ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 382

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

58° año
17 de noviembre de 2015


Número de información

Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2015/C 382/01

Anuncio a la atención de las personas sujetas a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2011/72/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) no 101/2011 del Consejo, relativos a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez

1

2015/C 382/02

Anuncio dirigido a las personas sujetas a medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2011/486/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2054 del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2043 del Consejo relativo a la imposición de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Afganistán

2

2015/C 382/03

Anuncio a la atención del interesado al que se aplican las medidas restrictivas contempladas en el Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución del Consejo (UE) 2015/2043, relativo a la imposición de medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

4

 

Comisión Europea

2015/C 382/04

Tipo de cambio del euro

5


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Comisión Europea

2015/C 382/05

Convocatoria de propuestas con arreglo al programa de trabajo de subvenciones en el ámbito de las redes transeuropeas de telecomunicaciones conforme al Mecanismo Conectar Europa para el período 2014-2020 (Decisión de Ejecución C(2014) 9490 de la Comisión)

6

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2015/C 382/06

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7836 — Banco Santander/PAI Partners/Grupo Konectanet/Konecta Activos Inmobiliarios) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

7

2015/C 382/07

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7810 — Vista/Solera) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

8


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/1


Anuncio a la atención de las personas sujetas a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2011/72/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) no 101/2011 del Consejo, relativos a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez

(2015/C 382/01)

La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2011/72/PESC del Consejo (1) y en el anexo I del Reglamento (UE) no 101/2011 del Consejo (2) relativos a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas y entidades habida cuenta de la situación en Túnez.

A raíz de la revisión, el Consejo de la Unión Europea ha llegado a la conclusión de que las citadas personas deben seguir estando incluidas en la lista de personas designadas.

Las personas afectadas podrán cursar una solicitud al Consejo, junto con los documentos justificativos, con objeto de obtener que se reconsidere la decisión de incluirlas en la lista de personas designadas. Dicha solicitud deberá remitirse antes del 1 de diciembre de 2015 a la siguiente dirección:

Council of the European Union

General Secretariat

DG C 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Se tendrán en cuenta todas las observaciones recibidas a efectos de la revisión periódica por el Consejo de la lista de personas designadas con arreglo al artículo 5 de la Decisión 2011/72/PESC y al artículo 12, apartado 4, del Reglamento (UE) no 101/2011.


(1)  DO L 28 de 2.2.2011, p. 62.

(2)  DO L 31 de 5.2.2011, p. 1.


17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/2


Anuncio dirigido a las personas sujetas a medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2011/486/PESC del Consejo, que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2054 del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2043 del Consejo relativo a la imposición de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Afganistán

(2015/C 382/02)

La presente información se pone en conocimiento de la persona que figura en el anexo de la Decisión 2011/486/PESC del Consejo (1), que se aplica en virtud de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/2054 (2) del Consejo, y en el anexo I del Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo (3), que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2043 del Consejo (4) relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Afganistán.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 1988 (2011), que impone medidas restrictivas respecto de las personas y entidades designadas, antes de la fecha de adopción de dicha Resolución, como talibanes, y de las demás personas, grupos, empresas y entidades asociadas con ellos, que se especifican en la sección A («Personas asociadas con los talibanes») y la sección B («Entidades y otros grupos o empresas asociados con los talibanes») de la lista consolidada del Comité establecido en virtud de las Resoluciones 1267 (1999) y 1333 (2000), así como respecto de otras personas, grupos, empresas y entidades asociados con los talibanes.

Los días 23 de septiembre de 2014 y 27 de marzo de 2015, el Comité establecido en virtud del párrafo 30 de la Resolución 1988 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas modificó y actualizó la lista de personas, grupos, empresas y entidades objeto de medidas restrictivas.

