ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 218

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

61.° año
22 de junio de 2018


Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2018/C 218/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8835 — Stadtwerke Olching/BAG Netz/NG Olching/Olching VerwaltungsGmbH) ( 1)

1

2018/C 218/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8496 — Strabag/Max Bögl International/SMB) ( 1)

1

2018/C 218/03

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8901 — HSBC/Global Payments) ( 1)

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Parlamento Europeo

2018/C 218/04

Comunicación del Parlamento Europeo relativa al Premio del Ciudadano Europeo — CIVI EUROPAEO PRAEMIUM

3

 

Comisión Europea

2018/C 218/05

Tipo de cambio del euro

5

2018/C 218/06

Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH) [Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006]  ( 1)

6

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2018/C 218/07

Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

10

2018/C 218/08

Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

15

2018/C 218/09

Anuncio del Ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

19

2018/C 218/10

Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

24

2018/C 218/11

Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

28


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2018/C 218/12

Notificación previa de una concentración (Asunto M.8823 — Neste/Demeter Animal Fats and Proteins) ( 1)

34

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2018/C 218/13

Anuncio a la atención de Myrna Ajijul Mabanza y Abdulpatta Escalon Abubaka, cuyos nombres se han añadido a la lista mencionada en los artículos 2, 3 y 7 del Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida, en virtud del Reglamento (UE) 2018/888 de la Comisión

36


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8835 — Stadtwerke Olching/BAG Netz/NG Olching/Olching VerwaltungsGmbH)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2018/C 218/01)

El 28 de mayo de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en alemán y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8835. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8496 — Strabag/Max Bögl International/SMB)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2018/C 218/02)

El 14 de junio de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8496. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8901 — HSBC/Global Payments)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2018/C 218/03)

El 19 de junio de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8901. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Parlamento Europeo

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/3


Comunicación del Parlamento Europeo relativa al Premio del Ciudadano Europeo

CIVI EUROPAEO PRAEMIUM

(2018/C 218/04)

La Cancillería del Premio del Ciudadano Europeo celebró su reunión anual el 6 de junio de 2018, bajo la presidencia de Sylvie Guillaume, vicepresidenta del Parlamento Europeo.

En dicha reunión se estableció la lista de ganadores del premio correspondiente a 2018, que figura a continuación.

La entrega de premios tendrá lugar en unas ceremonias públicas celebradas en los Estados miembros de residencia de los galardonados y organizadas por las Oficinas de enlace del Parlamento Europeo. Los galardonados se reunirán también en el Parlamento Europeo en Bruselas para una ceremonia central que se celebrará el 9 de octubre de 2018.

CIVI EUROPAEO PRAEMIUM

Galardonados/Ganadores

 

Alicja Szatkowska

 

Αντρέας Μάτσης/Okan Dugli (Bi-communal Famagusta Initiative)

 

Άνεμος ανανέωσης

 

António Pinto Monteiro

 

Antonio Silvio Caló

 

Архимандрит Партений Фидановски

 

Arrels Fundació

 

Bjorn Formosa

 

Čebelarska zveza Slovenije

 

Centre Mondial de la Paix

 

Dmitri Rõbakov

 

Don Virginio Colmegna

 

Ehrenamtlicher Dolmetscherdienst der Stadt Ludwigsburg

 

Eurooppanuoret ry

 

Fatta!

 

Fo.B.A.P. ONLUS

 

Förderverein der Sozialklinik Kalamata

 

Fundação Francisco Manuel dos Santos

 

HOPEgenesis

 

Hrvatski ured za kreativnost i inovacije

 

Iespējamā misija

 

Inner City Helping Homeless

 

Institut für Erinnerungskultur 2.0 NeverForgetWhy

 

Irish Men’s Sheds Association

 

J.C.A. Akerboom

 

Κιβωτός του κόσμου

 

La Maison des Femmes de Saint-Denis

 

Laurent Festas

 

MagiCAMP

 

Matthäus Weiß, 1. Landesvorsitzender und der Verband Deutscher Sinti und Roma e.V. Landesverband Schleswig-Holstein

 

Mihai Sora

 

Nagycsaládosok Országos Egyesülete (NOE)

 

Odile Linden

 

Paola Scagnelli

 

Pierre Maurice

 

Plateforme citoyenne de soutien aux réfugiés

 

Polish Jews Forum

 

Post Bellum

 

Pražský studentský summit

 

Proyecto Integra de la Fundación Universidad Camilo José Cela

 

Refugees Welcome Crawley

 

Σενέρ Λεβέντ

 

Spirit of Football e.V.

 

Stichting De Aldenborgh

 

Švento Jokūbo Kelio Savivaldybių Asociacija

 

Szvorák Katalin

 

Unidad de Gestión Clínica de Medicina Maternofetal, Genética y Reproducción (UGCMFG) del Hospital Universitario Virgen del Rocío

 

Varga Erika

 

Vzw/asbl HUMAIN

 

Wielka Orkiestra Świątecznej Pomocy


Comisión Europea

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/5


Tipo de cambio del euro (1)

21 de junio de 2018

(2018/C 218/05)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1538

JPY

yen japonés

127,59

DKK

corona danesa

7,4520

GBP

libra esterlina

0,87370

SEK

corona sueca

10,3248

CHF

franco suizo

1,1496

ISK

corona islandesa

126,60

NOK

corona noruega

9,4253

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,863

HUF

forinto húngaro

326,15

PLN

esloti polaco

4,3256

RON

leu rumano

4,6723

TRY

lira turca

5,4754

AUD

dólar australiano

1,5664

CAD

dólar canadiense

1,5381

HKD

dólar de Hong Kong

9,0528

NZD

dólar neozelandés

1,6846

SGD

dólar de Singapur

1,5714

KRW

won de Corea del Sur

1 280,79

ZAR

rand sudafricano

15,7580

CNY

yuan renminbi

7,4977

HRK

kuna croata

7,3790

IDR

rupia indonesia

16 261,40

MYR

ringit malayo

4,6331

PHP

peso filipino

61,637

RUB

rublo ruso

73,5577

THB

bat tailandés

37,995

BRL

real brasileño

4,3567

MXN

peso mexicano

23,5286

INR

rupia india

78,4145


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/6


Resumen de las Decisiones de la Comisión Europea sobre las autorizaciones de comercialización para uso o las autorizaciones de uso de las sustancias incluidas en el anexo XIV del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y mezclas químicas (REACH)

[Publicado de conformidad con el artículo 64, apartado 9, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (1) ]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2018/C 218/06)

Decisiones por las que se concede una autorización

Referencia de la Decisión (2)

Fecha de la Decisión

Nombre de la sustancia

Titular de la autorización

Número de autorización

Uso autorizado

Fecha de expiración del período de revisión

Motivos de la Decisión

C(2018) 3734

15 de junio de 2018

Trióxido de cromo

N.o CE 215-607-8, N.o CAS 1333-82-0

Souriau SAS, RD323, 72470, Champagné, Francia;

REACH/18/6/0

Uso industrial de una mezcla que contiene compuestos de cromo hexavalente (trióxido de cromo, dicromato de potasio o dicromato de sodio) para la conversión de conectores circulares y rectangulares recubiertos de cadmio, a fin de lograr un nivel de rendimiento superior a los requisitos de las normas internacionales y resistir en entornos difíciles y aplicaciones de alta seguridad (por ejemplo, en las industrias militar, aeronáutica, aeroespacial, minera, de alta mar y nuclear o para su aplicación en dispositivos de seguridad para vehículos de carretera, trenes y barcos).

21 de septiembre de 2029

De conformidad con el artículo 60, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006, las ventajas socioeconómicas compensan los riesgos para la salud humana y el medio ambiente derivados de los usos de la sustancia, y no hay sustancias o tecnologías alternativas adecuadas para el solicitante antes de la fecha de expiración.

