| ISSN 1977-0928 | ||
| Diario Oficial de la Unión Europea | C 195 | |
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| Edición en lengua española | Comunicaciones e informaciones | 61.° año | 
| Sumario | Página | |
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 | I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes | |
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 | RECOMENDACIONES | |
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 | Consejo | |
| 2018/C 195/01 | 
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 | II Comunicaciones | |
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 | COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA | |
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 | Comisión Europea | |
| 2018/C 195/02 | No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8887 — Platinum Equity/LifeScan) ( 1) | |
| 2018/C 195/03 | No oposición a una concentración notificada [Asunto M.8771 — Total/Engie (Part of Liquefied Natural Gas Business)] ( 1) | 
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 | IV Información | |
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 | INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA | |
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 | Consejo | |
| 2018/C 195/04 | Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación | |
| 2018/C 195/05 | ||
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 | Comisión Europea | |
| 2018/C 195/06 | ||
| 2018/C 195/07 | Decisión de Ejecución de la Comisión, de 6 de junio de 2018, relativa al establecimiento del programa de trabajo para la evaluación de las solicitudes de renovación de aprobaciones de las sustancias activas que expiran en 2022, 2023 y 2024, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo ( 1) | |
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 | Tribunal de Cuentas | |
| 2018/C 195/08 | ||
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 | INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO | |
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 | Comité Permanente de los Estados de la AELC | |
| 2018/C 195/09 | ||
| 2018/C 195/10 | ||
| 2018/C 195/11 | 
| 
 | V Anuncios | |
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 | PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA | |
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 | Comisión Europea | |
| 2018/C 195/12 | Notificación previa de una concentración (Asunto M.8954 — BPEA/PAI/WFC) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1) | |
| 2018/C 195/13 | Notificación previa de una concentración (Asunto M.8928 — Francisco Partners/VeriFone) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1) | |
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 | OTROS ACTOS | |
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 | Comisión Europea | |
| 2018/C 195/14 | 
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 | (1) Texto pertinente a efectos del EEE. | 
| ES | 
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
RECOMENDACIONES
Consejo
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/1 | 
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 22 de mayo de 2018
relativa a la promoción de los valores comunes, la educación inclusiva y la dimensión europea de la enseñanza
(2018/C 195/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 165 y 166,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
| (1) | La Unión se basa en los valores comunes y principios generales del respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de derecho y el respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a las minorías, recogidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea. De conformidad con el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea, la Unión tiene como finalidad afirmar y promover sus valores. | 
| (2) | Inspirada en estos valores, la Unión ha logrado unir a los países, las comunidades y los pueblos en un proyecto político único, permitiendo así el período de paz más largo de la historia de Europa, lo que a su vez ha promovido la estabilidad social y la prosperidad económica. La adopción por parte de los Estados miembros de los valores establecidos en el Tratado crea un terreno común que constituye un rasgo distintivo del modo de vida y la identidad europeos, y otorga a la Unión su lugar en la escena mundial. | 
| (3) | La Unión y sus Estados miembros se enfrentan a diferentes desafíos, como el populismo, la xenofobia, el nacionalismo divisor, la discriminación, la difusión de noticias falsas y la desinformación, así como al reto de la radicalización que conduce al extremismo violento. Estos fenómenos podrían constituir una amenaza grave para los pilares de nuestras democracias, socavar la confianza en el Estado de derecho y las instituciones democráticas y obstaculizar el sentimiento común de pertenencia en el seno de nuestras sociedades europeas. | 
| (4) | El desconocimiento de los orígenes de la Unión, las razones de su creación y su funcionamiento básico favorece la desinformación y evita la formación de opiniones fundadas sobre sus acciones. El conocimiento de la diversidad de la Unión y sus Estados miembros sustenta el respeto mutuo, la comprensión y la cooperación dentro de los Estados miembros y entre ellos. | 
| (5) | La educación en todas sus formas y a todos los niveles y desde temprana edad desempeña un papel crucial en la promoción de los valores comunes. Contribuye a garantizar la inclusión social proporcionando a todos los niños igualdad de oportunidades para prosperar y convertirse en ciudadanos activos y con espíritu crítico, y mejora la comprensión de la identidad europea. | 
| (6) | En la reunión de la Agenda de los Dirigentes celebrada en noviembre de 2017 en Gotemburgo, los líderes europeos deliberaron sobre la importancia de la educación y la cultura para el futuro de Europa. Para alimentar las reflexiones de este debate, la Comisión expuso su visión de un Espacio Europeo de Educación y propuso una serie de iniciativas en su Comunicación «Reforzar la identidad europea mediante la Educación y la Cultura» (1), en la que se afirma que «reforzar nuestra identidad europea sigue siendo esencial y, para ello, la educación y la cultura son los mejores vectores». | 
| (7) | Tras el encuentro de los dirigentes en Gotemburgo, el Consejo Europeo destacó en sus Conclusiones del 14 de diciembre de 2017 que la educación y la cultura son fundamentales para construir sociedades cohesionadas e integradoras y para mantener nuestra competitividad (2). | 
| (8) | Uno de los objetivos del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (3), a saber, promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa, ha sido determinado sobre la base de que la educación debería promover las competencias interculturales, los valores democráticos y el respeto de los derechos fundamentales, prevenir y combatir todas las formas de discriminación y racismo, y preparar a los niños, a los jóvenes y a los adultos para que interactúen de forma positiva con otras personas de diversos contextos. | 
| (9) | La Declaración de París, adoptada el 17 de marzo de 2015 por los ministros europeos de Educación, puso de manifiesto el compromiso de los Estados miembros para promover los valores comunes, mejorar el pensamiento crítico y la alfabetización mediática, la educación inclusiva y el diálogo intercultural. Las respuestas a una consulta pública a escala de la UE (4) muestran claramente que debe fomentarse la educación inclusiva. Solo el 16 % de los encuestados cree que la educación consigue ya este objetivo y el 95 % cree que la educación debería ayudar a los jóvenes a entender la importancia de los valores comunes y que la Unión debería ayudar a los Estados miembros en esta tarea (98 %). | 
| (10) | Una encuesta de Eurydice sobre la educación para la ciudadanía en las escuelas europeas, de 2017, muestra que la educación para la ciudadanía está en el punto de mira de varios países europeos. Sin embargo, cerca de la mitad de los países no prevén aún incluir la educación para la ciudadanía en la formación inicial del profesorado. Por lo tanto, sería necesario tomar medidas para apoyar y capacitar a los profesores para crear una cultura y un entorno de aprendizaje abiertos y gestionar grupos de aprendizaje diversos, a fin de enseñar las competencias cívicas, transmitir el patrimonio común de Europa, promover los valores comunes y actuar como modelos de referencia para los alumnos. | 
| (11) | La radicalización que conduce al extremismo violento sigue siendo un grave problema en varios Estados miembros. La promoción de los valores comunes como vector de integración y cohesión social, por ejemplo, a través de las políticas educativas, constituye una parte fundamental de la solución. Con el fin de apoyar a los Estados miembros en sus esfuerzos, en julio de 2017 la Comisión Europea creó un Grupo de alto nivel sobre radicalización (5) para determinar las medidas de apoyo en todos los ámbitos, incluido el de la educación. | 
| (12) | Los resultados más recientes del informe PISA y del Monitor de la Educación y la Formación de 2017 hacen hincapié en la relación entre las desigualdades educativas y el contexto socioeconómico de los estudiantes. Los datos de PISA muestran que los estudiantes procedentes de familias más pobres tienen tres veces más probabilidades de obtener peores resultados que sus homólogos más ricos, y que los estudiantes de origen migrante tienen más del doble de probabilidades de registrar un rendimiento más bajo respecto a otros estudiantes. Para evitar la marginación de los jóvenes, es esencial contar con sistemas educativos inclusivos y equitativos que fomenten la cohesión social y sienten las bases para una ciudadanía activa, así como mejorar la capacidad de inserción profesional. | 
| (13) | El estudio internacional de 2016 sobre educación cívica y para la ciudadanía de la Asociación Internacional para la Evaluación del Logro Educativo sugiere que las identidades nacionales y europea pueden coexistir de forma positiva y no se oponen entre sí. El estudio también muestra que los estudiantes con mayor nivel de conocimientos cívicos suelen ser también los que expresan actitudes más tolerantes. | 
| (14) | Las encuestas del Eurobarómetro ponen de relieve un muy bajo nivel de conocimiento de la Unión. Según un sondeo de 2014, el 44 % de la población cree que posee pocos conocimientos sobre el funcionamiento de la Unión, mientras que un estudio realizado en 2011 muestra que una mayoría relativa considera que no está bien informada sobre la Unión Europea. El mismo estudio reveló también que un tercio de las personas no saben exactamente cuántos Estados miembros existen en la Unión. La encuesta del Eurobarómetro de 2017 muestra que el 89 % de los jóvenes europeos considera que los gobiernos nacionales deberían mejorar la educación en la escuela en lo que respecta a los derechos y responsabilidades de los jóvenes como ciudadanos de la Unión. Por último, la encuesta más reciente del Eurobarómetro indica que el 35 % de los encuestados considera que utilizar estándares educativos parecidos sería muy útil para el futuro de Europa. | 
| (15) | En este contexto, es esencial que los Estados miembros incrementen sus esfuerzos para seguir aplicando los objetivos de la Declaración de París de 2015. Resulta especialmente importante seguir promoviendo los valores comunes como vectores de la cohesión y la inclusión, favorecer la aplicación de entornos de aprendizaje participativos en todos los niveles educativos, mejorar la formación de los profesores sobre la ciudadanía y la diversidad y aumentar la alfabetización mediática y el pensamiento crítico de todos los alumnos. | 
| (16) | Para conseguir sociedades más cohesionadas, es indispensable garantizar de forma eficaz la igualdad de acceso a una educación inclusiva de calidad para todos los aprendientes, incluidos los de origen migrante, las personas que proceden de contextos socioeconómicos desfavorecidos y las que tienen necesidades especiales o discapacidades, de conformidad con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En el marco de este esfuerzo, los Estados miembros podrían beneficiarse de los instrumentos de la Unión existentes, en particular Erasmus+, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, Europa Creativa, Europa con los ciudadanos, el Programa «Derechos, Igualdad y Ciudadanía», el Cuerpo Europeo de Solidaridad y el programa Horizonte 2020, así como de las orientaciones y los conocimientos especializados de la Agencia Europea para las Necesidades Educativas Especiales y la Inclusión Educativa. | 
| (17) | El programa Erasmus+ muestra que la movilidad y los contactos transfronterizos son un modo eficaz de experimentar la identidad europea. Es esencial que todas las categorías de estudiantes de toda Europa se beneficien por igual de las posibilidades que ofrece el programa, especialmente mediante los intercambios entre los centros escolares de los Estados miembros. La movilidad virtual, en particular a través de la red e-Twinning, es una excelente herramienta para posibilitar el contacto directo entre alumnos, y se utilizará a una escala mayor en los próximos años, en combinación con la movilidad física. | 
| (18) | La introducción de una dimensión europea de la enseñanza debe aspirar a ayudar a los aprendientes a vivir la identidad europea en toda su diversidad y a reforzar un sentimiento europeo de pertenencia, positivo e inclusivo, que complemente su identidad local, regional y nacional, así como sus tradiciones. También es importante para promover una mejor comprensión de la Unión y de sus Estados miembros. | 
| (19) | La presente Recomendación respeta plenamente los principios de subsidiariedad y proporcionalidad. El contenido de la presente Recomendación se entiende sin perjuicio de las iniciativas nacionales existentes en estos ámbitos, en particular por lo que se refiere a la educación cívica nacional. | 
HA ADOPTADO LA PRESENTE RECOMENDACIÓN:
Los Estados miembros deben:
Promoción de los valores comunes
| 1. | aumentar la participación en los valores comunes establecidos en el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea desde una edad temprana y en todos los niveles y tipos de educación y formación, con un enfoque de aprendizaje permanente, para reforzar la cohesión social y un sentimiento positivo e inclusivo de pertenencia común a nivel local, regional, nacional y de la Unión; | 
| 2. | seguir aplicando los compromisos de la Declaración de París, en particular mediante: 
 
 
 
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| 3. | hacer un uso eficaz de los instrumentos existentes para fomentar la educación para la ciudadanía, como el Marco de competencias para la cultura democrática del Consejo de Europa; | 
Impartición de una educación inclusiva
| 4. | fomentar una educación inclusiva para todos los aprendientes, en particular: 
 
 
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| 5. | hacer un uso eficaz de la Agencia Europea para las Necesidades Educativas Especiales y la Inclusión Educativa, de forma voluntaria, a fin de aplicar y supervisar planteamientos inclusivos que hayan dado buenos resultados en sus sistemas educativos; | 
Promoción de una dimensión europea de la enseñanza
| 6. | promover una dimensión europea de la enseñanza, mediante el fomento de: 
 
 
 
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Apoyo al personal docente y a la enseñanza
| 7. | hacer posible que el personal docente promueva los valores comunes y ofrezca una educación inclusiva, a través de: 
 
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Medidas de ejecución
| 8. | revisar y, si fuera necesario, mejorar las políticas y prácticas existentes en materia de educación, formación y aprendizaje no formal, con vistas a actuar siguiendo estas recomendaciones; | 
| 9. | identificar las necesidades y propiciar la implicación del público, utilizando los datos existentes o, si fuera necesario, recopilando nuevos datos, con miras a mejorar la elaboración de políticas relacionadas con la dimensión social y cívica de la educación y la formación, a partir de datos empíricos; | 
| 10. | seguir colaborando en marcos de cooperación estratégica de la UE en los ámbitos de la educación y la formación, la juventud, el deporte y la cultura mediante el aprendizaje y el asesoramiento entre iguales y el intercambio de buenas prácticas, con el fin de promover los valores comunes; | 
| 11. | hacer un uso eficaz de los instrumentos de financiación de la UE, en particular Erasmus+, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, Europa Creativa, Europa con los ciudadanos, el Programa «Derechos, Igualdad y Ciudadanía» y el programa Horizonte 2020, con vistas a aplicar estas recomendaciones; | 
ACOGE CON SATISFACCIÓN LA INTENCIÓN DE LA COMISIÓN DE:
| 12. | apoyar a los Estados miembros en la aplicación de las disposiciones de la presente Recomendación, a través de las herramientas y los instrumentos de financiación disponibles, como el programa Erasmus+, y en particular mediante la movilidad de aprendizaje a todos los niveles educativos, con especial interés en las escuelas, los proyectos transnacionales, la red de hermanamiento electrónico e-Twinning y las actividades Jean Monnet; | 
| 13. | apoyar reformas de las políticas a nivel regional y nacional y realizar mejoras a través del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) y cualquier otro marco posterior; | 
| 14. | cuando sea necesario, desarrollar y revisar periódicamente los instrumentos de referencia de carácter práctico y los documentos de orientación para los responsables políticos y los profesionales, y apoyar la investigación y la implicación de las partes interesadas para satisfacer las necesidades de conocimiento; | 
| 15. | valorar y evaluar las medidas adoptadas en respuesta a la presente Recomendación, en particular a través del marco ET 2020 y el Monitor de la Educación y la Formación. | 
Hecho en Bruselas, el 22 de mayo de 2018.
Por el Consejo
El Presidente
K. VALCHEV
(1) COM(2017) 673 final.
(2) Doc. EUCO 19.1.2017 REV 1.
(3) Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020). Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación (DO C 417 de 15.12.2015, p. 25).
(4) SWD(2018) 13 final.
(5) Decisión de la Comisión, de 27 de julio de 2017, por la que se crea el Grupo de expertos de alto nivel de la Comisión sobre radicalización (DO C 252 de 3.8.2017, p. 3).
II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/6 | 
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8887 — Platinum Equity/LifeScan)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 195/02)
El 4 de junio de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
| — | en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, | 
| — | en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8887. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. | 
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/6 | 
No oposición a una concentración notificada
[Asunto M.8771 — Total/Engie (Part of Liquefied Natural Gas Business)]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 195/03)
El 11 de abril de 2018, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
| — | en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, | 
| — | en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32018M8771. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. | 
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/7 | 
Conclusiones del Consejo sobre la adquisición de una visión del Espacio Europeo de Educación
(2018/C 195/04)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Recordando los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes Conclusiones,
RECORDANDO QUE:
| 1. | La dimensión social de la educación recogida en el primer principio del pilar europeo de derechos sociales declara que toda persona tiene derecho a una educación, una formación y un aprendizaje permanente inclusivos y de calidad, a fin de mantener y adquirir capacidades que les permitan participar plenamente en la sociedad y gestionar con éxito las transiciones en el mercado laboral. | 
| 2. | En el contexto de la Cumbre Social de Gotemburgo, celebrada el 17 de noviembre de 2017, la Agenda de los Dirigentes estuvo dedicada a la educación y a la cultura. Se dio apoyo político a una serie de líneas de trabajo específicas, principalmente sobre la base de la Comunicación de la Comisión titulada «Reforzar la identidad europea mediante la Educación y la Cultura», que presentaba la idea de trabajar juntos, respetando plenamente la subsidiariedad, en pro de una visión compartida de un Espacio Europeo de Educación basado en la confianza, el reconocimiento mutuo, la cooperación y el intercambio de mejores prácticas, la movilidad y el crecimiento, cuya creación tendría lugar a más tardar en 2025. | 
| 3. | Como consecuencia de la Cumbre de Gotemburgo, las Conclusiones del Consejo Europeo del 14 de diciembre de 2017 situaron la educación en un lugar destacado de la actividad política europea y dieron un impulso para lograr avances importantes en este ámbito. | 
CONSIDERA QUE:
| 4. | La educación y la cultura son indispensables para unir a los europeos y para el futuro tanto de los ciudadanos como del conjunto de la Unión. Todos los europeos han de poder disfrutar del diverso patrimonio cultural y educativo común. | 
| 5. | Un Espacio Europeo de Educación ha de fundamentarse en la continuidad del aprendizaje permanente, desde la educación y atención en la primera infancia, pasando por la escuela y la educación y formación profesionales, hasta la educación superior y la educación para adultos. | 
| 6. | Un Espacio Europeo de Educación ha de promover y fomentar la movilidad y la cooperación en la educación y la formación, y apoyar a los Estados miembros en la modernización de sus sistemas de educación y formación. | 
| 7. | SUBRAYA que el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) ha sentado una base valiosa para establecer prioridades comunes y ayudar a los Estados miembros a modernizar sus sistemas de educación y formación. | 
| 8. | INVITA a los Estados miembros a que sigan reflexionando sobre una visión compartida de un Espacio Europeo de Educación, incluidos sus posibles objetivos y alcance, y sus vínculos con el marco estratégico posterior a 2020 de cooperación en materia de educación y formación. La continuidad del marco ET 2020, mediante una cooperación reforzada entre los Estados miembros y con el apoyo de la Comisión, ha de promover el aprendizaje mutuo y apoyar nuevos esfuerzos y medidas para hacer realidad la visión de un Espacio Europeo de Educación. A fin de avanzar hacia la visión de un Espacio Europeo de Educación, conviene prestar especial atención a los siguientes asuntos: | 
| 9. | ERASMUS+ | 
| 9.1. | DESTACA que el programa Erasmus+ es una iniciativa emblemática de gran éxito de la UE, que impulsa la movilidad con fines de aprendizaje en toda Europa y más allá, y supone una importante contribución a la mejora del desarrollo personal y las competencias interculturales y al refuerzo de la identidad europea; sostiene además la cooperación en el ámbito de la UE entre instituciones de educación y formación de todos los niveles, aumenta la competitividad de la UE y favorece la promoción de los valores comunes europeos. | 
| 9.2. | CELEBRA los resultados de la evaluación intermedia de Erasmus+ e INSTA a que se tomen medidas para reforzar y ampliar la participación, seguir centrándose en las repercusiones y la calidad de los proyectos, impulsar la educación y la formación de calidad y hacer más inclusivo y equitativo el acceso a la próxima generación del programa Erasmus+, por ejemplo, reforzando la igualdad de oportunidades y mejorando el acceso al programa de las regiones y los grupos infrarrepresentados, los solicitantes por vez primera y las organizaciones con menor capacidad en todas las partes del programa. Deberían reforzarse las sinergias con otras fuentes de financiación de la Unión Europea y evitarse los solapamientos. | 
| 9.3. | INSTA a seguir simplificando las normas y los procedimientos con el fin de continuar reduciendo la carga administrativa en todos los niveles. | 
| 10. | CAPACIDADES DIGITALES Y EDUCACIÓN | 
| 10.1. | SUBRAYA la importancia de mejorar el aprendizaje y la enseñanza en la era digital, y de promover el desarrollo de las competencias digitales, una de las competencias clave para el aprendizaje permanente, prestando especial atención al Llamamiento a la Acción de Sofía en materia de capacidades digitales y educación y a la Comunicación de la Comisión sobre el Plan de Acción de Educación Digital. | 
| 10.2. | DESTACA que la próxima generación del programa Erasmus+ y otros programas pertinentes de financiación de la Unión debería apoyar la adaptación de los sistemas y las infraestructuras de educación y formación a la era digital. | 
| 10.3. | INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN, EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, A QUE: | 
| 10.3.1. | Apoyen la modernización de los sistemas educativos y de formación a través de la innovación, en particular mediante un uso pedagógico e innovador de las tecnologías digitales y los planteamientos que apoyen la calidad y el carácter inclusivo de la educación y la formación, y a través del recurso adecuado a los correspondientes programas e instrumentos de financiación de la UE, incluido el instrumento voluntario de autoevaluación SELFIE, impulsen las iniciativas y la cooperación de todas las partes interesadas para seguir desarrollando la educación y la formación, al objeto de que se incluyan las capacidades digitales en toda la enseñanza y el aprendizaje. | 
| 10.3.2. | Tomen medidas concretas para promover el desarrollo de las capacidades digitales y de alfabetización mediática entre todos los europeos, con el fin de hacerlos resistentes a la desinformación, la propaganda y las «burbujas de filtros» y brindar a todos los ciudadanos, incluidos los procedentes de entornos desfavorecidos, las capacidades que necesitan para aprovechar las tecnologías digitales e internet para su propio bienestar y para la participación cívica. | 
| 10.3.3. | Estimulen la educación que fomenta la creatividad y el emprendimiento y a que, cuando corresponda y de conformidad con las disposiciones legales vigentes, intensifiquen la cooperación entre la educación y las empresas y la sociedad civil para la mejora y el reciclaje de estudiantes y educadores, incluida, por ejemplo, elaborando programas de formación en capacidades digitales. Reconoce la labor realizada por la Red de Propiedad Intelectual y Educación gestionada por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea. | 
| 11. | EDUCACIÓN SUPERIOR | 
| 11.1. | RECUERDA los retos específicos que afronta el sector de la educación superior de Europa, que figuran en las Conclusiones del Consejo de noviembre de 2017 sobre una agenda renovada de la UE para la educación superior. | 
| 11.2. | RECONOCE el valor añadido demostrado de las asociaciones estratégicas y para la movilidad en el aprendizaje de Erasmus+ en toda la Unión, al impulsar la cooperación en la educación superior, así como de iniciativas tales como el Instituto Europeo de Innovación y Tecnología y las acciones Marie Skłodowska-Curie. | 
| 11.3. | RECONOCE la importancia de reforzar la colaboración estratégica entre las instituciones de educación superior en Europa mediante un planteamiento desde la base, flexible, no burocrático, inclusivo, abierto y transparente. | 
| 11.4. | APOYA el surgimiento de las «Universidades europeas», compuestas por redes sostenibles creadas desde la base que son geográfica y socialmente inclusivas y trabajan sin discontinuidad a través de las fronteras, y que podrían desempeñar una función emblemática en la creación del Espacio Europeo de Educación en su totalidad, contribuyendo a empoderar a nuevas generaciones de ciudadanos europeos y a reforzar la competitividad internacional de la educación superior en Europa. CONSIDERA que las «Universidades europeas» tienen el potencial de mejorar significativamente la movilidad y fomentar la calidad y la excelencia en la educación y la investigación, con el refuerzo del vínculo entre enseñanza, investigación e innovación y transferencia de conocimientos, con la demostración de los beneficios del aprendizaje multilingüe, el reconocimiento de las calificaciones y con la elaboración de proyectos y programas conjuntos de educación e investigación. | 
| 11.5. | INSTA A LA COMISIÓN, DENTRO DEL DEBIDO RESPETO AL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD Y EN ESTRECHA COOPERACIÓN CON LOS ESTADOS MIEMBROS, a que diseñe y establezca los objetivos clave y el concepto de «Universidades europeas», así como a que apoye su desarrollo. TOMA NOTA de que la Comisión ha creado a tal fin un grupo ad hoc de expertos formado por especialistas de los Estados miembros. TOMA NOTA de que los criterios de selección de la fase piloto de las «Universidades europeas» se elaborarán atendiendo a los procedimientos establecidos en el Reglamento Erasmus+ (1). | 
| 11.6. | INVITA a la Comisión a que informe periódicamente al Consejo sobre los progresos obtenidos en la elaboración de los criterios de selección de la fase piloto de las «Universidades europeas». INSTA a la Comisión, conjuntamente con los Estados miembros y a partir de los resultados del proyecto piloto, a que reflexione sobre la forma futura de las «Universidades europeas». | 
| 11.7. | DESTACA que la cooperación entre la universidad y la empresa es decisiva para favorecer la competitividad de la UE, así como su crecimiento económico y social. RECONOCE la contribución del Foro Europeo de la Universidad y la Empresa. DESTACA la necesidad de un apoyo constante a las asociaciones universidad-empresa para alimentar su potencial innovador, investigador y de desarrollo de pedagogías innovadoras; | 
| 11.8. | INSTA a los Estados miembros a impulsar medidas, con el apoyo de la Comisión, para mejorar las capacidades empresariales y de innovación de las instituciones de educación superior, en particular mediante el uso del instrumento de autoevaluación HEInnovate. | 
| 11.9. | PIDE a la Comisión, en estrecha cooperación con los Estados miembros y sobre la base de los resultados del proyecto piloto, que estudie la posibilidad de crear un carnet de estudiante europeo de carácter voluntario que contribuya a mejorar la movilidad en el aprendizaje garantizando mejores servicios para los estudiantes y menos administración para las instituciones de educación superior. | 
| 12. | EDUCACIÓN SUPERIOR DE CALIDAD E INCLUSIVA | 
| 12.1. | RECUERDA que el Pilar europeo de derechos sociales establece que todos los niños tienen derecho a disfrutar de una educación y asistencia infantil asequible y de buena calidad. SUBRAYA que deben redoblarse los esfuerzos para lograr las prioridades establecidas en las Conclusiones del Consejo sobre educación infantil y atención a la infancia de 2011, y para dar a todos los niños, incluidos los de las regiones socioeconómicamente desfavorecidas, así como los de cualquier origen socioeconómico, acceso a los sistemas de educación y atención a la primera infancia. | 
| 12.2. | SUBRAYA la necesidad de garantizar una educación de calidad e inclusiva para apoyar el desarrollo de todos los educandos, centrándose en particular en las prioridades establecidas en las Conclusiones del Consejo de noviembre de 2017 sobre desarrollo escolar y una enseñanza de excelencia. | 
| 12.3. | DESTACA la necesidad de promover el atractivo y la importancia de la profesión de docente y otras profesiones educativas y de apoyar su perfeccionamiento continuo. Aunque muchas de las profesiones del futuro aún se desconocen, esta profesión se encuentra entre las que conservarán su función central en la sociedad en una época de innovación tecnológica transversal e inteligencia artificial. En este sentido, conviene promover la movilidad de los profesores y el personal educativo, así como la mejora de la comunicación entre los órganos responsables de su formación. | 
| 12.4. | INSISTE en que es fundamental unir fuerzas para reducir el abandono escolar prematuro en Europa e incrementar las oportunidades de acceso igualitario a la educación y a las capacidades básicas para todos los grupos vulnerables, incluidos los hijos de trabajadores que se trasladan a otro Estado miembro durante períodos más o menos largos. | 
| 12.5. | OBSERVA las dificultades a las que podrían enfrentarse los niños y los alumnos al regresar al sistema educativo de su país de origen al cabo de períodos en el extranjero en caso de insuficiencia de comunicación entre los sistemas educativos nacionales. | 
| 12.6. | INSTA a los Estados miembros, con el apoyo de la Comisión en su caso, a estudiar posibles formas de mejorar el intercambio de información sobre la situación educativa de los alumnos en los casos de movilidad, dentro del respeto de la legislación de la UE en materia de protección de datos personales. | 
| 13. | APRENDIZAJE DE IDIOMAS | 
| 13.1. | RECONOCE que la competencia multilingüe es un componente importante de un Espacio Europeo de Educación. DESTACA que los idiomas desempeñan un papel esencial para impulsar la comprensión y la diversidad, así como para promover los valores europeos, y son esenciales para el desarrollo personal, la movilidad y la participación en la sociedad y la empleabilidad. | 
| 13.2. | RECUERDA la ambición expresada por el Consejo Europeo en sus Conclusiones de diciembre de 2017 con respecto al aprendizaje de idiomas. | 
| 13.3. | RECUERDA las Conclusiones del Consejo de mayo de 2014 sobre el multilingüismo y el desarrollo de competencias lingüísticas, en las que se pedía a los Estados miembros que adoptaran y mejoraran las medidas encaminadas a fomentar el multilingüismo y a incrementar la calidad y eficiencia del aprendizaje y la enseñanza de idiomas. | 
| 14. | RECONOCIMIENTO DE CUALIFICACIONES (2) | 
| 14.1. | CONSIDERA que el reconocimiento de cualificaciones de enseñanza superior y de enseñanza secundaria, incluidas las cualificaciones de EFP, así como el reconocimiento de los resultados de los períodos de estudio en el extranjero, son componentes importantes de un Espacio Europeo de Educación gracias a su contribución a la movilidad sin trabas de estudiantes en todo el conjunto de la Unión. | 
| 14.2. | DESTACA la importancia que reviste la cooperación entre los sistemas de educación y formación, los proveedores de educación y formación y otras partes interesadas, para el desarrollo y la aplicación de las políticas, así como para contribuir a generar confianza mediante la garantía de calidad y la mejora de los procedimientos de evaluación. | 
| 14.3. | RECUERDA que el segundo guion del artículo 165, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea insta a la Unión a fomentar el reconocimiento académico de los títulos y de los períodos de estudios sobre la base del Convenio de Lisboa sobre reconocimiento de cualificaciones relativas a la educación superior en la Región Europea y sus textos derivados con vistas a favorecer la movilidad de estudiantes y profesores; RESPETA PLENAMENTE las responsabilidades y competencias de los Estados miembros en este ámbito y HACE HINCAPIÉ en que las soluciones propuestas a nivel de la Unión deben estar basadas en la transparencia y la confianza, y tener en cuenta las características específicas de los sistemas educativos de los Estados miembros. | 
Además, RESALTA:
| 15. | Que las iniciativas incluidas en el concepto y las futuras acciones que se propongan y ejecuten como parte de un Espacio Europeo de Educación tienen que garantizar la complementariedad y la coherencia con respecto a los sistemas de educación y formación nacionales y han de abarcar todos los niveles y tipos de educación y formación, incluida la educación para adultos y la educación y formación profesional. | 
(1) Reglamento (CE) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea el programa «Erasmus+», de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.o 1719/2006/CE, n.o 1720/2006/CE y n.o 1298/2008/CE (DO L 347 de 20.12.2013, p. 50).
