ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 108

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

58° año
31 de marzo de 2015


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 108/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7503 — Talanx/Mota-Engil/Indaqua) ( 1 )

1


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2015/C 108/02

Tipo de cambio del euro

2

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2015/C 108/03

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares ( 1 )

3

2015/C 108/04

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con obligaciones de servicio público ( 1 )

4


 

V   Anuncios

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2015/C 108/05

Anuncio a la atención de Aliaskhab Alibulatovich Kebekov, a quien se ha añadido a la lista a que se refieren los artículos 2, 3 y 7 del Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida, en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/532 de la Comisión

5


 

Corrección de errores

2015/C 108/06

Corrección de errores de la retirada de propuestas de la Comisión ( DO C 80 de 7.3.2015 )

7

2015/C 108/07

Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( DO C 98 de 25.3.2015 )

7


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.7503 — Talanx/Mota-Engil/Indaqua)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 108/01)

El 24 de marzo de 2015, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32015M7503. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/2


Tipo de cambio del euro (1)

30 de marzo de 2015

(2015/C 108/02)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,0845

JPY

yen japonés

130,02

DKK

corona danesa

7,4690

GBP

libra esterlina

0,73280

SEK

corona sueca

9,3207

CHF

franco suizo

1,0439

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,6545

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,473

HUF

forinto húngaro

299,83

PLN

esloti polaco

4,0938

RON

leu rumano

4,4050

TRY

lira turca

2,8265

AUD

dólar australiano

1,4158

CAD

dólar canadiense

1,3709

HKD

dólar de Hong Kong

8,4100

NZD

dólar neozelandés

1,4417

SGD

dólar de Singapur

1,4898

KRW

won de Corea del Sur

1 201,04

ZAR

rand sudafricano

13,1446

CNY

yuan renminbi

6,7324

HRK

kuna croata

7,6448

IDR

rupia indonesia

14 172,71

MYR

ringit malayo

4,0246

PHP

peso filipino

48,527

RUB

rublo ruso

62,5595

THB

bat tailandés

35,328

BRL

real brasileño

3,5616

MXN

peso mexicano

16,5321

INR

rupia india

67,9180


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/3


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Modificación de obligaciones de servicio público respecto a servicios aéreos regulares

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 108/03)

Estado miembro

Irlanda

Rutas

Galway Airport-Árainn

Galway Airport-Inis Meáin-Inis Oírr

o

Conamara Airport-Árainn

Conamara Airport-Inis Meáin-Inis Óirr

Fecha inicial de entrada en vigor de las obligaciones de servicio público

1 de febrero de 2002

Fecha de entrada en vigor de las modificaciones

1 de octubre de 2015

Dirección en la que puede obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación relacionada con la obligación de servicio público

Office of Government Procurement

Bishop’s Square

Redmond’s Hill

Dublín 2

IRLANDA

http://www.etenders.gov.ie/

Tel. +353 1761008103

Personas de contacto:

Donal D’Arcy

Correo electrónico: Donal.D’arcy@ogp.gov.ie

Jonathan Moran

Correo electrónico: Jonathan.Moran@ogp.gov.ie


31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/4


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con obligaciones de servicio público

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2015/C 108/04)

Estado miembro

Irlanda

Rutas

Galway Airport-Árainn

Galway Airport-Inis Meáin-Inis Oírr

o

Conamara Airport-Árainn

Conamara Airport-Inis Meáin-Inis Óirr

Período de validez del contrato

1 de octubre de 2015 - 30 de septiembre de 2019

Plazo de presentación de ofertas

60 días desde la fecha de publicación de la presente licitación

Dirección en la que puede obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relacionada con la licitación y con las obligaciones de servicio público modificadas

La documentación de la licitación estará disponible a partir del 1 de abril de 2015.

Para más información, dirigirse a:

Office of Government Procurement

Bishop’s Square

Redmond’s Hill

Dublín 2

IRLANDA

http://www.etenders.gov.ie/

Tel. +353 1761008103

Personas de contacto:

Donal D’Arcy

Correo electrónico: Donal.D’arcy@ogp.gov.ie

Jonathan Moran

Correo electrónico: Jonathan.Moran@ogp.gov.ie


V Anuncios

OTROS ACTOS

Comisión Europea

31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/5


Anuncio a la atención de Aliaskhab Alibulatovich Kebekov, a quien se ha añadido a la lista a que se refieren los artículos 2, 3 y 7 del Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con la red Al-Qaida, en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/532 de la Comisión

(2015/C 108/05)

1.

La Posición Común 2002/402/PESC (1) insta a la Unión a congelar los fondos y recursos económicos de los miembros de la organización Al-Qaida y otras personas, grupos, empresas y entidades asociados con ella, como se contempla en la lista establecida con arreglo a las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1267(1999) y 1333(2000), lista que actualizará periódicamente el Comité de las Naciones Unidas establecido en virtud de la RCSNU 1267(1999).

