ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 390

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

63.° año
16 de noviembre de 2020


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2020/C 390/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

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V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2020/C 390/02

Asuntos acumulados C-449/18 P y C-474/18 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 17 de septiembre de 2020 — Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) / Lionel Andrés Messi Cuccittini, J. M.-E. V. e hijos S. R. L. (C-449/18 P) y J. M.-E. V. e hijos S. R. L. / Lionel Andrés Messi Cuccittini, Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (C-474/18 P) [Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Reglamento (CE) n.o 207/2009 — Artículo 8, apartado 1, letra b) — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión MESSI — Marcas denominativas anteriores de la Unión MASSI — Denegación parcial de registro]

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2020/C 390/03

Asunto C-594/18 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de septiembre de 2020 — República de Austria / Comisión Europea y otros [Recurso de casación — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Artículos 11 TFUE y 194 TFUE — Artículos 1, 2, letra c), y 106 bis, apartado 3, del Tratado Euratom — Ayuda prevista en favor de la unidad C de la central nuclear de Hinkley Point (Reino Unido) — Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior — Objetivo de interés común — Objetivos medioambientales de la Unión Europea — Principios de protección del medio ambiente, de quien contamina paga, de cautela y de sostenibilidad — Determinación de la actividad económica de que se trata — Deficiencia del mercado — Proporcionalidad de la ayuda — Ayuda a la inversión o de funcionamiento — Determinación de los elementos de la ayuda — Comunicación sobre las garantías]

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2020/C 390/04

Asunto C-648/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti — Rumanía) — Autoritatea naţională de reglementare în domeniul energiei (ANRE) / Societatea de Producere a Energiei Electrice în Hidrocentrale Hidroelectrica SA (Procedimiento prejudicial — Mercado interior de la electricidad — Libre circulación de mercancías — Artículo 35 TFUE — Restricciones cuantitativas a la exportación — Medidas de efecto equivalente — Medida nacional que obliga a los productores de electricidad a ofrecer toda la electricidad disponible exclusivamente en un mercado competitivo centralizado del Estado miembro de que se trate)

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2020/C 390/05

Asuntos acumulados C-724/18 y C-727/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de septiembre de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Cour de cassation — Francia) — Cali Apartments SCI (C-724/18), HX (C-727/18) / Procureur général près la cour d’appel de Paris, Ville de Paris (Procedimiento prejudicial — Directiva 2006/123/CE — Ámbito de aplicación — Arrendamiento de inmuebles amueblados a clientes de paso que no fijan su domicilio en ellos, efectuado de forma reiterada y durante breves períodos de tiempo — Normativa nacional que establece un régimen de autorización previa para determinados municipios y que encomienda a tales municipios la definición de las condiciones de concesión de las autorizaciones previstas por este régimen — Artículo 4, punto 6 — Concepto de régimen de autorización — Artículo 9 — Justificación — Oferta insuficiente de viviendas destinadas al arrendamiento de larga duración a precios asequibles — Proporcionalidad — Artículo 10 — Requisitos relativos a las condiciones de concesión de las autorizaciones)

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2020/C 390/06

Asunto C-806/18: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Proceso penal contra JZ (Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Retorno de nacionales de países terceros en situación irregular — Directiva 2008/115/CE — Artículo 11 — Prohibición de entrada — Nacional de un tercer país respecto del cual se ha dictado dicha prohibición pero que nunca ha abandonado el Estado miembro en cuestión — Normativa nacional que prevé una pena de prisión por la estancia de ese nacional en dicho Estado miembro pese a tener conocimiento de la prohibición de entrada dictada contra él)

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2020/C 390/07

Asuntos acumulados C-807/18 y C-39/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 15 de septiembre de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Telenor Magyarország Zrt. / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Elnöke [Procedimiento prejudicial — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2015/2120 — Artículo 3 — Acceso a una Internet abierta — Artículo 3, apartado 1 — Derechos de los usuarios finales — Derecho a acceder a las aplicaciones y a los servicios y a utilizarlos — Derecho a ofrecer aplicaciones y servicios — Artículo 3, apartado 2 — Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limiten el ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Conceptos de acuerdos, de prácticas comerciales, de usuarios finales y de consumidores — Evaluación de la existencia de una limitación del ejercicio de los derechos de los usuarios finales — Modalidades — Artículo 3, apartado 3 — Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico — Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico — Prohibición de medidas de bloqueo y de ralentización del tráfico — Excepciones — Prácticas comerciales que consisten en ofrecer paquetes con arreglo a los cuales los clientes que se suscriben a ellos contratan un plan que les permite utilizar sin restricciones un volumen de datos determinado, sin que la utilización de ciertas aplicaciones y ciertos servicios específicos a los que se aplica una tarifa cero se descuente del volumen de datos contratados, y, una vez consumido este volumen de datos, pueden continuar utilizando sin restricciones estas aplicaciones y estos servicios específicos, mientras que se aplican medidas de bloqueo o de ralentización del tráfico a las demás aplicaciones y servicios]

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2020/C 390/08

Asunto C-12/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de septiembre de 2020 — Mylène Troszczynski / Parlamento Europeo (Recurso de casación — Derecho institucional — Miembro del Parlamento Europeo — Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea — Artículo 8 — Inmunidad parlamentaria — Actividad no relacionada con las funciones parlamentarias — Publicación en la cuenta de Twitter del diputado — Artículo 9 — Inviolabilidad parlamentaria — Alcance — Decisión de suspender la inmunidad parlamentaria)

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2020/C 390/09

Asunto C-121/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 — Edison SpA / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (Recurso de casación — Marca de la Unión Europea — Solicitud de registro de la marca figurativa que incluye el elemento denominativo EDISON — Interpretación de los términos que figuran en el título de una clase de la Clasificación de Niza y en la lista por orden alfabético anexa)

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2020/C 390/10

Asunto C-122/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de septiembre de 2020 — Hamas / Consejo de la Unión Europea, República Francesa, Comisión Europea [Recurso de casación — Política exterior y de seguridad común — Lucha contra el terrorismo — Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades — Congelación de fondos — Posición común 2001/931/PESC — Artículo 1, apartados 4 y 6 — Reglamento (CE) n.o 2580/2001 — Artículo 2, apartado 3 — Mantenimiento de una organización en la lista de personas, grupos y entidades implicadas en actos de terrorismo — Requisitos — Autoridad competente equivalente a una autoridad judicial — Resolución de condena — Persistencia del riesgo de implicación en actividades terroristas — Base fáctica de las decisiones de congelación de fondos — Obligación de motivación — Derecho a la tutela judicial efectiva]

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2020/C 390/11

Asunto C-312/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas — Lituania) — XT / Valstybinė mokesčių inspekcija prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos [Procedimiento prejudicial — Directiva 2006/112/CE — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Artículo 9, apartado 1 — Artículo 193 — Concepto de sujeto pasivo — Contrato de actividad conjunta — Sociedad civil — Atribución de una operación económica a uno de los socios — Determinación de la persona obligada al pago del impuesto]

8

2020/C 390/12

Asunto C-339/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Rumanía) — SC Romenergo SA, Aris Capital SA / Autoritatea de Supraveghere Financiară (Procedimiento prejudicial — Libertad de circulación de capitales — Derecho de sociedades — Acciones admitidas a negociación en el mercado regulado — Sociedad de inversión financiera — Normativa nacional que establece un límite máximo de participación en el capital de determinadas sociedades de inversión financiera — Presunción legal de actuación concertada)

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2020/C 390/13

Asunto C-363/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Patent- och marknadsdomstolen vid Stockholms tingsrätt — Suecia) — Konsumentombudsmannen / Mezina AB [Procedimiento prejudicial — Seguridad alimentaria — Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos — Reglamento (CE) n.o 1924/2006 — Artículos 5 y 6 — Fundamento científico de las declaraciones — Pruebas científicas generalmente aceptadas — Artículo 10, apartado 1 — Artículo 28, apartado 5 — Régimen transitorio — Prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior — Directiva 2005/29/CE — Artículo 3, apartado 4 — Relación entre las disposiciones de la Directiva 2005/29 y otras normas de la Unión que regulan aspectos concretos de las prácticas comerciales desleales]

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2020/C 390/14

Asunto C-367/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Državna revizijska komisija za revizijo postopkov oddaje javnih naročil — Eslovenia) — Tax-Fin-Lex d.o.o. / Ministrstvo za notranje zadeve (Procedimiento prejudicial — Contratos públicos de servicios — Directiva 2014/24/UE — Artículo 2, apartado 1, punto 5 — Concepto de contrato público — Concepto de contrato oneroso — Oferta de un licitador por importe de cero euros — Rechazo de la oferta — Artículo 69 — Oferta anormalmente baja)

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2020/C 390/15

Asunto C-386/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de septiembre de 2020 — Hamas / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea [Recurso de casación — Política exterior y de seguridad común — Lucha contra el terrorismo — Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades — Congelación de fondos — Posición común 2001/931/PESC — Artículo 1, apartados 4 y 6 — Reglamento (CE) n.o 2580/2001 — Artículo 2, apartado 3 — Mantenimiento de una organización en la lista de personas, grupos y entidades implicadas en actos de terrorismo — Requisitos — Autoridad competente equivalente a una autoridad judicial — Resolución de condena — Persistencia del riesgo de implicación en actividades terroristas — Obligación de motivación — Derecho de defensa — Derecho a la tutela judicial efectiva]

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2020/C 390/16

Asunto C-462/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) — procedimiento contra Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarios de Buques (Anesco), Comisiones Obreras, Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), Confederación Intersindical Gallega, Eusko Langileen Alkartasuna, Langile Abertzaleen Batzordeak, Unión General de Trabajadores (UGT) (Procedimiento prejudicial — Concepto de órgano jurisdiccional en el sentido del artículo 267 TFUE — Criterios — Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia — Inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial)

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2020/C 390/17

Asunto C-498/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de septiembre de 2020 — Rumanía / Comisión Europea [Recurso de casación — Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — Decisión de la Comisión Europea que excluye gastos de la financiación de la Unión Europea — Notificación al interesado — Error de impresión del anexo — Publicación de la decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea — Plazo para recurrir — Inicio del cómputo — Extemporaneidad — Principio de seguridad jurídica — Respeto del principio de contradicción]

13

2020/C 390/18

Asunto C-509/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht München — Alemania) — BMW Bayerische Motorenwerke AG / Hauptzollamt München [Procedimiento prejudicial — Unión aduanera — Código aduanero de la Unión — Reglamento (UE) n.o 952/2013 — Artículo 71, apartado 1, letra b) — Valor en aduana — Importación de productos electrónicos equipados con un programa informático]

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2020/C 390/19

Asunto C-528/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Mitteldeutsche Hartstein-Industrie AG / Finanzamt Y [Procedimiento prejudicial — Fiscalidad — Impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 77/388/CEE — Artículo 17, apartado 2, letra a) — Deducción del impuesto soportado — Nacimiento y alcance del derecho a deducir — Ampliación de una carretera perteneciente a un municipio — Contabilización de los costes generados por las obras como gastos generales del sujeto pasivo — Determinación de la existencia de una relación directa e inmediata con la actividad económica del sujeto pasivo — Entrega a título gratuito — Entrega asimilada a una entrega realizada a título oneroso — Artículo 5, apartado 6]

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2020/C 390/20

Asunto C-669/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 — BP / Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) [Recurso de casación — Responsabilidad extracontractual — Acceso a los documentos — Protección de los datos personales — Divulgación supuestamente irregular de tales datos — Reglamentos (CE) n.os 1049/2001 y 45/2001 — Admisibilidad de los motivos y proposición de prueba ante el Tribunal General de la Unión Europea — Reparto de las costas]

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2020/C 390/21

Asunto C-674/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas — Lituania) — Skonis ir kvapas UAB / Muitinės departamentas prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos (Procedimiento prejudicial — Estructura y tipos del impuesto especial que grava las labores del tabaco — Directiva 2011/64/UE — Artículo 2, apartado 2 — Artículo 5, apartado 1 — Concepto de productos constituidos exclusiva o parcialmente por sustancias distintas del tabaco — Concepto de tabacos para fumar — Tabaco para pipa de agua)

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2020/C 390/22

Asunto C-738/19: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — A / B, C [Procedimiento prejudicial — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Punto 1, letra e), del anexo — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Viviendas sociales — Obligación de residencia y prohibición de subarrendar el bien — Artículo 3, apartados 1 y 3 — Artículo 4, apartado 1 — Apreciación del eventual carácter abusivo de las cláusulas penales — Criterios]

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2020/C 390/23

Asunto C-89/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Županijski sud u Puli (Croacia) el 20 de febrero de 2020 — Proceso penal seguido contra GR, HS, IT, INTER CONSULTING d.o.o., en liquidación

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2020/C 390/24

Asunto C-113/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky (Eslovaquia) el 28 de febrero de 2020 — Slovenský plynárenský priemysel, a.s. / Finančné riaditeľstvo Slovenskej republiky

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2020/C 390/25

Asunto C-239/20 P: Recurso de casación interpuesto el 5 de junio de 2020 por Giorgio Armani SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 26 de marzo de 2020 en el asunto T-653/18, Armani / EUIPO

17

2020/C 390/26

Asunto C-240/20 P: Recurso de casación interpuesto el 5 de junio de 2020 por Giorgio Armani SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 26 de marzo de 2020 en el asunto T-654/18, Armani / EUIPO

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2020/C 390/27

Asunto C-360/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Argeş (Rumanía) el 4 de agosto de 2020 — Ministerul Dezvoltării Regionale şi Administraţiei Publice / NE

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2020/C 390/28

Asunto C-365/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Düsseldorf (Alemania) el 4 de agosto de 2020 — Eurowings GmbH / GDVI Verbraucherhilfe GmbH

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2020/C 390/29

Asunto C-370/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 7 de agosto de 2020 — Pro Rauchfrei e. V. / JS e.K.

20

2020/C 390/30

Asunto C-376/20 P: Recurso de casación interpuesto el 7 de agosto de 2020 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera ampliada) dictada el 28 de mayo de 2020 en el asunto T-399/16, CK Telecoms UK Investments Ltd / Comisión

20

2020/C 390/31

Asunto C-414/20 PPU: Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 4 de septiembre de 2020 — Proceso penal contra MM

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2020/C 390/32

Asunto C-416/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg (Alemania) el 7 de septiembre de 2020 — TR

22

2020/C 390/33

Asunto C-431/20 P: Recurso de casación interpuesto el 12 de septiembre de 2020 por Carlo Tognoli y otros contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 3 de julio de 2020 en los asuntos acumulados T-395/19, T-396/19, T-405/19, T-408/19, T-419/19, T-423/19, T-424/19, T-428/19, T-433/19, T-437/19, T-443/19, T-455/19, T-458/19 a T-462/19, T-464/19, T-469/19 y T-477/19, Tognoli y otros / Parlamento

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2020/C 390/34

Asunto C-432/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wien (Austria) el 14 de septiembre de 2020 — ZK

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Tribunal General

2020/C 390/35

Asunto T-796/16: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — CEDC International/EUIPO — Underberg (Forma de brizna de hierba dentro de una botella) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca tridimensional de la Unión — Forma de brizna de hierba dentro de una botella — Marca nacional tridimensional anterior — Uso efectivo de la marca anterior — Artículos 15, apartado 1, y 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículos 18, apartado 1, y 47, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] — Naturaleza del uso — Alteración del carácter distintivo — Uso conjuntamente con otras marcas — Objeto de la protección — Exigencia de claridad y de precisión — Exigencia de concordancia de la descripción con la representación — Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por parte del Tribunal General — Remisión a la motivación de una resolución anterior anulada — Obligación de motivación]

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2020/C 390/36

Asunto T-411/17: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Landesbank Baden-Württemberg/JUR [Unión económica y monetaria — Unión bancaria — Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) — Fondo Único de Resolución (FUR) — Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 — Recurso de anulación — Afectación directa e individual — Admisibilidad — Requisitos sustanciales de forma — Autenticación de la Decisión — Obligación de motivación — Derecho a la tutela judicial efectiva — Excepción de ilegalidad — Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo]

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2020/C 390/37

Asunto T-414/17: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Hypo Vorarlberg Bank/JUR [Unión Económica y Monetaria — Unión Bancaria — Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) — Fondo Único de Resolución (FUR) — Decisión de la JUR sobre las aportaciones ex ante para 2017 — Recurso de anulación — Afectación directa e individual — Admisibilidad — Requisitos sustanciales de forma — Autenticación de la decisión — Obligación de motivación — Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo]

