diferencias internacionales e interregionales; en este sentido, considera necesario asegurar la recogida de datos teniendo en cuenta cuestiones de género; |
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14. |
destaca que las empresas familiares se concentran de forma desproporcionada en regiones próximas a la media europea en cuanto a producto interior bruto y que estas regiones se enfrentan a la «trampa de la renta intermedia» (3). Según el séptimo informe sobre la cohesión, el crecimiento ha sido más bajo en estas regiones de renta intermedia que en las regiones líderes y las que parten de una posición desfavorecida; |
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15. |
hace énfasis en que las políticas sobre pymes deberían otorgar una mayor prioridad a implicar a las pymes establecidas y a abordar sus necesidades, incluida la adaptación a las nuevas tecnologías, la transmisión de empresas, la internacionalización, el acceso a la financiación y la profesionalización de la gestión y la presentación de informes. Deberían emplearse las ventanillas únicas existentes, muy implantadas en los ecosistemas regionales, como puntos de acceso para prestar servicios a las pymes accesibles en el ámbito local, incluido el asesoramiento sobre gran variedad de programas, medidas e instrumentos de financiación procedentes del ámbito regional, nacional y de la UE; |
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16. |
aboga por invertir en unos ecosistemas regionales fuertes —en particular a través de inversiones interregionales en innovación— para mantener una conexión sólida a nivel europeo mediante el intercambio internacional de conocimientos entre las pymes y entre los gobiernos regionales, en particular a través de inversiones interregionales en innovación; celebra las estrategias de especialización inteligente como la plataforma de especialización inteligente (S3), la Iniciativa Vanguard y varios proyectos de colaboración entre las Regiones Emprendedoras Europeas, que han demostrado su valía y merecen seguir recibiendo apoyo, incluyendo el establecimiento de un marco de financiación específico para su impulso; |
Desarrollo de las capacidades en pro de la digitalización y la sostenibilidad
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17. |
toma nota del plan de la Comisión de reforzar el Centro europeo de conocimiento sobre la eficiencia de los recursos, así como del plan de designar asesores de sostenibilidad especializados dentro de la Red Europea para las Empresas; |
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18. |
muestra su inquietud por que estas iniciativas europeas no estén afianzadas dentro de las infraestructuras regionales para las pymes. El apoyo de la Comisión a la densa red formada por no menos de 240 Centros de Innovación Digital constituye una excepción positiva; |
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19. |
hace hincapié en que las pymes activas en el sector de las TIC pueden ejercer como agentes facilitadores digitales en el ámbito regional y ayudar al grupo cada vez mayor de pymes digitalmente dependientes. DigitalHUB Aachen es un ejemplo de este tipo de iniciativas (4), que abogan por promover la creación de más alianzas de pymes para la inteligencia artificial en cadenas de valor estratégicas; |
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20. |
insta a las pymes a que sean más eficientes desde el punto de vista energético, reduzcan su consumo energético, aumenten la producción y el uso de energías renovables y adopten un proceso de producción circular a fin de reducir los costes y construir una economía competitiva y sostenible. No obstante, las pymes y las microempresas no deberían asumir una parte desproporcionada de los costes asociados con la transición hacia la sostenibilidad, ni deberían verse expuestas a una competencia desleal de terceros países con normas medioambientales menos estrictas; considera, en este sentido, que debería preverse un mecanismo de ajuste de las emisiones de carbono en frontera para garantizar que no haya competencia desleal por parte de terceros países; |
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21. |
destaca que la agenda de capital humano para las pymes, incluidos los programas para competencias verdes y digitales, no debería atender únicamente a los trabajadores, sino también a los empresarios, los propietarios y los administradores, y hace un llamamiento para que la Agenda de Capacidades para Europa revisada de la Comisión tenga en cuenta estas inquietudes de forma adecuada. Estos empresarios, propietarios y administradores no solo adoptan decisiones sobre prioridades estratégicas, sino que también diseñan el entorno de aprendizaje dentro de sus empresas; |
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22. |
propone que la formación tenga lugar en un contexto entre pares con el papel mediador de la infraestructura regional de triple hélice. Es fundamental que los empresarios, los propietarios, los administradores y los empleados de las pymes tengan acceso a programas de aprendizaje permanente en las universidades, las escuelas de formación profesional, otras instituciones de formación profesional y los laboratorios de campo. Una agenda integral de capital humano para las pymes que contemple también aspectos de género puede reforzar tanto a las regiones muy innovadoras como a aquellas que se enfrentan a una fuga de cerebros; |
Reducción de la carga normativa y administrativa y mejora del acceso al mercado
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23. |
hace un llamamiento a la Comisión para que mejore su prueba de las pymes durante la evaluación de impacto de las normativas propuestas, de acuerdo con el principio de «pensar primero a pequeña escala». Una buena prueba de las pymes incluye un análisis coste-beneficio diferenciado para estas y para las grandes empresas, así como entre las pymes de distintas clases y tamaños, numerosas oportunidades de consulta a las partes interesadas, una cuantificación del impacto y una supervisión rigurosa por parte del Comité de Control Reglamentario; |
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24. |
acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión de desarrollar una norma a escala de la UE para las empresas emergentes (EU Start-up Nations Standard), con la ambición de hacer de Europa el continente más atractivo para las empresas emergentes y en expansión. Al mismo tiempo, destaca la necesidad de hacer participar en esta iniciativa a todos los niveles de gobierno; |
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25. |
insta a la Comisión a que adopte un planteamiento más favorable a las pymes, con miras a garantizar que las medidas reguladoras sirven de estímulo para la innovación y no obstaculizan sus actividades, como ocurre a menudo cuando estas son de carácter transfronterizo, lo que genera un aumento de la resiliencia y la competitividad, y no una carga adicional, además de costes de conformidad asociados al comercio internacional. A fin de alentar a las pymes para que comiencen a aprovechar las ventajas de los acuerdos de libre comercio, al tiempo que se mantienen sensibles al riesgo de competencia desleal que plantean las exportaciones de terceros países con exigencias medioambientales menos estrictas, es necesario reducir las barreras de formas innovadoras y rentables, por ejemplo mediante herramientas interactivas a través de internet, como la calculadora de normas de origen adaptada a las pymes, o mecanismos que permitan identificar las emisiones de los productos (como el ajuste de carbono en la frontera o la definición de «pasaportes»); |
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26. |
se congratula por la continuidad de la evaluación de la adecuación de la reglamentación en la Plataforma «Preparados para el futuro». No obstante, es necesario mejorar el papel del Comité de las Regiones y las pymes en comparación con su predecesora, la Plataforma REFIT. Muchas disposiciones reglamentarias que afectan a las pymes se aplican en el ámbito subnacional, y la densidad reguladora, la sobrerregulación y los problemas de proporcionalidad y subsidiariedad son más evidentes en la base de la pirámide; en este sentido, hace hincapié en que la Comisión también se centre en eliminar los obstáculos administrativos en la cooperación transfronteriza, para garantizar que el intercambio de personal entre regiones fronterizas pueda realizarse con facilidad, incluso durante breves períodos de tiempo; |
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27. |
pide a la Comisión que consulte de forma activa a las pymes y a los grupos de interés que representen una gran variedad de modelos empresariales, incluidas las empresas de la economía social, durante las evaluaciones de impacto y el examen reglamentario de la legislación de la UE. Un entorno regulatorio positivo para el emprendimiento social mejorará la tasa de supervivencia de las empresas emergentes con impacto social, fomentará la innovación social y promoverá la responsabilidad social de las empresas, acercándonos a la realización del Pacto Verde Europeo y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); |
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28. |
considera que reducir las barreras a las pymes asociadas al marco de certificación del Reglamento sobre la Ciberseguridad de la UE, incluidas las normas y las especificaciones técnicas, es una condición necesaria para que las pymes puedan participar en el mercado único digital, así como para una Europa digital innovadora, sostenible e inclusiva que apuesta por la compartición de datos y la confianza digital; |
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29. |
insta a la Comisión a que garantice la aplicación de las medidas de contratación pública favorables a las pymes propuestas en las Directivas de 2014 sobre contratación pública, incluidos el principio de «dividir o explicar», los requisitos de volumen de negocios reducido y la aplicación de soluciones electrónicas como el documento europeo único de contratación y e-Certis; pide a la Comisión que elabore una hoja de ruta para la realización de su principio de «solo una vez» en el proceso de contratación pública, con el fin de reducir las cargas administrativas y aumentar la transparencia; |
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30. |
destaca que los entes locales y regionales están trabajando de forma activa para mejorar el acceso de las pymes a la contratación pública, al tiempo que promueven la innovación y dar respuesta a los retos de la sociedad a modo de trampolín. El Ayuntamiento de Valladolid, ganador de un Premio Europeo a la Promoción Empresarial en 2019, ha elaborado una guía para la contratación pública favorable a las pymes, que puede servir de ejemplo (5); |
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31. |
desea invertir en la colaboración transfronteriza en beneficio de las pymes, incluida la integración de los mercados laborales, las relaciones interempresariales transfronterizas y la cooperación entre gobiernos, instituciones del conocimiento y centros de apoyo a las pymes a ambos lados de la frontera. Se debe asignar un papel especial a los entes locales y regionales en la cooperación transfronteriza, ya que son los que mejor pueden evaluar qué medidas son las más adecuadas para fortalecer la economía local e identificar rápidamente los obstáculos a la cooperación transfronteriza. Deberían contar con el apoyo político de la estrategia para poder actuar con rapidez y facilidad; |
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32. |
también se propone invertir en la colaboración interregional para las pymes y en la cooperación entre gobiernos, instituciones de conocimiento y centros de apoyo a las pymes en las regiones insulares y ultraperiféricas; |
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33. |
espera que las transmisiones de empresas se conviertan en un desafío urgente durante los próximos años, dado el envejecimiento de la población de Europa. En Europa Central y Oriental, en concreto, son muchos los empresarios que fundaron su empresa después de 1989 y actualmente están dispuestos a entregar el control a la segunda generación; |
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34. |
es consciente de los riesgos que implica una sucesión empresarial, por lo que celebra las medidas propuestas por la Comisión relativas a facilitar la transmisión de empresas mediante el desarrollo de un marco para respaldar y promover las transmisiones de empresas dentro de la UE; |
Acceso a la financiación
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35. |
llama la atención sobre el hecho de que más del 60 % de las pymes no reciben los pagos a tiempo, lo que constituye una de las principales causas de quiebra de estas empresas. Por lo tanto, pide que se aplique de forma adecuada la Directiva sobre morosidad y acoge favorablemente el instrumento de seguimiento y aplicación propuesto. Subraya que las pymes no deberían tener que soportar la carga de los pagos tardíos por parte de grandes empresas y de los gobiernos; |
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36. |
desea destacar que las agencias de desarrollo regional pueden contribuir al sistema financiero regional, no solo mediante la participación en proyectos de alto riesgo, sino también garantizando la continuidad de las empresas implantadas, incluida su contribución al capital humano de una región. El Grupo del Banco Europeo de Inversiones debería reconocer la repercusión beneficiosa para la sociedad de estas empresas implantadas y dar prioridad a su continuidad con instrumentos de financiación mediante fondos propios; |
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37. |
celebra la integración de los fondos y la simplificación de los procedimientos en el programa InvestEU. No obstante, insta a que la accesibilidad de las pymes a la financiación no se limite a la ventana especial para estas, sino que también sea una prioridad destacada en las otras tres ventanas; |
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38. |
muestra su preocupación por los niveles de endeudamiento de las pymes de Europa, especialmente de las pymes ubicadas en mercados aislados y de pequeña dimensión, como es el caso de las regiones insulares y ultraperiféricas. Deben reforzarse las políticas que tienen por objeto mejorar el acceso de las pymes a la financiación mediante fondos propios en todos los niveles de gobierno y, de ese modo, reducir los niveles insostenibles de financiación mediante deuda. La preocupación es aún mayor si se tienen en cuenta que las microempresas carecen de condiciones para acceder a la financiación a través del sistema financiero; |
Gobernanza
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39. |
hace énfasis en que las estrategias regionales para las pymes son responsabilidad de los gobiernos locales y regionales con arreglo al principio de subsidiariedad; |
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40. |
toma nota de la mayor firmeza que caracteriza al mandato de la red de representantes para las pymes con vistas a regir las políticas sobre pymes de la UE; hace un llamamiento a los representantes nacionales para que aumenten su interacción con los entes regionales y otros agentes territoriales. Plantea que deberían organizarse intercambios anuales entre el representante de la UE para las pymes y los miembros del CDR con miras a hacer un balance de la aplicación de la Estrategia para las pymes a nivel regional y local; |
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41. |
destaca que la colaboración, el intercambio de conocimientos y el aprendizaje paneuropeos, transfronterizos e interregionales constituyen elementos importantes de un enfoque europeo coordinado de la aplicación de la política de la UE, que debe ser promovido, facilitado y respaldado por los programas de la UE; |
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42. |
hace un llamamiento a la Comisión para que mejore la coordinación horizontal de la Estrategia para las pymes y mejore así el impacto de la estrategia sobre la asignación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en el período 2021-2027; |
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43. |
solicita a la Comisión que se asegure de que un mayor número de pymes se beneficiarán de la financiación de la UE, ya que la financiación de que disponen los programas específicos para pymes, como COSME (2 300 millones EUR en el período 2014-2020), es modesta en comparación con los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (460 000 millones EUR). En programas de gestión directa y compartida, como el FEDER, las regiones consiguen garantizar que el presupuesto se programa para las pymes. Insta a la Comisión a que desarrolle iniciativas y líneas de programa específicas para las pymes en los programas marco, como Horizonte Europa, así como a que facilite el acceso a las pymes a este tipo de programas existentes; |
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44. |
pone de relieve la importancia crucial de los Fondos EIE para financiar la transición hacia la sostenibilidad y recuerda que el CDR había pedido que el 30 % de toda la financiación de los Fondos Estructurales se asignara a las prioridades del Pacto Verde, en lugar del 25 % previsto hasta ahora; |
El camino hacia la recuperación de las pymes de la COVID-19
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45. |
destaca que, como consecuencia de las medidas de distanciamiento social en respuesta a la pandemia de la COVID-19, la transición de las pymes hacia la digitalización en igualdad de condiciones cobra incluso una mayor urgencia e importancia para su supervivencia, así como para la competitividad estratégica general de Europa; |
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46. |
pone de manifiesto la capacidad de reacción de la Comisión Europea durante la pandemia diseñando programas de apoyo a las pymes y para la conservación del empleo, como el sistema SURE. Las pymes del sector agroalimentario, servicios o del turismo, que se encuentran entre las que más han sufrido durante la pandemia, necesitan de mecanismos flexibles que posibiliten su pervivencia una vez finalizada la crisis, dado que el nivel de empleo en Europa está fuertemente ligado a la pervivencia de las mismas; |
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47. |
reconoce las oportunidades de lograr avances significativos en la transición hacia la sostenibilidad derivadas de la reestructuración, teniendo en cuenta el tamaño de las empresas y los sectores afectados por la crisis. Este avance debe contar con el respaldo de incentivos a la inversión dirigidos a las pymes que aprovechen las oportunidades que brindan las tecnologías verdes y los modelos de negocio circular; |
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48. |
insta a la Comisión a que vigile que el impacto de las medidas de apoyo de emergencia no socava sus aspiraciones de establecer la igualdad de condiciones para las pymes. Además, solicita a la Comisión que revise el impacto de la crisis de la COVID-19 en unos niveles de inestabilidad geopolítica ya de por sí elevados; es posible que la disrupción de los flujos comerciales y las cadenas de suministro conduzca a la relocalización de la actividad económica, en particular para infraestructuras sistémicamente importantes como las del sector de los productos sanitarios, y puede ofrecer oportunidades y plantear dificultades tanto a las pymes como a las regiones. Las pymes con problemas de liquidez pueden mostrarse dispuestas a aceptar ofertas de compradores estratégicos, lo que implica un riesgo de interferencia extranjera no deseada en la economía; |
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49. |
espera que la Comisión actúe con prudencia en aquellos casos en que los intereses de las pymes y la economía europea se vean perjudicados en estos ámbitos, como hizo, por ejemplo, al modificar temporalmente las normas sobre ayudas estatales. Los entes locales y regionales se mantendrán alerta y continuarán intercambiando información entre sí y entre las autoridades superiores, con el fin de compartir el aprendizaje sobre una respuesta proporcional ante esta situación sin precedentes; |
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50. |
pone de relieve que la Comisión debe mostrar sensibilidad hacia los intereses de las pymes que actualmente carecen de vínculos sólidos con el sistema financiero debido a que principalmente se autofinancian. Algunas de estas empresas están experimentando repentinos problemas de liquidez y necesitan créditos reembolsables o no reembolsables con urgencia por primera vez en toda su existencia. Esto afecta en especial a las microempresas, pero también puede afectar a empresas familiares de mayor tamaño; |
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51. |
insta a la Comisión a que dé acceso a los entes regionales a la financiación europea dentro del paquete de recuperación para impulsar la recuperación económica. Los entes locales y regionales se encuentran en la mejor de las posiciones para evaluar las necesidades de las pymes en su ajuste a una economía pospandemia, y |
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52. |
recalca que el objetivo de hacer que las empresas sean más estables y resilientes desde el punto de vista financiero debería seguir siendo una de las principales prioridades de los responsables políticos a todos los niveles, a la vez que advierte de la excesiva dependencia que presentan las medidas propuestas de apoyo a las pymes respecto de los instrumentos de deuda. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Véase el Informe anual sobre las pymes europeas (2019).
(2) Estudios estadísticos respaldados por el programa COSME han permitido determinar la proporción de empresas familiares del sector no financiero en Dinamarca (60 %), Finlandia (70 %), Países Bajos (71 %) y Polonia (92 %).
(3) De conformidad con las estadísticas de los Países Bajos, las regiones que presentan mayores concentraciones de empresas familiares se encuentran próximas al promedio europeo de PIB (Eurostat, 2017; CBS, 2017).
(4) https://aachen.digital/
(5) https://blogs.ec.europa.eu/promotingenterprise/files/2020/02/2020_PublicPROCUREMENTfosSME-GUIDANCEforCAuthorities.pdf
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/66 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Retos de la democracia local en los Balcanes Occidentales
(2020/C 440/12)
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IRECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Observaciones generales
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1. |
felicita a la Presidencia croata del Consejo de la UE por tomar la iniciativa que ha conducido a la elaboración de este Dictamen. Es la primera vez que el Comité Europeo de las Regiones (CDR) elabora un dictamen centrado exclusivamente en los retos que afronta la democracia en los Balcanes Occidentales y, en particular, en el fenómeno —que se extiende mucho más allá de los Balcanes Occidentales— de la llamada «captura del Estado» local (local state capture), es decir, la «captura», captación o apropiación de estructuras de gobierno local para intereses particulares; |
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2. |
recuerda que el CDR examinó el paquete de ampliación de la Comisión Europea en varios dictámenes de 2018, 2019 y 2020, en los que prestó especial atención a los retos y el funcionamiento de la democracia local en los Balcanes Occidentales; |
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3. |
sigue de cerca los informes de situación de los países candidatos y acoge con satisfacción el compromiso constante de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo con la política de ampliación de la UE respecto de los Balcanes Occidentales; reitera su posición de que esta ampliación reviste un interés político, económico y de seguridad tanto para los Balcanes Occidentales como para la Unión Europea, y constituye una inversión geoestratégica en la paz, la estabilidad, la seguridad y el crecimiento económico de toda Europa; subraya que todos los países candidatos han de cumplir todos los criterios de adhesión; |
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4. |
lamenta que la Comisión Europea, en sus relaciones con los países socios de los Balcanes Occidentales y, en particular, en su proceso de integración en la Unión Europea (UE), no preste suficiente atención a las cuestiones de la democracia local, el Estado de Derecho y la buena gobernanza a nivel local; |
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5. |
acoge con satisfacción los progresos que están realizando muchos países de los Balcanes Occidentales en materia de reformas, pero observa con preocupación los limitados progresos y, en ciertos casos, los retrocesos que se producen en algunos países de la región en los ámbitos de la lucha contra la corrupción, la protección de los derechos humanos, la libertad de los medios de comunicación y la justicia, y constata que hay un debilitamiento general del Estado de Derecho; |
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6. |
señala que la democracia local en los Balcanes Occidentales se enfrenta a innumerables retos, que a menudo existen de forma similar e incluso idéntica en los Estados miembros de la UE, pero que se dan de forma mucho más pronunciada en los Balcanes Occidentales. Estos problemas se ven exacerbados por una serie de factores que en la UE desempeñan un papel menor o nulo: las consecuencias de anteriores conflictos armados, las disputas no resueltas en torno a problemas territoriales y de soberanía, la falta de libertad de los medios de comunicación, el no reconocimiento del genocidio y los crímenes de guerra, las aspiraciones expansionistas, la incitación al odio, las cuestiones constitucionales no resueltas, la falta de igualdad de las poblaciones y las leyes electorales inconstitucionales, los déficits en materia de buena gobernanza y las tendencias autoritarias de los titulares de cargos y de los partidos de gobierno en todos los niveles del gobierno y la administración, el nivel relativamente bajo de desarrollo socioeconómico, la evolución demográfica predominantemente negativa y una sociedad civil poco desarrollada, con una escasa cultura democrática y política; |
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7. |
subraya su convicción de que la situación de la democracia a nivel local está indisolublemente ligada a la situación a nivel nacional y de que los fenómenos negativos a nivel local son a menudo reflejo de los fenómenos existentes a nivel nacional; |
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8. |
señala que el Comité Europeo de las Regiones, a través de sus órganos, ha participado continuamente en los Balcanes Occidentales, en particular a través de su Grupo de Trabajo sobre los Balcanes Occidentales (que se ocupa de Albania, Bosnia y Herzegovina y Kosovo (*1)) y de los tres comités consultivos mixtos (CCM) que trabajan de modo paritario con los entes locales y regionales de algunos países de los Balcanes Occidentales (Montenegro, Macedonia del Norte y Serbia); señala asimismo que estos órganos han demostrado su utilidad en cuanto al intercambio de buenas prácticas y de tomas de posición entre los representantes de los entes locales y regionales de la UE y sus socios de los Balcanes. Este intercambio tiene lugar en el contexto de los debates sobre una amplia gama de cuestiones de interés mutuo, como el Estado de Derecho y la buena gobernanza, que revisten una gran importancia en el contexto de las negociaciones de adhesión a la UE; lamenta, sin embargo, que no siempre se garantice la pluralidad política dentro de estos CCM en los respectivos países balcánicos; |
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9. |
acoge con satisfacción los esfuerzos del Congreso de Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa (CPLR) para promover la democracia local en los Balcanes Occidentales. La labor del Congreso y la del CDR se complementan y, por lo tanto, el CDR desea intensificar la cooperación con el CPLR en este ámbito; |
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10. |
señala que la Estrategia de la UE para la Región del Danubio (EUSDR), una de las cuatro estrategias macrorregionales de la Unión Europea, también abarca a tres países de los Balcanes Occidentales. El objetivo principal de la citada estrategia es que la cooperación entre países y regiones se extienda cada vez más a los agentes locales y regionales. Esto incluye apoyar y ayudar a las partes interesadas en el marco de los pertinentes procesos —democráticos— y a la sociedad civil. Por consiguiente, se propone reforzar la cooperación en el contexto de la Estrategia de la UE para la Región del Danubio; |
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11. |
considera que uno de los retos para la democracia local es el fenómeno de la «captura del Estado» a nivel local, al que la Comisión Europea también hizo referencia en su Estrategia de Ampliación de 2018. Por tal fenómeno hay que entender una administración local que se ve total o parcialmente «capturada» o sometida a servidumbre por personas o grupos que detentan poder y que la ponen al servicio de sus intereses particulares; |
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12. |
destaca los aspectos más importantes de este fenómeno a nivel local: concesiones de contratos públicos manipuladas y en ocasiones ilegales; nombramientos, empleos y promociones inmerecidas de funcionarios, directivos y empleados de empresas del sector público; presiones sobre el poder judicial; apoyo a organizaciones de la sociedad civil falto de transparencia por parte de las autoridades locales; actividades realizadas sin transparencia por los entes territoriales y sus administraciones, a menudo acompañadas del control de los medios de comunicación locales a través de la propiedad o la publicidad, así como el uso indebido de los partidos políticos para el enriquecimiento personal y para la servidumbre de los entes locales mediante la creación y mantenimiento de redes clientelares; subraya que esos aspectos suelen contribuir a sembrar la desilusión entre los ciudadanos y conducen a una baja participación de los votantes en las elecciones locales y, por ende, a un ulterior déficit democrático a nivel local; |
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13. |
advierte también del nivel insuficiente de cumplimiento de la ley y del funcionamiento lento, ineficaz, a menudo parcial y a veces corrupto del sistema judicial, de la corrupción extendida y profundamente arraigada, que es percibida por muchos ciudadanos como algo normal o incluso inevitable —en especial en el ámbito del empleo a nivel municipal y de la relación con el personal médico y la policía de tráfico—, del extremismo violento provocado por motivos de orden étnico o religioso, así como la falta de soluciones adecuadas a nivel legislativo e institucional para los entes regionales y locales, incluida la deficiente descentralización funcional y fiscal; |
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14. |
señala que la falta de pluralidad política y la supresión e intimidación de cargos electos a nivel local pertenecientes a partidos de la oposición en algunos de los países de los Balcanes Occidentales constituyen importantes desafíos para la democracia local de esos países; |
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15. |
afirma, a este respecto, que los contratos públicos en los entes locales que se ven sometidos a tal servidumbre a nivel local tienen por objeto, en general, reforzar la posición de los grupos de poder que ejercen el control en ellos o que dominan las redes clientelares. El procedimiento suele ser el siguiente: se eluden las licitaciones públicas y se adjudican directamente los contratos públicos, se anuncian las convocatorias en publicaciones de muy poca difusión en un momento determinado y con plazos muy cortos, y se ajustan las condiciones de la licitación a las de un licitador concreto. Tras la adjudicación del contrato, el licitador elegido expresa su agradecimiento al grupo de poder local o a sus representantes mediante una simple comisión en forma de porcentaje del valor del contrato, que por regla general ya está incluido en el precio de la presentación de la oferta para que no disminuya el beneficio del adjudicatario; |
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16. |
señala que para quienes han sometido a servidumbre las estructuras de gobierno local la política de recursos humanos constituye un instrumento muy poderoso, especialmente cuando escasean los puestos de trabajo de calidad, cosa que ocurre con mucha frecuencia en las zonas en cuestión. El personal recién contratado en las administraciones locales y los empleados de las empresas públicas locales suelen provenir de su propio clan familiar o de familias de amigos políticos o empresariales. A veces esto también incluye a miembros de la oposición en los órganos de representación, a sus cónyuges y parientes cercanos, e incluso se llegan a efectuar restructuraciones ilegales de la administración para recompensar a los seguidores fieles por el «buen trabajo»; |
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17. |
observa con gran preocupación que los grupos de poder locales y los miembros de las redes clientelares, con el fin de acceder a los recursos locales, recurren a menudo a entablar y mantener estrechos contactos con jueces y otros funcionarios judiciales a nivel nacional y local, al tiempo que procuran beneficios económicos a las personas influyentes dentro del sistema judicial utilizando los recursos del gobierno local. Como contrapartida, los funcionarios judiciales obstruyen los procesos de investigación y los procedimientos judiciales contra dichos grupos de poder locales; |
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18. |
señala que en los entes locales la situación se ve agravada por la disminución de recursos humanos. Muchos de sus habitantes emigran, especialmente personas jóvenes y con un nivel de educación, lo que constituye un grave problema para el desarrollo de los municipios en cuestión; |
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19. |
hace hincapié en que, habida cuenta de que la igualdad de género constituye un principio básico de la Unión, las medidas destinadas a reforzar los derechos de la mujer y aumentar su participación política deben tenerse seriamente en cuenta y aplicarse; |
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20. |
es plenamente consciente de que la migración irregular también supone una carga importante para los entes locales que se encuentran a lo largo de la denominada «ruta de los Balcanes», ya que exacerba el sentimiento de desamparo y de déficit institucional entre los ciudadanos, pero también entre las autoridades; |
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21. |
destaca que la delincuencia organizada constituye una amenaza para la seguridad y la prosperidad de los entes locales; |
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22. |
muestra asimismo su preocupación, en este contexto, por el control de los medios de comunicación y las estructuras locales de las instituciones nacionales que ejercen los grupos de poder locales; |
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23. |
señala que, aunque las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación en los Balcanes Occidentales son fundamentalmente críticos con las autoridades a todos los niveles, a menudo dependen de ellas, así como de sus subvenciones y desgravaciones fiscales y de los locales que ponen a su disposición. Conceder o denegar arbitrariamente apoyo financiero o espacio de oficinas es una potente herramienta para los «usurpadores» de las autoridades locales, que pueden así silenciar las críticas y desarrollar el clientelismo en las filas de la sociedad civil; |
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24. |
hace hincapié en que liberar a los Balcanes Occidentales de la «captura del Estado», tanto a nivel nacional como a nivel local, beneficiaría inmensamente a sus habitantes, contribuiría a fortalecer la economía y a democratizar la sociedad, reduciría las tendencias demográficas negativas, en particular en lo que respecta a la despoblación, y favorecería el proceso de adhesión de esos países a la Unión Europea; |
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25. |
acoge con satisfacción que la Comisión Europea haya adoptado, el 6 de febrero de 2020, un nuevo enfoque para el proceso de adhesión de los países de los Balcanes Occidentales, y espera que se sigan estrechando las relaciones entre las delegaciones de la UE y los representantes de los Balcanes Occidentales en los ámbitos del Estado de Derecho, la reforma de la administración pública, la transparencia, la protección del medio ambiente, la competitividad y las políticas sectoriales; |
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26. |
considera, en este contexto, que podría haber una nueva oportunidad para acercar a los países candidatos potenciales a la Unión Europea, a cambio de lo cual estos países tendrían que mostrar una mayor disposición a luchar contra la corrupción y consolidar el Estado de Derecho y la gestión transparente de los fondos públicos; |
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27. |
destaca, en particular, a la luz del nuevo enfoque de las negociaciones de adhesión, el fortalecimiento del Estado de Derecho como medio de abordar eficazmente las causas y consecuencias del fenómeno de la «captura» de las estructuras de gobierno local; |
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28. |
señala que la persistencia de este fenómeno, gracias al cual se lleva detentando el poder político y económico durante años o décadas, también repercute en las elecciones, ya que disuade a los ciudadanos de ejercer su participación política, por lo que la concurrencia a las elecciones locales suele ser inferior a la de las elecciones nacionales. Así, por ejemplo, se ha dado el caso de elecciones totalmente boicoteadas por los partidos de la oposición (Mostar), o de no celebración de elecciones locales durante un período de once años, lo que es inaceptable en una democracia y ha dado lugar a una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos («Baralija contra Bosnia y Herzegovina», asunto 30100/18); insta a la UE a que, en ese contexto, preste especial atención a la observación de los procesos electorales; |
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29. |
lamenta que algunos ciudadanos, en particular los que tienen mayor nivel de educación e independencia financiera, tengan un mayor sentimiento de desapego y desencanto con la política, mientras que otros están vinculados por lazos de clientelismo a los grupos de poder, que les proporcionan empleos, pensiones complementarias, plazas de guardería, nuevos caminos asfaltados de acceso a su casa, etc. Esta situación resulta muy conveniente para quienes han sometido a servidumbre las estructuras de gobierno local y les permite permanecer en el poder, además de agravar ulteriormente la situación de la democracia local; |
Contexto general
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30. |
recuerda que en 1999 la UE inició el Proceso de Estabilización y Asociación como marco para las relaciones entre la UE y los países de la región. Al mismo tiempo, se puso en marcha el Pacto de Estabilidad como iniciativa más amplia. En 2008, el Pacto de Estabilidad fue sustituido por el Consejo de Cooperación Regional (CCR). En 2003, el Consejo Europeo de Salónica confirmó que todos los países del Proceso de Estabilización y Asociación eran candidatos potenciales a la adhesión a la UE; |
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31. |
subraya que esta perspectiva de la UE se reafirmó en la Estrategia de los Balcanes Occidentales de la Comisión Europea de febrero de 2018 y en la Declaración de Sofía adoptada en la Cumbre UE-Balcanes Occidentales del 17 de mayo de 2018, y será también el tema de la próxima Cumbre UE-Balcanes Occidentales, que se celebrará en Zagreb (Croacia) el 7 de mayo de 2020; |
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32. |
señala que la red de delegaciones de la UE, como parte del Servicio Europeo de Acción Exterior, tiene un papel esencial que desempeñar en el seguimiento y la notificación de la evolución de la «captura» de las estructuras de gobierno local, en particular por lo que respecta a la corrupción y a los obstáculos a la celebración de elecciones libres y justas a nivel local y nacional; |
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33. |
destaca que el Comité Europeo de las Regiones, como agente importante en la cooperación con los países socios de los Balcanes Occidentales y más allá, ha alentado los esfuerzos por fortalecer la democracia local, el Estado de Derecho y la buena gobernanza, en particular mediante su compromiso en favor de las reformas de la administración local y el desarrollo económico local; |
Recomendaciones políticas
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34. |
está convencido de que los tres comités consultivos mixtos creados por el Comité Europeo de las Regiones con Montenegro, Macedonia del Norte y Serbia, así como su Grupo de Trabajo sobre los Balcanes Occidentales, son los principales instrumentos para materializar este compromiso, y deben seguir utilizándose para apoyar el desarrollo positivo de la democracia local en los Balcanes Occidentales; |
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35. |
recomienda que la Comisión Europea apoye activamente los esfuerzos por abordar el problema de la «captura» de las estructuras de gobierno local en los Balcanes Occidentales, en estrecha cooperación con el Comité Europeo de las Regiones y el Parlamento Europeo; |
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36. |
sugiere a las instituciones de la UE que presten un apoyo adicional a las partes interesadas que están firmemente comprometidas con el fomento de la democracia local y el Estado de Derecho, tales como las organizaciones sin ánimo de lucro independientes que supervisan la situación de los derechos humanos, la transparencia o la corrupción en la administración pública (las llamadas «organizaciones de vigilancia» o watch-dog organisations); Del mismo modo, las asociaciones de municipios de los países de los Balcanes Occidentales son agentes importantes en la lucha contra la corrupción y el fortalecimiento de la democracia a nivel local, y pueden ser socios colaboradores estratégicos; |
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37. |
anima a cooperar con otras organizaciones internacionales activas a nivel local (OIM, PNUD, UNICEF, etc.) para fortalecer el Estado de Derecho, proteger los derechos humanos y capacitar a los ciudadanos; |
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38. |
insta a todas las instituciones de la UE a que intensifiquen la comunicación y los contactos con los ciudadanos de los países de los Balcanes Occidentales a fin de desarrollar asociaciones y sinergias con el objetivo común de aplicar efectivamente las reformas necesarias, fortalecer el Estado de Derecho y construir una sociedad democrática. La prestación de los servicios municipales constituye un área donde los ciudadanos reconocen los beneficios que reportan la democracia local y la cercanía de la UE. Se trata de una esfera que rara vez es objeto de corrupción o de apoderamiento del Estado («state capture») a escala local. Así pues, es necesario imprimir una mayor apertura y transparencia a este ámbito, así como organizar más consultas públicas con los ciudadanos en torno a la prestación de servicios centrados en las necesidades y demandas de los ciudadanos; |
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39. |
pide a la Comisión Europea que, en este contexto, preste aún más atención a las mencionadas deficiencias a nivel nacional, regional y local en las negociaciones de adhesión de la UE y en las relaciones con los Balcanes Occidentales. Para ello deben examinarse minuciosamente los casos de «captura» de las estructuras de gobierno local, vigilar la aplicación de soluciones legislativas e institucionales para limitar la discrecionalidad política en el ámbito de los recursos humanos y financieros, y fomentar la libertad de los medios de comunicación a través de incentivos financieros y políticas educativas; |
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40. |
considera que al establecer los criterios que aplica en sus relaciones con los Balcanes Occidentales, la UE debe tener en cuenta las realidades a nivel nacional y local y no solo supervisar el cumplimiento formal de los criterios, en particular en lo que se refiere a la aproximación de las legislaciones nacionales al acervo de la UE. Se trata de un enfoque ambicioso, pero que claramente podría conducir a mejores resultados; |
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41. |
considera que las delegaciones de la Unión en los Balcanes Occidentales, el Comité Europeo de las Regiones y, en su caso, el Comité Económico y Social Europeo deben desempeñar un papel más importante en la revisión de la situación real de la democracia local, el Estado de Derecho y la buena gobernanza en los Balcanes Occidentales, para lo cual puede recurrirse a contactos directos con los entes locales y regionales y los representantes de la oposición, las empresas, el mundo académico y la sociedad civil, así como a la organización y el fomento de diálogos con los ciudadanos. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(*1) La denominación «Kosovo» se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/71 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una estrategia para el futuro digital de Europa y una estrategia europea de datos
(2020/C 440/13)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Resumen
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1. |
hace hincapié en que la digitalización debe conllevar una utilidad palpable y beneficios tangibles para las personas y en que, por tanto, en el desarrollo de las tecnologías digitales deben tenerse en cuenta asimismo aspectos jurídicos, sociopolíticos, sociales, medioambientales, culturales y, en particular, éticos; |
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2. |
observa que la digitalización constituye una cuestión transversal e intersectorial que penetra en todos los sectores económicos y ámbitos de la vida para modificarlos de forma duradera, de modo que solo una digitalización intersectorial ofrece un nuevo potencial fundamental para la creación de modelos empresariales disruptivos y productos y servicios digitales innovadores, y señala que las empresas emergentes, en particular, desempeñan un papel importante para las innovaciones digitales en Europa; |
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3. |
subraya la gran importancia que reviste la contribución de los entes locales y regionales a la aplicación práctica de la Agenda Digital para Europa, en particular dentro de las «ciudades inteligentes» y las «regiones inteligentes», y, al mismo tiempo, la importancia de la autonomía local para poder acceder a los datos y disponer de ellos; |
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4. |
toma nota especialmente de las necesidades de apoyo para el desarrollo de las capacidades tanto de los ciudadanos como de las empresas, en particular de las pymes, pero también del sector público. La digitalización del mundo laboral ofrece muchas posibilidades para reducir la carga de trabajo y promover el trabajo de calidad, y, al mismo tiempo, aumentar la resiliencia de los sistemas económicos y sociales; |
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5. |
destaca que las posibilidades que ofrece la digitalización son especialmente importantes a la hora de afrontar los desafíos sociales, climáticos y medioambientales, así como en determinadas situaciones de crisis —como ha quedado demostrado con la actual crisis provocada por la COVID-19—, en particular para la educación, la vida laboral, la economía y el correcto funcionamiento de las administraciones; |
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6. |
considera importante que los valores europeos y las normas éticas, así como las normas sociales y ecológicas, también sean aplicables en el espacio digital; además, la UE promoverá activamente estos valores europeos y normas éticas a nivel mundial; |
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7. |
hace hincapié en la importancia de la soberanía de los datos a nivel individual y paneuropeo. Esto es tanto más importante habida cuenta de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de julio de 2020 (asunto C-311/18), que invalidó el escudo de la privacidad establecido entre la Unión Europea y los Estados Unidos. Pide, por tanto, a la Comisión que aclare lo antes posible las repercusiones de esta sentencia, dado que las empresas necesitan que los flujos de datos estén garantizados jurídicamente más allá de las fronteras de la Unión Europea; |
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8. |
considera que la cohesión digital constituye una dimensión suplementaria importante del concepto tradicional de cohesión económica, social y territorial consagrado en el Tratado de la UE; |
La digitalización y las oportunidades asociadas a esta
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9. |
comparte la opinión de la Comisión, que subyace en las tres Comunicaciones del paquete digital de la UE, de que las tecnologías digitales dan lugar a cambios profundos en la vida cotidiana de la ciudadanía y, por ello, también afectan a los Estados miembros, a los entes locales y regionales y a las empresas; |
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10. |
observa la relevancia cada vez mayor de los datos y las oportunidades que ofrecen e insiste en la necesidad de proteger a los ciudadanos y las empresas de cualquier riesgo que se pueda derivar del intercambio, procesamiento y almacenamiento de datos, y comparte la opinión de que existe una carencia de herramientas técnicas que puedan utilizarse sin un coste excesivo y de normas que simplifiquen el ejercicio de los derechos individuales de protección de la privacidad; |
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11. |
acoge con satisfacción las medidas que contribuyen a que Europa asuma el liderazgo en la transición a un planeta sano y en el camino hacia un mundo digital y, con ello, pueda generar crecimiento y prosperidad sostenibles ateniéndose a los valores comunes europeos y a un marco jurídico sólido basado en ellos, en lo que respecta a la protección de datos, los derechos fundamentales, la seguridad y la ciberseguridad; |
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12. |
señala que los servicios basados en la IA, así como otras tecnologías innovadoras en el tratamiento de datos, la digitalización y la automatización de procesos, tienen un enorme potencial para ofrecer beneficios a los consumidores y los proveedores de servicios, pero plantean retos en cuanto a garantizar responsablemente la no discriminación, la transparencia y la claridad de los algoritmos, así como la responsabilidad y la protección de la privacidad, y subraya, por tanto, que la digitalización y el uso de la IA y de las restantes tecnologías digitales que surjan requieren un diseño responsable; asimismo señala que los privilegios de responsabilidad existentes para las plataformas dominantes deberían revisarse a la luz de los valores europeos, lo cual se aplica, en particular, a las plataformas cuyas políticas comerciales se regulan desde terceros países, y que para los sistemas algorítmicos sensibles a los derechos fundamentales debería ser válido el principio de localización de mercado de la UE; |
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13. |
señala, en el contexto de la crisis del coronavirus, las posibilidades que ofrece la digitalización, como el teletrabajo y la educación digital, y subraya que, en el contexto de la crisis del coronavirus y de las consiguientes restricciones de los contactos, las aplicaciones e infraestructuras digitales han sido fundamentales para mantener la administración pública en situaciones de crisis inesperadas; |
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14. |
considera que esto constituye un buen punto de partida para promover la aplicación del Pacto Verde con la ayuda de las tecnologías digitales; |
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15. |
subraya que, según los pronósticos, las emisiones de CO2 de las aplicaciones digitales podrían superar las del tráfico mundial de vehículos de aquí a 2025. Se calcula que solo el sector de la comunicación y la información representa entre el 5 y el 9 % del consumo de electricidad y más del 2 % de las emisiones mundiales. Por otra parte, las soluciones digitales pueden apoyar la transición ecológica. Los datos medioambientales, por ejemplo, permiten desarrollar soluciones para la mejora de las energías renovables, la reforestación o la prevención de residuos. Por lo que respecta a la economía circular, cabría pensar en un compromiso por parte de los minoristas de comercio electrónico para incluir criterios medioambientales en sus algoritmos de búsqueda, o en un «pasaporte digital de productos», que podría incluir información sobre los materiales y la huella climática de la cadena de suministro de un producto, de modo que los clientes puedan tomar decisiones de consumo sostenible; |
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16. |
insiste en que, incluso ante los desafíos económicos que conlleva esta crisis, no se puede desatender el impulso al cambio digital y las inversiones que lleva aparejadas; por el contrario, las importantes inversiones públicas y privadas en digitalización son la manera más eficaz de recuperar el crecimiento económico en la UE; |
Visión de la sociedad digital
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17. |
expresa su preocupación por el hecho de que el proyecto de marco financiero plurianual prevé un recorte en la financiación del programa Europa Digital. Este recorte en la financiación podría repercutir en el funcionamiento del programa; |
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18. |
acoge con satisfacción los esfuerzos de la Comisión por ofrecer a la ciudadanía, con la ayuda de las tecnologías digitales, oportunidades de desarrollo, decisiones libres y seguras y compromiso social, y por crear un marco para las empresas que haga posible el desarrollo de innovaciones, la competencia y la colaboración en condiciones justas; |
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19. |
destaca el potencial de la computación cuántica y llama la atención sobre las iniciativas europeas existentes en este ámbito, como la iniciativa emblemática sobre tecnologías cuánticas. Pide, asimismo, un apoyo continuo a los proyectos de investigación cuántica en la UE con el fin de lograr el liderazgo mundial en cuanto a la liberación del potencial de las tecnologías cuánticas; |
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20. |
toma nota de que, en el marco de la digitalización en curso, la economía de los datos desempeña un papel económico cada vez más importante y, por tanto, constituye un medio fundamental para la creación de valor añadido en el futuro; |
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21. |
respalda el establecimiento y el desarrollo específicos de una economía de los datos europea y la consecución de la independencia tecnológica, también mediante el correspondiente compromiso con la política industrial al objeto de promover empresas líderes europeas; |
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22. |
subraya la separación realizada entre datos personales y no personales, sus diferentes usos y finalidades y los diferentes marcos jurídicos, tratamientos y procedimientos asociados a ellos; |
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23. |
destaca la importancia de las ofertas de software de código abierto para diversificar la oferta y para fortalecer la independencia tecnológica de las administraciones, las empresas y la ciudadanía, y considera importante apoyar a las comunidades de código abierto en Europa en las que colaboren empresas y administraciones; |
Infraestructuras fiables y fundamentos digitales
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24. |
destaca la importancia social y económica de la quinta generación (5G) de las redes de telecomunicación móvil y pide medidas de sensibilización basadas en una evaluación transparente de las tecnologías, para explicar de manera exhaustiva a los ciudadanos los beneficios e inconvenientes de las infraestructuras digitales —incluidos estudios sobre las repercusiones en el medio ambiente y la salud—, a fin de que no se conviertan en víctimas de noticias falsas; |
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25. |
subraya la necesidad de un planteamiento global para el aumento de la seguridad y la resiliencia de las redes 5G y señala la eficacia de un enfoque común de la UE y los efectos positivos a nivel general que aporta una norma mínima de seguridad común a escala europea; |
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26. |
valora el enfoque relativo a la aplicación de la caja de herramientas, habida cuenta del objetivo de garantizar una cadena de suministro de la 5G diversa y orientada al futuro y evitar un efecto de cautividad con respecto a un único proveedor; |
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27. |
pide a los Estados miembros que recurran a la «caja de herramientas» de la UE para velar por la seguridad de las redes 5G a fin de garantizar la ciberseguridad de Europa y proteger los intereses geopolíticos europeos frente a las amenazas de vigilancia y espionaje en relación con el despliegue de redes 5G que utilizan tecnología procedente de terceros países; |
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28. |
expresa su apoyo a la tecnología de fibra óptica por considerarla una infraestructura digital y un servicio básico indispensable que debería estar a disposición de todos los ciudadanos de la Unión Europea, especialmente en las zonas rurales en las que otras tecnologías tienen problemas para llegar; |
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29. |
considera que no puede sumarse plenamente a la opinión de que la Estrategia Europea de Datos puede basarse en un ecosistema próspero; considera que, en este sentido, el apoyo en particular a las empresas emergentes parece ser de gran importancia, no solo debido a la situación actual, para la aplicación de la estrategia; |
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30. |
acoge con satisfacción el anuncio de inversiones en un proyecto de gran impacto sobre los espacios de datos europeos y las infraestructuras federadas de computación en la nube; |
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31. |
pone de relieve, en este contexto, la importancia de las «ciudades inteligentes», las «regiones inteligentes» y las empresas emergentes como motores de innovación y el apoyo a estas; |
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32. |
acoge con satisfacción los planes de llegar a acuerdos con los Estados miembros sobre la federación en la nube y la elaboración de un manual de normas de la UE para la regulación de la computación en la nube; |
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33. |
observa el peligro de que un enfoque no armonizado en cuanto al acceso a los datos y su utilización dé lugar a una fragmentación del mercado interior, lo que debe evitarse a toda costa; |
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34. |
subraya la importancia de las medidas intersectoriales para el acceso a los datos y su utilización y acoge con satisfacción, en el sentido de un modelo de enfoque ágil, la renuncia a una reglamentación muy detallada, y pide a los Estados miembros que, en consonancia con las disposiciones pertinentes del Reglamento sobre el comercio electrónico, sigan garantizando la protección del interés público, la protección de los servicios de interés general, la prevención de distorsiones de la competencia y la eficiencia de la administración pública; |
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35. |
señala no obstante, en este contexto, que los requisitos correspondientes deben ser adecuados, en particular para los entes locales y regionales, y deben diseñarse teniendo debidamente en cuenta la carga que entraña su aplicación; |
Las personas en el mundo digital
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36. |
señala que son necesarias grandes cantidades de recursos públicos para promover la digitalización, fomentar las universidades y las entidades de investigación, las empresas emergentes, y las pymes pero también las regiones, sobre todo las «regiones inteligentes», y, en particular, desarrollar capacidades digitales conjuntas de vanguardia y lograr con ello la soberanía tecnológica de Europa; |
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37. |
subraya que la normativa europea debe tener siempre en cuenta la garantía de la autonomía local y regional, consagrada en el Derecho primario en el artículo 4, apartado 2, del TUE. La obligación de que los entes locales o regionales compartan datos en virtud del Derecho derivado constituiría una injerencia en dicha garantía y, por tanto, debería descartarse; |
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38. |
considera imprescindible que se prevean capacidades adecuadas en el marco financiero plurianual de la UE e insta a que dichas capacidades se pongan a disposición a pesar de los posibles desafíos que surjan a la hora de superar las consecuencias de la crisis del coronavirus, en particular en el Programa Europa Digital; |
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39. |
aboga por acelerar también la digitalización en el ámbito de la prestación de servicios de radiodifusión a las personas, en aras del mayor pluralismo posible; |
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40. |
destaca que la seguridad de los productos y servicios digitales es un factor fundamental para generar confianza y, por consiguiente, para el éxito de su despliegue, recuerda la participación de la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad (ENISA) y apoya una cooperación reforzada con las entidades de investigación en materia de ciberseguridad de los Estados miembros, y las regiones cuando sea pertinente, y entre ellas; |
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41. |
hace hincapié en que las competencias digitales son indispensables tanto en lo que respecta a una aplicabilidad al mercado laboral, en particular en los ámbitos de competencia de los macrodatos y análisis, a fin de poder realizar el potencial de los servicios basados en la IA, como en cuanto a reforzar la resiliencia de los sistemas económicos, sociales y educativos europeos y a garantizar el éxito del acceso —cualquiera que sea la edad o el lugar de residencia del usuario— a la digitalización y la participación social; |
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42. |
destaca la importancia de la educación en el mundo digital, en particular la alfabetización digital y las competencias mediáticas, no solo para las instituciones educativas sino como requisito previo para garantizar que todas las personas puedan participar en la digitalización de forma soberana; |
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43. |
se muestra abierto a crear «espacios de datos personales» con más posibilidades de control por parte del individuo sobre quién puede acceder a los datos y utilizarlos, así como a examinar el refuerzo del derecho a la portabilidad por parte de las personas de conformidad con el artículo 20 del RGPD; |
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44. |
pide a la Comisión que no ceda en sus esfuerzos por proteger adecuadamente la privacidad y que defienda, en particular, una adopción rápida de la propuesta de Reglamento sobre la privacidad digital, con el fin de evitar inconsistencias en el marco regulador pertinente y aumentar la seguridad jurídica; |
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45. |
pide también al Consejo de la Unión Europea, en este contexto, que vele por la transparencia y la seguridad jurídica; |
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46. |
considera urgente que la futura estrategia europea para las pymes prevea medidas relativas al desarrollo de capacidades para pymes y empresas emergentes, con el objetivo de que dichas empresas puedan aprovechar plenamente las numerosas oportunidades que se presentan a partir de los modelos empresariales basados en datos; |
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47. |
apoya la creación y promoción previstas y coordinadas de centros europeos de innovación digital (European Digital Innovation Hubs), insta a un intercambio de opiniones temprano al respecto entre la Comisión Europea, los Estados miembros y, en particular, las regiones, y deja claro que son indispensables un proceso de selección con mayor transparencia y rendición de cuentas, y la igualdad de oportunidades entre las regiones europeas; |
Una comunidad digital europea de valores compartidos
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48. |
toma nota de que los datos constituyen la base de los productos, servicios y modelos empresariales digitales y, por tanto, son fundamentales para el desarrollo económico en Europa, y observa que los datos pueden mejorar la base para la toma de decisiones de los individuos, las empresas, las organizaciones, las administraciones y los responsables políticos; |
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49. |
advierte de que las decisiones basadas exclusivamente en los datos, sobre todo en relación con un tratamiento automatizado de estos, pueden no ser siempre convenientes y adecuadas y, por tanto, siempre deben ponderarse en el contexto global; |
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50. |
hace hincapié en que la sociedad digital debe ser inclusiva, justa y accesible para todos y, para ello, debe centrarse en las personas; |
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51. |
pide medidas firmes para defender las libertades civiles y la democracia en una era cada vez más digitalizada, entre otras, la reducción del riesgo de vigilancia total por medios digitales y la lucha contra las noticias falsas, las campañas de desinformación, la incitación al odio y la discriminación, en particular el racismo, en el ámbito digital, independientemente de que estos fenómenos se originen dentro o fuera de la UE; |
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52. |
señala que las tecnologías digitales y las soluciones basadas en los datos constituyen medios importantes para superar los desafíos sociales, de la política de desarrollo, climáticos y medioambientales y, por tanto, también son relevantes en relación con el cumplimiento de los objetivos del Pacto Verde y de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas; |
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53. |
acoge con satisfacción la iniciativa de dispositivos orientados a la economía circular, así como las iniciativas para lograr, a más tardar en 2030, centros de datos climáticamente neutros, de alta eficiencia energética y sostenibles; |
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54. |
señala que estos desafíos están muy vinculados entre sí y ofrecen oportunidades de liderazgo para Europa; |
Los datos como combustible digital para la economía y base para la toma de decisiones
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55. |
comparte la opinión de que la Estrategia Europea de Datos se centra en las personas y debe seguir haciéndolo; por tanto, el papel de la política digital es realizar un seguimiento continuo de sus repercusiones, sopesando los beneficios y las desventajas de su evolución y, en caso necesario, desempeñando una función de orientación; |
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56. |
comparte la opinión de que el uso de los datos en beneficio del bien público es extremadamente importante para hacer frente a situaciones de emergencia (epidemias, desastres naturales), para comprender mejor la degradación del medio ambiente y el cambio climático y adoptar medidas para contrarrestarlos, y para poder planificar mejor la lucha contra la delincuencia y la protección frente al terrorismo; |
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57. |
apoya el desarrollo de espacios comunes de datos europeos en sectores económicos estratégicos y en ámbitos de interés público y destaca que, para disponer de un enfoque ágil, debe ser posible crear más espacios de datos; |
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58. |
respalda el espacio común europeo de datos basado en las normas y valores europeos para reducir la dependencia excesiva de soluciones digitales creadas en otros lugares; |
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59. |
pide a la Comisión que siga reforzando la soberanía tecnológica de Europa en tecnologías e infraestructuras clave; |
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60. |
subraya la importancia del uso de los datos para hacer posible un diseño de políticas con conocimiento de causa y mejorar los servicios públicos, todo en el marco de las normas en materia de protección de datos, seguridad y ética; |
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61. |
comparte la opinión de que la interoperabilidad de la información (por ejemplo, por medio de normas) y la calidad de los datos tienen una importancia decisiva y, por tanto, acoge con satisfacción la elaboración de los enfoques y estructuras organizativos pertinentes; |
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62. |
destaca el informe de situación sobre indicadores económicos y medición de la economía de plataformas elaborado por el Grupo de Expertos del Observatorio de la Economía de las Plataformas en Línea (1), según el cual la falta de datos sobre muchos aspectos de la función económica y el comportamiento de las empresas de plataformas plantea un reto para los responsables políticos y los investigadores. Los expertos insisten acertadamente en la necesidad de efectuar un seguimiento de la economía de plataformas, en particular en lo que se refiere a los siguientes aspectos: la importancia económica de las plataformas; el poder de las plataformas sobre sus usuarios y las disposiciones relativas a la transparencia; |
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63. |
señala que, a la hora de establecer normas, se debe tener en cuenta la compatibilidad con el panorama informático actual de los entes locales y regionales; |
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64. |
comparte la opinión de que el número de proveedores europeos de servicios en la nube es escaso y de que existe una gran dependencia tecnológica de proveedores externos; |
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65. |
se muestra de acuerdo con la opinión de que la utilización de la nube es escasa, sobre todo en el sector público europeo, y, por lo tanto, no se aprovecha suficientemente, entre otros, su potencial de reducción de los costes informáticos; |
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66. |
subraya la importancia de invertir en tecnologías de futuro, como la inteligencia artificial, la tecnología de registros distribuidos y descentralizados (cadena de bloques) y la computación cuántica, lo que requiere, en particular, realizar esfuerzos en el ámbito de la investigación y el desarrollo; |
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67. |
señala, en este contexto, que existen déficits en la interoperabilidad de los diferentes servicios en la nube y en el desarrollo de procedimientos especializados para las autoridades públicas en la nube; |
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68. |
acoge con satisfacción la intención de diseñar el papel sistémico de determinadas plataformas en línea y el poder de mercado adquirido por estas de tal forma que no se ponga en riesgo la equidad y la apertura de los mercados; |
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69. |
considera que, en el contexto de las condiciones de trabajo de quienes trabajan en plataformas en línea, es necesaria una regulación que configure adecuadamente esta modalidad de trabajo de modo que garantice la protección social y un medio de vida adecuado y, por lo tanto, acoge con satisfacción la intención de la Comisión de publicar una iniciativa para mejorar las condiciones de trabajo de quienes trabajan en plataformas en línea, pero pide que se adelante a 2020 en lugar de 2021. En particular, durante la pandemia de coronavirus se ha demostrado que varias plataformas en línea se han beneficiado económicamente del confinamiento mientras que, al mismo tiempo, los trabajadores de plataformas siguen teniendo empleos precarios; |
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70. |
acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado entre los interlocutores sociales europeos para apoyar la transición digital (2), con el objeto de articular de manera conjunta la evolución de la digitalización y sus repercusiones en el trabajo y los trabajadores, así como en el funcionamiento de una empresa; |
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71. |
reitera que las actividades prohibidas fuera de internet no pueden permitirse tampoco en internet y, en este sentido, opina que debe aclararse el papel y las obligaciones de los operadores de plataformas en línea; |
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72. |
lamenta que en un mundo digital sin fronteras unas pocas empresas con la mayor cuota de mercado generen la mayor parte de las ganancias del valor añadido que se obtiene en la economía basada en los datos, que dichos beneficios a menudo no se graven allí donde se generan, debido a normativas desactualizadas sobre el impuesto sobre sociedades, y que, de esta forma, se distorsione la competencia; |
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73. |
en el contexto de los efectos de red existentes en la economía de las plataformas digitales, aboga por que se examine si cabe seguir desarrollando el Derecho europeo de la competencia y de qué manera; |
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74. |
señala que la digitalización crea al mismo tiempo en todas las regiones de Europa desafíos que requieren estrategias de solución totalmente heterogéneas, por lo que pide que esto se tenga en cuenta a la hora de elaborar estrategias transversales; |
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75. |
aboga por que se simplifiquen los procedimientos de acceso a la financiación europea, con el fin de llegar al mayor número posible de empresas, universidades y entidades de investigación y animarlas así a participar activamente en el diseño de la digitalización; |
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76. |
señala que esto es igualmente aplicable a las «ciudades inteligentes» y a las «regiones inteligentes»; |
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77. |
comparte la opinión de que existe una carencia de herramientas técnicas que puedan utilizarse sin un coste excesivo y de normas que simplifiquen el ejercicio de los derechos individuales de protección de la privacidad; |
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78. |
subraya la importancia de hacer frente a los efectos de «saturación», por ejemplo en el caso de los dispositivos del internet de las cosas, y de reforzar la capacitación de los consumidores; considera importante, en este sentido, poner a disposición de los usuarios herramientas y medios para que decidan por sí mismos qué ocurre con sus datos; |
Europa en el mundo
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79. |
acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión con los intereses de los ciudadanos europeos, con la igualdad de oportunidades para las empresas europeas en los mercados internacionales y con los valores europeos en el tráfico comercial y de datos a nivel internacional; |
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80. |
acoge con satisfacción que se atraiga almacenamiento y tratamiento de datos desde otros países y regiones hacia Europa, y es consciente de las diferentes fortalezas de las regiones europeas, que deberían utilizarse como diversos argumentos a favor de ello; |
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81. |
acoge con satisfacción las iniciativas adoptadas por la Comisión Europea y los Estados miembros con objeto de clarificar y armonizar la fiscalidad de las actividades empresariales digitales por parte de todos los actores, incluyendo a aquellos cuyas políticas empresariales se definen fuera de la UE; |
Valoración de las Comunicaciones pertinentes de la Comisión
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82. |
hace hincapié en que las medidas deben centrarse en los puntos fuertes de la Unión Europea; cabe mencionar, a modo de ejemplo, la industria de fabricación, que crea múltiples ámbitos de aplicación para las tecnologías digitales, entre los que se incluyen la industria 4.0, la inteligencia artificial, la robótica, la fabricación aditiva, la óptica y la detección o el internet de las cosas; |
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83. |
pide que se estudien detalladamente las repercusiones de las acciones clave propuestas para una economía justa y competitiva en relación con la Estrategia Europea de Datos, así como de la evaluación y revisión en curso de la adecuación de las normas de la UE en materia de competencia, las medidas reglamentarias y la estrategia industrial, en particular en lo relativo a la creación de un marco que permita una financiación digital apropiada, competitiva y segura y la fiscalidad de las empresas en el siglo XXI; |
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84. |
reafirma que la digitalización de las regiones requiere un enfoque estratégico coordinado y armonizado que vaya más allá de la puesta a disposición de conectividad e infraestructuras digitales; |
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85. |
pide un programa marco de cualificación extenso para abordar la escasez de expertos en datos y alfabetización en materia de datos en la UE; |
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86. |
pide que se establezcan programas de apoyo a las empresas y a las empresas emergentes —no solo debido a la situación actual—, ya que de lo contrario no es posible aplicar la estrategia de datos; |
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87. |
pide una iniciativa encaminada a reforzar la soberanía tecnológica (por ejemplo, desarrollo de procesadores y componentes de red propios), con el objetivo de poder construir y operar con seguridad las infraestructuras necesarias y hace un llamamiento para que se garantice una financiación adecuada de los proyectos europeos de investigación y desarrollo; |
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88. |
reconoce, sobre la base de los desafíos descritos y las medidas propuestas, la necesidad de seguir aumentando la resiliencia y la soberanía en el espacio digital, con el fin de poder aprovechar de un modo sostenible el potencial que ofrecen los estándares de comunicación más recientes; en este sentido, debe prestarse especial atención a la protección de las infraestructuras críticas (PIC), de manera que pueda mantenerse la capacidad del Estado para actuar y la prestación de servicios a la población de forma prolongada en una situación de crisis; |
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89. |
insta a que se examinen más medidas que puedan dar lugar a una mejora rápida de la eficiencia energética, a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, al mejor uso posible de la digitalización para la protección del medio ambiente y del clima, y a orientar de forma respetuosa con el clima el fomento de las redes de innovación y gigabits. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) https://ec.europa.eu/digital-single-market/en/news/commission-expert-group-publishes-progress-reports-online-platform-economy.
