ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 126

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

58° año
18 de abril de 2015


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 126/01

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

1

2015/C 126/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7517 — Hebei Iron & Steel Group/DPH/Duferco International Trading Holding) ( 1 )

2


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 126/03

Tipo de cambio del euro

3

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2015/C 126/04

Decisión no 807, de 4 de diciembre de 2014, relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del Bloque 1-22 Teres, situado en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

4

2015/C 126/05

Decisión no 808, de 4 de diciembre de 2014, relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del Bloque 1-14 Silistar, situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

7

2015/C 126/06

Actualización de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen)

10


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2015/C 126/07

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7608 — Borealis Siegfried Holdings/Fortum Distribution AB) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

22

2015/C 126/08

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7594 — Brother Industries/Domino Printing Sciences) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

23


 

Corrección de errores

2015/C 126/09

Corrección de errores de la Comunicación del Gobierno de la República Helénica en relación con la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos ( DO C 400 de 13.11.2014 )

24


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/1


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 126/01)

Fecha de adopción de la decisión

16.10.2014

 

Número de ayuda

SA.36262 (2014/N)

Estado miembro

Irlanda

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Restructuring and stabilisation scheme for the Credit Union Sector in Ireland

Base jurídica

Credit Union Bill 2012

Tipo de medida

Régimen

Objetivo

Reestructuración de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Otras formas de participación en el capital-Recapitalización

Presupuesto

Presupuesto total: EUR 280 (en millones)

Intensidad

Duración

15.10.2014-1.4.2015

Sectores económicos

ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Department of Finance

Government Buildings

Upper Merrion Street

Dublin 2

IRELAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en: http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm


18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.7517 — Hebei Iron & Steel Group/DPH/Duferco International Trading Holding)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 126/02)

El 9 de abril de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7517. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/3


Tipo de cambio del euro (1)

17 de abril de 2015

(2015/C 126/03)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0814

JPY

yen japonés

128,45

DKK

corona danesa

7,4608

GBP

libra esterlina

0,71990

SEK

corona sueca

9,2921

CHF

franco suizo

1,0297

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,3970

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,486

HUF

forinto húngaro

301,36

PLN

esloti polaco

4,0187

RON

leu rumano

4,4180

TRY

lira turca

2,9037

AUD

dólar australiano

1,3842

CAD

dólar canadiense

1,3183

HKD

dólar de Hong Kong

8,3820

NZD

dólar neozelandés

1,4025

SGD

dólar de Singapur

1,4522

KRW

won de Corea del Sur

1 167,11

ZAR

rand sudafricano

12,9192

CNY

yuan renminbi

6,7013

HRK

kuna croata

7,5690

IDR

rupia indonesia

13 838,67

MYR

ringit malayo

3,9110

PHP

peso filipino

47,819

RUB

rublo ruso

54,9086

THB

bat tailandés

34,992

BRL

real brasileño

3,2562

MXN

peso mexicano

16,4205

INR

rupia india

67,4740


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/4


DECISIÓN No 807

de 4 de diciembre de 2014

relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del «Bloque 1-22 Teres», situado en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

(2015/C 126/04)

REPÚBLICA DE BULGARIA

CONSEJO DE MINISTROS

Sobre la base del artículo 5, punto 2, del artículo 7, apartado 2, punto 8, del artículo 42, apartado 1, punto 1, y del artículo 44, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo, y del artículo 4, apartado 1, punto 1, y del artículo 16 de la ordenanza sobre la realización de los concursos y licitaciones para el otorgamiento de autorizaciones de prospección y/o exploración y de concesiones para la extracción de recursos del subsuelo en virtud de la Ley sobre Recursos del Subsuelo adoptada por el Decreto del Consejo de Ministros no 231 de 2010:

EL CONSEJO DE MINISTROS HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

1.

El Consejo de Ministros abre el procedimiento de concesión de una autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-22 Teres», situado en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, con una superficie de 4 032 kilómetros cuadrados y delimitado por los puntos no 1 a no 7 cuyas coordenadas figuran en el anexo.

2.

El Consejo de Ministros informa de que la concesión de la autorización a la que se refiere el punto 1 se llevará a cabo a través de una licitación in absentia.

3.

El Consejo de Ministros determina que la duración de la autorización de prospección y exploración será de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato de prospección y exploración, con derecho a una prórroga de conformidad con el artículo 31, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

4.

El plazo para adquirir el expediente de la licitación concluirá a los 120 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

5.

El plazo para presentar las solicitudes de participación en la licitación concluirá a los 140 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

6.

El plazo para presentar las propuestas en virtud del expediente de licitación concluirá a los 155 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

7.

