ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 100

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

62.° año
15 de marzo de 2019


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2019/C 100/01

Decisión del Consejo, de 12 de marzo de 2019, por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

1

2019/C 100/02

Notificación a la atención de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2019/415 del Consejo, y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/408 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

9

2019/C 100/03

Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

10

2019/C 100/04

Notificación a la atención de las personas sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2019/416 del Consejo, y el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/409 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

11

2019/C 100/05

Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

12

 

Comisión Europea

2019/C 100/06

Tipo de cambio del euro

13

 

Tribunal de Cuentas

2019/C 100/07

Informe Especial n.o 4/2019 — El sistema de control de productos ecológicos ha mejorado, pero persisten algunas dificultades

14

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2019/C 100/08

Procedimientos de liquidación — Decisión de incoar un procedimiento de liquidación de Horizon Insurance Company Limited [Publicación efectuada de conformidad con el artículo 280 de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II)]

15


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2019/C 100/09

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9190 — ADP/Bouygues/BPCE/IFC/Marguerite/TAV/ZAIC-A) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

16


 

Corrección de errores

2019/C 100/10

Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares ( DO C 39 de 1.2.2019 )

18

2019/C 100/11

Corrección de errores de la comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( DO C 39 de 1.2.2019 )

18


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/1


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 12 de marzo de 2019

por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo

(2019/C 100/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Decisión del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la creación de un Comité Consultivo para la Seguridad y Salud en el Trabajo (1), y en particular su artículo 3,

Vista la lista de las candidaturas presentadas al Consejo por los Gobiernos de los Estados miembros,

Considerando lo siguiente:

(1)

Mediante su Decisión de 24 de febrero de 2016 (2), el Consejo nombró a los miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el período comprendido entre el 29 de febrero de 2016 y el 28 de febrero de 2019.

(2)

Los miembros titulares y suplentes siguen en funciones hasta que sean sustituidos o renovados.

(3)

Los miembros titulares y suplentes del Comité serán nombrados por un período de tres años.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Se nombra a las siguientes personas miembros titulares y suplentes del Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2019 y el 28 de febrero de 2022:

I.   REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

 

 

Bulgaria

D.a Vaska SEMERDZHIEVA

D.a Darina KONOVA

D. Nikolay ARNAUDOV

Chequia

D. Jaroslav HLAVÍN

D. Pavel FOŠUM

D.a Lucie KYSELOVÁ

Dinamarca

D.a Charlotte SKJOLDAGER

D.a Annemarie KNUDSEN

Alemania

D. Kai SCHÄFER

D. Thomas VOIGTLÄNDER

D.a Ellen ZWINK

Estonia

D.a Seili SUDER

D.a Maret MARIPUU

D.a Silja SOON

Irlanda

D.a Paula GOUGH

D.a Marie DALTON

D. Stephen CURRAN

Grecia

 

 

Croacia

D.a Snježana ŠTEFOK

D.a Ana AKRAP

D. Jere GAŠPEROV

España

D. Francisco Javier PINILLA GARCÍA

D.a Mercedes TEJEDOR AIBAR

D.a Belén PÉREZ AZNAR

Francia

D. Frédéric TEZE

D.a Amel HAFID

D. Arnaud PUJAL

Italia

 

 

Chipre

D. Anastassios YANNAKI

D. Aristodemos ECONOMIDES

D. Marios KOURTELLIS

Letonia

D.a Māra VĪKSNE

D.a Jolanta GEDUŠA

D. Renārs LŪSIS

Lituania

D.a Aldona SABAITIENĖ

D.a Gintarė BUŽINSKAITĖ

D.a Vilija KONDROTIENĖ

Luxemburgo

 

 

Hungría

D. Péter NESZTINGER

D.a Katalin BALOGH

D. Gyula MADARÁSZ

Malta

 

 