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2020/C 390/38

Asunto T-420/17: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Portigon/JUR [Unión Económica y Monetaria — Unión Bancaria — Mecanismo único de resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) — Fondo Único de Resolución (FUR) — Decisión de la JUR sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 — Recurso de anulación — Afectación directa e individual — Admisibilidad — Requisitos sustanciales de forma — Autenticación de la decisión — Obligación de motivación — Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo]

27

2020/C 390/39

Asunto T-565/18: Sentencia del Tribunal General de 9 de septiembre de 2020 — P. Krücken Organic/Comisión [Derecho institucional — Recurso de indemnización — Requisitos para que se genere la responsabilidad extracontractual de la Unión — Importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países — Organismo de control privado — Concepto de oportuna supervisión en el sentido del artículo 33, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 — Reglamento (CE) n.o 1235/2008 — Imputabilidad de comportamiento]

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2020/C 390/40

Asunto T-596/18: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — ZL/EUIPO (Función pública — Contratación — Convocatoria de oposición — Decisión de no incluir el nombre de la demandante en la lista de reserva de la oposición — Obligación de motivación — Desestimación de la solicitud de acceso a las preguntas de respuesta múltiple en los tests de acceso — Secreto de los trabajos del tribunal calificador)

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2020/C 390/41

Asunto T-291/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Pshonka/Consejo (Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos — Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva)

29

2020/C 390/42

Asunto T-292/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Pshonka/Consejo (Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos — Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva)

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2020/C 390/43

Asunto T-338/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — UE/Comisión (Función pública — Agentes temporales — Problemas de salud supuestamente relacionados con las condiciones de trabajo — Solicitud de reconocimiento del origen profesional de una enfermedad — Artículo 73 del Estatuto — Derecho a ser oído — Artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales — Obligación de dar audiencia al interesado antes de la decisión inicial)

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2020/C 390/44

Asunto T-370/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — España/Comisión [Relaciones exteriores — Cooperación técnica — Comunicaciones electrónicas — Reglamento (UE) 2018/1971 — Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas — Artículo 35, apartado 2, del Reglamento 2018/1971 — Participación de las autoridades de reglamentación de terceros países en este organismo — Participación de la autoridad nacional de reglamentación de Kosovo — Concepto de tercer país — Error de Derecho]

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2020/C 390/45

Asunto T-472/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — BASF/Comisión (Medicamentos para uso humano — Autorización de comercialización de los medicamentos de uso humano que contienen ésteres etílicos de los ácidos omega-3 — Modificación de las condiciones de la autorización — Artículo 116, párrafo primero, de la Directiva 2001/83/CE — Error manifiesto de apreciación — Proporcionalidad)

32

2020/C 390/46

Asunto T-522/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Aldi/EUIPO (BBQ BARBECUE SEASON) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca figurativa de la Unión BBQ BARBECUE SEASON — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001]

32

2020/C 390/47

Asunto T-549/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Medac Gesellschaft für klinische Spezialpräparate/Comisión [Medicamentos de uso humano — Medicamentos huérfanos — Solicitud de autorización de comercialización del medicamento Trecondi-treosulfano — Decisión de cancelar la inscripción de un medicamento en el Registro de Medicamentos Huérfanos — Artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 141/2000 — Concepto de método satisfactorio — Artículo 5, apartado 12, letra b), del Reglamento n.o 141/2000 — Error de Derecho]

33

2020/C 390/48

Asunto T-557/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Seven/EUIPO (7Seven) [Marca de la Unión Europea — Marca figurativa de la Unión 7Seven — Inexistencia de solicitud de renovación del registro de la marca — Cancelación de la marca tras la expiración del registro — Artículo 53 del Reglamento (UE) 2017/1001 — Petición de restitutio in integrum presentada por el licenciatario — Artículo 104, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 — Deber de diligencia]

34

2020/C 390/49

Asunto T-654/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — FF/Comisión (Responsabilidad extracontractual — Fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco — Directiva 2014/40/UE — Utilización de una fotografía incluida en una biblioteca de advertencias acompañadas de imágenes destinadas a utilizarse para los productos del tabaco — Directiva 2014/109/UE — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares)

34

2020/C 390/50

Asunto T-727/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Basaglia/Comisión [Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Documentos relativos a determinados proyectos enmarcados en el programa eTEN y en el quinto y el sexto Programas Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico — Restricción de la solicitud de acceso — Denegación parcial de acceso — Excepción relativa a la protección de la intimidad y la integridad de la persona — Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros — Interés público superior — Obligación de proceder a un examen concreto e individual]

35

2020/C 390/51

Asunto T-737/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Huevos Herrera Mejías/EUIPO — Montesierra (MontiSierra HUEVOS CON SABOR A CAMPO) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión MontiSierra HUEVOS CON SABOR A CAMPO — Marcas denominativas anteriores de la Unión y nacional MONTESIERRA — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los productos — Similitud entre los signos — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento 2017/1001 — Obligación de motivación]

36

2020/C 390/52

Asunto T-738/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Clouds Sky/EUIPO — The Cloud Networks (Wi-Fi Powered by The Cloud) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión Wi-Fi Powered by The Cloud — Motivos de denegación absolutos — Carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Inexistencia de carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento 2017/1001]]

36

2020/C 390/53

Asunto T-869/19: Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Tetra/EUIPO — Neusta next (Wave) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión Wave — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

37

2020/C 390/54

Asunto T-835/19: Auto del Tribunal General de 30 de septiembre de 2020 — CrossFit/EUIPO — Hochwarter (CROSSBOX) (Marca de la Unión Europea — Revocación de la resolución impugnada — Desaparición del objeto del litigio — Sobreseimiento)

37

2020/C 390/55

Asunto T-525/20: Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2020 — ITD y Danske Fragtmænd/Comisión

38

2020/C 390/56

Asunto T-557/20: Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2020 — JUR/SEPD

39

2020/C 390/57

Asunto T-584/20: Recurso interpuesto el 15 de septiembre de 2020 — Cara Therapeutics/EUIPO — Gebro Holding (KORSUVA)

40

2020/C 390/58

Asunto T-591/20: Recurso interpuesto el 28 de septiembre de 2020 — Unimax Stationery/EUIPO — Mitsubishi Pencil (UNI-MAX)

40

2020/C 390/59

Asunto T-592/20: Recurso interpuesto el 28 de septiembre de 2020 — Univers Agro/EUIPO — Shandong Hengfeng Rubber & Plastic (AGATE)

41

2020/C 390/60

Asunto T-597/20: Recurso interpuesto el 29 de septiembre de 2020 — Roller/EUIPO — Flex Equipos de Descanso (Dormillo)

42

2020/C 390/61

Asunto T-598/20: Recurso interpuesto el 29 de septiembre de 2020 — Skechers USA/EUIPO (ARCH FIT)

43

2020/C 390/62

Asunto T-604/20: Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2020 — Guangdong Haomei New Materials y Guangdong King Metal Light Alloy Technology/Comisión

43

2020/C 390/63

Asunto T-610/20: Recurso interpuesto el 2 de octubre de 2020 — Egis Bâtiments International e InCA/Parlamento

45

2020/C 390/64

Asunto T-612/20: Recurso interpuesto el 4 de octubre de 2020 — Malacalza Investimenti/BCE

47

2020/C 390/65

Asunto T-613/20: Recurso interpuesto el 3 de octubre de 2020 — Junqueras i Vies/Parlamento

48

2020/C 390/66

Asunto T-615/20: Recurso interpuesto el 3 de octubre de 2020 — Mood Media Netherlands/EUIPO — Tailoradio (MOOD MEDIA)

49

2020/C 390/67

Asunto T-620/20: Recurso interpuesto el 5 de octubre de 2020 — Alessio y otros/BCE

50

2020/C 390/68

Asunto T-251/16: Auto del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Director General de la OLAF/Comisión

51

2020/C 390/69

Asunto T-13/19: Auto del Tribunal General de 30 de septiembre de 2020 — República Checa/Comisión

51

2020/C 390/70

Asunto T-523/19: Auto del Tribunal General de 28 de septiembre de 2020 — Sky/EUIPO — Safran Electronics & Defense (SKYNAUTE by SAGEM)

51


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2020/C 390/01)

Última publicación

DO C 378 de 9.11.2020

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 371 de 3.11.2020

DO C 359 de 26.10.2020

DO C 348 de 19.10.2020

DO C 339 de 12.10.2020

DO C 329 de 5.10.2020

DO C 320 de 28.9.2020

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 17 de septiembre de 2020 — Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) / Lionel Andrés Messi Cuccittini, J. M.-E. V. e hijos S. R. L. (C-449/18 P) y J. M.-E. V. e hijos S. R. L. / Lionel Andrés Messi Cuccittini, Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) (C-474/18 P)

(Asuntos acumulados C-449/18 P y C-474/18 P) (1)

(Recurso de casación - Marca de la Unión Europea - Reglamento (CE) n.o 207/2009 - Artículo 8, apartado 1, letra b) - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión MESSI - Marcas denominativas anteriores de la Unión MASSI - Denegación parcial de registro)

(2020/C 390/02)

Lengua de procedimiento: español

Partes

(Asunto C-449/18 P)

Recurrente: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), (representante: S. Palmero Cabezas, agente)

Otras partes en el procedimiento: Lionel Andrés Messi Cuccittini (representantes: J.-Y. Teindas Maillard y J.-B. Devaureix, abogados), J. M.-E. V. e hijos S. R. L. (representantes: J. Güell Serra y R. Gimeno-Bayón Cobos, abogados)

(Asunto C-474/18 P)

Recurrente: J. M.-E. V. e hijos S. R. L. (representantes: J. Güell Serra y R. Gimeno-Bayón Cobos, abogados)

Otras partes en el procedimiento: Lionel Andrés Messi Cuccittini (representantes: J.-Y. Teindas Maillard y J.-B. Devaureix, abogados), Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), (representante: S. Palmero Cabezas, agente)

Fallo

1)

Desestimar los recursos de casación.

2)

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) cargará, además de con sus propias costas, con las de D. Lionel Andrés Messi Cuccittini en el asunto C-449/18 P.

3)

J. M.-E. V. e hijos, S. R. L., cargará, además de con sus propias costas, con las de D. Lionel Andrés Messi Cuccittini y las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) en el asunto C-474/18 P.


(1)  DO C 392 de 29.10.2018.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de septiembre de 2020 — República de Austria / Comisión Europea y otros

(Asunto C-594/18 P) (1)

(Recurso de casación - Ayudas de Estado - Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) - Artículos 11 TFUE y 194 TFUE - Artículos 1, 2, letra c), y 106 bis, apartado 3, del Tratado Euratom - Ayuda prevista en favor de la unidad C de la central nuclear de Hinkley Point (Reino Unido) - Decisión por la que se declara la ayuda compatible con el mercado interior - Objetivo de interés común - Objetivos medioambientales de la Unión Europea - Principios de protección del medio ambiente, de quien contamina paga, de cautela y de sostenibilidad - Determinación de la actividad económica de que se trata - Deficiencia del mercado - Proporcionalidad de la ayuda - Ayuda a la inversión o de funcionamiento - Determinación de los elementos de la ayuda - Comunicación sobre las garantías)

(2020/C 390/03)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: República de Austria (representantes: inicialmente G. Hesse, posteriormente F. Koppensteiner y M. Klamert, agentes, asistidos por H. Kristoferitsch, Rechtsanwalt)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: É Gippini Fournier, T. Maxian Rusche, P. Němečková y K. Herrmann, agentes), República Checa (representantes: M. Smolek, J. Vláčil, T. Müller e I. Gavrilová, agentes), República Francesa (representantes: inicialmente D. Colas y P. Dodeller, posteriormente P. Dodeller y T. Stehelin, agentes), Gran Ducado de Luxemburgo (representantes: inicialmente D. Holderer, posteriormente T. Uri, agentes, asistidos por P. Kinsch, avocat), Hungría (representantes: M. Z. Fehér, agente, asistido por P. Nagy, ügyvéd), República de Polonia (representante: B. Majczyna, agente), República Eslovaca (representante: B. Ricziová, agente), Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (representantes: Z. Lavery y S. Brandon, agentes, asistidos por A. Robertson, QC, y T. Johnston, Barrister)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

La República de Austria cargará con sus propias costas en el procedimiento de casación, además de con las de la Comisión Europea.

3)

La República Checa, la República Francesa, el Gran Ducado de Luxemburgo, Hungría, la República de Polonia, la República Eslovaca y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte cargarán con sus propias costas.


(1)  DO C 427 de 26.11.2018.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/3


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bucureşti — Rumanía) — Autoritatea naţională de reglementare în domeniul energiei (ANRE) / Societatea de Producere a Energiei Electrice în Hidrocentrale Hidroelectrica SA

(Asunto C-648/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Mercado interior de la electricidad - Libre circulación de mercancías - Artículo 35 TFUE - Restricciones cuantitativas a la exportación - Medidas de efecto equivalente - Medida nacional que obliga a los productores de electricidad a ofrecer toda la electricidad disponible exclusivamente en un mercado competitivo centralizado del Estado miembro de que se trate)

(2020/C 390/04)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bucureşti

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Autoritatea naţională de reglementare în domeniul energiei (ANRE)

Demandada: Societatea de Producere a Energiei Electrice în Hidrocentrale Hidroelectrica SA

Fallo

Los artículos 35 TFUE y 36 TFUE deben interpretarse en el sentido de que una normativa nacional que, tal como la interpreta la autoridad encargada de su aplicación, obliga a los productores nacionales de electricidad a ofrecer la totalidad de la electricidad disponible en las plataformas gestionadas por el único operador designado para los servicios de negociación del mercado de la electricidad nacional constituye una medida de efecto equivalente a una restricción cuantitativa a la exportación, que no puede justificarse por razones de seguridad pública vinculadas a la seguridad del abastecimiento de energía en la medida en que esa normativa no es proporcionada al objetivo perseguido.


(1)  DO C 25 de 21.1.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/4


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 22 de septiembre de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por la Cour de cassation — Francia) — Cali Apartments SCI (C-724/18), HX (C-727/18) / Procureur général près la cour d’appel de Paris, Ville de Paris

(Asuntos acumulados C-724/18 y C-727/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Directiva 2006/123/CE - Ámbito de aplicación - Arrendamiento de inmuebles amueblados a clientes de paso que no fijan su domicilio en ellos, efectuado de forma reiterada y durante breves períodos de tiempo - Normativa nacional que establece un régimen de autorización previa para determinados municipios y que encomienda a tales municipios la definición de las condiciones de concesión de las autorizaciones previstas por este régimen - Artículo 4, punto 6 - Concepto de «régimen de autorización» - Artículo 9 - Justificación - Oferta insuficiente de viviendas destinadas al arrendamiento de larga duración a precios asequibles - Proporcionalidad - Artículo 10 - Requisitos relativos a las condiciones de concesión de las autorizaciones)

(2020/C 390/05)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: Cali Apartments SCI (C-724/18) y HX (C-727/18)

Recurridas: Procureur général près la cour d’appel de Paris y Ville de Paris

Fallo

1)

Los artículos 1 y 2 de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, deben interpretarse en el sentido de que tal Directiva se aplica a una normativa de un Estado miembro relativa a actividades de arrendamiento a cambio de una remuneración de inmuebles amueblados destinados a vivienda a clientes de paso que no fijan en ellos su domicilio, efectuadas de forma reiterada y durante breves períodos de tiempo, tanto con carácter profesional como no profesional.

2)

El artículo 4 de la Directiva 2006/123 debe interpretarse en el sentido de que una normativa nacional que supedita a autorización previa el ejercicio de determinadas actividades de arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda está comprendida en el concepto de «régimen de autorización», en el sentido del punto 6 de ese artículo.

3)

El artículo 9, apartado 1, letras b) y c), de la Directiva 2006/123 debe interpretarse en el sentido de que una normativa nacional que, en aras de garantizar una oferta suficiente de viviendas destinadas al arrendamiento de larga duración a precios asequibles, somete determinadas actividades de arrendamiento a cambio de una remuneración de inmuebles amueblados destinados a vivienda a clientes de paso que no fijan en ellos su domicilio, efectuadas de forma reiterada y durante breves períodos de tiempo, a un régimen de autorización previa aplicable en determinados municipios en los que la tensión sobre los arrendamientos es particularmente acusada está justificada por una razón imperiosa de interés general como la lucha contra la escasez de viviendas destinadas al arrendamiento y es proporcionada al objetivo perseguido, dado que este no puede alcanzarse con una medida menos restrictiva, en particular porque un control a posteriori se produciría demasiado tarde para ser realmente eficaz.

