ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 20

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

62.° año
16 de enero de 2019


Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2019/C 20/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8905 — AXA Group/Roland) ( 1 )

1

2019/C 20/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9156 — CMI/Hachette Filipacchi/Lagardère Publicité/Lagardère Digital France) ( 1 )

1

2019/C 20/03

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9194 — Sharp/Skytec UMC) ( 1 )

2

2019/C 20/04

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9173 — Astorg Asset Management/Montagu Private Equity/Nemera Capital) ( 1 )

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2019/C 20/05

Tipo de cambio del euro

3


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2019/C 20/06

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9248 — Sumitomo/Mahindra/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

4

2019/C 20/07

Notificación previa de una concentración (Asunto M.8964 — Delta/Air France-KLM/Virgin Group/Virgin Atlantic) ( 1 )

6

2019/C 20/08

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9141 — Diamond Transmission Corporation/Infrared Capital Partners/Diamond Transmission Partners) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

7

2019/C 20/09

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9223 — Stena Rederi/Hyundai Glovis/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

9

2019/C 20/10

Notificación previa de una concentración (Asunto M.8941 — EQT/Widex/JV) ( 1 )

10

2019/C 20/11

Notificación previa de una concentración (Asunto M.9244 — OMERS/Altice/SFR FTTH) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

11


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8905 — AXA Group/Roland)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/01)

El 26 de julio de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8905. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9156 — CMI/Hachette Filipacchi/Lagardère Publicité/Lagardère Digital France)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/02)

El 30 de noviembre de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M9156. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9194 — Sharp/Skytec UMC)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/03)

El 4 de diciembre de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M9194. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.9173 — Astorg Asset Management/Montagu Private Equity/Nemera Capital)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/04)

El 4 de enero de 2019, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32019M9173. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/3


Tipo de cambio del euro (1)

15 de enero de 2019

(2019/C 20/05)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1424

JPY

yen japonés

124,02

DKK

corona danesa

7,4638

GBP

libra esterlina

0,89025

SEK

corona sueca

10,2403

CHF

franco suizo

1,1266

ISK

corona islandesa

138,50

NOK

corona noruega

9,7615

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,572

HUF

forinto húngaro

322,80

PLN

esloti polaco

4,2930

RON

leu rumano

4,6831

TRY

lira turca

6,2280

AUD

dólar australiano

1,5884

CAD

dólar canadiense

1,5154

HKD

dólar de Hong Kong

8,9594

NZD

dólar neozelandés

1,6757

SGD

dólar de Singapur

1,5474

KRW

won de Corea del Sur

1 283,26

ZAR

rand sudafricano

15,7877

CNY

yuan renminbi

7,7230

HRK

kuna croata

7,4265

IDR

rupia indonesia

16 135,26

MYR

ringit malayo

4,6765

PHP

peso filipino

59,519

RUB

rublo ruso

76,6722

THB

bat tailandés

36,443

BRL

real brasileño

4,2370

MXN

peso mexicano

21,7315

INR

rupia india

81,2310


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/4


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9248 — Sumitomo/Mahindra/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/06)

1.   

El 8 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Sumitomo Corporation («Sumitomo», Japón).

Mahindra Agri Solutions Limited («Mahindra», India), perteneciente al grupo Mahindra (India).

Una empresa en participación de nueva creación («JV», India).

Sumitomo y Mahindra adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de una empresa en participación de nueva creación.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   Sumitomo: sociedad de inversión y comercio con actividades en el comercio de productos metálicos, los transportes y los sistemas de construcción, el medio ambiente y las infraestructuras, los productos químicos y la electrónica, los medios de comunicación, los productos relacionados con las redes y el estilo de vida, los recursos minerales, la energía y las ciencias de la vida.

—   Mahindra: conocimientos agronómicos y tecnológicos, e insumos agrícolas (semillas, cuidado de cultivos, patatas de siembra y microirrigación), producción agrícola (frutas frescas, leguminosas y aceites comestibles) y servicios de asesoramiento lácteo.

—   JV: fabricación, formulación, distribución, venta, compra, comercialización, importación y exportación de productos agroquímicos, principalmente en la India, y también en Nigeria y Tanzania. Mahindra transferirá a la empresa en participación su negocio agroquímico.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.9248 — Sumitomo/Mahindra/JV

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/6


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.8964 — Delta/Air France-KLM/Virgin Group/Virgin Atlantic)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/07)

1.   

El 8 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Air France-KLM SA («AFKL», Francia).

Delta Air Lines, Inc. («Delta», Estados Unidos).

Virgin Group (Islas Vírgenes Británicas).

Virgin Atlantic Limited («VAL», Reino Unido).

AFKL, Delta y Virgin Group adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de VAL, actualmente bajo el control conjunto de Delta y Virgin Group.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   AFKL: prestación de servicios de transporte aéreo de pasajeros y de carga, y de servicios de mantenimiento, reparación y revisión.

—   Delta: prestación de servicios de transporte aéreo de pasajeros y de carga mediante la utilización del espacio de bodega disponible en sus vuelos de pasajeros, y de servicios de mantenimiento, reparación y revisión.

—   Virgin Group: sociedad de cartera de un grupo de empresas, incluida VAL, que ofrece una amplia gama de productos y servicios a escala mundial.