El Consejo de Ministros determina que el precio del expediente de la licitación será de 10 000 BGN. El expediente de la licitación podrá obtenerse en el Ministerio de Energía, dentro del plazo establecido en el punto 4, previa presentación de una orden de pago.

7.1.

El importe especificado en el punto 7 deberá transferirse a la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

7.2.

En la orden de pago se indicará: Para el expediente de la licitación relativa a la zona del «bloque 1-22 Teres» adquirido por cuenta del solicitante cuyo nombre deberá figurar en la orden de pago.

7.3.

La persona que reciba el expediente de la licitación firmará, en nombre del solicitante, una declaración por la que se compromete a proteger la confidencialidad de la información en él contenida.

8.

Quienes soliciten participar en la licitación deberán reunir los requisitos expuestos en el artículo 23, apartado 1, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

9.

El solicitante y, en caso de ser una sociedad, cada participante en ella, presentará una declaración sobre la ausencia de las circunstancias contempladas en el artículo 2 de la Ley sobre las relaciones económicas y financieras con las empresas registradas en jurisdicciones de régimen fiscal preferencial, las personas relacionadas con ellas y sus propietarios efectivos (SG no 1 de 2014), en relación con el apartado 1 de las disposiciones adicionales, o pruebas de la presencia de las circunstancias contempladas en el artículo 4 de la mencionada Ley.

10.

El solicitante, o al menos uno de los participantes en la sociedad solicitante, debe haber generado unos ingresos netos por ventas totales en los tres últimos ejercicios, en función de la fecha de establecimiento, no inferiores a 150 000 000 EUR. Si el solicitante es una sociedad que no es una persona jurídica, los requisitos de este punto se aplicarán a la sociedad en su conjunto,

o bien

10.1.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una recomendación de un banco u otra entidad financiera que garantice que dispone de los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-22 Teres»,

o bien

10.2.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una carta de intenciones de un banco u otra entidad financiera que garantice que se le facilitarán los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-22 Teres».

11.

Las propuestas de los solicitantes se evaluarán sobre la base de los programas de trabajo propuestos, los recursos destinados a la protección del medio ambiente y los suplementos previstos en el expediente de la licitación.

12.

El Consejo de Ministros determina que para participar en la licitación será preciso un depósito de 15 000 BGN, pagadero dentro del plazo fijado en el punto 5 en la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

13.

Si un solicitante no es admitido a la licitación, su depósito será reembolsado en el plazo de 14 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión de no admisión tomada por el comité de selección.

14.

El depósito del licitador elegido se reembolsará en un plazo de 14 días a partir de la entrada en vigor del contrato, y los de los demás participantes a los 14 días de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Decisión del Consejo de Ministros por la que se otorga la autorización de prospección y exploración.

15.

Las solicitudes de participación en la licitación y las propuestas de los solicitantes con arreglo a las condiciones de la licitación se presentarán al servicio de tramitación de documentos del Ministerio de Energía, en lengua búlgara, de conformidad con el artículo 46 de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

16.

Las propuestas se prepararán de conformidad con los requisitos y condiciones que figuran en el expediente de la licitación.

17.

La licitación se llevará a cabo aun cuando haya sido admitido un único solicitante.

18.

El Consejo de Ministros autoriza al Ministro de Economía y el Ministro de Energía:

18.1.

a remitir la presente Decisión para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

18.2.

a organizar y llevar a cabo la licitación.

19.

La presente Decisión se publicará en boletín oficial de la República de Bulgaria y en la página web del Consejo de Ministros.

20.

Contra la presente Decisión cabe recurso ante el Tribunal Supremo Administrativo en un plazo de 14 días a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Por el Primer Ministro

Tomislav DONCHEV

Por el Secretario General del Consejo de Ministros

Veselin DAKOV

Director de la Dirección de la Oficina del Gabinete

Veselin DAKOV


ANEXO

Lista de coordenadas de los puntos que describen la zona de «Bloque 1-22 TERES»

Sistema de coordenadas geográficas WGS84

No

Longitud este

Latitud norte

1.

29°07′28,85″

42°48′47,00″

2.

30°34′10,00″

42°48′03,00″

3.

29°58′30,00″

42°33′27,00″

4.

29°49′36,00″

42°29′24,00″

5.

29°34′20,00″

42°26′24,00″

6.

29°20′45,00″

42°14′28,00″

7.

