ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 100

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

63.° año
27 de marzo de 2020


Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2020/C 100/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9788 — JAB/Jacobs Douwe Egberts) ( 1 )

1

2020/C 100/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9764 — Red Rock Power/Capman Infra Lux Management/NH-Amundi Asset Management/JV) ( 1 )

2

2020/C 100/03

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9734 — HPS/MDP/Arachas) ( 1 )

3

2020/C 100/04

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9729 — Bouygues Telecom/Phoenix Tower International/JV) ( 1 )

4


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2020/C 100/05

Tipo de cambio del euro — 26 de marzo de 2020

5

2020/C 100/06

Decisión de Ejecución de la Comisión de 19 de marzo de 2020 por la que se corrige la Decisión de Ejecución de la Comisión de 25 de junio de 2019 relativa a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de una solicitud de modificación del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo [Dealurile Sătmarului (IGP)]

6

2020/C 100/07

Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para el uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) [Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006]  ( 1 )

14


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2020/C 100/08

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9791 — Signa Retail/Central Group/Globus) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

15


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9788 — JAB/Jacobs Douwe Egberts)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/01)

El 20 de marzo de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9788. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9764 — Red Rock Power/Capman Infra Lux Management/NH-Amundi Asset Management/JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/02)

El 19 de marzo de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9764. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/3


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9734 — HPS/MDP/Arachas)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/03)

El 20 de marzo de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9734. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/4


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9729 — Bouygues Telecom/Phoenix Tower International/JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/04)

El 26 de febrero de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad;

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9729. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/5


Tipo de cambio del euro (1)

26 de marzo de 2020

(2020/C 100/05)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0981

JPY

yen japonés

120,18

DKK

corona danesa

7,4659

GBP

libra esterlina

0,91348

SEK

corona sueca

11,0070

CHF

franco suizo

1,0634

ISK

corona islandesa

153,50

NOK

corona noruega

11,5273

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,550

HUF

forinto húngaro

354,99

PLN

esloti polaco

4,5748

RON

leu rumano

4,8335

TRY

lira turca

7,0407

AUD

dólar australiano

1,8162

CAD

dólar canadiense

1,5466

HKD

dólar de Hong Kong

8,5136

NZD

dólar neozelandés

1,8530

SGD

dólar de Singapur

1,5759

KRW

won de Corea del Sur

1 336,46

ZAR

rand sudafricano

19,1484

CNY

yuan renminbi

7,7675

HRK

kuna croata

7,6115

IDR

rupia indonesia

17 686,00

MYR

ringit malayo

4,7603

PHP

peso filipino

55,981

RUB

rublo ruso

85,3100

THB

bat tailandés

35,836

BRL

real brasileño

5,4806

MXN

peso mexicano

26,0735

INR

rupia india

82,5345


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/6


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 19 de marzo de 2020

por la que se corrige la Decisión de Ejecución de la Comisión de 25 de junio de 2019 relativa a la publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de una solicitud de modificación del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo

[Dealurile Sătmarului (IGP)]

(2020/C 100/06)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 97, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1)

Rumanía remitió una solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación «Dealurile Sătmarului», con la referencia PGI-RO-A0107-AM01, de conformidad con el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(2)

La Comisión examinó la solicitud y concluyó que se cumplían las condiciones establecidas en los artículos 93 a 96, en el artículo 97, apartado 1, y en los artículos 100, 101 y 102 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

(3)

Con objeto de permitir la presentación de declaraciones de oposición de conformidad con el artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, el 2 de julio de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación «Dealurile Sătmarului» (2).

(4)

Tras esa publicación, se observó que el documento publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea no era la última versión de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación «Dealurile Sătmarului» enviada por Rumanía.

(5)

Por consiguiente, debe publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea la última versión de la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación «Dealurile Sătmarului», con la referencia PGMI-RO-A0107-AM01, y debe permitirse a todas las partes interesadas presentar declaraciones de oposición de conformidad con el artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, sobre la base de la nueva solicitud publicada.

DECIDE:

Artículo único

El anexo de la presente Decisión recoge la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la denominación «Dealurile Sătmarului», de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013.

En virtud del artículo 98 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013, la publicación de la presente Decisión confiere el derecho a oponerse a la modificación del pliego de condiciones contemplado en el párrafo primero del presente artículo en un plazo de dos meses desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 19 de marzo de 2020.