4)

El artículo 10, apartado 2, de la Directiva 2006/123 debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional por la que se establece un régimen que supedita a autorización previa el ejercicio de determinadas actividades de arrendamiento a cambio de una remuneración de inmuebles amueblados destinados a vivienda, que se basa en criterios como que el inmueble en cuestión se arriende «de forma reiterada y durante breves períodos de tiempo a clientes de paso que no fijan en él su domicilio» y que encomienda a las autoridades locales la facultad de precisar, en el marco fijado por dicha normativa, las condiciones de concesión de las autorizaciones previstas por tal régimen, a la vista de objetivos de diversidad social y en función de las características de los mercados locales de la vivienda y de la necesidad de no agravar la escasez de viviendas, acompañándolas, si fuera necesario, de una obligación de compensación en forma de transformación accesoria y concomitante en viviendas de inmuebles con otro uso, siempre que tales condiciones de concesión sean conformes con los requisitos establecidos por esa disposición y que tal obligación pueda satisfacerse en condiciones transparentes y accesibles.


(1)  DO C 35 de 28.1.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/5


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 17 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — Proceso penal contra JZ

(Asunto C-806/18) (1)

(Procedimiento prejudicial - Espacio de libertad, seguridad y justicia - Retorno de nacionales de países terceros en situación irregular - Directiva 2008/115/CE - Artículo 11 - Prohibición de entrada - Nacional de un tercer país respecto del cual se ha dictado dicha prohibición pero que nunca ha abandonado el Estado miembro en cuestión - Normativa nacional que prevé una pena de prisión por la estancia de ese nacional en dicho Estado miembro pese a tener conocimiento de la prohibición de entrada dictada contra él)

(2020/C 390/06)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Hoge Raad der Nederlanden

Parte en el proceso principal

JZ

Fallo

La Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular, y en particular su artículo 11, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a la normativa de un Estado miembro que prevé la posibilidad de imponer una pena de prisión a un nacional de un tercer país en situación irregular respecto del cual ha concluido el procedimiento de retorno previsto por dicha Directiva y que no ha abandonado efectivamente el territorio de los Estados miembros, cuando la conducta típica consiste en la estancia irregular con conocimiento de una prohibición de entrada, dictada, principalmente, debido a sus antecedentes penales o al peligro que representa para el orden público o la seguridad nacional, siempre que la conducta típica no requiera el incumplimiento de esta prohibición de entrada y que dicha normativa sea lo suficientemente accesible, precisa y previsible en su aplicación para evitar cualquier riesgo de arbitrariedad, lo que corresponde comprobar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 122 de 1.4.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 15 de septiembre de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Fővárosi Törvényszék — Hungría) — Telenor Magyarország Zrt. / Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Elnöke

(Asuntos acumulados C-807/18 y C-39/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Comunicaciones electrónicas - Reglamento (UE) 2015/2120 - Artículo 3 - Acceso a una Internet abierta - Artículo 3, apartado 1 - Derechos de los usuarios finales - Derecho a acceder a las aplicaciones y a los servicios y a utilizarlos - Derecho a ofrecer aplicaciones y servicios - Artículo 3, apartado 2 - Prohibición de acuerdos y prácticas comerciales que limiten el ejercicio de los derechos de los usuarios finales - Conceptos de «acuerdos», de «prácticas comerciales», de «usuarios finales» y de «consumidores» - Evaluación de la existencia de una limitación del ejercicio de los derechos de los usuarios finales - Modalidades - Artículo 3, apartado 3 - Obligación de trato equitativo y no discriminatorio del tráfico - Posibilidad de aplicar medidas razonables de gestión del tráfico - Prohibición de medidas de bloqueo y de ralentización del tráfico - Excepciones - Prácticas comerciales que consisten en ofrecer paquetes con arreglo a los cuales los clientes que se suscriben a ellos contratan un plan que les permite utilizar sin restricciones un volumen de datos determinado, sin que la utilización de ciertas aplicaciones y ciertos servicios específicos a los que se aplica una «tarifa cero» se descuente del volumen de datos contratados, y, una vez consumido este volumen de datos, pueden continuar utilizando sin restricciones estas aplicaciones y estos servicios específicos, mientras que se aplican medidas de bloqueo o de ralentización del tráfico a las demás aplicaciones y servicios)

(2020/C 390/07)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Fővárosi Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Telenor Magyarország Zrt.

Demandada: Nemzeti Média- és Hírközlési Hatóság Elnöke

Fallo

El artículo 3 del Reglamento (UE) 2015/2120 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas en relación con el acceso a una Internet abierta y se modifica la Directiva 2002/22/CE relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas y el Reglamento (UE) n.o 531/2012 relativo a la itinerancia en las redes públicas de comunicaciones móviles en la Unión, debe interpretarse en el sentido de que unos paquetes establecidos por un proveedor de servicios de acceso a Internet a través de acuerdos celebrados con usuarios finales, con arreglo a los cuales estos usuarios pueden contratar un plan que les permite utilizar sin restricciones un volumen de datos determinado, sin que la utilización de ciertas aplicaciones y de ciertos servicios específicos incluidos en una «tarifa cero» computen a efectos del consumo de ese volumen de datos, y, una vez agotado este volumen de datos, pueden seguir utilizando sin restricciones estas aplicaciones y estos servicios específicos, mientras que se aplican medidas de bloqueo o de ralentización de tráfico a las demás aplicaciones y servicios disponibles,

son incompatibles con el apartado 2 de este artículo, interpretado conjuntamente con su apartado 1, dado que estos paquetes, estos acuerdos y estas medidas de bloqueo o de ralentización limitan el ejercicio de los derechos de los usuarios finales, y

son incompatibles con el apartado 3 de dicho artículo dado que dichas medidas de bloqueo o de ralentización se basan en consideraciones comerciales.


(1)  DO C 139 de 15.4.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 17 de septiembre de 2020 — Mylène Troszczynski / Parlamento Europeo

(Asunto C-12/19 P) (1)

(Recurso de casación - Derecho institucional - Miembro del Parlamento Europeo - Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de la Unión Europea - Artículo 8 - Inmunidad parlamentaria - Actividad no relacionada con las funciones parlamentarias - Publicación en la cuenta de Twitter del diputado - Artículo 9 - Inviolabilidad parlamentaria - Alcance - Decisión de suspender la inmunidad parlamentaria)

(2020/C 390/08)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Mylène Troszczynski (representante: F. Wagner, avocat)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo (representantes: S. Alonso de León y C. Burgos, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a la Sra. Mylène Troszczynski.


(1)  DO C 82 de 4.3.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/7


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 — Edison SpA / Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

(Asunto C-121/19 P) (1)

(Recurso de casación - Marca de la Unión Europea - Solicitud de registro de la marca figurativa que incluye el elemento denominativo EDISON - Interpretación de los términos que figuran en el título de una clase de la Clasificación de Niza y en la lista por orden alfabético anexa)

(2020/C 390/09)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrente: Edison SpA (representantes: F. Boscariol de Roberto y D. Martucci, avvocati)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Edison SpA a cargar, además de con sus propias costas, con las soportadas por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).


(1)  DO C 288 de 26.8.2019.


16.11.2020   

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C 390/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de septiembre de 2020 — Hamas / Consejo de la Unión Europea, República Francesa, Comisión Europea

(Asunto C-122/19 P) (1)

(Recurso de casación - Política exterior y de seguridad común - Lucha contra el terrorismo - Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades - Congelación de fondos - Posición común 2001/931/PESC - Artículo 1, apartados 4 y 6 - Reglamento (CE) n.o 2580/2001 - Artículo 2, apartado 3 - Mantenimiento de una organización en la lista de personas, grupos y entidades implicadas en actos de terrorismo - Requisitos - Autoridad competente equivalente a una autoridad judicial - Resolución de condena - Persistencia del riesgo de implicación en actividades terroristas - Base fáctica de las decisiones de congelación de fondos - Obligación de motivación - Derecho a la tutela judicial efectiva)

(2020/C 390/10)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Hamas (representante: L. Glock, avocate)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y K. Pavlaki, agentes), República Francesa, Comisión Europea (representantes: inicialmente F. Castillo de la Torre, A. Bouquet, J. Roberti di Sarsina, C. Zadra y A. Tizzano, posteriormente F. Castillo de la Torre, A. Bouquet y J. Roberti di Sarsina, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Hamas a cargar, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión Europea.


(1)  DO C 131 de 8.4.2019.


16.11.2020   

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C 390/8


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas — Lituania) — XT / Valstybinė mokesčių inspekcija prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos

(Asunto C-312/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Directiva 2006/112/CE - Sistema común del impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Artículo 9, apartado 1 - Artículo 193 - Concepto de «sujeto pasivo» - Contrato de actividad conjunta - Sociedad civil - Atribución de una operación económica a uno de los socios - Determinación de la persona obligada al pago del impuesto)

(2020/C 390/11)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas

Partes en el procedimiento principal

Demandante: XT

Demandada: Valstybinė mokesčių inspekcija prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos

Fallo

Los artículos 9, apartado 1, y 193 de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, deben interpretarse en el sentido de que una persona física que ha celebrado con otra persona física un contrato de actividad conjunta por el que se constituye una sociedad civil, carente de personalidad jurídica, que se caracteriza por el hecho de que la primera persona está facultada para actuar en nombre de todos los socios, pero interviene sola y en su propio nombre en sus relaciones con terceros a la hora de realizar los actos que conforman la actividad económica para la que se constituyó esa sociedad, debe ser considerada «sujeto pasivo» en el sentido del artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2006/112 y, como único deudor, pagar el impuesto sobre el valor añadido debido, según lo establecido en el artículo 193 de esta Directiva, en la medida en que actúa por cuenta propia o por cuenta ajena como intermediario, en el sentido de los artículos 14, apartado 2, letra c), y 28 de la citada Directiva.


(1)  DO C 220 de 1.7.2019.


16.11.2020   

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C 390/9


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie — Rumanía) — SC Romenergo SA, Aris Capital SA / Autoritatea de Supraveghere Financiară

(Asunto C-339/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Libertad de circulación de capitales - Derecho de sociedades - Acciones admitidas a negociación en el mercado regulado - Sociedad de inversión financiera - Normativa nacional que establece un límite máximo de participación en el capital de determinadas sociedades de inversión financiera - Presunción legal de actuación concertada)

(2020/C 390/12)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Înalta Curte de Casaţie şi Justiţie

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: SC Romenergo SA y Aris Capital SA

Recurrida: Autoritatea de Supraveghere Financiară

Fallo

El artículo 63 TFUE debe interpretarse en el sentido de que se opone a una medida nacional que fija en el 5 % el límite máximo de la participación en el capital de una sociedad de inversión financiera si esta medida no se justifica por una razón imperiosa de interés general, circunstancia que corresponde verificar al órgano jurisdiccional remitente.


(1)  DO C 255 de 29.7.2019.


16.11.2020   

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C 390/10


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Patent- och marknadsdomstolen vid Stockholms tingsrätt — Suecia) — Konsumentombudsmannen / Mezina AB

(Asunto C-363/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Seguridad alimentaria - Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos - Reglamento (CE) n.o 1924/2006 - Artículos 5 y 6 - Fundamento científico de las declaraciones - Pruebas científicas generalmente aceptadas - Artículo 10, apartado 1 - Artículo 28, apartado 5 - Régimen transitorio - Prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior - Directiva 2005/29/CE - Artículo 3, apartado 4 - Relación entre las disposiciones de la Directiva 2005/29 y otras normas de la Unión que regulan aspectos concretos de las prácticas comerciales desleales)

(2020/C 390/13)

Lengua de procedimiento: sueco

Órgano jurisdiccional remitente

Patent- och marknadsdomstolen vid Stockholms tingsrätt

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Konsumentombudsmannen

Demandada: Mezina AB

Fallo

1)

Los artículos 5, apartado 1, 6, apartados 1 y 2, 10, apartado 1, y 28, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos, en su versión modificada por el Reglamento (CE) n.o 107/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, deben interpretarse en el sentido de que, en el marco del régimen transitorio previsto en esta última disposición, la carga de la prueba y el nivel de prueba exigidos en materia de las declaraciones de propiedades saludables a que se refiere el artículo 13, apartado 1, letra a), de este Reglamento están regulados por dicho Reglamento, el cual obliga al explotador de empresa alimentaria de que se trate a justificar la declaración que utilice mediante pruebas científicas generalmente aceptadas. Estas declaraciones deben basarse en elementos objetivos que cuenten con un consenso científico suficiente.

2)

En caso de conflicto entre las disposiciones del Reglamento n.o 1924/2006, en su versión modificada por el Reglamento n.o 107/2008, y las de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales»), las disposiciones de este Reglamento prevalecen y se aplican a las prácticas comerciales desleales en materia de declaraciones de propiedades saludables, en el sentido del mismo Reglamento.


(1)  DO C 246 de 22.7.2019.


16.11.2020   

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C 390/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Državna revizijska komisija za revizijo postopkov oddaje javnih naročil — Eslovenia) — Tax-Fin-Lex d.o.o. / Ministrstvo za notranje zadeve

(Asunto C-367/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Contratos públicos de servicios - Directiva 2014/24/UE - Artículo 2, apartado 1, punto 5 - Concepto de «contrato público» - Concepto de «contrato oneroso» - Oferta de un licitador por importe de cero euros - Rechazo de la oferta - Artículo 69 - Oferta anormalmente baja)

(2020/C 390/14)

Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Državna revizijska komisija za revizijo postopkov oddaje javnih naročil

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Tax-Fin-Lex d.o.o.

Recurrida: Ministrstvo za notranje zadeve

con intervención de: LEXPERA d.o.o.

Fallo

El artículo 2, apartado 1, punto 5, de la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE, en su versión modificada por el Reglamento Delegado (UE) 2017/2365 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2017, debe interpretarse en el sentido de que no sirve de fundamento legal para rechazar la oferta de un licitador en un procedimiento de adjudicación de un contrato público por el único motivo de que el importe de la oferta sea de cero euros.


(1)  DO C 263 de 5.8.2019.


16.11.2020   

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C 390/11


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Séptima) de 10 de septiembre de 2020 — Hamas / Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea

(Asunto C-386/19 P) (1)

(Recurso de casación - Política exterior y de seguridad común - Lucha contra el terrorismo - Medidas restrictivas adoptadas contra determinadas personas y entidades - Congelación de fondos - Posición común 2001/931/PESC - Artículo 1, apartados 4 y 6 - Reglamento (CE) n.o 2580/2001 - Artículo 2, apartado 3 - Mantenimiento de una organización en la lista de personas, grupos y entidades implicadas en actos de terrorismo - Requisitos - Autoridad competente equivalente a una autoridad judicial - Resolución de condena - Persistencia del riesgo de implicación en actividades terroristas - Obligación de motivación - Derecho de defensa - Derecho a la tutela judicial efectiva)

(2020/C 390/15)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Hamas (representante: L. Glock, avocate)

Otras partes en el procedimiento: Consejo de la Unión Europea (representantes: B. Driessen y S. Van Overmeire, agentes), Comisión Europea (representantes: inicialmente F. Castillo de la Torre, L. Baumgart, J. Roberti di Sarsina, C. Zadra y A. Tizzano, posteriormente F. Castillo de la Torre, L. Baumgart y J. Roberti di Sarsina, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar a Hamas a cargar, además de con sus propias costas, con las del Consejo de la Unión Europea y de la Comisión Europea.


(1)  DO C 220 de 1.7.2019.


16.11.2020   

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C 390/12


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) — procedimiento contra Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarios de Buques (Anesco), Comisiones Obreras, Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), Confederación Intersindical Gallega, Eusko Langileen Alkartasuna, Langile Abertzaleen Batzordeak, Unión General de Trabajadores (UGT)

(Asunto C-462/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Concepto de «órgano jurisdiccional» en el sentido del artículo 267 TFUE - Criterios - Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia - Inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial)

(2020/C 390/16)

Lengua de procedimiento: español

Organismo remitente

Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia

Partes en el procedimiento principal

Asociación Nacional de Empresas Estibadoras y Consignatarios de Buques (Anesco), Comisiones Obreras, Coordinadora Estatal de Trabajadores del Mar (CETM), Confederación Intersindical Gallega, Eusko Langileen Alkartasuna, Langile Abertzaleen Batzordeak, Unión General de Trabajadores (UGT)

con intervención de: Asociación Estatal de Empresas Operadoras Portuarias (Asoport)

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, mediante resolución de 12 de junio de 2019, es inadmisible.