Amphenol Limited, Thanet Way, CT5 3JF, Whitstable, Kent, Reino Unido;

REACH/18/6/2

Amphenol Socapex, 948 Promenade de l’Arve, 74311, Thyez, Francia;

REACH/18/6/3

ITT Cannon, Cannonstrasse 1, 71384, Weinstadt-Beutelsbach, Alemania;

REACH/18/6/4

Connecteurs Electriques Deutsch, 17 rue Lavoisier BP 117, 27091, Evreux, Francia;

REACH/18/6/5

Tyco Electronics UK Ltd, Faraday Road, SN3 5HH, Swindon, Reino Unido;

REACH/18/6/7

Connecteurs Electriques Deutsch, 17 rue Lavoisier BP 117, 27091, Evreux, Francia;

REACH/18/6/6

Tyco Electronics UK Ltd, Faraday Road, SN3 5HH, Swindon, Reino Unido;

REACH/18/6/8

 

 

Dicromato de potasio

N.o CE 231-906-6, N.o CAS 7778-50-9

Souriau SAS, RD323, 72470, Champagné, Francia;

REACH/18/6/1

Uso industrial de una mezcla que contiene compuestos de cromo hexavalente (trióxido de cromo, dicromato de potasio o dicromato de sodio) en el recubrimiento por conversión y pasivación de conectores circulares y rectangulares, a fin de cumplir los requisitos de las normas internacionales y los requisitos particulares de las industrias que se desarrollan en entornos difíciles.

21 de septiembre de 2024

 

Tyco Electronics UK Ltd, Faraday Road, SN3 5HH, Swindon, Reino Unido;

REACH/18/6/9

Souriau SAS, RD323, 72470, Champagné, Francia;

REACH/18/6/10

 

 

Dicromato de sodio

N.o CE 234-190-3, N.o CAS 10588-01-9 7789-12-0

Amphenol Limited, Thanet Way, CT5 3JF, Whitstable, Kent, Reino Unido;

REACH/18/06/12

 

 

 

 

 

Trióxido de cromo

N.o CE 215-607-8, N.o CAS 1333-82-0

Amphenol Socapex, 948 Promenade de l’Arve, 74311, THYEZ, Francia;

REACH/18/6/14

 

 

 

ITT Cannon, Cannonstrasse 1, 71384, Weinstadt-Beutelsbach, Alemania;

REACH/18/6/16

Tyco Electronics UK Ltd, Faraday Road, SN3 5HH, Swindon, Reino Unido;

REACH/18/6/18

Souriau SAS, RD323, 72470, Champagné, Francia;

REACH/18/6/11

Amphenol Limited, Thanet Way, CT5 3JF, Whitstable, Kent, Reino Unido;

REACH/18/6/13

 

 

Dicromato de sodio

N.o CE 234-190-3, N.o CAS 10588-01-9 7789-12-0

Amphenol Socapex, 948 Promenade de l’Arve, 74311, THYEZ, Francia;

REACH/18/6/15

Uso industrial de una mezcla que contiene trióxido de cromo para el decapado de conectores compuestos utilizados por industrias que se desarrollan en entornos difíciles, a fin de garantizar principalmente un depósito adhesivo para cumplir los requisitos de las normas internacionales.

21 de septiembre de 2021

 

 

 

Dicromato de potasio

N.o CE 231-906-6, N.o CAS 7778-50-9

Connecteurs Electriques Deutsch, 17 rue Lavoisier BP 117, 27091, Evreux, Francia;

REACH/18/6/17

 

 

 

 

 

Trióxido de cromo

N.o CE 215-607-8, N.o CAS 1333-82-0

Souriau SAS, RD323, 72470, Champagné, Francia.

REACH/18/6/19

 

 

 


(1)  DO L 396 de 30.12.2006, p. 1.

(2)  La Decisión está disponible en el sitio web de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/growth/sectors/chemicals/reach/about_es


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/10


Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2018/C 218/07)

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN RELATIVA A LA PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MARCO DE UNA CONCESIÓN EN LA ZONA DE TARD

En nombre del Estado húngaro, el ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo, «el adjudicador» o «el ministro»), como responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «Ley sobre el sector minero»), convoca por la presente una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1.

El ministro, en colaboración con el Servicio Húngaro de Geología y Minería (Miniszter a Magyar Bányászati és Földtani Szolgálat, en lo sucesivo «MBFSZ») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el ministro publicará la decisión por la que se adjudica la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1).

La lengua del procedimiento de licitación será el húngaro.

2.

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), de la que tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como empresa minera, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3.

Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

4.

Datos sobre la zona designada para la concesión:

Zona designada para la concesión: está situada entre los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Borsod–Abaúj–Zemplén y Heves.

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Andornaktálya

Heves

Mályi

Borsod–Abaúj–Zemplén

Besenyőtelek

Heves

Mezőcsát

Borsod–Abaúj–Zemplén

Bogács

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőkeresztes

Borsod–Abaúj–Zemplén

Borsodgeszt

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőkövesd

Borsod–Abaúj–Zemplén

Borsodivánka

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőnagymihály

Borsod–Abaúj–Zemplén

Bükkábrány

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőnyárád

Borsod–Abaúj–Zemplén

Bükkaranyos

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőszemere

Heves

Bükkzsérc

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőtárkány

Heves

Cserépfalu

Borsod–Abaúj–Zemplén

Miskolc

Borsod–Abaúj–Zemplén

Cserépváralja

Borsod–Abaúj–Zemplén

Nagytálya

Heves

Csincse

Borsod–Abaúj–Zemplén

Négyes

Borsod–Abaúj–Zemplén

Dormánd

Heves

Noszvaj

Heves

Eger

Heves

Novaj

Heves

Egerbakta

Heves

Nyékládháza

Borsod–Abaúj–Zemplén

Egerfarmos

Heves

Ostoros

Heves

Egerlövő

Borsod–Abaúj–Zemplén

Poroszló

Heves

Egerszalók

Heves

Sajópetri

Borsod–Abaúj–Zemplén

Egerszólát

Heves

Sály

Borsod–Abaúj–Zemplén

Emőd

Borsod–Abaúj–Zemplén

Sirok

Heves

Füzesabony

Heves

Szentistván

Borsod–Abaúj–Zemplén

Gelej

Borsod–Abaúj–Zemplén

Szihalom

Heves

Harsány

Borsod–Abaúj–Zemplén

Szomolya

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőkeresztúr

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tard

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőszalonta

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tibolddaróc

Borsod–Abaúj–Zemplén

Igrici

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszabábolna

Borsod–Abaúj–Zemplén

Kács

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszadorogma

Borsod–Abaúj–Zemplén

Kisgyőr

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszafüred

Jász–Nagykun–Szolnok

Kistokaj

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszavalk

Borsod–Abaúj–Zemplén

Maklár

Heves

Vatta

Borsod–Abaúj–Zemplén

Capa superior de la zona designada para la concesión: nivel de la superficie; capa inferior: 5 000 m por debajo del nivel del mar Báltico.

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme, mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión, pueden consultarse en el sitio web del Servicio Húngaro de Geología y Minería (www.mbfsz.gov.hu, haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió») y en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Nacional (www.kormany.hu/hu/nemzeti-fejlesztesi-miniszterium).

Superficie de la zona designada para la concesión: 1 271,76 km2.

Las zonas del emplazamiento minero cuya capa superior se sitúa por encima de la de la zona designada para la concesión, y cuya capa inferior corresponde a la de esta, o se extiende por debajo de ella, no están incluidas en la zona designada para la concesión.

5.

Importe neto mínimo del canon de la concesión: 315 000 000 HUF (trescientos quince millones de forintos) más IVA, aunque en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

6.

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 10 000 000 HUF (diez millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación.

7.

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 50 000 000 HUF (cincuenta millones de forintos), a más tardar el día anterior a la fecha límite de presentación de las ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el adjudicador si el licitador retira su oferta o el adjudicatario no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

8.

El tipo del canon minero para la producción convencional de hidrocarburos que deberá abonarse con arreglo al contrato de concesión será, de acuerdo con la decisión del ministro, de un 16 % como mínimo; en el procedimiento de licitación se podrá presentar una oferta por un tipo de canon superior que, de aprobarse, se recogerá en el contrato de concesión y deberá abonarse mientras dure la concesión. Los casos especificados en el artículo 20, apartado 3, letras e) e i) y en el artículo 20, apartado 5, de la Ley sobre el sector minero constituyen excepciones para las que se aplicará el canon minero especificado en dicha Ley.