Por la Comisión

Janusz WOJCIECHOWSKI

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  DO C 221 de 2.7.2019, p. 3.


ANEXO

«DEALURILE SĂTMARULUI»

PGI-RO-A0107-AM01

Fecha de la solicitud: 10 de junio de 2015

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DEL PLIEGO DE CONDICIONES

1.   Reglas aplicables a la modificación

Artículo 105 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 – Modificación que no es de menor importancia

2.   Descripción y motivos de la modificación

2.1.   Nueva delimitación de la zona geográfica definida

La Asociación de Productores de Vino de las zonas vitícolas tradicionales de Satu Mare presentó una solicitud para modificar el pliego de condiciones de la indicación geográfica «Dealurile Sătmarului», con el fin de ampliar la zona de producción delimitada a localidades que poseen las mismas características edafoclimáticas de la zona delimitada.

Lo anteriormente expuesto está respaldado por la información relativa a los vinos de la región vitivinícola de Dealurile Sătmarului, y más concretamente de Rătești, que durante mucho tiempo han sido producidos y conocidos bajo las denominaciones «Dealurile Răteștilor» o «Vinul de Halmeu».

Factores relativos al relieve y al clima característicos de las colinas de Satu Mare, como Ardud, Beltiug, Hurez, Hodod, Tășnad, etc., que presentan pendientes más pronunciadas con terrazas que atenúan su declive, suelos pleistocénicos de arcilla roja y pendientes orientadas al norte con un declive más suave cubiertas con suelos más podsólicos, con influencias mediterráneas, determinan el desarrollo y la producción de vinos con características similares a las de los vinos obtenidos en otras localidades comprendidas en la zona de la indicación geográfica Dealurile Sătmarului.

Los vinos tienen aromas florales o frutales (frutos del bosque del Pinot noir, Merlot, Burgund mare), así como notas de pimienta o hierba con agradables notas primarias (Fetească albă, Furmint). Los sabores son típicos de la variedad: vinos redondos, con gran cuerpo, tánicos, aterciopelados y con astringencia moderada. Los vinos blancos tienen una frescura característica debido a la acidez del suelo.

La zona delimitada de la indicación geográfica Dealurile Sătmarului se modifica para ampliarla a las siguientes localidades de la provincia de Satu Mare:

Beltiug (pedanías de Beltiug, Rătești y Șandra)

Ardud (pedanías de Ardud, Ardud Vii y Gerăușa)

Viile Satu Mare (pedanías de Viile Satu Mare y Tătărăști)

Socond (pedanías de Socond y Hodișa)

Supur (pedanías de Dobra, Hurezu Mare y Racova)

Acâș (pedanía de Unimăt)

Bogdand (pedanías de Bogdand, Babța, Ser y Corund)

Hodod (pedanías de Hodod, Nadișu Hododului, Lelei y Giurtelecu Hododului)

la ciudad de Carei, la localidad de Carei

Pir (pedanía de Pir)

Săuca (pedanía de Săuca)

Cehal (pedanías de Cehal, Cehăluț y Orbău)

la ciudad de Tășnad, con la localidad de Tășnad

Sanislău (pedanía de Sanislău)

Durante la época del régimen comunista en Rumanía, las localidades estaban organizados por zonas vitícolas y por centros vitivinícolas. Había un centro vitivinícola muy conocido llamado Valea lui Mihai, que se extendía por las dos provincias de Satu Mare y Bihor. Considerando la delimitación precisa y exacta de la zona, el listado de centros vitivinícolas y zonas vitícolas entre las localidades ha dejado de ser pertinente, puesto que la delimitación se realiza basándose en las localidades (ciudades, pueblos, pedanías).

Con la nueva delimitación de la zona geográfica de la indicación geográfica Dealurile Sătmarului ampliándola a las localidades enumeradas anteriormente situadas en el territorio de la provincia de Satu Mare, la zona delimitada para el cultivo y la producción de vinos con la indicación geográfica abarcará:

1.