(1)  DO C 357 de 21.10.2019.


16.11.2020   

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C 390/13


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de septiembre de 2020 — Rumanía / Comisión Europea

(Asunto C-498/19 P) (1)

(Recurso de casación - Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) - Decisión de la Comisión Europea que excluye gastos de la financiación de la Unión Europea - Notificación al interesado - Error de impresión del anexo - Publicación de la decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea - Plazo para recurrir - Inicio del cómputo - Extemporaneidad - Principio de seguridad jurídica - Respeto del principio de contradicción)

(2020/C 390/17)

Lengua de procedimiento: rumano

Partes

Recurrente: Rumanía (representantes: inicialmente C.-R. Canţăr, E. Gane, O.-C. Ichim y M. Chicu, posteriormente E. Gane, O.-C. Ichim y M. Chicu, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Comisión Europea (representantes: J. Aquilina y A. Biolan, agentes)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a Rumanía.


(1)  DO C 270 de 12.8.2019.


16.11.2020   

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C 390/13


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Finanzgericht München — Alemania) — BMW Bayerische Motorenwerke AG / Hauptzollamt München

(Asunto C-509/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Unión aduanera - Código aduanero de la Unión - Reglamento (UE) n.o 952/2013 - Artículo 71, apartado 1, letra b) - Valor en aduana - Importación de productos electrónicos equipados con un programa informático)

(2020/C 390/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Finanzgericht München

Partes en el procedimiento principal

Demandante: BMW Bayerische Motorenwerke AG

Demandada: Hauptzollamt München

Fallo

El artículo 71, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europea y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión, debe interpretarse en el sentido de que permite, para determinar el valor en aduana de una mercancía importada, añadir al valor de transacción de esta el valor económico de un programa informático producido en la Unión Europea y puesto gratuitamente por el comprador a disposición del vendedor establecido en un país tercero.


(1)  DO C 328 de 30.9.2019.


16.11.2020   

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C 390/14


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof — Alemania) — Mitteldeutsche Hartstein-Industrie AG / Finanzamt Y

(Asunto C-528/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Fiscalidad - Impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 77/388/CEE - Artículo 17, apartado 2, letra a) - Deducción del impuesto soportado - Nacimiento y alcance del derecho a deducir - Ampliación de una carretera perteneciente a un municipio - Contabilización de los costes generados por las obras como gastos generales del sujeto pasivo - Determinación de la existencia de una relación directa e inmediata con la actividad económica del sujeto pasivo - Entrega a título gratuito - Entrega asimilada a una entrega realizada a título oneroso - Artículo 5, apartado 6)

(2020/C 390/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesfinanzhof

Partes en el procedimiento principal

Demandante y recurrente en casación: Mitteldeutsche Hartstein-Industrie AG

Demandada y recurrida en casación: Finanzamt Y

Fallo

1)

El artículo 17, apartado 2, letra a), de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del impuesto sobre el valor añadido: base imponible uniforme, debe interpretarse en el sentido de que un sujeto pasivo tiene derecho a deducir el impuesto sobre el valor añadido que ha soportado para ejecutar las obras de ampliación de una carretera municipal realizadas en beneficio de un municipio cuando dicha carretera se utiliza tanto por dicho sujeto pasivo en el marco de su actividad económica como por el público, en la medida en que dichas obras no hayan excedido de lo que era necesario para permitir a ese sujeto pasivo ejercer su actividad económica y en que su coste esté incluido en el precio de las operaciones realizadas posteriormente por ese mismo sujeto pasivo.

2)

La Directiva 77/388, en particular su artículo 2, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que el permiso de explotación de una cantera concedido unilateralmente por una Administración de un Estado miembro no constituye la contraprestación obtenida por un sujeto pasivo que ha realizado, sin contraprestación en dinero, obras de ampliación de una carretera perteneciente a un municipio, de manera que dichas obras de ampliación no constituyen una operación efectuada a título oneroso, en el sentido de dicha Directiva.

3)

El artículo 5, apartado 6, de la Directiva 77/388 debe interpretarse en el sentido de que las obras —realizadas en beneficio de un municipio— de ampliación de una carretera municipal de uso público, pero que se utiliza por el sujeto pasivo, que ha realizado dichas obras a título gratuito, en el marco de su actividad económica y por el público, no constituyen una operación que deba asimilarse a una entrega de bienes efectuada a título oneroso, en el sentido de dicha disposición.


(1)  DO C 328 de 30.9.2019.


16.11.2020   

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C 390/15


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 — BP / Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)

(Asunto C-669/19 P) (1)

(Recurso de casación - Responsabilidad extracontractual - Acceso a los documentos - Protección de los datos personales - Divulgación supuestamente irregular de tales datos - Reglamentos (CE) n.os 1049/2001 y 45/2001 - Admisibilidad de los motivos y proposición de prueba ante el Tribunal General de la Unión Europea - Reparto de las costas)

(2020/C 390/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: BP (representante: E. Lazar, abogada)

Otra parte en el procedimiento: Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) (representantes: M. O’Flaherty, agente, asistido por D. Waelbroeck y A. Duron, abogados)

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

BP cargará, además de con sus propias costas, con las de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA).


(1)  DO C 383 de 11.11.2019.


16.11.2020   

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C 390/15


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 16 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas — Lituania) — «Skonis ir kvapas» UAB / Muitinės departamentas prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos

(Asunto C-674/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Estructura y tipos del impuesto especial que grava las labores del tabaco - Directiva 2011/64/UE - Artículo 2, apartado 2 - Artículo 5, apartado 1 - Concepto de «productos constituidos exclusiva o parcialmente por sustancias distintas del tabaco» - Concepto de «tabacos para fumar» - Tabaco para pipa de agua)

(2020/C 390/21)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas

Partes en el procedimiento principal

Recurrente:«Skonis ir kvapas» UAB

Recurrida: Muitinės departamentas prie Lietuvos Respublikos finansų ministerijos

con intervención de: Vilniaus teritorinė muitinė

Fallo

Los artículos 2 y 5 de la Directiva 2011/64/UE del Consejo, de 21 de junio de 2011, relativa a la estructura y los tipos del impuesto especial que grava las labores del tabaco, deben interpretarse en el sentido de que el tabaco para pipa de agua, compuesto de tabaco en un 24 % y otras sustancias como jarabe de azúcar, glicerina, aromatizantes y un conservante, debe calificarse como «producto constituido parcialmente por sustancias distintas del tabaco» y como «tabaco para fumar», a efectos de dichas disposiciones, y, por lo tanto, debe considerarse, en su conjunto y cualesquiera que sean las sustancias distintas del tabaco que lo componen, como tabaco para fumar sujeto al impuesto especial sobre el tabaco.


(1)  DO C 413 de 9.12.2019.


16.11.2020   

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C 390/16


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 10 de septiembre de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Amsterdam — Países Bajos) — A / B, C

(Asunto C-738/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Punto 1, letra e), del anexo - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Viviendas sociales - Obligación de residencia y prohibición de subarrendar el bien - Artículo 3, apartados 1 y 3 - Artículo 4, apartado 1 - Apreciación del eventual carácter abusivo de las cláusulas penales - Criterios)

(2020/C 390/22)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Amsterdam

Partes en el procedimiento principal

Demandante: A

Demandadas: B y C

Fallo

Los artículos 3, apartados 1 y 3, y 4, apartado 1, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, deben interpretarse en el sentido de que, cuando un órgano jurisdiccional nacional examina el eventual carácter abusivo de una cláusula de un contrato celebrado con un consumidor, en el sentido de esas disposiciones, procede tener en cuenta, entre las cláusulas comprendidas en el ámbito de aplicación de esa Directiva, el grado de interacción de la estipulación controvertida con otras cláusulas, en función en particular de sus respectivos alcances. Para apreciar el posible carácter desproporcionadamente alto de la indemnización impuesta al consumidor, en el sentido del punto 1, letra e), del anexo de la citada Directiva, debe darse una importancia significativa a aquellas de esas cláusulas que se refieran al mismo incumplimiento.


(1)  DO C 19 de 20.1.2020.


16.11.2020   

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C 390/16


Petición de decisión prejudicial planteada por el Županijski sud u Puli (Croacia) el 20 de febrero de 2020 — Proceso penal seguido contra GR, HS, IT, INTER CONSULTING d.o.o., en liquidación

(Asunto C-89/20)

(2020/C 390/23)

Lengua de procedimiento: croata

Órgano jurisdiccional remitente

Županijski sud u Puli

Partes en el proceso principal

GR, HS, IT, INTER CONSULTING d.o.o., en liquidación

Mediante resolución de 1 de octubre de 2020, el Tribunal de Justicia (Sala Séptima) ha declarado que la petición de decisión prejudicial planteada por el Županijski sud u Puli (Croacia), es manifiestamente inadmisible.


16.11.2020   

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C 390/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Najvyšší súd Slovenskej republiky (Eslovaquia) el 28 de febrero de 2020 — Slovenský plynárenský priemysel, a.s. / Finančné riaditeľstvo Slovenskej republiky

(Asunto C-113/20)

(2020/C 390/24)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Najvyšší súd Slovenskej republiky

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Slovenský plynárenský priemysel, a.s.

Recurrida: Finančné riaditeľstvo Slovenskej republiky

Mediante auto de 1 de octubre de 2020, el Tribunal de Justicia (Sala Sexta) ha declarado que:

La Directiva 90/435/CEE (1) del Consejo, de 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes, no se aplica a una situación en la que una autoridad tributaria de un Estado miembro recauda de un contribuyente el impuesto sobre la renta no satisfecho en relación con un ejercicio fiscal anterior a la adhesión de ese Estado miembro a la Unión Europea mediante una regularización tributaria practicada después de esa adhesión.


(1)  DO 1990, L 225, p. 6.


16.11.2020   

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C 390/17


Recurso de casación interpuesto el 5 de junio de 2020 por Giorgio Armani SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 26 de marzo de 2020 en el asunto T-653/18, Armani / EUIPO

(Asunto C-239/20 P)

(2020/C 390/25)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Giorgio Armani SpA (representante: S. Martínez-Almeida y Alejos-Pita, abogada)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 30 de septiembre de 2020, el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) ha resuelto no admitir a trámite el recurso de casación y que la recurrente cargue con sus propias costas.


16.11.2020   

ES

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C 390/18


Recurso de casación interpuesto el 5 de junio de 2020 por Giorgio Armani SpA contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera) dictada el 26 de marzo de 2020 en el asunto T-654/18, Armani / EUIPO

(Asunto C-240/20 P)

(2020/C 390/26)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Giorgio Armani SpA (representante: S. Martínez-Almeida y Alejos-Pita, abogada)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 30 de septiembre de 2020, el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) ha resuelto no admitir a trámite el recurso de casación y que la recurrente cargue con sus propias costas.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/18


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Argeş (Rumanía) el 4 de agosto de 2020 — Ministerul Dezvoltării Regionale şi Administraţiei Publice / NE

(Asunto C-360/20)

(2020/C 390/27)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Argeş

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ministerul Dezvoltării Regionale şi Administraţiei Publice

Demandada: NE

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Comprende el concepto de fraude que afecta a los intereses financieros de [la Unión Europea] contemplado en el artículo 1, apartado 1, letra a), del Convenio establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, el delito cometido para crear la apariencia de cumplimiento de las disposiciones del artículo 57, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1083/2006 (1), con el propósito de evitar la aplicación, por parte del Estado miembro, de lo dispuesto en el apartado 3 del mismo artículo, en relación con el artículo 98 del citado Reglamento, o solo el delito cometido hasta la conclusión de la fase de implementación, con exclusión de los delitos cometidos durante la fase de viabilidad?

2)

¿Puede interpretarse el Derecho de la Unión, en particular el artículo 4 TUE, apartado 3, en relación con el artículo 325 TFUE, apartados 1 y 2, [y con] el artículo 1, apartado 1, letra a), del Convenio establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, en el sentido de que se opone a una norma nacional que excluye castigar al investigado por el delito cometido durante la fase posterior a la conclusión de la fase de implementación, a saber, durante la fase de viabilidad, en relación con las obligaciones asumidas por dicho investigado en virtud del contrato de financiación, así como a la interpretación de la norma nacional en el sentido de que el concepto de fraude que afecta a los intereses financieros de [la Unión] no comprende el comportamiento delictivo del beneficiario de la financiación, durante la fase de viabilidad del proyecto, en relación con las obligaciones asumidas en virtud del contrato de financiación, con independencia del origen de los fondos o de los gastos que el beneficiario ha destinado a la ejecución de las obligaciones a las que se comprometió en aras de la viabilidad del proyecto (recursos propios del beneficiario o fondos de [la Unión])?


(1)  Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1260/1999 (DO 2006, L 210, p. 25).


16.11.2020   

ES

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C 390/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Düsseldorf (Alemania) el 4 de agosto de 2020 — Eurowings GmbH / GDVI Verbraucherhilfe GmbH

(Asunto C-365/20)

(2020/C 390/28)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landgericht Düsseldorf

Partes en el procedimiento principal

Demandada y apelante: Eurowings GmbH

Demandante y apelada: GDVI Verbraucherhilfe GmbH

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Dispone de una «reserva confirmada» en el sentido del artículo 3, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1), un pasajero que ha recibido de un operador turístico con el que tiene un contrato «otra prueba» en el sentido del artículo 2, letra g), del Reglamento n.o 261/2004, en virtud de la cual se le promete el transporte en un vuelo determinado e individualizado por la indicación de los lugares de salida y de llegada, de las horas de salida y de llegada, así como del número de vuelo, sin que el operador turístico haya realizado una reserva para dicho vuelo con el transportista aéreo de que se trate ni haya obtenido de este ninguna confirmación de reserva?

2)

¿Existe una «denegación de embarque» en el sentido de los artículos 4, apartado 3, y 2, letra j), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 cuando, pocos días antes de la salida programada, los pasajeros son reubicados en otro vuelo por un operador turístico con el que han contratado un viaje combinado, después de que dicho operador turístico les hubiese confirmado de forma vinculante un vuelo individualizado mediante la indicación de los lugares de salida y de llegada, de las horas de salida y de llegada, así como del número de vuelo?

3)

¿Constituye un «motivo razonable» para la denegación del embarque en el sentido del artículo 2, letra j), in fine, del Reglamento (CE) n.o 261/2004 cuando un operador turístico, sin consultar con el transportista aéreo y sin efectuar una «reserva de cobertura» para el pasajero, confirma de forma vinculante un determinado vuelo individualizado mediante la indicación de la fecha, del número de vuelo y del horario, y posteriormente, pocos días antes de la salida programada (de nuevo sin consultar con el transportista aéreo), lo reubica en otro vuelo sin que el transportista aéreo pueda intervenir en modo alguno?

4)

¿Puede considerarse a un transportista aéreo como transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo, en el sentido del artículo 2, letra b), del Reglamento (CE) n.o 261/2004, respecto de un pasajero que tiene un contrato con un operador turístico que se comprometió a procurarle el transporte en un vuelo determinado e individualizado mediante la indicación de los lugares de salida y de llegada, de las horas de salida y de llegada, así como del número de vuelo, si el referido operador turístico no reservó plaza alguna para el pasajero y, por tanto, no celebró ningún contrato con el transportista aéreo en relación con dicho vuelo?

5)

¿Deben interpretarse los artículos 4, apartado 3, y 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 261/2004 en el sentido de que, en un caso como el presente, en que el pasajero ha reservado con una agencia de viajes un vuelo con escala como parte de un viaje combinado y el primer vuelo, efectuado por el transportista aéreo demandado, se realiza conforme a lo programado, pero después se deniega a los pasajeros el embarque en el vuelo de conexión, efectuado también por el transportista aéreo demandado, con arreglo al artículo 2, letra j), del Reglamento (CE) n.o 261/2004, alegando una falta de «reserva de cobertura» por parte de operador turístico, el importe de la compensación se determina atendiendo a la distancia de todo el vuelo con escala desde el lugar de la salida inicial hasta el último lugar de destino, y no atendiendo solo a la distancia del segundo vuelo, objeto de la incidencia?