Países Bajos

D.a Heidi BOUSSEN

D. Martin G. DEN HELD

D. Rob TRIEMSTRA

Austria

D.a Anna RITZBERGER-MOSER

D.a Gertrud BREINDL

D.a Gerlinde ZINIEL

Polonia

D.a Danuta KORADECKA

D. Dariusz GŁUSZKIEWICZ

D. Roman SĄSIADEK

Portugal

D.a Maria Luísa TORRES ECKENROTH GUIMARÃES

D. Carlos Jorge AFONSO PEREIRA

D.a Maria Helena CORREIA DE ARAÚJO KRIPPAHL

Rumanía

D.a Anca Mihaela PRICOP

D. Marian TĂNASE

D. Dantes Nicolae BRATU

Eslovenia

D. Nikolaj PETRIŠIČ

D.a Vladka KOMEL

D. Jože HAUKO

Eslovaquia

D.a Romana HURTUKOVÁ

D.a Petra KUBIČAROVÁ

D.a Martina DULEBOVÁ

Finlandia

D. Raimo ANTILA

D.a Liisa HAKALA

D.a Sirkku SAARIKOSKI

Suecia

D.a Boel CALLERMO

D.a Victoria DIPPEL

D. Håkan OLSSON

Reino Unido

D. Hefin DAVIES

D. Clive FLEMING

D. Stephen TAYLOR


II.   REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

 

 

Bulgaria

D. Ivan KOKALOV

D. Ognyan ATANASOV

D. Aleksandar ZAGOROV

Chequia

D.a Radka SOKOLOVÁ

D. Václav PROCHÁZKA

D. Miroslav FEBER

Dinamarca

D.a Nina HEDEGAARD NIELSEN

D. Niels SØRENSEN

Alemania

D.a Sonja KÖNIG

D.a Anne KARRASS

D. Moriz-Boje TIEDEMANN

Estonia

D.a Aija MAASIKAS

D. Argo SOON

D.a Elina REEDI

Irlanda

D. Sylvester CRONIN

D. Frank VAUGHAN

D.a Dessie ROBINSON

Grecia

 

 

Croacia

D. Marko PALADA

D.a Gordana PALAJSA

D. Rajko KUTLAČA

España

D.a Ana GARCÍA DE LA TORRE

D. Pedro J. LINARES

D. Marco ROMERO

Francia

 

 

Italia

 

 

Chipre

D. Evangelos EVANGELOU

D. Nicos ANDREOU

D. Stelios CHRISTODOULOU

Letonia

D. Ziedonis ANTAPSONS

D. Mārtiņš PUŽULS

D.a Kristīne KURSĪTE

Lituania

D.a Inga RUGINIENĖ

D. Ričardas GARUOLIS

D. Kęstutis JUKNYS

Luxemburgo

D. Carlos PEREIRA

D. Paul DE ARAUJO

D. Jean-Luc DE MATTEIS

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

D. Willem VANVEELEN

D. Rik VAN STEENBERGEN

Austria

D.a Ingrid REIFINGER

D.a Julia NEDJELIK-LISCHKA

D.a Petra STREITHOFER

Polonia

D.a Katarzyna BARTKIEWICZ

D.a Longina KACZMARSKA

D. Stefan ŁUBNIEWSKI

Portugal

D. Fernando José MACHADO GOMES

D. Georges CASULA

D.a Vanda Teresa ROGADO MEDEIRO PEREIRA DA CRUZ

Rumanía

D.a Mihaela DARLE

D. Corneliu CONSTANTINOAIA

D. Dumitru FORNEA

Eslovenia

D.a Lučka BÖHM

D.a Katja GORIŠEK

D. Simon ŠIBELJA

Eslovaquia

D. Peter RAMPAŠEK

D. Vladimír KMEC

D.a Iveta KUCOVÁ

Finlandia

D.a Anne MIRONEN

D. Erkki AUVINEN

D.a Hanna-Maija KAUSE

Suecia

D.a My BILLSTAM

D.a Karin FRISTEDT

D.a Ulrika HAGSTRÖM

Reino Unido

D. Hugh ROBERTSON

 


III.   REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES PATRONALES

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

 

 

Bulgaria

D. Georgi STOEV

D.a Petya GEOREVA

D.a Antoaneta KATZAROVA

Chequia

D.a Renata ZBRANKOVA

D.a Kristýna BENDELOVÁ

D. Martin RÖHRICH

Dinamarca

D.a Lena SØBY

D. Jens SKOVGAARD LAURITSEN

Alemania

D. Eckhard METZE

D. Stefan ENGEL

D. Rüdiger TRIEBEL

Estonia

D.a Marju PEÄRNBERG

D.a Piia ZIMMERMANN

D.a Ille NAKURT-MURUMAA

Irlanda

D. Michael GILLEN

D.a Katharine MURRAY

Grecia

 

 