29°07′32,31″

42°11′22,71″


18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/7


DECISIÓN No 808

de 4 de diciembre de 2014

relativa a la apertura de un procedimiento de concesión de autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural —recursos naturales del subsuelo con arreglo al artículo 2, apartado 1, punto 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo— en la zona del «Bloque 1-14 Silistar», situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, y a la notificación de la concesión de la autorización a través de una licitación

(2015/C 126/05)

REPÚBLICA DE BULGARIA

CONSEJO DE MINISTROS

Sobre la base del artículo 5, punto 2, del artículo 7, apartado 2, punto 8, del artículo 42, apartado 1, punto 1, y del artículo 44, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo, y del artículo 4, apartado 1, punto 1, y del artículo 16 de la ordenanza sobre la realización de los concursos y licitaciones para el otorgamiento de autorizaciones de prospección y/o exploración y de concesiones para la extracción de recursos del subsuelo en virtud de la Ley sobre Recursos del Subsuelo adoptada por el Decreto del Consejo de Ministros no 231 de 2010:

EL CONSEJO DE MINISTROS HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

1.

El Consejo de Ministros abre el procedimiento de concesión de una autorización para la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar», situado en la plataforma continental y en la zona económica exclusiva de la República de Bulgaria en el Mar Negro, con una superficie de 6 893 kilómetros cuadrados y delimitado por los puntos no 1 a no 9 cuyas coordenadas figuran en el anexo.

2.

El Consejo de Ministros informa de que la concesión de la autorización a la que se refiere el punto 1 se llevará a cabo a través de una licitación in absentia.

3.

El Consejo de Ministros determina que la duración de la autorización de prospección y exploración será de cinco años a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato de prospección y exploración, con derecho a una prórroga de conformidad con el artículo 31, apartado 3, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

4.

El plazo para adquirir el expediente de la licitación concluirá a los 120 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

5.

El plazo para presentar las solicitudes de participación en la licitación concluirá a los 140 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

6.

El plazo para presentar las propuestas en virtud del expediente de licitación concluirá a los 155 días de publicarse la presente Decisión en el Diario Oficial de la Unión Europea, a las 17.00 horas.

7.

El Consejo de Ministros determina que el precio del expediente de la licitación será de 10 000 BGN. El expediente de la licitación podrá obtenerse en el Ministerio de Energía, dentro del plazo establecido en el punto 4, previa presentación de una orden de pago.

7.1.

El importe especificado en el punto 7 deberá transferirse a la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

7.2.

En la orden de pago se indicará: Para el expediente de la licitación relativa a la zona del «Bloque 1-14 Silistar» adquirido por cuenta del solicitante cuyo nombre deberá figurar en la orden de pago.

7.3.

La persona que reciba el expediente de la licitación firmará, en nombre del solicitante, una declaración por la que se compromete a proteger la confidencialidad de la información en él contenida.

8.

Quienes soliciten participar en la licitación deberán reunir los requisitos expuestos en el artículo 23, apartado 1, de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

9.

El solicitante y, en caso de ser una sociedad, cada participante en ella, presentará una declaración sobre la ausencia de las circunstancias contempladas en el artículo 2 de la Ley sobre las relaciones económicas y financieras con las empresas registradas en jurisdicciones de régimen fiscal preferencial, las personas relacionadas con ellas y sus propietarios efectivos (SG no 1 de 2014), en relación con el apartado 1 de las disposiciones adicionales, o pruebas de la presencia de las circunstancias contempladas en el artículo 4 de la mencionada Ley.

10.

El solicitante, o al menos uno de los participantes en la sociedad solicitante, debe haber generado unos ingresos netos por ventas totales en los tres últimos ejercicios, en función de la fecha de establecimiento, no inferiores a 150 000 000 EUR. Si el solicitante es una sociedad que no es una persona jurídica, los requisitos de este punto se aplicarán a la sociedad en su conjunto,

o bien

10.1.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una recomendación de un banco u otra entidad financiera que garantice que dispone de los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar»,

o bien

10.2.

El solicitante, y en caso de ser una sociedad al menos uno de los participantes en ella, presentará una carta de intenciones de un banco u otra entidad financiera que garantice que se le facilitarán los recursos financieros necesarios para la ejecución de la prospección y exploración de petróleo y gas natural en la zona del «Bloque 1-14 Silistar».

11.

Las propuestas de los solicitantes se evaluarán sobre la base de los programas de trabajo propuestos, los recursos destinados a la protección del medio ambiente y los suplementos previstos en el expediente de la licitación.

12.

El Consejo de Ministros determina que para participar en la licitación será preciso un depósito de 15 000 BGN, pagadero dentro del plazo fijado en el punto 5 en la cuenta bancaria del Ministerio de Energía.

13.

Si un solicitante no es admitido a la licitación, su depósito será reembolsado en el plazo de 14 días a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión de no admisión tomada por el comité de selección.

14.

El depósito del licitador elegido se reembolsará en un plazo de 14 días a partir de la entrada en vigor del contrato, y los de los demás participantes a los 14 días de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Decisión del Consejo de Ministros por la que se otorga la autorización de prospección y exploración.