(2) Cualificaciones a tenor del artículo I del Convenio de Lisboa sobre reconocimiento de cualificaciones relativas a la educación superior en la Región Europea («cualificación de educación superior» y «cualificación que da acceso a la educación superior»).
ANEXO
CONTEXTO POLÍTICO
1.
Conclusiones del Consejo tituladas «Preparar a los jóvenes para el siglo XXI: agenda para la cooperación europea en las escuelas» (21 de noviembre de 2008).
2.
Conclusiones del Consejo sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (12 de mayo de 2009).
3.
Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el desarrollo del papel de la educación en un «triángulo del conocimiento» que funcione plenamente (26 de noviembre de 2009).
4.
Conclusiones del Consejo sobre educación infantil y atención a la infancia: ofrecer a todos los niños la mejor preparación para el mundo de mañana (19 y 20 de mayo de 2011).
5.
Conclusiones del Consejo sobre la modernización de la enseñanza superior (28 y 29 de noviembre de 2011).
6.
Conclusiones del Consejo sobre la dimensión social de la enseñanza superior (16 y 17 de mayo de 2013).
7.
Conclusiones del Consejo sobre la dimensión global de la enseñanza superior (25 y 26 de noviembre de 2013).
8.
Conclusiones del Consejo sobre liderazgo educativo eficaz (25 y 26 de noviembre de 2013).
9.
Conclusiones del Consejo sobre el multilingüismo y el desarrollo de competencias lingüísticas (20 de mayo de 2014)
10.
Declaración sobre la promoción de la ciudadanía y de los valores comunes de libertad, tolerancia y no discriminación mediante la educación (París, 17 de marzo de 2015).
11.
Conclusiones del Consejo sobre el papel de la educación infantil y primaria en el fomento de la creatividad, la innovación y la competencia digital (18 y 19 de mayo de 2015).
12.
Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020): Nuevas prioridades para la cooperación europea en educación y formación (23 y 24 de noviembre de 2015).
13.
Conclusiones del Consejo sobre la reducción del abandono escolar prematuro y el fomento del rendimiento educativo (23 y 24 de noviembre de 2015).
14.
Resolución del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre el fomento del desarrollo y la integración socioeconómicos en la UE a través de la educación: la contribución de la educación y la formación al Semestre Europeo 2016 (24 de febrero de 2016).
15.
Conclusiones del Consejo sobre el desarrollo de la alfabetización mediática y el pensamiento crítico a través de la educación y la formación (30 de mayo de 2016).
16.
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Una nueva agenda de capacidades para Europa: Trabajar juntos para reforzar el capital humano, la empleabilidad y la competitividad» (10 de junio de 2016).
17.
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones titulada «Mejorar y modernizar la educación» (7 de diciembre de 2016).
18.
Recomendación del Consejo relativa a Itinerarios de mejora de las capacidades: Nuevas oportunidades para adultos (19 de diciembre de 2016).
19.
Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones sobre la evaluación intermedia del programa Erasmus+ (2014-2020) (31 de enero de 2018).
20.
Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la inclusión en la diversidad para conseguir una educación de alta calidad para todos (17 de febrero de 2017).
21.
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones titulada «Reforzar la identidad europea mediante la Educación y la Cultura: Contribución de la Comisión Europea a la reunión de dirigentes en Gotemburgo el 17 de noviembre de 2017».
22.
Recomendación del Consejo relativa al seguimiento de los titulados (20 de noviembre de 2017).
23.
Conclusiones del Consejo sobre una agenda renovada de la UE para la educación superior (20 de noviembre de 2017).
24.
Conclusiones del Consejo sobre desarrollo escolar y una enseñanza de excelencia (20 de noviembre de 2017).
25.
Conclusiones del Consejo Europeo (14 de diciembre de 2017).
26.
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones sobre el Plan de Acción de Educación Digital (17 de enero de 2018).
27.
Recomendación del Consejo relativa al Marco Europeo para una formación de Aprendices de Calidad y Eficaz (15 de marzo de 2018).
28.
Recomendación del Consejo relativa a la promoción de los valores comunes, la educación inclusiva y la dimensión europea de la enseñanza (22 de mayo de 2018).
29.
Recomendación de la Comisión sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (22 de mayo de 2018).
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/13 | 
Conclusiones del Consejo sobre el papel de los jóvenes en la construcción de una sociedad segura, cohesionada y equilibrada en Europa
(2018/C 195/05)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
RECORDANDO:
| 1. | Los antecedentes políticos de este asunto, recogidos en el anexo de las presentes Conclusiones, | 
TOMA NOTA DE:
| 2. | El programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad, establecido en la Resolución 2250 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, que reconoce la importante y positiva contribución de los jóvenes a la labor de mantener y fomentar la paz y la seguridad y subraya el importante papel que pueden desempeñar en la prevención y la resolución de conflictos. | 
| 3. | La Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible (Agenda 2030) adoptada por las Naciones Unidas en septiembre de 2015 y los objetivos de desarrollo sostenible (ODS), cuyo núcleo constituye un marco político transformador para erradicar la pobreza y alcanzar el desarrollo sostenible. Ambos instrumentos equilibran las dimensiones económica, social y medioambiental, incluida la cuestión clave de la gobernanza y la de unas sociedades pacíficas, equilibradas e integradoras, y reconocen la interrelación esencial entre sus objetivos y sus metas. | 
| 4. | La Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, que prevé fortalecer la resiliencia social profundizando el trabajo en materia de educación, cultura y juventud para impulsar el pluralismo, la coexistencia y el respeto. | 
| 5. | El Consenso Europeo sobre Desarrollo, según el cual los jóvenes son agentes del desarrollo y del cambio y, como tales, partícipes esenciales en la Agenda 2030, en particular gracias a su capacidad para innovar, y que afirma que la UE y sus Estados miembros también procurarán reforzar los derechos de los jóvenes y su empoderamiento en la gestión de los asuntos públicos, en particular promoviendo su participación en las economías locales, las sociedades y la toma de decisiones a través, sobre todo, de las organizaciones juveniles. | 
| 6. | El Libro Blanco sobre el Futuro de Europa (1), que destaca la importante función de los «valores europeos». | 
| 7. | La Consulta Regional europea «Juventud, paz y seguridad», celebrada en Bruselas (Bélgica) del 25 al 27 de septiembre de 2017, organizada por el Servicio Europeo de Acción Exterior en colaboración con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), la Oficina de las Naciones Unidas de Apoyo a la Consolidación de la Paz y las principales partes interesadas de la sociedad civil. | 
RECONOCIENDO QUE:
| 8. | El número de jóvenes en el mundo está aumentando: actualmente hay en el mundo 1 800 millones de niños y jóvenes (de entre 15 y 24 años), y para [2025] habrá 72 millones más. | 
| 9. | El número de jóvenes en la Unión Europea es actualmente de 88,9 millones (2016). | 
| 10. | Los temas «participación» y «la juventud y el mundo» se incluyeron, entre otros, en el marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la política de juventud (2010-2018) en tanto ámbitos prioritarios de actuación. | 
| 11. | El programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad (2), establecido en la Resolución 2250 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tiene relevancia a escala tanto mundial como europea. Europa es una de las regiones más seguras del mundo. Sin embargo, los problemas estructurales que afectan a los jóvenes de la Unión Europea, tales como el cambio climático, las catástrofes naturales, la trata de seres humanos, las limitadas oportunidades de empleo y la marginación, junto con la creciente amenaza de la radicalización violenta, ponen en entredicho la idea de que Europa es un continente pacífico y seguro. | 
| 12. | Es necesario reconocer a los jóvenes como agentes clave en la construcción de la democracia, la creación de narrativas pacíficas, el desarrollo de cohesión social y la promoción de valores europeos. Es importante contar con los jóvenes y reconocerlos, así como a las partes interesadas en el ámbito de la juventud, en tanto importantes aliados en el desarrollo de la resiliencia necesaria para combatir estos problemas, para mantener la paz y prevenir la violencia, así como para trabajar en pro de una sociedad pacífica e integradora. En este contexto, el trabajo en el ámbito de la juventud puede desempeñar un papel importante a la hora de destacar el potencial de los jóvenes para desempeñar un papel positivo en la construcción de una sociedad segura, cohesionada y pacífica. | 
DESTACANDO QUE:
| 13. | Actualmente, más de 600 millones de jóvenes de todo el mundo viven en contextos de fragilidad y en entornos afectados por conflictos (3). Se encuentran entre los más afectados por las múltiples formas de violencia, a menudo relacionadas entre sí (desde pequeños actos violentos hasta la delincuencia organizada y los atentados terroristas de extrema violencia que azotan sus comunidades) y sufren graves y persistentes consecuencias económicas, sociales y humanas. Por lo tanto, es de la máxima importancia diseñar y ejecutar políticas y programas que les ofrezcan oportunidades para desarrollar la resiliencia y contribuyan a su inclusión en la sociedad. | 
| 14. | Muchos países europeos han sufrido recientemente elevados índices de desempleo juvenil y problemas de exclusión social. Como consecuencia de ello, cada vez con mayor frecuencia grupos de jóvenes optan por salidas como las expresiones negativas del populismo, así como la propaganda, la incitación al odio o la xenofobia, que pueden conducir al extremismo violento y que dañan nuestra identidad multicultural de europeos. Por consiguiente, es de suma importancia que los jóvenes reciban apoyo para aprovechar nuevas oportunidades, como las nuevas tecnologías o la digitalización, y hacer frente a nuevos retos como las noticias falsas o la mundialización. | 
| 15. | Es fundamental tener en cuenta que el programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad no es solo un programa mundial, sino también europeo. En términos generales, los jóvenes tienen un entendimiento global de lo que significa mantener la paz, y desempeñan por ello un papel crucial a la hora de afrontar los distintos tipos de violencia, discriminación o injusticia que les afectan (entre ellos la violencia doméstica, la violencia de género, la propaganda, todas las formas de acoso, el matrimonio precoz o forzoso, la discriminación y el menosprecio étnicos) con diversos instrumentos como el diálogo intercultural mediante la movilidad, el trabajo con jóvenes, el voluntariado o el aprendizaje no formal e informal. | 
| 16. | Los jóvenes son inestimables innovadores y vectores de cambio, y hay que solicitar y respaldar activamente su contribución y considerarla esencial en la construcción de una sociedad pacífica y en el apoyo a una gobernanza democrática. Además, la participación de los jóvenes fomenta el compromiso cívico y la ciudadanía activa. Por otra parte, en su desarrollo desempeñan un papel clave la educación para la ciudadanía democrática, incluida la ciudadanía digital junto con la educación en materia de derechos humanos, también la educación para la paz y el pensamiento crítico. En este contexto, la cooperación entre la Unión Europea y el Consejo de Europa puede aportar una valiosa contribución. | 
SUBRAYANDO QUE:
| 17. | La movilidad de los jóvenes es fundamental para el intercambio de ideas y la difusión de la innovación, para luchar contra el desempleo y abordar las cuestiones sociales, para establecer relaciones sólidas entre las personas, ayudar a su desarrollo personal y alentar la adquisición de aptitudes interpersonales y competencias transversales, así como para promover competencias interculturales y combatir los prejuicios y la discriminación. Por lo tanto, si queremos conseguir una sociedad inclusiva, cohesionada y segura para todos, esta movilidad debe fomentarse. | 
| 18. | El trabajo en el ámbito de la juventud y el aprendizaje no formal e informal pueden desempeñar un papel importante en la lucha contra la marginación y la radicalización de los jóvenes. Además, el trabajo con jóvenes contribuye a combatir la marginación y la radicalización de estos y permite que comprendan mejor, en la práctica, los derechos humanos y los valores democráticos. | 
| 19. | Es de suma importancia seguir desarrollando y promoviendo la cooperación internacional de todos los interesados, entre ellos los jóvenes, los monitores de jóvenes, los dirigentes del ámbito de la juventud y las organizaciones juveniles de la Unión Europea y de fuera de la Unión, ya que ello contribuye a fomentar la confianza y a configurar las futuras relaciones dentro y fuera de Europa. | 
DESTACAN LOS SIGUIENTES ÁMBITOS DE ACTUACIÓN:
A. Cooperación intersectorial basada en métodos de comunicación innovadores, intercambio de buenas prácticas y diálogo efectivo
| 20. | El programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad es transversal a las políticas internas y externas de la UE sobre la promoción del desarrollo sostenible, la paz y la seguridad y los derechos humanos. Solo con el esfuerzo combinado de muchos interlocutores se pueden optimizar las sinergias y garantizar la coherencia entre las diferentes iniciativas que se tomen en respuesta a los desafíos que están a caballo entre las políticas internas y externas de la Unión. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS, A LA COMISIÓN EUROPEA Y AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
| 21. | Promover la cooperación intersectorial basada en métodos de comunicación innovadores, intercambio de buenas prácticas y diálogo efectivo entre el sector de la juventud y los distintos ámbitos de actuación y autoridades competentes, de modo que consideren la incorporación de los jóvenes, las organizaciones juveniles y las organizaciones que trabajan para jóvenes como socios valiosos a la hora de reforzar la resiliencia del Estado y de la sociedad y de construir una sociedad cohesionada. | 
| 22. | Aprovechar los conocimientos especializados, promover la innovación y profundizar las asociaciones multilaterales entre las instituciones de la UE, los Estados miembros, la sociedad civil, los jóvenes y las partes interesadas en el ámbito de la juventud y en otros ámbitos, reforzando el papel de los jóvenes en el mantenimiento de la paz. Fomentar el diálogo, la cooperación y el intercambio de buenas prácticas relativas al programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad entre las principales partes interesadas reforzando el capítulo del programa Erasmus+ relativo a la cooperación mundial, así como otros mecanismos para el intercambio de buenas prácticas. Esto también debería movilizar a los jóvenes y crear un vínculo entre las autoridades responsables de la toma de decisiones, las organizaciones juveniles y las organizaciones que trabajan para los jóvenes que trabajan en pos del mantenimiento de la paz y de una sociedad equilibrada y cohesionada. | 
B. Luchar por unas sociedades cohesionadas y equilibradas: basarse en un planteamiento empírico
| 23. | En un momento en que Europa está tratando de atajar la incitación al odio y de reducir todas las formas de violencia, es importante elaborar discursos pacifistas que promuevan los valores comunes (4) de la UE basados en la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA A LA COMISIÓN EUROPEA Y AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
| 24. | Promover, revisar y destacar las buenas prácticas relativas al papel de los jóvenes en el mantenimiento de la paz y la prevención de la violencia como fuente de creación de conocimiento y valiosa herramienta para cambiar las «narrativas negativas» sobre los jóvenes. En Europa deberían encontrarse resultados cualitativos y ejemplos basados en casos reales de jóvenes que hayan contribuido al mantenimiento de la paz y la solidaridad, y deberían recopilarse sistemáticamente, en cooperación con los Estados miembros, por ejemplo en la Wiki de la Juventud. | 
C. Garantizar la participación efectiva y activa de la juventud en la construcción de sociedades pacíficas e inclusivas
| 25. | La participación activa y equitativa (apoyada en el desarrollo de capacidades) de los jóvenes, especialmente de aquellos que cuentan con menos oportunidades en todos los ámbitos de la vida civil y política, es una condición fundamental para construir sociedades pacíficas, cohesionadas e igualitarias. También es importante para erradicar la pobreza y la exclusión social que conducen a la marginación de los jóvenes. | 
| 26. | Existe una creciente toma de conciencia de que los jóvenes son agentes de cambio en la prevención de conflictos, el fomento de la inclusión y la justicia social y el mantenimiento de la paz. El fomento de la paz y la estabilidad exige una alianza mundial entre todas las partes interesadas, los jóvenes y las organizaciones que trabajan para los jóvenes, que deben desempeñar un papel fundamental a este respecto. El trabajo en el ámbito de la juventud también ha de desempeñar un papel esencial en la consolidación de la paz y la promoción de la solidaridad. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS, A LA COMISIÓN EUROPEA Y AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
| 27. | Aumentar las oportunidades para una participación significativa de los jóvenes en el mantenimiento y el fomento de la paz y la seguridad en todos los niveles, cuando y donde sea posible, mediante mecanismos de participación. | 
| 28. | Facilitar el acceso de los jóvenes, las organizaciones juveniles y otras partes interesadas a los datos y los conocimientos obtenidos de los estudios e investigaciones recientes sobre la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa. | 
| 29. | Promover la participación activa de los jóvenes en la sociedad, en particular de aquellos con menos oportunidades, así como la movilidad transfronteriza y los contactos interpersonales, facilitando el intercambio de ideas y la difusión de las innovaciones a través de los programas existentes y futuros. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR A:
| 30. | Impulsar el trabajo sobre el compromiso de la UE con el programa de trabajo en el ámbito de la juventud, la paz y la seguridad y sobre los principales compromisos interregionales (5), en colaboración con las Naciones Unidas y con otras organizaciones internacionales, incluyendo la definición progresiva de una asociación estratégica entre la UE y las Naciones Unidas sobre el papel de la juventud en la consolidación de la paz. | 
D. Mantener y fomentar el diálogo intercultural entre la juventud dentro y fuera de Europa
| 31. | El diálogo intercultural tiene múltiples funciones y puede considerarse una contribución a la paz y la seguridad en la UE y los países vecinos. La participación en el diálogo intercultural ofrece diversas oportunidades para que los jóvenes asuman una posición de liderazgo, para impulsar los procesos de reconciliación y reducir los prejuicios, los malentendidos y la discriminación entre distintos grupos, así como para que luchen contra la incitación al odio y el extremismo violento con un enfoque basado en los derechos humanos. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS, A LA COMISIÓN EUROPEA Y AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
| 32. | Apoyar la cooperación internacional juvenil y el diálogo y la comprensión mutua entre jóvenes, monitores de jóvenes, dirigentes juveniles y organizaciones juveniles y para la juventud (6) de la UE y fuera de la UE, como un importante instrumento en apoyo de la ciudadanía europea y de los procesos de democratización. | 
E. Reforzar la resiliencia y el pensamiento crítico mediante la educación no formal e informal y el enfoque inter pares
| 33. | Es preciso sensibilizar y hacer comprender a los jóvenes los valores comunes europeos de la UE, (7) como el respeto de la democracia, la igualdad, los derechos humanos, la solidaridad, la ciudadanía y la diversidad, así como fomentar su conocimiento de los medios de comunicación e información. De este modo se genera sentido crítico, y una concienciación y un conocimiento sobre el modo en que la información es susceptible de sesgo y de ser explotada por grupos extremistas violentos para difundir propaganda. | 
| 34. | Tal como se acordó y estableció en el seno del Consejo de Europa, la educación para la ciudadanía democrática y la educación en materia de derechos humanos están estrechamente relacionadas y son complementarias entre sí (8). Este método no formal de educación y formación es un instrumento centrado principalmente en la promoción de los derechos y responsabilidades democráticos y en la participación activa en relación con los sectores civil, político, social, económico, jurídico y cultural de la sociedad. | 
EN ESTE CONTEXTO, EL CONSEJO INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS, A LA COMISIÓN EUROPEA Y AL SERVICIO EUROPEO DE ACCIÓN EXTERIOR, EN SUS RESPECTIVOS ÁMBITOS DE COMPETENCIA, A:
| 35. | Considerar la posibilidad de promover y reforzar, cuando y donde sea pertinente, el concepto de «educación para la ciudadanía democrática y educación en materia de derechos humanos», que puede aplicarse en entornos de aprendizaje formal y no formal, así como el planteamiento inter pares, respetando el principio de subsidiariedad y la libertad de educación. | 
| 36. | Seguir reforzando la cooperación con el Consejo de Europa en el marco del acuerdo de asociación. | 
(1) Documento 6952/17.
