ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2014.072.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 72

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

57° año
11 de marzo de 2014


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2014/C 072/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.7160 — Predica/AVIVA France/Ensemble immobilier Saint-Denis) ( 1 )

1

2014/C 072/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.7156 — WEX/Radius/European Fuel Card Business of Esso) ( 1 )

2

2014/C 072/03

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.7192 — Brookfield/Mol/ITI) ( 1 )

2

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2014/C 072/04

Tipo de cambio del euro

3

2014/C 072/05

Decisión de Ejecución de la Comisión, de 28 de febrero de 2014, relativa a la financiación del programa de trabajo para 2014 sobre herramientas informáticas en el ámbito de la seguridad alimentaria, la salud animal, el bienestar de los animales y la fitosanidad

4

 

Tribunal de Cuentas

2014/C 072/06

Informe Especial no 18/2013 Fiabilidad de los resultados de los controles del gasto agrícola realizados por los Estados miembros

15

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2014/C 072/07

Lista de autoridades competentes para la expedición de autorizaciones de exportación de bienes culturales, de conformidad con las disposiciones del artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 116/2009 del Consejo

16

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2014/C 072/08

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7054 — Cemex/Holcim Assets) ( 1 )

34

2014/C 072/09

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7170 — Discovery Communications/Eurosport) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

35

 

Corrección de errores

2014/C 072/10

Corrección de errores de las nuevas caras nacionales de las monedas en euros destinadas a la circulación (DO C 379 de 28.12.2013)

36

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.7160 — Predica/AVIVA France/Ensemble immobilier Saint-Denis)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2014/C 72/01

El 4 de marzo de 2014, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32014M7160. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.7156 — WEX/Radius/European Fuel Card Business of Esso)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2014/C 72/02

El 5 de marzo de 2014, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32014M7156. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/2


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.7192 — Brookfield/Mol/ITI)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2014/C 72/03

El 5 de marzo de 2014, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32014M7192. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/3


Tipo de cambio del euro (1)

10 de marzo de 2014

2014/C 72/04

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,3881

JPY

yen japonés

143,39

DKK

corona danesa

7,4627

GBP

libra esterlina

0,83380

SEK

corona sueca

8,8735

CHF

franco suizo

1,2192

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,2820

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,348

HUF

forinto húngaro

312,34

LTL

litas lituana

3,4528

PLN

esloti polaco

4,2012

RON

leu rumano

4,4984

TRY

lira turca

3,0742

AUD

dólar australiano

1,5359

CAD

dólar canadiense

1,5419

HKD

dólar de Hong Kong

10,7733

NZD

dólar neozelandés

1,6407

SGD

dólar de Singapur

1,7594

KRW

won de Corea del Sur

1 480,55

ZAR

rand sudafricano

14,9187

CNY

yuan renminbi

8,5232

HRK

kuna croata

7,6555

IDR

rupia indonesia

15 856,59

MYR

ringit malayo

4,5575

PHP

peso filipino

61,769

RUB

rublo ruso

50,5218

THB

bat tailandés

44,945

BRL

real brasileño

3,2354

MXN

peso mexicano

18,3035

INR

rupia india

84,4555


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/4


DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN

de 28 de febrero de 2014

relativa a la financiación del programa de trabajo para 2014 sobre herramientas informáticas en el ámbito de la seguridad alimentaria, la salud animal, el bienestar de los animales y la fitosanidad

2014/C 72/05

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (1) (en lo sucesivo, «el Reglamento Financiero»), y, en particular, su artículo 84,

Visto el Reglamento (CE) no 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales (2), y, en particular, su artículo 66, apartado 1, letra c), y apartado 2,

Vista la Decisión 2009/470/CE del Consejo, de 25 de mayo de 2009, relativa a determinados gastos en el sector veterinario (3), y, en particular, su artículo 35, apartado 2, y su artículo 36, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Con arreglo al artículo 84 del Reglamento (CE, Euratom) no 966/2012 del Consejo («el Reglamento Financiero») y al artículo 94 del Reglamento Delegado (CE, Euratom) no 1268/2012 de la Comisión (4) (en lo sucesivo, «las normas de desarrollo»), todo compromiso de gasto con cargo al presupuesto de la UE debe ir precedido de la correspondiente decisión de financiación, adoptada por la institución o por las autoridades en las que esta haya delegado poderes, en la que se expongan los principales aspectos de toda acción que implique un gasto.

(2)

El Reglamento Delegado (UE) no 1268/2012 señala el nivel de detalle que se considera suficiente para describir el marco de una decisión de financiación.

(3)

El artículo 50, apartado 1, del Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (5) establece un sistema de alerta rápida para la notificación de un riesgo directo o indirecto para la salud humana derivado de alimentos o piensos en forma de red, y dispone que la Comisión es responsable de la gestión de la red.