(1)  Reglamento (CE) n.o 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1).


16.11.2020   

ES

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C 390/20


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 7 de agosto de 2020 — Pro Rauchfrei e. V. / JS e.K.

(Asunto C-370/20)

(2020/C 390/29)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación: Pro Rauchfrei e. V.

Recurrida en casación: JS e.K

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Comprende el concepto de comercialización en el sentido del artículo 8, apartado 3, primera frase, de la Directiva 2014/40/UE (1) la puesta a la venta de productos del tabaco en máquinas expendedoras de tal forma que, aunque los paquetes de cigarrillos que estas contienen lleven las advertencias prescritas por la ley, inicialmente se almacenan en la máquina de forma que el consumidor no puede verlos y las advertencias en los paquetes solo resultan visibles cuando el cliente acciona la máquina previamente desbloqueada por el personal de caja y esta expulsa el paquete de cigarrillos hacia la cinta transportadora de la caja antes del proceso de pago?

2.

¿Comprende la prohibición de que las advertencias estén «disimuladas […] por […] cualquier otro objeto», que figura en el artículo 8, apartado 3, primera frase, de la Directiva 2014/40/UE, el supuesto en que, en el marco de la exposición del producto en una máquina, queda disimulada toda la unidad de envasado del tabaco?

3.

¿Se cumple el criterio de «imágenes de las unidades de envasado» del artículo 8, apartado 8, de la Directiva 2014/40/UE, aunque una imagen no sea una reproducción fiel y realista del envase original, pero el consumidor, debido a su diseño en términos de contorno, proporciones, colores y logotipo de la marca, asocia la imagen con una unidad de envasado de tabaco?

4.

¿Se cumplen los requisitos del artículo 8, apartado 8, de la Directiva 2014/40/UE, independientemente de la imagen utilizada, por el mero hecho de que el consumidor tiene la posibilidad de percibir el envase de los cigarrillos con las advertencias exigidas antes de formalizar el contrato de compraventa?


(1)  Directiva 2014/40/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros en materia de fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco y los productos relacionados y por la que se deroga la Directiva 2001/37/CE (DO 2014, L 127, p. 1).


16.11.2020   

ES

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C 390/20


Recurso de casación interpuesto el 7 de agosto de 2020 por la Comisión Europea contra la sentencia del Tribunal General (Sala Primera ampliada) dictada el 28 de mayo de 2020 en el asunto T-399/16, CK Telecoms UK Investments Ltd / Comisión

(Asunto C-376/20 P)

(2020/C 390/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: G. Conte, C. Urraca Caviedes, J. Szczodrowski, M. Farley, agentes)

Otras partes en el procedimiento: CK Telecoms UK Investments Ltd, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, EE Ltd

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia del Tribunal General de 28 de mayo de 2020 en el asunto T-399/16, CK Telecoms UK Investments Ltd/Comisión.

Devuelva el asunto al Tribunal General para que este lo examine nuevamente.

Condene a la parte demandante en primera instancia a cargar con las costas del procedimiento en casación.

Reserve las costas del procedimiento de primera instancia.

Motivos y principales alegaciones

Primer motivo de casación: La sentencia recurrida aplica una exigencia de prueba («fuerte probabilidad») para demostrar la existencia de un «obstáculo significativo para la competencia efectiva» más estricta que el criterio establecido en la jurisprudencia y en el Reglamento de la Unión sobre concentraciones, (1) que exige que la Comisión identifique el resultado «más probable».

Segundo motivo de casación: Al exigir que, para poder concluir que existe un obstáculo significativo para la competencia efectiva, la Comisión debería probar que una concentración confiere a la entidad resultante de la misma el poder de determinar, por sí sola, los parámetros de la competencia, el Tribunal General aplica un criterio jurídico que no encuentra apoyo en el Reglamento de la Unión sobre concentraciones y es contrario al propio objetivo de la reforma de 2004. Por otra parte, según la recurrente, el Tribunal General incurre en error de Derecho al establecer un doble criterio para probar un obstáculo significativo para la competencia efectiva, basado en los efectos no coordinados.

Tercer motivo de casación: Al exigir que una «fuerza competitiva importante» tenga que distinguirse de sus competidores en términos de impacto sobre la competencia y también que las partes en la concentración tengan que ser «competidores particularmente inmediatos», el Tribunal General se extralimita en sus competencias de control jurisdiccional, ignora el valor de las Directrices y desvirtúa el contenido de la decisión impugnada, (2) o, subsidiariamente, vulnera el principio de control jurisdiccional, incumple el deber de motivación e infringe el artículo 2 del Reglamento de la Unión sobre concentraciones.

Cuarto motivo de casación: Al considerar que el incremento de precio previsto no era significativo y al afirmar que la Comisión debería haber tomado en consideración el «aumento de eficiencia estándar», el Tribunal General se aparta del Reglamento de la Unión sobre concentraciones, se extralimita en su control jurisdiccional, incumple el deber de motivación y desvirtúa las pruebas.

Quinto motivo de casación: Al limitar su control exclusivamente a algunas de las conclusiones de la decisión impugnada y al examinar dichas conclusiones aisladamente, sin valorar la totalidad de las pruebas conjuntamente, el Tribunal General desvirtúa la decisión impugnada, se extralimita en su control jurisdiccional, infringe las normas aplicables en materia de prueba, aplica erróneamente el criterio jurídico e incumple el deber de motivación.

Sexto motivo de casación: El Tribunal General desvirtúa la decisión impugnada al considerar que no examina la degradación de la calidad de la red de la entidad resultante de la concentración como parte de la segunda teoría del perjuicio. El Tribunal General incumple asimismo el deber de motivación cuando concluye que la Comisión incurrió en error de Derecho al calificar como efecto no coordinado la incidencia de una transparencia reforzada en la inversión global en las redes.


(1)  Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas («Reglamento comunitario de concentraciones») (DO 2004, L 24, p. 1).

(2)  Decisión C(2016) 2796 final de la Comisión, de 11 de mayo de 2016, por la que una operación de concentración se declara incompatible con el mercado interior (Asunto M.7612 — Hutchison 3G UK/Telefónica UK) (DO 2016, C 357, p. 15).


16.11.2020   

ES

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C 390/22


Petición de decisión prejudicial planteada por el Spetsializiran nakazatelen sad (Bulgaria) el 4 de septiembre de 2020 — Proceso penal contra MM

(Asunto C-414/20 PPU)

(2020/C 390/31)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Spetsializiran nakazatelen sad

Parte en el proceso principal

MM

Cuestiones prejudiciales

¿Es conforme con el artículo 6, apartado 1, de la Decisión Marco 2002/584 una ley nacional según la cual la orden de detención europea y la resolución nacional sobre cuya base se ha emitido dicha orden de detención son adoptadas únicamente por el fiscal, sin que el órgano judicial pueda participar en ella ni ejercer un control previo o a posteriori?

¿Es conforme con el artículo 8, apartado 1, letra c), de la Decisión Marco 2002/584 una orden de detención europea que ha sido emitida sobre la base del acta de acusación de la persona buscada, sin que tal acta de acusación prevea la detención de esa persona?

En caso de respuesta negativa: si, a pesar de que el órgano judicial no haya participado en la emisión de la orden de detención europea ni en el control de su legalidad y de que dicha orden haya sido adoptada en virtud de una resolución nacional que no disponga la detención de la persona buscada, tal orden de detención europea es efectivamente ejecutada y aquella persona es entregada, ¿debe concederse a la persona buscada el derecho a la tutela judicial efectiva en el marco del mismo procedimiento penal que aquel en cuyo curso se ha emitido la orden de detención europea? ¿Implica el derecho a la tutela judicial efectiva que la persona buscada sea colocada en la situación que le habría correspondido si no hubiera tenido lugar la violación de tal derecho?


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/22


Petición de decisión prejudicial planteada por el Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg (Alemania) el 7 de septiembre de 2020 — TR

(Asunto C-416/20)

(2020/C 390/32)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Hanseatisches Oberlandesgericht Hamburg

Partes en el procedimiento principal

Persona reclamada: TR

Otra parte: Generalstaatsanwaltschaft Hamburg

Cuestión prejudicial

En materia de decisiones sobre extradición, de un Estado miembro de la Unión Europea a otro, a efectos del proceso penal seguido contra una persona condenada en rebeldía, ¿deben interpretarse las disposiciones de la Directiva 2016/343 (1) y, en particular, de sus artículos 8 y 9, en el sentido de que la licitud de la extradición (en particular, en unas circunstancias de fuga) depende del cumplimiento de los requisitos mencionados en la Directiva por parte del Estado solicitante?


(1)  Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, por la que se refuerzan en el proceso penal determinados aspectos de la presunción de inocencia y el derecho a estar presente en el juicio (DO 2016, L 65, p. 1).


16.11.2020   

ES

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C 390/23


Recurso de casación interpuesto el 12 de septiembre de 2020 por Carlo Tognoli y otros contra la sentencia del Tribunal General (Sala Octava) dictada el 3 de julio de 2020 en los asuntos acumulados T-395/19, T-396/19, T-405/19, T-408/19, T-419/19, T-423/19, T-424/19, T-428/19, T-433/19, T-437/19, T-443/19, T-455/19, T-458/19 a T-462/19, T-464/19, T-469/19 y T-477/19, Tognoli y otros / Parlamento

(Asunto C-431/20 P)

(2020/C 390/33)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Recurrentes: Carlo Tognoli, Emma Allione, Luigi Alberto Colajanni, Claudio Martelli, Luciana Sbarbati, Carla Dimatore, en calidad de heredera de Mario Rigo, Roberto Speciale, Loris Torbesi, en calidad de heredero de Eugenio Melandri, Luciano Pettinari, Pietro Di Prima, Carla Barbarella, Carlo Alberto Graziani, Giorgio Rossetti, Giacomo Porrazzini, Guido Podestà, Roberto Barzanti, Rita Medici, Aldo Arroni, Franco Malerba, Roberto Mezzaroma (representantes: M. Merola, L. Florio, abogados)

Otra parte en el procedimiento: Parlamento Europeo

Pretensiones de las partes recurrentes

Que se anule el auto recurrido y se devuelva el asunto al Tribunal General para su examen sobre el fondo.

Que se condene al Parlamento al pago de las costas del procedimiento de recurso y se reserven las del procedimiento ante el Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

Los recurrentes solicitan que, de conformidad con el artículo 256 del Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se anule el auto del Tribunal General de la Unión Europea (Sala Octava) dictado el 3 de julio de 2020, y notificado el 3 de julio de 2020, en los asuntos acumulados T-395/19, T-396/19, T-405/19, T-408/19, T-419/19, T-423/19, T-424/19, T-428/19, T-433/19, T-437/19, T-443/19, T-455/19, T-458/19 a T-462/19, T-464/19, T-469/19 y T-477/19, que declaró manifiestamente inadmisible sus recursos.

En el primer motivo de casación , los recurrentes alegan que se incurrió en error de Derecho al calificar el acto impugnado como acto carente de efectos jurídicos, en el sentido del artículo 263 TFUE. Tal error resulta de la inexistencia de base jurídica para considerar dicho acto como provisional y de la falta de consideración de sus efectos jurídicos en la esfera de los destinatarios. De hecho, el acto impugnado produjo efectos jurídicos de carácter inmediato en la esfera de los recurrentes, privándolos de una parte significativa de su derecho a pensión.

En el segundo motivo de casación , los recurrentes invocan un error de Derecho relativo a la interpretación y la aplicación del artículo 86 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General en sentido contrario a su finalidad y su efectividad. De hecho, esta disposición está dirigida a evitar una multiplicación innecesaria de los recursos. Alegan, asimismo, que el Tribunal General, al declarar la inadmisibilidad tanto del recurso como del escrito de adaptación de la demanda incurre en un segundo error de Derecho que paradójicamente tiene como efecto privar a los recurrentes de tutela judicial.

En el tercer motivo de casación , los recurrentes invocan dos errores de procedimiento que estiman que deberían conducir a la anulación del auto, a saber, la violación del principio de contradicción y un error de Derecho en la aplicación del artículo 126 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

En relación con el primero de ellos, aducen que no se les dio la posibilidad de responder a la excepción de inadmisibilidad del Parlamento Europeo sobre el escrito de adaptación de la demanda. Por otro lado, sostienen que la conducta del Tribunal General se ve agravada por haber estimado innecesario un segundo intercambio de escritos procesales y no haber convocado ni siquiera la vista oral, privando de ese modo a los recurrentes de la posibilidad de manifestar su posición sobre la excepción de inadmisibilidad relativa al escrito de adaptación de la demanda, aun cuando habían presentado una solicitud formal en ese sentido.

Por otro lado, las contradictorias elecciones procesales del Tribunal General indican que la inadmisibilidad del recurso no era evidente ni inequívoca de manera inmediata, es decir, no era manifiesta en el sentido del artículo 126 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General. En consecuencia, no concurrían los requisitos exigibles para la aplicación de dicha disposición.


16.11.2020   

ES

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C 390/24


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wien (Austria) el 14 de septiembre de 2020 — ZK

(Asunto C-432/20)

(2020/C 390/34)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Wien

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ZK

Recurrida: Landeshauptmann von Wien

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2003/109/CE (1) en el sentido de que toda estancia física, por breve que sea, de un nacional de un tercer país residente de larga duración en el territorio de la Comunidad, durante un período de doce meses consecutivos, excluye la pérdida del derecho a mantener el estatuto de residente de larga duración con arreglo a dicha disposición?

2.

En el supuesto de que el Tribunal de Justicia responda negativamente a la primera cuestión: ¿Qué requisitos cualitativos y/o cuantitativos deben cumplir las estancias en el territorio de la Comunidad durante un período de doce meses consecutivos para excluir la pérdida del derecho a mantener el estatuto de residente de larga duración? ¿Excluyen las estancias durante un período de doce meses consecutivos en el territorio de la Comunidad la pérdida del derecho a mantener el estatuto de residente de larga duración solo en el caso de que el nacional de un tercer país de que se trata, durante dicho período, mantenga su residencia habitual o el centro de sus intereses en el territorio de la Comunidad?

3.

¿Son compatibles con el artículo 9, apartado 1, letra c), de la Directiva 2003/109/CE las disposiciones contenidas en los ordenamientos jurídicos de los Estados miembros que imponen la pérdida del derecho a mantener el estatuto de residente de larga duración cuando el nacional de un tercer país de que se trata, pese a haber permanecido en el territorio de la Comunidad durante un período de doce meses consecutivos, no ha mantenido en él su residencia permanente ni el centro de sus intereses?


(1)  Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración (DO 2004, L 16, p. 44).


Tribunal General

16.11.2020   

ES

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C 390/25


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — CEDC International/EUIPO — Underberg (Forma de brizna de hierba dentro de una botella)

(Asunto T-796/16) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca tridimensional de la Unión - Forma de brizna de hierba dentro de una botella - Marca nacional tridimensional anterior - Uso efectivo de la marca anterior - Artículos 15, apartado 1, y 43, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 40/94 [actualmente artículos 18, apartado 1, y 47, apartados 2 y 3, del Reglamento (UE) 2017/1001] - Naturaleza del uso - Alteración del carácter distintivo - Uso conjuntamente con otras marcas - Objeto de la protección - Exigencia de claridad y de precisión - Exigencia de concordancia de la descripción con la representación - Resolución adoptada tras la anulación de una resolución anterior por parte del Tribunal General - Remisión a la motivación de una resolución anterior anulada - Obligación de motivación»)

(2020/C 390/35)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: CEDC International sp. z o.o. (Oborniki Wielkopolskie, Polonia) (representante: M. Siciarek, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: D. Walicka y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Underberg AG (Dietlikon, Suiza) (representante: A. Renck, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de agosto de 2016 (asunto R 1248/2015-4), relativa a un procedimiento de oposición entre CEDC International y Underberg.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 29 de agosto de 2016 (asunto R 1248/2015-4), en lo que respecta a los motivos de oposición enunciados en el artículo 8, apartados 3 y 4, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca de la Unión Europea.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

CEDC International sp. z o.o., la EUIPO y Underberg AG cargarán cada una con sus propias costas.


(1)  DO C 6 de 9.1.2017.