(2) https://bit.ly/2YptFYV.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/79 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Libro Blanco sobre la inteligencia artificial – Un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza
(2020/C 440/14)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
El Comité Europeo de las Regiones
OBSERVACIONES GENERALES
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1. |
toma nota de que el 19 de febrero de 2020, la Comisión Europea (en lo sucesivo, «Comisión») publicó su estrategia digital para el período 2020-2025. En su Libro Blanco sobre la inteligencia artificial (IA), la Comisión presenta su visión de las principales acciones e inversiones necesarias en materia de IA. Según la Comisión, Europa puede asumir el liderazgo mundial en este ámbito; |
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2. |
recuerda que el Libro Blanco sobre la IA va acompañado de las Comunicaciones «Configurar el futuro digital de Europa (1)» y «Una Estrategia Europea de Datos (2); |
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3. |
señala que la Comisión tiene la intención de adoptar un enfoque del desarrollo y el uso de la IA basado en el factor humano, ético y seguro, y que respete los valores a los que la UE desea asociarse; |
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4. |
recuerda que el Libro Blanco sobre la IA incluye dos elementos principales: el fomento del desarrollo y el uso de la IA, así como el marco regulador orientado a los principios éticos y la confianza; |
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5. |
acoge favorablemente el «Libro Blanco sobre la inteligencia artificial — Un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza». Reconoce la importancia de un debate sobre la IA desde la perspectiva de la elaboración de la estrategia de la Comisión en este ámbito. No obstante, el Comité Europeo de las Regiones (CDR) habría preferido que el Libro Blanco hiciera asimismo hincapié en la función de los entes regionales y locales como agentes privilegiados, productores, usuarios y promotores de la innovación en el desarrollo de la IA; |
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6. |
en este contexto, se remite a su Dictamen «Inteligencia artificial para Europa» aprobado en el pleno de los días 6 y 7 de febrero de 2019 (3); |
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7. |
señala que la IA ya forma parte de nuestras vidas y desempeñará un papel cada vez más importante en la transformación de nuestras sociedades. Presenta un gran potencial para la sociedad, las empresas y los ciudadanos europeos. La innovación en materia de IA contribuye no solo a la economía, sino también al cumplimiento de las misiones sociales y medioambientales; |
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8. |
considera que la aplicación de la IA es importante a nivel nacional, pero también, y sobre todo, a escala regional y local. En particular, los entes locales y regionales pueden contribuir a fomentar los ecosistemas de IA en sus territorios, pero también a incentivar y realizar inversiones en IA; |
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9. |
subraya que la IA es un ámbito político complejo que no está aislado, sino que afecta a bastantes otras políticas en las que interviene la Comisión; |
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10. |
observa que el Libro Blanco sobre la IA y las políticas que de él se derivan deben considerarse junto con las dos Comunicaciones que lo acompañan, tituladas respectivamente «Configurar el futuro digital de Europa» y «Una Estrategia Europea de Datos». Por otra parte, el Libro Blanco se inscribe en la perspectiva de varios ámbitos de acción de la Comisión, como la nueva Agenda de Capacidades para Europa (4) y la Recomendación relativa a un conjunto de instrumentos comunes de la Unión para la utilización de la tecnología y los datos a fin de combatir y superar la crisis de la COVID-19, en particular por lo que respecta a las aplicaciones móviles y a la utilización de datos de movilidad anonimizados (5); |
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11. |
destaca que las recomendaciones del CDR deben considerarse, en la medida de lo posible, en relación con estos documentos relativos a la elaboración de las políticas europeas; |
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12. |
se congratula del enfoque de la Comisión, que consiste, en esencia, en desarrollar una IA centrada en el ser humano y su ambición de liderar el establecimiento de normas éticas. En este sentido, la Comisión subraya con acierto que las ventajas de la IA dependerán de la confianza que depositen en ella los ciudadanos; |
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13. |
insiste, no obstante, en que el debate sobre las futuras políticas destinadas a reforzar la confianza en la IA debería abordar también aspectos como la propiedad de los datos, los algoritmos, las plataformas y la protección de los valores públicos en dichas plataformas, así como la cuestión de saber quién se beneficia, en última instancia, de las aplicaciones de IA y quién paga el precio (y si es socialmente aceptable); |
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14. |
subraya que debido al gran número de ámbitos de acción diferentes concernidos por la IA, estos corren el riesgo de que se diluya la coherencia entre ellos y de que evolucionen al margen; |
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15. |
sugiere a la Comisión que defina una hoja de ruta y un enfoque que favorezcan la coherencia entre los diferentes ámbitos de acción; |
Aprovechar la oportunidad
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16. |
hace hincapié en que la política europea debería apostar decididamente por el fortalecimiento de las redes locales y regionales multidisciplinares que reúnen a ciudadanos, administraciones, instituciones del conocimiento y empresas, así como por la inversión en (la organización y la estimulación de) estas redes. El CDR considera que los centros de innovación propuestos por la Comisión deben desempeñar un papel fundamental en este sentido; |
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17. |
destaca que la IA puede contribuir a responder a los desafíos de la sociedad en ámbitos como la salud (el ejemplo reciente más notable es la lucha contra la pandemia de la COVID-19), la seguridad, el clima, la movilidad y el transporte, las ayudas sociales, la industria de tecnología avanzada, el comercio al por menor, la agricultura, el turismo y los servicios públicos; |
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18. |
llama la atención sobre el hecho de que la IA puede crear nuevos empleos y suscitar un nuevo emprendimiento. La Comisión reconoce acertadamente como requisito previo importante que los ciudadanos puedan confiar en esta tecnología. Un marco estratégico de la UE basado en valores fundamentales debería contribuir a suscitar esta confianza e incitar a las empresas a desarrollar soluciones de IA; |
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19. |
está de acuerdo en la importancia de que se establezcan unas condiciones justas de competencia en el mercado europeo. En este contexto, se debería prestar especial atención al acceso de las pequeñas y medianas empresas (pymes) y las empresas emergentes a la IA. Estas últimas constituyen un motor esencial de las economías locales y regionales. Los centros europeos de innovación digital, así como las políticas y los marcos reguladores futuros están llamados a desempeñar un papel decisivo a la hora de promover la igualdad de oportunidades en el acceso a la IA, y especialmente de apoyar a las microempresas y pequeñas y medianas empresas en dicho acceso; |
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20. |
constata que la Comisión quiere sacar provecho de los puntos fuertes existentes en los mercados industriales y profesionales (actuales) (6). Desea subrayar que esta estrategia no debe llevarse a cabo en detrimento de la productividad, la capacidad de innovación y el ADN de los ecosistemas locales y regionales; |
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21. |
destaca que, dentro de estos ecosistemas, los entes locales y regionales hacen todo lo posible para afrontar un amplio abanico de retos sociales. Pueden desempeñar un papel determinante si se quieren acelerar, en este contexto, las innovaciones que tienen un impacto real; |
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22. |
subraya que los entes locales y regionales son quienes están mejor situados para contribuir a crear un entorno que favorezca el aumento de la inversión en la IA durante los próximos años y extender la confianza en la inteligencia artificial a los diferentes eslabones de las cadenas de valor. En efecto, dada su cercanía, los entes locales y regionales pueden fomentar la creación de redes multidisciplinares locales; |
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23. |
considera que será necesario un apoyo sustancial de la UE para estimular la inversión pública y privada, y habrá que prever recursos del programa Europa Digital, el programa Horizonte Europa y los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para responder a las necesidades de los ecosistemas locales; |
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24. |
estima que las subvenciones deberían concentrarse en aplicaciones de IA específicas que se presten a una implantación a mayor escala. Con el fin de aprovechar al máximo las posibilidades que ofrece la IA, sería conveniente promover los proyectos de pequeña envergadura y limitar su carga financiera, de modo que resulte más atractivo para los entes locales y regionales participar en proyectos financiados por la UE; |
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25. |
respalda el enfoque de desarrollo de la IA en los centros de innovación digital. En este contexto, las subvenciones destinadas a estos centros deberían dar prioridad al fomento de los ecosistemas locales y regionales; |
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26. |
se congratula de la intención de la Comisión de favorecer el desarrollo de productos basados en la IA en el sector público (7); |
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27. |
considera, no obstante, que este compromiso de la Comisión en favor del desarrollo de la IA en el sector público no se debe limitar a las tecnologías de IA que ya han demostrado su éxito en sectores predefinidos. En efecto, los entes locales y regionales pueden desempeñar un papel importante en la aceleración de (nuevas) tecnologías de IA, en calidad de «launching customer» (clientes precursores); |
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28. |
pide a la Comisión que haga un llamamiento a todas las autoridades públicas, incluidos los entes locales y regionales, para que lleven a cabo evaluaciones rigurosas del impacto de los sistemas de IA del sector público en los derechos fundamentales. Las autoridades no deberían recurrir a tecnologías de vigilancia de la IA, especialmente en tiempos de urgencia, antes de que se den a conocer los resultados de las evaluaciones de impacto y se adopten las soluciones necesarias; |
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29. |
aboga por la elaboración de un marco de adjudicación de contratos públicos y un arsenal jurídico, como condiciones estándar para la adjudicación de contratos públicos, que ofrezcan a los entes locales y regionales un margen de maniobra y les permitan aprovechar al máximo sus posibilidades; |
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30. |
subraya que el valor de los datos reside en su reutilización, en particular en las aplicaciones de IA. El intercambio intersectorial de los datos favorece la innovación en el ámbito de la IA. El CDR pide encarecidamente a la Comisión que utilice el Reglamento general de protección de datos (2016/679) y evalúe la pertinencia de instaurar un marco regulador más específico para la IA para el intercambio y la reutilización fácil y fiable de los datos entre las empresas y las administraciones públicas (B2G), sobre todo cuando está en juego el interés público, como en el caso de la pandemia de la COVID-19. Esto también ha puesto de manifiesto la importancia del uso de datos empresariales por parte de los organismos del sector público. Este potencial debería aprovecharse, ya que permite reducir la carga administrativa para las empresas y, en muchos casos —por ejemplo, en el contexto de la economía de plataformas—, es la única forma de que las autoridades públicas cumplan sus obligaciones legales; |
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31. |
considera que es necesario invertir, a nivel europeo, en una infraestructura básica y una arquitectura de datos comunes y seguros, así como en normas de calidad en relación con la seguridad, las series de datos y las estadísticas. Este tipo de enfoque permitirá reducir el umbral de acceso a las aplicaciones de IA y aumentar la confianza digital, fomentando el desarrollo y la utilización de la IA; |
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32. |
cree firmemente que las aplicaciones de IA desarrolladas con ayuda de fondos públicos deberían restituirse, en la medida de lo posible, a la sociedad. En principio, estas aplicaciones de IA deberían elaborarse, por ejemplo, en modalidad de «fuente abierta», aun reconociendo también que es necesaria la financiación relativa a dicho desarrollo; |
Legislación y política: un enfoque basado en el aprendizaje
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33. |
observa con interés los progresos realizados para elaborar una definición de la IA, tal y como queda reflejado en la definición actualizada (8) facilitada por el grupo de expertos de alto nivel sobre la IA, instaurado por la Comisión Europea. Considera que esa definición refleja mejor las capacidades técnicas de la IA. No obstante, la elaboración de una definición de la IA debe constituir un proceso continuo. Debe reflejar el contexto en el que se inscribe la IA y seguir el ritmo de la evolución de la sociedad en este ámbito, sin perder de vista el vínculo entre el ecosistema de excelencia presentado por la Comisión y el ecosistema de confianza; |
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34. |
estima que el sistema de IA consiste en una combinación de elementos técnicos que vinculan datos, algoritmos y potencia de cálculo con las prácticas sociales, la sociedad, la identidad y la cultura. La definición de este conjunto sociotécnico dinámico deberá, por tanto, actualizarse periódicamente para reflejar de manera adecuada el impacto social cada vez mayor de la IA, al tiempo que se identifican con rapidez los retos y oportunidades asociados a la IA; |
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35. |
observa que la protección de los derechos fundamentales y de los consumidores, así como la transparencia en el uso de estos componentes técnicos y las normas sobre la responsabilidad y la seguridad de los productos son, según la Comisión, los elementos más importantes del ecosistema de confianza. Estos constituyen la base de un futuro marco regulador de la Unión Europea para la IA; |
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36. |
señala que el aprendizaje automático en el sector de la IA se basa en la programación humana, lo que podría conllevar sesgos a gran escala. Pide, por tanto, a la UE que implante mecanismos para garantizar la igualdad de género, raza y visión del mundo, así como la inclusividad en el desarrollo y las aplicaciones de la tecnología de IA; |
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37. |
llama la atención sobre el hecho de que el Derecho penal ofrece una posibilidad importante de normalización para luchar contra las violaciones graves de los derechos fundamentales de las personas y la vigilancia ilegal y clandestina de los ciudadanos mediante aplicaciones de IA; |
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38. |
el CDR coincide con la Comisión en que las aplicaciones de IA ya están reguladas por un marco legislativo y ético de la UE, amplio y de gran calidad. La legislación sobre la seguridad y la responsabilidad de los productos, los derechos de los consumidores, los derechos fundamentales, la legislación contra la discriminación y el derecho a la protección de los datos de carácter personal son importantes ejemplos de ello; |
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39. |
insiste en que es preciso reconocer que el marco legislativo en vigor no está específicamente adaptado a las aplicaciones de IA, lo que significa que en la actualidad existe un vacío normativo. Han de examinarse con atención los ámbitos en los que es necesaria una normativa complementaria para reforzar la confianza de los ciudadanos en la IA. La introducción de salvaguardias para garantizar que la IA esté libre de prejuicios y no reproduzca la discriminación por razones de género, origen étnico, edad, discapacidad u orientación sexual, es un elemento fundamental de cualquier marco normativo futuro que se aplique a la IA; |
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40. |
señala, asimismo, la necesidad de que ninguna de las lenguas oficiales de la UE se vea discriminada o debilitada por el uso de la IA, y de que estén disponibles conjuntos de datos y parámetros lingüísticos en todas las lenguas de la UE; |
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41. |
insiste, además, en la importancia de una codificación sensible al género y aboga por la participación equitativa de todos los géneros en las actividades de concepción, puesta en práctica y evaluación, así como en el debate sobre las cuestiones éticas y las normas de las tecnologías relacionadas con la IA. Resulta esencial impulsar la participación de niñas y mujeres en los ámbitos de la ciencia, la tecnología, la ingeniería, las artes y las matemáticas (CTIAM) en aras de su plena inclusión en los procesos relacionados con la IA, en particular, y en la economía digital, en general; |
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42. |
subraya que este marco regulador debería garantizar un número suficiente de elementos clave citados anteriormente, y proporcionar, al mismo tiempo, el espacio y la flexibilidad necesarios para la innovación. Para ello, es necesario ser conscientes de los retos que supone explicar los sistemas de IA y conseguir su funcionamiento, así como sus resultados y su impacto social; |
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43. |
toma nota de que la IA no es una tecnología aislada: sin duda está vinculada a otras ciencias y tecnologías, como la ciencia del comportamiento, la informática cuántica, la internet de las cosas, el despliegue de las redes 5G y 6G, los modelos económicos y las plataformas digitales; |
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44. |
considera necesario tener en cuenta que la IA es una tecnología en desarrollo que no ha alcanzado aún su plena madurez y todavía no está perfectamente integrada en la sociedad; |
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45. |
destaca que los representantes políticos, los responsables de la toma de decisiones y la sociedad se enfrentan a un reto fundamental: ¿cómo garantizar que la balanza entre los efectos y los impactos deseados y no deseados se inclina hacia el lado adecuado? ¿Y cómo conseguir que haya margen suficiente para poder aprovechar las posibilidades que ofrece la IA e incrementar la confianza depositada por los ciudadanos en ella? Con el avance de las aplicaciones de IA, en especial los algoritmos predictivos, en muchos organismos públicos y gubernamentales (órganos judiciales, fuerzas o cuerpos de seguridad, fuerzas armadas, etc.), es necesario adoptar de manera urgente un marco regulador que prevea un control estricto de lo que es necesario y proporcionado, que ofrezca salvaguardias y vías de recurso adecuadas y que defina claramente las responsabilidades y la rendición de cuentas, así como una supervisión pública apropiada; |
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46. |
destaca que los entes regionales y locales deberían desempeñar un papel importante en la elaboración de la legislación y las políticas en materia de IA. Están más cerca de los ciudadanos y, por consiguiente, disponen de información más útil que los gobiernos nacionales. Por este motivo, los entes regionales y locales deberían participar más estrechamente en la elaboración de las políticas y la promulgación de la legislación derivadas del Libro Blanco; |
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47. |
comparte el punto de vista de la Comisión según el cual el marco regulador debe prever un margen para su eventual desarrollo en el futuro habida cuenta de la rapidez con la que evoluciona la IA. ello requiere no solo una legislación y un proceso legislativo de adaptación, sino también una actitud crítica por parte de la Comisión en cuanto al funcionamiento de su propio sistema, así como una innovación social dentro de dicho sistema; |
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48. |
insiste, en este contexto, en que los entes regionales y locales deberían disponer de un margen de maniobra suficiente para llevar a cabo experimentos [incluida la «policy prototyping» (creación de prototipos de políticas] y aprender a diseñar de la manera más eficaz y eficiente posible las políticas encaminadas a responder a estos retos fundamentales; |
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49. |
insta a la Comisión a que elabore un marco de actuación sobre el procedimiento de seguimiento del desarrollo de la futura política utilizando en la mayor medida posible las normas vigentes, pero sin dejar de impulsar un marco regulador de la Unión Europea en materia de IA. Este marco de actuación debería coordinar también los esfuerzos a escala regional, nacional y europea y garantizar la cooperación entre los sectores público y privado. A este respecto, la creación de una agencia de la UE para la inteligencia artificial contribuiría a la supervisión y coordinación eficaces de las cuestiones relacionadas con la IA entre todos los niveles de gobierno, desde el europeo al local; |
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50. |
suscribe el enfoque de la Comisión de regular adicionalmente la IA de alto riesgo; |
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51. |
considera que los principales criterios que permiten determinar si la IA es de alto riesgo son, por una parte, la medida en que el ser humano puede influir en la toma de decisiones y, por otra, la incidencia de estas decisiones en los derechos y las actuaciones efectivas de los ciudadanos; |
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52. |
pide que cualquier legislación o política futura aborde en concreto la transparencia y la comprensibilidad de los algoritmos y la rendición de cuentas (9), la equidad y la responsabilidad de quien recurre a la IA, en particular en caso de incidencia o de influencia en los derechos o las actuaciones efectivas de los ciudadanos; |
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53. |
señala que los ciudadanos tienen derecho a saber, en un lenguaje claro y sencillo, basándose en qué datos y algoritmos se ven afectados sus derechos o sus actuaciones efectivas para poder defenderse de manera equitativa y, en caso necesario, acogerse a una protección jurídica eficaz; Además, debería ser posible introducir en el procedimiento de toma de decisiones la posibilidad de hacer examinar la cuestión por una persona. Cuando proceda, se deberá hacer hincapié en el papel que desempeñan las autoridades; |
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54. |
considera que la utilización de las tecnologías de IA también es muy pertinente en lo que se refiere a las condiciones de trabajo y el bienestar de los trabajadores. A este respecto, hace suyo el llamamiento de los interlocutores sociales europeos a favor de la minimización y la transparencia de los datos, junto con normas claras sobre el tratamiento de los datos personales para limitar el riesgo de vigilancia intrusiva y de uso indebido de los datos personales (10), a fin de garantizar el respeto de la dignidad humana. En este contexto, el Comité conviene en que es importante permitir a los representantes de los trabajadores abordar las cuestiones relacionadas con los datos, el consentimiento, la protección y la vigilancia de la vida privada, vinculando la recopilación de datos a un fin concreto y transparente, y garantizando la transparencia cuando los sistemas de IA se utilizan en procedimientos de recursos humanos; |
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55. |
está de acuerdo con las exigencias previstas por la Comisión en materia de datos de entrenamiento. La conservación de los registros permite comprobar el respeto de las normas. No obstante, el CDR considera que deberían limitarse todo lo posible las cargas administrativas que acarrea; |
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56. |
comparte el punto de vista de la Comisión según el cual una IA fiable, ética y antropocéntrica solo puede alcanzarse garantizando una participación adecuada de las personas cuando se trata de aplicaciones de riesgo elevado; |
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57. |
insiste en que la legislación futura y el control de la conformidad deberían aplicarse durante todo el ciclo de vida de la aplicación de IA; |
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58. |
al igual que la Comisión, considera que la supervisión humana contribuye a preservar la autonomía humana, pero pide a la Comisión Europea que evalúe los riesgos éticos, en particular, los relacionados con los sesgos en el uso de la IA y que proponga soluciones claras; |
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59. |
pide que la regulación de la IA tenga en cuenta el impacto medioambiental a corto y largo plazo del uso de estas tecnologías a lo largo de su ciclo de vida y de toda la cadena de suministro; |
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60. |
toma nota del proyecto de informe de la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo (11). Destaca, en particular, la consideración según la cual cada Estado miembro debe establecer una autoridad nacional de control responsable de garantizar, evaluar y supervisar el cumplimiento, así como de posibilitar el debate y el intercambio de puntos de vista en estrecha cooperación con las partes interesadas y la sociedad civil; |
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61. |
aprueba el enfoque de la Comisión, que considera que sería necesario realizar una evaluación de la conformidad objetiva y previa para comprobar y garantizar el cumplimiento de los requisitos obligatorios para las aplicaciones de riesgo elevado; |
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62. |
coincide con la Comisión en que el uso de sistemas de IA para la identificación biométrica remota tiene repercusiones en los derechos fundamentales que pueden variar considerablemente en función del objetivo, su contexto y el alcance de su uso; |
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63. |
pide que se elabore un marco de calidad vinculante y fácil de comprender para canalizar las aplicaciones de IA intrusivas. Dicho marco debería centrarse sobre todo en las normas y las prácticas que impiden la discriminación y la estigmatización ilícitas de determinadas personas y grupos de población. El CDR suscribe la intención de la Comisión de entablar un amplio debate a este respecto; |
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64. |
considera que, junto con la legislación, la ética desempeña un papel importante en el diseño de la IA («la ética desde la fase de diseño»). Hay que ser conscientes de que la ética no está vinculada a una herramienta técnica específica (por ejemplo la IA), sino que depende del contexto social y reglamentario en el que se recurra a la herramienta técnica; |
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65. |
considera que un enfoque que vaya más allá de la mera promulgación de una legislación relativa a la IA de alto riesgo resultará beneficioso para cualquier política futura en favor del ecosistema de confianza. La política futura necesita un enfoque sociotécnico continuo y sistemático, que consiste en examinar la tecnología desde todos los puntos de vista y a través de diferentes prismas. En lo que respecta a la formulación de las políticas y la normativa, se requiere un enfoque multidisciplinar en el que los responsables políticos, el sector universitario de diferentes ámbitos, los interlocutores sociales, las empresas y los entes locales y regionales cooperen y supervisen en todo momento la evolución de la situación y difundan los resultados al respecto con la misma transparencia; |
Desarrollo del saber
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66. |
observa que, para favorecer la transición hacia una sociedad en la que la IA revista una gran importancia, se debe extender a las futuras propuestas para la instauración de la nueva Agenda de Capacidades y del Plan de Acción de Educación Digital a toda la cadena de aprendizaje, desde la enseñanza primaria hasta la universitaria, pasando por la enseñanza secundaria y la formación profesional secundaria y superior, así como el aprendizaje permanente. Los planes educativos digitales deberían promover la ciudadanía activa, agudizar el pensamiento crítico y capacitar a las personas desde una edad temprana para una creciente interacción con la IA; |
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67. |
pide que las medidas educativas y de formación se centren también en el refuerzo de las cibercapacidades de los ciudadanos y los profesionales, tanto en el sistema de enseñanza como en el de aprendizaje permanente. La revolución digital debería dar lugar a un aumento significativo del número de personas que ejercen profesiones relacionadas con el ámbito digital. Por otra parte, el aprendizaje permanente tecnológico en materia de IA es esencial no solo para las profesiones técnicas basadas en estudios CTI(A)M, sino para todos los trabajadores (incluido el personal de las administraciones públicas) que necesitarán conocimientos en IA para muchos otros ámbitos de actividad. Por consiguiente, la formación deberá centrarse no solo en las necesidades actuales del mercado laboral relacionadas con la IA, sino también en una alfabetización tecnológica de todos los trabajadores que permita la adaptación a un enfoque a largo plazo de las necesidades de formación en materia de IA; |
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68. |
subraya que la formación de los responsables de la toma de decisiones y las autoridades políticas no solo en la utilización de la IA, sino también en las disposiciones y normas éticas, es fundamental y contribuirá a establecer un proceso decisorio democrático de calidad. El CDR recomienda formaciones que consistan en desarrollar firmemente el nivel de conocimientos para alcanzar dos objetivos: 1) permitir que el beneficiario adquiera la capacidad de comunicarse en el mercado en igualdad de condiciones, y 2) ponerle en situación de gestionar el impacto de la IA en la sociedad y el proceso democrático; |
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69. |
subraya que, a fin de garantizar que la IA refleje nuestros valores y derechos fundamentales y que se evite la programación con sesgo de género, resulta esencial diversificar el sector de la tecnología y animar a los estudiantes, en particular, las niñas, a inscribirse en cursos de CTI(A)M; |
Gobernanza multinivel y asociación público privada
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70. |
coincide en la necesidad de adoptar un enfoque europeo común en materia de IA a fin de alcanzar una envergadura suficiente y evitar la fragmentación del mercado único; |
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71. |
destaca, no obstante, que un enfoque europeo de la gobernanza debe basarse en una sociedad abierta, inclusiva y descentralizada, en la que todos los ciudadanos puedan participar, ser creativos y desarrollar su espíritu empresarial; |
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72. |
afirma que la cuestión principal que se plantea es saber cómo pueden participar eficazmente el sector político, los ciudadanos y las pymes en el desarrollo de las aplicaciones de IA y de las normas éticas y la normativa al respecto, y cómo puede influir la comprensión de los ingresos previstos de los ecosistemas en el (re)ajuste de las políticas y la normativa; |
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73. |
destaca el importante papel que desempeñan las redes descentralizadas de ciudadanos y de economías locales en la participación del sector político, los ciudadanos y las empresas en el desarrollo de las aplicaciones de IA, así como de las normas éticas y la reglamentación al respecto. En efecto, la fuerza de las comunidades y las redes sociales reside en una cooperación local y regional abierta, interconectada y específica que favorezca la innovación y el desarrollo de nuevas economías; |
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74. |
considera que el futuro marco de acción europeo debe coordinar los esfuerzos a nivel regional, nacional y europeo, fomentar el intercambio de conocimientos y garantizar la cooperación entre los sectores público y privado. Ello requiere el establecimiento de una gobernanza multinivel que conecte las redes locales, regionales, nacionales y europeas entre ellas. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) COM(2020)67.
(2) COM(2020)66.
(3) SEDEC VI/046.
(4) COM(2016)381.
(5) Recomendación (UE) 2020/518.
(6) Capítulo 2 del Libro Blanco sobre la inteligencia artificial.
(7) Capítulo 4, letra F.
(8) https://ec.europa.eu/newsroom/dae/document.cfm?doc_id=56341.
(9) Wieringa, M., What to account for when accounting for algorithms, Universidad de Utrecht, 20 de enero de 2020.
(10) «European Social Partners Autonomous Framework Agreement on Digitalisation (https://www.etuc.org/system/files/document/file2020-06/Final%2022%2006%2020_Agreement%20on%20Digitalisation%202020.pdf).
(11) Proyecto de informe, de 21 de abril de 2020, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre un marco de los aspectos éticos de la inteligencia artificial, la robótica y las tecnologías conexas [2020/2012 (INL)], ponente: Ibán García del Blanco.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/87 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones - Cuadro de indicadores de la innovación regional y su impacto en las políticas regionales de base local
(2020/C 440/15)
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IRECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
La importancia de disponer de indicadores fiables en la política de innovación
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1. |
considera que las regiones deben adaptar sus políticas específicas para cada lugar, ya que no existe un marco de política de innovación regional de «talla única». Cada región se caracteriza por diferentes capacidades institucionales en diversos contextos políticos, económicos y sociales, lo que permite, o limita, el diseño y la implementación de estas políticas; |
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2. |
señala que, de acuerdo con el artículo 181 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Comisión podrá «promover la coordinación […] de iniciativas tendentes a establecer orientaciones e indicadores, organizar el intercambio de mejores prácticas y preparar los elementos necesarios para el control y la evaluación periódicos»; |
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3. |
recuerda que el cuadro de indicadores de innovación regional (en adelante por su acrónimo en inglés, RIS — Regional Innovation Scoreboard) proporciona un desglose más detallado de los grupos de rendimiento con datos contextuales que pueden usarse para analizar y comparar las diferencias estructurales económicas, comerciales, así como las sociodemográficas, entre las regiones; |
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4. |
señala que el RIS proporciona una evaluación de las áreas donde las regiones funcionan bien y aquellas que necesitan enfocar sus esfuerzos para aumentar el rendimiento de la innovación. Los datos deberían ayudar a las regiones a evaluar las fortalezas y debilidades relativas de los sistemas regionales de investigación e innovación; |
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5. |
destaca que el RIS de 2019 pone de relieve una sólida convergencia de los resultados regionales, puesto que las diferencias entre las regiones se van reduciendo paulatinamente, y recuerda su importancia en la elaboración de estrategias, puesto que el desarrollo de medidas específicas para cada lugar se basa, entre otras decisiones, en conjuntos de datos; |
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6. |
recalca que el próximo marco financiero plurianual 2021-2027 y, principalmente, la propuesta de Reglamento marco del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEDER) propuesto por la Comisión Europea, establece como uno de sus objetivos políticos promover una transformación económica innovadora e inteligente desarrollando capacidades para la especialización inteligente, la transición industrial y el emprendimiento (1); |
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7. |
señala que el enfoque estratégico de la Unión Europea (UE) se ha desplazado hacia el desarrollo de políticas específicas desarrolladas en cada lugar y estrategias de especialización inteligente (S3) para apoyar la innovación regional; |
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8. |
recuerda que las Estrategias Inteligentes (S3) han catalizado el desarrollo de verdaderos ecosistemas de innovación regional. Los ecosistemas regionales de innovación generan impactos significativos para la economía y la competitividad regional, así como una excelente innovación cerca de los ciudadanos en función de sus necesidades locales (2); |
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9. |
recuerda que la política regional establece la obligación de llevar a cabo evaluaciones de eficacia, eficiencia e impacto de la ayuda de los fondos del Marco Estratégico Común, con el objetivo de mejorar la calidad en la ejecución y el diseño de los programas, y determinar los efectos de los mismos, en relación con las metas de la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador; |
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10. |
recuerda que el Grupo de Trabajo del Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI) ha señalado que debe haber mecanismos de seguimiento establecidos desde el principio para evaluar el progreso e identificar brechas, impactos y éxitos, a fin de orientar el Espacio Europeo de Investigación (EEI) y permitir que se adapte a las demandas y necesidades cambiantes que debieran incluir mecanismos de seguimiento adecuados e indicadores clave de rendimiento (KPI, por sus siglas en inglés) cuantificables (3); propone que los mecanismos de seguimiento se establezcan también a escala local y regional, a fin de recabar datos realistas sobre el nivel de innovación de determinadas regiones, así como las posibilidades y desafíos en este ámbito; |
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11. |
recuerda que tanto las recomendaciones del Grupo de Alto Nivel de Innovadores (informe FAST de 2018 (4)), de naturaleza independiente, como el informe «LAB — FAB — APP — Investing in the European future we want (5)» advierten que en la etapa de diseño del programa de I+i de la UE posterior a 2020 se necesitará un sistema de seguimiento y evaluación del programa integral y centralizado, así como estimular una fuerte colaboración e intercambio de información con las agencias de innovación nacionales y regionales; |
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12. |
recuerda que el informe «Mission-oriented research & innovation in the European Union» (6) señala que para la medición y el impacto por objetivos e hitos será necesario establecer indicadores y marcos de seguimiento apropiados para medir el progreso, que deben ser dinámicos, reconociendo que el análisis estático de costo-beneficio y los cálculos del valor presente neto probablemente detendrían cualquier misión audaz desde el principio; |
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13. |
sugiere que se necesita un trabajo preparatorio de expertos para una nueva iniciativa política sobre un concepto más amplio de especialización inteligente que apunte a un acuerdo a nivel de la UE sobre los principios rectores, por ejemplo, en forma de Carta para la Especialización Inteligente 2.0 que sea complementaria a las herramientas existentes utilizadas para la planificación e implementación del desarrollo económico local y regional; |
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14. |
recuerda el Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Horizonte Europa: Noveno Programa Marco de Investigación e Innovación (7), en el que se «pide con insistencia que los entes locales y regionales participen plenamente en el ejercicio de planificación estratégica que guiará la aplicación del programa Horizonte Europa, y que se tengan en cuenta en este marco las estrategias de especialización inteligente»; |
Aspectos metodológicos del cuadro de indicadores de innovación regional (RIS)
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15. |
señala que el Informe SRIP de 2018 destaca la importancia de combinar varios tipos de activos propensos a la innovación para estimular la creación y adopción de innovaciones, desde la I+D hasta la inversión en tecnologías de la información y de las comunicaciones (TIC), el desarrollo de habilidades o los cambios de habilidades de gestión y organizacionales. En este sentido se deberían tener más en cuenta las condiciones marco, inversiones, actividades y efectos de la innovación no basados en la I+D ni en la tecnología. Un «enfoque de silos», centrado únicamente en, por ejemplo, el desempeño de I+D o TIC de forma aislada, puede no proporcionar una buena base para comprender la complejidad del proceso de innovación (8); |
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16. |
sugiere realizar un análisis exhaustivo para analizar si los indicadores actuales del RIS son adecuados para medir la innovación o, en su caso, es preciso incorporar nuevos indicadores y desechar otros. La integración de nuevos indicadores adaptados a la especialización inteligente que permitan analizar el avance de las RIS3 además de ser una cuestión necesaria, podría ser un recurso muy útil para impulsar la cooperación interregional. La elección de indicadores deberá estar, a ser posible, teóricamente bien fundamentada; |
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17. |
señala la necesidad de introducir indicadores eficaces a la hora de medir y evaluar el impacto de género en la innovación regional en línea con la reivindicación del propio Comité de las Regiones de utilizar indicadores desagregados por sexo en todas las políticas públicas comunitarias. Para alcanzar este fin, es necesario que los indicadores propuestos pasen a formar parte de las operaciones estadísticas habituales con carácter general, tanto en ámbito nacional como europeo, y de manera coordinada de tal forma que se puedan desplegar las políticas adecuadas teniendo en cuenta los valores regionales de forma comparada para fomentar la convergencia en el marco de la Unión; |
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18. |
hace hincapié en que la digitalización es fundamental para la innovación y, en particular, para acelerar la recuperación económica posterior a la COVID-19 a fin de lograr un crecimiento sostenible. Esto reviste especial importancia para el desarrollo ulterior de los indicadores del RIS; |
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19. |
señala que en caso de que no haya datos disponibles en algunas regiones se debería articular, en la medida de lo posible, un instrumento de recogida de información ya sea mediante encuestas o bien por medio de registros administrativos, o bien recabando la información directamente de agencias estadísticas o administrativas regionales cuando estas existan. Esta necesidad puede ser una oportunidad para la integración de nuevos indicadores relacionados con la especialización inteligente y las prioridades europeas (Pacto Verde, Digitalización, Transición industrial, etc.) que requieren de una definición y registro específico; |
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20. |
recomienda evitar escoger indicadores altamente correlacionados que, implícitamente, estén midiendo lo mismo. La máxima convergencia entre los indicadores tanto por Estado miembro como por región es también muy recomendable; |
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21. |
recomienda proporcionar medidas de variabilidad de los indicadores y del índice final, cuando sea posible. Por ejemplo, el coeficiente de variación para todos los indicadores sería una buena medida para evaluar la precisión de los indicadores en las distintas regiones. Una medida tipo intervalo de confianza para el índice final permitiría evaluar también si los cambios producidos son o no reales; |
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22. |
recomienda analizar si la ponderación de los distintos indicadores en la elaboración del índice final debe ser la misma o no. Existen diversos procedimientos de selección de dicha ponderación (procedimientos ya sean estadísticos o no) que podrían considerarse. Como la elección de las ponderaciones tiene un impacto muy fuerte en el índice y en el ranking final, es importante fundamentarlo bien y ser muy transparente. La realización de un análisis de sensibilidad e incertidumbre para evaluar diversas propuestas de ponderación sería conveniente; |
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23. |
recomienda analizar las causas de la falta de datos regionales para evitar sesgos. Si la pérdida de datos no es completamente aleatoria, se producirán sesgos en las estimaciones. Se recomienda articular procedimientos de recogida de datos que eviten estas situaciones y que por tanto equilibren en lo posible el porcentaje de datos disponibles en las regiones analizadas; |
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24. |
teniendo en cuenta la heterogeneidad de la realidad regional en los diferentes Estados miembros, recomienda un análisis exhaustivo para el RIS 2021 de la «técnica de regionalización de la encuesta de la comunidad sobre la innovación» (CIS, por sus siglas en inglés) según la cual se asume que las intensidades de la industria a escala de cada país también se mantienen a nivel regional. En concreto, recomienda evitar la utilización de un factor corrector en el cálculo del indicador compuesto final RIS, el cual asume un rendimiento homogéneo entre las diferentes regiones de un mismo país y por tanto perjudica a las regiones más innovadoras situadas en países de innovación moderada; |
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25. |
recomienda dotar de mayor accesibilidad y transparencia a las fuentes utilizadas. Los ficheros de datos utilizados para el cálculo de todos los indicadores (y por tanto del índice final) deberían estar disponibles, así como el código o herramienta para su cálculo, para que los investigadores puedan reproducir los resultados obtenidos y a su vez contribuir a mejorar el RIS con sus aportaciones. Sería importante saber de qué encuestas específicas se obtienen los «regional Community Innovation Survey (CIS) data» o si son encuestas específicamente diseñadas para el elaborar el RIS, en aras de conseguir una mayor transparencia. Asimismo, cuando se utilizan «estadísticas regionales» deberían indicarse las fuentes; |
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26. |
recomienda que, además de las fuentes de datos del RIS que ya han demostrado su eficacia, se ensayen también nuevas fuentes de datos no tradicionales para medir las innovaciones regionales y se compruebe su utilidad. Por ejemplo, la OCDE ya ha empleado en sus estudios datos generados mediante enfoques de inteligencia artificial a partir de los sitios web de las empresas; |
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27. |
recomienda que el RIS publique todos los datos en bruto sin transformar, es decir, sin normalización a EU = 100, sin transformaciones de unidades y sin eliminación del sesgo, junto con los índices compuestos; |
Impacto en el desarrollo de políticas de innovación regionales
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28. |
propone realizar un esfuerzo de colaboración con el Centro Común de Investigación, la DG Investigación e Innovación y la DG Educación, Juventud, Deporte y Cultura para hacer un mayor uso de los indicadores del RIS en la evaluación y el aprendizaje comparativos de las políticas de innovación regional, destacando especialmente los aspectos humano y creativo de la innovación, así como su dimensión social; |
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29. |
señala que el RIS es un instrumento esencial para comparar la evolución de los resultados en el rendimiento de las políticas de innovación regionales, aun cuando no indica cuáles son las razones de los cambios que se van produciendo en las mismas; |
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30. |
hace hincapié en el papel del Centro Común de Investigación en el recurso a campamentos de innovación y a otros métodos avanzados en la utilización integrada de estrategias de RIS y de especialización inteligente para aumentar las asociaciones europeas con el fin de lograr un mayor impacto local y regional en la realización de las actividades del Pacto Verde y los ODS de las Naciones Unidas; |
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31. |
se hace especial énfasis en el impacto político del RIS, así como su influencia en la toma de decisiones en el ámbito regional y su potencial para optimizar los ecosistemas regionales de innovación y la especialización inteligente; |
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32. |
recomienda establecer sinergias claras y entendibles entre el RIS y otros instrumentos que utiliza la UE como pueden ser el Innovation Radar, Regional Innovation Monitor Plus, European Regional Competitiveness Index, Research and Innovation Observatory — Horizon 2020 Policy Support Facility, Innobarometer, EU Industrial R&D Investment Scoreboard, Digital Transformation Scoreboard, Business Innovation Observatory, Digital Economy and Society Index (DESI), European Public Sector Innovation Scoreboard, así como la complementariedad con la encuesta de la comunidad sobre la innovación (CIS) o el Innovation Output Indicator (IOI); |
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33. |
recomienda una mayor sinergia entre el RIS y las evaluaciones de impacto llevadas a cabo por el Centro Común de Investigación; |
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34. |
es consciente de que el RIS no está dirigido a la implementación de estrategias de especialización inteligente, sino que proporciona una evaluación general del progreso a lo largo del tiempo y proporciona un indicador de las fortalezas y debilidades de los sistemas regionales de innovación. No obstante lo anterior, considera que la Comisión Europea, con el apoyo del Comité Europeo de las Regiones, debería acompañar el RIS de unas recomendaciones sobre las herramientas de la UE que puedan contribuir a la mejora de los indicadores. El RIS puede brindar apoyo al establecer prioridades de política o al focalizar los Fondos Estructurales para investigación e innovación asignados a estas regiones, debido a su cobertura geográfica y sectorial más amplia, cuando así lo decidan voluntariamente las regiones; |
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35. |
recomienda que se establezcan vínculos entre los indicadores RIS, por un lado, y las políticas y estrategias de la UE relacionadas y los logros en su implementación, por otro, para que el RIS se convierta en una herramienta para el apoyo en la mejora de ecosistemas de innovación, en lugar de una herramienta exclusiva para el monitoreo, en sinergia con otras iniciativas como por ejemplo el Horizon Policy Support Facility. Sería recomendable que los indicadores utilizados en los diferentes Fondos Estructurales, especialmente FEDER, fuesen similares y/o complementasen a los de RIS. La actual desagregación de indicadores dificulta a veces la evaluación del impacto de los esfuerzos públicos en materia de innovación; |
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36. |
recomienda que la edición de 2021 del RIS pueda alinearse mejor con las nuevas prioridades del período de programación posterior a 2020. En concreto, se recomienda la elaboración, en cooperación con el Comité Europeo de las Regiones, de un cuadro de sinergias entre el RIS y las prioridades del Espacio Común de Investigación, prioridades de la Comisión Europea (9), como el Pacto Verde Europeo y la digitalización, la estrategia de investigación y ciencia abiertas de la Comisión, el futuro plan estratégico de Horizonte Europa, así como con el desarrollo de los objetivos políticos de la política regional y su conexión con las estrategias de especialización inteligente; |
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37. |
considera importante redoblar los esfuerzos para investigar la relación entre la financiación en el marco de los Fondos Estructurales y el potencial de innovación en las regiones europeas, para afrontar así la fractura en la innovación («innovation divide»); |
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38. |
señala una serie de recomendaciones más específicas:
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39. |
recomienda que los sistemas de seguimiento y evaluación de las estrategias de especialización inteligentes sean utilizados para analizar la utilidad y el impacto de las actuaciones de las políticas de innovación regional de un modo objetivo, y orientar la toma de decisiones a corto plazo; |
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40. |
recuerda que la Comisión Europea aplica ya el «principio de innovación» a la hora de preparar las iniciativas legislativas importantes y que recomienda a los Estados miembros que implanten sistemas análogos, los cuales deben facilitar los ensayos, el aprendizaje y la adaptación, y las políticas públicas deben lograr un uso mejor de todos los datos existentes y de las técnicas de análisis; datos y análisis existentes (10); |
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41. |
recomienda una mayor participación del Comité Europeo de las Regiones en los trabajos de preparación de la edición 2021 del RIS, así como su difusión entre los entes locales y regionales a través de iniciativas en marcha tales como Knowledge Exchange Platform (KEP) y Science meets Regions, entre otras. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:52018PC0372&from=ES (art. 2).
