ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 385

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

57° año
31 de octubre de 2014


Número de información

Sumario

Página

 

I   Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

 

DICTÁMENES

 

Comisión Europea

2014/C 385/01

Dictamen de la Comisión, de 29 de octubre de 2014, relativo al plan de evacuación de residuos radiactivos procedentes de la instalación ATLAS, situada en el emplazamiento de Tricastin, Francia

1


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2014/C 385/02

Decimoséptimo informe de situación sobre la ejecución de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras (APAL) y de sus municiones — (2014/I)

2

2014/C 385/03

Notificación a la atención de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2012/642/PESC del Consejo y en el Reglamento (CE) no 765/2006 del Consejo, relativos a las medidas restrictivas contra Bielorrusia

12

 

Comisión Europea

2014/C 385/04

Tipo de cambio del euro

13

2014/C 385/05

Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

14

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2014/C 385/06

Anuncio de la Comisión de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)

15


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2014/C 385/07

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7431 — Mapfre/DL Germany/DL Italy) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

16

2014/C 385/08

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.7433 — OTPP/Pamplona/CSC) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

17


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

DICTÁMENES

Comisión Europea

31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/1


DICTAMEN DE LA COMISIÓN

de 29 de octubre de 2014

relativo al plan de evacuación de residuos radiactivos procedentes de la instalación ATLAS, situada en el emplazamiento de Tricastin, Francia

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(2014/C 385/01)

La evaluación que figura a continuación se realiza conforme a las disposiciones del Tratado Euratom, sin perjuicio de que se realice cualquier otra evaluación conforme al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y las obligaciones resultantes de él y del Derecho derivado (1).

El 26 de mayo de 2014, la Comisión Europea recibió del Gobierno francés, con arreglo al artículo 37 del Tratado Euratom, los datos generales relativos al plan de evacuación de residuos radiactivos de la instalación ATLAS.

Sobre la base de esos datos y de la información adicional solicitada por la Comisión el 12 de junio de 2014 y aportada por las autoridades francesas el 16 de julio de 2014, y previa consulta al grupo de expertos, la Comisión ha elaborado el siguiente dictamen:

1.

La distancia entre la instalación y la frontera del Estado miembro más cercano, en este caso Italia, es de 170 km.

2.

En las operaciones normales, las emisiones de efluentes radiactivos líquidos y gaseosos no causarían una exposición de la población de otro Estado miembro que fuera significativa desde el punto de vista sanitario.

3.

Los residuos radiactivos sólidos se almacenan temporalmente en el mismo emplazamiento antes de ser transferidos a instalaciones autorizadas de tratamiento o evacuación situadas en Francia.

4.

En caso de vertidos imprevistos de efluentes radiactivos como consecuencia de un accidente del tipo y magnitud previstos en los datos generales, es improbable que las dosis recibidas por la población de otros Estados miembros puedan afectar significativamente a su salud.

Por consiguiente, la Comisión considera que no es probable que la aplicación del plan de evacuación de los residuos radiactivos, del tipo que sea, procedentes de la instalación ATLAS, situada en el emplazamiento de Tricastin (Francia), tanto en caso de funcionamiento normal como en caso de un accidente del tipo y magnitud considerados en los datos generales, cause una contaminación radiactiva del agua, el suelo o el espacio aéreo de otro Estado miembro que sea significativa desde el punto de vista sanitario.

Hecho en Bruselas, el 29 de octubre de 2014.

Por la Comisión

Günther OETTINGER

Vicepresidente


(1)  Por ejemplo, en virtud del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, los aspectos medioambientales deben analizarse más a fondo. A título indicativo, la Comisión señala las disposiciones de la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, y de la Directiva 2001/42/CE, relativa la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, así como de la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y de la Directiva 2000/60/CE, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/2


Decimoséptimo informe de situación sobre la ejecución de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras (APAL) y de sus municiones — (2014/I)

(2014/C 385/02)

I.   INTRODUCCIÓN

El decimoséptimo informe de situación sobre la ejecución de la Estrategia de la UE contra la acumulación y el tráfico ilícitos de armas pequeñas y ligeras (APAL) y de sus municiones cubre las actividades de la UE durante el primer semestre de 2014 (desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2014). El informe fue preparado por el Departamento de Armas de Destrucción Masiva, Armas Convencionales y Política Espacial del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), en cooperación con otros servicios competentes del SEAE y de la Comisión Europea. Durante el período de referencia, la UE ha seguido promoviendo el tratamiento de las cuestiones relativas a la APAL y de sus municiones en todos los foros multilaterales, así como su diálogo político con terceros países en el contexto de los instrumentos internacionales pertinentes, como el Programa de Acción de las Naciones Unidas para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos) o el Instrumento internacional que permita a los Estados identificar y rastrear, de forma oportuna y fidedigna, las armas pequeñas y ligeras ilícitas (ITI). La adopción del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) en 2013 promete complementar y reforzar el trabajo ya realizado en los correspondientes instrumentos de las Naciones Unidas, como el Plan de Acción y el Protocolo sobre las Armas de Fuego. La inclusión de las APAL y en el ámbito de aplicación del TCA introduce obligaciones jurídicamente vinculantes y nuevas formas de reglamentación de las transferencias legales de APAL que reducirán en mayor medida el riesgo de que las APAL puedan desviarse a mercados ilegales. Durante ese período la UE ha proseguido con la aplicación de una amplia serie de proyectos para combatir o prevenir el tráfico ilícito y la acumulación excesiva de APAL y de sus municiones.

II.   EJECUCIÓN DEL PLAN DE ACCIÓN CONTENIDO EN LA ESTRATEGIA DE LA UE SOBRE APAL

II.1.   Un multilateralismo eficaz para crear mecanismos mundiales, regionales y nacionales contra la oferta y la difusión desestabilizadora de APAL y de sus municiones

a)   Ejecución del Programa de Acción de las Naciones Unidas de 2001 para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos

La UE participó activamente en la Quinta Reunión bienal de Estados (BMS5) del Programa de Acción de las Naciones Unidas contra el tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras, que se celebró en Nueva York del 16 al 20 de junio de 2014. En preparación de la BMS5, la UE presentó un documento de trabajo (1) sobre su planteamiento preferido para la reunión, y participó activamente en todas las consultas informales.

En el documento final de la BMS5 se tuvieron en cuenta importantes prioridades de la UE como un acentuado enfoque en la seguridad física y en la gestión de los arsenales (incluida una referencia a las normas y orientaciones internacionales en este ámbito), el rastreo de armas ilícitas en situaciones de conflicto y de postconflicto, referencias al informe inicial del Secretario General de las Naciones Unidas sobre las repercusiones de los avances tecnológicos en la fabricación de armas pequeñas y la tecnología de marcado, el mantenimiento y rastreo de registros, la recomendación de que la reunión del grupo de trabajo de composición abierta de expertos gubernamentales aborde también este último punto, y el reconocimiento de las consecuencias devastadoras de las APAL ilícitas en la población civil, especialmente en mujeres y niños. Lamentablemente, el documento final no incluyó otros puntos como las referencias al TCA y a la RCSNU 2117, así como la inclusión explícita de la munición.

En la BMS5 se garantizó una elevada visibilidad de la UE gracias a la participación activa en el proceso de negociación, también mediante cuatro declaraciones oficiales en las sesiones plenarias y contribuyendo a actos paralelos, entre ellos la puesta en marcha internacional del proyecto iTrace financiado por la UE (véase más abajo).