16.11.2020   

ES

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C 390/26


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Landesbank Baden-Württemberg/JUR

(Asunto T-411/17) (1)

(«Unión económica y monetaria - Unión bancaria - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) - Fondo Único de Resolución (FUR) - Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 - Recurso de anulación - Afectación directa e individual - Admisibilidad - Requisitos sustanciales de forma - Autenticación de la Decisión - Obligación de motivación - Derecho a la tutela judicial efectiva - Excepción de ilegalidad - Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo»)

(2020/C 390/36)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Parte demandante: Landesbank Baden-Württemberg (Stuttgart, Alemania) (representantes: H. Berger y K. Rübsamen, abogados)

Parte demandada: Junta Única de Resolución (JUR) (representantes: A. Martin-Ehlers, S. Raes, T. Van Dyck y A. Kopp, abogados)

Parte coadyuvante, en apoyo de la parte demandada: Comisión Europea (representantes: A. Steiblytė y K.-P. Wojcik, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de la JUR, en sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017, sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2017/05), en la medida en que afecta a la demandante.

Fallo

1)

Anular en lo que respecta a Landesbank Baden-Württemberg la Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) en su sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017 sobre las aportaciones ex ante para 2017 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2017/05).

2)

Mantener los efectos de la Decisión SRB/ES/SRF/2017/05 en lo que respecta a Landesbank Baden-Württemberg durante seis meses desde el día en que la presente sentencia adquiera firmeza.

3)

La JUR cargará, además de con sus propias costas, con las de Landesbank Baden-Württemberg.

4)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 277 de 21.8.2017.


16.11.2020   

ES

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C 390/27


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Hypo Vorarlberg Bank/JUR

(Asunto T-414/17) (1)

(«Unión Económica y Monetaria - Unión Bancaria - Mecanismo Único de Resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) - Fondo Único de Resolución (FUR) - Decisión de la JUR sobre las aportaciones ex ante para 2017 - Recurso de anulación - Afectación directa e individual - Admisibilidad - Requisitos sustanciales de forma - Autenticación de la decisión - Obligación de motivación - Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo»)

(2020/C 390/37)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Hypo Vorarlberg Bank AG, anteriormente Vorarlberger Landes- und Hypothekenbank AG (Bregenz, Austria) (representantes: G. Eisenberger y A. Brenneis, abogados)

Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: P. Messina y J. Kerlin, agentes, asistidos por B. Meyring, S. Schelo, T. Klupsch y S. Ianc, abogados)

Objeto

Demanda basada en el artículo 263 TFUE por la que se solicita la anulación de la decisión de la JUR, adoptada en su sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017, relativa al cálculo de las aportaciones ex ante al Fondo Único de Resolución correspondientes a 2017 (SRB/ES/SRF/2017/05), en la medida en que se refiere a la demandante.

Fallo

1)

Anular la decisión de la Junta Única de Resolución (JUR), adoptada en su sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017, relativa al cálculo de las aportaciones ex ante al Fondo Único de Resolución correspondientes a 2017 (SRB/ES/SRF/2017/05), en la medida en que se refiere a Hypo Vorarlberg Bank AG.

2)

La JUR cargará con sus propias costas y con las de Hypo Vorarlberg Bank.


(1)  DO C 277 de 21.8.2017.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/27


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Portigon/JUR

(Asunto T-420/17) (1)

(«Unión Económica y Monetaria - Unión Bancaria - Mecanismo único de resolución de entidades de crédito y de determinadas empresas de servicios de inversión (MUR) - Fondo Único de Resolución (FUR) - Decisión de la JUR sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 - Recurso de anulación - Afectación directa e individual - Admisibilidad - Requisitos sustanciales de forma - Autenticación de la decisión - Obligación de motivación - Limitación de los efectos de la sentencia en el tiempo»)

(2020/C 390/38)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Portigon AG (Düsseldorf, Alemania) (representantes: D. Bliesener, V. Jungkind y F. Geber, abogados)

Demandada: Junta Única de Resolución (representantes: P. Messina y J. Kerlin, agentes, asistidos por B. Meyring, S. Schelo y T. Klupsch, abogados)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: A. Steiblytė y K.-Ph. Wojcik, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de la JUR, en sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017 sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2017/05), en la medida en que afecta a la demandante.

Fallo

1)

Anular la Decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) en sesión ejecutiva de 11 de abril de 2017 sobre el cálculo de las aportaciones ex ante para 2017 al Fondo Único de Resolución (SRB/ES/SRF/2017/05), en la medida en que afecta a Portigon AG.

2)

La JUR cargará, además de con sus propias costas, con las de Portigon.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 277 de 21.8.2017.


16.11.2020   

ES

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C 390/28


Sentencia del Tribunal General de 9 de septiembre de 2020 — P. Krücken Organic/Comisión

(Asunto T-565/18) (1)

(«Derecho institucional - Recurso de indemnización - Requisitos para que se genere la responsabilidad extracontractual de la Unión - Importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países - Organismo de control privado - Concepto de oportuna supervisión en el sentido del artículo 33, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 - Reglamento (CE) n.o 1235/2008 - Imputabilidad de comportamiento»)

(2020/C 390/39)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: P. Krücken Organic GmbH (Mannheim, Alemania) (representante: H. Schmidt, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B. Eggers, B. Hofstötter y A. Dawes, agentes)

Objeto

Pretensión basada en el artículo 268 TFUE por la que se solicita la indemnización de los perjuicios supuestamente ocasionados a la demandante como consecuencia, por una parte, del presunto incumplimiento por parte de la Comisión de las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 33, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 834/2007 del Consejo, de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) n.o 2092/91 (DO 2007, L 189, p. 1), y, por otra parte, de determinados comportamientos cometidos por Ecocert SA y supuestamente imputables a la Comisión.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a P. Krücken Organic GmbH.


(1)  DO C 427 de 26.11.2018.


16.11.2020   

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C 390/29


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — ZL/EUIPO

(Asunto T-596/18) (1)

(«Función pública - Contratación - Convocatoria de oposición - Decisión de no incluir el nombre de la demandante en la lista de reserva de la oposición - Obligación de motivación - Desestimación de la solicitud de acceso a las preguntas de respuesta múltiple en los tests de acceso - Secreto de los trabajos del tribunal calificador»)

(2020/C 390/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ZL (representante: H. Tettenborn, abogado)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Lukošiūtė y K. Tóth, agentes, asistidos por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación, en primer lugar, de la decisión del tribunal calificador de la Oposición general EUIPO/AD/01/17 — Administradores (AD 6) en el ámbito de la propiedad intelectual de 7 de marzo de 2018 por la que se desestima la solicitud de la demandante relativa a la revisión de la decisión de ese mismo tribunal calificador de 1 de diciembre de 2017 de no incluir su nombre en la lista de reserva constituida para la contratación de administradores por la EUIPO y, en segundo lugar, de la decisión de la EUIPO de 27 de junio de 2018 que desestima sus reclamaciones.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a ZL.


(1)  DO C 445 de 10.12.2018.


16.11.2020   

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C 390/29


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Pshonka/Consejo

(Asunto T-291/19) (1)

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania - Inmovilización de fondos - Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos - Mantenimiento del nombre del demandante en la lista - Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva»)

(2020/C 390/41)

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Demandante: Viktor Pavlovych Pshonka (Kiev, Ucrania) (representante: M. Mleziva, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: R. Pekař y V. Piessevaux, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 7; corrección de errores en DO 2019, L 86, p. 118), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 1; corrección de errores en DO 2019, L 86, p. 118), en la medida en que estos actos mantienen el nombre del demandante en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

Fallo

1)

Anular la Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en la medida en que se mantuvo el nombre del Sr. Viktor Pavlovych Pshonka en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

2)

Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.


(1)  DO C 246 de 22.7.2019.


16.11.2020   

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Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/30


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Pshonka/Consejo

(Asunto T-292/19) (1)

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania - Inmovilización de fondos - Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos - Mantenimiento del nombre del demandante en la lista - Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva»)

(2020/C 390/42)

Lengua de procedimiento: checo

Partes

Demandante: Artem Viktorovych Pshonka (Kramatorsk, Ucrania) (representante: M. Mleziva, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: R. Pekař y V. Piessevaux, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 7; corrección de errores en DO 2019, L 86, p. 118), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2019, L 64, p. 1; corrección de errores en DO 2019, L 86, p. 118), en la medida en que estos actos mantienen el nombre del demandante en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

Fallo

1)

Anular la Decisión (PESC) 2019/354 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/352 del Consejo, de 4 de marzo de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en la medida en que se mantuvo el nombre del Sr. Artem Viktorovych Pshonka en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

2)

Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.


(1)  DO C 246 de 22.7.2019.


16.11.2020   

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C 390/31


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — UE/Comisión

(Asunto T-338/19) (1)

(«Función pública - Agentes temporales - Problemas de salud supuestamente relacionados con las condiciones de trabajo - Solicitud de reconocimiento del origen profesional de una enfermedad - Artículo 73 del Estatuto - Derecho a ser oído - Artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales - Obligación de dar audiencia al interesado antes de la decisión inicial»)

(2020/C 390/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: UE (representantes: S. Rodrigues y A. Champetier, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: T. Bohr y L. Vernier, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO) de la Comisión, de 1 de agosto de 2018, mediante la que se declaró la inadmisibilidad de la solicitud de la demandante de reconocimiento de una enfermedad profesional con arreglo al artículo 73 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.

Fallo

1)

Anular la decisión de la Oficina de Gestión y Liquidación de los Derechos Individuales (PMO) de la Comisión Europea, de 1 de agosto de 2018, mediante la que se declaró la inadmisibilidad de la solicitud de UE de reconocimiento de una enfermedad profesional con arreglo al artículo 73 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea.

2)

Condenar en costas a la Comisión.


(1)  DO C 263 de 5.8.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/31


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — España/Comisión

(Asunto T-370/19) (1)

(«Relaciones exteriores - Cooperación técnica - Comunicaciones electrónicas - Reglamento (UE) 2018/1971 - Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas - Artículo 35, apartado 2, del Reglamento 2018/1971 - Participación de las autoridades de reglamentación de terceros países en este organismo - Participación de la autoridad nacional de reglamentación de Kosovo - Concepto de tercer país - Error de Derecho»)

(2020/C 390/44)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Reino de España (representante: S. Centeno Huerta, agente)

Demandada: Comisión Europea (representantes: F. Castillo de la Torre, M. Kellerbauer y T. Ramopoulos, agentes)

Objeto

Recurso presentado con arreglo al artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión de la Comisión, de 18 de marzo de 2019, relativa a la participación de la autoridad nacional de reglamentación de Kosovo en el Organismo de Reguladores Europeos de las Comunicaciones Electrónicas (DO 2019, C 115, p. 26).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas al Reino de España.


(1)  DO C 263 de 5.8.2019.


16.11.2020   

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C 390/32


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — BASF/Comisión

(Asunto T-472/19) (1)

(«Medicamentos para uso humano - Autorización de comercialización de los medicamentos de uso humano que contienen ésteres etílicos de los ácidos omega-3 - Modificación de las condiciones de la autorización - Artículo 116, párrafo primero, de la Directiva 2001/83/CE - Error manifiesto de apreciación - Proporcionalidad»)

(2020/C 390/45)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: BASF AS (Oslo, Noruega) (representantes: E. Wright, Barrister y H. Boland, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: L. Haasbeek y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE, por el que se solicita la anulación de la Decisión de Ejecución C(2019) 4336 final de la Comisión, de 6 de junio de 2019, relativa a las autorizaciones de comercialización, en el marco del artículo 31 de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de medicamentos de uso humano que contienen ésteres etílicos de ácidos omega-3 por vía oral para la prevención secundaria después de un infarto de miocardio.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a BASF AS, al pago de las costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 305 de 9.9.2019.


16.11.2020   

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C 390/32


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Aldi/EUIPO (BBQ BARBECUE SEASON)

(Asunto T-522/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca figurativa de la Unión BBQ BARBECUE SEASON - Motivos de denegación absolutos - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento 2017/1001»)

(2020/C 390/46)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Aldi GmbH & Co. KG (Mülheim an der Ruhr, Alemania) (representantes: N. Lützenrath, U. Rademacher, C. Fürsen y M. Minkner, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: S. Hanne, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 17 de mayo de 2019 (asunto R 1359/2018-5), relativa a una solicitud de registro del signo figurativo BBQ BARBECUE SEASON como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Aldi GmbH & Co. KG.


(1)  DO C 305 de 9.9.2019.


16.11.2020   

ES

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C 390/33


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Medac Gesellschaft für klinische Spezialpräparate/Comisión

(Asunto T-549/19) (1)

(«Medicamentos de uso humano - Medicamentos huérfanos - Solicitud de autorización de comercialización del medicamento Trecondi-treosulfano - Decisión de cancelar la inscripción de un medicamento en el Registro de Medicamentos Huérfanos - Artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 141/2000 - Concepto de “método satisfactorio” - Artículo 5, apartado 12, letra b), del Reglamento n.o 141/2000 - Error de Derecho»)

(2020/C 390/47)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Medac Gesellschaft für klinische Spezialpräparate mbH (Wedel, Alemania) (representante: P. von Czettritz, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: B.-R. Killmann y A. Sipos, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial de la Decisión de Ejecución C(2019) 4858 final de la Comisión, de 20 de junio de 2019, por la que se concede la autorización de comercialización del medicamento para uso humano Trecondi-treosulfano.

Fallo

1)

Anular el artículo 5 de la Decisión de Ejecución C(2019) 4858 final de la Comisión Europea, de 20 de junio de 2019, por la que se concede la autorización de comercialización del medicamento para uso humano Trecondi-treosulfano.

2)

Condenar en costas a la Comisión, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 337 de 7.10.2019.


16.11.2020   

ES

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C 390/34


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Seven/EUIPO (7Seven)

(Asunto T-557/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Marca figurativa de la Unión 7Seven - Inexistencia de solicitud de renovación del registro de la marca - Cancelación de la marca tras la expiración del registro - Artículo 53 del Reglamento (UE) 2017/1001 - Petición de restitutio in integrum presentada por el licenciatario - Artículo 104, apartado 1, del Reglamento 2017/1001 - Deber de diligencia»)

(2020/C 390/48)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Seven SpA (Leinì, Italia) (representante: L. Trevisan, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: H. O'Neill, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de junio de 2019 (asunto R 2076/2018-5), relativa a una petición de restitutio in integrum en el derecho a solicitar la renovación de la marca figurativa de la Unión 7Seven.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Seven SpA.


(1)  DO C 328 de 30.9.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/34


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — FF/Comisión

(Asunto T-654/19) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Fabricación, presentación y venta de los productos del tabaco - Directiva 2014/40/UE - Utilización de una fotografía incluida en una biblioteca de advertencias acompañadas de imágenes destinadas a utilizarse para los productos del tabaco - Directiva 2014/109/UE - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares»)

(2020/C 390/49)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: FF (representante: A. Fittante, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: I. Rubene y D. Martin, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la indemnización del perjuicio que el demandante afirma haber sufrido debido a la utilización no autorizada de una fotografía que supuestamente muestra una imagen suya.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

FF cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea, relativas tanto al presente recurso como al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 399 de 25.11.2019.


16.11.2020   

ES

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C 390/35


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Basaglia/Comisión

(Asunto T-727/19) (1)

(«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Documentos relativos a determinados proyectos enmarcados en el programa eTEN y en el quinto y el sexto Programas Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico - Restricción de la solicitud de acceso - Denegación parcial de acceso - Excepción relativa a la protección de la intimidad y la integridad de la persona - Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros - Interés público superior - Obligación de proceder a un examen concreto e individual»)

(2020/C 390/50)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Giorgio Basaglia (Milán, Italia) (representante: G. Balossi, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: C. Ehrbar y A. Spina, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión C(2019) 6474 final de la Comisión, de 4 de septiembre de 2019, relativa a una solicitud confirmatoria de acceso a determinados documentos formulada al amparo del Reglamento n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (DO 2001, L 145, p. 43).

Fallo

1)

Anular la decisión C(2019) 6474 final de la Comisión, de 4 de septiembre de 2019, relativa a una solicitud confirmatoria de acceso a determinados documentos formulada al amparo del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, en tanto en cuanto conlleva una restricción de la solicitud de acceso y en tanto en cuanto conlleva una denegación de acceso basada en el artículo 4, apartado 2, primer guion, de dicho Reglamento.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

El Sr. Giorgio Basaglia y la Comisión Europea cargarán cada uno con sus propias costas.