15.

Las solicitudes de participación en la licitación y las propuestas de los solicitantes con arreglo a las condiciones de la licitación se presentarán al servicio de tramitación de documentos del Ministerio de Energía, en lengua búlgara, de conformidad con el artículo 46 de la Ley sobre Recursos del Subsuelo.

16.

Las propuestas se prepararán de conformidad con los requisitos y condiciones que figuran en el expediente de la licitación.

17.

La licitación se llevará a cabo aun cuando haya sido admitido un único solicitante.

18.

El Consejo de Ministros autoriza al Ministro de Economía y el Ministro de Energía:

18.1.

a remitir la presente Decisión para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

18.2.

a organizar y llevar a cabo la licitación.

19.

La presente Decisión se publicará en boletín oficial de la República de Bulgaria y en la página web del Consejo de Ministros.

20.

Contra la presente Decisión cabe recurso ante el Tribunal Supremo Administrativo en un plazo de 14 días a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Por el Primer Ministro

Tomislav DONCHEV

Por el Secretario General del Consejo de Ministros

Veselin DAKOV

Director de la Dirección de la Oficina del Gabinete

Veselin DAKOV


ANEXO

Lista de coordenadas de los puntos que describen la zona de «bloque 1-14 Silistar»

Sistema de coordenadas geográficas WGS84

No

Longitud este

Latitud norte

1.

28°26′00,00″

42°48′43,00″

2.

29°07′28,85″

42°48′47,00″

3.

29°07′32,31″

42°11′22,71″

4.

28°19′26,00″

41°59′52,00″

5.

28°06′52,00″

41°59′52,00″

6.

28°06′52,00″

42°25′35,00″

7.

27°55′55,00″

42°25′35,00″

8.

27°55′55,00″

42°41′24,00″

9.

28°26′00,00″

42°41′24,00″


18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/10


Actualización de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen) (1)

(2015/C 126/06)

La publicación de la lista de pasos fronterizos mencionados en el artículo 2, apartado 8, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de Fronteras Schengen) se basa en la información comunicada por los Estados miembros a la Comisión conforme al artículo 34 del Código de Fronteras Schengen.

Además de la publicación en el Diario Oficial, está disponible una actualización periódica en el sitio web de la Dirección General de Interior.

DINAMARCA

Modificación de la información publicada en DO C 247 de 13.10.2006.

LISTA DE PASOS FRONTERIZOS

Fronteras marítimas

Dinamarca

(1)

Aabenrå Havn

(2)

Aggersund Kalkværks Udskibningsbro

(3)

Allinge Havn

(4)

Asnæsværkets Havn

(5)

Assens Havn

(6)

Augustenborg Havn

(7)

Avedøreværkets Havn

(8)

Bagenkop Havn

(9)

Bandholm Havn

(10)

Bogense Havn

(11)

Bønnerup Havn

(12)

Dansk Salt A/S' Anlægskaj

(13)

Det Danske Stålvalseværk A/S' Havn

(14)

Dragør Havn

(15)

Enstedværkets Havn

(16)

Esbjerg Havn

(17)

Faaborg Havn

(18)

Fakse Havn

(19)

Fakse Ladeplade Fiskeri- og Lystbådehavn

(20)

Fredericia Havn

(21)

Frederikshavn Havn

(22)

Gedser Havn

(23)

Grenå Havn

(24)

Gråsten Havn

(25)

Gudhjem Havn

(26)

Gulfhavn, Stigsnæs

(27)

Haderslev Havn

(28)

Hals Havn

(29)

Hanstholm Havn

(30)

Hasle Havn

(31)

Helsingør Statshavn

(32)

Helsingør Færgehavn

(33)

Hirtshals Havn

(34)

H.J. Hansen Hadsund A/S' Havn

(35)

Hobro Havn

(36)

Holbæk Havn

(37)

Holstebro-Struer Havn

(38)

Horsens Havn

(39)

Hou Havn (Odder)

(40)

Hundested Havn

(41)

Hvide Sande Havn

(42)

Kalundborg Havn

(43)

Kaløvig Bådehavn

(44)

Kerteminde Havn og Marina

(45)

Klintholm Havn

(46)

Koldby Kås Havn (Samsø)

(47)

Kolding Havn

(48)

Kongsdal Havn

(49)

Korsør Havn

(50)

Kyndbyværkets Havn

(51)

Københavns Havn

(52)

Køge Havn

(53)

Lemvig Havn

(54)

Lindø-Terminalen

(55)

Lyngs Odde Ammoniakhavn

(56)

Løgstør Havn

(57)

Marstal Havn

(58)

Masnedøværkets Havn

(59)