(2) Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, Estrategia del PNUD para la Juventud 2014-2017: Juventud empoderada, futuro sostenible (Nueva York, 2014).
(3) Carta del Consejo de Europa sobre la educación para la ciudadanía democrática y la educación en materia de derechos humanos.
(4) Véase el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
(5) Las iniciativas Youth Track [Vía Joven], de la 5.a Cumbre UA-UE, y Young Mediterranean Voice [Jóvenes Voces Mediterráneas].
(6) Por «organizaciones juveniles» se entenderá las organizaciones de la sociedad civil cuyo órgano de coordinación esté compuesto principalmente por jóvenes. Por «organizaciones para la juventud» se entenderá las organizaciones de la sociedad civil que proporcionan servicios para los jóvenes, pero cuyos órganos de coordinación no están compuestos únicamente por jóvenes.
(7) Véase el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea.
(8) Carta del Consejo de Europa sobre la educación para la ciudadanía democrática y la educación en materia de derechos humanos (adoptada en el marco de la Recomendación CM/Rec(2010)7 del Comité de Ministros).
ANEXO
Al adoptar las presentes Conclusiones, el Consejo RECUERDA en particular lo siguiente:
| 1. | la Estrategia Global sobre Política Exterior y de Seguridad de la Unión Europea, haciendo especial hincapié en la resiliencia; | 
| 2. | el Consenso Europeo sobre Desarrollo y las Conclusiones del Consejo sobre desarrollo sostenible (2016). | 
| 3. | el Enfoque integral de la UE sobre igualdad de género, paz y seguridad; | 
| 4. | las Directrices revisadas de la Estrategia de la UE para luchar contra la radicalización y la captación de terroristas (documentos 9640/16 y 14276/16); | 
| 5. | las Conclusiones del Consejo sobre el papel del trabajo con los jóvenes para apoyar el desarrollo en estos de habilidades para la vida que faciliten una transición adecuada a la edad adulta, la ciudadanía activa y la vida laboral (documento 9624/17); | 
| 6. | las Conclusiones del Consejo sobre el papel del sector de la juventud en un planteamiento integrado y transversal en la prevención de la radicalización violenta de los jóvenes y la lucha contra este fenómeno (documento 9640/16); | 
| 7. | el Plan de Acción de la UE para los Derechos Humanos y la Democracia 2015-2019 (2015); | 
| 8. | la reunión informal de los jefes de Estado o de Gobierno de la UE del 12 de febrero de 2015, en el que los miembros del Consejo Europeo instaron a adoptar un planteamiento global que incluyera iniciativas en relación con la integración social, entre otras medidas, que son fundamentales para prevenir la radicalización violenta; | 
| 9. | la Declaración adoptada por los ministros de Educación de la UE en su reunión informal celebrada en París el 17 de marzo de 2015, en la que dan orientación sobre cómo cooperar a nivel europeo; la importancia de las iniciativas destinadas a prevenir y combatir la marginación, la intolerancia, el racismo y la radicalización, a promover la ciudadanía de los jóvenes y a salvaguardar un marco de igualdad de oportunidades para todos; | 
| 10. | las Conclusiones del Consejo sobre la Estrategia renovada de Seguridad Interior, de 17 de junio de 2015, en las que se indica la prioridad que revisten para la acción en los próximos años las cuestiones de la desmovilización, la rehabilitación y la desradicalización o lucha contra la radicalización (documento 9416/15); | 
| 11. | el Plan de Trabajo de la UE para la Juventud (2016-2018), centrado en potenciar la inclusión social de todos los jóvenes, teniendo en cuenta los valores europeos subyacentes, y el papel del trabajo con jóvenes tanto en el mundo no digital como en el digital; | 
| 12. | el Informe conjunto de 2015 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (2010-2018), en el que se subraya la importancia de que los jóvenes puedan crecer en sociedades inclusivas y pluralistas basadas en los valores democráticos europeos. Dicho informe refleja también la necesidad de empoderar aún más a jóvenes de todos los orígenes sociales, especialmente los que están expuestos al riesgo de exclusión; | 
| 13. | la cooperación entre la Comisión Europea y el Consejo de Europa dentro del acuerdo de asociación; | 
| 14. | la Agenda Europea de Seguridad, de 28 de abril de 2015, en la que la Comisión considera la participación de los jóvenes un factor determinante para prevenir la radicalización mediante la promoción de los valores europeos y el fomento de la integración social, y menciona la Red para la Sensibilización frente a la Radicalización (RSR), una estructura a escala de la UE que permite el intercambio de experiencias y prácticas para facilitar la detección temprana de la radicalización y la definición de estrategias preventivas y estrategias de desmovilización a nivel local; | 
| 15. | la Resolución del Parlamento Europeo, de 25 de noviembre de 2015, sobre la prevención de la radicalización y el reclutamiento de ciudadanos europeos por organizaciones terroristas; | 
| 16. | la Resolución 2250(2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre los jóvenes, la paz y la seguridad; | 
| 17. | en la sesión n.o 125 del Comité de Ministros, el Plan de Acción del Comité de Ministros del Consejo de Europa [Bruselas, 19 de mayo de 2015, doc. CM(2015)74 final], relativo a la lucha contra el extremismo violento y la radicalización que conduce al terrorismo, y el Plan de Acción de las Naciones Unidas para Prevenir el Extremismo Violento; | 
| 18. | los principios rectores del Grupo de trabajo interinstitucional de la ONU sobre juventud y consolidación de la paz para la participación de los jóvenes en la consolidación de la paz [en inglés]. | 
Comisión Europea
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/19 | 
Tipo de cambio del euro (1)
6 de junio de 2018
(2018/C 195/06)
1 euro =
         
      
| 
 | Moneda | Tipo de cambio | 
| USD | dólar estadounidense | 1,1765 | 
| JPY | yen japonés | 129,57 | 
| DKK | corona danesa | 7,4436 | 
| GBP | libra esterlina | 0,87683 | 
| SEK | corona sueca | 10,2760 | 
| CHF | franco suizo | 1,1629 | 
| ISK | corona islandesa | 123,70 | 
| NOK | corona noruega | 9,5238 | 
| BGN | leva búlgara | 1,9558 | 
| CZK | corona checa | 25,648 | 
| HUF | forinto húngaro | 318,64 | 
| PLN | esloti polaco | 4,2753 | 
| RON | leu rumano | 4,6534 | 
| TRY | lira turca | 5,4078 | 
| AUD | dólar australiano | 1,5365 | 
| CAD | dólar canadiense | 1,5150 | 
| HKD | dólar de Hong Kong | 9,2328 | 
| NZD | dólar neozelandés | 1,6702 | 
| SGD | dólar de Singapur | 1,5685 | 
| KRW | won de Corea del Sur | 1 255,45 | 
| ZAR | rand sudafricano | 15,0421 | 
| CNY | yuan renminbi | 7,5230 | 
| HRK | kuna croata | 7,3878 | 
| IDR | rupia indonesia | 16 300,41 | 
| MYR | ringit malayo | 4,6704 | 
| PHP | peso filipino | 61,697 | 
| RUB | rublo ruso | 72,9345 | 
| THB | bat tailandés | 37,530 | 
| BRL | real brasileño | 4,4924 | 
| MXN | peso mexicano | 23,9686 | 
| INR | rupia india | 78,7310 | 
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/20 | 
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN
de 6 de junio de 2018
relativa al establecimiento del programa de trabajo para la evaluación de las solicitudes de renovación de aprobaciones de las sustancias activas que expiran en 2022, 2023 y 2024, de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 195/07)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (1), y en particular su artículo 18,
Considerando lo siguiente:
| (1) | Las fechas de expiración de un gran número de sustancias activas aprobadas de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1107/2009 y enumeradas en las partes B y E del anexo del Reglamento de Ejecución (CE) n.o 540/2011 de la Comisión (2) se sitúan entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2024. En la parte C del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 de la Comisión (3) figuran esas sustancias activas, y se asigna a los Estados miembros su evaluación, designando para cada una de ellas un Estado miembro ponente y un Estado miembro coponente a efectos del procedimiento de renovación. | 
| (2) | Habida cuenta del tiempo y los recursos necesarios para completar la evaluación de las solicitudes de renovación de la aprobación de las sustancias activas en cuestión por los Estados miembros y la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), es necesario establecer un programa de trabajo que agrupe sustancias similares y defina prioridades a la vista de los intereses de seguridad para la salud humana y animal o el medio ambiente, tal como se dispone en el artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009. | 
| (3) | Es conveniente permitir la identificación de las sustancias que, por sus propiedades, es previsible que incumplan los criterios de aprobación establecidos en los puntos 3.6.2 a 3.6.5 y en el punto 3.7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, y priorizar su evaluación. | 
| (4) | Entre las sustancias activas enumeradas en la parte C del anexo del Reglamento (UE) n.o 686/2012, es conveniente identificar, como candidatas a la sustitución, las sustancias enumeradas en la parte E del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 cuyo período de validez de la aprobación, dadas sus propiedades, no supere los siete años. Es asimismo conveniente identificar como candidatas a la sustitución las sustancias enumeradas en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/408 de la Comisión (4). El programa debe dar prioridad a esta evaluación. | 
| (5) | Las sustancias activas fluxapiroxad, bixafen, sedaxano, penflufén y pentiopirad comparten propiedades similares. Las sustancias activas fosfonatos de disodio y fosfonatos de potasio comparten propiedades similares. Las sustancias activas eugenol, geraniol y timol comparten propiedades similares. Las sustancias activas Trichoderma atroviride (cepa I-1237) y Trichoderma asperellum (cepa T34) comparten propiedades similares. Las sustancias activas benzovindiflupir e isopirazam también comparten propiedades similares. Dado que, en el caso de las sustancias con propiedades similares, es conveniente armonizar el calendario de su evaluación y el proceso de revisión inter pares que ha llevado a cabo la Autoridad, los expedientes correspondientes a dichas sustancias deben presentarse a los respectivos Estados miembros ponentes dentro del mismo período de tiempo. | 
| (6) | Habida cuenta de los recursos de los que disponen las autoridades que llevan a cabo la evaluación de las solicitudes para la renovación de las aprobaciones, no puede excluirse que, de resultas de la prioridad concedida a la evaluación de determinadas sustancias por la presente Decisión, la aprobación de otras sustancias activas pueda expirar antes de que se haya tomado la decisión de renovar la aprobación de dichas sustancias. En estos casos, el período de validez de la aprobación de dichas sustancias debe ampliarse en el momento oportuno con arreglo a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009. | 
| (7) | Además de proceder a agrupar las sustancias activas similares definiendo prioridades para su evaluación, el artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 establece asimismo que el programa de trabajo debe incluir una serie de elementos específicos. Los Reglamentos de Ejecución (UE) n.o 844/2012 y (UE) n.o 686/2012 aplican respectivamente las letras a) a e) y la letra f) del párrafo segundo del artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009. | 
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo único
Se adopta el programa de trabajo que figura en el anexo de la presente Decisión.
Hecho en Bruselas, el 6 de junio de 2018.
Por la Comisión
Vytenis ANDRIUKAITIS
Miembro de la Comisión
(1) DO L 309 de 24.11.2009, p. 1.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 540/2011 de la Comisión, de 25 de mayo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento y del Consejo en lo que respecta a la lista de sustancias activas aprobadas (DO L 153 de 11.6.2011, p. 1).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012 de la Comisión, de 26 de julio de 2012, por el que se asigna a los Estados miembros, a efectos del procedimiento de renovación, la evaluación de sustancias activas cuya aprobación expira como muy tarde el 31 de diciembre de 2018 (DO L 200 de 27.7.2012, p. 5).
(4) Reglamento de Ejecución (UE) 2015/408 de la Comisión, de 11 de marzo de 2015, que establece una lista de sustancias candidatas a la sustitución, en aplicación del artículo 80, apartado 7, del Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios (DO L 67 de 12.3.2015, p. 18).
ANEXO
1)
El programa de trabajo se refiere a las sustancias activas aprobadas con arreglo al Reglamento (CE) n.o 1107/2009 y enumeradas en la parte C del anexo del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 686/2012.
2)
Las prioridades para la evaluación de las solicitudes de renovación de las aprobaciones de las sustancias activas y la agrupación de las sustancias activas similares, según lo dispuesto en el artículo 18 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, son las siguientes:| a) | Se dará prioridad a la evaluación de las solicitudes de renovación de las aprobaciones de las sustancias activas que, por sus propiedades, es previsible que incumplan los criterios de aprobación establecidos en los puntos 3.6.2 a 3.6.5 y 3.7 del anexo II del Reglamento (CE) n.o 1107/2009. En consecuencia, las evaluaciones se llevarán a cabo sin demora o con la menor demora posible. | 
| b) | Se dará prioridad a la evaluación de las solicitudes de renovación de las aprobaciones de las sustancias activas enumeradas en la parte E del anexo del Reglamento (UE) n.o 540/2011 como candidatas a la sustitución cuyo periodo de aprobación, dadas sus propiedades, no supere los siete años. También se dará prioridad a la evaluación de las solicitudes de renovación de las aprobaciones de las sustancias activas enumeradas en el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/408. Por consiguiente, las evaluaciones se llevarán a cabo sin demora o con la menor demora posible. | 
| c) | Teniendo en cuenta que sus propiedades respectivas son similares, en caso de que las fechas de presentación de los expedientes difieran, deberá ampliarse el periodo de validez de la aprobación, si procede y en el momento oportuno, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009, de manera que coincidan los plazos de evaluación y del proceso de revisión inter pares que lleve a cabo la Autoridad para las siguientes sustancias: 
 
 
 
 
 | 
| d) | Cuando, por razones ajenas al solicitante, parezca probable que la aprobación de algunas sustancias activas no contempladas en las letras a) y b) vaya a xpirar antes de que se haya tomado una decisión sobre la renovación de la aprobación de dichas sustancias, deberá ampliarse el periodo de validez de la aprobación de dichas sustancias activas a su debido tiempo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (CE) n.o 1107/2009. | 
Tribunal de Cuentas
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/23 | 
Informe Especial n.o 12/2018
«La banda ancha en los Estados miembros de la UE: pese a los avances, no se cumplirán todos los objetivos de la Estrategia Europa 2020»
(2018/C 195/08)
El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial n.o 12/2018 «La banda ancha en los Estados miembros de la UE: pese a los avances, no se cumplirán todos los objetivos de la Estrategia Europa 2020».
El informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://eca.europa.eu
INFORMACIÓN RELATIVA AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO
Comité Permanente de los Estados de la AELC
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/24 | 
Sustancias peligrosas — Lista de las autorizaciones concedidas por los Estados AELC-EEE de conformidad con el artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH) en el primer semestre de 2016
(2018/C 195/09)
Subcomité I: Libre circulación de mercancías
A la atención del Comité Mixto del EEE
Con referencia a la Decisión del Comité Mixto EEE n.o 25/2008, de 14 de marzo de 2008, se invita al Comité Mixto EEE a que tome nota de las siguientes listas de decisiones de autorización adoptadas sobre la base del artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH) durante el período del 1 de enero al 30 de junio de 2016, en su reunión de 2 de diciembre de 2016.
ANEXO
Lista de decisiones de autorización
En los Estados del EEE-AELC se han tomado, durante el período del 1 de enero al 30 de junio de 2016, las siguientes decisiones de autorización de conformidad con el artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH):
| Nombre de la sustancia | Decisión de la Comisión en virtud del artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 | País | Fecha de la decisión | 
| Tricloroetileno | C(2015) 8093 | Islandia | 14 de enero de 2016 | 
| Hexabromociclododecano (HBCDD) | C(2015) 9812 | Liechtenstein | 19 de enero de 2016 | 
| Hexabromociclododecano (HBCDD) | C(2015) 9812 | Noruega | 2 de febrero de 2016 | 
| Ftalato de dibutilo (DBP) | C(2016) 2003 | Liechtenstein | 18 de abril de 2016 | 
| Ftalato de dibutilo (DBP) | C(2016) 2003 | Noruega | 26 de abril de 2016 | 
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/25 | 
Sustancias peligrosas — Lista de las autorizaciones concedidas por los Estados AELC-EEE de conformidad con el artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH) en el segundo semestre de 2016
(2018/C 195/10)
Subcomité I: Libre circulación de mercancías
A la atención del Comité Mixto del EEE
Con referencia a la Decisión del Comité Mixto EEE n.o 25/2008, de 14 de marzo de 2008, se invita al Comité Mixto EEE a que tome nota de las siguientes listas de decisiones de autorización adoptadas sobre la base del artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH) durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, en su reunión de 17 de marzo de 2017.
ANEXO
Lista de decisiones de autorización
En los Estados del EEE-AELC se han tomado, durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, las siguientes decisiones de autorización de conformidad con el artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (REACH):
| Nombre de la sustancia | Decisión de la Comisión en virtud del artículo 64, apartado 8, del Reglamento (CE) n.o 1907/2006 | País | Fecha de la decisión | 
| Hexabromociclododecano | C(2015) 9812 | Islandia | 29 de agosto de 2016 | 
| Ftalato de dibutilo (DBP) | C(2016) 2003 | Islandia | 29 de agosto de 2016 | 
| Ftalato de bis(2-etilhexilo) (DEHP) | C(2016) 3549 | Islandia | 29 de agosto de 2016 | 
| Ftalato de bis(2-etilhexilo) (DEHP) | C(2016) 3549 | Liechtenstein | 11 de julio de 2016 | 
| Ftalato de bis(2-etilhexilo) (DEHP) | C(2016) 3549 | Noruega | 5 de julio de 2016 | 
| Amarillo de sulfocromato de plomo, y rojo de cromato molibdato sulfato de plomo | C(2016) 5644 | Liechtenstein | 3 de octubre de 2016 | 
| Amarillo de sulfocromato de plomo, y rojo de cromato molibdato sulfato de plomo | C(2016) 5644 | Noruega | 4 de octubre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7581 | Islandia | 29 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7581 | Liechtenstein | 14 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7581 | Noruega | 16 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7607 | Islandia | 29 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7607 | Liechtenstein | 14 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7607 | Noruega | 16 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7609 | Islandia | 29 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7609 | Liechtenstein | 14 de diciembre de 2016 | 
| Tricloroetileno | C(2016) 7609 | Noruega | 16 de diciembre de 2016 | 
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/26 | 
Medicamentos — Lista de autorizaciones de comercialización concedidas por los estados AELC-EEE para el segundo semestre de 2016
(2018/C 195/11)
Subcomité I-Libre circulación de mercancías
A la atención del Comité Mixto del EEE
Con referencia a la Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 74/1999, de 28 de mayo de 1999, se invita al Comité Mixto del EEE a que tome nota, en su reunión de 17 de marzo de 2017, de las siguientes listas relativas a autorizaciones de comercialización de medicamentos durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016.