(1)  DO C 432 de 23.12.2019.


16.11.2020   

ES

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C 390/36


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Huevos Herrera Mejías/EUIPO — Montesierra (MontiSierra HUEVOS CON SABOR A CAMPO)

(Asunto T-737/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión MontiSierra HUEVOS CON SABOR A CAMPO - Marcas denominativas anteriores de la Unión y nacional MONTESIERRA - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Similitud entre los productos - Similitud entre los signos - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Prueba del uso efectivo de la marca anterior - Artículo 47, apartados 2 y 3, del Reglamento 2017/1001 - Obligación de motivación»)

(2020/C 390/51)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Huevos Herrera Mejías, S. L. (Torre Alháquime, Cádiz) (representante: E. Manresa Medina, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: S. Palmero Cabezas, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Montesierra, S. A. (Jerez de la Frontera, Cádiz)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de septiembre de 2019 (asunto R 2021/2018-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Montesierra y Huevos Herrera Mejías.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Huevos Herrera Mejías, S. L.


(1)  DO C 432 de 23.12.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/36


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Clouds Sky/EUIPO — The Cloud Networks (Wi-Fi Powered by The Cloud)

(Asunto T-738/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión Wi-Fi Powered by The Cloud - Motivos de denegación absolutos - Carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Inexistencia de carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento 2017/1001]»)

(2020/C 390/52)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Clouds Sky GmbH (Colonia, Alemania) (representante: C. Weil, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: L. Rampini y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: The Cloud Networks Ltd (Londres, Reino Unido)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de septiembre de 2019 (asunto R 696/2019-5), relativa a un procedimiento de nulidad entre Clouds Sky y The Cloud Networks.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Clouds Sky GmbH.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


16.11.2020   

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C 390/37


Sentencia del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Tetra/EUIPO — Neusta next (Wave)

(Asunto T-869/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión Wave - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2020/C 390/53)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Tetra GmbH (Melle, Alemania) (representante: E. Kessler, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl y A. Söder, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Neusta next GmbH & Co. KG (Bremen, Alemania)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de octubre de 2019 (asunto R 2440/2018-2), relativa a un procedimiento de nulidad entre Neusta next y Tetra.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 4 de octubre de 2019 (asunto R 2440/2018-2).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas a la EUIPO.


(1)  DO C 61 de 24.2.2020.


16.11.2020   

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C 390/37


Auto del Tribunal General de 30 de septiembre de 2020 — CrossFit/EUIPO — Hochwarter (CROSSBOX)

(Asunto T-835/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Revocación de la resolución impugnada - Desaparición del objeto del litigio - Sobreseimiento»)

(2020/C 390/54)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: CrossFit Inc. (Scotts Valley, California, Estados Unidos) (representante: D. Mărginean, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: H. O’Neill, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Marlis Hochwarter (Viena, Austria)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 4 de octubre de 2019 (asunto R 1832/2018-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre CrossFit y Marlis Hochwarter.

Fallo

1)

Sobreseer el recurso.

2)

Condenar a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a cargar con sus propias costas y con las de CrossFit Inc.


(1)  DO C 36 de 3.2.2020.


16.11.2020   

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C 390/38


Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2020 — ITD y Danske Fragtmænd/Comisión

(Asunto T-525/20)

(2020/C 390/55)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: ITD, Brancheorganisation for den danske vejgodstransport (Padborg, Dinamarca) y Danske Fragtmænd A/S (Aabyhoj, Dinamarca) (representante: L. Sandberg-Mørch, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión C(2020) 3006 final de la Comisión Europea, de 12 de mayo de 2020, relativa a la ayuda estatal SA. 52489 (2018/FC) — Dinamarca, y a la ayuda estatal SA. 52658 (2018/FC) — Suecia (supuesta ayuda de Estado a PostNord Logistics).

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan un motivo único, basado en el incumplimiento por la Comisión de su obligación de incoar el procedimiento de investigación formal.

Las demandantes alegan pruebas de dificultades graves relativas a la duración y las circunstancias del procedimiento de investigación preliminar.

Los demandantes invocan además un análisis insuficiente e incompleto de la demandada por lo que respecta a la imputabilidad de la inyección de capital y, en particular:

un análisis insuficiente e incompleto, debido a que la Comisión no se basó en datos exactos, fiables y coherentes;

las serias dificultades que demuestra el hecho de que la Comisión incurrió en error al determinar que la decisión de conceder la inyección de capital fue adoptada por PostNord Group AB y no por PostNord AB;

las serias dificultades que demuestra el hecho de que la Comisión incurrió en error al determinar que la decisión del Consejo de Administración de PostNord AB de conceder la inyección de capital no es imputable a los Estados danés y sueco.

Por último, las demandantes ponen de manifiesto un análisis insuficiente e incompleto en cuanto a la subvención cruzada de los costes de PostNord Logistics por Post Danmark A/S.


16.11.2020   

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C 390/39


Recurso interpuesto el 1 de septiembre de 2020 — JUR/SEPD

(Asunto T-557/20)

(2020/C 390/56)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Junta Única de Resolución (JUR) (representantes: H. Ehlers, M. Fernández Rupérez, J. King, agentes, H. Kamann, M. Braun y F. Louis, abogados)

Demandada: Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD)

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión impugnada, y

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

Mediante su demanda, la JUR solicita la anulación de la decisión del SEPD de 24 de junio de 2020, relativa a las reclamaciones con referencias 2019-0947, 2019-0998, 2019-0999, 2019-1000 y 2019-1122, mediante las que resolvió que la JUR había infringido el artículo 15 del Reglamento (UE) 2018/1725. (1)

En apoyo de su demanda, la parte demandante invoca dos motivos.

Primer motivo, basado en que la información compartida con el tercero no constituía «datos personales» en el sentido y a efectos del artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725.

Segundo motivo, basado en que el SEPD vulneró el derecho a una buena administración previsto en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea al no revelar suficiente información sobre las reclamaciones.


(1)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO 2018, L 295, p. 39).


16.11.2020   

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C 390/40


Recurso interpuesto el 15 de septiembre de 2020 — Cara Therapeutics/EUIPO — Gebro Holding (KORSUVA)

(Asunto T-584/20)

(2020/C 390/57)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Cara Therapeutics, Inc. (Wilmington, Delaware, Estados Unidos) (representantes: J. Day, Solicitor y T. de Haan, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Gebro Holding GmbH (Fieberbrunn, Austria)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «KORSUVA» — Solicitud de registro n.o 17816844

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 3 de julio de 2020 en el asunto R 2450/2019-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Confirme la resolución de la División de Oposición de 27 de enero de 2018 en el procedimiento de oposición n.o B 002437922.

Autorice el registro de la marca objeto de la solicitud controvertida.

Condene a la EUIPO y a Gebro Holdings GmbH a cargar con sus propias costas y con las de la recurrente.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

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C 390/40


Recurso interpuesto el 28 de septiembre de 2020 — Unimax Stationery/EUIPO — Mitsubishi Pencil (UNI-MAX)

(Asunto T-591/20)

(2020/C 390/58)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Unimax Stationery (Damán, India) (representantes: A. Hempel y C. Schmidt, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Mitsubishi Pencil Co. Ltd (Tokio, Japón)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión UNI-MAX en naranja, rojo, blanco y negro — Marca de la Unión n.o 14466932

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 20 de julio de 2020 en el asunto R 371/2020-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 60, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

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C 390/41


Recurso interpuesto el 28 de septiembre de 2020 — Univers Agro/EUIPO — Shandong Hengfeng Rubber & Plastic (AGATE)

(Asunto T-592/20)

(2020/C 390/59)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Univers Agro EOOD (Sofía, Bulgaria) (representante: C. Hernández-Martí Pérez, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Shandong Hengfeng Rubber & Plastic Co. Ltd (Dongying, China)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «AGATE» — Marca de la Unión n.o 16440596

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de julio de 2020 en el asunto R 725/2019-4

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Declare válida la marca de la Unión n.o 16440596.

Condene en costas a la EUIPO y, en caso de intervenir, a la coadyuvante.

Motivos invocados

Infracción del artículo 59, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo al considerar que el titular de la marca de la Unión actuó de mala fe cuando presentó la solicitud de registro de la marca.

Infracción del artículo 60, apartado 1, letra c), en relación con el artículo 8, apartado 4, del Reglamento (UE) 2017/1001, del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

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C 390/42


Recurso interpuesto el 29 de septiembre de 2020 — Roller/EUIPO — Flex Equipos de Descanso (Dormillo)

(Asunto T-597/20)

(2020/C 390/60)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Roller GmbH & Co. KG (Gelsenkirchen, Alemania) (representante: W. Zürbig, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Flex Equipos de Descanso, S. A. (Getafe, Madrid)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca denominativa «Dormillo» — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.o 1407881

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 26 de junio de 2020 en el asunto R 2847/2019-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Desestime la oposición formulada por la oponente en la medida en que se deniega la protección en la Unión Europea del registro internacional n.o 1407881 para todos los bienes y servicios controvertidos de las clases 20, 24 y 35.

Conceda protección en la Unión Europea al registro internacional controvertido Dormillo n.o 1407881 para todos los bienes y servicios controvertidos que se designan.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 72, apartado 2, en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001, del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

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C 390/43


Recurso interpuesto el 29 de septiembre de 2020 — Skechers USA/EUIPO (ARCH FIT)

(Asunto T-598/20)

(2020/C 390/61)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Skechers USA, Inc. II (Manhattan Beach, California, Estados Unidos) (representantes: T. Holman, A. Reid, Solicitors, J. Bogatz e Y. Stone, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «ARCH FIT» — Solicitud de registro n.o 18079677

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de julio de 2020 en el asunto R 2631/2019-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

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C 390/43


Recurso interpuesto el 30 de septiembre de 2020 — Guangdong Haomei New Materials y Guangdong King Metal Light Alloy Technology/Comisión

(Asunto T-604/20)

(2020/C 390/62)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandantes: Guangdong Haomei New Materials Co. Ltd (Qingyuan, República Popular China) y Guangdong King Metal Light Alloy Technology Co. Ltd (Yuan Tan Town, República Popular China) (representantes: M. Maresca, C. Malinconico, D. Maresca, A. Cerutti, A. Malinconico, G. La Malfa Ribolla, D. Guardamagna y M. Guardamagna, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que anule el Reglamento impugnado y condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso se dirige contra el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1215 de la Comisión, de 21 de agosto de 2020, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 24 de agosto de 2020, por el que se someten a registro las importaciones de extrusiones de aluminio originarias de la República Popular China.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en infracción del artículo 14, apartado 5, del Reglamento de Base en relación con el objeto de las importaciones, en la motivación ilógica y contradictoria y en la existencia en el presente caso de una desviación de poder.

La demandante alega a este respecto que el Reglamento impugnado incurre en confusiones y contradicciones en lo referente a la determinación de las importaciones. Asimismo, en la fecha de publicación del Reglamento de 24 de agosto de 2020, la Comisión no identificó claramente el objeto de las importaciones sobre las que versaba la investigación. Al obrar de este modo, la Comisión penaliza inmediatamente las importaciones, habida cuenta del obvio y amplio efecto psicológico del registro en el mercado de extrusiones de aluminio, y no ha comprobado que concurran todos los requisitos impuestos por el Reglamento de Base para el registro.

2.

Segundo motivo, basado en un defecto de legitimación subjetiva en relación con la presentación de la petición de registro.

La demandante alega a este respecto que, con arreglo al artículo 14, apartado 5, del Reglamento de Base, la petición de registro debe presentarse por «la industria de la Unión». A este respecto, se precisa que la European Aluminium Association únicamente representa a una parte de la industria que coincide principalmente con el denunciante. A ello se añade que la denuncia aporta una visión parcial, no objetiva y global. Además, al expediente del procedimiento no se aportaron elementos inequívocos acerca de la representación de la industria de la Unión por parte de EA.

3.

Tercer motivo, basado en la ausencia de medios de prueba suficientes.

La demandante alega a este respecto que el Reglamento impugnado no distingue los dos presupuestos necesarios relativos a los «elementos de prueba» y la «finalidad», sino que contempla un único apartado denominado «justificación». Esta configuración confunde los dos presupuestos que, sin embargo, deben ser claramente identificables.

Asimismo, las pruebas en poder de la Comisión no demuestran, ni siquiera a través de una presunción, la existencia del dumping. Debe añadirse a lo anterior que la Comisión apreció la existencia del dumping no a través de un análisis propio de los elementos de que disponía, sino mediante la simple «asunción» de los motivos del denunciante. Sin embargo, este «modus operandi» no es suficiente para cumplir el requisito referido a las pruebas impuesto por el artículo 14, apartado 5, del Reglamento 2016/1036.

4.

Cuarto motivo, basado en la ausencia de valoración del elemento del resultado consistente en la retroactividad; en la vulneración del artículo 14, apartado 5, del Reglamento de base, en la seguridad jurídica y en la vulneración del principio de confianza legítima.

La demandante alega a este respecto que el Reglamento impugnado no indica de ningún modo el resultado del registro, sino que se remite al artículo 10, apartado 4, del Reglamento 2016/1036. La ausencia de una finalidad expresa basada, además, en elementos de prueba insuficientes, hace que el Reglamento impugnado sea ilegal por infringir la citada disposición del Reglamento de base y, sobre todo, por vulnerar el principio de seguridad jurídica y el principio de confianza legítima.

5.

Quinto motivo, basado en la ausencia de valoración del impacto de la COVID-19 en los flujos comerciales, en la finalidad del procedimiento antidumping y en el registro.

Mediante el quinto motivo se señala un defecto del Reglamento impugnado en lo referente a la finalidad y a los elementos de prueba dado que, a pesar de la gravedad y la relevancia de la pandemia respecto del comercio internacional, la Comisión no consideró necesario elaborar, no solo un estudio, sino siquiera un mínimo análisis documentado de los efectos de la COVID-19 en los flujos comerciales. Debe añadirse a ello que la única respuesta que da el Reglamento a este respecto consiste en una errónea referencia al aumento de las importaciones.

6.

Sexto motivo, basado en la falta o en la errónea indicación de los derechos.

La demandante alega a este respecto que el Reglamento impugnado es ilegítimo por infringir el artículo 14, apartado 5, del Reglamento de base dado que el reglamento de ejecución debe precisar el importe estimado de los eventuales derechos que deban pagarse en el futuro. La Comisión ha determinado arbitrariamente el máximo margen de dumping respecto de todas las extrusiones tomando como referencia la errónea valoración realizada únicamente en relación con los solid profiles y sin tomar en cuenta los documentos del procedimiento y decidiendo sin motivos extender el margen de dumping previsto respecto de una de las cuatro subdivisiones de extrusiones a las otras tres subdivisiones.


