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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
59° año |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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RECOMENDACIONES |
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2016/C 299/01 |
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2016/C 299/26 |
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2016/C 299/27 |
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ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
RECOMENDACIONES
Consejo
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/1 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Italia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Italia
(2016/C 299/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Italia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Italia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Italia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Italia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015 por el Consejo, así como los avances de Italia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Italia está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, el lento crecimiento de la productividad lastra la recuperación de la competitividad y dificulta reducir la elevada ratio de deuda pública. Es en particular importante la necesidad de adoptar medidas que reduzcan el riesgo de repercusiones negativas sobre la economía italiana y, dado su tamaño, de efectos secundarios negativos para la unión económica y monetaria. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Italia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Italia se encuentra en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeta a la norma transitoria en materia de deuda para el período 2013-2015 y a la norma en materia de deuda a partir de 2016. Según el Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB alcance su máximo nivel en 2015, situándose en el 132,7 %, y que vaya disminuyendo paulatinamente hasta el 123,8 % en 2019. Según las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, la ratio deuda/PIB debería estabilizarse en 2016 y comenzar un ligero descenso a partir de 2017. La aplicación del importante programa de privatizaciones presentado por sus autoridades constituye un reto de primer orden para Italia, dada su contribución prevista a los esfuerzos de reducción de la deuda. Aunque en 2015 las privatizaciones se aplicaron en consonancia con los planes, el objetivo del 0,5 % de ingresos procedentes de privatizaciones por año en 2016-2018 y del 0,3 % en 2019 parece muy ambicioso, teniendo también en cuenta los retrasos producidos en algunos proyectos de privatización. El escenario macroeconómico en que se basan las previsiones presupuestarias es plausible. |
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(6) |
El 18 de mayo de 2016, la Comisión publicó un informe con arreglo al artículo 126, apartado 3, del TFUE, dado que Italia no había hecho suficientes progresos hacia el cumplimiento de la norma en materia de deuda en 2015. El análisis incluía todos los elementos pertinentes y concluyó que el criterio de deuda debía considerarse cumplido. La Comisión revisará su evaluación en un nuevo informe, de conformidad con el artículo 126, apartado 3, del Tratado, sobre la base de las previsiones de otoño de 2016 de la Comisión, cuando disponga de información adicional sobre la reanudación de la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo para 2017. |
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(7) |
En la primavera de 2015, se concedió a Italia una desviación temporal de 0,4 puntos porcentuales del PIB con respecto a la senda de ajuste requerida hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 para tener en cuenta importantes reformas estructurales con efectos positivos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. En su proyecto de plan presupuestario para 2016, Italia solicitó un desvío adicional de 0,1 puntos porcentuales del PIB de la senda de ajuste requerida hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 para tener en cuenta otras reformas estructurales con efectos positivos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. La información detallada en que se basan todas estas reformas se ha fijado en el Programa Nacional de Reformas de 2016 de Italia, que confirma en líneas generales la agenda reformadora. Los ámbitos de reforma anunciados en el Programa que tienen un impacto sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas son: i) Administración pública y simplificación; ii) mercados de productos y servicios; iii) mercado laboral; iv) justicia en materia civil; v) educación; vi) desplazamiento de la presión fiscal; vii) medidas para reducir el número de préstamos no productivos y reformar los procedimientos de insolvencia; y viii) análisis del gasto como medida de financiación. El impacto de todas estas reformas sobre el PIB real ha sido estimado por las autoridades en 2,2 puntos porcentuales de aquí a 2020, lo que parece verosímil. Si se aplican plenamente y a su debido tiempo, estas reformas tendrán un efecto positivo sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas. Actualmente, puede considerarse que Italia cumple los requisitos para la desviación temporal total que solicita de 0,5 puntos porcentuales del PIB en 2016, siempre que ejecute adecuadamente las reformas acordadas, lo cual será objeto de seguimiento en el marco del Semestre Europeo, y que respete las condiciones establecidas en el considerando 10. |
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(8) |
En su proyecto de plan presupuestario para 2016, Italia solicitó un desvío adicional de 0,3 puntos porcentuales del PIB con respecto a la senda de ajuste requerida hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016, para tener en cuenta las necesidades de gastos nacionales de inversión en proyectos cofinanciados por la UE. La información facilitada en el Programa de Estabilidad de 2016 parece confirmar que la desviación con respecto a la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 está siendo utilizada de forma eficaz con el fin de aumentar las inversiones. Sin embargo, aún existen algunas dudas sobre la viabilidad de todo el importe previsto de las inversiones cofinanciadas en el transcurso de 2016. Actualmente, puede considerarse que Italia cumple los requisitos para la desviación temporal de 0,25 puntos porcentuales del PIB en 2016, siempre que ejecute adecuadamente las inversiones previstas, y que respete las condiciones establecidas en el considerando 10. La Comisión llevará a cabo una evaluación ex post con el fin de comprobar el importe real del gasto nacional en la cofinanciación de proyectos de inversión y de la correspondiente ampliación a que Italia puede acogerse en virtud de la denominada «cláusula de inversión». |
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(9) |
El Programa de Estabilidad de 2016 indica que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados y de las correspondientes medidas de seguridad es significativo, y que estos factores deberían considerarse un acontecimiento inusitado fuera del control del Gobierno, como se define en el artículo 5, apartado 1, y el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97. Según la Comisión, el impacto adicional está en consonancia con las estimaciones aportadas por el Programa de Estabilidad y equivale al 0,03 % del PIB en 2015 y al 0,04 % en 2016 para los gastos relacionados con los refugiados, y al 0,06 % del PIB en 2016 para medidas de seguridad. A este respecto, Italia solicitó una desviación temporal de la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Las disposiciones definidas en el artículo 5, apartado 1, y el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permiten este gasto adicional, en la medida en que la llegada de refugiados, así como la gravedad de la amenaza terrorista son acontecimientos excepcionales, su impacto en las finanzas públicas de Italia es significativo y la sostenibilidad no se vería comprometida si se permitiera una desviación respecto de la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Por tanto, el ajuste requerido hacia el objetivo presupuestario a medio plazo para 2015 se ha reducido para tener en cuenta otros costes relacionados con los refugiados. En cuanto a 2016, en la primavera de 2017 se realizará una evaluación final, en la que se incluirán los importes admisibles, sobre la base de los datos facilitados por las autoridades italianas. |
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(10) |
En su dictamen sobre el proyecto de plan presupuestario de 2016 de Italia, la Comisión indicó que, en el marco de la «evaluación global» de una posible desviación de la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo, tendría en cuenta la posible admisibilidad de Italia para flexibilidad en el marco del Pacto de estabilidad y crecimiento, prestando especial atención a si una desviación de la senda de ajuste sería efectivamente utilizada para incrementar la inversión; la existencia de planes creíbles para reanudar la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo; y los avances en la agenda de reforma estructural, teniendo en cuenta las recomendaciones del Consejo. La Comisión estima que Italia puede optar a otro margen de 0,35 puntos porcentuales del PIB para 2016, teniendo en cuenta los progresos realizados con las reformas estructurales, las inversiones previstas, así como el compromiso del Gobierno de garantizar el cumplimiento de la senda de ajuste hacia el objetivo a medio plazo en 2017, que la Comisión volverá a evaluar en el otoño. |
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(11) |
Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el deterioro previsto del saldo estructural del – 0,7 % del PIB en 2016 apunta a un riesgo de cierta desviación con respecto a las obligaciones de Italia en el marco del componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento, después de haber tenido en cuenta la desviación permitida para las inversiones y la aplicación de reformas estructurales. En 2017, en la hipótesis de mantenimiento de la política económica, las previsiones de la Comisión muestran un nivel cero de esfuerzo estructural en 2017, como resultado de lo cual existiría un riesgo de desviación significativa con respecto a la senda de ajuste estructural requerida del 0,6 % del PIB. No está previsto que Italia se ajuste a la norma en materia de deuda en 2016 y 2017. |
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(12) |
En definitiva, sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad de 2016, y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que Italia corre el riesgo de incumplir las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. La Comisión reevaluará la conformidad de Italia con el ajuste requerido hacia el objetivo presupuestario a medio plazo sobre la base de sus previsiones de otoño de 2016 y en la medida en que esté disponible más información relativa al objetivo presupuestario a medio plazo, incluido el proyecto de plan presupuestario de 2017. |
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(13) |
Aunque están en curso iniciativas de reforma del marco presupuestario, hasta ahora se han dado pocos pasos para garantizar que la revisión del gasto contribuya al saneamiento presupuestario. En particular, los objetivos de la revisión del gasto se han reducido aún más y tales revisiones no están plenamente integradas en el procedimiento presupuestario, lo que supone un lastre para la eficiencia global del ejercicio. Se espera que la finalización de la amplia reforma del proceso presupuestario en marcha desde 2009 corrija esa deficiencia y dote a dicho proceso de un enfoque más orientado hacia los resultados. Para mejorar la sostenibilidad de la deuda pública es también importante acelerar el despliegue del plan de privatización. El sistema impositivo italiano mina la eficiencia económica y sigue planteando diversos problemas. Dichos problemas están vinculados al bajísimo índice de cumplimiento de las obligaciones fiscales y a la reforma pendiente de los gastos fiscales, en particular en lo que respecta a los tipos reducidos del impuesto sobre el valor añadido y al antiguo sistema de valores catastrales. La Ley de habilitación para la reforma del sistema impositivo contemplaba todos esos aspectos, pero las medidas correspondientes todavía no se han aplicado o solo se han aplicado parcialmente. Además, algunas medidas recientes, como la supresión del impuesto sobre los bienes inmuebles que grava las primeras residencias, parecen difícilmente conciliables con el objetivo de ampliar la base tributaria y desplazar la carga fiscal desde los factores productivos hacia el consumo y las propiedades inmobiliarias. |
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(14) |
La reforma de la Administración pública es un paso importante que, si se adoptaran y aplicaran los decretos legislativos necesarios, redundaría en beneficio del país en términos de mayor eficiencia y calidad del sector público. Los decretos legislativos ya propuestos por el Gobierno en enero de 2016 sobre las empresas de titularidad pública y los servicios públicos locales, así como el previsto sobre el empleo público, revisten especial importancia para corregir las causas de las ineficiencias. Si bien es cierto que recientemente se han tomado medidas para intensificar la lucha contra la corrupción, en particular mediante el endurecimiento de las sanciones y las condiciones de prescripción de algunos delitos de corrupción, la revisión sistemática de las normas de prescripción sigue en suspenso, pese a las reiteradas recomendaciones al respecto. El fraude contable es otra cuestión importante. En el sistema judicial, la lentitud de los procedimientos judiciales y el elevado número de asuntos civiles y mercantiles pendientes siguen siendo problemas importantes. Supervisar atentamente el efecto de las medidas adoptadas en los últimos años para corregir estos problemas ayudará a evaluar la pertinencia de medidas complementarias adicionales. |
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(15) |
Se han realizado algunos avances en la mejora de la calidad de los activos del sector bancario. Aunque en los últimos meses ha disminuido el flujo de nuevos préstamos no productivos, su nivel sigue siendo muy elevado y continúa ejerciendo presión sobre la rentabilidad y los recursos de los bancos. Además, el sistema concursal y los marcos de cobro de deudas en Italia no contribuyen suficientemente al rápido saneamiento de los préstamos que han perdido valor. Desde mediados de 2015, se han adoptado varias leyes para simplificar y acelerar los procedimientos de insolvencia y de ejecución hipotecaria, y se ha propuesto un proyecto de ley de habilitación para la reforma orgánica del régimen de quiebra. Sin embargo, todavía están por ver los efectos de todas estas reformas sobre la duración de los procedimientos y las tasas de recuperación. Desde principios de 2015, Italia ha ido adoptando diversas medidas para corregir las deficiencias de la gobernanza corporativa de los bancos, particularmente en lo que respecta a las entidades cooperativas más grandes, los bancos que tienen fundaciones entre su accionariado y los pequeños bancos mutualistas. La plena aplicación de esas reformas contribuiría a aumentar la resiliencia del sector y a garantizar una asignación más eficiente de créditos a la economía real. Considerando que la baja relación coste-eficacia del sector bancario mina la rentabilidad y la generación interna de capital, la coyuntura de bajo crecimiento y tipos de interés reducidos constituye un desafío adicional. El nuevo marco de la UE para la resolución bancaria (5) ha cambiado el perfil de riesgo de los bonos que emiten los bancos, destino habitual de las inversiones de los clientes minoristas italianos, lo que subraya la importancia de que el público en general tenga una cultura financiera básica. |
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(16) |
En 2015, Italia reformó en profundidad su normativa sobre el mercado de trabajo y sus instituciones competentes a través de la denominada reforma de la «Ley del Trabajo». La aplicación de la reforma de las políticas activas del mercado laboral es clave para la activación de las personas más alejadas de él, en particular los jóvenes y los desempleados de larga duración. Los problemas existentes en la actualidad son de índole administrativa, política o guardan relación con los recursos. En particular, hacen necesario reforzar los servicios públicos de empleo y supervisar atentamente los servicios prestados. Se ha reformado el sistema de contratos de aprendizaje para incluir también a los adultos que han perdido su empleo y se han ampliado las oportunidades que se brindan a los jóvenes, pero la aplicación de las reformas aún está en curso. La negociación de segundo nivel no está suficientemente desarrollada en Italia, lo que obstaculiza la adopción de soluciones innovadoras en las distintas empresas que podrían aumentar la productividad y hacer que los salarios respondan mejor a las condiciones imperantes en el mercado de trabajo. Las medidas que se impulsen en este ámbito han de consensuarse con los interlocutores sociales y atenerse a las prácticas nacionales. Los interlocutores sociales todavía no han llegado a un acuerdo sobre la reforma de la negociación colectiva. Según el Programa Nacional de Reformas, la modificación correspondiente debería aprobarse antes de finales de 2016. La participación en el mercado de trabajo de las mujeres italianas figura entre las más bajas de la UE. Las mujeres ocupan sobre todo empleos precarios y atípicos, constituyen el grueso de los trabajadores no estándar y corren el riesgo de verse especialmente afectadas por la economía informal. El sistema impositivo y de prestaciones disuade de trabajar a la segunda persona que contribuye a los ingresos familiares, sin que la Ley del Trabajo haya corregido eficazmente este problema. La disponibilidad limitada de servicios asistenciales asequibles mina también la participación en el mercado de trabajo de las mujeres con hijos o familiares ancianos. Los niveles de pobreza son elevados —más de una cuarta parte de los italianos están en riesgo de pobreza o de exclusión social— y la prestación de asistencia social sigue adoleciendo de debilidad y fragmentación. Adoptar y aplicar la estrategia nacional de lucha contra la pobreza y racionalizar los gastos sociales podrían ser los primeros pasos de la implantación gradual a nivel nacional de un régimen de asistencia social adecuado basado en el principio de la inclusión activa, sin repercusión sobre el presupuesto global. En la reforma de la educación se han logrado importantes avances: fue adoptada en julio de 2015 y los decretos de aplicación deberían aprobarse antes de enero de 2017. |
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(17) |
En lo que respecta al fomento de la competencia en el sector de los servicios, los avances han sido limitados. La legislación en materia de competencia de 2015 aún se está debatiendo en el Parlamento. Durante la tramitación parlamentaria se han relajado algunas de sus disposiciones, por ejemplo las relativas a las profesiones jurídicas. Algunos sectores aún siguen estando excesivamente protegidos o regulados, en particular las profesiones reguladas, el sector sanitario, los transportes públicos locales y los taxis, los puertos y los aeropuertos. El sector minorista adolece de diversas ineficiencias derivadas de la rigidez de la regulación del mercado. El proceso público de concesión de derechos sobre el dominio público para el ejercicio de actividades económicas no favorece la competencia, sobre todo porque los regímenes de licencias no se adjudican mediante procedimientos competitivos y transparentes. Un entorno favorable a las empresas debe apoyar las medidas de apertura de los mercados. Se han realizado algunos avances en el marco del programa de simplificación de 2015-2017, que facilita y racionaliza la cooperación entre la Administración central y las administraciones regionales. No obstante, el entorno empresarial italiano todavía no es suficientemente favorable al crecimiento y la inversión, y se ve afectado por la fragmentación y la estratificación del sistema de disposiciones legales y reglamentarias que emanan de los diferentes niveles de gobierno. No se ha reducido la carga administrativa y normativa que pesa sobre los agentes económicos. Los aspectos positivos en términos de la facilitación de la creación de empresas o los procedimientos concursales se han visto lastrados por las deficiencias en la gestión de las licencias de obras, la ejecución de los contratos, el pago de impuestos o la obtención de crédito. La aplicación de la estrategia nacional en materia de contratación pública adoptada a principios de 2016 también podría contribuir a corregir algunas deficiencias sistémicas y generalizadas. |
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(18) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Italia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Italia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Italia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
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(19) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de Italia, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(20) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Italia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
En 2016, limitar la desviación temporal respecto del ajuste requerido del 0,5 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo a un máximo del 0,75 % del PIB, importe autorizado para las inversiones y la aplicación de reformas estructurales, a condición de que en 2017 se reanude la senda de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Lograr un ajuste presupuestario anual del 0,6 % o más del PIB en dirección al objetivo presupuestario a medio plazo en 2017. Finalizar la reforma del proceso presupuestario a lo largo de 2016 y asegurarse de que la revisión del gasto forma parte integrante del mismo. Garantizar la aplicación oportuna del programa de privatizaciones, y utilizar los beneficios extraordinarios para acelerar la reducción de la ratio de deuda de las administraciones públicas. Desplazar la carga tributaria de los factores productivos al consumo y la propiedad inmobiliaria. Reducir el número y el alcance de los gastos fiscales y completar la reforma del sistema catastral para mediados de 2017. Tomar medidas para mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, en particular a través de la facturación y los pagos electrónicos. |
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2. |
Llevar a cabo la reforma de la Administración pública, adoptando y aplicando todos los decretos legislativos necesarios, en particular los relativos a la reforma de las empresas de titularidad pública, los servicios públicos locales y la gestión de los recursos humanos. Intensificar la lucha contra la corrupción, entre otras cosas mediante la revisión de los plazos de prescripción para finales de 2016. Reducir la duración de los procesos civiles mediante la aplicación de reformas y la gestión eficaz de los asuntos. |
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3. |
Acelerar la reducción del volumen de préstamos no productivos, en particular mediante la mejora del marco de insolvencia y el cobro de deudas. Completar rápidamente la aplicación de las reformas en curso en materia de gobernanza corporativa en el sector bancario. |
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4. |
Aplicar la reforma de las políticas activas del mercado de trabajo, en particular mediante la mejora de la eficacia de los servicios de empleo. Facilitar la incorporación al trabajo de la segunda persona que contribuye a los ingresos familiares. Adoptar y aplicar la estrategia nacional de lucha contra la pobreza y revisar y racionalizar el gasto social. |
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5. |
Adoptar y aplicar rápidamente la legislación pendiente en materia de competencia. Tomar nuevas medidas para incrementar la competencia en las profesiones reguladas, el transporte, los sectores sanitario y minorista y el sistema de concesiones. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión, y por la que se modifican la Directiva 82/891/CEE del Consejo, y las Directivas 2001/24/CE, 2002/47/CE, 2004/25/CE, 2005/56/CE, 2007/36/CE, 2011/35/UE, 2012/30/UE y 2013/36/UE, y los Reglamentos (UE) n.o 1093/2010 y (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 173 de 12.6.2014, p. 190).
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/7 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de España y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de España
(2016/C 299/02)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el dictamen del Comité de Empleo,
Visto el dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a España como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, España debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre España fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por España de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de España hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que España está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, la elevada deuda externa e interna, tanto pública como privada, sigue constituyendo un punto vulnerable en un contexto de desempleo elevado. Es importante la necesidad de adoptar medidas que reduzcan el riesgo de repercusiones negativas sobre la economía española y, dado su tamaño, de efectos secundarios negativos para la unión económica y monetaria. Pese a la mejora de la balanza por cuenta corriente, no se prevé que los pasivos exteriores netos se sitúen en niveles prudentes a corto plazo. El proceso de desapalancamiento del sector privado lleva buen rumbo, apoyado en parte por las favorables condiciones de crecimiento, pero las necesidades de desapalancamiento son grandes y el endeudamiento público sigue siendo elevado. Se han tomado medidas en el sector financiero y en relación con los marcos que rigen la insolvencia empresarial y personal, pero es necesario seguir actuando en el ámbito de la innovación y las cualificaciones y para garantizar el cumplimiento del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, España presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y el 30 de abril de 2016, su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
España se encuentra actualmente en el componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, España prevé alcanzar objetivos de déficit global del 3,6 % del PIB en 2016 y del 2,9 % en 2017. Por consiguiente, se prevé corregir el déficit excesivo un año más tarde de lo actualmente recomendado por el Consejo al no haberse cumplido el esfuerzo fiscal y los objetivos principales en 2014 y 2015. Estos objetivos suponen la realización plena del ahorro permanente del 0,4 % del PIB en el nivel de las administraciones central y autonómicas anunciado en respuesta a la Recomendación Autónoma de la Comisión de 9 de marzo de 2016. Se prevé que el déficit siga disminuyendo posteriormente hasta llegar al 1,6 % del PIB en 2019. Sin embargo, no se prevé alcanzar el objetivo a medio plazo de equilibrio presupuestario en términos estructurales dentro del horizonte temporal del Programa de Estabilidad. En concreto, se prevé que el saldo estructural recalculado mejore solo levemente en 2016 y 2017 hasta situarse en torno al -2,5 % del PIB, y disminuya lentamente hasta alcanzar el -2,75 % del PIB en 2019. La ratio deuda pública/PIB disminuyó solo marginalmente en 2015 hasta el 99,2 % del PIB y se espera que disminuya ligeramente en 2016 y 2017, y de forma más decisiva en los dos años siguientes, hasta situarse en el 96 % del PIB en 2019 al convertirse el saldo primario en superávit. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil en lo que respecta a 2016 y 2017 y algo optimista para después; ha sido refrendado por la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) de España. Según las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el déficit sería del 3,9 % del PIB en 2016 y del 3,1 % en 2017, por encima de los objetivos principales del Programa de Estabilidad. Por consiguiente, no se prevé que España corrija el déficit excesivo en 2016 tal como recomendaba el Consejo. Los objetivos de déficit del Programa se ven comprometidos por riesgos derivados en gran parte de las incertidumbres que rodean la realización de los ahorros propiciados por las medidas de marzo y abril de 2016. Dado que se prevé un ligero aumento del déficit estructural en ambos años, el esfuerzo fiscal no está en consonancia con los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe un riesgo de que España no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por consiguiente, son necesarias más medidas para garantizar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(6) |
De conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1467/97 del Consejo (5), la Comisión supervisará regularmente la aplicación de las medidas adoptadas por España en respuesta a la última Recomendación efectuada por el Consejo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 126, apartado 7, del TFUE: por lo tanto, la Comisión recomendará al Consejo las medidas oportunas que deban tomarse en el marco del procedimiento de déficit excesivo. |
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(7) |
Desde 2012, el marco presupuestario español se ha ido reforzando, en particular para evitar las desviaciones y garantizar el cumplimiento, por parte de todos los niveles de la Administración, de los respectivos objetivos de déficit, deuda y gasto. Además, a mediados de 2015 se aprobó una norma de aplicación (sobre una base voluntaria y, en 2016, obligatoria para la mayoría de las comunidades autónomas) a nivel autonómico destinada a limitar el crecimiento del gasto en asistencia sanitaria y productos farmacéuticos, y en noviembre de ese mismo año el Gobierno y la industria farmacéutica firmaron un acuerdo de racionalización del gasto farmacéutico. Pese a ello, en 2015 la mayor parte de las comunidades autónomas y el sector de la seguridad social quedaron muy lejos de alcanzar los objetivos presupuestarios internos. La regla de gasto que contempla la Ley de Estabilidad no fue respetada por las administraciones central, autonómicas y locales, y el crecimiento del gasto en productos farmacéuticos, en particular en los hospitales, se intensificó aún más, incluso si se excluye la repercusión de la financiación de los nuevos tratamientos contra la hepatitis C. |
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(8) |
En el ámbito de la contratación pública, los resultados de España son buenos por lo que respecta a la calidad de la legislación y la disponibilidad de procedimientos de recurso. Se han realizado esfuerzos para racionalizar las adquisiciones públicas, en particular mediante mecanismos de contratación conjunta. No obstante, existen disparidades en la ejecución de las contrataciones públicas por parte de las distintas administraciones, y la insuficiencia de los mecanismos de control obstaculiza la correcta aplicación de las normas pertinentes. El número de presuntas vulneraciones de la legislación de la UE en materia de contratación pública puestas en conocimiento de la Comisión en los últimos años ha sido relativamente elevado. Además, el Tribunal de Cuentas español ha señalado algunas deficiencias, como la utilización frecuente del procedimiento negociado sin convocatoria de licitación previa, la modificación recurrente de los contratos, el fraccionamiento indebido de los contratos en otros de menor cuantía y la insuficiente precisión y claridad de algunos documentos de licitación y decisiones administrativas. |
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(9) |
España ha realizado avances considerables en la reestructuración del sector financiero. Se ha aplicado la Ley de Cajas de Ahorros, para reforzar su gobernanza y reducir las participaciones de control en manos de fundaciones bancarias. La aplicación de los planes de reestructuración de las entidades bancarias beneficiarias de ayudas estatales está muy avanzada. El Banco de España ha modificado el régimen contable de las entidades de crédito y adoptado un nuevo marco para la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb). El nuevo marco permitirá a esta tratar adecuadamente las pérdidas de valor y facilitará que pueda adaptar sus políticas de desapalancamiento en función de supuestos creíbles sobre la evolución del mercado. |
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(10) |
Las reformas del mercado laboral emprendidas en los últimos años han aumentado la prontitud de la reacción del empleo al crecimiento económico, y se ha reanudado la creación de puestos de trabajo, sobre la base de una mayor flexibilidad y el mantenimiento de la moderación salarial. Los convenios colectivos han favorecido esta evolución, también al hilo del acuerdo interprofesional firmado en junio de 2015. El reciente aumento del empleo total ha venido impulsado principalmente por los contratos temporales, aunque se está registrando un lento incremento del número de nuevos contratos indefinidos. Sin embargo, la utilización de los incentivos a la nueva contratación permanente es todavía limitada y la proporción de trabajadores temporales sigue siendo una de las más elevadas de la Unión, sin que hayan aumentado las oportunidades al alcance de los trabajadores temporales para progresar hacia un contrato permanente. La corta duración de los contratos temporales limita los incentivos para invertir en capital humano, minando el crecimiento de la productividad. Aunque el desempleo está disminuyendo rápidamente, sigue siendo muy elevado, en particular entre los jóvenes, y su duración media es también muy elevada. La persistencia de índices elevados de desempleo de larga duración implica que la falta de empleo puede hacerse crónica, en detrimento de las condiciones laborales y sociales. Casi el 60 % de los parados de larga duración están poco cualificados, lo que hace necesario impulsar políticas adecuadas de formación y políticas activas y pasivas de empleo, para corregir la inadecuación generalizada de las competencias e impedir que se deprecien las competencias con que cuenta ese grupo. La interacción con los empleadores en la concepción de los programas de formación sigue siendo escasa. |
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(11) |
La eficacia de las políticas de activación y de las políticas activas de empleo depende en gran medida de la capacidad de los servicios de empleo para diseñar y ofrecer apoyo individualizado a los beneficiarios. La aplicación de las recientes reformas de las políticas activas del mercado de trabajo está avanzando lentamente y la capacidad de los servicios públicos de empleo para ofrecer ayuda y una orientación individualizada efectiva en la búsqueda de empleo sigue siendo limitada, al igual que la cooperación entre los servicios de empleo de las comunidades autónomas y las agencias de colocación privadas. Además, la cooperación entre los servicios sociales y de empleo es desigual en las distintas comunidades autónomas, lo que dificulta la prestación de asistencia coordinada a las personas más alejadas del mercado laboral, en particular a los perceptores de la renta mínima. Existen diferencias significativas entre las comunidades autónomas respecto a los regímenes de apoyo a la renta, por ejemplo sobre las modalidades de prestación, los requisitos de acceso, la cobertura y la cuantía, mientras que las dificultades para transferir las prestaciones sociales dificultan la movilidad laboral entre comunidades autónomas. Además, la información sobre la transición al empleo desde los regímenes de renta mínima es muy limitada. España está elaborando actualmente un mapa de los regímenes de apoyo a la renta en vigor a nivel nacional y en las comunidades autónomas. Aunque se han introducido algunas medidas, la eficacia de las prestaciones familiares y de vivienda para la reducción de la pobreza sigue siendo limitada, y la falta de servicios de guardería y de cuidados de larga duración adecuados y asequibles desanima a las mujeres, en particular, de incorporarse al mercado laboral. |
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(12) |
El cada vez más rápido cambio de la composición sectorial del empleo que España viene registrando desde 2008 se ha visto acompañado por un aumento de la inadecuación de las cualificaciones. El bajo nivel general de cualificación dificulta la transición hacia actividades de mayor valor añadido y mina el crecimiento de la productividad. A pesar del gran número de personas con estudios superiores, la oferta de cualificaciones no está suficientemente adaptada a las necesidades del mercado laboral, de modo que los índices de empleabilidad de los titulados superiores recientes figuran entre los más bajos de Europa, y gran parte de esos titulados desempeñan ocupaciones que no requieren un título universitario. Además, la cooperación entre las empresas y las universidades sigue siendo escasa, pese a la ligera mejora registrada durante estos cinco últimos años, en parte al hilo de las iniciativas de aumento de la representación de las empresas en los órganos rectores de las universidades. La escasa movilidad académica, la rigidez del sistema de gobernanza universitaria y las trabas administrativas a las que se enfrentan las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación (OTRIS) agravan los obstáculos a una cooperación más estrecha. |
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(13) |
La política de investigación e innovación en España afronta diversos retos. La interacción entre la investigación pública y privada es escasa. La intensidad de I+D en España (el gasto en I+D como porcentaje del PIB) y los resultados en materia de innovación siguen disminuyendo, con el trasfondo de un número relativamente pequeño de empresas innovadoras e incentivos escasos para la colaboración entre la investigación pública y las empresas. España presenta resultados por debajo de la media en la mayor parte de los indicadores de innovación empresarial. La diferencia en la intensidad del gasto en I+D con respecto al conjunto de la Unión es especialmente significativa por lo que respecta a la inversión privada en I+D (un 0,6 % en España frente al 1,3 % en el conjunto de la Unión). El capital riesgo no está aún muy extendido en España, en particular en la fase de lanzamiento. La escasa coordinación de las políticas de investigación e innovación en España y un fragmentado paisaje de los organismos y programas autonómicos de promoción de las actividades de innovación y fomento de la cooperación entre el mundo científico y las empresas genera importantes dificultades para las empresas, especialmente para las de menor tamaño. La baja participación empresarial en las actividades de innovación podría apuntar a una falta de capacidad absorbente, condiciones marco que propicien la innovación e incentivos. Como se puso de relieve en la evaluación del sistema español de investigación e innovación que publicó en 2014 el Comité del Espacio Europeo de Investigación (CEEI), los sistemas públicos de investigación más eficientes presentan niveles de evaluación y rendición de cuentas más elevados que los del sistema español. En este contexto, la asignación de fondos públicos institucionales para las universidades y los organismos públicos de investigación no suele estar basada en el rendimiento de investigación e innovación, lo que reduce los incentivos para la mejora de la calidad y la pertinencia de la producción científica. |
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(14) |
El pequeño tamaño medio de las empresas españolas contribuye a explicar que el nivel de productividad de la economía siga siendo bajo. El crecimiento de las empresas, junto con las mejoras en el capital humano, la innovación, la tecnología, el acceso a la financiación y la eficiencia de la justicia podrían impulsar la productividad agregada. En 2015, la inversión empresarial aumentó, gracias al dinamismo de las condiciones de la demanda, el reducido coste de los préstamos y el saneamiento en curso de los balances de las empresas y los hogares. España ha puesto en marcha varias medidas dirigidas a fomentar el crecimiento empresarial. Por ejemplo, la reciente Ley de Fomento de la Financiación Empresarial tiene por objeto facilitar el acceso de las pequeñas y medianas empresas a la financiación. También se ha hecho obligatoria la evaluación previa del posible impacto de las nuevas disposiciones legislativas en las PYME. Sin embargo, los plazos y el número de permisos exigidos para crear una empresa o poner en marcha algunas actividades económicas siguen siendo relativamente elevados. |
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(15) |
Las considerables diferencias que existen entre las prácticas reguladoras de las distintas comunidades autónomas, en particular en materia de concesión de licencias de actividad, pueden limitar la capacidad de expansión de las empresas. La Ley de Garantía de la Unidad de Mercado tiene por objeto reducir los obstáculos al acceso y al ejercicio de las actividades económicas en las distintas comunidades autónomas y mejorar la regulación, lo que podría contribuir significativamente a eliminar los obstáculos a la inversión y simplificar la concesión de licencias a las empresas, facilitando su actividad y su crecimiento. La aplicación de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado requiere la plena implicación de todas las administraciones. Sin embargo, aunque ya han transcurrido tres años desde su promulgación, está siendo aplicada con lentitud a nivel autonómico. Del mismo modo, los beneficios de la reforma del sector minorista de 2014 dependen de que los gobiernos autonómicos adopten los actos de ejecución necesarios. Por otra parte, la reducción de los obstáculos que dificultan el acceso al sector de los servicios profesionales puede mejorar la productividad de otros sectores que los utilizan como insumo. Aparte de la transposición de la Directiva de Servicios al ordenamiento jurídico español, la reforma horizontal del marco que rige las profesiones reguladas y las asociaciones profesionales no ha registrado ningún avance, salvo en el ámbito del visado de proyectos por los colegios profesionales. No se ha aprobado la reforma contemplada en los sucesivos Programas Nacionales de Reformas, que pretendía definir las profesiones de colegiación obligatoria, aumentar la transparencia y el buen gobierno de los colegios profesionales, abrir las actividades reservadas injustificadamente y preservar la unidad de mercado en el acceso y el ejercicio de los servicios profesionales en España. |
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(16) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de España y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a España en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de España, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
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(17) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de España, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(18) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Las recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a España que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar una corrección duradera del déficit excesivo, de conformidad con las decisiones y recomendaciones pertinentes en el marco del procedimiento de déficit excesivo, tomando las medidas estructurales necesarias y aprovechando todos los beneficios imprevistos para reducir el déficit y la deuda. Aplicar en todos los niveles de la Administración los instrumentos contemplados en la Ley Marco Presupuestaria. Mejorar los mecanismos de control de la contratación pública y la coordinación de las políticas de contratación en todos los niveles de la Administración. |
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2. |
Adoptar medidas adicionales que mejoren la integración en el mercado laboral centrándose en el apoyo individualizado y aumentando la eficacia de las medidas de formación. Mejorar la capacidad de los servicios autonómicos de empleo y reforzar su coordinación con los servicios sociales. Corregir las deficiencias y las disparidades de los regímenes de renta mínima y mejorar los sistemas de apoyo a las familias, incluido el acceso a guarderías y cuidados de larga duración de calidad. |
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3. |
Adoptar medidas adicionales que mejoren la pertinencia de la enseñanza superior para el mercado laboral, entre otras cosas, estimulando la cooperación entre las universidades, las empresas y el sector de la investigación. Aumentar la financiación por resultados de los organismos públicos de investigación y las universidades y adoptar medidas para estimular la investigación y la innovación por el sector privado. |
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4. |
Acelerar la aplicación a nivel autonómico de la Ley de Garantía de la Unidad de Mercado. Garantizar la aplicación por las comunidades autónomas de las medidas de reforma adoptadas para el sector minorista. Adoptar la reforma prevista de los colegios y servicios profesionales. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Reglamento (CE) n.o 1467/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo a la aceleración y clarificación del procedimiento de déficit excesivo (DO L 209 de 2.8.1997, p. 6).