La persona afectada podrá presentar en todo momento al Comité de las Naciones Unidas establecido de conformidad con el párrafo 30 de la Resolución 1988 (2011) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, una solicitud, junto con todo tipo de documentación probatoria, para que se reconsideren las decisiones de incluirlas en la lista de las Naciones Unidas. Dicha solicitud deberá remitirse a la siguiente dirección:

United Nations – Focal point for delisting

Security Council Subsidiary Organs Branch

Room TB-08045D

United Nations

New York, N.Y. 10017

UNITED STATES OF AMERICA

Tel. +1 9173679448

Fax. +1 2129631300/3778

Correo electrónico: delisting@un.org

Para obtener más información, véase: http://www.un.org/sc/committees/1988/index.shtml

A raíz de la decisión de las Naciones Unidas, el Consejo de la Unión Europea ha determinado que la persona designada por las Naciones Unidas sea incluida en las listas de personas, grupos, empresas y entidades sujetos a las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2011/486/PESC y en el Reglamento (UE) no 753/2011. Los motivos para incluir en dichas listas a la persona afectada constan en las entradas correspondientes del anexo de la Decisión del Consejo y del anexo I del Reglamento del Consejo.

Se pone en conocimiento de la persona afectada que tiene la posibilidad de cursar una solicitud a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes que se mencionan en los sitios web indicados en el anexo II del Reglamento (UE) no 753/2011, a fin de obtener autorización para utilizar fondos inmovilizados para cubrir necesidades básicas o efectuar pagos concretos (véase el artículo 5 del Reglamento).

La persona afectada podrá presentar al Consejo una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las listas mencionadas. Dicha solicitud deberá remitirse a la siguiente dirección:

Council of the European Union

General Secretariat

DG C 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Asimismo, se advierte a la persona afectada que tiene la posibilidad de recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 199 de 2.8.2011, p. 57.

(2)  DO L 300 de 17.11.2015, p 29.

(3)  DO L 199 de 2.8.2011, p. 1

(4)  DO L 300 de 17.11.2015, p 1.


17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/4


Anuncio a la atención del interesado al que se aplican las medidas restrictivas contempladas en el Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución del Consejo (UE) 2015/2043, relativo a la imposición de medidas restrictivas contra determinadas personas, grupos, empresas y entidades, habida cuenta de la situación en Afganistán

(2015/C 382/03)

Con arreglo al artículo 12 del Reglamento (CE) no 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), se pone en conocimiento del interesado la siguiente información:

La base jurídica para esta operación de tratamiento de datos es el Reglamento (UE) no 753/2011 del Consejo (2), que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2043 del Consejo (3).

El responsable de esta operación de tratamiento de datos es el Consejo de la Unión Europea representado por el Director General de la DG C (Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil) de la Secretaría General del Consejo, y el servicio que se ocupa de la operación de tratamiento de datos es la Unidad 1C de la DG C, con la que se puede contactar en la siguiente dirección:

Council of the European Union

General Secretariat

DG C 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu.

El propósito de la operación de tratamiento de datos es el establecimiento y la actualización de la lista de personas sujetas a medidas restrictivas con arreglo al Reglamento (UE) no 753/2011, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2043.

Los interesados son las personas físicas que cumplen los criterios de inclusión en la lista establecidos en dicho Reglamento.

Entre los datos personales recogidos se incluyen los datos necesarios para la identificación correcta de la persona de que se trate, la exposición de motivos y cualquier otro dato conexo.

Los datos personales recogidos podrán compartirse en caso necesario con el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión.

Sin perjuicio de las restricciones que figuran en el artículo 20, apartado 1, letras a) y d), del Reglamento (CE) no 45/2001, las peticiones de acceso, así como las peticiones de rectificación u oposición, se atenderán con arreglo a la sección 5 de la Decisión 2004/644/CE del Consejo (4).

Los datos personales se conservarán durante cinco años a partir del momento en que el interesado haya dejado de figurar en la lista de personas sometidas a la inmovilización de activos o en que haya caducado la validez de la medida, o mientras dure el proceso judicial en caso de que haya comenzado.

Los interesados podrán recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos con arreglo al Reglamento (CE) no 45/2001.


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.

(2)  DO L 199 de 2.8.2011, p. 1.

(3)  DO L 300 de 17.11.2015, p. 1.

(4)  DO L 296 de 21.9.2004, p. 16.