Para completar los esfuerzos políticos de la UE a escala de las Naciones Unidas en lo que se refiere al fomento de un rastreo más sistemático de las APAL en zonas de conflicto y de posconflicto, el Consejo adoptó la Decisión 2013/698/PESC (2), a fin de establecer un mecanismo de información mundial (iTrace) accesible y de utilización sencilla sobre PAL ilícitas y demás armas y municiones convencionales ilegales, para reducir el riesgo de su comercio ilícito. La finalidad del sistema es rastrear APAL ilícitas y otras armas y municiones ilícitas, señalando los tipos concretos de armas, los suministradores, los vectores de transferencia y los receptores ilegales. Se considera que «iTrace», que se centra en las regiones afectadas por conflictos y que proporciona información a partir de investigaciones sobre el terreno y documentación pertinente ya existente sobre transferencias de APAL y otras armas convencionales y municiones, es el primer mecanismo mundial de supervisión sistemática del tráfico de armas. También tiene como objetivo ayudar a supervisar la aplicación del TCA, proporcionar información global para apoyar las revisiones de la aplicación del TCA y reforzar la capacidad de los gobiernos para anticipar el impacto de las decisiones en materia de licencias de exportación de armas.

Durante el primer semestre de 2014, la Conflict Armament Research, agencia encargada de ejecutar esta Decisión del Consejo, estuvo trabajando en el desarrollo técnico del sistema iTrace y realizó las primeras investigaciones sobre el terreno en varios países (República Centroafricana, República Democrática del Congo, Iraq, Somalia, Sudán del Sur y Siria) a fin de alimentar el sistema con datos en tiempo real. Además, la Conflict Armament Research organizó la puesta en marcha internacional de iTrace al margen de la BMS5, el 17 de junio, y presentó el proyecto iTrace en otros actos exteriores en Washington DC y Nairobi, ese mismo mes. La puesta en marcha definitiva del portal cartográfico de iTrace en línea, accesible para el público, está prevista para finales de septiembre de 2014.

En el marco de la Decisión del Consejo en apoyo de las actividades de la Oficina de Asuntos de Desarme de las Naciones Unidas (UNODA) para aplicar el Programa de Acción (Decisión 2011/428/PESC del Consejo) (3), en el primer semestre de 2014 se prestó apoyo a los Estados para que lograsen aplicar plena y eficazmente el Instrumento internacional de localización (IIL), entre otros medios con la organización de un curso avanzado de formación en materia de planificación y aplicación de los programas nacionales de marcado de armas, mantenimiento de registros y localización [Lomé (Togo) el 18 y 19 de marzo de 2014]. El taller constituyó una plataforma para que los expertos de los Estados de la Comunidad Económica de Estados de África Occidental (CEDEAO) integrasen las prácticas correctas para la aplicación del IIL en sus operaciones nacionales de marcado, registro y localización de una forma general y sostenible. En el curso de formación se utilizaron las orientaciones para el marcado, el registro y la localización (OMRL) específicamente elaboradas para los Estados africanos subsaharianos, que fueron muy bien recibidas por los participantes. Sobre la base del taller, actualmente está en marcha la facilitación de máquinas para el marcado de armas a Burkina Faso, Níger y Sierra Leona, habiéndose garantizado un elevado nivel de conocimientos y experiencia en las autoridades nacionales de los Estados beneficiarios.

Con arreglo a esa misma Decisión del Consejo, la ODA continuó también apoyando la aplicación de las Directrices Técnicas Internacionales sobre Municiones (IATG por sus siglas en inglés), sobre todo en África y América Latina. A este respecto, la ODA, junto con su Centro Regional de las Naciones Unidas para la Paz y el Desarme en África (UNREC), organizó un curso avanzado de formación sobre las IATG para los países de África austral y oriental en Nairobi (Kenia) del 14 al 17 de abril de 2014. Fue el primer curso de formación sobre IATG impartido en África con arreglo al programa SaferGuard de las Naciones Unidas.

En América Latina, la ODA, junto con su Centro regional de las Naciones Unidas para la paz y el desarme en América Latina (UNLIREC) y en cooperación con la Asociación Latinoamericana de Centros para Operaciones de Paz (ALCOPAZ), impartieron el curso de formación sobre las IATG en Asunción (Paraguay) del 24 al 28 de marzo de 2014.

Ambos cursos de formación lograron un alto nivel de concienciación en cuanto a temas técnicos específicos. En las evaluaciones realizadas tras la formación, los participantes indicaron haber obtenido en el curso varias enseñanzas clave, entre ellas la necesidad urgente de establecer inspecciones periódicas de las instalaciones explosivas y reducir los riesgos de incendio en los arsenales y sus alrededores. Uno de los participantes está trabajando actualmente en modificar su legislación ejecutiva nacional para adaptarla más a las IATG.

Los cursos avanzados de formación se acompañaron de tutorías puntuales en los países seleccionados de África y América Latina. En Togo y en Liberia se impartió una formación especializada por país, en la que se organizaron talleres intensivos para pequeños grupos, destinados tanto a los legisladores como a las autoridades nacionales, a fin de abordar sus distintas inquietudes. En Monrovia (Liberia) se realizó una visita informal al arsenal principal. Las observaciones mostraron que muchas de las técnicas y procedimientos presentados durante el curso avanzado de formación ya se aplican actualmente, y deberá hacerse hincapié en que se mantengan estas prácticas cuando las existencias nacionales presentes aumenten en el futuro. En América Latina se llevaron a cabo seis evaluaciones técnicas de los arsenales y depósitos de munición de Paraguay. En las evaluaciones de utilizó como base de valoración la lista de control de reducción de riesgos de las IATG. Basándose en las evaluaciones realizadas en cada lugar, se recomendaron medidas concretas a las autoridades nacionales en relación con una gestión más segura y protegida de las existencias de municiones y con el establecimiento de las normas IATG. La ODA, junto con UNLIREC, organizaron asimismo un taller intensivo por país, de tres días de duración, en torno a temas específicos de las IATG para las autoridades nacionales en Lima (Perú). Antes de esta actividad, las autoridades nacionales no habían recibido este tipo de formación específica sobre normas internacionales en materia de gestión de las existencias de municiones, por lo que el taller colmó una laguna en los planes de estudio de las instituciones.

Por último, la reunión inaugural de la Junta de Examen Técnico en el contexto del programa SaferGuard de las Naciones Unidas para la aplicación de las Directrices Técnicas Internacionales sobre Municiones (IATG) tuvo lugar en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York (29 y 30 de abril de 2014). En esta reunión inaugural participaron por primera vez la Junta de Examen Técnico del programa SaferGuard y partes interesadas clave y asociados en la ejecución de las IATG. Los asociados de ejecución debatieron sus experiencias a la hora de aplicar las IATG en situaciones de posconflicto, como en Libia, Mali y Sudán del Sur.

Los Estados de la OTAN también se han interesado por las IATG, y un miembro del Grupo de Expertos de las Naciones Unidas sobre la República Popular Democrática de Corea indicó además la necesidad de que el programa SaferGuard de las Naciones Unidas ayude a los países que prohíben las mercancías peligrosas incautadas en el contexto de la aplicación de los embargos de armas del Consejo de Seguridad. Durante los debates, que fueron dinámicos y comprometidos, quedó claro que las IATG y el programa SaferGuard de las Naciones Unidas, apoyado por la UE están ampliando su alcance a gran número de países, y obteniendo respaldo de los órganos pertinentes de las Naciones Unidas y de las organizaciones internacionales y regionales.

b)   Tratado sobre el Comercio de Armas

La UE se congratula sobremanera por la satisfactoria adopción en 2013 del Tratado sobre el Comercio de Armas (TCA) y cree firmemente que, cuando se aplique de forma amplia y efectiva, puede suponer una diferencia significativa para lograr unas transferencias internacionales de armas legales más responsables y transparentes y para combatir el tráfico ilícito de armas convencionales. Con tal finalidad, la UE tiene intención de apoyar la universalización y la plena y efectiva aplicación del Tratado y por ello adoptó, en pro de tales objetivos, la Decisión 2013/768/PESC del Consejo (4), sobre las actividades de la UE en apoyo de la aplicación del Tratado sobre el Comercio de Armas. La citada Decisión del Consejo proporcionará una financiación significativa en apoyo del TCA y un apoyo diplomático sustancial a la UE cuando interactúe con terceros países con el fin de que se adhieran a dicho Tratado. La Decisión del Consejo comenzó a aplicarse durante el primer semestre de 2014, siendo la agencia de ejecución la Oficina Federal de Economía y Control de las Exportaciones de Alemania (BAFA). Se está seleccionando a los primeros países beneficiarios, según sus solicitudes.