Middelfart Havn

(60)

Nakskov Havn

(61)

Neksø Havn

(62)

NKT Trådværket A/S' Havn

(63)

Nordjyllandsværkets Havn

(64)

Nyborg Havn A/S (Lindholm Havn y Avernakke Pier)

(65)

Nyborg Fritids- og Lystbåde-Havn y Fiskerihavn

(66)

Nykøbing Falster Havn

(67)

Nykøbing Mors Havn

(68)

Næstved Havn

(69)

Odense Havn

(70)

Odense Staalskibsværft A/S' Havn

(71)

Orehoved Havn

(72)

Randers Havn

(73)

Rudkøbing Havn

(74)

Rødby Færge- og Trafikhavn

(75)

Rømø Havn

(76)

Rønne Havn

(77)

Skagen Havn

(78)

Skive Havn

(79)

Skærbækværkets Havn

(80)

Spodsbjerg Færgehavn

(81)

Statoil Pieren

(82)

Stege Havn

(83)

Stevns Kridtbruds Udskibningspier

(84)

Stigsnæsværkets Havn

(85)

Stubbekøbing Havn

(86)

Studstrupværkets Havn

(87)

Svaneke Havn

(88)

Svendborg Trafikhavn

(89)

Sæby Havn

(90)

Søby Havn

(91)

Sønderborg Havn

(92)

Tejn Havn

(93)

Thisted Havn

(94)

Thorsminde Havn

(95)

Thyborøn Havn

(96)

Vang Havn

(97)

Vejle Havn

(98)

Vordingborg Havn

(99)

Ærøskøbing Havn

(100)

Ålborg Havn

(101)

Ålborg Portland

(102)

Århus Havn

(103)

Årø Havn

(104)

Årøsund Havn

Islas Feroe

(1)

Fuglafjadar Havn

(2)

Klaksvikar Havn

(3)

Kollafjardar Havn

(4)

Oyra Havn

(5)

Runavikar Havn

(6)

Torshavn Havn

(7)

Tvøroyrar Havn

(8)

Vags Havn

(9)

Miovags/Sandavags Havn

(10)

Sørvags Havn

(11)

Vestmanna Havn

Groenlandia

(1)

Aasiaat Havn (Egedesminde)

(2)

Ilulissat Havn (Jakobshavn)

(3)

Illoqqortoormiit Havn (Scoresbysund)

(4)

Kangerlussauaq Havn (Søndre Strømfjord)

(5)

Maniitsoq Havn (Sukkertoppen)

(6)

Nanortalik Havn

(7)

Narsaq Havn

(8)

Narsarsuaq Havn

(9)

Nuuk Havn (Godthåb)

(10)

Paamiut Havn (Frederikshåb)

(11)

Qaanaaq Havn (Thule)

(12)

Qaqortoq Havn (Julianehåb)

(13)

Qasigiannguit Havn (Christianshåb)

(14)

Qeqertarsuaq Havn (Godhavn)

(15)

Sisimiut Havn (Holsteinsborg)

(16)

Tasiilaq Havn (Angmagssalik)

(17)

Upernavik Havn

(18)

Uummannaq Havn (Umanak)

Fronteras aéreas

Dinamarca

(1)

Billund Lufthavn

(2)

Esbjerg Lufthavn

(3)

Grønholt Flyveplads

(4)

Herning Flyveplads

(5)

Karup Lufthavn

(6)

Koldingegnens Lufthavn i Vamdrup

(7)

Københavns Lufthavn i Kastrup

(8)

Lolland-Falster Lufthavn

(9)

Lemvig Lufthavn

(10)

Odense Lufthavn

(11)

Randers Flyveplads

(12)

Københs Lufthavn i Roskilde

(13)

Bornholms Lufthavn

(14)

Sindal Lufthavn

(15)

Skive Lufthavn

(16)

Stauning Lufthavn

(17)

Sydfyns Flyveplads på Tåsinge

(18)

Sønderborg Lufthavn

(19)

Thisted Lufthavn

(20)

Vojens Lufthavn

(21)

Ærø Lufthavn

(22)

Ålborg Lufthavn

(23)

Århus Lufthavn

(24)

Års flyveplads i Løgstør

Islas Feroe

(1)

Vágar Lufthavn

Groenlandia

(1)

Aasiaat Lufthavn (Egedesminde)

(2)

Ilulissat Lufthavn (Jakobshavn)

(3)

Kangerlussuaq Lufthavn (Søndre Strømfjord)

(4)

Kulusuk Lufthavn

(5)

Maniitsoq Lufthavn (Sukkertoppen)

(6)

Nerlerit Inaat Lufthavn

(7)

Narsarsuaq Lufthavn

(8)

Pituffik Lufthavn (Thule)

(9)

Nuuk Lufthavn (Godthåb)

(10)

Qaanaaq Lufthavn (Thule)

(11)

Sisimiut Lufthavn (Holsteinsborg)

(12)

Upernavik Lufthavn

(13)

Uummannaq Lufthavn (Umanak)

LITUANIA

Modificación de la información publicada en DO C 316 de 28.12.2007.

