ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 218I |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
63.° año |
Sumario |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2020/C 218 I/01 |
ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
2.7.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CI 218/1 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 26 de junio de 2020
por la que se nombra a siete miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria
(2020/C 218 I/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (1), y en particular su artículo 25, apartado 1,
Vista la lista de candidatos presentada al Consejo por la Comisión Europea mediante carta de 3 de febrero de 2020,
Visto el punto de vista expresado por el Parlamento Europeo mediante carta de 14 de mayo de 2020,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Resulta crucial garantizar la independencia, la alta calidad científica, la transparencia y la eficacia de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. También resulta indispensable garantizar la cooperación de la Autoridad con los Estados miembros. |
(2) |
El 30 de junio de 2020 expira el mandato de siete de los miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. |
(3) |
Se ha examinado la lista presentada por la Comisión con el fin de nombrar a siete nuevos miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, tomando como base la documentación facilitada por la Comisión y a la luz del punto de vista expresado por el Parlamento Europeo. El objetivo es garantizar el máximo nivel de competencia, un amplio abanico de conocimientos especializados pertinentes, por ejemplo en gestión y administración pública, y la distribución geográfica más amplia posible dentro de la Unión. |
(4) |
Con arreglo al artículo 25, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 178/2002, cuatro de los miembros de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria deben contar con un historial en organizaciones representativas de los consumidores y otras partes interesadas en la cadena alimentaria. El mandato de uno de los miembros de la Junta Directiva con un historial de estas características expira el 30 de junio de 2020. Procede por lo tanto sustituir a dicho miembro por uno que cuente con historial en organizaciones representativas de los consumidores u otros intereses en la cadena alimentaria. |
(5) |
Con arreglo al artículo 25, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 178/2002, la duración del mandato de los miembros ha de ser de cuatro años, renovable una sola vez. Mediante las Decisiones del Consejo de 20 de abril de 2015 y de 16 de junio de 2016 ya se nombró miembro de la Junta Directiva a un candidato sin historial en organizaciones representativas de los consumidores u otras partes interesadas en la cadena alimentaria (2). Dicho candidato desempeñó primero durante un año y dos meses el resto del mandato de un miembro dimisionario y fue nombrado posteriormente para un mandato completo de cuatro años. Por lo tanto, este miembro solo debe ser nombrado por un período de dos años y diez meses, de modo que la duración total de su mandato no exceda de ocho años. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se nombra miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de junio de 2024, a:
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D. Aivars BĒRZIŅŠ |
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D. Georgi Kirilov GEORGIEV |
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D. Ulrich HERZOG |
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D. Didier HOUSSIN |
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D.a Eleni IOANNOU‐KAKOURI (3) |
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D. Giuseppe RUOCCO. |
Artículo 2
Se nombra miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 y el 30 de abril de 2023, a:
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D. Michael WINTER. |
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 26 de junio de 2020.
Por el Consejo
La Presidenta
A. METELKO-ZGOMBIĆ
(1) DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.
(2) Decisión del Consejo, de 20 de abril de 2015, por la que se nombra a un miembro de la Junta Directiva de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (DO C 142 de 29.4.2015, p. 1) y Decisión del Consejo, de 16 de junio de 2016, por la que se renueva el mandato del presidente de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (DO C 223 de 21.6.2016, p. 7).
(3) Historial en organizaciones representativas de los consumidores.