En la lista establecida por dicho Comité de las Naciones Unidas figuran:

Al Qaida,

personas físicas o jurídicas, entidades, organismos y grupos asociados con Al Qaida, y

personas jurídicas, entidades y organismos propiedad de cualquiera de dichas personas, entidades, organismos o grupos asociados, controlados por ellos o que les apoyen de cualquier otra forma.

Los actos o actividades que indican que un individuo, un grupo, una empresa o una entidad está «asociado con» Al-Qaida son:

a)

la participación en la financiación, planificación, facilitación, preparación o comisión de actos o actividades por parte de Al-Qaida, o de cualquier célula, entidad afiliada o grupo escindido o derivado de ella, o en coordinación con los mismos, así como en su nombre, representación o apoyo;

b)

el suministro, la venta o la transferencia de armas y material conexo a cualquiera de ellos;

c)

el reclutamiento para cualquiera de ellos, o

d)

cualquier otro apoyo de sus actos o actividades.

2.

El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas aprobó el 23 de marzo de 2015 añadir a la lista mencionada anteriormente a Aliaskhab Alibulatovich Kebekov.

Esta persona podrá presentar en todo momento al Ombudsman de las Naciones Unidas una solicitud de reconsideración de la decisión de incluirlo en la citada lista de las Naciones Unidas, acompañando su solicitud de toda documentación justificativa. Dicha solicitud deberá enviarse a la dirección siguiente:

Naciones Unidas - Oficina del Ombudsman

Room TB-08041D

New York, NY 10017

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Tel +1 2129632671

Fax +1 2129631300/3778

E-mail: ombudsperson@un.org

Puede obtenerse más información en http://www.un.org/sc/committees/1267/delisting.shtml

3.

Con arreglo a la decisión de las Naciones Unidas citada en el apartado 2, la Comisión ha adoptado el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/532 (2), por el que modifica el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas pesronas y entidades asociadas con la red Al-Qaida (3). La modificación, efectuada de conformidad con el artículo 7, apartado 1, letra a), y el artículo 7 bis, apartado 1 del Reglamento (CE) no 881/2002, añade a Aliaskhab Alibulatovich Kebekov a la lista del anexo I de dicho Reglamento (en lo sucesivo, «el anexo I»).

Las siguientes medidas del Reglamento (CE) no 881/2002 se aplican a las personas y entidades incluidas en el anexo I:

1)

la congelación de todos los fondos y recursos económicos cuya propiedad, posesión o tenencia ostenten las personas y entidades concernidas, así como la prohibición de que nadie ponga fondos y recursos económicos a su disposición, ya sea directa o indirectamente, y de que los utilice en beneficio suyo (artículos 2 y 2 bis) y

2)

la prohibición de la concesión, venta, suministro o transferencia, directa o indirectamente, de asesoramiento técnico, ayuda o formación relacionados con actividades militares a cualquier persona física y entidad concernida (artículo 3).

4.

El artículo 7 bis del Reglamento (CE) no 881/2002 establece la posibilidad de un proceso de revisión cuando las personas incluidas en la lista presenten alegaciones sobre las razones de su inclusión en la misma. Las personas físicas y entidades añadidas al anexo I por el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/532 podrán presentar a la Comisión una solicitud relativa a las razones de su inclusión en la lista. La solicitud deberá remitirse a:

Comisión Europea

«Medidas restrictivas»

Rue de la Loi/Wetstraat 200

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

5.

Se recuerda igualmente a la persona física concernida que tiene la posibilidad de impugnar el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/532 ante el Tribunal General de la Unión Europea con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

6.

A efectos de una buena administración, se recuerda a la persona física incluida en la lista del anexo I que tiene la posibilidad de solicitar a las autoridades competentes del Estado o Estados miembros correspondientes que figuran en el anexo II del Reglamento (CE) no 881/2002 la autorización de utilizar fondos o recursos económicos congelados para sufragar gastos básicos o pagos específicos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 bis del citado Reglamento.


(1)  DO L 139 de 29.5.2002, p. 4.

(2)  DO L 86 de 31.3.2015, p. 9.

(3)  DO L 139 de 29.5.2002, p. 9.


Corrección de errores

31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/7


Corrección de errores de la retirada de propuestas de la Comisión

( Diario Oficial de la Unión Europea C 80 de 7 de marzo de 2015 )

(2015/C 108/06)

En la página 22, en la parte «Transportes»:

donde dice:

«COM(2005) 353

2005/0141/APP

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la firma y aplicación provisional del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Serbia y Montenegro sobre determinados aspectos de los servicios aéreos»,

debe decir:

«COM(2005) 353

2005/0141/NLE

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Serbia y Montenegro sobre determinados aspectos de los servicios aéreos».


31.3.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 108/7


Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad

Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público

( Diario Oficial de la Unión Europea C 98 de 25 de marzo de 2015 )

(2015/C 108/07)

En la página 11, en la parte referente al período de validez del contrato:

donde dice:

«Del 26 de marzo de 2016 al 24 de marzo de 2020»,

debe decir:

«Del 25 de marzo de 2016 al 24 de marzo de 2020».