ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 47

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

60.° año
14 de febrero de 2017


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2017/C 47/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8336 — Mitsubishi Chemical Holdings/Marubeni/Metro Pacific Investments/JV) ( 1 )

1

2017/C 47/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8345 — HPS/MDP/NFP) ( 1 )

1

2017/C 47/03

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8060 — Abbott Laboratories/St Jude Medical) ( 1 )

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2017/C 47/04

Tipo de cambio del euro

3


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2017/C 47/05

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8333 — Mitsui Group/NS Group/Anglia Rail Holdings) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

4

2017/C 47/06

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8331 — Crédit Mutuel Arkéa/Bridgepoint/Primonial Holding) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

6

2017/C 47/07

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8284 — Deutsche Telekom/Orange/BuyIn) ( 1 )

7

2017/C 47/08

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8308 — Munksjö/Ahlstrom II) ( 1 )

8

2017/C 47/09

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8352 — KKR/KSL/Apple Leisure Group) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

9

2017/C 47/10

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8221 — Blackstone/OfficeFirst) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

10


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE.

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8336 — Mitsubishi Chemical Holdings/Marubeni/Metro Pacific Investments/JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/01)

El 7 de febrero de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8336. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8345 — HPS/MDP/NFP)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/02)

El 7 de febrero de 2017, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32017M8345. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8060 — Abbott Laboratories/St Jude Medical)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/03)

El 23 de noviembre de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), leído en relación con el artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8060. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/3


Tipo de cambio del euro (1)

13 de febrero de 2017

(2017/C 47/04)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0629

JPY

yen japonés

120,90

DKK

corona danesa

7,4359

GBP

libra esterlina

0,84890

SEK

corona sueca

9,4780

CHF

franco suizo

1,0673

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,9018

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,021

HUF

forinto húngaro

308,02

PLN

esloti polaco

4,3137

RON

leu rumano

4,5022

TRY

lira turca

3,9177

AUD

dólar australiano

1,3867

CAD

dólar canadiense

1,3917

HKD

dólar de Hong Kong

8,2471

NZD

dólar neozelandés

1,4808

SGD

dólar de Singapur

1,5113

KRW

won de Corea del Sur

1 223,31

ZAR

rand sudafricano

14,1809

CNY

yuan renminbi

7,3062

HRK

kuna croata

7,4485

IDR

rupia indonesia

14 158,89

MYR

ringit malayo

4,7283

PHP

peso filipino

53,059

RUB

rublo ruso

61,6700

THB

bat tailandés

37,276

BRL

real brasileño

3,3159

MXN

peso mexicano

21,6261

INR

rupia india

71,1880


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/4


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8333 — Mitsui Group/NS Group/Anglia Rail Holdings)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/05)

1.

El 6 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Mitsui & Co., Ltd. («Mitsui Tokyo», Japón) y Abellio Transport Group Limited («Abellio», Reino Unido) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Anglia Rail Holdings Limited («Anglia», Reino Unido), mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Mitsui Tokyo es una gran empresa comercial que hace negocios, a nivel mundial, con una serie de materias primas y otros productos, por ejemplo la venta, distribución, compra, comercialización y suministro de productos en áreas de negocio como el hierro y el acero; carbón y metales no ferrosos; maquinaria; electrónica; productos químicos; materias primas relacionadas con la energía; logística e inversión en proyectos de infraestructuras. Tiene operaciones globales en 66 países y en diversos mercados. Mitsui Tokyo adquirirá el control de Anglia directamente e indirectamente a través de Mitsui & Co. Europe Plc, su filial al 100 %. Mitsui Europe gestiona las actividades generales de Mitsui Tokyo en Europa, Oriente Medio y África. Sus principales actividades incluyen la venta de productos, logística y financiación a nivel mundial, desarrollo de grandes infraestructuras internacionales y otros proyectos en los ámbitos siguientes: metales, maquinaria e infraestructuras, productos químicos, energía, modo de vida, innovación y desarrollo empresarial.

Abellio es propiedad al 100 % de Abellio Transport Holding B.V., cuya empresa matriz es NS Group, un importante operador ferroviario en los Países Bajos. Abellio se ocupa de licitar y explotar comercialmente una serie de concesiones o contratos de franquicia de transporte ferroviario de pasajeros principalmente fuera de los Países Bajos, en particular en el Reino Unido y Alemania.

Abellio East Anglia Limited, filial al 100 % de Anglia, es la compañía ferroviaria creada para explotar la East Anglia Franchise en el Reino Unido para Abellio/NS Group.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación de la referencia M.8333 — Mitsui Group/NS Group/Anglia Rail Holdings, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/6


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8331 — Crédit Mutuel Arkéa/Bridgepoint/Primonial Holding)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/06)

1.

El 6 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Crédit Mutuel Arkéa (Francia) y Bridgepoint Europe V FIPS (Francia), bajo el control de Bridgepoint Group Limited (Reino Unido), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de Primonial Holding (Francia), mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Crédit Mutuel Arkéa es un grupo bancario mutualista francés también activo en Bélgica, Luxemburgo y Suiza.

Bridgepoint es una sociedad independiente de capital riesgo que invierte principalmente en empresas europeas.