Provincia de Satu Mare, que incluye las siguientes localidades:

Halmeu (pedanías de Halmeu y Halmeu-Vii)

Orașu Nou (pedanías de Orașu Nou-Vii, Remetea Oașului y Orașu Nou)

Târna Mare (pedanía de Târna Mare)

Bătarci (pedanía de Tămășeni)

Turulung (pedanía de Turulung-Vii)

Beltiug (pedanías de Beltiug, Rătești y Șandra)

Ardud (pedanías de Ardud, Ardud Vii y Gerăușa)

Viile Satu Mare (pedanías de Viile Satu Mare y Tătărăști)

Socond (pedanías de Socond y Hodișa)

Supur (pedanías de Dobra, Hurezu Mare y Racova)

Acâș (pedanía de Unimăt)

Bogdand (pedanías de Bogdand, Babța, Ser y Corund)

Hodod (pedanías de Hodod, Nadișu Hododului, Lelei y Giurtelecu Hododului)

Pir (pedanía de Pir)

Săuca (pedanía de Săuca)

Cehal (pedanías de Cehal, Cehăluț y Orbău)

la ciudad de Tășnad, con la localidad de Tășnad

la ciudad de Carei, con la localidad de Carei

comuna de Sanislău - pedanía de Sanislău.

2.

Provincia de Maramureș, que incluye las siguientes localidades:

la ciudad de Seini (localidad de Seini, pedanías de Săbișa y Viile Apei)

Cicârlău (pedanías de Cicârlău e Ilba)

Tăuții - Măgheruș (localidad de Tăuții - Măgheruș, pedanía de Băița)

la ciudad de Baia Mare (pedanía de Săsar)

Remetea Chioarului (pedanía de Remetea Chioarului)

Bicaz (pedanías de Bicaz, Corni y Ciuta)

Băsești (pedanías de Băsești y Odești)

Oarța de Jos (pedanías de Ortița y Oarța de Sus)

pedanías de Mânau, Arduzel, Someșu Uileac, Vilcea y Tohat

Asuaju de Sus (pedanía de Asuaju de Sus)

Șomcuta Mare (pedanías de Vălenii Șomcutei y Finteușu Mare).

DOCUMENTO ÚNICO

1.   Nombre que debe registrarse

«Dealurile Sătmarului»

2.   Tipo de indicación geográfica

IGP - Indicación Geográfica Protegida

3.   Categorías de productos vitícolas

1.

Vino

4.   Descripción del (de los) vino(s)

Características analíticas y organolépticas - vinos blancos

Muscat Ottonel: amarillo pajizo o amarillo intenso, con matices florales, típico aroma de moscatel, sutil, delicado, redondo, aterciopelado.

Sauvignon: amarillo verdoso, aroma de flor de saúco refinado, frutal.

Traminer roz: color verde amarillento, con aroma de pétalo de rosa, armónico, con características derivadas del envejecimiento en botella.

Pinot gris: blanco verdoso, amarillento, agradable aroma primario de manzanas recién cortadas, sabor a corteza de pan de centeno y flores de acacia.

Fetească regală: amarillo verdoso o dorado, aroma acidulado de manzana de verano, cuando ha envejecido ligeramente presenta un matiz de heno recién cortado y miel, con cuerpo, ligeramente semejante al éter al envejecer.

Fetească albă: blanco verdoso, agradable sabor de manzanas de verano.

De la variedad Riesling (Riesling de Rhin, Riesling italian): blanco verdoso, mineral con la madurez, frutal, fresco, agradable acidez.

Chardonnay: amarillo dorado, aroma de acacia, suave, untuoso, redondo, aterciopelado.

Mustoasă de Măderat: amarillo verdoso (limones inmaduros), si madura en botella se vuelve amarillo pálido, un olor de manzana verde cruda, fresco, con notas de flores de vid, fresco, enérgico, con elevada acidez, no necesariamente requiere envejecimiento.

Furmint: blanco verdoso, amarillo pálido, agradable aroma primario de frutas exóticas.

Iordană: amarillo verdoso, aroma de manzana verde cruda, fresco, enérgico.

Las variedades de vid pueden utilizarse como las principales variedades para la elaboración de vinos y con otras variedades para las mezclas; la variedad principal debe constituir como mínimo el 50 % del producto final. Los vinos son frescos, con un aroma primario frutal, floral.

Características analíticas generales

Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.)

15,00

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.)

10,00

Acidez total mínima

4,5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico

Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

1,2

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro)

300

Características analíticas y organolépticas - vinos tintos

Cabernet Sauvignon: rojo rubí, aroma diferenciado de hierba y vegetación, áspero, tánico, duro, que se vuelve agradablemente aterciopelado, redondo y más suave al paso que envejece.