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/12 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 del Reino Unido y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 del Reino Unido
(2016/C 299/03)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba al Reino Unido como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre el Reino Unido fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por el Reino Unido de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances del Reino Unido hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que el Reino Unido no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. El elevado endeudamiento de los hogares, los elevados niveles de los precios de la vivienda y los importantes déficits por cuenta corriente pueden constituir puntos vulnerables. Al mismo tiempo, los balances de los hogares son sólidos en términos agregados y la capacidad de recuperación del sector bancario sigue mejorando. A corto plazo, la solidez del sector de los hogares y de la economía en general para hacer frente a riesgos tales como las perturbaciones en los tipos de interés o en el empleo parece haber aumentado. Aunque las iniciativas del Gobierno están teniendo algunos efectos en la oferta de vivienda, el desequilibrio entre oferta y demanda de vivienda sigue siendo importante. Los riesgos asociados a los importantes déficits de la balanza por cuenta corriente se atemperan con un marco institucional propicio y un bajo pasivo en moneda extranjera. El aumento del déficit se ha visto impulsado por la subida del déficit de ingresos primarios y se espera que disminuya cuando remitan las condiciones cíclicas adversas. |
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(3) |
El 24 de marzo de 2016, el Reino Unido presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han abordado las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Reino Unido se encuentra actualmente en el componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento. Siempre que se logre una corrección duradera del déficit excesivo en 2016-2017, el Reino Unido estará sujeto al componente preventivo y a la norma transitoria en materia de deuda a partir de 2017-2018. En su Programa de Convergencia para el período 2015-2016, el Gobierno espera que el déficit global se sitúe por debajo del 3 % del PIB en 2016-2017 y prevé que siga reduciéndose hasta el 2 % del PIB para 2017-2018. El déficit estructural recalculado (4) apunta a una mejora estructural de 0,6 puntos porcentuales del PIB en 2015-2016, 0,9 puntos porcentuales del PIB en 2016-2017, y 0,7 puntos porcentuales del PIB en 2017-2018. El Programa de Convergencia no incluye un objetivo presupuestario a medio plazo. Según dicho Programa, se espera que la ratio deuda pública/PIB se reduzca desde el 88,9 % en 2015-2016 hasta el 88,3 % del PIB en 2016-2017, para descender posteriormente al 87,1 % en 2017-2018. El supuesto macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias es verosímil. Las medidas para apoyar los objetivos de déficit previstos en 2016-2017 y 2017-2018 se han concretado suficientemente. Sin embargo, el efecto de algunas medidas en 2017-2018, cuya incidencia presupuestaria se estima en torno al 0,2 % del PIB, es más incierto. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, en el período 2015-2016 se prevé que el Reino Unido haya alcanzado el objetivo de déficit global recomendado del 4,1 % del PIB y haya realizado el esfuerzo presupuestario recomendado. Se espera que el Reino Unido corrija su déficit excesivo cumpliendo el plazo de 2016-2017 como recomienda el Consejo, aunque incumpla el objetivo de déficit global recomendado del 2,7 % del PIB. Se prevé que el esfuerzo presupuestario sea ligeramente inferior al recomendado y se haga sobre una base acumulada a lo largo del período del procedimiento de déficit excesivo. En 2017-2018, cabe esperar que el Reino Unido cumpla con el ajuste recomendado hacia el objetivo presupuestario mínimo a medio plazo manteniendo las mismas políticas. También está previsto que el Reino Unido cumpla la norma transitoria en materia de deuda en 2017-2018. Sobre la base de su evaluación del Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo estima que cabe esperar que el Reino Unido cumpla en general las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
La productividad en el Reino Unido se ha estancado desde 2008. Ello puede deberse a diversos factores, como el bajo nivel de inversión de capital, el déficit de cualificaciones, la inadecuación de las competencias profesionales y un cambio en la composición de la economía hacia los sectores de actividad con menor productividad. Los problemas relacionados con la insuficiencia de viviendas, especialmente en zonas geográficas de elevado crecimiento económico, también tienen que considerarse en este contexto. El documento político del Gobierno de julio de 2015, «Fixing the foundations — creating a prosperous nation» (Sentar las bases; crear un país próspero) ofrece una amplia respuesta. Habida cuenta de la permanencia de algunas barreras a la inversión y del bajo nivel de inversión pública y privada en el Reino Unido, las acciones políticas del Gobierno para aumentar los niveles de cualificación, innovación e inversión en infraestructuras resultan oportunas, si bien su ejecución efectiva será fundamental. Uno de los principales desafíos en materia de inversión es el de ofrecer la infraestructura de red adecuada. El Plan Nacional de Infraestructuras, que fue actualizado en marzo de 2016, explica detalladamente el progreso de los proyectos de infraestructuras en un marco coherente y homogéneo. El plan se basa en obtener un aumento de la financiación privada de gran parte de la inversión. La obtención de resultados y el control resultan cruciales y la transparencia y la rendición de cuentas son elementos fundamentales. A pesar de las diversas iniciativas del Gobierno, la demanda de viviendas sigue siendo superior a la oferta, y esto se refleja en unos precios de las mismas elevados y al alza. La falta de vivienda es más acusada en las regiones de rápido crecimiento de Londres y del sudeste. El uso de la tierra se rige por los principios establecidos en el marco de la política de planificación nacional y la aplicación efectiva del sistema de planificación reformado podría facilitar un aumento de la construcción de viviendas. |
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(7) |
El mercado de trabajo del Reino Unido sigue siendo dinámico. En 2015, la tasa de empleo (grupo de edad de 20 a 64 años) alcanzó el 76,9 %, mientras que la tasa de desempleo siguió su tendencia a la baja, hasta alcanzar el 5,3 %. El desempleo juvenil y la tasa de jóvenes que ni trabajan, ni estudian, ni siguen una formación también han seguido disminuyendo. No obstante, sigue habiendo margen de mejora en las perspectivas de los trabajadores inactivos, subempleados y poco cualificados. Unas mejores perspectivas de evolución del mercado de trabajo y unas vías de mejora más claras de las competencias ayudarían a las personas que sufren la limitación de unos salarios bajos o de pocas horas de trabajo. También respondería a la escasez de mano de obra cualificada que se constata en algunos sectores de la economía, como el de la construcción. El éxito del despliegue de los recursos derivados de la tasa de aprendizaje exigirá una cuidadosa atención. Las propuestas para mejorar la oferta de guarderías requerirán la oportuna aplicación, ya que la disponibilidad y asequibilidad de servicios de guardería siguen siendo un problema. |
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(8) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica del Reino Unido y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas al Reino Unido en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria del Reino Unido, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión Europea incluyendo aportaciones a nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(9) |
A la vista de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su Dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA al Reino Unido que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Tratar de corregir el déficit excesivo de manera sostenible para 2016-2017. Tras la corrección del déficit excesivo, lograr un ajuste presupuestario del 0,6 % del PIB en 2017-2018 para conseguir el objetivo presupuestario mínimo a medio plazo. |
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2. |
Solucionar las carencias de la inversión en infraestructuras de red, incluso mediante la presentación de las prioridades del plan nacional de infraestructuras. Adoptar medidas adicionales para aumentar la oferta de viviendas, incluso mediante la aplicación de las reformas relativas al marco de la política de planificación nacional. |
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3. |
Abordar la inadecuación de las cualificaciones y ofrecer mejoras de las mismas, incluso mediante el refuerzo de la calidad de la formación de los aprendices. Mejorar aún más la disponibilidad de guarderías asequibles, a tiempo completo y de calidad. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información que figura en el Programa de Convergencia, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(5) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/15 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Polonia y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Polonia
(2016/C 299/04)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Polonia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Polonia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Polonia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Polonia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Polonia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Polonia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé que el déficit global aumente del 2,6 % del PIB en 2015 al 2,9 % del PIB en 2017, antes de disminuir al 1,3 % del PIB en 2019. No se prevé alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo de un déficit del 1 % del PIB en términos estructurales de aquí a 2019, que es el período cubierto por el Programa. De acuerdo con el Programa de Convergencia, se prevé que la ratio deuda pública/PIB aumente del 51,3 % en 2015 al 52,5 % en 2017, antes de disminuir al 50,4 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil para 2016 y favorable para los años siguientes. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, existe un riesgo de desviación considerable respecto del ajuste recomendado en 2016 y, si las políticas permanecen inalteradas, en 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe un riesgo de que Polonia incumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para garantizar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(6) |
Polonia es el único Estado miembro de la UE sin un auténtico consejo presupuestario independiente y sin planes conocidos para crear uno, aunque cuenta con algunas instituciones presupuestarias independientes que realizan algunas de las funciones de dicho consejo. Además del freno del endeudamiento que figura en su constitución, Polonia introdujo una regla de estabilización del gasto en 2013, que se aplicó plenamente por primera vez en el presupuesto de 2015. Sin embargo, esta norma fue modificada en diciembre de 2015, lo que permitirá un mayor gasto, particularmente en el entorno actual de baja inflación. Existen importantes riesgos de sostenibilidad presupuestaria a largo plazo debido a una situación presupuestaria inicial desfavorable y al aumento previsto en los costes causados por el envejecimiento de la población, principalmente en relación con el gasto sanitario. Desde el punto de vista de la sostenibilidad de la deuda, si no cambian las políticas, el riesgo presupuestario a medio plazo es elevado debido al aumento previsto del nivel de endeudamiento. |
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(7) |
Se prevé que los ingresos recaudados en concepto de IVA en 2015 habrán permanecido bajos en proporción al PIB, a pesar de las medidas adoptadas hasta la fecha, que incluyen el procedimiento de inversión impositiva y la responsabilidad solidaria de las empresas en sectores sensibles. El aumento en la recaudación del IVA y la lucha contra el fraude en el pago del mismo constituyen prioridades para el Gobierno, y se está preparando una estrategia a tales efectos. Se prevé incluir medidas tales como nuevas herramientas informáticas para la detección y la lucha contra el fraude en materia de IVA, así como una reforma de la administración tributaria. En enero de 2017 comenzará a aplicarse un límite inferior para los pagos en efectivo entre empresas. Polonia se enfrenta aún al ya antiguo desafío de una administración tributaria ineficiente. El coeficiente de costes de recaudación, es decir, los costes administrativos por ingresos fiscales netos recaudados, es el más elevado de la UE. |
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(8) |
Polonia continúa aplicando tipos reducidos de IVA a un gran número de bienes y servicios. Esto contribuye a una pérdida de ingresos y reduce la eficiencia del sistema del IVA. Los datos sugieren que los tipos reducidos del IVA no son un instrumento de política social efectivo, especialmente porque no están destinados específicamente a los hogares vulnerables. Tienden a resultar en subvenciones considerables a los contribuyentes ricos. Se considera que las prestaciones sociales y el impuesto sobre la renta surten unos efectos más específicamente orientados y son, por ende, más adecuados para alcanzar objetivos de redistribución. Las pérdidas potenciales de ingresos debido a los tipos reducidos del IVA y a las exenciones facultativas figuran entre las más altas de la Unión. |
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(9) |
A pesar de las recientes mejoras, el mercado laboral polaco se enfrenta a retos considerables: el envejecimiento de la población activa, la baja productividad y la elevada segmentación del mercado de trabajo. A esto se añaden las deficiencias en el sistema educativo. Aunque este ha mejorado considerablemente en los últimos años, aún no logra dotar suficientemente a los alumnos de las competencias transversales necesarias para la innovación y para un mercado laboral que evoluciona con rapidez. La clasificación media relativamente baja de la educación superior y la ciencia polacas tienen un efecto negativo en la calidad de la enseñanza impartida. El grado de internacionalización de la educación superior polaca es muy limitado, tanto en lo relativo al número de estudiantes extranjeros como a la participación en la cooperación científica internacional. El modelo de financiación de la educación superior no promueve la calidad de manera suficiente, ya que se basa en gran medida en indicadores universitarios y variables cuantitativas del pasado, como el número de estudiantes y de personal académico. Según los empleadores, los titulados carecen de competencias transversales, tales como la capacidad de resolución de problemas, el pensamiento crítico o el trabajo en equipo. La participación en el aprendizaje permanente es baja, y la formación y educación profesional no responden a las necesidades del mercado. |
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(10) |
Si bien la disponibilidad y la implantación de la educación preescolar ha aumentado considerablemente en los últimos años, la disponibilidad de servicios de guardería sigue siendo una de las más bajas de la Unión. El aumento de la edad obligatoria de escolarización a los siete años y la eliminación de la obligación de los niños de cinco años de asistir a centros de educación preescolar, en combinación con la nueva asignación por hijo, pueden tener efectos negativos en la participación en el mercado laboral, especialmente de las mujeres, y requiere un atento seguimiento. |
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(11) |
A pesar de un fuerte aumento de los contratos de trabajo indefinidos en 2015, la proporción de contratos de duración determinada en Polonia es una de las más elevadas de la Unión. Polonia ha adoptado recientemente una serie de medidas para abordar la segmentación del mercado laboral. Se ha llevado a cabo una modificación del Código del Trabajo, se han incrementado las cotizaciones a la seguridad social vinculadas a algunos contratos de Derecho civil, y se planea establecer una retribución horaria mínima para aquellos que trabajan con contratos de Derecho civil en enero de 2017. Sin embargo, determinadas características del Código del Trabajo desincentivan que los empresarios contraten a personas con contratos indefinidos, y el recurso a estos contratos sigue siendo limitado. Esto se debe, fundamentalmente, a la complejidad de la normativa laboral y a los elevados costes implícitos de los despidos con arreglo a dichos contratos. Entre dichos costes implícitos figuran los altos costes procesales, los costes asociados a los mecanismos de resolución de litigios de larga duración y resultado incierto, y disposiciones como la especial protección de los trabajadores mayores frente al despido. |
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(12) |
Los regímenes de seguridad social preferentes para sectores específicos, en particular los altamente subvencionados regímenes para agricultores y mineros, suponen un alto coste presupuestario y pueden contribuir a reducir la movilidad laboral. El número de asegurados con arreglo al régimen especial de seguridad para agricultores (KRUS) ha ido disminuyendo lentamente desde 2007, y el Gobierno prevé que en 2019 ascenderá a 1,18 millones de personas, mientras que el número de beneficiarios de la jubilación, que asciende a 1,229 millones, probablemente aumentará hasta 2018. Desde 2011, la cuota del gasto presupuestario del Estado destinada al KRUS con respecto al PIB ha permanecido constante en el 1 %. No existe ningún requisito fiscal general para los agricultores, ni tampoco una obligación de llevanza de la contabilidad, y el nivel de autofinanciación del KRUS es bajo. En 2014, existían 1.382 millones de explotaciones agrícolas en Polonia, de las cuales el 52 % contaban con menos de 5 ha (GUS). Los mineros están exentos del sistema público general de pensiones de cotizaciones definidas, pues se les aplican coeficientes multiplicadores preferentes de las pensiones que suponen un importante coste anual para la hacienda pública de más del 0,5 % del PIB. Las perspectivas demográficas desfavorables ya han dado lugar a una disminución de la población en edad de trabajar. Por tanto, es esencial mantener la tendencia positiva en el empleo, especialmente de los trabajadores de edad avanzada, también con vistas a preservar la adecuación y la sostenibilidad del sistema de pensiones públicas. Aunque la edad efectiva de jubilación media ha aumentado en los últimos años, sigue estando muy por debajo de la edad legal de jubilación. Por lo tanto, un aumento de la edad de jubilación efectiva es crucial para la adecuación social a largo plazo de las futuras pensiones y la estabilidad de las finanzas públicas, así como para aumentar la participación en el mercado laboral. |
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(13) |
A pesar de inversiones considerables en los últimos años, persisten los cuellos de botella y las deficiencias en el transporte, la energía y las redes de comunicación. La actividad inversora se ve obstaculizada por barreras que afectan al funcionamiento de la administración pública, la fiscalidad, el entorno para las actividades de investigación, desarrollo e innovación, y la lenta ejecución de los contratos. Las deficiencias en la capacidad de gestión y de administración tienen un efecto negativo en la ejecución puntual de los proyectos de inversión en el sector ferroviario y de otros proyectos de infraestructuras en materia de transportes, energía y telecomunicaciones. La economía polaca sigue consumiendo una gran cantidad de energía y de carbono, y los beneficios potenciales de una mejora de la eficiencia energética son considerables. Las instalaciones de generación de electricidad están envejeciendo y siguen siendo muy dependientes del carbón. La red eléctrica está insuficientemente conectada a los países vecinos. El plan de apoyo a las energías renovables, que debía entrar en vigor el 1 de enero de 2016, se ha retrasado, lo cual ha creado inseguridad en las inversiones. Los factores clave que obstaculizan las inversiones, en particular en el sector de la construcción, son la inestabilidad y la muy baja cobertura de la ordenación del territorio, especialmente a nivel local, así como el exceso de reglamentación y las incoherencias normativas y administrativas que impiden la expedición de permisos de construcción. |
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(14) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Polonia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Polonia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Polonia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(15) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su dictamen (4) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Polonia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Lograr un ajuste presupuestario anual del 0,5 % del PIB en pos del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y en 2017. Reforzar el marco presupuestario, en particular mediante la creación de un consejo presupuestario independiente. Mejorar la recaudación de impuestos garantizando un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia de IVA y limitar el frecuente recurso a tipos reducidos del IVA. |
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2. |
Garantizar la sostenibilidad y la adecuación del sistema de pensiones y aumentar la participación en el mercado de trabajo emprendiendo la reforma de los regímenes preferentes de pensiones, suprimiendo los obstáculos a las formas más permanentes de empleo, y mejorando la adecuación de la educación y la formación a las necesidades del mercado. |
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3. |
Adoptar medidas para eliminar los obstáculos a la inversión en los sectores del transporte, la construcción y la infraestructura energética, y aumentar la cobertura de la ordenación del territorio a nivel local. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/19 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Alemania y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Alemania
(2016/C 299/05)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Alemania como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Alemania debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Alemania fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Alemania de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Alemania hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión adoptó una Comunicación en la que presentaba los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Alemania está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, el amplio y persistente superávit por cuenta corriente refleja un ahorro excesivo y una inversión moderada en los sectores público y privado. La débil inversión nacional dificulta el crecimiento potencial y la fuerte dependencia de la demanda externa entraña riesgos macroeconómicos en un contexto de atonía de la demanda externa. El superávit por cuenta corriente también tiene, dado su tamaño, repercusiones adversas en el rendimiento económico de la zona del euro. Reducirlo mediante un mayor nivel de inversiones incrementaría el potencial de crecimiento de Alemania y contribuiría a sostener la recuperación en la zona del euro. |
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(3) |
El 15 de abril de 2016, Alemania presentó su Programa de Estabilidad de 2016, y el 29 de abril de 2016, su Programa Nacional de Reformas. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
|
(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Alemania se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeta a la norma en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una situación presupuestaria equilibrada en términos presupuestarios durante el período 2016-2020. El objetivo presupuestario a medio plazo, que consiste en un déficit estructural del 0,5 % del PIB, sigue cumpliéndose con un margen a lo largo de todo el período del programa. Con arreglo al Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB disminuya paulatinamente hasta el 59,5 % en 2020. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias, que no ha sido aprobado por un organismo independiente, es verosímil. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el saldo estructural registre un superávit del 0,4 % del PIB en 2016 y en 2017, por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Las posibles desviaciones en el futuro, entre otras cosas para satisfacer las necesidades de inversión pública, se evaluarían a la luz de la obligación de mantener el saldo estructural en el nivel del objetivo presupuestario a medio plazo. Se prevé que la deuda bruta siga una firme tendencia a la baja más allá de lo que requiere la norma en materia de deuda, lo que deja un margen de maniobra presupuestario para impulsar la inversión. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que es de esperar que Alemania cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
Aunque el Gobierno federal ha adoptado una serie de medidas encaminadas a aumentar la inversión en infraestructuras en los próximos años, estos fondos todavía no parecen crear una tendencia al alza sostenible en la inversión pública ni cumplir los requisitos de inversión en infraestructuras. La formación neta de capital fijo ha seguido siendo claramente negativa a nivel municipal, lo que indica una falta de inversión. El gasto global en educación e investigación ha aumentado solo ligeramente en los últimos años y es posible que no haya alcanzado el objetivo nacional del 10 % del PIB en 2015. La inversión continua en educación, investigación e innovación es esencial para garantizar la posición competitiva de Alemania en el futuro. Como se espera que el presupuesto siga siendo equilibrado en términos presupuestarios y estructurales en 2016-2017, sigue existiendo margen presupuestario suficiente para una mayor inversión pública, sin violar las reglas del Pacto de estabilidad y crecimiento y el freno del endeudamiento nacional. La reforma del sistema de pensiones contribuiría a garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. El diseño actual de la compensación interterritorial es complejo y tiende a reducir los incentivos para incrementar los ingresos de los distintos Estados federados. La revisión en curso de las relaciones presupuestarias dentro de la estructura federal ofrece la oportunidad de reforzar el marco, en particular garantizando una inversión pública suficiente en todos los niveles de las administraciones públicas, especialmente para los municipios. La actual propuesta de compromiso acordada entre los Estados federados supondría una compensación interterritorial horizontal simplificada. Sin embargo, sigue siendo imprecisa en lo que respecta a la delimitación de las competencias en materia de gasto y está lejos de aumentar la autonomía en materia de ingresos. Al mismo tiempo, los instrumentos alternativos a la financiación estatal tradicional de las infraestructuras de transporte, incluso mediante asociaciones público-privadas, solo se utilizan de forma limitada. Por otra parte, la complejidad de las responsabilidades de planificación entre los distintos niveles de la Administración, los cuellos de botella ligados a las capacidades administrativas y los complicados procedimientos de aprobación constituyen obstáculos a la inversión. Un uso más eficiente de la contratación pública también podría tener un efecto positivo en la inversión, dado que el volumen de licitaciones publicadas a escala de la UE sigue estando muy por debajo de la media de la UE. |
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(7) |
La complejidad del régimen del impuesto de sociedades sigue siendo un obstáculo a la inversión del sector privado, y la carga fiscal general sobre la renta de las sociedades, incluido el impuesto local sobre actividades económicas (Gewebesteuer) y el recargo de solidaridad, sigue siendo elevada. El impuesto local sobre actividades económicas genera ineficiencias debido a la inclusión de elementos no lucrativos en la base impositiva. El sistema tributario favorece la financiación mediante endeudamiento frente a la financiación mediante fondos propios, siendo el indicador pertinente sobre la «distorsión en favor del endeudamiento» el octavo mayor de la Unión en 2015. La cuota de los impuestos sobre el consumo relativamente favorables al crecimiento y los impuestos recurrentes sobre el patrimonio en la fiscalidad total se mantuvo estable entre 2007 y 2014 en torno al 28-29, una cifra que es baja en comparación con la de la Unión, de alrededor del 32-33 %. Por otro lado, la tendencia a incrementar los impuestos de transmisión de bienes inmuebles ha continuado, en detrimento de otros impuestos recurrentes sobre la propiedad inmobiliaria menos distorsionadores. Las medidas adoptadas para modernizar la administración tributaria se limitaron a la adopción por el Gobierno federal de legislación destinada a simplificar los procedimientos de la administración tributaria. Aún no existe un intercambio automático de datos fiscales entre las administraciones tributarias de los dieciséis Estados federados, elemento que podría mejorar la eficiencia de las auditorías fiscales. En general, las deficiencias estructurales y el retraso en la modernización generan resultados relativamente insuficientes de la administración tributaria e ineficiencias en la recaudación. |
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(8) |
Las condiciones de financiación en Alemania son, en general, favorables. Sin embargo, el mercado de capital de riesgo sigue siendo infradesarrollado en comparación con la situación internacional y las condiciones marco fiscales pueden limitar su volumen. La mejora del acceso al capital de riesgo es un factor importante para estimular la actividad empresarial, en particular en sectores de alta tecnología y en servicios que requieren alta intensidad de conocimientos. El Gobierno federal ha puesto en marcha una batería de medidas para establecer condiciones más favorables al capital de riesgo y se están debatiendo nuevas medidas. Además, una revisión del marco regulador relativo al capital de riesgo podría contribuir a estimular la inversión privada, especialmente de inversores extranjeros. |
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(9) |
Se han adoptado pocas medidas políticas para estimular la competencia en los sectores de servicios, especialmente en el ámbito de los servicios profesionales. Alemania es uno de los Estados miembros con importantes barreras reguladoras en el sector de los servicios. La restrictiva regulación del mercado de productos incide en los precios y la productividad. La baja productividad laboral y los elevados recargos indican que Alemania dispone de un amplio margen para mejorar el rendimiento de los servicios profesionales. Se observan problemas en los servicios a las empresas derivados de los requisitos de autorización, las restricciones a las actividades multidisciplinares, los requisitos en materia de seguros y las tarifas fijas. Además, se siguen imponiendo requisitos en materia de forma jurídica y participación accionarial. El plan de acción presentado por Alemania como resultado de la evaluación mutua en materia de acceso y ejercicio de las profesiones reguladas propone únicamente un número limitado de acciones, aunque existe un claro margen para propuestas más ambiciosas. |
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(10) |
Aunque el funcionamiento global del mercado laboral es muy positivo, sobre todo con un desempleo a niveles históricamente bajos, se agrava la escasez de mano de obra y de cualificaciones relacionadas con el envejecimiento de la población, lo que exige la plena utilización de la mano de obra existente. Habida cuenta de que estas tendencias afectan no solo al mercado laboral, sino también a la sostenibilidad y la adecuación del sistema de pensiones, son indispensables incentivos más fuertes para retrasar la edad de jubilación. La tasa de riesgo de pobreza en la vejez (16,3 % en 2014) está por encima de la media de la UE (13,8 %), y la tasa de sustitución del régimen legal de pensiones se está reduciendo progresivamente, mientras que las tasas de afiliación a planes de pensiones del segundo o del tercer pilar son demasiado bajas para mitigar este riesgo. Entre 2003 y 2014 se duplicó prácticamente el número de beneficiarios de renta mínima no contributiva para jubilados. Sin embargo, aún no se han formalizado propuestas encaminadas a mejorar los incentivos para retrasar la edad de jubilación (Flexi-Rente). Queda por ver hasta qué punto son eficaces para contrarrestar los incentivos a la jubilación anticipada introducidos en 2014. |
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(11) |
El potencial de mercado de trabajo de determinados grupos, especialmente las mujeres y los inmigrantes y descendientes de inmigrantes, sigue estando infrautilizado, y siguen existiendo factores que desincentivan el trabajo, especialmente para la segunda fuente de ingresos familiares. Las características específicas del sistema tributario y el seguro de enfermedad disuaden a los segundos perceptores de renta de aceptar un empleo o de trabajar más horas, lo que contribuye a que el porcentaje de mujeres que trabajan a jornada completa sea bajo y a que el número de horas que trabajan por término medio sea de los más bajos de la Unión, pese a la elevada tasa de empleo femenino. A pesar de haberse producido una ligera transición desde los «miniempleos» al empleo estándar como subproducto de la introducción del salario mínimo, los primeros siguen representando unos siete millones de trabajadores (de los que cinco millones tienen un «miniempleo» como única ocupación remunerada). El hecho de que los «miniempleos» estén exentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y en muchos casos de todas las contribuciones sociales a cargo del trabajador puede disuadir a los asalariados a la hora de aceptar puestos de trabajo con ingresos que superen los 450 EUR mensuales que ganan con los «miniempleos». En muchos casos, este elemento disuasorio es aún mayor para los cónyuges sometidos al régimen de tributación conjunta. El impacto positivo que el ligero aumento de varias desgravaciones y la compensación del lastre fiscal tienen en la renta de los hogares y el consumo podría verse ampliamente contrarrestado por el aumento de las cotizaciones sociales de los trabajadores. La cuña fiscal al nivel del salario mínimo es alta en comparación con otros Estados miembros, lo que ha dado lugar a rentas más bajas en el extremo inferior de la escala salarial. La reducción de las cotizaciones a la seguridad social o del impuesto sobre la renta de las personas físicas a cargo de los asalariados, en particular mediante desgravaciones o devoluciones, permitiría reducir la cuña fiscal, aumentando a su vez la renta disponible de los trabajadores con salarios bajos y, por ende, las posibilidades de consumo. |
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(12) |
La gran afluencia de refugiados del pasado año tiene una serie de consecuencias sociales y económicas para Alemania. Si bien a corto plazo la afluencia de refugiados va a aumentar el gasto público y crear una demanda interna adicional, con el consiguiente aumento del PIB, el efecto a medio plazo sobre el empleo y el crecimiento dependerá de la buena integración de los refugiados en la sociedad y en el mercado laboral, en particular gracias al apoyo educativo. Esta cuestión ocupa un lugar destacado en la agenda política tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros y se supervisará y analizará de cerca, especialmente en el informe específico de 2017. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Alemania y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Alemania en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Alemania, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (5) es que se espera que Alemania cumpla el Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(15) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en la recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Alemania que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Conseguir una tendencia alcista sostenida en inversión pública, especialmente en infraestructuras, educación, investigación e innovación, al tiempo que se respeta el objetivo a medio plazo. Mejorar el diseño de las relaciones presupuestarias federales, con el fin de aumentar la inversión pública, especialmente a nivel municipal. |
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2. |
Reducir las ineficiencias del sistema tributario, en particular revisando la fiscalidad de las empresas y el impuesto local sobre actividades económicas, modernizar la administración tributaria y revisar el marco regulatorio para el capital de riesgo. Intensificar las medidas destinadas a estimular la competencia en el sector de los servicios, en particular los servicios a las empresas y las profesiones reguladas. |
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3. |
Aumentar los incentivos para retrasar la edad de jubilación y reducir los factores que desincentivan el trabajo para la segunda fuente de ingresos familiares. Reducir la elevada cuña fiscal para los trabajadores con salarios bajos y facilitar la transición de los «miniempleos» al empleo estándar. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/23 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de la República Checa y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de la República Checa
(2016/C 299/06)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a la República Checa como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre la República Checa fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por la República Checa de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de la República Checa hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 11 de mayo de 2016, la República Checa presentó su Programa de Convergencia de 2016, y el 12 de mayo presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han abordado las recomendaciones específicas por país pertinentes. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
La República Checa se encuentra encuadrada actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé un ligero deterioro del saldo presupuestario al -0,6 % del PIB en 2016, y una estabilización en términos generales al -0,5 % del PIB a partir de 2017. El objetivo presupuestario a medio plazo —un déficit estructural del 1 % del PIB— se sigue cumpliendo durante el horizonte del programa. Según el Programa de Convergencia, se espera que la ratio deuda pública/PIB se mantenga en un 41,1 % en 2016 y que descienda al 39,3 % en 2019. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. Las medidas para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Según las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, se estima que el saldo estructural será del -0,7 % en 2016 y del -0,9 % del PIB en 2017, por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Se evaluarán posibles desviaciones futuras con referencia a la obligación de mantener el saldo estructural en el nivel del objetivo presupuestario a medio plazo. Basándose en su evaluación del Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo estima que la República Checa cumplirá las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
A largo plazo, hay riesgos de sostenibilidad presupuestaria medios para la República Checa. Estos se derivan principalmente del impacto previsto del gasto público derivado del envejecimiento de la población, sobre todo en el sector sanitario pero también en las pensiones. Las medidas recientemente adoptadas o previstas para modificar el sistema de pensiones podrían, si se aplican, dar lugar a un deterioro de las finanzas públicas a largo plazo. En primer lugar, en febrero de 2016 el Gobierno aprobó una legislación que le permite ajustar el mecanismo de indexación de las pensiones de manera más flexible. En segundo lugar, se están discutiendo propuestas para fijar la edad legal de jubilación en sesenta y cinco años y establecer un mecanismo periódico de revisión de la edad de jubilación. En la actualidad no existen planes para aumentar la baja edad legal de jubilación. En materia de asistencia sanitaria, el aumento previsto del gasto a largo plazo también es motivo de preocupación. La República Checa afronta retos a la hora de mejorar la gestión y la rentabilidad de su sistema sanitario, a pesar de que varias medidas al respecto se encuentran en distintas fases de aplicación actualmente. Los indicadores apuntan a un elevado consumo de bienes y servicios y a una dependencia relativamente alta de la atención hospitalaria, que resulta más costosa que los servicios ambulatorios. Parece que la información médica disponible no se utiliza de manera eficaz para la planificación y la racionalización de la capacidad hospitalaria. El sistema de reembolso de la asistencia hospitalaria está siendo revisado debido a que presenta varios inconvenientes, tales como lo reducido de la muestra de hospitales que se utiliza para calcular las tarifas de referencia. Aún no se han analizado suficientemente las opciones para reforzar la coordinación de la asistencia ambulatoria, mejorar la función de control de la derivación de pacientes por parte de los profesionales sanitarios y limitar el uso innecesario de los servicios ambulatorios. |
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(7) |
El marco presupuestario de la República Checa se sitúa entre los menos sólidos de la Unión. En febrero de 2015, el Gobierno aprobó un paquete de reformas mediante el que aborda las principales deficiencias en este ámbito, pero que aún está pendiente de ratificación por el parlamento. Este paquete tiene por objeto transponer la Directiva 2011/85/UE del Consejo (4) sobre los marcos presupuestarios a la legislación nacional. La reforma propuesta prevé reforzar los límites de la partida de gastos y vincularlos directamente con el objetivo presupuestario a medio plazo. Con la reforma, el Gobierno tendría que aprobar un presupuesto que garantizara la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas y se establecería un consejo presupuestario independiente para controlar las finanzas públicas y aumentar la transparencia. |
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(8) |
La inversión en la República Checa se mantiene por debajo de la media de la UE en términos per cápita y está muy concentrada en la región de la capital. Los obstáculos administrativos y reglamentarios siguen pesando sobre la eficiencia del entorno empresarial y suponen una barrera para la inversión. Existen cuellos de botella específicos en la ejecución de proyectos de infraestructuras de transporte y energía. Por otra parte, la absorción de los fondos de la UE durante el período de programación 2007-2013 fue lenta, debido sobre todo a la complejidad de los trámites, las deficiencias en los sistemas de gestión y control, las ineficiencias en los procedimientos de contratación pública y la escasa capacidad administrativa de los organismos que participan en la ejecución de los proyectos. Por lo que respecta a las infraestructuras de transporte, existen barreras administrativas a la inversión, tales como los largos procedimientos para la expedición de licencias de obras y los retrasos derivados de los procedimientos de reclamación ante la oficina antimonopolios. En cuanto a la eficiencia energética, los programas públicos para reducir la intensidad energética han sido fragmentarios y poco rentables. Hay indicios de que el ahorro de energía no está mejorando en consonancia con el plan nacional de acción para la eficiencia energética. En el ámbito de los servicios, se observan ciertas restricciones reglamentarias. Este es el caso, en particular, de algunos sectores de servicios profesionales, en los que los obstáculos a la entrada y el ejercicio parecen superiores a la media de la UE. La baja utilización de servicios públicos en línea de calidad obstaculiza también el entorno empresarial y es un reflejo de la deficiente oferta. Los servicios de administración electrónica no aprovechan al máximo las posibilidades tecnológicas para mejorar la experiencia del usuario, y su nivel de sofisticación es uno de los más bajos de la Unión. Los datos disponibles apuntan a un índice relativamente elevado de evasión fiscal en la República Checa. La solución de este problema, especialmente en materia de IVA, ocupa un lugar destacado en la agenda política. Por otra parte, no se han previsto medidas para reducir los costes relativamente elevados asociados al pago de impuestos o para simplificar el sistema tributario. Las autoridades fiscales ofrecen unos servicios de presentación previa muy restringidos. Los contribuyentes hacen un uso muy limitado de los sistemas electrónicos de declaración de impuestos, si bien se han hecho ciertos avances en materia de IVA. Además, los costes de la recaudación de impuestos son relativamente elevados, según los últimos informes internacionales. Las elevadas cotizaciones sociales del empresario contribuyen a un nivel general alto de los impuestos sobre el trabajo, mientras que la diversificación en otros ámbitos, tales como los impuestos sobre la propiedad, es limitada. |
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(9) |
Diversos indicadores apuntan a deficiencias importantes en la administración pública. Se han hecho algunos avances en la adopción de las medidas legislativas y no legislativas del plan de lucha contra la corrupción de 2015. La Ley sobre el registro de los contratos fue aprobada por el parlamento en noviembre de 2015. Su aplicación temprana y su posterior desarrollo mejorarían la transparencia y la rentabilidad de las licitaciones públicas. Sin embargo, algunas de las principales disposiciones de lucha contra la corrupción, tales como la modificación de la Ley sobre los conflictos de intereses y una nueva ley sobre la financiación de los partidos políticos, siguen pendientes. Algunas de las medidas que ya se han adoptado resultan de difícil ejecución y su repercusión es limitada, mientras que varias medidas previstas se posponen continuamente al siguiente plan de acción. Pese a que se han realizado esfuerzos por corregir sus deficiencias, hay margen para seguir avanzando en el funcionamiento del sistema de contratación pública checo por lo que respecta a la competencia y, por consiguiente, a la relación calidad-precio. Esto se debe, en parte, a la falta de formación adecuada de los responsables de las contrataciones y al insuficiente énfasis en los criterios de calidad a la hora de adjudicar los contratos. El sector público depende en gran medida de procedimientos no competitivos, con una capacidad limitada para atraer a licitadores, mientras que la contratación agregada es rara. No obstante, se espera que la aplicación de las directivas sobre la modernización de los procedimientos de contratación pública, recientemente transpuestas, sea una oportunidad para introducir un enfoque estratégico y basado en datos contrastados en las políticas de contratación pública, en términos de profesionalización, de agregación de las adquisiciones públicas, de una mayor atención a los criterios de calidad y de integridad de los responsables de las contrataciones. |
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(10) |
Ha habido un aumento significativo en la inversión en I+D durante los últimos años, pero los resultados siguen siendo escasos y se cuestiona la sostenibilidad de la infraestructura de I+D. El sistema checo de investigación ha comenzado a aplicar una serie de reformas de la gobernanza primordiales pero largamente postergadas, especialmente sobre evaluación y financiación. El actual mecanismo de financiación está fragmentado, la coordinación entre los órganos competentes es insuficiente y la división de las responsabilidades y las prioridades resulta confusa. Actualmente se encuentra en fase de desarrollo un marco de evaluación global para I+D que incumbe también a la financiación, pero los avances son lentos. No se han hecho muchos esfuerzos para mejorar los vínculos entre el mundo académico y la comunidad empresarial. Estos vínculos se ven debilitados por un marco de evaluación para las instituciones públicas de investigación que no tiene en cuenta el grado de cooperación con las empresas. |
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(11) |
La reforma de la educación superior fue aprobada por el parlamento en enero de 2016. La capacidad de atracción de las profesiones docentes sigue siendo un reto, entre otras cosas, debido a la remuneración relativamente baja, mientras que, al mismo tiempo, el profesorado envejece. Se está elaborando un nuevo sistema de carreras para los profesores y el personal pedagógico con el objetivo de aumentar el atractivo de la profesión, pero su aplicación se ha pospuesto. Los resultados educativos son generalmente buenos, pero se ven muy influidos por la situación socioeconómica de los estudiantes. Los malos resultados educativos de los grupos desfavorecidos, en particular de la comunidad romaní, son un asunto claramente preocupante. Se calcula que una cantidad muy importante de niños romaníes abandonan prematuramente los estudios. Muchos niños romaníes reciben educación fuera de los centros educativos ordinarios y, como consecuencia de ello, siguen un modelo de enseñanza inferior al del resto de la población. Los cursos de formación del profesorado destinados a ayudarles a hacer frente a este problema están poco desarrollados, y el número de profesores que participan en actividades de desarrollo profesional relacionadas con la enseñanza a grupos mixtos y con la educación inclusiva es escaso. Se ha adoptado y ha empezado a aplicarse un número importante de medidas legislativas y administrativas dirigidas a la educación inclusiva. Se espera que contribuyan a reducir las diferencias en el grado de instrucción y los resultados escolares que existen entre los niños romaníes y los no romaníes. El parlamento adoptó una serie de enmiendas a la Ley de Educación en marzo de 2016, por las que se amplía la educación obligatoria hasta el último año de la educación preescolar y se garantiza que los niños pequeños tengan derecho a plaza en las escuelas infantiles. No obstante, las desigualdades del sistema educativo constituyen un obstáculo a la mejora de la calidad del capital humano y también obstaculizan los resultados del mercado laboral en las etapas posteriores de la vida. |
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(12) |
La situación del mercado de trabajo de la República Checa ha mejorado, pero los futuros aumentos de la tasa de empleo dependerán de una mayor participación de los grupos infrarrepresentados. Entre ellos se encuentran las madres con niños pequeños, los trabajadores con escasa cualificación y los miembros de la comunidad romaní. La proximidad de los servicios públicos de empleo, sumada a políticas activas del mercado de trabajo y servicios individualizados adecuados y bien orientados, contribuirían a incrementar la participación de los grupos vulnerables. La participación en el mercado de trabajo de las mujeres con niños pequeños se ve obstaculizada por la persistente falta de servicios de cuidado de niños asequibles y de calidad, en particular para los niños de hasta tres años, y por el escaso uso de las disposiciones sobre horario laboral flexible. En los últimos años se han venido adoptando algunas medidas para hacer frente a esta deficiencia, pero hay margen para realizar esfuerzos más importantes. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de la República Checa y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a la República Checa en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de la República Checa, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones a nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y estima (5) que cabe esperar que la República Checa cumplirá el Pacto de estabilidad y crecimiento. |
RECOMIENDA a la República Checa que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, en vista de los futuros riesgos en el ámbito de la asistencia sanitaria. Adoptar legislación mediante la que se refuerce el marco presupuestario. |
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2. |
Reducir las barreras reglamentarias y administrativas a la inversión, en particular en el transporte y la energía, y aumentar la oferta de servicios de administración electrónica. Adoptar las reformas de lucha contra la corrupción pendientes y mejorar las prácticas de contratación pública. |
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3. |
Reforzar la gobernanza del sistema de I+D y facilitar los vínculos entre el mundo académico y las empresas. Potenciar el atractivo de la profesión docente y tomar medidas para aumentar la inclusión de los niños desfavorecidos, incluidos los romaníes, en los centros escolares y preescolares convencionales. Eliminar los obstáculos para una mayor participación en el mercado de trabajo de los grupos infrarrepresentados, en particular las mujeres. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Directiva 2011/85/UE del Consejo, de 8 de noviembre de 2011, sobre los requisitos aplicables a los marcos presupuestarios de los Estados miembros (DO L 306 de 23.11.2011, p. 41).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/27 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Chipre y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Chipre
(2016/C 299/07)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
Chipre fue sometido a un programa de ajuste macroeconómico hasta el 31 de marzo de 2016, de conformidad con el artículo 1, apartado 2, de la Decisión de Ejecución 2013/463/UE del Consejo (3). Con arreglo al artículo 12 del Reglamento (UE) n.o 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), Chipre quedó exento, durante el período de vigencia del programa, de la supervisión y la evaluación del Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas. Una vez finalizado el programa, Chipre queda ahora plenamente reintegrado en el Semestre Europeo. |
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(2) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba que la situación de Chipre se evaluaría en el contexto del procedimiento de desequilibrios macroeconómicos, una vez concluido el programa de ajuste macroeconómico. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (5). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Chipre debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(3) |
El informe específico de 2016 sobre Chipre fue publicado el 7 de abril de 2016. En él se evaluaron la situación y los desafíos económicos y sociales de Chipre tras su salida del programa de ajuste macroeconómico, el 31 de marzo de 2016, y sus avances hacia la consecución de sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 7 de abril de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Chipre está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, es fundamental que aborde sus grandes desequilibrios en forma de sobreendeudamiento privado, público y exterior, y el alto nivel de préstamos no productivos. |
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(4) |
El 28 de abril de 2016, Chipre presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016, y el 13 de mayo de 2016, fuera de plazo, su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(5) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (6), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(6) |
Tras la derogación del procedimiento de déficit excesivo, Chipre se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeto a la norma transitoria en materia de deuda. Se estima que en 2015, el saldo estructural registre un excedente alcanzando el 1,7 % del PIB, y que supere el objetivo presupuestario a medio plazo por el mismo importe. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo también se siga alcanzando en 2016. No obstante, suponiendo que no haya cambios en las políticas, existe el riesgo de una cierta desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo en 2017. Se prevé que la balanza estructural de Chipre se deteriore más de lo que permite la norma transitoria en materia de deuda. Basándose en su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe el riesgo de que Chipre no cumpla lo dispuesto en el Pacto de estabilidad y crecimiento. Por tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar su cumplimiento en 2017. |
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(7) |
En el marco de su programa de ajuste macroeconómico, Chipre ha introducido importantes reformas presupuestarias estructurales. Están pendientes de adopción determinadas normas de legislación derivada sobre los procedimientos de elaboración del presupuesto, las obligaciones de ajustes presupuestarios interanuales y las responsabilidades de los funcionarios encargados del control de los compromisos. En el sector público siguen observándose ineficiencias. En particular, la administración pública se caracteriza por una de las masas salariales más elevadas (en porcentaje del PIB) de la zona del euro, mientras que los indicadores de eficiencia se mantienen en la media, lo que puede atribuirse a la falta de movilidad y de incentivos al rendimiento. Los servicios públicos (telecomunicaciones, energía) se caracterizan por precios elevados y siguen gozando de una relativa protección frente a la competencia. Dentro del programa de ajuste macroeconómico, Chipre se ha comprometido a introducir un mecanismo vinculante que limite los aumentos salariales de los empleados públicos como medio para garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Aunque se ha elaborado y presentado a la Cámara de Representantes, el proyecto de ley sigue pendiente de aprobación. Para mejorar la eficiencia del sector público, dentro del programa de ajuste macroeconómico se ha propuesto la reforma horizontal de la administración pública, un plan de reforma de las administraciones locales y una nueva ley sobre gobernanza de las entidades estatales, medidas aún pendientes de adopción. |
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(8) |
La deuda del sector privado sigue siendo excesiva en Chipre. Aunque la reforma de las normativas sobre ejecución hipotecaria e insolvencia es un paso importante de cara a equilibrar los derechos de deudores y acreedores, aún es posible mejorar su eficiencia y ampliar su uso. Una serie de deficiencias en el funcionamiento de estas normativas impiden situar la deuda privada en una trayectoria decreciente sostenible y reducir más rápidamente los préstamos no productivos. Eso también afecta a la capacidad de ofrecer segundas oportunidades a los emprendedores. También persisten una serie de deficiencias que afectan a las soluciones de reestructuración de la deuda del sector privado. Por otra parte, para una aplicación efectiva de la legislación de insolvencia, es importante que se adopten todos los reglamentos y normas procesales civiles necesarios. Para ser plenamente operativo, el servicio de insolvencia (Insolvency Service) necesita personal adecuado, infraestructura informática y un número suficiente de profesionales especializados en insolvencia debidamente formados y acreditados. Además, para evitar retrasos y proteger al comprador, garantizar que los derechos de propiedad se determinen correctamente y contribuir a que se restablezca la confianza en el mercado de la vivienda, es crucial que existan sistemas fiables y rápidos de expedición y cesión de escrituras. |
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(9) |
Chipre también afronta retos decisivos en lo que respecta al funcionamiento de su sistema judicial. La ineficacia de los procedimientos judiciales y la falta de capacidad provocan importantes retrasos, que dificultan la aplicación de las normas sobre insolvencia y ejecución hipotecaria y debilitan el entorno empresarial en general. A falta de una reforma de la ley de enjuiciamiento civil, sigue habiendo lentitud a la hora de tramitar y aplicar las resoluciones judiciales y reducir el número de asuntos pendientes. |
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(10) |
Gracias al programa de ajuste macroeconómico, ha habido avances significativos en cuanto a reestructurar y restablecer la confianza en el sistema financiero chipriota. Pero Chipre sigue ante el reto de restablecer las condiciones normales de préstamo a la economía y reducir los préstamos no productivos, que representan en torno al 55 % del total de préstamos a los hogares y las sociedades no financieras. El alto endeudamiento de las empresas las hace menos competitivas y afecta a su capacidad de invertir y crecer. Aunque se están realizando progresos, los esfuerzos de los bancos por reestructurar la deuda de los prestatarios viables aún no han tenido resultados tangibles, y la provisión de la exposición dudosa de las entidades sigue siendo relativamente moderada. Las deficiencias en cuanto a ejecución de contratos y disciplina en la devolución de préstamos lastran la capacidad de hacer frente a los impagos estratégicos y cortar de raíz la formación de préstamos no productivos. Por otro lado, pese a haberse creado un registro de crédito, los bancos tienen un acceso limitado a la información sobre ingresos y patrimonio de los prestatarios. |
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(11) |
Chipre ha avanzado un largo trecho a la hora de sacar a la economía de la recesión, pero la inversión sigue siendo baja, y el potencial de crecimiento es moderado. Con arreglo al programa, Chipre adoptó un plan de acción para el crecimiento cuyo objetivo era impulsar la competencia, mejorar los incentivos a la innovación y facilitar las inversiones creando un entorno más transparente y eficiente para los negocios y flexibilizando la concesión de licencias y los procedimientos de autorización. Al aplicar el plan de privatización y reforzar las autoridades reguladoras nacionales, se intenta atraer una inversión extranjera que aumente la productividad. Hoy en día, las empresas emergentes y las PYME tienen muy pocas opciones de acceder a la financiación, debido a las estrictos requisitos de concesión de créditos que aplican los bancos y a la falta de fuentes alternativas de financiación. El acceso a la financiación podría facilitarse mediante una mayor coordinación de instrumentos de la UE tales como los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas y los programas de competitividad de la UE. |
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(12) |
El mercado laboral empezó a recuperarse en 2015, pero el desempleo, aunque bajando, se mantiene alto. Especialmente preocupante es la situación del desempleo juvenil y de larga duración. Se han tomado algunas medidas sobre políticas activas del mercado de trabajo y servicios públicos de empleo. Pero estos últimos aún carecen de capacidad para satisfacer la demanda, dar ayuda y consejos de calidad en la búsqueda de empleo y alcanzar a los desempleados no inscritos. Se han retrasado los planes destinados a reforzar la capacidad administrativa de los servicios públicos de empleo, incluida la especialización y el aumento del número de asesores que atienden directamente a las necesidades de los usuarios. La eficacia de las políticas activas del mercado laboral se ve limitada por la falta de control efectivo de la calidad de los programas ya en marcha. |
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(13) |
La participación de los jóvenes en la educación y formación profesionales sigue siendo baja y se caracteriza por la falta de compromiso de los empleadores con la educación de los alumnos. No obstante, se están aplicando medidas dentro de la estrategia de educación y formación profesionales. |
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(14) |
Chipre carece de cobertura sanitaria universal, y su sanidad no ofrece un acceso suficiente y efectivo a la asistencia. Dado el bajo nivel de financiación pública de la sanidad, las necesidades no satisfechas —ya sea por su coste o porque el paciente paga directamente— son considerablemente superiores a las de otros Estados miembros de la UE. Podría mejorarse la eficiencia en el uso de los recursos. Dar mayor autonomía para los hospitales públicos y crear un sistema nacional de salud son algunas de las medidas consideradas útiles —pero aún no aprobadas— para mejorar la adecuación y rentabilidad del sistema sanitario de Chipre. |
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(15) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Chipre y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado su Programa de Estabilidad y su Programa Nacional de Reformas. La Comisión no solo ha tenido en cuenta su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Chipre, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
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(16) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (7) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(17) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA que Chipre tome medidas en 2016 y 2017 a fin de:
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1. |
Una vez corregido el déficit excesivo, respetar el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y 2017. Antes de que acabe 2016, adoptar un mecanismo vinculante para contener la tasa de crecimiento de la remuneración de los empleados públicos. Antes de que acabe 2016, adoptar la reforma horizontal de la administración pública y la ley sobre gobernanza de las entidades estatales y aplicar la reforma de las administraciones locales. Antes de que acabe 2016, adoptar legislación derivada que complete el nuevo marco presupuestario. |
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2. |
A más tardar en junio de 2017, eliminar los obstáculos que impiden la plena aplicación del marco de insolvencia y ejecución hipotecaria y garantizar recursos adecuados al servicio de insolvencia. Garantizar que existan sistemas rápidos y fiables de expedición de escrituras de propiedad y cesión de derechos sobre bienes inmuebles. Aumentar la eficiencia y la capacidad del sistema judicial. Reformar la ley de enjuiciamiento civil. |
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3. |
Antes de que acabe 2016, tomar medidas adicionales que hagan disminuir los préstamos no productivos y permitan valorar con exactitud los activos de garantía destinados a provisiones. Aumentar la gama de información disponible para los prestamistas y mejorar la información actualmente facilitada, de modo que el registro de crédito sea plenamente efectivo. |
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4. |
Eliminar los obstáculos a la inversión, en particular aplicando el plan de acción para el crecimiento, prosiguiendo el plan de privatización y reforzando las autoridades reguladoras nacionales. Adoptar medidas para mejorar el acceso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas. |
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5. |
Mejorar la capacidad de los servicios públicos de empleo y la atención a los desempleados de larga duración; mejorar la atención a los desempleados no inscritos. Adoptar legislación para la reforma hospitalaria y avanzar en la aplicación prevista de la cobertura sanitaria universal. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) Decisión de Ejecución 2013/463/UE del Consejo, de 13 de septiembre de 2013, por la que se aprueba el programa de ajuste macroeconómico de Chipre y se deroga la Decisión 2013/236/UE (DO L 250 de 20.9.2013, p. 40).