La inclusión de las APAL en el ámbito de aplicación del TCA fue un paso importante, del mismo modo que unos controles más estrictos de las transferencias internacionales legales de APAL mediante, por ejemplo, controles y garantías más rigurosos de los usuarios finales, así como mediante medidas de reducción de los desvíos de armas, que pueden reducir en mayor medida el riesgo de que las APAL sean desviadas hacia mercados ilegales. Así pues, el TCA complementará y reforzará también otros instrumentos pertinentes de las Naciones Unidas, como por ejemplo el Programa de Acción y el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones (Protocolo sobre las Armas de Fuego).

Todos los Estados miembros de la UE han firmado el TCA desde que se abrió a la firma el 3 de junio de 2013, y al final del período de información, el 30 de junio de 2014, veintiún Estados miembros de las UE habían depositado sus instrumentos de ratificación, contribuyendo así de forma significativa a que se alcanzara el umbral de 50 ratificaciones necesario para su entrada en vigor. Otros Estados miembros de la UE depositarán en breve sus instrumentos de ratificación, pues sus procesos de ratificación están muy avanzados. En el marco de la PESC, los Estados miembros de la UE trabajaron conjuntamente durante el período que abarca el informe a fin de determinar los intereses comunes en el próximo proceso de preparación de la primera Conferencia de los Estados Parte en el TCA, prevista para 2015 y cuyo éxito se valora generalmente como de gran importancia para el mantenimiento del impulso político en el proceso TCA.

c)   Ejecución del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional

El 11 de febrero de 2014 el Consejo adoptó una propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones (Protocolo sobre las Armas de Fuego), que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. El Protocolo sobre las Armas de Fuego entró en vigor el 3 de abril de 2014.

Desde marzo de 2011 está en curso un proyecto aplicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) a través del elemento a largo plazo del instrumento en pro de la estabilidad y la paz, que aborda las amenazas mundiales y transregionales, anteriormente conocido como Instrumento de Estabilidad, con objeto de prevenir y luchar contra el comercio transnacional ilícito de armas de fuego, mediante el fomento de la ratificación y la aplicación del Protocolo sobre las Armas de Fuego. El ámbito geográfico del proyecto abarca el África occidental (Benín, Burkina Faso, Gambia, Ghana, Mali, Mauritania, Senegal y Togo) y América del Sur (Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay). Durante el primer semestre de 2014, la UNODC siguió prestando apoyo legislativo personalizado a los países del proyecto, para ayudarles a modificar o a adoptar nuevas legislaciones nacionales con miras a la aplicación de las disposiciones del Protocolo sobre las Armas de Fuego. De resultas de ello, Bolivia adoptó su nueva legislación en materia de armas de fuego, que integra la mayor parte de las recomendaciones de la UNODC. El proyecto emprendió asimismo actividades de creación de capacidades, entre otras talleres de formación para profesionales de la justicia penal de cinco países del proyecto, en lo que se refiere a la investigación y el enjuiciamiento del tráfico de armas de fuego, con inclusión de temas transversales relacionados con el respeto de los derechos humanos. Habida cuenta de las necesidades de las autoridades de Benin, se facilitó una máquina de marcar en estrecha coordinación con la oficina regional de la UNODA. Además continuó el compromiso con las organizaciones de la sociedad civil, tanto mediante su participación en las actividades de asistencia legislativa como impartiendo módulos de formación especial para las ONG. La UNODC siguió recabando datos sobre las armas de fuego incautadas, sus partes y elementos, así como municiones, a efectos de llevar a cabo un estudio sobre el tráfico de armas de fuego que había comenzado a finales de 2013. La finalidad del estudio es aumentar la comprensión del problema del tráfico de armas de fuego, revelar las posibles rutas del comercio ilícito de este tipo de armas y determinar pautas nuevas o emergentes del tráfico de armas de fuego, así como determinar la interconexión y el carácter transnacional de este fenómeno. Se concedió al proyecto una prórroga sin coste adicional, que durará hasta marzo de 2015.

En el marco del componente a largo plazo del Instrumento de Estabilidad, la UE siguió prestando también asistencia financiera a Interpol para el desarrollo y despliegue de una base de datos para la localización y seguimiento de armas de fuego perdidas, robadas u objeto de tráfico o contrabando («iARMS») por medio del sistema I24/7 de Interpol, con el fin de facilitar el intercambio regional y transregional de información y la cooperación en investigación entre servicios policiales. Desde enero de 2013, el proyecto se encuentra en su segunda fase, que supone su despliegue global tras el éxito de su elaboración y de las pruebas realizadas durante la primera fase (de 2011 a 2012). El objetivo de la segunda fase de dos años (2013-2014) consiste en mejorar la funcionalidad del sistema «iARMS» y ponerlo a disposición de los 190 miembros de Interpol. El proyecto pretende contar asimismo con los correspondientes servicios de mejora de capacidades, formación e inteligencia criminal sobre la lucha contra la delincuencia relacionada con las armas de fuego. Durante los seis primeros meses de 2014, los países que han aceptado utilizar iARMS aumentaron de 107 a 124, mientras que en términos de utilización se registró un aumento significativo en el segundo trimestre de este año, especialmente en lo que se refiere a las solicitudes de localización. El aumento de la introducción de datos sigue suponiendo un reto, porque iARMS contiene actualmente más de 300 000 fichas; para resolver este tema, Interpol ha incrementado el número de actividades exteriores, como la participación en la quinta reunión bienal de Estados del Programa de Acción de las Naciones Unidas sobre armas pequeñas y ligeras, junto con talleres de formación específicos. Para ello, entre enero y junio de 2014 se completaron seis cursos de formación iARMS, de los que cinco fueron de ámbito regional, centrados en 46 países, principalmente en África y en Europa. Para el comienzo de 2015 está en preparación una tercera fase cuyo objetivo será consolidar los logros de las dos primeras, impulsar el uso generalizado de «iARMS» y aprovechar las sinergias con sistemas equivalentes, en la UE y en otros lugares.

Durante el primer semestre de 2014, la Comisión comenzó a poner en práctica las ideas que contiene la Comunicación «Las armas de fuego y la seguridad interna de la UE: proteger a los ciudadanos e impedir el tráfico ilícito» (5) que adoptó el 21 de octubre de 2013. Como primer paso, la Comisión ha abordado la elaboración del correspondiente «Conjunto de medidas en materia de armas de fuego para 2015», que incluirá posiblemente propuestas legislativas, primeramente sobre inutilización de armas de fuego y procedimientos de marcado de armas y, en segundo lugar, sobre la armonización de las sanciones penales contra el tráfico ilícito de armas de fuego. Han concluido dos estudios preparatorios para la revisión de la legislación de la UE, que se publicarán en septiembre de 2014. El Grupo de expertos sobre medidas contra el tráfico ilícito de armas de fuego para proteger la seguridad interior de la UE se reunió en dos ocasiones para presentar sugerencias importantes acerca de las prioridades políticas y el contenido general de ambos estudios preparatorios.