(2) Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Reforzar la innovación en las regiones de Europa: Estrategias para un crecimiento resiliente, inclusivo y sostenible (DO C 361 de 5.10.2018, p. 15).
(3) Véase el Dictamen del CEEI Opinion on the future of the ERA (Dictamen sobre el future del Espacio Europeo de Investigación — EEI), Bruselas, 23 de enero de 2020, ERAC 1201/20.
(4) https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/0deba00f-15f0-11e8-9253-01aa75ed71a1/language-en/format-PDF/source-91324356
(5) https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/ffbe0115-6cfc-11e7-b2f2-01aa75ed71a1/language-en/format-PDF/source-search.
(6) https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/5b2811d1-16be-11e8-9253-01aa75ed71a1/language-en
(7) DO C 461 de 21.12.1018, p. 79.
(8) Science, research and innovation performance of the EU, 2018, https://op.europa.eu/en/publication-detail/-/publication/16907d0f-1d05-11e8-ac73-01aa75ed71a1/language-en
(9) https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/bitstream/JRC114345/jrc114345_adjusted_research_excellence_2018.pdf
(10) Nueva agenda europea de investigación e innovación: una oportunidad para que Europa trace su futuro, COM(2018) 306 final.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/92 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025
(2020/C 440/16)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
destaca que el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre géneros, tal como aparece recogido en el artículo 8 del TFUE y en el pilar europeo de derechos sociales, debe garantizarse y fomentarse en todos los ámbitos; |
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2. |
acoge favorablemente la Comunicación «Una Unión de la igualdad: Estrategia para la Igualdad de Género 2020-2025» y la visión, los objetivos políticos y las acciones que contiene, considerándola una base muy valiosa para la consecución de avances concretos en materia de igualdad en la Unión Europea; |
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3. |
celebra la oportunidad del momento de su publicación, coincidente con el vigésimo quinto aniversario de la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing, el primer plan de acción universal para avanzar en la igualdad entre mujeres y hombres, cuyas recomendaciones mantienen su vigencia en la actualidad, y por su contribución a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, siendo la igualdad de género un elemento esencial de todas las dimensiones de un desarrollo inclusivo y sostenible; |
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4. |
subraya la importancia de la gobernanza conjunta en la que participen la Unión Europea y los Estados miembros como actores fundamentales, pero insiste en la importancia de incluir y visibilizar a los entes locales y regionales y al tercer sector, por constituir actores protagonistas en la gestión de las políticas que afectan directamente a la ciudadanía. A su vez, la Estrategia remarca la importancia del valor del trabajo conjunto de actores públicos y privados de la Unión europea en este marco de gobernanza; |
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5. |
demanda que, por sus competencias y por el trabajo que realizan en el desarrollo de las mismas, se reconozca a los gobiernos locales y regionales como socios estratégicos en el diseño, la ejecución y el seguimiento de la Estrategia. Se han de garantizar los recursos necesarios para la aplicación de la Estrategia; |
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6. |
incide en la importancia de la colaboración con organizaciones de la sociedad civil, organizaciones de mujeres y las generaciones más jóvenes, por su papel relevante en la gestión de las políticas de igualdad; |
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7. |
por todo ello y, con fin de dar un enfoque con perspectiva de género a las políticas, programas y proyectos, invita a la Comisión a crear un grupo de trabajo interinstitucional que garantice esta gobernanza multinivel con el fin de atender de forma efectiva el trabajo necesario para conseguir una verdadera igualdad de género; |
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8. |
apoya que se celebren reuniones formales de ministros y ministras de igualdad en el Consejo de la UE, y que el nombre del Consejo EPSCO incluya el término «igualdad», tal y como se refleja en la séptima propuesta de la Declaración del Trío de Presidencias sobre igualdad de género, firmada por Alemania, Portugal y Eslovenia; |
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9. |
insiste en la importancia de aplicar una perspectiva interseccional, necesaria para involucrar en la ejecución de la Estrategia a las personas en situación de vulnerabilidad y que pueden enfrentarse a discriminaciones múltiples por motivos de discapacidad, edad, origen étnico, orientación sexual, religión, creencia o identidad de género, haciendo una especial mención a colectivos vulnerables como el de las mujeres migrantes o el de las personas LGTBI, entre otros. Por ello, solicita a la Comisión Europea que desarrolle, en mayor medida, este enfoque interseccional y elabore un guía de orientaciones para facilitar la aplicación del mismo en la planificación, gestión y evaluación de las políticas públicas; |
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10. |
destaca la necesidad de combinar acciones interseccionales con acciones positivas en ámbitos sectoriales porque solo así se consigue avanzar en el enfoque integral y efectivo de la perspectiva de género en la gestión de las políticas públicas. Para ello insiste en la importancia clave de contar con personal cualificado o experto en género y de la promoción de una formación específica y permanente en género en todos los ámbitos en los que se tomen decisiones o se gestionen políticas públicas; |
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11. |
coincide en que las estrategias inclusivas y diversas tanto en el sector público como en el sector privado son importantes para abordar mejor los complejos desafíos y situaciones vitales a los que se enfrentan las mujeres en toda su diversidad. Por otra parte, deben garantizarse un mayor liderazgo y participación de las mujeres en todos los procesos de toma de decisiones; |
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12. |
recuerda que la Estrategia fue elaborada y publicada con anterioridad a la irrupción de la crisis de salud pública de la COVID-19, cuya recuperación marcará el futuro de las políticas de la Unión. Por consiguiente, urge a que se mantenga la igualdad como una prioridad y se integre la perspectiva de género tanto en la toma de decisiones y medidas de respuesta a la pandemia, como en las iniciativas que marcarán la recuperación económica y social. Destaca la reevaluación, motivada por la crisis, del ámbito sociosanitario como sector estratégico y de importancia sistémica de nuestras sociedades, así como la necesidad de evidenciar los importantes desequilibrios de género y edad que existen en este sector. Indica, además, que la crisis de la COVID-19 no ha hecho más que ahondar, aún más, en las desigualdades ya existentes entre géneros, y aboga por una recuperación igualitaria e integradora; |
Ni violencia ni estereotipos
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13. |
celebra que la Comisión Europea reconozca que acabar con la violencia de género es uno de los mayores retos de nuestras sociedades e insta a la ratificación del Convenio de Estambul por parte de todos los Estados miembros de la UE como un compromiso fundamental para combatir, prevenir y perseguir la violencia contra las mujeres; |
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14. |
alienta, junto con la Comisión, a los Estados miembros a ratificar el Convenio n.o 190 sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo de la Organización Internacional del Trabajo; |
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15. |
insta a la Comisión Europea a incorporar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas entre los «eurodelitos» del artículo 83 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y a profundizar en la problemática de la violencia de género en la Estrategia de derechos de las víctimas que presentará en 2020, atendiendo a las mujeres en situación de vulnerabilidad. A tal fin se propone para ello la aprobación de protocolos de cooperación policial y judicial en el seno de la Unión; |
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16. |
invita a la Comisión a adoptar medidas legislativas, dirigidas a prevenir y luchar contra la violencia hacia las mujeres, jóvenes y niñas, que sean coherentes y complementarias a la legislación de la UE e internacional, y que aborden todas las formas de violencia, incluidas la violencia en línea, que corre el riesgo de normalizarse entre los más jóvenes, y la violencia relacionada con cuestiones de honor; |
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17. |
apoya a la Comisión Europea en la necesidad de emitir una Recomendación sobre la prevención de prácticas nocivas —como la mutilación genital o el matrimonio forzoso, entre otras— en la que se ponga de manifiesto la necesidad de medidas preventivas y educativas efectivas para todas las edades y sectores de la sociedad, se fortalezcan los servicios públicos y el desarrollo de capacidades de los profesionales y el acceso a la justicia centrado en las víctimas; |
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18. |
solicita que se involucre de manera estructurada a los entes regionales y locales en la red de la Unión Europea sobre la prevención de la violencia de género y la violencia doméstica que se pondrá en marcha en el ámbito de la Estrategia para el intercambio de buenas prácticas y la financiación de medidas de formación y desarrollo de capacidades y de servicios de apoyo; las acciones de prevención de la violencia centradas en los hombres, los niños y la masculinidad revestirán una importancia fundamental; |
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19. |
señala que las situaciones de confinamiento a raíz de la crisis de la COVID-19 han aumentado los casos conocidos de violencia de género. Insiste, en este sentido, en la necesidad urgente de reforzar las medidas relevantes de atención y respuesta eficaz a los casos de violencia de género, dotando de recursos a los entes locales y regionales por encontrarse en la primera línea de lucha contra la pandemia; |
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20. |
celebra el reconocimiento de los estereotipos de género como una de las causas profundas de la desigualdad de género. Destaca asimismo la necesidad de incluir mayor información sobre medidas y buenas prácticas dirigidas a eliminar estos estereotipos en ámbitos como el educativo —formal e informal—, el laboral o el de comunicación y publicidad. Asimismo, insiste en la necesidad de profundizar, en mayor medida, en la incidencia diferenciada que los distintos motivos de discriminación tienen dentro de estos estereotipos de género. En particular, destaca el papel del sistema educativo y, por lo tanto, de la formación en género del profesorado, como agente determinante de cambio para transformar los valores que sustentan el patriarcado hacia una sociedad con una igualdad de género efectiva; |
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21. |
destaca el papel fundamental que desempeñan todas las personas de todas las edades y, en especial, la juventud, como agentes de cambio responsable y activo en el respeto de la igualdad de género en los ámbitos profesional, familiar y personal. En esta línea, los entes locales y regionales adquieren un papel fundamental a la hora de fomentar la sensibilización, formación y educación; |
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22. |
solicita que se involucre a los entes locales y regionales en el diseño y la puesta en marcha de la campaña de sensibilización y comunicación a escala europea necesaria para combatir los estereotipos de género, e incide en la necesidad de prestar especial atención a la juventud, por ser uno de los sectores fundamentales del cambio; |
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23. |
alerta de la necesidad que existe en el ámbito de la salud y los derechos sexuales y reproductivos no solo de realizar estudios con perspectiva de género sino también de lo importantes que son el intercambio de buenas prácticas, el acceso universal a servicios de planificación familiar, salud sexual y reproductiva o el desarrollo de medidas de información y educación sobre la materia sin juicios de valor y con un enfoque positivo e inclusivo; |
Prosperar en una economía con igualdad de género
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24. |
destaca la necesidad de luchar contra la segregación vertical y horizontal que existe entre mujeres y hombres, dado que los trabajos más precarios y peor remunerados están altamente feminizados, incidiendo especialmente en la existencia clara de la brecha salarial y la brecha en las pensiones. Además, es necesario garantizar avances positivos en la vida laboral también por lo que respecta a las minorías de género; |
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25. |
espera con expectación la próxima propuesta de la Comisión en materia de transparencia salarial, que debería contribuir a detectar y, posteriormente, eliminar la brecha salarial de género y, en última instancia, la brecha de pensiones. Aun siendo la fijación de salarios una competencia nacional, el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor debe aplicarse plenamente, mediante medidas que aborden las cláusulas de secreto salarial, las auditorías salariales anuales y el derecho de los trabajadores y trabajadoras a solicitar información salarial de género a sus empleadores; |
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26. |
apoya la demanda que la Comisión hace a los Estados miembros para que transpongan cuanto antes la Directiva relativa a la conciliación de la vida personal y laboral de forma que los hombres y las mujeres puedan prosperar en pie de igualdad tanto a nivel personal como profesional y que sirva para garantizar una corresponsabilidad equitativa y paritaria; |
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27. |
comparte la necesidad, expresada en la Estrategia, de fomentar un reparto equitativo de los cuidados, tanto remunerados como no remunerados, con el fin de garantizar la independencia económica de las mujeres. Insta a que la Unión Europea revise y desarrolle los objetivos de Barcelona, dotándolos de obligatoriedad, e introduzca objetivos asistenciales más allá de Barcelona (Barcelona +), para tener en cuenta las necesidades de cuidado en sociedades que envejecen y reconocer que el sector de los cuidados se caracteriza por el fuerte predominio de la presencia de mujeres, pero sin una remuneración acorde con su valor social; |
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28. |
invita a la Comisión Europea a considerar un acuerdo de cuidados para Europa, similar a la Garantía Juvenil, para satisfacer las necesidades de atención dentro de un enfoque basado en derechos, que sitúe los cuidados en el centro de la actividad económica, aumentando la inversión en salud y cuidados, en línea con la Estrategia de la Economía del Bienestar. Invita a la Comisión e insta a los Estados miembros a incorporar lo reclamado por las trabajadoras y trabajadores domésticos en cuanto a condiciones laborales en el Convenio de la OIT n.o 189; |
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29. |
considera relevante que la Estrategia haga especial referencia a la dimensión territorial y, especialmente a las zonas rurales y despobladas por la especificad de sus territorios. Resalta, además, el papel fundamental que desempeñan las mujeres dentro del mundo rural, como elemento determinante para su vertebración territorial, económica y social. Considera imprescindible reforzar la participación y el liderazgo femenino en los Grupos de Acción Local y en las redes de desarrollo rural. Señala, además, que la oferta de servicios de cuidado y asistencia a los niños y familiares dependientes debe ampliarse, en particular en las zonas rurales; |
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30. |
celebra que la Estrategia destaque la necesidad de cerrar las brechas de género en el contexto de la transición digital y la innovación, fomentando una mayor participación de mujeres en estudios y empleos del área CTIAM y TIC, e insta a que se aborden también nuevas formas de sexismo en línea y en el trabajo, como las que aparecen en algunos sistemas sesgados de inteligencia artificial. A tal efecto, insiste en la importancia de una codificación sensible al género y pide la participación equitativa de todos los géneros en el diseño, la ejecución, la evaluación y el debate sobre cuestiones éticas y normas de las tecnologías relacionadas con la IA. Coincide en la importancia de multiplicar el número de mujeres en el mundo digital y de la innovación, puesto que son sectores fundamentales de cambio en nuestras sociedades. En esta línea, insiste en la necesidad de garantizar la igualdad en la formación y el aprendizaje permanente sobre el uso adecuado y seguro de las nuevas tecnologías y las redes sociales; |
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31. |
solicita que, en el ámbito de aplicación de la Directiva relativa a la conciliación de la vida personal y laboral, se analicen con un enfoque de género las dificultades experimentadas por numerosas familias en toda la UE para conciliar el teletrabajo con la carga de cuidados durante la crisis de la COVID-19. Es fundamental estar vigilante ante posibles regulaciones del trabajo telemático o a distancia, para que este no se convierta en un mecanismo que devuelva a las mujeres al ámbito familiar y privado. Señala la especial necesidad de estar pendientes de aquellas situaciones familiares que experimentan mayores dificultades de conciliación, como las familias monoparentales formadas fundamentalmente por mujeres; |
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32. |
llama la atención sobre el hecho de que, en el conjunto de la Unión Europea, han sido las mujeres las que han realizado trabajos en primera línea durante la pandemia de COVID-19 (personal sanitario, de atención y cuidado infantil y a mayores, trabajo doméstico y comercio, etc.), lo que las ha hecho, a su vez, más vulnerables al contagio. Además, algunas de estas profesiones se encuentran entre las menos valoradas y peor remuneradas de la UE. Por ello, se solicita que el desequilibrio en la representación femenina y masculina en aquellos empleos que se han mostrado esenciales durante la emergencia de la pandemia, especialmente en lo que se refiere a los cuidados, se tenga en cuenta en las medidas para combatir el desempleo y la precariedad. Tampoco conviene olvidar que muchas de las profesiones centradas en cuidados y en el hogar son desempeñadas por mujeres migrantes, afectadas por un doble sesgo; es necesario dar una perspectiva de género a los planes de recuperación y apoyar a las mujeres empresarias y a sus proyectos empresariales, así como a las mujeres directivas, enfatizando el sobresfuerzo ocasionado por el teletrabajo; |
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33. |
pide a la Comisión Europea que analice y aborde el impacto a corto y largo plazo de la COVID19 en la igualdad entre géneros. Las mujeres y los hombres han experimentado la pandemia de manera distinta. Es muy necesario disponer de datos desagregados por sexo para comprender plenamente en qué modo ha afectado el virus a las mujeres y a los hombres. Esto es aplicable no solo para quienes se han visto afectados por la enfermedad o quienes han afrontado la crisis sanitaria en primera línea, sino también por lo que respecta a la economía, la educación, el reparto de las tareas asistenciales y la violencia doméstica; |
Igualdad en la toma de decisiones
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34. |
conviene resaltar la menor participación de las mujeres en los puestos de toma de decisiones; y destaca el hecho de que únicamente tienen representación femenina el 15 % de las alcaldías, el 21 % de las presidencias regionales, el 35 % de los parlamentos regionales y el 23 % (1) de los miembros del Comité de las Regiones. Lamenta que dichos datos no se mencionen en la Estrategia porque permiten visibilizar la brecha existente en este ámbito regional y local; |
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35. |
pide a la Comisión Europea que solicite a los Estados miembros la organización y el apoyo a iniciativas de empoderamiento femenino de cara a la celebración de elecciones locales y regionales, para superar la discriminación y los obstáculos que enfrentan las mujeres en estos procesos, incluidos los estereotipos y normas sociales que comportan un menosprecio del liderazgo femenino respecto al masculino. Asimismo, es esencial apoyar las candidaturas de mujeres en las elecciones municipales y regionales; |
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36. |
recuerda la necesidad de abordar de manera específica el problema de la violencia ejercida contra las mujeres políticas elegidas democráticamente y las personalidades públicas femeninas, incluyendo la intimidación en línea a través de redes sociales, un factor que impacta e influye en la capacidad de las mujeres para participar en condiciones de igualdad en la política y en la vida pública; |
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37. |
solicita que las instituciones europeas, y entre ellas el Comité de las Regiones, adopten códigos de conducta que favorezcan la participación en términos de igualdad de mujeres y hombres en su composición y puestos de liderazgo, siendo el fin último la paridad de género entre los miembros del CDR; |
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38. |
reconoce la necesidad de que el Comité incluya la adopción y aplicación del Código de conducta entre sus prioridades en los próximos años e insiste en que se lleve a cabo una revisión anual de la aplicación del principio de paridad de género, mediante informes anuales que analicen las medidas adoptadas (garantizando un reparto equitativo en distintos actos e informes). Los resultados deberían comunicarse en el pleno más cercano al Día Internacional de la Mujer; |
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39. |
solicita la participación de los entes locales y regionales en el Programa de Aprendizaje Mutuo sobre igualdad de género para la promoción de intercambio de buenas prácticas e invita a promover la formación específica en género a todos los niveles y a introducir la figura profesional de agente de igualdad; |
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40. |
señala que la Plataforma de la UE sobre las Cartas de la Diversidad está fuertemente enfocada al sector privado, por lo que podría abrirse a la participación de los entes locales y regionales para poder contar con ejemplos y buenas prácticas representativos existentes en los distintos niveles y territorios de la Unión. Propone la inclusión de la Carta Europea de Igualdad de mujeres y hombres en la vida local entre las Cartas de la Diversidad; |
La perspectiva de género en las políticas y el presupuesto
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41. |
comparte que los grandes retos que afronta hoy la Unión Europea tienen una dimensión de género. No obstante, considera que la perspectiva de género no se contempla de manera clara y suficiente ni en las políticas ni en el presupuesto de la Unión Europea; |
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42. |
insta a que se vincule de forma más clara la Estrategia con las principales prioridades políticas y estrategias de la Unión, en especial, en las transiciones hacia una economía climáticamente neutral, la transformación digital y el reto demográfico. Recuerda que estas prioridades estratégicas de la UE incluyen importantes sesgos de género, cuya eliminación es crucial para poder conseguir el éxito de nuestras sociedades en el camino hacia la descarbonización, la digitalización o la incorporación de la dimensión territorial; |
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43. |
apoya la aplicación de metodologías de elaboración de presupuestos con perspectiva de género para el próximo marco financiero plurianual 2021-2027. Deberían revisarse las disposiciones de financiación a nivel de la Unión para lograr las metas y objetivos de la Estrategia, e incorporar a todos los programas financieros un objetivo concreto de igualdad de género, así como un mecanismo de condicionalidad que garantice la igualdad a través del establecimiento de objetivos y estrategias de género para el acceso a la financiación. Destaca, en este sentido, el potencial que tienen el Semestre Europeo y el Informe sobre el Estado de Derecho para supervisar los desafíos en materia de igualdad de género, a través de las recomendaciones específicas por país y mediante la integración de medidas específicas en los Programas Nacionales de Reforma y en los Programas Nacionales de Reconstrucción y Resiliencia; |
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44. |
defiende la necesidad de fortalecer el marco de seguimiento de la ejecución de la Estrategia con indicadores eficaces a la hora de medir y evaluar el impacto de género, además de establecer calendarios y medidas de rendición de cuentas. Recuerda la importancia de realizar informes anuales que recojan los progresos en igualdad de Estados miembros, así como las buenas prácticas de los entes locales y regionales. Resalta la necesidad de incorporar indicadores desagregados por sexo e indicadores de género en todas las políticas públicas comunitarias e incluir la internacionalidad para tratar aspectos como la edad, la identidad sexual, el tipo de discapacidad, el estatus migratorio o la dimensión urbano-rural; |
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45. |
pide que se involucre al Comité de las Regiones en el Grupo de Trabajo para la Igualdad de Género recientemente creado por la Comisión Europea para velar por la integración efectiva de la perspectiva de género en todas las políticas y programas; |
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46. |
solicita, para el Comité de las Regiones, un rol oficial de apoyo al fortalecimiento de la capacidad del Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE) con el fin de mejorar y estandarizar la recopilación y el análisis de datos desagregados por sexo y de indicadores de género, en especial para elementos como la representación de mujeres y hombres en la toma de decisiones a niveles local y regional; |
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47. |
pide que los Estados miembros y sus entes locales y regionales refuercen la perspectiva de género en los sistemas estadísticos nacionales y regionales para poder tener datos fiables y periódicos de acuerdo no solo con el Instituto Europeo de la Igualdad de Género (EIGE), sino también con Eurostat; |
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48. |
recuerda que la crisis de la COVID-19 tiene una evidente dimensión de género, por lo que será fundamental que se incorpore una perspectiva de género en el Fondo de Recuperación, mediante evaluaciones de impacto y aplicación de principios de presupuestación con perspectiva de género a todos los Fondos; |
Abordar igualdad de género y acciones de empoderamiento de las mujeres en todo el mundo
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49. |
recuerda que para erradicar la pobreza es necesario acabar con la desigualdad de género. Ambas desigualdades, económica y de género, están relacionadas y no podemos dejar a nadie atrás. La igualdad de género no solo es concebida en los Objetivos de Desarrollo Sostenible como un objetivo más, sino como un elemento transversal en toda la Agenda de Desarrollo; |
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50. |
incide en que la Acción Exterior de la UE debe cumplir con sus compromisos legales de promover la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres en sus asociaciones internacionales y en sus políticas comercial, de vecindad y de ampliación, en particular en el contexto de las negociaciones de adhesión, proceso de asociación y en las políticas de asilo y migración. Así se recoge en el artículo 208 del TFUE, en el que se consagra el principio de coherencia de las políticas en favor del desarrollo, que requiere que se tengan en cuenta los ODS, y en el Plan de Acción de la UE sobre igualdad de género y capacitación de las mujeres en la cooperación para el desarrollo; |
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51. |
pide a la Comisión Europea que evalúe cómo emplear la política comercial de la UE para promover los derechos de la mujer y la participación de las mujeres en la economía más allá de sus fronteras; |
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52. |
pide a las instituciones de la UE que intensifiquen la cooperación con terceros países para animarles a promulgar leyes nacionales que prohíban la mutilación genital femenina (2); |
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53. |
pone de relieve el potencial de la cooperación descentralizada para promover un desarrollo democrático y equitativo en todo el mundo, así como la necesidad de cerrar la brecha en la financiación de la igualdad de género en el contexto de la ayuda oficial al desarrollo, y |
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54. |
pone de manifiesto cómo la COVID-19 ha aumentado todas las desigualdades existentes afectando de forma muy directa a niñas, jóvenes y mujeres de los países en desarrollo que se ven afectadas de forma inmediata y directa en la pérdida de sus empleos, reduciendo sus implicaciones en espacios públicos y políticos y asumiendo la responsabilidad de los cuidados familiares y atrapadas en contextos de violencia de género. La Estrategia se muestra como una herramienta necesaria para revertir estos procesos. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Actualizado a 5 de junio 2020.
(2) Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de febrero de 2020, sobre «Una estrategia de la Unión para poner fin a la mutilación genital femenina en el mundo» [2019/2988(RSP)].
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/99 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Pacto Europeo por el Clima
(2020/C 440/17)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Consecución de los objetivos del Pacto Verde Europeo en el período posterior a la pandemia de COVID-19
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1. |
acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de establecer el Pacto Europeo por el Clima para hacer que los ciudadanos y sus comunidades participen en la concepción de acciones en favor del clima y el medio ambiente mediante medidas concretas sobre el terreno, el fomento de un diálogo abierto con todos los agentes, la creación de sinergias, el refuerzo de las capacidades y el impulso de las acciones por el clima; considera que el Pacto debería desarrollarse como un instrumento de gobernanza innovador que permita la comunicación, la cooperación y el intercambio de información en ambos sentidos entre todos los niveles, sectores y territorios, a fin de mejorar la eficacia y la legitimidad de la política climática de la UE; |
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2. |
recuerda que en general se entiende por «pacto» un compromiso entre socios en condiciones de igualdad, en beneficio conjunto o mutuo, y con el que se pretende alcanzar objetivos comunes; por lo tanto, reitera que los entes locales y regionales están dispuestos a trabajar en asociación con las instituciones de la UE, los Estados miembros y todas las partes interesadas pertinentes en el marco del Pacto por el Clima para perseguir conjuntamente los objetivos de neutralidad climática y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas; Sin embargo, el enfoque común del Pacto no debe pasar por alto la diversidad de los retos que el cambio climático plantea para las diferentes zonas de la UE, por lo que los objetivos comunes deben reflejar las necesidades geográficamente específicas basándose, asimismo, en una evaluación sistemática de estas necesidades y características; |
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3. |
subraya que la pandemia de COVID-19 y la crisis económica que está provocando probablemente nos obliguen a completar la idea original del Pacto por el Clima. Insiste, sin embargo, en que la Comisión Europea y los Estados miembros han de garantizar que la crisis actual no ralentice —sino que por el contrario se aproveche como una oportunidad para acelerar— la necesaria transformación de la Unión Europea hacia la neutralidad climática; esto incluye, entre otras cosas, fijar en al menos un 55 % el objetivo de reducción de las emisiones de CO2 de aquí a 2030; |
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4. |
reitera su compromiso de considerar los diecisiete Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas como parte integrante del Pacto Verde y, por lo tanto, está de acuerdo con la posición de las Naciones Unidas de incluir la dimensión social como elemento integrante de la sostenibilidad, junto con las medidas de protección del clima y de la naturaleza. Hay que garantizar las posibilidades de inclusión en la sociedad a toda la población europea. Junto a la seguridad social, esto incluye, en particular, la igualdad de género, el acceso a una educación de calidad y la garantía de una vida sana para todas las personas, independientemente de su edad; al mismo tiempo, se debe hacer hincapié en que el compromiso con los diecisiete ODG implica también cooperar con nuestros socios de fuera de la UE sobre la base de esos mismos valores; |
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5. |
destaca que el Pacto por el Clima debe ser, en primer lugar, un catalizador de la cooperación entre los entes locales y regionales y las instituciones europeas. Debería servir como instrumento de gobernanza innovador para desarrollar ideas, canalizar la información obtenida sobre el terreno hacia el proceso decisorio la UE, mejorar la aplicación de las políticas de la UE y coordinar acciones para combatir el cambio climático y, al mismo tiempo, hacer frente a la crisis económica provocada por la pandemia de COVID-19. Las medidas para reactivar la economía también deben servir para aumentar la resiliencia de la sociedad y reducir la huella de carbono de la economía con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática a más tardar en 2050. Deberá examinarse qué impacto tendrán todas las medidas previstas en el clima y el medio ambiente; |
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6. |
destaca que el Pacto por el Clima debería impulsar los compromisos ya firmados a nivel local por agentes locales (pymes, escuelas, entes locales, universidades, etc.) y generar nuevos compromisos para hacer de Europa el primer continente climáticamente neutro en 2050; |
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7. |
subraya, por tanto, que el Pacto por el Clima también debería funcionar como una iniciativa de alcance general, con su propia imagen de marca para los pactos climáticos locales existentes y futuros (1) o las asociaciones impulsadas localmente, que trabajen en pos de objetivos climáticos claros con la sociedad civil, las empresas y otras partes interesadas pertinentes. Debería ayudar a concitar el apoyo de los ciudadanos a las políticas en favor del clima, facilitar el intercambio de buenas prácticas, la reproducción y la ampliación de las iniciativas europeas de mayor éxito y fomentar la elaboración de pactos climáticos locales en toda la UE; |
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8. |
acoge favorablemente el compromiso expreso de la Comisión para prestar especial atención a las regiones ultraperiféricas en el marco del Pacto Verde Europeo, teniendo en cuenta su vulnerabilidad frente al cambio climático y a las catástrofes naturales, y sus activos excepcionales, como la biodiversidad y las fuentes de energía renovables y espera con atención la adopción de medidas específicas a tal efecto; |
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9. |
reitera su compromiso de apoyar a la Comisión y a los entes locales y regionales para que la aplicación del Pacto Verde sea un éxito y, en particular, para convertir el Pacto por el Clima en un instrumento sólido que ayude a los entes locales y regionales a llevar adelante este ambicioso proyecto y les otorgue un papel proactivo; señala que este enfoque transversal innovador del Pacto Verde y de la recuperación económica requiere un nuevo planteamiento para el desarrollo de capacidades de los entes locales y regionales, centrado en todos los sectores y capaz de promover una gestión más integrada. El Pacto por el Clima debería brindar la oportunidad de crear una cultura del Pacto Verde en todos los entes locales y regionales y de fomentar la concienciación y la participación de los ciudadanos en todos los ámbitos políticos pertinentes; |
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10. |
destaca que la situación actual de emergencia sanitaria causada por la pandemia de COVID-19 está poniendo de manifiesto una vez más en toda Europa el papel de los entes locales y regionales como responsables fundamentales de la toma de decisiones y proveedores de servicios públicos a la hora de garantizar una respuesta en primera línea a las necesidades y retos locales, en particular en períodos de emergencia mundial. Señala que las comunidades locales y sus ciudadanos deben volver a asumir su papel, que se ha visto distorsionado por la globalización creciente y una industrialización basada con demasiada frecuencia en un uso insostenible de recursos limitados, convirtiéndose en socios clave para concebir acciones por el clima y proteger y restaurar su entorno; |
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11. |
propone que se utilicen ejemplos de buenas prácticas en la lucha contra el cambio climático a nivel local y regional, como el de la Coalición «Under2» —un grupo de entes de nivel subnacional de todo el mundo compuesto por más de 220 Estados federados, Estados federales, regiones y municipios—, con el fin de aprovechar los conocimientos adquiridos para elaborar estrategias de protección del clima a largo plazo e incluir el intercambio de experiencias sobre métodos eficaces, soluciones innovadoras y enseñanzas valiosas extraídas de tales iniciativas como parte integrante del Pacto por el Clima; |
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12. |
acoge favorablemente las Comunicaciones de la Comisión Europea «El presupuesto de la UE: motor del plan de recuperación para Europa» y «El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación», y reitera su apoyo a la política europea de neutralidad climática, considerada una política indispensable y de vanguardia orientada a garantizar un futuro sostenible para Europa. En el contexto de la pandemia actual, la política de neutralidad climática y la resiliencia del territorio tienen que convertirse en la espina dorsal de una estrategia de recuperación climáticamente neutra, que garantice que todos los fondos invertidos en la recuperación de las economías europeas contribuyan también en gran medida a acelerar la transición hacia la neutralidad climática, la protección de la biodiversidad y el incremento de la resiliencia del territorio dentro de los marcos previstos; |
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13. |
reitera que unas políticas bien diseñadas destinadas a combatir el cambio climático pueden brindar oportunidades económicas: según la Comisión, lograr la neutralidad climática podría traducirse en un aumento del 2 % del PIB de la UE en 2050, un ahorro de alrededor de 200 000 millones EUR al año en concepto de costes sanitarios evitados, y la creación de un millón de empleos en la economía verde; es probable que estas oportunidades sean aún más importantes a la luz de los nuevos vínculos entre la pandemia actual y el riesgo de futuras pandemias, y la degradación del medio ambiente, la pérdida de biodiversidad y los efectos del cambio climático; Por lo tanto, acoge con satisfacción que el Pacto por el Clima incluya la plantación de árboles, la regeneración de la naturaleza y la creación de zonas verdes urbanas entre sus acciones prioritarias, y pide que se incluyan también infraestructuras verdes, así como actuaciones destinadas al ahorro y a la circularidad en materia de agua; |
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14. |
hace hincapié en que, en las circunstancias extraordinarias en las que nos encontramos como resultado de la pandemia, es necesario no dejar a ningún ciudadano atrás. Ahora, más que nunca, tanto las acciones por el clima como los instrumentos de recuperación deberán llegar tanto a las ciudades como a las zonas rurales, así como a todos los sectores de la economía, con especial atención hacia los sectores productivos tradicionales que más han sufrido como resultado de las medidas para combatir la pandemia de COVID-19. Acoge con satisfacción, en este contexto, la anunciada iniciativa «oleada de renovación» destinada a mejorar la eficiencia energética de los edificios públicos y privados, al tiempo que se crean puestos de trabajo y se impulsa el sector de la construcción; |
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15. |
señala que los entes locales y regionales deberían tener acceso directo a los fondos europeos (procedentes tanto del presupuesto europeo como de otras instituciones financieras europeas, por ejemplo, el BEI) a fin de poder impulsar la recuperación tras la crisis económica provocada por la COVID-19 y, simultáneamente, hacer frente a la crisis climática. De manera más concreta, deberían crearse instrumentos adicionales para poder acceder directamente a los fondos de la UE, como el mecanismo europeo «City Facility» en el marco del Programa Horizonte 2020, las Acciones Innovadoras Urbanas en el marco del FEDER (artículo 8) o la futura Iniciativa Urbana Europea posterior a 2020 en el marco del Reglamento FEDER/FC (artículo 10), especialmente para los proyectos del Pacto Verde; |
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16. |
considera, en este contexto, que el Pacto por el Clima debería promover el acceso directo de los entes locales y regionales a los fondos de la Unión Europea, en particular para sus actividades sostenibles dentro del nuevo marco financiero plurianual, de conformidad con el principio de subsidiariedad. En concreto, pide que puedan acceder directamente a los recursos asignados en el marco del Mecanismo «Conectar Europa». A este respecto, pide también que el 10 % del nuevo FEDER se destine al desarrollo urbano sostenible. Propone dotar a la política de neutralidad climática de un presupuesto propio dentro del futuro MFP, al igual que las políticas agrícolas o regionales, y facilitar un acceso directo a los fondos para las ciudades y regiones que elijan la vía verde de la recuperación; |
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17. |
coincide con las conclusiones del comité de misión de las «Ciudades inteligentes y climáticamente neutras» en el marco de Horizonte Europa, de seguir apoyando y promoviendo 100 ciudades europeas en su proceso de transformación sistémica hacia la neutralidad climática para 2030, recurriendo a los fondos de Horizonte Europa, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el Fondo de Transición Justa, los «proyectos importantes de interés común europeo», InvestEU y otros instrumentos de la UE; |
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18. |
señala que el CDR y el BEI deben ser socios cercanos de los miembros del Pacto por el Clima y apoyar a la Comisión para hacer de este un instrumento adecuado a su finalidad y accesible a todos los entes locales y regionales, independientemente de su tamaño, situación geográfica o contexto socioeconómico; |
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19. |
invita a la Comisión a que reconsidere los ámbitos principales a fin de armonizar el Pacto por el Clima y la estrategia de recuperación climáticamente neutra; el Pacto por el Clima debería centrarse en una gama más amplia de acciones, en función de los proyectos que estén listos para su ejecución y de las necesidades específicas de las distintas comunidades locales; |
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20. |
señala que, en sus planes de acción sobre energía sostenible y clima, los signatarios del Pacto de los Alcaldes para el Clima y la Energía ya disponen de un conjunto impresionante de medidas que podrían financiarse y aplicarse de manera inmediata y que muchos otros modos de cooperación en materia de clima y medio ambiente entre entes locales y regionales, y dentro de ellos, cuentan con planes similares que podrían tenerse en cuenta para este mismo fin; el CDR está dispuesto a seguir respaldando el desarrollo de esta iniciativa en colaboración con la Comisión Europea y la Oficina del Pacto de los Alcaldes en pos de un apoyo político reforzado y una mayor integración del Pacto en los marcos nacionales de energía y clima; |
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21. |
subraya que los entes locales y regionales apoyan una transición ambiciosa hacia una energía limpia, asequible y segura y propone que se fomente un diálogo permanente multinivel sobre el Pacto Verde con los entes territoriales y otras partes interesadas en el contexto del Pacto por el Clima y con los instrumentos de este último; |
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22. |
considera que el acceso a las energías limpias se enfrenta a dos desafíos fundamentales: la energía debe ser competitiva en cuanto a precios y estar fácilmente disponible; aunque la evolución técnica acorta la brecha de costes con otras fuentes de energía, los entes locales y regionales tienen un papel clave que desempeñar a la hora de facilitar un acceso adecuado a la infraestructura apropiada. Por ello, es necesario que los entes locales y regionales comprometidos con las medidas de mitigación y de adaptación al clima puedan acceder rápidamente a la ayuda financiera; el Pacto por el Clima debería contribuir a comprender las necesidades fundamentales de los entes locales y regionales en diferentes circunstancias y a elaborar, sobre la base de su experiencia, los instrumentos adecuados para la ayuda de la UE. En este contexto, el CDR está dispuesto a cooperar en acciones e iniciativas concretas con la Comisión y los entes locales y regionales con el fin de mejorar el acceso a la energía limpia en toda la UE; |
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23. |
sugiere que el Pacto por el Clima tenga como uno de sus puntos focales la iniciativa «Ola de renovación», que tiene potencial para convertirse en uno de los elementos fundamentales de una recuperación sostenible, tal y como se ha señalado en la Comunicación de la CE «El momento de Europa: reparar los daños y preparar el futuro para la próxima generación»; a este respecto, es especialmente importante emprender iniciativas conjuntas de los sectores público y privado, y los entes locales y regionales se hallan en una posición clave para informar a los ciudadanos sobre los beneficios y los instrumentos de apoyo existentes para la renovación de sus viviendas, predicando con el ejemplo, conectando con las empresas locales y apoyándolas con los conocimientos especializados necesarios a distintos niveles, y desarrollando herramientas que permitan acceder a las ayudas financieras nacionales o de la UE; además, los entes locales y regionales también deberían predicar con el ejemplo, renovando los edificios públicos y promoviendo, en particular, la renovación energética de las viviendas sociales y otras viviendas de titularidad pública; |
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24. |
llama la atención sobre el hecho de que, dado que los niveles local y regional se encuentran al principio (regiones basadas en la bioeconomía) y al final (gestión de residuos, reciclaje) de una economía sostenible y circular, deben incluirse en el desarrollo de las políticas conexas y su aplicación; hace hincapié en que por este motivo y dada la especial importancia que revisten estas cuestiones para los ciudadanos y las empresas, el Pacto por el Clima puede utilizarse para destacar los ámbitos concretos que necesitan apoyo; |
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25. |
pide, además, un mecanismo de diálogo permanente entre la Comisión Europea y el Comité Europeo de las Regiones sobre la iniciativa «Ola de renovación»; |
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26. |
propone que, para alcanzar el objetivo de neutralidad climática y como instrumento para combatir la crisis económica, las instituciones europeas ayuden a los entes locales y regionales a adaptar el transporte público a la electrificación y a otros combustibles sostenibles de aquí a 2030; |
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27. |
habida cuenta del alcance de las competencias de los entes locales y regionales, propone que, además de la movilidad sostenible, los ámbitos políticos clave que se aborden en el contexto de las acciones del Pacto por el Clima de la UE sean la eficiencia energética de los edificios, las energías renovables, la economía circular (incluyendo agua y residuos), el fomento del consumo responsable y sostenible, la regeneración de la naturaleza y la biodiversidad y el desarrollo de infraestructuras verdes y azules, especialmente en las ciudades, así como la promoción de un turismo sostenible, hospitalario e inclusivo. Aparte de su potencial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, generarán oportunidades para crear nuevos empleos de alta calidad, desarrollar la I+D y mejorar la salud y el bienestar de los ciudadanos, con todo lo que ello implica, por ejemplo, en materia de reducción de los costes sanitarios en la UE. Además de los ámbitos mencionados, también deberán tenerse en cuenta los retos que entraña mejorar la retención de agua, disminuir su consumo y crear zonas de protección de la biodiversidad; |
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28. |
reconoce que la aplicación de criterios ecológicos en la contratación pública y la condicionalidad de la financiación disponible en función del criterio de sus efectos en la reducción de los gases de efecto invernadero constituirán un incentivo importante que contribuirá a la necesaria transformación del modelo económico, lo que acabará por propiciar la consecución de los objetivos del Pacto Verde. En este sentido, el Pacto por el Clima debe prever actividades específicas para desarrollar los criterios y mediciones pertinentes y ayudar a los entes locales y regionales (también los de menor tamaño, para los cuales la complejidad de la legislación en materia de contratación pública constituye, a menudo, un serio obstáculo a la inversión) a aplicarlos, por lo que se insta a la UE y a las administraciones nacionales a que simplifiquen las normas y presten apoyo técnico siempre que sea necesario; con vistas a desarrollar criterios relevantes y requisitos de diseño ecológico, anima a la UE, los Estados miembros y los entes locales y regionales a que establezcan y sigan desarrollando sus propios compromisos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para sus administraciones; el Pacto Europeo por el Clima podría proporcionar un marco de apoyo para tal fin; |
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29. |
destaca que cada vez más estudios demuestran los vínculos entre salud y protección del medio ambiente (2), incluida la reducción de la contaminación atmosférica, e insta a la Comisión a que incluya la dimensión de la salud en el Pacto Verde, empezando por la elaboración de una estrategia europea de salud, medio ambiente y cambio climático similar a la estrategia de la OMS (3); el Pacto por el Clima, en su vertiente de acercamiento a los ciudadanos y la sociedad civil, debería ser un instrumento importante para sensibilizar sobre estos vínculos y crear el impulso necesario para integrar estas dimensiones en la elaboración de políticas pertinentes a todos los niveles; |
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30. |
propone, en el contexto de la Estrategia del hidrógeno de la UE para una Europa climáticamente neutra [COM (2020) 301 final], que el Pacto por el Clima apoye también el desarrollo de una economía del hidrógeno que utilice hidrógeno verde producido a partir de energías renovables en las regiones y las ciudades (véase CDR 2020/549); |
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31. |
insta a todas las instituciones de la UE y a los Estados miembros a que sigan trabajando para lograr un conjunto ambicioso de nuevas contribuciones determinadas a nivel nacional; reitera asimismo la importancia de abrir la participación en este proceso a los entes locales y regionales de la Unión Europea mediante la creación de un sistema de contribuciones determinadas a nivel local para completar las contribuciones determinadas a nivel nacional, y establecer un vínculo más sólido entre las ambiciones europeas, nacionales, regionales y locales, empezando por la labor realizada en el marco del Pacto Mundial de los Alcaldes; el Pacto sobre el Clima podría ser un instrumento poderoso para lograrlo; |
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32. |
destaca el papel crucial de las tecnologías digitales en la construcción de una sociedad más resiliente y su posible impacto global positivo en la reducción de emisiones y la recuperación económica; por tanto, considera que deberá preverse una mayor integración entre la transición hacia la neutralidad climática y una transición digital sostenible, y que el Pacto por el Clima podría ser una herramienta para debatir y seguir explorando las posibles sinergias entre ambas, también sobre la base de las experiencias recientes de los entes locales y regionales en la respuesta a la emergencia sanitaria; |
Sensibilización y desarrollo de capacidades
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33. |
reitera el papel fundamental de la adaptación al cambio climático con vistas a construir territorios resilientes y reducir las pérdidas anuales debidas a los efectos adversos del clima; en este contexto, señala la necesidad de emprender acciones contundentes para mejorar la capacidad de los entes locales y regionales de aplicar las políticas de adaptación, empezando por estrategias de financiación sostenible y el refuerzo de las actividades de desarrollo de capacidades. También es fundamental tener la posibilidad de supervisar los progresos realizados en las inversiones relacionadas con el cambio climático a escala local y regional. En la actualidad, los datos disponibles en este ámbito son limitados. Insta a la Comisión a que tenga en cuenta estos aspectos en la elaboración de la nueva Estrategia de Adaptación de la UE y la vincule al Pacto por el Clima; |
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34. |
destaca el papel fundamental de los entes locales y regionales a la hora de abordar la producción de alimentos y la gestión de la tierra; se pueden fomentar mejores tendencias nutricionales a través de la educación, la restauración y la contratación pública; una producción de alimentos más sostenible también debe tener en cuenta el empleo generado, el transporte de mercancías y el embalaje; la inclusión del sector agrícola en el régimen de comercio de derechos de emisión debe reflejar mejor su contribución como sumidero de carbono; |
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35. |
señala que el concepto de sostenibilidad debe incorporar la importancia de la ocupación y la gestión de las tierras, que, por lo general, corre a cargo de los agricultores y pescadores en las zonas aisladas, periféricas y poco pobladas. Los entes locales y regionales deberían facilitar la instalación de nuevos pobladores en las comunidades rurales como instrumento para evitar la presión demográfica sobre las ciudades, racionalizar los servicios públicos y sus costes, promover el uso sostenible de la tierra y reducir las emisiones relacionadas con el transporte; ello requiere asistencia y financiación específica para crear la infraestructura necesaria para el teletrabajo, así como para los servicios de movilidad, de digitalización (acceso al consumidor local y comercialización de sus productos), sociales y sanitarios; |
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36. |
considera que las políticas de reducción del riesgo de catástrofes causadas por el cambio climático desempeñarán un papel cada vez más relevante; debe prestarse apoyo a los entes locales y regionales para que comprendan mejor estas políticas y las vinculen a un refuerzo de la resiliencia general de sus territorios y de su capacidad para hacer frente a situaciones de emergencia; |
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37. |
señala que los entes locales y regionales tienen dificultades para acceder a la financiación, lo que disminuye la tasa de absorción de los fondos de la UE; el Pacto por el Clima debería colmar esta laguna agrupando todas las ayudas existentes para permitir a los entes locales y regionales orientarse en medio de los fondos de la UE y brindándoles la información que les falte; toda esta información deberá facilitarse en todas las lenguas de la UE y ser fácil de usar; |
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38. |
destaca que la educación debe desempeñar un papel central en la creación de una nueva cultura del medio ambiente y la protección del clima, lo que implicará cambios sociales significativos; en este contexto, el Pacto por el Clima podría promover, en cooperación con los entes locales y regionales, la participación de los proveedores públicos, locales y privados de educación, formación e información, en particular los centros escolares y los centros de información Europe Direct, iniciativas específicas para permitirles crear esta nueva cultura. Estas iniciativas deben ir vinculadas a un fuerte impulso hacia la digitalización, que está demostrando ser un instrumento fundamental para la educación en estos momentos; |
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39. |
reconoce la excelencia de las universidades y centros de investigación europeos y pide a la Comisión que los asocie al Pacto por el Clima como fuentes de conocimientos pertinentes y potenciales aliados sólidos para crear una plataforma eficaz de desarrollo de capacidades, y que impulse la coordinación de los mismos con las entidades locales y regionales para el desarrollo de proyectos piloto colaborativos que faciliten la toma de decisiones y la transferencia de experiencias de éxito; |
Impulsar la acción y reforzar la cooperación multilateral
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40. |
considera que la iniciativa del Pacto de los Alcaldes y otros modos de cooperación en materia de clima y medio ambiente entre entes locales y regionales deberían mejorarse y reforzarse a fin de convertirlos en instrumentos clave del Pacto por el Clima para impulsar la acción local; en este sentido, deberá apoyarse un mayor grado de participación de los ciudadanos, las ONG pertinentes, las empresas, los centros de investigación y las universidades, avanzando hacia un enfoque de cuádruple hélice; |
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41. |
señala la importancia estratégica de vincular los sistemas nacionales y regionales de formación profesional dual a la consecución de las metas del Pacto Verde Europeo en cooperación estrecha con los actores de los sistemas educativos básicos, de la educación superior y de la investigación, como mejor vía para la actualización de las habilidades de los trabajadores y su integración al universo de la empresa orientada a la materialización de la lucha contra el cambio climático; |
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42. |
destaca la pertinencia de muchas de las iniciativas de la UE destinadas a las ciudades y regiones en el marco del Pacto Verde; considera, no obstante, que los entes locales y regionales las aprovechan en escasa medida por falta de una visión general clara sobre todas las oportunidades existentes, sus características y principales objetivos. La plataforma del Pacto por el Clima debe generar esta visión general, apoyar a los entes locales y regionales para que elijan las iniciativas que más les convengan y proponer una trayectoria gradual hacia la neutralidad climática, con unas ofertas de información y comunicación con el nivel más básico posible para los entes locales y regionales, que permitan una rápida aplicación de medidas en los entes locales y regionales; el Pacto de los Alcaldes y otros marcos de cooperación sobre el clima y la energía con participación de los entes locales y regionales podrían ser los elementos en torno a los cuales pivotara este sistema; |
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43. |
se remite a las posiciones expresadas anteriormente por el CDR, en particular la inclusión del concepto de «cohesión digital» como motor de una mejor integración de todos los ciudadanos de la UE, junto con programas específicos destinados a aumentar las capacidades digitales y a supervisar y adaptar las políticas. Los proyectos de ciudades inteligentes deberían constituir una buena base para elaborar proyectos de desarrollo de capacidades a una escala más amplia y con la suficiente flexibilidad para adaptarse a realidades diversas; |
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44. |
reconoce el papel central del aprendizaje entre iguales para un enfoque eficaz y pragmático de la aplicación del Pacto Verde; los emparejamientos y los repositorios de buenas prácticas, por ejemplo, a través de iniciativas como el Pacto de los Alcaldes, pueden ser un instrumento importante para ayudar a los entes locales y regionales a impulsar sus políticas climáticamente neutras sin tener que empezar desde cero; |
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45. |
reconoce que se ha adquirido una gran experiencia a nivel local en la formulación conjunta de soluciones estratégicas que contribuyen a las asambleas ciudadanas, impulsan el diálogo cívico y fomentan la presupuestación participativa. Esta experiencia constituye una importante fuente de inspiración a la hora de concebir maneras de involucrar directamente a los ciudadanos en la formulación y consecución de objetivos climáticos ambiciosos. El Pacto por el Clima debería basarse en ideas locales, permitiendo a los entes locales y regionales actuar como facilitadores para una amplia gama de partes interesadas y ciudadanos a nivel local; |
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46. |
señala que la mayor parte de los proyectos locales sobre transiciones energéticas y protección del clima son de pequeño tamaño en comparación con la escala óptima que requieren los grandes fondos financieros; el Pacto por el Clima podría crear una herramienta para que los entes locales y regionales encuentren socios entre iguales y agreguen este tipo de proyectos a fin de tener acceso a todas las oportunidades de financiación; |
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47. |
reconoce el potencial considerable de las asociaciones público-privadas para financiar una transición climáticamente neutra y destaca que este enfoque sigue presentando dificultades para muchos entes locales y regionales; debería proporcionarse más orientación y apoyo en este sentido, a fin de garantizar que todos los territorios puedan aprovechar al máximo esta oportunidad; |
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48. |
señala que abordar la crisis climática implica cambiar de manera radical nuestros hábitos como ciudadanos y consumidores; en este contexto, debe reconocerse plenamente el papel de todos los ciudadanos como partes interesadas activas y es preciso empoderarlos mediante enfoques participativos como, por ejemplo, los laboratorios vivientes o las microsubvenciones para la ejecución de proyectos de pequeña escala, proyectos con una proximidad directa con los ciudadanos o realizados por comunidades u organizaciones no gubernamentales de ámbito local. La transformación de los consumidores en prosumidores debería alentarse y apoyarse con fondos suficientes a todos los niveles. Además, la colaboración de los ciudadanos debe afianzarse con el uso de tecnologías innovadoras, como los contadores inteligentes o las aplicaciones especializadas para teléfonos inteligentes. El papel de los entes locales y regionales será clave a este respecto; |
El papel del CDR
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49. |
se compromete, por intermedio del Grupo de Trabajo «El Pacto Verde se hace local», a promover, intercambiar y coordinar los esfuerzos de los entes locales y regionales en la aplicación del Pacto Verde y a garantizar una rápida coordinación de las actividades en el marco del Pacto Verde y la recuperación ecológica con la Comisión Europea y otros socios; |
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50. |
invita a las asociaciones nacionales de entes locales y regionales a que desempeñen un papel activo y se asocien al CDR y a la Comisión en las actividades relacionadas con el Pacto Verde; con este fin, podrían crearse puntos de información en el marco del Pacto Climático, al nivel adecuado, encargados de comunicar la información y las iniciativas del Pacto Verde y garantizar que llegan a todas las partes interesadas; |
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51. |
contempla poner en marcha el proyecto denominado CoR4Climate Pact para seguir apoyando esta importante iniciativa. Dicho proyecto prevé la designación de los embajadores del Pacto Verde, que actuarán como puntos de referencia para informar y difundir buenas prácticas relacionadas con el Pacto Verde, incluido su papel como acelerador de la recuperación social y económica tras la crisis de la COVID-19. Está previsto que el proyecto impulse también la comunicación sobre el Pacto Verde, tanto en pública —a través del sitio web del CDR— como interna, dirigida a los miembros del CDR: esta comunicación debería incorporar información más pertinente para que los entes locales y regionales pongan en marcha su Pacto Verde local, en particular sobre las posibilidades de financiación. Por último, el proyecto CoR4Climate Pact brindará la oportunidad de hacer balance del compromiso de los miembros del CDR con el Pacto Verde y promover oportunidades de aprendizaje entre iguales; |
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52. |
propone la creación de un Foro de la Recuperación Verde en el que la Comisión Europea, los entes locales y regionales y otras partes interesadas puedan colaborar en la acción por el clima; este foro podría integrarse en una plataforma digital del Pacto por el Clima, gestionada conjuntamente por la Comisión y el CDR; |
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53. |
apoya la aplicación e integración del juramento ecológico de «no causar daños» en el programa de mejora de la legislación y en las directrices de la Comisión. La coherencia de las políticas y la mejora de la legislación son esenciales a la hora de formular una legislación eficaz y oportuna que aporte valor añadido a los ciudadanos. Por lo tanto, es importante que los ciudadanos, las partes interesadas y todos los niveles de gobernanza puedan contribuir al desarrollo de la legislación adecuada para los fines adecuados. El conjunto de instrumentos y orientaciones para mejorar la legislación debe utilizarse para alcanzar el objetivo de neutralidad climática; |
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54. |
destaca que el Pacto por el Clima representa una excelente oportunidad para aplicar el principio de subsidiariedad activa, ya que los objetivos del Pacto coinciden en gran medida con el objetivo principal del enfoque de la subsidiariedad activa; hay que desarrollar un método de trabajo inclusivo y constructivo que aproveche plenamente el potencial del marco democrático y de gobernanza multinivel de la Unión; |
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55. |
subraya que la UE debe actuar como líder mundial en la lucha contra el cambio climático, promoviendo normas y objetivos ambiciosos para los países vecinos y otros emisores importantes; en este sentido, resalta las iniciativas del CDR, como la Conferencia de Entes Locales y Regionales de la Asociación Oriental (Corleap), la Asamblea Regional y Local Euromediterránea (ARLEM) y la cooperación descentralizada, incluida la iniciativa de Nicosia de cooperación con los alcaldes libios, que podrían utilizar las herramientas y metodologías que se desarrollarán en el marco del Pacto por el Clima para apoyar a los entes locales y regionales de los países vecinos a la hora de intercambiar, adoptar y aplicar buenas prácticas en aras de una economía más sostenible y ecológica; |
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56. |
teniendo en cuenta el papel crucial de los Fondos EIE en la aplicación del Pacto Verde, considera que el Pacto por el Clima debe entablar un diálogo con las autoridades de gestión para garantizar que sean plenamente conscientes de las oportunidades existentes en este ámbito. Se declara dispuesto a cooperar con la Comisión a fin de impulsar la sensibilización y mejorar las capacidades de las autoridades de gestión para planificar y gastar estos fondos con el objetivo de avanzar hacia la neutralidad climática a través de una transición verde y justa. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Véanse, por ejemplo, los pactos climáticos locales en ciudades como Estocolmo, Róterdam, Ámsterdam y Nantes.