LISTA DE PASOS FRONTERIZOS

Lituania — Bielorrusia

Fronteras terrestres

(1)

Kena – Gudagojis (ferrocarril)

(2)

Stasylos – Benekainys (ferrocarril)

(3)

Lavoriškės – Kotlovka

(4)

Medininkai – Kamenyj Log

(5)

Šalčininkai – Benekainys

(6)

Raigardas – Privalka

(7)

Švendubrė – Privalka (río)

Tráfico fronterizo local

(1)

Tverečius – Vidžiai

(2)

Adutiškis – Moldevičiai

(3)

Papelekis – Lentupis

(4)

Prienai – Kiemeliškės

(5)

Šumskas – Loša

(6)

Ureliai – Klevyčia

(7)

Norviliškės – Pickūnai

(8)

Krakūnai – Geranainys

(9)

Eišiškės – Dotiškės

(10)

Rakai – Petiulevcai

(11)

Latežeris – Pariečė

Lituania — Federación de Rusia

Fronteras terrestres

(1)

Jurbarkas – Sovetsk (río)

(2)

Kybartai – Černyševskoje

(3)

Kybartai – Nesterov (ferrocarril)

(4)

Nida – Morskoje

(5)

Nida – Rybačyj (río)

(6)

Pagėgiai – Sovetsk (ferrocarril)

(7)

Panemunė – Sovetsk

(8)

Ramoniškiai – Pograničnyj (2)

(9)

Rusnė – Sovetsk (río)

Fronteras marítimas

(1)

Puerto estatal de Klaipėda (pasos fronterizos de Molas, Pilis and Malkų įlanka)

(2)

Terminal petrolero de Būtingė

Fronteras aéreas

(1)

Aeropuerto de Vilnius

(2)

Aeropuerto de Kaunas

(3)

Aeropuerto de Palanga

(4)

Aeropuerto de Zokniai

LETONIA

Modificación de la información publicada en DO C 355 de 29.12.2010.

LISTA DE PASOS FRONTERIZOS

Fronteras marítimas

 

Engure (3)

 

Lielupe (4)

 

Liepāja

 

Mērsrags

 

Pāvilosta

 

Rīga

 

Roja (5)

 

Salacgrīva (6)

 

Skulte

 

Ventspils

Fronteras aéreas

 

Daugavpils lidlauks (7)

 

Liepājas lidosta (8)

 

Rīgas lidosta

 

Tukuma lidlauks (9)

 

Ventspils lidosta (10)

Fronteras terrestres

Letonia-Federación de Rusia

 

Grebņeva-Ubiļinka (Убылинка)

 

Kārsava-Skangaļi (Скангали) (ferrocarril)

 

Pededze-Bruniševa (Брунишево) (11)  (12)  (13)  (14)

 

Terehova-Burački (Бурачки)

 

Vientuļi-Ludonka (Лудонка)

 

Zilupe-Posiņi (Посинь) (ferrocarril)

Letonia-Bielorrusia

 

Indra-Bigosova (Бигосово) (ferrocarril)

 

Kaplava-Pļusi (Плюсы) (tráfico fronterizo menor) (15)  (16)

 

Meikšāni-Gavriļino (Гаврилино)(tráfico fronterizo menor) (17)  (18)  (19)

 

Pēternieki-Grigorovščina (Григоровщина)

 

Piedruja-Druja (Друя)(tráfico fronterizo menor) (20)  (21)  (22)

 

Silene-Urbani (Урбаны)

POLONIA

Modificación de la información publicada en DO C 394 de 20.12.2012.

LISTA DE PASOS FRONTERIZOS

Polonia — Federación de Rusia

Fronteras terrestres

(1)

Bezledy – Bagrationowsk

(2)

Braniewo – Mamonowo (ferrocarril)

(3)

Głomno – Bagrationowsk (ferrocarril)

(4)

Gołdap – Gusiew

(5)

Gronowo – Mamonowo

(6)

Grzechotki – Mamonowo II

(7)

Skandawa – Żeleznodorożnyj (ferrocarril) (23)

Polonia — Bielorrusia

Fronteras terrestres

(1)

Białowieża – Piererow

(2)

Bobrowniki – Bierestowica

(3)

Czeremcha – Wysokolitowsk (ferrocarril)

(4)