9.

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza relacionadas con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

10.

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la oficina de atención al público del MBFSZ (1145 Budapest, Columbus utca 17-23, Hungría; teléfono: +36 13012900) los días laborables de 8 a 14 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El MBFSZ, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del MBFSZ (www.mbfsz.gov.hu), haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió».

11.

El precio de compra del expediente de licitación es de 100 000 HUF (cien mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta n.o 10032000-01417179-00000000 del MBFSZ. En el concepto de la transferencia deberá figurar el código TACHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

12.

Solo podrán presentar ofertas las personas que hayan adquirido el expediente de licitación y abonado tanto el canon de participación como la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

13.

Las ofertas deberán presentarse en persona el 26 de septiembre de 2018 en la oficina de atención al público del MBFSZ (dirección: 1145 Budapest, Columbus utca 17-23, Hungría), entre las 10 y las 12 horas, en lengua húngara, según se especifica en el expediente de licitación.

14.

Las ofertas serán vinculantes para el licitador desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

15.

El ministro se reserva el derecho de declarar desierto el presente procedimiento de licitación. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el ministro, el Estado húngaro representado por el ministro o el Ministerio de Desarrollo Nacional como organismo del ministro.

16.

A través de la empresa concesionaria que obligatoriamente deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquirirá los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona designada al efecto. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

17.

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

18.

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

19.

El adjudicador garantizará condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

20.

Criterios para la adjudicación de la licitación:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de trabajo de investigación objeto de la concesión:

solidez técnica del programa de trabajo de investigación (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de la investigación;

compromiso financiero asumido para la ejecución del programa de trabajo de investigación;

modernidad de las soluciones técnicas previstas;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades objeto de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación de la capacidad del licitador para ejecutar el contrato de concesión:

situación financiera del licitador, disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades objeto de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la minería de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el ministro;

cuantía en la que el canon minero propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización, la realización y la conclusión de las actividades de la concesión.

21.

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de la misma, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas concedidas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada), de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta el artículo 22/A, apartado 13, de la Ley sobre el sector minero, según el cual, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 15 000 km2. Al determinar la zona de prospección debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido del Código Civil, a la empresa que desee adquirir el derecho o la autorización de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

22.

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El MBFSZ enviará las respuestas a todas las partes a través de las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, … … de 2018.

Dr. Miklós SESZTÁK

Ministro


(1)  En la fecha de publicación de la presente convocatoria, el miembro del Gobierno responsable del control de los bienes del Estado y de los asuntos mineros es el Ministro de Desarrollo Nacional, de conformidad con el artículo 109, apartados 3 y 5, del Decreto gubernamental n.o 152/2014, de 6 de junio de 2014, relativo a las tareas y competencias de determinados ministros y miembros del Gobierno.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/15


Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2018/C 218/08)

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN EN RELACIÓN CON LA PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MARCO DE UNA CONCESIÓN EN LA ZONA DE TISZAFÜRED

En nombre del Estado húngaro, el Ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo, «el adjudicador» o «el Ministro»), como responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «Ley sobre el sector minero»), convoca por la presente una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1.

El Ministro, en colaboración con el Servicio Húngaro de Geología y Minería (Miniszter a Magyar Bányászati és Földtani Szolgálat, en lo sucesivo «MBFSZ») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el Ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el Ministro publicará la decisión por la que se adjudica la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1).

La lengua del procedimiento de licitación será el húngaro.

2.

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), de la que tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como empresa minera, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3.

Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

4.

Datos sobre la zona designada para la concesión:

Zona designada para la concesión: está situada entre los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Borsod–Abaúj–Zemplén, Hajdú–Bihar, Heves y Jász–Nagykun–Szolnok

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Abádszalók

Jász–Nagykun–Szolnok

Tiszaderzs

Jász–Nagykun–Szolnok

Egyek

Hajdú–Bihar

Tiszadorogma

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hortobágy

Hajdú–Bihar

Tiszafüred

Jász–Nagykun–Szolnok

Kunmadaras

Jász–Nagykun–Szolnok

Tiszaigar

Jász–Nagykun–Szolnok

Nádudvar

Hajdú–Bihar

Tiszaörs

Jász–Nagykun–Szolnok

Nagyiván

Jász–Nagykun–Szolnok

Tiszaszentimre

Jász–Nagykun–Szolnok

Poroszló

Heves

Tiszaszőlős

Jász–Nagykun–Szolnok

Sarud

Heves

Tiszavalk

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszabábolna

Borsod–Abaúj–Zemplén

Újlőrincfalva

Heves

Tiszacsege

Hajdú–Bihar

 

 

Capa superior de la zona designada para la concesión: nivel de la superficie; capa inferior: 5 000 m por debajo del nivel del mar Báltico.

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme, mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión, pueden consultarse en el sitio web del Servicio Húngaro de Geología y Minería (www.mbfsz.gov.hu, haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió») y en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Nacional (www.kormany.hu/hu/nemzeti-fejlesztesi-miniszterium).

Superficie de la zona designada para la concesión: 654 km2.

Las zonas del emplazamiento minero cuya capa superior se sitúa por encima de la de la zona designada para la concesión, y cuya capa inferior corresponde a la de esta, o se extiende por debajo de ella, no están incluidas en la zona designada para la concesión.

5.

Importe neto mínimo del canon de la concesión: 321 000 000 HUF (trescientos veintiún millones de forintos) más IVA, aunque en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

6.

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 10 000 000 HUF (diez millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación.

7.

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 50 000 000 HUF (cincuenta millones de forintos), a más tardar el día anterior a la fecha límite de presentación de las ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el adjudicador si el licitador retira su oferta o el adjudicatario no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

8.

El tipo del canon minero para la producción convencional de hidrocarburos que deberá abonarse con arreglo al contrato de concesión será, de acuerdo con la decisión del Ministro, de un 16 % como mínimo; en el procedimiento de licitación se podrá presentar una oferta por un tipo de canon superior que, de aprobarse, se recogerá en el contrato de concesión y deberá abonarse mientras dure la concesión. Los casos especificados en el artículo 20, apartado 3, letras e) e i) y en el artículo 20, apartado 5, de la Ley sobre el sector minero constituyen excepciones para las que se aplicará el canon minero especificado en dicha Ley.

9.

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza relacionadas con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

10.

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la oficina de atención al público del MBFSZ (Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría; tel.: +36 13012900) los días laborables de 8 a 14 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El MBFSZ, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del MBFSZ (www.mbfsz.gov.hu), haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió».

11.

El precio de compra del expediente de licitación es de 100 000 HUF (cien mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta n.o 10032000-01417179-00000000 del MBFSZ. En el concepto de la transferencia deberá figurar el código TFCHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

12.

Solo podrán presentar ofertas las personas que hayan adquirido el expediente de licitación y abonado tanto el canon de participación como la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

13.

Las ofertas deberán presentarse en persona el 26 de septiembre de 2018 en la oficina de atención al público del MBFSZ (dirección: Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría), entre las 10 y las 12 horas, en lengua húngara, según se especifica en el expediente de licitación.

14.

Las ofertas serán vinculantes para el licitador desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

15.

El Ministro se reserva el derecho de declarar desierto el presente procedimiento de licitación. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el Ministro, el Estado húngaro representado por el Ministro o el Ministerio de Desarrollo Nacional como organismo del Ministro.

16.

A través de la empresa concesionaria que obligatoriamente deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquirirá los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona designada al efecto. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

17.

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

18.

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

19.

El adjudicador garantizará condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

20.

Criterios para la adjudicación de la licitación:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de trabajo de investigación objeto de la concesión:

solidez técnica del programa de trabajo de investigación (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de la investigación;

compromiso financiero asumido para la ejecución del programa de trabajo de investigación;

modernidad de las soluciones técnicas previstas;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades objeto de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación de la capacidad del licitador para ejecutar el contrato de concesión:

situación financiera del licitador, disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades objeto de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la minería de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el Ministro;

cuantía en la que el canon minero propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el Ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización, la realización y la conclusión de las actividades de la concesión.