Merlot: rojo rubí, brillante, agradable aroma de frutos del bosque, frambuesa fresca; la astringencia es más moderada que en el caso del Cabernet Sauvignon y la textura aterciopelada es específica de esta variedad.

Pinot noir: rojo cereza oscuro, aroma que pasa de cereza a guinda madura al envejecer, sutil, aterciopelado, delicado.

Fetească neagră: rojo granate intenso, aroma complejo, bien formado, agradable y suficientemente amplio y gustoso.

Burgund mare: rojo granate con toques de color morado, color intenso, aroma de frutos del bosque maduros; grosella roja, arándano rojo, zarzamora y arándano, equilibrado, consistente, duradero.

Cadarcă: rojo vivo, brillante, aroma característico de fruta fresca, extractivo, consistente, recio, con cuerpo, aterciopelado, a veces ácido.

Syrah: rojo vivo, buqué floral con aromas muy intensos de pimienta, tánico, con cuerpo.

Para las mezclas que puedan realizarse con las variedades de vino tinto que figuran en el pliego de condiciones, el porcentaje de la variedad principal debe ser como mínimo del 50 %. Los vinos presentan una coloración intensa, son aterciopelados a medida que envejecen, tienen cuerpo, con aromas de frutos del bosque.

Características analíticas generales

Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.)

15,00

Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.)

10,00

Acidez total mínima

4,5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico

Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro)

1,2

Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro)

300

5.   Prácticas de vinificación

a.   Prácticas enológicas esenciales

Restricción pertinente en la vinificación

No está autorizada la adición de sacarosa en la producción de vinos con la indicación geográfica «Dealurile Sătmarului».

b.   Rendimientos máximos

Producción de uvas - variedades Fetească regală, Iordană y Mustoasă de Măderat:

15 000 kilogramos de uvas por hectárea.

Producción de uvas - para las variedades Fetească albă, Furmint, Riesling de Rhin y Riesling italian:

12 500 kilogramos de uvas por hectárea.

Producción de uvas - para las variedades Merlot, Fetească neagră, Cadarcă y Burgund mare:

12 500 kilogramos de uvas por hectárea.

Producción de uvas - para las variedades Muscat Ottonel, Pinot gris, Chardonnay, Sauvignon y Traminer roz:

10 000 kilogramos de uvas por hectárea.

Producción de uvas - para las variedades Cabernet Sauvignon, Pinot noir y Syrah:

10 000 kilogramos de uvas por hectárea.

Producción de vino - vinos blancos

95 hectolitros por hectárea.

Producción de vino - vinos tintos y rosados

85 hectolitros por hectárea.

6.   Zona geográfica delimitada

1.

Provincia de Satu Mare, que incluye las siguientes localidades:

Halmeu (pedanías de Halmeu y Halmeu-Vii)

Orașu Nou (pedanías de Orașu Nou-Vii, Remetea Oașului y Orașu Nou)

Târna Mare (pedanía de Târna Mare)

Bătarci (pedanía de Tămășeni)

Turulung (pedanía de Turulung-Vii)

Beltiug (pedanías de Beltiug, Rătești y Șandra)

Ardud (pedanías de Ardud, Ardud Vii y Gerăușa)

Viile Satu Mare (pedanías de Viile Satu Mare y Tătărăști)

Socond (pedanías de Socond y Hodișa)

Supur (pedanías de Dobra, Hurezu Mare y Racova)

Acâș (pedanía de Unimăt)

Bogdand (pedanías de Bogdand, Babța, Ser y Corund)

Hodod (pedanías de Hodod, Nadișu Hododului, Lelei y Giurtelecu Hododului)

Pir (pedanía de Pir)

Săuca (pedanía de Săuca)

Cehal (pedanías de Cehal, Cehăluț y Orbău)

la ciudad de Tășnad, con la localidad de Tășnad

la ciudad de Carei, con la localidad de Carei

comuna de Sanislău - pedanía de Sanislău.

2.