16.11.2020   

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C 390/45


Recurso interpuesto el 2 de octubre de 2020 — Egis Bâtiments International e InCA/Parlamento

(Asunto T-610/20)

(2020/C 390/63)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Egis Bâtiments International (Montreuil, Francia) e InCA — Ingénieurs Conseils Associés Sàrl (Niederanven, Luxemburgo) (representantes: A. Rodesch y R. Jazbinsek, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad del recurso;

Estime los tres motivos formulados en él;

En consecuencia, declare que el Parlamento Europeo no podía realizar las siguientes declaraciones a la prensa, con el objetivo de ser publicadas, sin infringir el artículo 8 del acuerdo transaccional de 9 de abril de 2019 firmado entre las partes y sin violar su obligación de actuar de buena fe en la ejecución de acuerdos:

[confidencial]; (1)

Constate que esas declaraciones reproducidas en los artículos de prensa que han sido publicados constituyen infracciones de la cláusula de confidencialidad establecida en el artículo 8 del acuerdo transaccional de 9 de abril de 2019 firmado entre las partes o bien que las declaraciones a la prensa constituyen una violación de la obligación de ejecución de buena fe de dicho acuerdo transaccional con arreglo al artículo 1134 del Código Civil luxemburgués;

En consecuencia, condene a la Unión Europea, representada por el Parlamento Europeo, con carácter principal, al pago de la cantidad de 100 000 euros, correspondiente a la indemnización contractual fijada, o, con carácter subsidiario, al pago de cualquier otra cantidad que se fije ex aequo et bono y que represente la reparación del perjuicio sufrido a raíz de las publicaciones denunciadas y, en particular, de la vulneración del derecho a la imagen de las dos sociedades demandantes. Esta cantidad deberá abonarse, con carácter solidario, a la sociedad por acciones simplificada EGIS Bâtiments International SAS y a la sociedad de responsabilidad limitada INCA Ingénieurs Conseils Associés SARL, las dos sociedades demandantes que actúan como miembros de la unión temporal de empresas EGIS Bâtiments International — Inca Ingénieurs Conseils Associés, representada esta última por las dos demandantes, más intereses contractuales o intereses legales vigentes a partir del 27 de junio de 2019, fecha de publicación de los artículos, o a partir del 16 de julio de 2019, fecha del primer requerimiento, o bien a partir del presente recurso;

Debido a la negativa del Parlamento Europeo a reconocer su error, las demandantes se han visto obligadas a actuar ante los tribunales representadas por un abogado;

Habida cuenta de la actual jurisprudencia luxemburguesa, el justiciable tiene derecho al reembolso de los gastos de abogado, sobre la base del derecho a la indemnización íntegra del perjuicio sufrido;

La Cour d’appel (Tribunal de Apelación) luxemburguesa ha admitido que «un principio jurídico vinculante es que el perjuicio causado por culpa, del tipo que sea, debe ser reparado por su autor, y dicha reparación debe ser íntegra. Pues bien, los gastos de defensa constituyen manifiestamente un daño reparable y la indemnización del perjudicado no será total si no se toman en consideración esos gastos de defensa o si el justiciable tiene que asumir gastos para que se reconozcan sus derechos. El derecho a la reparación íntegra del daño justifica el reembolso de los gastos de defensa, entre ellos los honorarios de abogado» (Cour d’appel, 4 de enero de 2012, Pas. 35, p. 848);

La Cour de cassation (Tribunal de Casación) luxemburguesa ha consagrado, además, en su sentencia de 9 de febrero de 2012, el principio de acumulación de la indemnización procesal que tiene su origen en una responsabilidad sin culpa y del reembolso íntegro de los honorarios de abogado en concepto de indemnización de daños y perjuicios derivada de la culpa (Cour de cassation, 9 de febrero de 2012, n.o 5/12 J.T.L. 2012, p. 54);

En consecuencia, sobre la base de la reparación íntegra del perjuicio, condene a la Unión Europea al pago de la cantidad de 5 000 euros por los gastos de abogado a la unión temporal de empresas EGIS Bâtiments International — Inca Ingénieurs Conseils Associés, compuesta por las dos demandantes, más intereses contractuales o intereses legales vigentes a partir del 27 de junio de 2019, fecha de publicación de los artículos, o a partir del 16 de julio de 2019, fecha del primer requerimiento, o bien a partir del presente recurso;

Reserve a las demandantes el ejercicio de cualesquiera otros derechos, pretensiones, recursos y acciones;

Condene a la parte demandada al pago de las costas del procedimiento con arreglo al artículo 134, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en la aplicación conjunta del artículo 8 del acuerdo transaccional de 9 de abril de 2019 y del artículo 2044 del Código Civil luxemburgués, debido a que el Parlamento Europeo efectuó declaraciones a la prensa que vulneran el principio de confidencialidad pactado entre las partes en el acuerdo transaccional relativo a la resolución del contrato que les había vinculado.

2.

Segundo motivo, basado en la aplicación conjunta del acuerdo transaccional de 9 de abril de 2019 y del artículo 1134 del Código Civil luxemburgués, debido a que las declaraciones a la prensa realizadas por el Parlamento Europeo han infringido la obligación de ejecución de buena fe inherente a todo contrato. El Parlamento Europeo denunció ante la prensa la incompetencia de las partes demandantes a la hora de ejecutar su misión de coordinador-piloto para el seguimiento de las obras y para la reanudación y finalización de los estudios relativos al proyecto de ampliación y renovación del edificio Konrad Adenauer (KAD) del Parlamento en Luxemburgo, responsabilizándolas de los costes adicionales y de los retrasos en la obra del KAD. Las demandantes estiman que ese comportamiento es culposo en un contexto en el que, por un lado, se han rechazado esas afirmaciones, y, por otro lado, se ha obtenido una indemnización en concepto de resolución no justificada del contrato.

3.

Tercer motivo, basado en el artículo 134, apartado 1, del Reglamento de Procedimiento, en la medida en que toda parte que haya visto desestimadas sus pretensiones será condenada en costas. En el marco del derecho a la reparación íntegra del perjuicio, también se solicita el reembolso de los gastos de asistencia jurídica expuestos.


(1)  Datos confidenciales ocultos.


16.11.2020   

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C 390/47


Recurso interpuesto el 4 de octubre de 2020 — Malacalza Investimenti/BCE

(Asunto T-612/20)

(2020/C 390/64)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Malacalza Investimenti Srl (Génova, Italia) (representantes: M. Condinanzi y L. Boggio, abogados)

Demandada: Banco Central Europeo

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule y declare nulas y sin efecto las decisiones impugnadas, previa determinación de su ilegalidad.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso tiene por objeto la decisión del Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo de 1 de enero de 2019, ECB-SSM-2019-ITCAR-11, dirigida a Banca Carige S.p.A., Consejo de Administración y Comisión de Auditoría, adoptada sobre la base de un proyecto de decisión del Consejo de Supervisión, con arreglo al artículo 26, apartado 8, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de conformidad con los artículos 69 octodecies, 70 y 98 del Decreto Legislativo n.o 385, de 1 de septiembre de 1993 («TUB»), por los que se transpone el artículo 29 de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, en relación con el artículo 9, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013, de disolver los órganos de administración y control de Banca Carige S.p.A., con domicilio social en Génova, y de sustituirlos, respectivamente, por tres comisarios extraordinarios y por un comité de supervisión integrado por tres miembros, así como las sucesivas decisiones de prórroga de la administración extraordinaria.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1.

Primer motivo, basado en la violación del principio de proporcionalidad, en la infracción de los artículos 28 y 29 de la Directiva 2014/59/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO 2014, L 173, p. 190), y en la infracción de los artículos 69 octodecies y siguientes del Decreto Legislativo n.o 385, de 1 de septiembre de 1993 (TUB).

A este respecto, se alega que la medida de administración extraordinaria manifiestamente va más allá de lo necesario y es desproporcionada.

2.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación (art. 296 TFUE), en la infracción del art. 33 del Reglamento (UE) n.o 468/2014 del Banco Central Europeo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece el marco de cooperación en el Mecanismo Único de Supervisión entre el Banco Central Europeo y las autoridades nacionales competentes y con las autoridades nacionales designadas (Reglamento Marco del MUS) (DO 2014, L 141, p. 1), y en la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva.

A este respecto, se alega que la elección de la medida de administración extraordinaria no está motivada en cuanto concierne a la graduación de las posibles medidas.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 29, última frase, de la Directiva 2014/59/UE y en la violación del principio de buen funcionamiento de la administración pública, así como en la falta de motivación en ambos casos.

A este respecto, se alega que el nombramiento efectuado, en la medida en que confía la administración extraordinaria y temporal a dos de los anteriores miembros del consejo de administración, que, además, ocupaban los cargos de presidente y administrador delegado del consejo de administración disuelto, no tiene en cuenta un posible conflicto de intereses.

4.

Cuarto motivo, basado en la infracción del artículo 70 del TUB, en la medida en que la disolución de los órganos sociales puede ser adoptada en los supuestos expresamente previstos en esta disposición.

5.

Quinto motivo, basado en la infracción del artículo 29 de la Directiva sobre Reestructuración y Resolución Bancarias y del artículo 71 del TUB.

A este respecto, se alega la falta o el defecto de motivación respecto a la existencia de un conflicto de intereses.

6.

Sexto motivo, basado en el incumplimiento de las normas relativas a los derechos de los accionistas contenidas en la normativa de la Unión Europea, en concreto en la Directiva (UE) 2017/1132, y en el Código Civil italiano, también en la medida en que constituyen la aplicación de los principios fundamentales consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en el Convenio Europeo de Derechos Humanos en materia de protección de la propiedad, libertad de la iniciativa económica privada y autodeterminación del ciudadano en sus elecciones personales.

A este respecto, se alega que, en la medida en que las sociedades bancarias se rigen por nomas específicas, que tienen en cuenta las particularidades de la actividad desarrollada y las características propias del mercado de referencia, la normativa de la Unión Europea y la nacional confieren al socio, en cuanto titular de una posición jurídica protegida, una serie de derechos en los que la medida impugnada incide de manera tan negativa que conduce a su sustancial e íntegra ablación.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/48


Recurso interpuesto el 3 de octubre de 2020 — Junqueras i Vies/Parlamento

(Asunto T-613/20)

(2020/C 390/65)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Demandante: Oriol Junqueras i Vies (Sant Joan de Vilatorrada, España) (representante: A. Van den Eynde Adroer, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que tenga por presentada en plazo la demanda interponiendo recurso contra el acto impugnado con sus documentos anexos, la admita y, en méritos de la misma, declare el acto impugnado que es objeto del presente procedimiento nulo y sin valor ni efectos, con condena en costas para la parte recurrida.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso se dirige contra la decisión del Parlamento Europeo anunciada por el Presidente Sassoli en el Pleno de 23 de julio de 2020, de, teniendo en cuenta la decisión de la Junta Electoral Central del 3 de enero de 2020 seguida de la decisión del Tribunal Supremo del 9 de enero de 2020 y la Sentencia del TJUE de 19 de diciembre de 2019, dictada en el Asunto C-502/19 relativo al Sr. Junqueras, anunciar la condición de Miembro del Parlamento Europeo del Sr. Jordi Solé i Ferrando en sustitución del Sr. Oriol Junqueras i Vies.

En apoyo de su recurso, el demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en la vulneración de los derechos del Sr. Oriol Junqueras i Vies de acuerdo con los artículos 41 (apartados 1 y 2) y 47 CDFUE por el procedimiento de adopción de las decisiones y por hallarse la cuestión sujeta a decisión del TGUE (Asunto T-24/20) y las medidas cautelares ante el TJUE (Asunto C-201/20); así como en la vulneración de los artículos 13.3 del Acta Electoral Europea (1976) y de los apartados 4, 7 y 8 del artículo 4 del Reglamento Interno de Procedimiento del Parlamento Europeo.

Se alega a este respecto que se deben interpretar los artículos 13.3 del Acta Electoral Europea (1976) y artículo 4.7 del Reglamento de Procedimiento del Parlamento, en el sentido que exigen un procedimiento respetuoso con los derechos conferidos por dichas disposiciones, que permita alegar y contrastar la concurrencia de las excepciones a la declaración de vacancia del escaño del Sr. Oriol Junqueras i Vies y la improcedencia de su sustitución por otro eurodiputado.

2.

Segundo motivo, basado en la vulneración de los artículos 39.1 y 39.2 CDFUE, del art. 14.3 TUE, del Art. 1.3 del Acta Electoral Europea (1976), del principio de cooperación leal del párrafo tercero del art. 4 TUE (en este caso por el TS), del principio de primacía del derecho de la Unión Europea, del Art. 9 (párrafo segundo) del Protocolo 7 de Privilegios e Inmunidades y 6 del Reglamento de Procedimiento del Parlamento Europeo.

Se alega a este respecto que no se ha dado ningún efecto práctico a la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de diciembre de 2019, dictada en el Asunto C-502/19 precisamente en relación con el Sr. Oriol Junqueras i Vies, que exigía que se solicitara el suplicatorio (levantamiento de la inmunidad) al Parlamento Europeo y en cambio sí ha aplicado para proceder a su sustitución por otro europarlamentario.

Subsidiariamente se invoca la interpretación conforme a las alegaciones de los artículos 13.3 del Acta Electoral Europea y 4.7 del Reglamento de Procedimiento del Parlamento Europeo en el sentido que el Parlamento Europeo puede constatar las excepciones previstas en dichos artículos a la vacancia del escaño cuando el motivo es apreciable sin entrar en ninguna valoración del derecho interno del Estado, operación que efectivamente se ha hecho en relación con el Acuerdo de 23 de enero de la JEC.

3.

Tercer motivo, basado en la vulneración del artículo 39.1 y 39.2 CDFUE, del Art. 3 Protocolo 1 CEDH y de los artículos 9 (primer párrafo, letras a i b) del Protocolo 7 de Privilegios e Inmunidades y 6 del Reglamento de Procedimiento del Parlamento.

Según el demandante se ha impedido ilegalmente la efectividad para el Sr. Oriol Junqueras i Vies de las inmunidades reconocidas en dicho artículo (primer párrafo, letras a y b) del Protocolo 7 de Privilegios e Inmunidades de la Unión Europea.

4.

Cuarto motivo, basado en la vulneración del artículo 9 (párrafo primero letra a) del Protocolo 7 de Privilegios e Inmunidades, del artículo 39.1 y 39.2 CDFUE y del Art. 3 Protocolo 1 CEDH y del artículo 6 del Reglamento de Procedimiento del Parlamento y 13.3 del Acta Electoral (1976), al exigir la legislación española previo suplicatorio para procesar a los diputados electos, siendo la doctrina contraria del TS contra legem y generada ad hoc y ad hominem en la misma causa penal especial que nos ocupa, como forma de cobertura de sus propias actuaciones, sin que existiera ningún precedente como reconoce el propio TS.

5.

Quinto motivo, basado en la vulneración del artículo 20 CDFUE al introducir un trato desigual ante la Ley por no haber aplicado los mismos criterios en la interpretación del Derecho de la Unión con el Sr. Junqueras y con el eurodiputado que le sustituye según el acto impugnado.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/49


Recurso interpuesto el 3 de octubre de 2020 — Mood Media Netherlands/EUIPO — Tailoradio (MOOD MEDIA)

(Asunto T-615/20)

(2020/C 390/66)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: francés

Partes

Recurrente: Mood Media Netherlands BV (Naarden, Países Bajos) (representante: A-M. Pecoraro, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Tailoradio Srl (Milán, Italia)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «MOOD MEDIA» — Marca de la Unión n.o 5927496

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 24 de julio de 2020 en el asunto R 1767/2019-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada, en la medida en que declaró la caducidad de la marca controvertida en relación con los productos y servicios de las clases 9, 35, 38, 41 y 42.

Desestime la solicitud de caducidad.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivo invocado

Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/50


Recurso interpuesto el 5 de octubre de 2020 — Alessio y otros/BCE

(Asunto T-620/20)

(2020/C 390/67)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandantes: Roberto Alessio (Turín, Italia) y otros 56 demandantes (representantes: M. Condinanzi y L. Boggio, abogados)

Demandada: Banco Central Europeo

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule y declare nulas y sin efecto las decisiones impugnadas, previa determinación de su ilegalidad.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso tiene por objeto la decisión de disolución de los órganos con funciones de administración y control de la entidad supervisada (Banca Carige S.p.A.) y su sustitución por tres comisarios extraordinarios y un comité de supervisión, con arreglo a los artículos 69 octodecies, 70 y 98 del Decreto Legislativo n.o 385, de 1 de septiembre de 1993, ECB-SSM-2019-ITCAR-11, de 1 de enero de 2019, y la decisión de prórroga de la administración extraordinaria de la entidad supervisada que se aprobó mediante la decisión ECB-SSM-2019-ITCAR-11 del BCE sobre la base de los artículos 69 octodecies, 70 y 98 del Decreto Legislativo italiano n.o 385, de 1 de septiembre de 1993, ECB-SSM-2019-ITCAR-13, así como todo acto consecuente y sucesivo y, en particular, las sucesivas decisiones de prórroga de la administración extraordinaria de la entidad supervisada.

Los motivos y las principales alegaciones son similares a los invocados en el asunto T-612/20, Malacalza Investimenti/BCE.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/51


Auto del Tribunal General de 23 de septiembre de 2020 — Director General de la OLAF/Comisión

(Asunto T-251/16) (1)

(2020/C 390/68)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Séptima ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 260 de 18.7.2016.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/51


Auto del Tribunal General de 30 de septiembre de 2020 — República Checa/Comisión

(Asunto T-13/19) (1)

(2020/C 390/69)

Lengua de procedimiento: checo

El Presidente de la Sala Sexta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 103 de 18.3.2019.


16.11.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 390/51


Auto del Tribunal General de 28 de septiembre de 2020 — Sky/EUIPO — Safran Electronics & Defense (SKYNAUTE by SAGEM)

(Asunto T-523/19) (1)

(2020/C 390/70)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Sexta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 305 de 9.9.2019.