21.

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El Ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de la misma, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas concedidas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada), de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta el artículo 22/A, apartado 13, de la Ley sobre el sector minero, según el cual, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 15 000 km2. Al determinar la zona de prospección debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido del Código Civil, a la empresa que desee adquirir el derecho o la autorización de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

22.

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El MBFSZ enviará las respuestas a todas las partes a través de las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, … … de 2018.

Dr. Miklós SESZTÁK

Ministro


(1)  En la fecha de publicación de la presente convocatoria, el miembro del Gobierno responsable del control de los bienes del Estado y de los asuntos mineros es el Ministro de Desarrollo Nacional, de conformidad con el artículo 109, apartados 3 y 5, del Decreto gubernamental n.o 152/2014, de 6 de junio de 2014, relativo a las tareas y competencias de determinados ministros y miembros del Gobierno.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/19


Anuncio del Ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2018/C 218/09)

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN EN RELACIÓN CON LA PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MARCO DE UNA CONCESIÓN EN LA ZONA DE TISZATARJÁN

En nombre del Estado húngaro, el Ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo, «adjudicador» o «Ministro»), como responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «Ley sobre el sector minero»), convoca por la presente una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1.

El Ministro, en colaboración con el Servicio Húngaro de Geología y Minería (Miniszter a Magyar Bányászati és Földtani Szolgálat, en lo sucesivo «MBFSZ») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el Ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el Ministro publicará la decisión por la que se adjudica la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1).

La lengua del procedimiento de licitación será el húngaro.

2.

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «empresa concesionaria»), de la que tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como empresa minera, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3.

Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

4.

Datos sobre la zona designada para la concesión:

Zona designada para la concesión: está situada entre los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Borsod–Abaúj–Zemplén, Hajdú–Bihar, Jász–Nagykun–Szolnok y Szabolcs–Szatmár–Bereg

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Alsózsolca

Borsod–Abaúj–Zemplén

Muhi

Borsod–Abaúj–Zemplén

Arnót

Borsod–Abaúj–Zemplén

Nádudvar

Hajdú–Bihar

Ároktő

Borsod–Abaúj–Zemplén

Nagycsécs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Balmazújváros

Hajdú–Bihar

Nagyhegyes

Hajdú–Bihar

Bekecs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Nemesbikk

Borsod–Abaúj–Zemplén

Berzék

Borsod–Abaúj–Zemplén

Nyékládháza

Borsod–Abaúj–Zemplén

Bőcs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Onga

Borsod–Abaúj–Zemplén

Egyek

Hajdú–Bihar

Ónod

Borsod–Abaúj–Zemplén

Emőd

Borsod–Abaúj–Zemplén

Oszlár

Borsod–Abaúj–Zemplén

Felsőzsolca

Borsod–Abaúj–Zemplén

Polgár

Hajdú–Bihar

Folyás

Hajdú–Bihar

Prügy

Borsod–Abaúj–Zemplén

Gesztely

Borsod–Abaúj–Zemplén

Sajóhídvég

Borsod–Abaúj–Zemplén

Girincs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Sajólád

Borsod–Abaúj–Zemplén

Görbeháza

Hajdú–Bihar

Sajóörös

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hajdúszoboszló

Hajdú–Bihar

Sajópetri

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőbába

Borsod–Abaúj–Zemplén

Sajószöged

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőkeresztúr

Borsod–Abaúj–Zemplén

Szakáld

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőkürt

Borsod–Abaúj–Zemplén

Szerencs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőpapi

Borsod–Abaúj–Zemplén

Taktaharkány

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hejőszalonta

Borsod–Abaúj–Zemplén

Taktakenéz

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hernádkak

Borsod–Abaúj–Zemplén

Taktaszada

Borsod–Abaúj–Zemplén

Hernádnémeti

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszacsege

Hajdú–Bihar

Hortobágy

Hajdú–Bihar

Tiszadada

Szabolcs–Szatmár–Bereg

Igrici

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszadob

Szabolcs–Szatmár–Bereg

Karcag

Jász–Nagykun–Szolnok

Tiszadorogma

Borsod–Abaúj–Zemplén

Kesznyéten

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszagyulaháza

Hajdú–Bihar

Kiscsécs

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszakeszi

Borsod–Abaúj–Zemplén

Kistokaj

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszalúc

Borsod–Abaúj–Zemplén

Köröm

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszapalkonya

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mályi

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszatarján

Borsod–Abaúj–Zemplén

Megyaszó

Borsod–Abaúj–Zemplén

Tiszaújváros

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőcsát

Borsod–Abaúj–Zemplén

Újcsanálos

Borsod–Abaúj–Zemplén

Mezőnagymihály

Borsod–Abaúj–Zemplén

Újszentmargita

Hajdú–Bihar

Miskolc

Borsod–Abaúj–Zemplén

Újtikos

Hajdú–Bihar

Capa superior de la zona designada para la concesión: nivel de la superficie; capa inferior: 5 000 m por debajo del nivel del mar Báltico.

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme, mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión, pueden consultarse en el sitio web del Servicio Húngaro de Geología y Minería (www.mbfsz.gov.hu, haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió») y en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Nacional (www.kormany.hu/hu/nemzeti-fejlesztesi-miniszterium).

Superficie de la zona designada para la concesión: 1 770,8 km2.

Las zonas del emplazamiento minero cuya capa superior se sitúa por encima de la de la zona designada para la concesión, y cuya capa inferior corresponde a la de esta, o se extiende por debajo de ella, no están incluidas en la zona designada para la concesión.

5.

Importe neto mínimo del canon de la concesión: 318 000 000 forintos húngaros (HUF) (trescientos dieciocho millones de forintos) más IVA, aunque en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

6.

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 10 000 000 HUF (diez millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación.

7.

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 50 000 000 HUF (cincuenta millones de forintos), a más tardar el día anterior a la fecha límite de presentación de las ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el adjudicador si el licitador retira su oferta o el adjudicatario no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

8.

El tipo del canon minero para la producción convencional de hidrocarburos que deberá abonarse con arreglo al contrato de concesión será, de acuerdo con la decisión del Ministro, de un 16 % como mínimo; en el procedimiento de licitación se podrá presentar una oferta por un tipo de canon superior que, de aprobarse, se recogerá en el contrato de concesión y deberá abonarse mientras dure la concesión. Los casos especificados en el artículo 20, apartado 3, letras e) e i) y en el artículo 20, apartado 5, de la Ley sobre el sector minero constituyen excepciones para las que se aplicará el canon minero especificado en dicha Ley.

9.

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza relacionadas con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

10.

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la oficina de atención al público del MBFSZ (Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría, tel. +36-1/301-2900) los días laborables de 8.00 a 14.00 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El MBFSZ, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del MBFSZ (www.mbfsz.gov.hu), haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió».

11.

El precio de compra del expediente de licitación es de 100 000 HUF (cien mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta n.o 10032000-01417179-00000000 del MBFSZ. En el concepto de la transferencia deberá figurar el código TTCHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

12.

Solo podrán presentar ofertas las personas que hayan adquirido el expediente de licitación y abonado tanto el canon de participación como la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

13.

Las ofertas deberán presentarse en persona el 27 de septiembre de 2018 en la oficina de atención al público del MBFSZ (dirección: Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría), entre las 10.00 y las 12.00 horas, en lengua húngara, según se especifica en el expediente de licitación.

14.

Las ofertas serán vinculantes para el licitador desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

15.

El Ministro se reserva el derecho de declarar desierto el presente procedimiento de licitación. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el Ministro, el Estado húngaro representado por el Ministro o el Ministerio de Desarrollo Nacional como organismo del Ministro.

16.

A través de la empresa concesionaria que obligatoriamente deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquirirá los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona designada al efecto. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

17.

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

18.

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

19.

El adjudicador garantizará condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

20.