| Anexo I | Lista de nuevas autorizaciones de comercialización | 
| Anexo II | Lista de autorizaciones de comercialización renovadas | 
| Anexo III | Lista de autorizaciones de comercialización ampliadas | 
| Anexo IV | Lista de autorizaciones de comercialización retiradas | 
| Anexo V | Lista de autorizaciones de comercialización suspendidas | 
ANEXO I
Lista de nuevas autorizaciones de comercialización
Durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016 se concedieron las siguientes autorizaciones de comercialización en los Estados EEE-AELC:
| Número UE | Producto | País | Fecha de autorización | 
| UE/1/12/793 | Xalkori (cambio a incondicional) | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/13/848 | Erivedge (cambio a incondicional) | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/15/1066 | Ongentys | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/1/15/1066 | Ongentys | Noruega | 4.7.2016 | 
| UE/1/16/1091 | Atazanavir Mylan | Islandia | 29.8.2016 | 
| UE/1/16/1091 | Atazanavir Mylan | Noruega | 2.9.2016 | 
| UE/1/16/1091 | Atazanavir Mylan | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1094 | Ninlaro | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1094 | Ninlaro | Islandia | 7.12.2016 | 
| UE/1/16/1094 | Ninlaro | Noruega | 28.11.2016 | 
| UE/1/16/1102 | Bortezomib SUN | Islandia | 11.8.2016 | 
| UE/1/16/1102 | Bortezomib SUN | Noruega | 12.8.2016 | 
| UE/1/16/1102 | Bortezomib SUN | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1103 | Neparvis | Islandia | 4.7.2016 | 
| UE/1/16/1105 | EndolucinBeta | Islandia | 25.7.2016 | 
| UE/1/16/1105 | EndolucinBeta | Noruega | 27.7.2016 | 
| UE/1/16/1105 | EndolucinBeta | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1107 | ZINBRYTA | Islandia | 14.7.2016 | 
| UE/1/16/1107 | Zinbryta | Noruega | 7.7.2016 | 
| UE/1/16/1107 | Zinbryta | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1108 | Qtern | Islandia | 25.7.2016 | 
| UE/1/16/1108 | Qtern | Noruega | 4.8.2016 | 
| UE/1/16/1108 | Qtern | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1109 | ZAVICEFTA | Islandia | 12.7.2016 | 
| UE/1/16/1109 | Zavicefta | Noruega | 1.7.2016 | 
| UE/1/16/1112 | Odefsey | Islandia | 12.7.2016 | 
| UE/1/16/1113 | Enzepi | Islandia | 14.7.2016 | 
| UE/1/16/1113 | Enzepi | Noruega | 26.7.2016 | 
| UE/1/16/1113 | Enzepi | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1114 | Bortezomib Hospira | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/16/1114 | Bortezomib Hospira | Noruega | 12.8.2016 | 
| UE/1/16/1114 | Bortezomib Hospira | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1115 | Pemetrexed Fresenius Kabi | Islandia | 16.8.2016 | 
| UE/1/16/1115 | Pemetrexed Fresenius Kabi | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/16/1116 | Epclusa | Islandia | 12.7.2016 | 
| UE/1/16/1116 | Epclusa | Noruega | 11.7.2016 | 
| UE/1/16/1116 | Epclusa | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1119 | Zepatier | Islandia | 11.8.2016 | 
| UE/1/16/1119 | Zepatier | Noruega | 4.8.2016 | 
| UE/1/16/1119 | Zepatier | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1121 | Zalmoxis | Islandia | 7.9.2016 | 
| UE/1/16/1121 | Zalmoxis | Noruega | 16.9.2016 | 
| UE/1/16/1121 | Zalmoxis | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1122 | Aerivio Spiromax | Islandia | 2.9.2016 | 
| UE/1/16/1122 | Aerivio Spiromax | Noruega | 8.9.2016 | 
| UE/1/16/1122 | Aerivio Spiromax | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1123 | Airexar Spiromax | Islandia | 2.9.2016 | 
| UE/1/16/1123 | Airexar Spiromax | Noruega | 13.9.2016 | 
| UE/1/16/1123 | Airexar Spiromax | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1124 | Nordimet | Islandia | 7.9.2016 | 
| UE/1/16/1124 | Nordimet | Noruega | 30.8.2016 | 
| UE/1/16/1124 | Nordimet | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1125 | Cinqaero | Islandia | 7.9.2016 | 
| UE/1/16/1125 | Cinqaero | Noruega | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1125 | Cinqaero | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1126 | Truberzi | Islandia | 7.10.2016 | 
| UE/1/16/1126 | Truberzi | Noruega | 6.10.2016 | 
| UE/1/16/1126 | Truberzi | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1127 | Tenofovir disoproxil Zentiva | Islandia | 6.10.2016 | 
| UE/1/16/1127 | Tenofovir disoproxil Zentiva | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1127 | Tenofovir disoproxil Zentiva | Noruega | 13.10.2016 | 
| UE/1/16/1128 | Kisplyx | Islandia | 7.9.2016 | 
| UE/1/16/1128 | Kisplyx | Noruega | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1128 | Kisplyx | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/16/1129 | Tenofovir disoproxil Mylan | Islandia | 16.12.2016 | 
| UE/1/16/1129 | Tenofovir disoproxil Mylan | Noruega | 21.12.2016 | 
| UE/1/16/1130 | Onivyde | Islandia | 1.11.2016 | 
| UE/1/16/1130 | Onivyde | Noruega | 4.11.2016 | 
| UE/1/16/1130 | Onivyde | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1131 | Thorinane | Islandia | 6.10.2016 | 
| UE/1/16/1131 | Thorinane | Noruega | 23.9.2016 | 
| UE/1/16/1131 | Thorinane | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1132 | Inhixa | Islandia | 7.10.2016 | 
| UE/1/16/1132 | Inhixa | Noruega | 5.10.2016 | 
| UE/1/16/1132 | Inhixa | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1134 | Mysildecard | Islandia | 6.10.2016 | 
| UE/1/16/1134 | Mysildecard | Noruega | 29.9.2016 | 
| UE/1/16/1134 | Mysildecard | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1135 | Sialanar | Islandia | 7.10.2016 | 
| UE/1/16/1135 | Sialanar | Noruega | 14.10.2016 | 
| UE/1/16/1135 | Sialanar | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1136 | Cabometyx | Islandia | 6.10.2016 | 
| UE/1/16/1136 | CABOMETYX | Noruega | 20.9.2016 | 
| UE/1/16/1136 | CABOMETYX | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1137 | Granpidam | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1137 | Granpidam | Islandia | 6.12.2016 | 
| UE/1/16/1137 | Granpidam | Noruega | 28.11.2016 | 
| UE/1/16/1138 | Venclyxto | Islandia | 8.12.2016 | 
| UE/1/16/1138 | Venclyxto | Noruega | 13.12.2016 | 
| UE/1/16/1139 | Ocaliva | Islandia | 19.12.2016 | 
| UE/1/16/1139 | OCALIVA | Noruega | 12.12.2016 | 
| UE/1/16/1141 | SomaKit TOC | Islandia | 15.12.2016 | 
| UE/1/16/1141 | SomaKit TOC | Noruega | 15.12.2016 | 
| UE/1/16/1142 | Parsabiv | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1142 | Parsabiv | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/16/1142 | Parsabiv | Noruega | 22.11.2016 | 
| UE/1/16/1143 | Lartruvo | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1143 | Lartruvo | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/16/1143 | Lartruvo | Noruega | 18.11.2016 | 
| UE/1/16/1144 | Ivabradine Zentiva | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1144 | Ivabradine Zentiva | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/16/1144 | Ivabradine Zentiva | Noruega | 28.11.2016 | 
| UE/1/16/1145 | Ivabradine JensonR | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1145 | Ivabradine JensonR | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/16/1145 | Ivabradine JensonR | Noruega | 5.12.2016 | 
| UE/1/16/1146 | Glyxambi | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1146 | Glyxambi | Islandia | 5.12.2016 | 
| UE/1/16/1146 | Glyxambi | Noruega | 9.12.2016 | 
| UE/1/16/1147 | IBRANCE | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1147 | Ibrance | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/16/1147 | IBRANCE | Noruega | 15.11.2016 | 
| UE/1/16/1148 | Emtricitabine/Tenofovir disoproxil Zentiva | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/16/1148 | Emtricitabine/Tenofovir disoproxil Zentiva | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/16/1148 | Emtricitabine/Tenofovir disoproxil Zentiva | Noruega | 15.11.2016 | 
| UE/1/16/1151 | Emtricitabine/Tenofovir disproxil Krka | Noruega | 21.12.2016 | 
| UE/1/16/1151 | Emtricitabine/Tenofovir disoproxil Krka | Islandia | 14.12.2016 | 
| UE/2/16/196 | Sevocalm | Noruega | 11.7.2016 | 
| UE/2/16/196 | Sevocalm | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/2/16/196 | Sevocalm | Islandia | 12.7.2016 | 
| UE/2/16/198 | Sedadex | Islandia | 22.8.2016 | 
| UE/2/16/198 | Sedadex | Noruega | 30.8.2016 | 
| UE/2/16/198 | Sedadex | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/2/16/199 | Eravac | Islandia | 10.10.2016 | 
| UE/2/16/199 | ERAVAC | Noruega | 5.10.2016 | 
| UE/2/16/199 | ERAVAC | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/2/16/200 | Cepedex | Islandia | 19.12.2016 | 
ANEXO II
Lista de autorizaciones de comercialización renovadas
Durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016 se renovaron las siguientes autorizaciones de comercialización en los Estados EEE-AELC:
| Número UE | Producto | País | Fecha de autorización | 
| UE/1/06/347 | Sutent | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/06/347 | Sutent | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/06/347 | Sutent | Noruega | 15.11.2016 | 
| UE/1/06/355 | ATryn | Islandia | 26.7.2016 | 
| UE/1/06/355 | ATryn | Noruega | 10.8.2016 | 
| UE/1/06/355 | ATryn | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/06/360 | Champix | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/1/06/360 | Champix | Noruega | 7.7.2016 | 
| UE/1/06/360 | Champix | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/06/361 | Luminity | Islandia | 26.7.2016 | 
| UE/1/06/361 | Luminity | Noruega | 6.8.2016 | 
| UE/1/06/361 | Luminity | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/06/362 | Byetta | Islandia | 18.8.2016 | 
| UE/1/06/363 | Sprycel | Islandia | 18.8.2016 | 
| UE/1/06/363 | Sprycel | Noruega | 12.8.2016 | 
| UE/1/06/363 | Sprycel | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/06/364 | Adrovance | Islandia | 16.10.2016 | 
| UE/1/06/365 | Elaprase | Islandia | 16.10.2016 | 
| UE/1/06/366 | Tandemact | Islandia | 16.10.2016 | 
| UE/1/06/374 | Lucentis | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/06/374 | Lucentis | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/06/374 | Lucentis | Noruega | 22.11.2016 | 
| UE/1/06/379 | Cystadane | Islandia | 7.12.2016 | 
| UE/1/06/379 | Cystadane | Noruega | 29.11.2016 | 
| UE/1/11/699 | Fampyra | Noruega | 8.7.2016 | 
| UE/1/11/701 | Levetiracetam Teva | Noruega | 4.8.2016 | 
| UE/1/11/701 | Levetiracetam Teva | Islandia | 26.7.2016 | 
| UE/1/11/701 | Levetiracetam Teva | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/706 | Levodopa/Carbidopa/Entacapone Orion | Noruega | 15.9.2016 | 
| UE/1/11/711 | Matever | Islandia | 14.7.2016 | 
| UE/1/11/711 | Matever | Noruega | 7.7.2016 | 
| UE/1/11/711 | Matever | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/712 | Levetiracetam Accord | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/11/712 | Levetiracetam Accord | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/11/712 | Levetiracetam Accord | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/713 | Levetiracetam Actavis | Islandia | 5.10.2016 | 
| UE/1/11/713 | Levetiracetam Actavis | Noruega | 30.9.2016 | 
| UE/1/11/713 | Levetiracetam Actavis | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/11/715 | Plenadren | Islandia | 15.8.2016 | 
| UE/1/11/715 | Plenadren | Noruega | 15.8.2016 | 
| UE/1/11/715 | Plenadren | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/716 | Eurartesim | Islandia | 15.9.2016 | 
| UE/1/11/716 | Eurartesim | Noruega | 15.9.2016 | 
| UE/1/11/716 | Eurartesim | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/11/717 | Vyndaqel | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/11/717 | Vyndaqel | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/11/717 | Vyndaqel | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/719 | Telmisartan Teva Pharma | Islandia | 12.7.2016 | 
| UE/1/11/722 | Pioglitazona Accord | Islandia | 13.12.2016 | 
| UE/1/11/722 | Pioglitazona Accord | Noruega | 21.12.2016 | 
| UE/1/11/727 | Xaluprine | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/11/727 | Xaluprine | Islandia | 6.12.2016 | 
| UE/1/11/727 | Xaluprine | Noruega | 5.12.2016 | 
| UE/1/11/728 | Pramipexole Accord | Islandia | 26.7.2016 | 
| UE/1/11/728 | Pramipexole Accord | Noruega | 4.8.2016 | 
| UE/1/11/728 | Pramipexole Accord | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/731 | Komboglyze | Islandia | 26.7.2016 | 
| UE/1/11/731 | Komboglyze | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/11/731 | Komboglyze | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/732 | Desloratadine Teva | Islandia | 15.8.2016 | 
| UE/1/11/732 | Desloratadine Teva | Noruega | 22.8.2016 | 
| UE/1/11/733 | Dificlir | Islandia | 29.8.2016 | 
| UE/1/11/733 | Dificlir | Noruega | 30.8.2016 | 
| UE/1/11/733 | Dificlir | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/734 | Edarbi | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/11/734 | Edarbi | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/11/734 | Edarbi | Noruega | 22.11.2016 | 
| UE/1/11/736 | EDURANT | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/11/736 | EDURANT | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/11/736 | EDURANT | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/737 | Eviplera | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/11/737 | Eviplera | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/11/737 | Eviplera | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/738 | Levetiracetam Actavis Group | Islandia | 15.8.2016 | 
| UE/1/11/738 | Levetiracetam Actavis Group | Noruega | 2.9.2016 | 
| UE/1/11/738 | Levetiracetam Actavis Group | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/739 | Dasselta | Islandia | 22.8.2016 | 
| UE/1/11/739 | Dasselta | Noruega | 5.9.2016 | 
| UE/1/11/739 | Dasselta | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/740 | Ameluz | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/11/740 | Ameluz | Islandia | 7.12.2016 | 
| UE/1/11/740 | Ameluz | Noruega | 5.12.2016 | 
| UE/1/11/741 | Levetiracetam SUN | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/11/741 | Levetiracetam Sun | Islandia | 5.12.2016 | 
| UE/1/11/741 | Levetiracetam SUN | Noruega | 23.11.2016 | 
| UE/1/11/742 | Efavirenz Teva | Islandia | 16.10.2016 | 
| UE/1/11/742 | Efavirenz Teva | Noruega | 21.10.2016 | 
| UE/1/11/743 | Repaglinide Accord | Islandia | 14.10.2016 | 
| UE/1/11/743 | Repaglinide Accord | Noruega | 21.10.2016 | 
| UE/1/11/745 | Desloratadina Actavis | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/11/745 | Desloratadina Actavis | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/11/745 | Desloratadina Actavis | Noruega | 25.11.2016 | 
| UE/1/11/746 | Desloratadina ratiopharm | Islandia | 15.8.2016 | 
| UE/1/11/746 | Desloratadina ratiopharm | Noruega | 22.8.2016 | 
| UE/1/11/746 | Desloratadina ratiopharm | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/11/747 | Colobreathe | Islandia | 10.10.2016 | 
| UE/1/11/747 | Colobreathe | Noruega | 13.10.2016 | 
| UE/1/11/747 | Colobreathe | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/12/750 | Esmya | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/12/750 | Esmya | Islandia | 5.12.2016 | 
| UE/1/12/750 | Esmya | Noruega | 29.11.2016 | 
| UE/1/12/751 | Zelboraf | Noruega | 6.10.2016 | 
| UE/1/12/751 | Zelboraf | Islandia | 10.10.2016 | 
| UE/1/12/751 | Zelboraf | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/12/753 | Signifor | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/12/753 | Signifor | Islandia | 6.12.2016 | 
| UE/1/12/753 | Signifor | Noruega | 24.11.2016 | 
| UE/1/12/755 | Pioglitazone Actavis | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/12/755 | Pioglitazone Actavis | Noruega | 9.12.2016 | 
| UE/1/12/755 | Pioglitazone Actavis | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/12/756 | Glidipion | Noruega | 9.12.2016 | 
| UE/1/12/756 | Glidipion | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/12/756 | Glidipion | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/1/12/763 | Ecansya | Noruega | 23.12.2016 | 
| UE/1/12/793 | XALKORI | Islandia | 10.8.2016 | 
| UE/1/12/793 | XALKORI | Noruega | 12.8.2016 | 
| UE/1/12/793 | XALKORI | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/12/794 | ADCETRIS | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/12/794 | ADCETRIS | Islandia | 2.11.2016 | 
| UE/1/12/794 | ADCETRIS | Noruega | 8.11.2016 | 
| UE/1/15/1047 | Blincyto | Islandia | 10.10.2016 | 
| UE/1/15/1047 | Blincyto | Noruega | 29.9.2016 | 
| UE/1/15/1047 | Blincyto | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/16/1086 | Tagrisso | Islandia | 19.12.2016 | 
| UE/2/06/061 | Nobilis Influenza H5N2 | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/2/11/128 | Emdocam | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/2/11/132 | Nobivac Myxo-RHD | Islandia | 25.8.2016 | 
| UE/2/11/132 | Nobivac Myxo-RHD | Noruega | 30.8.2016 | 
| UE/2/11/132 | Nobivac Myxo-RHD | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/2/11/133 | Recocam | Islandia | 17.8.2016 | 
| UE/2/11/133 | Recocam | Noruega | 25.8.2016 | 
| UE/2/11/133 | Recocam | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/2/11/134 | Inflacam | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/2/11/134 | Inflacam | Islandia | 2.12.2016 | 
| UE/2/11/134 | Inflacam | Noruega | 25.11.2016 | 
| UE/2/11/135 | Panacur AquaSol | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/2/11/135 | Panacur AquaSol | Islandia | 2.9.2016 | 
| UE/2/11/135 | Panacur AquaSol | Noruega | 5.9.2016 | 
| UE/2/11/137 | Activyl Tick Plus | Noruega | 23.12.2016 | 
| UE/2/12/139 | Zulvac 1 + 8 Bovis | Islandia | 19.12.2016 | 
ANEXO III
Lista de autorizaciones de comercialización ampliadas
Durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016 se ampliaron las siguientes autorizaciones de comercialización en los Estados EEE-AELC:
| Número UE | Producto | País | Fecha de autorización | 
| UE/1/03/267/012 | Reyataz | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/1/08/494/005 | Stelara | Noruega | 24.11.2016 | 
| UE/1/08/494/005 | Stelara | Islandia | 5.12.2016 | 
| UE/1/11/714/002-003 | Zytiga | Islandia | 1.12.2016 | 
| UE/1/11/714/003 | Zytiga | Noruega | 25.11.2016 | 
| UE/1/12/776/024 | Fycompa | Islandia | 11.10.2016 | 
| UE/1/12/776/024 | Fycompa | Noruega | 10.10.2016 | 
| UE/1/14/939/005-006 | Daklinza | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/1/14/939/005-006 | Daklinza | Noruega | 4.7.2016 | 
| UE/1/15/1024/002 | KEYTRUDA | Islandia | 24.8.2016 | 
| UE/1/15/1024/002 | KEYTRUDA | Noruega | 26.8.2016 | 
| UE/2/97/004/050-053 | Metacam | Noruega | 29.8.2016 | 
ANEXO IV
Lista de autorizaciones de comercialización retiradas
Durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016 se retiraron las siguientes autorizaciones de comercialización en los Estados EEE-AELC:
| Número UE | Producto | País | Fecha de retirada | 
| UE/1/00/137 | Avandia | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/03/258 | Avandamet | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/07/385 | Focetria | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/08/489 | Opgenra | Islandia | 14.7.2016 | 
| UE/1/08/489 | Opgenra | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/08/489 | Opgenra | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/08/500 | Fablyn | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/08/506 | Celvapan | Islandia | 7.12.2016 | 
| UE/1/08/506 | Celvapan | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/08/506 | Celvapan | Noruega | 21.12.2016 | 
| UE/1/09/518 | PANTECTA Control | Islandia | 7.10.2016 | 
| UE/1/09/518 | PANTECTA Control | Noruega | 20.10.2016 | 
| UE/1/09/518 | PANTECTA Control | Liechtenstein | 31.10.2016 | 
| UE/1/09/563 | ChondroCelect | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/09/563 | ChondroCelect | Islandia | 15.8.2016 | 
| UE/1/09/563 | ChondroCelect | Noruega | 11.8.2016 | 
| UE/1/10/657 | Vacuna prepandémica contra la gripe (H5N1) (antígeno de superficie, inactivado, adyuvante) Novartis Vaccines and Dia | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/11/721 | Paglitaz | Islandia | 12.8.2016 | 
| UE/1/12/810 | Krystexxa | Islandia | 14.7.2016 | 
| UE/1/12/810 | Krystexxa | Noruega | 6.7.2016 | 
| UE/1/12/810 | Krystexxa | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
| UE/1/13/831 | Capecitabine SUN | Islandia | 13.7.2016 | 
| UE/1/13/831 | Capecitabine SUN | Noruega | 6.7.2016 | 
| UE/1/13/883 | Vitekta | Islandia | 10.11.2016 | 
| UE/1/13/883 | Vitekta | Liechtenstein | 31.12.2016 | 
| UE/1/13/883 | Vitekta | Noruega | 15.12.2016 | 
| UE/1/14/942 | Clopidogrel/Ácido acetilsalicílico Teva | Islandia | 26.7.2016 | 
ANEXO V
Lista de autorizaciones de comercialización suspendidas
Durante el período del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016 se suspendieron las siguientes autorizaciones de comercialización en los Estados EEE-AELC:
| Número UE | Producto | País | Fecha de suspensión | 
| UE/2/15/192 | Velactis | Islandia | 30.8.2016 | 
| UE/2/15/192 | Velactis | Noruega | 29.8.2016 | 
| UE/2/15/192 | Velactis | Liechtenstein | 31.8.2016 | 
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/44 | 
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.8954 — BPEA/PAI/WFC)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 195/12)
1.
El 31 de mayo de 2018, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:
| — | Baring Private Equity Asia Fund VI («BPEA», Islas Caimán), bajo el control de Baring Asia (Hong Kong). | 
| — | PAI Partners SAS («PAI», Francia). | 
| — | GB WFC International S.à.r.l. («WFC», Luxemburgo). | 
BPEA y PAI adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la totalidad de WFC.
La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:— BPEA: fondo de capital inversión centrado en las inversiones en mantenimiento de capital y creación de valor con posterioridad a las inversiones en los países asiáticos. BPEA está controlado en común por otros fondos de capital inversión que, en conjunto, componen Baring Asia.
— PAI: sociedad independiente de capital inversión que ofrece servicios de gestión y asesoramiento a una serie de fondos que ostentan la propiedad de empresas dedicadas a diversos sectores, como servicios destinados a las empresas, alimentos y bienes de consumo, industrias generalistas, asistencia sanitaria y distribución y venta al por menor.
— WFC: agencia de ventas y servicios generales de transporte aéreo de mercancías que presta servicios externalizados de gestión de transporte aéreo de mercancías.
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.Con arreglo a la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:
M.8954 — BPEA/PAI/WFC
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:
| Correo electrónico COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu | 
| Fax +32 22964301 | 
| Dirección postal: | 
| Comisión Europea | 
| Dirección General de Competencia | 
| Registro de Concentraciones | 
| 1049 Bruxelles/Brussel | 
| BELGIQUE/BELGIË | 
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/46 | 
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.8928 — Francisco Partners/VeriFone)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2018/C 195/13)
1.
El 30 de mayo de 2018, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).La presente notificación se refiere a las siguientes empresas:
| — | Francisco Partners Management LP («Francisco Partners», Estados Unidos). | 
| — | VeriFone Systems, Inc. («VeriFone», Estados Unidos). | 
Francisco Partners adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de VeriFone.
La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:— Francisco Partners: sociedad de capital inversión centrada exclusivamente en las inversiones en programas informáticos y negocios basados en la tecnología.
— VeriFone: empresa dedicada principalmente al diseño, fabricación y suministro de dispositivos de pago en los puntos de venta y servicios conexos.
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.Con arreglo a la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la siguiente referencia:
M.8928 — Francisco Partners/VeriFone
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la siguiente dirección:
| Correo electrónico COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu | 
| Fax +32 22964301 | 
| Dirección postal: | 
| Comisión Europea | 
| Dirección General de Competencia | 
| Registro de Concentraciones | 
| 1049 Bruxelles/Brussel | 
| BELGIQUE/BELGIË | 
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
OTROS ACTOS
Comisión Europea
| 7.6.2018 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | C 195/47 | 
Publicación de una solicitud de modificación con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
(2018/C 195/14)
La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud de modificación de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).
SOLICITUD DE APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN QUE NO SE CONSIDERA MENOR DEL PLIEGO DE CONDICIONES DE LAS DENOMINACIONES DE ORIGEN PROTEGIDAS O DE LAS INDICACIONES GEOGRÁFICAS PROTEGIDAS
Solicitud de aprobación de una modificación de conformidad con el artículo 53, apartado 2, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012
«GAILTALER SPECK»
N.o UE: IGP-AT-0192-AM01 – 5.4.2017
DOP ( ) IGP ( X )
1. Agrupación solicitante e interés legítimo
| Gailtaler Speck – Naturarena Kärnten | 
| c/o Albert Jank | 
| Götzing 4 | 
| 9624 Egg | 
| ÖSTERREICH | 
| Tel. +43 6504282000 | 
| Correo electrónico: Albert.jank@gailtalerspeck.at | 
La agrupación solicitante es el solicitante original y representa a todos los productores de Gailtaler Speck g.g.A.
2. Estado miembro o tercer país
Austria
3. Apartado del pliego de condiciones afectado por la(s) modificación(es)
| — | ☐ | Nombre del producto | 
| — | ☒ | Descripción del producto | 
| — | ☒ | Zona geográfica | 
| — | ☒ | Prueba del origen | 
| — | ☒ | Método de obtención | 
| — | ☒ | Vínculo con la zona geográfica | 
| — | ☒ | Etiquetado | 
| — | ☒ | Otros [Datos de contacto de la autoridad competente y de la agrupación solicitante, tipo de producto, organismo de control, legislación nacional, lista de referencias y fuentes] | 
4. Tipo de modificación(es)
| — | ☒ | Modificación del pliego de condiciones de una DOP o IGP registrada que, a tenor del artículo 53, apartado 2, párrafo 3, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, no se considera menor. | 
| — | ☐ | Modificación, que no se considera menor, del pliego de condiciones de una DOP o IGP respecto de la cual no se publicó un documento único (o equivalente), con arreglo al artículo 53, apartado 2, párrafo 3, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012. | 
5. Modificación(es)
El antiguo pliego de condiciones, que constaba de varios documentos separados (el resumen, el pliego de condiciones) ha sido transformado en un solo documento y revisado para garantizar una mayor transparencia y actualizar los requisitos del método de obtención y la prueba del origen. Además, las normas de producción (por ejemplo, las «Directrices para el Gailtaler Speck»/Directrices de producción del Gailtaler Speck), del capítulo sobre materiales, a las que antes se hacía referencia en el pliego de condiciones, han sido integradas en dicho pliego y, por tanto, están sujetas a los requisitos de modificación establecidos por el Derecho comunitario. Se ha eliminado la información proporcionada anteriormente sobre el sistema interno de control y de aseguramiento de la calidad de la asociación. Las exigencias generales aplicables a la cría de animales (por ejemplo, la prohibición de alimentar a los animales con harina de carne y huesos o con desperdicios de cocinas comerciales) o a la producción de tocino tampoco se repitieron en el pliego de condiciones. Por tanto, los demás apéndices del pliego de condiciones solo sirven como elementos de prueba.