Comisión Europea

17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/5


Tipo de cambio del euro (1)

16 de noviembre de 2015

(2015/C 382/04)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0723

JPY

yen japonés

132,01

DKK

corona danesa

7,4610

GBP

libra esterlina

0,70580

SEK

corona sueca

9,3206

CHF

franco suizo

1,0791

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,3050

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,031

HUF

forinto húngaro

311,90

PLN

esloti polaco

4,2408

RON

leu rumano

4,4387

TRY

lira turca

3,0922

AUD

dólar australiano

1,5110

CAD

dólar canadiense

1,4293

HKD

dólar de Hong Kong

8,3109

NZD

dólar neozelandés

1,6554

SGD

dólar de Singapur

1,5253

KRW

won de Corea del Sur

1 257,58

ZAR

rand sudafricano

15,4300

CNY

yuan renminbi

6,8330

HRK

kuna croata

7,6075

IDR

rupia indonesia

14 776,33

MYR

ringit malayo

4,7036

PHP

peso filipino

50,644

RUB

rublo ruso

70,7850

THB

bat tailandés

38,565

BRL

real brasileño

4,1144

MXN

peso mexicano

17,9456

INR

rupia india

70,7613


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Comisión Europea

17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/6


Convocatoria de propuestas con arreglo al programa de trabajo de subvenciones en el ámbito de las redes transeuropeas de telecomunicaciones conforme al Mecanismo «Conectar Europa» para el período 2014-2020

(Decisión de Ejecución C(2014) 9490 de la Comisión)

(2015/C 382/05)

La Dirección General de Redes de Comunicación, Contenido y Tecnología de la Comisión Europea presenta cuatro convocatorias de propuestas para conceder subvenciones a proyectos con arreglo a las prioridades y objetivos establecidos en el programa de trabajo de 2015 en el ámbito de las redes transeuropeas de telecomunicaciones conforme al Mecanismo «Conectar Europa» para el período 2014-2020.

Se invita a presentar propuestas para las cuatro convocatorias siguientes:

 

CEF-TC-2015-2: Contratación pública electrónica

 

CEF-TC-2015-2: Servicios genéricos de sanidad electrónica

 

CEF-TC-2015-2: Identificación electrónica y firma electrónica

 

CEF-TC-2015-2: Servicios genéricos de resolución de litigios en línea

El presupuesto indicativo disponible para las propuestas seleccionadas en el marco de estas convocatorias es de 16,9 millones EUR.

El plazo de presentación de propuestas finaliza el 15 de marzo de 2016.

La documentación de las distintas convocatorias está disponible en el sitio web del Mecanismo «Conectar Europa»: http://ec.europa.eu/inea/connecting-europe-facility/cef-telecom/apply-funding/cef-telecom-calls-proposals-2015


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/7


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7836 — Banco Santander/PAI Partners/Grupo Konectanet/Konecta Activos Inmobiliarios)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 382/06)

1.

El 5 de noviembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas PAI Partners, SAS («PAI», Francia) y Banco Santander, SA («Banco Santander», España) adquieren el control conjunto, a través de la empresa Brendenbury, SL («Brendenbury», España), a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de las empresas Grupo Konectanet, SL («Konectanet», España) y Konecta Activos Inmobiliarios, SL («KAI», España) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Banco Santander es la sociedad matriz de un grupo internacional de compañías bancarias y financieras que operan en Europa, los Estados Unidos y Latinoamérica. Banco Santander ofrece servicios en la banca minorista, la gestión de activos, banca corporativa y de inversión, tesorería y seguros.

PAI es una compañía de capital privado, centrada en la adquisición de medianas y grandes empresas, cuyas oficinas centrales y centro de gestión se encuentra en Europa y operativa en distintos sectores industriales.

Brendenbury se dedica principalmente a la constitución, la participación por si misma o de forma indirecta en la gestión y control de otras empresas y sociedades.

Konectanet es una sociedad dedicada a la externalización de procesos de negocio, lo que incluye desde los servicios de planificación y ejecución de tareas internas de front y back office hasta el control de las tareas realizadas por los agentes externos que forman parte del proceso.

KAI es una sociedad cuya actividad principal es la tenencia y explotación de bienes inmuebles.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del no de referencia M.7836 — Banco Santander/PAI Partners/Grupo Konectanet/Konecta Activos Inmobiliarios, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


17.11.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/8


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7810 — Vista/Solera)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 382/07)

1.

El 11 de noviembre de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Vista Equity Partners Management, LLC («Vista», Estados Unidos de América) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de SoleraHoldings, Inc («Solera», Estados Unidos de América) mediante oferta pública de adquisición.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Vista: sociedad de capital inversión,

—   Solera: suministro de programas informáticos para gestión de riesgo y activos y servicios informáticos a empresas de seguros y participantes de la industria del automóvil.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7810 — Vista/Solera, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.