Kukuryki – Kozłowiczy

(5)

Kuźnica – Bruzgi

(6)

Kuźnica – Grodno (ferrocarril)

(7)

Połowce – Pieszczatka (24)

(8)

Rudawka – Lesnaja (río)

(9)

Siemianówka – Swisłocz (ferrocarril)

(10)

Sławatycze – Domaczewo

(11)

Terespol – Brześć

(12)

Terespol – Brześć (ferrocarril)

(13)

Zubki – Bierestowica (ferrocarril)

Polonia — Ucrania

Fronteras terrestres

(1)

Dorohusk – Jagodzin

(2)

Dorohusk – Jagodzin (ferrocarril)

(3)

Hrebenne – Rawa Ruska

(4)

Hrebenne – Rawa Ruska (ferrocarril)

(5)

Hrubieszów – Włodzimierz Wołyński (ferrocarril)

(6)

Korczowa – Krakowiec

(7)

Krościenko – Chyrow (ferrocarril)

(8)

Krościenko – Smolnica

(9)

Medyka – Szeginie

(10)

Przemyśl – Mościska (ferrocarril)

(11)

Werchrata – Rawa Ruska (ferrocarril)

(12)

Zosin – Ustiług

Fronteras marítimas

(1)

Darłowo

(2)

Dziwnów

(3)

Elbląg

(4)

Frombork

(5)

Gdańsk – Górki Zachodnie

(6)

Gdańsk – Port

(7)

Gdynia

(8)

Hel

(9)

Jastarnia

(10)

Kołobrzeg

(11)

Łeba

(12)

Mrzeżyno

(13)

Nowe Warpno

(14)

Świnoujście

(15)

Szczecin

(16)

Trzebież

(17)

Ustka

(18)

Władysławowo

Fronteras aéreas

(1)

Bydgoszcz

(2)

Gdańsk – Rębiechowo

(3)

Jelenia Góra

(4)

Katowice – Pyrzowice

(5)

Kielce – Masłów

(6)

Kraków – Balice

(7)

Łódź – Lublinek

(8)

Mielec

(9)

Poznań – Ławica

(10)

Rzeszów – Jasionka

(11)

Świdnik

(12)

Szczecin – Goleniów

(13)

Mazury

(14)

Warszawa – Babice

(15)

Warszawa – Modlin

(16)

Warszawa – Okęcie

(17)

Wrocław – Strachowice

(18)

Zielona Góra – Babimost

(19)

Zielona Góra – Przylep

Lista de publicaciones anteriores

 

DO C 316 de 28.12.2007, p. 1.

 

DO C 134 de 31.5.2008, p. 16.

 

DO C 177 de 12.7.2008, p. 9.

 

DO C 200 de 6.8.2008, p. 10.

 

DO C 331 de 31.12.2008, p. 13.

 

DO C 3 de 8.1.2009, p. 10.

 

DO C 37 de 14.2.2009, p. 10.

 

DO C 64 de 19.3.2009, p. 20.

 

DO C 99 de 30.4.2009, p. 7.

 

DO C 229 de 23.9.2009, p. 28.

 

DO C 263 de 5.11.2009, p. 22.

 

DO C 298 de 8.12.2009, p. 17.

 

DO C 74 de 24.3.2010, p. 13.

 

DO C 326 de 3.12.2010, p. 17.

 

DO C 355 de 29.12.2010, p. 34.

 

DO C 22 de 22.1.2011, p. 22.

 

DO C 37 de 5.2.2011, p. 12.

 

DO C 149 de 20.5.2011, p. 8.

 

DO C 190 de 30.6.2011, p. 17.

 

DO C 203 de 9.7.2011, p. 14.

 

DO C 210 de 16.7.2011, p. 30.

 

DO C 271 de 14.9.2011, p. 18.

 

DO C 356 de 6.12.2011, p. 12.

 

DO C 111 de 18.4.2012, p. 3.

 

DO C 183 de 23.6.2012, p. 7.

 

DO C 313 de 17.10.2012, p. 11.

 

DO C 394 de 20.12.2012, p. 22.

 

DO C 51 de 22.2.2013, p. 9.

 

DO C 167 de 13.6.2013, p. 9.

 

DO C 242 de 23.8.2013, p. 2.

 

DO C 275 de 24.9.2013, p. 7.

 

DO C 314 de 29.10.2013, p. 5.

 

DO C 324 de 9.11.2013, p. 6.

 

DO C 57 de 28.2.2014, p. 4.

 

DO C 167 de 4.6.2014, p. 9.

 

DO C 244 de 26.7.2014, p. 22.

 

DO C 332 de 24.9.2014, p. 12.

 

DO C 420 de 22.11.2014, p. 9.