Criterios para la adjudicación de la licitación:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de trabajo de investigación objeto de la concesión:

solidez técnica del programa de trabajo de investigación (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de la investigación;

compromiso financiero asumido para la ejecución del programa de trabajo de investigación;

modernidad de las soluciones técnicas previstas;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades objeto de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación de la capacidad del licitador para ejecutar el contrato de concesión:

situación financiera del licitador, disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades objeto de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la minería de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el Ministro;

cuantía en la que el canon minero propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el Ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización, la realización y la conclusión de las actividades de la concesión.

21.

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El Ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de la misma, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas concedidas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada), de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta el artículo 22/A, apartado 13, de la Ley sobre el sector minero, según el cual, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 15 000 km2. Al determinar la zona de prospección debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido del Código Civil, a la empresa que desee adquirir el derecho o la autorización de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

22.

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El MBFSZ enviará las respuestas a todas las partes a través de las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, … … de 2018.

Dr. Miklós SESZTÁK

Ministro


(1)  En la fecha de publicación de la presente convocatoria, el miembro del Gobierno responsable del control de los bienes del Estado y de los asuntos mineros es el Ministro de Desarrollo Nacional, de conformidad con el artículo 109, apartados 3 y 5, del Decreto gubernamental n.o 152/2014, de 6 de junio de 2014, relativo a las tareas y competencias de determinados ministros y miembros del Gobierno.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/24


Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2018/C 218/10)

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN EN RELACIÓN CON LA PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MARCO DE UNA CONCESIÓN EN LA ZONA DE ÚJSZILVÁS

En nombre del Estado húngaro, el Ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo, «el adjudicador» o «el Ministro»), como responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «Ley sobre el sector minero»), convoca por la presente una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1.

El Ministro, en colaboración con el Servicio Húngaro de Geología y Minería (Miniszter a Magyar Bányászati és Földtani Szolgálat, en lo sucesivo «MBFSZ») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el Ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el Ministro publicará la decisión por la que se adjudica la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1).

La lengua del procedimiento de licitación será el húngaro.

2.

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), de la que tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como empresa minera, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3.

Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

4.

Datos sobre la zona designada para la concesión:

Zona designada para la concesión: está situada entre los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Bács–Kiskun, Jász–Nagykun–Szolnok y Pest.

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Abony

Pest

Nyársapát

Pest

Albertirsa

Pest

Pánd

Pest

Cegléd

Pest

Pilis

Pest

Ceglédbercel

Pest

Pusztavacs

Pest

Csemő

Pest

Tápióbicske

Pest

Dánszentmiklós

Pest

Tápiógyörgye

Pest

Jászkarajenő

Pest

Tápiószele

Pest

Káva

Pest

Tápiószentmárton

Pest

Kocsér

Pest

Tápiószőlős

Pest

Kőröstetétlen

Pest

Törtel

Pest

Lajosmizse

Bács–Kiskun

Újszász

Jász–Nagykun–Szolnok

Mikebuda

Pest

Újszilvás

Pest

Nagykőrös

Pest

 

 

Capa superior de la zona designada para la concesión: nivel de la superficie; capa inferior: 5 000 m por debajo del nivel del mar Báltico.

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme, mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión, pueden consultarse en el sitio web del Servicio Húngaro de Geología y Minería (www.mbfsz.gov.hu, haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió») y en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Nacional (www.kormany.hu/hu/nemzeti-fejlesztesi-miniszterium).

Superficie de la zona designada para la concesión: 1 050 km2.

Las zonas del emplazamiento minero cuya capa superior se sitúa por encima de la de la zona designada para la concesión, y cuya capa inferior corresponde a la de esta, o se extiende por debajo de ella, no están incluidas en la zona designada para la concesión.

5.

Importe neto mínimo del canon de la concesión: 321 000 000 HUF (trescientos veintiún millones de forintos) más IVA, aunque en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

6.

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 10 000 000 HUF (diez millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación.

7.

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 50 000 000 HUF (cincuenta millones de forintos), a más tardar el día anterior a la fecha límite de presentación de las ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el adjudicador si el licitador retira su oferta o el adjudicatario no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

8.

El tipo del canon minero para la producción convencional de hidrocarburos que deberá abonarse con arreglo al contrato de concesión será, de acuerdo con la decisión del Ministro, de un 16 % como mínimo; en el procedimiento de licitación se podrá presentar una oferta por un tipo de canon superior que, de aprobarse, se recogerá en el contrato de concesión y deberá abonarse mientras dure la concesión. Los casos especificados en el artículo 20, apartado 3, letras e) e i) y en el artículo 20, apartado 5, de la Ley sobre el sector minero constituyen excepciones para las que se aplicará el canon minero especificado en dicha Ley.

9.

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza relacionadas con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

10.

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la oficina de atención al público del MBFSZ (Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría; tel.: +36 13012900) los días laborables de 8 a 14 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El MBFSZ, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del MBFSZ (www.mbfsz.gov.hu), haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió».

11.

El precio de compra del expediente de licitación es de 100 000 HUF (cien mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta n.o 10032000-01417179-00000000 del MBFSZ. En el concepto de la transferencia deberá figurar el código UJCHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

12.

Solo podrán presentar ofertas las personas que hayan adquirido el expediente de licitación y abonado tanto el canon de participación como la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

13.

Las ofertas deberán presentarse en persona el 27 de septiembre de 2018 en la oficina de atención al público del MBFSZ (dirección: Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría), entre las 10 y las 12 horas, en lengua húngara, según se especifica en el expediente de licitación.

14.

Las ofertas serán vinculantes para el licitador desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

15.

El Ministro se reserva el derecho de declarar desierto el presente procedimiento de licitación. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el Ministro, el Estado húngaro representado por el Ministro o el Ministerio de Desarrollo Nacional como organismo del Ministro.

16.

A través de la empresa concesionaria que obligatoriamente deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquirirá los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona designada al efecto. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

17.

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

18.

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

19.

El adjudicador garantizará condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

20.

Criterios para la adjudicación de la licitación:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de trabajo de investigación objeto de la concesión:

solidez técnica del programa de trabajo de investigación (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de la investigación;

compromiso financiero asumido para la ejecución del programa de trabajo de investigación;

modernidad de las soluciones técnicas previstas;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades objeto de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación de la capacidad del licitador para ejecutar el contrato de concesión:

situación financiera del licitador, disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades objeto de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la minería de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el Ministro;

cuantía en la que el canon minero propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el Ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización, la realización y la conclusión de las actividades de la concesión.

21.

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El Ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de la misma, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas concedidas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada), de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta el artículo 22/A, apartado 13, de la Ley sobre el sector minero, según el cual, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 15 000 km2. Al determinar la zona de prospección debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido del Código Civil, a la empresa que desee adquirir el derecho o la autorización de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

22.

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El MBFSZ enviará las respuestas a todas las partes a través de las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, … … de 2018.

Dr. Miklós SESZTÁK

Ministro


(1)  En la fecha de publicación de la presente convocatoria, el miembro del Gobierno responsable del control de los bienes del Estado y de los asuntos mineros es el Ministro de Desarrollo Nacional, de conformidad con el artículo 109, apartados 3 y 5, del Decreto gubernamental n.o 152/2014, de 6 de junio de 2014, relativo a las tareas y competencias de determinados ministros y miembros del Gobierno.


22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/28


Anuncio del ministro de Desarrollo Nacional de Hungría de conformidad con el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

(2018/C 218/11)

CONVOCATORIA DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA ADJUDICACIÓN DE UNA CONCESIÓN EN RELACIÓN CON LA PROSPECCIÓN, EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL MARCO DE UNA CONCESIÓN EN LA ZONA DE ZALAERDŐD

En nombre del Estado húngaro, el Ministro de Desarrollo Nacional (en lo sucesivo, «el adjudicador» o «el Ministro»), como responsable de asuntos mineros y del control de los bienes del Estado, y de conformidad con la Ley n.o CXCVI de 2011, relativa a los bienes nacionales (en lo sucesivo, «Ley sobre bienes nacionales»), la Ley n.o XVI de 1991, relativa a las concesiones (en lo sucesivo, «Ley sobre concesiones»), y la Ley n.o XLVIII de 1993, relativa al sector minero (en lo sucesivo, «Ley sobre el sector minero»), convoca por la presente una licitación pública para la prospección, exploración y producción de hidrocarburos en el marco de un contrato de concesión en las condiciones que se especifican a continuación.

