ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
63.° año |
Sumario |
Página |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2020/C 289/01 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2020/C 289/02 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9910 — Mapfre Group/Santander Group/Popular Seguros JV) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2020/C 289/03 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9895 — KKR/Waves UK Divestco) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2020/C 289/04 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9810 — Natixis Investment Managers/La Banque Postale/JV) ( 1 ) |
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2020/C 289/05 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9741 — Ines Kaindl/Peter Kaindl/M Kaindl) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
1.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
31 de agosto de 2020
(2020/C 289/01)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1940 |
JPY |
yen japonés |
126,47 |
DKK |
corona danesa |
7,4439 |
GBP |
libra esterlina |
0,89605 |
SEK |
corona sueca |
10,2888 |
CHF |
franco suizo |
1,0774 |
ISK |
corona islandesa |
164,30 |
NOK |
corona noruega |
10,4550 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,208 |
HUF |
forinto húngaro |
354,54 |
PLN |
esloti polaco |
4,3971 |
RON |
leu rumano |
4,8398 |
TRY |
lira turca |
8,7770 |
AUD |
dólar australiano |
1,6214 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5601 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,2536 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7728 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,6235 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 415,76 |
ZAR |
rand sudafricano |
19,9589 |
CNY |
yuan renminbi |
8,1711 |
HRK |
kuna croata |
7,5280 |
IDR |
rupia indonesia |
17 404,40 |
MYR |
ringit malayo |
4,9736 |
PHP |
peso filipino |
57,837 |
RUB |
rublo ruso |
88,2993 |
THB |
bat tailandés |
37,098 |
BRL |
real brasileño |
6,4739 |
MXN |
peso mexicano |
26,0590 |
INR |
rupia india |
87,4685 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
1.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289/2 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9910 — Mapfre Group/Santander Group/Popular Seguros JV)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 289/02)
1.
El 21 de agosto de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Mapfre, S.A. y sus filiales («Grupo Mapfre», España). |
— |
Banco Santander, S.A. y sus filiales («Grupo Santander», España). |
— |
Popular – Companhia de Seguros, S.A. («Popular JV», Portugal), bajo el control del Grupo Santander. |
Grupo Mapfre y Grupo Santander adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de Popular JV.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
Grupo Mapfre: actividades de seguros y reaseguros en 45 países, tales como Portugal, España y otros países de Europa y del mundo. |
— |
Grupo Santander: banca minorista, banca empresarial, banca de inversión, gestión de activos y tesorería en toda Europa, así como en los Estados Unidos, América Latina y Asia. |
— |
Popular JV: prestación de servicios de seguro distinto del de vida en Portugal. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9910 — MAPFRE GROUP/SANTANDER GROUP/POPULAR SEGUROS JV
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
1.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289/4 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9895 — KKR/Waves UK Divestco)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 289/03)
1.
El 18 de agosto de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
KKR & Co. Inc («KKR», Estados Unidos). |
— |
Waves UK Divestco Limited («Waves», Reino Unido), bajo el control de Coty Inc. |
KKR adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de Waves.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
KKR: sociedad de inversión a escala mundial que ofrece a los inversores una amplia gama de fondos de activos alternativos y otros productos de inversión, y proporciona soluciones basadas en los mercados de capitales a la empresa, sus empresas en cartera y otros clientes. |
— |
Waves: desarrollo, comercialización, fabricación y distribución de productos para el cabello y para las uñas. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9895 — KKR/Waves UK Divestco
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
1.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289/5 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9810 — Natixis Investment Managers/La Banque Postale/JV)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 289/04)
1.
El 26 de agosto de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 y a raíz de un proceso de remisión con arreglo al artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Natixis Investment Managers («NIM», Francia), bajo el control en última instancia de Banque Populaire Caisse d’Epargne («BPCE», Francia). |
— |
La Banque Postale («LBP», Francia), bajo el control en última instancia de Caisse des Dépôts et Consignations («CDC», Francia). |
Natixis Investment Managers y La Banque Postale adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de una empresa en participación de nueva creación que consistirá en la combinación de una gran parte de las actividades de gestión de activos de i) Ostrum AM (Francia) y ii) LBPAM (Francia).
La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
BPCE: banca minorista y servicios financieros, banca de inversión y gestión de activos y seguros. |
— |
NIM: gestión de activos y administración de fondos. |
— |
Ostrum AM: gestión de activos. |
— |
CDC: entidad financiera pública francesa con filiales activas en una amplia gama de sectores, incluidos los servicios financieros y los seguros. |
— |
LBP: servicios de banca minorista y comercial, gestión de activos y seguros (de vida y distintos de los de vida). |
— |
LBPAM: gestión de activos. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9810 — Natixis Investment Managers/La Banque Postale/JV
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
1.9.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 289/7 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9741 — Ines Kaindl/Peter Kaindl/M Kaindl)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 289/05)
1.
El 20 de agosto de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
SWISS KRONO Holding AG («SWISS KRONO», Suiza), bajo el control de Ines Kaindl. |
— |
Kronospan Group («Kronospan», Austria), bajo el control de Peter Kaindl. |
— |
M. Kaindl OG («M Kaindl», Austria). |
Ines Kaindl adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de M. Kaindl OG.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
SWISS KRONO: se dedica a la producción de materiales a base de madera, tales como tableros, revestimientos laminados y laminados para decoración. |
— |
Kronospan: se dedica a la producción de materiales a base de madera, tales como tableros, revestimientos laminados y laminados para decoración. |
— |
M Kaindl: se dedica a la producción de materiales a base de madera, tales como tableros, revestimientos laminados y laminados para decoración. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9741 — Ines Kaindl/Peter Kaindl/M Kaindl
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).