 

DO C 72 de 28.2.2015, p. 17.


(1)  Véase la lista de publicaciones anteriores al final de la presente actualización.

(2)  Abierto únicamente para los residentes de la República de Lituania y la Federación de Rusia de conformidad con el Acuerdo de 24 de febrero de 1995 entre los Gobiernos de la República de Lituania y de la Federación de Rusia relativo a los pasos fronterizos entre la República de Lituania y la Federación de Rusia [artículo 1(1)(1.2)d)].

(3)  Previa demanda.

(4)  Previa demanda.

(5)  Previa demanda.

(6)  Previa demanda.

(7)  Previa demanda.

(8)  Previa demanda.

(9)  Previa demanda.

(10)  Previa demanda.

(11)  De conformidad con la legislación sobre la aplicación de la desgravación fiscal, una persona que esté exenta del pago de derechos de aduana puede cruzar la frontera con propiedades y bienes en su equipaje personal y con combustible y lubricantes en vehículos y contenedores especiales.

(12)  De conformidad con los requisitos de la legislación que regula el ámbito de la medicina veterinaria, está prohibida la importación de animales de compañía domésticos (de interior) con fines no comerciales.

(13)  Abierta únicamente para ciudadanos de la República de Letonia y de la Federación de Rusia.

(14)  Horario de apertura de 7.00 a 19.00 horas.

(15)  De conformidad con la legislación sobre la aplicación de la desgravación fiscal, una persona que esté exenta del pago de derechos de aduana puede cruzar la frontera con propiedades y bienes en su equipaje personal y con combustible y lubricantes en vehículos y contenedores especiales.

(16)  De conformidad con los requisitos de la legislación que regula el ámbito de la medicina veterinaria, está prohibida la importación de animales de compañía domésticos (de interior) con fines no comerciales.

(17)  Previa demanda.

(18)  De conformidad con la legislación sobre la aplicación de la desgravación fiscal, una persona que esté exenta del pago de derechos de aduana puede cruzar la frontera con propiedades y bienes en su equipaje personal y con combustible y lubricantes en vehículos y contenedores especiales.

(19)  De conformidad con los requisitos de la legislación que regula el ámbito de la medicina veterinaria, está prohibida la importación de animales de compañía domésticos (de interior) con fines no comerciales.

(20)  Previa demanda.

(21)  De conformidad con la legislación sobre la aplicación de la desgravación fiscal, una persona que esté exenta del pago de derechos de aduana puede cruzar la frontera con propiedades y bienes en su equipaje personal y con combustible y lubricantes en vehículos y contenedores especiales.

(22)  De conformidad con los requisitos de la legislación que regula el ámbito de la medicina veterinaria, está prohibida la importación de animales de compañía domésticos (de interior) con fines no comerciales.

(23)  Abierto únicamente para los residentes de la República de Polonia y de la Federación de Rusia.

(24)  Abierto únicamente para los residentes de la República de Polonia y de la República de Bielorrusia.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/22


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7608 — Borealis Siegfried Holdings/Fortum Distribution AB)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 126/07)

1.

El 9 de abril de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Borealis Siegfried Holdings B.V. (Países Bajos), bajo el control de OMERS Administration Corporation («Omers», Canadá), adquiere el control exclusivo indirecto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Fortum Distribution AB («Fortum Distribution», Suecia) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Omers: administración de un fondo de pensiones;

—   Fortum Distribution: explotación de un sistema de distribución de electricidad.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del no de referencia M.7608 — Borealis Siegfried Holdings/Fortum Distribution AB, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/23


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7594 — Brother Industries/Domino Printing Sciences)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 126/08)

1.

El 13 de abril de 2015, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Brother Industries Ltd («Brother», Japón) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Domino Printing Sciences plc («Domino», Reino Unido) mediante oferta pública.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Brother: fabricación y venta de equipo de impresión, máquinas de coser domésticas e industriales, sistemas de karaoke en línea y el contenido correspondiente,

—   Domino: fabricación y suministro de equipo industrial de impresión, codificación y marcado.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del no de referencia M.7594 — Brother Industries/Domino Printing Sciences, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


Corrección de errores

18.4.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 126/24


Corrección de errores de la Comunicación del Gobierno de la República Helénica en relación con la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

( Diario Oficial de la Unión Europea C 400 de 13 de noviembre de 2014 )

(2015/C 126/09)

En la página 9:

donde dice:

«El plazo de presentación de ofertas finaliza el primer día hábil que ponga fin a los seis (6) meses siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea.»,

debe decir:

«El plazo de presentación de ofertas finaliza el primer día hábil que ponga fin a los ocho (8) meses siguientes a la fecha de publicación del presente anuncio de licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea.».