(4)

El artículo 28 del Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (6) obliga a la Comisión a establecer y mantener un registro de acceso público de alimentos y piensos modificados genéticamente.

(5)

El artículo 20 del Reglamento (CE) no 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo (7) obliga a la Comisión a establecer y mantener un registro de las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables relativas a los alimentos.

(6)

El artículo 25 del Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (8) indica que la Unión debe establecer una lista de sustancias aromatizantes.

(7)

El artículo 8 del Reglamento (CE) no 450/2009 (9) prevé el establecimiento de un registro de todas las sustancias destinadas a entrar en contacto con alimentos y para las que se haya presentado una solicitud válida.

(8)

El artículo 31, apartado 2, de la Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (10) obliga a la Comisión a establecer uno o varios registros con el fin de recoger la información sobre las modificaciones genéticas en los OMG que pueden emplearse para detectar e identificar productos con OMG concretos a fin de facilitar el control y la inspección posterior a la comercialización.

(9)

Los artículos 4 a 8 del Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo (11) exigen la creación y el mantenimiento de una red entre los Estados miembros de la UE y la Comisión Europea con vistas a un rápido intercambio de datos que permita la tramitación segura de información confidencial.

(10)

El artículo 2, apartado 1, letra i), y el artículo 21, apartado 6, de la Directiva 2000/29/CE del Consejo (12) prevén que se establezca una red para la notificación de nuevas manifestaciones de organismos nocivos, se emitan recomendaciones que sirvan de guía para los inspectores nacionales en la realización de los controles fitosanitarios de importación y se elaboren programas con objeto de elevar los conocimientos de los inspectores nacionales.

(11)

El artículo 10 de la Directiva 69/464/CEE del Consejo (13), el artículo 1, letra a), y el artículo 2 de la Directiva 93/85/CEE del Consejo (14), el artículo 1, letra a), y el artículo 2 de la Directiva 98/57/CE del Consejo (15) y los artículos 1, 4 y 8 de la Directiva 2007/33/CE (16) establecen, respectivamente, los requisitos para el control de la sarna verrugosa, de la necrosis bacteriana de la patata, de la podredumbre parda de la patata y de los nematodos del quiste de la patata, que son todas enfermedades muy importantes de los cultivos de patata. Establecen estrictos requisitos para la realización de exámenes sistemáticos con el fin de detectar la presencia de los organismos nocivos mencionados, así como la obligación de notificar sus resultados a la Comisión.

(12)

El artículo 76, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo (17) establece la financiación de la creación de una base de datos para recopilar y almacenar toda la información relativa a los productos fitosanitarios.

(13)

El artículo 5 sexto de la Directiva 68/193/CEE del Consejo (18) establece que la Comisión debe publicar un catálogo común de las variedades que entran en el ámbito de aplicación de la Directiva.

(14)

El artículo 7, apartado 6, de la Directiva 2008/90/CE del Consejo (19) dispone que se podrá decidir que se establezca y publique una lista común de variedades.

(15)

El artículo 11, apartado 1, de la Directiva 99/105/CE del Consejo (20) dispone que la Comisión podrá publicar una lista titulada «Lista de materiales de base admitidos en la Comunidad para la producción de materiales forestales de reproducción».

(16)

El artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2002/53/CE del Consejo (21) y el artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2002/55/CE del Consejo (22) establecen que la Comisión debe publicar un catálogo común de variedades de las especies de plantas agrícolas y de plantas hortícolas, respectivamente.

(17)

El artículo 36, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (23) dispone el establecimiento de una base de datos consolidada de la legislación de la Unión sobre límites máximos de residuos de plaguicidas, destinada a hacerse pública.

(18)

El artículo 8 de la Directiva 96/23/CE (24) dispone la creación de una base de datos para el seguimiento de los planes.

(19)

El artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (25) dispone la creación de una base de datos en relación con la vigilancia epidemiológica de las encefalopatías espongiformes bovinas.

(20)

El artículo 10 del Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (26) contempla la creación y el mantenimiento de bases de datos en relación con el procedimiento de autorización común de los aditivos alimentarios.

(21)

Los artículos 35 y 36 de la Decisión 2009/470/CE disponen una participación financiera de la Unión para el establecimiento de sistemas de identificación de los animales y de notificación de las enfermedades. La Unión debe conceder una participación financiera para la gestión y la mejora del Sistema de Notificación de las Enfermedades de los Animales (ADNS), basándose en la Decisión 2005/176/CE de la Comisión (27).

(22)

El artículo 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo contempla una participación financiera de la Unión para determinados sistemas informáticos veterinarios relativos al comercio intraunionitario y las importaciones.

