ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 402A

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

62.° año
28 de noviembre de 2019


Sumario

Página

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Consejo

2019/C 402 A/01

Anuncio de vacante CONS/AD/150/19

1


ES

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Consejo

28.11.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 402/1


Anuncio de vacante CONS/AD/150/19

(2019/C 402 A/01)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

LIFE 3 Asuntos Veterinarios y Fitosanitarios, Alimentación y Silvicultura

Lugar de trabajo

Bruselas, Edificio Justus Lipsius

Denominación del puesto

Director

Grupo de funciones y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

«EU SECRET»

FECHA LÍMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

3 de enero de 2020 — 12:00 (hora de Bruselas)

Quiénes somos

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento estratégico y jurídico, la coordinación con otras instituciones, la elaboración de acuerdos transaccionales y la supervisión, además de ocuparse de todos los aspectos prácticos necesarios para la correcta preparación y el buen desarrollo del Consejo Europeo y del Consejo.

A partir del 1 de enero de 2020, la Dirección General LIFE constará de cuatro direcciones, cada una de las cuales se dedicará a un ámbito específico.

La Dirección LIFE 3 asumirá la responsabilidad de Asuntos Veterinarios y Fitosanitarios, Alimentación y Silvicultura.

Esta Dirección coordinará la organización de las sesiones del Consejo de Agricultura y Pesca, que suele reunirse once veces al año y cuya labor se prepara en el Coreper y en varios grupos de trabajo; estos últimos tratan expedientes tanto legislativos como no legislativos y se ocupan de las relaciones internacionales relacionadas con dichos expedientes.

Qué ofrecemos

El puesto de director de la Dirección LIFE 3 en un entorno políticamente interesante, al frente de un equipo de doce personas altamente cualificadas y a cargo de los aspectos tanto operativos como estratégicos de los expedientes que gestionan.

Bajo la autoridad del director general, la persona seleccionada gestionará su Dirección y los recursos de esta de manera profesional, organizará las actividades de su Dirección y apoyará y motivará al personal en su trabajo. Velará por la calidad de los servicios y productos de la Dirección y garantizará una comunicación y una cooperación eficaces tanto dentro de la propia Dirección como con las demás Direcciones y con otros servicios de la SGC.

Proporcionará asesoramiento de alto nivel sobre políticas y procedimientos, oralmente y por escrito, por iniciativa propia o previa solicitud, al Consejo Europeo, al Consejo, al Coreper y a sus presidencias, así como al secretario general, en todos los aspectos de los expedientes que sean competencia de la Dirección, y participará en reuniones y, si procede, en sesiones de información y/o en negociaciones con objeto de alcanzar acuerdos transaccionales y hallar soluciones. En este contexto, ayudará a la Presidencia en las negociaciones y garantizará una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, las agencias y otros órganos de la UE en los ámbitos de competencia de la Dirección.

Definirá los objetivos que deben alcanzarse y contribuirá a su consecución mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección y la adecuada supervisión de su aplicación.

También se encargará de poner en marcha y supervisar las actividades de análisis estratégico con el fin de proporcionar asesoramiento para la toma de decisiones en los ámbitos de competencia de la Dirección.

Podrá planificar y organizar el trabajo de manera flexible, atendiendo al horario y al calendario de las reuniones del Coreper y del Consejo en el ámbito de actividad de la Dirección. Al igual que su personal, podrá acogerse a las modalidades de trabajo que ofrece la SGC, como el teletrabajo. Tendrá que realizar ocasionalmente misiones en el extranjero, por ejemplo en Luxemburgo o Estrasburgo, generalmente dentro de la UE (aproximadamente ocho veces al año).

Qué buscamos

Buscamos un gestor (M/F) con experiencia en el proceso de elaboración de políticas de la UE y en el proceso legislativo de la UE y con un amplio conocimiento de los asuntos institucionales de la UE. Se valorará el conocimiento de los ámbitos de los que se ocupa la Dirección.

Se espera de todos los gestores de la SGC que asesoren a sus superiores y a las partes interesadas, gestionen sus recursos humanos y financieros y representen a la SGC. Estas expectativas se describen en el perfil horizontal del personal de gestión de la SGC que figura en el anexo I.