(2) https://www.eea.europa.eu/themes/human
(3) https://www.who.int/phe/publications/global-strategy/en/
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/107 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Nuevo Plan de Acción para la Economía Circular
(2020/C 440/18)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
A. Observaciones generales
Sobre nuestra responsabilidad
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1. |
expresa su preocupación por el actual ritmo de explotación de la Tierra, subraya que la conducta humana es la causa de este desastre del que todo el mundo es responsable y coincide con el nuevo Plan de acción para la economía circular (NPAEC) en que la transición hacia una economía neutra en carbono y circular requerirá cooperación de todas las partes interesadas a todos los niveles de gobernanza y de la sociedad; |
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2. |
destaca la necesidad urgente de acelerar la transición hacia un modelo de crecimiento regenerativo, manteniendo el consumo de recursos dentro de los límites del planeta y reduciendo nuestra huella; |
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3. |
acoge con satisfacción el nuevo Plan de acción para la economía circular (NPAEC) de la Comisión Europea como desarrollo estratégico del concepto del Pacto Verde Europeo y como continuación constructiva al Plan de acción de 2015; |
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4. |
lamenta que el NPAEC dedique un capítulo muy breve al papel de los entes locales y regionales, dado que estos desempeñan un papel importante en la transición hacia la economía circular como agente fundamental a la hora de iniciar y aumentar la muy necesaria innovación, así como de cambiar la vida cotidiana de las personas, las comunidades y las regiones en consonancia con los principios de la economía circular. Destaca la importancia del potencial de la circularidad para la creación de empleo, así como la necesidad de apoyar las inversiones en nuevas infraestructuras para la recogida, el reciclado y la utilización efectivas de los flujos de materiales secundarios; |
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5. |
se muestra impresionado por la cantidad de contribuciones enriquecedoras realizadas por las partes interesadas y pide a la Comisión Europea que utilice plataformas existentes tales como las Asociaciones de la Agenda Urbana, la Plataforma europea de partes interesadas de la economía circular y las redes de los gobiernos locales y regionales para reforzar el aprendizaje entre pares y el desarrollo de capacidades; |
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6. |
acoge con satisfacción la iniciativa sobre ciudades y regiones circulares «Circular Cities and Regions», que prestará asistencia a las partes interesadas en el desarrollo y la aplicación de soluciones territoriales de economía circular. No obstante, al mismo tiempo, el CDR subraya que la actividad circular no debe disociarse de otras actividades destinadas a proteger el planeta. El enfoque de la economía circular debe integrarse en las actividades en materia de clima, medio ambiente y desarrollo sostenible de las redes de ciudades; |
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7. |
subraya que el actual debate sobre los principios de la economía circular puede ser una oportunidad para abordar con decisión la cuestión, debatida en numerosas ocasiones, de superar el planteamiento de los indicadores tradicionales basados en el PIB (1), es decir, de añadir nuevos elementos distintos de los relativos a los resultados económicos, como la creación de sistemas solidarios para una sociedad inclusiva, un modo de vida que respete los límites de nuestro planeta o un reparto equitativo de los bienes; |
Sobre el contexto marcado por la COVID-19
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8. |
señala que el NPAEC se inició durante la pandemia de COVID-19, que nos ha mostrado cuánto dependemos de los recursos vírgenes, y concibe esta crisis como una llamada de atención en muchos sentidos; |
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9. |
pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que reduzcan la dependencia de los recursos primarios y refuercen la seguridad del suministro por medio de una organización más firme de la gestión de los recursos —sobre todo de los recursos escasos y críticos— y recomienda el desarrollo de una Plataforma de la UE sobre la política de gestión de recursos; |
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10. |
acoge con satisfacción que la Comisión Europea centre la atención en el desarrollo del mercado de materias primas secundarias, principalmente por medio de inversiones en el reciclado; |
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11. |
ha quedado impresionado por los efectos secundarios positivos de los confinamientos en el medio ambiente (concretamente, un aire más limpio, una menor contaminación del agua, menos emisiones nocivas). La resiliencia, la creatividad y la capacidad de innovación que han mostrado desde el comienzo de la crisis las empresas y los agentes económicos deberían aprovecharse para apoyar una profunda transformación ecológica de los procesos de producción y evitar un efecto de «recuperación» en lo que respecta a la degradación del medio ambiente después de la crisis; |
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12. |
pide a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a los entes locales y regionales que orienten las inversiones del Plan de Recuperación de la UE de tal forma que se garantice el progreso económico, social y medioambiental a largo plazo, reduciendo al mismo tiempo el uso de recursos, evitando y eliminando las sustancias peligrosas y mejorando la circularidad de los materiales y de los sistemas. El instrumento de recuperación «Next Generation EU» debe contribuir a este objetivo aportando la financiación necesaria y debería ir acompañado de recursos propios que no pongan a ningún Estado miembro de la UE en una posición de desventaja frente a otros países; |
Sobre la ambición climática, el Pacto Verde y los ODS
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13. |
pide a la Comisión Europea, a los Estados miembros y a los entes locales y regionales que velen por la oportuna aplicación del Pacto Verde Europeo, y aseguren que sirva de base sólida para relanzar la economía de la UE de manera compatible con el cumplimiento de los objetivos energéticos, climáticos y ambientales de la UE; |
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14. |
insiste en el papel esencial que desempeñan los principios de la economía circular para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el ODS 12 sobre «Producción y consumo responsables», y opina que la aplicación de los principios de la economía circular ayudará a llevar a la acción objetivos amplios y a fomentar la transformación tangible de la sociedad; |
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15. |
hace hincapié en que la transición hacia la economía circular supondrá un apoyo firme a la labor de mitigación del cambio climático de la UE y pide a la Comisión Europea que establezca más vínculos entre todos los planes del Pacto Verde para ofrecer la tan necesaria perspectiva general y crear sinergias y puentes entre los mismos mediante la investigación y los indicadores y dentro del proceso de diseño de políticas, por ejemplo en la Ley Europea del Clima; subraya que es igualmente importante vincular las políticas de la economía circular a las que se centran en otras cuestiones medioambientales, como la protección de la biodiversidad o la calidad del aire y del agua; la aplicación de los principios de la economía circular deberá convertirse en un punto de partida común para todos los sectores, desde el agroalimentario hasta el de la construcción, pasando por el de las soluciones tecnológicas de gama alta, etc.; |
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16. |
se refiere a las relaciones de dependencia transversales entre la circularidad y la protección del clima. El enfoque integrado de la economía circular, que incluye principios de diseño y sistemas de recuperación, puede aportar una contribución significativa a la mitigación directa de las emisiones de gases de efecto invernadero; |
Sobre los objetivos y la supervisión
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17. |
hace hincapié en que, para mantenerse dentro de los límites del planeta, es necesario desvincular el crecimiento del uso de los recursos, y lamenta que el NPAEC no incluya un objetivo total de reducción del uso de recursos; las medidas anteriores a escala de la UE han demostrado ser insuficientes para reducir el consumo general de recursos naturales y materias primas en Europa. Convendría formular otras mediciones distintas del PIB como base para calcular el desarrollo de una manera más acorde con los principios de la economía circular; |
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18. |
opina que la reducción del CO2 a lo largo del ciclo de vida de los productos debe formar parte de los objetivos, ya que esto arroja luz sobre la inversión y los resultados previstos y, por tanto, contribuye a que se prioricen actuaciones; |
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19. |
señala que las medidas tangibles dan lugar a resultados tangibles y pide a la Comisión Europea que acompañe cada medida clave con un resultado previsto y un calendario ambicioso; |
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20. |
destaca que la fijación de objetivos debe ser ambiciosa y progresiva para impulsar la innovación; por consiguiente, se requiere un sistema en el que cada cinco años la mejor solución disponible o mejor práctica en dicho momento establezca el objetivo para los cinco años siguientes; |
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21. |
hace hincapié en la necesidad de desarrollar y aplicar indicadores a nivel local y regional para evaluar los progresos y las dificultades que haya que superar y ayudar a los entes locales y regionales a la hora de aplicar las estrategias de economía circular; |
Sobre el sistema económico
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22. |
concluye que es justo que los costes de contaminación, residuos y emisiones se incluyan en el precio de los productos no circulares, de tal forma que la producción sostenible sea comparable y pueda competir con los métodos de producción no circulares; |
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23. |
opina que los instrumentos jurídicos y económicos encaminados a facilitar las actividades que promueven la circularidad y suprimir aquellas que la dificultan son instrumentos útiles, y exhorta a la Comisión a presentar buenas prácticas sobre cómo pueden orientarse los Estados miembros hacia la circularidad y encontrar soluciones comunes que funcionen de manera transfronteriza. Opina que reducir los impuestos sobre las actividades que promueven la circularidad y aumentar los impuestos sobre aquellas que la dificultan es un instrumento útil, y acoge con satisfacción el reconocimiento de que el impuesto sobre el valor añadido (IVA) constituye un instrumento eficaz para abordarlo. Los futuros trabajos en este ámbito deberán tener en cuenta el consenso sobre el reparto de competencias vinculadas a la política fiscal; |
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24. |
lamenta, en este contexto, que la unanimidad que prevalece en el ámbito de la fiscalidad restrinja la posibilidad para los Estados miembros de disponer de una mayor flexibilidad a la hora de utilizar tipos de impuestos o del IVA para apoyar una transformación real de los patrones de producción y consumo (más allá de las simples actividades de reparación); |
B. Entes locales y regionales
Sobre las competencias
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25. |
hace hincapié en que muchas competencias de los entes locales y regionales guardan relación con la gestión de los recursos y la economía circular; por tanto, los entes locales y regionales disponen de múltiples oportunidades de fortalecer la transición hacia la economía circular; al mismo tiempo, esta transición requiere muchos conocimientos técnicos e inversiones financieras. Por ello, el instrumento «Next Generation EU» y otros fondos deben contribuir a este objetivo aportando la financiación necesaria; |
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26. |
señala que el uso del agua, que es uno de los recursos más importantes, genera en los hogares y la industria grandes volúmenes de aguas residuales, de manera que debería reutilizarse más agua allí donde resulte adecuado; las aguas residuales también contienen muchos nutrientes valiosos que pueden recuperarse; por tanto, afirma que, junto con la investigación, la innovación y la financiación, se requieren objetivos claros de recuperación de nutrientes; |
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27. |
destaca que deben tenerse en cuenta los conocimientos e intereses de los entes locales y regionales al establecer objetivos en materia de residuos, sobre todo cuando la recogida y clasificación de residuos se vuelven más especializadas; |
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28. |
pide a la Comisión Europea que desarrolle una estrategia innovadora para presentar una serie de prácticas en materia de recogida de residuos; las regiones y las ciudades deben cooperar en este ámbito, en lugar de priorizar la armonización descendente de diferentes sistemas de recogida de residuos; |
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29. |
considera que las asociaciones público-privadas son esenciales al ampliar la economía circular para incluir a los principales agentes económicos y que los entes locales y regionales son la vía adecuada para las asociaciones público-privadas; pide a la Comisión Europea que estimule dicha cooperación en sus programas; |
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30. |
hace hincapié en que la orientación y promoción de las mejores prácticas a escala local y regional contribuye a acelerar la transición hacia la economía circular, por ejemplo sobre planificación espacial y sobre construcción y edificios; |
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31. |
pide a la Comisión Europea que inicie un programa que recopile información veraz sobre los flujos de materiales a escala local, regional, nacional y europea. Este debe servir a las partes interesadas para conocer mejor la situación y las actividades de otras regiones. Dicho programa debería constituir un sistema digital transparente y analizar la situación a nivel regional, nacional y europeo. Además, el programa debería brindar recursos para desarrollar dichas actividades en todos los niveles; |
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32. |
destaca que la información sobre las actividades regionales en materia de innovación, capacidades existentes (infraestructuras, conocimientos técnicos) y potencial de la economía circular es esencial y lamenta que estos datos suelen estar dispersos y fragmentados, lo que limita su utilidad para las regiones; anima, por tanto, a la Comisión Europea a que lleve a cabo un verdadero ejercicio de recopilación de pruebas que tenga en cuenta la perspectiva local y regional en la estrategia industrial de la UE; |
Sobre la contratación pública
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33. |
destaca que la contratación pública constituye un poderoso instrumento mediante el cual los entes locales y regionales pueden establecer normas y orientar el mercado hacia productos y servicios más sostenibles, pero subraya que la complejidad de las normas suele fomentar la aversión al riesgo de los entes regionales y locales. De este modo, se pueden fijar orientaciones para que las compras se efectúen sobre la base del coste total de la propiedad (que incluye todos los costes del ciclo de vida, incluidos los costes sociales y ambientales), lo que puede tener repercusiones positivas para la región; |
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34. |
pide que se sigan desarrollando criterios y objetivos de contratación pública ecológica sobre la base de un examen de los criterios ambientales mínimos contenidos en las actuales Directivas de la UE sobre contratación pública (2); recomienda que se desarrolle un conjunto de objetivos de innovación positiva y pide a la Comisión Europea que los extienda para facilitar una contratación pública verdaderamente ecológica. A fin de generar seguridad jurídica y reducir las cargas que hace pesar la contratación pública sobre los entes locales y regionales, es importante desarrollar certificados y etiquetas fiables y transparentes de la UE, en particular de cara a la sostenibilidad medioambiental. En el caso de la contratación pública, los productores deberán poder informar sobre lo que han hecho para dar prioridad a las materias primas secundarias en la fabricación de nuevos productos. Si no utilizan materias primas secundarias para fabricar nuevos productos, deberán justificarlo. En este proceso, contar con directrices adecuadas será útil para comprobar el contenido de materiales reciclados o recuperados, así como de subproductos presentes en los productos sujetos a los criterios ambientales mínimos; para ello, será necesario crear sistemas de evaluación transparentes y desarrollar los conocimientos de los contratistas; |
C. Recursos y residuos
Sobre los residuos y el principio de que «no existen residuos»
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35. |
afirma que muchos recursos cruciales etiquetados como «residuos» están disponibles en Europa e insiste en que en el camino hacia la verdadera economía circular se requiere un cambio hacia una mentalidad de cero residuos; subraya la importancia de registrar las materias primas para mantenerlas disponibles y poder así reutilizarlas y darles una identidad; |
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36. |
concibe como un principio importante que en la economía circular todos los materiales se diseñarán de tal manera que terminen convirtiéndose en nutrientes para la biosfera o en nuevos materiales para el siguiente ciclo de uso; |
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37. |
destaca la propuesta de la Comisión Europea para modernizar la legislación de la UE sobre residuos y los fondos de apoyo. Un punto clave en el que debe acelerarse esta modernización es la creación de un nuevo marco jurídico, más rápido y sencillo, para los criterios que permitan determinar cuándo un residuo deja de serlo y los criterios relacionados con los productos secundarios; |
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38. |
pide a la Comisión Europea que proponga un objetivo de generación absoluta de residuos per cápita, así como objetivos de prevención de residuos para empresas e industrias. Destaca la importancia (y el impacto) de los marcos normativos anunciados para los envases así como para los plásticos compostables; |
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39. |
hace hincapié en que, en la fase de transición «de residuos a materiales», los acuerdos transfronterizos pueden ser cruciales para evitar soluciones a corto plazo con efectos medioambientales negativos; |
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40. |
opina que donde las regiones o ciudades tengan que recuperar terreno, abandonando el uso de vertederos, deberían empezar por aprovechar las infraestructuras de cada una a escala europea para gestionar los residuos en la fase de transición (por ejemplo, utilizar incineradores de residuos ya existentes en lugar de construir nuevos incineradores), y destaca que se requiere financiación y coordinación para esta transición. Debe fomentarse la recuperación efectiva de energía, mediante la retención de metales y sales, en caso de que los residuos no puedan reciclarse debido a la contaminación, la fatiga de los materiales y la difícil separación de materiales complejos; |
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41. |
llama la atención sobre el hecho de que la gestión de residuos en las regiones ultraperiféricas sea especialmente problemática debido a la limitada infraestructura existente de tratamiento de los residuos y la falta de economías de escala para su recogida, tratamiento y reciclado. A este respecto, la aceleración de la transición hacia una economía circular (en Europa) debería, por lo tanto, mostrar un efecto directamente mensurable. El estado actual de la gestión y el tratamiento de los residuos en estas regiones puede servir de prueba práctica con respecto a dicha aceleración. Además, puede contribuir a la evaluación de los instrumentos existentes y al despliegue de otros nuevos; |
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42. |
insiste en que, para validar el principio de que «no existen residuos» y prevenir el uso de recursos vírgenes, es esencial establecer una obligación de utilizar materiales reciclados; insta a la Comisión Europea a establecer criterios según los cuales una proporción considerable de los productos nuevos debe estar hecha de material reciclado y recomienda incluir esto como parte del enfoque de las cadenas de valor clave de los productos; |
Sobre la prevención de los costes, los materiales seguros y la responsabilidad ampliada del productor
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43. |
lamenta que los entes locales y regionales a menudo se vean obligados a gestionar los efectos negativos de los productos que han alcanzado el final de su vida útil sin que un productor se haga responsable de retirarlos, ya que (partes de) estos productos a menudo contaminan el suelo o el aire y los entes locales y regionales acaban asumiendo los costes de su eliminación; |
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44. |
subraya que prevenir o abordar estos costes directamente a nivel del productor es de vital importancia y, por tanto, acoge con satisfacción el marco para una política de productos sostenibles del NPAEC; |
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45. |
subraya que los fabricantes tienen un importante papel que desempeñar en la transición hacia una economía circular. Han de desarrollar productos con la menor huella ecológica posible y cuya fabricación requiera la mínima cantidad de materiales primarios de origen fósil. Al mismo tiempo, los gobiernos también tienen responsabilidades a la hora de promover, fijar condiciones marco y regular; |
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46. |
subraya que la contaminación del suelo es una creciente preocupación en la UE; por consiguiente, acoge favorablemente la propuesta de la Comisión de promover iniciativas dirigidas a reducir el sellado del suelo, rehabilitar las zonas industriales abandonadas o contaminadas y aumentar el uso seguro, sostenible y circular de las tierras excavadas; pide a la Comisión que incluya en esta iniciativa el diagnóstico y rastreo obligatorios de las tierras excavadas; |
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47. |
acoge con satisfacción la iniciativa de la Comisión Europea de llevar a cabo una transición hacia «sustancias químicas seguras desde el diseño», puesto que prevenir o controlar el uso de materiales tóxicos es la forma más sencilla de evitar que se liberen tales sustancias químicas y evitar los considerables costes que asumen los entes locales y regionales derivados de la limpieza o la regulación de la transferencia de suelo contaminado (por ejemplo, con zonas libres de plagas); observa, sin embargo, que el control de los materiales tóxicos no es suficiente, sino que se necesita una total transparencia de los componentes para poder reciclar o reacondicionar los materiales de manera adecuada; |
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48. |
pide medidas para promover la importancia y la asunción de la responsabilidad ampliada del productor, teniendo en cuenta al mismo tiempo los distintos componentes de la economía circular. Por ejemplo, la fragmentación de las responsabilidades en materia de residuos socava el desarrollo de la gestión de residuos en su conjunto. El objetivo estriba en garantizar modelos de negocio, en los que los productores también evalúen las consecuencias del modelo «seguro y circular desde el diseño»; |
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49. |
solicita que no todos los productores establezcan su propia «logística de retorno», ya que esto podría originar una huella logística enorme; por ello, es necesario definir especificaciones de materiales o componentes inteligentes, así como estrategias de logística inversa inteligente; |
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50. |
pide que el NPAEC tenga en cuenta la especial problemática de la basura marina. Dada la naturaleza transfronteriza de estos residuos, sería necesario el fomento de la colaboración entre los Gobiernos de todas las regiones marinas para garantizar la sostenibilidad de los recursos comunes, así como instar a una cooperación regional e internacional en busca de soluciones comunes; |
D. Lograr que la economía circular funcione
Sobre la concienciación y la acción
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51. |
hace hincapié en que la economía circular requiere una nueva forma de consumir y la labor de concienciación es esencial; los entes locales y regionales están cerca de las personas y, por ello, desempeñan un papel importante a la hora de fomentar el cambio de mentalidad hacia otra normalidad; pide, por tanto, a la Comisión Europea que proporcione apoyo a proyectos a escala local y regional que den lugar a resultados tangibles; |
Sobre capacidades y educación
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52. |
destaca que, con el fin de concienciar, la educación es importante tanto «desde la guardería hasta la universidad» como, por supuesto, en el trabajo; por consiguiente, los fondos de la política de cohesión deben ofrecer apoyo para incluir el modo de vida circular en el plan de estudios de todo tipo de educación, incluidos los medios de educación digital; |
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53. |
hace hincapié en que, para tomar decisiones de compra bien fundadas, los consumidores necesitan información transparente sobre el porcentaje de material reciclado de los productos; |
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54. |
subraya lo que tiene que decir el NPAEC sobre el apoyo a la adquisición de capacidades y la creación de empleo, pero advierte del riesgo de que, a corto plazo, los puestos de trabajo en la economía circular son relativamente poco cualificados y, de medio a largo plazo, se automatizarán y perderán debido a la robotización; por otro lado, existen oportunidades para puestos de trabajo altamente cualificados y, por tanto, la actualización de la Agenda de Capacidades debe tener en cuenta estos dos aspectos; |
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55. |
recomienda que las regiones que hagan una transferencia rápida al empleo relativamente poco cualificado (en parte debido a los bajos costes laborales) deberían ser las primeras en beneficiarse del apoyo a la educación y el desarrollo de capacidades con el fin de acelerar la transferencia a puestos de trabajo más cualificados; esto impulsará la innovación técnica y social y supondrá un apoyo para los entes locales y regionales en la transición hacia una economía versátil y resiliente; además, la actualización del programa de capacitación también debería tener en cuenta las diferencias regionales —en particular en las regiones menos desarrolladas— a la hora de elaborar estrategias y programas educativos y de capacitación para el perfeccionamiento y el reciclaje profesional de la mano de obra; |
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56. |
dado que la economía circular requiere una reflexión y una actuación integrales, intersectoriales y a largo plazo, se alienta a los entes locales y regionales a que gestionen sus estructuras administrativas y adapten sus estructuras organizativas para apoyar la promoción de la economía circular, por ejemplo, para crear nuevos perfiles de funciones gubernamentales, como los gestores de ciudades inteligentes y de la economía circular; |
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57. |
pide a la Comisión Europea que ponga en marcha programas de financiación directa dirigidos a los entes locales y regionales y a las pymes para apoyarles en sus esfuerzos por abordar la transición a una economía circular mediante la educación y el reciclaje y perfeccionamiento profesionales de la mano de obra, así como a través de las inversiones y el desarrollo de la capacidad de resistencia; |
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58. |
señala que es necesario seguir investigando y regulando en el ámbito de los materiales sostenibles y reciclables. Especialmente si el reciclado no significa una degradación a un producto de menor valor, los requisitos de separación y reutilización de materiales se vuelven más ambiciosos para permitir que los materiales se utilicen en el mayor número de ciclos posible. Por lo tanto, el enfoque «de la cuna a la cuna» da una pista sobre la manera en que puede ponerse en práctica este principio de reciclaje antes de la degradación y depende del diseño minucioso del producto; |
Sobre una sociedad circular
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59. |
insiste en que los objetivos de la economía circular se incorporen como ámbito obligatorio en la política de cohesión posterior a 2020 y su fondo correspondiente, ya que esto es necesario para proporcionar el impulso que se requiere para promover la transición hacia la economía circular desde el nivel local y regional; |
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60. |
está de acuerdo y subraya la conclusión del NPAEC de que la transición hacia la economía circular será sistémica, profunda y transformadora. La reindustrialización de Europa debe basarse en la economía circular, promoviéndola y fomentándola a través de una aplicación real de sus principios y herramientas, y |
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61. |
hace hincapié en que la transición debe ser justa, ya que no solo afecta a la economía, sino principalmente a la sociedad, de la que están cerca los representantes locales y regionales; concluye, por tanto, que las regiones y las ciudades son el «nivel de escala» más relevante en el camino hacia la consecución de una sociedad circular; |
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62. |
desea señalar, por último, que, además de crear una plataforma y un marco regulador para la economía circular en la Unión, la Comisión deberá establecer también requisitos estrictos para las exportaciones y las importaciones desde y hacia la Unión, de modo que los principios de la economía circular se dejen sentir también más allá de las fronteras de la Unión. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (ESA 2010): https://ec.europa.eu/eurostat/documents/3859598/5925693/KS-02-13-269-EN.PDF/44cd9d01-bc64-40e5-bd40-d17df0c69334.
(2) Directivas 2014/23/UE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 1), 2014/24/UE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 65) y 2014/25/UE (DO L 94 de 28.3.2014, p. 243) del Parlamento Europeo y del Consejo.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/114 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones – Hacia un uso sostenible de los recursos naturales en el contexto insular mediterráneo
(2020/C 440/19)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Introducción: las islas mediterráneas y sus retos específicos
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1. |
recuerda que las islas europeas del Mediterráneo concentran el 95 % de los habitantes insulares de la Unión Europea (UE) y que, junto con el resto de islas de la cuenca, comparten retos, problemas y limitaciones comunes que dificultan su desarrollo económico; |
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2. |
señala que los Tratados de la Unión Europea no recogen medidas específicas sobre la insularidad distintas de las contempladas en el contexto de las regiones ultraperiféricas, aunque su situación especial se basa casi en su totalidad en el principio de insularidad; |
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3. |
admite que los territorios insulares en el contexto del Mediterráneo constituyen realidades económicas, administrativas, culturales y sociales heterogéneas. No obstante, comparten retos y problemas comunes que, en una cuenca tan fragmentada como la mediterránea, deben abordarse en un ámbito conjunto específico; |
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4. |
reconoce que la crisis sanitaria actual provocada por el COVID-19 ha puesto de relieve la especial vulnerabilidad de los territorios insulares, que cuentan con recursos escasos; |
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5. |
celebra que la Comisión Europea avance hacia un Pacto Verde y un marco de transición justa que permita un desarrollo socioeconómico de las islas del Mediterráneo y se alinee con los Objetivos de Desarrollo Sostenible; |
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6. |
reconoce la riqueza excepcional de los ecosistemas insulares mediterráneos y su especial vulnerabilidad en el marco del desarrollo socioeconómico actual y de cambio climático, siendo la gestión sostenible de sus escasos recursos naturales el principal reto de estos territorios; |
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7. |
considera que la Comisión Europea, a la luz de la elevada vulnerabilidad ambiental y climática de los territorios insulares mediterráneos, debería tener en cuenta la condición geográfica y socioeconómica específica de las islas mediterráneas al establecer la trayectoria para alcanzar el objetivo de neutralidad climática; |
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8. |
subraya que, pese a las dificultades específicas a las que se enfrentan, si se establecen medidas legislativas específicas y un marco financiero adecuado, estos territorios insulares mediterráneos constituyen magníficos laboratorios para los diferentes procesos de transición ecológica emprendidos por la UE; |
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9. |
solicita a los Estados miembros de la UE y a la Unión por el Mediterráneo que colaboren para lograr una declaración ministerial sobre el contexto insular mediterráneo, reconociendo a las islas mediterráneas como un área especial dentro de la UE, con necesidades concretas y una cultura, un patrimonio y un medio ambiente únicos que deben gestionarse y protegerse de manera específica y mancomunada; |
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10. |
solicita a los Estados miembros, a la Comisión Europea y a la Unión por el Mediterráneo que, dada su condición de frontera entre Europa y África, se tenga en cuenta a las islas de la cuenca en el desarrollo e implementación de la política europea de vecindad; |
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11. |
resalta que una sólida cohesión territorial entre las islas europeas del Mediterráneo contribuirá también a reforzar la posición fronteriza de la Unión, ofreciendo además una sólida contraparte para fortalecer la cooperación con los territorios de los socios mediterráneos de la UE; |
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12. |
insiste en que, pese a las claras similitudes en cuanto a sus condiciones generales a nivel social, económico y geográfico con las regiones ultraperiféricas de la UE, las islas mediterráneas no benefician de un tratamiento específico que permita hacer frente a las contingencias geográficas permanentes para su desarrollo económico y social reconocidas en el artículo 174 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE); |
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13. |
apunta que el artículo 174 del TFUE debería aplicarse desde las primeras etapas del proceso de toma de decisiones, incluyendo medidas compensatorias específicas para superar los retos y las restricciones derivadas de la condición insular mediterránea; |
Escasez de recursos naturales en el contexto insular mediterráneo
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14. |
indica que un factor común a todas las islas del Mediterráneo es la existencia de unos activos ambientales cada vez más precarios: territorio reducido con gran multiplicación de usos, recursos hídricos limitados, alta dependencia energética de combustibles fósiles, así como la elevada fragilidad y el debilitamiento de sus ecosistemas; |
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15. |
insiste en que el principal recurso escaso de las islas es el territorio, siendo más severa esta situación en las regiones con una dimensión espacial reducida donde la expansión física genera procesos de congestión más acelerados y visibles; |
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16. |
recuerda que las islas del Mediterráneo son en su mayoría energéticamente dependientes del continente y de un aprovisionamiento exterior en combustibles fósiles, y aplaude las acciones llevadas a cabo por la UE para su descarbonización; |
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17. |
recuerda que las zonas insulares del Mediterráneo suelen presentar unos recursos hídricos limitados, en muchas ocasiones afectados por la sobreexplotación, que tienden a concluir en su agotamiento, contaminación y salinización; |
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18. |
considera que, si bien es cierto que muchas islas del mediterráneo han apostado por la desalación como mecanismo para garantizar el suministro de agua, el eje central de la política hidráulica debería recaer en políticas de demanda (como son el ahorro, la reutilización, la mejora en la eficiencia en el uso y en la asignación del recurso), y en políticas de conservación, protección y gestión integral de los recursos hídricos; |
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19. |
señala que, debido a las características específicas de sus infraestructuras y de sus posibilidades reales de acceso al mercado energético europeo, las islas mediterráneas afrontan importantes costes adicionales de producción de energía y costes ligados a la reconversión y reestructuración de sus sectores económicos; |
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20. |
recuerda que la cuenca Mediterránea es un punto candente de biodiversidad a nivel mundial, siendo el número de endemismos especialmente alto en sus regiones insulares; |
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21. |
observa que en las islas mediterráneas se hallan representados numerosos hábitats de interés comunitario, algunos de ellos prioritarios, que se encuentran amenazados por una elevada presión antrópica, la degradación de los hábitats y la llegada de especies exóticas e invasoras que desequilibran los ecosistemas; |
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22. |
considera que la UE debería desarrollar medidas de protección ambiental específicas para las islas mediterráneas, ya que estas poseen una biodiversidad terrestre y marina única y, por lo tanto, requieren políticas de desarrollo sostenible y medidas de protección ambiental adaptadas; |
Las actividades socioeconómicas y su impacto en los recursos naturales
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23. |
hace hincapié en que las islas mediterráneas presentan una estructura económica muy especializada, bien en el sector primario (agricultura y pesca), o en el terciario (turismo), lo cual fragiliza mucho su estructura productiva en un contexto socioeconómico europeo y global altamente competitivo; |
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24. |
subraya que el sector agroalimentario es estratégico en las islas mediterráneas para lograr una mayor sostenibilidad de los recursos naturales, habida cuenta de su gran relevancia a nivel territorial, por el porcentaje importante del territorio que ocupa su actividad, y como fuente de alimentos para la población; |
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25. |
insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a mejorar la resiliencia del sistema agroalimentario de las islas mediterráneas, que permita un grado de soberanía alimentaria suficiente para hacer frente a eventualidades como desastres naturales, conflictos político-sociales o situaciones de crisis sanitarias, como la del COVID-19, que imposibiliten el suministro desde el exterior; |
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26. |
resalta la sobreexplotación de algunas de las poblaciones de peces en el Mediterráneo y urge a desarrollar planes adaptados de gestión pesquera para la cuenca mediterránea, que sirvan para mejorar e innovar las flotas pesqueras locales y los sistemas de cría a mar abierto, integrando las modalidades de gestión tradicionales con las más innovadoras; |
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27. |
observa la importancia que reviste la pesca a pequeña escala para el ecosistema económico de las comunidades costeras mediterráneas, e invita a las islas mediterráneas a estudiar modelos de cogestión pesquera que involucren a los diferentes sectores socioeconómicos implicados. Entre ellos, cabe destacar, por su importancia, el fomento del turismo de pesca y el turismo medioambiental en el mar, que requieren competencias específicas; |
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28. |
considera que la creación de nuevas áreas marinas protegidas (AMP) en las islas debería acompañarse paralelamente de estrategias económicas innovadoras en aras de un uso sostenible de los recursos haliéuticos entre los gestores de las AMP, los representantes del sector pesquero y los representantes del sector turístico; |
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29. |
destaca que las islas mediterráneas, en su mayoría, no desarrollan un sector industrial debido a su escasa productividad, relacionada con la falta de materias primas, a los elevados costes de producción y a los problemas logísticos en el transporte; |
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30. |
subraya que, en general, el alto grado de especificidad de la demanda de servicios y la especialización en la oferta turística hacen que estas economías sean más frágiles que las continentales, mostrando una evolución económica muy condicionada por las coyunturas internacionales; subraya que, en general, la alta especialización e internacionalización de las islas mediterráneas en el sector servicios hace que estas economías sean más frágiles que las continentales, mostrando una evolución económica muy condicionada por las coyunturas internacionales –sirva de ejemplo la crisis sanitaria provocada por la expansión del COVID-19 a nivel mundial y su especial afectación a las economías insulares mediterráneas, muy dependientes en su gran mayoría del sector servicios; |
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31. |
insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a tener en cuenta la existencia de una elevada población flotante en las islas mediterráneas que multiplica las necesidades en infraestructura de la población residente y tensa la demanda de servicios públicos de todo tipo; |
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32. |
considera que el despliegue del Plan de Acción de la UE para la Economía Circular debería incluir medidas específicas que tengan en cuenta la existencia de una elevada población flotante vinculada a los flujos turísticos y la alta terciarización de muchas de las economías insulares mediterráneas; |
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33. |
solicita a la Comisión Europea y a los Estados miembros que apoyen el intercambio de buenas prácticas en materia de turismo sostenible en las islas del Mediterráneo, como ahora los programas desplegados en el marco del Interreg MED (1); |
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34. |
pone de relieve el bajo nivel de capacitación de las regiones insulares mediterráneas en relación con la media de la Unión Europea, sobre todo en formación postsecundaria y profesional, estimula el abandono escolar prematuro y un ingreso precoz en el mercado de trabajo en economías altamente terciarizadas; |
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35. |
hace hincapié en que las islas, en general, dependen en gran medida del transporte aéreo y marítimo, e insta a la Comisión Europea a que considere adecuadamente sus características específicas (2); |
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36. |
destaca que el transporte de mercancías es entre dos y cuatro veces más caro que en el continente (3), constituyendo un factor crucial que incide directamente sobre la competitividad de las producciones insulares; |
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37. |
propone la revisión de las normas sobre ayudas estatales aplicables al territorio de las islas mediterráneas con vistas a reconocer su especificidad y adaptarse a sus contingencias; |
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38. |
destaca la necesidad de desarrollar Indicadores Sintéticos de Sostenibilidad, que incorporen, de forma holística, parámetros económicos relacionados con indicadores económico-ambientales y económico-sociales, y que se centren en condicionantes biofísicos; |
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39. |
señala que la aplicación de la Directiva (UE) 2016/802 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativa a la reducción del contenido de azufre de determinados combustibles líquidos (4), si bien persigue objetivos importantes de protección del medio ambiente, ha dado lugar a un aumento significativo del coste de los servicios de transporte marítimo, que ha repercutido en los ciudadanos y las empresas insulares. En este sentido, insta a la Comisión a que adopte excepciones temporales en el ámbito de las ayudas estatales para las autoridades insulares regionales y locales que deseen intervenir en el sector del transporte marítimo; |
Un nuevo modelo de gobernanza en el marco insular mediterráneo
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40. |
destaca la importancia de establecer una gobernanza multinivel, que permita que los niveles locales, regionales, estatales y supraestatales de gobernanza de la cuenca mediterránea avancen en una gestión eficaz y flexible de los recursos naturales en los territorios insulares; |
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41. |
reclama a la Comisión Europea la adopción de un plan estratégico plurianual para el desarrollo sostenible a nivel económico, social y medioambiental de las islas europeas mediterráneas, así como un enfoque coherente a nivel de la política europea de vecindad y el partenariado Euro-Mediterráneo; |
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42. |
anima a construir una relación más estrecha entre las islas del Mediterráneo que propicie el intercambio de buenas prácticas y políticas entre los distintos territorios y ampliar alianzas como la «Med Insulae», constituida por Cerdeña, Córcega, Gozo y las Islas Baleares; |
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43. |
destaca la importancia que reviste para el modelo económico y social de las comunidades isleñas una gestión integrada de zonas costeras capaz de reforzar y promover interacciones innovadoras «costa-mar», así como modelos de negocios que permitan a la vez el uso sostenible de las áreas insulares y del medio ambiente marino; |
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44. |
insta a la Comisión Europea y a los Estados del Mediterráneo a que desarrollen y potencien estrategias de cuenca marítima (5) en aras de mejorar la cooperación y la integración de toda la región y desarrollar una gestión integrada de zonas costeras que profundice en la concepción holística de cuenca Mediterránea; |
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45. |
anima a las regiones y a los Estados a que delimiten y desarrollen figuras internacionales de protección y gestión de zonas marinas especialmente sensibles, como las existentes en el marco de la Organización Marítima Internacional; |
Una correcta financiación para el uso sostenible de recursos naturales
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46. |
afirma que el aislamiento, el tamaño reducido y la vulnerabilidad son tres características inherentes a las islas mediterráneas que obstaculizan su desarrollo armonioso en el seno de la Unión y dificultan su cohesión económica, social y territorial; afectando directa y permanentemente a su capacidad de crecimiento y progreso; |
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47. |
pide una mejor adaptación de los actuales instrumentos de financiación de la UE a las realidades del contexto mediterráneo insular; |
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48. |
reclama a los Estados miembros y a la Comisión Europea que racionalicen y coordinen sus planes plurianuales, con el fin de lograr soluciones que mejoren también la cooperación transfronteriza entre los territorios mediterráneos; |
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49. |
insta a la Comisión Europea a reforzar la inversión en investigación, desarrollo e innovación aumentando sus fondos públicos y fomentando la proliferación de la inversión privada a través de colaboraciones público-privadas con el objetivo de diversificar la actividad y el progreso económico de las regiones insulares del Mediterráneo; |
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50. |
insta a la Comisión Europea a que, en todos los programas de cooperación transfronteriza, exima a las regiones insulares mediterráneas del límite de los 150 km; |
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51. |
estima necesaria la inclusión de criterios geoeconómicos en el sistema de asignación de los fondos de la futura política de cohesión, como la perificidad y la insularidad, que suponen obstáculos físicos permanentes y dificultan el desarrollo sostenible de las islas mediterráneas; |
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52. |
requiere una mayor flexibilización de los requisitos de concentración temática, atendiendo, no solo a los niveles estatales de desarrollo, sino, sobre todo, a la realidad económica, social y territorial de las regiones insulares mediterráneas; |
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53. |
solicita el mantenimiento de las actuales tasas de cofinanciación del FEDER y el FSE, así como su modulación para las zonas con desventajas naturales graves y permanentes, permitiendo una mejor adecuación de estos instrumentos a la realidad insular mediterránea; |
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54. |
reclama la subvencionabilidad de las inversiones relacionadas con las infraestructuras de accesibilidad y transporte aeroportuario, portuario y terrestre de las islas mediterráneas; |
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55. |
reclama la creación de un subprograma de Islas del Mediterráneo dentro del futuro programa Interreg MED 2021-2027, como vía más eficaz para trabajar con los recursos de la UE destinados a los territorios insulares de la cuenca; |
Conclusiones
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56. |
destaca que uno de los principios de la Unión Europea es la cohesión económica, social y territorial, con una atención especial a los territorios insulares tal y como se recoge en el artículo 174 del TFUE; |
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57. |
celebra que, gracias al desarrollo de una estrategia de la UE específica para las regiones ultraperiféricas, estos territorios disponen de programas especiales de ayudas que les han permitido un mejor desarrollo sostenible; |
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58. |
constata la necesidad de una aplicación real y efectiva del artículo 174 del TFUE en lo referente a las islas mediterráneas, tal y como se ha desarrollado el artículo 349 del TFUE para las regiones ultraperiféricas; |
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59. |
insta a la Comisión Europea a que elabore una estrategia de las islas del Mediterráneo que tenga en cuenta las características y vulnerabilidades específicas de los territorios insulares mediterráneos y que desarrolle una asociación reforzada con acciones concretas y coordinadas entre estos territorios, los Estados miembros y la UE. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Por ejemplo, se han desarrollado proyectos como Blueislands, Mitomed+, Wintermed o Smartmed.
(2) Este punto recoge el mensaje del Dictamen titulado Una estrategia europea para un mayor crecimiento y empleo en el turismo costero y marítimo, ponente: Vasco Ilídio Alves Cordeiro (PT/PSE) (https://webapi2016.cor.europa.eu/v1/documents/cor-2014-02645-00-00-ac-tra-es.doc/content).
(3) PLANISTAT EUROPE-BRADLEY DUNBAR ASS., Informe definitivo. 2000. CE. 16. 0. AT. 118. Analysis of the island regions and outermost regions of the European Union, Unión Europea, marzo de 2003.
(4) DO L 132 de 21.5.2016, p. 58.
(5) Como podría ser la Iniciativa de desarrollo sostenible de la economía azul en el Mediterráneo occidental o la Estrategia de la Unión Europea para la región del Adriático y del Jónico (Eusair).