—   VAL: sociedad de cartera de Virgin Holidays, que presta servicios de operador turístico, y Virgin Atlantic, una compañía aérea que presta servicios de transporte aéreo de pasajeros y de carga.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.8964 — Delta/Air France-KLM/Virgin Group/Virgin Atlantic

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/7


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9141 — Diamond Transmission Corporation/Infrared Capital Partners/Diamond Transmission Partners)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/08)

1.   

El 9 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Diamond Transmission Corporation Limited («DTC», Reino Unido), bajo el control de Mitsubishi Corporation («MC», Japón).

Infrared Capital Partners Limited («IRCP», Reino Unido), bajo el control de InfraRed Capital Partners (Management) LLP (Reino Unido).

Diamond Transmission Partners RB (Holding) Limited («empresa objetivo», Reino Unido), actualmente bajo el control exclusivo de DTC.

DTC e IRCP adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de la empresa objetivo.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

DTC es una sociedad de cartera que integra las actividades de inversión de MC en el sector del transporte de electricidad.

IRCP es una sociedad de gestión de inversiones en infraestructuras que opera en los sectores del asesoramiento financiero y la gestión de inversiones por cuenta de fondos de inversión.

La empresa objetivo es la sociedad de cartera de su filial al 100 % Diamond Transmission Partners RB Limited, que es la empresa propietaria del transporte en alta mar del parque eólico marítimo Race Bank, situado en aguas británicas del mar del Norte. Se dedica al transporte de la electricidad generada en este parque a la red nacional terrestre de distribución eléctrica del Reino Unido.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.9141 — Diamond Transmission Corporation/Infrared Capital Partners/Diamond Transmission Partners

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/9


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9223 — Stena Rederi/Hyundai Glovis/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/09)

1.   

El 9 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Stena Reederi AB («Stena Rederi», Suecia), bajo el control de Stena AB (Suecia), que forma parte de Stena Sphere (grupo integrado por Stena AB, Stena Sessan AB y Stena Metall AB).

Glovis Europe GmbH («Glovis Europe», Alemania), bajo el control de Hyundai Glovis CO., LTD («Hyundai Glovis», Corea del Sur).

Stena Reederi y Glovis Europe adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de una empresa en participación de nueva creación que prestará principalmente servicios de transporte marítimo de corta distancia en buques dedicados al transporte exclusivo de coches y camiones en Europa.

La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   Stena Rederi: apoya las actividades de transporte marítimo de Stena AB mediante la prestación de servicios técnicos, de construcción, y tripulación.

—   Glovis Europe: presta servicios de logística para piezas y vehículos acabados, y apoya las actividades mundiales en aguas profundas de su matriz Hyundai Glovis, una empresa integrada de logística y distribución a escala mundial.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.9223 — Stena Rederi/Hyundai Glovis/JV

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax: +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/10


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.8941 — EQT/Widex/JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/10)

1.   

El 9 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Sivantos Pte. Ltd. («Sivantos», Singapur), bajo el control de EQT VI Limited y EQT Fund Management S.à r.l. (denominadas conjuntamente «EQT»).

Widex A/S («Widex», Dinamarca), controlada por Widex Holding A/S («Widex Holding»).

MergeCo A/S, una entidad de nueva creación («JV», Dinamarca).

Widex Holding y EQT adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y en el artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de JV, combinando las actividades de Widex y Sivantos.

La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.

La misma concentración fue ya notificada a la Comisión el 4 de octubre de 2018, pero fue retirada posteriormente el 30 de octubre de 2018.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   Sivantos: empresa fabricante y proveedora a escala mundial de audífonos y accesorios para audífonos.

—   Widex: empresa fabricante y proveedora a escala mundial de audífonos y accesorios para audífonos.

—   JV: empresa fabricante y proveedora a nivel mundial de audífonos y accesorios para audífonos.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.8941 — EQT/Widex/JV

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax: +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


16.1.2019   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 20/11


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.9244 — OMERS/Altice/SFR FTTH)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2019/C 20/11)

1.   

El 10 de enero de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

OMERS Infrastructure European Holdings B.V. («OMERS Infrastructure», Países Bajos), bajo el control de OMERS Administration Corporation («OMERS»).

Altice France SA («Altice», Francia), bajo el control de Altice Europe N.V.

SFR FTTH (Francia), actualmente bajo el control de Altice.

OMERS y Altice adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de SFR FTTH.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   OMERS Infrastructure: división de infraestructura de OMERS, sociedad administradora del Ontario Municipal Employees Retirement System Primary Pension Plan (plan primario de pensiones de los empleados municipales de Ontario), de Canadá, que invierte a escala mundial en infraestructuras y activos de capital inversión.

—   Altice: prestación de servicios de telecomunicaciones, contenidos, medios de comunicación, ocio y publicidad.

—   SFR FTTH: la actividad de red de fibra del operador de comunicaciones electrónicas bajo el control exclusivo de Altice, SFR SA, en determinadas zonas de Francia, fuera de las zonas de alta densidad definidas por el regulador francés de las comunicaciones electrónicas, la Autorité de régulation des communications électroniques et des postes (Autoridad de Regulación de las Comunicaciones Electrónicas y Correos).

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.9244 — OMERS/Altice/SFR FTTH

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.