Está en curso la aplicación del Plan de Acción de la UE en materia de armas de fuego para el período 2014-2017, que adoptó el Consejo en diciembre de 2013. El Reino Unido dirige la primera operación conjunta sobre verificación de los envíos urgentes. Europol está trabajando en una iniciativa específica para el fomento de un análisis más exhaustivo de este tipo de delito, entre otras cosas recabando los datos pertinentes. La Escuela Europea de Policía ha puesto en marcha un primer programa de formación sobre armas de fuego.

En cuanto a las actividades previstas para el segundo semestre de 2014, la Comisión acogerá el 23 de octubre de 2014 al Comité Mixto UE-Balcanes Occidentales de expertos en armas de fuego, a fin de discutir un plan de acción operativo entre la UE y los Balcanes Occidentales para la lucha contra el tráfico ilícito de armas de fuego. El 24 de octubre de 2014, la Comisión acogerá al Grupo de Alto Nivel «La estrategia para las armas de fuego: un año después», en el que profesionales y legisladores tomarán nota de las distintas iniciativas emprendidas a tenor de la Comunicación sobre armas de fuego de 2013 y facilitarán orientaciones políticas y prácticas para su aplicación.

d)   Control de las exportaciones

Durante el primer semestre de 2014 continuó la aplicación de la Decisión 2012/711/PESC del Consejo (6), relativa al respaldo de las actividades de la Unión destinadas a fomentar, entre terceros países, el control de la exportación de armas y los principios y criterios de la Posición Común 2008/944/PESC. Con la organización de un seminario regional para los países del sudeste de Europa, celebrado en Tirana (Albania) en mayo de 2014 continuaron las actividades exteriores en materia de control de las exportaciones de armas llevadas a cabo por la Oficina Federal de Economía y Control de las Exportaciones de Alemania (BAFA). Además se realizaron dos talleres de revisión jurídica en Montenegro (marzo de 2014) y Georgia (mayo de 2014), a fin de ayudar a esos Estados a revisar sus proyectos de legislaciones en materia de control de las exportaciones. En mayo de 2014 tuvo lugar un intercambio de personal, como actuación consecutiva a la revisión jurídica en Georgia. Además, durante el período que abarca el presente informe se llevaron a cabo tres visitas de estudio: dos de ellas destinadas a funcionarios de los interlocutores de la Asociación Oriental (en Chequia en enero de 2014 y en Bulgaria, en abril de 2014), y una a funcionarios de los países de la Asociación Meridional (en Francia, en abril de 2014). Por último, en marzo de 2014 tuvo lugar en Bruselas un acto de evaluación intermedia de las actividades exteriores realizadas a tenor de la Decisión 2012/711/PESC (y del Programa exterior para el control de las exportaciones de productos de doble uso).

II.2.   Las APAL en del marco de los diálogos políticos con terceros países y organizaciones regionales, cláusulas APAL

Se incluyeron asuntos relacionados con APAL en la agenda de una serie de diálogos políticos regulares de la UE con terceros países y en la cooperación con organizaciones regionales. Durante el período que abarca el informe, el asesor principal y enviado especial de la UE sobre no proliferación y desarme asistió a varias reuniones del diálogo político sobre no proliferación con Rusia, EE. UU., Japón y Argentina. Inició diálogos sobre no proliferación y desarme con India (el 16 de mayo en Nueva Delhi) y Pakistán (el 16 de junio en Islamabad). También celebró una serie de otras consultas bilaterales con varios interlocutores, incluso al margen de importantes reuniones como la del Grupo de Directores de No Proliferación del G-8 en San Petersburgo (con Japón), o la del Comité Preparatorio del TNP en Nueva York (con EE.UU., Japón, China, Egipto, Noruega, Suiza, la Liga de Estados Árabes, la UNODA) así como con Indonesia (en mayo de 2014 en Yakarta).

De conformidad con las Conclusiones del Consejo sobre la inclusión de un artículo sobre armas pequeñas y armas ligeras en los acuerdos entre la UE y terceros países, adoptadas en diciembre de 2008, se entablaron negociaciones adicionales sobre la inclusión de elementos relativos a las APAL en los acuerdos correspondientes con Brunei, Japón, Kazajistán y Malasia. Entre otras cosas, las negociaciones contribuyeron efectivamente a sensibilizar sobre la política de la UE en materia de APAL, a facilitar un foro en pro de un mayor entendimiento mutuo de las posiciones de cada cual, a definir posibles ámbitos de cooperación futura y a animar a los países socios a avanzar de manera concreta respecto a la aplicación efectiva de los instrumentos internacionales pertinentes sobre control de las APAL.

II.3.   Ayuda de la UE a proyectos concretos de terceros países y organizaciones regionales

a)   Balcanes Occidentales

I.

El 9 de diciembre de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/730/PESC (7) en apoyo de las actividades de desarme y control de armamentos del SEESAC (Centro de Referencia de Europa Sudoriental y Oriental para el Control de las Armas Pequeñas y Ligeras) en Europa Sudoriental, basándose en el trabajo realizado por el SEESAC de 2010 a 2012 a tenor de la Decisión 2010/179/PESC del Consejo (8). La Decisión del Consejo pretende apoyar actividades en Albania, Bosnia y Herzegovina, la Antigua República Yugoslava de Macedonia, Kosovo (9), la República de Moldavia, Montenegro y Serbia. Entre otras cosas, contribuirá a aumentar aún más la seguridad de los arsenales, a destruir APAL y sus municiones, mejorar el marcado y el rastreo de APAL, a fomentar una cooperación regional más estrecha sobre asuntos relacionados con las APAL y a apoyar la recogida de APAL ilegales en poder de la población de países de Europa Sudoriental.

En enero de 2014 comenzó a aplicarse en su totalidad la Decisión del Consejo. Para aumentar la seguridad de los arsenales, durante el primer semestre de 2014 el SEESAC emprendió actividades preparatorias en Bosnia y Herzegovina, Kosovo (10), Moldavia, Montenegro y la Antigua República Yugoslava de Macedonia. Está en curso la reconstrucción del almacén de APAL y municiones del Ministerio del Interior en Kosovo (11), habiéndose completado las licitaciones, mientras que en el depósito de municiones Brezovik del Ministerio de Defensa de Montenegro han comenzado las mejoras de la infraestructura de seguridad. Además, el SEESAC facilitó las consultas en torno a los procedimientos y metodología necesarios para la elaboración de un curso de formación regional sobre gestión de arsenales. En relación con la eliminación de APAL y sus municiones, el SEESAC coordinó la destrucción de más de 1 200 APAL en Bosnia y Herzegovina, el 30 de junio de 2014. Además, el SEESAC facilitó la actividad de destrucción coordinada a escala regional en los Balcanes Occidentales, con ocasión del Día Internacional de Destrucción de Armas de Fuego, el 9 de julio, con el resultado de la destrucción de más de 5 000 APAL en toda la zona. Para mejorar el marcado y rastreo de las APAL, el SEESAC está en conversaciones con sus asociados en Albania, Bosnia y Herzegovina, Kosovo (12), Serbia y la Antigua República Yugoslava de Macedonia, a fin de certificar las características técnicas del equipo necesario en las respectivas instituciones. La Decisión del Consejo estipula asimismo dar mandato al SEESAC de facilitar la creación de una red regional de expertos en armas de fuego (SEEFEN). En mayo de 2014 se enviaron cartas de invitación, junto con una nota explicativa, a los jefes de las Direcciones de Policía, Administraciones de Aduanas de los Ministerios de Hacienda y a las Fiscalías de todos los beneficiarios del proyecto, y la primera reunión de la SEEFEN se celebrará el 23 y 24 de septiembre en Durrës (Albania). El intercambio de información entre miembros de la SEEFEN se facilitará mediante una plataforma en línea para el intercambio de conocimientos, que está elaborando actualmente el SEESAC. De igual modo, el SEESAC fomenta la cooperación regional y el intercambio de información aumentando la capacidad de las Comisiones APAL nacionales, de las que se organizaron en 2014 dos reuniones oficiales, una en Belgrado (Serbia) y otra en Jahorina (Bosnia y Herzegovina).