Provincia de Maramureș, que incluye las siguientes localidades:

la ciudad de Seini (localidad de Seini, pedanías de Săbișa y Viile Apei )

Cicârlău (pedanías de Cicârlău e Ilba)

Tăuții - Măgheruș (localidad de Tăuții - Măgheruș, pedanía de Băița)

la ciudad de Baia Mare (pedanía de Săsar)

Remetea Chioarului (pedanía de Remetea Chioarului)

Bicaz (pedanías de Bicaz, Corni y Ciuta)

Băsești (pedanías de Băsești y Odești)

Oarța de Jos (pedanías de Ortița y Oarța de Sus)

pedanías de Mânau, Arduzel, Someșu Uileac, Vilcea y Tohat

Asuaju de Sus (pedanía de Asuaju de Sus)

Șomcuta Mare (pedanías de Vălenii Șomcutei y Finteușu Mare).

7.   Principales variedades de uva de vinificación

Burgund Mare N - Grosser burgunder, Grossburgunder, Blaufrankisch, Kekfrankos, Frankovka, Limberger

Cabernet Sauvignon N - Petit Vidure, Bourdeos tinto

Cadarcă N - Schwarzer Kadarka, Rubinroter Kadarka, Lugojană, Gâmză, Fekete budai

Merlot N - Bigney rouge

Syrah N - Shiraz, Petit Syrah

Pinot Noir N - Blauer Spätburgunder, Burgund mic, Burgunder roter, Klävner Morillon Noir

Pinot noir N - Spätburgunder, Pinot nero

Fetească neagră N - Schwarze Mädchentraube, Poama fetei neagră, Păsărească neagră, Coada rândunicii

Muscat Ottonel B - Muscat Ottonel blanc

Sauvignon B - Sauvignon verde

Traminer Roz Rs - Rosetraminer, Savagnin roz, Gewürztraminer

Pinot Gris G - Affumé, Grau Burgunder, Grauburgunder, Grauer Mönch, Pinot cendré, Pinot Grigio, Ruländer

Fetească regală B - Königliche Mädchentraube, Königsast, Kiralyleanka, Dănășană, Galbenă de Ardeal

Fetească albă B - Păsărească albă, Poama fetei, Mädchentraube, Leanyka, Leanka

Riesling italian B - Olasz Riesling, Olaszriesling, Welschriesling

Riesling de Rhin B - Weisser Riesling, White Riesling

Chardonnay B - Gentil blanc, Pinot blanc Chardonnay

Mustoasă de Măderat B - Lampau, Lampor, Mustafer, Mustos Feher, Straftraube

Furmint B - Furmin, Şom szalai, Szegszolo

Iordană B - Iordovană, Iordan

8.   Descripción del (de los) vínculo(s)

Vínculo con la zona geográfica - datos de la zona geográfica

La característica natural específica es la zona de colinas de Maramureș, que provoca una cierta reducción de las temperaturas y un aumento de la variabilidad de las precipitaciones. Los inviernos en esta zona son más suaves y las superficies vitivinícolas gozan de una gran cantidad de horas de sol, estando al mismo tiempo protegidas de vientos y corrientes frías.

Esto puede observarse en las laderas más soleadas, con temperaturas medias por encima de los 10 oC (quizá incluso superiores en Rătești) y que alcanzan los 20 oC en julio; la redistribución según la orientación de la ladera implica que los viñedos disfrutan de temperaturas más elevadas.

La cantidad media plurianual de precipitaciones en la zona es de 650 a 700 mm.

La maduración de las uvas se ve influida por el número de días de sol, que totalizan 2 000 horas/año, y también por los vientos, con vientos predominantemente noroccidentales en primavera y orientales y nororientales en otoño e invierno.

La red hidrográfica de la zona delimitada riega las zonas vitícolas de las cuencas de los ríos Crasna, Someș, Tur e Ier gracias a afluentes importantes que bordean las laderas en las que crecen las vides.

Los suelos de las colinas de Ardud-Beltiug-Hurez (pedanías de Beltiug, Rătești y Șandra, Ardud, Ardud Vii y Gherăușa, Hurez) están compuestos por depósitos limosos y aparecen también suelos amarillentos o pardorojizos con grava y arena en zonas que están más erosionadas.

Vínculo con la zona geográfica - nexo causal

El clima cálido garantiza un buen desarrollo del contenido de azúcares y de la acidez de las uvas y mejora la calidad de los aromas, garantizando buenos valores al final del periodo de maduración.