1.

El Ministro, en colaboración con el Servicio Húngaro de Geología y Minería (Miniszter a Magyar Bányászati és Földtani Szolgálat, en lo sucesivo «MBFSZ») y de conformidad con las disposiciones pertinentes de las leyes sobre las concesiones y el sector minero, procederá a la publicación de la convocatoria de licitación, la evaluación de las ofertas y la celebración del contrato de concesión. El comité de evaluación creado por el Ministro evaluará las ofertas que se ajusten al pliego de condiciones.

A propuesta del comité de evaluación, el Ministro publicará la decisión por la que se adjudica la concesión y, sobre esa base, podrá celebrar el contrato de concesión con el licitador seleccionado, de conformidad con el artículo 5, apartado 1, de la Ley sobre concesiones (1).

La lengua del procedimiento de licitación será el húngaro.

2.

Podrán participar en el procedimiento de licitación las personas físicas húngaras o extranjeras y las entidades transparentes, en el sentido de la Ley sobre bienes nacionales, que cumplan los criterios del pliego de condiciones. También estarán permitidas las ofertas conjuntas. En caso de que varios licitadores presenten una oferta conjunta relativa a las actividades de la concesión, deberán designar obligatoriamente a uno de ellos como representante, pero asumirán la responsabilidad solidaria de la ejecución del contrato de concesión. En el marco de la licitación, los licitadores húngaros y extranjeros recibirán el mismo trato.

A efectos de la ejecución de las actividades objeto de concesión, el licitador que haya firmado el contrato (en lo sucesivo, «el concesionario») deberá constituir, con sus propios recursos y en un plazo de noventa días a partir de la entrada en vigor de dicho contrato, una empresa con domicilio social en territorio húngaro (en lo sucesivo, «la empresa concesionaria»), de la que tendrá mayoría de acciones, participaciones y votos, tanto en el momento de la constitución como a lo largo de su existencia. Como propietario, el concesionario deberá además imponer en la empresa concesionaria el cumplimiento de los requisitos definidos en el contrato de concesión. La empresa concesionaria, como empresa minera, gozará de los derechos establecidos en el contrato de concesión y estará sujeta a las obligaciones derivadas de dicho contrato.

3.

Duración de la concesión: veinte años a partir de la entrada en vigor del contrato de concesión; prorrogable una vez por un período máximo equivalente a la mitad de la duración prevista inicialmente sin que deba convocarse una nueva licitación específica, siempre que el concesionario y la empresa concesionaria hayan cumplido a su debido tiempo la totalidad de sus obligaciones contractuales.

4.

Datos sobre la zona designada para la concesión:

Zona designada para la concesión: está situada entre los municipios indicados en el cuadro siguiente, en los condados de Győr–Moson–Sopron, Vas, Veszprém y Zala.

Municipio

Condado

Municipio

Condado

Adorjánháza

Veszprém

Meggyeskovácsi

Vas

Alsóújlak

Vas

Mersevát

Vas

Apácatorna

Veszprém

Mesteri

Vas

Batyk

Zala

Mezőlak

Veszprém

Bejcgyertyános

Vas

Mihályfa

Zala

Békás

Veszprém

Mihályháza

Veszprém

Beled

Győr–Moson–Sopron

Mikosszéplak

Vas

Bérbaltavár

Vas

Nagyacsád

Veszprém

Boba

Vas

Nagyalásony

Veszprém

Bodorfa

Veszprém

Nagypirit

Veszprém

Borgáta

Vas

Nagysimonyi

Vas

Bögöte

Vas

Nagytilaj

Vas

Celldömölk

Vas

Nemesgörzsöny

Veszprém

Csáfordjánosfa

Győr–Moson–Sopron

Nemeshany

Veszprém

Csánig

Vas

Nemeskeresztúr

Vas

Csehi

Vas

Nemeskocs

Vas

Csehimindszent

Vas

Nemesszalók

Veszprém

Csipkerek

Vas

Nick

Vas

Csögle

Veszprém

Nyárád

Veszprém

Csönge

Vas

Nyőgér

Vas

Dabronc

Veszprém

Óhíd

Zala

Dabrony

Veszprém

Olaszfa

Vas

Dáka

Veszprém

Ostffyasszonyfa

Vas

Dénesfa

Győr–Moson–Sopron

Oszkó

Vas

Doba

Veszprém

Pácsony

Vas

Döbröce

Zala

Pakod

Zala

Dötk

Zala

Páli

Győr–Moson–Sopron

Duka

Vas

Pápoc

Vas

Edve

Győr–Moson–Sopron

Pókaszepetk

Zala

Egeralja

Veszprém

Rábakecöl

Győr–Moson–Sopron

Egervár

Zala

Rábapaty

Vas

Egervölgy

Vas

Rábasebes

Győr–Moson–Sopron

Egyed

Győr–Moson–Sopron

Rábaszentandrás

Győr–Moson–Sopron

Egyházashetye

Vas

Répcelak

Vas

Egyházaskesző

Veszprém

Répceszemere

Győr–Moson–Sopron

Gérce

Vas

Rigács

Veszprém

Gógánfa

Veszprém

Rum

Vas

Gősfa

Zala

Sárvár

Vas

Győrvár

Vas

Sitke

Vas

Hetyefő

Veszprém

Sobor

Győr–Moson–Sopron

Hosszúpereszteg

Vas

Somlójenő

Veszprém

Hosztót

Veszprém

Somlószőlős

Veszprém

Ikervár

Vas

Somlóvásárhely

Veszprém

Iszkáz

Veszprém

Somlóvecse

Veszprém

Jákfa

Vas

Sótony

Vas

Jánosháza

Vas

Sümeg

Veszprém

Káld

Vas

Sümegcsehi

Zala

Kám

Vas

Szalapa

Zala

Kamond

Veszprém

Szany

Győr–Moson–Sopron

Káptalanfa

Veszprém

Szemenye

Vas

Karakó

Vas

Szentimrefalva

Veszprém

Karakószörcsök

Veszprém

Szergény

Vas

Keléd

Vas

Szil

Győr–Moson–Sopron

Kemendollár

Zala

Tekenye

Zala

Kemeneshőgyész

Veszprém

Tokorcs

Vas

Kemeneskápolna

Vas

Türje

Zala

Kemenesmagasi

Vas

Tüskevár

Veszprém

Kemenesmihályfa

Vas

Ukk

Veszprém

Kemenespálfa

Vas

Uraiújfalu

Vas

Kemenessömjén

Vas

Vág

Győr–Moson–Sopron

Kemenesszentmárton

Vas

Vámoscsalád

Vas

Kemenesszentpéter

Veszprém

Várkesző

Veszprém

Kenyeri

Vas

Vásárosfalu

Győr–Moson–Sopron

Kerta

Veszprém

Vásárosmiske

Vas

Kisberzseny

Veszprém

Vasboldogasszony

Zala

Kiscsősz

Veszprém

Vashosszúfalu

Vas

Kisgörbő

Zala

Vasvár

Vas

Kispirit

Veszprém

Veszprémgalsa

Veszprém

Kissomlyó

Vas

Vid

Veszprém

Kisvásárhely

Zala

Vinár

Veszprém

Kisszőlős

Veszprém

Vönöck

Vas

Köcsk

Vas

Zalabér

Zala

Külsővat

Veszprém

Zalaerdőd

Veszprém

Lakhegy

Zala

Zalagyömörő

Veszprém

Magyargencs

Veszprém

Zalameggyes

Veszprém

Magyarkeresztúr

Győr–Moson–Sopron

Zalaszegvár

Veszprém

Marcalgergelyi

Veszprém

Zalaszentgrót

Zala

Marcaltő

Veszprém

Zalavég

Zala

Megyer

Veszprém

Zsennye

Vas

Capa superior de la zona designada para la concesión: nivel de la superficie; capa inferior: 5 000 m por debajo del nivel del mar Báltico.