II.

Continuó aplicándose el proyecto de actuación consecutiva con arreglo al elemento de respuesta a las crisis del Instrumento en pro de la Estabilidad y la Paz (IEP), centrado en la seguridad, la protección y las perspectivas de desarrollo para las personas y comunidades locales afectadas por explosiones accidentales en depósitos de municiones de Bosnia y Herzegovina. Se considera que en este país hay más de 24 000 toneladas de munición militar en arsenales, de las que más de 17 000 toneladas son químicamente inestables y suponen un alto riesgo de explosión descontrolada que podría acarrear víctimas humanas y tener también repercusiones negativas para la región. El Ministerio de Defensa de Bosnia y Herzegovina no posee capacidad suficiente ni recursos financieros para garantizar que se aplican las normas adecuadas en los arsenales, por lo que confía en la UE y en la ayuda internacional para ayudarle a la hora de acelerar la remoción y destrucción de artefactos y explosivos sin explotar excedentes de guerra, así como para garantizar una mejor seguridad de los arsenales.

Las inundaciones devastadoras que afectaron a Bosnia y Herzegovina en mayo de 2014 provocaron una importante crisis civil y humanitaria, en la que se sospechaba que más del 70 % de las zonas inundadas contenía minas, y más de 2 000 corrimientos de tierra ocasionados por las inundaciones llevaron a las minas que no se habían detectado anteriormente hacia las aguas y a las orillas de los ríos, creando así un claro riesgo para la seguridad de la población civil. El Comité de acción para las minas de Bosnia y Herzegovina asignó al Ministerio de Defensa la limpieza de 4 millones de metros cuadrados de zonas sospechosas de contener minas. Unos 300 000 metros cuadrados de esa zona se encuentran ahora inundados, y el Ministerio no cuenta con los equipos necesarios para responder eficazmente a un entorno que, en lo relativo a las minas, ha cambiado radicalmente. La amenaza de inminentes corrimientos de tierras alrededor de la central de destrucción de municiones militares TROM, en Doboj, podría tener como resultado la explosión descontrolada de unas 400 toneladas de restos explosivos excedentes de guerra y de municiones activas almacenados en ella, a menos que se emprendan urgentemente trabajos de acondicionamiento de las tierras. Con todo, la planificación de la destrucción de munición militar en TROM Doboj no se ha visto afectada por las inundaciones.

Para acelerar las operaciones de limpieza tras las inundaciones y preparar la recuperación a largo plazo, la Comisión propuso un aumento de la financiación del 20 %, esto es 767 000 euros, del proyecto de presupuesto inicial de 3,9 millones EUR, que aceptó el PNUD tras mantener consultas con el Ministerio de Defensa de Bosnia y Herzegovina. Asimismo, el proyecto se prorrogará otros 12 meses. Como parte de la prórroga se emprenderán nuevas actividades, entre otras las siguientes: dotación de personal de 611 desminadores al Ministerio de Defensa para abordar operaciones urgentes de detección y limpieza de minas tras las inundaciones en los distritos afectados, actividades de formación especial para dar respuesta a las minas en situaciones de emergencia y de crisis, suministro de detectores especiales para la detección a mayor profundidad, aparatos de desminado para terrenos de difícil acceso, protección personal adicional, tiendas de campaña, vehículos sanitarios y equipos de marcado así como obras de reparación urgente en las proximidades de las TROM de Doboj, para descartar el riesgo de corrimientos de tierras provocados por las inundaciones en la central de destrucción de municiones.

b)   Región OSCE

En el marco de la Decisión 2012/662/PESC del Consejo (13), en apoyo de las actividades destinadas a reducir el riesgo de tráfico ilícito y acumulación excesiva de armas pequeñas y ligeras en la región cubierta por la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), se llevaron a cabo las siguientes actividades durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2014. Por lo que se refiere al aumento previsto de la seguridad de los arsenales de armas y munición convencionales en Bielorrusia y Kirguistán, siguió progresando la fase de ejecución in situ para elaborar unos sistemas de seguridad e infraestructuras sostenibles y efectivos en los lugares de almacenamiento de APAL seleccionados. En Bielorrusia casi han terminado las obras en el gran arsenal situado en los suburbios de Gomiel y a proximidad de la frontera con Ucrania. Se prevé celebrar una ceremonia oficial de apertura de la instalación restaurada a principios de otoño de 2014.

En Kirguistán, se completó el diseño de las instalaciones de almacenamiento de APAL y de munición convencional en Buzhum (provincia de Batken), Koi-Tash (provincia de Chui) y Gulcha (provincia de Osh). Se ampliaron los plazos previstos para la licitación de servicios de diseño y construcción debido a la necesidad de realizar investigaciones topográficas y geológicas adicionales en una zona de gran actividad sísmica. Está previsto que la construcción del nuevo arsenal comience en octubre de 2015.

Tras la licitación internacional para la contratación de equipos especializados para la destrucción de APAL, se contrataron y entregaron a Kirguistán las cizalladoras hidráulicas especializadas. La instalación del equipo, la formación del personal y la destrucción de los excedentes de APAL se realizarán una vez terminadas las obras de construcción o reparación de los arsenales.

Una vez concluido el período inicial de pruebas de la versión piloto del programa informático especial para el registro de fichas de las APAL y sus municiones por parte de los Ministerios de Defensa, Bosnia y Herzegovina, así como Montenegro, solicitaron la prórroga de las pruebas, mientras que Kirguistán, Moldavia y Tayikistán presentaron requisitos técnicos nacionales adicionales a fin de adaptar el programa a sus necesidades específicas. Albania, Serbia y Kazajistán informaron de su decisión de utilizar sus propios sistemas nacionales de registro. Por último, continuaron las consultas con otros Estados de la OSCE participantes, entre ellos Ucrania, posiblemente interesados en estudiar el programa.

c)   África

I.

Durante la primera mitad de 2014, la aplicación de la Decisión 2012/121/PESC del Consejo (14) en apoyo de actividades que fomenten el diálogo y la cooperación UE-China-África sobre el control de armas convencionales siguió contribuyendo a aumentar la sensibilización y a profundizar el diálogo entre la sociedad civil, la industria y los representantes gubernamentales de China, la UE y los Estados africanos sobre la lucha contra el comercio ilícito y la acumulación excesiva de APAL en África Oriental y al proceso del TCA.

El 18 de marzo, Saferworld, la Asociación China para el Control de Armas y el Desarme (CACDA) y el Foro de Paz de África acogieron conjuntamente en Beijing el seminario «Supporting Peace and Security in Africa: Towards Collaborative Actions for Combating Illicit Small Arms and Ammunition», al que asistieron más de 60 participantes. La reunión se celebró bajo los auspicios del grupo conjunto de expertos de África, la UE y China. Se logró un mayor diálogo y coordinación política entre diplomáticos de África y de la UE, el Director del Centro Regional sobre las armas pequeñas y las armas ligeras en la Región de los Grandes Lagos, el Cuerno de África y los Estados limítrofes (RECSA), y las autoridades chinas en cuanto a las acciones prácticas necesarias para abordar el problema de las APAL y municiones ilícitas en África oriental. Al margen del seminario, una delegación de altos funcionarios y de expertos en control de armas africanos se reunión con el departamento de asuntos africanos del Ministerio de Exteriores chino y con el embajador de Tanzania en Pekín. En particular, el resultado de la visita fue la creación del «Grupo de embajadores de los Estados miembros de RECSA en Beijing». Se espera que esta iniciativa dará un papel más destacado a los temas relacionados con las APAL en la agenda de los funcionarios chinos.