Primonial Holding opera en Francia en el ámbito de la selección, diseño, gestión y asesoramiento en soluciones de ahorro.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia M.8331 — Crédit Mutuel Arkéa/Bridgepoint/Primonial Holding, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/7


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8284 — Deutsche Telekom/Orange/BuyIn)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/07)

1.

El 6 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Deutsche Telekom AG («DT», Alemania) y Orange SA («Orange», Francia) convierten su empresa en participación existente que no ejerce plenas funciones, BuyIn SA/NV («BuyIn», Bélgica), en una empresa en participación que desempeñará de forma permanente todas las funciones de una entidad económica autónoma, en el sentido del artículo 3, apartado 4, del Reglamento de concentraciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

DT es un proveedor de servicios de telecomunicaciones tanto a nivel mayorista como minorista (telefonía fija y móvil, internet de banda ancha fija) en más de 50 países.

Orange es un proveedor de servicios de telecomunicaciones tanto a nivel mayorista como minorista (telefonía fija y móvil, internet de banda ancha fija) en más de 30 países.

BuyIn presta servicios a las administraciones públicas relacionados con determinados productos (tecnología de redes, plataformas digitales y domésticas, equipos para clientes, productos y servicios de tecnología de la información) utilizados por DT y Orange en sus respectivos negocios de telecomunicaciones. Como resultado de la operación, BuyIn también prestará servicios análogos a terceros.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8284 — Deutsche Telekom/Orange/BuyIn, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/8


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8308 — Munksjö/Ahlstrom II)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/08)

1.

El 6 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, de un proyecto de concentración por el cual la empresa Munksjö («Munksjö», Finlandia) se fusiona, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra a), del Reglamento de concentraciones, con Ahlstrom Corporation («Ahlstrom», Finlandia) mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Munksjö, registrada en Finlandia, pero con sede en Estocolmo, es una empresa internacional de papeles especiales que trabaja en cuatro segmentos de negocio: i) decoración, ii) papel de soporte, iii) aplicaciones industriales, iv) papel para artes gráficas y envasado.

Ahlstrom, con sede en Helsinki, es un fabricante internacional de materiales de alto rendimiento a base de fibras que trabaja en dos segmentos de negocio: i) filtración y aplicaciones de alto rendimiento; ii) aplicaciones especiales.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia M.8308 — Munksjö/Ahlstrom II, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruselas

BÉLGICA


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/9


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8352 — KKR/KSL/Apple Leisure Group)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/09)

1.

El 6 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual KKR & Co. L.P. («KKR», EE. UU.) y KSL Capital Partners IV GP, LLC, en calidad de socio colectivo de KSL Capital Partners IV, L.P., y sus fondos paralelos (colectivamente «KSL IV», Estados Unidos) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de Apple Leisure Group («ALG», EE. UU.), mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   KKR: firma de inversión global que presta servicios de gestión de activos a inversores públicos y privados y ofrece soluciones de mercado de capitales;

—   KSL IV: el cuarto fondo de inversión privado patrocinado por KSL Advisors, LLC, empresa de capital de inversión estadounidense especializada en inversiones en empresas de viajes y ocio; sus fondos de inversión privados promovidos invierten principalmente en la restauración y la hostelería, el ocio, clubs, el sector inmobiliario y el sector de servicios de viajes.

—   ALG: grupo integrado de distintas empresas de hostelería que trabaja en el sector de los viajes en Norteamérica y atiende a viajeros y propietarios de hoteles; sus actividades se centran en los viajes desde los EE. UU. a destinos turísticos en América Latina, México y el Caribe. Las empresas integradas de ALG incluyen AMResorts, un proveedor de asistencia en materia de operación, gestión y desarrollo de marcas hoteleras bajo seis marcas de centros turísticos de lujo; Apple Vacations, un operador turístico centrado en paquetes turísticos desde los EE. UU. a México, el Caribe y América Central; Travel Impressions, un operador turístico que posee una amplia cartera global de paquetes de viajes distribuido a través de agencias de viajes; CheapCaribbean.com, una agencia de viajes en línea especializada en paquetes turísticos de lujo y alojamiento en centros turísticos en México y el Caribe; Amstar DMC, una empresa de gestión de destinos activa en México, América Central y el Caribe; Worldstar DMC, una empresa de gestión de destinos activa en las Islas Hawái; y Unlimited Vacation Club, un programa de fidelización de clientes centrado en las propiedades de la marca AMResorts.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8352 — KKR/KSL/Apple Leisure Group, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


14.2.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 47/10


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8221 — Blackstone/OfficeFirst)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2017/C 47/10)

1.

El 7 de febrero de 2017, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa The Blackstone Group, L.P. («Blackstone», Estados Unidos) adquiere el control indirecto, a través de fondos afiliados a ella y controlados también por ella, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de la empresa OfficeFirst Immobilien AG («OfficeFirst», Alemania) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Blackstone: empresa gestora de activos a escala mundial con oficinas en Europa y Asia,

—   OfficeFirst: empresa propietaria de una cartera inmobiliaria comercial en Alemania, que comprende sobre todo espacios de oficina. Algunas propiedades están relacionadas con otros tipos de uso, tales como hoteles, plazas de aparcamiento o lugares de almacenamiento.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del n.o de referencia M.8221 — Blackstone/OfficeFirst, a la dirección siguiente:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.