En concreto:
Descripción del producto:
Apartado 4.2 del resumen que se transcribe a continuación.
«Para la producción del “Gailtaler Speck” se utilizan cerdos de las siguientes razas: cerdo mejorado de raza autóctona, cerdo “largewhite”, cruces de las dos razas anteriores, cerdo Duroc y cruces procedentes de programas de crianza reconocidos de Carintia.
Los cerdos deben estar cebados de conformidad con las condiciones específicas establecidas en las directrices de producción aplicables al “Gailtaler Speck”.
Para la elaboración de este tipo de tocino se utiliza carne fresca de cerdo con un pH máximo de 5,8. Se utilizan todas las partes grasas, incluso, en caso de necesidad, se emplean las partes individuales de un lado (panza, costillar, falda, lomo y paleta).
El “Gailtaler Speck” se adoba, se ahúma y se deja madurar en bodegas especiales para este fin. El aspecto exterior de este tocino es amarillo dorado y el corte es rojo vivo con un borde de tocino blanco. El “Gailtaler Speck” tiene un sabor muy marcado a adobo en salazón, ahumado y carne, con un ligero toque especiado y un punto de sal medio. La carne es consistente, aunque tierna, y se deshace fácilmente en la boca.»
y el apartado 4.2 del pliego de condiciones (Descripción del producto y tipo de producto):
«El Gailtaler Speck es un producto de carne de cerdo cruda en salazón. Las características cualitativas del Gailtaler Speck figuran en el capítulo 3 de las Directrices para el Gailtaler Speck. El producto se distingue por las siguientes características (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2):
| — | Materiales de base: para la producción del Gailtaler Speck se utilizan cerdos de las siguientes razas: cerdo mejorado de raza autóctona, cerdo “largewhite”, cruces de las dos razas anteriores, cerdo Duroc y cruces procedentes de programas de crianza reconocidos de Carintia. | 
| — | Componentes, receta e ingredientes: para la elaboración del Gailtaler Speck se utiliza carne fresca de cerdo con un pH máximo de 5,8. Se utilizan los siguientes cortes de carne: toda la parte grasa, incluidas, en caso de necesidad, las partes individuales de un lado: panza, costillar, falda, lomo y paleta. Los trozos de carne se procesan en su estado natural, sin compresión. En el proceso de salazón, se añade sal de cocina o para salmuera, pimienta, ajo y otras especias y hierbas aromáticas siguiendo las recetas tradicionales. Las principales especias utilizadas son jengibre, cilantro, alcaravea, hojas de laurel, pimienta de Jamaica, pimentón, romero, enebro y azúcar. El Gailtaler Speck se somete a un proceso de “ahumado en frío” (a una temperatura máxima de 22 °C). | 
| — | Aspecto: el aspecto exterior del Gailtaler Speck es amarillo dorado, la grasa es blanca y la carne es rojo vivo. No presenta defectos externos ni en el corte. | 
| — | Sabor: el Gailtaler Speck tiene un sabor muy marcado a adobo en salazón, ahumado y de carne, con un punto de sal medio. No tiene sabor rancio. | 
| — | Consistencia: la carne es consistente, aunque tierna, y se deshace fácilmente en la boca. | 
| — | Características distintivas: El método de “ahumado en frío”, el proceso de elaboración principalmente a partir de partes grasas y la transformación de la carne sin compresión constituyen características del producto que son típicas del valle de Gail.» | 
se sustituyen por el texto siguiente:
«4.2. Descripción del producto
El Gailtaler Speck es un producto a base de carne de cerdo cruda, deshuesada, curada y sin compresión, que se distingue por las siguientes características:
| — | Materiales de base: para la producción del Gailtaler Speck se utiliza exclusivamente carne de cerdo de las siguientes razas: cerdo mejorado de raza autóctona, cerdo “largewhite”, cerdo Duroc, Saddleback Swabian Hall y cruces de estas razas. También se admiten cruces de estas razas con el cerdo Pietrain (macho). | 
| — | Componentes, receta y método de transformación: para la producción del Gailtaler Speck solo se utiliza carne fresca, deshuesada, en su estado natural y sin compresión. En principio, el Gailtaler Speck puede elaborarse con cualquier corte de carne, incluso con partes grasas. Sin embargo, se prefieren la panza, el costillar, la falda, el lomo y la paleta. Antes del corte, el servicio veterinario controla la aptitud para el consumo humano de las medias canales, que luego se adoban, se ahúman y se dejan madurar (en seco), con una mezcla tradicional de sal y especias, de conformidad con el procedimiento descrito en el apartado 4.5.2. | 
| — | Aspecto: el aspecto externo del Gailtaler Speck es amarillo dorado, la grasa es blanca y claramente visible, y la carne es de color rojo vivo. | 
| — | Sabor y consistencia: el Gailtaler Speck tiene un sabor ligeramente especiado (con una nota dominante de enebro), un punto de sal medio y un sabor característico muy marcado a adobo en salazón, ahumado y carne. Aunque la parte grasa es firme en comparación con otros tipos de tocino, la carne del Gailtaler Speck es tierna y se deshace fácilmente en la boca. El Gailtaler Speck no presenta defectos externos ni defectos en el corte y no tiene sabor rancio. | 
| — | Comercialización: el Gailtaler Speck se vende envasado o sin envasar, con la parte grasa, en trozos o en lonchas.» | 
Motivos:
La lista de razas de cerdo autorizadas para la fabricación del Gailtaler Speck se ha definido con más precisión y, en particular, se ha eliminado la referencia a «programas de crianza reconocidos de Carintia» (anerkannte Kärntner Zuchtprogramme). Como el origen de los lechones ya no se limita a Carintia (véase el apartado sobre la zona geográfica), en la versión actual del pliego de condiciones se han enumerado las opciones de razas y cruces. Solo se ha agregado la raza «Schwäbisch Hällische Sattelschwein» [Saddleback Swabian Hall] a la lista de razas de cerdos admitidas, pues dicha raza ofrece una carne y una grasa de buena calidad y, debido a su capacidad de resistencia a las condiciones climáticas, es apta para la cría al aire libre, lo que constituye a su vez una condición necesaria para una posible producción ecológica. De acuerdo con los programas anteriores de crianza de Carintia, se permiten cruces entre todas las razas admitidas y también con los machos de la raza Pietrain. No obstante, los cruces entre cerdos de raza pura no producen el contenido deseado de grasa claramente visible.
Podría omitirse el requisito anterior de un valor de pH máximo de 5,8, ya que debe controlarse y garantizarse la aptitud para el consumo humano, que debe ser confirmada por el servicio veterinario (inspector veterinario). Además, el productor de tocino reconoce, según su experiencia, si la carne es apta para la producción de tocino.
Mientras que antes se solían utilizar piezas enteras de tocino y los cortes solo se utilizaban cuando era necesario, actualmente la relación es la inversa, debido a la demanda del cliente y las diferentes formas de comercialización. Estas especificaciones se han agregado al pliego de condiciones para mayor claridad.
Se agregó una descripción más específica del aspecto y la consistencia del tocino, y se precisó que el Gailtaler Speck deben tener un contenido de grasa «claramente visible». No es posible proporcionar una definición más precisa de un producto natural, en particular porque el contenido de grasa varía entre machos castrados y hembras y entre diferentes cortes de carne. Sin embargo, dado que los cerdos utilizados para la producción del Gailtaler Speck viven más tiempo y su peso vivo mínimo es más elevado en el momento del sacrificio (es decir, 120 kg, respecto del peso medio de 85 kg de otros cerdos utilizados para la fabricación de tocino en Europa), el contenido de grasa del Gailtaler Speck es considerablemente más elevado que el de otros productos comparables. En la versión modificada del pliego de condiciones también se menciona que la firmeza característica de la grasa contenida en el Gailtaler Speck se debe a la alimentación especial que reciben los cerdos, que consiste en una cantidad muy pequeña de maíz (10 % como máximo, en lugar del 70 % como máximo que normalmente reciben los cerdos en Europa).
En aras de una mayor claridad y de conformidad con las prácticas comerciales actuales, se ha añadido información sobre las formas de comercialización permitidas, según las cuales el Gailtaler Speck puede venderse envasado o sin envasar, en partes enteras (es decir, en piezas enteras sin cortar), en partes separadas de panza, costillar, falda, lomo y paleta, en lonchas, en trozos, etc.
La información relativa al «ahumado en frío» y la lista de especias admitidas para lograr las características tradicionales del producto se trasladan al apartado «Método de obtención».
Zona geográfica:
— El apartado 4.3 del resumen, primera frase:
«La zona de producción está compuesta por los municipios administrativos de Kötschach-Mauthen, Dellach, Kirchbach, Gitschtal, Hermagor, St. Stefan im Gailtal, Nötsch im Gailtal, Feistritz an der Gail y Hohenthurn.»
y el apartado 4.3.1 del pliego de condiciones («Indicación de la zona de producción»):
«Debido a las características naturales del paisaje (véase el apartado 4.6) y a la evolución histórica (véase el apartado 4.4), se desarrolló en el valle de Gail una cultura especial de producción de tocino. Sobre la base de fuentes y documentos históricos que acreditan la evolución histórica de la producción de tocino, a continuación se delimita geográficamente la región en la que se puede fabricar el Gailtaler Speck.
El ejemplo de una lista de costes de producción confeccionada por sirvientes cerca de 1830 pone de manifiesto la importancia del Gailtaler Speck en la alimentación de los habitantes del valle de Gail (véase el Archivo Regional de Carintia, Catastro Stabile [Kärntner Landesarchiv, Stabiler Kataster], anexo A del apartado 4.3.1).
La importancia del tocino en la alimentación de los habitantes del valle de Gail en comparación con otras regiones de Carintia se ve claramente reflejada en otros documentos históricos (véase el Archivo Regional de Carintia, Catastro Stabile, anexo B del apartado 4.3.1). La mayor importancia del tocino en esta región se debe a las condiciones naturales particulares del valle de Gail, que hacen de esta zona un lugar ideal para la fabricación de productos curados de gran calidad (véase el apartado 4.6).
La zona está delimitada al norte y al sur por las fronteras convencionales del valle de Gail establecidas según la opinión popular, es decir, al sur, por la cadena montañosa conocida como los Alpes Cárnicos, que son una subsección de los Alpes Calcáreos del sur y se extienden a lo largo de las fronteras con Italia, y, al norte, por los Alpes de Gail, que se extienden a lo largo de los municipios del valle de Gail. Al este y al oeste, la zona está delimitada por condiciones naturales, en particular, condiciones climáticas, que también constituyen un requisito previo esencial para la producción de tocino.
A continuación se ofrece una descripción más detallada, con referencia a los anexos correspondientes, de la delimitación de la zona para la localización de las instalaciones de producción autorizadas a producir la IGP Gailtaler Speck. La ubicación del valle de Gail dentro de Europa, clasificado como región NUTS de nivel 2, y su pertenencia a la República de Austria se describe en la información incluida en el anexo C del apartado 4.3.1 (véase la Oficina de Ingeniería Civil Blechl & Piechl, 1999a, anexo C del apartado 4.3.1). Por consiguiente, la zona se encuentra delimitada por una combinación entre la ubicación de los municipios en los que se encuentran las instalaciones de producción y la situación topográfica, que determina las condiciones climáticas. Los municipios en cuestión son Kötschach-Mauthen, Dellach, Kirchbach, Hermagor, Gitschtal, St. Stefan im Gailtal, Nötsch im Gailtal, Feistritz an der Gail y Hohenthurn (véase la Oficina de Ingeniería Civil Blechl & Piechl, 1999b, anexo D del apartado 4.3.1.).»
se reformulan del siguiente modo:
«4.3. Zona geográfica
4.3.1. Delimitación
La zona geográfica está situada en la provincia austriaca de Carintia.
Debido a las condiciones naturales y a la evolución histórica, se desarrolló en el Valle de Gail una cultura especial de producción de tocino. Sobre la base de fuentes y documentos históricos que acreditan la evolución histórica de la producción de tocino, a continuación se delimita geográficamente la región en la que se puede fabricar el Gailtaler Speck.
La zona está delimitada por fronteras convencionales, es decir, los Alpes Cárnicos al sur, que se extienden a lo largo de la frontera con Italia, y los Alpes de Gail al norte, que se extienden a lo largo de los municipios del valle de Gail. Al este y al oeste, la zona está delimitada por condiciones naturales, en particular, condiciones climáticas, que también constituyen un requisito previo esencial para la producción de tocino (véase Steinhauser, 1958). La zona de producción se ha ido desarrollando a partir de una tradición (véase Archivo Regional de Carintia, análisis de estimaciones del registro de la propiedad, 1832).
La zona geográfica definida (en lo sucesivo, la “zona definida” o “la zona”) está formada por los siguientes municipios: Dellach, Feistritz an der Gail, Gitschtal, Hermagor, Hohenthurn, Kirchbach, Kötschach-Mauthen, Nötsch im Gailtal y St. Stefan im Gailtal.
Con fines ilustrativos y para delimitar la zona con precisión, la región definida aparece en rojo en el gráfico que figura a continuación.
 
         
             »
 »
Motivos:
La información se reduce a los puntos esenciales y el texto se ha simplificado. Sin embargo, la delimitación de la zona mediante la mención de los municipios y la descripción de las condiciones naturales no sufre cambio alguno. Se han añadido mapas nuevos y más claros.
— El apartado 4.3 del resumen, segunda oración:
«Los cerdos empleados para la producción del Gailtaler Speck proceden del valle de Gail y, en caso de necesidad, de otras regiones de la provincia de Carintia.»
y el apartado 4.3.2 del pliego de condiciones («Indicación de la zona de origen de los productos de base»):
«De conformidad con los apartados 1.2 y 1.3 de las Directrices para el Gailtaler Speck, para producir el Gailtaler Speck es fundamental emplear carne de cerdos provenientes del valle de Gail. De no ser posible satisfacer la demanda de lechones o cerdos de engorde con cerdos provenientes del valle del Gail, podrán utilizarse cerdos criados en las otras regiones de Carintia mencionadas en el anexo A del apartado 4.3.2 (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2, y la Oficina de Ingeniería Civil Blechl & Piechl, 1999c, anexo del apartado 4.3.2.). A este respecto, solo pueden utilizarse productos de base fabricados de conformidad con las normas de producción, calidad y control establecidas en las Directrices para el Gailtaler Speck o en directrices equivalentes, con arreglo a los apartados 1.2 y 1.3 de las Directrices para el Gailtaler Speck. Por ejemplo, los productos de base adecuados son fabricados por los miembros de la asociación de productores de cerdo de Carintia.»
se sustituyen por el texto siguiente:
«4.3.2. Origen de los productos de base
Para la producción de Gailtaler Speck debe utilizarse carne de cerdos provenientes de la zona definida, es decir, cerdos nacidos, criados y engordados en dicha zona. Sin embargo, se admite la compra de lechones de un origen diferente y de un peso máximo de 31 kg, siempre que sean de una de las razas indicadas en el presente pliego de condiciones.»
Motivos:
De acuerdo con los cambios producidos en la legislación europea, se ha eliminado la restricción anterior relativa a la compra, en caso de necesidad, de cerdos criados en la provincia de Carintia y alimentados de conformidad con las directrices específicas sobre alimentación. El control del cumplimiento de las directrices sobre alimentación fuera del valle de Gail (Gailtal) también planteó dificultades organizativas.
En su lugar, se estipuló que solo podían comprarse y usarse en el proceso de producción lechones (no cerdos de más edad) de las razas o cruces admitidos con un peso máximo de 31 kg, lo cual debía realizarse de forma controlada dentro de la zona definida. Los cerdos cuyo peso exceda los 31 kg, que es el peso aproximado de los lechones de diez semanas de edad, ya no pueden clasificarse como «lechones».
— Se añade el apartado siguiente:
«4.3.3. Procesos que deben ocurrir dentro de la zona definida
El engorde de los lechones, el despiece y la producción del tocino en sí (adobo, ahumado, maduración) deben realizarse en establecimientos registrados de la zona definida.»
Motivos:
El objetivo de este apartado es especificar los procesos que deben realizarse en la zona definida. El término «establecimientos registrados» se refiere a los establecimientos registrados por el «organismo central de registro» de la agrupación solicitante (véase el apartado Prueba del origen).
Prueba del origen:
La información contenida en este apartado (en especial, la descripción de la evolución histórica del producto y su importancia económica para la región) se revisó y se trasladó al apartado «Vínculo con la zona geográfica». En su lugar, se incluyeron disposiciones para garantizar la trazabilidad del producto:
«4.4. Prueba del origen
Las siguientes medidas permiten garantizar la autenticidad y la trazabilidad de la IGP Gailtaler Speck, más allá de los requisitos generales de documentación:
— Organismo central de registro
La agrupación solicitante cuenta con un organismo de registro en el que deben registrarse todos los establecimientos que se dediquen a la cría o el engorde, el procesamiento, la producción y la comercialización de tocino, de conformidad con las especificaciones pertinentes, independientemente de su pertenencia oficial al organismo. Los puntos de venta que comercializan los productos preenvasados no tienen la obligación de registrarse, siempre que no realicen ninguna transformación posterior. Ese registro contiene la dirección y los datos de contacto de los establecimientos registrados, así como su área de actividad. Cada establecimiento recibe un número de registro que permite identificarlo e identificar sus productos etiquetados. La solicitud de registro debe enviarse por escrito (por correo electrónico, fax, carta) al organismo de registro antes de proceder al engorde, transformación, etc. por primera vez.
— Sistema especial de sellado de la carne
Durante el proceso de despiece, a los cortes de carne (con etiqueta verde) provenientes de los mataderos se les coloca un precinto verde o rojo que la agrupación solicitante exclusivamente entrega incluso a los establecimientos que no son miembros. Esos precintos contienen un número de serie de ocho cifras que se inscribe en un registro de precintos que mantiene la agrupación solicitante y puede asignarse al establecimiento correspondiente. Para producir el tocino, solo pueden utilizarse cortes que lleven ese precinto.
Solo se admite la utilización de precintos de seguridad de un solo uso y a prueba de manipulación (de 2 mm de espesor y 10 mm de ancho) y, al lado de la imagen de la cabeza de cerdo que sonríe, debe figurar la denominación “Gailtaler Speck”.
 
         El color de los precintos indica las diferentes fases de las cadenas de producción:
| — | El color verde indica que el engorde, el despiece y las etapas posteriores del proceso tienen lugar en el mismo establecimiento agrícola. | 
| — | Por el contrario, el color rojo indica que los productos de base, que cumplen con las especificaciones, fueron procesados por un productor de tocino (un ganadero o una planta de despiece) que compró los productos de base (es decir que los animales no fueron engordados en la explotación agrícola del propio productor de tocino). | 
— Declaración obligatoria de la compra de lechones
Todo establecimiento registrado que compre lechones debe declarar dicha compra al organismo de registro en un plazo de cinco días hábiles, indicando la cantidad de lechones comprados, su origen [el número LFBIS (sistema de información sobre explotaciones agrícolas y forestales) y el nombre del productor] y el peso de cada animal.
Los documentos o medios probatorios que figuran a continuación sirven como prueba del origen:
Organismo de registro:
| — | Registro de establecimientos | 
| — | Registro de precintos: contiene el nombre de los productores de tocino y la cantidad y el número de los precintos que se les entregó | 
| — | Informes de ingesta de lechones. | 
En caso de discrepancias entre los informes y las existencias reales, debe permitírsele al organismo de registro acceder al sistema de información veterinaria (base de datos VIS).
Productor (a cargo de la cría o el engorde):
| — | Crotal | 
| — | Registros de cría de animales (el organismo de registro proporciona un modelo de formulario): incluye el nombre del propietario de los animales, el período de engorde, el número de serie, el número del establecimiento de origen consignado en el crotal, el establecimiento de origen, el inicio del engorde, el lugar del sacrificio, la fecha de sacrificio, el número de registro del despiece o el tocino, el nombre del productor o comprador de tocino | 
| — | Comprobante de entrega (en el caso de compra de lechones): contiene el nombre y la dirección del proveedor y del comprador, el n.o LFBIS del criadero, la identificación de los cerdos, la cantidad de cerdos de engorde, el número del establecimiento de origen consignado en el crotal, la firma de ambas partes, la fecha. | 
Establecimiento de transformación:
| — | Precinto: número y color del precinto | 
| — | Etiqueta del producto envasado | 
| — | Número de registro del productor de tocino | 
| — | Registro de sacrificio u otra autorización de un veterinario (por ejemplo, en el comprobante de entrega): número de sacrificios inspeccionados y controlados, fecha, sello y firma del veterinario a cargo del control | 
| — | Comprobante de entrega: véase arriba | 
| — | Registro de despiece o tocino: contiene el número de serie, el nombre del productor de tocino, la fecha de sacrificio, el lugar de sacrificio, la cantidad de piezas, el nombre del establecimiento de engorde y del propietario de los animales, el número de registro del criadero, el número del establecimiento de origen consignado en el crotal, la lista de cortes de carne y de precintos utilizado. | 
Vendedor:
| — | Precinto de producto no envasado | 
| — | Etiqueta del producto envasado | 
| — | Comprobante de entrega: referencia a la indicación geográfica protegida (IGP) del Gailtaler Speck, descripción del producto, número o cantidad de piezas, fecha, nombre del transformador y del comprador | 
| — | Factura: referencia a la indicación geográfica protegida (IGP) del Gailtaler Speck, cantidad, fecha, nombre del transformador y del comprador | 
| — | Número de registro del productor de tocino» | 
Motivos:
Las nuevas disposiciones, destinadas a garantizar la trazabilidad del producto, prevén la creación de un organismo central de registro, gestionado por la agrupación solicitante, en el que deberán registrarse todos los establecimientos a cargo de la cría o el engorde, el procesamiento, la producción y la ventas de tocino; de un sistema especial de colocación de precintos a la carne y, para establecimientos que compran más cerdos, la obligación de declarar la compra de lechones. Además, se menciona la documentación y los registros que deben llevar los distintos grupos mencionados.
Se establece el uso de precintos de distintos colores para la identificación de todos los cortes de carne durante el proceso de transformación, que permite determinar si todo el proceso de producción —desde el engorde hasta el producto final, con la excepción del sacrificio— tuvo lugar en el mismo establecimiento (precinto verde) o si los animales transformados por el productor de tocino fueron engordados en otro lugar (precinto rojo). Con este método se pretende hacer una distinción entre la producción tradicional en establecimientos agrícolas y la producción más industrializada. Los precintos se registran en un registro central de precintos y pueden asignarse al beneficiario mediante un número visible en el precinto.
Proceso de producción y envasado:
El apartado 4.5 del resumen (Método de obtención):
«El procedimiento de elaboración está establecido en las “Directrices para el ‘Gailtaler Speck’”. Dichas Directrices fijan la procedencia y la calidad de los productos de base y el procedimiento de elaboración, definen las características del producto y contienen normas con respecto al mantenimiento de calidad, para lo cual debe poder controlarse el cumplimiento en su totalidad por parte de cada productor de “Gailtaler Speck” de la calidad especificada en las directrices.
Los trozos de carne, que solo pueden tener un pH máximo de 5,8, se adoban utilizando un procedimiento de salazón en seco sin compresión. Se añade sal de cocina o para salmuera, pimienta, ajo y otras especias y hierbas aromáticas siguiendo las recetas tradicionales que se han ido transmitiendo de generación en generación.
Mediante este procedimiento se extrae el agua de la carne y se evita el desarrollo de microorganismos nocivos. El adobo se efectúa preferentemente sobre mesas de madera tradicionales específicamente concebidas para este fin o en pilas para adobo hechas de plástico o acero inoxidable a una temperatura de 4 a 10 °C y con un 70 % de humedad ambiental durante un período de una a cuatro semanas. Después, el producto adobado se cuelga al aire hasta que se seca totalmente.
El adobo ya seco se cuelga en la cámara de ahumado. Aquí se ahúma a una temperatura máxima de 22 °C. Para ello se emplea como material combustible única y exclusivamente madera de haya, a la que se añaden ramas de enebro para lograr el aroma ahumado típico. El proceso de ahumado se interrumpe varias veces. En estas pausas se deja entrar aire fresco a la cámara de ahumado, lo que hace que el tocino adquiera su aroma típico. El momento exacto en el que debe dejarse entrar el aire fresco y la duración precisa de los intervalos de ahumado vienen determinados por la experiencia y la práctica adquiridas por cada productor de tocino. Tras el proceso de ahumado se lleva el tocino a la bodega de maduración, en la que predominan o deben conseguirse temperaturas comprendidas entre 8 y 16 °C y una humedad ambiental relativa situada entre el 60 y el 80 %. Allí permanece el tocino, en función de las partes utilizadas, de un mínimo de cuatro a un máximo de doce semanas para alcanzar el punto de madurez correcto.
La pérdida en el proceso de secado para una pieza con un 25 % de grasa supone del 30 al 40 % del peso fresco.»
y los apartados 4.5 a 4.5.4 del pliego de condiciones:
«Apartado 4.5. Método de obtención
Los componentes del método de obtención descrito en los apartados 4.5.1 a 4.5.4 y expuestos en detalle en las Directrices para el Gailtaler Speck fueron elaborados y aprobados por la asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Arena Natural”, con la participación de expertos y agentes especialistas de la autoridad nacional de control de los alimentos y la oficina veterinaria nacional (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.3).
Las Directrices para el Gailtaler Speck no se limitan al proceso de producción del Gailtaler Speck en sentido estricto, sino que incluyen el origen y la calidad de los productos de base y contienen una descripción detallada del producto, medidas para garantizar la calidad mediante la implementación de un sistema de control, y normas relativas a las sanciones y el etiquetado.
Apartado 4.5.1. Obtención de los productos de base
Los propietarios de los animales deben llevar un registro de las existencias y marcar los animales a fin de garantizar la trazabilidad de cada lote de tocino. Además, deben darles a los animales únicamente piensos de alta calidad, en particular, piensos que favorezcan el engorde lento, y no deben usar complementos para el engorde, anabolizantes, hormonas ni químicos o antibióticos promotores del crecimiento. También deben llevar un “registro de la cría de animales/cerdos”, de conformidad con el anexo 2 de las Directrices para el Gailtaler Speck o un registro equivalente.
Para la elaboración del tocino, los productores solo pueden utilizar cerdos de una edad mínima de seis meses, un peso mínimo de 120 kg en el momento del sacrificio y un promedio de aumento de peso diario de 750 g como máximo, dado que solo la carne de cerdos de crecimiento lento presenta la calidad necesaria para la producción del tocino.
Los operadores de los mataderos deben garantizar que las instalaciones y los equipos para el sacrificio están en perfecto estado, cuentan con el personal necesario y respetan las normas de higiene de trabajo. Los operadores de los mataderos y los productores de tocino se comprometen a almacenar las canales de la forma adecuada hasta que continúe el proceso de transformación.
4.5.2. Método de transformación
El proceso de transformación de la carne de cerdo Gailtaler Speck se describe a continuación. Las partes de tocino se adoban utilizando un procedimiento de salazón en seco. Se añade sal de cocina o para salmuera, pimienta, ajo y otras especias y hierbas aromáticas siguiendo las recetas tradicionales que se han ido transmitiendo de generación en generación (véase el apartado 4.2). La sal permite extraer el agua de la carne y se evita el desarrollo de microorganismos nocivos. El adobo se efectúa preferentemente sobre mesas de madera tradicionales especialmente concebidas para este fin o en pilas para adobo hechas de plástico o acero inoxidable a una temperatura de entre 4 y 10 °C y con un 70 % de humedad ambiental. Según el grosor del trozo adobado, este proceso lleva entre una y cuatro semanas.
Una vez terminado el adobo, el producto se cepilla para retirar el exceso de sal y se cuelga al aire hasta que se seque totalmente. Luego, se cuelga en la cámara de ahumado dejando una distancia suficiente entre las piezas para que el ahumado sea uniforme. El método de ahumado empleado es el ahumado en frío. para el cual la temperatura no debe superar los 22 °C. Para ello se emplea como material combustible única y exclusivamente madera de haya, a la que se añaden ramas de enebro para lograr el aroma ahumado típico del Gailtaler Speck. El proceso de ahumado se interrumpe varias veces. En esas pausas se deja entrar aire fresco a la cámara de ahumado, lo que hace que el tocino adquiera su aroma típico. El momento exacto en el que debe dejarse entrar el aire fresco y la duración precisa de los intervalos de ahumado vienen determinadas por la experiencia y la práctica adquiridas por cada productor de tocino.
Tras el proceso de ahumado, se lleva el tocino a una bodega de maduración bien ventilada, a temperaturas comprendidas entre los 8 y los 16 °C y una humedad ambiental relativa situada entre el 60 % y el 80 %. Según las partes que se hayan utilizado, el tocino permanece en la bodega de maduración de un mínimo de cuatro a un máximo de doce semanas hasta alcanzar el punto de madurez adecuado. La pérdida de peso en el proceso de secado de una pieza con un 25 % de grasas es del 30 % al 40 % del peso fresco.
4.5.3. Proceso de aseguramiento y control de la calidad
Los productores de tocino se comprometen a implementar sistemas de aseguramiento de la calidad y autocontrol de la producción de tocino. A este respecto, se aplican las siguientes disposiciones detalladas:
| — | Para la elaboración del tocino Gailtaler Speck, se utiliza carne fresca con un pH máximo de 5,8. Un pH superior reduciría la capacidad de liberación de agua y absorción de sal de la carne, así como la vida útil de almacenamiento del producto final. | 
| — | La sala de adobo debe estar limpia, ventilada y equipada con dispositivos para medir la temperatura y la humedad. En la planta también deben respetarse las más estrictas normas de higiene. | 
| — | La cámara de ahumado deberá estar limpia, ventilada y equipada con dispositivos para medir la temperatura. En la planta también deben respetarse las más estrictas normas de higiene. | 
| — | Para ser colgado en la cámara de ahumado, el adobo debe estar totalmente seco. De lo contrario, se producirá una mayor acumulación de partículas de hollín. | 
| — | Los productos deben colgarse en la cámara de ahumado de tal manera que el ahumado sea uniforme. | 
| — | Cuando se reaviva el fuego para el ahumado, los productos no deben entran en contacto con las primeras emisiones de humo. | 
| — | Las bodegas de secado y maduración deben estar limpias, ventiladas y equipadas con dispositivos para medir la temperatura y la humedad. En la planta también deben respetarse las más estrictas normas de higiene. En particular, debe evitarse la formación de moho en la bodega de maduración o, en su caso, eliminarse. | 
Los productores de tocino se comprometen asimismo a llevar un registro de producción equivalente al “registro de tocino”, de conformidad con el anexo 3 de las Directrices para el Gailtaler Speck (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2).
Apartado 4.5.4. Mecanismos especiales de control
El apartado 11 de los estatutos de la asociación “Gailtaler Speck – Carnic Region” prevén la creación de un comité de control interno de las directrices aplicables a los productores individuales del Gailtaler Speck (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999a, anexo del apartado 2). El comité de control se encarga del control regular del cumplimiento de las directrices establecidas por la asociación y de la inspección de todos los miembros que producen el Gailtaler Speck. Para facilitar su labor, el comité de control cuenta con una “Tabla de buenas prácticas de fabricación” (anexo 1 de las Directrices para el Gailtaler Speck) y un organigrama de controles (anexo 4 de las Directrices para el Gailtaler Speck) (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2.2).
El comité de control debe comunicar regularmente los resultados de sus actividades de control al consejo de administración de la asociación “Gailtaler Speck – Carnic Region”. El consejo de administración debe recibir los informes del comité de control y, en caso de incumplimiento de las disposiciones obligatorias de las Directrices para el Gailtaler Speck, debe aplicar las sanciones previstas a los miembros en cuestión. Si una demora pudiera suponer un riesgo, el consejo de administración podrá ejecutar las decisiones pertinentes de forma inmediata. La decisión final sobre las sanciones corresponde a la junta general de la asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Arena Natural”.
Los productores de la IGP Gailtaler Speck que no pertenezcan a la asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Arena Natural” deberán cumplir los requisitos de control aplicando mecanismos de supervisión equivalentes.»
se sustituyen por los siguientes apartados:
«4.5. Proceso de producción y envasado
4.5.1. Producción de los productos de base
El Gailtaler Speck se fabrica solo con carne de cerdo de las razas enumeradas en el apartado 4.2.
Engorde de los cerdos:
Para garantizar la trazabilidad total de los productos, todo el proceso de engorde de los cerdos, es decir, desde la crianza de los lechones hasta su sacrificio, debe llevarse a cabo en un (1) solo establecimiento registrado de la zona definida y no en varios establecimientos.
Los animales solo pueden recibir piensos que permitan su crecimiento lento. Está prohibida la alimentación a base de pienso líquido (por ejemplo, maíz húmedo o soja). El maíz y la soja solo pueden proporcionarse en pequeñas cantidades de menos del 20 % de la materia seca en el caso de la soja y de menos del 10 % de la materia seca en el caso del maíz. El promedio de aumento de peso diario de los cerdos no debe superar los 750 g en todo el período de engorde. Bajo ninguna circunstancia se agregarán al pienso promotores del crecimiento, anabolizantes u hormonas. También debe interrumpirse el uso de químicos o antibióticos promotores del crecimiento desde el principio del proceso de engorde (es decir, desde que el peso vivo del lechón es de 31 kg). Los cerdos podrán ser sacrificados una vez que hayan alcanzado el peso vivo mínimo de 120 kg.
4.5.2. Método de transformación
El despiece, la salazón y el secado deben realizarse en el mismo establecimiento.
Sacrificio y despiece:
El sacrificio solo podrá realizarse en el matadero más próximo al establecimiento de engorde correspondiente que cuente con la capacidad necesaria y los equipos adecuados para realizar el trabajo y que cumpla con las normas de higiene, veterinarias y de protección animal aplicables. El productor de tocino debe cortar, deshuesar y limpiar las medias canales y colocarles de inmediato la marca definida (los precintos). Los cortes identificados con el precinto serán los únicos utilizados para la producción de la IGP Gailtaler Speck.
Adobo:
Los cortes se adoban utilizando un procedimiento de salazón en seco, sin compresión y a temperaturas que no superen los 10 °C. Para ello, se añade a la carne sal (sal de cocina, para salmuera, sal marina o una mezcla de estas), pimienta, ajo y enebro. Pueden agregarse otras especias y hierbas aromáticas, como jengibre, cilantro, alcaravea, hojas de laurel, pimienta de Jamaica, pimentón, romero y azúcar.
La sal permite extraer el agua de la carne y evita el desarrollo de microorganismos nocivos. El adobo se efectúa en pilas de adobo o en mesas de plástico o acero inoxidable fino concebidas para tal fin. La carne puede adobarse en frío o en caliente y permanece en sal hasta que adquiere un sabor salado intenso. Este proceso puede durar entre una y cuatro semanas, dependiendo del grosor del producto adobado. El intervalo de adobo viene determinado por la práctica adquirida por cada productor de tocino, transmitida de generación en generación.
Una vez terminado el proceso de adobo, se retira el exceso de sal y el producto adobado se cuelga hasta el momento del ahumado, es decir, cuando la pieza ya esté completamente seca. Se prohíbe el uso de métodos de inyección del adobo y de volteo de la carne, así como la compresión del producto adobado.
Ahumado:
El Gailtaler Speck se ahúma siempre mediante el método de ahumado en frío (a una temperatura de entre 8 y 24 °C). Se emplea como material combustible viruta de madera de haya o de madera dura a la que se agregan bayas de enebro para perfumar el humo. Las cámaras de ahumado, construidas según modelos agrícolas y métodos de funcionamiento tradicionales, se calientan para generar emisiones intermitentes de humo, es decir que el proceso de ahumado se interrumpe varias veces para dejar enfriar el tocino y ventilar la cámaras. Para evitar la acumulación de benzopireno en la carne, debe evitarse que, durante el proceso de ahumado, los productos entren en contacto con el humo inicial generado al encender y reavivar el fuego.
Si no se deja enfriar la cámara de ahumado, cuando la temperatura exterior sea igual o superior a 25 °C, deberá verificarse varias veces la temperatura interna de los cortes de carne para garantizar que esta no supere los 24 °C durante todo el proceso de ahumado. Si, al interrumpir el proceso de ahumado, la temperatura exterior no contribuye a enfriar los productos, estos deberán retirarse de la cámara de ahumado y dejarse enfriar hasta que alcancen una temperatura comparable a la obtenida mediante el método convencional de ahumado en frío. El intervalo de las interrupciones del proceso de ahumado en este tipo de producción depende de la temperatura interna de los cortes de tocino.
Durante la interrupciones del proceso de ahumado, se deja entrar aire fresco a la cámara de ahumado. La ventilación permite que el tocino adquiera su aroma típico y evita la condensación y la formación de resina en los productos ahumados. La ventilación se logra abriendo la puerta de la cámara, mediante conductos de aire o, en instalaciones modernas, mediante sistemas automáticos de ventilación.
El momento exacto en el que se deja entrar el aire fresco, la cantidad de intervalos de ahumado y su duración precisa viene determinada por la experiencia y la práctica adquirida por cada productor de tocino, y estos intervalos son importantes para definir el aroma del Gailtaler Speck.
En cámaras de ahumado modernas, no es necesario interrumpir el proceso de ahumado, pues la temperatura se mantiene constante mediante la tecnología, y los intervalos de ventilación se realizan de forma automática. En esas instalaciones modernas, el proceso de ahumado, desde el encendido del fuego, la regulación del humo y de la temperatura hasta la ventilación, se regula mediante un programa. creado sobre la base del proceso de ahumado en cámaras de ahumado tradicionales. Estas instalaciones impiden la formación de condensación y cuentan con filtros que evitan la acumulación de resina.
Maduración:
Una vez finalizado el proceso de ahumado, el tocino se cuelga en una bodega de maduración correctamente ventilada a una temperatura de entre 8 y 16 °C y una humedad ambiental relativa de entre el 60 % y el 80 %. Deben verificarse las piezas con frecuencia para evitar la formación de moho. De ser necesario, se debe cepillar el moho formado en el tocino y se debe evitar que se vuelva a formar moho volviendo a someter la pieza al proceso de ahumado. Para alcanzar el punto ideal de maduración, la pérdida de peso en el proceso de secado para una pieza con un 25 % de grasas debería ser del 30 % al 40 % del peso fresco.
Según el tipo de corte (dependiendo del grosor de la carne, entre otras cuestiones), deberán respetarse los siguientes intervalos de maduración:
| — | Tocino de panza: al menos cuatro semanas | 
| — | Tocino de costillar: al menos ocho semanas | 
| — | Tocino de falda: al menos seis semanas | 
| — | Tocino de paleta: al menos cuatro semanas | 
| — | Tocino de lomo o schinkenspeck: al menos doce semanas | 
| — | Parte entera de tocino: al menos doce semanas» | 
Motivos:
El contenido de las Directrices para el Gailtaler Speck aplicado hasta ahora al método de producción de este producto y que se había previsto mantener fue incorporado en la versión revisada del pliego de condiciones (véanse las observaciones generales en el apartado «Modificaciones» anterior). Ni esta medida ni las modificaciones introducidas en el método de obtención que se describen a continuación reducirán la calidad del producto:
| — | Se establece que todo el proceso de engorde de un animal debe tener lugar en un (1) único establecimiento dentro de la zona definida, y no en varios establecimientos. Ello permitirá simplificar la trazabilidad total de esta fase del proceso de producción en la zona, que es esencial para garantizar la calidad del producto final. Por el mismo motivo, todas las fases del proceso de transformación de las canales (el despiece, la salazón, el ahumado y el secado) también deben tener lugar en un mismo establecimiento. | 
| — | Mientras que antes solo estaba prohibido alimentar a los animales con piensos líquidos a base de maíz puro, ahora el pliego de condiciones prohíbe todos los piensos líquidos, puestos que los animales alimentados de esta forma consumen más, y ello podría acelerar su crecimiento. | 
| — | El contenido de materia seca ahora debe ser del 20 % como máximo en el caso de la soja, en vez del 10 % anterior, para aumentar el suministro de proteínas de los animales cuando sea necesario. Anteriormente, las necesidades de proteínas se satisfacían mediante lactosuero y leche producidos en las explotaciones agrícolas. Sin embargo, ahora esto está prohibido. | 
| — | A fin de evitar la incertidumbre asociada con los controles, se especifica que el aumento de peso diario de 750 g como máximo se calcula en relación con todo el período de engorde, es decir que el aumento de peso total se divide por el período total de engorde. | 
| — | El límite de tiempo aplicable al uso de químicos o antibióticos promotores del crecimiento se reduce ahora de los 35 kg a los 31 kg de peso vivo del lechón, es decir, el momento en que comienza su engorde en el valle de Gail. Se admite la compra de lechones de hasta 31 kg criados en otros lugares, sobre los cuales la agrupación solicitante no tiene ningún control fiable. | 
| — | Se mantiene el peso vivo mínimo de 120 kg para el sacrificio, pero se suprime la edad mínima de seis meses, ya que no es la edad exacta del animal, sino su peso vivo en el momento del sacrificio lo que determina la calidad de las canales para la producción de tocino o su contenido de materia grasa. | 
| — | En lo relativo al sacrificio, se establece que este debe llevarse a cabo en el matadero más próximo al establecimiento de engorde que cuente con la capacidad necesaria y los equipos adecuados para realizar el trabajo, a fin de reducir al mínimo el tiempo de transporte y el estrés de los animales. En el nuevo pliego de condiciones, se suprimieron las exigencias relativas a la higiene contenidas en el apartado 4.5.1 del pliego de condiciones anterior, así como los requisitos relativos al tiempo de descanso, el sacrificio, los equipos para el sacrificio y los locales de sacrificio, pues no aportan nada a las disposiciones relevantes de aplicación general que se deben cumplir en cualquier caso. | 
| — | El productor de tocino debe marcar las medias canales o los cortes con los precintos correspondientes, inscritos en el registro de precintos del organismo central de registro (véase el apartado «Prueba del origen»). | 
| — | Debido a exigencias legales, ya no se permite el uso de mesas de madera tradicionales para el adobo. pues no se pueden limpiar (desinfectar) lo suficiente para satisfacer las normas de higiene aplicables. La salazón ahora se realiza únicamente en pilas para adobo y en mesas hechas de plástico o acero inoxidable fino. Este cambio no produce ningún efecto demostrable en la calidad de la carne. | 
| — | En lugar de «sal de cocina o para salmuera», ahora se lee «sal de cocina, para salmuera, sal marina o una mezcla de estas», ya que el efecto y el sabor son los mismos en todos esos casos, por lo que no es necesario aplicar restricciones. | 
| — | Además de las especias ya mencionadas (véase el apartado 4.5 del resumen y los apartados 4.2 y 4.5.2 del pliego de condiciones), ahora también es obligatorio agregar enebro (en rama o bayas). Este ingrediente, junto con las bayas de enebro agregadas al material combustible durante el proceso de ahumado, pretende compensar la eliminación de las ramas de enebro como ingrediente obligatorio del proceso de ahumado, ya que son cada vez más difíciles de conseguir en la región. | 
| — | Se eliminó el uso obligatorio de ramas de enebro establecido en el apartado 4.5 del resumen y en el apartado 4.5.2 del pliego de condiciones anterior para aromatizar el humo. Véase el punto anterior para conocer el motivo de la eliminación. Para conservar el aroma de enebro del Gailtaler Speck, se agregan al material combustible bayas de enebro —si no se utilizan ramas de enebro—. | 
| — | Anteriormente, solo se permitía el uso de madera de haya como material combustible en el proceso de ahumado. En el futuro, por motivos de flexibilidad, se permitirá el uso de viruta de otras maderas duras (hasta el suministro de virutas de madera de haya es limitado actualmente), sin que ello afecte la calidad ni el sabor del producto. Sin embargo, la viruta de madera blanda no es adecuada para el proceso de ahumado pues genera demasiado calor. | 
| — | Se suprime la temperatura mínima en la sala de adobo de 4 °C especificada anteriormente, pues esta no es esencial para garantizar la calidad del tocino y, de ser mantenida, generaría exigencias de control innecesarias. En realidad, una temperatura inferior solo retrasa la penetración de la sal en la carne. También se elimina el porcentaje de 70 % de humedad en la sala de adobo, ya que la humedad no tiene ninguna influencia en el proceso de salazón de la carne. | 
| — | La característica esencial del Gailtaler Speck es el proceso de ahumado en frío. La temperatura máxima especificada anteriormente de 22 °C para el ahumado del Gailtaler Speck se sustituye por el rango de temperatura de entre 8 y 24 °C definido en el Codex Alimentarius austriaco para el ahumado en frío. | 
| — | Dado que las cámaras de ahumado no suelen contar con sistemas de refrigeración, en especial las más antiguas, ahora los establecimientos también pueden realizar el proceso de ahumado del Gailtaler Speck a temperaturas exteriores más elevadas (desde alrededor de los 25 °C) para satisfacer la demanda. Sin embargo, la temperatura interna del tocino no debe superar los 24 °C y debe controlarse varias veces para garantizar que se cumpla este requisito. Si, al interrumpir el proceso de ahumado, la temperatura exterior no contribuye a enfriar los productos, estos deberán retirarse de la cámara de ahumado y dejarse enfriar hasta que alcancen una temperatura comparable a la obtenida mediante el método convencional de ahumado en frío. El intervalo de las interrupciones del proceso de ahumado en este tipo de producción depende de la temperatura interna de los cortes de tocino. | 
| — | Para mayor claridad, los intervalos de maduración del Gailtaler Speck ahora se definen por separado para cada corte de carne. | 
| — | Se han eliminado los requisitos generales relativos al equipamiento y a la higiene de las salas de elaboración (véanse las partes correspondientes del apartado 4.5.3 del pliego de condiciones anterior) que debían cumplirse durante la producción de alimentos o productos cárnicos. De esta manera, se garantiza la concisión del nuevo pliego de condiciones y se evita tener que revisarlo cada vez que se modifiquen las condiciones del marco regulatorio sobre las cuales los productores de Gailtaler Speck no tienen ningún control. | 
| — | Se ha eliminado la información sobre el sistema interno de control y de aseguramiento de la calidad de la asociación (apartado 4.5.4 del pliego de condiciones anterior). Las medidas relacionadas con el control y el aseguramiento de la calidad ahora son responsabilidad del organismo de control homologado. | 
Vínculo con la zona geográfica:
La descripción fundamentalmente histórica y la información relativa a la importancia económica del Gailtaler Speck que figuraba anteriormente en el apartado «Prueba del origen», en particular:
Apartado 4.4 del resumen (Prueba del origen):
«La producción de tocino en la zona del valle de Gail ya estaba documentada en el siglo XV. Los relatos de viajes, las descripciones de los inventarios agrarios y los planes de comidas para los sirvientes dan fe de la importancia del tocino en la alimentación de los habitantes del valle de Gail, importancia que se debía fundamentalmente a que, gracias al ahumado y el secado, se conservaba durante mucho tiempo.»
y apartados 4.4 a 4.4.2.2.4 del pliego de condiciones:
«Apartado 4.4. Prueba del origen
Apartado 4.4.1. Evolución histórica
Apartado 4.4.1. Evolución Histórica en la Edad Antigua
La prueba más antigua de la importancia de la cría de animales en el valle de Gail data de la época de los celtas (200 a. C. a 100 d. C.). Solía criarse ganado bovino y equino, pero también porcino. Así lo confirman las estatuas de bronce de un cerdo y un caballo encontradas en un antiguo asentamiento minero del valle de Gail, al noreste de Dellach (véase Dinklage, 1966, anexo del apartado 4.4.1.1).
Apartado 4.4.1.2. Evolución histórica en la Edad Media
La primera referencia conocida de la importancia de la producción de tocino se encuentra en una ordenanza (Capitulare de villis) emitida por Carlomagno en 812, que también era aplicable en Carintia. Se refiere, entre otras cuestiones, a la necesidad de mantener el más alto nivel de limpieza durante la manipulación de productos alimenticios. Se destaca en particular la preparación de tocino, salchichas y carne ahumada y salada, alimentos que se han documentado en el ducado de Carintia.
Un título imperial emitido por Otto II en 977 por el que concede a los agricultores de Salzburgo la autorización para el pastoreo con bellotas en el valle de Lavant sugiere que la cría de cerdos tuvo especial importancia en la Alta Edad Media. Los cerdos criados en molinos eran los más apreciados, ya que normalmente estaban bien engordados. Así pues, en los registros catastrales de 1267 de la oficina de gestión administrativa del ducado en Greifenburg, se mencionan los molinos de Höfling, cerca de St. Daniel, que eran particularmente adecuados para mantener cerdos y que pagaban impuestos sobre la cría de estos animales (véase Dinklage, 1966, anexo A del apartado 4.4.1.2.).
Una clara indicación de que el tocino constituía una parte importante de la alimentación de los habitantes del valle de Gail ya en el siglo XV es la traducción de los diarios de viaje de Paolo Santonino, el secretario privado del patriarca de Aquileia y compañero de viajes del obispo de Caorle desde 1485 hasta 1487. En el primero de sus tres viajes, visitó el valle de Gail y el este de Tirol y, en los otros dos, el valle de Rosen, Villach y la antigua Baja Estiria. Santonino describe en detalle el modo de vida de la población del valle de Gail, en particular, su tradición culinaria. Durante su estadía en el valle de Gail, el tocino, acompañado principalmente de remolacha o de repollo, formaba parte integrante de las suntuosas comidas que recibían él y el Obispo. Este plato se menciona al menos siete veces en relación con las visitas del castillo de Goldenstein, cerca de Mauthen, y de Dölsach/Osttirol, St. Daniel, Tröpolach, Hermagor, St. Laurenzen, St. Michael, cerca de Egg, y, por último, de Berg im Drautal. Santonino no volvió a degustar este plato durante el resto del viaje ni en los viajes posteriores (véase Egger, 1947, anexo B del apartado 4.4.1.2.). El hecho de que Paolo Santonino no mencione el tocino como un ingrediente importante de las comidas y los platos degustados en otros viajes sugiere que este ya era un alimento básico típico del valle de Gail en la Baja Edad Media.
Apartado 4.4.1.3. Evolución histórica en la Edad Moderna
En el registro catastral más antiguo del señorío de Aichelburg, que data de 1504, se menciona que muchos contribuyentes debían entregar cada año al señor dos paletas de cerdo, por lo general ahumado, además de otros productos naturales. En épocas posteriores, también se encuentran datos similares en los registros de impuestos (véase el Archivo Regional de Carintia, Dinklage, 1948, anexo A del apartado 4.4.1.3).
En el registro catastral de 1523 del castillo de Waydenburg, al sudoeste de Dellach, también se mencionan los tributos que debían pagarse al castillo y que consistían en dos paletas de cerdo ahumado y secado. Se trataba de un tipo de Schinkenspeck obtenido a partir de cerdos de engorde y preparado según lo establecido por la oficina de gestión administrativa de Oberdrauburg y de Mauthen. El señor tenía carne fresca disponible gratuitamente, ya que todos los animales silvestres podían cazarse y prepararse. Sin embargo, se necesitaban alimentos que pudieran consumirse en cualquier época del año y, para ello, debían conservarse mediante los métodos de ahumado y secado que se empleaban en el valle de Gail (véase el Archivo Regional de Carintia, registro catastral de Waydenburg de 1523, anexo B del apartado 4.4.1.3).
Varios inventarios de explotaciones agrícolas de alrededor del 1700, en los que se enumeraban meticulosamente todos los objetos encontrados en la casa para determinar la base imponible para el pago de impuestos al señor correspondiente, también revelaron que el “tocino en caja” o el “tocino ahumado” eran productos conservables y muy valiosos en los hogares agrícolas del valle de Gail (véase el Archivo Regional de Carintia, archivo de Aichelburg, anexo C del apartado 4.4.1.3). En los inventarios de las llanuras de Carintia de la misma época se encontró una referencia al “tocino en trozos”, que probablemente era un tipo de tocino picado [Verhackert].
La fuente de alimento de los cerdos ha sido objeto de una atención especial en todas las épocas: en el registro catastral de 1586 de la oficina de gestión administrativa de Bamberg, en Künburg, una ciudad ubicada en el centro del valle de Gail, se menciona un bosque reservado a la caza real, cerca del castillo de Künegg, al noroeste del lago Pressegg, en el que crecían sobre todo encinas. Los agricultores no tenían permitido usar la madera de esos bosques. Si las encinas daban suficientes bellotas, los agricultores podían llevar a sus cerdos al bosque para alimentarlos (véase Dinklage, 1966, anexo D del apartado 4.4.1.3). Por otra parte, en una larga disputa entre varios vecindarios del valle de Gail sobre los derechos de pastoreo, Georg Friedrich von Aichelburg determinó en 1608 que, además de su ganado bovino lechero, los cuatro vecindarios de Emmersdorf, Michelhofen, St. Paul y Dragantschach también podría llevar a pastar tres caballos y sus cerdos a la montaña de Osternig y a Rießen (véase el Archivo Regional de Carintia, Dinklage, 1948, anexo del apartado 4.4.1.3).
Apartado 4.4.1.4. Evolución histórica durante el siglo XIX
Las estimaciones municipales de cabezas de ganado del valle de Gail en 1832 indican que, aunque el engorde de cerdos no se practicaba a gran escala, requería conocimientos especializados. La cría de ganado bovino tenía mayor importancia debido a la configuración del terreno y su consiguiente uso predominante como pastizales. En el valle de Gail había una pendiente marcada que se extendía desde las partes más bajas, donde se cultivaban piensos, en particular, maíz, hasta las partes más altas. Sin embargo, si se observa el ganado de regiones vecinas, como el valle de Kanal, la cantidad de cerdos que había allí era mucho menor que en el valle de Gail.
En el valle de Gail, había al menos algunos cerdos en cada hogar y, alrededor de 1830, hubo muchos cerdos de raza friuli, que eran grandes, negros, alargados e ideales para el engorde. Su principal función era satisfacer las necesidades de grasa de la población. El tocino era un alimento especialmente adecuado para ese fin, pues podía conservarse mucho tiempo, gracias a los procesos de ahumado y secado, y era una fuente de energía nutritiva y de buen sabor que, a diferencia de la carne fresca, podía consumirse todo el año (véase el Archivo Regional de Carintia, análisis de las estimaciones del registro catastral, 1832, anexo A del apartado 4.4.1.4).
La alimentación también era bastante nutritiva. El registro catastral Stabile contiene normas aplicables al suministro de alimentos para los sirvientes, que contaban con planes de comidas semanales. Si se compara la alimentación de diferentes regiones de Carintia, se puede apreciar que la del valle de Gail era mucho más variada que la de otras regiones (véase el Archivo Regional de Carintia, registro catastral Stabile, anexo B del apartado 4.4.1.4). En el valle de Gail, durante la jornada laboral, a los sirvientes se les daba tocino con polenta y leche o suero de mantequilla por la mañana y por la tarde, mientras que en el valle de Drau o en el municipio de Ossiach, solo comían sterz y leche. Además, la carne, el tocino y la manteca de cerdo formaban parte integrante de otras comidas en el valle de Gail. Después de una jornada de trabajo particularmente ardua se servía frigga, que era un plato suculento para trabajadores forestales a base de polenta, queso y tocino.
En 1885, en Vordernberg, cuando un padre transfería a su hijo su explotación agrícola, el antiguo agricultor dejaba asentado por escrito que, si su hijo no le daba alimentos suficientes, tenía derecho de pedir 40 kg de tocino y carne o medio cerdo de un peso equivalente y 10 kg de sal por año, en lugar de cereales (véase el Archivo Regional de Carintia, Dinklage, 1948, anexo C del apartado 4.4.1.4). Estos datos confirman la importancia del tocino como un alimento básico en la alimentación de los habitantes del valle de Gail.
Apartado 4.4.1.5. Evolución histórica durante el siglo XX
Durante los años que siguieron a la Primera Guerra Mundial, el objetivo era aprovechar los programas de financiación para mejorar la agricultura, profundamente afectada por la guerra. En el valle de Gail, además de mejorar el suelo y adquirir fertilizantes y semillas, se procuró implementar sistemas de control significativos de la venta de excedente de animales para sacrificio. En aquel entonces, el valle de Gail exportaba 2 000 cerdos por año e importaba vastas cantidades de maíz para pienso, pues el rendimiento por hectárea de los suelos cultivables era muy inferior a la media regional (véase Picker, 1947, anexo A del apartado 4.4.1.5).
Durante la Segunda Guerra Mundial, la cantidad de ganado porcino llegó a su nivel más bajo, debido a la falta de piensos y al aumento de los sacrificios, pero para 1950, ya había vuelto a alcanzar los niveles anteriores a la guerra. Hasta finales de la década de los cuarenta, los agricultores tenían también la obligación de entregar una proporción de su tocino cuando sacrificaban sus propios cerdos en los hogares, a fin de garantizar que toda la población tuviera su ración básica de alimentos. Esta obligación dejó de existir en 1949 por orden del ministro federal de agricultura, silvicultura y nutrición (véase Kärntner Bauer [Agricultor de Carintia], 1950, N.o 3, anexo B del apartado 4.4.1.5).
En los libros de agricultura de referencia de la época, se hace una distinción clara entre el tocino “curado al aire” de las zonas altas de Carintia y los demás tipos de tocino. Además de describir el método de obtención tan particular de este tocino, dichos libros también ponen de manifiesto que la duración de las distintas fases de transformación depende en gran medida de las condiciones climáticas (véase Faltnitzer, 1949, anexo C del apartado 4.4.1.5).
En una de las ediciones del Kärntner Bauer de 1984, se afirma que la buena reputación bien merecida del producto conservable de las zonas altas de Carintia se debe probablemente a sus condiciones de producción inhabituales, en particular, la alimentación de los cerdos mediante pequeñas proporciones de maíz (véase Kärntner Bauer, 1984, N.o 2, anexo D del apartado 4.4.1.5).
Entre las décadas de los ochenta y los noventa, el valle de Gail experimentó una recuperación económica, que se explica principalmente por el desarrollo del turismo de invierno en la zona. Gracias a estas condiciones generales, el valle de Gail logró afirmarse además como una “región famosa por su tradición culinarias” (véase el apartado 4.4.2).
Una vieja costumbre del valle de Gail que aún se practica en Kreuth, cerca de Kötschach, es la “caza de tocino”. Los jóvenes solteros del pueblo tocan música para obtener el permiso de entrar en las casas, donde se les sirve pan y tocino. Las amas de casa deben asegurarse de que solo las mejores piezas de tocino lleguen a la mesa. De lo contrario, se ganarán una mala reputación (véase Wassermann, 1998, anexo E del apartado 4.4.1.5).
Apartado 4.4.2. Importancia económica del producto para la región
Apartado 4.4.2.1. Importancia económica en el pasado
Las condiciones para la producción agrícola en los terrenos del valle de Gail eran más bien desfavorables, debido a la gran cantidad de suelos ácidos y anegados. Por tanto, la actividad agrícola de la zona se concentró en la gestión de pastos mediante la cría de ganado bovino y de caballos y, en particular, de ganado lechero alpino. Como consecuencia de las escasas prácticas agrícolas y la consiguiente falta de forrajes, la producción porcina nunca se practicó a gran escala en el valle de Gail, pero sí ha tenido lugar en la región a niveles particularmente altos. Casi todos los hogares tenían varios cerdos, utilizados principalmente para cubrir las necesidades de carne y grasa de la familia. Como no se conocían métodos de conservación mediante refrigeración o congelación, se utilizaban fundamentalmente el ahumado, la salazón y el secado para conservar la carne. Por consiguiente, el tocino, que era una fuente importante de energía, estaba disponible en todo momento.
Por tanto, incluso durante las guerras y los años de posguerra, las visitas al valle de Gail estaban destinadas a complementar el escaso abastecimiento de alimentos de las zonas centrales de Carintia con los productos agrícolas que se producían allí. Hoy en día, el Gailtaler Speck ya no constituye un complemento alimentario, pues ya no hay escasez de alimentos, pero estos detalles históricos lo transforman en un símbolo aún más sabroso y valioso de aquellos años en el valle de Gail.
Durante las décadas de los sesenta y los setenta, cobró importancia el turismo de verano en la región cárnica, nombre con el que también se conocía al valle de Gail. En los alrededores, se pusieron aún más de relieve las experiencias gastronómicas y culinarias de los visitantes durante su estadía. A este respecto, el Gailtaler Speck y la DOP Gailtaler Almkäse (el queso alpino del valle de Gail) son sin duda dos de los productos emblemáticos de la región.
Apartado 4.4.2.2. Importancia económica hoy en día
Apartado 4.4.2.2.1. Turismo
El turismo es un factor económico muy importante de la región cárnica que suele impulsar el desarrollo de otros sectores económicos. Mientras que el turismo de invierno se concentra en la práctica del esquí en la zona de Nassfeld, en verano las actividades son más variadas, por ejemplo, las praderas de montaña del valle de Gail son un destino popular entre los senderistas. En lo que respecta a estas actividades, la experiencia general adquiere cada vez más importancia debido a la exigencia de calidad cada vez mayor de los visitantes. Los visitantes desean recorrer paisajes lo más agrestes y atractivos posible y volver de las vacaciones a la vida cotidiana sintiéndose física y mentalmente renovados.
Esta necesidad general de turismo de calidad también queda satisfecha en el valle de Gail gracias a las especialidades naturales y tradicionales de la gastronomía regional. Los visitantes buscan productos con una identidad regional, “exquisiteces” que presenten un vínculo claro con la región. Los puntos de venta de productos regionales en las praderas de montaña, las explotaciones agrícolas y en pequeñas tiendas locales son un foco muy importante de atracción del turismo. El método tradicional de producción del Gailtaler Speck y la presencia de otra especialidad, como es el Gailtaler Almkäse, que ya tiene una denominación de origen protegida, aumentan las posibilidades de promoción de ambos productos.
Apartado 4.4.2.2.2. Transformación de un producto natural y cooperación intersectorial
La transformación de productos alimenticios de origen agrario por parte de los productores les permite obtener unos ingresos mayores y, además, satisface la necesidad de transparencia y trazabilidad del proceso de producción que manifiestan los consumidores en la actualidad. La delimitación de la zona de producción, el proceso específico de producción y el control de calidad garantizan la alta calidad del Gailtaler Speck y limitan su producción. La cooperación con carnicerías de la región permite llegar a más clientes, ya que el Gailtaler Speck también puede encontrarse en las tiendas minoristas de venta de alimentos. De esta manera, también se garantiza la venta del producto en el futuro. Junto con el Gailtaler Almkäse, el Gailtaler Speck se ha convertido en un promotor de otros productos y atracciones turísticas de la región, como el Speckfest (el festival del tocino), y de infraestructuras turísticas de utilización más prolongada, como el Speckmuseum (el museo del tocino) (véanse los comunicados de prensa de 1993 a 1999, anexo del apartado 4.4.2.2.2).
Apartado 4.4.2.2.3. Cooperación con los mejores restaurantes de la región
La cooperación entre fabricantes de productos locales de calidad y los mejores restaurantes de la región cada vez es más importante para proyectar la imagen que desean dar las empresas de turismo locales. La chef de renombre internacional y ganadora de múltiples premios Sissy Sonnleitner (hotel rural Kellerwand, Kötschach-Mauthen) también prefiere utilizar el Gailtaler Speck en su cocina, pues, según afirma, “da a los platos una riqueza particular y un agradable sabor ahumado” (véase Sonnleitner, 1999, anexo del apartado 4.4.2.2.3). Garantizando un nivel elevado y constante de calidad del producto mediante las Directrices para el Gailtaler Speck se pretende aumentar esta cooperación de manera que resulte positiva para ambas partes.
Apartado 4.4.2.2.4. Posicionamiento de la región
La apertura de los mercados y los cambios en las exigencias normativas ejercen una presión económica cada vez mayor sobre los productos agrícolas del valle de Gail. La obligación de los productores de la IGP Gailtaler Speck de cumplir con las Directrices para el Gailtaler Speck, desarrolladas por la asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Arena Natural”, sienta las bases para el posicionamiento a largo plazo del Gailtaler Speck como un producto de calidad y de marca, permitiendo mejorar sus perspectivas en términos de precios.
Dadas las condiciones difíciles para los negocios del valle de Gail debido a su ubicación geográfica y la limitada creación de empleos en el sector de la producción por parte de empresas existentes y de nuevas empresas que se instalan en la zona, el mantenimiento del empleo en los establecimientos agrícolas existentes y en las pequeñas empresas es un objetivo importante de la política regional de Carintia. Las iniciativas de cooperación mediante la creación de organismos de producción, como la asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena” y la “Asociación de productores de queso alpino Gailtaler”, así como el amplio conjunto de medidas de aseguramiento y control de calidad en la producción de alimentos están contribuyendo a mejorar los productos regionales y su promoción. La importancia que han cobrado las zonas rurales, la comida, la cocina y la cultura y su efecto sobre el turismo contribuyen en gran medida al mantenimiento y el desarrollo del valle de Gail como una región rural próspera.»
se trasladan al apartado «Vínculo con la zona geográfica», junto con la información que ya incluye este apartado, es decir:
Apartado 4.6 del resumen (Vínculo con la zona geográfica):
«En el pasado la necesidad de conservar la carne durante mucho tiempo obligaba a producir tocinos. Como consecuencia de las condiciones específicas de maduración, condicionadas por el clima, el empleo únicamente de cerdos con un crecimiento lento y cebados con piensos con un valor alto y el empleo de métodos de producción tradicional y de recetas transmitidas de generación en generación, el “Gailtaler Speck” se convirtió en un producto muy conocido típico de la región. La tradición histórica y el saber transmitido de generación en generación condiciona la evolución temporal de la transformación de la carne fresca de cerdo en un alimento con una alta apreciación culinaria. El conocimiento y la experiencia sobre las condiciones de elaboración, que varían en función de la estación y las circunstancias climatológicas, obliga a los productores a fijar la producción en los períodos con las condiciones más favorables. Entre ellas resultan determinantes para producir un tocino óptimo y único en Carintia el aprovechamiento de los contrastes climáticos específicos del valle de Gail, su incomparable temperatura y humedad ambiental, las muchas horas de luz diaria, la limitada formación de niebla en invierno y los limpios vientos del sur. El producto seca de manera uniforme gracias al movimiento de aire regular y a que no hay cambios bruscos ni de temperatura ni de humedad ambiental. El lento proceso de maduración confiere al tocino su aroma especial y su larga conservación.»
y apartados 4.6 a 4.6.5 del pliego de condiciones:
«Apartado 4.6. Vínculo con la zona geográfica
Apartado 4.6.1. Clima
Carintia pertenece a la zona de clima templado de Europa Central, pero su clima sufre cambios constantes provocados por las regiones vecinas, el relieve y las condiciones locales. Las montañas de Carintia se extienden de oeste a este, por lo que presentan laderas particularmente soleadas o con sombra y ventosas o protegidas del viento, un fenómeno que también es característico del valle de Gail.
Los Alpes Centrales, al norte, en particular el macizo de Hohe Tauern y, al sur, los Alpes Cárnicos protegen los valles y las cuencas del mal tiempo y debilitan las malas condiciones meteorológicas provenientes principalmente del oeste. Este fenómeno actúa como una barrera de las corrientes principales de los cordones montañosos, produciendo abundantes lluvias en las zonas de altura y una reducción de la nubosidad desde las montañas fronterizas hasta las zonas de la cuenca.
La corriente ciclónica Vb, que es la continuación en la región báltica de las corrientes provenientes del Golfo de Vizcaya y de España, determina las condiciones meteorológicas particulares del valle de Gail. Los vientos que soplan desde el Golfo de Génova hacia el noreste cambian de dirección en el borde de los Alpes para dirigirse al Báltico, llegan a los Alpes del sur y entran en la región de Carintia a través del valle de Fella y de Nassfeld. Las masas de aire caliente y húmedo chocan con el aire frío de la zona y, además de provocar las temperaturas máximas habituales de verano en toda la región de Carintia, también provocan la segunda mayor cantidad de precipitaciones del sur de Carintia en otoño. Por consiguiente, las precipitaciones son intensas en la región alta de los Alpes Cárnicos, pero disminuyen rápidamente hacia el norte.
Los vientos que acompañan a la corriente ciclónica Vb en su trayecto desde el sur llegan al valle de Gail y dispersan las masas de aire frío que pierden energía y no se extienden más allá de las montañas al norte del valle de Gail (véase Tschada, 1962, anexo A del apartado 4.6.1). Como resultado de la protección que aportan los Alpes Calcáreos del sur, en particular los Alpes Cárnicos, el valle de Gail y las zonas que rodean Villach gozan de períodos de sol superiores a la media durante más de la mitad del año, a diferencia de otras regiones de Carintia. El valle de Gail experimenta condiciones particularmente favorables en otoño y en invierno, cuando los bancos de niebla que se acumulan en la cuencas centrales de Carintia limitan la penetración de los rayos de sol que recibe la zona (véase Steinhauser, 1958, anexo B del apartado 4.6.1, y Paschinger, 1976).
Por consiguiente, la humedad atmosférica en el valle de Gail a lo largo del año también es muy estable, y el aire en las cuencas es relativamente húmedo en invierno y más seco en verano. Por tanto, la variabilidad de la humedad relativa media en el valle de Gail durante el año es tan solo la mitad de la de la región central de Carintia. Así pues, en el valle de Gail se cumple la condición esencial para la correcta maduración del tocino, es decir, una humedad constante.
Las temperaturas medias también son ligeramente inferiores que en la cuenca de Klagenfurt, por ejemplo, pero presentan menos variaciones, es decir, menos temperatura extremas, debido a la mayor altitud del valle de Gail (véase el Instituto Central de Meteorología y Geodinámica, 1999).
El promedio de precipitaciones anuales del valle de Gail es alto, pero, a su vez, la cantidad de días con precipitaciones medibles es relativamente bajo, como demuestran las comparaciones con datos de estaciones de control de precipitaciones de regiones vecinas. Se registran precipitaciones intensas y prolongadas seguidas rápidamente de condiciones de cielo despejado (Oficina Hidrográfica Central, 1999, anexo C del apartado 4.6.1).
La orientación oeste-este del valle, las temperaturas y la humedad estables, los períodos prolongados de sol y el consiguiente escaso porcentaje de nubes y de niebla en invierno, así como los característicos vientos del sur que despejan el cielo, como resultado de la fuerte influencia de la corriente ciclónica Vb, crean en el valle de Gail las condiciones ideales para la producción y, en particular, para la maduración del tocino. Los productos curados de alta calidad solo pueden producirse en regiones con corrientes de aire estables y con poca variación de temperatura y humedad, pues solo así se logra secar el producto de manera uniforme (véase Aichwalder, 1997, anexo D del apartado 4.6.1). El aroma especial y el prolongado tiempo de almacenamiento del tocino se debe al largo proceso de maduración sin perturbaciones. Por tanto, los prerrequisitos para una buena producción de tocino están particularmente presentes en el valle de Gail.
4.6.2. Tradición de la producción de tocino
En el pasado, el principal motivo de la producción de tocino era la conservación de la carne cruda durante largos períodos de tiempo. De esta manera, había carne y materia grasa disponibles durante todo el año para completar y mejorar la alimentación. Sin embargo, desde hace ya algunas décadas, es la alta calidad del tocino obtenido mediante el proceso de producción y gracias a las condiciones de maduración presentes en el valle de Gail lo que lo convierte en una especialidad culinaria de gran prestigio.
El proceso de adobo sobre mesas tradicionales especialmente concebidas para ese fin, el ahumado y las interrupciones del proceso de ahumado, durante las cuales el tocino entra en contacto con el aire fresco que le aporta su sabor típico, así como la maduración lenta en las condiciones climáticas características del valle de Gail son factores adicionales importantes que determinan la calidad del tocino (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo B del apartado 2).
4.6.3. Reputación especial del Gailtaler Speck
El Gailtaler Speck tiene una excelente reputación tanto en las demás zonas de la provincia de Carintia, como fuera de la región. En particular, en las regiones bajas de Carintia, donde se produce un tipo de tocino muy distinto, si es que se produce, el Gailtaler Speck goza de mucho prestigio y es muy apreciado por su sabor característico. La popularidad del Gailtaler Speck se renueva todos los años en el Speckfest (el festival del tocino), que ya va por su séptima edición y se organiza en Hermagor, una ciudad situada en el centro del valle de Gail. Durante el evento, miles de personas de Austria y del extranjero visitan el valle de Gail para degustar el Gailtaler Speck y llevarse un poco a casa (véanse los comunicados de prensa de 1993 a 1999, anexo del apartado 4.6.3).
4.6.4. Importancia del Gailtaler Speck en la alimentación de la región
Como ya se mencionó en el apartado 4.6.2, el Gailtaler Speck fue una fuente nutricional fundamental debido a su método de obtención, que permitía conservar la carne en una época en la que las técnicas de refrigeración eran mayormente desconocidas. Incluso hoy en día, el Gailtaler Speck, como ingrediente del tradicional plato Brettljausen (plato frío austriaco), que se considera un plato completo y del cual el Gailtaler Speck forma parte integrante, desempeña un papel importante en la alimentación de los habitantes y los visitantes del valle de Gail [véase Speckfestjournal (Diario del festival del tocino) 1998, anexo A del apartado 4.6.4].
La importancia del Gailtaler Speck en la alimentación también se deduce de su utilización en la preparación de platos tradicionales y en la evolución de la gastronomía local. Tanto la reconocida chef Sissy Sonnleitner, mencionada en el apartado 4.4.2.2.3, como el chef gastronómico Walter Trupp y Harald Fritzer, chef del año en 1997, valoran el Gailtaler Speck porque da a los platos un sabor muy característico (véase Lexe, 1997, anexo B del apartado 4.6.4).
4.6.5. Mantenimiento de las formas tradicionales de agricultura
La producción de Gailtaler Speck tiene en cuenta las tradiciones locales del sector agrícola. Estas tradiciones se manifiestan en los siguientes procesos: la utilización de las partes grasas del tocino para la producción de productos curados, el proceso de salazón sobre mesas de madera tradicionales especialmente concebidas para ese fin, el método de ahumado en frío con varias interrupciones durante el proceso de ahumado y, por último, las distintas recetas de especias transmitidas dentro de cada familia de generación en generación (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2).»
se sustituyen por el texto siguiente:
«4.6. Vínculo con la zona geográfica
4.6.1. Clima
El valle de Gail pertenece –con algunas excepciones– a las zonas de clima templado de Europa Central. Las montañas de Carintia se extienden de oeste a este, por lo que presentan laderas particularmente soleadas o con sombra y ventosas o protegidas del viento. Este fenómeno también es característico del valle de Gail. Los Alpes Centrales, al norte, en particular el macizo de Hohe Tauern y, al sur, los Alpes Cárnicos protegen los valles y las cuencas del mal tiempo y debilitan las malas condiciones meteorológicas provenientes principalmente del oeste. Este fenómeno actúa como una barrera de las corrientes principales de los cordones montañosos, produciendo abundantes lluvias en las zonas de altura y una reducción de la nubosidad desde las montañas fronterizas hasta las zonas de la cuenca.
La corriente ciclónica Vb, que es la continuación en la región báltica de la corrientes provenientes del Golfo de Vizcaya y de España, determina las condiciones meteorológicas particulares del valle de Gail. Los vientos que soplan desde el Golfo de Génova hacia el noreste cambian de dirección en el borde de los Alpes para dirigirse al Báltico, llegan a los Alpes del sur y entran en la región de Carintia a través del valle de Fella y de Nassfeld. Las masas de aire caliente y húmedo chocan con el aire frío de la zona y, además de provocar las temperaturas máximas habituales de verano en toda la región de Carintia, también provocan la segunda mayor cantidad de precipitaciones del sur de Carintia en otoño. Por consiguiente, las precipitaciones son intensas en la región alta de los Alpes Cárnicos, pero disminuyen rápidamente hacia el norte.
Como resultado de la protección que aportan los Alpes Calcáreos del sur, en particular los Alpes Cárnicos, el valle de Gail y las zonas que rodean Villach gozan de períodos de sol superiores a la media durante más de la mitad del año, a diferencia de otras regiones de Carintia. Sin embargo, el valle de Gail experimenta condiciones particularmente favorables en otoño y en invierno (véase Steinhauser, 1958, y Pachinger, 1976).
Por consiguiente, la humedad atmosférica en el valle de Gail a lo largo del año también es muy estable, y el aire en las cuencas es relativamente húmedo en invierno y más seco en verano. Por tanto, la variabilidad de la humedad relativa media en el valle de Gail durante el año es tan solo la mitad de la de la región central de Carintia. Así pues, en el valle de Gail se cumple la condición esencial para la correcta maduración del tocino, es decir, una humedad constante. Las temperaturas medias también son ligeramente inferiores que en la cuenca de Klagenfurt, por ejemplo, pero presentan menos variaciones, es decir, menos temperaturas extremas, debido a la mayor altitud del valle de Gail (véase el Instituto Central de Meteorología y Geodinámica, 1999).
El promedio de precipitaciones anuales del valle de Gail es alto, pero, a su vez, la cantidad de días con precipitaciones medibles es relativamente bajo, como demuestran las comparaciones con datos de estaciones de control de precipitaciones de regiones vecinas. Se registran precipitaciones intensas y prolongadas seguidas rápidamente de condiciones de cielo despejado (véase Oficina Hidrográfica Central, 1999).
La orientación oeste-este del valle, las temperaturas y la humedad estables, los períodos prolongados de sol y el consiguiente escaso porcentaje de nubes y de niebla en el invierno, así como los característicos vientos del sur que despejan el cielo, como resultado de la fuerte influencia de la corriente ciclónica Vb, crean en el valle de Gail las condiciones ideales para la producción y, en particular, para la maduración del tocino. Los productos curados de alta calidad solo pueden producirse en regiones con corrientes de aire estables y con poca variación de temperatura y humedad, pues solo así se logra secar el producto de manera uniforme (véase Aichwalder, 1997).
4.6.2. Conocimientos especializados
El saber transmitido de generación en generación condiciona la duración de cada etapa de la transformación de la carne fresca de cerdo en un producto culinario procesado de alta calidad. El saber y la experiencia de los productores sobre las condiciones de elaboración, que varían en función de la estación y las circunstancias climatológicas, les permiten fijar la producción en los períodos con las condiciones más favorables y garantizar la calidad del producto incluso en condiciones meteorológicas menos favorables. Las condiciones climáticas específicas del valle de Gail son fundamentales para la producción óptima y sin igual del tocino de la región de Carintia.
4.6.3. Historia y tradición de la producción de tocino
La preparación del Gailtaler Speck consta en documentos que datan del año 812. El tocino se considera un componente esencial de la alimentación desde la Baja Edad Media y hoy día está clasificado como uno de los platos tradicionales de la región.
En el pasado, el principal motivo de la producción de tocino era la conservación de la carne cruda durante largos períodos de tiempo. De esta manera, había carne y materia grasa disponibles durante todo el año para completar y mejorar la alimentación. Aunque antes el adobo se realizaba en mesas tradicionales de madera concebidas para ese fin, hoy se emplean pilas y mesas de acero inoxidable fino. Lo que no ha cambiado son la materia prima de alta calidad, que es resultado de los métodos de alimentación y engorde, las recetas transmitidas de generación en generación y el proceso de ahumado suave que, junto con el proceso de maduración lenta en las condiciones climáticas típicas del valle de Gail, se consideran factores adicionales indispensables que determinan la calidad del Gailtaler Speck.
4.6.4. Reputación especial del Gailtaler Speck
El Gailtaler Speck tiene una excelente reputación tanto en las demás zonas de la provincia de Carintia, como fuera de la región. En particular, en las regiones bajas de Carintia, donde se produce un tipo muy distinto de tocino, si es que se produce, el Gailtaler Speck goza de mucho prestigio y es muy apreciado por su sabor característico y su consistencia particular, que se debe a las condiciones de alimentación de los animales.
La popularidad de que goza el Gailtaler Speck se pone de manifiesto en el Speckfest (el festival del tocino), una fiesta que se organiza todos los años en Hermagor, una ciudad situada en el centro del valle de Gail. En este festival, que tiene lugar el primer fin de semana de junio, participan decenas de miles de visitantes de Austria y de otros países que aprovechan para visitar el valle de Gail, degustar el Gailtaler Speck en la zona de producción y llevarse un poco a casa. La importancia de este producto esencial de Carintia se reconoció en 2005, cuando su zona de origen fue declarada Genussregion en Austria, una denominación asociada con iniciativas regulares de promoción y de turismo (véase http://www.genuss-region.at/genussregionen/kaernten/gailtaler-speck-g-g-a/region.html).»
Motivos:
La información esencial relativa a este aspecto y contenida en distintos documentos del pliego de condiciones original (por ejemplo, la descripción detallada de las condiciones meteorológicas típicas del valle de Gail, detalles históricos y la descripción de la reputación especial del Gailtaler Speck, entre otros) se incorporaron en el nuevo pliego de condiciones de una manera más precisa para cumplir los objetivos del nuevo pliego de condiciones descritos al comienzo (véase «Modificaciones»). Lo único que se ha añadido es que el saber y la experiencia de los productores, entre otras cosas, permiten obtener un producto de una alta calidad constante incluso en condiciones climáticas menos favorables (por ejemplo, a temperaturas exteriores más elevadas; véase la información sobre el ahumado en frío).
Etiquetado:
Apartado 4.8 del resumen (Etiquetado):
«El marcado se efectúa mediante una placa o una divisa (cordón) o un distintivo de producción similar colocado en un lugar apropiado en cada uno de los lados o de las partes del tocino. En tal soporte deberán figurar de manera legible y con una escritura inalterable el productor y el número de control. Dicho número de control deber estar registrado en el protocolo de producción (“Speck-protokoll” o protocolo del tocino) que el productor tiene que presentar a los órganos de control. En él se documenta el cumplimiento de las disposiciones del procedimiento de producción de cada partida de tocino y a partir de él se puede llevar a cabo en todo momento una comprobación del respeto del método de obtención. La utilización de logotipos de empresas o nombres propios está autorizada por las normas de marcado del producto, siempre que no induzca a error al consumidor.»
y apartado 4.8 del pliego de condiciones (Etiquetado):
«El marcado de los cortes que vayan a ser comercializados como Gailtaler Speck se efectúa mediante una placa o una divisa colocada en un lugar apropiado de cada uno de los lados o cortes de tocino, o mediante distintivos de producción similares en los que figure, de manera legible e inalterable, el nombre del productor y el número de control. El número de control consiste en una marca sanitaria propia de cada establecimiento de producción, la fecha de sacrificio y el número de autorización veterinaria, que es, a su vez, propio de cada matadero. El número de control debe registrarse en un protocolo de producción (“protocolo del tocino”) que el productor tiene que llevar y presentar a los órganos de control, en el que se documenta el cumplimiento de las disposiciones del procedimiento de producción de cada partida de tocino y a partir del cual se puede llevar a cabo en todo momento una comprobación del respeto del método de obtención. La Asociación “Gailtaler Speck – Carinthia’s Arena Natural” elaboró un protocolo del tocino para documentar el método de obtención (véase Asociación Gailtaler Speck – Carinthia’s Natural Arena, 1999b, anexo del apartado 4.2). Los productores de la IGP Gailtaler Speck deben utilizar este o un método equivalente para documentar el método de obtención.
La etiqueta debe verse con facilidad en todos los productos de la partida de tocino correspondiente vendida. Debe colocarse una etiqueta con el número de control al Gailtaler Speck envasado y listo para la venta. El tocino debe envasarse con materiales adecuados que garanticen que se respeta el período de almacenamiento y la calidad del producto. La etiqueta deberá cumplir todos los demás requisitos de etiquetado obligatorios.
Se va a diseñar una presentación uniforme del producto que consiste en una marca figurativa con una leyenda que incluye el nombre “Gailtaler Speck” y, siempre que se reconozca la indicación geográfica protegida, la denominación “IGP”. Dicha presentación se empleará junto con el símbolo comunitario proporcionado por la Comisión Europea.»
se sustituyen por el texto siguiente:
«En el producto envasado debe colocarse una etiqueta en la que figure la marca de la UE, la leyenda “Gailtaler Speck – IGP” y el número de registro del productor de tocino.»
Motivos:
En vista de la ampliación del sistema de garantía de la trazabilidad en la nueva versión del pliego de condiciones (véase la sección «Prueba del origen»), puede eliminarse el medio de etiquetado exigido anteriormente (la placa, la divisa o el distintivo de producto similar, así como los datos del productor y el número de control).
También puede suprimirse, sin necesidad de reemplazarla, la información anterior sobre envasado, en especial porque esta se abordó en detalle en la especificación de los objetivos generales (mantenimiento de la calidad y de la vida útil de almacenamiento), sin necesidad de detallar las exigencias relativas a la calidad de los materiales de envasado o formas especiales de envasado.
Seguirá estando permitido el uso de nombres de empresas o nombres propios en las etiquetas de los productos; sin embargo, el pliego de condiciones ya no exige ninguna «autorización» explícita. La referencia a este requisito en el pliego de condiciones anterior se considera información normativa superflua, por lo que no se ha incluido en el nuevo pliego de condiciones.
Otros
| — | Dado que el producto obtuvo la certificación de indicación geográfica protegida, los datos de contacto de la autoridad competente y de la agrupación solicitante se modificaron de la siguiente forma: 
 
 | 
| — | Tipo de producto: Mediante esta modificación formal, se aprueba la descripción exacta de la clase de producto, es decir, «Clase 1.2. Productos a base de carne (cocido, curado, ahumado, etc.)». | 
| — | Organismo de control: Es necesario modificar el ámbito de competencia del organismo de control debido a los cambios producidos en la legislación nacional, que prevé reemplazar el sistema de control público por parte del Estado por controles realizados por organismos privados acreditados. En lo sucesivo, los controles serán realizados por el siguiente organismo de control: 
 El pliego de condiciones precisa que sus funciones específicas son las siguientes: «Inspección de las características del producto y control de los documentos y elementos de prueba especificados en el apartado 4.4. Prueba del origen, para garantizar la admisibilidad y el cumplimiento de las estipulaciones del pliego de condiciones.» | 
| — | Se ha eliminado del apartado «Legislación nacional» la enumeración de leyes nacionales relevantes pero de aplicación general, dado que ya no se considera un contenido necesario del pliego de condiciones. | 
| — | Lista de referencias y fuentes Se han eliminado los anexos que se describen a continuación, pues su contenido, o bien se ha incluido directamente en el texto del pliego de condiciones, o bien ha quedado obsoleto debido a la adopción de nuevas disposiciones: 
 
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DOCUMENTO ÚNICO
«GAILTALER SPECK»
N.o UE: IGP-AT-0192-AM01 – 5.4.2017
DOP ( ) IGP ( X )
1. Nombre(s)
«Gailtaler Speck»
2. Estado miembro o tercer país
Austria
3. Descripción del producto agrícola o alimenticio
3.1. Tipo de producto
Clase 1.2. Productos a base de carne (cocidos, curados, ahumados, etc.)
3.2. Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1
El Gailtaler Speck es un producto a base de carne de cerdo cruda, deshuesada, curada y sin compresión.
En principio, el Gailtaler Speck puede elaborarse con cualquier corte de carne, incluso con partes grasas. Sin embargo, se prefieren la panza, el costillar, la falda, el lomo y la paleta.
Se vende envasado o sin envasar, con la parte grasa, en trozos o en lonchas. Independientemente de si están envasadas o no, las piezas enteras de tocino siempre se marcan con un precinto numerado, rojo o verde que garantiza la trazabilidad del producto y contiene la imagen de una cabeza de cerdo que sonríe acompañada de la denominación «Gailtaler Speck.»
El color exterior del Gailtaler Speck es amarillo dorado, la grasa es claramente reconocible y de color blanco puro y la carne es de color rojo intenso. El Gailtaler Speck tiene un sabor ligeramente especiado, sin una nota dominante de enebro, un punto de sal medio y un sabor característico muy marcado a adobo en salazón, ahumado y carne. Aunque la grasa del tocino es firme en comparación con otros tipos de tocino, la carne del Gailtaler Speck es tierna y se deshace fácilmente en la boca.
3.3. Piensos (únicamente para productos de origen animal) y materias primas (únicamente para productos transformados)
La materia prima proviene de cerdos nacidos, criados y engordados en la zona definida y de las siguientes razas: cerdo mejorado de raza autóctona, cerdo «largewhite», cerdos Duroc, Saddleback Swabian Hall y cruces de estas razas. También se admiten cruces de estas razas con cerdos Pietrain. Se admite la compra de lechones de estas razas y de un origen diferente con un peso máximo de 31 kg.
Los animales solo pueden recibir piensos que permitan su crecimiento lento. El promedio de aumento de peso diario de los cerdos no debe superar los 750 g en todo el período de engorde. Está prohibida la alimentación a base de pienso líquido (por ejemplo, maíz húmedo o soja). El maíz y la soja solo pueden proporcionarse en pequeñas cantidades de menos del 20 % de la materia seca en el caso de la soja y de menos del 10 % de la materia seca en el caso del maíz. Bajo ninguna circunstancia se agregarán al pienso promotores del crecimiento, anabolizantes u hormonas. También debe interrumpirse el uso de químicos o antibióticos promotores del crecimiento desde el principio del proceso de engorde. Los cerdos podrán ser sacrificados una vez que hayan alcanzado el peso vivo mínimo de 120 kg.
3.4. Medidas especiales de producción que deben respetarse en la zona definida
El engorde de los cerdos, el despiece de la carne y la producción del tocino en sí (adobo, ahumado y maduración) deberán llevarse a cabo en la zona geográfica definida cubierta por el organismo central de registro de la agrupación solicitante.
3.5. Requisitos especiales relativos a procesos como el corte, la limpieza, el envasado, etc. de producto con nombre registrado
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3.6. Requisitos especiales relativos al etiquetado del producto con el nombre registrado
Debe colocarse una etiqueta en el producto envasado en la que deben figurar, además de la marca de la UE exigida, la leyenda «Gailtaler Speck – IGP» y el número de registro del productor de tocino.
4. Breve descripción de la delimitación de la zona geográfica
La zona geográfica está situada en la provincia austriaca de Carintia y comprende los siguientes municipios administrativo: Dellach, Feistritz an der Gail, Gitschtal, Hermagor, Hohenthurn, Kirchbach, Kötschach-Mauthen, Nötsch im Gailtal y St. Stefan im Gailtal.
5. Vínculo con la zona geográfica
Características particulares de la zona:
El valle de Gail, en Carintia, pertenece –con algunas excepciones– a las zonas de clima templado de Europa Central. Las montañas que rodean el valle se extienden de oeste a este, por lo que presentan laderas particularmente soleadas o con sombra y ventosas o protegidas del viento. Al mismo tiempo, las montañas protegen al valle de Gail del mal tiempo y debilitan las perturbaciones meteorológicas provenientes principalmente del oeste. Como consecuencia de ello, la región goza de períodos de sol superiores a la media durante más de la mitad del año, respecto de otras regiones de Carintia. Sin embargo, las condiciones climáticas son más ventajosas en el valle de Gail en otoño y en invierno. Por consiguiente, el porcentaje de humedad también es muy estable en el valle de Gail durante todo el año.
Las temperaturas medias de la zona definida suelen ser ligeramente inferiores que en la cuenca Klagenfurt, por ejemplo, y, debido a la mayor altitud del valle de Gail, también presentan menos variaciones, es decir, menos temperaturas extremas.
En definitiva, la orientación oeste-este del valle, las temperaturas y la humedad estables y constantes, los períodos prolongados de sol y el consiguiente escaso porcentaje de nubes y de niebla en el invierno, así como los característicos vientos del sur que despejan el tiempo, crean en el valle de Gail las condiciones ideales para la producción y, en particular, para la maduración de tocino.
Los habitantes del valle de Gail tienen una tradición de producción de tocino que se ha documentado desde el siglo IX y poseen amplios conocimientos basados en la experiencia sobre cómo, respetando determinados procedimientos de producción de las materias primas (las razas de animales admitidas, una alimentación que permita el crecimiento lento de los animales) y aprovechando las inmejorables condiciones climáticas, puede fabricarse un producto de alta calidad y refinado como el Gailtaler Speck. La experiencia práctica que data de cientos de años sobre los distintos factores que afectan a la calidad del Gailtaler Speck (entre otras cosas, el conocimiento de las influencias adversas, las razones de las variaciones de la calidad y las características cambiantes de las materias primas, en función de factores medioambientales, y cómo gestionarlas) es decisiva para la elaboración de un producto de una calidad elevada y constante.
Particularidades del producto
El Gailtaler Speck tiene un contenido de grasa relativamente elevado que, aunque de una firmeza característica, tiene una consistencia agradable y tierna y se deshace fácilmente en la boca. Esta característica, junto con el sabor que se describe en el apartado 3.2., da como resultado un producto de un valor gastronómico inestimable.
Relación causal entre la zona definida y las características del producto
Esta relación se manifiesta principalmente en los efectos del proceso de producción regional transmitido de generación en generación, que confiere al Gailtaler Speck sus características particulares y su buena reputación actual.
Los conocimientos desarrollados en la región y conservados y mejorados durante siglos afectan a todas las fases de producción:
— Selección y cría de los animales
Para la producción del Gailtaler Speck, solo se pueden utilizar cerdos de razas que garanticen el contenido de grasa elevado que se desea obtener, así como los métodos de engorde lento y las razas de cerdo admitidas. El contenido de grasa elevado no se puede determinar en cm de espesor, dado que el Gailtaler Speck es un producto natural, y el contenido de grasa varía según se trate de una hembra o de un macho castrado y según los diferentes cortes de carne. Sin embargo, dado que los cerdos utilizados para la producción del Gailtaler Speck viven más tiempo (debido a las limitaciones relativas al aumento de peso diario) y su peso vivo mínimo es más elevado en el momento del sacrificio (al menos 120 kg, respecto del peso medio de 85 kg de otros cerdos utilizados para la fabricación de tocino en Europa), el contenido de materias grasas del Gailtaler Speck es considerablemente más elevado que el de otros productos comparables.
La firmeza característica de la materia grasa contenida en el Gailtaler Speck se debe a la alimentación especial de los cerdos, que consiste en una cantidad muy pequeña de maíz (10 % como máximo, en lugar del 70 % como máximo que normalmente reciben los cerdos en Europa). Una cantidad más elevada de maíz produciría un aumento del contenido de ácido linoleico (= ácido graso poliinsaturado) de la carne, lo cual incrementaría las posibilidades de oxidación, haría que se volviera rancio y también alteraría el punto de fusión del tocino. A su vez, afectaría a la consistencia de la carne y su granulosidad característica.
— Proceso de producción
La selección de especias, la duración de la fase de curado y el método de ahumado, adaptado a las condiciones de temperatura y humedad, determinan la apariencia del producto, el aroma ligeramente salado y especiado y el sabor de salazón, ahumado y de carne característicos del Gailtaler Speck. La firmeza característica de la grasa del Gailtaler Speck mencionada anteriormente, junto con el tradicional método de ahumado en frío, es lo que hace posible el proceso de ahumado admitido, en cámaras de ahumado a temperaturas exteriores más elevadas y sin enfriar. Una grasa de una textura menos firme transpiraría a temperaturas más elevadas, provocando la desaparición del humo y la consiguiente variación de sabor.
La ventilación, el secado y la maduración se realizan aprovechando las ventajas del clima de la región mencionadas anteriormente y, junto con el saber y la experiencia de los productores locales de tocino para identificar el punto ideal de maduración de los distintos cortes de tocino sin compresión, y, por tanto, de grosores diferentes, determinan la consistencia y la vida útil de almacenamiento del producto.
Cuando el Gailtaler Speck se produce en cámaras de ahumado modernas con sistemas de ventilación incorporados, la experiencia se incorpora en la programación de los controles del proceso en dichas cámaras y garantiza resultados comparables a los obtenidos cuando los procesos son controlados por humanos.
Su sabor y su consistencia diferencian al Gailtaler Speck de otros productos de carne de cerdo de regiones vecinas y le confieren una popularidad cada vez mayor.
Dicha popularidad se pone de manifiesto, por ejemplo, en el «Speckfest» (festival del tocino), una celebración que se organiza todos los años en Hermagor, una ciudad situada en el centro del valle de Gail. En este festival, que se organiza siempre el primer fin de semana de junio, participan decenas de miles de visitantes de Austria y de otros países que aprovechan para recorrer el valle de Gail, degustar el Gailtaler Speck en su lugar de producción y llevarse un poco a casa.
La importancia del Gailtaler Speck como uno de los principales productos de la provincia de Carintia fue reconocida en 2005, cuando su zona de origen fue declarada Genussregion en Austria, una denominación asociada con iniciativas regulares de promoción y de turismo.
Referencia a la publicación del pliego de condiciones
(Artículo 6, apartado 1, del Reglamento)
El texto completo del pliego de condiciones puede consultarse en
https://www.patentamt.at/herkunftsangaben/gailtalerspeck/
(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.