El 6 de mayo, Saferworld, el Foro de Paz de África y la CACDA mantuvieron en Nairobi la conferencia regional «Enhancing Capacities and Cooperation to Tackle Illicit SALW and Ammunition in Eastern Africa». Contó con la asistencia de más de cincuenta diplomáticos, funcionarios, académicos y expertos chinos, africanos y europeos. La reunión logró dar mayor relevancia a las iniciativas prácticas en apoyo y ayuda a la aplicación del Protocolo de Nairobi para la prevención, el control y la reducción de APAL en África oriental. Al margen de la conferencia una delegación de funcionarios y expertos chinos mantuvo consultas con partes interesadas clave de Kenia y con la Secretaría del RECSA.

Otras reuniones del grupo de expertos de África, la UE y China durante el período que abarca el informe incluyeron una con los miembros chinos del Grupo en Pekín, en enero, para debatir las actividades actuales y previstas del Grupo de expertos de África, la UE y China, la visita de un miembro africano del Grupo a Pekín, en febrero, una reunión bilateral con la Delegación de la UE en China, en enero y febrero, una visita de estudios de miembros y asesores del grupo de expertos de África, la UE y China a Kenia, en mayo, y varias reuniones entre miembros del grupo de expertos de África, la UE y China y las embajadas africanas en Pekín, en el mes de mayo. Además se impartieron cursos de entrada en servicio para el centro de referencia nacional keniano sobre APAL (en abril) y para el centro de referencia nacional ugandés sobre APAL (de abril a junio).

Además, a petición del Grupo de expertos de África, la UE y China, Conflict Armament Research llevó a cabo, entre el 17 y el 26 de enero, una revisión general de la seguridad física y de la gestión de las existencias en tres arsenales de armas y municiones situados en Mogadiscio (Somalia). Los resultados del informe están destinados a ayudar al Gobierno Federal de Somalia a obtener ayuda internacional para la construcción o reparación de las infraestructuras de seguridad física y de gestión de las existencias.

Por último se publicaron dos informes de investigación, uno titulado «China and the Arms Trade Treaty – Prospects and challenges» y el otro centrado en la circulación de APAL en África, que contiene una evaluación de la eficacia de las intervenciones actuales sobre APAL. Ambos informes se están distribuyendo a más de 500 actores de la sociedad civil, funcionarios, legisladores y políticos en China, la UE y África.

II.

En el contexto del elemento a largo plazo del Instrumento de Estabilidad, la UE prosiguió la aplicación de un proyecto de apoyo a la lucha contra la acumulación y el comercio ilícitos de armas de fuego y munición en África a través del Centro Regional contra la proliferación de Armas Pequeñas y Ligeras en la región de los Grandes Lagos y en el Cuerno de África (RECSA), con sede en Nairobi. Este proyecto contribuye a la aplicación del elemento de paz y seguridad de la Asociación Estratégica UE-África. Tras la primera fase del proyecto, que concluyó en junio de 2013 y apoyó, entre otras cosas, las capacidades relativas a las estructuras institucionales y legislativas en varios países de África oriental, el proyecto entró en su segunda fase en julio de 2013, con el objetivo de mejorar las capacidades de los países africanos para aplicar y coordinar eficazmente sus esfuerzos contra la proliferación y el tráfico de APAL ilícitas. Durante el primer semestre de 2014, el proyecto siguió apoyando las actividades de fomento de la creación de un órgano de coordinación de los Jefes de Policía de África continental (AFRIPOL), y llevó asimismo a cabo una serie de actividades para mejorar la estructura institucional del RECSA, a fin de aumentar su eficacia. Además, el RECSA se coordinó con las organizaciones regionales pertinentes para apoyar la iniciativa del grupo especial del río Mano, a fin de planificar y llevar a cabo una operación conjunta en los países vecinos del río, mientras que también ayudó prestando asistencia técnica y equipos de seguridad para el refuerzo del grupo especial del Corredor de Tanganika. Tras la entrega de siete aparatos de marcado electrónico a finales del pasado año a Liberia, Mali, Guinea y Sudán del Sur, se llevó a cabo una formación de seguimiento para las autoridades nacionales pertinentes. En el ámbito de la seguridad de los arsenales, el proyecto apoyó a las autoridades de Ruanda a emprender la evaluación y la posible construcción de una armería, seguida de un taller de formación. Se hicieron importantes esfuerzos de sensibilización, entre otras cosas mediante una actividad paralela del RECSA en la quinta reunión bienal de Estados del Programa de Acción de las Naciones Unidas.

III.

El 24 de junio de 2013, el Consejo adoptó la Decisión 2013/320/PESC (15) para proporcionar un máximo de 5 millones EUR como apoyo de la UE en ayuda de las autoridades libias en su tarea de poner bajo condiciones de seguridad su ingente volumen de arsenales de armas convencionales y munición. La UE ofrece este apoyo para ayudar a las autoridades responsables de Libia a detener la difusión cada vez más descontrolada de armas y municiones convencionales que sigue alimentando la inseguridad en Libia, en los países vecinos y en toda la región. El diseño del proyecto reconoce la compleja situación política y los consiguientes retos existentes en Libia, así como la necesidad de garantizar la responsabilización nacional y la capacitación de los socios locales. La duración prevista del proyecto es de cinco años. La asistencia proporcionada dentro del marco de la Decisión del Consejo forma parte del enfoque global de la UE de apoyo al proceso de transición a la democracia, a una paz duradera y a la seguridad en Libia. La Decisión del Consejo complementa los esfuerzos de la Misión de asistencia fronteriza de la Unión Europea en Libia para desarrollar la capacidad de Libia de aumentar la seguridad en sus fronteras terrestres, marítimas y aéreas a corto plazo y para elaborar una estrategia más amplia de la gestión integrada de fronteras a largo plazo. Será aplicada por el organismo alemán, GIZ, la Agencia alemana de cooperación internacional.

Durante el período que abarca el informe se impartió un curso sobre gestión de las municiones a funcionarios libios, en el departamento de armas y municiones del Ministerio de Defensa. Se formó a los participantes en gestión básica de las municiones, entre otras cosas en la aplicación de las Directrices Técnicas Internacionales sobre Municiones (IATG). Además se construyó una zona exterior de formación, utilizada para la formación práctica en almacenamiento de municiones, en las instalaciones del Ministerio de Defensa, en Trípoli, y se están reparando varias instalaciones de formación interiores. GIZ está ayudando también a desarrollar un marco de formación sobre seguridad física y gestión de arsenales, en coordinación con la Misión de apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL) y otros asociados. Con miras a ayudar a las autoridades libias a reparar y gestionar la seguridad de las zonas de almacenamiento de municiones, GIZ está preparando un contrato con Danish Demining Group y con una organización local de la sociedad civil (3F) para destruir veintiuna cabezas explosivas y limpiar 600 000 metros cuadrados de terreno en un antiguo arsenal de municiones en Souq El Ahad y sus alrededores, mientras que se está preparando otro contrato con Sterling International Group para limpiar la zona cercana a un depósito de municiones en Al Wathiyah. Por último, se firmó un contrato con DanChurchAid (DCA) para adquirir y distribuir seguros y armarios de seguridad para armas de fuego en Misrata, en apoyo de las actividades de gestión de APAL financiadas mediante el instrumento en pro de la estabilidad y la paz de la UE (véase más abajo). La distribución de 4 800 seguros de gatillos comenzó en abril de 2014 y terminó en mayo de 2014 con la organización de trece actos de distribución organizados por la DCA en colaboración con voluntarios de la MEDIA Luna Roja libia. En mayo de 2014 se distribuyeron 500 cajas de pistola en seis actos de distribución. Al final del período que abarca el informe, se había retrasado notablemente el avance de varios proyectos realizados a tenor de la Decisión del Consejo, debido al deterioro de la situación de seguridad en el país.