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/119 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Renovación de la Carta de Leipzig sobre Ciudades Europeas Sostenibles
(2020/C 440/20)
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RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Desde el Pacto de Ámsterdam hacia una Carta de Leipzig renovada
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1. |
señala la naturaleza intrínsecamente diferente de la cooperación europea en materia de asuntos urbanos: por un lado, la Carta de Leipzig renovada está directamente relacionada con las políticas urbanas nacionales y requerirá una mayor coordinación política a nivel nacional, regional y local; y, por otro, la dimensión supranacional de la Agenda Urbana de la UE, que ha demostrado ser un instrumento novedoso de gobernanza multinivel, útil para implicar a las ciudades en las políticas europeas; |
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2. |
acoge favorablemente la idea de renovar la Carta de Leipzig bajo Presidencia alemana de la UE durante el segundo semestre de 2020 y agradece el método de trabajo inclusivo lanzado por el Gobierno alemán para implicar al máximo número de actores posibles; |
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3. |
recuerda que la Declaración de Bucarest, adoptada por los ministros responsables de asuntos urbanos el 14 de junio de 2019, reconoció «la necesidad de desarrollar una relación funcional entre la nueva Carta de Leipzig, la Agenda Urbana de la UE y la Agenda Territorial posterior a 2020»; |
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4. |
solicita a la Comisión Europea, en este sentido, que demuestre un mayor compromiso político con la Agenda Urbana de la UE y la implique en sus iniciativas faro actuales, como el Pacto Verde o las iniciativas en materia digital. El mecanismo de aplicación del Pacto Verde requerirá reforzar las acciones concretas en asociación con el nivel local, combinando los enfoques de arriba abajo con el fundamental de abajo arriba, consiguiendo objetivos año a año hasta 2050; |
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5. |
pide a la Comisión Europea que establezca una relación mucho más estrecha entre su futura Agenda sobre «Legislar mejor» y la Agenda Urbana de la UE, con el fin de que las recomendaciones emitidas por los partenariados urbanos sean tenidas en cuenta. En este sentido, las evaluaciones de impacto territorial y urbano deberían integrarse directamente en los mecanismos de consulta prelegislativos, así como en la evaluación de las políticas europeas y de simplificación administrativa (REFIT); |
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6. |
recuerda la necesidad de adaptar el Semestre Europeo para reflejar mejor los retos que tienen las ciudades. Las recomendaciones específicas por país, junto con la política de cohesión, serán las principales herramientas de aplicación del Pacto Verde, por lo que las cuestiones específicas de las zonas urbanas —como la vivienda asequible, las desigualdades crecientes y las inversiones a largo plazo— deben reflejarse en el nivel de coordinación de las políticas económicas de toda la Unión Europea, y las estrategias de especialización inteligente, desarrollo urbano integrado y transición justa deben armonizarse a nivel regional o local mediante herramientas territoriales como las estrategias de inversión territorial integrada; |
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7. |
requiere a la Comisión Europea que desarrolle el concepto de «subsidiariedad activa» como paso adicional para reforzar el diálogo con las ciudades, así como con las áreas metropolitanas y con las regiones, y vincular así la Agenda Urbana de la UE y el programa de mejora de la legislación. A este respecto, se deberían reforzar las sinergias con la Red de centros regionales (RegHubs) del Comité Europeo de las Regiones; |
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8. |
apoya al Parlamento Europeo en declarar la emergencia climática actual y reconoce que lograr la neutralidad de carbono requiere un esfuerzo colectivo y acciones específicas a nivel local, donde las ciudades juegan un papel fundamental. El 75 % de la población europea vive en ciudades y alrededor del 70 % de las emisiones de CO2 en Europa se emiten en las ciudades. Las ciudades son parte del problema, pero la Carta de Leipzig renovada debería reconocer la capacidad de las ciudades como motores de cambio y protagonistas directos de la ejecución soluciones a los desafíos globales del siglo XXI; |
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9. |
considera que la Carta de Leipzig renovada debería convertirse en una oportunidad política para que las ciudades se conviertan en un referente de la plasmación practica de las diferentes políticas urbanas en todos los Estados miembros, contribuyendo a reforzar la credibilidad del proyecto europeo de cara a los ciudadanos en su ámbito más cercano. Al mismo tiempo, la Carta renovada también debería propiciar un seguimiento de la Agenda Urbana de la UE, iniciada por el Pacto de Ámsterdam (2016), y ambas deben enmarcarse en el proceso de implementación de la Agenda 2030 en los gobiernos locales para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En este sentido, los entes locales y regionales de la Unión Europea se enfrentan a retos diversificados y a nuevos desafíos globales que solo pueden abordarse desde un enfoque integrado y multinivel, y el apoyo de la Unión Europea representa un valor añadido indispensable. Para ello, los principios de la Carta de Leipzig deben ser incorporados a las Conclusiones del Consejo de la Presidencia alemana de la UE (segundo semestre de 2020), que serán adoptadas por el Consejo de Asuntos Generales y el Consejo Europeo. La Carta de Leipzig propiamente dicha deberá ser refrendada por los Estados miembros, las ciudades y el Comité Europeo de las Regiones; |
El poder transformador de las ciudades europeas para acelerar los objetivos de 2050
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10. |
señala que es necesario asegurar un equilibrio adecuado entre las tres dimensiones propuestas relativas a las ciudades europeas: incrementar la productividad y generación de riqueza y empleo en las ciudades y sus regiones, distribuirla de forma más justa entre los ciudadanos, mejorando al mismo tiempo la calidad medioambiental de nuestro entorno y aprovechando las oportunidades que les brinda la vida urbana; |
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11. |
considera importante poner en valor los trabajos llevados a cabo por los diferentes partenariados urbanos y establecer pasarelas entre la actual Agenda Urbana de la UE y la futura Carta de Leipzig renovada. Por ejemplo, los trabajos llevados a cabo por los partenariados como la «Academia Urbana de la Integración» o la iniciativa del Comité de las Regiones «Ciudades y Regiones por la Integración», que proporciona una plataforma para alcaldes de la Unión Europea y presidentes regionales que deseen poner en valor buenas prácticas; |
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12. |
recuerda que las regiones y ciudades están en primera línea a la hora de acoger e integrar a los migrantes y refugiados en Europa. Por consiguiente, el CDR pide que la nueva Iniciativa Urbana Europea propuesta por la Comisión Europea aporte financiación suficiente con el fin de apoyar la asociación sobre la Inclusión de los Migrantes y Refugiados y la iniciativa del CDR «Ciudades y Regiones por la Integración» y de marcar la diferencia para los europeos en sus ciudades; |
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13. |
considera que, con el fin de lograr los objetivos planteados por los Acuerdos de París y el pacto de alcaldes contra el cambio climático, debería ser uno de los principales objetivos de la Carta de Leipzig renovada recurrir a la movilidad innovadora que consiste en una combinación del uso del vehículo privado eléctrico en las ciudades y la promoción de una movilidad multimodal alternativa y baja en emisiones, basada en el transporte público sostenible como el desplazamiento en bicicleta o a pie, así como a políticas sostenibles de ordenación del territorio que promuevan la contención del crecimiento urbano y la rehabilitación sostenible y energética del parque de viviendas europeo; |
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14. |
considera de suma importancia que la Comisión Europea, mediante la Agenda Urbana, y los Estados miembros, mediante la Carta de Leipzig, apoyen con incentivos financieros el desarrollo de planes de movilidad urbana sostenible, como ya solicitó el CDR en 2010 en su Dictamen sobre el «Plan de acción sobre la movilidad urbana»; |
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15. |
asimismo, es importante que se considere la importante cuestión de la rehabilitación energética del parque de viviendas, así como de la red de oficinas y edificios del tejido empresarial e industrial; |
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16. |
reitera su petición de elaborar un plan de acción a escala europea en favor de una vivienda asequible en Europa; |
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17. |
considera que la fijación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas en el territorio urbano es un marco estratégico para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía que ha de ser tenido en cuenta por las ciudades y regiones en el desarrollo de sus políticas. Las ciudades, como administración más cercana a la ciudadanía, implementan políticas que cambian la realidad social de las ciudades y son actores imprescindibles para avanzar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular el Objetivo 11, centrado en ciudades, y el Objetivo 17, que impulsa las alianzas entre los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil; |
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18. |
la gestión de residuos y la gestión integral del ciclo de agua, la gestión de las emisiones y vertidos así como la reducción de consumos y mejora del aprovechamiento energético, así como la producción de energía limpia y libre de carbono, la gestión de los impactos de fenómenos meteorológicos extremos, y el desarrollo de un tejido verde y promoción de la biodiversidad, son piezas claves para mejorar el desarrollo sostenible de las áreas urbanas. La promoción de la economía circular tiene que ser impulsada por la administración local para transformar nuestro modelo productivo y generar nuevos empleos verdes favoreciendo el cambio de paradigma que nos haga llegar a la ciudad del futuro. Este cambio de paradigma no podrá suceder sin programas de formación a los niveles local y regional para adaptar los empleos a la transición ecológica; |
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19. |
considera que impulsar la biodiversidad y renaturalizar el espacio urbano por medio de la infraestructura verde y las soluciones basadas en la naturaleza, favoreciendo de este modo la conectividad ecológica y la calidad paisajística tanto en la propia ciudad como de esta con su entorno próximo, resulta vital para enfrentar algunas de las alteraciones e impactos causados por el cambio global; |
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20. |
resalta la importancia de promover ciudades inclusivas, que tengan en cuenta la lucha contra las desigualdades sociales, la brecha digital, el envejecimiento actual de la población europea y los cambios demográficos como la despoblación en algunas áreas. En esta dimensión inclusiva, es esencial incluir acciones destinadas a mejorar el acceso a la vivienda a un precio asequible, lograr la accesibilidad universal, luchar contra la pobreza energética, asegurar una integración migratoria adecuada con la población de acogida y compatibilizar mejor la movilidad de personas, sobre todo jóvenes, entre los Estados miembros con la generación de oportunidades de desarrollo profesional en los países con una menor renta per cápita; así como garantizar el acceso a un sistema de protección y cuidado de la salud y un sistema de garantía de suministro alimentario, que incluya el abastecimiento y saneamiento de agua básicos para toda la población, considerando las circunstancias de cada individuo o grupo para poder hacer frente a los costes derivados; |
Principios inspiradores de la Carta de Leipzig renovada
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21. |
está de acuerdo con los siguientes principios de funcionamiento para la Carta de Leipzig renovada: enfoque integrado, enfoque de base local, gobernanza multinivel y participación y cocreación. Todos ellos están relacionados con los principios que guían la política de cohesión de la UE; |
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22. |
señala que es imperativo que la futura Carta de Leipzig sea conocida por las ciudades y municipios de toda la Unión Europea y que sus principios definan el marco general para las políticas y estrategias urbanas nacionales, regionales y locales, así como las correspondientes iniciativas europeas, en particular aquellas dotadas de financiación que puedan crearse ex novo en el marco del Pacto Verde; |
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23. |
respetando la necesaria flexibilidad para ajustar los objetivos de la Agenda Urbana de la UE a la realidad de cada territorio, apoya la propuesta de actuar a escala de «vecindario», ya que podría ser un enfoque adecuado para hacer frente a los desafíos globales desde lo local. Sin embargo, cada nivel de gobernanza debe asumir su parte de responsabilidad y competencia en relación con los retos urbanos (calidad del aire, vivienda, digitalización, instrumentos de financiación), respetando plenamente los principios de subsidiariedad y proporcionalidad; |
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24. |
se muestra de acuerdo en que se reconozcan en la Carta de Leipzig renovada a las áreas urbanas funcionales o áreas metropolitanas como espacios que contribuyen a aplicar un enfoque integrado del territorio y a lograr un desarrollo territorial equilibrado coherente con las estrategias de la UE. También recomienda reconocer a las áreas urbanas funcionales y metropolitanas con marco institucional propio y aquellas que a partir de la política de cohesión han impulsado dinámicas de trabajo a escala metropolitana, como mencionó el CDR en su Dictamen de 2019 sobre «Los retos de las regiones metropolitanas y su posición en la futura política de cohesión después de 2020»; |
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25. |
está asimismo de acuerdo con el principio de participación y cocreación y pide que la Carta de Leipzig renovada tenga en cuenta los diversos tipos de asentamientos urbanos respetando el contexto cultural y administrativo o competencial respectivo de cada Estado miembro. Además, es fundamental que la Carta de Leipzig renovada garantice que los ciudadanos podrán participar en la concepción y evaluación de las políticas urbanas que les afecten, incluidos los ciudadanos que residen en los alrededores de las zonas urbanas o metropolitanas; |
Empoderando a las ciudades para hacer frente a los desafíos globales
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26. |
recuerda que el año 2020 se ha visto azotado por la pandemia mundial de la COVID19. Las ciudades y sus regiones han tenido que ser dique de contención del drama sanitario que se ha convertido en un drama social y económico. Por eso, las ciudades y las regiones tienen que ser el centro de la gestión del fondo de recuperación y necesitan un apoyo financiero europeo más importante para seguir demostrando que dan solución a los problemas causados por la pandemia; |
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27. |
pide que la Carta de Leipzig renovada proponga una hoja de ruta ambiciosa y concreta para su aplicación por parte de las ciudades y que aproveche las agendas urbanas locales en el marco de los ODS y en particular la reserva del 6 % del FEDER destinada al desarrollo urbano sostenible e integrado (EDUSI). Además, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos deberían financiar la «localización de los ODS» llevada a cabo por ciudades y gobiernos regionales, en particular en políticas de movilidad sostenible y transporte público, rehabilitación de edificios para combatir la pobreza energética, accesibilidad universal, reversión de las situaciones de vulnerabilidad social y fomento de la inclusión social en zonas desfavorecidas de cualquier núcleo urbano. Las entidades locales tienen que tener la posibilidad de poder gestionar de forma más ágil y directa los fondos que se asignan a los Estados y regiones. Una precondición para lograr este objetivo es reforzar el esfuerzo de formaciones en relación con el mundo académico y el sector empresarial; |
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28. |
solicita a la Comisión Europea que, con el fin de hacer seguimiento de las inversiones y logros por parte de la multitud de agendas urbanas nacionales, regionales y locales, desarrolle un nuevo marco de referencia común, con terminología, indicadores y metodología compartidas que permitan la coordinación entre administraciones, el aprendizaje mutuo y una evaluación comparativa entre territorios, así como la implicación de las ciudades en la elaboración de los presupuestos destinados a su desarrollo; |
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29. |
pide a la Comisión Europea que tenga en cuenta que las grandes políticas de transformación social y ecológica que impulsa el Pacto Verde son prioritarias y deben ejecutarse a través de acciones concretas en los territorios urbano y regional, por lo que las inversiones que lleven aparejadas no deberían computar en el déficit público de los Estados miembros ni estar sujetas a restricciones respecto al techo de gasto que imponen los Estados miembros a la administración local dentro de los programas de estabilidad presupuestaria y control del déficit vigentes actualmente; |
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30. |
acoge con satisfacción el reconocimiento en la Carta renovada del papel esencial que desempeña la ordenación urbana a fin de lograr un desarrollo urbano sostenible y, en particular, el énfasis en la reducción de la ocupación de terrenos, la mezcla de funciones para nuevas formas de producción, y la diversificación productiva y las nuevas formas de vida, las viviendas asequibles y la aplicación de políticas públicas de uso del suelo; |
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31. |
considera que la transformación digital debe propiciar una mejor «cohesión digital» en Europa, tanto para sus ciudadanos, como para sus territorios. Es necesario cambiar la perspectiva de un enfoque dominado por la tecnología hacia un enfoque más centrado en el ciudadano, tal y como proclama la Declaración «ÚNETE, IMPULSA, APOYA: unir fuerzas para impulsar la transformación digital sostenible en ciudades y comunidades». Se debe ir hacia una concepción más holística de la ciudad digital donde la innovación digital es un medio y no un objetivo impulsado por la capacidad emprendedora del sector público y por las empresas privadas que brindan soluciones adaptadas a la tecnología existente y futura. Si bien la digitalización ofrece buenas oportunidades para las ciudades y sus ciudadanos, también es necesario ayudar a las ciudades a anticipar y abordar mejor los efectos colaterales negativos de los procesos de digitalización; |
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32. |
propone que la Carta de Leipzig renovada recoja la necesidad de desarrollar, en el marco de las estrategias de especialización inteligente elaboradas al nivel regional en el ámbito de la política de cohesión, procesos de especialización inteligentes en el ámbito local, agendas integradas de transformación económica y territorial que permitan el desarrollo de ciudades y pueblos inteligentes («Smart Cities and Smart Villages»); |
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33. |
considera que las ciudades, incluidas las pequeñas y medianas, son actores clave para afrontar los grandes retos sociales y ambientales europeos (salud, alimentación, energía, transporte, cambio climático, biodiversidad, inclusión y seguridad). Sin embargo, es fundamental modernizar el papel del sector público local en el marco del desarrollo económico, basado en un enfoque de fomento del emprendimiento dirigido a hacer valer su papel ante el nuevo reto de la gobernanza global; |
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34. |
se congratula en este sentido de que el nuevo Programa de Reformas Estructurales (PRE) dependa de la comisaria de Política Regional, ya que ello debe permitir que el PRE y su propuesta de presupuesto para 2021-2027 se constituya en el instrumento principal para mejorar las capacidades institucionales y reformas estructurales de las ciudades en todos aquellos elementos que no sean elegibles mediante los Fondos Estructurales; |
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35. |
hace notar que uno de los principales valores añadidos de la Agenda Urbana de la UE es el apoyo al intercambio de conocimiento sobre cuestiones urbanas entre las instituciones europeas, nacionales, regionales y locales, siendo percibida como un mecanismo de intercambio de buenas prácticas; |
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36. |
considera además la necesidad de que la nueva Carta de Leipzig integre mecanismos y metodologías de desarrollo urbano sostenible preexistentes en la UE pero a menudo desconectados entre sí, como es el caso de la Iniciativa Europea de Ciudades y Comunidades Inteligentes («Smart Cities and Communities»), el Pacto de los Alcaldes por el Clima y la Energía o el Marco de Referencia de Ciudades Sostenibles, entre otros; |
Una Agenda Urbana de la UE mejorada al servicio de la nueva Carta de Leipzig
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37. |
recuerda los tres pilares de la Agenda Urbana de la UE (Mejor legislación, Mejor Financiación y Mejor Conocimiento) identificados por el Pacto de Ámsterdam, y que se trata principalmente de desarrollar el proceso de aplicación de estos pilares. También es necesario desarrollar el papel de las distintas partes interesadas; |
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38. |
subraya la necesidad de reforzar los vínculos entre los ámbitos urbano y rural y de considerar todas las zonas urbanas con su entorno, incluidas sus zonas a menudo de funcionamiento rural, a fin de lograr un enfoque más holístico e integrado y ofrecer oportunidades de desarrollo a todos los ciudadanos que residen en zonas urbanas o metropolitanas; |
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39. |
considera que la Carta de Leipzig renovada debería reconocer los esfuerzos realizados por todas las ciudades y entes locales implicados en los catorce partenariados temáticos urbanos; Además, se debería acoger favorablemente la voluntad de algunos partenariados, como el de migración y los refugiados o el relativo a la movilidad urbana, de querer continuar los trabajos más allá del período de tres años como signo claro de éxito de la Agenda Urbana de la UE. Sin embargo, deben garantizarse los recursos necesarios, así como el impacto y la coherencia en las futuras acciones a desarrollar; |
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40. |
propone un listado de recomendaciones concretas con el fin de superar estos desafíos y mejorar la puesta en práctica de la Agenda Urbana:
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Seguimiento de la puesta en marcha de la Carta de Leipzig Renovada
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41. |
solicita a la Presidencia alemana de la UE un reconocimiento oficial del papel del Comité de las Regiones en la Carta de Leipzig renovada, siguiendo la línea del Pacto de Ámsterdam, que «pidió al Comité de las Regiones, como órgano consultivo de la Unión que representa formalmente a las regiones y municipios de la UE, que contribuyera a un mayor desarrollo de la Agenda Urbana de la UE»; |
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42. |
propone que los Estados miembros —o los niveles de gobernanza responsables de la política urbana cuando esta competencia no se ejerce al nivel nacional— elaboren informes cada tres años sobre cómo han integrado la Carta de Leipzig en sus políticas urbanas nacionales o regionales en colaboración con la Comisión Europea, poniendo de relieve la manera en que las políticas y la financiación europeas, en particular la política de cohesión, han apoyado el logro de los principios y objetivos de la Carta de Leipzig; |
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43. |
recuerda la importancia de que la Comisión Europea siga desempeñando un papel importante en la coordinación y aplicación de la Agenda Urbana de la UE y de la Carta de Leipzig. En este sentido, hay que recordar la sugerencia de nombrar al vicepresidente para las relaciones interinstitucionales y la prospectiva como coordinador de la Agenda Urbana, que también garantizaría un estrecho vínculo con el programa «Legislar mejor». La coordinación en este sentido también contrarrestaría la visión fragmentada de las ciudades y la dimensión urbana de las políticas derivadas de la perspectiva especializada de cada una de las direcciones generales; |
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44. |
solicita que, con el fin de garantizar que la Carta de Leipzig sea, en la medida de lo posible, un texto vinculante para la UE, los Estados miembros y las autoridades locales y regionales, tras la adopción de la Carta de Leipzig renovada por parte del Consejo informal de Ministros de Desarrollo Urbano del 30 de noviembre de 2020, se adopten las conclusiones preceptivas por parte del Consejo de Asuntos Generales. Esto debe combinarse con un llamamiento a las futuras presidencias del Consejo para continuar con los debates sobre la Agenda Urbana en sus respectivos programas de trabajo. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/125 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Una nueva estrategia industrial para Europa
(2020/C 440/21)
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I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
subraya que la industria es de vital importancia para las regiones y ciudades europeas y para las decenas de millones de puestos de trabajo que crea y, por su naturaleza, opera en un contexto mundial en el que un importante motor de crecimiento es el comercio, que genera tanto beneficios como retos; |
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2. |
acoge con satisfacción la Comunicación de la Comisión Europea sobre la nueva estrategia industrial para Europa (1) y su atención en los ecosistemas industriales; subraya que estos ecosistemas suelen ser regionales y que, a menudo, están vinculados a otros ecosistemas regionales a través de cadenas de suministro o redes de intercambio de conocimientos; subraya que, por consiguiente, la nueva estrategia industrial para Europa debería basarse en una gobernanza a varios niveles, en la que se asignen a cada nivel responsabilidades y recursos claros para su aplicación e insiste en la necesidad de contar con el apoyo de todas las partes interesadas para alcanzar los objetivos de la doble transición hacia una industria ecológica y digital; |
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3. |
considera que, en realidad, el Pacto Verde solo podrá surtir todo su efecto como estrategia europea de crecimiento si cuenta con una contribución fuerte y eficaz por parte de la industria; |
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4. |
subraya que la nueva estrategia industrial de la UE debe, por tanto, reforzar la dimensión de base local para que las regiones y las ciudades, así como los gobiernos más cercanos a los ciudadanos y a los ecosistemas, asuman la responsabilidad de la doble transición ecológica y digital de su industria, a la vista también de las necesidades de formación continua y de mejora de las capacidades que tendrán los trabajadores, estén o no en situación de riesgo de exclusión como consecuencia de la transición; |
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5. |
acoge favorablemente la revisión de la política industrial, anunciada para el primer semestre de 2021 por la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, en su discurso del 16 de septiembre sobre el estado de la Unión; habida cuenta de la perturbación sin precedentes que han experimentado las cadenas de producción y suministro, esta revisión debería basarse en la experiencia y las enseñanzas extraídas; insta a que la revisión incluya un mayor componente territorial, con objeto de que la industria europea sea verdaderamente resiliente y cuente con buenas perspectivas de futuro; |
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6. |
subraya que los entes regionales y locales tienen importantes competencias en ámbitos políticos que repercuten en el desarrollo industrial y pueden movilizar una amplia gama de instrumentos que permitan la aplicación de una estrategia política industrial de la UE holística y ambiciosa destinada a garantizar la capacidad de recuperación económica en un momento de cambio estructural; pide a la Comisión que incluya el nivel local y regional en el futuro diseño de la nueva estrategia industrial de la UE; |
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7. |
destaca que las regiones pueden y quieren dar ejemplo probando nuevos enfoques e instrumentos a fin de lograr la transición ecológica y digital y ayudar a fortalecer las agrupaciones empresariales regionales que constituyen la base de los sólidos ecosistemas de innovación europeos, en los que la colaboración interregional entre los agentes contribuye a crear cadenas de valor europeas; defiende que el marco de referencia de la UE crea condiciones de competencia equitativas en el mercado interior; |
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8. |
está convencido de que no solo será necesario estabilizar las cadenas de suministro y fabricación de productos sanitarios, material médico y fármacos, sino también integrarlas en un ecosistema plenamente operativo; |
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9. |
pone de relieve que Europa se está enfrentando a una crisis pandémica sin precedentes con serias consecuencias que podrían desencadenar una crisis económica mundial; hace hincapié en que las medidas de recuperación deberán estar en armonía con los requisitos ecológicos, digitales y sociales; |
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10. |
acoge con satisfacción la Resolución del Parlamento Europeo (2) sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias; apoya a la Comisión en su objetivo de diseñar una nueva estrategia industrial de la Unión en un esfuerzo por lograr una industria más competitiva y resiliente cuando se enfrente a conmociones mundiales, y pide a la Comisión que priorice el «refuerzo del mercado único»; |
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11. |
propone que se utilice una estrategia industrial en dos etapas, la primera centrada en la supervivencia de la industria y la segunda, en la fase de reconstrucción y renovación para una economía ecológica, descarbonizada y más digitalizada; subraya que estas etapas deben basarse en el concepto de «resistencia regional»: «para mejorar la capacidad de las regiones de resistir, absorber o superar las conmociones económicas internas o externas» (3); |
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12. |
confirma el objetivo de que Europa emprenda una transición rápida y coherente hacia la neutralidad climática y el liderazgo digital; subraya que el Pacto Verde debe ser uno de los ejes de la nueva estrategia industrial de la UE para alcanzar esos objetivos; pone de manifiesto la importancia de la dimensión regional y local; considera que la creación y el desarrollo de nuevos mercados para productos circulares y neutros desde el punto de vista climático debe seguir siendo el principal objetivo de la estrategia industrial para Europa; |
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13. |
subraya que la meta de alcanzar los objetivos de neutralidad climática debe lograrse a escala local y regional y que la transición tendrá el mayor efecto en las regiones con uso intensivo de energía; |
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14. |
destaca que, por razones de política de la competencia, las industrias básicas de consumo intensivo de energía y dependientes del comercio exterior, que crean valor y empleo en las regiones, requieren unas condiciones de competencia equitativas para todos los agentes del mercado, tanto nacionales como extranjeros. Esto concierne no solo a la política comercial exterior sino también a las disposiciones de la UE en materia de clima y energía. Los numerosos planes y medidas legislativas de la UE deben garantizar en particular una protección suficiente contra las fugas de carbono para las industrias básicas; asimismo, considera necesario establecer un precio efectivo de las emisiones de CO2 en aras de la competitividad de las energías renovables; |
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15. |
acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión de un Mecanismo para una Transición Justa (4) que movilizará 100 000 millones EUR, con el fin de garantizar una transición justa para las regiones hipercarbónicas, mientras estas siguen transformando sus industrias y economías; |
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16. |
acoge con satisfacción el nuevo Plan de acción (5) para la economía circular que propone una serie de medidas para que las industrias de la UE aprovechen las oportunidades de un enfoque más circular y de base biológica que garantice una industria más limpia y competitiva a través de la reducción de los impactos ambientales, la disminución de la competencia por los recursos escasos y la reducción de los costes de producción; además, este Plan puede reducir aún más la dependencia de las importaciones de energía y de otros recursos; subraya la importancia de la transición a una economía de base biológica y circular también para el empleo y de un entorno construido sostenible como elemento clave de esa transición; |
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17. |
subraya que la nueva estrategia industrial de la UE debería ser una estrategia integradora; aboga por la inclusión del grupo de seguidores de la innovación que se esfuerzan por mantenerse al día con los cambios y llevarlos a cabo (6); |
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18. |
hace hincapié en la necesidad de un verdadero mercado único de servicios que contribuya a facilitar la terciarización de la industria; destaca el papel de los entes regionales para facilitar la localización de la industria resultante de este cambio y de las tecnologías disruptivas; pone de manifiesto que las cadenas de suministro de la fabricación circular se concentrarán más a escala regional; |
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19. |
está de acuerdo, por lo tanto, en que las empresas deben adaptar sus modelos de negocio y desarrollar nuevas formas de trabajo acordes a la era digital y sostenible; hace hincapié en que el crecimiento acelerado procede tanto de empresas de nueva creación como de empresas ya establecidas; pide a la Comisión que preste asistencia para la adopción de innovaciones y proporcione un marco en el que las agrupaciones de empresas puedan aprender unas de otras, con o sin la ayuda de consultores empresariales, intermediarios o agencias de desarrollo regional; |
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20. |
subraya la importancia de invertir en I+D e innovación y de garantizar que esa inversión se convierta en productos y servicios comercializables y en procesos industriales que mejoren la productividad y tengan presente el objetivo de la neutralidad climática en la UE de aquí a 2050; |
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21. |
reconoce la importancia de la normalización y la certificación, especialmente para los nuevos productos, procesos y servicios que aceleran la transición a una economía ecológica, digital y resistente; pide a la Comisión que se asegure de que las pymes participen y sean tenidas en cuenta en el proceso de normalización; |
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22. |
acoge con satisfacción la ambición de crear mercados punteros en tecnologías limpias en consonancia con el espíritu emprendedor de la estrategia, y está de acuerdo en que «quienes se pongan en movimiento antes y con mayor rapidez disfrutarán de una mayor ventaja»; subraya que los ecosistemas regionales ofrecen el mejor entorno para innovar debido al alto nivel de confianza que se ofrece a los empresarios orientados a las oportunidades; |
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23. |
está de acuerdo en que Europa debe poner en común sus puntos fuertes para llevar a cabo colectivamente lo que nadie puede hacer en solitario; subraya que la cooperación interregional destinada a estimular y facilitar las cadenas de valor interregionales basadas en «complementariedades inteligentes» entre ecosistemas regionales intersectoriales vinculadas a la transición a una economía ecológica, digital y resistente, como se hace en las estrategias regionales de especialización inteligente, es esencial para ello; hace hincapié en que las estrategias regionales de especialización inteligente son el mejor instrumento disponible para permitir la cooperación dentro de los ecosistemas regionales y con otros ecosistemas regionales con competencias complementarias, permitiendo así la creación de cadenas de valor y vías de innovación con una dimensión europea; |
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24. |
subraya la necesidad de contar con un sistema claro de seguimiento y evaluación, tal como se recomienda en las estrategias de especialización inteligente; pone de manifiesto que esto debería llevarse a cabo en los tres niveles: la UE, los Estados miembros y las regiones deberían llevar a cabo una evaluación cada dos años; sugiere que la Comisión la incluya en el Semestre Europeo y la vincule a los Planes Nacionales de Reforma de los Estados miembros; sugiere que las regiones incluyan esta evaluación como un instrumento de aprendizaje que apoye un seguimiento de tipo más diagnóstico, compruebe los progresos realizados y facilite la solución de problemas; sugiere que el Cuadro de indicadores de innovación regional podría ir acompañado de recomendaciones sobre los instrumentos de la UE que pueden contribuir a la mejora de los indicadores; |
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25. |
apoya a la Comisión en el desarrollo de una ambiciosa política de agrupaciones de la UE; señala la importancia de vincular las agrupaciones y redes regionales de las distintas regiones; pide a la Comisión que apoye estas redes interregionales como complemento de la búsqueda de intereses comunes a nivel individual en la Red Europea para las Empresas y la Plataforma Europea de Colaboración de Clústeres; sugiere que la política de agrupaciones de la UE forme parte integrante de la nueva Estrategia Industrial de la UE; |
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26. |
subraya que la política de cohesión debería ser un instrumento importante para aplicar un enfoque de base local para el desarrollo industrial, a fin de tener en cuenta los impactos regionales divergentes de la transición a una economía neutra en carbono, y pide que se elaboren objetivos e instrumentos de apoyo adecuados en el contexto de la planificación de la próxima fase de la política de cohesión; |
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27. |
reconoce que las regiones necesitan una orientación estratégica para esta transición industrial a fin de reconocer de manera eficiente y eficaz las actuales lagunas en su preparación para la transición industrial; por lo tanto, pide a la Comisión que ayude a desarrollar herramientas que puedan proporcionar a las regiones una hoja de ruta clara con un enfoque adaptado para garantizar el liderazgo industrial; dicha herramienta debería complementar la nueva estrategia industrial de la UE y ayudar a las regiones a orientar las inversiones relacionadas con la política de cohesión en el período de programación posterior a 2020; |
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28. |
subraya el papel potencial de las administraciones públicas en la contratación pública ecológica orientada a la innovación, por ejemplo con respecto a la movilidad sostenible e inteligente, o en el sector de la construcción, y la necesidad de reducir al mínimo los riesgos que conlleva para los gobiernos regionales; |
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29. |
lamenta que la aplicación del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) n.o 9 —relativo a la construcción de infraestructuras resilientes, la promoción de la industrialización inclusiva y sostenible y el fomento de la innovación— solo haya registrado progresos moderados. En particular, el gasto interno bruto en I+D de la UE se ha estabilizado ligeramente por encima del 2,0 % de su PIB (7); hace hincapié en la lentitud del ritmo de adopción y difusión de las innovaciones en Europa; señala que muchas innovaciones en la industria giran en torno a nuevos modelos de negocio que combinan la tecnología digital y los conceptos de servicio; subraya que las regiones tienen un importante papel que desempeñar a la hora de acelerar la adopción y la difusión de las innovaciones, por ejemplo, a través de la red europea de centros de innovación digital, plantas piloto y laboratorios de campo; pone de manifiesto la necesidad de la nueva herramienta propuesta en el Reglamento Interreg para las inversiones en innovación interregional; |
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30. |
pide a la Comisión que apoye a la industria europea en la transición hacia la neutralidad climática para 2050, en particular en las regiones con uso intensivo de energía, y que establezca objetivos sectoriales ambiciosos, aunque realistas, a medio y largo plazo que estén en consonancia con el Pacto Verde Europeo y el Acuerdo de París, así como las hojas de ruta para alcanzarlos, en cooperación con las partes interesadas regionales y locales; pone de manifiesto la importancia de una transición que sea justa para las empresas y los ciudadanos, como se afirma en el Mecanismo para una Transición Justa; |
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31. |
pide al Consejo Europeo de la Innovación que ayude a la expansión de todas las empresas de crecimiento rápido, no solo las emergentes; subraya que las pymes de crecimiento rápido no son empresas de nueva creación, sino empresas establecidas que han encontrado una nueva forma de crecer mediante la digitalización o haciendo más sostenible su producto, proceso o servicio; |
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32. |
está de acuerdo en que Europa debería aprovechar al máximo las economías de escala, velocidad y alcance, pero desea hacer hincapié en que la función de las regiones no consiste en ofrecer un espacio únicamente para las innovaciones de base local, sino también para que las «regiones cooperantes» ayuden a transformar la rica variedad de competencias de Europa en cadenas de valor interregionales que puedan competir con empresas más grandes de fuera de Europa; pide a la Comisión que siga posibilitando la cooperación interregional en la cadena de valor asegurando la financiación de los casos de demostración industrial interregional; |
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33. |
subraya la necesidad de que la educación superior y profesional se adapte mejor a la era digital; subraya el papel que pueden desempeñar los centros de innovación digital no solo para acelerar y difundir las innovaciones, sino también para formar a la mano de obra para la industria del futuro; subraya la necesidad de que estos centros sean accesibles a las pymes; anima a la Comisión a que preste más apoyo a la creación de capacidades y al intercambio de experiencias, como se está haciendo, por ejemplo, en la convocatoria de «Centros de Excelencia Profesional» (CoVE, por sus siglas en inglés); |
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34. |
apoya la necesidad de un Pacto por las capacidades; pide a la Comisión que incluya a las regiones como socio importante en dicho pacto; subraya que la escala regional es el nivel mejor organizado para coordinar la mejora de las competencias (perfeccionamiento y reciclaje profesionales) y garantizar la movilidad de los empleados desde los sectores en declive hacia los sectores en ascenso, así como la importancia de la igualdad de acceso al reciclaje profesional tanto para los empleados como para los directivos y empresarios como consecuencia de los efectos de la epidemia de COVID-19; |
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35. |
reconoce el potencial de los proyectos importantes de interés común europeo y las alianzas; pide a la Comisión que las haga más inclusivas permitiendo la participación de las regiones y las pymes; en este sentido, subraya el potencial de la cooperación entre los sectores público y privado y de la formación de alianzas industriales —por ejemplo en ámbitos como los de la tecnología de baterías, los plásticos o la microelectrónica— para contribuir al desarrollo tecnológico y asegurar la financiación; |
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36. |
reconoce los riesgos geopolíticos de la inversión extranjera y la excesiva dependencia de las cadenas «mundiales» de suministro y valor; pide a la Comisión que enriquezca la estrategia con medidas que ayuden a hacer frente a la actual crisis inducida por la COVID-19 y que se prepare para nuevas pandemias en el futuro a fin de garantizar la resiliencia de la sociedad y la economía europeas, por ejemplo, creando cadenas europeas alternativas de abastecimiento de suministros médicos basadas en bajos costes e innovaciones frugales en caso de nuevas pandemias o epidemias graves; |
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37. |
aboga por un marco jurídico europeo en materia de inteligencia artificial (IA), robótica y tecnologías conexas (8), que aborde los principios éticos y los derechos fundamentales relacionados con su desarrollo, despliegue y uso, así como cuestiones de seguridad y responsabilidad. La innovación y la competitividad de la industria europea exigirán un marco horizontal que refleje los valores y principios de la Unión. Este marco ofrecerá orientaciones concretas y seguridad jurídica tanto a los ciudadanos como a las empresas, incluidas las situadas fuera de Europa. En la actualidad, la falta de disposiciones claras en materia de seguridad y responsabilidad contribuye a la inseguridad jurídica de los consumidores y las empresas que producen y comercializan productos que emplean IA, así como de los ciudadanos que utilizan aplicaciones relacionadas con esta; |
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38. |
subraya la importancia del Plan de acción para la economía circular ya que está impulsando cadenas de suministro más cortas desde el punto de vista geográfico; pone de manifiesto que la economía circular repercute en casi todos los tipos de agrupaciones e industrias; a pesar de los esfuerzos en curso por transformar los modelos económicos y empresariales tradicionales, muchas pymes no están preparadas para este cambio, y otras muchas están dispuestas a actuar pero no saben cómo hacerlo; subraya que las empresas más pequeñas se enfrentan a desventajas a la hora de adoptar la circularidad, dadas sus limitadas capacidades, recursos, tiempo y conocimientos disponibles para invertir y ocuparse de la administración correspondiente y del cumplimiento de los reglamentos y las normas; pide a la Comisión que adopte políticas más favorables para impulsar el cambio circular; pide a la Comisión que adapte la legislación para facilitar este cambio en lugar de obstaculizarlo; a este respecto, la economía circular se beneficiaría de un mercado único de residuos; |
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39. |
pide que se renegocie el Tratado sobre la Carta de la Energía (TCE) para adaptarlo al Acuerdo de París y de manera que se fomenten las inversiones en energía sostenible. La renegociación también debería confirmar el «derecho a regular» de los Estados signatarios y sus autoridades públicas; |
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40. |
apoya la introducción de un mecanismo de ajuste del carbono en frontera que sea compatible con las normas de la OMC, mejore la acción por el clima a escala mundial y proteja a las industrias de la competencia desleal; aboga por que las propuestas de nuevos recursos propios de la Unión garanticen la simplicidad y la transparencia, salvaguardando al mismo tiempo las competencias nacionales; |
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41. |
considera que, para mantener el liderazgo tecnológico y obtener la soberanía digital y tecnológica, la UE y sus Estados miembros deberían conservar el derecho a bloquear las adquisiciones hostiles de empresas estratégicas de la UE por parte de agentes estatales o agentes respaldados por Estados no pertenecientes a la UE, y pide a la Comisión que reforme la política de competencia a fin de mantener un mercado único europeo vital, reforzando al mismo tiempo la posición de las empresas con sede en la UE en los mercados mundiales; |
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42. |
está de acuerdo en que hay que aumentar la inversión en innovación; pide a la Comisión que promueva una cultura en la que se acepte el fracaso; subraya que el fracaso en la innovación puede ser muy valioso como forma de aprender a tener éxito, pero solo si las empresas tienen la posibilidad de una segunda oportunidad de aplicar las lecciones aprendidas sobre los caminos que no son viables; por lo tanto, pide a la Comisión que facilite la difusión de las lecciones aprendidas entre las agrupaciones y las redes regionales; |
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43. |
pide a la Comisión que preste asistencia a las regiones que ayudan a las empresas que desean disminuir su dependencia de la oferta mundial y, especialmente, de las cadenas de valor, a encontrar socios europeos adecuados, ya que las regiones pueden ayudar a localizar socios y facilitar la búsqueda; |
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44. |
pide a la Comisión que también tenga en cuenta las aplicaciones de tecnologías digitales clave, como la informática cuántica en sectores estratégicos, como parte de la infraestructura digital estratégica; subraya que estas aplicaciones son esenciales para la transformación digital de Europa, a fin de garantizar el máximo impacto económico y social; sin aplicaciones, las tecnologías digitales dejan de ser una solución para convertirse en un problema, cuando lo que las empresas buscan son formas de aprovechar las oportunidades de negocio; |
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45. |
subraya la importancia de la participación de los gobiernos regionales y de las agrupaciones o redes regionales en las alianzas, y pide que los gobiernos regionales, o por lo menos un representante del Comité de las Regiones, formen parte del Foro Industrial, especialmente en el análisis de los riesgos y las necesidades de la industria en lo que respecta a los ecosistemas industriales que, en opinión del Comité de las Regiones, están constituidos por ecosistemas «regionales» para la iniciativa empresarial y la innovación; |
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46. |
reitera sus llamamientos para que se refuerce el apoyo de la UE a los ecosistemas y agrupaciones regionales en el marco de las inversiones interregionales de innovación —en un contexto de compatibilidad con el Pacto Verde—, basándose el enfoque de especialización inteligente y ampliando las iniciativas existentes, como la Plataforma de Especialización Inteligente para la modernización industrial y la iniciativa piloto sobre regiones en proceso de transición industrial; considera, asimismo, importante desarrollar instrumentos para la ejecución de proyectos colaborativos de inversión industrial interregional, en colaboración con las regiones y las asociaciones de especialización inteligente; |
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47. |
subraya que la doble transición solo tendrá éxito si todas las partes interesadas participan por igual en la estrategia industrial revisada de la UE; sostiene que es fundamental una comunicación clara y un diálogo abierto con todas las partes interesadas, habida cuenta de que la magnitud de la transformación a la que se enfrentan tanto la industria como la sociedad requieren una actuación urgente, una visión compartida y soluciones integradas entre todas las partes interesadas y a todos los niveles políticos, ya que solo un enfoque de gobernanza multinivel podrá garantizar que las partes interesadas participen en decisiones de política económica de tal envergadura; |
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48. |
pide a la Comisión que introduzca medidas destinadas a la reconversión de la producción de las empresas, como consecuencia de la propagación de la pandemia de COVID-19 y de las nuevas necesidades que de ella se han derivado para la colectividad; |
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49. |
pide a la Comisión que incluya a las regiones y ciudades en el proceso de diseño de una nueva estrategia industrial para Europa, y reitera que las regiones y ciudades están dispuestas y son capaces de dar ejemplo en la configuración de la base local de la doble transición a la que se enfrenta la industria europea. |
Bruselas, 142 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) COM(2020) 102 final.
(2) https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/TA-9-2020-0054_ES.pdf
(3) ECR2: Economic Crisis: resilience of regions: www.espon.eu/programme/projects/espon-2013/applied-research/ecr2-economic-crisis-resilience-regions
(4) COM(2020) 22 final.
(5) COM(2020) 98 final.
(6) A geographically fair EU industrial strategy: https://wms.flexious.be/editor/plugins/imagemanager/content/2140/PDF/2019/Geographically_fair_EU.pdf
(7) Informe de Eurostat sobre la aplicación de los ODS, 22 de junio de 2020.
(8) Véase el Dictamen del CDR sobre el Libro Blanco sobre la inteligencia artificial, elaborado por Guido Rink (PSE/NL) https://cor.europa.eu/ES/our-work/Pages/OpinionTimeline.aspx?opId=CDR-2014-2020.
III Actos preparatorios
Comité de las Regiones
Interactio – Reunión híbrida – 140.o Pleno del CDR, 12.10.2020 – 14.10.2020
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/131 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Programa «La UE por la Salud» (EU4Health)
(2020/C 440/22)
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I. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Enmienda 1
Considerando 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Si bien los Estados miembros son responsables de sus políticas sanitarias, se espera que protejan la salud pública en un espíritu de solidaridad europea. La experiencia adquirida con la actual crisis de la COVID-19 ha demostrado que es necesario adoptar una nueva acción firme a nivel de la Unión para apoyar la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros con el fin de mejorar la prevención y el control de la propagación transfronteriza de enfermedades humanas graves, luchar contra otras amenazas transfronterizas graves para la salud y salvaguardar la salud y el bienestar de la población de la Unión. |
Si bien los Estados miembros son responsables de sus políticas sanitarias, se espera que protejan la salud pública en un espíritu de solidaridad europea , como también se recuerda en el artículo 222 del TFUE, que estipula que la Unión y sus Estados miembros actuarán conjuntamente con espíritu de solidaridad . La experiencia adquirida con la actual crisis de la COVID-19 ha demostrado que es necesario adoptar una nueva acción firme a nivel de la Unión para apoyar la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros y los entes locales y regionales, así como, cuando proceda, los establecimientos públicos, con el fin de mejorar la prevención y el control de la propagación transfronteriza de enfermedades humanas graves, apoyar el desarrollo y proporcionar los productos necesarios para la prevención y el tratamiento de las enfermedades, luchar contra otras amenazas transfronterizas graves para la salud y salvaguardar la salud y el bienestar de la población de la Unión. |
Exposición de motivos
Es importante recordar el espíritu de solidaridad entre los Estados miembros en materia de salud.
Enmienda 2
Considerando 10
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Debido a la gravedad de las amenazas transfronterizas para la salud, el Programa debe apoyar medidas de salud pública coordinadas a escala de la Unión para abordar diferentes aspectos de dichas amenazas. Con vistas a reforzar la capacidad de la Unión para prepararse, responder y gestionar las crisis sanitarias, el Programa debe prestar apoyo a las medidas adoptadas en el marco de los mecanismos y estructuras creados en virtud de la Decisión 1082/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y de otros mecanismos y estructuras pertinentes establecidos a nivel de la Unión. Esto podría incluir la constitución de reservas estratégicas de suministros médicos esenciales o la creación de capacidad de respuesta a las crisis, medidas preventivas relacionadas con la vacunación e inmunización y programas reforzados de vigilancia. En este contexto, el Programa debe promover la capacidad de prevención, preparación, vigilancia, gestión y respuesta intersectorial en el conjunto de la Unión de los actores a escala nacional, regional, local y de la Unión, incluidos planes de contingencia y ejercicios de preparación acordes con el enfoque «Una salud». Debe facilitar la creación de un marco integrado transversal de comunicación de los riesgos que funcione en todas las fases de una crisis sanitaria: prevención, preparación y respuesta. |
Debido a la gravedad de las amenazas transfronterizas para la salud, el Programa debe apoyar medidas de salud pública coordinadas a escala de la Unión para abordar diferentes aspectos de dichas amenazas. Con vistas a reforzar la capacidad de la Unión para prepararse, responder y gestionar las crisis sanitarias, el Programa debe prestar apoyo a las medidas adoptadas en el marco de los mecanismos y estructuras creados en virtud de la Decisión 1082/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y de otros mecanismos y estructuras pertinentes establecidos a nivel de la Unión. Esto podría incluir la constitución de reservas estratégicas de suministros médicos esenciales , la promoción de inversión en materia de producción de dispositivos y productos farmacéuticos de lucha contra las pandemias y otros azotes para la salud pública en aras de la soberanía europea, la creación de capacidad de respuesta a las crisis, o el apoyo en la elaboración, por los Estados miembros, de un protocolo estadístico que permita la comparación de los datos sobre el impacto de las pandemias en el nivel NUTS 2, medidas preventivas relacionadas con la vacunación y la inmunización, programas reforzados de vigilancia. En este contexto, el Programa debe promover la capacidad de prevención, preparación, vigilancia, gestión y respuesta intersectorial en el conjunto de la Unión de los actores a escala nacional, regional, local y de la Unión, incluidos planes de contingencia y ejercicios de preparación acordes con el enfoque «Una salud». Debe facilitar la creación de un marco integrado transversal de comunicación de los riesgos que funcione en todas las fases de una crisis sanitaria: prevención, preparación y respuesta. |
Exposición de motivos
Deberán realizarse importantes inversiones en materia de producción de dispositivos y productos farmacéuticos contra las pandemias.
Además, habrá que desarrollar el intercambio de datos estadísticos en los Estados miembros.
Enmienda 3
Considerando 12
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Con el fin de proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, incluidas las que padecen enfermedades mentales y crónicas, el Programa también debe promover acciones que aborden las repercusiones colaterales de las crisis sanitarias para las personas pertenecientes a dichos grupos vulnerables. |
Con el fin de proteger a las personas en situación de vulnerabilidad, incluidas las que padecen enfermedades mentales y crónicas (incluida la obesidad) , el Programa también debe promover acciones que aborden las repercusiones colaterales de las crisis sanitarias para las personas pertenecientes a dichos grupos vulnerables. Con el fin de garantizar normas estrictas aplicables a los servicios sanitarios esenciales, el Programa debe fomentar el uso de la telemedicina, especialmente en tiempos de crisis y de pandemia. |
Exposición de motivos
La telemedicina debe desarrollarse como herramienta eficaz en tiempos de crisis y pandemia.
Enmienda 4
Considerando 15
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La experiencia adquirida con la crisis de la COVID-19 indica que existe una necesidad general de apoyar la transformación estructural y las reformas sistémicas de los sistemas sanitarios en el conjunto de la Unión con el fin de mejorar su eficacia, accesibilidad y resiliencia. En el contexto de estas transformaciones y reformas, y en sinergia con el programa Europa Digital, el Programa debe promover acciones que impulsen la transformación digital de los servicios sanitarios y refuercen su interoperabilidad, debe contribuir a aumentar la capacidad de los sistemas de salud para fomentar la prevención de enfermedades y la promoción de la salud, debe ofrecer nuevos modelos de asistencia y servicios integrados, basados en las necesidades de las personas, que incluyan desde la atención sanitaria comunitaria y primaria hasta los servicios altamente especializados, y debe asegurar la eficacia de los profesionales de la salud pública dotados de las capacidades adecuadas, incluidas las digitales. El desarrollo de un espacio europeo de datos de salud proporcionaría a los sistemas sanitarios, los investigadores y las autoridades públicas los medios para mejorar la disponibilidad y la calidad de la asistencia. Habida cuenta del derecho fundamental de las personas para acceder a una atención sanitaria preventiva y a al tratamiento médico consagrado en el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y teniendo en cuenta los valores y principios comunes de los sistemas de salud de la Unión Europea definidos en las Conclusiones del Consejo de 2 de junio de 2006 (12), el Programa debe apoyar acciones que aseguren la universalidad e inclusividad de la asistencia sanitaria, lo que significa que nadie quede excluido del acceso a los cuidados de salud, y que los derechos de los pacientes, incluida la confidencialidad de sus datos, se respeten debidamente. |
La experiencia adquirida con la crisis de la COVID-19 indica que existe una necesidad general de apoyar la transformación estructural y las reformas sistémicas de los sistemas sanitarios en el conjunto de la Unión con el fin de mejorar su eficacia, accesibilidad y resiliencia. Estas reformas, en el contexto de un renovado Semestre Europeo, deben reforzar la especificidad de los sistemas sanitarios europeos basados en unos servicios públicos sólidos y en importantes inversiones públicas. Los servicios sanitarios son servicios de interés general destinados a reforzar el pilar europeo de derechos sociales, que no pueden estar sujetos a la lógica del sector privado. En el contexto de estas transformaciones y reformas , y teniendo en cuenta el modo en que los Estados miembros organizan sus sistemas sanitarios, el Programa debe organizar la coordinación y la financiación de pruebas de resistencia en los Estados miembros con el fin de detectar las vulnerabilidades y de comprobar la capacidad de respuesta a las pandemias. Por otra parte, conviene que el Programa promueva acciones que impulsen la transformación digital de los servicios sanitarios y refuercen su interoperabilidad, debe contribuir a aumentar la capacidad de los sistemas de salud para fomentar la prevención de enfermedades y la promoción de la salud, debe ofrecer nuevos modelos de asistencia y servicios integrados, basados en las necesidades de las personas, que incluyan desde la atención sanitaria comunitaria y primaria hasta los servicios altamente especializados, y debe asegurar la eficacia de los profesionales de la salud pública dotados de las capacidades adecuadas, incluidas las digitales. El desarrollo de un espacio europeo de datos de salud proporcionaría a los sistemas sanitarios, los investigadores y las autoridades públicas los medios para mejorar la disponibilidad y la calidad de la asistencia. Habida cuenta del derecho fundamental de las personas para acceder a una atención sanitaria preventiva y a al tratamiento médico consagrado en el artículo 35 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y teniendo en cuenta los valores y principios comunes de los sistemas de salud de la Unión Europea definidos en las Conclusiones del Consejo de 2 de junio de 2006 (12), el Programa debe apoyar acciones que aseguren la universalidad e inclusividad de la asistencia sanitaria, lo que significa que nadie quede excluido del acceso a los cuidados de salud, y que los derechos de los pacientes, incluida la confidencialidad de sus datos, se respeten debidamente. |
Exposición de motivos
Tal como figura en la enmienda.
Enmienda 5
Considerando 18
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Por consiguiente, el Programa debe contribuir a la prevención de enfermedades a lo largo de toda la vida de una persona y a la promoción de la salud, abordando los factores de riesgo para la salud, como el consumo de tabaco y productos afines y la exposición a sus emisiones, el consumo nocivo de alcohol y el consumo de drogas ilícitas. El Programa debe contribuir asimismo a reducir los perjuicios para la salud derivados del consumo de drogas, los hábitos alimentarios poco saludables y la falta de actividad física, así como de la exposición a la contaminación ambiental, y debe fomentar los entornos propicios a estilos de vida saludables, como complemento a la acción de los Estados miembros en estos ámbitos. En este sentido, el Programa debe contribuir también a los objetivos del Pacto Verde Europeo y la estrategia «De la granja a la mesa». |
Por consiguiente, el Programa debe contribuir a la prevención de enfermedades a lo largo de toda la vida de una persona y a la promoción de la salud, abordando los factores de riesgo para la salud, como el consumo de tabaco y productos afines y la exposición a sus emisiones, el consumo nocivo de alcohol y el consumo de drogas ilícitas. El Programa debe contribuir asimismo a reducir los perjuicios para la salud derivados del consumo de drogas, los hábitos alimentarios poco saludables y la falta de actividad física, así como de la exposición a la contaminación ambiental, y debe fomentar los entornos propicios a estilos de vida saludables, como complemento a la acción de los Estados miembros y de los entes territoriales en estos ámbitos. En este sentido, el Programa debe contribuir también a los objetivos del Pacto Verde Europeo y la estrategia «De la granja a la mesa». |
Exposición de motivos
Se trata de recordar el papel de los entes locales y regionales.
Enmienda 6
Considerando 20
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El Programa funcionará en sinergia y complementariedad con otros programas, fondos y políticas de la UE, como las acciones ejecutadas en el marco de los programas Europa Digital y Horizonte Europa, la reserva de rescEU en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el Instrumento para la Prestación de Asistencia Urgente, el Fondo Social Europeo Plus (FSE+, también en lo que se refiere a las sinergias para mejorar la protección de la salud y la seguridad de millones de trabajadores en la UE), incluido el capítulo Empleo e Innovación Social (EaSI), el Fondo InvestEU, el programa sobre el Mercado Único, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Instrumento para la Recuperación y la Resiliencia y su herramienta para la introducción de reformas, el programa Erasmus, el Cuerpo Europeo de Solidaridad, el Instrumento de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) y los instrumentos de la acción exterior de la UE, como el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI) y el Instrumento de Ayuda Preadhesión III. Cuando sea pertinente, se establecerán normas comunes a fin de asegurar la coherencia y complementariedad entre los fondos, velando por que se respeten las especificidades de estos ámbitos de intervención, y con el objetivo de una adaptación a los requisitos estratégicos de tales políticas, programas y fondos, como las condiciones favorables previstas en el marco del FEDER y del FSE+. |
El Programa funcionará en sinergia y complementariedad con otros programas, fondos y políticas de la UE, como las acciones ejecutadas en el marco de los programas Europa Digital y Horizonte Europa, la reserva de rescEU en el marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión, el Instrumento para la Prestación de Asistencia Urgente, el Fondo Social Europeo Plus (FSE+, también en lo que se refiere a las sinergias para mejorar la protección de la salud y la seguridad de millones de trabajadores en la UE), incluido el capítulo Empleo e Innovación Social (EaSI), el Fondo InvestEU, el programa sobre el Mercado Único, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Instrumento para la Recuperación y la Resiliencia y su herramienta para la introducción de reformas, el programa Erasmus, el Cuerpo Europeo de Solidaridad, el Instrumento de Apoyo Temporal para Mitigar los Riesgos de Desempleo en una Emergencia (SURE) y los instrumentos de la acción exterior de la UE, como el Instrumento de Vecindad, Desarrollo y Cooperación Internacional (IVDCI) y el Instrumento de Ayuda Preadhesión III. Cuando sea pertinente, y, cuando proceda, en colaboración con las autoridades de gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, se establecerán normas comunes a fin de asegurar la coherencia y complementariedad entre los fondos, velando por que se respeten las especificidades de estos ámbitos de intervención, y con el objetivo de una adaptación a los requisitos estratégicos de tales políticas, programas y fondos, como las condiciones favorables previstas en el marco del FEDER y del FSE+. |
Exposición de motivos
Se trata de evocar la relación existente con las autoridades de gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos.
Enmienda 7
Considerando 25
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La legislación de la Unión en materia de salud tiene un impacto inmediato en la salud pública, en las vidas de los ciudadanos, en la eficacia y la resiliencia de los sistemas de salud y en el buen funcionamiento del mercado interior. El marco reglamentario relativo a los medicamentos y las tecnologías médicas (medicamentos, productos sanitarios y sustancias de origen humano), así como a la legislación sobre el tabaco, los derechos de los pacientes sobre la asistencia sanitaria transfronteriza y la vigilancia de las amenazas transfronterizas graves para la salud, es esencial para la protección de la salud en la Unión. Por consiguiente, el Programa debe apoyar el desarrollo, la aplicación y la garantía de cumplimiento de la legislación de la Unión en materia de salud y proporcionar datos de alta calidad, comparables y fiables para respaldar la formulación de políticas y la supervisión. |
La legislación de la Unión en materia de salud tiene un impacto inmediato en la salud pública, en las vidas de los ciudadanos, en la eficacia y la resiliencia de los sistemas de salud y en el buen funcionamiento del mercado interior. El marco reglamentario relativo a los medicamentos y las tecnologías médicas (medicamentos, productos sanitarios y sustancias de origen humano), así como a la legislación sobre el tabaco, los derechos de los pacientes sobre la asistencia sanitaria transfronteriza y la vigilancia de las amenazas transfronterizas graves para la salud, es esencial para la protección de la salud en la Unión. Por consiguiente, el Programa debe apoyar el desarrollo, la aplicación y la garantía de cumplimiento de la legislación de la Unión en materia de salud y proporcionar datos de alta calidad, comparables y fiables de nivel regional NUTS 2 para respaldar la formulación de políticas y la supervisión. |
Exposición de motivos
Especifica el nivel regional NUTS 2.