(23)

Es necesario seguir financiando el alojamiento web, la gestión y el mantenimiento del sistema informático veterinario integrado TRACES (Trade Control and Expert System) introducido mediante la Decisión 2003/24/CE de la Comisión (28).

(24)

De conformidad con el artículo 27 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo, los Estados miembros han de presentar solicitudes relativas a los programas de erradicación o vigilancia, así como informes y solicitudes de pago en relación con los programas aprobados. La creación de un sistema en línea de presentación de solicitudes, informes y solicitudes de pago facilitaría el tratamiento de la información.

(25)

A fin de garantizar la coordinación y una aplicación eficiente del plan informático de la Dirección General de Salud y Consumidores, debe aprobarse mediante esta única Decisión el programa de trabajo de 2014 relativo a dichas acciones, junto con su financiación necesaria.

(26)

La presente Decisión de financiación también puede cubrir el pago de los intereses de demora adeudados con arreglo al artículo 92 del Reglamento Financiero y al artículo 111 de las normas de desarrollo.

(27)

A efectos de la aplicación de la presente Decisión, conviene definir el término «modificación sustancial» en el sentido del artículo 94, apartado 4, de las normas de desarrollo.

(28)

Las medidas establecidas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal.

DECIDE:

Artículo 1

Queda adoptado el programa de trabajo correspondiente a 2014 sobre acciones relativas a la creación y al mantenimiento de herramientas informáticas en el ámbito de la seguridad alimentaria, la salud animal, el bienestar de los animales y la fitosanidad («el programa de trabajo»), tal como figura en el anexo. Su adopción constituye una decisión de financiación en el sentido del artículo 84 del Reglamento Financiero.

Artículo 2

La contribución máxima autorizada por la presente Decisión para la ejecución del programa de trabajo queda establecida en 11 191 000 EUR, que se financiarán con cargo a la línea presupuestaria 17.0403 del Presupuesto General de la Unión Europea correspondiente a 2014.

Estos créditos también podrán incluir los intereses de demora adeudados.

Artículo 3

Las modificaciones acumuladas de los recursos asignados a las acciones específicas cubiertas por el programa de trabajo que no superen el 10 % de la contribución máxima autorizada por el artículo 2 de la presente Decisión no se considerarán sustanciales en el sentido del artículo 94 de las normas de desarrollo, a condición de que no afecten significativamente a la naturaleza o al objetivo del programa de trabajo.

El ordenador podrá aprobar tales modificaciones de conformidad con los principios de buena gestión financiera y de proporcionalidad.

Hecho en Bruselas, el 28 de febrero de 2014.

Por la Comisión

Tonio BORG

Miembro de la Comisión


(1)  DO L 298 de 26.10.2012, p. 1.

(2)  DO L 165 de 30.4.2004, p. 1.

(3)  DO L 155 de 18.6.2009, p. 30.

(4)  Reglamento Delegado (UE) no 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (DO L 362 de 31.12.2012, p. 1).

(5)  Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (DO L 31 de 1.2.2002, p. 1).

(6)  Reglamento (CE) no 1829/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre alimentos y piensos modificados genéticamente (DO L 268 de 18.10.2003, p. 1).

(7)  Reglamento (CE) no 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos (DO L 404 de 30.12.2006, p. 9).

(8)  Reglamento (CE) no 1334/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre los aromas y determinados ingredientes alimentarios con propiedades aromatizantes utilizados en los alimentos y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1601/91 del Consejo, los Reglamentos (CE) no 2232/96 y (CE) no 110/2008 y la Directiva 2000/13/CE (DO L 354 de 31.12.2008, p. 34).

(9)  Reglamento (CE) no 450/2009 de la Comisión, de 29 de mayo de 2009, sobre materiales y objetos activos e inteligentes destinados a entrar en contacto con alimentos (DO L 135 de 30.5.2009, p. 3).

(10)  Directiva 2001/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de marzo de 2001, sobre la liberación intencional en el medio ambiente de organismos modificados genéticamente y por la que se deroga la Directiva 90/220/CEE del Consejo (DO L 106 de 17.4.2001, p. 1).

(11)  Reglamento (CE) no 258/97 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 1997, sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios (DO L 43 de 14.2.1997, p. 1).

(12)  Directiva 2000/29/CE del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad (DO L 169 de 10.7.2000, p. 1).

(13)  Directiva 69/464/CEE del Consejo, de 8 de diciembre de 1969, relativa a la lucha contra la sarna verrugosa (DO L 323 de 24.12.1969, p. 1).

(14)  Directiva 93/85/CEE del Consejo, de 4 de octubre de 1993, relativa a la lucha contra la necrosis bacteriana de la patata (DO L 259 de 18.10.1993, p. 1).