Las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos no están incluidas en la zona designada para la concesión.

Las coordenadas de los vértices que delimitan la zona designada para la concesión pueden consultarse en el sistema nacional de proyección uniforme, mientras que los datos de las zonas despejadas para dar paso a un emplazamiento minero de recursos minerales de hidrocarburos, que no están incluidas en la zona designada para la concesión, pueden consultarse en el sitio web del Servicio Húngaro de Geología y Minería (www.mbfsz.gov.hu, haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió») y en el sitio web del Ministerio de Desarrollo Nacional (www.kormany.hu/hu/nemzeti-fejlesztesi-miniszterium).

Superficie de la zona designada para la concesión: 1 871 km2.

Las zonas del emplazamiento minero cuya capa superior se sitúa por encima de la de la zona designada para la concesión, y cuya capa inferior corresponde a la de esta, o se extiende por debajo de ella, no están incluidas en la zona designada para la concesión.

5.

Importe neto mínimo del canon de la concesión: 342 000 000 HUF (trescientos cuarenta y dos millones de forintos) más IVA, aunque en la oferta puede proponerse una cantidad fija más elevada. Tras el anuncio de los resultados, el licitador seleccionado deberá abonar el canon de concesión de acuerdo con las cantidades, las modalidades y los plazos establecidos en el contrato de concesión.

6.

La participación en la licitación para la adjudicación de la concesión está condicionada al pago de un canon de participación de 10 000 000 HUF (diez millones de forintos) más IVA; las modalidades de pago figuran en el expediente de licitación.

7.

Para que su solicitud sea válida, además de abonar el canon de participación, los licitadores tendrán que depositar una garantía de licitación de 50 000 000 HUF (cincuenta millones de forintos), a más tardar el día anterior a la fecha límite de presentación de las ofertas, como compromiso de que mantendrán la oferta. La garantía de licitación será ejecutada por el adjudicador si el licitador retira su oferta o el adjudicatario no llega a celebrar el contrato o a abonar el canon de concesión ofrecido de acuerdo con los importes, las modalidades y los plazos fijados en el contrato de concesión. En el expediente de licitación se especifican las modalidades de pago de la garantía de licitación.

8.

El tipo del canon minero para la producción convencional de hidrocarburos que deberá abonarse con arreglo al contrato de concesión será, de acuerdo con la decisión del Ministro, de un 16 % como mínimo; en el procedimiento de licitación se podrá presentar una oferta por un tipo de canon superior que, de aprobarse, se recogerá en el contrato de concesión y deberá abonarse mientras dure la concesión. Los casos especificados en el artículo 20, apartado 3, letras e) e i) y en el artículo 20, apartado 5, de la Ley sobre el sector minero constituyen excepciones para las que se aplicará el canon minero especificado en dicha Ley.

9.

Todas las condiciones e informaciones jurídicas, financieras, técnicas y de otra naturaleza relacionadas con el procedimiento pueden consultarse en el expediente de licitación.

10.

El expediente de licitación puede obtenerse hasta el día anterior a la fecha límite de presentación de ofertas en la oficina de atención al público del MBFSZ (Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría; tel.: +36 13012900) los días laborables de 8 a 14 horas, previa presentación del justificante de pago del precio de dicho expediente. El MBFSZ, en su propio nombre, expedirá al comprador del expediente un acuse de recibo.

En el momento de la adquisición del expediente de licitación, deberá presentarse también una ficha de identificación del licitador que opta a la concesión, al objeto de poder ponerse en contacto con él y suministrarle la información necesaria. Dicha ficha puede descargarse en el sitio web del MBFSZ (www.mbfsz.gov.hu), haciendo clic en el menú desplegable «Koncesszió».

11.

El precio de compra del expediente de licitación es de 100 000 HUF (cien mil forintos) más IVA, que deberán abonarse mediante transferencia bancaria a la cuenta n.o 10032000-01417179-00000000 del MBFSZ. En el concepto de la transferencia deberá figurar el código ZACHDV y el nombre del comprador. El expediente de licitación no podrá abonarse en efectivo y la cantidad pagada no podrá ser objeto de reembolso parcial ni total. Si no se recibiese el expediente de licitación, el precio de compra sería reembolsado al comprador en el plazo de cinco días tras la fecha límite de presentación de ofertas.

12.

Solo podrán presentar ofertas las personas que hayan adquirido el expediente de licitación y abonado tanto el canon de participación como la garantía de licitación. Cuando se presente una oferta conjunta, basta con que uno de los licitadores adquiera el expediente de licitación.

13.

Las ofertas deberán presentarse en persona el 27 de septiembre de 2018 en la oficina de atención al público del MBFSZ (dirección: Columbus utca 17-23, 1145 Budapest, Hungría), entre las 10 y las 12 horas, en lengua húngara, según se especifica en el expediente de licitación.

14.

Las ofertas serán vinculantes para el licitador desde el momento de su presentación hasta el cierre del procedimiento de licitación. El licitador no podrá eludir el compromiso que adquiere al presentar una oferta.

15.

El Ministro se reserva el derecho de declarar desierto el presente procedimiento de licitación. Si un procedimiento de licitación es declarado desierto, no podrá presentarse reclamación alguna contra el Ministro, el Estado húngaro representado por el Ministro o el Ministerio de Desarrollo Nacional como organismo del Ministro.

16.

A través de la empresa concesionaria que obligatoriamente deberá constituir a tal fin, el licitador seleccionado adquirirá los derechos exclusivos de prospección, exploración y producción de hidrocarburos durante todo el período de la concesión en la zona designada al efecto. Una vez que la decisión por la que se establece el emplazamiento minero adquiera carácter definitivo, el derecho de concesión relativo a la zona de prospección se limitará a la zona del emplazamiento minero.

17.

Cada licitador solo podrá presentar una oferta.

18.

Plazo para la adjudicación de las ofertas de concesión: noventa días a partir de la expiración del plazo de presentación de ofertas.

19.

El adjudicador garantizará condiciones de competencia justas y no aplicará ningún criterio preferencial.

20.

Criterios para la adjudicación de la licitación:

I)

Criterios de evaluación del contenido del programa de trabajo de investigación objeto de la concesión:

solidez técnica del programa de trabajo de investigación (soluciones previstas para garantizar una prospección máxima de hidrocarburos);

duración prevista de la investigación;

compromiso financiero asumido para la ejecución del programa de trabajo de investigación;

modernidad de las soluciones técnicas previstas;

medidas previstas para proteger el medio ambiente y prevenir y atenuar los daños durante la ejecución de las actividades objeto de la concesión;

fecha prevista de inicio de la producción (por ley, en menos de cinco años).

II)

Criterios de evaluación de la capacidad del licitador para ejecutar el contrato de concesión:

situación financiera del licitador, disponibilidad de los recursos financieros necesarios para la ejecución de las actividades objeto de la concesión, y proporción que representan los recursos propios;

valor total de las obras de referencia realizadas en el ámbito de la minería de hidrocarburos en los tres años anteriores a la publicación de la licitación.

III)

Criterios de evaluación relativos a las obligaciones de pago contraídas en el contrato de concesión:

cuantía en la que el canon de concesión neto propuesto supera el canon de concesión mínimo fijado por el Ministro;

cuantía en la que el canon minero propuesto supera el canon minero mínimo fijado por el Ministro.

El expediente de licitación contiene más información sobre los criterios de adjudicación y la legislación que regula el procedimiento de autorización, la realización y la conclusión de las actividades de la concesión.

21.

Contrato de concesión

El contrato de concesión deberá celebrarse en un plazo de noventa días a partir del anuncio de los resultados. El Ministro podrá prorrogar dicho plazo una sola vez por un máximo de sesenta días.

El licitador seleccionado obtendrá el derecho, durante todo el período de la concesión y en el marco de la misma, de llevar a cabo las actividades económicas exclusivas concedidas por el Estado (prospección, exploración y producción de hidrocarburos en una zona determinada), de conformidad con las disposiciones legislativas pertinentes en vigor y los términos del contrato de concesión.