Enmienda 8
Considerando 26
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La cooperación transfronteriza en la prestación de asistencia sanitaria a los pacientes que se desplazan entre Estados miembros, la colaboración en materia de evaluación de las tecnologías sanitarias (ETS) y las redes europeas de referencia (RER) son ejemplos de ámbitos en los que el trabajo integrado entre los Estados miembros ha demostrado tener un gran valor añadido y un gran potencial para aumentar la eficiencia de los sistemas sanitarios y, por tanto, de la salud en general. Por consiguiente, el Programa debe apoyar las actividades que permitan este trabajo integrado y coordinado, que también sirve para fomentar la aplicación de prácticas de gran impacto cuya finalidad sea distribuir de la manera más eficaz posible los recursos disponibles para la población y las zonas afectadas con el fin de maximizar su impacto. |
La cooperación transfronteriza en la prestación de asistencia sanitaria a los pacientes que se desplazan entre Estados miembros o de una Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) a otra , la colaboración en materia de evaluación de las tecnologías sanitarias (ETS) y las redes europeas de referencia (RER) son ejemplos de ámbitos en los que el trabajo integrado entre los Estados miembros y los entes territoriales ha demostrado tener un gran valor añadido y un gran potencial para aumentar la eficiencia de los sistemas sanitarios y, por tanto, de la salud en general. Por consiguiente, el Programa debe apoyar las actividades que permitan este trabajo integrado y coordinado, que también sirve para fomentar la aplicación de prácticas de gran impacto cuya finalidad sea distribuir de la manera más eficaz posible los recursos disponibles para la población y las zonas afectadas con el fin de maximizar su impacto. Por ejemplo, según lo recomendado por el Comité Europeo de las Regiones en su Dictamen sobre la asistencia sanitaria transfronteriza, conviene que el Programa establezca «corredores sanitarios» entre las regiones fronterizas, que permitan a los pacientes y a los profesionales de la salud seguir desplazándose por toda la frontera durante el confinamiento para garantizar el acceso a la asistencia y la prestación de cuidados. |
Exposición de motivos
Cabe mencionar a las AECT en este contexto, ya que contribuyen a mejorar el acceso a los servicios, en particular a la atención sanitaria, en las regiones fronterizas, y constituyen un ejemplo de cooperación transfronteriza instaurada por los entes locales y regionales.
Enmienda 9
Considerando 30
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Para garantizar que a escala de la Unión se persigan todos estos objetivos, la Comisión Europea deberá reforzar el presupuesto y el mandato de las distintas agencias europeas dedicadas a la salud, como por ejemplo el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, la Agencia Europea de Medicamentos, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. Además, deberá coordinarse mejor la actuación de estas agencias para mejorar su contribución a la consecución de los objetivos del Programa «La UE por la Salud» y deberá reforzarse su papel en la gobernanza de dicho Programa. |
Exposición de motivos
La Unión Europea dispone ya de numerosos instrumentos, que deben reforzarse y coordinarse mejor para aumentar la capacidad de respuesta de la UE a las crisis sanitarias y mejorar el nivel de salud de los europeos.
Enmienda 10
Considerando 31
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Teniendo en cuenta la naturaleza específica de los objetivos y las acciones cubiertos por el Programa, las respectivas autoridades competentes de los Estados miembros son las más indicadas en algunos casos para implementar las actividades correspondientes. Así pues, dichas autoridades, designadas por los Estados miembros, deben ser consideradas beneficiarios identificados a tenor de lo dispuesto en el artículo 195 del Reglamento Financiero y las subvenciones deben concederse a dichas autoridades sin publicación previa de convocatorias de propuestas. |
Teniendo en cuenta la naturaleza específica de los objetivos y las acciones cubiertos por el Programa, las respectivas autoridades competentes de los Estados miembros y de los entes locales y regionales competentes en materia de salud pública son las más indicadas en algunos casos para implementar las actividades correspondientes. Así pues, dichas autoridades, designadas por los Estados miembros, deben ser consideradas beneficiarios identificados a tenor de lo dispuesto en el artículo 195 del Reglamento Financiero y las subvenciones deben concederse a dichas autoridades sin publicación previa de convocatorias de propuestas. |
Exposición de motivos
Recuerda el papel de los entes locales y regionales en el ámbito sanitario.
Enmienda 11
Considerando 40
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Dada la importancia de la lucha contra el cambio climático, en consonancia con el compromiso de la Unión de aplicar el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el presente Programa debe contribuir a integrar la acción por el clima en las políticas de la Unión y a alcanzar el objetivo global de que el 25 % del gasto del presupuesto de la UE contribuya a los objetivos climáticos. Durante la preparación y la ejecución del Programa, está previsto definir acciones pertinentes que han de revisarse de nuevo en el contexto de la evaluación intermedia. |
Dada la importancia de la lucha contra el cambio climático, en consonancia con el compromiso de la Unión de aplicar el Acuerdo de París y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el presente Programa debe contribuir a integrar la acción por el clima en las políticas de la Unión y a alcanzar el objetivo global de que el 30 % del gasto del presupuesto de la UE contribuya a los objetivos climáticos. Durante la preparación y la ejecución del Programa, está previsto definir acciones pertinentes que han de revisarse de nuevo en el contexto de la evaluación intermedia. |
Exposición de motivos
Se trata de un cambio en el porcentaje para asignar más recursos a la consecución de los objetivos climáticos.
Enmienda 12
Considerando 42
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La ejecución del Programa debe hacerse de forma que se respeten las responsabilidades de los Estados miembros por lo que respecta a la definición de su política en materia de salud, así como a la organización y prestación de servicios sanitarios y atención médica. |
La ejecución del Programa debe hacerse de forma que se respeten las responsabilidades de los Estados miembros y, cuando proceda, las regiones u otros niveles de gobernanza que participan en el diseño de las políticas sanitarias , por lo que respecta a la definición de su política en materia de salud, así como a la organización y prestación de servicios sanitarios y atención médica. |
Exposición de motivos
El objetivo es abarcar los distintos agentes que intervienen en el diseño de las políticas sanitarias.
Enmienda 13
Artículo 3, apartado 3
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Reforzar los sistemas sanitarios y el personal sanitario, entre otras cosas mediante la transformación digital y la mayor integración y coordinación del trabajo entre los Estados miembros, la aplicación constante de las mejores prácticas y el intercambio de datos, para aumentar el nivel general de salud pública. |
reforzar los sistemas sanitarios y el personal sanitario, entre otras cosas mediante la transformación digital y la mayor integración y coordinación del trabajo entre los Estados miembros y los entes locales y regionales competentes en materia de salud pública, mediante la coordinación de los agentes del ámbito sanitario y médico-social en territorios en consonancia con las cuencas de población, mediante la aplicación constante de las mejores prácticas y el intercambio de datos, para aumentar el nivel general de salud pública. |
Exposición de motivos
Recuerda la importancia de los agentes locales en el ámbito sanitario.
Enmienda 14
Artículo 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los objetivos generales contemplados en el artículo 3 se perseguirán mediante los siguientes objetivos específicos, conforme al enfoque «Una salud» cuando proceda: |
Los objetivos generales contemplados en el artículo 3 se perseguirán mediante los siguientes objetivos específicos, conforme al enfoque «Una salud» cuando proceda: |
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Exposición de motivos
Tal como figura en la enmienda.
Enmienda 15
Artículo 5
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. La dotación financiera para la ejecución del Programa durante el período 2021-2027 será de 1 946 614 000 EUR a precios corrientes. |
1. La dotación financiera para la ejecución del Programa durante el período 2021-2027 será de 10 398 000 000 EUR a precios corrientes (9 370 000 000 EUR a precios constantes) . |
Exposición de motivos
Se considera innecesaria.
Enmienda 16
Artículo 16
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La Comisión consultará a las autoridades sanitarias de los Estados miembros en el Grupo director sobre promoción de la salud, prevención de enfermedades y gestión de las enfermedades no transmisibles sobre los planes de trabajo establecidos para el Programa y sus prioridades y orientaciones estratégicas, así como sobre su aplicación. |
La Comisión consultará, a nivel nacional o, en caso de que se trate de competencias compartidas, a nivel regional y local, a las autoridades sanitarias de los Estados miembros en el Grupo director sobre promoción de la salud, prevención de enfermedades y gestión de las enfermedades no transmisibles sobre los planes de trabajo establecidos para el Programa y sus prioridades y orientaciones estratégicas, así como sobre su aplicación. Hará participar en este ejercicio a los entes locales y regionales con competencias en el ámbito de la salud pública. |
Exposición de motivos
Recuerda el papel de los entes locales y las competencias compartidas en el ámbito sanitario.
Enmienda 17
Anexo I, letra g), inciso i)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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apoyo a las acciones de transferencia de conocimientos y a la cooperación a nivel de la Unión para ayudar en los procesos nacionales de reforma hacia una mayor eficacia, accesibilidad, sostenibilidad y resiliencia, en particular para hacer frente a los desafíos identificados por el Semestre Europeo y para reforzar la atención primaria, intensificar la integración de la asistencia y aspirar a una cobertura sanitaria universal y a la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria; |
apoyo a las acciones de transferencia de conocimientos y a la cooperación a nivel de la Unión , tras consultar con los entes territoriales competentes en materia de salud pública, para ayudar en los procesos nacionales de reforma hacia una mayor eficacia, accesibilidad, sostenibilidad y resiliencia, en particular para hacer frente a los desafíos identificados por el Semestre Europeo y para reforzar la atención primaria, intensificar la integración , la coordinación y la gradación de la asistencia y aspirar a una cobertura sanitaria universal y a la igualdad de acceso a la asistencia sanitaria; |
Exposición de motivos
Es importante reforzar la participación de los entes locales y regionales en los procesos de reforma nacionales y en las acciones emprendidas en el marco del Semestre Europeo.
Enmienda 18
Anexo I, letra g), inciso v)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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auditoría de los mecanismos de preparación y respuesta de los Estados miembros (como los de gestión de crisis, resistencia a los antimicrobianos o vacunación); |
auditoría de los mecanismos de preparación y respuesta de los Estados miembros y, cuando proceda, de los entes territoriales (como los de gestión de crisis, resistencia a los antimicrobianos o vacunación); |
Exposición de motivos
Se trata de recordar el papel de los entes locales y regionales.
Enmienda 19
Anexo I, letra g), inciso vi)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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apoyo a la convergencia al alza de los resultados de los sistemas nacionales mediante el desarrollo de indicadores, el análisis y la intermediación de conocimientos, y la organización de pruebas de resistencia de los sistemas sanitarios nacionales; |
apoyo a la convergencia al alza de los resultados de los sistemas nacionales mediante el desarrollo de indicadores, el análisis y la intermediación de conocimientos, y la organización de pruebas de resistencia de los sistemas sanitarios nacionales , asociando a los entes locales y regionales competentes en materia de salud pública ; |
Exposición de motivos
Recuerda el papel de los entes locales y las competencias compartidas en el ámbito sanitario.
Enmienda 20
Anexo I, letra g), inciso ix)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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apoyo al establecimiento y la ejecución de programas de asistencia a los Estados miembros y a sus acciones para mejorar la promoción de la salud y la prevención de enfermedades (tanto enfermedades transmisibles como no transmisibles); |
apoyo al establecimiento y la ejecución de programas de asistencia a los Estados miembros , los entes territoriales y a sus acciones para mejorar la promoción de la salud y la prevención de enfermedades (tanto enfermedades transmisibles como no transmisibles) permitiendo la promoción de sus acciones en el diseño y la puesta en práctica de actuaciones adaptadas a sus especificidades en materia de salud pública ; |
Exposición de motivos
Los entes locales y regionales son responsables de estas acciones en muchos Estados miembros y deben poder acogerse a estos programas.
Enmienda 21
Anexo I, letra g), inciso x)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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apoyo a las acciones de los Estados miembros destinadas a establecer entornos urbanos, laborales y educativos saludables y seguros, a permitir opciones de vida saludable y a promover una alimentación sana, teniendo en cuenta las necesidades de los grupos vulnerables; |
apoyo a las acciones de los Estados miembros y de los entes territoriales destinadas a establecer entornos urbanos, laborales y educativos saludables y seguros, a permitir opciones de vida saludable y a promover una alimentación sana, teniendo en cuenta las necesidades de los grupos vulnerables; |
Exposición de motivos
Los entes locales y regionales son responsables de estas acciones en muchos Estados miembros.
Enmienda 22
Anexo I, letra g), inciso xii)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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apoyo a los Estados miembros para fortalecer la capacidad administrativa de sus sistemas de asistencia sanitaria mediante la evaluación comparativa, la cooperación y el intercambio de mejores prácticas; |
apoyo a los Estados miembros y, cuando proceda, a los entes territoriales, para fortalecer la capacidad administrativa de sus sistemas de asistencia sanitaria mediante la evaluación comparativa, la cooperación y el intercambio de mejores prácticas; |
Exposición de motivos
Se trata de recordar el papel de los entes locales y regionales.
Enmienda 23
Anexo I, letra k), inciso iii)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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comunicación para promover la prevención de enfermedades y los estilos de vida saludables, en cooperación con todos los agentes interesados a escala internacional, de la Unión y nacional. |
comunicación para promover la prevención de enfermedades y los estilos de vida saludables, en cooperación con todos los agentes interesados adaptada a la escala local, regional, nacional, internacional y de la Unión. |
Exposición de motivos
Recuerda la participación de las distintas esferas locales.
Enmienda 24
Anexo I, letra l) (nueva)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Dichas acciones deben incluirse en la lista establecida por el Programa.
Enmienda 25
Anexo II, parte A, punto I
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Calidad y exhaustividad de la planificación de la UE y los Estados miembros en materia de preparación y respuesta ante amenazas transfronterizas graves para la salud. |
Calidad y exhaustividad de la planificación de la UE, los Estados miembros y, cuando proceda, los entes territoriales en materia de preparación y respuesta ante amenazas transfronterizas graves para la salud. |
Exposición de motivos
Se trata de recordar el papel de los entes locales y regionales.
Enmienda 26
Anexo II, parte A, punto III
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Número de acciones y mejores prácticas que contribuyen directamente al ODS 3.4 por Estado miembro. |
Número de acciones y mejores prácticas que contribuyen directamente al ODS 3.4 por Estado miembro, incluidas las mejores prácticas a escala local y regional, cuando proceda . |
Exposición de motivos
Tal como figura en la enmienda.
Enmienda 27
Anexo I, parte A, punto IV
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Aplicación de las mejores prácticas por los Estados miembros de la UE. |
Aplicación de las mejores prácticas por los Estados miembros de la UE y los entes territoriales competentes en materia sanitaria . |
Exposición de motivos
Recuerda el papel de los entes locales y las competencias compartidas en el ámbito sanitario.
Enmienda 28
Anexo II, parte B, punto I
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Número de Estados miembros que han mejorado la planificación en materia de preparación y respuesta. |
Número de Estados miembros y, en su caso, de entes territoriales que han mejorado la planificación en materia de preparación y respuesta. |
Exposición de motivos
Se trata de recordar el papel de los entes locales y regionales.
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
|
1. |
subraya su compromiso de dar prioridad a la salud a nivel europeo y apoyar a los entes locales y regionales en la lucha contra el cáncer y las epidemias, la cooperación transfronteriza en materia de salud y la modernización de los sistemas sanitarios; |
|
2. |
reconoce que las propuestas de la Comisión se ajustan a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. |
|
3. |
lamenta las graves consecuencias de la pandemia de COVID-19, que no se pudieron prever pero pueden superarse mediante una cooperación estrecha y unos mecanismos consolidados; |
|
4. |
destaca que los municipios, las ciudades, los entes territoriales y las instituciones públicas figuran en primera línea de la pandemia de COVID-19, razón por la cual adoptan medidas sanitarias (adquisición de material sanitario, contratación de personal sanitario, etc.) y medidas de emergencia para abordar los diferentes aspectos de la pandemia, ya sean sociales, económicos o logísticos; |
|
5. |
pide a las instituciones europeas que tomen medidas enérgicas, en el marco de sus competencias, emprendiendo iniciativas destinadas a dar una respuesta específica a la crisis de la COVID-19 y a sacar partido de su experiencia, con el fin de anticipar una futura crisis sanitaria; recuerda que la preparación y ejecución de estas medidas debe llevarse a cabo en cooperación con las autoridades nacionales competentes y los entes territoriales competentes en el ámbito de la salud pública; |
|
6. |
toma nota de los resultados del Eurobarómetro de 2017, según el cual más del 70 % de los europeos y europeas pidió un mayor compromiso de la UE en el ámbito sanitario; |
|
7. |
subraya que este importante programa de financiación en materia de salud para el período 20212027 debe apoyar acciones destinadas a abordar retos comunes y a largo plazo de las políticas de salud pública en la UE y los Estados miembros, en particular en lo que se refiere a la previsión de otras crisis de este tipo, a las desigualdades sanitarias, al acceso a la atención sanitaria, a la migración, al envejecimiento de la población, a la seguridad de los pacientes y a la prestación de una asistencia sanitaria de alta calidad a escala local, regional, nacional y de la Unión; |
|
8. |
subraya que el Programa «La UE por la Salud» no solo ha de centrarse en la gestión de la crisis sino que, a través de la recuperación posterior a la COVID-19, debe contribuir a mejorar significativamente la salud de la población de la Unión reforzando la resiliencia de los sistemas sanitarios, promoviendo la innovación en el sector sanitario e integrando la prevención y la promoción de la salud como herramientas de desarrollo sostenible; |
La salud, un derecho fundamental de los ciudadanos de la Unión
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9. |
tiene en cuenta la crisis que atraviesa la Unión Europea desde el 10 de marzo de 2020, cuando estalló la pandemia de COVID-19, cuya dimensión humana es muy importante, al igual que sus efectos negativos para la salud de la ciudadanía; |
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10. |
pide que la salud contribuya al modelo social europeo y, en particular, al pilar europeo de derechos sociales; |
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11. |
señala que la salud figura entre los derechos fundamentales, que la atención sanitaria es un servicio de interés general y que no puede tratarse como si fuera comercial; |
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12. |
recuerda que abordar las desigualdades en materia de salud, que son el resultado de disparidades sociales evitables, es un objetivo importante y un medio eficaz para promover la seguridad sanitaria y los sistemas de salud; |
Objetivos y función del Programa «La UE por la Salud» (EU4Health)
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13. |
destaca que el Programa «La UE por la Salud» tiene por objeto fortalecer la seguridad sanitaria y la prevención, mejorar la coordinación de las capacidades de asistencia sanitaria y preparar a la Unión para futuras crisis sanitarias, y que el presupuesto de 1 700 millones de euros previsto por el Consejo Europeo del 20 de julio de 2020 no será suficiente para alcanzar este objetivo; |
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14. |
destaca la importancia del principio de «salud en todas las políticas» y, por tanto, la necesidad de coordinar y articular este programa con otros programas de la Unión, en particular el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo de Cohesión por lo que se refiere a las infraestructuras médicas, Horizonte Europa en lo relativo a la investigación y la innovación sanitarias, y el FSE+ en lo referente a la formación y el apoyo a los colectivos vulnerables para acceder a la asistencia sanitaria; y pide, asimismo, que se fomenten las sinergias en el uso de estos fondos; |
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15. |
acoge con satisfacción la propuesta de la Comisión Europea de crear un programa específico de salud en el próximo período presupuestario 2021-2027, aun cuando lamenta que el Consejo Europeo haya reducido la financiación adicional de 7 700 millones EUR que la Comisión propuso asignar al Programa «La UE por la salud» como parte del Plan de Recuperación de la UE, titulado «Aprender de las lecciones de la crisis y abordar los retos estratégicos de Europa», rebatiendo así las ambiciones de este programa; |
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16. |
considera que el Programa «La UE por la Salud» podría proporcionar a la Unión herramientas más abundantes y eficaces para una acción rápida, decisiva y coordinada con los Estados miembros, con la participación de los entes locales y regionales competentes en materia de salud pública, tanto para prepararse de cara a las crisis como para gestionarlas, pero también para mejorar el funcionamiento y el rendimiento generales de los sistemas sanitarios de la UE; |
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17. |
considera esencial que la Unión se dote de los recursos acordes con la ambición mostrada, apoyando los programas de inversión en el ámbito de la investigación, la producción de productos farmacéuticos y, en particular, de dispositivos para proteger a la población; |
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18. |
señala que el programa también tiene por objeto constituir reservas de medicamentos y equipos médicos, de personal y de expertos en salud, así como proporcionar asistencia técnica; |
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19. |
considera que, atendiendo a la experiencia de la pandemia de la COVID-19, la UE debe destinar recursos considerables a mejorar la capacidad de la Unión para prevenir, preparar y gestionar las amenazas o las crisis sanitarias, así como para desarrollar la cooperación de los Estados miembros en este ámbito. Al mismo tiempo, es importante que siga siendo prioritaria la labor de la Unión a la hora de promover la salud y de prevenir enfermedades; |
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20. |
cree que, tal como ocurre en la actualidad, y teniendo en cuenta el derecho de los Estados miembros a decidir la manera de diseñar, organizar y financiar los servicios sanitarios, deben destinarse recursos económicos a los distintos marcos de cooperación médica transfronteriza, como las Redes Europeas de Referencia para la prestación de asistencia sanitaria altamente especializada y la atención de enfermedades poco comunes, la evaluación de las tecnologías sanitarias (ETS) y el desarrollo de metodologías digitales en el ámbito de la salud. También es importante realizar grandes esfuerzos para combatir la resistencia a los antibióticos, una amenaza sanitaria que exige la cooperación europea y mundial; |
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21. |
recuerda que uno de los objetivos «La UE por la Salud» es reducir en un tercio la mortalidad prematura de aquí a 2030 y que este objetivo se alcanzará mediante la lucha contra las enfermedades no transmisibles a través de la mejora del diagnóstico, la prevención y los tratamientos, en particular del cáncer, las enfermedades cardiovasculares, la diabetes y los problemas de salud mental; |
Llamamiento a la cooperación
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22. |
señala que el Programa «La UE por la Salud» debe diseñarse de modo que refuerce los sistemas regionales mediante la financiación de iniciativas como las siguientes: apoyo y asesoramiento específicamente adaptados a cada país para mejorar la asistencia sanitaria; formación de profesionales de la sanidad para su despliegue en toda la Unión; evaluación del estado de preparación y de los dispositivos de respuesta de los Estados miembros; realización de ensayos clínicos para acelerar el desarrollo de medicamentos y vacunas; cooperación con socios transfronterizos; y realización de estudios, recopilaciones de datos y análisis comparativos; |
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23. |
acoge con satisfacción las medidas ya adoptadas por la Comisión Europea para que la UE pueda prestar más apoyo, lo que es indispensable para aliviar la carga de los esfuerzos desplegados por los Estados miembros para abordar la crisis actual de la COVID-19; |
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24. |
considera que es necesario introducir la perspectiva de género en el diseño y análisis de las acciones que se lleven a cabo en el marco del nuevo programa de salud; |
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25. |
considera que las acciones que se lleven a cabo en el nuevo programa de salud deberán diseñarse de modo que contribuyan al desarrollo de una sociedad sostenible desde el punto de vista medioambiental y social; |
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26. |
pide a las regiones de la UE, así como a los demás agentes de la Unión, que cooperen para garantizar una mejor puesta en práctica de los distintos elementos del Programa «La UE por la Salud» y de las acciones enumeradas en la Comunicación de la Comisión Europea sobre la preparación de los sistemas sanitarios de la UE para reaccionar rápidamente en caso de una nueva oleada de COVID-19; |
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27. |
destaca la urgente necesidad de reforzar la capacidad de las instituciones de la UE en materia de intervención sanitaria y gestión de crisis, en particular mediante la participación directa de las estructuras locales y regionales de intervención sanitaria; |
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28. |
considera necesario fomentar la eficacia y la resiliencia de los sistemas sanitarios nacionales; estimulando las inversiones en programas de prevención de enfermedades; fomentando el intercambio de mejores prácticas; promoviendo la cooperación internacional y mejorando el acceso a la asistencia sanitaria; |
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29. |
toma en consideración el hecho de que el Programa tiene por objeto colmar las carencias puestas de manifiesto por la pandemia y que, por consiguiente, los Estados miembros son los principales responsables de las políticas sanitarias, pudiendo la Unión Europea complementar y apoyar las medidas nacionales y promulgar legislación en sectores específicos; |
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30. |
destaca la necesidad de cooperar en el seno de la Unión en lo relativo al desarrollo, la producción y la distribución de vacunas en el marco del programa Horizonte Europa; |
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31. |
destaca la necesidad de reforzar la participación de los entes territoriales tanto en la gobernanza de los sistemas sanitarios como en el establecimiento de las prioridades y en la ejecución del Programa, debido al papel esencial que desempeñan en materia de salud, prevención y seguimiento, y considera que la eficiencia de un mecanismo destinado a mejorar el estado de salud de la población, desde la prevención hasta la gradación de la asistencia, requiere una adaptación a los datos sobre salud pública específicos de cada región. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(12) Conclusiones del Consejo sobre los valores y principios comunes de los sistemas sanitarios de la Unión Europea (DO C 146 de 22.6.2006, p. 1).
(12) Conclusiones del Consejo sobre los valores y principios comunes de los sistemas sanitarios de la Unión Europea (DO C 146 de 22.6.2006, p. 1).
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/150 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Un Mecanismo de Protección Civil de la Unión reforzado
(2020/C 440/23)
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I. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Decisión 1313/2013/UE relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión
COM(2020) 220 final
Enmienda 1
Considerando 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Es esencial reconocer que las capacidades difieren, no solo entre los Estados miembros, sino también entre sus regiones. La acción complementaria de la UE debería, por tanto, desarrollar un enfoque diferenciado en función de las diferentes necesidades a nivel regional.
Enmienda 2
Considerando 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Hay que diferenciar los esfuerzos de la UE de manera que se tengan en cuenta las diferentes capacidades de los Estados miembros y de las regiones de la UE.
Enmienda 3
Considerando 8
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
La articulación interna de los Estados miembros y la naturaleza de determinadas emergencias puede requerir, sobre todo en lo que atañe a los aspectos relacionados con el conocimiento y la formación, que se consulte también a los sistemas regionales de respuesta a las crisis.
Enmienda 4
Considerando 9
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Se considera innecesaria.
Enmienda 5
Considerando 11
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
La disponibilidad de capacidades de rescEU para uso nacional no debería depender del hecho de que sean adquiridas, alquiladas, arrendadas financieramente o contratadas de algún otro modo por la Comisión o por los Estados miembros.
Enmienda 6
Artículo 1, apartado 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Es esencial garantizar que los objetivos generales y los objetivos de la Unión se elaboren y definan en consulta con representantes de los niveles nacional y subnacional.
Para reflejar el hecho de que los objetivos son compartidos, las actas de aprobación deberán someterse al acuerdo del Parlamento Europeo y del Consejo.
Enmienda 7
Artículo 1, apartado 3
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
El CECRE debe facilitar y apoyar la actuación de los sistemas nacionales —y, si procede, regionales— de respuesta a las crisis, evitando superposiciones que puedan generar confusión en cuanto a las responsabilidades de reacción a la emergencia.
Enmienda 8
Artículo 1, apartado 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Es esencial garantizar que en los trabajos de planificación de la resiliencia frente a las catástrofes y de elaboración de escenarios participen también los niveles regional y local, pues son los más directamente afectados.
Enmienda 9
Artículo 1, apartado 8:
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
De este modo se garantizará que las capacidades van a las regiones más necesitadas de Europa según lo estime la CE.
Enmienda 10
Artículo 1, apartado 14
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El artículo 20 bis se sustituye por el texto siguiente: |
El artículo 20 bis se sustituye por el texto siguiente: |
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«Artículo 20 bis Visibilidad y distinciones |
«Artículo 20 bis Visibilidad y distinciones |
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1. Los receptores de financiación de la Unión y los beneficiarios de la asistencia prestada deberán mencionar el origen de la financiación y garantizar su visibilidad (en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados) facilitando información coherente, efectiva, proporcionada y específica a múltiples destinatarios (incluidos los medios de comunicación y el público). |
1. Los receptores de financiación de la Unión y los beneficiarios de la asistencia prestada deberán mencionar el origen de la financiación y garantizar su visibilidad (en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados) facilitando información coherente, efectiva, proporcionada y específica a múltiples destinatarios (incluidos los medios de comunicación y el público). |
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Se dará una visibilidad adecuada a toda asistencia o financiación otorgada en virtud de la presente Decisión. En particular, los Estados miembros velarán por que la comunicación pública relativa a las operaciones financiadas con cargo al Mecanismo de la Unión: |
Se dará una visibilidad adecuada a toda asistencia o financiación otorgada en virtud de la presente Decisión. En particular, los Estados miembros velarán por que la comunicación pública relativa a las operaciones financiadas con cargo al Mecanismo de la Unión: |
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2. La Comisión llevará a cabo acciones de información y comunicación en relación con la presente Decisión, sus acciones y sus resultados. Los recursos financieros asignados a la presente Decisión también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, en la medida en que estén relacionadas con los objetivos mencionados en el artículo 3, apartado 1. |
2. La Comisión llevará a cabo acciones de información y comunicación en relación con la presente Decisión, sus acciones y sus resultados. Los recursos financieros asignados a la presente Decisión también contribuirán a la comunicación institucional de las prioridades políticas de la Unión, en la medida en que estén relacionadas con los objetivos mencionados en el artículo 3, apartado 1. |
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3. La Comisión concederá medallas para reconocer y premiar el compromiso prolongado y las aportaciones extraordinarias al Mecanismo de la Unión.»; |
3. La Comisión concederá medallas para reconocer y premiar el compromiso prolongado y las aportaciones extraordinarias al Mecanismo de la Unión. |
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4. Cuando se utilicen capacidades de rescEU con fines nacionales de conformidad con el artículo 12, apartado 5, los Estados miembros, las regiones y las ciudades deberán mencionar el origen de dichas capacidades y garantizar la visibilidad de la financiación de la Unión utilizada para adquirirlas.» |
Exposición de motivos
Es importante promocionar la acción de la UE en tiempos de crisis. La crisis de la COVID-19 ha demostrado que los períodos de crisis facilitan una amplia difusión de noticias falsas.
Enmienda 11
Artículo 1, apartado 15
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El artículo 21 se modifica como sigue: |
El artículo 21 se modifica como sigue: |
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Exposición de motivos
También los costes destinados a abordar este tipo de riesgos deberán seguir estando cubiertos por la asistencia financiera de la Unión.
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
reitera su llamamiento para que se refuerce de manera significativa la capacidad de respuesta a emergencias o catástrofes de la UE, con la participación de las estructuras de respuesta a emergencias nacionales, locales y regionales y respetando el principio de subsidiariedad establecido en el artículo 196 del TFUE; |
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2. |
pide la plena participación de los entes locales y regionales en el proceso de toma de decisiones de la UE, ya que son las primeras afectadas en caso de catástrofe y el primer nivel de gobernanza en responder en caso de emergencia; |
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3. |
acoge positivamente la propuesta de elaborar objetivos de resiliencia de la Unión en caso de catástrofe para respaldar las acciones de prevención y preparación; resalta, no obstante, que ello debe hacerse en colaboración no solo con los Estados miembros sino también con los entes locales y regionales; |
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4. |
apoya el refuerzo de la capacidad inmediata y a largo plazo de la UE para reaccionar ante emergencias, siempre bajo el control operativo de los organismos localmente competentes, pero resalta la necesidad de una mayor flexibilidad, también para movilizar las capacidades de rescEU a fin de responder eficazmente no solo a las crisis sanitarias sino a otras emergencias a gran escala; |
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5. |
acoge favorablemente el refuerzo con 1 900 millones EUR de la dotación de rescEU en el marco del nuevo instrumento para la recuperación Next Generation UE, un aumento que eleva su dotación total a 3 000 millones EUR para el próximo marco financiero plurianual (MFP) 2021-2027. Por tanto, es esencial un rápido acuerdo sobre el presupuesto de la UE y una pronta adopción del mismo si queremos que la UE disponga de más medios para prepararse y reaccionar ante futuras emergencias a gran escala; |
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6. |
resalta que, si bien Next Generation EU representa un positivo refuerzo temporal y puntual, es necesario un compromiso y un refuerzo a largo plazo para potenciar el Mecanismo de Protección Civil de la Unión y sus instrumentos, como rescEU y el Cuerpo Médico Europeo; |
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7. |
está de acuerdo en que la Comisión debe estar capacitada para aportar directamente capacidades de rescEU a fin de apoyar a los Estados miembros en una situación de emergencia de gran alcance, pues así se aligeraría la carga financiera y administrativa a cargo de los Estados miembros y la UE podría intervenir con más rapidez para garantizar la suficiente disponibilidad de recursos estratégicos si los Estados miembros ven rebasadas sus capacidades; |
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8. |
está de acuerdo en que, en caso de emergencia, además de recursos estratégicos, es necesaria una capacidad logística y de transporte adecuada, incluidos servicios dotados de aeronaves polivalentes, para poder reaccionar con rapidez y prestar ayuda urgente; |
Mensajes principales
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9. |
reitera su compromiso, recogido en su Resolución sobre las prioridades del Comité Europeo de las Regiones para 2020-2025, de abogar «por una actuación coordinada de la UE y por el apoyo a las estructuras nacionales, regionales y locales de preparación ante las catástrofes para responder a las amenazas para la salud y a las situaciones de crisis, de conformidad con el principio de subsidiariedad»; |
|
10. |
recuerda el artículo 196 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, en el que se dispone que «la Unión fomentará la cooperación entre los Estados miembros con el fin de mejorar la eficacia de los sistemas de prevención de las catástrofes naturales o de origen humano y de protección frente a ellas»; |
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11. |
lamenta que la pandemia de COVID-19 haya tenido consecuencias a gran escala que no podían preverse, pero considera que puede superarse con fuertes mecanismos de cooperación y consolidación; |
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12. |
observa que toda crisis representa una prueba para la solidaridad de la UE y de sus Estados miembros, como ha demostrado la pandemia de COVID-19, y, como representante de los entes locales y regionales, cree firmemente en la necesidad de una respuesta europea coordinada en un espíritu de auténtica solidaridad; |
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13. |
acoge favorablemente, en este contexto, la adopción por las instituciones europeas, en el marco de sus competencias, de medidas enérgicas, con iniciativas tendentes a dar una respuesta concreta a la crisis de la COVID-19; es urgente sentar las bases para una mayor resiliencia de la Unión Europea a todos los niveles; |
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14. |
resalta que, tal como ha demostrado la crisis actual, es de enorme importancia intensificar la coordinación entre los Estados miembros, entre todos los niveles de gobierno y más allá de las fronteras; |
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15. |
observa que, aunque con ocasión de la pandemia de COVID-19 también se hace necesario un análisis crítico del Mecanismo de Protección Civil de la Unión, las modificaciones concretas ahora propuestas deben estar orientadas, sobre la base de los resultados de dicho análisis, a mejorar y reforzar el mecanismo de la Unión y a que tanto la UE como los Estados miembros estén más preparados y puedan reaccionar con rapidez y eficacia ante futuras grandes crisis de fuerte impacto, respetando al mismo tiempo el reparto de competencias entre la UE y los Estados miembros —y, en particular, los entes locales— establecida en el TFUE; |
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16. |
reitera la necesidad de crear sistemas de alarma compartidos en las zonas transfronterizas para lograr una comunicación armonizada para la comunicación previa y la puesta en común de los procedimientos operativos en caso de emergencia, además de bases de datos conjuntas entre países vecinos para determinar materiales, vehículos, equipos y especialización de los voluntarios, así como la distribución y logística de los recursos (1); |
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17. |
es consciente de que los principales participantes en el Mecanismo de Protección Civil de la Unión son los Estados miembros, pero considera que el mecanismo en su conjunto resultaría beneficiado si se presta más atención a las necesidades y circunstancias regionales y locales. |
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18. |
pide que las medidas de la UE se centren más en ofrecer asistencia para la formación técnica a fin de que pueda mejorarse la capacidad de autoayuda de las comunidades, de modo que estén mejor preparadas para dar una respuesta inicial y frenar una catástrofe (2); |
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19. |
reitera la necesidad de reforzar las plataformas de aprendizaje electrónico —inspirándose en el programa de formación del Mecanismo de Protección Civil de la Unión— y de incrementar los cursos en línea abiertos en materia de protección civil (3). |
Análisis de subsidiariedad y proporcionalidad
La protección civil es un ámbito de competencias compartidas entre la UE y los Estados miembros, donde la Unión actúa para apoyar, coordinar o complementar la acción de sus Estados miembros (artículo 196 del TFUE). El principio de subsidiariedad es de clara aplicación a este ámbito.
La propuesta actual está destinada a introducir algunas modificaciones específicas en la Decisión en virtud de la cual la Unión Europea apoya, coordina y complementa la acción de los Estados miembros en el ámbito de la protección civil para la prevención, preparación y respuesta frente a las catástrofes naturales o de origen humano dentro y fuera de la Unión.
Tal como ha puesto de manifiesto la pandemia de COVID-19, en caso de emergencias graves en las que la Unión Europea en su conjunto se vea afectada por la magnitud y el alcance de la emergencia, es necesaria una respuesta colectiva, coordinada y urgente para evitar un enfoque fragmentado que limite la eficacia de la respuesta de la Unión. La imperiosa necesidad de movilizar recursos a una escala suficiente y de desplegarlos en todos los Estados miembros requiere una acción coordinada a escala de la Unión en cooperación con los Estados miembros.
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) CDR 2018/6135.
(2) CDR 2018/617.
(3) CDR 2018/6135.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/160 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Plan de Recuperación para Europa en respuesta a la pandemia de COVID-19: Mecanismo de Recuperación y Resiliencia e Instrumento de Apoyo Técnico
(2020/C 440/24)
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I. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
Enmienda 1
COM(2020) 408 final — Considerando 3
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A escala de la Unión, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas («Semestre Europeo»), incluidos los principios del pilar europeo de derechos sociales, es el marco en que se determinan las prioridades nacionales de las reformas y se hace el seguimiento de su ejecución. Los Estados miembros desarrollan sus propias estrategias nacionales de inversión plurianuales en apoyo de esas reformas. Estas estrategias deben presentarse junto con los programas nacionales de reformas anuales, como medio para elaborar y coordinar proyectos de inversión prioritarios que deben recibir financiación nacional o de la Unión. |
A escala de la Unión, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas («Semestre Europeo»), que integrará los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y los principios del pilar europeo de derechos sociales, es el marco en que se determinan las prioridades nacionales y regionales de las reformas y se hace el seguimiento de su ejecución , mediante indicadores nacionales y regionales claros . Los Estados miembros , en cooperación con los entes locales y regionales con arreglo a sus competencias y teniendo en cuenta las especificidades de los distintos territorios que representan, desarrollan sus propias estrategias nacionales de inversión plurianuales en apoyo de esas reformas. Estas estrategias , elaboradas en asociación con los entes territoriales sobre la base de un código de conducta que determine con exactitud las líneas directrices en términos de buena gobernanza para la programación de los planes de recuperación y los proyectos, deben presentarse junto con los programas nacionales de reformas anuales, como medio para elaborar y coordinar proyectos de inversión prioritarios que deben recibir financiación nacional o de la Unión. Además, en el marco de estas estrategias también es necesario utilizar la financiación de la UE de forma más coherente y maximizar el valor añadido de la ayuda financiera que reciban, en particular de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el Fondo de Recuperación y el Programa InvestEU. |
Exposición de motivos
Es conveniente armonizar el contenido de este apartado con el contenido de la propuesta de Reglamento y del acuerdo interinstitucional sobre el Programa InvestEU, en particular en lo que respecta al reconocimiento del papel de los entes locales y regionales en el Semestre Europeo y la coherencia en el uso de los fondos e instrumentos de la Unión. Asimismo, conviene recordar que el Semestre Europeo debe incorporar los ODS.
Enmienda 2
COM(2020) 408 final — Considerando 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La pandemia de COVID-19 que se inició a principios de 2020 cambió las perspectivas económicas de los próximos años en la Unión y en el mundo, y exige una respuesta urgente y coordinada de la Unión para hacer frente a las enormes consecuencias económicas y sociales para todos los Estados miembros. […] Por tanto, las reformas y las inversiones que aborden las debilidades estructurales de las economías y refuercen su resiliencia serán esenciales para resituar a las economías en una senda de recuperación sostenible y evitar que se agraven aún más las divergencias en la Unión. |
La pandemia de COVID-19 que se inició a principios de 2020 cambió las perspectivas económicas y sociales de los próximos años en la Unión y en el mundo, y exige una respuesta urgente y coordinada de la Unión para hacer frente a las enormes consecuencias económicas y sociales para todos los Estados miembros , cuyo impacto es muy diferente según los territorios . […] Por tanto, el apoyo de la Unión Europea a la ejecución en los Estados miembros de reformas e inversiones que realicen los objetivos de la Unión Europea, remedien las debilidades estructurales de las economías, refuercen su resiliencia y contribuyan a lograr un modelo económico conforme a los Objetivos de Desarrollo Sostenible y al Pacto Verde Europeo (Green Deal) serán esenciales para resituar a las economías en una senda de recuperación sostenible y solidaria, reforzar la cohesión económica, social y territorial y evitar que se agraven aún más las divergencias en la Unión. |
Exposición de motivos
Dado que la propuesta de Reglamento tiene como fundamento jurídico el artículo 175, apartado 3, del TFUE, es imperativo reconocer claramente la cohesión como uno de sus objetivos.
Enmienda 3
COM(2020) 408 final — Considerando 5
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La ejecución de reformas que ayuden a las economías nacionales a alcanzar un alto grado de resiliencia, que refuercen la capacidad de ajuste y que liberen el potencial de crecimiento figura entre las prioridades políticas de la Unión. Así pues, estas reformas son cruciales para alcanzar la recuperación por una senda sostenible y apoyar el proceso de convergencia económica y social al alza. A raíz de la crisis pandémica, todo ello es aún más necesario, a fin de allanar el camino para una rápida recuperación. |
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Exposición de motivos
Este considerando es redundante respecto del considerando anterior.
Enmienda 4
COM(2020) 408 final — Considerando 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Las experiencias pasadas han puesto de manifiesto que las inversiones se suelen reducir drásticamente durante las crisis. Sin embargo, es esencial apoyar las inversiones en esta situación particular para acelerar la recuperación y reforzar el potencial de crecimiento a largo plazo. Las inversiones en tecnologías, capacidades y procesos ecológicos y digitales destinados a apoyar la transición hacia una energía limpia e impulsar la eficiencia energética en la vivienda y en otros sectores clave de la economía son importantes para lograr un crecimiento sostenible y contribuir a la creación de empleo . Asimismo, contribuirán a aumentar la resiliencia de la Unión y a reducir su dependencia mediante la diversificación de las cadenas de suministro fundamentales. |
Las experiencias pasadas han puesto de manifiesto que las inversiones , incluidas la mayor parte de las inversiones públicas realizadas por los entes locales y regionales, se suelen reducir drásticamente durante las crisis , lo que tiene un efecto agravante nefasto sobre el desarrollo económico y la cohesión económica, social y territorial . Sin embargo, a fin de lograr los objetivos del Pacto Verde Europeo, un crecimiento sostenible y solidario, reforzar las infraestructuras de los servicios esenciales para la población y contribuir a la creación de empleo, es esencial impulsar las inversiones en proyectos basados en el desarrollo sostenible, la mejora de la calidad de vida y de la enseñanza, la economía del conocimiento y el apoyo a la transición digital y a la transición hacia una energía limpia , en concreto impulsando la eficiencia energética en el sector de la vivienda. Estas inversiones contribuirán, asimismo, a aumentar la resiliencia de la Unión y a reducir su dependencia mediante la diversificación de las cadenas de suministro fundamentales. |
Exposición de motivos
Los entes locales y regionales son responsables de más de la mitad de la inversión pública en la UE y se ven particularmente afectados por los recortes de la inversión en épocas de crisis. Es importante también recordar las consecuencias nefastas de esta inversión insuficiente.
Enmienda 5
COM(2020) 408 final — Considerando 7
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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En la actualidad, ningún instrumento prevé una ayuda financiera directa vinculada a la consecución de resultados y a la realización de reformas e inversiones públicas por los Estados miembros en respuesta a los retos señalados en el Semestre Europeo, y con el fin de tener una incidencia duradera en la productividad y la resiliencia de la economía de los Estados miembros. |
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Exposición de motivos
Esta afirmación puede prestarse a discusión, sobre todo teniendo en cuenta el papel desempeñado por los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para abordar los problemas detectados en el contexto del Semestre Europeo.
Enmienda 6
COM(2020) 408 final — Considerando 8
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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En este contexto, es necesario reforzar el marco actual de ayuda a los Estados miembros y proporcionarles ayudas financieras directas mediante una herramienta innovadora. A tal fin, debe crearse un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia («el Mecanismo») con arreglo al presente Reglamento que proporcione una ayuda financiera significativa y eficaz para intensificar las reformas y las inversiones públicas conexas en los Estados miembros. El Mecanismo debe ser global y beneficiarse también de la experiencia adquirida por la Comisión y los Estados miembros en el uso de otros instrumentos y programas. |
En este contexto, es necesario reforzar el marco actual de ayuda a los Estados miembros y a los entes locales y regionales y proporcionarles ayudas financieras directas mediante una herramienta innovadora. A tal fin, debe crearse un Fondo de Recuperación y Resiliencia («el Fondo ») con arreglo al presente Reglamento que proporcione una ayuda financiera suficiente y eficaz para intensificar las reformas y las inversiones públicas conexas en los Estados miembros y en los entes locales y regionales, especialmente con miras a alcanzar los objetivos de la nueva estrategia de crecimiento sostenible presentada en el Pacto Verde Europeo y garantizar que los Estados miembros y los entes locales y regionales dispongan de la capacidad necesaria para una respuesta coordinada financiando la puesta en marcha de un seguimiento regional o local . |
Exposición de motivos
El término «Mecanismo» resulta demasiado tecnocrático y no está suficientemente arraigado en las situaciones territoriales. Además, los entes locales y regionales son responsables de más de la mitad de la inversión pública en la UE. También son agentes clave en la cohesión, la consecución de los ODS y las transiciones ecológica y digital. Deben poder beneficiarse plenamente del mecanismo. También debe aclararse el potencial carácter «global» del «Mecanismo».
Enmienda 7
COM(2020) 408 final — Considerando 11
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Al reflejar el Pacto Verde Europeo como estrategia de crecimiento sostenible de Europa y plasmar los compromisos contraídos por la Unión para aplicar el Acuerdo de París y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el Mecanismo establecido por el presente Reglamento contribuirá a la integración de las acciones relativas al clima y la sostenibilidad ambiental en las demás políticas y a la consecución de la meta global de destinar a objetivos climáticos el 25 % de los gastos del presupuesto de la UE. |
Al reflejar el Pacto Verde Europeo como estrategia de crecimiento sostenible de Europa y plasmar los compromisos contraídos por la Unión para aplicar el Acuerdo de París y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, el Fondo establecido por el presente Reglamento contribuirá a la integración de las acciones relativas al clima y la sostenibilidad ambiental en las demás políticas y a la consecución de la meta global de destinar a objetivos climáticos al menos el 30 % de los gastos del presupuesto de la UE. Habida cuenta de que la contribución potencial a este objetivo de determinadas políticas de la UE está sobrestimada (1), el Fondo debería compensar este déficit destinando al menos un 40 % de su gasto a la acción por el clima. |
Exposición de motivos
Se trata de reiterar la posición del CDR adoptada en octubre de 2019 en su Resolución sobre el marco financiero plurianual 2021-2027, así como en el Dictamen sobre el MFP presentado en octubre de 2018 por el Sr. Dobroslavić (HR/PPE).
Enmienda 8
COM(2020) 408 final — Considerando 13
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A fin de que se puedan tomar medidas encaminadas a vincular el Mecanismo a una buena gobernanza económica, con miras a garantizar unas condiciones de ejecución uniformes, debe conferirse al Consejo la competencia para suspender, a propuesta de la Comisión y mediante actos de ejecución, el plazo relativo a la adopción de decisiones sobre las propuestas de planes de recuperación y resiliencia y para suspender los pagos en el marco del Mecanismo, en caso de que se produzca un incumplimiento importante respecto a los supuestos pertinentes relacionados con el proceso de gobernanza económica previsto en el Reglamento (UE) n.o XXX/XX del Parlamento Europeo y del Consejo [RDC] […]. También debe conferirse al Consejo la competencia para levantar esas suspensiones mediante actos de ejecución, a propuesta de la Comisión, en relación con los mismos supuestos pertinentes. |
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Enmienda 9
COM(2020) 408 final — Considerando 14
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El objetivo general del Mecanismo debe ser fomentar la cohesión económica, social y territorial. A tal efecto, debe contribuir a mejorar la resiliencia y la capacidad de ajuste de los Estados miembros, a mitigar el impacto social y económico de la crisis y a apoyar las transiciones ecológica y digital, cuyo objetivo es lograr una Europa climáticamente neutra de aquí a 2050, restaurando de esta forma el potencial de crecimiento de las economías de la Unión tras la crisis, fomentando la creación de empleo y promoviendo el crecimiento sostenible. |
El objetivo general del Fondo debe ser fomentar la cohesión económica, social y territorial. A tal efecto, debe contribuir a mejorar la capacidad de resiliencia de los Estados miembros y de todos los territorios de la Unión Europea , a mitigar el impacto social y económico de la crisis , que se distribuye de forma desigual entre los Estados miembros, pero también dentro de cada uno de ellos, y a apoyar las transiciones ecológica y digital, cuyo objetivo es cumplir los ODS de aquí a 2030 y lograr una Europa climáticamente neutra de aquí a 2050, restaurando de esta forma el potencial de crecimiento de las economías de la Unión tras la crisis, fomentando la creación de empleo y promoviendo el crecimiento sostenible. |
Enmienda 10
COM(2020) 408 final — Considerando 16
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Para garantizar su contribución a los objetivos del Mecanismo, el plan de recuperación y resiliencia debe incluir medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión pública a través de un plan coherente de recuperación y resiliencia. El plan debe ser compatible con los retos y prioridades pertinentes de cada país señalados en el contexto del Semestre Europeo y con los programas nacionales de reformas, los planes nacionales de energía y clima, los planes de transición justa, los acuerdos de asociación y los programas operativos adoptados en el marco de los fondos de la Unión. Para impulsar acciones que constituyan prioridades del Pacto Verde Europeo y la Agenda Digital, el plan también debe recoger medidas que sean pertinentes para las transiciones ecológica y digital. Las medidas deben permitir alcanzar rápidamente las metas, los objetivos y las contribuciones contemplados en los planes nacionales de energía y clima y sus actualizaciones. Todas las actividades financiadas deben llevarse a cabo respetando plenamente las prioridades en materia de clima y medio ambiente de la Unión. |
Para garantizar su contribución a los objetivos del Mecanismo, el plan de recuperación y resiliencia debe incluir medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión pública a través de un plan de recuperación y resiliencia que sea coherente, pertinente, eficaz y eficiente . El plan debe ser compatible con los retos y prioridades pertinentes de cada país señalados en el contexto del Semestre Europeo y con los programas nacionales de reformas, los planes nacionales de energía y clima, los planes de transición justa, los acuerdos de asociación y los programas operativos adoptados en el marco de los fondos de la Unión. Además, los planes de recuperación y resiliencia deben ser coherentes con el principio del valor añadido europeo. Para impulsar acciones que constituyan prioridades del Pacto Verde Europeo, la Agenda Digital, la Estrategia Industrial y Estrategia para las Pymes, la Agenda de Capacidades para Europa, la Garantía Infantil, y la Garantía Juvenil, el plan también debe recoger medidas que sean pertinentes para las transiciones ecológica y digital. Todas las actividades financiadas deben llevarse a cabo respetando plenamente las prioridades en materia de clima y medio ambiente de la Unión. Al menos el 40 % de los planes de recuperación y resiliencia deben dedicarse a la integración de acciones en materia de clima y biodiversidad y a los objetivos de sostenibilidad medioambiental. |
Enmienda 11
COM(2020) 408 final — Considerando 18
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A fin de contribuir a la preparación y ejecución de los planes de recuperación y resiliencia por los Estados miembros, el Consejo debe poder debatir , en el contexto del Semestre Europeo, la situación en lo que respecta a la recuperación , la resiliencia y la capacidad de ajuste en la Unión. Para garantizar la idoneidad de los datos, ese debate debe basarse en la información estratégica y analítica de la Comisión disponible en el contexto del Semestre Europeo y , en su caso, en la información sobre la ejecución de los planes en los años anteriores. |
A fin de contribuir a la preparación y ejecución de los planes de recuperación por los Estados miembros, el Consejo y el Parlamento Europeo deben poder decidir en condiciones de igualdad , en el contexto del Semestre Europeo, la situación en lo que respecta a la recuperación y la capacidad de resiliencia en la Unión. Esta decisión debe basarse en la información estratégica y analítica presentada por la Comisión en el contexto del Semestre Europeo y en la información sobre la ejecución de los planes en los años anteriores , en concreto sobre la base de un conjunto de indicadores cuantitativos y cualitativos relativos a la aplicación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible . Sería oportuno elaborar esta decisión asociando al Comité Europeo de las Regiones con vistas a determinar el marco europeo para los planes de recuperación, haciéndole partícipe de los órganos responsables del seguimiento de la ejecución del Semestre Europeo, y encomendándole el mandato de realizar una evaluación semestral de la aplicación territorial de los planes de recuperación . |
Enmienda 12
COM(2020) 408 final — Considerando 21
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Con el fin de garantizar la asunción de responsabilidades a escala nacional respecto de las reformas e inversiones pertinentes, y que se otorgue prioridad a estas, los Estados miembros que deseen recibir ayuda deben presentar a la Comisión un plan de recuperación y resiliencia , debidamente motivado y justificado. El plan de recuperación y resiliencia debe exponer el conjunto detallado de medidas para su ejecución, incluidos los objetivos intermedios y las metas, así como las repercusiones previstas del plan en el potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social; asimismo, debe incluir medidas que sean pertinentes para las transiciones ecológica y digital, junto con una explicación de la coherencia del plan de recuperación y resiliencia propuesto con los retos y prioridades específicos pertinentes de cada país determinados en el contexto del Semestre Europeo. Debe procurarse y materializarse una estrecha cooperación entre la Comisión y los Estados miembros a lo largo del proceso. |
Con el fin de garantizar la asunción de responsabilidades a escala nacional respecto de las reformas e inversiones pertinentes, y que se otorgue prioridad a estas, los Estados miembros que deseen recibir ayuda deben presentar a la Comisión un plan de recuperación, debidamente motivado y justificado. En consonancia con los principios de asociación y subsidiariedad, el plan de recuperación debe elaborarse en cooperación estrecha y estructurada con los entes locales y regionales, en la medida en que las reformas y las inversiones que recibirán el apoyo afecten a sus competencias definidas en la legislación nacional. El plan de recuperación debe exponer el conjunto detallado de medidas para su ejecución, incluidos los objetivos intermedios y las metas, así como las repercusiones previstas del plan en la cohesión económica, social y territorial, el potencial de crecimiento, la creación de empleo y la resiliencia económica y social; asimismo, debe incluir medidas que sean pertinentes para las transiciones ecológica y digital, junto con una explicación de la coherencia del plan de recuperación propuesto con los retos y prioridades específicos pertinentes de cada país determinados en el contexto del Semestre Europeo. Debe procurarse y materializarse una estrecha cooperación entre la Comisión, los Estados miembros , el Comité Europeo de las Regiones y los entes locales y regionales a lo largo del proceso. |
Exposición de motivos
Los entes locales y regionales tienen competencias políticas y responsabilidades financieras clave para alcanzar los objetivos del Fondo (cohesión, desarrollo sostenible, etc.) y, por lo tanto, es fundamental que los planes de recuperación se definan en cooperación estrecha y estructurada con ellos. Es una cuestión que tiene que ver no solo con la legitimidad y la equidad del instrumento, sino también con su eficacia. El fundamento jurídico del instrumento requiere además que en los planes se incluya información sobre las repercusiones en la cohesión de las medidas que vayan a financiarse.