(15)  Directiva 98/57/CE del Consejo, de 20 de julio de 1998, sobre el control de Ralstonia solanacearum (Smith) Yabuuchi et al. (DO L 235 de 21.8.1998, p. 1).

(16)  Directiva 2007/33/CE del Consejo, de 11 de junio de 2007, relativa al control de los nematodos del quiste de la patata y por la que se deroga la Directiva 69/465/CEE (DO L 156 de 16.6.2007, p. 12).

(17)  Reglamento (CE) no 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO L 309 de 24.11.2009 p. 1).

(18)  Directiva 68/193/CEE del Consejo, de 9 de abril de 1968, referente a la comercialización de los materiales de multiplicación vegetativa de la vid (DO L 93 de 17.4.1968, p. 15).

(19)  Directiva 2008/90/CE del Consejo, de 29 de septiembre de 2008, relativa a la comercialización de materiales de multiplicación de frutales y de plantones de frutal destinados a la producción frutícola (DO L 267 de 8.10.2008, p. 8).

(20)  Directiva 99/105/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, sobre la comercialización de materiales forestales de reproducción (DO L 11 de 15.1.2000, p. 17).

(21)  Directiva 2002/53/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, referente al catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas (DO L 193 de 20.7.2002, p. 1).

(22)  Directiva 2002/55/CE del Consejo, de 13 de junio de 2002, referente a la comercialización de semillas de plantas hortícolas (DO L 193 de 20.7.2002, p. 33).

(23)  Reglamento (CE) no 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal y que modifica la Directiva 91/414/CEE del Consejo (DO L 70 de 16.3.2005, p. 1).

(24)  Directiva 96/23/CE del Consejo, de 29 de abril de 1996, relativa a las medidas de control aplicables respecto de determinadas sustancias y sus residuos en los animales vivos y sus productos y por la que se derogan las Directivas 85/358/CEE y 86/469/CEE y las Decisiones 89/187/CEE y 91/664/CEE (DO L 125 de 23.5.1996, p. 10).

(25)  Reglamento (CE) no 999/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, por el que se establecen disposiciones para la prevención, el control y la erradicación de determinadas encefalopatías espongiformes transmisibles (DO L 147 de 31.5.2001, p. 1).

(26)  Reglamento (CE) no 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios (DO L 354 de 31.12.2008, p. 16).

(27)  Decisión 2005/176/CE de la Comisión, de 1 de marzo de 2005, por la que se establecen la forma codificada y los códigos para la notificación de las enfermedades de los animales, de conformidad con la Directiva 82/894/CEE del Consejo (DO L 59 de 5.3.2005, p. 40).

(28)  Decisión 2003/24/CE de la Comisión, de 30 de diciembre de 2002, sobre la creación de un sistema informático veterinario integrado (DO L 8 de 14.1.2003, p. 44).


ANEXO

Programa de trabajo para 2014 sobre herramientas informáticas en el ámbito de la seguridad alimentaria, la salud animal, el bienestar de los animales y la fitosanidad

1.   INTRODUCCIÓN

El presente programa de trabajo recoge las medidas de ejecución correspondientes al año 2014. Sobre la base de los objetivos asignados, la distribución del presupuesto para la contratación pública ejecutada en gestión directa, por un importe total de 11 191 000 EUR, es la siguiente:

2.   CONTRATACIÓN

2.1.   Proyectos informáticos de apoyo al funcionamiento del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF), registro de materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos, alimentos y piensos modificados genéticamente (OMG), nuevos alimentos, aromatizantes, enzimas y declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos

La acción por financiar con esta partida está destinada a finalizar la puesta en marcha y el mantenimiento de la aplicación informática del Sistema Genérico de Alerta Rápida (GRAS), que se empezó a utilizar en 2011, y de la última versión del Sistema de Alerta Rápida para Alimentos y Piensos (RASFF), que también se implantó en 2011. El uso de la misma plataforma informática por los distintos sistemas de alerta gestionados por la Comisión facilita el intercambio de información entre ellos y mejora la capacidad de gestión desde el punto de vista informático.

Conviene desarrollar la aplicación informática del RASFF de dos maneras principales: i) a escala regional en los países, para responder mejor a las necesidades de Estados miembros grandes o con estructuras federales o confederales, y ii) relacionándola con sistemas externos de información en los ámbitos del control alimentario [como el Trade Control and Expert System (TRACES)] y de la salud pública [como el Sistema de Alerta Precoz y Respuesta (SAPR)].

Con el fin de disponer de una opinión fundamentada sobre las sustancias no autorizadas y de apoyar el RASFF, es preciso tener registros de sustancias autorizadas (materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos, nuevos alimentos, alimentos y piensos modificados genéticamente, OMG, aromatizantes, enzimas y declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos).