(4) Reglamento (UE) n.o 472/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, sobre el refuerzo de la supervisión económica y presupuestaria de los Estados miembros de la zona del euro cuya estabilidad financiera experimenta o corre el riesgo de experimentar graves dificultades (DO L 140 de 27.5.2013, p. 1).
(5) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(6) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(7) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/32 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Bulgaria y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Bulgaria
(2016/C 299/08)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de los días 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Bulgaria como uno de los Estados miembros que serían objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Bulgaria se publicó el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Bulgaria de cara a poner en práctica las recomendaciones específicas adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015 y el progreso de Bulgaria hacia sus objetivos nacionales de la Estrategia Europa 2020. El informe también incluyó el examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión adoptó una Comunicación en la que presentaba los resultados del examen exhaustivo. Del análisis de la Comisión se desprende que Bulgaria se enfrenta a desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, la economía se caracteriza por las deficiencias que siguen existiendo en el sector financiero y el alto endeudamiento de las empresas en un contexto de elevado desempleo. |
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(3) |
El 15 de abril de 2016, Bulgaria presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han formulado recomendaciones específicas por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre cómo utilizaría esa disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Bulgaria está actualmente sujeta al componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual del saldo presupuestario hasta el – 1,9 % del PIB en 2016 y el – 0,2 % del PIB en 2019. Está previsto alcanzar en 2017 el objetivo presupuestario a medio plazo, a saber, un déficit estructural del 1 % del PIB. Según el Programa de Convergencia, se espera que la ratio de deuda pública sobre el PIB alcance un máximo del 31,8 % en 2018 y disminuya hasta el 30,8 % en 2019. El escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias es moderadamente favorable. No se han concretado suficientemente las medidas necesarias para contribuir a alcanzar los objetivos de déficit previstos de 2017 en adelante. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, y si no se producen cambios en las políticas, existe un cierto riesgo de desviación de la trayectoria de ajuste hacia los objetivos presupuestarios a medio plazo de 2016 y 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Convergencia, y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que cabe pensar que, en rasgos generales, Bulgaria cumplirá las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Con todo, será preciso adoptar nuevas medidas para garantizar que se sigan cumpliendo en 2016 y en 2017. |
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(6) |
Bulgaria ha realizado ciertos progresos respecto a las recomendaciones del año pasado en el sentido de hacer más productivo el gasto sanitario, en particular mediante la realización de un mapa sanitario que permitiría que los gastos de carácter médico se planificaran con arreglo a criterios territoriales sobre la base de las necesidades de la población. El sistema sanitario búlgaro se enfrenta a importantes dificultades, entre ellas la limitación del acceso al mismo, la escasez de fondos y unos resultados decepcionantes desde el punto de vista sanitario. A pesar de los esfuerzos realizados recientemente para mejorar la recaudación fiscal, la economía sumergida sigue siendo un reto importante que menoscaba los ingresos del Estado. El trabajo no declarado, junto con la remuneración infradeclarada y la evasión de las cotizaciones de la seguridad social, distorsionan el mercado del trabajo y reducen los ingresos fiscales. |
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(7) |
Las prácticas económicas imprudentes en el sistema financiero, y en particular en el sector bancario, unidas a una supervisión ineficiente, han creado un entorno en el que los desequilibrios se acumulan. La consecución, de forma transparente y conforme con las mejores prácticas internacionales, de una serie de medidas lanzadas recientemente (verificación del sector bancario, de los seguros y de los fondos de pensiones), y de las medidas de seguimiento correspondientes, contribuirá a aumentar la confianza en el sector financiero. Por otro lado, la continuidad de los esfuerzos para mejorar la supervisión financiera, tanto en el sector bancario como no bancario, será determinante para el fortalecimiento del sistema financiero, que se encontrará en una mejor posición para sostener la naciente recuperación macroeconómica. |
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(8) |
El mercado de trabajo ha experimentado una modesta recuperación, pero persisten algunas deficiencias que lastran el crecimiento y limitan la capacidad de ajuste de la economía. El ajuste del mercado laboral se ve obstaculizado por el carácter estructural del desempleo de larga duración, la reducción y envejecimiento de la mano de obra, la baja participación en el mercado laboral y la falta de adecuación de las cualificaciones. Aunque el desempleo está disminuyendo paulatinamente, aún quedan importantes retos por afrontar, por ejemplo en lo que atañe al desempleo de larga duración y a los jóvenes que carecen de empleo, estudios o formación. Políticas activas del mercado de trabajo podrían desempeñar una función más importante para ayudar a estos grupos a acceder al mercado laboral. La activación de las personas beneficiarias de prestaciones sociales tropieza con la fragmentación y la falta de cooperación de las distintas agencias encargadas de suministrar las prestaciones sociales y los servicios de integración en el mercado laboral. Se han creado unos centros de empleo y asistencia social que combinan los cometidos de las agencias de empleo y de asistencia social, pero aún no se ha adoptado decisión alguna sobre un eventual desarrollo del proyecto a una escala mayor antes de que su vigencia expire en diciembre de 2016. |
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(9) |
Aunque el salario mínimo de Bulgaria sigue siendo el más bajo de la Unión, su incremento desde 2011 ha sido sustancial, y la falta de criterios objetivos respecto a su fijación es fuente de incertidumbre. A pesar del esfuerzo del Gobierno y los interlocutores sociales en este campo, Bulgaria sigue sin tener unas directrices claras ni unos criterios transparentes para la fijación del salario mínimo, unos criterios que tengan en cuenta el impacto sobre la creación de empleo, las condiciones sociales y la competitividad. |
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(10) |
Bulgaria sigue registrando niveles muy altos «de riesgo de pobreza o exclusión social» y de desigualdad. Los avances en la lucha contra la pobreza y la exclusión social se ven dificultados por los continuos desafíos para integrar la población romaní en el mercado laboral, facilitar la transición de la escuela al trabajo y mejorar la cobertura y eficacia de las políticas social, sanitaria y laboral. El régimen general de renta mínima ofrece niveles muy limitados de apoyo y cobertura a la población. Las prestaciones se encuentran por debajo del límite de pobreza y no han aumentado en los últimos años de forma proporcional a los salarios medios o mínimos. Las estimaciones de la cobertura muestran que una gran parte de los beneficiarios potenciales no reciben prestación alguna. Ampliar la población beneficiaria para incluir más colectivos potenciales, sin descuidar por ello la disciplina presupuestaria, serviría para aliviar la pobreza. |
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(11) |
El sistema educativo tiene una escasa capacidad para integrar a los grupos vulnerables y proporcionar a los estudiantes unas cualificaciones productivas. Los grupos vulnerables, como romaníes y estudiantes de familias pobres, siguen teniendo grandes dificultades para acceder a la educación y finalizar sus estudios. El nivel de escolarización de los romaníes en todos los niveles de la educación es considerablemente inferior al del resto. El índice de abandono escolar prematuro sigue aumentando y es particularmente elevado en las zonas rurales y en las regiones menos desarrolladas. Es preciso eliminar las barreras que dificultan la participación de los niños más desfavorecidos en las primeras fases de la educación con el fin de mejorar los resultados e impedir los abandonos. En septiembre de 2015 el Parlamento adoptó una nueva Ley de educación preescolar y escolar que constituye un importante primer paso para una reforma integral del sistema de educación primaria. La puesta en práctica de esta normativa, junto con medidas específicas para superar las barreras no legislativas que impiden la plena participación de grupos desfavorecidos en la educación, contribuirá a mejorar el potencial de crecimiento de la economía búlgara y la cohesión social a largo plazo. Los índices de inscripción y graduación en la educación superior están aumentando y el índice de empleo de los titulados recientes se está recuperando lentamente, aunque sigue estando muy por debajo de la media de la UE. |
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(12) |
Los riesgos derivados de la elevada deuda de las empresas y las barreras al desapalancamiento siguen siendo importantes. El actual marco de insolvencia ofrece poco margen para un eficaz proceso de renegociación de la deuda y no contribuye a resolver el elevado nivel de endeudamiento de las empresas. Las reformas destinadas a facilitar los procedimientos de insolvencia de empresas mejorarían el desapalancamiento y abrirían el camino a la concesión de nuevos préstamos y a la inversión. |
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(13) |
El sistema de contratación pública en Bulgaria sigue adoleciendo de deficiencias estructurales, como por ejemplo irregularidades sistemáticas en los procedimientos de contratación pública, falta de capacidad administrativa y mecanismos de control deficientes, combinados con recursos judiciales sistemáticos que a menudo retrasan los trabajos sobre el terreno. La transición a un sistema de contratación plenamente electrónico solo ha logrado avances limitados. Las deficiencias del sistema de contratación pública búlgaro han conducido a la interrupción de los pagos y a correcciones financieras en los programas de financiación de la UE y también afectan al entorno empresarial en general. |
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(14) |
Las políticas inestables y la falta de confianza en instituciones públicas fundamentales, tales como el poder judicial, constituyen importantes elementos de disuasión de la inversión en la economía búlgara. La lentitud en la aplicación de las reformas de la administración pública y de las reformas en sectores específicos, tales como la investigación, la innovación y la energía, obstaculizan los avances en la mejora del clima inversor. Aunque Bulgaria ha adoptado un marco estratégico para reformar y modernizar su administración pública, el avance es lento y su aplicación a menudo aplazada. La nueva legislación no está sometida a una evaluación sistemática del impacto, aunque ha habido algunos esfuerzos para cambiar esta situación. Los cambios frecuentes del marco jurídico crean incertidumbre y afectan al entorno empresarial. La corrupción sigue siendo una lacra importante y la respuesta de las autoridades nacionales a este problema sigue viéndose obstaculizada por la debilidad y la fragmentación de las instituciones. En virtud del Mecanismo de Cooperación y Verificación, Bulgaria recibe recomendaciones sobre la reforma judicial y la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada. Aunque estos ámbitos revisten una importancia crucial para el entorno empresarial general, no están cubiertos en las recomendaciones específicas por países dirigidas a Bulgaria. |
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(15) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Bulgaria y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Bulgaria en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Bulgaria, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la Unión mediante aportaciones a escala de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
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(16) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su dictamen (4) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(17) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Convergencia. Las recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA que Bulgaria tome medidas en 2016 y 2017 a fin de:
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1. |
Lograr un ajuste presupuestario anual del 0,5 % del PIB al objeto de alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y en 2017. Seguir mejorando la recaudación de impuestos y adoptar medidas para reducir la incidencia de la economía informal, incluido el trabajo no declarado. |
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2. |
A más tardar a finales de 2016, finalizar el análisis de la calidad de los activos y las pruebas de resistencia de los bancos. A más tardar a finales de 2016, completar la revisión de los balances y las pruebas de resistencia de las compañías de seguros y la revisión de los activos de los fondos de pensiones privados. Adoptar, si fuera necesario, medidas de seguimiento en los tres sectores y seguir mejorando la supervisión bancaria y no bancaria. |
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3. |
Fortalecer e integrar la asistencia social, en particular los servicios sociales correspondientes y las políticas activas del mercado de trabajo, especialmente en lo que se refiere a los desempleados de larga duración y los jóvenes que carecen de empleo, estudios o formación. Aumentar la prestación de una enseñanza de calidad a los grupos desfavorecidos, en particular la población romaní. Incrementar la eficiencia del sistema sanitario gracias a una mejora del acceso y la financiación, e impulsar los resultados en materia de salud. Previa consulta con los interlocutores sociales, establecer orientaciones y criterios para la fijación del salario mínimo. Aumentar la cobertura y la suficiencia del régimen de renta mínima. |
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4. |
Reformar el marco de insolvencia para acelerar los procedimientos de reestructuración y resolución y mejorar su eficacia y transparencia. Aumentar la capacidad de los tribunales en relación con los procedimientos de insolvencia. Intensificar la capacidad de la Agencia de Contratación Pública y de las autoridades de contratación y mejorar la concepción y el control de los procedimientos de licitación pública, en particular aplicando plenamente la Estrategia Nacional para el desarrollo del sector de la contratación pública (2014-2020). Acelerar la implantación de la contratación pública electrónica. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/36 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Bélgica y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Bélgica
(2016/C 299/09)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), la Comisión adoptó el informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Bélgica como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Bélgica debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Bélgica fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Bélgica de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015 e incluyó un examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Bélgica no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. Un debilitado comportamiento del sector exterior combinado con un elevado endeudamiento público puede plantear riesgos en el futuro. Sin embargo, la evolución reciente apunta a una mejora de la competitividad. Las medidas correctoras, que incluyen la moderación salarial y la reducción de las cotizaciones a la seguridad social, han llevado a una ralentización del crecimiento de los costes laborales. El endeudamiento del sector público no está disminuyendo, pero los riesgos a corto plazo parecen controlados. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Bélgica presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Programa de Estabilidad de 2016 indica que la repercusión presupuestaria de la excepcional afluencia de refugiados en 2015 y 2016 y de las medidas de seguridad excepcionales adoptadas en 2016 es considerable y constituye una prueba suficiente del alcance y la naturaleza de estos costes presupuestarios adicionales. Según la Comisión, los gastos subvencionables adicionales para los refugiados ascendieron al 0,03 % del PIB en 2015, mientras que el impacto adicional en 2016 se estima en el 0,17 % del PIB, en el caso de los gastos relacionados con los refugiados, y en el 0,12 % del PIB, en el caso de las medidas de seguridad. Las disposiciones recogidas en el artículo 5, apartado 1, y en el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permitirían hacer frente a este gasto adicional, en la medida en que la entrada de refugiados así como la gravedad de la amenaza terrorista sean acontecimientos excepcionales, su impacto en las finanzas públicas belgas sea significativo y la sostenibilidad no se vea comprometida al permitir una desviación temporal respecto de la trayectoria de ajuste de cara al objetivo presupuestario a medio plazo. Por lo tanto, el ajuste requerido hacia el objetivo presupuestario a medio plazo para 2015 ha sido reducido para tener en cuenta los costes adicionales relacionados con los refugiados. En lo que atañe a 2016, en la primavera de 2017 se llevará a cabo una evaluación final, incluidos los importes subvencionables, sobre la base de los datos observados proporcionados por las autoridades belgas. |
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(6) |
Bélgica se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeta a la norma transitoria en materia de deuda. El 18 de mayo de 2016, la Comisión publicó un informe con arreglo al artículo 126, apartado 3, del TFUE, dado que Bélgica no logró avances suficientes en el cumplimiento de la norma en materia de deuda en 2015. El análisis concluyó que el criterio de deuda debía considerarse cumplido. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual del saldo presupuestario desde un déficit del 2,6 % del PIB en 2015 al -0,2 % del PIB en 2019. Se espera alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo revisado de aquí a 2018, fijado en una situación de equilibrio presupuestario en términos estructurales. No obstante, el saldo estructural recalculado (5) apunta a un déficit estructural del 0,4 % del PIB en 2018. De acuerdo con el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB alcance su máximo del 106,2 % del PIB en 2016 para luego ir bajando hasta el 99,6 % a más tardar en 2019. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, existe un riesgo de desviación considerable respecto del ajuste recomendado en 2016, así como en 2016 y 2017 tomados en conjunto, en el supuesto de que no se modifiquen las políticas. En caso de que la repercusión presupuestaria de la excepcional afluencia de refugiados y de las medidas de seguridad excepcionales sea excluida de la evaluación, la desviación proyectada en 2016 deja de ser significativa. No se prevé que Bélgica cumpla la norma transitoria en materia de deuda en 2016 ni, una vez finalizado el período transitorio, el parámetro de reducción de la deuda en 2017. Basándose en la evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de la Comisión de la primavera de 2016, el Consejo considera que existe el riesgo de que Bélgica no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(7) |
Un elevado nivel de endeudamiento público se combina con los mediocres resultados de las exportaciones y la competitividad. Los resultados exteriores se han deteriorado desde 2000, como demuestran las pérdidas de cuota de mercado mundial, y se han visto agravados por exportaciones orientadas principalmente hacia mercados menos dinámicos. Aunque la tendencia negativa de las cuotas de mercado se ha estancado en los últimos años, las pérdidas acumuladas siguen siendo importantes. La especialización en segmentos de mercado con una mayor exposición a la competencia de precios también dificulta la capacidad exportadora del país. Esta situación es difícilmente compatible con los elevados costes laborales del país. Los costes laborales unitarios venían aumentando rápidamente hasta hace poco como consecuencia de un bajo incremento de la productividad y, en particular, un rápido aumento de los salarios. Esto último puede atribuirse a determinadas características del sistema de fijación de salarios. Por un lado, los márgenes de aumento salarial real fueron fijados reiteradamente en un nivel demasiado alto. Por otra parte, la inflación superó en repetidas ocasiones las expectativas y la registrada en los países vecinos. La diferencia estructural entre las tasas de inflación subyacente de Bélgica y de los países vecinos se debe principalmente al mayor crecimiento de los precios de los servicios y al funcionamiento insatisfactorio del mercado minorista. Esta inflación se transmitió al incremento salarial a través de la práctica general de indización automática de los salarios. Juntos, estos factores mermaron la eficacia del altamente coordinado sistema de fijación de salarios. Para detener la disminución de competitividad y su impacto negativo en los resultados de las exportaciones y el empleo, las autoridades belgas han intervenido en los últimos años en el proceso de fijación de salarios. Se han impuesto medidas de moderación salarial, como limitar los aumentos de los salarios reales y suspender los sistemas de indización de los salarios. Además, se están aplicando reducciones a las cotizaciones a la seguridad social. Sin embargo, para garantizar la durabilidad de la corrección, son necesarias reformas estructurales del marco de fijación salarial en consonancia con las recomendaciones del Consejo de los últimos años. Aunque el Gobierno se propone revisar la Ley de 1996 relativa a la promoción del empleo y a la salvaguarda de la competitividad, que constituye la base sobre la cual los interlocutores sociales fijan la «norma salarial» cada dos años, hasta ahora se han logrado pocos avances. Garantizar un vínculo más formal entre salarios y productividad contribuiría a consolidar los recientes avances registrados y evitaría una repetición de problemas del pasado. |
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(8) |
Se han realizado algunos progresos en el funcionamiento general del mercado de trabajo. Se han reforzado los incentivos al trabajo mediante medidas destinadas a reducir la cuña fiscal y cambios en el sistema de prestaciones por desempleo. Sin embargo, considerables diferencias de empleo entre grupos de población específicos siguen provocando una infrautilización crónica de la mano de obra, especialmente entre las personas menos cualificadas, los jóvenes, las personas mayores y las personas de origen migrante. Además, al incorporarse o reincorporarse al mercado laboral, los tipos impositivos marginales crean trampas de inactividad y salarios bajos para quienes aportan un segundo ingreso y para tipos de hogares específicos, como solteros y familias monoparentales. Por lo tanto, es importante poner a punto y aplicar políticas destinadas a fomentar el paso de la inactividad o el desempleo al empleo. Las desigualdades educativas vinculadas al entorno socioeconómico figuran entre las más elevadas de la Unión y el fracaso escolar explica en parte la insuficiencia profesional observada en el mercado de trabajo entre las personas de origen migrante. Las reformas educativas que se están introduciendo están especialmente destinadas a abordar el abandono escolar y a mejorar la prestación de atención a la infancia y de educación infantil. Las autoridades pertinentes pretenden mejorar la calidad y pertinencia del sistema de formación profesional. Estas reformas podrían facilitar una transición más fluida hacia una economía intensiva en conocimientos y cada vez más orientada a los servicios y paliar la inadecuación de las cualificaciones y la persistente escasez de mano de obra en algunas profesiones. Además, las muy bajas tasas de actividad y empleo de los trabajadores de más edad requieren políticas que fomenten el envejecimiento activo y apoyen la demanda del mercado laboral con respeto a los trabajadores de más edad. Por último, el recurso a medidas fiscales adicionales para facilitar la incorporación al trabajo podría estar justificado. |
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(9) |
Hay todavía un margen considerable para mejorar la dimensión que no está ligada a los costes de la competitividad exterior. Para salvaguardar y mejorar los actuales niveles de protección social debería hacerse más hincapié en las mejoras de la productividad y en la inversión en capital intelectual. Esto requiere un impulso sostenido hacia productos y servicios asociados de más rango en la cadena de valor, sobre la base de mejores resultados en materia de innovación y utilización de los resultados de la I+D. A pesar de su sistema público de investigación de alta calidad, Bélgica cuenta con relativamente pocas empresas de rápido crecimiento en sectores innovadores. Por otra parte, el clima empresarial se ve obstaculizado por cargas administrativas y reglamentarias que dificultan la creación y expansión de las empresas. Los requisitos en materia de accionariado y las limitaciones de los derechos de voto, la forma jurídica y las actividades multidisciplinares frenan el dinamismo del mercado de los servicios a empresas. Las restricciones operativas y las restricciones a la instalación de locales minoristas tienen el mismo efecto en el sector minorista. Por otra parte, existen deficiencias en la eficacia del sistema de justicia, con una baja penetración de las tecnologías de información y comunicación. Juntos, estos factores constituyen obstáculos importantes a la inversión privada. Infraestructuras insuficientes y largos y pesados cuellos de botella también socavan el crecimiento de la productividad y la inversión. La red de transporte sufre el déficit de inversión más acuciante. La ubicación geográfica de Bélgica, unida a la presencia de organismos internacionales, ha permitido al país atraer a muchos centros de distribución, bases logísticas y sedes internacionales de diferentes empresas. Sin embargo, existe un creciente problema de congestión de tráfico en horas punta que debilita el atractivo del país para los inversores extranjeros y provoca importantes costes económicos y medioambientales. También se espera que Bélgica incumpla su objetivo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero en 2020 y padece graves problemas de contaminación atmosférica. Teniendo en cuenta la elevada concentración de actividades económicas alrededor de la capital y los puertos, los retos más urgentes son la mejora de las infraestructuras básicas de transporte ferroviario y por carretera y la construcción de los enlaces pendientes entre los principales centros económicos. Al mismo tiempo, es importante abordar la congestión en horas punta mediante la mejora de los servicios públicos de transporte, la optimización de la gestión del tráfico y la eliminación de las distorsiones del mercado y los incentivos fiscales adversos, tales como el trato favorable para los vehículos de empresa. |
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(10) |
Otro reto es la adecuación de la generación de electricidad interna y la seguridad del suministro en general. Los cortes de suministro no planificados de varias instalaciones nucleares han suscitado dudas sobre cómo equilibrar la oferta y la demanda de electricidad, mientras que el calendario repetidamente revisado para la eliminación progresiva del parque nuclear ha creado un clima desfavorable para las decisiones de inversión a largo plazo. Esto se refleja en un aumento de las importaciones y en una seguridad de suministro cada vez más perjudicada. Aunque a corto plazo los riesgos de suministro han remitido, las necesidades de inversión a más largo plazo siguen siendo considerables. Además de una nueva capacidad de producción nacional importante y un nuevo incremento de las interconexiones, las redes inteligentes son necesarias para desarrollar la gestión de la demanda. Dado el considerable margen de tiempo para los grandes proyectos en el sector energético y la enorme necesidad de capacidad de sustitución a lo largo de la próxima década, una acción rápida será necesaria en particular en forma de marco jurídico adecuado que favorezca el aumento de la capacidad de generación. |
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(11) |
Bélgica ha logrado algunos avances en la reforma del sistema tributario, en particular desplazando la presión fiscal del trabajo hacia otras bases imponibles, lo cual reducirá gradualmente la cuña fiscal sobre el trabajo. Las reducciones en el impuesto de las personas físicas y en las cotizaciones patronales a la seguridad social también ayudarán a reducir las diferencias. No obstante, el sistema tributario sigue siendo complejo, con bases imponibles erosionadas por exenciones específicas, desgravaciones y tipos reducidos. Algunas de estas exenciones implican pérdidas de ingresos, distorsiones económicas y una pesada carga administrativa. Además, la traslación tributaria no parece ser neutra desde el punto de vista presupuestario. Todavía hay un amplio margen de mejora de la concepción del sistema fiscal mediante la ampliación de las bases impositivas, lo que permitiría tanto unos tipos impositivos más bajos como menos distorsiones. También existe un potencial considerable para una traslación tributaria «verde» que proviene, entre otros factores, del tratamiento fiscal favorable de los coches de empresa y de las tarjetas de carburante, que contribuyen a la contaminación, la congestión y las emisiones de gases de efecto invernadero. |
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(12) |
En los últimos años, Bélgica ha logrado importantes avances en la reforma de su sistema de pensiones. La Ley de 10 de agosto de 2015 sobre el aumento de la edad de jubilación, las condiciones para la jubilación anticipada y la edad mínima para las pensiones de supervivencia establece una nueva edad mínima y criterios de duración de carrera para las pensiones ordinarias. Sin embargo, incluso tras las recientes reformas, el aumento previsto en el porcentaje de gastos de pensiones sigue siendo considerable. Una vinculación automática con los cambios en la esperanza de vida, tal como se recomendó en el pasado, reduciría los riesgos de sostenibilidad a medio y largo plazo. A este respecto, el Gobierno ha anunciado su intención de implantar un sistema de pensiones basado en créditos que podría permitir mecanismos de ajuste automático para responder a la evolución demográfica. Estas cuestiones seguirán siendo objeto de un estrecho seguimiento en el marco del Semestre Europeo. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Bélgica y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Bélgica en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política presupuestaria y la política socioeconómica de Bélgica, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica global de la UE incluyendo aportaciones a nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA que Bélgica tome medidas en 2016 y 2017 a fin de:
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1. |
Conseguir un ajuste presupuestario anual de al menos el 0,6 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y en 2017. Utilizar los beneficios inesperados para acelerar la reducción de la ratio de endeudamiento público. Acordar una distribución vinculante de los objetivos presupuestarios entre todos los niveles de la Administración. Simplificar el sistema tributario y eliminar los gastos fiscales distorsionadores. |
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2. |
Llevar a cabo la revisión prevista de la Ley de 1996 sobre la promoción del empleo y la salvaguarda de la competitividad en consulta con los interlocutores sociales. Garantizar que los salarios pueden evolucionar en consonancia con la productividad. Garantizar la eficacia de las políticas de activación del mercado de trabajo. Avanzar en las reformas de la educación y de la formación profesional y prestar apoyo formativo a los grupos desfavorecidos, en particular a las personas de origen migrante. |
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3. |
Impulsar la capacidad de innovación, especialmente mediante el fomento de la inversión en capital basado en el conocimiento. Aumentar la competencia en el sector de los servicios a las empresas y el sector minorista mediante la eliminación de restricciones operativas y de establecimiento injustificadas. Solucionar las carencias en inversiones en infraestructuras de transporte y en capacidad de generación de energía. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) El saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información del Programa de Estabilidad, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/41 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de los Países Bajos y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de los Países Bajos
(2016/C 299/10)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a los Países Bajos como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, los Países Bajos deben velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre los Países Bajos fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por los Países Bajos de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de los Países Bajos hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. En el análisis de la Comisión se concluye que los Países Bajos están experimentando desequilibrios macroeconómicos. Es fundamental abordar el elevadísimo nivel de endeudamiento de los hogares. El elevado y persistente superávit por cuenta corriente, que refleja las características estructurales de la economía y la elaboración de políticas en materia de sociedades no financieras, sigue siendo un reto, también a la vista de las repercusiones que puede tener para los demás Estados miembros de la zona del euro. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, los Países Bajos presentaron su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Los Países Bajos se encuentran actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y sujetos a la norma transitoria en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual en su saldo presupuestario hasta alcanzarse el 0,1 % del PIB en 2019. Al mismo tiempo, el Gobierno prevé un deterioro del saldo estructural recalculado en 2016 (5) hasta alcanzarse el -1,4 % del PIB, y una mejora en los años subsiguientes. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo, consistente en un déficit estructural del 0,5 % del PIB, se alcance en 2019. No obstante, sobre la base del saldo estructural recalculado, el objetivo presupuestario a medio plazo se alcanzaría ya a partir de 2018. De acuerdo con el Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB alcance el 65,4 % en 2016 para, a continuación, disminuir gradualmente hasta el 58,9 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, los Países Bajos corren el riesgo de que se produzca una cierta desviación respecto de las condiciones del componente preventivo en 2016 y, en caso de que se mantuviesen las políticas actuales, durante el conjunto del período 2016-2017. Se prevé que los Países Bajos cumplan con la norma transitoria en materia de deuda en 2016 y, tras el fin del período de transición, con el valor de referencia para la reducción de la deuda en 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de la Comisión de 2016, el Consejo considera que cabe esperar que los Países Bajos cumplan, de manera general, con las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. No obstante, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento tanto en 2016 como en 2017. |
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(6) |
El reciente crecimiento del empleo puede ser enteramente atribuido a un aumento en el número de personas empleadas con contratos temporales y en el número de trabajadores por cuenta propia. A pesar de que los Países Bajos han tomado medidas para hacer frente a esta situación, se necesita un enfoque más amplio. Las bajas tasas de transición de contratos temporales a contratos indefinidos siguen suponiendo un riesgo de segmentación del mercado laboral. El alto y creciente porcentaje de contratos temporales se observa en un contexto de grandes diferencias en las disposiciones de protección del empleo para los contratos temporales, por un lado, y para los contratos indefinidos, por otro. Los trabajadores por cuenta propia sin asalariados se encuentran insuficientemente asegurados contra la discapacidad, el desempleo y la vejez con una mayor frecuencia, lo que podría afectar a la sostenibilidad del sistema de seguridad social a largo plazo. Se han introducido varias medidas que han reducido las diferencias entre los contratos indefinidos y los contratos temporales. Las disposiciones fiscales favorables y la ausencia de obligaciones de pago de determinadas cotizaciones a la seguridad social siguen proporcionando incentivos financieros para trabajar por cuenta propia. |
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(7) |
Un reto fundamental para hacer frente al alto endeudamiento de los hogares se encuentra en el mercado de la vivienda, en el que rigideces e incentivos distorsionadores que se han ido acumulando durante décadas determinan las pautas de financiación de la vivienda y de ahorro sectorial. La tendencia de los hogares a contraer deudas hipotecarias brutas con la garantía de su patrimonio inmobiliario se explica, en gran medida, por unos incentivos fiscales existentes desde hace mucho tiempo, especialmente la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios. Desde 2012, se han puesto en práctica una serie de medidas para abordar parcialmente esta cuestión, pero estas medidas no se han reforzado en consonancia con la Recomendación de Consejo de 2015. El desarrollo de un mercado del alquiler privado eficiente se encuentra limitado por las subvenciones en otros subsectores de la vivienda. El sector de la vivienda social es uno de los más desarrollados en la Unión, pero las viviendas no siempre son asignadas eficientemente a aquellos que realmente las necesitan. Se ha introducido una mayor diferenciación en función del nivel de renta en el sector de la vivienda social. Las empresas dedicadas a la vivienda tendrán que separar las actividades de interés económico general (es decir, la vivienda social) de otras actividades. Habida cuenta de que se han abordado algunos incentivos distorsionadores que relacionan los alquileres con las rentas en el mercado de la vivienda social, conviene que esta parte de la Recomendación del Consejo de 2015 dé paso a un seguimiento de la situación. Al mismo tiempo, el mercado de la vivienda sigue estando muy distorsionado y continúa creando un sesgo en favor del endeudamiento de los hogares. Es necesario seguir progresando en estas cuestiones. |
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(8) |
Además de las distorsiones en el mercado de la vivienda, las cotizaciones obligatorias no fiscales al segundo pilar del sistema de pensiones afectan a la renta disponible de los hogares. El segundo pilar del sistema de pensiones funciona bien en términos de calidad y adecuación, pero presenta inconvenientes en lo relativo a la equidad intergeneracional, la transparencia y la resiliencia ante las perturbaciones económicas. En los últimos años, la sostenibilidad del sistema de pensiones se ha mejorado mediante el aumento de la edad de jubilación a los 67 años, a más tardar en 2021, y mediante su vinculación a la esperanza de vida a partir de esa fecha. Por término medio, las contribuciones al régimen de pensiones han disminuido desde que se redujo la tasa máxima de acumulación exenta de impuestos. Una adecuada distribución intra- e intergeneracional de los costes y riesgos que vaya más allá de lo establecido en las normas aprobadas en materia de indexación y reservas financieras (marco de evaluación financiera) podría ayudar a los hogares a asignar sus recursos financieros de manera más favorable al crecimiento. El Gobierno anunció su intención de reformar el segundo pilar del sistema de pensiones de manera sustantiva con la participación de los interlocutores sociales a fin de crear un sistema más transparente y más justo desde el punto de vista actuarial. |
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(9) |
Las inversiones disminuyeron notablemente durante la crisis económica y, desde entonces, solo se han recuperado parcialmente. La debilidad de las inversiones en todos los sectores de la economía parece presentar un marcado carácter cíclico. Ha venido determinada por una recesión en el mercado inmobiliario y por la adopción de medidas de saneamiento presupuestario. Si bien los obstáculos a la inversión parecen ser poco importantes, el bajo nivel de inversión en el sector de la construcción y de las energías renovables parece estar vinculado a la incertidumbre del mercado y a factores de naturaleza normativa. A pesar de la mejora de las condiciones de crédito, los riesgos en la concesión de nuevos préstamos se ven intensificados en el actual contexto financiero. El gasto público en I+D ha venido descendiendo desde 2014, mientras que el gasto privado en I+D sigue siendo bajo. Por ello, en 2015, el Consejo recomendó a los Países Bajos que reorientaran el gasto público hacia el fomento de la inversión en I+D y que trabajaran con vistas a mejorar el gasto privado en I+D. El gasto público y privado en I+D es bajo en relación con el nivel educativo, los resultados académicos y el desarrollo económico. |
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(10) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de los Países Bajos y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a los Países Bajos en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de los Países Bajos, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(11) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(12) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en la recomendación 3 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a los Países Bajos que tomen medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Limitar la desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y lograr un ajuste presupuestario anual del 0,6 % del PIB en 2017. Priorizar el gasto público destinado a apoyar una mayor inversión en investigación y desarrollo. |
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2. |
Abordar los obstáculos que subsisten en la contratación de personal con contratos indefinidos y facilitar la transición de contratos temporales a contratos indefinidos. Abordar, sin comprometer el espíritu empresarial, el gran aumento de trabajadores por cuenta propia sin asalariados, incluso mediante la reducción de las distorsiones fiscales que favorecen el empleo por cuenta propia, así como mediante el fomento del acceso de los trabajadores autónomos a una protección social asequible. |
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3. |
Adoptar medidas para hacer que el segundo pilar del sistema de pensiones devenga más transparente, más justo desde el punto de vista intergeneracional, y más resiliente con respecto a las perturbaciones. Aplicar medidas que reduzcan las distorsiones que subsisten en el mercado de la vivienda y el sesgo en favor del endeudamiento de los hogares, en particular mediante la reducción de la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) El saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información del Programa de Estabilidad, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/45 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Estonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Estonia
(2016/C 299/11)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Estonia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Estonia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Estonia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Estonia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Estonia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Estonia no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Estonia presentó su Programa de Estabilidad de 2016 y el 10 de marzo de 2016 presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Estonia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé un déficit global de alrededor del 0,5 % del PIB durante el período 2016-2018, que más adelante pasará a equilibrio. En términos estructurales, Estonia sigue cumpliendo el objetivo presupuestario a medio plazo —un saldo estructural— durante todo el período del programa. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB se mantenga en torno al 10 % del PIB en 2017 y se reduzca a aproximadamente el 9,5 % del PIB en 2020. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil para 2016, pero optimista para 2017. De acuerdo con las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el saldo estructural pase de un superávit del 0,6 % del PIB en 2015 a un equilibrio presupuestario en 2016 y a un pequeño déficit del 0,2 % del PIB en 2017, por lo que puede considerarse próximo al objetivo presupuestario a medio plazo. Otras desviaciones se evaluarán teniendo en cuenta la obligación de mantener el saldo estructural en el nivel del objetivo presupuestario a medio plazo. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la Comisión correspondientes a la primavera de 2016, el Consejo considera que es de esperar que Estonia cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
Estonia ha tomado importantes medidas para mejorar la participación en el mercado laboral, incluida la aplicación de la reforma relativa a la capacidad de trabajo. Esta reforma, que entró en vigor en enero de 2016 y se aplicará plenamente a partir de enero de 2017, incrementará la oferta de empleo total. Será un reto para ayudar a la reintegración laboral de las personas que han estado mucho tiempo fuera del mercado de trabajo. Se están poniendo en marcha nuevas medidas activas de empleo para ayudar a los beneficiarios de la reforma relativa a la capacidad de trabajo a incorporarse al mercado laboral y permanecer en él. También se han introducido cambios en el régimen de apoyo financiero. |
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(7) |
Estonia ha tomado medidas para mejorar los incentivos al trabajo mediante la reducción de la presión fiscal sobre el trabajo para todos los grupos de renta, incluidas las rentas más bajas. Es posible que esto haya contribuido a que Estonia tenga, en relación con la media de la UE, una tasa de desempleo más baja y una tasa de empleo más elevada de trabajadores poco cualificados. Entre las medidas ya adoptadas, está prevista a partir de 2017 una devolución adicional de impuestos para las personas con rentas bajas. Sin embargo, esto lleva a tipos impositivos marginales efectivos elevados, con el consiguiente peligro de crear una trampa de salarios bajos y fomentar el pago de sueldos en mano. El impacto de estas medidas solo se conocerá después de su evaluación. |
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(8) |
La aplicación de la estrategia de aprendizaje permanente 2020, junto con el programa de formación profesional para 2015-2018, contribuyeron a aumentar la participación en la formación profesional y su importancia para el mercado de trabajo. Se espera que aumente la proporción de estudiantes de formación profesional en prácticas, aunque las tasas de abandono escolar en la formación profesional siguen siendo motivo de preocupación. |
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(9) |
Aún hay escasez de plazas en educación infantil y atención a la infancia para niños de 0 a 3 años, pero la situación está mejorando, ya que se crean plazas adicionales cada año. |
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(10) |
En Estonia, la brecha salarial entre mujeres y hombres, de un 28,3 % en 2014, es la mayor de la Unión. Esta diferencia pone en peligro el pleno aprovechamiento del potencial de las mujeres. La brecha salarial entre mujeres y hombres es imputable, entre otros factores, a la segregación sectorial y ocupacional del mercado laboral, la falta de transparencia de los salarios en el sector privado y unas interrupciones más largas de la carrera profesional de las mujeres como consecuencia de las responsabilidades familiares. El Gobierno ha anunciado una serie de medidas para abordar la brecha salarial entre hombres y mujeres. Las medidas previstas todavía deben adoptarse y aplicarse, principalmente mediante la mejora de la recopilación de datos, la asignación a los inspectores laborales de la tarea de supervisar la forma en que los empresarios aplican el principio de igualdad de retribución, el fomento de la transparencia salarial, la concesión de incentivos a los padres para que asuman parte del permiso parental y el incremento del acceso a los servicios de guardería. El plan de asistencia social 2016-2023 incluye los objetivos de igualdad de género, con medidas para combatir la segregación por sexos en el mercado de trabajo y luchar contra los estereotipos. Se han previsto medidas para aliviar la carga asistencial de las familias e incorporar a los cuidadores al mercado laboral, que se espera que redunden positivamente en la participación de la mujer en el mercado de trabajo. |