Croacia

D.a Admira RIBIČIĆ

D. Nenad SEIFERT

D. Boris ANTUNOVIĆ

España

D.a Rosa SANTOS FERNÁNDEZ

D.a Isabel MAYA RUBIO

D.a Laura CASTRILLO NÚÑEZ

Francia

 

 

Italia

 

 

Chipre

D. Emilios MICHAEL

D. Polyvios POLYVIOU

D. Giorgos HADJIKALLIS

Letonia

D. Jānis PUMPIŅŠ

D.a Līga MEŅĢELSONE

D.a Inese STEPIŅA

Lituania

D.a Rūta JASIENĖ

D. Vaidotas LEVICKIS

D. Giedrius MAŽŪNAITIS

Luxemburgo

D. François ENGELS

D. Pierre BLAISE

D. Marc KIEFFER

Hungría

 

 

Malta

 

 

Países Bajos

D. W.M.J.M. VAN MIERLO

 

Austria

D.a Christa SCHWENG

D.a Julia SCHITTER

D.a Pia Maria ROSNER-SCHEIBENGRAF

Polonia

D. Jacek MĘCINA

D.a Agnieszka SZPARA

D. Rafał HRYNYK

Portugal

D. Luís HENRIQUE

D. Manuel Marcelino PENA COSTA

D. Luís Miguel CORREIA MIRA

Rumanía

D.a Daniela SÂRBU

D. Ovidiu NICOLESCU

D.a Daniela TĂNASE

Eslovenia

D. Igor ANTAUER

D.a Karmen FORTUNA JEFIM

Eslovaquia

D. Róbert MEITNER

D. Ivan PEKÁR

D.a Silvia SUROVÁ

Finlandia

D.a Riitta WÄRN

D.a Auli RYTIVAARA

D. Mikko RÄSÄNEN

Suecia

D.a Bodil MELLBLOM

D.a Cecilia ANDERSSON

D.a Malin LOOBERGER

Reino Unido

D. Matthew PERCIVAL

D. Terry WOOLMER

Artículo 2

El Consejo nombrará con posterioridad a los miembros titulares y suplentes aún no designados.

Artículo 3

La presente Decisión se publicará, a efectos informativos, en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 12 de marzo de 2019.

Por el Consejo

El Presidente

E.O. TEODOROVICI


(1)  DO C 218 de 13.9.2003, p. 1.

(2)  DO C 79 de 1.3.2016, p. 1.


15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/9


Notificación a la atención de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2019/415 del Consejo, y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/408 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

(2019/C 100/02)

La presente información se pone en conocimiento de las personas y entidades que figuran en la lista del anexo de la Decisión 2014/145/PESC del Consejo (1), modificada por la Decisión (PESC) 2019/415 del Consejo (2), y en la lista del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/408 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

El Consejo de la Unión Europea, tras haber revisado la lista de personas y entidades designadas en los anexos mencionados anteriormente, ha determinado que las medidas restrictivas dispuestas en la Decisión 2014/145/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 deben seguir aplicándose a dichas personas y entidades.

Se pone en conocimiento de las personas y entidades afectadas la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 269/2014, una solicitud para obtener la autorización de utilizar fondos inmovilizados para subvenir a necesidades básicas o efectuar determinados pagos (véase el artículo 4 del Reglamento).

Las personas y entidades afectadas pueden presentar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las listas mencionadas. Dicha solicitud debe enviarse, antes del 1 de junio de 2019, a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Asimismo, se pone en conocimiento de las personas y entidades afectadas que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 78 de 17.03.2014, p. 16.

(2)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 110.

(3)  DO L 78 de 17.03.2014, p. 6.

(4)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 9.


15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/10


Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

(2019/C 100/03)

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información.

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2014/145/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2019/415 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/408 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo (SGC), con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Con el delegado de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:

Delegado de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2014/145/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2019/415, y al Reglamento (UE) n.o 269/2014, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/408.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2014/145/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la identificación correcta de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sujetas a medidas restrictivas o del momento en que haya caducado la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 16.

(3)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 110.

(4)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.

(5)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 9.


15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/11


Notificación a la atención de las personas sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo, modificada por la Decisión (PESC) 2019/416 del Consejo, y el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/409 del Consejo relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

(2019/C 100/04)

La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en la lista del anexo de la Decisión 2014/145/PESC del Consejo (1), modificada por la Decisión (PESC) 2019/416 del Consejo (2), y en la lista del anexo I del Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo (3), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/409 del Consejo (4), relativos a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania.