Conviene disponer de una herramienta adicional para aumentar la capacidad de rastreo anterior y posterior a escala multinacional de los productos alimenticios implicados en brotes de patógenos causantes de toxinfecciones alimentarias.

Acciones previstas:

contribución al mantenimiento y desarrollo del RASFF: 330 000 EUR,

desarrollo del nivel regional en los países y mejoras del RASFF: 415 000 EUR,

otras mejoras del rendimiento de la aplicación sectorial del RASFF, incluidas las destinadas a relacionarlo con sistemas externos: 315 000 EUR,

registro de materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos, nuevos alimentos, alimentos y piensos modificados genéticamente, OMG, aromatizantes y enzimas: 359 000 EUR,

desarrollo de una nueva versión del registro de nuevos alimentos (basada en la existente): 362 000 EUR,

mantenimiento de un registro de la Unión de declaraciones nutricionales y de propiedades saludables: 137 000 EUR,

herramienta y apoyo para la mejor trazabilidad anterior y posterior de los productos alimenticios implicados en brotes de patógenos causantes de toxinfecciones alimentarias: 150 000 EUR.

Base jurídica

 

Artículos 4 a 8 del Reglamento (CE) no 258/97

 

Artículo 31 de la Directiva 2001/18/CE

 

Artículo 50, apartado 1, del Reglamento (CE) no 178/2002

 

Artículo 28 del Reglamento (CE) no 1829/2003

 

Artículo 20 del Reglamento (CE) no 1924/2006

 

Artículo 16 del Reglamento (CE) no 1332/2008

 

Artículo 25 del Reglamento (CE) no 1334/2008

 

Artículo 8 del Reglamento (CE) no 450/2009

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 2 068 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de quince.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Gestión directa.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.2.   Proyectos informáticos de apoyo a las medidas fitosanitarias, EUROPHYT

Europhyt es una aplicación web concebida para que los Estados miembros notifiquen las interceptaciones de envíos que no cumplan los requisitos fitosanitarios. En una reunión con representantes para Europhyt de todos los Estados miembros se adoptó un plan para la renovación de la interfaz. Europhyt utiliza recursos centrales y de la aplicación GRAS que hay que alimentar y mantener. La base de datos de requisitos fitosanitarios para la importación se encuentra en construcción y estará lista antes de finales de año.

Con cargo a este presupuesto se financiarán:

la creación y el alojamiento web de una base de datos de requisitos fitosanitarios para la importación: 120 000 EUR,

el registro de las aplicaciones de productos fitosanitarios: 340 000 EUR,

el desarrollo del registro de todos los envíos de vegetales: 150 000 EUR,

la recogida de datos para el seguimiento de la lista de materiales de base admitidos en la Unión: 70 000 EUR,

el mantenimiento evolutivo de la actual aplicación Europhyt: 200 000 EUR,

la mejora de la interfaz de usuario de la aplicación Europhyt: 75 000 EUR,

la creación de una base de datos sobre brotes de organismos nocivos: 150 000 EUR,

el alojamiento web de la aplicación Europhyt: 70 000 EUR.

Base jurídica

 

Artículo 2, apartado 1, letra i), y artículo 21, apartado 6, de la Directiva 2000/29/CE

 

Artículo 10 de la Directiva 69/464/CEE

 

Artículo 1, letra a), y artículo 2 de la Directiva 93/85/CEE

 

Artículo 1, letra a), y artículo 2 de la Directiva 98/57/CE

 

Artículos 1, 4 y 8 de la Directiva 2007/33/CE

 

Artículo 66, apartado 1, letra c), y apartado 2, del Reglamento (CE) no 882/2004

 

Artículo 76, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 1107/2009

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 1 175 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II.

El número indicativo de contratos específicos es diez.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.3.   Proyecto informático de apoyo al funcionamiento de los catálogos comunes de variedades de plantas agrícolas, hortícolas, vid y plantones de frutal y de la lista de la unión de materiales de base admitidos para la producción de materiales forestales de reproducción

La aplicación Catálogo Común gestiona los catálogos de las variedades de plantas agrícolas (Directiva 2002/53/CE) y hortícolas (Directiva 2002/55/CE), cuyas semillas no están sujetas a ninguna restricción con respecto a su comercialización, tanto dentro de la Unión Europea como en Noruega, en Islandia y en Suiza.

También podrá establecerse un catálogo de variedades de vides (Directiva 68/193/CEE) y una lista común de variedades de plantones de frutal (Directiva 2008/90/CE) y de materiales forestales de reproducción (Directiva 1999/105/CE).

Una base de datos permite la gestión de dichos catálogos por parte de la Comisión, el acceso de los Estados miembros y el intercambio electrónico de datos entre los Estados miembros, la Comisión y la Oficina de Publicaciones.