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(11) |
En Estonia, el acceso a los servicios públicos no está garantizado en todos los municipios y a escala local sigue habiendo dificultades para la prestación local de servicios de calidad en ámbitos como el transporte, la educación, los cuidados de larga duración para las personas de edad avanzada y otros servicios sociales. En marzo de 2016, el Gobierno presentó ante el Parlamento un proyecto de ley de reforma administrativa para preparar el terreno a una reforma de las administraciones locales. La reforma prevé fusiones tanto voluntarias como promovidas por el Gobierno, con vistas a ofrecer servicios accesibles y de calidad y garantizar una gobernanza más eficaz y competente. La modificación de la Ley de asistencia social establece los requisitos mínimos para nueve servicios sociales, pero su aplicación se ve comprometida debido a las deficiencias de los municipios en la prestación de servicios. La reforma de las administraciones locales propuesta todavía no ha sido adoptada. |
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(12) |
Estonia tiene una de las mayores tasas de inversión respecto al PIB en los sectores público y privado. No obstante, el país tiene todavía algunos retos que superar para a mejorar el entorno de inversión. Estonia ha adoptado medidas para aplicar la Estrategia de Investigación, Desarrollo e Innovación, «Estonia del conocimiento», y la Estrategia de Fomento de la Iniciativa Empresarial, que juntas constituyen su marco de especialización inteligente. Velar por una buena sinergia entre esas estrategias puede ayudar a estimular la inversión privada en investigación, desarrollo e innovación, especialmente debido a que las inversiones de las empresas en investigación y tecnología disminuyeron hasta el 0,6 % del PIB en 2014 y es poco probable que Estonia alcance su objetivo del 3 % del PIB en investigación, desarrollo e innovación en 2020. El número de empresas que cooperan con centros de investigación es limitado, por lo que las solicitudes de patentes han sido escasas. Por otra parte, en los últimos años, la estructura general de las exportaciones estonias de productos manufacturados parece haber evolucionado hacia productos de menor valor. La escasez de empleo y cualificaciones puede constituir un obstáculo para una mayor inversión en sectores de alta tecnología. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Estonia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Estonia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Estonia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 y 2 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad y considera que es de esperar que Estonia cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
RECOMIENDA a Estonia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar la prestación y accesibilidad de unos servicios públicos de alta calidad, en particular los servicios sociales, a escala local, principalmente mediante la adopción y la aplicación de la reforma de las administraciones locales propuesta. Adoptar y aplicar medidas para reducir la brecha salarial de género, incluidas las previstas en el plan de asistencia social. |
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2. |
Promover la inversión privada en investigación, desarrollo e innovación, también mediante el refuerzo de la cooperación entre el mundo académico y las empresas. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/49 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Hungría y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Hungría
(2016/C 299/12)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Hungría como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Hungría fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Hungría de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Hungría hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Hungría no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, aunque las elevadas necesidades de refinanciación de la deuda externa y la proporción de préstamos no productivos siguen siendo motivo de preocupación, se han reducido los riesgos relacionados con los pasivos externos e internos. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Hungría presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Programa de Convergencia indica que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados es significativo, y una adenda de 6 de mayo aporta una prueba suficiente del alcance y de la naturaleza de esos costes presupuestarios adicionales. Según la evaluación de la Comisión, el gasto adicional admisible ascendió al 0,04 % del PIB en 2015 y actualmente no se esperan nuevos costes adicionales en 2016. Las disposiciones recogidas en el artículo 5, apartado 1, y en el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permiten hacer frente a estos gastos adicionales en la medida en que la entrada de refugiados constituye un acontecimiento excepcional, su impacto en las finanzas públicas de Hungría es significativo y la sostenibilidad no se vería comprometida al permitir una desviación temporal respecto de la trayectoria de ajuste de cara al objetivo a medio plazo. Por tanto, el ajuste requerido hacia el objetivo presupuestario a medio plazo para 2015 se ha reducido a fin de tener en cuenta esos costes. En lo que se refiere a 2016, se realizará una evaluación final, incluidos los importes admisibles, en la primavera de 2017, sobre la base de los datos observados proporcionados por las autoridades húngaras. |
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(6) |
Hungría se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento, y está sujeta a la norma en materia de deuda. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé que el déficit global aumente al 2,4 % del PIB en 2017 y se vaya reduciendo gradualmente hasta alcanzar el 1,2 % en 2020. El Gobierno tiene prevista una mejora gradual del saldo estructural para lograr su objetivo presupuestario a medio plazo revisado (un déficit del 1,5 % del PIB en términos estructurales) de aquí al año 2019. No obstante, el déficit estructural recalculado (4) seguiría siendo superior al objetivo presupuestario a medio plazo. Según el Programa de Convergencia, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya gradualmente del 75,3 % en 2015 a menos del 65 % en 2020. El escenario macroeconómico en el que se apoyan estas previsiones presupuestarias es verosímil en líneas generales hasta 2017 y cada vez más favorable para los años siguientes. Las medidas necesarias para contribuir a alcanzar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 todavía no se han especificado lo suficiente, en particular tras ese año. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, existe un riesgo elevado de que se produzca una desviación importante del ajuste requerido en 2016 y, suponiendo que no haya cambios en las políticas, también en 2016 y 2017, considerados en conjunto. Al mismo tiempo, se prevé que Hungría cumpla el valor de referencia para la reducción de la deuda en 2016 y en 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo estima que cabe el riesgo de que Hungría no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para ambos años a fin de garantizar ese cumplimiento. |
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(7) |
Se han reducido los desequilibrios financieros internos y el sistema bancario ha pasado a ser menos vulnerable, pero quedan retos pendientes. Se ha avanzado de forma notable en la reducción de la deuda del sector privado, que antes estaba denominada mayormente en moneda extranjera. Los préstamos a los hogares mostraron signos de recuperación, pero aún se espera un cambio de tendencia en los préstamos a empresas. La rentabilidad del sector bancario ha comenzado a recuperarse, impulsada por la mejora de la coyuntura económica y por una moderación de las políticas anteriores de tributación de los bancos. No obstante, los bancos siguen siendo prudentes en sus préstamos, aunque están bien capitalizados y disponen de gran liquidez. El principal reto pendiente para los bancos es reducir la proporción aún elevada de préstamos no productivos que dificultan la concesión de nuevos préstamos y ejercen presión sobre los beneficios. Los riesgos de pasivos contingentes relacionados con el incremento de la participación del Estado en el sector bancario siguen siendo elevados. |
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(8) |
Pese a las recientes mejoras considerables en las políticas fiscales y en la administración tributaria, la dependencia de Hungría frente a los impuestos sectoriales específicos sigue siendo un posible obstáculo para la inversión. El establecimiento selectivo de esos impuestos genera falseamientos entre los distintos sectores. Si bien es cierto que siguen vigentes varios impuestos sectoriales específicos, se ha reducido notablemente el gravamen sobre las entidades de crédito y han sido derogados los tipos progresivos de la tasa de inspección alimentaria. La cuña fiscal sobre el trabajo aplicada a los trabajadores con salarios bajos sigue siendo elevada, especialmente para los trabajadores sin hijos. Este hecho puede afectar de forma negativa a su empleabilidad y también puede suponer un freno a la inversión. Se han tomado medidas para reducir la cuña fiscal (incluida una reducción de un punto porcentual en el tipo impositivo uniforme del impuesto sobre la renta y un incremento de la desgravación fiscal para los trabajadores con dos hijos). Sin embargo, las medidas no están enfocadas adecuadamente para tener un efecto significativo en los trabajadores con salarios bajos. Existe un margen para trasladar la carga fiscal sobre las rentas del trabajo hacia ámbitos que falseen menos el crecimiento. Se han adoptado varias medidas para mejorar el cumplimiento de las normas y reducir los costes correspondientes, si bien estos últimos siguen siendo elevados. Pese a las mejoras registradas en los últimos años, Hungría aún debe resolver problemas que afectan a la eficiencia en la recaudación de impuestos. El Gobierno anunció una reforma institucional de gran calado, que pondrá en marcha en 2016, para una mayor eficiencia de la administración tributaria. |
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(9) |
Se han registrado pocos avances en el fomento de la competencia y la transparencia en la contratación pública (por ejemplo, con la adopción de la nueva Ley de contratación pública, cuya conformidad con la legislación de la UE aún debe ser evaluada), mientras que unos cambios reglamentarios imprevisibles y diversas trabas administrativas obstaculizan la empresa privada y la inversión. El número elevado de procedimientos negociados sin publicación y las adjudicaciones de contratos con una sola oferta muestran que persiste el bajo nivel de competencia en la contratación pública. El Gobierno presentó en mayo de 2016 una estrategia de contratación electrónica. Es necesario realizar un seguimiento de su aplicación y sus repercusiones en la mejora de la eficiencia y la transparencia; persiste el riesgo de corrupción. Serán necesarios cambios para que el nuevo programa nacional de acción contra la corrupción 2015-2018 sea más eficaz a la hora de prevenir la corrupción en las instituciones públicas y de aplicar sanciones disuasorias. El Gobierno no ha renovado el compromiso que había contraído de revisar la Ley de 2013 sobre los denunciantes, y esta carece de disposiciones que los protejan adecuadamente ante posibles represalias. Los planes de revisión del sistema de declaraciones patrimoniales que figuran en el programa nacional de acción contra la corrupción adolecen de una falta de ambición, y las nuevas modificaciones legislativas aprobadas en 2015 introdujeron restricciones adicionales en el acceso del público a la información. El Gobierno ha tomado medidas para reducir la carga administrativa, pero la normativa restrictiva de Hungría en el sector de los servicios y un marco reglamentario volátil siguen siendo preocupantes para las empresas, lo cual crea incertidumbre entre los inversores. Las restricciones de establecimiento y de funcionamiento en el sector minorista constituyen obstáculos importantes a la entrada y a la expansión. Los recargos en el sector minorista húngaro ocupan la tercera posición dentro de la Unión y han aumentado continuamente en la última década, mientras que el indicador de eficiencia en la asignación de recursos es uno de los más bajos de la Unión. |
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(10) |
Las evoluciones recientes del mercado laboral son favorables en Hungría, con una tasa de desempleo que ha caído a los niveles registrados antes de la crisis. La creación de empleo en el sector privado está repuntando, si bien es cierto que el programa de obras públicas también ha contribuido a reducir el desempleo. Ese programa constituye la principal política activa del mercado laboral en Hungría. Su coste presupuestario se ha multiplicado por más de cuatro en los cinco últimos años. No obstante, el programa no parece ser suficiente para mejorar la reincorporación de los participantes a un mercado laboral abierto. En el primer semestre de 2015, el índice de salida del programa hacia un empleo regular fue del 13,1 %, pero alrededor del 60 % de los participantes que lo dejaron en ese período volvieron a él en un plazo de 180 días. Este hecho aumenta de forma significativa los riesgos de bloquear a los participantes en el programa, especialmente a los trabajadores poco cualificados y a los habitantes de regiones desfavorecidas. Aunque el programa está destinado específicamente a los desempleados de larga duración, a los trabajadores poco cualificados y a los desempleados que viven en zonas desfavorecidas, en 2015 el 47 % de los participantes tenían estudios secundarios o superiores. La proporción de personas desempleadas que participan en obras públicas también es importante en regiones con unos mercados laborales que funcionen correctamente. La reciente reforma del servicio público de empleo puede hacer que resulte menos eficaz. La complejidad administrativa de las disposiciones de gestión (actualmente, cuatro ministerios se reparten la responsabilidad del servicio público de empleo) puede comprometer de modo significativo una dirección eficaz y una mayor atención a los resultados. La duración máxima de las prestaciones por desempleo (tres meses) es la más baja de la UE y es bastante más corta que el plazo medio necesario para encontrar un puesto de trabajo. Los indicadores de pobreza están mejorando, pero siguen siendo elevados, especialmente entre los más desfavorecidos, en particular los romaníes y los menores. La adecuación y la cobertura de la asistencia social siguen siendo problemáticas y las reformas recientes podrían restringir aún más las condiciones de acceso a una serie de prestaciones. |
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(11) |
Los resultados medios de los estudiantes húngaros en las aptitudes básicas fueron inferiores a la media de la UE en el Programa para la Evaluación Internacional de Alumnos de la OCDE (PISA) correspondiente a 2012 y la proporción de alumnos con bajo rendimiento aumentó entre 2009 y 2012. La influencia del origen socioeconómico y de la ubicación de la escuela en el rendimiento educativo es una de las más fuertes de la Unión. La selectividad del sistema educativo profundiza en las diferencias de rendimiento entre los estudiantes de los distintos tipos de escuela, y esas diferencias tienden a ampliarse con el tiempo. La falta de igualdad de acceso a una educación general de calidad es especialmente grave para los romaníes. Salvo en la educación infantil, que ha registrado mejoras significativas en los últimos años, siguen existiendo grandes diferencias en las tasas de finalización de estudios entre los romaníes y el resto de la población en todos los demás niveles educativos (enseñanza primaria, secundaria y superior). El abandono escolar prematuro sigue siendo elevado entre los romaníes. Hungría ha introducido una serie de medidas para paliar con mayor eficacia el problema de la falta de rendimiento. No obstante, no pueden consultarse algunos detalles importantes sobre la aplicación de estas medidas, por lo que resulta difícil evaluar su posible impacto. Falta por desarrollar un enfoque sistémico que promueva un sistema general de enseñanza inclusivo. No se ha publicado aún el plan de aplicación anunciado de la estrategia de lucha contra el abandono escolar prematuro. La transición entre las distintas formas y fases de la enseñanza sigue siendo difícil y la ejecución de las reformas recientes en materia de formación profesional debería dirigirse a facilitar las transiciones. |
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(12) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Hungría y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Hungría en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Hungría, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(13) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su Dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Hungría que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
En vista del riesgo elevado de desviación importante, lograr un ajuste presupuestario anual del 0,3 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y del 0,6 % del PIB en 2017, salvo que pueda cumplirse el objetivo presupuestario a medio plazo con un menor esfuerzo, mediante la adopción de las medidas estructurales necesarias. |
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2. |
Seguir reduciendo los impuestos sectoriales específicos y la cuña fiscal para los trabajadores con bajos salarios. Reforzar la transparencia y la competencia mediante la contratación pública electrónica, una mayor publicación de licitaciones y una mejora adicional del marco de lucha contra la corrupción. Mejorar el marco reglamentario en el sector de los servicios y en el sector minorista, reduciendo las normas restrictivas y garantizando la previsibilidad. |
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3. |
Facilitar la transición entre el programa de obras públicas y el mercado laboral primario y reforzar otras políticas activas del mercado laboral. Mejorar la adecuación y la cobertura de la asistencia social y las prestaciones por desempleo. Adoptar medidas para mejorar los resultados educativos y aumentar la participación de los grupos desfavorecidos, sobre todo los romaníes, en un sistema general de enseñanza inclusivo. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información que figura en el Programa de Convergencia, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(5) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/53 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Suecia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Suecia
(2016/C 299/13)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, la Comisión adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Suecia como uno de los Estados miembros que serían objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Suecia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Suecia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Suecia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Suecia está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, el elevado y creciente endeudamiento de los hogares asociado a los precios cada vez más elevados de la vivienda en un contexto de flujos de crédito positivos conlleva el riesgo de que se produzca una corrección desordenada con implicaciones para la economía real y el sector bancario. Se han adoptado medidas en el ámbito macroprudencial, que, no obstante, pueden resultar insuficientes. Persisten carencias en las políticas relativas a la fiscalidad de la vivienda, la amortización de las hipotecas, el funcionamiento de la oferta de vivienda y el mercado del alquiler. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Suecia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Suecia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé lograr un saldo presupuestario del-0,4 % del PIB y seguir cumpliendo el objetivo presupuestario a medio plazo, es decir, un déficit estructural del 1 % del PIB, durante todo el período de duración del Programa. De acuerdo con el Programa de Convergencia, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya drásticamente hasta situarse en el 42,5 % en 2016 y siga reduciéndose hasta el 39,1 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil hasta 2016 y prudente en relación con los años siguientes. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el saldo estructural sea del -0,5 % en 2016 y del -0,9 % del PIB en 2017, situándose por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Las eventuales desviaciones que se produzcan en el futuro se evaluarán a la luz del requisito de mantenimiento del saldo estructural en el nivel del objetivo presupuestario a medio plazo. A tenor de su evaluación del Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de la Comisión de la primavera de 2016, el Consejo estima que cabe esperar que Suecia cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
El endeudamiento de los hogares en Suecia se sitúa en un nivel muy elevado y su ritmo de crecimiento durante el pasado decenio ha sido de los más rápidos en la Unión. El endeudamiento de los hogares representó el 175 % de la renta anual disponible en 2015, de acuerdo con las estimaciones del Riksbank (banco central de Suecia), y el 87 % en relación con el PIB. Suecia cuenta con uno de los mayores incentivos fiscales a la propiedad de la vivienda en la Unión debido al nivel relativamente bajo de los impuestos sobre bienes inmuebles y al elevado grado de deducibilidad de los intereses hipotecarios. El alto nivel de endeudamiento de los hogares representa un riesgo para la estabilidad macroeconómica. El Gobierno ha adoptado algunas medidas para contener dicho endeudamiento, entre otras, legislación encaminada a imponer condiciones obligatorias de amortización en relación con nuevos préstamos hipotecarios, adoptadas por el Parlamento el 23 de marzo de 2016. La adopción de esta medida fundamental se vio considerablemente retrasada debido a las dudas planteadas en cuanto al mandato legal de la autoridad macroprudencial sueca para introducir el citado requisito. Existe el riesgo de que otras medidas que puedan resultar necesarias para hacer frente a los crecientes desequilibrios de Suecia puedan verse igualmente retrasadas si no se revisa el marco jurídico que regula el cometido de la autoridad macroprudencial. Por último, el Gobierno no ha adoptado medida alguna orientada a la adaptación de los incentivos fiscales, por ejemplo, mediante la reducción de la deducibilidad fiscal de los intereses hipotecarios o la revisión de los impuestos sobre bienes inmuebles. |
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(7) |
El mercado sueco de la vivienda sigue siendo una fuente potencial de inestabilidad. Los precios de la vivienda han aumentado casi constantemente durante los últimos veinte años, especialmente en las áreas metropolitanas de Estocolmo y Gotemburgo. Los precios de la vivienda siguen al alza, no solo en razón de la solidez de las variables fundamentales, como, por ejemplo, el crecimiento de la renta disponible, sino también debido a las deficiencias estructurales en el mercado de la vivienda. La oferta de vivienda se ve obstaculizada por la utilización ineficaz del parque de viviendas existente, un alto grado de control de los alquileres, la escasa competencia en el sector de la construcción, la insuficiente disponibilidad de terrenos para nueva construcción y los largos y complejos procedimientos de planificación. La actual configuración del impuesto sobre las plusvalías procedentes de las ventas de bienes inmuebles limita el potencial para un uso más eficiente del parque de viviendas existente. Las ineficiencias estructurales se traducen en una inversión insuficiente en el sector de la vivienda y una escasez generalizada de viviendas, y contribuyen al incremento persistente de los precios de la vivienda. La falta de viviendas disponibles y asequibles limita también la movilidad laboral y constituye un obstáculo para la integración eficaz de los inmigrantes en el mercado de trabajo. El Gobierno ha adoptado algunas medidas, entre ellas el aumento de la financiación pública para inversiones en el sector de la vivienda y la simplificación de determinados procedimientos de planificación. En diciembre de 2015, un estudio sobre la competencia en el sector de la construcción propuso una serie de posibles medidas, tales como un aumento de la transparencia en materia de contratos de vivienda pública. Sin embargo, el Gobierno no ha avanzado en la reforma del sistema de fijación de alquileres. |
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(8) |
Pese al comportamiento relativamente bueno de la inversión, Suecia se enfrenta a retos que pueden tener un impacto negativo en la competitividad a largo plazo del país. En particular, las ineficiencias estructurales en el mercado de la vivienda obstaculizan la inversión en este ámbito. La inversión en infraestructuras destinadas a mejorar la conectividad en el interior de las zonas urbanas y entre ellas resulta insuficiente en vista de las limitaciones derivadas de la escasez de vivienda. |
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(9) |
En Suecia, el rendimiento educativo de los alumnos de 15 años ha experimentado a lo largo del último decenio, según la encuesta PISA, el descenso más acusado de entre todos los países de la OCDE y, en la actualidad, se sitúa por debajo de la media tanto de la UE como de la OCDE. El deterioro de los resultados de la enseñanza escolar podría menoscabar la competitividad y la capacidad de innovación de Suecia a largo plazo. A este reto en materia educativa viene a sumarse la importante diferencia de rendimiento observada en función de que los estudiantes procedan o no de la inmigración. Esta diferencia merece una atención particular, habida cuenta del elevado número de jóvenes inmigrantes recién llegados que habrá que integrar en el sistema educativo. La falta de claridad de los mecanismos de financiación de la enseñanza escolar unida a un seguimiento poco sistemático del uso de los fondos en los diferentes niveles del sistema educativo impiden una utilización eficiente de los recursos. El Gobierno ha movilizado fondos adicionales para mejorar los resultados escolares y favorecer la equidad y está adoptando medidas para integrar a los inmigrantes recién llegados en el sistema educativo. |
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(10) |
La gran afluencia de refugiados registrada el año pasado tiene diversas consecuencias sociales y económicas para el país. Si bien, a corto plazo, esta afluencia probablemente aumentará el gasto público y creará una demanda interna adicional, con el consiguiente incremento del PIB, el efecto a medio plazo sobre el empleo y el crecimiento dependerá de la buena integración de los refugiados en la sociedad y en el mercado laboral, en particular a través de un apoyo en el ámbito educativo. Esta cuestión ocupa un lugar destacado en la agenda política tanto a nivel de la UE como de los Estados miembros y será objeto de análisis y de un estrecho seguimiento, especialmente en el informe específico de 2017. |
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(11) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Suecia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Suecia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Suecia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(12) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia y en su dictamen estima (4) que cabe esperar que Suecia cumpla el Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(13) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Convergencia. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA que Suecia tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Hacer frente al aumento del endeudamiento de los hogares mediante la adaptación de los incentivos fiscales, y en particular mediante una limitación gradual de la deducibilidad fiscal de los pagos de intereses hipotecarios o un incremento de los impuestos recurrentes sobre los bienes inmuebles. Garantizar que la autoridad macroprudencial tenga mandato legal para aplicar oportunamente medidas destinadas a preservar la estabilidad financiera. Fomentar la inversión en vivienda y mejorar la eficiencia del mercado de la vivienda, en particular mediante una mayor flexibilidad en la fijación de los precios de los alquileres y una revisión de la configuración del impuesto sobre las plusvalías, a fin de propiciar un mayor número de transacciones inmobiliarias. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/57 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Austria y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Austria
(2016/C 299/14)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Austria como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Austria debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Austria fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Austria de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Austria hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Austria no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. |
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(3) |
El 26 de abril de 2016, Austria presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y el 27 de abril de 2016, su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Programa de Estabilidad indica que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados es importante y constituye una prueba suficiente del alcance y la naturaleza de estos costes presupuestarios adicionales. Según la Comisión, los gastos adicionales elegibles ascendieron al 0,09 % del PIB en 2015, y se estiman actualmente en el 0,26 % del PIB en 2016. Estos importes representan una revisión al alza respecto a las estimaciones presentadas en el proyecto de plan presupuestario para 2016, en el que los gastos adicionales previstos se situaban en torno al 0,08 % del PIB y el 0,16 % del PIB en 2015 y 2016, respectivamente. Las disposiciones recogidas en el artículo 5, apartado 1, y en el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permiten hacer frente a estos gastos adicionales en la medida en que la entrada de refugiados constituye un acontecimiento excepcional, su impacto en las finanzas públicas austriacas es significativo y la sostenibilidad no se vería comprometida al permitir una desviación respecto de la trayectoria de ajuste de cara al objetivo a medio plazo. En 2015 Austria alcanzó su objetivo presupuestario a medio plazo, por lo que no utilizó la posible desviación temporal. No obstante, con el fin de garantizar que se permita a Austria la misma desviación temporal que a otros países que aún no han alcanzado su objetivo presupuestario a medio plazo, se permitirá a Austria desviarse de su objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y 2017 en la cantidad considerada elegible para 2015. Por lo que respecta a la posibilidad de una nueva desviación en 2016, en la primavera de 2017 se realizará una evaluación final, en particular de los importes elegibles, sobre la base de los datos proporcionados por las autoridades austriacas. |
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(6) |
Austria se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeta a la norma transitoria en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé que el déficit global se deteriore hasta alcanzar el 1,6 % del PIB en 2016 y que posteriormente mejore gradualmente hasta llegar al 0,4 % del PIB en 2020. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo –un déficit estructural del 0,45 % del PIB hasta 2016 y revisado para convertirse en un déficit estructural del 0,5 % del PIB a partir de 2017– se cumpla a partir de 2018. No obstante, sobre la base del saldo estructural recalculado, el objetivo presupuestario a medio plazo solo podría cumplirse a partir 2019. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio de deuda pública sobre el PIB haya alcanzado el máximo del 86,2 % en 2015 y disminuya gradualmente hasta el 76,6 % en 2020. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. Al mismo tiempo, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, existe un riesgo de cierta desviación en 2016. No obstante, si se excluye, asimismo, de la evaluación el impacto adicional de la afluencia excepcional de refugiados actualmente previsto para 2016, cabría esperar de Austria que cumpliese las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento en 2016. Suponiendo que no haya cambios en las políticas, existe el riesgo de una desviación importante del ajuste recomendado en 2017. Sin embargo, la desviación proyectada en 2017 ya no sería significativa tras considerar el margen de maniobra adicional vinculado al impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados concedido posiblemente para 2016. Se prevé que Austria cumpla la norma transitoria en materia de deuda en 2016 y, una vez finalizado el período transitorio, el parámetro de reducción de la deuda en 2017. A tenor de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe el riesgo de que Austria no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(7) |
El efecto presupuestario de la reciente reforma fiscal sigue representando un elemento de incertidumbre. A la hora de tomar medidas para garantizar la sostenibilidad presupuestaria, debe tenerse en cuenta que, a pesar de las reformas recientes, la presión fiscal sobre el trabajo sigue siendo alta y Austria tiene una elevada cuña fiscal en comparación con otros países europeos. Al mismo tiempo, se están infrautilizando las fuentes impositivas más favorables al crecimiento que permiten la reducción de la presión fiscal sobre el trabajo. Adoptar medidas para reducir la presión fiscal sobre el trabajo, desplazando la carga fiscal a otras fuentes que impliquen un menor perjuicio para el crecimiento, ayudaría a resolver este problema. |
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(8) |
En 2015 la tasa de desempleo de las personas de edades comprendidas entre 55 y 64 años fue del 46,3 % (media de la UE: 53,3 %), situándose en el decimonoveno lugar con respecto a los demás Estados miembros. Las medidas adicionales para aumentar la edad efectiva de jubilación, en vigor desde 2014, han surtido algún efecto. Queda por ver si estas medidas invertirán la tendencia según la cual la edad efectiva de jubilación en Austria se sitúa, a medio plazo, por detrás de la media de la Unión. Además, la duración de la jubilación es cada vez mayor, debido al aumento de la esperanza de vida. A partir de 2024 y hasta 2033 se aumentará la edad legal de jubilación de las mujeres y se equiparará progresivamente a la de los hombres. En Austria, la edad legal de jubilación no está vinculada a la creciente esperanza de vida. La Comisión estima que, en 2040, el gasto en pensiones aumentará un 0,8 % del PIB con respecto a 2013. A largo plazo (2060), se espera que el gasto en pensiones aumente un 0,5 % del PIB. Del mismo modo, se prevé que el gasto sanitario aumente un 1 % del PIB entre 2013 y 2040, y un 1,3 % del PIB en 2060. Esto, junto con el incremento previsto del gasto en prestaciones de dependencia, puede considerarse un riesgo medio para la sostenibilidad presupuestaria de Austria. |
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(9) |
Las relaciones fiscales entre los diversos niveles de gobierno (federal, estatal y local) son complejas y las responsabilidades en materia de ingresos y gastos no coinciden en muchos ámbitos políticos, como el de la asistencia sanitaria. Según datos de la OCDE de 2014, mientras que los gobiernos subnacionales tienen responsabilidades políticas de gasto que ascienden al 16 % del PIB del gasto de las administraciones públicas, la proporción de impuestos subnacionales tan solo se sitúa en torno al 2 % del PIB. Esta complejidad es costosa y puede afectar negativamente a la disciplina presupuestaria. Actualmente se está negociando la distribución de los ingresos entre los tres niveles de gobierno para el período que comienza en 2017, lo que ofrece una oportunidad para abordar esta cuestión. |
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(10) |
Austria ha tenido tradicionalmente una de las tasas de desempleo más bajas de la Unión. Sin embargo, ha ido en aumento desde 2011 y ascendió al 5,7 % en 2015. La tasa de desempleo juvenil es también baja: Un 10,6 % entre la población activa de 15 a 24 años de edad en 2015. Austria cuenta también con una elevada tasa de empleo. Sin embargo, mientras que la tasa de empleo femenino, del 70,2 %, es superior a la media de la UE, también es relativamente elevada la proporción de mujeres que trabajan a tiempo parcial debido a sus obligaciones de cuidado de los hijos o personas de edad avanzada. Esto contribuye a una de las mayores brechas salariales entre hombres y mujeres de la Unión y a importantes diferencias de pensión entre ambos sexos. Para los trabajadores de más edad (entre 55 y 64 años), la tasa de empleo se sitúa por debajo de la media de la UE. |
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(11) |
Austria ya ha superado sus objetivos nacionales de la Estrategia Europa 2020 en materia de educación. En 2015, la tasa de abandono escolar prematuro era del 7,3 % y la de titulación en la enseñanza superior del 38,7 %. Sin embargo, los resultados educativos dependen en gran medida de la situación socioeconómica. La movilidad intergeneracional en educación está entre las más bajas de todos los países de la OCDE para los que se dispone de datos. La tasa de abandono escolar de los alumnos de origen inmigrante es más de tres veces mayor que la de los que no tiene origen inmigrante y el país afronta el reto añadido de integrar a los refugiados e inmigrantes en edad de escolarización obligatoria y de más edad en el sistema de educación y formación. |
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(12) |
Aunque los bancos austriacos afrontan retos en los mercados nacional y extranjero, las acciones de supervisión a escala nacional y europea han ayudado a abordar los riesgos de deterioro de la calidad de los activos en el centro, este y sudeste de Europa. Por lo que respecta a la reestructuración y la liquidación de las entidades financieras en dificultades, ya se han tenido en cuenta los riesgos presupuestarios en las cuentas públicas. Si bien no pueden excluirse otros riesgos, estos parecen limitarse a problemas heredados de determinadas instituciones muy contadas. |
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(13) |
Austria tiene una tasa de inversión superior a la media de la UE por lo que respecta a todos los componentes del PIB, con excepción de la vivienda. Sin embargo, la inversión en este país ha sido débil desde el año 2012, a pesar de la sólida liquidez de las empresas y unas condiciones de financiación ventajosas. A fin de estimular la inversión y el crecimiento, deben eliminarse las complejidades y los obstáculos administrativos. Por ejemplo, las barreras normativas y las cargas administrativas en el ámbito de la prestación de servicios no propician la apertura de nuevas empresas. En cuanto a las barreras para la creación de empresas interdisciplinarias, tal como se contempla en las recomendaciones específicas por país de 2015, Austria ha empezado a considerar las mejoras, pero todavía no se ha tomado ninguna decisión. En los servicios a las empresas, existen determinadas dificultades que se derivan de unos requisitos de autorización restrictivos y, en lo que respecta a determinadas profesiones, de limitaciones a la forma jurídica y la participación en el capital, lo que da lugar a una baja dinámica del mercado y al crecimiento negativo de la productividad. El plan de acción presentado por Austria a raíz de la evaluación recíproca en materia de acceso y ejercicio de las profesiones reguladas propone únicamente un número reducido de acciones, mientras que existe un claro margen para propuestas más ambiciosas. |
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(14) |
La gran afluencia de refugiados del pasado año tiene una serie de consecuencias sociales y económicas para Austria. Si bien a corto plazo la afluencia de refugiados va a aumentar el gasto público y la demanda interna, incrementando el PIB a medio plazo, el efecto a medio plazo sobre el empleo y el crecimiento depende del éxito de la integración de los refugiados en la sociedad y el mercado laboral, en particular a través del apoyo educativo. Esta cuestión, que ocupa un lugar destacado en la agenda política tanto a escala de la Unión como a escala de los Estados miembros, se supervisará y analizará de cerca en el informe específico de 2017. |
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(15) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Austria y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Austria en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Austria, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(16) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad y su Dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Austria que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Velar por que la desviación del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y 2017 se limite al margen de maniobra vinculado al impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados en 2015 y que, a tal efecto, se logre un ajuste presupuestario anual del 0,3 % del PIB en 2017, a menos que se respete el objetivo presupuestario a medio plazo con un esfuerzo menor. Garantizar la sostenibilidad de los sistemas sanitario y de pensiones, vinculando la edad legal de jubilación a la esperanza de vida. Simplificar y racionalizar las relaciones y responsabilidades presupuestarias entre los distintos niveles de la Administración. |
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2. |
Mejorar la participación de las mujeres en el mercado laboral. Tomar medidas para mejorar el nivel de formación de los jóvenes desfavorecidos, en particular los de origen inmigrante. |
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3. |
Reducir en el ámbito de los servicios las barreras administrativas y normativas para la inversión, como los requisitos de autorización restrictivos y las limitaciones en materia de forma jurídica y participación accionarial, así como los impedimentos para la creación de empresas interdisciplinarias. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/61 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Eslovaquia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Eslovaquia
(2016/C 299/15)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Eslovaquia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Eslovaquia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Eslovaquia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Eslovaquia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Eslovaquia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Eslovaquia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Eslovaquia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora del saldo presupuestario hasta el – 1,9 % del PIB en 2016, mejora que continuará gradualmente hasta llegar al – 1,3 % del PIB en 2017. Según el Programa de Estabilidad, en 2019 se alcanzará el objetivo a medio plazo, consistente en un déficit estructural del 0,5 % del PIB. Según el Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB alcance el 52,9 % en 2016 y continúe disminuyendo hasta el 47,3 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, Eslovaquia corre el riesgo de que se produzca una cierta desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016, mientras que se espera que cumpla con el ajuste recomendado en 2017, siempre que sus políticas permanezcan inalteradas. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que es de esperar que Eslovaquia, en líneas generales, cumpla lo dispuesto en el Pacto de estabilidad y crecimiento. No obstante, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016. A tal fin, la largamente pospuesta adopción de límites máximos de gasto vinculantes y la aplicación de un programa de «uso óptimo de los fondos» para aumentar la eficiencia del gasto público, junto con revisiones planificadas del gasto en ámbitos escogidos, serían de vital importancia. |
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(6) |
La sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas en Eslovaquia sigue constituyendo un reto. Ello se debe principalmente al aumento previsto de los gastos relacionados con el envejecimiento de la población en el sistema sanitario y de pensiones. Se espera que el aumento del gasto en pensiones de Eslovaquia hasta 2060 sea uno de los más altos de la UE, impulsado por el envejecimiento de la población y la baja tasa de natalidad. La edad legal de jubilación en Eslovaquia es relativamente baja, debido en parte a factores relacionados con la esperanza de vida. El gasto sanitario es el principal factor determinante de los costes relacionados con el envejecimiento de la población. Se prevé que el gasto público en asistencia sanitaria crezca considerablemente a largo plazo, aunque partiendo desde un nivel relativamente bajo. A pesar de algunas mejoras, los indicadores de salud siguen siendo muy bajos en Eslovaquia. Para mejorar la relación coste/eficacia en el sector de la asistencia sanitaria, el Gobierno ha adoptado medidas tanto en el ámbito de la atención hospitalaria como en el de la atención ambulatoria. Continúan los esfuerzos para introducir un modelo integrado de asistencia sanitaria. El éxito de esta reforma dependerá, probablemente, de la implicación de las principales partes interesadas, de la integración de los centros de salud y los hospitales, y del personal adecuado. A pesar de las medidas adoptadas para atajar la creciente acumulación de deuda por parte de los hospitales públicos, muchos de ellos todavía se encuentran en una situación financiera precaria. Persisten los retos en lo relativo a la inversión completa de las tendencias negativas en el gasto, tales como la restructuración de las capacidades hospitalarias, la creación de un futuro mecanismo de reembolso y el incremento de la competencia en la contratación pública en el ámbito de la atención sanitaria. Por lo que se refiere a la asistencia ambulatoria, la escasamente desarrollada función de filtrado en la derivación por parte los médicos generalistas se debe, en parte, a un deficiente reparto de competencias entre médicos generalistas y especialistas, y favorece el recurso a una asistencia especializada más costosa. Por lo que respecta a la fiscalidad, las medidas del Gobierno para luchar contra el fraude fiscal han contribuido a mejorar la recaudación de impuestos, en particular en el ámbito del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Sin embargo, la brecha del IVA sigue siendo considerable, lo cual pone de manifiesto un problema persistente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El fuerte énfasis que se ha puesto en la recaudación del IVA en los últimos años ha reducido la atención prestada a otros ámbitos fiscales importantes, como el impuesto sobre la renta. Además, un enfoque centrado en la auditoría ha llevado a descuidar otras funciones de la administración tributaria como, por ejemplo, el cobro de deudas fiscales. Esto sugiere que existe margen para mejorar la asignación de recursos dentro del sistema tributario. Aún no se ha desarrollado una estrategia que defina objetivos en materia de cumplimiento de las obligaciones tributarias. |
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(7) |
A pesar de las mejoras en el mercado laboral resultantes de la buena recuperación económica y las recientes medidas políticas, el desempleo de larga duración sigue siendo un problema. La tasa de desempleo de larga duración sigue siendo una de las más elevadas de la UE (un 7,6 % frente a un 4,3 % en el conjunto de la UE en el tercer trimestre de 2015). Afecta especialmente a las comunidades gitanas marginadas, a los trabajadores poco cualificados y a los jóvenes. Se han tomado medidas para abordar el desempleo en el ámbito de la educación y la formación profesional, el empleo subvencionado y el asesoramiento para la búsqueda de empleo. Sin embargo, el éxito en la aplicación de la mayoría de estas reformas dependerá de la capacidad de los servicios públicos de empleo. A pesar de la reorganización de la Oficina Central del Trabajo y de un mejor acceso a la formación, siguen existiendo dificultades para introducir una ayuda individualizada a los desempleados de larga duración y a los grupos vulnerables. La participación de los gitanos en el mercado laboral eslovaco sigue siendo muy baja, y los progresos a la hora de incrementar su tasa de empleo son lentos. Los bajos niveles de educación y cualificación, así como la discriminación, son factores que influyen en su escasa participación en el mercado de trabajo. La baja tasa de empleo de las mujeres en edad de procrear constituye un reflejo de los prolongados permisos parentales (de hasta tres años), la escasez de servicios de guardería, especialmente para los niños de menos de tres años, el alto coste del cuidado infantil, y el uso limitado de las disposiciones en materia de horario laboral flexible. Además, las disparidades regionales persisten: la tasa de desempleo en Eslovaquia Oriental aún sigue doblando la de Bratislava. En lo que respecta a la gobernanza de los servicios del mercado laboral, las medidas tomadas en los últimos meses no prevén un enfoque a medida para abordar los problemas estructurales del mercado laboral eslovaco. |
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(8) |