El Consejo de la Unión Europea ha decidido que dichas personas deben quedar incluidas en las listas de personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014, relativos a medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania. Los motivos que justifican la inclusión de estas personas figuran en las entradas pertinentes de los anexos.

Se pone en conocimiento de las personas afectadas la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II del Reglamento (UE) n.o 269/2014, una solicitud para obtener la autorización de utilizar fondos inmovilizados para subvenir a necesidades básicas o efectuar determinados pagos (véase el artículo 4 del Reglamento).

Las personas afectadas pueden presentar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las listas mencionadas. Dicha solicitud debe enviarse a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

Dirección General de Relaciones Exteriores, Unidad 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Asimismo se pone en conocimiento de las personas afectadas que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 16.

(2)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 117.

(3)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.

(4)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 16.


15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/12


Notificación a la atención de los interesados a los que se aplican las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2014/145/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo, relativo a la adopción de medidas restrictivas respecto de acciones que menoscaban o amenazan la integridad territorial, la soberanía y la independencia de Ucrania

(2019/C 100/05)

Con arreglo al artículo 16 del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento de los interesados la siguiente información.

Las bases jurídicas para esta operación de tratamiento de datos son la Decisión 2014/145/PESC del Consejo (2), modificada por la Decisión (PESC) 2019/416 del Consejo (3), y el Reglamento (UE) n.o 269/2014 del Consejo (4), aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/409 del Consejo (5).

El responsable de esta operación de tratamiento es el servicio RELEX.1.C de la Dirección General de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (RELEX) de la Secretaría General del Consejo (SGC), con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

Dirección General de Relaciones Exteriores, Unidad 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Con el delegado de protección de datos de la SGC se puede contactar en la siguiente dirección:

Delegado de protección de datos

data.protection@consilium.europa.eu

El objetivo de esta operación de tratamiento de datos es la elaboración y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo a la Decisión 2014/145/PESC, modificada por la Decisión (PESC) 2019/416 del Consejo, y al Reglamento (UE) n.o 269/2014, aplicado por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/409 del Consejo.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista que figuran en la Decisión 2014/145/PESC y en el Reglamento (UE) n.o 269/2014.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la identificación correcta de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán ser compartidos en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones previstas en el artículo 25 del Reglamento (UE) 2018/1725, se atenderá al ejercicio de los derechos de los interesados (como los derechos de acceso, rectificación u oposición) con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2018/1725.

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sujetas a medidas restrictivas o del momento en que haya caducado la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Sin perjuicio de los recursos judiciales, administrativos o extrajudiciales, todo interesado tendrá derecho a presentar una reclamación ante el Supervisor Europeo de Protección de Datos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2018/1725 (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 295 de 21.11.2018, p. 39.

(2)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 16.

(3)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 117.

(4)  DO L 78 de 17.3.2014, p. 6.

(5)  DO L 73 de 15.3.2019, p. 16.


Comisión Europea

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/13


Tipo de cambio del euro (1)

14 de marzo de 2019

(2019/C 100/06)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1295

JPY

yen japonés

126,09

DKK

corona danesa

7,4624

GBP

libra esterlina

0,85228

SEK

corona sueca

10,5373

CHF

franco suizo

1,1351

ISK

corona islandesa

133,90

NOK

corona noruega

9,7155

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,668

HUF

forinto húngaro

314,43

PLN

esloti polaco

4,3032

RON

leu rumano

4,7650

TRY

lira turca

6,1842

AUD

dólar australiano

1,6030

CAD

dólar canadiense

1,5074

HKD

dólar de Hong Kong

8,8665

NZD

dólar neozelandés

1,6585

SGD

dólar de Singapur

1,5325

KRW

won de Corea del Sur

1 283,62

ZAR

rand sudafricano

16,3820

CNY

yuan renminbi

7,5984

HRK

kuna croata

7,4214

IDR

rupia indonesia

16 150,44

MYR

ringit malayo

4,6180

PHP

peso filipino

59,601

RUB

rublo ruso

73,9250

THB

bat tailandés

35,896

BRL

real brasileño

4,3330

MXN

peso mexicano

21,8824

INR

rupia india

78,4730


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


Tribunal de Cuentas

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/14


Informe Especial n.o 4/2019

El sistema de control de productos ecológicos ha mejorado, pero persisten algunas dificultades

(2019/C 100/07)

El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial n.o 4/2019: El sistema de control de productos ecológicos ha mejorado, pero persisten algunas dificultades.

El informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://eca.europa.eu


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/15


Procedimientos de liquidación

Decisión de incoar un procedimiento de liquidación de Horizon Insurance Company Limited

[Publicación efectuada de conformidad con el artículo 280 de la Directiva 2009/138/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre el seguro de vida, el acceso a la actividad de seguro y de reaseguro y su ejercicio (Solvencia II)]

(2019/C 100/08)

Empresa de seguros

Horizon Insurance Company Limited

Dirección del domicilio social:

5/5 Crutchett’s Ramp

GIBRALTAR

Fecha, entrada en vigor y naturaleza de la decisión

El 19 de diciembre de 2018, el Tribunal Supremo de Gibraltar nombró (con efecto inmediato) a Frederick David John White, de Grant Thronton Gibraltar, administrador de Horizon Insurance Company Limited, de conformidad con la Insolvency Act 2011 (Ley de Insolvencia de 2011).

El administrador trabajará en coordinación con el Financial Services Compensation Scheme (Régimen de Compensación de Servicios Financieros) del Reino Unido para garantizar que todos los tomadores de seguros continúen teniendo cubiertos sus créditos válidos y que cumplan todas las condiciones al efecto. Se ha concedido al administrador la facultad de distribuir a los tomadores de seguros, con cargo a los activos de la empresa, hasta el 80 % del valor de los créditos de seguro acordados, mientras que el saldo resultante quedará cubierto por el Financial Services Compensation Scheme.

Entrada en vigor: 19 de diciembre de 2018

Autoridades competentes

Tribunal Supremo de Gibraltar

Tribunales de Justicia

227 Main Street

GIBRALTAR

Autoridad de supervisión

Gibraltar Financial Services Commission (Comisión de Servicios Financieros de Gibraltar)

Suite 3, Ground Floor

Atlantic Suites

Europort Avenue

Apartado de Correos 940

GIBRALTAR

Administrador designado

Frederick David John White

Grant Thornton Gibraltar

6A Queensway

Apartado de Correos 64

GIBRALTAR

Derecho aplicable

Legislación de Gibraltar

Financial Services (Insurance Companies) (Solvency II Directive) Act 2015 [Ley de Servicios Financieros (Empresas de seguros) (Directiva Solvencia II) de 2015]

Insolvency Act 2011 (Ley de Insolvencia de 2011)

Companies Act 2014 (Ley de Sociedades de 2014)


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/16


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9190 — ADP/Bouygues/BPCE/IFC/Marguerite/TAV/ZAIC-A)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 100/09)

1.   

El 5 de marzo de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las empresas siguientes:

Bouygues Bâtiment International («Bouygues», Francia), filial del grupo Bouygues.

Mirova (Francia), controlada por BPCE.

ZAIC-A-Limited («ZAIC», Reino Unido).

Bouygues y Mirova adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de ZAIC, que también seguirá controlada conjuntamente por las sociedades Aéroports de Paris, International Finance Corporation, Marguerite Fund y TAV Airports Holding.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son las siguientes:

—   Bouygues: el diseño y la realización de proyectos inmobiliarios complejos a escala internacional.

—   Mirova: sociedad de gestión de activos aprobada por la AMF (Autorité des marchés financiers) que se centra específicamente en la gestión de inversiones denominadas «responsables» por parte de inversores institucionales.

—   ZAIC: explotación y gestión del aeropuerto de Zagreb en virtud de un contrato de concesión.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.9190 — ADP/Bouygues/BPCE/IFC/Marguerite/TAV/ZAIC-A

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


Corrección de errores

15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/18


Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares

( Diario Oficial de la Unión Europea C 39 de 1 de febrero de 2019 )

(2019/C 100/10)

En la página 16, en la columna de la derecha de la última casilla:

donde dice:

«31 de enero de 2019»,

debe decir:

«21 de febrero de 2019».


15.3.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 100/18


Corrección de errores de la comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

( Diario Oficial de la Unión Europea C 39 de 1 de febrero de 2019 )

(2019/C 100/11)

En la página 17, en la cuarta casilla del cuadro:

donde dice:

«Plazo de presentación de solicitudes y ofertas

8 de abril de 2019 (16 h, hora local)»,

debe decir:

«Plazo de presentación de solicitudes y ofertas

29 de abril de 2019 (16 h, hora local)».