En 2014 quedará garantizado el mantenimiento del sistema, y se actualizarán las funcionalidades tecnológicas con el fin de adaptarlo a los avances en el ámbito de la publicación electrónica: 85 000 EUR.

Se está estableciendo un modelo semántico para que el contenido de la lista de materiales de base admitidos en la Unión para la producción de materiales forestales de reproducción sea accesible y fácil de buscar mediante tecnología semántica: 275 000 EUR.

Base jurídica

 

Artículo 5 sexto de la Directiva 68/193/CEE

 

Artículo 7, apartado 6, de la Directiva 2008/90/CE

 

Artículo 11, apartado 1, de la Directiva 1999/105/CE

 

Artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2002/53/CE

 

Artículo 17, apartado 1, de la Directiva 2002/55/CE

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 360 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de tres.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

El contrato ha de estar firmado antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II.

2.4.   Base de datos sobre residuos de plaguicidas

El Reglamento (CE) no 396/2005 establece la creación y el mantenimiento de una base de datos consolidada de legislación de la Unión sobre límites máximos de residuos de plaguicidas. La presente acción persigue la aplicación de las disposiciones mencionadas, manteniendo y mejorando una base de datos que permita la introducción de datos por los Estados miembros y su publicación electrónica automática mediante un formato de exportación para la Oficina de Publicaciones.

Base jurídica

Artículo 36, apartado 1, letra a), del Reglamento (CE) no 396/2005.

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 343 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de tres.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

El contrato ha de estar firmado antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.5.   Proyectos informáticos de apoyo a la aplicación del Reglamento (CE) no 882/2004, la Directiva 96/23/CE del Consejo, el Reglamento (CE) no 999/2001 y el Reglamento (CE) no 1333/2008

Entre las acciones que han de financiarse con cargo a esta línea presupuestaria figuran la creación y el mantenimiento de herramientas e instrumentos informáticos destinados a aplicar correctamente los nuevos requisitos en materia de controles oficiales en el ámbito de la legislación sobre piensos y alimentos por parte de los Estados miembros y de la Comisión, o al cumplimiento de obligaciones o de necesidades específicas en el ámbito de los controles de piensos y alimentos en virtud de la base jurídica.

Dichas acciones persiguen mejorar y aumentar la capacidad de las bases de datos para recoger datos relativos a los planes nacionales de control y a los resultados de los controles oficiales, a fin de que la Comisión pueda verificar su cumplimiento y efectuar su seguimiento a lo largo del tiempo, así como crear sistemas en línea para incorporar datos en relación con los planes nacionales de control y los resultados de los controles oficiales facilitados por los Estados miembros o por la Comisión.

Las acciones son las siguientes:

aplicación, gestión, mantenimiento y, en su caso, desarrollo continuado de bases de datos en relación con la vigilancia epidemiológica de la encefalopatía espongiforme bovina [artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 999/2001], el procedimiento de autorización común para los aditivos alimentarios [artículo 10 del Reglamento (CE) no 1333/2008], los planes de vigilancia de residuos (artículo 8 de la Directiva 96/23/CE) y sus resultados cuantitativos, es decir, información sobre el seguimiento: 387 000 EUR,

desarrollo continuado de un sistema informático y mantenimiento y evolución de una infraestructura específica que permita compartir, validar y supervisar los datos recopilados por la Comisión en relación con la aplicación de la legislación sobre piensos y alimentos en los Estados miembros y en terceros países, incluida la información recogida por la Oficina Alimentaria y Veterinaria; la herramienta informática debe permitir que se introduzcan «perfiles por país» y establecimientos visitados, lo que facilitará la evaluación de los planes de control presentados por las autoridades competentes: 550 000 EUR,

aplicación y mantenimiento de un sistema completo y seguro para la gestión y la planificación de las auditorías de la Unión de acuerdo con el Reglamento (CE) no 882/2004, para la gestión y el almacenamiento de los informes de auditoría y los documentos conexos, así como para el seguimiento de las recomendaciones resultantes de las auditorías, incluidos los gastos para obtener licencias: 570 000 EUR,

contribución a mejorar la seguridad de los sistemas informáticos, equipo de apoyo central y material informático central necesario para la puesta en marcha de todos los sistemas relacionados con las mencionadas acciones: 334 000 EUR,

análisis y aplicación de un sistema para uso de la red contra el fraude alimentario, formada por la Comisión y los puntos de contacto de los Estados miembros, para un intercambio rápido y eficaz de información sobre posibles fraudes alimentarios: 504 000 EUR.