Además, es preciso que el titular del puesto tenga:

capacidad para razonar y planificar estratégicamente, para anticipar y detectar posibles problemas y proponer soluciones y acuerdos factibles;

capacidad de liderazgo y capacidad para orientar, motivar y responsabilizar al personal en un entorno multicultural y diverso, con especial hincapié en el desarrollo del personal;

excelentes aptitudes de comunicación, también para la comunicación interpersonal; capacidad para fomentar un espíritu de equipo sólido y para mantener buenas relaciones de trabajo con muy diversos interlocutores internos y externos y aptitudes diplomáticas;

capacidad para gestionar los cambios y apoyar al personal a lo largo del proceso de cambio;

gran capacidad de planificación y organización del trabajo general de la Dirección para cumplir plazos estrictos y garantizar un reparto justo de la carga de trabajo dentro del equipo y una adecuada planificación de sucesiones;

capacidad para alcanzar acuerdos u objetivos comunes ofreciendo asesoramiento específico a las partes interesadas y facilitando de manera eficaz y constructiva los debates que conduzcan a resultados beneficiosos para todos.

Dado que la SGC fomenta una cultura de movilidad entre su personal de gestión, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de sus carreras profesionales en la SGC.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN

El aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

estar en posesión de un título universitario (1);

tener al menos quince años de experiencia profesional apropiada, de los cuales al menos tres años desempeñando efectivamente responsabilidades de gestión y organización. Tres años ocupando un puesto con responsabilidades importantes de coordinación equivaldrían a la experiencia de gestión requerida;

dado que el inglés y el francés son las lenguas más utilizadas para comunicarse en la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

N. B:

1)

Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel «EU SECRET»). Los candidatos deben aceptar someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo surtirá efecto si el candidato seleccionado ha obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal en espera de los resultados de la investigación de seguridad.

2)

El candidato seleccionado debe estar dispuesto a participar en la formación para puestos de gestión de la SGC.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

— Para elegir al candidato, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación, gestionado por consultores externos de selección de personal. Los informes redactados por el centro de evaluación para el mismo tipo de puesto dejarán de ser válidos dos años después de la fecha de realización de los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

— El comité consultivo de selección empezará por evaluar y comparar las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los aspirantes a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará una lista preliminar de los candidatos que, a su juicio, sean más idóneos, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las candidaturas, el cumplimiento de los requisitos exigidos para cubrir la presente vacante no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. El comité consultivo de selección hará una preselección de entre los candidatos entrevistados; los candidatos preseleccionados deberán pasar unas pruebas en un centro de evaluación y mantener después una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

se prevé que los candidatos seleccionados para las entrevistas sean informados de ello a finales de enero de 2020 a más tardar;

las primeras entrevistas están previstas para mediados de febrero de 2020;

se prevé que las pruebas del centro de evaluación tengan lugar a principios de marzo de 2020;

la segunda ronda de entrevistas está programada para finales de marzo de 2020.

BASE JURÍDICA

Esta vacante se publica de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (provisión de vacantes de altos funcionarios).

Esta vacante se ha publicado en todas las instituciones de la Unión Europea y fuera de las instituciones.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

El plazo para la presentación de candidaturas concluye el 3 de enero de 2020 a las 12:00 (hora de Bruselas).

Solo se aceptarán las candidaturas presentadas por correo electrónico; estas deberán enviarse a:applications.management@consilium.europa.eu (4) a más tardar en la fecha límite. No se tendrán en cuenta las candidaturas presentadas fuera de plazo.

Para cualquier correspondencia relativa al procedimiento de selección deberá utilizarse la dirección de correo electrónico antes indicada (en el asunto del mensaje deberá figurar el siguiente título: CONS/AD/150/19 LIFE3).

Antes de presentar su candidatura, los candidatos deberán comprobar cuidadosamente si cumplen todos los criterios de admisión, a fin de evitar la exclusión automática del procedimiento de selección.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/;

b)

un curriculum vitae detallado (5), acompañado de una carta de motivación, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que consten, entre otros elementos, las cualificaciones del aspirante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente; y

c)

copias de los títulos que acrediten la formación y de los documentos y certificados que acrediten la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deben proceder de terceros; el envío del curriculum vitae indicado en la letra b) no es suficiente.