Enmienda 13
COM(2020) 408 final — Considerando 33
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Para llevar a cabo un seguimiento eficaz de la ejecución, los Estados miembros deben informar trimestralmente, en el marco del proceso del Semestre Europeo, de los avances logrados en la ejecución de los planes de recuperación y resiliencia . Estos informes elaborados por los Estados miembros en cuestión deben reflejarse adecuadamente en los programas nacionales de reformas, los cuales deben utilizarse como herramienta para informar sobre los avances hacia la culminación de los planes de recuperación y resiliencia . |
Para llevar a cabo un seguimiento eficaz de la ejecución, los Estados miembros deben informar semestralmente de los avances logrados en la ejecución de los planes de recuperación. Estos informes elaborados por los Estados miembros en cuestión deben reflejarse en los programas nacionales de reformas, los cuales deben utilizarse como herramienta para informar sobre los avances hacia la culminación de los planes de recuperación. |
Exposición de motivos
Los informes trimestrales pueden constituir una carga burocrática excesiva.
Enmienda 14
COM(2020) 408 final — Considerando 37
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Resulta oportuno que la Comisión presente un informe anual al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación del Mecanismo establecido en el presente Reglamento. Dicho informe debe incluir información sobre los avances realizados por los Estados miembros en el marco de los planes de recuperación y resiliencia aprobados ; también debe incluir información sobre el volumen de los ingresos asignados al Mecanismo en el marco del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea el año anterior, desglosados por línea presupuestaria, y la contribución de los importes recaudados a través del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea al logro de los objetivos del Mecanismo. |
Resulta oportuno que la Comisión presente un informe anual al Parlamento Europeo, al Consejo , al Comité Europeo de las Regiones y al Comité Económico y Social Europeo sobre la aplicación del Mecanismo establecido en el presente Reglamento. Dicho informe debe incluir información sobre los avances realizados por los Estados miembros en el marco de los planes de recuperación y una evaluación de la aplicación territorial de dichos planes ; también debe incluir información sobre el volumen de los ingresos asignados al Mecanismo en el marco del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea el año anterior, desglosados por línea presupuestaria, y la contribución de los importes recaudados a través del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea al logro de los objetivos del Mecanismo. |
Enmienda 15
COM(2020) 408 final — Artículo 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El presente Reglamento establece un Mecanismo de Recuperación y Resiliencia («el Mecanismo »). […] |
El presente Reglamento establece un Fondo de Recuperación («el Fondo »). […] |
Exposición de motivos
En consonancia con la enmienda al considerando 8, la denominación de «Mecanismo» resulta demasiado tecnocrática y puede inducir a error, dado que el Fondo se basa en subvenciones y préstamos.
Enmienda 16
COM(2020) 408 final — Artículo 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Definiciones |
Definiciones |
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A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: |
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: |
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Exposición de motivos
Se repite una definición ya propuesta por el CDR en su Dictamen «Programa de Apoyo a las Reformas y Función Europea de Estabilización de las Inversiones» (ECON-VI/037), aprobado el 5 de diciembre de 2018.
Enmienda 17
COM(2020) 408 final — Artículo 4, apartado 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Para lograr este objetivo general, el objetivo específico del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia será proporcionar a los Estados miembros ayuda financiera para que alcancen los objetivos intermedios y las metas de reforma e inversión establecidos en sus planes de recuperación y resiliencia . Se perseguirá este objetivo específico en estrecha cooperación con los Estados miembros en cuestión. |
Para lograr este objetivo general, el objetivo específico del Fondo de Recuperación será proporcionar a los Estados miembros y a los entes locales y regionales ayuda financiera para que alcancen los objetivos intermedios y las metas de reforma e inversión establecidos en sus planes de recuperación. Se perseguirá este objetivo específico en estrecha cooperación con los Estados miembros en cuestión. |
Enmienda 18
COM(2020) 408 final — Artículo 5, apartado 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Las medidas contempladas en el artículo 2 del Reglamento [EURI] se aplicarán en el marco del presente Mecanismo : |
Las medidas contempladas en el artículo 2 del Reglamento [EURI] se aplicarán en el marco del presente Fondo : |
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Exposición de motivos
Actualización sobre la base de las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 17 a 21 de julio de 2020.
Enmienda 19
COM(2020) 408 final — Artículo 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Recursos procedentes de programas de gestión compartida Los recursos asignados a los Estados miembros en el marco de la gestión compartida podrán transferirse al Mecanismo si estos así lo solicitan. La Comisión ejecutará esos recursos directamente, de conformidad con el artículo 62, apartado 1, letra a), del Reglamento Financiero. Estos recursos se utilizarán en beneficio del Estado miembro de que se trate. |
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Exposición de motivos
Esta opción de transferir recursos al Fondo de Recuperación y Resiliencia desde los Fondos Estructurales y de Inversión entraña un riesgo de recentralización y supone un cuestionamiento de la gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión sobre la base del principio de asociación.
Enmienda 20
COM(2020) 408 final — Artículo 9 (nuevo)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Medidas que vinculan el Mecanismo a la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho 1. En caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en un Estado miembro que afecten a los principios de buena gestión financiera o a la protección de los intereses financieros de la Unión, tal como se definen en el artículo 3 del Reglamento […/…] sobre la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en los Estados miembros, la Comisión adoptará una decisión mediante un acto de ejecución para suspender el plazo previsto para la adopción de las decisiones a que se refiere el artículo 17, apartados 1 y 2, del presente Reglamento o para suspender los pagos en virtud del Mecanismo. La decisión de suspender los pagos contemplada en el apartado 1 se aplicará a las solicitudes de pago presentadas tras la fecha de la decisión de suspensión. La suspensión del plazo contemplado en el artículo 17 se aplicará a partir del día siguiente al de la adopción de la decisión contemplada en el apartado 1. En caso de suspensión de los pagos, será de aplicación el artículo 4, apartado 3, del Reglamento […/…] sobre la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en los Estados miembros. 2. En caso de evaluación positiva por parte de la Comisión de conformidad con el artículo 6 del Reglamento […/…] sobre la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en los Estados miembros, la Comisión adoptará una decisión mediante un acto de ejecución para levantar la suspensión del plazo o de los pagos contemplada en el apartado 1. Los procedimientos o los pagos pertinentes se reanudarán al día siguiente de la fecha en que se levante la suspensión. 3. Cuando el Estado miembro de que se trate haga un uso inadecuado de la financiación asignada, o en caso de deficiencias en relación con el Estado de Derecho, las acciones a nivel regional y local que contribuyan a abordar esos desafíos seguirán beneficiándose del Mecanismo. |
Enmienda 21
COM(2020) 408 final — Artículo 10
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Contribución financiera máxima |
Contribución financiera máxima |
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Se calculará una contribución financiera máxima para cada Estado miembro para la asignación del importe contemplado en el artículo 5, apartado 1, letra a), mediante el método establecido en el anexo I, en función de la población , la inversa del producto interior bruto (PIB) per cápita y la tasa de desempleo relativa de cada Estado miembro. |
Se calculará una contribución financiera máxima para cada Estado miembro para la asignación , durante el período que finalizará el 31 de diciembre de 2022, del importe contemplado en el artículo 5, apartado 1, letra a), mediante el método establecido en el anexo I, en función de la población y el impacto negativo que la crisis sanitaria ha tenido en el producto interior bruto (PIB) per cápita y la tasa de desempleo de cada Estado miembro. |
Enmienda 22
COM(2020) 408 final — Artículo 11
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Asignación de la contribución financiera |
Asignación de la contribución financiera |
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1. Durante un período que finalizará el 31 de diciembre de 2022, la Comisión pondrá a disposición para su asignación el importe de 334 950 000 000 EUR contemplado en el artículo 5, apartado 1, letra a). Cada Estado miembro podrá presentar solicitudes, hasta llegar a la contribución financiera máxima contemplada en el artículo 10, para ejecutar sus planes de recuperación y resiliencia . |
1. Durante un período que finalizará el 31 de diciembre de 2022, la Comisión pondrá a disposición para su asignación el importe de 252 000 000 000 EUR contemplado en el artículo 5, apartado 1, letra a). Cada Estado miembro podrá presentar solicitudes, hasta llegar a la contribución financiera máxima contemplada en el artículo 10, para ejecutar sus planes de recuperación. |
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2. Durante el período que comienza después del 31 de diciembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2024, en función de la disponibilidad de recursos financieros, la Comisión podrá organizar convocatorias en consonancia con el calendario del Semestre Europeo . A tal fin, publicará un calendario indicativo de las convocatorias que se vayan a organizar en dicho período e indicará, para cada una de ellas, el importe disponible para su asignación. Cada Estado miembro podrá presentar propuestas para recibir hasta el importe máximo que le corresponda del importe disponible para asignación, tal como se contempla en el anexo I, con el fin de ejecutar su plan de recuperación y resiliencia. |
2. Durante el período que comienza después del 31 de diciembre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2024, la Comisión propondrá, a más tardar el 15 de junio de 2022, una revisión de la metodología establecida en el anexo I a fin de acordar el reparto de los 108 000 000 000 EUR todavía disponibles e integrar en el período 2020-2021 el impacto territorial, económico y social de la pandemia sobre la base de datos estadísticos consolidados . |
Exposición de motivos
La asignación de los recursos que, en su caso, estuvieran todavía disponibles no debería basarse en una «convocatoria» sino en datos estadísticos objetivos durante el período 2020-2021.
Enmienda 23
COM(2020) 408 final — Artículo 14, apartado 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los Estados miembros elaborarán planes de recuperación y resiliencia nacionales para alcanzar los objetivos establecidos en el artículo 4. En estos planes se establecerá el programa de reformas e inversiones del Estado miembro de que se trate para los cuatro años siguientes. Los planes de recuperación y resiliencia que pueden optar a la financiación con arreglo al presente instrumento incluirán un paquete coherente de medidas de ejecución de las reformas y los proyectos de inversión pública. |
Los Estados miembros elaborarán planes de recuperación y resiliencia nacionales para alcanzar los objetivos establecidos en el artículo 4. En estos planes se establecerá el programa de reformas e inversiones del Estado miembro de que se trate para los cuatro años siguientes. Los planes de recuperación y resiliencia que pueden optar a la financiación con arreglo al presente instrumento incluirán un paquete coherente de medidas de ejecución de las reformas y los proyectos de inversión pública. Para la preparación de los planes de recuperación y resiliencia, los Estados miembros podrán utilizar el Instrumento de Apoyo Técnico, de conformidad con el Reglamento XX/AAAA [por el que se establece el Instrumento de Apoyo Técnico]. Serán admisibles las medidas tomadas a partir del 1 de febrero de 2020 que guarden relación con las consecuencias económicas y sociales causadas por la pandemia de COVID-19. Al reflejar el Pacto Verde Europeo como estrategia de crecimiento sostenible de Europa y plasmar los compromisos contraídos por la Unión para aplicar el Acuerdo de París y alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, cada plan de recuperación y resiliencia contribuirá con al menos el 40 % de su importe a la integración de las acciones relativas al clima y la biodiversidad y a la consecución de los objetivos de sostenibilidad medioambiental. Mediante un acto delegado, la Comisión adoptará la metodología pertinente para ayudar a los Estados miembros a cumplir ese requisito. Al reflejar el carácter orientado al futuro del instrumento de recuperación «Next Generation EU» y reconocer la importancia de la agenda de capacidades digitales, la Garantía Infantil y la Garantía Juvenil para impedir que los jóvenes de hoy se conviertan en la «generación del confinamiento», cada plan de recuperación y resiliencia contribuirá a hacer frente al riesgo de daños duraderos para las perspectivas de los jóvenes en el mercado de trabajo, así como a su bienestar general, mediante soluciones y respuestas globales en materia de empleo, educación y competencias orientadas a la juventud. |
Enmienda 24
COM(2020) 408 final — Artículo 15, apartado 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El plan de recuperación y resiliencia presentado por el Estado miembro en cuestión constituirá un anexo a su Programa Nacional de Reformas y se presentará oficialmente el 30 de abril como máximo. El Estado miembro podrá presentar un proyecto de plan a partir del 15 de octubre del año anterior, junto con el proyecto de presupuesto para el año siguiente. |
El plan de recuperación presentado por el Estado miembro en cuestión se presentará oficialmente el 30 de abril como máximo. |
Exposición de motivos
Los plazos en el marco del Semestre Europeo son difíciles de conjugar con la presentación en un «anexo» de los planes de recuperación y resiliencia, y son aún menos adaptados a ser «prenotificados» con una antelación de más de seis meses. Es preciso que las autoridades competentes puedan disponer de una mayor flexibilidad y capacidad de adaptación para presentar sus planes.
Enmienda 25
COM(2020) 408 final — Artículo 15, apartado 3, letra c)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El plan de recuperación y resiliencia estará debidamente motivado y justificado. En concreto, deberán figurar en él los siguientes elementos: […] |
El plan de recuperación estará debidamente motivado y justificado. En concreto, deberán figurar en él los siguientes elementos: […] |
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Enmienda 26
COM(2020) 408 final — Artículo 15, apartado 3, letra d) (nueva)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Enmienda 27
COM(2020) 408 final — Artículo 15, apartado 4 (nuevo)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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En la elaboración de sus propuestas de plan de recuperación, y en la medida en que las reformas e inversiones que vayan a financiarse entren dentro de la competencias de los entes locales y regionales, tal y como estas se definen en el marco jurídico nacional respectivo, los Estados miembros establecerán un mecanismo de cooperación estructurada con los entes locales y regionales a fin de garantizar su plena participación en este proceso de elaboración y el respeto del principio de subsidiariedad. Los Estados miembros informarán al respecto en el plan de recuperación. |
Exposición de motivos
Véase la enmienda al considerando 21.
Enmienda 28
COM(2020) 408 final — Artículo 16, apartado 3, letra b)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La Comisión evaluará la envergadura y la coherencia del plan de recuperación y resiliencia y su contribución a las transiciones ecológica y digital; a tal fin, tendrá en cuenta los siguientes criterios: […] |
La Comisión evaluará la envergadura y la coherencia del plan de recuperación y su contribución a las transiciones ecológica y digital; a tal fin, tendrá en cuenta los siguientes criterios: […] |
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Enmienda 29
COM(2020) 408 final — Artículo 20
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 20 Comunicación de información por parte del Estado miembro en el marco del Semestre Europeo |
Artículo 20 Comunicación de información por parte del Estado miembro en el marco del Semestre Europeo |
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El Estado miembro de que se trate presentará informes trimestrales en el marco del proceso del Semestre Europeo sobre los avances realizados en la ejecución de los planes de recuperación y resiliencia , incluido el acuerdo operativo contemplado en el artículo 17, apartado 6. A tal fin, los informes trimestrales de los Estados miembros se reflejarán de forma adecuada en los programas nacionales de reformas, que servirán de herramienta para informar sobre los avances realizados en la ejecución de los planes de recuperación y resiliencia . |
El Estado miembro de que se trate presentará informes semestrales sobre los avances realizados en la ejecución de los planes de recuperación, incluido el acuerdo operativo contemplado en el artículo 17, apartado 6. A tal fin, los informes de los Estados miembros se reflejarán de forma adecuada en los programas nacionales de reformas, que servirán de herramienta para informar sobre los avances realizados en la ejecución de los planes de recuperación. |
Exposición de motivos
Véase la enmienda al considerando 33.
Enmienda 30
COM(2020) 408 final — Artículo 22 (nuevo)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Cuadro de indicadores de la recuperación y la resiliencia 1. La Comisión establecerá un cuadro de indicadores de la recuperación y la resiliencia (el «cuadro de indicadores») que muestre el estado de ejecución de las reformas e inversiones acordadas a través de los planes de recuperación y resiliencia de cada Estado miembro. 2. El cuadro de indicadores incluirá indicadores clave, como indicadores sociales, económicos y medioambientales, para evaluar los avances registrados por los planes de recuperación y resiliencia en cada uno de los ámbitos políticos prioritarios que definen el ámbito de aplicación del presente Reglamento, así como un resumen del proceso de seguimiento relativo al cumplimiento de los porcentajes mínimos de gasto en materia de clima y otros objetivos medioambientales. 3. El cuadro de indicadores mostrará el grado de cumplimiento de los objetivos intermedios pertinentes de los planes de recuperación y resiliencia y las deficiencias detectadas en su aplicación, así como las recomendaciones de la Comisión para abordar las deficiencias correspondientes. 4. El cuadro de indicadores resumirá también las principales recomendaciones dirigidas a los Estados miembros en relación con sus planes de recuperación y resiliencia. 5. El cuadro de indicadores servirá de base para un intercambio permanente de mejores prácticas entre los Estados miembros, que se concretará en un diálogo estructurado organizado periódicamente. 6. El cuadro de indicadores se actualizará de forma constante y estará a disposición del público en el sitio web de la Comisión. Indicará la situación de las solicitudes de pago, los pagos, las suspensiones y las anulaciones de contribuciones financieras. 7. La Comisión presentará el cuadro de indicadores en una audiencia organizada por las comisiones competentes del Parlamento Europeo. |
Exposición de motivos
La eficacia de las medidas debe ser cuantificable y transparente.
Propuesta de Reglamento por el que se establece un Instrumento de Apoyo Técnico
Enmienda 31
COM(2020) 409 final — Considerando 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A escala de la Unión, el Semestre Europeo de coordinación de políticas económicas constituye el marco en el que se determinan las prioridades de reforma nacionales y se hace el seguimiento de su ejecución. Los Estados miembros formulan sus propias estrategias nacionales de inversión plurianual en apoyo de tales prioridades de reforma. Dichas estrategias se presentan junto con los programas nacionales de reformas anuales como un medio para esbozar y coordinar los proyectos de inversión prioritarios que deben financiarse con cargo a los fondos nacionales y/o de la Unión. También deben servir para utilizar la financiación de la Unión de manera coherente y para maximizar el valor añadido de la ayuda financiera que se reciba, en particular la procedente de los programas financiados por la Unión con los Fondos Estructurales y de Cohesión, y de otros programas. |
A escala de la Unión, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas (el «Semestre Europeo»), incluidos los principios del pilar europeo de derechos sociales y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), constituye el marco en el que se determinan las prioridades de reforma nacionales y se hace el seguimiento de su ejecución. Los Estados miembros , en cooperación con los entes locales y regionales con arreglo a sus competencias, formulan sus propias estrategias nacionales de inversión plurianual en apoyo de tales prioridades de reforma. Dichas estrategias se presentan junto con los programas nacionales de reformas anuales como un medio para esbozar y coordinar los proyectos de inversión prioritarios que deben financiarse con cargo a los fondos nacionales y/o de la Unión. También deben servir para utilizar la financiación de la Unión de manera coherente y para maximizar el valor añadido de la ayuda financiera que se reciba, en particular la procedente de los programas financiados por la Unión con los Fondos Estructurales y de Cohesión , el Fondo de Recuperación y el Programa InvestEU , y de otros programas. |
Exposición de motivos
Es conveniente armonizar el contenido de este apartado con el contenido de la propuesta de Reglamento, el acuerdo interinstitucional sobre el Programa InvestEU y la propuesta de «Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», incluido el reconocimiento del papel de los entes locales y regionales en el Semestre Europeo. Asimismo, conviene recordar que el Semestre Europeo debe incorporar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Enmienda 32
COM(2020) 409 final — Considerando 8
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El objetivo general del Instrumento de Apoyo Técnico debe ser promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión, apoyando los esfuerzos de los Estados miembros por ejecutar las reformas necesarias que logren la recuperación económica y social, la resiliencia y la convergencia. A estos efectos, debe apoyar el refuerzo de la capacidad administrativa de los Estados miembros para aplicar el Derecho de la Unión en relación con los retos a los que se enfrentan las instituciones, la gobernanza, la Administración Pública y los sectores económico y social. |
El objetivo general del Instrumento de Apoyo Técnico debe ser promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión, apoyando los esfuerzos de los Estados miembros y de los entes locales y regionales por ejecutar las reformas necesarias que logren la recuperación económica y social, la resiliencia y la convergencia. A estos efectos, debe apoyar el refuerzo de la capacidad administrativa de los Estados miembros y de los entes locales y regionales para aplicar el Derecho de la Unión en relación con los retos a los que se enfrentan las instituciones, la gobernanza, la Administración Pública y los sectores económico y social. |
Exposición de motivos
Es necesario garantizar la coherencia con los artículos 2 y 4 de la propuesta de Reglamento, que establecen que la finalidad del instrumento es apoyar a todas las autoridades públicas de los Estados miembros, incluidos los entes locales y regionales, que son responsables de la aplicación de una parte significativa del Derecho de la Unión, así como de más de la mitad de la inversión pública y de un tercio del gasto público en su conjunto.
Enmienda 33
COM(2020) 409 final — Considerando 10
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Con el fin de ayudar a los Estados miembros a abordar las necesidades de reforma en todas las áreas económicas y sociales clave, la Comisión debe prestarles, cuando lo pidan, un apoyo técnico continuado en una amplia gama de ámbitos políticos, que comprenden las áreas relacionadas con la gestión de activos y finanzas públicas, la reforma institucional y administrativa, el entorno empresarial, el sector financiero, los mercados de productos, servicios y trabajo, la educación y la formación, el desarrollo sostenible, la salud pública y el bienestar social. Se debe hacer especial hincapié en las acciones que fomentan las transiciones ecológica y digital. |
La Comisión debe prestar, cuando lo pida una autoridad nacional , un apoyo técnico continuado en los ámbitos necesarios para la aplicación de los objetivos del Tratado de la Unión Europea y que comprenden las áreas relacionadas con la gestión de activos y finanzas públicas, la reforma institucional y administrativa, el entorno empresarial, el sector financiero, los mercados de productos locales , servicios y trabajo, la educación y la formación, el desarrollo sostenible, la salud pública, el bienestar social y la igualdad de género . Se debe hacer especial hincapié en las acciones que fomentan las transiciones ecológica y digital , con específica atención a la reducción de la brecha digital que afecta a las mujeres . |
Exposición de motivos
Por coherencia con las enmiendas legislativas a los artículos 2 y 4. Véase la enmienda al considerando 8.
Enmienda 34
COM(2020) 409 final — Artículo 2, apartado 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: |
A los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: |
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1) «apoyo técnico»: medidas que ayudan a los Estados miembros a llevar a cabo reformas institucionales, administrativas y favorables al crecimiento y a la resiliencia; |
1) «apoyo técnico»: medidas que ayudan a las autoridades nacionales, regionales y locales a llevar a cabo reformas institucionales, administrativas y favorables al crecimiento sostenible, a la cohesión y a la resiliencia . Para poder acogerse a las ayudas del Instrumento de Apoyo Técnico, estas reformas deberán ajustarse a los siguientes criterios:
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Exposición de motivos
Por coherencia con los artículos 2, apartado 2, y 4, en lo que se refiere a los destinatarios del Instrumento, y a los artículos 3, 4 y 5, por lo que se refiere al objetivo de las reformas.
Enmienda 35
COM(2020) 409 final — Artículo 3
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El objetivo general del Instrumento será promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión, apoyando los esfuerzos de los Estados miembros por ejecutar las reformas necesarias para lograr la recuperación económica y social, la resiliencia y la convergencia al alza en lo económico y lo social, y apoyar los esfuerzos de los Estados miembros por reforzar su capacidad administrativa para aplicar el Derecho de la Unión en relación con los retos a los que se enfrentan las instituciones, la gobernanza, la Administración Pública y los sectores económico y social. |
El objetivo general del Instrumento será promover la cohesión económica, social y territorial de la Unión, apoyando los esfuerzos de los Estados miembros y los entes locales y regionales por ejecutar las reformas necesarias para lograr la recuperación económica y social, la resiliencia y la convergencia al alza en lo económico y lo social, y apoyar los esfuerzos de los Estados miembros y de los entes locales y regionales por reforzar su capacidad administrativa para aplicar el Derecho de la Unión en relación con los retos a los que se enfrentan las instituciones, la gobernanza, la Administración Pública y los sectores económico y social. |
Enmienda 36
COM(2020) 409 final — Artículo 5, letra e)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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las políticas para realizar las transiciones ecológica y digital, las soluciones de administración digital, la contratación pública electrónica, la conectividad, el acceso a los datos y la gobernanza, el aprendizaje en línea, el uso de soluciones basadas en la inteligencia artificial, el pilar medioambiental del desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente, la acción por el clima, la movilidad, la promoción de la economía circular, la eficiencia energética y de recursos, las fuentes de energía renovables, la realización de la diversificación energética y la garantía de seguridad energética y, para el sector agrario, la protección del suelo y la biodiversidad, la pesca y el desarrollo sostenible de las zonas rurales; así como |
las políticas para realizar las transiciones ecológica y digital, las soluciones de administración digital, la contratación pública electrónica, la conectividad, el acceso a los datos y la gobernanza, el aprendizaje en línea, el uso de soluciones basadas en la inteligencia artificial, el pilar medioambiental del desarrollo sostenible y la protección del medio ambiente, la acción por el clima, la movilidad, la promoción de la economía circular, el ciclo integral del agua, la eficiencia energética y de recursos, las fuentes de energía renovables, la realización de la diversificación energética y la garantía de seguridad energética y, para el sector agrario, la protección del suelo y la biodiversidad, la pesca y el desarrollo sostenible de las zonas rurales; así como |
Exposición de motivos
El sector del agua es un sector básico estratégico para el bienestar de ciudadanos y la economía europea puesto que es un recurso básico, así como un sector económico generador de empleo duradero y de alta calidad. El uso de energías renovables es un objetivo básico de lucha contra el cambio climático.
Enmienda 37
COM(2020) 409 final — Artículo 8
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Los Estados miembros que deseen recibir apoyo técnico del Instrumento deberán presentar una solicitud de apoyo técnico a la Comisión, determinando los ámbitos de actuación y las prioridades de apoyo dentro del ámbito de aplicación establecido en el artículo 5. Las solicitudes deberán presentarse a más tardar el 31 de octubre del año civil de que se trate. La Comisión puede dar orientaciones sobre los elementos principales que deban incluirse en la solicitud de apoyo. |
1. Las autoridades nacionales, regionales o locales que deseen recibir apoyo técnico del Instrumento deberán presentar una solicitud de apoyo técnico a la Comisión, determinando los ámbitos de actuación y las prioridades de apoyo dentro del ámbito de aplicación establecido en el artículo 5. Las solicitudes deberán presentarse a más tardar el 31 de octubre del año civil de que se trate. La Comisión puede dar orientaciones sobre los elementos principales que deban incluirse en la solicitud de apoyo. |
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2. Los Estados miembros podrán presentar una solicitud de apoyo técnico en las circunstancias vinculadas a: |
2. Las autoridades nacionales, regionales o locales podrán presentar una solicitud de apoyo técnico en las circunstancias vinculadas a: |
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[…] |
[…] |
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
El COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES (CDR),
Por lo que se refiere al llamado Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia,
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1. |
acoge con satisfacción el hecho de que el volumen presupuestario de este nuevo instrumento de 360 000 millones EUR para subvenciones y 312 500 millones de euros en préstamos para utilizar hasta finales de 2024 aporte una respuesta macroeconómica que responda a la recesión más profunda de su historia que la Unión Europea experimentará en 2020, con un descenso del PIB del 8,3 % (1). Apoya asimismo el equilibrio que se establece en la propuesta entre subvenciones y préstamos. El riesgo de que se agraven aún en mayor medida las disparidades socioeconómicas justifica la rápida adopción y aplicación del «Plan de Recuperación para Europa» y del presupuesto de la UE en el otoño de 2020; |
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2. |
subrayando que el fundamento jurídico de la propuesta (artículo 175 del TFUE) está relacionado con el objetivo de la cohesión, el CDR está preocupado por la débil dimensión territorial de la propuesta de la Comisión, mientras que las repercusiones sociales y económicas de la crisis del coronavirus se distribuyen de manera desigual entre los Estados miembros y, dentro de cada uno de ellos, entre los territorios: en primer lugar, porque el impacto sanitario y humano varía mucho en función de los territorios y las capacidades asistenciales y de salud están distribuidas de forma desigual; en segundo lugar, porque las medidas de prevención ante el coronavirus también han variado en cuanto a su duración y severidad en función de la situación sanitaria regional; y en tercer lugar, porque determinados sectores económicos se ven afectados de forma desproporcionada, por lo que el impacto socioeconómico a nivel local y regional depende de los sectores económicos predominantes, la composición del empleo y la exposición a las cadenas de valor mundiales de cada territorio. Sin medidas de mitigación específicas, la crisis de coronavirus puede, por tanto, crear o reforzar las divergencias regionales dentro de los Estados miembros y entre ellos. La cohesión y la solidaridad deben ocupar una posición central de nuestras prioridades de inversión; |
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3. |
advierte de que el Semestre Europeo como mecanismo de gobernanza del Fondo llamado «Mecanismo» sigue siendo un ejercicio centralizado y descendente, que no es adecuado para una herramienta destinada a reforzar la cohesión económica, social y territorial; reitera, por consiguiente, su propuesta de un código de conducta para la participación de los entes locales y regionales en el Semestre Europeo (2). Este código es más urgente y necesario que nunca para hacer que el Semestre sea más transparente, inclusivo y democrático, pero también más eficaz con la participación de los entes locales y regionales; |
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4. |
reconoce que las medidas específicas de recuperación en el marco de «Next Generation EU» implican una oportunidad para que todos los territorios, especialmente los más golpeados por la crisis económica derivada de la pandemia de la COVID-19, promuevan una modernización de su modelo económico y hacerlo más productivo y resiliente. Sin embargo, lamenta que la clave de reparto propuesta para el primer tramo del 70 % de los compromisos, en forma de transferencias del Fondo de Recuperación se base en indicadores socioeconómicos referidos a la situación previa a la crisis sanitaria, y no tenga en cuenta el impacto derivado de la pandemia sobre los mismos, puesto que los efectos económicos derivados de la misma son territorialmente asimétricos desde el primer momento; |
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5. |
señala que la recesión económica se produce en un momento en el que muchos sectores industriales clave ya se enfrentan a retos importantes como consecuencia de la transformación digital y medioambiental. Para generar cambios, la UE no debe quedarse atrás en la competencia mundial por la innovación. Esto exige una inversión sustancial en la investigación y el desarrollo y en la adquisición y mejora de capacidades; el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia debe utilizarse también para hacer posible esta inversión; |
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6. |
insiste, por lo tanto, en que los entes locales y regionales participen en el desarrollo de los planes de recuperación a través de una cooperación estructurada con los Estados miembros, en la medida en que las reformas y las inversiones que deben apoyarse se ajusten a las competencias locales y regionales, y de conformidad con el marco jurídico nacional para el reparto de competencias entre los niveles de gobierno. El Comité anima a la Comisión a que, en consulta con el CDR, presente unas orientaciones con tal fin en otoño de 2020. Por su parte, se compromete a organizar una evaluación semestral de la aplicación territorial de los planes de recuperación; |
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7. |
considera, además, que los plazos en el marco del Semestre Europeo son difíciles de conjugar con la presentación de los planes de recuperación en un «anexo» a los Programas Nacionales de Reforma, y son aún menos adaptados a ser «prenotificados» con una antelación de más de seis meses. Es preciso que las autoridades competentes puedan disponer de una mayor flexibilidad y capacidad de adaptación para presentar sus planes. |
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8. |
toma nota de que, el pasado 17 de septiembre, la Comisión presentó la publicación concomitante de las directrices para los planes de recuperación y resiliencia (3) y de la Estrategia Anual de Crecimiento Sostenible. Observa, en este contexto, que:
Propone organizar conjuntamente con la Comisión Europea un «Foro de Recuperación y Resiliencia» para reforzar la participación de las comunidades en el plan de recuperación y evaluar la contribución de dicho plan a la cohesión y a las transiciones ecológica y digital; |
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9. |
recuerda, por último, que los entes locales y regionales son responsables de más de la mitad de la inversión pública en la UE —gran parte de ella en sectores clave como la salud, la educación, los servicios sociales, la vivienda, los transportes o el turismo—, y que, por tanto, sería absurdo que no pudieran beneficiarse de este apoyo a la inversión pública, que es especialmente necesario en tiempos de crisis, ya que la última década ha puesto de manifiesto las consecuencias procíclicas nefastas de los recortes en una inversión pública utilizada con demasiada frecuencia como una variable de ajuste frente a las restricciones presupuestarias; |
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10. |
destaca el papel beneficioso que el instrumento propuesto debe tener para el clima, pero considera que los planes de recuperación deben recoger una asignación de gastos de al menos el 40 % a la acción por el clima para que la Unión Europea pueda cumplir sus compromisos climáticos. Asimismo, considera que la propuesta de la Comisión debería incluir el conjunto de los Objetivos de Desarrollo Sostenible como marco de planificación estratégica; |
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11. |
se opone a la opción de transferir recursos al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia desde los Fondos Estructurales y de Inversión (artículo 6), puesto que esta opción entraña un riesgo de recentralización y supone un cuestionamiento de la gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión sobre la base del principio de asociación; |
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12. |
considera que la aplicación de la condicionalidad macroeconómica es una medida acertada para contribuir a un uso específico de los fondos de la UE en los Estados miembros; |
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13. |
reitera su petición para que se definan claramente las reformas que pueden acogerse a la ayuda del «Fondo de Recuperación» o del Instrumento de Apoyo Técnico, en consonancia con el principio de subsidiariedad, decidiendo que cumplen los siguientes criterios:
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14. |
subraya que, a la hora de aplicar el Fondo de Recuperación y Resiliencia, los entes locales y regionales que dispongan de proyectos necesitan un marco jurídico estabilizado respecto de las ayudas estatales, tanto a nivel europeo como nacional. En particular, necesitan saber si el marco europeo relativo a las ayudas estatales se adaptará sobre una base ad hoc para tener en cuenta el aumento del volumen de las ayudas y obtener garantías sobre las responsabilidades y los plazos de notificación de las ayudas; |
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15. |
subraya que el término «Mecanismo» resulta demasiado tecnocrático, incomprensible para el ciudadano de a pie y ambiguo en varios idiomas oficiales de la Unión Europea y, por lo tanto, crea un obstáculo a las actividades de comunicación descentralizada sobre la cuestión de cómo ha respondido la Unión Europea para lograr la recuperación y la resiliencia; sugiere, por lo tanto, que el término «Mecanismo» se sustituya por «Fondo»; |
Por lo que respecta al Instrumento de Apoyo Técnico
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16. |
acoge con satisfacción la presentación por parte de la Comisión de la propuesta de Reglamento por el que se establece el Instrumento de Apoyo Técnico, que puede contribuir a reforzar la capacidad administrativa de las autoridades públicas y, de este modo, a una mejor aplicación de las reformas y una gestión pública más eficaz; |
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17. |
apoya firmemente el hecho de que el instrumento esté destinado no solo a las administraciones nacionales sino también a los entes locales y regionales, tal y como se establece en el artículo 2 de la propuesta; |
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18. |
considera, no obstante, que debe clarificarse la propuesta de Reglamento y reforzarse su coherencia, sobre todo su artículo 8, relativo a la solicitud de apoyo técnico, que debería poder ser presentada por una autoridad nacional, en el sentido del artículo 2 y no exclusivamente por un Estado miembro. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Véase el informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre este asunto (2 de julio de 2020). https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/RW20_01/RW_Tracking_climate_spending_ES.pdf .
(1) Previsiones económicas de verano, Comisión Europea (julio de 2020): https://ec.europa.eu/info/sites/info/files/economy-finance/ip132_en.pdf
(2) Dictamen del CDR: Mejorar la gobernanza del Semestre Europeo: un código de conducta para la participación de los entes locales y regionales; ponente: Rob JONKMAN (NL/CRE), aprobado el 11.5.2017. Ref.: COR-2016-05386 (DO C 306 de 15.9.2017, p. 24).
(3) En esta fase, disponibles únicamente en inglés.
(4) Tecnologías limpias y energía renovable; eficiencia energética del parque inmobiliario; movilidad innovadora; conectividad (5G, fibra óptica); modernización de las administraciones públicas; desarrollo de una nube europea para datos industriales y de microprocesadores potentes; digitalización de los sistemas educativos y desarrollo de competencias digitales.
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/183 |
Dictamen del Comité de las Regiones — Año Europeo del Ferrocarril (2021)
(2020/C 440/25)
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I. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Enmienda 1
Considerando 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El sector ferroviario, al conectar las principales rutas de transporte de la Unión con sus regiones y territorios periféricos, contribuye a la cohesión social, económica y territorial. |
El sector ferroviario, al conectar las principales rutas de transporte de la Unión con sus regiones y territorios periféricos, contribuye a la cohesión social, económica y territorial , tanto como servicio público local y regional como en cuanto a servicio de capacidad y larga distancia para viajeros y mercancías . |
Exposición de motivos
La contribución a la cohesión debe señalar los diferentes modelos ferroviarios que la propician, con el fin de incidir en la importancia y necesidad de todos y cada uno de ellos, sin excepción, para el objetivo que se persigue.
Enmienda 2
Artículo 3.1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Exposición de motivos
Para atraer nuevos usuarios al ferrocarril es determinante facilitar el acceso a este medio de transporte mediante nuevas políticas tarifarias, ofertas y descuentos, en especial en los trayectos con obligación de servicio público.
Enmienda 3
Artículo 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La organización de la participación en el Año Europeo a escala nacional incumbe a los Estados miembros. Para ello, los Estados miembros designarán coordinadores nacionales. Los coordinadores nacionales garantizarán la coordinación de las correspondientes actividades a escala nacional. |
La organización de la participación en el Año Europeo a escala nacional incumbe a los Estados miembros. Para ello, los Estados miembros designarán coordinadores nacionales. Los coordinadores nacionales garantizarán la coordinación de las correspondientes actividades a escala nacional , considerando también la promoción del transporte ferroviario que puedan desarrollar los diferentes entes regionales de cada Estado miembro de la UE . |
Exposición de motivos
Con el fin de garantizar la aplicación efectiva del Año Europeo del Ferrocarril en los Estados miembros, la participación de los entes regionales en este proyecto, así como las medidas de promoción del ferrocarril, son fundamentales no solo a nivel central, sino también a nivel regional.
Enmienda 4
Artículo 5
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. La Comisión convocará con regularidad reuniones de los coordinadores nacionales para coordinar la marcha del Año Europeo. Estas reuniones también darán la oportunidad de intercambiar información sobre su puesta en práctica a escala nacional y de la Unión; los representantes del Parlamento Europeo podrán participar en las reuniones como observadores. |
1. La Comisión convocará con regularidad reuniones de los coordinadores nacionales para coordinar la marcha del Año Europeo. Estas reuniones también darán la oportunidad de intercambiar información sobre su puesta en práctica a escala nacional y de la Unión; los representantes del Parlamento Europeo y del Comité Europeo de las Regiones podrán participar en las reuniones como observadores. |
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2. La coordinación del Año Europeo a escala de la Unión tendrá un enfoque transversal, con vistas a crear sinergias entre los diferentes programas e iniciativas de la Unión que financien proyectos en el ámbito del transporte ferroviario o que estén relacionados con el ferrocarril. |
2. La coordinación del Año Europeo a escala de la Unión tendrá un enfoque transversal, con vistas a crear sinergias entre los diferentes programas e iniciativas de la Unión que financien proyectos en el ámbito del transporte ferroviario o que estén relacionados con el ferrocarril. |
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3. La Comisión convocará con regularidad reuniones de partes interesadas y representantes de organizaciones o entidades activas en el ámbito del transporte ferroviario, incluidas las redes transnacionales existentes y las ONG pertinentes, además de las organizaciones y comunidades juveniles, con el fin de recabar su ayuda en la puesta en práctica del Año Europeo a escala de la Unión. |
3. La Comisión convocará con regularidad reuniones de partes interesadas y representantes de organizaciones o entidades activas en el ámbito del transporte ferroviario, incluidas las redes transnacionales existentes y las ONG pertinentes, además de las organizaciones y comunidades juveniles, con el fin de recabar su ayuda en la puesta en práctica del Año Europeo a escala de la Unión. |
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La Comisión podrá, si el presupuesto lo permite, organizar convocatorias de propuestas y proyectos que puedan recibir apoyo por su contribución excepcional a los objetivos del Año. |
La Comisión podrá, si el presupuesto lo permite, organizar convocatorias de propuestas y proyectos que puedan recibir apoyo por su contribución excepcional a los objetivos del Año. En la selección de proyectos apoyados por la UE deberá garantizarse el equilibrio geográfico. |
Exposición de motivos
La participación del CDR en las reuniones de los coordinadores es esencial a la vista del importante papel que desempeñan los entes locales y regionales en el desarrollo del transporte ferroviario regional y local. La ayuda financiera a los proyectos en el marco del Año Europeo del Ferrocarril debe ser equilibrada. De ahí la propuesta de incluir el criterio geográfico.
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
I. EL PAPEL Y LA CONTRIBUCIÓN DEL FERROCARRIL AL DESARROLLO SOCIOECONÓMICO DE LAS REGIONES EUROPEAS, A LA MOVILIDAD SOSTENIBLE Y AL CUMPLIMIENTO DE LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS EN EL PACTO VERDE EUROPEO Y EN LA POLÍTICA DE TRANSPORTES DE LA UE
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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1. |
acoge con satisfacción la propuesta sobre el Año Europeo del Ferrocarril (2021), que tiene por objeto promover a lo largo de todo el año, a través de proyectos, debates, actos, exposiciones e iniciativas en toda Europa, el ferrocarril entre los ciudadanos, las empresas y las autoridades como una manera atractiva y sostenible de circular por todo el continente europeo; |
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2. |
constata que los objetivos de la Decisión relativa al Año Europeo del Ferrocarril y el fomento del transporte ferroviario previsto en la Comunicación de la Comisión sobre el Pacto Verde Europeo están coordinados entre sí, en particular con vistas a lograr una movilidad sostenible e inteligente y a alcanzar una Unión Europea climáticamente neutra de aquí a 2050; |
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3. |
señala que el transporte ferroviario es uno de los modos de transporte más sostenibles, con mayor eficiencia energética y más seguro y, como tal, desempeñará un papel importante en el futuro sistema europeo de movilidad; |
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4. |
llama la atención, además, sobre el hecho de que el ferrocarril es seis veces más eficiente desde el punto de vista energético que el transporte por carretera, lo que implica que también emite nueve veces menos CO2 que el transporte de mercancías por carretera y el transporte aéreo de pasajeros; |
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5. |
toma nota de que, dado que el ferrocarril es el modo de movilidad más neutro desde el punto de vista climático, la UE ha elaborado una estrategia específica de movilidad sostenible para alcanzar el objetivo de la plena operatividad con cero emisiones de aquí a 2050; |
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6. |
considera que todos los modos de transporte deberían contribuir a sufragar los costes externos que acarrean, según el principio de que «quien contamina, paga»; pide, en este sentido, a la Presidencia alemana del Consejo de la Unión Europea que acelere los debates sobre el «eurodistintivo» para que en los próximos meses se pueda adoptar un enfoque general, que permita finalmente mantener negociaciones a tres bandas con el Parlamento Europeo, a fin de fomentar un cambio modal de la carretera al ferrocarril; |
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7. |
destaca que el sector del transporte ferroviario aporta también una contribución significativa a la economía europea y a la realización del mercado interior europeo; |
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8. |
señala, además, que los objetivos de transferencia modal al ferrocarril no pueden alcanzarse únicamente mediante medidas de estímulo (pull) en el propio sector ferroviario, sino que también serán necesarias medidas de disuasión (push) en los modos de transporte que utilizan combustibles fósiles, con el fin de alcanzar los objetivos fijados por la Comisión en el marco del Pacto Verde |
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9. |
toma nota de que la satisfacción de los pasajeros aumenta constantemente gracias a los esfuerzos del sector del transporte ferroviario para mejorar los servicios (1); |
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10. |
observa que la creciente urbanización será uno de los principales desafíos mundiales y que, por consiguiente, es preciso crear nuevos paradigmas de movilidad. La transición completa a los vehículos eléctricos y automatizados tardará todavía muchos años en concretarse, pero, habida cuenta de los problemas que se derivan del cambio climático, hay que empezar a apoyar el sector ferroviario desde ahora mismo; |
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11. |
destaca que la inversión en los corredores ferroviarios de transporte de mercancías y en las terminales de transbordo contribuye a reforzar la cohesión territorial en la UE, a aumentar el comercio con terceros países y a mejorar el desarrollo económico y la situación del empleo; |
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12. |
pide a las instituciones de la UE que, en vista de la revisión prevista del Reglamento (UE) n.o 1315/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) (RTE-T), sigan apoyando el desarrollo de esta red e invirtiendo en nuevos corredores, en cualquier lugar de la Unión Europea donde sea necesario y, en particular, en las regiones cuyas infraestructuras ferroviarias están menos desarrolladas. El Corredor del Ámbar y Rail Baltica son ejemplos de corredores con valor añadido europeo; |
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13. |
señala que las inversiones llevadas a cabo en el ferrocarril con cargo al Mecanismo «Conectar Europa» durante el período 2014-2016 generaron un PIB de 264 000 millones de euros. De las inversiones en los corredores de la red básica de la UE realizadas en el marco de este Mecanismo cabe esperar beneficios adicionales en forma tanto de un aumento del 1,8 % del PIB de aquí a 2030 como de un desplazamiento del tráfico, que permitirá reducir los costes externos; |
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14. |
destaca el éxito de los servicios ferroviarios de alta velocidad en Europa y su potencial para sustituir la red de conexiones aéreas que cubren distancias de entre 800 y 1 000 km; respalda un mayor desarrollo de las infraestructuras ferroviarias de alta velocidad, por ejemplo en Europa Central y Oriental y en los países nórdicos, con el fin de mejorar la interconectividad de la red europea de transporte y contribuir así a una mayor competitividad, a una mejor accesibilidad y a la consecución de los objetivos climáticos en la UE; |
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15. |
observa que la crisis de la COVID-19 ha confirmado que el sistema de transporte por ferrocarril europeo se caracteriza por un alto grado de resiliencia y estabilidad que ha permitido mantener una continua cohesión territorial, en particular entre los territorios, gracias al transporte de pacientes y de mercancías esenciales; |
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16. |
señala las diferencias en el desarrollo y la calidad de las infraestructuras entre los distintos países europeos, y celebra que el nuevo Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) ya destine una parte sustancial de su presupuesto a una estrategia coherente a escala de la UE a fin de reducir las diferencias en el funcionamiento de los sistemas ferroviarios entre los distintos Estados miembros de la Unión; |
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17. |
considera que los responsables de la toma de decisiones de la UE deben utilizar el período de recuperación económica posterior a la pandemia para centrarse más en los modos de transporte respetuosos con el medio ambiente, como el ferrocarril. Esta nueva orientación debe reflejarse en las estrategias de transporte y los planes de inversión futuros de la UE. |
II. LOS RETOS DEL TRANSPORTE POR FERROCARRIL — RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE LAS REGIONES PARA SU FOMENTO Y DESARROLLO
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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18. |
observa que en el Libro Blanco sobre el transporte de 2011 se establecía el objetivo de un cambio modal significativo en favor del transporte ferroviario; lamenta que estos objetivos no se hayan cumplido y que el sector del transporte, en su conjunto, haya experimentado un aumento constante de las emisiones de gases de efecto invernadero; |
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19. |
pide a las instituciones de la UE y a las autoridades nacionales que tomen medidas urgentes para garantizar la igualdad de condiciones entre los diferentes modos de transporte, en particular integrando las externalidades medioambientales negativas y armonizando la fiscalidad, y que promuevan sistemáticamente el transporte ferroviario. Recuerda, en este contexto, que el Comité Europeo de las Regiones había apoyado la iniciativa ciudadana europea por la que se pide introducir un impuesto sobre el queroseno (Fairozène); |
Cumplimiento de los objetivos climáticos de la UE
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20. |
reitera su petición (3) de que se supriman las actuales exenciones del IVA previstas en la Directiva 2006/112/CE del Consejo (4), en virtud de la cual todos los Estados miembros aplican exenciones del IVA a la aviación transfronteriza, pero no a los viajes por tren transfronterizos; |
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21. |
pide a las instituciones de la UE y a los gobiernos de los Estados miembros que refuercen la cooperación estratégica en la lucha contra el cambio climático y, que, con este propósito, apoyen con carácter urgente medidas en los ámbitos siguientes:
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Consecución de los objetivos de la política de transportes de la UE
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22. |
considera que la política de la UE en materia de RTE-T es un instrumento importante para la coordinación de los proyectos de transporte multimodal en la Unión (y en terceros países) y contribuye al desarrollo de las infraestructuras transfronterizas y regionales; |
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23. |
llama la atención, no obstante, sobre la falta de complementariedad entre las inversiones en la red básica y las inversiones en la red global de la RTE-T y considera importante garantizar una financiación suficiente también para la red global; |
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24. |
destaca que la política de transporte debe centrarse no solo en proyectos para desarrollar redes destinadas a las líneas nuevas del sistema ferroviario, sino también en la modernización y mejora del rendimiento de las infraestructuras ferroviarias existentes; durante este proceso deberá darse prioridad al derecho de paso en las vías en función de la eficiencia climática y la prevención de los efectos de las medidas en la congestión del tráfico por carretera; |
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25. |
pide que se apoye de manera sustancial la inversión pública necesaria en la infraestructura ferroviaria y que se aprovechen el potencial y el papel del ferrocarril para lograr la recuperación de la economía europea tras la crisis de la COVID-19; |
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26. |
señala que los centros ferroviarios urbanos no están suficientemente integrados en la RTE-T y que se registran retrasos en la infraestructura ferroviaria en los puntos finales («último tramo»); recomienda situar el transporte ferroviario en el centro de un sistema que integre diferentes formas de transporte regional y urbano mediante la elaboración de estrategias y planes de transporte sostenibles; |
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27. |
aboga por reforzar el papel de las estaciones como interfaces multimodales eficientes en el ámbito de la movilidad urbana y suburbana mediante la conexión e integración de los sistemas de transporte por ferrocarril con otros modos de desplazamiento urbano de uso compartido, como las bicicletas; |
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28. |
señala que los pasajeros, incluidas las personas con movilidad reducida, deben estar adecuadamente protegidos. Para ello, en las futuras soluciones legislativas deberán incluirse una serie de derechos y deberes que permitan al sector cumplir sus obligaciones; |
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29. |
pide, además, a las instituciones de la UE que a la hora de mejorar o desarrollar las infraestructuras ferroviarias adopten un enfoque más amplio para el apoyo y desarrollo de las redes ferroviarias secundarias, así como de las infraestructuras intermodales adicionales necesarias (por ejemplo, terminales), y que adapten o amplíen en consecuencia los instrumentos de apoyo; |
Necesidades de inversión y requisitos para la financiación y el refuerzo de la competitividad del transporte ferroviario
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30. |
destaca las grandes necesidades de inversión del ferrocarril, especialmente a nivel regional. Para mantener la competitividad, el sector ferroviario debe tener acceso a la financiación de la UE, mediante la cual podrían cofinanciarse proyectos de infraestructura, inversiones en material rodante, proyectos de innovación y digitalización y medidas relacionadas con las amenazas terroristas, en particular en los países cuyo sector de servicios ferroviarios está menos desarrollado; |
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31. |
pide que en el presupuesto de la UE para el período 2021-2027 y en los presupuestos de los Estados miembros se destinen fondos suficientes a las necesidades de inversión del ferrocarril; señala que los países de Europa Central y Oriental se enfrentan a problemas derivados del envejecimiento de la flota de material rodante, o incluso de la falta de material. Las inversiones son indispensables para aumentar la competitividad del ferrocarril; |
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32. |
pide que, dados los retos financieros y los ambiciosos objetivos de desarrollo del sector ferroviario, se flexibilicen los Reglamentos de cohesión para permitir que se incrementen en la medida necesaria los fondos destinados a fomentar la inversión en el ferrocarril, en el marco del FEDER y del Fondo de Cohesión. Pide asimismo que se aumente el presupuesto del Mecanismo «Conectar Europa» a fin de contribuir a la transición ecológica del sistema de transporte europeo; |
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33. |
recomienda que se examine la posibilidad de crear un instrumento de la UE a largo plazo para financiar el transporte sostenible, que cuente también con fondos aportados por modos de transporte menos respetuosos con el medio ambiente, de conformidad con el principio de «quien contamina paga»; |
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34. |
considera que las subvenciones deben seguir siendo la principal forma de financiación de las inversiones en el sector ferroviario por parte de la UE. La mayor parte de los proyectos de infraestructuras no generan ingresos suficientes; por el contrario, suelen cubrir solo entre el 10 y el 20 % del total de los costes de inversión. Sin embargo, al mismo tiempo, estos proyectos reportan importantes beneficios sociales y económicos; |
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35. |
llama la atención sobre la importancia de invertir en el desarrollo de las capacidades ferroviarias de los nodos urbanos así como en el transporte ferroviario regional, que constituye el núcleo de la movilidad en algunas regiones. El ferrocarril refuerza la cohesión territorial de la UE, a la vez que previene la exclusión social relacionada con el transporte; |
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36. |
destaca la importancia de los proyectos que promueven la movilidad sin fronteras, que son accesibles a todos los usuarios, incluidas las personas de edad avanzada, las personas con movilidad reducida y las personas con discapacidad; |
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37. |
señala que las inversiones en la digitalización y la automatización del ferrocarril son necesarias para que el transporte ferroviario sea aún más eficiente y competitivo; |
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38. |
toma nota de la necesidad de cofinanciar el despliegue de las soluciones innovadoras existentes para mejorar las conexiones con países con diferentes anchos de vía, por ejemplo el sistema de ancho variable automático SUW 2000, lo que permite mejorar las conexiones con terceros países. |
III. RECOMENDACIONES DEL COMITÉ DE LAS REGIONES PARA UN FOMENTO EFICAZ DEL TRANSPORTE FERROVIARIO EN EL CONTEXTO DEL AÑO EUROPEO DEL FERROCARRIL 2021
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
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39. |
pide a las instituciones de la UE, a los Estados miembros y a los entes regionales que adopten medidas para promover el transporte ferroviario como modo de transporte respetuoso con el medio ambiente, innovador y seguro, en consonancia con los objetivos del Año Europeo del Ferrocarril. En colaboración con el sector ferroviario y sus organizaciones, podría organizarse y darse publicidad a toda una serie de actos, a saber:
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40. |
aboga por reforzar la contribución y el papel del ferrocarril en el transporte público y hacerlo más atractivo desde el punto de vista económico y social. Además de promover la neutralidad climática del ferrocarril, y teniendo en cuenta la brecha generacional emergente y los cambios en las profesiones ferroviarias, es preciso aumentar y poner de relieve el atractivo de trabajar en este sector. Por consiguiente, el CDR desearía, en particular:
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41. |
estima necesario apoyar el transporte ferroviario a escala europea y nacional, también teniendo en cuenta los retos que afronta el sector. Por consiguiente:
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42. |
subraya la necesidad de promover iniciativas de transporte multimodal en el marco de la integración del ferrocarril con otros modos de transporte de uso compartido (vehículos o bicicletas de uso compartido); |
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43. |
destaca la necesidad de invertir a escala regional y nacional en la modernización de las estaciones de tren históricas, cuya transformación también debería servir para reducir los impactos negativos sobre el medio ambiente, así como de invertir en nuevas estaciones de ferrocarril innovadoras que tengan en cuenta los requisitos medioambientales, en particular los relativos al uso de fuentes de energía renovables; |
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44. |
recomienda que el presupuesto de ocho millones de euros que figura en la propuesta de la Comisión (COM (2020) 78) se aumente a doce millones de euros. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) Eurobarómetro Flash n.o 463, de enero/febrero de 2018, sobre la satisfacción de los europeos con los servicios ferroviarios.