Base jurídica

 

Artículo 8 de la Directiva 96/23/CE

 

Artículo 6, apartado 4, del Reglamento (CE) no 999/2001

 

Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1333/2008

 

Artículos 36 a 40 y 66, apartado 1, letra c), y apartado 2, del Reglamento (CE) no 882/2004

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 2 345 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III, el ITSS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de diecinueve.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II, el ITSS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.6.   Sistema de Notificación de las Enfermedades de los Animales (ADNS)

La acción que ha de financiarse con cargo a este presupuesto persigue completar la aplicación del Sistema de Notificación de las Enfermedades de los Animales (ADNS) y mantenerlo.

Acciones previstas:

contribución al mantenimiento del ADNS: 110 000 EUR,

proseguir el desarrollo para mejorar el desempeño y la calidad de los datos de los mapas de brotes de enfermedades y de los mapas explorables o manipulables mediante un navegador de internet: 80 000 EUR,

alojamiento web para asegurar la disponibilidad de la aplicación: 93 000 EUR,

contribución para mejorar la seguridad de los sistemas informáticos, del equipo de apoyo central, del alojamiento web central y de los equipos informáticos centrales necesarios para el funcionamiento y la gestión de las aplicaciones de acceso público: 288 000 EUR.

Base jurídica

Artículos 35 y 36 de la Decisión 2009/470/CE.

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 571 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de cinco.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.7.   Sistema de Información Zoosanitaria (ADIS)

La acción que ha de financiarse con cargo a este presupuesto persigue el desarrollo de la interfaz y la aplicación del Sistema de Información Zoosanitaria (ADIS).

Acción prevista:

contribución para mejorar la seguridad de los sistemas informáticos, del equipo de apoyo central, del alojamiento web central y de los equipos informáticos centrales necesarios para el funcionamiento y la gestión de las aplicaciones de acceso público: 310 000 EUR.

Base jurídica

Artículos 35 y 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo.

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 310 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de tres.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contrato específico sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.8.   TRAde Control and Expert System (TRACES)

La acción que ha de financiarse con cargo a este presupuesto persigue mejorar, mantener, apoyar y poner a disposición el sistema TRACES.

Acciones previstas:

3 272 000 EUR para albergar, desarrollar, gestionar y mantener el sistema informático veterinario integrado TRACES, apoyo logístico a los usuarios, contribución a los servicios centrales, comunicación, sitio web, seguridad y adquisición (mantenimiento y asistencia técnica) de licencias de programas informáticos, firma electrónica y alojamiento web de la aplicación,

40 000 EUR para el apoyo al sistema de intercambio de datos de identificación bovina.

Base jurídica

Artículo 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo.

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 3 312 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de veintidós.

Un memorando de entendimiento con la DG DIGIT para el alojamiento web.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

Los contratos han de estar firmados antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

2.9.   Recogida de datos en el ámbito de la seguridad de los alimentos y los piensos

Acción prevista:

707 000 EUR para la recogida y el tratamiento de datos relativos a las solicitudes de programas de erradicación o vigilancia de conformidad con el artículo 27 de la Decisión 2009/470/CE.

Base jurídica

Artículo 27 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo.

Línea presupuestaria

17.0403 — Importe: 707 000 EUR.

Número indicativo y tipo de contratos previstos

Contratos específicos intramuros, según el volumen de tiempo y de recursos, sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

El número indicativo de contratos específicos es de seis.

Objeto de los contratos previstos (si es posible)

Desarrollo y mantenimiento de sistemas informáticos: gestión de proyectos, control de la calidad, análisis del funcionamiento, programación y documentación.

Calendario indicativo de contratación

El contrato ha de estar firmado antes de que concluya el primer semestre de 2014.

Aplicación

Directamente por la DG SANCO.

Contrato específico

Contratos específicos sobre la base de los contratos marco existentes facilitados por la DG DIGIT con arreglo a la convocatoria de ofertas ESP-DESIS II/III o el contrato marco SANCO/2010/A4/001.

3.   RESUMEN

No

Denominación

Línea presupuestaria

Número estimado de contratos

Base jurídica

Importe en EUR

1.

Proyectos informáticos de apoyo al funcionamiento del sistema de alerta rápida para alimentos y piensos (RASFF), registro de aditivos alimentarios, aromatizantes, materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos, OMG, declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos y nuevos alimentos

17.0403

15

Reglamentos (CE) no 178/2002, (CE) no 1924/2006, (CE) no 1829/2003 (CE) no 1334/2008, Directiva 2001/18/CE y Reglamento (CE) no 258/97

2 068 000

2.

Proyectos informáticos de apoyo a las medidas fitosanitarias, EUROPHYT

17.0403

10

Directivas 2000/29/CE, 69/464/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE y 2007/33/CE; Reglamentos (CE) no 882/2004 y (CE) no 1107/2009

1 175 000

3.