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, llevar nombre (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas por correo postal o a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube o plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá al candidato seleccionado que presente los originales de dichos documentos.

Se le enviará un correo electrónico para acusar recibo de su candidatura. Se debe tener en cuenta que pueden surgir dificultades técnicas relacionadas con la transmisión de correos electrónicos. Por ello, en caso de no recibirse el correo electrónico con acuse de recibo de la candidatura, se puede comprobar si la SGC la ha recibido poniéndose en contacto con applications.management@consilium.europa.eu. Dado que el comité consultivo de selección iniciará sus trabajos poco después de la fecha límite para la presentación de candidaturas, le animamos a que realice las comprobaciones necesarias en la semana siguiente a dicha fecha.

IGUALDAD DE OPORTUNIDADES

La SGC aplica una firme política de igualdad de oportunidades a todos sus empleados y solicitantes de empleo (véase el anexo II). En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura.

Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Para más información al respecto, envíe un correo electrónico a Equal.opportunities@consilium.europa.eu

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las reclamaciones, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV del presente anuncio de vacante.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos acreditados por un título y una experiencia profesional adecuada de un año, como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  Decisión 2013/488/UE del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (DO L 274 de 15.10.2013, p. 1).

(3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo (DO L 56 de 4.3.1968, p. 1) y modificados en último lugar por el Reglamento (UE, Euratom) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 287 de 29.10.2013, p. 15).

(4)  Esta dirección de correo electrónico está vinculada a un buzón funcional y solo puede procesar mensajes con un nivel de confidencialidad «Normal»; no puede procesar los mensajes enviados con otro nivel de confidencialidad (por ejemplo, «Personal», «Privado» o «Confidencial»). Rogamos que se seleccione, por tanto, la opción de confidencialidad «Normal». El tamaño del mensaje de correo electrónico no podrá sobrepasar 25 MB. Si su correo electrónico, junto con los documentos adjuntos, supera este tamaño máximo, envíe los documentos adjuntos en varios correos electrónicos.

(5)  Se ruega a los candidatos que no incluyan fotos en su currículum.


ANEXO I

Perfil horizontal del personal de gestión de la SGC

Como miembro del personal de gestión de la SGC, el gestor aporta un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y representa siempre a la SGC.

Al desempeñar estas funciones se espera del gestor que:

Como representante

Actúe con integridad, tanto en la SGC como en el exterior.

Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, y de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

Establezca relaciones de confianza en un clima de apertura y se ocupe de crear redes de contactos.

Obtenga resultados y sea influyente, a la vez que respetuoso y con sentido de servicio.

Como asesor

Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Se adelante a los acontecimientos y planifique para el futuro. Aporte soluciones.

Asesore a nuestros interlocutores para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

Esté al tanto de las interacciones entre el proceso decisorio y el debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones de comunicación.

Facilite un proceso de decisión legítimo a través de la cooperación, el establecimiento de buenas relaciones de trabajo y la búsqueda de transacciones entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Esté bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

Como gestor

Responsabilice al personal, delegue y confíe, apoye y motive, ofrezca información y orientaciones, aliente la iniciativa y anime al personal a atreverse a pensar con creatividad; reduzca al mínimo las relaciones jerárquicas y el control, velando a la vez por que se mantenga la calidad.

Comunique claramente sobre los objetivos y las expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras direcciones generales (DG), direcciones y unidades.

Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo en interés de su DG, dirección o unidad, y vele por que ofrezcamos resultados a nuestros interlocutores. Rompa los compartimentos estancos.

Tenga el valor de afrontar oportunamente los conflictos, los problemas de bajo rendimiento y otras dificultades; vele por el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su deber de diligencia para con su personal.