En el marco de la presentación de su oferta, los licitadores deberán tener en cuenta el artículo 22/A, apartado 13, de la Ley sobre el sector minero, según el cual, en el caso de los hidrocarburos, el derecho o la autorización de prospección de un operador minero no puede cubrir una zona de prospección total superior a 15 000 km2. Al determinar la zona de prospección debe tenerse en cuenta la zona de prospección de la empresa minera que controle, en el sentido del Código Civil, a la empresa que desee adquirir el derecho o la autorización de prospección. En caso de oferta conjunta, cada uno de los licitadores deberá cumplir este criterio.

El texto del proyecto de contrato de concesión se adjunta al expediente de licitación.

22.

Tras la adquisición del expediente de licitación, podrá solicitarse información sobre el procedimiento, por escrito y únicamente en lengua húngara, siguiendo las modalidades previstas en dicho expediente. El MBFSZ enviará las respuestas a todas las partes a través de las direcciones electrónicas indicadas en la ficha de identificación del licitador presentada en el momento de adquirir el expediente de licitación.

Budapest, … … de 2018.

Dr. Miklós SESZTÁK

Ministro


(1)  En la fecha de publicación de la presente convocatoria, el miembro del Gobierno responsable del control de los bienes del Estado y de los asuntos mineros es el Ministro de Desarrollo Nacional, de conformidad con el artículo 109, apartados 3 y 5, del Decreto gubernamental n.o 152/2014, de 6 de junio de 2014, relativo a las tareas y competencias de determinados ministros y miembros del Gobierno.


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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/34


Notificación previa de una concentración

(Asunto M.8823 — Neste/Demeter Animal Fats and Proteins)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2018/C 218/12)

1.   

El 15 de junio de 2018, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).

La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:

Neste Oyj (Finlandia).

Int. Handelsmaatschappij Demeter BV (Países Bajos), bajo el control de Demeter Holding BV.

Neste Oyj (Neste) adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control de la totalidad de G Int. Handelsmaatschappij Demeter BV (Demeter), que reagrupará las actividades de obtención y suministro de proteínas y grasas de origen animal del grupo Demeter.

La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.

2.   

Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:

—   Neste: empresa dedicada al refino y comercialización y centrada en los carburantes de alta calidad e hipocarbónicos para vehículos. Para su producción de carburantes renovables, el grupo Neste utiliza una variedad de materias primas renovables, incluidas las grasas de origen animal.

—   Demeter: tiene actividades en la adquisición y la reventa de grasas y proteínas de origen animal transformadas.

3.   

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.   

La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:

M.8823 — Neste/Demeter Animal Fats and Proteins

Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:

Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu

Fax +32 22964301

Dirección postal:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


OTROS ACTOS

Comisión Europea

22.6.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 218/36


Anuncio a la atención de Myrna Ajijul Mabanza y Abdulpatta Escalon Abubaka, cuyos nombres se han añadido a la lista mencionada en los artículos 2, 3 y 7 del Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con las organizaciones EIIL (Daesh) y Al-Qaida, en virtud del Reglamento (UE) 2018/888 de la Comisión

(2018/C 218/13)

1.   

La Decisión (PESC) 2016/1693 del Consejo (1) insta a la Unión a inmovilizar los fondos y recursos económicos de los miembros de EIIL (Daesh) y Al-Qaida así como a otras personas, grupos, empresas y entidades asociados con ellos, como se contempla en la lista establecida con arreglo a las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267(1999) y 1333(2000), lista que actualizará periódicamente el Comité de las Naciones Unidas establecido en virtud de la RCSNU 1267(1999).

En la lista establecida por dicho Comité de las Naciones Unidas figuran:

EIIL (Daesh) y Al Qaida;

personas físicas o jurídicas, entidades, organismos y grupos asociados con EIIL (Daesh) y Al Qaida, así como

personas jurídicas, entidades y organismos propiedad de cualquiera de dichas personas, entidades, organismos o grupos asociados, controlados por ellos o que los apoyen de cualquier otra forma.

Los actos o actividades que indican que una persona física, un grupo, una empresa o una entidad está «asociado con» EIIL (Daesh) y Al-Qaida son:

a)

la participación en la financiación, planificación, facilitación, preparación o comisión de actos o actividades por parte de EIIL (Daesh) y Al-Qaida, o de cualquier célula, entidad afiliada o grupo escindido o derivado de ellos, o en coordinación con los mismos, así como en su nombre, representación o apoyo;

b)

el suministro, la venta o la transferencia de armas y material conexo a cualquiera de ellos;

c)

el reclutamiento para cualquiera de ellos, o

d)

cualquier otro apoyo de sus actos o actividades.

2.   

El Comité del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó el 18 de junio de 2018 incluir la entrada de Myrna Ajijul Mabanza y Abdulpatta Escalon Abubaka en la lista del Comité de sanciones contra EIIL (Daesh) y Al-Qaida.

Myrna Ajijul Mabanza y Abdulpatta Escalon Abubaka podrán presentar en todo momento al Ombudsman de las Naciones Unidas una solicitud de reconsideración de la decisión de incluirlo en la citada lista de las Naciones Unidas, acompañando su solicitud de toda documentación justificativa. Dicha solicitud deberá enviarse a la dirección siguiente:

Naciones Unidas - Oficina del Ombudsman

Oficina TB-08041D

Nueva York, NY 10017

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Tel.: +1 2129632671

Fax: +1 2129631300/3778

Correo electrónico: ombudsperson@un.org

Puede obtenerse más información en https://www.un.org/sc/suborg/es/sanctions/1267/aq_sanctions_list/procedures-for-delisting.

3.   

Con arreglo a la decisión de las Naciones Unidas citada en el apartado 2, la Comisión ha adoptado el Reglamento (UE) 2018/888 (2), por el que se modifica el anexo I del Reglamento (CE) n.o 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con EIIL (Daesh) y Al-Qaida (3). La modificación, efectuada de conformidad con el artículo 7, apartado 1, letra a), y el artículo 7 bis, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 881/2002, incluye los nombres de Myrna Ajijul Mabanza y Abdulpatta Escalon Abubaka en la lista del anexo I de este Reglamento («anexo I»).

Las personas físicas y entidades incluidas en el anexo I están sujetas a las medidas del Reglamento (CE) n.o 881/2002 que figuran a continuación:

1)

congelación de todos los fondos y recursos económicos cuya propiedad, posesión o tenencia ostenten las personas físicas y entidades concernidas, así como prohibición de que nadie ponga fondos y recursos económicos a su disposición, ya sea directa o indirectamente, y de que los utilice en su beneficio (artículos 2 y 2 bis), así como

2)

la prohibición de la concesión, venta, suministro o transferencia, directa o indirectamente, de asesoramiento técnico, ayuda o formación relacionados con actividades militares a cualquier persona física y entidad de que se trate (artículo 3).

4.   

El artículo 7 bis del Reglamento (CE) n.o 881/2002 establece la posibilidad de efectuar una revisión cuando las personas incluidas en la lista presenten alegaciones sobre las razones de su inclusión en la misma. Las personas físicas y entidades añadidas al anexo I por el Reglamento (UE) 2018/888 podrán presentar a la Comisión una solicitud relativa a las razones de su inclusión en la lista. La solicitud deberá remitirse a:

Comisión Europea

«Medidas restrictivas»

Rué de la Loi/Wetstraat 200

1049 Bruxelles/ Brussel

BELGIQUE/BELGIË

5.   

Se recuerda igualmente a las personas y entidades concernidas que tienen la posibilidad de impugnar el Reglamento (UE) 2018/888 ante el Tribunal General de la Unión Europea con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

6.   

A efectos de una buena administración, se recuerda a las personas y entidades incluidas en la lista del anexo I que tienen la posibilidad de solicitar a las autoridades competentes del Estado o Estados miembros correspondientes que figuran en el anexo II del Reglamento (CE) n.o 881/2002 la autorización de utilizar fondos o recursos económicos inmovilizados para sufragar gastos básicos o pagos específicos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 bis del citado Reglamento.


(1)  DO L 255 de 21.9.2016, p. 25.

(2)  DO L 158 I de 21.6.2018, p. 1.

(3)  DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.