El sistema educativo está insuficientemente orientado al aumento del potencial económico de Eslovaquia. Los resultados educativos son bajos en relación con los niveles de referencia internacionales, y han seguido empeorando. Esto está vinculado en gran medida a la inadecuada formación de los profesores y al escaso atractivo de la profesión docente. A pesar del incremento salarial de un 4 % para los profesores en 2016, la baja remuneración y la insuficiente formación práctica son algunos de los factores que hacen la profesión poco atractiva para los jóvenes. La legislación antisegregación recientemente adoptada está aún por aplicar para producir cambios positivos e incrementar la participación de los gitanos en la educación general, incluida la preescolar. |
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(9) |
La administración pública aún se ve lastrada por la ineficiencia. La coordinación eficaz es insuficiente debido a la fragmentación y la rigidez de la organización de la administración pública. La adopción de la Estrategia de Gestión de los Recursos Humanos en octubre de 2015 representa un avance. Sin embargo, la nueva Ley de la Función Pública, que constituye un prerrequisito necesario para el éxito de su puesta en práctica, todavía no ha sido adoptada. El Gobierno ha adoptado diversas medidas para hacer frente a la corrupción, pero por el momento su impacto ha sido limitado. En particular, la trayectoria de Eslovaquia hasta el momento a la hora de incoar causas penales y llevar a juicio los casos de corrupción, incluidas las prácticas ilícitas en la contratación pública, es mejorable. Los procedimientos para la concesión de permisos de construcción en proyectos que conllevan inversiones a gran escala y de infraestructura se han acortado. Una gobernanza no consolidada, la falta de procedimientos de contratación pública concebidos en función de datos contrastados, el escaso profesionalismo, los conflictos de interés, los pliegos de condiciones redactados a medida, y el recurso excesivo a los precios bajos como criterio determinante de la concesión, dan lugar a una escasez de competencia basada en criterios cualitativos. De manera persistente, se señala que la eficiencia en la asignación de los recursos públicos se ve afectada por las deficiencias en materia de contratación pública. Los frecuentes cambios en la legislación y los procedimientos y requisitos administrativos onerosos afectan a las empresas en Eslovaquia. Las elevadas barreras administrativas y normativas en relación con algunos servicios profesionales e industrias de red, las deficiencias en algunos ámbitos como, por ejemplo, el cumplimiento de los contratos y los procedimientos concursales, así como las preocupaciones de larga data en cuanto a la calidad de la administración de justicia, dañan el entorno empresarial y desincentivan la inversión. Se han adoptado algunas medidas para facilitar la actividad empresarial, como, por ejemplo, el «Centro para una mejor legislación», creado en octubre de 2015, y la puesta en marcha del Centro Empresarial Nacional a principios de 2016. Sin embargo, la adopción de la «Ley de la Pequeña Empresa» en el marco de la estrategia de desarrollo de las PYME ha sido pospuesta. |
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(10) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Eslovaquia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Eslovaquia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Eslovaquia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(11) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de Portugal, y su dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Eslovaquia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Lograr un ajuste presupuestario anual del 0,25 % del PIB con vistas a alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016, y del 0,5 % del PIB en 2017. Mejorar la relación coste/eficacia del sistema sanitario. Adoptar medidas para reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. |
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2. |
Mejorar las medidas de activación para los desempleados de larga duración y otros grupos desfavorecidos, incluidos los servicios individualizados y la formación específica. Facilitar el empleo de las mujeres, en particular ampliando la oferta de guarderías asequibles y de calidad. Mejorar los resultados educativos haciendo que la profesión docente sea más atractiva y aumentando la participación de los niños gitanos desde la primera infancia en el sistema educativo general. |
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3. |
Consolidar la gobernanza, reforzar la transición desde una competencia basada únicamente en el precio a una competencia basada en la calidad, y potenciar la persecución de las prácticas ilícitas en la contratación pública. Reforzar la transparencia, la calidad y la eficacia de la gestión de los recursos humanos en la Administración pública, en particular mediante la adopción de una nueva Ley de la Función Pública, así como la efectividad de la administración de justicia. Adoptar un plan integral para abordar los obstáculos administrativos y normativos para las empresas. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/65 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Irlanda y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Irlanda
(2016/C 299/16)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Irlanda como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Irlanda debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Irlanda fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Irlanda de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Irlanda hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Irlanda está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, resulta fundamental hacer frente a la gran acumulación de pasivos externos netos y de deuda pública y privada, que constituyen, a pesar de las mejoras, puntos vulnerables. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Irlanda presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Tras la derogación del procedimiento de déficit excesivo, Irlanda se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeta a la norma transitoria en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, que se basa en una hipótesis de mantenimiento de las mismas políticas, el Gobierno prevé una mejora gradual del saldo presupuestario hasta alcanzar un superávit del 0,4 % del PIB en 2018. Se espera que el objetivo presupuestario a medio plazo revisado —un déficit estructural del 0,5 % del PIB— se alcance en 2018. Sin embargo, la variación anual del saldo estructural recalculado (5) del 0,1 % del PIB en 2016 no garantiza avances suficientes hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. Con arreglo al Programa de Estabilidad, se prevé que la ratio deuda pública/PIB se reduzca al 88,2 % en 2016, para posteriormente descender hasta el 85,5 % en 2017. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, existe un riesgo de cierta desviación del ajuste presupuestario recomendado en 2016, aunque se prevé que Irlanda se atenga a él en 2017 suponiendo que no haya cambios en las políticas. Está previsto que Irlanda cumpla con la norma transitoria en materia de deuda en 2016 y 2017. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que es de esperar que Irlanda cumpla en términos generales las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. No obstante, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016. |
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(6) |
Los esfuerzos encaminados a ampliar la base impositiva han sido limitados y las medidas fiscales más recientes se han centrado en las reducciones y las desgravaciones. Es preciso seguir avanzando para hacer el sistema tributario más eficiente y favorable al crecimiento. Las autoridades irlandesas aplican un programa evolutivo de revisiones del gasto tributario, cuyos resultados se publican en un informe anual. Sin embargo, el proceso de revisión no cubre los gastos tributarios relacionados con el IVA y todavía hay margen para ampliar la base impositiva mediante incrementos en los impuestos que generan menos distorsiones. |
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(7) |
La relación coste/eficacia, la igualdad de acceso y la sostenibilidad siguen siendo desafíos clave para el sistema sanitario. Se avanza en capítulos específicos de las reformas, pero el gasto en productos farmacéuticos sigue pesando en la relación coste/eficacia, debido sobre todo al elevado coste de los medicamentos producidos por un proveedor único. Los sistemas de gestión financiera e información siguen siendo débiles, y el desigual acceso a la atención primaria sigue siendo un problema. Aproximadamente el 40 % de la población tiene acceso gratuito a los médicos generalistas, mientras que el resto soporta íntegramente el coste. Reina gran incertidumbre ante la amplia reforma del sistema de asistencia sanitaria, al tiempo que se cuestiona el modelo de seguro médico universal. |
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(8) |
Es preciso abordar las necesidades en materia de infraestructuras con el fin de promover un crecimiento duradero y equilibrado en el futuro. Tras alcanzar un nivel máximo del 5,2 % del PIB en 2008, la inversión pública se redujo al 1,8 % del PIB en 2013, para luego recuperarse ligeramente en 2014, aunque seguía estando muy por debajo de la media de la UE. Además, parece que la crisis ha dado lugar a un desplazamiento estructural de la composición del gasto público general desde la inversión hacia los gastos corrientes. En 2010- 2013, la inversión en activo fijo se situó de media en tan solo el 4,8 % del total, menos de la mitad de la media a largo plazo durante el período 1995-2008. Siete años de fuerte caída de la inversión pública han incidido negativamente en la calidad y la adecuación de las infraestructuras y el apoyo público a la inversión inmaterial. Se observan graves deficiencias en las capacidades de vivienda, agua, transporte público y mitigación del cambio climático. Actualmente, la demanda de vivienda nueva supera con creces la oferta en las principales zonas urbanas del país. Como consecuencia de ello, los precios de los bienes inmuebles residenciales y los alquileres en las zonas urbanas aumentaron considerablemente en 2014, aunque el crecimiento se ralentizó en 2015. Hoy por hoy, no existen pruebas de sobrevaloración del mercado, aunque las restricciones que limitan el sector de la construcción y la oferta de viviendas, incluidas algunas relacionadas con las infraestructuras públicas, podrían generar, de no resolverse, riesgos de desequilibrios. La reorientación del gasto público también ha afectado a la concesión de ayudas públicas a la I+D y la innovación, que en 2014 se situó por debajo de los niveles de 2007. En la actualidad, en términos de I+D pública como porcentaje del PIB, Irlanda ocupa el 22.o puesto de la UE. Este extremo incide negativamente en la competitividad de las PYME. |
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(9) |
El desempleo ha caído por debajo de la media de la UE, y en marzo de 2016 se situaba en el 8,6 %. Sin embargo, el desempleo de larga duración y la baja intensidad laboral de los hogares siguen suscitando preocupación. En particular, aunque la tasa de desempleo de larga duración se ha reducido en los últimos años, la proporción de desempleados de larga duración sigue siendo alta, habiéndose situado en el 56,3 % en el cuarto trimestre de 2015, por encima de la media de la UE, que era del 48,3 %. En 2014 (últimos datos comparables), el porcentaje de la población que vive en hogares con una intensidad de trabajo muy baja era el más elevado de la UE, con un 21,1 %, y afectaba especialmente a las familias monoparentales. La proporción de niños (de 0 a 17 años) en riesgo de pobreza o exclusión social disminuyó hasta el 30,3 % en 2014, pero sigue siendo superior a la media de la UE, del 27,8 %. La cifra correspondiente a las familias monoparentales (62,5 % en 2014) es muy superior a la media de la UE (48,2 %). |
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(10) |
Irlanda ha iniciado el despliegue del programa JobPath para atender las necesidades de los desempleados de larga duración y está desarrollando un enfoque de activación para estimular a las personas que pueden y desean desempeñar un papel más activo en la mano de obra. El desafío sigue estribando en ampliar los servicios de apoyo al empleo a las personas tradicionalmente excluidas del mercado de trabajo, en particular las personas con discapacidad y las personas con responsabilidades asistenciales. En general, el sistema de asistencia social ha funcionado correctamente, conteniendo los efectos de la crisis en términos de pobreza y desigualdad, pero persisten obstáculos a un crecimiento integrador. Se han logrado algunos avances en la modulación de las prestaciones, pero siguen suscitando preocupación las trampas de inactividad para ciertos hogares. Como porcentaje de los salarios, el coste neto de la atención infantil en Irlanda se encuentra entre los más altos de la Unión, el segundo mayor para las parejas y el más alto para las familias monoparentales. Persisten dudas sobre la calidad de los servicios de cuidado de niños. Por ejemplo, en 2014 el porcentaje de titulados que trabajan en el sector de la atención y la educación de la primera infancia (15 %) permaneció muy por debajo del nivel recomendado. Siguen observándose desajustes de capacidades, y en ciertos ámbitos han emergido carencias de competencias, mientras las oportunidades de mejora de las capacidades y reciclaje profesional siguen siendo insuficientes, y la disminución del gasto en educación podría tener un impacto negativo en los resultados educativos en el futuro. |
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(11) |
El gran apalancamiento del sector privado refleja problemas de deterioro de los préstamos en curso. A finales de junio de 2015, la deuda no consolidada del sector privado se situó en el 266,3 % del PIB, muy por encima de la media de la zona del euro. Aunque la ratio de préstamos no productivos ha venido disminuyendo debido a la recuperación económica y las actividades de reestructuración, a finales de 2015 seguía siendo una de las más altas de la zona del euro, representando más del 16 % de todos los préstamos de los bancos nacionales. Además, el 14,7 % de los préstamos hipotecarios se encontraba en situación de mora a finales de 2015, mientras que los atrasos de más de dos años representaban casi el 10 % del total del saldo de préstamos hipotecarios. Aunque se están realizando progresos, la mayoría de las reestructuraciones hipotecarias es temporal, lo que pone de manifiesto un riesgo de nuevo impago, especialmente en caso de deterioro macroeconómico o perturbación externa. Los préstamos inmobiliarios comerciales en poder de bancos nacionales y los préstamos a sociedades y PYME también siguen siendo motivo de preocupación, con ratios de préstamos no productivos del 37,3 % y el 13,8 %, respectivamente. Aunque se están realizando progresos, llevará mucho más tiempo y esfuerzos reestructurar estas cuentas de forma sostenible. Los procedimientos de insolvencia, quiebra, examinership (protección de los tribunales de conformidad con el Derecho irlandés, en el caso de empresas en crisis) y otros medios de reducción parcial de la deuda destinados a restablecer la viabilidad de los hogares y las empresas siguen estando infrautilizados. La introducción del registro central de créditos ha sido lenta, a pesar de ser vital para apoyar una política de préstamos prudente. |
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(12) |
La Ley de regulación de los servicios jurídicos (Legal Services Regulation Act) de 2015 ha sido sancionada, pero en la última fase del proceso se hicieron concesiones a las profesiones jurídicas que redujeron significativamente la ambición inicial de la reforma. La aplicación del nuevo marco acaba de empezar y aún es demasiado pronto para saber con certeza si impulsará la competencia y reducirá los costes. Los servicios jurídicos constituyen un insumo para todos los sectores económicos y su coste influye en la competitividad de Irlanda. Una reducción efectiva de los costes solo puede lograrse si las disposiciones de estímulo de la competencia y reducción de costes contempladas en el marco regulador previsto se transforman en leyes tras los procesos de consulta pública o son incorporadas en las reglamentaciones que formule la autoridad de regulación de los servicios jurídicos. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Irlanda y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Irlanda en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Irlanda, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de España, y su Dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(15) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en la recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Irlanda que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Tras la corrección del déficit excesivo, lograr un ajuste presupuestario anual del 0,6 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y en 2017. Utilizar los beneficios imprevistos de unas condiciones económicas y financieras sólidas, así como de la venta de activos, para acelerar la reducción de la deuda. Reducir la vulnerabilidad a las fluctuaciones y las perturbaciones económicas, entre otras cosas mediante la ampliación de la base impositiva. Mejorar la calidad del gasto, en particular mejorando la relación coste-eficacia de la asistencia sanitaria y dando prioridad al gasto en capital público en I+D y en infraestructuras públicas, en particular las de transporte, servicios relacionados con el agua y vivienda. |
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2. |
Ampliar y acelerar la puesta en práctica de las políticas de activación a fin de aumentar la intensidad laboral de los hogares y reducir el riesgo de pobreza de los niños. Proseguir las medidas encaminadas a incentivar el empleo, modulando la retirada de las prestaciones y los pagos complementarios. Mejorar la prestación de servicios de calidad a precios asequibles para el cuidado de los niños a jornada completa. |
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3. |
Ultimar soluciones de reestructuración duradera para reducir los préstamos no productivos, garantizar la sostenibilidad de la deuda de los hogares y alentar a los prestamistas a reducir la deuda de las empresas excesivamente apalancadas pero aún viables. Acelerar la introducción gradual de un registro central de créditos plenamente operativo que cubra todas las categorías de acreedores y deudores. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) El saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información que figura en el Programa de Convergencia, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/69 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Lituania y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Lituania
(2016/C 299/17)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Lituania como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Lituania debe velar por la aplicación plena y oportuna de dichas Recomendaciones. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Lituania fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Lituania de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Lituania hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Lituania presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
En su Programa de Estabilidad de 2016, Lituania ha solicitado una desviación temporal del 0,6 % del PIB con respecto a la senda de ajuste requerida para alcanzar el objetivo a medio plazo en 2017, con el fin de que se tengan en cuenta importantes reformas estructurales que tendrán efectos positivos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. No obstante, y a la espera de un acuerdo final, persiste la incertidumbre sobre el conjunto de medidas de reforma y su aplicación. Así, si bien Lituania cuenta con suficiente margen presupuestario como para beneficiarse de una desviación temporal, no parece cumplir el criterio de admisibilidad relativo a la aplicación de la reforma que le permitiría acogerse a la cláusula de reforma estructural. Además, actualmente no es posible evaluar la verosimilitud de las estimaciones del Gobierno sobre las repercusiones de la reforma. Por lo tanto, los efectos de estas reformas aún no se hayan reflejados en el ajuste requerido para alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo para 2017. |
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(6) |
Lituania se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora del saldo presupuestario, que pasaría de un déficit del 0,8 % del PIB en 2016 a un superávit del 0,9 % del PIB en 2019. Asimismo, está previsto que el saldo estructural (recalculado (5)) permanezca por encima del objetivo presupuestario a medio plazo —un déficit del 1 % del PIB en términos estructurales— en 2016 y posteriormente. La senda de ajuste incorpora la reforma sistémica de las pensiones en 2016, pero no refleja la reforma estructural prevista en 2017. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya del 39,9 % del PIB en 2016 al 35,7 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No se han especificado suficientemente las medidas que se necesitan para contribuir a alcanzar los objetivos de déficit previstos de 2018 en adelante. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el saldo estructural sea del -1,2 % del PIB en 2016, lo cual puede considerarse próximo al objetivo presupuestario a medio plazo, y del -0,8 % del PIB en 2017, por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad, y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, es de esperar que Lituania cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(7) |
Una disminución de la población en edad de trabajar causada por el envejecimiento, resultados deficientes en materia de salud y una emigración neta considerable puede afectar al potencial de crecimiento de Lituania y, en última instancia, a su senda de convergencia futura, así como poner en peligro, al mismo tiempo, la sostenibilidad de los sistemas de pensiones y de cuidados de larga duración. Según los cálculos, se producirá una pérdida acumulada del 35 % de la población en edad de trabajar de aquí a 2030. Si no se invierte esta tendencia, podrían verse comprometidas la disponibilidad de mano de obra, la sostenibilidad del crecimiento económico a largo plazo y los sistemas de seguridad social, en particular el sistema de pensiones. |
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(8) |
Las tendencias demográficas actuales ponen de manifiesto la necesidad de una reforma global de las pensiones en Lituania que aborde la sostenibilidad a medio plazo y los riesgos de adecuación del sistema de pensiones actuales. El nivel de pobreza entre las personas mayores en Lituania se encuentra entre los más altos de la Unión. Sin embargo, no existe actualmente ningún mecanismo de indexación de las pensiones públicas y el gasto en pensiones de la seguridad social es relativamente bajo. El Parlamento no ha aprobado aún el proyecto de ley propuesto por el Gobierno para introducir un mecanismo de indexación, vincular la edad de jubilación a los cambios en la esperanza de vida a partir de 2026, y mejorar la forma en que se financia la parte fundamental de las pensiones de la seguridad social. |
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(9) |
En Lituania, los resultados en materia de salud se cuentan entre los peores de la Unión Europea. En particular, la mortalidad de la población con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años es la más elevada de la Unión, lo cual tiene un importante impacto sobre la mano de obra disponible potencial y la productividad laboral. Entre las deficiencias en el sistema de salud figuran un recurso excesivo a los cuidados hospitalarios y un escaso gasto en prevención y salud pública. Es necesario hacer frente a la tendencia demográfica negativa. |
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(10) |
Es importante que Lituania refuerce la inversión en capital humano con vistas a contrarrestar algunos de los efectos negativos de la disminución de la población en edad de trabajar y a apoyar su transición hacia una economía de mayor valor añadido. Aunque ha aumentado el grado de instrucción, la proporción de alumnos con cualificaciones básicas insuficientes es elevado. Conviene continuar los esfuerzos por garantizar una docencia de alta calidad, algo crucial para abordar el bajo rendimiento y las deficiencias educativas. Por otra parte, existen deficiencias en la calidad de la enseñanza superior y su capacidad para fomentar la innovación. La persistencia del bajo nivel de participación en actividades de aprendizaje para adultos está socavando los esfuerzos destinados a mejorar la calidad del capital humano y aumentar la productividad. Existen signos de una incipiente escasez de mano de obra cualificada en determinados sectores de la economía. Se espera que dicha escasez se agrave en el futuro. El fuerte crecimiento de los salarios y una ralentización en el aumento de la productividad pueden debilitar la competitividad de costes. Por consiguiente, es importante mejorar la pertinencia de la educación con respecto al mercado laboral, racionalizar la estructura y financiación del sistema educativo, desarrollar la formación permanente y mejorar la eficacia de las políticas activas del mercado de trabajo, así como procurar que se beneficien de las mismas los destinatarios adecuados. Lituania ha tomado medidas para mejorar sus políticas activas de empleo y otros servicios de apoyo a los demandantes de empleo, pero aún queda margen para dirigirlas de manera más precisa a grupos específicos, en particular a los desempleados de larga duración y a aquellos que carecen de las cualificaciones necesarias. El gasto en medidas políticas eficaces para el mercado laboral sigue siendo limitado, y las redes sociales de seguridad en Lituania son débiles. Alrededor del 27 % de la población de Lituania está en riesgo de pobreza o exclusión social, y la desigualdad de ingresos está entre las más altas de la Unión. El Gobierno planea mejorar la cobertura y la adecuación de las prestaciones por desempleo y de asistencia social, aunque la legislación pertinente aún no se ha adoptado. |
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(11) |
Se está debatiendo actualmente en el Parlamento una revisión exhaustiva del Código del trabajo y del modelo social. La intención es aumentar la flexibilidad de las relaciones en el mercado laboral y ofrecer más seguridad, pero la legislación pertinente está todavía pendiente de adopción. La participación de los interlocutores sociales en la aplicación de la reforma y un mayor diálogo social son importantes. |
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(12) |
La inversión se ha recuperado lentamente desde el comienzo de la crisis económica y contará con el apoyo de los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE en los próximos años. No obstante, la adopción y la asimilación de nuevas tecnologías no se ha extendido por toda la economía y innovación es escasa, lo que dificulta el crecimiento de la productividad. La inversión privada en investigación e innovación también ha sido baja, quizás debido a la insuficiencia de incentivos para la investigación y la innovación empresariales y para la cooperación entre los sectores público y privado. El refuerzo de la inversión privada podría mitigar los riesgos relativos a la dependencia de la inversión pública de Lituania en materia de investigación e innovación de los Fondos Estructurales y de Inversión de la UE. El sistema de enseñanza superior acusa deficiencias en cuanto a sus resultados de calidad e innovación, así como un escaso nivel de cooperación con universidades y centros de investigación extranjeros. El sistema de investigación e innovación está fragmentado y se caracteriza por los solapamientos y duplicaciones. Esto impide a Lituania alcanzar la masa crítica de capacidad de investigación y desarrollo necesaria para aumentar el conocimiento innovador. Deben incrementarse los incentivos para la innovación y la cooperación entre las universidades y las empresas, entre otras cosas mediante el desarrollo y la inversión en capital humano, lo cual podría aumentar el nivel de transferencias de tecnología a la economía real. Mejorar la limitada capacidad de las empresas lituanas para absorber los conocimientos externos y aplicarlos con fines comerciales elevaría el grado de innovación. |
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(13) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Lituania y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Lituania en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Lituania, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(14) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Lituania que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar que la desviación respecto del objetivo presupuestario a medio plazo se mantenga dentro del margen concedido con motivo de la reforma sistémica de las pensiones en 2016 y en 2017. Reducir la presión fiscal sobre los trabajadores con bajos ingresos, desplazando la carga fiscal a otras fuentes que impliquen un menor perjuicio para el crecimiento, así como mejorar en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones tributarias, en particular en el ámbito del IVA. |
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2. |
Aumentar la inversión en capital humano y hacer frente a la escasez de mano de obra cualificada mediante la mejora de la adecuación de la formación a las necesidades del mercado laboral, el aumento de la calidad de la enseñanza y la formación de adultos. Reforzar la cobertura y la eficacia de las políticas activas del mercado de trabajo. Reforzar el papel de los mecanismos de diálogo social. Mejorar el desempeño del sistema de asistencia sanitaria mediante la promoción de la asistencia ambulatoria, la prevención de enfermedades y el fomento de la salud. Mejorar la cobertura y adecuación de las prestaciones por desempleo y de asistencia social. |
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3. |
Adoptar medidas para aumentar la productividad y promover la adopción y asimilación de las nuevas tecnologías en todos los sectores de la economía. Mejorar la coordinación de las políticas de innovación y fomentar la inversión privada, entre otras cosas mediante el desarrollo de formas alternativas de financiación. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) El saldo estructural recalculado por la Comisión sobre la base de la información del Programa de Estabilidad, siguiendo la metodología comúnmente acordada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/73 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Rumanía y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Rumanía
(2016/C 299/18)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Rumanía como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Rumanía fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Rumanía de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Rumanía hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Rumanía no está experimentando desequilibrios macroeconómicos. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Rumanía presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El tercer programa de asistencia financiera sobre la balanza de pagos (2013-2015) concluyó en septiembre de 2015 sin una evaluación completa. No ha concluido la tercera misión de evaluación formal (16-30 de junio de 2015) que debía analizar la aplicación de las condiciones del programa. Si bien se ha avanzado en diversos ámbitos, los logros del actual programa y de los anteriores se han visto neutralizados en ámbitos políticos clave. La supervisión posterior al programa comenzó el 1 de octubre de 2015 y continuará hasta que se haya reembolsado, como mínimo, el 70 % del préstamo concedido en virtud del primer programa de la balanza de pagos, es decir, al menos hasta la primavera de 2018. |
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(6) |
Rumanía se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el gobierno prevé un deterioro del saldo presupuestario del -0,7 % en 2015 al -2,9 % del PIB en 2016 y 2017. Se prevé que el saldo estructural también se deteriorará. El Programa prevé apartarse del objetivo presupuestario a medio plazo, consistente en un déficit estructural del 1 % del PIB, que se había alcanzado en 2014 y 2015, y no tiene previsto volver a alcanzarlo en el período del Programa. Según el Programa de Convergencia, la ratio deuda pública/PIB se mantendría por debajo del 40 % durante el horizonte del programa. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil para 2016 y ligeramente optimista para 2017. Sobre la base de las previsiones de primavera de la Comisión de 2016, existe un riesgo de desviación significativa tanto en 2016 como, suponiendo que no cambien las políticas, en 2017. Además, las previsiones de primavera de la Comisión de 2016 prevén un déficit de las administraciones públicas del 3,4 % del PIB en 2017, por encima del 3 % del PIB, que es el valor de referencia del Tratado. A tenor de su evaluación del Programa de Convergencia y habida cuenta de las previsiones de primavera de la Comisión de 2016, el Consejo estima que existe el riesgo de que Rumanía no cumpla lo dispuesto en el Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para garantizar dicho cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(7) |
Las disposiciones del marco presupuestario de Rumanía son adecuadas, pero en la práctica no se aplican de manera efectiva. No se ha iniciado y aprobado como parte del procedimiento presupuestario normal ninguna de las recientes medidas presupuestarias de aumento del déficit. En 2015, se incumplió la exigencia de incluir una evaluación de impacto verificada por el Ministerio de Hacienda para las nuevas iniciativas legislativas que conlleven un aumento del gasto público o una reducción de los ingresos públicos, de respetar los límites máximos de gasto y de proponer medidas compensatorias para las reducciones de ingresos. En la práctica, se ofrece al Consejo Fiscal muy poco tiempo para reaccionar ante las propuestas presupuestarias, y no se tienen suficientemente en cuenta sus dictámenes y recomendaciones. En la Ley Presupuestaria para 2016 se prevé un déficit presupuestario del 2,95 % del PIB, lo que provocará una desviación significativa del objetivo a medio plazo. Esto supone una desviación respecto al marco presupuestario nacional. |
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(8) |
Se están aplicando diversas medidas para mejorar la recaudación tributaria y el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Dichas medidas incluyen cajas registradoras obligatorias, un refuerzo de las normas sobre pagos al contado, un nuevo procedimiento de registro del IVA, una intensificación de las auditorías efectuadas por la administración tributaria (ANAF) y la reorganización en curso de la administración. Sin embargo, la elevada evasión fiscal y el bajo nivel de cumplimiento de las obligaciones tributarias siguen suponiendo un desafío. El trabajo no declarado y la infradeclaración de los ingresos siguen pesando sobre los ingresos tributarios y distorsionan la economía. La eficacia de las medidas, también las de la Inspección de trabajo, para reducir el trabajo no declarado sigue siendo escasa. |
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(9) |
La Ley de igualación de la edad de jubilación de hombres y mujeres está pendiente en el Parlamento desde el año 2013. Su aprobación supondría un aumento considerable de la participación de las mujeres de más edad en el mercado laboral, una reducción de la brecha de género en las pensiones y una mitigación del riesgo de que caigan en la pobreza en la vejez. |
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(10) |
La situación del mercado laboral mejoró en 2015. El desempleo es bajo y la tasa de empleo ha ido en aumento. El desempleo de larga duración es inferior a la media de la UE. No obstante, siguen existiendo desafíos importantes, en particular en relación con el elevado índice de jóvenes que ni trabajan, ni siguen estudios ni formación, y el margen para activarlos de forma eficaz es limitado. |
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(11) |
La Agencia nacional de empleo se encuentra a la zaga a la hora de ofrecer servicios personalizados a los demandantes de empleo, y el número de servicios que ofrece a los empleadores es limitado, pese a que es obligatorio enviar a dicha Agencia los puestos vacantes. Se ha adoptado un procedimiento para ofrecer apoyo personalizado a las diferentes categorías de desempleados, pero aún no se ha aplicado. La cooperación entre los servicios sociales y de empleo es muy limitada, lo que hace que sea aún más difícil activar a los beneficiarios de asistencia social. |
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(12) |
El salario mínimo, que es uno de los más bajos de la Unión, ha aumentado considerablemente desde 2013, y la falta de criterios objetivos para su fijación genera incertidumbre. Se ha creado un grupo de trabajo tripartito para reformar la fijación del salario mínimo, pero siguen sin existir directrices ni criterios claros que tengan en cuenta su incidencia en la creación de empleo, las condiciones sociales y la competitividad. En general, el diálogo social sigue siendo limitado. |
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(13) |
Rumanía presenta uno de los mayores riesgos de pobreza o exclusión social de la Unión. La activación laboral de los beneficiarios de asistencia social es muy limitada, sobre todo en zonas rurales. El índice de referencia social, sobre el que se basan las cuantías de las prestaciones sociales, no se actualiza con regularidad en consonancia con el contexto económico, lo cual puede afectar a la adecuación de las prestaciones con el paso del tiempo. Se ha remitido al Parlamento para su aprobación la Ley de la renta mínima de inserción, que se espera que mejore la orientación y la adecuación de las prestaciones, así como la incorporación de los beneficiarios de una renta mínima de inserción al mercado laboral. Sin embargo, varias medidas del paquete gubernamental de lucha contra la pobreza pretenden abordar esta cuestión con un enfoque integrador (educación, salud, protección social, vivienda, transporte). |
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(14) |
Rumanía todavía se enfrenta a varios desafíos en materia de educación. El aprendizaje permanente, la formación profesional, la educación superior y el abandono escolar prematuro se abordan mediante diversas estrategias. Sin embargo, el índice de abandono escolar prematuro sigue muy por encima de la media de la UE, debido en parte a los significativos retrasos sufridos en la ejecución de la estrategia aprobada en 2015. Los programas de prevención y correctores son limitados. Los grupos vulnerables, como la población romaní y los niños de familias pobres, siguen encontrando obstáculos para acceder a una educación de calidad y para completarla, en particular en zonas rurales. En materia de educación y atención de primera infancia, Rumanía ha tomado medidas para incentivar la participación de los alumnos desfavorecidos de 3 a 6 años de edad en la educación preescolar. La prestación de servicios de primera infancia para los niños de hasta tres años sigue siendo limitada. La legislación reciente destinada a ampliar las disposiciones en materia de permiso parental, junto a unos insuficientes incentivos al trabajo, pueden incrementar los obstáculos para que las mujeres participen en el mercado laboral. La participación en la formación profesional de ciclo superior está por encima de la media de la UE, pero los índices de abandono siguen siendo elevados. El índice de personas que han completado estudios superiores es cada vez mayor, pero la calidad de la enseñanza superior y su adecuación al mercado laboral son reducidas. La participación en los programas de educación para adultos es muy baja. |
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(15) |
Los indicadores sanitarios de Rumanía son pobres. La esperanza de vida al nacer está muy por debajo de la media de la UE, tanto para hombres como para mujeres. El acceso a la asistencia sanitaria y la dependencia excesiva de la asistencia hospitalaria siguen siendo importantes motivos de preocupación. El recurso generalizado a los pagos informales reduce el acceso de las personas con rentas bajas a la asistencia sanitaria. Rumanía ha adoptado medidas destinadas a mejorar el acceso a la asistencia sanitaria para los pensionistas con bajos ingresos y las personas de comunidades remotas y aisladas. Se está desarrollando una red de mediadores sanitarios y sociales, y se ha propuesto un proyecto de ley sobre servicios comunitarios. La desinstitucionalización de las personas con discapacidad sigue suponiendo un desafío. |
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(16) |
Rumanía ha tomado medidas para abordar la escasa financiación del sistema sanitario y su utilización ineficaz de los recursos públicos. Dichas reformas incluyen la regularización de los atrasos en el sector sanitario, la mejora de la sostenibilidad de los gastos farmacéuticos, la aplicación de soluciones de salud electrónica, la mejora de la financiación del sistema sanitario, la elaboración de una estrategia para desviar recursos de la asistencia hospitalaria hacia la prevención y la atención primaria, así como procedimientos de contratación centralizada. Sin embargo, la falta de capacidad administrativa está retrasando la ejecución de la Estrategia nacional de asistencia sanitaria 2014-2020. En particular, la eficiencia del sistema sanitario se ve limitada por los retrasos sufridos a la hora de racionalizar el sector hospitalario y de reducir la hospitalización en favor de una mayor asistencia ambulatoria, que tiene una mejor relación coste-eficacia. |
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(17) |
Las diferencias de desarrollo más importantes de Rumanía son las existentes entre las zonas urbanas y rurales. En las zonas rurales, los resultados en materia social, sanitaria, educativa y de empleo son inferiores, y las personas tienen mucho menos acceso a la educación, la asistencia médica, los servicios esenciales y los servicios públicos, ya que la capacidad administrativa local es escasa y fragmentada. Al mismo tiempo, el desarrollo socioeconómico de las zonas rurales se ve limitado por el poco desarrollo de la infraestructura de transporte y las limitaciones del transporte público y privado, junto a unos elevados costes de desplazamiento y a un acceso limitado a la infraestructura de banda ancha. El escaso valor añadido en la agricultura y la falta de diversificación económica en las zonas rurales dificulta el desarrollo de una economía rural sostenible. Una elevada proporción de la población activa rural trabaja en la agricultura de subsistencia o de semisubsistencia asociada al desempleo oculto o al trabajo familiar no retribuido, a la baja productividad y a la pobreza. Un paquete de lucha contra la pobreza, que se financiará principalmente con fondos de la UE, ofrece un enfoque integrado para combatir la pobreza, también en zonas rurales. Se prevé crear equipos comunitarios integrados que ofrezcan diversos servicios integrados a las comunidades desfavorecidas, pero este proyecto aún no se ha aplicado. |
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(18) |
El marco estratégico para la reforma de la administración pública está en vigor desde 2014, pero su aplicación ha sido lenta en 2015. En 2016 se han adoptado algunas iniciativas clave para aumentar la transparencia y la eficacia del funcionamiento de la administración pública. No obstante, los retrasos en la adopción de un planteamiento global y transparente de gestión de los recursos humanos, en particular en materia de contratación/nombramiento, evaluación, sueldos, formación y desarrollo profesional en todas las categorías de personal, deja margen para un enfoque arbitrario de las decisiones y los procedimientos clave. Todo ello, junto con la inestabilidad de las estructuras organizativas, incide negativamente en la independencia y profesionalidad de la función pública y, por consiguiente, en su eficacia y eficiencia. La complejidad de los procedimientos administrativos, la ineficacia del sistema de contratación pública y la corrupción generalizada limitan la prestación de servicios (incluidos los servicios de administración electrónica) a los ciudadanos y a las empresas. Todavía se utilizan poco la planificación estratégica, la presupuestación por programas, las prácticas de consulta y la elaboración de políticas basadas en datos concretos. Estos desafíos obstaculizan la aplicación de importantes medidas políticas en numerosos ámbitos, incluida la adopción efectiva de los fondos disponibles de la UE y otras ayudas financieras. |
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(19) |
Las empresas públicas dominantes en los sectores clave de la economía tienden a obtener resultados inferiores a lo normal. Son especialmente frecuentes en los principales sectores de infraestructuras, que suponen el 44 % del volumen de negocios y el 77 % del empleo en el sector de la energía y el 24 % y el 28 %, respectivamente, en el sector de los transportes. El Decreto-ley con carácter de urgencia 109/2011, sobre el buen gobierno de las empresas públicas, fue convalidado como Ley el 10 de mayo de 2016, con enmiendas que lo adaptan mejor a las buenas prácticas internacionales. Rumanía ha vuelto a contratar gestores profesionales para sustituir a los gestores provisionales de varias empresas estatales, pero los avances han sido más lentos de lo anunciado inicialmente. La transparencia y la rendición de cuentas de las empresas públicas mejorarían si se acelerara la adopción de los presupuestos anuales, así como la aprobación y publicación de las cuentas anuales auditadas. Se está elaborando una nueva ley de privatización. No obstante, podría incluir disposiciones contrarias a la legislación sobre buen gobierno de las empresas. Preocupan especialmente los probables solapamientos de las responsabilidades del administrador especial en materia de privatización y los gestores de la empresa. |
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(20) |
A pesar de los esfuerzos de las instituciones judiciales para luchar contra la corrupción de alto nivel, la corrupción sigue presente en muchos sectores económicos y afecta a cargos públicos nombrados y electos de todos los niveles de la administración, así como a funcionarios y empleados de las instituciones públicas. Se están llevando a cabo importantes reformas judiciales, pero sigue preocupando la elevada carga de trabajo de los tribunales, la previsibilidad y la correcta aplicación de las decisiones de los órganos jurisdiccionales, así como las presiones externas sobre el poder judicial. En el marco del mecanismo de cooperación y verificación, Rumanía recibe recomendaciones en los ámbitos de la reforma judicial y la lucha contra la corrupción. Por tanto, estos ámbitos no están cubiertos en las recomendaciones específicas por país para Rumanía. |
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(21) |
La solidez del sector financiero ha mejorado. Sin embargo, el sector sigue siendo vulnerable a las iniciativas jurídicas nacionales. La recientemente adoptada Ley de la condonación de la deuda, con aplicación retroactiva sobre el stock de préstamos, puede suponer un desafío para varias entidades de crédito y provocar la disminución de la actividad crediticia. Esta Ley puede aumentar los riesgos para la estabilidad del sector financiero, con consecuencias para la economía en su conjunto. Otras novedades que pueden afectar negativamente a los bancos son la propuesta de transformar los préstamos en divisas extranjeras en préstamos en moneda nacional y algunas resoluciones judiciales sobre cláusulas contractuales abusivas en contratos de préstamo. |
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(22) |
La insuficiencia o baja calidad de las infraestructuras es uno de los factores más problemáticos a la hora de hacer negocios en Rumanía y supone un obstáculo para el comercio y el desarrollo económico. A pesar de una ligera mejora reciente, Rumanía todavía se encuentra en último lugar entre sus homólogos regionales en cuanto a la apreciación de la calidad de las infraestructuras de transporte y comunicaciones. Su red de carreteras y autopistas es pequeña en comparación con las de sus homólogos y con el tamaño del país. La adopción del plan general de transporte y la consiguiente reforma del ferrocarril se han retrasado repetidamente. |
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(23) |
La inversión pública ha descendido desde 2008 pese a la amplia disponibilidad de financiación, especialmente la procedente de los fondos de la UE. En 2015 se invirtió la tendencia, aunque es previsible que la inversión pública se frene a partir de 2016, ya que la ejecución del programa 2014-2020 todavía no ha comenzado completamente y no hay suficientes proyectos maduros en preparación. Rumanía ha realizado esfuerzos recientemente, y los sigue haciendo, para reforzar la cooperación interministerial y reorganizar el sistema de contratación pública, así como para mejorar la planificación y ejecución de los proyectos de inversión. No obstante, la preparación de los proyectos de inversión pública sigue siendo insuficiente y sensible a la influencia exterior. La selección de los proyectos sigue viéndose dificultada por la falta de prioridades estratégicas y de planificación a medio y largo plazo, la necesidad de alcanzar un acuerdo entre los numerosos responsables de la toma de decisiones y las limitadas competencias de aplicación de la unidad de evaluación de la inversión pública del Ministerio de finanzas públicas, así como por la falta de criterios de selección en el programa nacional de desarrollo local. |
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(24) |