Al impulsar y facilitar el cambio, implique a su personal para asegurar que la SGC se mantenga al día y sea más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

Se responsabilice de la utilización óptima de los recursos financieros y humanos de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo (SGC)

La Secretaría General del Consejo aplica una firme política de igualdad de oportunidades a todos sus empleados y solicitantes de empleo. En su calidad de empleador, la SGC está resuelta a garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y a prevenir la discriminación de cualquier tipo. Anima encarecidamente a todas las personas cualificadas, de horizontes diversos, con todo tipo de capacidades y con una procedencia geográfica tan amplia como sea posible entre los Estados miembros de la UE, a que presenten su candidatura.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades de la SGC son los siguientes:

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres. La SGC anima a las mujeres a que presenten su candidatura, especialmente para puestos directivos en los que actualmente están infrarrepresentadas;

mejorar la accesibilidad del entorno de trabajo y garantizar que sea inclusivo. Se pueden realizar ajustes razonables para el personal con discapacidades, a menos que supongan una carga indebida para los recursos de la institución. Se puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante el procedimiento de contratación;

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

proteger al personal del acoso en el trabajo;

conciliar la vida profesional y la vida privada. La SGC ofrece toda una serie de medidas de trabajo flexible, como el teletrabajo, horarios de trabajo individuales y la posibilidad de disfrutar la baja parental para madres y padres de acuerdo con el Estatuto de los funcionarios. La GSC dispone de una guardería para niños de hasta cuatro años de edad. La Comisión Europea organiza guarderías postescolares y dispone de instalaciones de acogida para los días de vacaciones para los hijos del personal de la SGC.

Para obtener más información, envíe un correo electrónico a equal.opportunities@consilium.europa.eu


ANEXO III

Reclamación interna — Recurso judicial — Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que no esté de acuerdo con la forma en que se tramita su solicitud, tiene derecho a reclamar.

Reclamación interna

Cuando el aspirante reciba una decisión con la que no esté de acuerdo, puede presentar, en un plazo de tres meses a partir de la notificación de la decisión, una reclamación al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea; la reclamación debe dirigirse a:

Consejo de la Unión Europea

Unidad de Asesores jurídicos de la Administración, ORG 1.F

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: legal.advisersHR@consilium.europa.eu

La autoridad facultada para proceder a los nombramientos facilitará por escrito la respuesta a la reclamación en un plazo de cuatro meses a partir de la recepción de la misma. No obstante, si la reclamación llega con suficiente antelación, cabrá la posibilidad de que el comité consultivo de selección revise la decisión objeto de reclamación y responda al aspirante en ese sentido.

Recurso judicial

Si el aspirante no está de acuerdo con la respuesta que reciba de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos con arreglo al procedimiento de reclamación interna, puede interponer un recurso judicial al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBURG

Reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo

Tras haber agotado todas las vías de recurso existentes en la SGC, en particular el procedimiento de reclamación interna al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios, el aspirante puede, como cualquier otro ciudadano de la Unión, presentar una reclamación ante el:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Strasbourg Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo (1).

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal General de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y sobre las condiciones generales del ejercicio de sus funciones (DO L 113 de 4.5.1994, p. 15).


ANEXO IV

Protección de datos

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección es el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, junto con la Decisión 2013/488/UE del Consejo. El procedimiento de selección se realiza bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (ORG.1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición del personal de la Oficina de Contratación y de sus superiores, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la Unidad de Asesores Jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o resulte necesaria para la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y de proceder a una selección entre ellos.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información proporcionada por los aspirantes para que se pueda evaluar si cumplen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; las cualificaciones de los aspirantes y el año en que las obtuvieron, el tipo de título o diploma, el nombre de la institución que lo expidió, la experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se conservan y almacenan en los archivos durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.officials@consilium.europa.eu

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, p. 39).


ANEXO V

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LISTE DES ANNEXES

ANNEXE 1:

ANNEXE 2:

ANNEXE 3:

ANNEXE 4:

ANNEXE 5:

ANNEXE 6:

ANNEXE 7:

ANNEXE 8:


 

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TABLE OF ANNEXES

ANNEX 1:

ANNEX 2:

ANNEX 3:

ANNEX 4:

ANNEX 5:

ANNEX 6:

ANNEX 7:

ANNEX 8: