ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 446

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

60.° año
29 de diciembre de 2017


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

DECLARACIONES COMUNES

2017/C 446/01

Declaración conjunta sobre las prioridades legislativas de la UE para 2018-2019

1

2017/C 446/02

Declaración del Presidente del Parlamento Europeo sobre la reforma del sistema de recursos propios de la Unión

4

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2017/C 446/03

Publicación en el sitio web EUROPA de los coeficientes de asignación y otros resultados del proceso de asignación de contingentes arancelarios de importación o exportación gestionados según el método de examen simultáneo u otros métodos que requieran la expedición de certificados de importación o exportación

5


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2017/C 446/04

Tipo de cambio del euro

6


ES

 


II Comunicaciones

DECLARACIONES COMUNES

29.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 446/1


Declaración conjunta sobre las prioridades legislativas de la UE para 2018-2019

(2017/C 446/01)

El futuro de Europa está en nuestras manos. Persuadidos de que la Unión Europea es el mejor instrumento para lograr nuestros objetivos, seguiremos trabajando juntos para hacer que, en los próximos años, nuestra Unión sea más fuerte y más democrática y esté más unida.

Europa está recuperando su solidez y hemos de aprovechar este impulso renovado. A cerca de dieciocho meses de las próximas elecciones europeas, una ocasión democrática fundamental para que los electores evalúen la eficacia de la Unión, ha llegado el momento de demostrar que Europa puede responder ante sus ciudadanos donde y cuando sea necesario.

La declaración conjunta sobre las prioridades legislativas de la UE para 2017 (la primera desde la creación de este instrumento por el Acuerdo interinstitucional sobre la mejora de la legislación, de 13 de abril de 2016) ha demostrado su valía para mantener la atención política en las propuestas clave, donde es más necesario obtener resultados, y debe ser renovada para el período que va hasta la celebración de las elecciones europeas.

Las tres instituciones convienen en presentar una agenda positiva para una UE más integradora y unida, así como un nuevo marco financiero con visión de futuro para los años posteriores a 2020, que respalden los objetivos de la Unión y garanticen el equilibrio entre las políticas de la UE en interés de los ciudadanos. Guiados por este firme propósito de cumplir objetivos, y a fin de garantizar antes de las elecciones europeas de 2019 avances sustanciales y, cuando sea posible, resultados concretos, en el proceso legislativo daremos un trato prioritario a las iniciativas siguientes:

1.

Proteger mejor la seguridad de nuestros ciudadanos, velando por que las autoridades de los Estados miembros sepan quién cruza nuestras fronteras exteriores comunes, con unos sistemas de información de la UE interoperables en materia de seguridad, antecedentes penales y gestión de las fronteras y de la migración, reforzando nuestros instrumentos para la lucha contra el terrorismo y contra el blanqueo de capitales, y reforzando la competitividad y la innovación del sector de la defensa de la Unión con un Fondo Europeo de Defensa;

2.

Reformar y desarrollar nuestra política migratoria en un espíritu de responsabilidad y solidaridad, incluida la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo, también el mecanismo de Dublín, y el conjunto de medidas sobre la migración legal;

3.

Imprimir un nuevo impulso al empleo, el crecimiento y la inversión, modernizando los instrumentos de defensa comercial de la UE y avanzando en el control de las inversiones extranjeras directas en la UE, y para ello mejorando la gestión de los residuos en una economía circular, prosiguiendo la labor de refuerzo de nuestra unión económica y monetaria y completando nuestra unión bancaria de forma que se equilibren la distribución y la reducción del riesgo;

4.

Atender a la dimensión social de la Unión Europea, trabajando para mejorar la coordinación de los sistemas de seguridad social, protegiendo a los trabajadores de los riesgos para la salud en el lugar de trabajo, garantizando un trato equitativo para todos nuestros mercados laborales mediante la modernización de las normas sobre el desplazamiento de trabajadores y mejorando la aplicación transfronteriza de la legislación;

5.

Cumplir nuestro compromiso de implantar un mercado único digital conectado, completando la modernización de las normas para el sector de las comunicaciones electrónicas con otras más estrictas para la protección de los consumidores en línea y para las ventas a distancia de bienes tanto físicos como digitales, y reforzando la ciberseguridad;

6.

Alcanzar nuestro objetivo de implantar una ambiciosa Unión de la Energía y una política climática prospectiva, en particular aplicando el marco de actuación en materia de clima y energía hasta el año 2030 y prosiguiendo la actuación consecutiva al Acuerdo de París con una legislación sobre energía limpia y movilidad limpia para todos los europeos;

7.

Seguir desarrollando la legitimidad democrática a escala de la UE, mejorando el funcionamiento de la Iniciativa Ciudadana Europea y aumentando la transparencia de la financiación de los partidos políticos.

Convenimos además en la necesidad de seguir avanzando también en las importantes cuestiones siguientes:

mantener nuestra adhesión a los valores comunes europeos, a la democracia, al principio de legalidad y a los derechos fundamentales y reforzar la legitimidad política de la UE reafirmando nuestro compromiso conjunto de combatir la discriminación y la xenofobia.

mantener una política comercial sólida, abierta y basada en normas, firmemente convencida de que el comercio favorece la creación de riqueza y empleo.

luchar contra el fraude fiscal, la evasión de impuestos y la elusión fiscal, velando por la implantación de un sistema tributario sólido y equitativo.

garantizar la equidad y un nivel adecuado de protección social y de derechos sociales, tal como establecen los veinte principios clave del pilar europeo de derechos sociales.

reforzar el papel de la UE en la protección y la defensa de nuestros intereses más allá de las fronteras europeas y contribuir a la estabilidad, la seguridad y la paz.

garantizar un alto nivel de protección de datos, de derechos digitales y de normas éticas sin dejar de aprovechar las ventajas y de evitar los riesgos de la evolución de la inteligencia artificial y la robótica.

Las tres instituciones acuerdan además proseguir el trabajo sobre todas las propuestas pendientes.

Aunque se han conseguido avances importantes en la consecución de las propuestas prioritarias establecidas en la declaración conjunta de 2017, estamos decididos a finalizar la tarea a la que nos comprometimos. Vamos a seguir trabajando en las propuestas presentadas desde diciembre de 2016. También nos ocuparemos de las propuestas legislativas recogidas en el programa de trabajo de la Comisión para 2018.

Seguimos estando resueltos a promover la correcta aplicación y el control del cumplimiento efectivo de la legislación vigente.

En nuestra calidad de presidentes del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión Europea, vigilaremos regularmente que la presente Declaración conjunta se aplique de manera oportuna y eficiente.

Antonio TAJANI

Presidente del Parlamento Europeo

Jüri RATAS

Presidente del Consejo

Jean-Claude JUNCKER

Presidente de la Comisión Europea


Declaración del Consejo

En relación con la referencia que se hace en la declaración conjunta a la finalización de la unión bancaria, se recuerdan las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros, de 17 de junio de 2016, relativas a la hoja de ruta para completar la unión bancaria. El Consejo mantiene su compromiso con dicha hoja de ruta y subraya la necesidad de completar la unión bancaria con medidas relativas a la reducción y al reparto de riesgos en el sector financiero, con la oportuna secuencia, como recogen dichas Conclusiones.


29.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 446/4


Declaración del Presidente del Parlamento Europeo sobre la reforma del sistema de recursos propios de la Unión

(2017/C 446/02)

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 311 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el Parlamento Europeo está comprometido con la reforma del sistema de recursos propios de la Unión, sobre la base de las recomendaciones del Grupo de Alto Nivel sobre Recursos Propios. En este contexto, el Parlamento Europeo subraya la necesidad de propuestas legislativas amplias sobre los recursos propios de la Unión junto con el próximo marco financiero plurianual. Deben tratarse en paralelo los ingresos y los gastos de la Unión.


COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

29.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 446/5


Publicación en el sitio web EUROPA de los coeficientes de asignación y otros resultados del proceso de asignación de contingentes arancelarios de importación o exportación gestionados según el método de examen simultáneo u otros métodos que requieran la expedición de certificados de importación o exportación

(2017/C 446/03)

De conformidad con el artículo 188 del Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), modificado por el artículo 4, apartado 19, del Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), a partir del 1 de enero de 2018, la Comisión hace públicos en el sitio web EUROPA los resultados de la asignación de contingentes arancelarios de importación y exportación con respecto a las solicitudes notificadas a la Comisión por los Estados miembros. La publicación en el sitio web EUROPA sustituye a la adopción y la publicación de actos de ejecución en el Diario Oficial de la Unión Europea, Serie L, para los mismos fines, a partir del 1 de enero de 2018.

Estos resultados se calculan teniendo en cuenta la cantidad disponible del contingente arancelario y la cantidad solicitada por los operadores y notificada por las autoridades de los Estados miembros a la Comisión.

En el sitio web EUROPA pueden publicarse también denegaciones de solicitudes, la suspensión de la presentación de solicitudes o la retirada de la suspensión de las solicitudes.

Los Estados miembros expedirán certificados por las cantidades solicitadas dentro de los contingentes arancelarios de importación o exportación, sujetos a los respectivos coeficientes de asignación, una vez hayan sido hecho públicos dichos coeficientes por la Comisión.

Coeficientes de asignación para los contingentes arancelarios de importación/exportación

https://ec.europa.eu/agriculture/index_en

https://ec.europa.eu/agriculture/tariff-rate-quotas-trqs_en

https://ec.europa.eu/agriculture/markets_en


(1)  Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 671).

(2)  Reglamento (UE) 2017/2393 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2017, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), (UE) n.o 1306/2013 sobre la financiación, gestión y seguimiento de la política agrícola común, (UE) n.o 1307/2013 por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la política agrícola común, (UE) n.o 1308/2013 por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y (UE) n.o 652/2014 por el que se establecen disposiciones para la gestión de los gastos relativos a la cadena alimentaria, la salud animal y el bienestar de los animales, y relativos a la fitosanidad y a los materiales de reproducción vegetal (DO L 350 de 29.12.2017, p. 15).


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

29.12.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 446/6


Tipo de cambio del euro (1)

28 de diciembre de 2017

(2017/C 446/04)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1934

JPY

yen japonés

134,74

DKK

corona danesa

7,4455

GBP

libra esterlina

0,88768

SEK

corona sueca

9,8452

CHF

franco suizo

1,1704

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,8670

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,645

HUF

forinto húngaro

310,30

PLN

esloti polaco

4,1808

RON

leu rumano

4,6520

TRY

lira turca

4,5459

AUD

dólar australiano

1,5330

CAD

dólar canadiense

1,5049

HKD

dólar de Hong Kong

9,3274

NZD

dólar neozelandés

1,6856

SGD

dólar de Singapur

1,5968

KRW

won de Corea del Sur

1 276,37

ZAR

rand sudafricano

14,7325

CNY

yuan renminbi

7,8001

HRK

kuna croata

7,5115

IDR

rupia indonesia

16 184,89

MYR

ringit malayo

4,8530

PHP

peso filipino

59,561

RUB

rublo ruso

68,7979

THB

bat tailandés

38,929

BRL

real brasileño

3,9496

MXN

peso mexicano

23,4672

INR

rupia india

76,4730


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.