Pese a las importantes mejoras de la competitividad en materia de costes y de los resultados comerciales, la competitividad no relacionada con los costes sigue suponiendo un desafío para Rumanía. La transición a una economía de mayor valor añadido se ve dificultada por obstáculos estructurales, que limitan la capacidad de Rumanía para estimular el crecimiento sostenible. La complejidad de los procedimientos administrativos, la volatilidad de las políticas fiscales y tributarias, así como el frágil entorno empresarial, siguen afectando a las decisiones de inversión. La elevada evasión fiscal y el trabajo no declarado reducen los ingresos tributarios y distorsionan la economía. El acceso de las pequeñas y medianas empresas a la financiación sigue siendo limitado. |
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(25) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Rumanía y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Rumanía en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Rumanía, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
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(26) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su dictamen (4) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Rumanía que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Limitar la desviación con respecto al objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y lograr un ajuste presupuestario anual del 0,5 % del PIB en 2017, a menos que el objetivo presupuestario a medio plazo se cumpla con un menor esfuerzo. Garantizar la aplicación del marco presupuestario y mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la recaudación de impuestos. Garantizar que las iniciativas legislativas no menoscaban la seguridad jurídica ni ponen en peligro la estabilidad financiera. Si fuera necesario, adoptar medidas que mitiguen dichos riesgos. |
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2. |
Reforzar los servicios que la Agencia nacional de empleo ofrece a los empleadores y demandantes de empleo, en particular adaptando los servicios a los perfiles de los demandantes de empleo, vinculándolos mejor con la asistencia social, incluidos los servicios sociales, y haciéndolos llegar a los jóvenes no inscritos. Establecer, en consulta con los interlocutores sociales, criterios objetivos para fijar el salario mínimo. Adoptar medidas para prevenir el abandono escolar prematuro y mejorar la prestación de una educación de calidad, en particular para la población romaní. Adoptar la igualación de la edad de jubilación para hombres y mujeres. |
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3. |
Frenar los pagos informales en el sistema sanitario y aumentar la disponibilidad de la asistencia ambulatoria. Reforzar la independencia y transparencia de la gestión de recursos humanos en la administración pública. Simplificar los procedimientos administrativos para las empresas y los ciudadanos. Reforzar el buen gobierno de las empresas estatales. |
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4. |
Mejorar el acceso a los servicios públicos integrados, ampliar las infraestructuras básicas y fomentar la diversificación económica, en particular en zonas rurales. Adoptar y aplicar el plan director de transporte. Reforzar la fijación de prioridades y la elaboración de los proyectos de inversión pública. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/79 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Finlandia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Finlandia
(2016/C 299/19)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Finlandia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Finlandia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Finlandia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Finlandia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Finlandia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la llevó a concluir que Finlandia está experimentando desequilibrios macroeconómicos. En particular, es esencial abordar la pérdida de competitividad de los costes acumulada durante varios años, debida principalmente al aumento salarial, que excedió el de la productividad durante un período prolongado y dio lugar a un importante deterioro en la balanza por cuenta corriente entre 2008 y 2012. El análisis indica también unos riesgos significativos a medio y a largo plazo para la sostenibilidad de las finanzas públicas, ya sometidas a fuertes tensiones. |
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(3) |
El 14 de abril de 2016, Finlandia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Programa de Estabilidad de 2016 indica que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados es importante y constituye una prueba suficiente del volumen y el carácter de estos gastos presupuestarios adicionales. Según la Comisión, en 2015 el gasto adicional subvencionable ascendía al 0,05 % del PIB, y actualmente, en 2016, se sitúa en el 0,2 % del PIB. Las disposiciones del artículo 5, apartado 1, y el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permiten hacer frente a estos gastos adicionales dado que la llegada de refugiados es un acontecimiento excepcional, su impacto en las finanzas públicas finlandesas es significativo y la sostenibilidad no se ve comprometida al permitirse una desviación temporal de la trayectoria de ajuste de cara al objetivo presupuestario a medio plazo. Por ello, y para tener en cuenta esos gastos, se ha reducido el ajuste requerido en 2015 hacia el objetivo presupuestario a medio plazo. En lo que respecta a 2016, en primavera de 2017 se realizará una evaluación final, incluidos los importes subvencionables, a partir de los datos facilitados por las autoridades de Finlandia. |
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(6) |
Finlandia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. Como en 2015 la deuda pública finlandesa superó el valor de referencia del 60 % del PIB, el 18 de mayo de 2016 la Comisión publicó un informe con arreglo al artículo 126, apartado 3, del TFUE. El análisis concluyó que el criterio de deuda debía considerarse cumplido. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno se propone mejorar el saldo global hasta el -2,5 % del PIB en 2016 y el -1,3 % en 2020. Se propone asimismo alcanzar su objetivo presupuestario a medio plazo (déficit del 0,5 % del PIB en términos estructurales) de aquí a 2019. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la tasa de endeudamiento en relación con el PIB alcance un máximo del 67,4 % en 2019 y disminuya gradualmente hasta el 67,2 % en 2020. La hipótesis macroeconómica en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. Las medidas que se necesitan para alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo en 2019 no se han concretado suficientemente. Según las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, existe el riesgo de una cierta desviación del ajuste recomendado en 2016. La conclusión para 2016 no cambiaría en caso de que la incidencia presupuestaria de la afluencia excepcional de refugiados se excluyera de la evaluación. Suponiendo que no haya cambios en las políticas, existe el riesgo de una desviación significativa del ajuste recomendado en 2017. Se prevé que la ratio deuda pública/PIB prosiga su tendencia al alza y alcance el 66,9 % en 2017. Partiendo de la evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe el riesgo de que Finlandia no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será necesario adoptar nuevas medidas para garantizar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(7) |
Debido al envejecimiento de la población y la disminución de la mano de obra, el gasto en pensiones, asistencia sanitaria y cuidados de larga duración aumentará del 23,1 % del PIB en 2013 al 26,9 % en 2030. En enero de 2016, Finlandia puso en vigor una reforma de las pensiones que vinculará la edad legal de jubilación a los cambios en la esperanza de vida a partir de 2027. Los servicios sociales y de sanidad, proporcionados por los municipios, ascienden al 10 % del PIB. Sin una reforma del sistema se prevé que este gasto aumente un 2,4 % anual en términos nominales y que aumente también su porcentaje del PIB. Se han acordado las líneas generales de una amplia reforma administrativa y de una reestructuración de la sanidad y los servicios sociales. Entre los principales objetivos de la reforma está la reducción de la brecha de sostenibilidad a largo plazo en 3 000 millones EUR mediante un mejor control de los costes. Este objetivo se alcanzará mediante la integración de servicios, una coordinación de servicios más amplia y la informatización. Todos los detalles están aún pendientes de resolverse y las modificaciones de los planes de gestión introducidas antes de la reforma pueden ponerse en práctica a partir de 2019 tal como estaba previsto. El Gobierno ha anunciado que las medidas destinadas a aplicar la reforma se presentarán a finales de 2016. Dados la envergadura y el ajustado calendario de la reforma, la aplicación será un reto. Por ello es importante adoptar las propuestas a su debido tiempo. |
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(8) |
Para restablecer la competitividad de Finlandia, el funcionamiento del mercado de trabajo debe mejorarse de varias maneras. A nivel global, los incrementos salariales han sido moderados desde la aprobación, a finales de 2013, del acuerdo de centralización salarial, con el cual el incremento interanual de los salarios negociados se redujo del 1,3 % en el cuarto trimestre de 2013 al 0,5 % en el mismo trimestre de 2015. En junio de 2015, los interlocutores sociales decidieron prorrogar el acuerdo a 2016. Sin embargo, el aumento de la productividad laboral no se ha recuperado aún y, por tanto, se prevé que aumenten los costes laborales unitarios nominales, aunque más lentamente. Se han llevado a cabo negociaciones para restablecer la competitividad de los costes. El 29 de febrero de 2016 los interlocutores sociales acordaron un Pacto de Competitividad que, antes de ponerse en práctica, debe traducirse en acuerdos sectoriales. El Pacto de Competitividad se complementará con medidas acordadas entre los interlocutores sociales para garantizar una mayor flexibilidad del mercado laboral y con un nuevo modelo de incremento salarial, ajustando los salarios de los diversos sectores a los de aquellos que se enfrentan a la competencia externa. Es importante aplicar las medidas del mercado laboral de manera que respeten plenamente el papel de los interlocutores sociales. |
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(9) |
Debido a la reducción del número de personas en edad de trabajar, es importante mejorar la tasa de participación en el mercado laboral y, para ello, se requieren continuos esfuerzos destinados a integrar en el mercado laboral a los trabajadores de más edad, a los jóvenes, a los desempleados de larga duración y a las personas poco cualificadas. La tasa de empleo se ha reducido en más de dos puntos porcentuales desde el máximo anterior a la crisis (70,6 % en 2008) al 68,5 % en 2015, mientras que el desempleo ha aumentado del 6,4 % al 9,4 %. La tasa de empleo de las personas de más edad ha ido mejorando gradualmente, pero se mantienen algunas vías de salida anticipada de la vida laboral en forma de prestaciones de desempleo ampliadas para trabajadores de mayor edad hasta la jubilación («túnel de desempleo») que, si no se reducen, pueden limitar los efectos positivos de la reforma de las pensiones que ha entrado en vigor en 2016. Los efectos de los cambios en los parámetros del túnel de desempleo de la reforma del sistema de pensiones anterior se evaluarán en 2019. El desempleo de larga duración aumentó considerablemente entre 2008 y 2014, pasando de un 1,2 % a un 1,9 % del total de la población activa, y ello a pesar de que muchos desempleados de larga duración han dejado de contabilizarse entre la población activa. El desempleo juvenil aumentó hasta el 22,4 % en 2015. Las personas poco cualificadas son las más perjudicadas por el bajo rendimiento del mercado laboral. Recortar el presupuesto destinado a las políticas activas del mercado laboral en un momento en que aumenta la demanda de tales medidas puede reducir las oportunidades de todos estos grupos para volver al trabajo. En términos de activación, el complejo sistema de prestaciones, con sus diferentes tipos de indemnizaciones, puede provocar tasas de inactividad significativas y trampas de salarios bajos. Abordar estas trampas e introducir incentivos positivos para aceptar un empleo, como mejorar la posibilidad de combinar trabajo y prestaciones, es especialmente importante desde el punto de vista de los recortes presupuestarios de las políticas activas del mercado laboral. La llegada de un número relativamente grande de inmigrantes y refugiados a Finlandia en 2015 puede contrarrestar los efectos del envejecimiento de la población, pero solo si estas personas se integran bien en el mercado laboral y el sistema educativo. En el mercado laboral hay problemas de adecuación, debidos en parte a los cambios estructurales de la economía, ya que se crean puestos de trabajo en zonas geográficas y sectores distintos de aquellos en los que se han perdido. Hacen falta medidas que fomenten la vivienda asequible en la zona de Helsinki y políticas eficaces para ayudar a las personas a capacitarse y encontrar trabajo. |
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(10) |
En Finlandia el entorno empresarial es tan bueno o mejor que en otras economías avanzadas. No obstante, la falta de competencia, en particular en los servicios destinados fundamentalmente al mercado nacional, como los minoristas y los de transporte, afecta a la competitividad general de la economía finlandesa. Las empresas han señalado unos requisitos y obstáculos normativos que son excesivos para su introducción y expansión en algunos mercados. Estos requisitos deben abordarse para fomentar el emprendimiento y la inversión. En el sector minorista, la reforma de la normativa en materia de planificación introducirá normas más flexibles sobre el tamaño y la localización de los establecimientos. El sector de los bienes exportables sigue reestructurándose y se beneficiará del desarrollo de nuevos mercados, productos y servicios, en particular los de alto valor añadido. El cambio estructural podría facilitarse mediante políticas de apoyo a la expansión, la internacionalización y la innovación de las empresas. En otoño de 2015 se aprobaron modificaciones legislativas, pero previsiblemente la mayoría de ellas solo se empezará a aplicar entre 2016 y 2018. El Gobierno ha anunciado que se introducirán nuevas reformas estructurales para incrementar la competencia en el mercado. |
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(11) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Finlandia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Finlandia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Finlandia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(12) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(13) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 2 y 3 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Finlandia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Lograr un ajuste presupuestario anual de al menos el 0,5 % del PIB en dirección al objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y de al menos el 0,6 % en 2017. Utilizar todos los beneficios imprevistos para acelerar la reducción de la ratio de deuda de las administraciones públicas. Garantizar la adopción y aplicación a tiempo de la reforma administrativa con vistas a mejorar la relación coste-eficacia de los servicios sociales y sanitarios. |
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2. |
Respetando la función de los interlocutores sociales, garantizar que el sistema de fijación salarial mejore la negociación salarial local y elimine rigideces, fomentando así la competitividad y un planteamiento más orientado al sector de la exportación. Aumentar los incentivos para aceptar empleos y garantizar unas medidas activas del mercado laboral adecuadamente orientadas y suficientes, incluso para los inmigrantes y descendientes de inmigrantes. Tomar medidas para reducir los desajustes regionales y de capacidades. |
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3. |
Proseguir los esfuerzos para aumentar la competencia en el sector de los servicios, incluidos los minoristas. Fomentar el emprendimiento y la inversión, incluso reduciendo las cargas administrativas y normativas, para fomentar el crecimiento de la producción de alto valor añadido. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/83 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Letonia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Letonia
(2016/C 299/20)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Letonia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Letonia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Letonia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Letonia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Letonia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 14 de abril de 2016, Letonia presentó su Programa Nacional de Reformas y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
En su Programa de Estabilidad de 2016, Letonia solicitó que se le permitiera una desviación temporal del 0,5 % del PIB respecto de la trayectoria de ajuste exigida hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2017 para tener en cuenta importantes reformas estructurales con efectos positivos sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, especialmente en lo que respecta a la reforma en curso del sector sanitario basada en la Estrategia de Salud para 2014-2020. Los detalles de la reforma se resumen en el Programa de Estabilidad. El objetivo es aumentar la financiación pública para el sector de la salud hasta el 4 % del PIB de aquí a 2020 frente al 3 % del PIB en 2015. Se estima que la plena aplicación de la reforma supondrá, de aquí a 2023, una subida de la tasa de empleo de un 0,6 % y del PIB de un 2,2 %, lo que tendrá un efecto positivo en la sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo. Según las valoraciones llevadas a cabo, es verosímil que se produzca un impacto positivo en el crecimiento y la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Hoy por hoy, puede considerarse que Letonia cumple los requisitos para la desviación temporal que solicita para 2017, siempre que ejecute adecuadamente las reformas acordadas, lo cual será objeto de seguimiento en el marco del Semestre Europeo. No obstante, el importe de la desviación temporal permitida está condicionada al respeto del valor de referencia mínimo, esto es, un déficit estructural del 1,7 % del PIB. Como consecuencia de ello, las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión indican que hay margen para una desviación temporal adicional del 0,1 % del PIB en 2017. |
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(6) |
Letonia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual del saldo presupuestario para alcanzar el 0,5 % del PIB en 2019. La trayectoria de ajuste prevista hacia el objetivo presupuestario a medio plazo —un déficit del 1 % del PIB en términos estructurales— tiene en cuenta las desviaciones requeridas en relación con la reforma sistémica de las pensiones en 2017 y 2018 y la gran reforma estructural del sector sanitario en el período 2017-2019. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB se eleve al 40 % en 2016, para descender posteriormente al 38 % en 2018. El escenario macroeconómico en el que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, la evaluación general apunta a un riesgo de cierta desviación en 2016 y, suponiendo que no haya cambios en las políticas, en 2016 y 2017, tomados en conjunto. Sobre la base de su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que es de esperar que Letonia cumpla en términos generales las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. No obstante, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016. |
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(7) |
La oferta de mano de obra está limitada por la disminución de la población en edad de trabajar, y la subida de los salarios es superior a la de la productividad, poniendo en peligro la competitividad de costes. Son necesarias, por tanto, medidas destinadas a potenciar la empleabilidad y mejorar el capital humano para apoyar la competitividad. |
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(8) |
La tasa de riesgo de pobreza y de exclusión social en Letonia es una de las más altas de la UE. Están en curso trabajos preparatorios para introducir una renta mínima, pero su puesta en práctica es incierta y su aplicación universal pierde fuelle debido a los costes presupuestarios que generaría. Además, la adecuación de las prestaciones de asistencia social no ha mejorado desde 2009, lo que ha impedido una reducción efectiva de la pobreza. Es de esperar que la reforma del nivel de renta mínima reduzca la actual fragmentación de la asistencia social y actúe como incentivo al empleo. |
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(9) |
La cobertura de las medidas de activación sigue siendo baja, en particular para los desempleados de larga duración. En combinación con unos servicios de salud deficientes y unos servicios sociales insuficientes, esta situación obstaculiza la reinserción efectiva en el mercado de trabajo. Una mayor participación en las medidas de activación impulsaría el empleo. |
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(10) |
El bajo nivel de financiación pública de la asistencia sanitaria, las debilidades estructurales inherentes, los elevados pagos directos y una relación coste/eficacia por debajo del nivel óptimo hacen que gran parte de la población no pueda satisfacer sus necesidades en materia de asistencia sanitaria. Aunque se ha dado prioridad al acceso a la asistencia sanitaria para los casos críticos, las dificultades financieras limitan la prestación de servicios en general. |
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(11) |
Aunque Letonia ha avanzado en la reforma del sistema de enseñanza superior, en particular ofreciendo incentivos que premian la calidad y estableciendo un sistema de acreditación independiente, son necesarias mejoras de la educación y la formación profesionales, especialmente en lo que respecta a la reforma de los planes de estudio y la creación de un marco regulador para los regímenes de aprendizaje en el trabajo, con el fin de mejorar su calidad y disponibilidad. Los interlocutores sociales pueden desempeñar un papel en el desarrollo de regímenes de tipo aprendizaje, como se indica en la Ley de formación profesional. |
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(12) |
La inversión se ve obstaculizada por cuestiones de innovación, deficiencias en el entorno empresarial y la disminución de la población activa. Un insuficiente impulso a la innovación y una base de investigación fragmentada dificultan una transición rápida y eficiente de Letonia hacia actividades de mayor valor añadido y más basadas en el conocimiento. Los bajos niveles de protección para los inversores en la aplicación del régimen de insolvencia, junto con las ineficiencias de la Administración pública, inhiben aún más la inversión. |
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(13) |
El Gobierno ha tomado medidas para reducir la actual fragmentación de la base de investigación pública, mejorar su calidad y promover la capacidad de innovación del sector empresarial. A pesar de los avances realizados, la inversión, tanto pública como privada, en investigación e innovación sigue siendo muy baja comparada con la media de la UE. La consolidación de la base de investigación debe continuar, y ha de aumentar el número de investigadores y mejorar la calidad de la investigación. La plena aplicación de las reformas basada en la Estrategia de Especialización Inteligente y la plena utilización de todos los instrumentos políticos existentes incentivaría la inversión privada en innovación. |
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(14) |
El régimen de insolvencia es percibido por las empresas como un obstáculo a la inversión, dado que las tasas de recuperación de activos son bajas y los administradores concursales están sujetos a una escasa supervisión. |
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(15) |
Letonia ha introducido diversas iniciativas eficaces para mejorar la eficiencia y la calidad del sistema judicial. No obstante, pese a su carácter integral, el régimen de prevención de conflictos de intereses de los funcionarios públicos es complejo y rígido, dando prioridad al cumplimiento formal por encima de los méritos de los casos individuales. Por otra parte, la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción se ha visto debilitada por tensiones internas, que la han desequilibrado y han reducido la confianza pública en sus operaciones y su voluntad de dar prioridad a los casos más notorios. |
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(16) |
Las ineficiencias de la Administración pública en general, debidas en gran parte a la relativamente alta rotación del personal, los retrasos en la reforma de los servicios públicos y una gestión inadecuada de proyectos, no son propicias para crear un entorno favorable a la inversión. La remuneración del sector público no está suficientemente vinculada a las responsabilidades. |
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(17) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Letonia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Letonia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Letonia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 3 que figuran a continuación. |
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(18) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Letonia que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Velar por que la desviación respecto de la trayectoria de ajuste hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y 2017 se mantenga dentro de los márgenes autorizados en relación con la reforma sistémica de las pensiones y la gran reforma estructural en el sector de la asistencia sanitaria. Reducir la cuña fiscal para los trabajadores con bajos ingresos aprovechando los beneficios derivados de un desplazamiento fiscal favorable al crecimiento hacia impuestos medioambientales y sobre el patrimonio y mejorando el cumplimiento de las obligaciones tributarias. |
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2. |
Mejorar la adecuación de las prestaciones de asistencia social y reforzar las medidas de apoyo a los beneficiarios para encontrar y mantener un trabajo, en particular ampliando la cobertura de las medidas de activación. Acelerar la reforma de los planes de estudios en la formación profesional, establecer, con la participación de los interlocutores sociales, un marco regulador para el aprendizaje en el trabajo y aumentar su oferta. Mejorar la accesibilidad, la calidad y la relación coste/eficacia del sistema sanitario. |
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3. |
Proseguir la consolidación de las instituciones de investigación y ofrecer incentivos a la inversión privada en innovación. Reforzar el régimen de prevención de conflictos de interés y crear un marco jurídico común para todos los empleados públicos. Incrementar la rendición de cuentas y la supervisión pública de los administradores concursales. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/87 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Dinamarca y por la que se emite un Dictamen del Consejo sobre el Programa de Convergencia de 2016 de Dinamarca
(2016/C 299/21)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Dinamarca como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Dinamarca fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Dinamarca de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Dinamarca hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 26 de abril de 2016, Dinamarca presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Dinamarca se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno prevé una mejora del saldo global, logrando un presupuesto equilibrado en 2020. Está previsto alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo (déficit del 0,5 % del PIB en términos estructurales) en 2016. Según dicho Programa, se espera que la ratio deuda pública/PIB llegue al 35,1 % en 2020. El escenario macroeconómico en que se basan estas proyecciones presupuestarias es verosímil. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, Dinamarca prevé cumplir el ajuste presupuestario recomendado en 2016 y 2017. A tenor de su evaluación del Programa de Convergencia y habida cuenta de las previsiones de la Comisión de la primavera de 2016, el Consejo espera que Dinamarca cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
Garantizar la oferta de mano de obra a medida que la población envejece es una condición previa indispensable para un crecimiento sostenible en Dinamarca. Una serie de importantes reformas del mercado de trabajo en los últimos años aspira, en particular, a aumentar los incentivos al trabajo y mejorar la eficiencia de las políticas activas del mercado de trabajo. Estas reformas podrían contribuir a lograr el objetivo de empleo de Europa 2020 de Dinamarca y a la sostenibilidad del modelo danés de Estado del bienestar. Sin embargo, el objetivo nacional de Europa 2020 en materia de inclusión social, que es reducir el número de personas que viven en hogares con una intensidad de trabajo muy baja, está lejos de ser una realidad. La inclusión en el mercado laboral y la mejora de la empleabilidad de colectivos desfavorecidos siguen planteando un reto. Ello es especialmente válido para las personas de origen inmigrante no procedentes de la UE, incluidas las que han residido largo tiempo en Dinamarca y los jóvenes con bajo nivel educativo. Las medidas de integración laboral acordadas en las negociaciones tripartitas de 2016 podrían mejorar la situación de los refugiados y migrantes recién llegados. No obstante, deben adoptarse aún más medidas para incluir en el mercado de trabajo a otros grupos marginados de manera más efectiva. |
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(7) |
Para mantener el nivel relativamente elevado de bienestar ofrecido en Dinamarca, resulta esencial mejorar el crecimiento de la productividad. Sin embargo, el crecimiento de la productividad ha sido lento en las dos últimas décadas. Uno de los factores que han contribuido a ello identificado es la continuada falta de competencia en el sector de servicios orientado al mercado nacional, especialmente en el comercio minorista y en la construcción. Por consiguiente, Dinamarca debe redoblar los esfuerzos para mejorar la productividad en el sector de la construcción, eliminando barreras y garantizando regímenes de autorización proporcionados siempre que estos regímenes se consideren necesarios. También hay que suavizar las restricciones aplicadas a los establecimientos minoristas, en particular mediante la aplicación de las reformas descritas por el Gobierno. |
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(8) |
El nivel general de inversión en Dinamarca ha sido bajo desde que se produjo un pronunciado descenso de la inversión privada durante la crisis económica. Esto refleja en parte una baja inversión en vivienda tras el estallido de la burbuja inmobiliaria y capacidad no utilizada en el sector empresarial. Impulsar las inversiones ayudaría a Dinamarca a reforzar el crecimiento económico y aumentar la productividad. Se han encontrado barreras a la inversión en el sector de los servicios y en la investigación. Los sectores del comercio minorista y de la construcción se enfrentan a barreras de entrada, que a cambio afectan a la competencia y al crecimiento de la productividad. Podría hacerse un mayor esfuerzo para que los resultados de la investigación universitaria se conviertan en innovaciones comerciales. |
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(9) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Dinamarca y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Dinamarca en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Dinamarca, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 y 2 que figuran a continuación. |
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(10) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su Dictamen (4) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Dinamarca que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Respetar el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y lograr un ajuste presupuestario anual del 0,25 % del PIB para conseguir el objetivo presupuestario a medio plazo en 2017. |
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2. |
Mejorar la productividad y la inversión del sector privado mediante el aumento de la competencia en el sector de servicios orientados al mercado nacional, en particular facilitando la entrada en el mercado minorista y de la construcción. Incentivar la cooperación entre el mundo empresarial y las universidades. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/90 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Eslovenia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Eslovenia
(2016/C 299/22)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Eslovenia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Eslovenia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Eslovenia se publicó el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Eslovenia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Eslovenia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión adoptó una Comunicación en la que presentaba los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Eslovenia se enfrenta a desequilibrios macroeconómicos. Las deficiencias del sector bancario, el endeudamiento de las empresas, la falta de inversiones y los riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo constituyen los puntos débiles que deben abordarse. Se ha recuperado la confianza en el sector bancario esloveno. No obstante, el crecimiento del crédito sigue siendo negativo y el nivel de préstamos no productivos sigue siendo relativamente elevado. Es fundamental que Eslovenia aborde los riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas derivados de la creciente presión sobre sus sistemas sanitario y de pensiones y reduzca el aumento de la deuda pública. Es necesaria una mayor reducción de los obstáculos a la inversión, sobre todo en el ámbito de la administración pública. Existe la necesidad de reforzar la participación de los interlocutores sociales en el diseño y la aplicación de políticas de reformas estructurales, en particular en las políticas de pensiones, asistencia sanitaria, cuidados de larga duración y del mercado de trabajo. |
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(3) |
El 15 de abril de 2016, Eslovenia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes a cada país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
El Programa de Estabilidad de 2016 de Eslovenia indica que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados es importante y constituye una prueba suficiente del alcance y la naturaleza de estos costes presupuestarios adicionales. Según la Comisión, los gastos adicionales subvencionables ascendieron al 0,06 % del PIB en 2015 y actualmente se estiman en el 0,07 % del PIB para 2016. Las disposiciones del artículo 5, apartado 1, y el artículo 6, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1466/97 permiten hacer frente a estos gastos adicionales dado que la llegada de refugiados es un acontecimiento excepcional, su impacto en las finanzas públicas eslovenas es significativo y la sostenibilidad no se ve comprometida al permitirse una desviación temporal de la trayectoria de ajuste de cara al objetivo presupuestario a medio plazo. Considerando que esta disposición no es aplicable para 2015 ya que Eslovenia se encontraba bajo un procedimiento de déficit excesivo, en la primavera de 2017 se efectuará una evaluación final para 2016, incluidos los importes subvencionables, sobre la base de los datos proporcionados por las autoridades eslovenas. |
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(6) |
Tras la derogación del procedimiento de déficit excesivo, Eslovenia se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y está sujeto a la norma transitoria en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé una mejora gradual del saldo presupuestario desde el 2,2 % del PIB en 2016 al 0,4 % del PIB en 2019. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo-equilibrio presupuestario en términos estructurales, que no respeta los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento-se alcance en 2020, más allá del horizonte del Programa. No obstante, el saldo estructural recalculado (5) apunta a un déficit estructural del 1,2 % del PIB en 2019. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública sobre el PIB disminuya hasta el 80,2 % del PIB en 2016 y siga disminuyendo hasta el 73,8 % del PIB en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Según las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, la brecha de producción de Eslovenia en 2017 se estima en el 1,8 % del PIB, mientras que el crecimiento potencial se prevé sea del 1,1 % y el crecimiento real del PIB del 2,3 %. Sobre esta base, se considera que Eslovenia se encuentra en una coyuntura favorable en 2017, lo que exige un ajuste estructural del 1 % del PIB. No obstante, existe un importante grado de incertidumbre sobre el cálculo del crecimiento potencial y de la brecha de producción en el caso concreto de Eslovenia, debido a la situación específica del mercado de trabajo, la gran contracción de la actividad económica en el período 2008-2013 y las reformas estructurales en curso de ejecución. Las estimaciones alternativas de la brecha de producción que abarca un horizonte temporal más largo, reflejo de la actual revisión del método de estimación, sugieren un perfil de la brecha de producción más suave para Eslovenia, lo que significa que sería prematuro concluir que la economía eslovena estará en una coyuntura favorable en 2017. Por lo tanto, requerir un esfuerzo estructural en 2017 en consonancia con condiciones de tiempos normales parece más apropiado en la coyuntura actual. Parece que hay un riesgo de cierta desviación del ajuste recomendado hacia el objetivo a medio plazo en 2016 y, suponiendo que no haya cambios en las políticas, un riesgo de desviación significativa en 2017. La conclusión para 2016 no cambiaría en el caso de que el impacto presupuestario de la afluencia excepcional de refugiados se excluyera de la evaluación. Se prevé que Eslovenia cumpla la norma transitoria en materia de deuda en 2016 y, en términos generales, en 2017. A tenor de su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de la Comisión de 2016, el Consejo considera que existe el riesgo de que Eslovenia no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas en 2016 y 2017 para garantizar el cumplimiento. |
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(7) |
En julio de 2015, el Parlamento aprobó la Ley de normativa presupuestaria. Sin embargo, aún no se ha nombrado el consejo presupuestario independiente para supervisar la aplicación de la normativa. Además, todavía está pendiente la revisión de la Ley de hacienda pública necesaria para que sea completamente operativa la Ley de normativa presupuestaria y encaminada a dar prioridad a un enfoque plurianual en materia presupuestaria sobre una base legal. |
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(8) |
El elevado nivel de deuda pública, muy por encima del 60 % del PIB, hace a Eslovenia vulnerable a las perturbaciones en el crecimiento nominal y en los tipos de interés. Al mismo tiempo, la población de Eslovenia está envejeciendo más rápidamente que en la mayoría de los Estados miembros. Eslovenia se enfrenta a altos riesgos en relación con la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, dado que cuenta con el indicador de la brecha de sostenibilidad a largo plazo más elevado de todos los Estados miembros, debido al incremento previsto del gasto público relacionado con el gasto en pensiones, asistencia sanitaria y cuidados de larga duración. El gasto público en pensiones es el más elevado de todos los Estados miembros y se estima que pasará del 11,8 % en 2013 al 15,3 % del PIB en 2060. Está previsto que el coeficiente de dependencia de las personas mayores aumente en más del doble entre 2013 y 2060, lo que incrementará significativamente la presión sobre los sistemas de pensiones. Las obligaciones implícitas relacionadas con el coste del envejecimiento reflejan los retos a largo plazo en materia de envejecimiento de la población. Además, cabe esperar que en el futuro haya problemas de adecuación de los trabajadores que no tengan una carrera laboral completa, con un número cada vez mayor de personas con carreras profesionales cortas o incompletas, debido también a su entrada tardía en el mercado laboral, trabajando en empleos intermitentes y con una baja densidad de contribución. En abril de 2016 se publicó un Libro Blanco sobre las pensiones que servirá de base para una amplia consulta pública. Los resultados de la consulta se integrarán en una nueva reforma de las pensiones que debería aprobarse en la actual legislatura, empezando sin dilación a partir del acuerdo con los interlocutores sociales sobre los principales elementos de la reforma, a saber, la edad de jubilación, el nivel de las pensiones, la indexación y la optimización del segundo pilar. |
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(9) |
Se prevé que el gasto público en cuidados de larga duración sea más del doble en 2060 debido al envejecimiento de la población, lo que representa un grave problema de sostenibilidad presupuestaria para Eslovenia. Se prevé que se triplique la proporción de la población de 80 años o más, pasando de un 4,6 % en 2013 a un 12,4 % en 2060. Entre 2003 y 2013, el gasto global en cuidados de larga duración aumentó un 85 %, creciendo el gasto privado a un ritmo más rápido que el gasto público. No existe asistencia integrada a largo plazo en Eslovenia. Eslovenia centra su gasto en prestaciones en especie formales, la mayoría de las cuales se invierten en atención institucionalizada en lugar de atención domiciliaria, si bien ambas cifras se sitúan por debajo de la media de la UE. Existe un margen importante para aumentar la relación coste/eficacia del sistema sanitario reforzando las medidas para mejorar la atención primaria como punto de acceso, pasando de la asistencia hospitalaria a la atención ambulatoria, mejorando la eficiencia y la gobernanza de los hospitales, mejorando los procesos de contratación y de pago por los servicios sanitarios, desarrollando mejor información sobre el coste de la adaptación de los grupos relacionados por el diagnóstico importados y mediante un mayor desarrollo de un marco de control de la calidad. La proporción de la contratación conjunta es baja y hay una marcada orientación hacia el criterio de adjudicación a la oferta más ventajosa. Se ha completado la revisión global del sistema sanitario y el Gobierno adoptó la Resolución sobre el Plan nacional de asistencia sanitaria 2016-2025 a finales de 2015 y el Parlamento, en marzo de 2016. La Resolución constituye un plan estratégico de desarrollo del sistema sanitario. Algunas de sus medidas se están aplicando, mientras se están elaborando propuestas de medidas de aplicación vinculantes efectivas, que aún no se han presentado. Asimismo, no queda claro si la reforma abordará cuestiones clave tales como los sistemas integrados de estabilizador automático, que podrían paliar las fluctuaciones de los ingresos durante el ciclo económico o el acceso y la calidad de la prestación del servicio. La adopción de la Ley de cuidados de larga duración y la Ley del seguro de enfermedad se ha retrasado en repetidas ocasiones y el actual plan de trabajo para su adopción parece optimista para el segundo semestre de 2016. |
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(10) |
El funcionamiento del mercado de trabajo está mejorando gradualmente y las condiciones sociales se han estabilizado. La creación de empleo ha aumentado considerablemente y el desempleo está disminuyendo. No obstante, los índices de participación de los trabajadores de más edad y de los trabajadores poco cualificados siguen constituyendo un desafío. Los parados de larga duración siguen representando más de la mitad del total de los desempleados, siendo una parte significativa de desempleados de larga duración poco cualificados o mayor de 50 años. Las orientaciones para las medidas de políticas activas del mercado de trabajo 2016-2020 representan una continuación del enfoque aplicado hasta ahora, mientras que el gasto para este ámbito político sigue siendo bajo. En noviembre de 2015 se adoptaron exenciones temporales de las cotizaciones sociales de los empleadores para los trabajadores recién contratados mayores de 55 años. Se prevé que en 2016 se presenten nuevas medidas para prolongar la vida activa, incluida la adaptación del entorno de trabajo, que son también pertinentes para la sostenibilidad del sistema de pensiones. El crecimiento salarial se mantuvo en consonancia con las mejoras de la productividad y siguió apoyando la competitividad exterior. En noviembre de 2015, el Parlamento aprobó un proyecto de ley propuesto por los sindicatos que redefinía el salario mínimo para excluir algunas primas. A consecuencia de ello, las organizaciones empresariales se retiraron del acuerdo social, debilitando considerablemente el diálogo social. |
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(11) |
Se ha avanzado en el saneamiento de los préstamos no productivos, si bien siguen siendo muy elevados en comparación con el período anterior a la crisis. Eslovenia ha adoptado varias medidas políticas para mejorar la sostenibilidad del sector bancario. Estas incluyen reforzar la capacidad de saneamiento de los bancos e introducir medidas que establezcan objetivos específicos para la reducción de los préstamos no productivos. Eslovenia ha introducido también varias medidas para gestionar el riesgo de crédito. Se esperan resultados positivos para mediados de 2016. Sin embargo, las prioridades políticas a corto plazo siguen siendo la resolución de los préstamos no productivos y la gestión del riesgo de crédito. Se ha completado la reestructuración operativa y financiera de grandes empresas y los acuerdos marco de reestructuración son objeto de un seguimiento continuo. La sociedad de gestión de activos bancarios (BAMC) es plenamente operativa y se ha fijado su estrategia 2017-22. Aunque la BAMC ha avanzado de cara al saneamiento de su cartera de préstamos, sigue presentando un riesgo importante para la sostenibilidad de las finanzas públicas. En 2015, sus actividades contribuyeron en un 1 % del PIB al déficit de las administraciones públicas del 2,9 %. El control de las actividades de la sociedad de gestión de activos bancarios no es suficiente ya que las autoridades habían subestimado considerablemente el déficit de la BAMC de 2015 en un 0,7 % del PIB y parecían ignorar el nivel de las amortizaciones realizadas por la BAMC. También se dispone de herramientas de reestructuración adicional. Al socaire del progreso sustancial en la reestructuración de grandes empresas, Eslovenia ha comenzado la reestructuración de las PYME. Los bancos están aplicando actualmente las directrices para su reestructuración. Se ha mejorado el acceso a la financiación de las PYME y de las microempresas. No obstante, el acceso a fuentes alternativas de financiación, como el capital riesgo, es limitado. Las pequeñas empresas son todavía extremadamente dependientes de los préstamos bancarios a pesar de la creciente disponibilidad de instrumentos de deuda y capital en el mercado. Por consiguiente, este segmento es muy vulnerable a la evolución de los mercados de crédito. |
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(12) |
El crecimiento de las inversiones se ha moderado en los últimos años, lo que ha limitado la producción económica de Eslovenia y sus perspectivas de crecimiento. La inversión privada disminuyó considerablemente durante la crisis económica y, desde entonces, su proporción en el PIB ha disminuido. Con una inversión pública que depende en gran medida de la dinámica de los fondos de la UE, se necesitan inversiones más productivas para estimular y apoyar el crecimiento económico. La inversión extranjera directa en Eslovenia ha aumentado notablemente en los últimos dos años, debido principalmente al incremento de los esfuerzos de privatización. Sin embargo, el entorno empresarial sigue viéndose obstaculizado por el proceso de desapalancamiento en curso y un elevado nivel de carga administrativa, particularmente en los ámbitos de la construcción, la ordenación del territorio y el cumplimiento de las obligaciones fiscales, pero debido también a una normativa restrictiva en materia de acceso y ejercicio de las profesiones reguladas, lo que impide la entrada de inversiones. Facilitar la posibilidad de hacer negocios en Eslovenia depende de una mayor confianza empresarial y de que se sigan eliminando las ineficiencias en la administración pública y la burocracia derivada del gran número de leyes y normativas y las frecuentes modificaciones de la legislación. Alrededor de la mitad de las medidas de reducción de cargas administrativas establecidas en el documento único del Gobierno ya se aplican, pero algunas medidas pertinentes, especialmente sobre los permisos de construcción y la ordenación territorial, se han retrasado. |
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(13) |
La estrategia 2015-2020 para el desarrollo de la administración pública, adoptada como parte del cumplimiento de Eslovenia de las condiciones previas para acceder a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020, abarca diversas carteras, lo que hace que la coordinación interministerial sea esencial para su correcta aplicación dentro de los plazos previstos. En febrero de 2016, el Gobierno adoptó el segundo informe provisional sobre la aplicación del programa «Tolerancia cero con la corrupción». Ha habido algunos avances en la aplicación del programa. Sin embargo, se han retrasado algunas medidas del programa (contratación pública conjunta para sanidad, examen de los delitos en el sector bancario y la adopción de la Ley sobre integridad y prevención de la corrupción). La modificación prevista de la Ley sobre integridad y prevención de la corrupción será una oportunidad para mejorar el funcionamiento de la Comisión para la prevención de la corrupción, al abordar cuestiones de credibilidad y la eficiencia de su trabajo. En el sistema judicial, se ha seguido acortando la duración de los juicios y se ha reducido aún más el número de casos pendientes, de niveles muy elevados, en parte gracias a que los nuevos casos han sido menos. La disminución viene, en cierta medida, determinada por los cambios en el tratamiento estadístico y de procedimiento de los casos de ejecución. El Tribunal Supremo continúa actualizando los procesos empresariales en los tribunales y reformando los sistemas de gestión procesal. A pesar de una mejora del marco de insolvencia, que ofrece a las empresas nuevas oportunidades de reorganización, los procedimientos de liquidación siguen siendo largos e ineficaces. |
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(14) |
La intervención del Estado en la economía sigue siendo importante. El Estado es el principal empleador, gestor de activos y titular de la deuda de las empresas de Eslovenia. En respuesta a las recomendaciones destinadas a Eslovenia entre 2012 y 2015 sobre esta cuestión, el país elaboró un nuevo marco para el Slovenian Sovereign Holding. Incluye una estrategia sobre la gestión de la propiedad del Estado, un conjunto de criterios sobre el rendimiento de activos y un plan de gestión para 2016. Este sistema complementa el nuevo código de gobernanza corporativa para las empresas públicas adoptado a finales de 2014. La estrategia confirma el alcance de la actual participación del Estado en la economía y se centra en conseguir un mejor rendimiento de las empresas de propiedad estatal. Por tanto, la aplicación del marco revisado por el Slovenian Sovereign Holding tiene mucha importancia para garantizar la separación de la propiedad pública y las funciones de reglamentación y la gestión profesional de las empresas estatales. Esto, junto con la continuación de la privatización de activos seleccionados, debería reducir los pasivos contingentes para el presupuesto en este ámbito. La privatización de Nova Ljubljanska Banka (NLB) se pondrá en marcha en 2016, de conformidad con el plan de gestión del Slovenian Sovereign Holding. |
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(15) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Eslovenia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Eslovenia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Eslovenia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 4 que figuran a continuación. |
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(16) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(17) |
A la luz de los resultados del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de esta evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y su Programa de Estabilidad. Las recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1, 3 y 4 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA que Eslovenia tome medidas en 2016 y 2017 a fin de:
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1. |
Tras la corrección del déficit excesivo, lograr un ajuste presupuestario anual del 0,6 % del PIB hacia el objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y 2017. Fijar un objetivo presupuestario a medio plazo que respete las exigencias del Pacto de estabilidad y crecimiento. Reforzar el marco presupuestario mediante el nombramiento de un consejo presupuestario independiente y la modificación de la Ley de hacienda pública. Completar y aplicar la reforma de los sistemas de cuidados de larga duración y de asistencia sanitaria, haciéndolos más rentables para garantizar la sostenibilidad a largo plazo de cuidados accesibles y de alta calidad. A más tardar a finales de 2017, adoptar las medidas necesarias para garantizar la sostenibilidad a largo plazo del sistema de pensiones y su adecuación. |
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2. |
En consulta con los interlocutores sociales, aumentar la empleabilidad de las personas poco cualificadas y los trabajadores de más edad, en particular mediante medidas específicas de aprendizaje permanente y de activación. |
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3. |
Mejorar las condiciones de financiación de las empresas solventes, particularmente facilitando la resolución duradera de los préstamos no productivos y el acceso a fuentes de financiación alternativas. Garantizar la aplicación correcta de la estrategia empresarial de gestión de activos bancarios. |
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4. |
Tomar medidas de modernización de la administración pública y reducir la carga administrativa que pesa sobre las empresas. Mejorar la gobernanza y los resultados de las empresas públicas. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) La Comisión recalcula el balance estructural sobre la base de la información recopilada en el Programa de Estabilidad, con arreglo a una metodología generalmente aceptada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/96 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Croacia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Croacia
(2016/C 299/23)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 9, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Croacia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Croacia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaban los avances realizados por Croacia tanto en la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, como en la consecución de sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico incluía también los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Croacia está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, es fundamental hacer frente a las vulnerabilidades que se derivan de la fuerte deuda pública, empresarial y exterior en un contexto de alta tasa de desempleo. Pero hay también otras deficiencias que exigen medidas de política específicas y que afectan a la gobernanza presupuestaria, a la gobernanza de las empresas estatales, a la eficiencia de la administración pública y a la resolución de los préstamos no problemáticos. |
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(3) |
El 28 de abril de 2016, Croacia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Convergencia de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. El Programa Nacional de Reformas presenta una agenda de reformas bastante ambiciosa que, si se aplica íntegramente en los plazos indicados, contribuirá a corregir los desequilibrios macroeconómicos de Croacia. El Programa esboza una serie de medidas que son pertinentes para mejorar la gestión de la hacienda pública, el sector de la salud y el entorno empresarial y se compromete a introducir ambiciosas reformas en la administración pública, el sistema de pensiones y la protección social, así como a mejorar la gobernanza de las empresas estatales. Atendiendo a la evaluación de los compromisos políticos de Croacia, no es necesario en estos momentos impulsar el procedimiento aplicable a los desequilibrios macroeconómicos. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos del período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (3), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Croacia se encuentra actualmente en el componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Convergencia de 2016, el Gobierno espera que el déficit global se sitúe ese año por debajo del 3 % del PIB, concretamente en un 2,6 %, y que siga descendiendo después hasta alcanzar en 2019 el 1,0 % del PIB. El Gobierno espera también alcanzar su objetivo presupuestario a medio plazo —un déficit del 1,75 % del PIB en términos estructurales— a lo largo de todo el período del programa. La ratio deuda pública/PIB alcanzó su nivel máximo en 2015 con un 86,7 %, pero se prevé, según el Programa de Convergencia, que vaya disminuyendo paulatinamente hasta alcanzar un 80,0 % en 2019. A primera vista, las previsiones del Programa en materia de deuda/PIB se ajustan al valor de referencia para la reducción de la deuda. Sin embargo, mientras el escenario macroeconómico en el que se basan esas previsiones presupuestarias es verosímil en términos reales, el crecimiento del PIB nominal es superior al contemplado en las previsiones de la Comisión, particularmente para 2016. Por lo tanto, la reducción prevista de la ratio de deuda depende de unas previsiones de crecimiento nominal que sean favorables; requiere, asimismo, que la deuda se reduzca como resultado de ajustes stock-flujo significativos procedentes de la venta de activos financieros, que, sin embargo, no están suficientemente especificados. Además, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado todavía en su mayoría. Atendiendo a las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el déficit de las administraciones públicas alcanzará el 2,7 % del PIB en 2016, en consonancia con el objetivo de déficit global recogido en la Recomendación formulada por el Consejo en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE. Se prevé poder alcanzar el esfuerzo presupuestario recomendado en el marco del procedimiento de déficit excesivo. Por el contrario, las previsiones de la Comisión no apuntan al cumplimiento del valor de referencia proyectado para la reducción de la deuda. Teniendo presente que, para alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo, sería suficiente un ajuste estructural del 0,2 % del PIB en 2017, se necesitaría un mayor ajuste estructural para garantizar el cumplimiento de ese valor de referencia. Concretamente, si se tienen en cuenta el elevado nivel de deuda y las condiciones cíclicas actuales de Croacia, parece adecuado un ajuste por encima de la referencia del 0,5 % del PIB. En estos momentos se prevé para 2017 un empeoramiento del saldo estructural de un 0,2 % del PIB. Sobre la base de la evaluación a la que ha sometido el Programa de Convergencia y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe el riesgo de que Croacia no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para garantizar que sí se cumplan en 2017. |
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(6) |
La planificación presupuestaria de Croacia sigue adoleciendo de importantes deficiencias a pesar de las diversas mejoras introducidas en 2015 por una enmienda de la Ley de Presupuestos. La conexión entre el marco presupuestario plurianual y los presupuestos anuales sigue siendo débil, y no hay normas claras para cambiar los planes presupuestarios durante el año. La planificación estratégica de las distintas unidades presupuestarias no está sujeta a un control sistemático y no respalda suficientemente el alineamiento de las prioridades de las políticas con los objetivos presupuestarios a medio plazo. El proceso presupuestario no presta la suficiente atención a las importantes operaciones extrapresupuestarias y ajustes contables que afectan al déficit y a la deuda de las administraciones públicas. Las reglas presupuestarias numéricas se están revisando actualmente. Uno de los principales retos es hacerlas más operativas y mejorar su alineamiento con el Pacto de estabilidad y crecimiento. Es necesario también realizar un esfuerzo para mejorar la base estadística de la planificación presupuestaria. |
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(7) |
El Comité de Política Fiscal, que es el responsable de supervisar el cumplimiento de las reglas presupuestarias a nivel nacional, está estrechamente vinculado a las autoridades tributarias nacionales y no dispone de personal suficiente. En estas condiciones, su independencia política y funcional no está garantizada. No obstante, se ha anunciado para el tercer trimestre de 2016 una revisión del marco institucional y del mandato de dicho Comité. |
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(8) |
Croacia ha empezado a reformar el sistema de impuestos municipales, que se presenta como etapa de una reforma más amplia de los impuestos sobre bienes inmuebles. La proporción que representan respecto del PIB los ingresos procedentes de los impuestos recurrentes sobre bienes inmuebles combinados con los impuestos municipales es relativamente baja. |
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(9) |
El elevado nivel de morosidad fiscal, el fraude del IVA y la economía sumergida son desafíos de capital importancia. Es cierto que se están tomando medidas para mejorar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, incluido el desarrollo de un sistema de gestión de los riesgos existentes para ese cumplimiento. Sin embargo, no está aún suficientemente probada la eficacia de las medidas adoptadas. |
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(10) |
Dado que el nivel de la deuda pública es elevado y sigue creciendo, es indispensable adoptar de cara al futuro un enfoque proactivo para su gestión. Está previsto que se apruebe próximamente una estrategia de gestión de la deuda para el período 2016-2018. Croacia, sin embargo, sigue sin tener un planteamiento completo de la gestión de la deuda que englobe, entre otras cosas, una revisión anual que tenga en cuenta la evolución del mercado, una estrategia adecuada de gestión de riesgos y un refuerzo de la función para llevar a cabo las tareas correspondientes. |
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(11) |
Una importante parte de la población en edad de trabajar no participa en el mercado laboral. Entre los principales motivos de ello se encuentra la jubilación anticipada, a la que se acogen incluso hombres en edades que corresponden a la plenitud de la vida. Jubilarse anticipadamente es posible cinco años antes de la edad legal de jubilación, y los incentivos financieros que existen para trabajar hasta (y más allá de) esa edad tienen escasa fuerza. Además, el sistema de pensiones se caracteriza por la aplicación de disposiciones especiales a determinadas categorías de trabajadores y por la existencia de generosas opciones de jubilación anticipada para determinadas profesiones. La edad legal de jubilación para hombres y mujeres se está alineando y aumentando a los 67 años, pero este proceso solo avanza a un ritmo lento. El sistema de pensiones tanto actual como futuro resulta insuficiente y plantea un elevado riesgo de pobreza en la vejez, especialmente para las personas con vidas laborales cortas. |
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(12) |
El problema que supone el elevado nivel de inactividad se ve agravado por la alta tasa de desempleo; y la escasa utilización del potencial de mano de obra frena el crecimiento. El desempleo de los jóvenes sigue siendo una grave preocupación —lo que apunta a deficiencias en el sistema educativo—, y sigue habiendo margen para mejorar la eficacia, la supervisión y la evaluación de la Garantía Juvenil. Las tasas de desempleo de larga duración han disminuido recientemente, pero continúan situándose aproximadamente en el doble de la media de la UE. La participación en el aprendizaje permanente sigue siendo muy baja debido al escaso desarrollo del sistema de educación de adultos. |
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(13) |
Existen diferencias regionales en el gasto per cápita en protección social y hay incoherencias en los criterios de elegibilidad de los regímenes generales de protección social y de los dirigidos a categorías especiales. Además, solo una pequeña parte del presupuesto global de protección social se destina al régimen de renta mínima a nivel nacional. Esto da lugar a ineficiencias y ofrece una protección insuficiente a los más pobres. La reforma del sistema de protección social ha sufrido retrasos en la consolidación de diversas prestaciones y en la creación de ventanillas únicas que sirvan de puntos administrativos únicos para la prestación de los servicios de protección social. |
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(14) |
La distribución funcional de competencias de la Administración pública entre los niveles central y local es compleja y el sistema está fragmentado. La asignación de funciones administrativas descentralizadas no se ajusta a la capacidad presupuestaria de las unidades locales responsables. Esto hace que dichas unidades dependan fuertemente de las transferencias de la Administración central y causa al mismo tiempo importantes disparidades regionales en la prestación de los servicios públicos. La fragmentación de la Administración pública supone un lastre para la prestación de servicios, la adecuación del entorno empresarial y la eficacia del gasto público. La reforma de dicha Administración no ha avanzado en lo esencial. Se ha creado un marco jurídico para la fusión voluntaria de municipios, pero no se han ofrecido incentivos para que se haga uso de esta opción. La racionalización del sistema de organismos estatales se está llevando a cabo con lentitud. |
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(15) |
Los salarios del sector público están regulados en las distintas instituciones públicas por disposiciones que resultan incoherentes en lo que se entiende por complejidad profesional y en la regulación de las prestaciones extrasalariales y de los complementos salariales. Esto limita el control del Gobierno sobre la masa salarial y afecta negativamente a la eficiencia del sector público. Debido a la proporción relativamente elevada que representa el empleo total del sector público, la evolución de los salarios públicos tiene también repercusión en el conjunto de la economía. |
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(16) |
La propiedad estatal de empresas está muy presente en la economía. Las deficiencias de la gobernanza, entre las que se incluye la falta de un seguimiento adecuado de los niveles de rendimiento, siguen determinando en las empresas públicas una rentabilidad significativamente inferior a la de las empresas privadas a ellas comparables, y esto tiene efectos negativos en la hacienda pública. La cotización de las empresas de propiedad estatal en el mercado bursátil puede contribuir a mejorar su gobernanza empresarial, en particular al favorecer los mecanismos de notificación y de control interno. El proceso de apertura de las empresas públicas a la propiedad privada avanzó con lentitud el año pasado. |
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(17) |
El banco nacional de fomento o «Banco de Reconstrucción y Desarrollo de Croacia (HBOR)», que es una entidad de propiedad pública, tiene capacidad para desempeñar un papel fundamental en la recuperación del país. Su actividad crediticia puede tener importantes repercusiones en el fomento de las inversiones y corregir, al mismo tiempo, las deficiencias del mercado. No obstante, dada su creciente intervención en el sector de los préstamos directos, se necesitan un marco reglamentario adecuado y una sólida gobernanza empresarial para contener el riesgo derivado de su actividad. |
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(18) |
Uno de los pasos que se precisan para responder a la necesidad antes mencionada es la revisión independiente de la calidad de los activos de la cartera de créditos del HBOR que las autoridades tienen previsto llevar a cabo en 2017. Entretanto, es necesario reforzar los mecanismos de seguimiento y responsabilidad aplicables al HBOR. |
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(19) |
El índice de absorción de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos ha sido hasta ahora escaso debido a factores tales como la insuficiente capacidad administrativa, la excesiva burocracia de los procedimientos o el limitado número de proyectos listos para su ejecución. |
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(20) |
El entorno empresarial de Croacia sigue adoleciendo de importantes deficiencias que afectan al clima de inversión. Las numerosas tasas parafiscales impuestas a las empresas continúan representando un obstáculo para el entorno empresarial. El marco reglamentario de los proveedores de servicios y de las profesiones reguladas sigue siendo restrictivo. Existen, además, limitaciones para el acceso a determinadas profesiones reguladas —incluidas las jurídicas y las de asesoría fiscal— y para su ejercicio. Croacia ha revisado la necesidad y la proporcionalidad de tales limitaciones, pero la acción concreta en este tema ha sufrido retrasos. Por lo demás, las profesiones reguladas y las empresas sufren, asimismo, elevadas cargas administrativas. |
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(21) |
También pesan sobre el entorno empresarial la inestabilidad reglamentaria y la percepción de la baja calidad de la legislación. La larga duración de los procedimientos, los importantes retrasos que sufre la administración de justicia y las incoherencias de la jurisprudencia representan un desafío para la calidad y la eficiencia del sistema judicial y de los tribunales mercantiles en particular. Los sistemas TIC están infradesarrollados, especialmente en la comunicación con las partes en los procedimientos judiciales y en el envío electrónico de los documentos procesales. |
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(22) |
La resolución de los préstamos no productivos es fundamental para poder hacer frente al sobreendeudamiento de la economía. A este respecto, se han dado pasos importantes al reforzar los marcos de preinsolvencia e insolvencia aplicables a las empresas y al adoptar un procedimiento de insolvencia para las personas físicas. El impacto de esos nuevos marcos exige un minucioso seguimiento. Sin embargo, la incertidumbre jurídica que existe en el tratamiento fiscal de las cancelaciones de deuda sigue constituyendo un obstáculo para la rápida resolución de las existencias de préstamos no productivos de los bancos. |
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(23) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Croacia y lo ha publicado en el Informe específico dedicado al país en 2016. Asimismo, ha evaluado el Programa de Convergencia y el Programa Nacional de Reformas de Croacia, así como las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a ese país en años anteriores. A tal fin, ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Croacia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE; ello era necesario para reforzar la gobernanza económica general de la Unión haciendo aportaciones a nivel de esta a las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones que se hacen en el marco del Semestre Europeo se recogen en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
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(24) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Convergencia, y su Dictamen (4) se refleja particularmente en la recomendación 1. |
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(25) |
A la luz del exhaustivo análisis realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Convergencia. Sus recomendaciones en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Croacia que en 2016 y 2017 tome medidas con el fin de:
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1. |
Garantizar una corrección duradera del déficit excesivo antes de que finalice 2016. Acto seguido, lograr un ajuste presupuestario anual de al menos un 0,6 % del PIB en 2017. Utilizar los beneficios imprevistos para acelerar la reducción de la ratio de deuda de las administraciones públicas. Para septiembre de 2016, fortalecer las reglas presupuestarias numéricas y reforzar la independencia y el mandato del Comité de Política Fiscal. Antes de que finalice 2016, mejorar la planificación presupuestaria y fortalecer el marco presupuestario plurianual. También antes de que finalice 2016, acometer una reforma de la fiscalidad recurrente de los bienes inmuebles. Reforzar el marco de gestión de la deuda pública. Adoptar y comenzar a aplicar una estrategia de gestión de la deuda para el período 2016-2018. |
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2. |
Antes de que finalice 2016, adoptar medidas para desalentar la jubilación anticipada, acelerar el paso a una mayor edad legal de jubilación y ajustar a las normas del régimen general de pensiones las disposiciones aplicables a determinadas categorías. Aportar medidas apropiadas de mejora y recuperación de capacidades para aumentar la empleabilidad de la población en edad laboral, prestando especial atención a las personas poco cualificadas y a los parados de larga duración. Consolidar las prestaciones de protección social, incluidos los regímenes especiales, uniformizando los criterios de elegibilidad e integrando su administración y centrando la ayuda en los más necesitados. |
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3. |
Antes de que finalice 2016, empezar a reducir la fragmentación y a mejorar la distribución funcional de competencias de la Administración pública a fin de aumentar la eficiencia y de disminuir las disparidades territoriales en la prestación de servicios públicos. En consulta con los interlocutores sociales, armonizar los marcos de fijación de salarios en toda la Administración pública y en los servicios públicos. Avanzar en el proceso de desinversión de activos públicos y reforzar la supervisión del rendimiento de las empresas de titularidad pública y la responsabilidad de los consejos de administración, en particular impulsando la cotización de las empresas de titularidad pública en el mercado bursátil. |
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4. |
Reducir significativamente las tasas parafiscales. Eliminar aquellas restricciones normativas injustificadas que obstaculizan el acceso a las profesiones reguladas y su ejercicio. Disminuir la carga administrativa que pesa sobre las empresas. |
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5. |
Adoptar medidas para mejorar la calidad y la eficiencia del sistema judicial en los tribunales mercantiles y en los administrativos. Facilitar la resolución de los préstamos no productivos, mejorando para ello especialmente el trato fiscal dispensado a esa resolución. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(4) Con arreglo al artículo 9, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/101 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Luxemburgo y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Luxemburgo
(2016/C 299/24)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Luxemburgo como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Luxemburgo debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico sobre Luxemburgo fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Luxemburgo de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Luxemburgo hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Luxemburgo presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Luxemburgo se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé lograr un presupuesto equilibrado en 2017 y pequeños superávits posteriormente, para alcanzar el 0,4 % del PIB en 2020, a más tardar. El objetivo presupuestario a medio plazo seguirá cumpliéndose a lo largo de todo el período del programa. Sin embargo, en su Programa de Estabilidad, Luxemburgo anuncia que el objetivo presupuestario a medio plazo cambiará de un superávit estructural del 0,5 % del PIB hasta 2016 a un déficit estructural del 0,5 % del PIB a partir de 2017. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB registre un aumento gradual para situarse en el 23,5 % en 2020. El escenario macroeconómico que sustenta estas previsiones presupuestarias es verosímil, salvo en 2017 y 2018, años en que es favorable. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el superávit estructural descienda al 1,4 % del PIB en 2016 y al 0,3 % del PIB en 2017, permaneciendo así por encima del objetivo presupuestario a medio plazo. Las posibles desviaciones en el futuro se evaluarían a la luz del requisito de mantener el saldo estructural en el objetivo presupuestario a medio plazo, teniendo en cuenta la necesidad de asegurar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, en particular en el ámbito de las pensiones. A tenor de su evaluación del Programa de Estabilidad y habida cuenta de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que es previsible que Luxemburgo cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. |
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(6) |
Las autoridades luxemburguesas han anunciado las líneas maestras de una reforma fiscal integral que debería entrar en vigor en 2017. La reforma prevé cambios sobre todo en el ámbito de la imposición directa, tanto para las personas físicas como para las sociedades. Su objetivo es una reducción gradual del tipo del impuesto de sociedades (con el objetivo de aumentar la competitividad) y una mayor progresividad del impuesto sobre la renta de las personas físicas (con el objetivo de aumentar la equidad). Al mismo tiempo, con el aumento de determinados gastos tributarios, en particular por lo que respecta a la vivienda, se corre el riesgo de reducir la base impositiva. Algunos aspectos de la evolución a nivel internacional también pueden influir en el diseño del sistema tributario luxemburgués y poner de relieve la fragilidad de al menos una parte de los ingresos fiscales. Para garantizar su previsibilidad, hay margen para proseguir la ampliación de la base impositiva, en particular revisando el bajo nivel actual de imposición sobre las viviendas y haciendo un mayor uso de fuentes alternativas, incluida la fiscalidad medioambiental. A este respecto, la supresión de la casilla sobre la propiedad intelectual permite cierta ampliación de la base impositiva del impuesto de sociedades. La adopción y aplicación de las reformas fiscales continuará siendo objeto de un estrecho seguimiento en el marco del Semestre Europeo. |
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(7) |
Las autoridades luxemburguesas han intentado diversificar la economía, reconociendo los riesgos asociados a su fuerte dependencia del sector financiero. Habida cuenta del elevado nivel de los costes laborales en el país, las actividades con mayor valor añadido encierran potencial para aprovechar otras fuentes de crecimiento. Por consiguiente, el éxito de la diversificación de la economía luxemburguesa depende en gran medida de los sectores que son menos sensibles a los niveles de costes laborales. Estos sectores se basan fuertemente en la investigación y la innovación, que tienden a requerir una gran intensidad de tecnología y conocimientos. La expansión del sector de los servicios no financieros, ya de por sí exitoso, también podría contribuir a la diversificación de la economía. La reducción o la supresión de los obstáculos a la inversión y la innovación que limitan el desarrollo económico liberarían el potencial de innovación y contribuirían a la diversificación. Si bien la inversión pública se sitúa por encima de la media de la zona del euro, la inversión privada tiene un rendimiento insuficiente. Un alto nivel de inversión sostenido es fundamental para mantener las perspectivas de crecimiento. El análisis realizado en el informe por país muestra que Luxemburgo es el país de la UE que tiene la regulación más restrictiva para los servicios a las empresas y los establecimientos de venta al por menor. Las principales limitaciones afectan a los requisitos relativos a la participación accionarial, los derechos de voto y las limitaciones multidisciplinarias en el sector de los servicios a las empresas, así como a los requisitos de funcionamiento y establecimiento en el sector minorista. |
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(8) |
El constante aumento de los precios de la vivienda en las últimas décadas, junto con la perspectiva de un acusado dinamismo en materia de población y empleo en los próximos años, podría convertirse en un obstáculo para el aumento previsto de la población y de la mano de obra. Esta perspectiva resulta aún más plausible si tenemos en cuenta que la economía depende en gran medida de la aportación de trabajadores altamente cualificados de los países vecinos, que representan alrededor de un tercio del empleo total. El dinamismo de los precios de la propiedad inmobiliaria residencial se ve impulsado por un desajuste entre la oferta y la demanda, en particular la falta de viviendas disponibles y asequibles. La insuficiente disponibilidad de terrenos para la construcción de nuevos edificios y las mejorables prácticas administrativas en relación con los procedimientos de concesión de permisos de construcción obstaculizan la flexibilidad de la oferta de viviendas. Es asimismo probable que una parte importante de las ventajas fiscales disponibles en el marco de las políticas actuales se capitalice en el precio de la vivienda, dada la rígida oferta de viviendas. También podrían intensificarse los esfuerzos destinados a proporcionar viviendas sociales a precios asequibles. El mercado inmobiliario actual no solo ejerce un efecto disuasorio a la hora de que los hogares establezcan su residencia en Luxemburgo, sino que agudiza los problemas de congestión del tráfico y contaminación. Las nuevas proyecciones demográficas que figuran en el informe sobre el envejecimiento de 2015 también incrementan la presión para suprimir los cuellos de botella a la inversión en los ámbitos del transporte y la vivienda y deben reflejarse en los cuatro próximos planes sectoriales sobre la vivienda, el transporte, las zonas de actividad económica y los paisajes ecológicos. |
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(9) |
El logro de la diversificación económica puede verse limitado por el hecho de que la evolución de los salarios en determinados sectores puede no estar en consonancia con la evolución de la productividad. Ello limita aún más los sectores que pueden ser objeto de atención específica, sobre todo a aquellos con un elevado valor añadido. En la última década, los costes laborales unitarios en Luxemburgo han crecido más rápidamente que en la mayoría de los Estados miembros de la zona del euro. La indexación automática de los salarios en toda la economía contribuye a limitar la variación salarial en los distintos sectores y puede impedir que se tengan en cuenta los diferenciales de productividad laboral. Sin embargo, la prolongada situación de baja inflación ha retrasado el inicio de la adaptación automática de los salarios y contribuido a una evolución salarial moderada. En paralelo con la debilidad de la evolución de los salarios y el aumento de la producción, han disminuido las pérdidas de competitividad de los costes. En ese contexto, está justificado el control de la evolución de los salarios. |
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(10) |
Los pasivos relacionados con el envejecimiento de la población siguen siendo un riesgo a largo plazo, en particular en lo que respecta a los costes de las pensiones. Luxemburgo ha realizado avances limitados con vistas a colmar la brecha existente entre la edad legal y la edad efectiva de jubilación, limitando la jubilación anticipada. En julio de 2015 se presentó al Parlamento un proyecto de ley para modificar los regímenes de jubilación anticipada. Sin embargo, si bien es cierto que uno de ellos será suprimido, se facilitarán parcialmente las condiciones de acceso a otros regímenes de jubilación anticipada. Una Ley relativa a la reclasificación de los trabajadores con discapacidad laboral fue adoptada en julio de 2015 y se aplica desde el 1 de enero de 2016. La Ley ha aumentado las posibilidades para que los trabajadores con discapacidad puedan permanecer en el mercado de trabajo y, por consiguiente, implica una reducción del número de personas que se acogen a un régimen de jubilación anticipada. La jubilación anticipada sigue estando muy extendida y los incentivos para prolongar la actividad laboral son limitados. Se sigue echando en falta una verdadera estrategia completa para mantener a los trabajadores de más edad en el empleo y proporcionar incentivos y capacidades para que vuelvan a trabajar. El «pacto de la edad», que tiene como objetivo estimular el mantenimiento de los trabajadores de más edad en las empresas con más de 150 empleados, sigue debatiéndose en el Parlamento. |
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(11) |
Con arreglo a la reforma de las pensiones de 2012, un ejercicio de seguimiento y evaluación de la sostenibilidad del sistema de pensiones debe llevarse a cabo cada cinco años a partir de la adopción de la reforma. El Gobierno ha confirmado su intención de adelantar la evaluación a 2016, en lugar de realizarla en 2017 como estaba previsto inicialmente, y ha creado un grupo de trabajo sobre pensiones encargado de realizar la evaluación. No ha habido avances en la vinculación de la edad legal de jubilación a la esperanza de vida como había recomendado el Consejo. Luxemburgo es el único Estado miembro en el que no se han establecido nuevos aumentos de la edad legal de jubilación ni de la edad de jubilación anticipada para el período comprendido entre 2013 y 2060. En el informe sobre el envejecimiento demográfico de 2015, el aumento previsto de los gastos derivados del envejecimiento de la población se revisó a la baja, pero la revisión se explica casi exclusivamente por unas proyecciones demográficas más favorables, en un contexto en el que no se han adoptado nuevas reformas. Incluso después de la revisión, el incremento previsto del gasto en pensiones sigue siendo el más alto de la Unión. Por otra parte, Luxemburgo se enfrenta a riesgos relacionados con el aumento previsto del gasto en cuidados de larga duración, uno de los más altos como proporción del PIB de todos los Estados miembros. Esto, a su vez, parece estar impulsado por el mayor aumento previsto en la proporción de población dependiente de aquí a 2060 en la Unión. Se han llevado a cabo trabajos preparatorios para la reforma destinada a garantizar la sostenibilidad a largo plazo del seguro de cuidados de larga duración. |
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(12) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Luxemburgo y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Luxemburgo en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Luxemburgo, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 y 2 que figuran a continuación. |
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(13) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad y considera (5) que es de esperar que Luxemburgo cumpla el Pacto de estabilidad y crecimiento. |
RECOMIENDA a Luxemburgo que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las pensiones públicas, aumentando la edad efectiva de jubilación a través de la reducción de la jubilación anticipada y el aumento de los incentivos para trabajar más tiempo, y adaptando la edad legal de jubilación a los cambios en la esperanza de vida. |
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2. |
Eliminar las barreras a la inversión y la innovación que limitan el desarrollo económico en el sector de los servicios a las empresas. Atajar los puntos de estrangulamiento que dificultan la inversión en vivienda. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/105 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Malta y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Malta
(2016/C 299/25)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que no se señalaba a Malta como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Malta debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Malta fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Malta de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015, así como los avances de Malta hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. |
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(3) |
El 15 de abril de 2016, Malta presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Malta se encuentra actualmente en el componente preventivo del Pacto de estabilidad y crecimiento y sujeta a la norma en materia de deuda. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé que el saldo presupuestario mejore hasta alcanzar un superávit del 0,1 % del PIB en 2019. El saldo estructural mejorará gradualmente, de manera que el objetivo presupuestario a medio plazo de Malta, consistente en lograr un presupuesto equilibrado en términos estructurales, se alcance en 2019. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB caiga al 62,6 % en 2016 y continúe disminuyendo hasta el 55,5 % en 2019. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es verosímil para 2016 y prudente para el período 2017-2019. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, existe un elevado riesgo de desviación importante respecto del ajuste recomendado para lograr el objetivo a medio plazo en 2015 y 2016 considerados en conjunto, debido fundamentalmente a la desviación en 2015, que es necesario corregir en 2016, y suponiendo que las políticas permanecen inalteradas en 2017. La desviación en 2015 se explica en parte por el aumento brusco de la inversión, debido en gran medida a la absorción excepcionalmente alta de fondos de la UE en el período previo a la conclusión del período de programación 2007-2013. Con el fin de reducir la desviación durante el período de dos años 2015-2016, el Programa de Estabilidad de 2016 comprende medidas adicionales para 2016 que no han podido aún incluirse en las previsiones de primavera de la Comisión de 2016. Estas medidas están dirigidas a reducir el gasto primario en un 0,16 % del PIB, especialmente en los ámbitos de la remuneración de los asalariados, el consumo intermedio y las transferencias de capital. Además, las estimaciones de algunas de las medidas relativas a los ingresos para el período 2016-2019 se han revisado con el fin de reflejar información más actualizada, así como el impacto real de las medidas para 2015. Consideradas conjuntamente, estas medidas producen un efecto reductor neto del déficit del 0,2 % del PIB. En comparación con las previsiones de la Comisión, la toma en consideración de estas medidas mejoraría el esfuerzo estructural, y el pilar del saldo estructural apuntaría a una cierta desviación en promedio durante el período de dos años 2015-2016, mientras que el riesgo de desviación significativa se mantendría en 2017. Se prevé que Malta cumpla con el valor de referencia para la reducción de la deuda tanto en 2016 como en 2017. Basándose en su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo opina que existe un riesgo de que Malta no cumpla lo dispuesto en el Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(6) |
La sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas de Malta sigue siendo un reto. Esto se debe principalmente al impacto presupuestario de los gastos relacionados con el envejecimiento de la población, tales como la asistencia sanitaria, los cuidados de larga duración y las pensiones. El sistema de pensiones se enfrenta al doble reto de lograr un desarrollo sostenible y de garantizar, al mismo tiempo, unas pensiones adecuadas. El gasto en pensiones, de un 9,6 % del PIB, era inferior a la media de la UE en 2013, pero se prevé que aumente hasta el 12,8 % en 2060, uno de los más altos de la Unión. En marzo de 2016, el Gobierno adoptó varias medidas para abordar la sostenibilidad y la adecuación del sistema de pensiones, pero los efectos presupuestarios aún no han sido evaluados. Con el fin de mejorar la adecuación del sistema, la pensión contributiva mínima nacional sigue evolucionando en 2016 con vistas a alcanzar el 60 % de la renta mediana nacional en 2027 y a extender su cobertura. La efectividad de la reforma dependerá de que se logre salvaguardar la empleabilidad de las personas mayores. Además de las pensiones, el gasto público en asistencia sanitaria y cuidados de larga duración aumentará más rápidamente que la media de la UE, hasta alcanzar el 2,1 % y el 1,2 % del PIB respectivamente. Las autoridades han adoptado una estrategia nacional para el sistema de sanidad y están realizando un análisis del gasto sanitario con el fin de mejorar su eficiencia. No obstante, los ahorros que se pretende obtener gracias a tales esfuerzos aún no se han materializado. La sostenibilidad a largo plazo podría verse reforzada si se utilizan los ahorros potenciales para hacer frente al crecimiento del gasto previsto. |
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(7) |
Se han realizado inversiones importantes, pero los resultados en materia de educación y formación están aún por debajo del objetivo fijado. Ello incide en la calidad de la oferta de mano de obra y en la tasa de participación en el mercado laboral. El nivel de estudios de la mano de obra de Malta sigue siendo uno de los más bajos de la Unión. Malta está aplicando una estrategia global de aprendizaje permanente, pero la participación en programas de aprendizaje permanente sigue siendo limitada, especialmente entre las personas con un bajo nivel educativo. Entre los desafíos en este ámbito se encuentran el trabajo de promoción orientado a grupos específicos, un mejor acceso a la formación y la colaboración entre los centros educativos y de formación y los empleadores. En 2015 se aprobó un aviso jurídico por el que se crea un instituto para el desarrollo profesional permanente de los profesores (el Instituto de Educación). Los principales objetivos del Instituto son: i) proporcionar a los profesores las habilidades requeridas en sus actividades profesionales cotidianas; ii) actuar como centro que permita a los educadores reunirse y compartir sus experiencias, y iii) promover el liderazgo educativo. Actualmente, el Instituto está comenzando a funcionar y se espera que se convierta en el principal activo a la hora de abordar las necesidades de desarrollo profesional de los profesores. Los progresos en este ámbito deberán ser objeto de seguimiento. |
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(8) |
Aparte de los proyectos a gran escala puntuales en 2014-2015, la inversión en Malta ha sido moderada, lo cual refleja cambios estructurales en la economía y cuellos de botella. Esto está relacionado, principalmente, con la creciente importancia de los sectores de servicios con menor intensidad de capital, lo que reduce las necesidades futuras de inversión de la economía. No obstante, algunos desafíos que afectan a la actividad inversora en el país persisten, tales como la insuficiente capacidad para innovar, los cuellos de botella en materia de competencias, las ineficiencias en la administración pública y el sistema judicial, la carga reglamentaria y la considerable congestión del tráfico. |
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(9) |
La infraestructura en materia de transporte y de logística constituye uno de los principales obstáculos a la inversión extranjera. Los costes externos de transporte que soporta la economía maltesa son considerables. Dichos costes derivan principalmente de un uso ineficiente de la red de transportes del país y de la falta de alternativas reales a la utilización de vehículos de turismo privado. Además, el elevado número de vehículos privados, la contaminación y la congestión del tráfico representan desafíos para la sostenibilidad del sector del transporte nacional. Aún no se ha implantado ninguna estrategia de transporte integral, a pesar de que el desarrollo de una estrategia de transporte nacional y de un plan maestro constituyen prerrequisitos para acceder a los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (2014-2020), que serán empleados para cofinanciar inversiones en materia de transporte. |
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(10) |
El Gobierno ha adoptado varias medidas para mejorar el acceso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas (pymes). Estas medidas estaban orientadas hacia el capital de inversión y el capital riesgo, que habían sido identificados como un punto de estrangulamiento en los últimos años. Además, las futuras medidas incluyen la creación de un registro central de crédito y de un banco de desarrollo, así como el lanzamiento por la Bolsa de Malta de una plataforma destinada específicamente a ayudar a las pymes a obtener fondos a través del mercado de capitales. Subsisten dificultades en el ámbito del acceso a instrumentos no bancarios, pero las pymes en Malta se benefician de un mejor entorno de financiación que muchos de sus pares en la UE. |
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(11) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Malta y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Malta en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Malta, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 y 2 que figuran a continuación. |
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(12) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su dictamen se refleja (5), en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
RECOMIENDA a Malta que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Lograr, habida cuenta del elevado riesgo de desviación significativa y mediante la adopción de las medidas estructurales necesarias, un ajuste presupuestario anual del 0,6 % del PIB con vistas al cumplimiento del objetivo presupuestario a medio plazo en 2016 y en 2017. Reforzar las medidas destinadas a garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. |
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2. |
Adoptar medidas para aumentar la oferta de mano de obra, en particular a través de un incremento de la participación de las personas poco cualificadas en programas de aprendizaje permanente. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (DO L 306 de 23.11.2011, p. 25).
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/109 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Portugal y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Portugal
(2016/C 299/26)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Portugal como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Portugal debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Portugal fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Portugal de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas el 14 de julio de 2015 por el Consejo, así como los avances de Portugal hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. En el análisis de la Comisión se concluye que Portugal está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, la gran acumulación de pasivos exteriores netos, la deuda privada y pública y el elevado porcentaje de préstamos no productivos constituyen puntos vulnerables en un contexto de elevado desempleo. Persisten las deficiencias de las políticas relativas a los mercados de productos y servicios, la reestructuración de la deuda de las empresas, las cuestiones presupuestarias y determinados ámbitos del mercado laboral. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Portugal presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. El Programa Nacional de Reformas de Portugal demuestra ambición suficiente para abordar los desequilibrios excesivos, esboza medidas pertinentes para fomentar la competitividad y la reducción de la deuda privada y se refiere a los retos del informe por país de 2016 y a las recomendaciones de la zona del euro, centrándose en la necesidad de relanzar la inversión y garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas. En caso de que se apliquen plena y rápidamente, estas medidas ayudarían a abordar los desequilibrios macroeconómicos del país. Sobre la base de la evaluación de los compromisos de Portugal, por el momento no es necesario un refuerzo del procedimiento de desequilibrio macroeconómico. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Actualmente, Portugal se halla sujeto al componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento. No corrigió el déficit excesivo en el plazo de 2015 y no realizó el esfuerzo presupuestario recomendado por el Consejo. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno tiene previsto corregir el déficit excesivo y alcanzar un déficit global del 2,2 % del PIB en 2016. Una vez lograda la corrección duradera del déficit excesivo, Portugal quedará sujeto al componente preventivo y a la norma transitoria en materia de deuda. Se prevé que el saldo estructural (recalculado (5)) mejore solo en torno a un 0,35 % del PIB al año entre 2016 y 2020, por debajo del 0,6 % del PIB exigido, y no se espera alcanzar el objetivo presupuestario a medio plazo (un superávit estructural del 0,25 % del PIB) en el período del Programa. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB disminuya al 124,8 % en 2016 y que siga disminuyendo hasta el 110,3 % en 2020. El escenario macroeconómico en que se basan estas previsiones presupuestarias es bastante optimista. Por otra parte, no se han concretado suficientemente las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017. Sobre la base de las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el déficit de las administraciones públicas alcanzará el 2,7 % del PIB en 2016, por debajo del valor de referencia del Tratado del 3 % del PIB, y el 2,3 % en 2017. Como se prevé que el déficit estructural aumente ligeramente en 2016 y 2017, el esfuerzo presupuestario no está en consonancia con los requisitos del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por otra parte, no está previsto que Portugal se ajuste a la norma transitoria en materia de deuda en 2017. Basándose en su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que existe un riesgo de que Portugal no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para asegurar el cumplimiento en 2016 y 2017. |
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(6) |
De conformidad con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1467/97, la Comisión supervisará periódicamente la aplicación de las medidas adoptadas por Portugal en respuesta a la Recomendación formulada por el Consejo el 21 de junio de 2013 en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE. A continuación, la Comisión recomendará al Consejo las medidas adecuadas que deban adoptarse en el marco del procedimiento de déficit excesivo. |
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(7) |
La aplicación estricta y oportuna, tras su modificación, de la Ley marco presupuestaria y de la Ley de control de los compromisos, así como la introducción de mejoras adicionales en la recaudación y el control del gasto pueden contribuir de forma significativa al logro del ajuste presupuestario necesario. Portugal se enfrenta al doble reto de garantizar la sostenibilidad presupuestaria a largo plazo del sistema sanitario y de mantener al mismo tiempo el nivel de acceso a los servicios sanitarios a través de la mejora de la eficiencia del sistema. Pese a que Portugal tiene actualmente uno de los menores porcentajes de gasto público sanitario total, el aumento previsto del mismo, del 2,5 % del PIB para 2060, es el mayor de toda la Unión. A fin de abordar las dificultades que se plantean para la sostenibilidad a largo plazo del sector sanitario, todavía no se han adoptado medidas globales que permitan fomentar las políticas de salud pública y la prevención de las enfermedades, o garantizar la prestación de asistencia sanitaria primaria en una fase temprana y menos onerosa. A corto plazo, sigue siendo importante mejorar la exactitud de la planificación y la ejecución de los presupuestos en los hospitales para garantizar la liquidación de los atrasos. Si bien es cierto que las recientes reformas han abordado la sostenibilidad a largo plazo del sistema de pensiones, las dificultades que amenazan su sostenibilidad a corto y medio plazo siguen sin afrontarse. El sistema público de pensiones se caracteriza por una gran dependencia de las transferencias presupuestarias y las desigualdades intergeneracionales. Las deficiencias de las políticas y los retrasos en su ejecución siguen menoscabando la sostenibilidad presupuestaria de las empresas de titularidad pública, en particular en el sector del transporte. Intensificar las medidas de mejora de la eficiencia incluidas en sus planes de reestructuración sigue siendo crucial en aras del ahorro. |
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(8) |
Se han realizado esfuerzos considerables para reducir la evasión fiscal, mejorando la eficiencia de la Administración tributaria. Se están tomando medidas para atajar el fraude fiscal, mejorar el intercambio de información con las entidades financieras y fortalecer el marco contra el blanqueo de dinero. Pese a los avances registrados, aún queda margen para reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Reformar la Administración tributaria para hacerla más eficiente también contribuiría a fomentar la inversión. |
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(9) |
La evolución global de los salarios ha sido moderada, coherente con el alto nivel de desempleo y la necesidad de promover el reequilibrio exterior, y ha estado en consonancia con el crecimiento de la productividad a medio plazo. La negociación colectiva a nivel sectorial ha contribuido a esta evolución, aunque las características del sistema de negociación colectiva siguen limitando el alcance del ajuste en las empresas. En un contexto de baja inflación y elevado desempleo, en enero de 2016 el salario mínimo mensual se incrementó de 505 a 530 EUR, y está previsto que siga aumentando gradualmente hasta los 600 EUR en 2019 (14 pagas al año). Por lo que respecta al porcentaje del salario medio que representa el salario mínimo, Portugal se sitúa en un puesto intermedio entre los países de la UE, pero entre los países con mayor salario mínimo en porcentaje de la mediana salarial. Así pues, la distribución de los salarios en Portugal estaría muy escorada hacia los salarios más bajos, y nuevos incrementos del salario mínimo podrían extender rápidamente la proporción de trabajadores cubiertos, que en 2016 abarca ya a casi una cuarta parte de todos los trabajadores. Aunque es posible que esta evolución contribuya a reducir la intensidad de la pobreza de las personas empleadas, también supone una mayor compresión de la estructura salarial, que presiona al alza los salarios globales. Si no se compensa con un aumento de la productividad, se corre el riesgo de que ello dañe las perspectivas del empleo y la competitividad, especialmente en el caso de las industrias que absorben mucha mano de obra. También podría reducir el incentivo para invertir en las cualificaciones. |
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(10) |
El mercado de trabajo portugués siguió recuperándose en 2014 y 2015, y se han realizado esfuerzos importantes para reformar las políticas de activación, modernizar el servicio público de empleo y aumentar la sensibilización de los jóvenes no inscritos, aunque la aplicación de las medidas no deja de plantear algunos problemas. En vista del reciente deterioro de la situación social, en particular en lo que se refiere al aumento de la pobreza infantil, también se han tomado medidas importantes para reforzar la asistencia social, especialmente en los ámbitos del régimen de renta mínima, las prestaciones por hijos y las pensiones bajas. Se ha de evaluar su repercusión en la reducción de la intensidad de la pobreza. No obstante, absorber el gran número de desempleados de larga duración sigue siendo un problema que afecta negativamente al crecimiento económico y la situación social. Hay margen para proseguir la activación de los desempleados de larga duración, a través de políticas específicas del mercado de trabajo y la mejora de la coordinación de los servicios sociales y de empleo. Aunque la recuperación ha propiciado la creación de muchos nuevos puestos de trabajo con contratos indefinidos, la segmentación del mercado laboral es aún considerable. La proporción de trabajadores con contrato de duración determinada figura entre las más elevadas de Europa y el porcentaje de transición de contratos temporales a contratos permanentes es pequeño. |
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(11) |
El elevado endeudamiento del sector privado sigue constituyendo un punto vulnerable importante para la economía portuguesa y las condiciones de financiación de las pequeñas y medianas empresas siguen siendo difíciles. Aunque se han realizado algunos avances en la reducción del nivel de endeudamiento de las empresas y en la facilitación de ese proceso en el sector privado, este sigue figurando entre los más endeudados de la Unión, lo que constituye un gran obstáculo para la inversión y el crecimiento de la producción potencial. Las sociedades no financieras están ajustando sus balances, aunque en menor medida que los hogares. El nivel elevado y el crecimiento de los préstamos no productivos en el sector empresarial lastran los balances tanto del sector financiero como del sector no financiero y constituyen un obstáculo importante para la inversión. Aunque a diversos niveles se han tomado medidas para reducir el endeudamiento de las empresas, apenas se han visto resultados. El sesgo en favor del endeudamiento en la tributación de las empresas sigue siendo elevado. En los últimos años, el Gobierno ha intentado corregir este problema introduciendo normas en materia de subcapitalización y una desgravación para el capital social. Sin embargo, en 2015, la diferencia del coste del capital (antes y después de impuestos) entre el endeudamiento y las inversiones con fondos propios seguía estando entre las más elevadas de la Unión. El acceso al crédito sigue resultando costoso y difícil para las empresas, en particular las pequeñas y medianas o las de nueva creación. Las fuentes alternativas de financiación, tales como los fondos de capital inversión, el capital de riesgo, la financiación colectiva o los inversores providenciales, siguen siendo marginales y están considerablemente infradesarrolladas. |
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(12) |
Pese a los avances registrados, los obstáculos reglamentarios y la escasa capacidad institucional siguen frenando la inversión, la competitividad y el crecimiento de las empresas. La eficiencia del sistema judicial portugués sigue siendo escasa, especialmente en relación con los litigios en materia impositiva. La contratación pública es en gran parte transparente en Portugal. Sin embargo, según los datos de una plataforma especializada en línea («BASE»), los poderes adjudicadores portugueses suelen utilizar el procedimiento de adjudicación directa (en el período 2013-2015, así fueron adjudicados, en promedio, el 87,3 % de los contratos públicos, es decir, el 47 % del total de los importes adjudicados). La transparencia sigue dejando que desear en los contratos de concesiones y las colaboraciones entre los sectores público y privado, sobre todo a escala local y regional. La Unidad Técnica de Acompañamiento de Proyectos (UTAP) del Ministerio de Hacienda supervisa algunas de las colaboraciones entre los sectores público y privado que gestiona la Administración central, pero las concesiones y las colaboraciones de esa índole a escala local y regional no están sujetas a su supervisión. En cuanto al sector portuario, las reformas siguen sufriendo retrasos y no se han eliminado los obstáculos a la entrada de nuevos operadores. Aunque se ha simplificado el registro de nuevas empresas, la concesión de licencias sigue siendo engorrosa y la complejidad de los procedimientos administrativos mina la confianza de los inversores. Sigue habiendo problemas en lo que respecta a los procedimientos para el acceso al mercado de la construcción, la obtención de licencias de obra y la aplicación efectiva, tras su racionalización, de las normas de concesión de permisos medioambientales. Las barreras reglamentarias en algunos sectores de los servicios a las empresas impiden la asignación eficiente de los recursos, particularmente en lo que se refiere a los servicios jurídicos. Las disposiciones que rigen los colegios profesionales, en especial las relativas a sus estatutos y normas internas, son restrictivas y pueden dificultar el acceso a las profesiones correspondientes de las personas físicas o jurídicas. Esta situación afecta especialmente a las profesiones jurídicas, en las que abundan las restricciones a la publicidad y al ofrecimiento de actividades multidisciplinares. |
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(13) |
Portugal presenta resultados insuficientes en lo que respecta a la cooperación entre los ámbitos científico y empresarial y la comercialización del conocimiento. Las barreras a la cooperación entre las universidades y las empresas son elevadas, debido a la existencia de obstáculos reglamentarios y burocráticos y a la falta de incentivos para la cooperación en el sistema académico. Esta situación va en detrimento de la innovación y la empleabilidad de los titulados. La puesta en marcha de los nuevos cursos de técnico superior de ciclo corto ha creado nuevas oportunidades de cooperación entre las escuelas politécnicas y los agentes económicos regionales, pero los programas universitarios siguen estando al margen del proceso de modernización. |
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(14) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Portugal y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Portugal en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Portugal, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
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(15) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad de Portugal, y su dictamen (6) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(16) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA a Portugal que tome medidas en 2016 y 2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar una corrección duradera del déficit excesivo en 2016, de conformidad con las decisiones y recomendaciones pertinentes en el marco del procedimiento de déficit excesivo, tomando las medidas estructurales necesarias y utilizando todos los beneficios extraordinarios para reducir el déficit y la deuda. A continuación, lograr un ajuste presupuestario anual de al menos el 0,6 % del PIB. Llevar a cabo, a más tardar en febrero de 2017, una revisión global de los gastos y reforzar el control del gasto, la relación coste/eficacia y la adecuada elaboración de presupuestos en todos los niveles de la Administración pública. Garantizar la sostenibilidad a largo plazo del sector de la salud, sin menoscabar el acceso a la asistencia sanitaria primaria. Reducir la dependencia del sistema de pensiones de las transferencias presupuestarias. A más tardar a finales 2016, volver a centrar los planes de reestructuración de las empresas de propiedad estatal aplicados actualmente. |
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2. |
En consulta con los interlocutores sociales, garantizar que el salario mínimo sea compatible con los objetivos de fomento del empleo y la competitividad en todos los sectores. |
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3. |
Garantizar la activación efectiva de los desempleados de larga duración y mejorar la coordinación entre los servicios sociales y de empleo. Reforzar los incentivos para que las empresas ofrezcan contratos indefinidos a los trabajadores. |
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4. |
Tomar medidas, a más tardar en octubre de 2016, para facilitar el saneamiento de los balances de las entidades de crédito y reducir el elevado nivel de préstamos no productivos. Reducir el sesgo en favor del endeudamiento en la tributación de las empresas y mejorar el acceso a la financiación a través del mercado de capitales para las pequeñas y medianas empresas y las de nueva creación. |
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5. |
Aumentar la transparencia y la eficiencia de la contratación pública en lo que respecta a las concesiones y las colaboraciones entre los sectores público y privado. Para finales de 2016, mejorar y agilizar los procedimientos administrativos y de concesión de licencias, acelerar los litigios tributarios y reducir los obstáculos reglamentarios, especialmente en los servicios a las empresas. Incentivar la cooperación entre las universidades y el sector empresarial. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) La Comisión recalcula el balance estructural sobre la base de la información recopilada en el Programa de Estabilidad, con arreglo a la metodología generalmente aceptada.
(6) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.
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18.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 299/114 |
RECOMENDACIÓN DEL CONSEJO
de 12 de julio de 2016
relativa al Programa Nacional de Reformas de 2016 de Francia y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de 2016 de Francia
(2016/C 299/27)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 121, apartado 2, y su artículo 148, apartado 4,
Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al refuerzo de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 2,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1176/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de noviembre de 2011, relativo a la prevención y corrección de los desequilibrios macroeconómicos (2), y en particular su artículo 6, apartado 1,
Vista la Recomendación de la Comisión Europea,
Vistas las Resoluciones del Parlamento Europeo,
Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo,
Visto el Dictamen del Comité de Empleo,
Visto el Dictamen del Comité Económico y Financiero,
Visto el Dictamen del Comité de Protección Social,
Visto el Dictamen del Comité de Política Económica,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El 26 de noviembre de 2015, la Comisión adoptó el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento, marcando así el inicio del Semestre Europeo de 2016 para la coordinación de las políticas económicas. Las prioridades del Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento fueron ratificadas por el Consejo Europeo de 17 y 18 de marzo de 2016. El 26 de noviembre de 2015, la Comisión, sobre la base del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, adoptó el Informe sobre el Mecanismo de Alerta, en el que se señalaba a Francia como uno de los Estados miembros que sería objeto de un examen exhaustivo. El mismo día, la Comisión adoptó también una recomendación de Recomendación del Consejo sobre la política económica de la zona del euro. Dicha Recomendación fue ratificada por el Consejo Europeo de 18 y 19 de febrero de 2016 y adoptada por el Consejo el 8 de marzo de 2016 (3). Al ser un país cuya moneda es el euro y habida cuenta de las estrechas interrelaciones entre las economías de la unión económica y monetaria, Francia debe velar por la aplicación plena y oportuna de la Recomendación. |
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(2) |
El informe específico de 2016 sobre Francia fue publicado el 26 de febrero de 2016. En él se evaluaron los avances realizados por Francia de cara a la puesta en práctica de las recomendaciones específicas por país adoptadas por el Consejo el 14 de julio de 2015, así como los avances de Francia hacia sus objetivos nacionales en el marco de Europa 2020. El informe específico también incluyó los resultados del examen exhaustivo efectuado de conformidad con el artículo 5 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011. El 8 de marzo de 2016, la Comisión presentó los resultados del examen exhaustivo. El análisis de la Comisión la lleva a concluir que Francia está experimentando desequilibrios macroeconómicos excesivos. En particular, en un contexto de crecimiento moderado y de baja inflación, Francia registra un elevado y creciente nivel de endeudamiento público, a lo que se suma un deterioro de la competitividad. Es en particular importante la necesidad de adoptar medidas que reduzcan el riesgo de repercusiones negativas sobre la economía francesa y, dado su tamaño, de efectos secundarios negativos para la unión económica y monetaria. |
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(3) |
El 29 de abril de 2016, Francia presentó su Programa Nacional de Reformas de 2016 y su Programa de Estabilidad de 2016. Para tener en cuenta sus interrelaciones, los dos programas se han evaluado al mismo tiempo. |
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(4) |
En la programación de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos para el período 2014-2020 se han dirigido las recomendaciones específicas pertinentes por país. Según lo previsto en el artículo 23 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (4), cuando sea necesario para contribuir a la aplicación de recomendaciones pertinentes del Consejo, la Comisión podrá solicitar a un Estado miembro que revise y proponga modificaciones de su Acuerdo de Asociación y de los programas pertinentes. La Comisión ha facilitado más detalles sobre la forma en que aplicará esta disposición en las Directrices sobre la aplicación de las medidas que vinculan la eficacia de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos a una buena gobernanza económica. |
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(5) |
Francia se encuentra actualmente en el componente corrector del Pacto de estabilidad y crecimiento. En su Programa de Estabilidad de 2016, el Gobierno prevé corregir el déficit excesivo a más tardar en 2017, en consonancia con la Recomendación del Consejo de 10 de marzo de 2015. Está previsto que el déficit global siga reduciéndose para situarse en el 1,2 % del PIB en 2019. Se prevé que el objetivo presupuestario a medio plazo —un déficit estructural del 0,4 % del PIB— se alcance a más tardar en 2018. Según el Programa de Estabilidad, se espera que la ratio deuda pública/PIB alcance el 96,5 % del PIB en 2017, para bajar luego al 93,3 % del PIB en 2019. El escenario macroeconómico en el que se basan las previsiones presupuestarias es, en líneas generales, verosímil. No obstante, las medidas necesarias para apoyar los objetivos de déficit previstos a partir de 2017 no se han concretado suficientemente. Sobre la base de las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, se prevé que el déficit global alcance el 3,4 % del PIB en 2016, en consonancia con el déficit recomendado por el Consejo en 2015. Por lo que se refiere a 2017, en un escenario sin cambios en las políticas, se prevé que el déficit global alcance el 3,2 % del PIB, lo que pondría en riesgo el cumplimiento del plazo para corregir el déficit excesivo. No se prevé que el esfuerzo presupuestario recomendado se materialice en 2016 ni en 2017, pues la estrategia de saneamiento aplicada por Francia se sustenta fundamentalmente en la mejora de las condiciones cíclicas y en el mantenimiento de los bajos tipos de interés, algo que está fuera del control de las autoridades, con los consiguientes riesgos de incumplimiento. Basándose en su evaluación del Programa de Estabilidad y teniendo en cuenta las previsiones de la primavera de 2016 de la Comisión, el Consejo considera que, aunque actualmente se prevé alcanzar el objetivo principal en 2016, existe un riesgo de que Francia no cumpla las disposiciones del Pacto de estabilidad y crecimiento. Por lo tanto, será preciso adoptar nuevas medidas para garantizar una corrección duradera del déficit excesivo de aquí a 2017. |
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La ratio gasto público/PIB en Francia es una de las más altas de la Unión y, pese a que ha disminuido ligeramente en 2015, sigue estando muy por encima de la media de la zona del euro. Francia está aplicando un plan para reducir el gasto público en 50 000 millones EUR en relación con el crecimiento tendencial entre 2015 y 2017 en todos los niveles de las administraciones públicas, pero no es seguro que este plan pueda lograr una reducción significativa del gasto público. Precisar las medidas que sustentan las reducciones del gasto, garantizando al mismo tiempo que las medidas de ahorro tienen en cuenta la inflación próxima a cero, contribuiría a aumentar la eficiencia de este plan. |
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Uno de los retos pendientes es seguir reduciendo la tasa de gasto según lo previsto, dado que el proceso de delimitación de los grandes ámbitos de ahorro potencial no ha producido frutos suficientes y las revisiones de gasto han tenido hasta la fecha resultados modestos. En el sector de la vivienda, Francia gasta casi el doble que otros países europeos comparables sin obtener mejores resultados apreciables en el mercado de la vivienda. El efecto combinado de la aplicación de la reducción prevista de las subvenciones del Gobierno central a las autoridades locales y un mayor control del gasto de las administraciones locales, en particular mediante la contención del aumento de los costes administrativos de estas, podría preservar su capacidad de inversión. Las revisiones de gastos podrían ser un instrumento apropiado para determinar tales ahorros. Por otra parte, la reciente reforma de la administración local podría aumentar la eficiencia del sistema de medio a largo plazo. |
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No es posible conseguir ahorros sustanciales a corto plazo sin reducir considerablemente el aumento del gasto en seguridad social, que representa más de la mitad del gasto de las administraciones públicas. La sostenibilidad del sistema de pensiones ha mejorado gracias al acuerdo alcanzado sobre los regímenes de pensiones complementarias en 2015, pero podría seguir registrando déficits a corto y medio plazo, especialmente en unas condiciones macroeconómicas adversas. Por otra parte, se espera que las anteriores reformas de las pensiones solo reduzcan el elevado nivel actual de gasto público en pensiones después de 2025. Francia ha fijado unos ambiciosos objetivos de limitación del crecimiento del gasto sanitario para 2016 y 2017. Estos objetivos podrían completarse con esfuerzos más decididos por delimitar mejoras de eficiencia a medio y largo plazo. |
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Se han emprendido medidas para reducir los costes laborales y mejorar los márgenes de beneficio de las empresas mediante una bonificación fiscal de 20 000 millones EUR para la competitividad y el empleo y reducciones adicionales de 10 000 millones EUR en las cotizaciones sociales de los empresarios con arreglo al Pacto de Responsabilidad y Solidaridad. El diseño de estas medidas, que representan el 1,5 % del PIB y contribuyen a reducir la brecha existente entre Francia y la media de la zona del euro en términos de costes laborales, podría mermar su eficacia. Los resultados de las evaluaciones previstas de estas medidas de reducción de costes serán de utilidad para la adopción de cualquier decisión sobre el futuro diseño de estos regímenes, a fin de garantizar que dichas medidas alcanzan sus objetivos en términos de eficiencia. El efecto en la formación de los salarios y en el empleo reviste especial interés para dichas evaluaciones. |
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En el actual contexto de alto desempleo, existe el riesgo de que el coste de la mano de obra a nivel del salario mínimo frene el empleo de las personas poco cualificadas. Si bien el salario mínimo es alto en comparación con el salario medio, se ha reducido el coste de la mano de obra a nivel del salario mínimo mediante exenciones a las cotizaciones sociales. Las subidas del salario mínimo tienen como efecto inducido subidas salariales para la mayoría de las categorías de trabajadores y el riesgo de crear un efecto de compresión al alza de los salarios. Debido al mecanismo de indización del salario mínimo, existen bucles de realimentación entre las subidas de los salarios medios y los cambios en el salario mínimo, lo que retrasa la necesaria adaptación de los salarios como respuesta a una situación de debilidad económica. |
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Las recientes reformas permiten solo un margen de flexibilidad limitado para que los empresarios puedan apartarse de los convenios colectivos sectoriales. Esta situación afecta a todos los aspectos de las condiciones laborales, incluidos los salarios, la jornada laboral, el empleo y las condiciones de trabajo, y limita las posibilidades de que las empresas puedan ajustar su personal en función de sus necesidades. En la actualidad, los diferentes sectores pueden impedir que las empresas determinen, caso por caso y tras negociar con los interlocutores sociales, en qué condiciones la jornada laboral podría apartarse de los convenios sectoriales. Podría facilitarse, en consulta con los interlocutores sociales, la adopción de excepciones a los convenios sectoriales y a las disposiciones legales de carácter general en materia de condiciones de empleo mediante acuerdos de empresa. |
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En 2015 subió la tasa de desempleo hasta situarse en el 10,4 %. El desempleo afecta de forma más aguda a los jóvenes, los nacionales de terceros países y los trabajadores menos cualificados. La estructura del mercado de trabajo está cada vez más polarizada: los trabajadores altamente cualificados suelen tener contratos indefinidos y una proporción constante de empleos poco cualificados son cada vez más precarios. El porcentaje de contratos de duración determinada de menos de un mes en el total de las contrataciones creció hasta cerca del 70 % en 2015. El marco jurídico que rige los contratos de trabajo, en particular en lo que respecta a la legislación en materia de despido para los contratos indefinidos, puede contribuir a la elevada segmentación del mercado de trabajo. El prolongado deterioro del mercado laboral ha afectado de manera significativamente negativa a la sostenibilidad del sistema de prestaciones de desempleo. Según las previsiones de febrero de 2016, el déficit se situará en 4 500 millones EUR en 2015, 4 200 millones EUR en 2016 y 3 600 millones EUR en 2017. De esta forma, aumentaría aún más el endeudamiento del sistema, que pasaría de 25 800 millones EUR en 2015 a 30 000 millones EUR en 2016 y 33 600 millones EUR en 2017. El cálculo de las prestaciones favorece una sucesión de empleos a tiempo completo de corta duración en detrimento de los empleos a tiempo parcial de larga duración y crea incentivos para que los empleadores ofrezcan empleos de corta duración que deben complementarse con prestaciones a las personas empleadas. Por otra parte, el diseño del sistema de prestaciones de desempleo, en particular en lo que respecta a las condiciones de elegibilidad y el carácter degresivo de las prestaciones, puede debilitar los incentivos para regresar al trabajo. |
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(13) |
La transición de la escuela al mundo laboral sigue siendo difícil, siendo los jóvenes menos cualificados los más afectados. El recurso al aprendizaje está disminuyendo entre categorías poco cualificadas, en un contexto de estrategias regionales diferenciadas y una limitada capacidad del sistema para responder a las nuevas necesidades económicas. La oferta de formación para los desempleados, los trabajadores menos cualificados y el personal de las PYME sigue siendo insuficiente. Las reformas en curso en materia de formación profesional, en particular en lo que respecta a la gobernanza, los incentivos y la orientación y el nuevo plan de formación específica para parados todavía tienen que aplicarse plenamente y deberían reforzarse. La insatisfactoria cooperación entre los distintos agentes implicados en la formación profesional continua impide una asignación eficiente de los recursos. La futura cuenta de actividad personal puede contribuir a reequilibrar el acceso. |
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(14) |
El entorno empresarial francés sigue ocupando niveles medios, en particular en lo que se refiere a la carga que supone la regulación pública, aspecto que sitúa a Francia en un lugar muy bajo a nivel internacional. El programa de simplificación se está llevando a cabo según lo previsto, pero el progreso en la aplicación es desigual, en particular en lo que respecta a las medidas dirigidas a las empresas, y siguen planteándose retos en una serie de ámbitos. |
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(15) |
La economía francesa registra un porcentaje desproporcionadamente alto de empresas pequeñas en comparación con otros Estados miembros, lo que limita su nivel de productividad. No se espera que las recientes iniciativas encaminadas a reducir el impacto de los requisitos relacionados con el tamaño afecten de forma significativa al crecimiento de las empresas, en particular habida cuenta de su alcance limitado y del carácter temporal de algunas de las medidas. Los efectos de umbral seguirán limitando, por tanto, el crecimiento de las empresas francesas. |
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(16) |
La competencia en los servicios ha mejorado en algunos sectores, pero en otros persisten barreras, en particular en los servicios a las empresas, dado que una proporción significativa de estos servicios no se han visto afectados por las recientes reformas, y las industrias de red. Una serie de regulaciones y barreras de entrada, así como las tarifas, limitan la actividad económica de las profesiones reguladas y afectan a la productividad de otros sectores que utilizan estos servicios. La adopción de la Ley Macron en 2015 ha reducido algunas de estas limitaciones, pero todavía se han de hacer más esfuerzos. Otros problemas derivan de la aplicación restrictiva de los requisitos de autorización. |
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(17) |
Francia sigue yendo a la zaga de los líderes en innovación de la UE, pese a la generosidad de las ayudas públicas en este ámbito. Durante los últimos quince años se ha producido una inflación e inestabilidad de los sistemas públicos de apoyo a la innovación, lo que constituye un motivo de preocupación en lo que respecta a la coordinación, coherencia y eficacia globales de dichos sistemas. Esta situación afecta especialmente a las PYME. |
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(18) |
La ratio impuestos/PIB es una de las más altas de la Unión. Su composición no es propicia al crecimiento económico, ya que afecta significativamente a los factores de producción, pero relativamente poco al consumo. La imposición sobre sociedades empezó a disminuir ligeramente en 2014, y Francia ha comenzado a reducir las diferencias con la media de la UE en cuanto a fiscalidad medioambiental, pero los ingresos procedentes del IVA siguen siendo bajos, tanto en porcentaje del PIB como en porcentaje de la carga fiscal total, debido a los bajos tipos, la aplicación generalizada de tipos reducidos y la elevada frecuencia de las exenciones en comparación con la media de la UE. Más allá de la supresión progresiva en curso de la sobretasa de solidaridad a las empresas y del impuesto extraordinario sobre sociedades, las medidas concretas para alcanzar el objetivo anunciado de reducción del tipo nominal del impuesto de sociedades al 28 % en 2020 tienen que precisarse en su totalidad. |
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(19) |
El sistema tributario es muy complejo. Sigue existiendo un gran número de impuestos ineficientes que reportan escasos o nulos ingresos, y la imposición de la renta de las personas físicas es especialmente compleja, lo que entraña un importante coste administrativo. A pesar de la introducción en la Ley de programación de las finanzas públicas de 2014-2019 de la obligación de evaluar periódicamente y hacer un seguimiento de los gastos tributarios, la reducción prevista del gasto fiscal para 2016 es modesta tras varios años de aumento. |
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(20) |
En general, los obstáculos a la inversión privada son moderados, siendo los principales escollos el elevado peso de la regulación y el alto nivel de los tipos del impuesto de sociedades. El entorno de inversión mejoraría merced a la mejora del entorno empresarial, la reducción de los impuestos sobre la producción y sobre beneficios de sociedades y la simplificación del sistema tributario. Todas las medidas destinadas a mejorar la competitividad relacionada o no con los costes de las empresas francesas encierran potencial para incrementar los niveles de inversión e incentivar a las empresas a invertir en capital físico y humano, con vistas a mejorar la productividad. El potencial de crecimiento a largo plazo se ve limitado asimismo por la debilidad de la inversión en actividades de innovación. |
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(21) |
En el contexto del Semestre Europeo, la Comisión ha efectuado un análisis global de la política económica de Francia y lo ha publicado en el informe específico de 2016. Asimismo ha evaluado el Programa de Estabilidad y el Programa Nacional de Reformas, y las medidas adoptadas en aplicación de las recomendaciones dirigidas a Francia en años anteriores. Ha tenido en cuenta no solo su pertinencia para la sostenibilidad de la política socioeconómica y presupuestaria de Francia, sino también su conformidad con las normas y orientaciones de la UE, dada la necesidad de reforzar la gobernanza económica general de la UE incluyendo aportaciones al nivel de la UE en las futuras decisiones nacionales. Las recomendaciones en el marco del Semestre Europeo se reflejan en las recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
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(22) |
A la luz de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa de Estabilidad, y su Dictamen (5) se refleja, en particular, en la recomendación 1 que figura a continuación. |
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(23) |
A la luz del examen exhaustivo realizado por la Comisión y de la presente evaluación, el Consejo ha examinado el Programa Nacional de Reformas y el Programa de Estabilidad. Sus recomendaciones, formuladas en virtud del artículo 6 del Reglamento (UE) n.o 1176/2011, se reflejan en la recomendaciones 1 a 5 que figuran a continuación. |
RECOMIENDA que Francia tome medidas durante el período 2016-2017 con el fin de:
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1. |
Garantizar una corrección duradera del déficit excesivo de aquí a 2017, tomando las medidas estructurales requeridas y utilizando todos los beneficios imprevistos para reducir el déficit y la deuda. Especificar los recortes en los gastos previstos durante los próximos años y redoblar los esfuerzos para aumentar el importe del ahorro generado por las revisiones de gastos, incluido el gasto de las administraciones locales, para finales de 2016. Reforzar las evaluaciones independientes de las políticas públicas con el fin de identificar los incrementos de eficiencia en todos los subsectores de las administraciones públicas. |
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2. |
Garantizar que las reducciones del coste de la mano de obra son sostenidas y que la evolución del salario mínimo es compatible con la creación de empleo y la competitividad. Reformar el Derecho Laboral a fin de que los empresarios tengan más incentivos para ofrecer contratos indefinidos. |
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3. |
Mejorar los vínculos entre el sector de la educación y el mercado de trabajo, en particular mediante la reforma de la formación profesional y del aprendizaje, con especial atención a las personas poco cualificadas. De aquí a finales de 2016, tomar medidas encaminadas a reformar el sistema de prestaciones de desempleo de modo que se restablezca su sostenibilidad presupuestaria y ofrezca más incentivos para reincorporarse al mercado laboral. |
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4. |
Eliminar los obstáculos a la actividad en el sector de los servicios, en particular en el sector de los servicios a las empresas y las profesiones reguladas. Adoptar medidas para simplificar los programas de innovación y mejorar su eficiencia. De aquí a finales de 2016, continuar con la reforma de los criterios de tamaño recogidos en las regulaciones que impiden el crecimiento de las empresas y simplificar las reglas administrativas, fiscales y contables de las empresas, prosiguiendo el programa de simplificación. |
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5. |
Tomar medidas que reduzcan los impuestos sobre la producción y el tipo nominal del impuesto de sociedades, a la vez que se amplía la base impositiva sobre el consumo, en particular en lo que respecta al IVA. Eliminar los gastos tributarios ineficientes, suprimir los impuestos que reportan escasos o nulos ingresos y adoptar la reforma de la retención en origen del impuesto sobre la renta de las personas físicas a más tardar a finales de 2016. |
Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2016.
Por el Consejo
El Presidente
P. KAŽIMÍR
(1) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1.
(2) DO L 306 de 23.11.2011, p. 25.
(3) DO C 96 de 11.3.2016, p. 1.
(4) Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (DO L 347 de 20.12.2013, p. 320).
(5) Con arreglo al artículo 5, apartado 2, del Reglamento (CE) n.o 1466/97.