Los vinos de calidad presentan aromas florales o frutales (frutos del bosque) con notas primarias agradables, de pimienta o hierba, típicas de la variedad, con aromas redondos y equilibrados influidos por el periodo vegetativo caracterizado por temperaturas superiores a 10 oC durante el día, que llegan a ser suficientemente elevadas para la maduración.

Los aromas frutales, con cuerpo (frutos del bosque, grosella roja, zarzamora, arándano) son perceptibles en los vinos tintos, en particular los producidos en los suelos de las colinas de Hodod (pedanías de Hodod, Nadișu Hododului etc.), que tienen sedimentos limosos, a menudo carbonatados, ricos en nutrientes en los que se acumulan grandes cantidades de antocianos que benefician a estos vinos.

Los suelos ácidos y la orientación sur (en Rătești), junto con los inviernos templados, contribuyen a producir vinos blancos frescos (con acidez vibrante, aromas característicos de bayas de saúco, manzana verde, miel, acacia) y vinos tintos equilibrados (aromas frutales, típicos de la variedad cuando madura en barrica) con potencial de envejecimiento (notas sutiles de vainilla cuando madura en barricas de roble durante doce meses, especias).

9.   Condiciones complementarias esenciales

Condiciones de comercialización

Marco jurídico:

En la legislación nacional

Tipo de condición complementaria:

Disposiciones adicionales relativas al etiquetado

Descripción de la condición:

Al envasarlos y etiquetarlos, los vinos de la indicación geográfica «Dealurile Sătmarului» deben tener una etiqueta principal. La contraetiqueta es opcional.

Enlace al pliego de condiciones

http://onvpv.ro/sites/default/files/caiet_de_sarcini_ig_dealurile_satmarului_cf_notific_din_24.07.2018_no_track_changes.pdf


27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/14


Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para el uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH)

[Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (1)]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/07)

Decisiones por las que se concede una autorización

Referencia de la Decisión (2)

Fecha de la Decisión

Nombre de la sustancia

Titular de la autorización

Números de autorización

Usos autorizados

Fecha de expiración del período de revisión

Motivos de la Decisión

C(2020) 1656

20 de marzo de 2020

Trióxido de cromo, n.o CE: 215-607-8; n.o CAS: 1333-82-0

Mahle Ventiltrieb GmbH, Industriestrasse 40, 61200 Wölfersheim, Alemania

REACH/20/9/0

Uso en el cromado funcional de válvulas utilizadas en motores de vehículos ligeros de gasolina o diésel y en motores de combustión de diésel de gran potencia

20 de marzo de 2032

De conformidad con el artículo 60, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, las ventajas socioeconómicas compensan los riesgos para la salud humana derivados del uso de la sustancia, y no hay sustancias o tecnologías alternativas adecuadas.

Mahle Polska Sp. z o.o., ul. Mahle 6, 63-700 Krotoszyn, Polonia

REACH/20/9/1


(1)  DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

(2)  La Decisión está disponible en el sitio web de la Comisión Europea: https://ec.europa.eu/growth/sectors/chemicals/reach/about_es


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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

27.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/15


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9791 — Signa Retail/Central Group/Globus)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2020/C 100/08)

1.   

El 16 de marzo de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:

SIGNA Retail Selection AG y SIGNA Prime Selection AG («Signa Group», Suiza, Austria), pertenecientes al grupo SIGNA Holding GmbH, bajo el control en última instancia de Familie Benko Privatstiftung,

Harng Central Department Store Ltd («Central Group», Tailandia), bajo el control en última instancia de la familia Chirathivat,

Magazine zum Globus AG («Globus», Suiza).

Signa Group y Central Group adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de Globus.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones y activos.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

Signa Group: venta minorista, por ejemplo, a través de diversos grandes almacenes en Alemania («GALERIA Karstadt Kaufhof») y Bélgica y de tiendas de muebles en Austria, así como bienes inmuebles principalmente en Austria y Alemania,

Central Group: mercadeo, bienes inmuebles, comercio minorista, hostelería y restaurantes, principalmente en el sudeste asiático, y actividades en el sector minorista en Italia, Dinamarca y Alemania a través de los grandes almacenes de The KaDewe Group,

Globus: explotación de grandes almacenes y otras tiendas (moda) en toda Suiza.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:

M.9791 — Signa Retail/Central Group/Globus

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.