(2) DO L 348 de 20.12.2013, p. 1.
(3) [2015/2347(INI)].
(4) DO L 347 de 11.12.2006, p. 1.
(5) https://tirynatory.pl/
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18.12.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 440/191 |
Dictamen del Comité Europeo de las Regiones — Paquete REACT-UE
(2020/C 440/26)
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I. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales excepcionales y las normas de desarrollo en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE)
COM(2020) 451 final
Enmienda 1
COM(2020) 451 final — Parte 1
Título del acto
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales excepcionales y las normas de desarrollo en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE) |
Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales excepcionales y las normas de desarrollo en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y el objetivo de cooperación territorial europea a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE) |
Exposición de motivos
La pandemia de COVID-19 y el cierre unilateral de las fronteras interiores de una serie de Estados miembros han causado daños de gran envergadura a las regiones fronterizas, que deben abordarse de forma adecuada.
Enmienda 2
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los Estados miembros se han visto afectados de un modo sin precedentes por la crisis derivada de la pandemia de COVID-19. La crisis dificulta el crecimiento en los Estados miembros, lo cual a su vez agrava la grave escasez de liquidez debido al significativo incremento repentino de la necesidad de inversiones públicas en sus sistemas sanitarios y en otros sectores de sus economías. Esto ha generado una situación excepcional que es necesario abordar con medidas específicas. |
Los Estados miembros se han visto afectados de un modo sin precedentes por la crisis derivada de la pandemia de COVID-19. La crisis ha aumentado el riesgo de pobreza y de profundización de las brechas sociales en la UE y dificulta el crecimiento en los Estados miembros, lo cual a su vez agrava la grave escasez de liquidez debido al significativo incremento repentino de la necesidad de inversiones públicas en sus sistemas sanitarios y en otros sectores de sus economías. Esto ha generado una situación excepcional que es necesario abordar con medidas específicas. |
Enmienda 3
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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De conformidad con el Reglamento [Instrumento de Recuperación Europeo o IRE] y dentro de los límites de los recursos que le han sido asignados, deben tomarse medidas de recuperación y resiliencia en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a fin de hacer frente al impacto sin precedentes de la crisis de la COVID-19. Dichos recursos adicionales deben utilizarse para garantizar el cumplimiento de los plazos establecidos en el Reglamento [IRE]. Además, deben disponerse recursos adicionales para la cohesión económica, social y territorial mediante una revisión del marco financiero plurianual para el período 2014-2020. |
De conformidad con el Reglamento [Instrumento de Recuperación Europeo o IRE] y dentro de los límites de los recursos que le han sido asignados, deben tomarse medidas de recuperación y resiliencia en el marco de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a fin de hacer frente al impacto sin precedentes de la crisis de la COVID-19. Además, deben disponerse recursos adicionales para la cohesión económica, social y territorial mediante una revisión del marco financiero plurianual para el período 2014-2020. |
Exposición de motivos
Debería proporcionarse más flexibilidad.
Enmienda 4
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 5
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Debe disponerse un importe excepcional adicional de 58 272 800 000 EUR (a precios corrientes) para los compromisos presupuestarios de los Fondos Estructurales en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo para los años 2020, 2021 y 2022, a fin de ayudar a los Estados miembros y las regiones más afectados en la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o en la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía, con vistas a movilizarlos rápidamente en la economía real a través de los programas operativos existentes. Los recursos para 2020 derivan de un aumento de los recursos disponibles para la cohesión económica, social y territorial en el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, mientras que los recursos para 2021 y 2022 derivan del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea. A iniciativa de la Comisión, una parte de los recursos adicionales debe asignarse a la asistencia técnica. La Comisión debe establecer el desglose de los recursos adicionales restantes para cada Estado miembro siguiendo un método de asignación basado en los últimos datos estadísticos objetivos disponibles sobre la prosperidad relativa de los Estados miembros y el alcance de los efectos de la crisis actual en sus economías y sociedades. El método de asignación debe incluir un importe específico adicional para las regiones ultraperiféricas, debido a la vulnerabilidad específica de sus economías y sociedades. A fin de reflejar la naturaleza cambiante de los efectos de la crisis, el desglose debe revisarse en 2021 sobre la base del mismo método de asignación y utilizando los últimos datos estadísticos disponibles a más tardar el 19 de octubre de 2021 para distribuir el tramo de recursos adicionales correspondiente a 2022. |
Debe disponerse un importe excepcional adicional de 58 272 800 000 EUR (a precios corrientes) para los compromisos presupuestarios de los Fondos Estructurales en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y del objetivo de cooperación territorial europea para los años 2020, 2021 y 2022, y también para los años 2023 y 2024 si una autoridad de gestión lo solicita y un Estado miembro lo justifica, a fin de ayudar a los Estados miembros y las regiones más afectados en la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o en la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía, con vistas a movilizarlos rápidamente en la economía real a través de los programas operativos existentes. Los recursos para 2020 derivan de un aumento de los recursos disponibles para la cohesión económica, social y territorial en el marco financiero plurianual para el período 2014-2020, mientras que los recursos para 2021 y 2022 , y en su caso para 2023 y 2024, derivan del Instrumento de Recuperación de la Unión Europea. A iniciativa de la Comisión, una parte de los recursos adicionales debe asignarse a la asistencia técnica. La Comisión debe establecer el desglose de los recursos adicionales restantes para cada Estado miembro siguiendo un método de asignación basado en los últimos datos estadísticos objetivos disponibles sobre la prosperidad relativa de los Estados miembros y el alcance de los efectos de la crisis actual en sus economías y sociedades. El método de asignación debe incluir un importe específico adicional para las regiones ultraperiféricas, debido a la vulnerabilidad específica de sus economías y sociedades. A fin de reflejar la naturaleza cambiante de los efectos de la crisis, el desglose debe revisarse en 2021 sobre la base del mismo método de asignación y utilizando los últimos datos estadísticos disponibles a más tardar el 19 de octubre de 2021 para distribuir el tramo de recursos adicionales correspondiente a 2022 , y en su caso los tramos correspondientes a 2023 y 2024 . |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 5
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 7
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A fin de que los Estados miembros dispongan de la máxima flexibilidad para adaptar las medidas de reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o preparar una recuperación verde, digital y resiliente de sus economías, la Comisión debe establecer las asignaciones a nivel de los Estados miembros. Asimismo, debe preverse la posibilidad de utilizar cualquier recurso adicional para incrementar el apoyo proporcionado a las personas más desfavorecidas. Además, es necesario fijar límites relativos al importe que los Estados miembros pueden asignar por iniciativa propia a la asistencia técnica, permitiéndoles al mismo tiempo la máxima flexibilidad para su asignación dentro de los programas operativos financiados por el FEDER o el FSE. Debe aclararse que, en lo que respecta a los recursos adicionales, no es necesario respetar el porcentaje mínimo del FSE. Dado que se prevé que los recursos adicionales se gasten rápidamente, los compromisos vinculados a ellos solo deben liberarse al cierre de los programas operativos. |
A fin de que los Estados miembros dispongan de la máxima flexibilidad para adaptar las medidas de reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o preparar una recuperación verde, digital y resiliente de sus economías, la Comisión debe establecer las asignaciones a nivel de los Estados miembros. No obstante, los entes regionales y locales deberían participar activamente en la preparación y ejecución de los proyectos, con un enfoque sólidamente basado en la gobernanza multinivel. Asimismo, debe preverse la posibilidad de utilizar cualquier recurso adicional para incrementar el apoyo proporcionado a las personas más desfavorecidas. Además, es necesario fijar límites relativos al importe que los Estados miembros pueden asignar por iniciativa propia a la asistencia técnica, permitiéndoles al mismo tiempo la máxima flexibilidad para su asignación dentro de los programas operativos financiados por el FEDER o el FSE. Dado que se prevé que los recursos adicionales se gasten rápidamente, los compromisos vinculados a ellos solo deben liberarse al cierre de los programas operativos. |
Exposición de motivos
No se debería debilitar el FSE.
Enmienda 6
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 14
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A fin de que los Estados miembros puedan movilizar rápidamente los recursos adicionales para la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía dentro del período de programación actual, está justificado eximir a los Estados miembros, con carácter excepcional, de la necesidad de cumplir, en relación con esos recursos adicionales, las condiciones ex ante, los requisitos relativos a la reserva de rendimiento y a la aplicación del marco de rendimiento, los relativos a la concentración temática, también en relación con los umbrales establecidos para el FEDER en materia de desarrollo urbano sostenible, y los requisitos de preparar una estrategia de comunicación. No obstante, es necesario que los Estados miembros realicen al menos una evaluación, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, sobre la eficacia, la eficiencia y el impacto de los recursos adicionales, así como el modo en que estos han contribuido a lograr el nuevo objetivo temático específico. Para facilitar la disponibilidad de información comparable a escala de la Unión, se anima a los Estados miembros a utilizar los indicadores específicos de programa que la Comisión ha dispuesto. Además, en el ejercicio de sus responsabilidades en materia de información, comunicación y visibilidad, los Estados miembros y las autoridades de gestión deben fomentar la visibilidad de las medidas y recursos excepcionales introducidos por la Unión, garantizando especialmente que los beneficiarios potenciales, los beneficiarios, los participantes, los destinatarios finales de los instrumentos financieros y el público en general sean conscientes de la existencia y el volumen de los recursos adicionales y del apoyo adicional que estos últimos proporcionan. |
A fin de que los Estados miembros puedan movilizar rápidamente los recursos adicionales para la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía dentro del período de programación actual, está justificado eximir a los Estados miembros, con carácter excepcional, de la necesidad de cumplir, en relación con esos recursos adicionales, las condiciones ex ante, los requisitos relativos a la reserva de rendimiento y a la aplicación del marco de rendimiento, los relativos a la concentración temática, también en relación con los umbrales establecidos para el FEDER en materia de desarrollo urbano sostenible, y los requisitos de preparar una estrategia de comunicación. No obstante, es necesario que los Estados miembros realicen al menos una evaluación, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, o no más tarde del 31 de diciembre de 2026 cuando se dispongan recursos adicionales para el compromiso presupuestario para 2023 y 2024, sobre la eficacia, la eficiencia y el impacto de los recursos adicionales, así como el modo en que estos han contribuido a lograr el nuevo objetivo temático específico. Para facilitar la disponibilidad de información comparable a escala de la Unión, se anima a los Estados miembros a utilizar los indicadores específicos de programa que la Comisión ha dispuesto. Además, en el ejercicio de sus responsabilidades en materia de información, comunicación y visibilidad, los Estados miembros y las autoridades de gestión deben fomentar la visibilidad de las medidas y recursos excepcionales introducidos por la Unión, garantizando especialmente que los beneficiarios potenciales, los beneficiarios, los participantes, los destinatarios finales de los instrumentos financieros y el público en general sean conscientes de la existencia y el volumen de los recursos adicionales y del apoyo adicional que estos últimos proporcionan. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 7
COM(2020) 451 final — Parte 1
Considerando 21
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El artículo 135, apartado 2, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica establece que las modificaciones del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo o la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo que se adopten en la fecha de entrada en vigor de dicho Acuerdo o con posterioridad a ella no se aplicarán al Reino Unido en la medida en que dichas modificaciones incidan en las obligaciones financieras del Reino Unido. El apoyo previsto en el presente Reglamento para 2020 se financia mediante un aumento del límite máximo del marco financiero plurianual y, en el caso de los años 2021 y 2022, mediante un aumento del límite máximo de los recursos propios de la Unión, lo que afectaría a la obligación financiera del Reino Unido. Por consiguiente, el presente Reglamento no debe aplicarse al Reino Unido ni en su territorio. |
El artículo 135, apartado 2, del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (1) establece que las modificaciones del Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo (2) o la Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo (3) que se adopten en la fecha de entrada en vigor de dicho Acuerdo o con posterioridad a ella no se aplicarán al Reino Unido en la medida en que dichas modificaciones incidan en las obligaciones financieras del Reino Unido. El apoyo previsto en el presente Reglamento para 2020 se financia mediante un aumento del límite máximo del marco financiero plurianual y, en el caso de los años 2021 y 2022, y si procede de los años 2023 y 2024, mediante un aumento del límite máximo de los recursos propios de la Unión, lo que afectaría a la obligación financiera del Reino Unido. Por consiguiente, el presente Reglamento no debe aplicarse al Reino Unido ni en su territorio. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 8
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo primero
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 91, apartado 1 bis
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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En el artículo 91 se inserta el apartado 1 bis siguiente: |
En el artículo 91 se inserta el apartado 1 bis siguiente: |
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«1 bis. Además de los recursos totales a que se refiere el apartado 1, deberán disponerse recursos adicionales de 5 000 000 000 EUR a precios corrientes para la cohesión económica, social y territorial para el compromiso presupuestario de 2020, y asignarse al FEDER y al FSE.». |
«1 bis. Además de los recursos totales a que se refiere el apartado 1, deberán disponerse recursos adicionales de 5 000 000 000 EUR a precios constantes de 2018 para la cohesión económica, social y territorial para el compromiso presupuestario de 2020, y asignarse al FEDER y al FSE.». |
Exposición de motivos
La utilización de precios constantes de 2018 está en consonancia con las Conclusiones de la reunión extraordinaria del Consejo Europeo de los días 17 a 21 de julio de 2020 (1).
Enmienda 9
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 bis, párrafos primero y segundo
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Las medidas a que se refiere el artículo 2 del Reglamento [IRE] se aplicarán en el marco de los Fondos Estructurales con un importe de 53 272 800 000 EUR a precios corrientes con cargo al importe mencionado en el artículo 3, apartado 2, letra a), inciso i), de dicho Reglamento, a reserva de lo dispuesto en su artículo 4, apartados 3, 4 y 8. |
Las medidas a que se refiere el artículo 2 del Reglamento [IRE] se aplicarán en el marco de los Fondos Estructurales con un importe de 53 272 800 000 EUR a precios corrientes con cargo al importe mencionado en el artículo 3, apartado 2, letra a), inciso i), de dicho Reglamento, a reserva de lo dispuesto en su artículo 4, apartados 3, 4 y 8. |
|
Estos recursos adicionales para 2021 y 2022 se considerarán ingresos afectados externos, de conformidad con el artículo 21, apartado 5, del Reglamento Financiero. |
Estos recursos adicionales para 2021 y 2022 se considerarán ingresos afectados externos, de conformidad con el artículo 21, apartado 5, del Reglamento Financiero. Las medidas de flexibilidad en el marco de REACT-UE podrán prorrogarse a los años 2023 y 2024 mediante acto delegado. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 10
COM(2020) 451 final — Parte 1
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Modificar un epígrafe
Artículo 92 ter,
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Recursos adicionales excepcionales y disposiciones de aplicación en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE) |
Recursos adicionales excepcionales y disposiciones de aplicación en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo y del objetivo de cooperación territorial europea a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE) |
Exposición de motivos
La pandemia de COVID-19 y el cierre unilateral de las fronteras interiores de una serie de Estados miembros han causado daños de gran envergadura a las regiones fronterizas, que deben abordarse de forma adecuada.
Enmienda 11
COM(2020) 451 final — Parte 1
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 1
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los recursos adicionales a que se refieren el artículo 91, apartado 1 bis, y el artículo 92 bis («los recursos adicionales») se dispondrán en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE). Los recursos adicionales se utilizarán para ejecutar la asistencia técnica, con arreglo al apartado 6 del presente artículo, y las operaciones de ejecución del objetivo temático contemplado en el apartado 10 del presente artículo. |
Los recursos adicionales a que se refieren el artículo 91, apartado 1 bis, y el artículo 92 bis («los recursos adicionales») se dispondrán en el marco de los objetivos de inversión en crecimiento y empleo y de cooperación territorial europea a fin de proporcionar asistencia para el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT-UE). Los recursos adicionales se utilizarán para ejecutar la asistencia técnica, con arreglo al apartado 6 del presente artículo, y las operaciones de ejecución del objetivo temático contemplado en el apartado 10 del presente artículo. |
Exposición de motivos
La pandemia de COVID-19 y los primeros confinamientos tuvieron un impacto devastador en la cooperación transfronteriza. Los proyectos correspondientes al objetivo de cooperación territorial, que abarca la cooperación transfronteriza, deben poder optar a financiación.
Enmienda 12
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los recursos adicionales se dispondrán para el compromiso presupuestario para los años 2020 a 2022, junto con los recursos totales establecidos en el artículo 91, de la siguiente manera: |
Los recursos adicionales se dispondrán para el compromiso presupuestario para los años 2020 a 2022, junto con los recursos totales establecidos en el artículo 91, de la siguiente manera: |
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Los recursos adicionales para 2020 se dispondrán con cargo a los recursos adicionales a los que se refiere el artículo 91, apartado 1 bis. |
Los recursos adicionales para 2020 se dispondrán con cargo a los recursos adicionales a los que se refiere el artículo 91, apartado 1 bis. |
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Los recursos adicionales para 2021 y 2022 se dispondrán con cargo a los recursos adicionales a los que se refiere el artículo 92 bis. Los recursos adicionales establecidos en el artículo 92 bis también apoyarán los gastos administrativos hasta en 18 000 000 EUR a precios corrientes . |
Los recursos adicionales para 2021 y 2022 se dispondrán con cargo a los recursos adicionales a los que se refiere el artículo 92 bis. Mediante revisión del presente Reglamento a través de un acto delegado, y sobre la base de la solicitud de una autoridad de gestión justificada por un Estado miembro, los recursos adicionales también podrán disponerse para el compromiso presupuestario para 2023 y 2024. Los recursos adicionales establecidos en el artículo 92 bis también apoyarán los gastos administrativos hasta en 18 000 000 EUR a precios constantes de 2018 . |
Exposición de motivos
El compromiso de los recursos disponibles debe distribuirse con mayor regularidad a lo largo de 2021 y 2022 (65 % y 35 %, respectivamente) con el fin de aliviar la carga administrativa de las autoridades de gestión y de los beneficiarios al cierre de los programas operativos del período 2014-2020 y el inicio de los programas operativos de 2021-2027. Los recursos adicionales para apoyar los gastos administrativos deberían expresarse en precios constantes. Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 13
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La Comisión adoptará una Decisión, mediante actos de ejecución, en la que figure el desglose de los recursos adicionales como créditos de los Fondos Estructurales para 2020 y 2021 para cada Estado miembro, con arreglo a los criterios y la metodología establecidos en el anexo VII bis. Dicha Decisión se revisará en 2021 para establecer el desglose de los recursos adicionales para 2022 sobre la base de los datos disponibles a más tardar el 19 de octubre de 2021. |
La Comisión adoptará una Decisión, mediante actos de ejecución, en la que figure el desglose de los recursos adicionales como créditos de los Fondos Estructurales para 2020 y 2021 para cada Estado miembro, con arreglo a los criterios y la metodología establecidos en el anexo VII bis. Dicha Decisión se revisará en 2021 para establecer el desglose de los recursos adicionales para 2022 sobre la base de los datos disponibles a más tardar el 19 de octubre de 2021. Cuando proceda, también se revisará en 2022 en relación con los compromisos presupuestarios para 2023 y 2024. Las revisiones garantizarán que los programas operativos no se vean perjudicados. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 14
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 5
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 76, los compromisos presupuestarios relativos a los recursos adicionales con respecto a cada programa operativo de que se trate se contraerán para los años 2020, 2021 y 2022 para cada Fondo. |
No obstante lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 76, los compromisos presupuestarios relativos a los recursos adicionales con respecto a cada programa operativo de que se trate se contraerán para los años 2020, 2021 y 2022 para cada Fondo. |
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El compromiso jurídico contemplado en el artículo 76, párrafo segundo, para los años 2021 y 2022 entrará en vigor a partir de la fecha a que se refiere el artículo 4, apartado 3, del [Reglamento IRE]. |
El compromiso jurídico contemplado en el artículo 76, párrafo segundo, para los años 2021 y 2022 entrará en vigor a partir de la fecha a que se refiere el artículo 4, apartado 3, del [Reglamento IRE]. |
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Los párrafos tercero y cuarto del artículo 76 no serán aplicables a los recursos adicionales. |
Los párrafos tercero y cuarto del artículo 76 no serán aplicables a los recursos adicionales. |
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No obstante lo dispuesto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento Financiero, las normas de liberación establecidas en la parte II, título IX, capítulo IV, y en el artículo 136 se aplicarán a los compromisos presupuestarios relativos a los recursos adicionales a que se refiere el artículo 92 bis. No obstante lo dispuesto en el artículo 12, apartado 4, letra c), del Reglamento Financiero, los recursos adicionales no se utilizarán para ningún programa o acción siguientes. |
No obstante lo dispuesto en el artículo 14, apartado 3, del Reglamento Financiero, las normas de liberación establecidas en la parte II, título IX, capítulo IV, y en el artículo 136 se aplicarán a los compromisos presupuestarios relativos a los recursos adicionales a que se refiere el artículo 92 bis. No obstante lo dispuesto en el artículo 12, apartado 4, letra c), del Reglamento Financiero, los recursos adicionales no se utilizarán para ningún programa o acción siguientes. |
|
No obstante lo dispuesto en el artículo 86, apartado 2, y el artículo 136, apartado 1, los compromisos relativos a los recursos adicionales se liberarán según las normas que deban seguirse para el cierre de los programas. |
No obstante lo dispuesto en el artículo 86, apartado 2, y el artículo 136, apartado 1, los compromisos relativos a los recursos adicionales se liberarán según las normas que deban seguirse para el cierre de los programas. |
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Cada Estado miembro asignará los recursos adicionales disponibles para la programación en el marco del FEDER y el FSE a los programas operativos. |
Cada Estado miembro asignará los recursos adicionales disponibles para la programación en el marco del FEDER y el FSE a los programas operativos. |
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No obstante lo dispuesto en el artículo 92, apartado 7, también podrá proponerse utilizar una parte de los recursos adicionales para incrementar el apoyo al Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) previa o simultáneamente a la asignación al FEDER y al FSE. |
No obstante lo dispuesto en el artículo 92, apartado 7, también podrá proponerse utilizar una parte de los recursos adicionales para incrementar el apoyo al Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD) y a la Iniciativa de Empleo Juvenil previa o simultáneamente a la asignación al FEDER y al FSE. |
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Tras su asignación inicial, los recursos adicionales podrán transferirse, a raíz de la solicitud de un Estado miembro de modificar un programa operativo con arreglo al artículo 30, apartado 1, entre el FEDER y el FSE, independientemente de los porcentajes contemplados en el artículo 92, apartado 1, letras a), b) y c). |
Tras su asignación inicial, los recursos adicionales podrán transferirse, a raíz de la solicitud de un Estado miembro de modificar un programa operativo con arreglo al artículo 30, apartado 1, entre el FEDER y el FSE, independientemente de los porcentajes contemplados en el artículo 92, apartado 1, letras a), b) y c). |
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El artículo 30, apartado 5, no será aplicable a los recursos adicionales. Estos recursos se excluirán de la base de cálculo a efectos de los límites establecidos en ese apartado. |
El artículo 30, apartado 5, no será aplicable a los recursos adicionales. Estos recursos se excluirán de la base de cálculo a efectos de los límites establecidos en ese apartado. |
|
A efectos de la aplicación del artículo 30, apartado 1, letra f), del Reglamento Financiero, no se aplicará a estas transferencias la condición de que los créditos se destinen al mismo objetivo. Las transferencias solo pueden aplicarse al año en curso o a los años futuros del plan financiero. |
A efectos de la aplicación del artículo 30, apartado 1, letra f), del Reglamento Financiero, no se aplicará a estas transferencias la condición de que los créditos se destinen al mismo objetivo. Las transferencias solo pueden aplicarse al año en curso o a los años futuros del plan financiero. |
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Los requisitos establecidos en el artículo 92, apartado 4, no serán aplicables a la asignación inicial ni a las transferencias posteriores. |
Los requisitos establecidos en el artículo 92, apartado 4, no serán aplicables a la asignación inicial ni a las transferencias posteriores. |
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Los importes asignados a la IEJ, de conformidad con el artículo 92, apartado 5, en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, no se verán afectados. |
Los importes asignados a la IEJ, de conformidad con el artículo 92, apartado 5, en el marco del objetivo de inversión en crecimiento y empleo, no se verán afectados. |
|
Los recursos adicionales se aplicarán de conformidad con las normas del Fondo al que se asignen o transfieran. |
Los recursos adicionales se aplicarán de conformidad con las normas del Fondo al que se asignen o transfieran. |
Enmienda 15
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 5, párrafo 6
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Cada Estado miembro asignará los recursos adicionales disponibles para la programación en el marco del FEDER y el FSE a los programas operativos. |
Cada Estado miembro asignará , en consonancia con los principios de asociación y gobernanza multinivel de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, los recursos adicionales disponibles para la programación en el marco del FEDER y el FSE a los programas operativos. |
Exposición de motivos
Los entes regionales y locales, así como otras partes interesadas importantes, deben participar activamente en la toma de decisiones sobre la liberación de los recursos adicionales.
Enmienda 16
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 7, párrafos segundo y tercero
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A efectos de la aplicación del artículo 134, apartado 2, en lo que respecta a la prefinanciación anual de los años 2021, 2022 y 2023, el importe del apoyo de los Fondos al programa operativo para todo el período de programación incluirá los recursos adicionales. |
A efectos de la aplicación del artículo 134, apartado 2, en lo que respecta a la prefinanciación anual de los años 2021, 2022, 2023 y 2024, el importe del apoyo de los Fondos al programa operativo para todo el período de programación incluirá los recursos adicionales. |
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El importe pagado como prefinanciación inicial contemplado en el párrafo primero deberá liquidarse totalmente de las cuentas de la Comisión, a más tardar cuando se cierre el programa operativo. |
El importe pagado como prefinanciación inicial contemplado en el párrafo primero deberá liquidarse totalmente de las cuentas de la Comisión, a más tardar cuando se cierre el programa operativo. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura. Por lo tanto, se sugiere ceñirse a la propuesta de la Comisión, que está en consonancia con el informe de la Comisión REGI aprobado en el Parlamento Europeo.
Recomendación de enmienda 17
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 8
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Los recursos adicionales no asignados a la asistencia técnica se utilizarán, en el marco del objetivo temático establecido en el apartado 10, para apoyar operaciones que fomenten la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o preparen una recuperación verde, digital y resiliente de la economía. |
Los recursos adicionales no asignados a la asistencia técnica se utilizarán, en el marco del objetivo temático establecido en el apartado 10, para apoyar operaciones que fomenten la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 o preparen una recuperación verde, digital y resiliente de la economía. |
|
Los Estados miembros podrán asignar los recursos adicionales a uno o más ejes prioritarios distintos de uno o varios programas operativos ya existentes, o al nuevo programa operativo contemplado en el apartado 11. No obstante lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, el programa abarcará el período hasta el 31 de diciembre de 2022, a reserva de lo dispuesto en el apartado 4 del presente artículo. |
Los Estados miembros podrán asignar los recursos adicionales a uno o más ejes prioritarios distintos de uno o varios programas operativos ya existentes, o al nuevo programa operativo contemplado en el apartado 11. No obstante lo dispuesto en el artículo 26, apartado 1, el programa abarcará el período hasta el 31 de diciembre de 2022, o hasta el 31 de diciembre de 2024 cuando se aplique la excepción contemplada en el apartado 2, a reserva de lo dispuesto en el apartado 4 del presente artículo. |
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En el caso del FEDER, los recursos adicionales se utilizarán principalmente para apoyar la inversión en productos y servicios para los servicios sanitarios, para prestar apoyo en forma de capital circulante o de apoyo a la inversión para las pymes, para inversiones que contribuyan a la transición hacia una economía digital y verde, inversiones en infraestructuras que presten servicios básicos a los ciudadanos, y medidas económicas en las regiones más dependientes de los sectores más afectados por la crisis. |
En el caso del FEDER, los recursos adicionales se utilizarán principalmente para apoyar la inversión en productos y servicios para los servicios sanitarios, para prestar apoyo en forma de capital circulante o de apoyo a la inversión para las pymes, para inversiones que contribuyan a la transición hacia una economía digital y verde, inversiones en infraestructuras que presten servicios básicos a los ciudadanos, y medidas económicas en las regiones más dependientes de los sectores más afectados por la crisis. |
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En el caso del FSE, los recursos adicionales se utilizarán principalmente para apoyar el mantenimiento del empleo, en particular promoviendo regímenes de reducción del tiempo de trabajo y apoyando a los trabajadores por cuenta propia, incluso si dicho apoyo no se combina con medidas activas del mercado de trabajo, a menos que estas últimas sean impuestas por la legislación nacional. Los recursos adicionales también apoyarán la creación de empleo, especialmente para las personas en situación de vulnerabilidad, las medidas en materia de empleo juvenil, la educación y la formación, y el desarrollo de capacidades, en particular para apoyar las transiciones paralelas hacia una economía verde y digital, y mejorarán el acceso a los servicios sociales de interés general, también para los niños. |
En el caso del FSE, los recursos adicionales se utilizarán principalmente para apoyar el mantenimiento del empleo, en particular promoviendo regímenes de reducción del tiempo de trabajo y apoyando a los trabajadores por cuenta propia, incluso si dicho apoyo no se combina con medidas activas del mercado de trabajo, a menos que estas últimas sean impuestas por la legislación nacional. Los recursos adicionales también apoyarán la creación de empleo, especialmente para las personas en situación de vulnerabilidad, las medidas en materia de empleo juvenil, la educación y la formación, y el desarrollo de capacidades, en particular para apoyar las transiciones paralelas hacia una economía verde y digital, y mejorarán el acceso a los servicios sociales de interés general, también para los niños. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 18
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 9
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Con la excepción de la asistencia técnica a que se refiere el apartado 6 y de los recursos adicionales utilizados para el FEAD a que se refiere el párrafo séptimo del apartado 5, los recursos adicionales apoyarán las operaciones en el marco del nuevo objetivo temático «Fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», que complementa los objetivos temáticos establecidos en el artículo 9. |
Con la excepción de la asistencia técnica a que se refiere el apartado 6 y de los recursos adicionales utilizados para el FEAD o la Iniciativa de Empleo Juvenil a que se refiere el párrafo séptimo del apartado 5, los recursos adicionales apoyarán las operaciones en el marco del nuevo objetivo temático «Fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», que complementa los objetivos temáticos establecidos en el artículo 9. |
|
El objetivo temático a que se refiere el párrafo primero estará únicamente disponible para la programación de los recursos adicionales. No obstante lo dispuesto en el artículo 96, apartado 1, letras b), c) y d), no se combinará con otras prioridades de inversión. |
El objetivo temático a que se refiere el párrafo primero estará únicamente disponible para la programación de los recursos adicionales. No obstante lo dispuesto en el artículo 96, apartado 1, letras b), c) y d), no se combinará con otras prioridades de inversión. |
|
El objetivo temático a que se refiere el párrafo primero constituirá también la prioridad única de inversión para la programación y la aplicación de los recursos adicionales del FEDER y el FSE. |
El objetivo temático a que se refiere el párrafo primero constituirá también la prioridad única de inversión para la programación y la aplicación de los recursos adicionales del FEDER y el FSE. |
|
Cuando se establezcan uno o varios ejes prioritarios distintos correspondientes al objetivo temático a que se refiere el párrafo primero en el marco de un programa operativo existente, los elementos enumerados en el artículo 96, apartado 2, letra b), incisos v) y vii), no se exigirán para la descripción del eje prioritario en el programa operativo revisado. |
Cuando se establezcan uno o varios ejes prioritarios distintos correspondientes al objetivo temático a que se refiere el párrafo primero en el marco de un programa operativo existente, los elementos enumerados en el artículo 96, apartado 2, letra b), incisos v) y vii), no se exigirán para la descripción del eje prioritario en el programa operativo revisado. |
|
El plan de financiación revisado establecido en el artículo 96, apartado 2, letra d), establecerá la asignación de los recursos adicionales para los años 2020, 2021 y, en su caso, 2022 sin determinar los importes relativos a la reserva de rendimiento ni el desglose por categoría de región. |
El plan de financiación revisado establecido en el artículo 96, apartado 2, letra d), establecerá la asignación de los recursos adicionales para los años 2020, 2021 y, en su caso, 2022 sin determinar los importes relativos a la reserva de rendimiento ni el desglose por categoría de región. |
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No obstante lo dispuesto en el artículo 30, apartado 1, las solicitudes presentadas por los Estados miembros para modificar un programa estarán debidamente justificadas y establecerán, en particular, cómo se espera que esas modificaciones repercutan en el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y en la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía. Las solicitudes irán acompañadas del programa revisado. |
No obstante lo dispuesto en el artículo 30, apartado 1, las solicitudes presentadas por los Estados miembros para modificar un programa estarán debidamente justificadas y establecerán, en particular, cómo se espera que esas modificaciones repercutan en el fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y en la preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía. Las solicitudes irán acompañadas del programa revisado. |
Enmienda 19
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 10, nuevo párrafo después del párrafo cuarto
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Como excepción a lo dispuesto en el artículo 29, apartados 3 y 4, y en el artículo 30, apartado 2, la Comisión aprobará cualquier modificación de un programa operativo existente o de un nuevo programa operativo específico a más tardar diez días hábiles a partir de su presentación por un Estado miembro. |
Exposición de motivos
Los programas operativos, tanto los revisados como los nuevos, deberán aprobarse lo antes posible en el contexto de los objetivos REACT-UE.
Enmienda 20
COM(2020) 451 final — Parte 1
Modifíquese el artículo 1, apartado 1, párrafo segundo
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Artículo 92 ter, apartado 11, párrafo segundo
|
Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
|
No obstante lo dispuesto en el artículo 56, apartado 3, y en el artículo 114, apartado 2, los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, se lleve a cabo al menos una evaluación sobre la eficacia, la eficiencia y el impacto de los recursos adicionales, así como el modo en que estos han contribuido a lograr el objetivo temático contemplado en el apartado 10 del presente artículo. |
No obstante lo dispuesto en el artículo 56, apartado 3, y en el artículo 114, apartado 2, los Estados miembros velarán por que, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, o a más tardar el 31 de diciembre de 2026, cuando se aplique la excepción contemplada en el apartado 2, párrafo tercero del presente artículo, se lleve a cabo al menos una evaluación sobre la eficacia, la eficiencia y el impacto de los recursos adicionales, así como el modo en que estos han contribuido a lograr el objetivo temático contemplado en el apartado 10 del presente artículo. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura. Por lo tanto, se sugiere ceñirse a la propuesta de la Comisión en lo que respecta a la norma de liberación y la prórroga hasta 2024, lo cual está en consonancia con el informe de la Comisión REGI aprobado en el Parlamento Europeo.
Enmienda 21
COM(2020) 451 final — Parte 2
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Anexo, punto 2
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Las normas descritas en el apartado 1 no darán lugar a asignaciones por Estado miembro para el período 2020- 2022 superiores a las siguientes: |
Las normas descritas en el apartado 1 no darán lugar a asignaciones por Estado miembro para el período 2020- 2024 superiores a las siguientes: |
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Los importes que superen el nivel por Estado miembro fijado en las letras a) a c) se redistribuirán proporcionalmente entre las asignaciones de todos los demás Estados miembros cuya RNB media per cápita (en EPA) sea inferior al 100 % de la media de la EU-27. La RNB per cápita (en EPA) correspondiente al período 2015-2017 es la utilizada para la política de cohesión en las negociaciones del MFP 2021-2027. |
Los importes que superen el nivel por Estado miembro fijado en las letras a) a c) se redistribuirán proporcionalmente entre las asignaciones de todos los demás Estados miembros cuya RNB media per cápita (en EPA) sea inferior al 100 % de la media de la EU-27. La RNB per cápita (en EPA) correspondiente al período 2015-2017 es la utilizada para la política de cohesión en las negociaciones del MFP 2021-2027. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 22
COM(2020) 451 final — Parte 2
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Anexo, punto 3
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A efectos del cálculo de la distribución de los recursos adicionales excepcionales para los años 2020 y 2021: |
A efectos del cálculo de la distribución de los recursos adicionales excepcionales para los años 2020 y 2021: |
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Antes de aplicar el método descrito en los puntos 1 y 2 en relación con los recursos adicionales para el año 2020, se asignará a las regiones ultraperiféricas de nivel NUTS 2 un importe correspondiente a una intensidad de ayuda de 30 EUR por habitante con cargo a la asignación. Esa asignación se distribuirá por región y Estado miembro de manera proporcional a la población total de esas regiones. El importe restante para el año 2020 se distribuirá entre los Estados miembros con arreglo al método descrito en los puntos 1 y 2. |
Antes de aplicar el método descrito en los puntos 1 y 2 en relación con los recursos adicionales para el año 2020, se asignará a las regiones ultraperiféricas de nivel NUTS 2 un importe correspondiente a una intensidad de ayuda de 30 EUR por habitante con cargo a la asignación. Esa asignación se distribuirá por región y Estado miembro de manera proporcional a la población total de esas regiones. El importe restante para el año 2020 se distribuirá entre los Estados miembros con arreglo al método descrito en los puntos 1 y 2. |
Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Enmienda 23
COM(2020) 451 final — Parte 2
Reglamento (UE) n.o 1303/2013
Anexo, punto 4
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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A efectos del cálculo de la distribución de los recursos adicionales excepcionales para el año 2022: |
A efectos del cálculo de la distribución de los recursos adicionales excepcionales para el año 2022 y, en su caso, 2023 y 2024 : |
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Exposición de motivos
Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados
COM(2020) 450 final
Enmienda 24
COM(2020) 450 final
Modifíquese el punto 1.
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Se inserta el considerando 15 bis siguiente:
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Se inserta el considerando 15 bis siguiente:
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Exposición de motivos
Cualquier reasignación de recursos de los Fondos o entre ellos debería realizarse para reaccionar ante una crisis grave y respetar plenamente los principios de asociación y gobernanza multinivel.
Enmienda 25
COM(2020) 450 final
Modifíquese el punto 6.
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El artículo 21 se modifica como sigue: |
El artículo 21 se modifica como sigue: |
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Exposición de motivos
Independientemente de las consecuencias negativas de cualquier crisis grave, incluida la pandemia de COVID-19, no debería animarse en exceso a los Estados miembros a retirar recursos de la política de cohesión. Por su parte, la política de cohesión debería ser más flexible para poder absorber posibles perturbaciones negativas como la actual pandemia.
Enmienda 26
COM(2020) 450 final
Modifíquese el punto 8, nuevo artículo 15 bis, nuevo párrafo (último párrafo)
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Las medidas mencionadas anteriormente se aplicarán en un plazo de veinticuatro meses o, en su caso, en un plazo de cuarenta y ocho meses, a partir de la Decisión del Consejo con arreglo al párrafo primero. Toda prórroga de estas medidas requerirá otra Decisión del Consejo que reconozca la existencia de una crisis grave. |
Exposición de motivos
Las medidas extraordinarias que se adopten en respuesta a las circunstancias excepcionales deberán estar limitadas a un período de tiempo determinado. El Consejo solo debería prorrogar estas medidas si se mantiene la situación de crisis grave. Las autoridades de gestión necesitarán más tiempo y flexibilidad para aplicar un programa nuevo de esta envergadura.
Propuesta modificada de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión
COM(2020) 452 final
Enmienda 27
COM(2020) 452 final
Modifíquese el punto 2.
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Texto de la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Se inserta el considerando 10 ter siguiente:
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Se inserta el considerando 10 ter siguiente:
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Exposición de motivos
Se considera innecesaria.
II. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ EUROPEO DE LAS REGIONES
Observaciones generales
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1. |
acoge con satisfacción las propuestas específicas REACT-UE destinadas a abordar los efectos socioeconómicos negativos directos de la actual pandemia y de otras grandes crisis futuras, incluidos recursos financieros adicionales que promuevan la reparación de los efectos de la crisis y faciliten una recuperación ecológica, digital y resiliente; |
|
2. |
destaca la importancia de la política de cohesión y su capacidad para apoyar a las ciudades y regiones en épocas de crisis, también mediante la utilización de los programas operativos existentes; en este contexto, insiste en que los retos que afronta REACT-UE, a saber, la mitigación del impacto negativo de la COVID-19 y la preparación de una recuperación a largo plazo, requieren estrategias a medida y adaptadas a los territorios, ya que las repercusiones territoriales y las oportunidades derivadas de estos retos no se distribuyen de manera uniforme en toda la UE; |
|
3. |
subraya la necesidad de establecer un equilibrio entre el rápido desembolso de los nuevos recursos disponibles, una inversión eficaz y eficiente y la necesidad de evitar irregularidades, errores sistémicos o fraudes; |
|
4. |
reitera su preocupación por el carácter temporal de algunos refuerzos financieros en el marco de la política de cohesión, que no compensarán los recortes iniciales propuestos por la Comisión en 2018; a este respecto, el CDR insiste en que la política de cohesión no debe perder de vista sus objetivos y necesidades de desarrollo a largo plazo al definir las prioridades a corto plazo; |
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5. |
acoge con satisfacción las medidas encaminadas a reducir la carga administrativa que supone la aplicación de los programas; |
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6. |
toma nota de la exención del requisito de concentración temática en el marco de REACT-UE, pero recomienda una concentración temática mínima para garantizar que los fondos destinados a la reparación de la crisis siguen estando en consonancia con el objetivo global de la UE de lograr la neutralidad climática para 2050; pide a los Estados miembros que hagan un uso innovador de los recursos adicionales a fin de orientar sus economías por una senda de desarrollo verde, digital y resiliente que garantice una recuperación a más largo plazo; |
|
7. |
subraya que, para garantizar que el dinero se gaste en las áreas en que más se necesite, deberán aplicarse los principios de asociación y de gobernanza multinivel cuando haya que introducir reformas o crear nuevos programas operativos para cubrir las asignaciones financieras REACT-UE o cuando se lleven a cabo reasignaciones de recursos y modificaciones de los programas de la política de cohesión después de 2020; |
|
8. |
hace hincapié en que una recuperación global de la crisis pasa por la preparación urgente y la aplicación eficaz de un elevado número de proyectos en diversos ámbitos. Sin embargo, este proceso podría verse obstaculizado por la escasez de recursos financieros de que disponen los presupuestos locales y regionales. Por consiguiente, es necesario utilizar las fuentes de asistencia técnica disponibles a nivel nacional y de la UE para apoyar una rápida ejecución de los proyectos más importantes destinados a reactivar la economía; |
|
9. |
destaca que la pandemia de COVID-19 y el cierre unilateral de las fronteras en una serie de Estados miembros han causado daños de gran envergadura a las regiones fronterizas, que deben abordarse de forma adecuada, en particular, mediante la financiación de proyectos transfronterizos; subraya al mismo tiempo que, en caso de nuevas medidas de confinamiento, debe evitarse el cierre de las fronteras y la perturbación desproporcionada de la vida de las personas que viven en las regiones fronterizas; |
En relación con el Reglamento REACT-UE:
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10. |
acoge con satisfacción la introducción de un nuevo objetivo temático, «Fomento de la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y preparación de una recuperación verde, digital y resiliente de la economía», para los recursos adicionales que debería facilitar la programación y la evaluación ex post de las intervenciones realizadas en el marco de REACT-UE; |
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11. |
valora positivamente la opción de pedir un porcentaje de cofinanciación de hasta el 100 % en caso de recursos adicionales en el marco de REACT-UE, al tiempo que pide un flujo de inversiones adecuado y una mayor vigilancia ante posibles irregularidades; |
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12. |
se congratula del mayor nivel de prefinanciación de las acciones apoyadas por la financiación adicional de REACT-UE, que debería permitir desembolsar rápidamente los compromisos de financiación contraídos; |
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13. |
pide que los recursos adicionales se distribuyan hasta 2024 para que las autoridades de gestión dispongan del tiempo y la flexibilidad necesarios para ejecutar un nuevo programa de esta envergadura y a fin de fomentar la eficiencia y eficacia del gasto, y aliviar la carga administrativa; |
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14. |
subraya que la posibilidad de transferencias entre las categorías de regiones solo debería utilizarse en caso de que no existan otras posibilidades de financiación, y solo en la medida en que sea necesario para la respuesta inmediata al brote de COVID-19, teniendo en cuenta el objetivo general de cohesión económica, social y territorial; |
En relación con la modificación de la propuesta de Reglamento sobre disposiciones comunes 20212027:
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15. |
toma nota de la flexibilidad suplementaria para transferir recursos financieros de los programas de la política de cohesión a cualquier instrumento en régimen de gestión directa o indirecta en respuesta a una crisis grave; |
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16. |
reitera que estas medidas extraordinarias deben ser limitadas en el tiempo y en su ámbito de aplicación, teniendo en cuenta que las transferencias no deben obstaculizar, en particular, la ejecución o la finalización de inversiones esenciales en las regiones afectadas por dichas transferencias; |
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17. |
subraya, al mismo tiempo, que la política de cohesión después de 2020 debería ser más flexible para poder absorber posibles perturbaciones negativas como la actual pandemia; |
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18. |
acoge con satisfacción la reducción de los umbrales para la eliminación progresiva de las operaciones en el futuro período de programación; |
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19. |
recomienda que se aclaren las disposiciones para la selección de operaciones que ya se han completado en la práctica o que ya se han ejecutado completamente en respuesta directa a los efectos negativos de situaciones de crisis; |
En relación con la modificación del Reglamento del FEDER y el Fondo de Cohesión 2021-2027:
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20. |
acoge con satisfacción la ampliación del ámbito de aplicación de la ayuda, que aumenta la resiliencia de los Estados miembros frente a posibles crisis futuras. En este contexto, destaca la importancia de mejorar el acceso a la financiación de las empresas más afectadas por la crisis, sin perder de vista la aplicación de las normas sobre ayudas estatales; |
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21. |
valora positivamente la ampliación del apoyo mediante financiación del capital circulante de las pymes, que debería permitirles responder con rapidez a cualquier posible crisis importante; |
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22. |
toma nota de la excepción a los requisitos de concentración temática y de asignación mínima al desarrollo urbano sostenible en caso de circunstancias excepcionales; pide, al mismo tiempo, una mayor ambición y el desarrollo de instrumentos territoriales a nivel local y regional en el período posterior a 2020; |
En relación con la modificación de la propuesta de Reglamento del FSE 2021-2027:
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23. |
acoge favorablemente las propuestas para abordar la pobreza infantil y aumentar la concentración temática en el empleo juvenil, dado que estos grupos han demostrado ser especialmente vulnerables a los efectos negativos de la pandemia de COVID-19 y, por tanto, merecen mucha más atención; |
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24. |
se congratula de la opción de solicitar medidas temporales para recurrir al FSE Plus; |
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25. |
advierte de que cualquier recorte en el Programa de Salud de la UE podría reducir significativamente la preparación de la Unión ante futuras pandemias y destaca las sinergias entre dicho programa y el FSE Plus; |
por último,
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26. |
subraya que las regiones y ciudades han estado en primera línea de la lucha contra la pandemia de COVID-19 y son los niveles mejor situados para garantizar la recuperación frente a perturbaciones asimétricas como la crisis; |
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27. |
hace hincapié, por lo tanto, en que las medidas justificadas por la crisis de la COVID-19 no deben dar lugar en ningún caso a un intento de centralizar la aplicación de la política de cohesión en el próximo período de programación después de 2020; |
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28. |
subraya, en consecuencia, que la financiación descentralizada de la UE para las regiones y ciudades es una forma eficaz no solo de hacer frente a las perturbaciones sanitarias negativas a corto plazo, sino también de sentar las bases para una recuperación sostenible a medio y largo plazo; |
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29. |
pide, en este contexto, la plena coordinación entre los instrumentos de la política de cohesión y otros programas de la UE, incluido el Fondo de Transición Justa y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a fin de maximizar su impacto positivo a medio y largo plazo y configurar un sistema de ejecución eficiente; |
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30. |
toma nota de que las cuatro propuestas legislativas se ajustan a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad; |
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31. |
apoya firmemente la creación de un mecanismo de la UE para proteger la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales; pide que este mecanismo defienda todos los valores fundamentales de la UE, en particular, el respeto de la dignidad humana y los derechos humanos, la libertad y la igualdad, en todos los Estados miembros, regiones y municipios. |
Bruselas, 14 de octubre de 2020.
El Presidente del Comité Europeo de las Regiones
Apostolos TZITZIKOSTAS
(1) DO L 29 de 31.1.2020, p. 7.
(2) Reglamento (UE, Euratom) n.o 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).
(3) Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, p. 105).
(1) https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-10-2020-INIT/es/pdf