IV.

Además, un proyecto común de DanChurchAid (DCA) y del Consejo danés para los refugiados (DRC), que está financiado por el elemento de respuesta a crisis del Instrumento de Estabilidad, ha venido impartiendo educación sobre los riesgos que suponen las APAL a la población civil en Libia desde septiembre de 2012. Su objetivo es contribuir a reducir el número de accidentes relacionados con las APAL, y la presencia visual de las mismas. El DCA promueve también ante las autoridades locales estrategias sobre el modo de proceder para gestionar las APAL de manera segura y prevenir así la violencia armada. Las actividades hasta la fecha incluían medidas de apoyo psicosocial en veintiocho escuelas de la zona de Misrata, el desminado (96 800 m2) en la zona de Trípoli y la organización de once cursos de formación destinados a los Ministerios del Interior y de Defensa. En el sur de la zona de Sabha se firmó un acuerdo para formar rastreadores encargados de neutralizar municiones explosivas y se proporcionó educación en materia de riesgos sobre minas a 2 452 personas de las comunidades migrantes, servicios de bomberos y escuelas. Para apoyar las actividades de desminado del Grupo técnico consultivo de remoción de minas se proporcionó una excavadora blindada para la neutralización de municiones explosivas. Se contrató a un técnico experimentado y se formó a personal nacional para manejar la máquina. Mines Advisory Group ayudó a suprimir 27 bombas de 250 kg cada una y 12 bombas de 500 kg, 57 misiles y más de 2 000 proyectiles y morteros en la zona de Zintan.

Otro proyecto, también aplicado por Mines Advisory Group, comenzó sus actividades en enero de 2014 para seguir contribuyendo a reducir la amenaza humanitaria que suponen los residuos explosivos de guerra y aumentar las prácticas y conductas seguras de las comunidades afectadas por estos residuos y por las APAL. Más concretamente, se centra en: i) la enseñanza del riesgo en cuanto al aumento de las prácticas seguras y el comportamiento de las comunidades locales afectadas por los residuos explosivos de guerra y por las armas pequeñas y ligeras, y ii) incrementar las capacidades nacionales para abordar las amenazas planteadas por municiones abandonadas o sin explotar. Las actividades se centran en las zonas de Zintan y Hun/Waddan, en las que el proyecto contratará y formará a equipos para residuos explosivos de guerra y limpiará y destruirá las municiones abandonas y sin explotar que se hayan detectado.

Por último, en marzo de 2014 comenzó a aplicarse una medida para crear las capacidades de respuesta a la crisis de las autoridades libias. Esta actividad, aplicada por la «Small Arms Survey» (encuesta sobre armas ligeras) con sede en Ginebra, pretende ayudar a desarrollar las capacidades de las autoridades libias de garantizar la seguridad interior y pública. Sus objetivos específicos son: i) formar capacidades nacionales para diseñar, evaluar y analizar intervenciones en el sector de la seguridad, y ii) proporcionar apoyo a la elaboración de estrategias y planes operativos que aborden la protección de la comunidad, con la posible inclusión de las amenazas para la seguridad que suponen las APAL. La aplicación se centrará en dos zonas piloto, que se determinarán en cooperación con las autoridades libias. Ha comenzado la cooperación con el Ministerio del Interior libio, y para el futuro próximo está previsto un taller de entrada en servicio.

V.

Como parte de su mandato de prestar asesoramiento y formación en apoyo de las autoridades nigerianas para reforzar sus capacidades de lucha contra el terrorismo y la delincuencia organizada, la misión civil PESC EUCAP Sahel Niger impartió formación sobre gestión de armas y municiones del 30 de junio al 4 de julio de 2014 a funcionarios nigerianos.

VI.

La UE está elaborando actualmente una posible Decisión del Consejo en apoyo de la seguridad física y las actividades de gestión de arsenales a fin de reducir el riesgo del comercio ilícito de APAL y sus municiones en la región del Sahel.

d)   América Central

La UE prosiguió también la ejecución de un proyecto de apoyo al Programa Centroamericano para el Control de Armas Pequeñas y Ligeras (CASAC). Mediante el elemento a largo plazo del Instrumento de Estabilidad, el proyecto, que había sido aplicado anteriormente por el PNUD, entró en su segunda fase de apoyo en septiembre de 2012 con la Comisión de Seguridad del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) como socio ejecutor. La contribución del proyecto de la UE a la iniciativa CASAC tiene por objetivo sentar las bases de una estructura regional y de una estrategia a largo plazo de lucha contra el tráfico ilícito de armas en América Central, tanto a escala nacional como regional. El proyecto se aplica en América Central y los países vecinos, centrándose especialmente en los ocho Estados miembros de SICA (Belice, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Panamá, y la República Dominicana). El SICA ha comenzado a desarrollar en cada país los planes estratégicos de los Comités Multidisciplinarios Nacionales, que apoyarán la elaboración de una agenda común plurianual para el control, la información y los programas de investigación sobre armas de fuego y prevención de la violencia con las armas de fuego. Además el proyecto, a través de su grupo de expertos integrado en la Unidad de Información y Armamento de los ocho países miembros del SICA, se ha centrado en el primer semestre del año en la preparación de la tercera operación regional, que se llevará a cabo más adelante en 2014, a fin de confiscar armas, explosivos y municiones. Todo ello se llevará a cabo después del éxito de dos operaciones regionales emprendidas en 2012 y 2013, que según el SICA desembocaron en la detención de 6 113 personas y la confiscación de 8 863 armas, 21 540 municiones y 444 explosivos. En coordinación con el Foro de Presidentes de los Parlamentos de América Central y el Caribe (FOPREL), el resultado de la primera reunión de directores de empresas de seguridad privadas y diputados, celebrada en 2014, llevó a la creación de un proyecto de marco jurídico regional pensado para actualizar y armonizar la legislación de las empresas de seguridad privadas en los ocho países beneficiarios. Además se llevaron a cabo evaluaciones para varios de los Estados miembros del SICA, a fin de determinar las necesidades en cuanto a los equipos para reforzar la utilización de plataformas sobre localización de armas de fuego.


(1)  http://www.un-arm.org/BMS5/documents/BMS5-WP-EU-20140425.pdf

(2)  http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=OJ:JOL_2013_320_R_0034_01

(3)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2011:188:0037:0041:ES:PDF

(4)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:341:0056:0067:ES:PDF

(5)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2013:0716:FIN:ES:PDF

(6)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:321:0062:0067:ES:PDF

(7)  DO L 332 de 11.12.2013, p. 19.

(8)  DO L 80 de 26.3.2010, p. 48.

(9)  Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(10)  Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(11)  Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(12)  Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posiciones sobre su estatuto y está en consonancia con la Resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con la Opinión de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

(13)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:297:0029:0033:ES:PDF

(14)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2012:054:0008:0013:ES:PDF

(15)  http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2013:173:0054:0064:ES:PDF


31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/12


Notificación a la atención de las personas y entidades sujetas a las medidas restrictivas contempladas en la Decisión 2012/642/PESC del Consejo y en el Reglamento (CE) no 765/2006 del Consejo, relativos a las medidas restrictivas contra Bielorrusia

(2014/C 385/03)

La presente información se pone en conocimiento de las personas y entidades incluidas en la lista del anexo de la Decisión 2012/642/PESC, modificada por la Decisión del Consejo 2014/750/PESC (1), y en el anexo I del Reglamento (CE) no 765/2006, que se aplica en virtud del Reglamento de Ejecución (UE) no 1159/2014 (2) relativo a las medidas restrictivas contra Bielorrusia.

El Consejo de la Unión Europea, tras revisar la lista de personas y entidades incluidas en los anexos arriba indicados, ha resuelto que se sigan aplicando las medidas restrictivas dispuestas en la Decisión 2012/642/PESC y en el Reglamento (CE) no 765/2006 a dichas personas y entidades. Los motivos que justifican la inclusión de estas personas y entidades figuran en las entradas pertinentes de los anexos

Se pone en conocimiento de las personas y entidades afectadas la posibilidad de cursar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios web que figuran en el anexo II del Reglamento (CE) no 765/2006, una solicitud a fin de obtener la autorización de utilizar fondos inmovilizados para cubrir necesidades básicas o efectuar pagos específicos (véase el artículo 3 del Reglamento).

Las personas y entidades afectadas podrán cursar una solicitud al Consejo, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las listas mencionadas antes del 1 de septiembre de 2015. Dicha solicitud deberá remitirse a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

DG C 1C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Toda observación recibida se tendrá en cuenta a efectos de la revisión periódica del Consejo de la lista de personas y entidades incluidas en la lista, de acuerdo con el artículo 8, apartado 2, de la Decisión 2012/642/PESC y el artículo 8 bis, apartado 4, del Reglamento (CE) no 765/2006.


(1)  DO L 311 de 31.10.2014, p. 39.

(2)  DO L 311 de 31.10.2014, p. 2.


Comisión Europea

31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/13


Tipo de cambio del euro (1)

30 de octubre de 2014

(2014/C 385/04)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2598

JPY

yen japonés

137,27

DKK

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7,4449

GBP

libra esterlina

0,78720

SEK

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9,2710

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1,2059

ISK

corona islandesa

 

NOK

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8,4605

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

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27,729

HUF

forinto húngaro

308,82

LTL

litas lituana

3,4528

PLN

esloti polaco

4,2168

RON

leu rumano

4,4175

TRY

lira turca

2,7888

AUD

dólar australiano

1,4311

CAD

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1,4074

HKD

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9,7706

NZD

dólar neozelandés

1,6134

SGD

dólar de Singapur

1,6105

KRW

won de Corea del Sur

1 330,35

ZAR

rand sudafricano

13,7374

CNY

yuan renminbi

7,7032

HRK

kuna croata

7,6615

IDR

rupia indonesia

15 305,96

MYR

ringit malayo

4,1396

PHP

peso filipino

56,541

RUB

rublo ruso

53,0991

THB

bat tailandés

41,025

BRL

real brasileño

3,0453

MXN

peso mexicano

16,9467

INR

rupia india

77,3946


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/14


Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

(2014/C 385/05)

El 23 de julio de 2014, el Consejo de la Unión Europea decidió que la República de Lituania cumple las condiciones necesarias para la adopción del euro el 1 de enero de 2015 (1).

Por consiguiente, a partir del 1 de enero de 2015, la República de Lituania emitirá monedas en euros, a condición de que el BCE apruebe el volumen de emisión (véase el artículo 128, apartado 2, del Tratado constitutivo de la Unión Europea).

Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica todos los nuevos diseños de las monedas en euros (2).

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Estado emisor : República of Lituania.

Fecha de emisión : Enero de 2015.

Descripción del motivo:

En todas las denominación figura el escudo de la República de Lituania. En la parte inferior, el nombre del país emisor, «LIETUVA», con la marca de ceca a la izquierda. En la parte superior a la derecha, el año de emisión, «2015».

Las diferencias en el diseño consisten en elementos artísticos intercalados (líneas) en el fondo de las estrellas en dos de los tres diseños: las líneas están dispuestas verticalmente en las monedas de 1 y 2 euros, mientras que lo están horizontalmente en las monedas de 10, 20 y 50 céntimos de euro. El fondo de las estrellas en el diseño de las monedas de 1, 2 y 5 céntimos de euro es liso.

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

La leyenda grabada en el canto de la moneda de dos euros reza «LAISVĖ * VIENYBĖ * GEROVĖ *», lo que significa Libertad-Solidaridad-Prosperidad.


(1)  Decisión 2014/509/UE del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la adopción del euro por Lituania el 1 de enero de 2015 (DO L 228 de 31.7.2014, p. 29).

(2)  Para las otras monedas en euros emitidas, véanse DO C 373 de 28.12.2001, p. 1; DO C 254 de 20.10.2006, p. 6, y DO C 248 de 23.10.2007, p. 8.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/15


Anuncio de la Comisión de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)

(2014/C 385/06)

De conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (1), Polonia notificó a la Comisión Europea el 14 de enero de 2014 los acuerdos siguientes celebrados con Ucrania:

1.

Acuerdo del Gobierno polaco con el Gobierno de Ucrania sobre cooperación durante los controles fronterizos de personas, mercancías y medios de transporte que cruzan la frontera entre Polonia y Ucrania, firmado en Kiev el 25 de junio de 2001.

2.

Acuerdo del Gobierno polaco con el Gobierno de Ucrania desde el 25 de noviembre de 2009 por el que se modifica el acuerdo de cooperación durante los controles fronterizos de personas, mercancías y medios de transporte que cruzan la frontera entre Polonia y Ucrania, firmado en Kiev el 25 de junio de 2001.

3.

Acuerdo del Gobierno polaco con el Gobierno de Ucrania, de 4 de marzo de 2004, sobre la designación de los pasos fronterizos en los que los servicios fronterizos de las partes pueden realizar controles fronterizos en el territorio de la otra parte.

Las versiones polaca y ucraniana de estos acuerdos se pueden consultar en la página web de la Comisión Europea, Dirección General de Asuntos de Interior, en el enlace siguiente:

http://ec.europa.eu/dgs/home-affairs/e-library/documents/policies/borders-and-visas/schengen/docs/listofnotificationsarticle37.pdf


(1)  DO L 105 de 13.4.2006, p. 1.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/16


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7431 — Mapfre/DL Germany/DL Italy)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2014/C 385/07)

1.

El 24 de octubre de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Mapfre S.A («Mapfre», España) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de Direct Line Versicherung Aktiengesellschaft («DL Germany») and Direct Line Insurance S.p.A. («DL Italy») mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   Mapfre: actividades de seguro y reaseguro a nivel mundial;

—   DL Germany: activa en productos de seguro no de vida (principalmente seguros de vehículos de motor) en Alemania;

—   DL Italy: activa en productos de seguro no de vida (principalmente seguros de vehículos de motor) en Italia.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del no de referencia M.7431 — Mapfre/DL Germany/DL Italy, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


31.10.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 385/17


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.7433 — OTPP/Pamplona/CSC)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2014/C 385/08)

1.

El 24 de octubre de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual una filial al 100 % de Ontario Teachers' Pension Plan Board («OTP», Canadá) y Pamplona Capital Partners III, L.P. (EE. UU.), gestionada por Pamplona Capital Management LLP («Pamplona», Reino Unido) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de CSC ServiceWorks Holdings, Inc. («CSC», EE. UU.) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   OTPP: inversión y administración de fondos de pensiones,

—   Pamplona: empresa de capital de inversión de ámbito mundial,

—   CSC: operador de soluciones de lavandería y servicios de bombas de aire.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia M.7433 — OTPP/Pamplona/CSC, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.