Proyecto informático de apoyo al funcionamiento de los catálogos comunes de variedades de plantas agrícolas y plantas hortícolas, vid y plantones de frutal y de la lista de materiales de base admitidos en la unión para la producción de materiales forestales de reproducción

17.0403

3

Directivas 68/193/CEE, 2008/90/CE, 1999/105/CE, 2002/53/CE y 2002/55/CE

360 000

4.

Base de datos sobre residuos de plaguicidas

17.0403

3

Reglamento (CE) no 396/2005

343 000

5.

Proyectos informáticos de apoyo a la ejecución del Reglamento (CE) no 882/2004, la Directiva 96/23/CE, el Reglamento (CE) no 999/2001 y el Reglamento (CE) no 1333/2008

17.0403

19

Reglamento (CE) no 882/2004, Directiva 96/23/CE, Reglamento (CE) no 999/2001 y Reglamento (CE) no 1333/2008

2 345 000

6.

Sistema de Notificación de las Enfermedades de los Animales (ADNS)

17.0403

5

Artículos 35 y 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo

571 000

7.

Sistema DE Información Zoosanitaria (ADIS)

17.0403

3

Artículos 35 y 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo

310 000

8.

TRAde Control and Expert System (TRACES)

17.0403

22

Artículo 36 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo

3 312 000

9.

Recogida de datos en el ámbito de la seguridad de los alimentos y los piensos

17.0403

6

Artículo 27 de la Decisión 2009/470/CE del Consejo

707 000

TOTAL

 

86

 

11 191 000


Tribunal de Cuentas

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/15


Informe Especial no 18/2013 «Fiabilidad de los resultados de los controles del gasto agrícola realizados por los Estados miembros»

2014/C 72/06

El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial no 18/2013 «Fiabilidad de los resultados de los controles del gasto agrícola realizados por los Estados miembros».

El informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://eca.europa.eu

También puede obtenerse gratuitamente en versión papel, enviando una petición a la dirección siguiente:

Tribunal de Cuentas Europeo

Unidad «Auditoría: Elaboración de informes»

12, rue Alcide de Gasperi

1615 Luxemburgo

LUXEMBURGO

Tel. +352 4398-1

E-mail: eca-info@eca.europa.eu

o rellenando una orden de pedido electrónico en EU-Bookshop.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/16


Lista de autoridades competentes para la expedición de autorizaciones de exportación de bienes culturales, de conformidad con las disposiciones del artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 116/2009 del Consejo (1)

2014/C 72/07

Estado miembro

Autoridad expedidora competente

BÉLGICA

 

Vlaamse Gemeenschap

Ministerie van de Vlaamse Gemeenschap

Administratie Cultuur

Afdeling Beeldende Kunst en Musea

Parochiaansstraat 15

1000 Brussel

BELGIË

 

Communauté française

Ministère de la Communauté française

Direction générale de la culture

Service général du patrimoine culturel et des arts plastiques

Boulevard Léopold II 44

1080 Bruxelles

BELGIQUE

 

Deutschsprachige Gemeinschaft

Ministerium der Deutschsprachigen Gemeinschaft

Abteilung Kulturelle Angelegenheiten

Gospertstrasse 1

4700 Eupen

BELGIQUE/BELGIË

BULGARIA

Ministerio de Cultura

DG Inspectorate for Protection of Cultural Heritage

Alexander Stamboliyski 17

1040 Sofia

BULGARIA

Министерство на културата

ГД „Инспекторат за опазване на културното наследство“

бул. „Александър Стамболийски“ № 17

1040 София/Sofia

БЪЛГАРИЯ/BULGARIA

REPÚBLICA CHECA

Ministerstvo kultury ČR

Maltézské náměstí 471/1

118 01 Praha 1

ČESKÁ REPUBLIKA

Ministerstvo vnitra ČR (responsible for archives)

Milady Horákové 133

166 21 Praha 6

ČESKÁ REPUBLIKA

DINAMARCA

Kulturværdiudvalget Sekretariat

Kulturarvsstyrelsen

Slotsholmsgade 1, 3. sal

1216 København K

DANMARK

ALEMANIA

Autoridad expedidora competente en el Estado Federado de:

 

Baden-Wurtemberg

Direktion des Badischen Landesmuseums Karlsruhe

Schloss

76131 Karlsruhe

DEUTSCHLAND

 

Baviera

Bayerische Staatsgemäldesammlungen

Barer Straße 29

80799 München

DEUTSCHLAND

 

Berlín

Der Regierende Bürgermeister von Berlin

Senatskanzlei — Kulturelle Angelegenheiten

Referat Grundsatzangelegenheiten

Brunnenstr. 188-190

10119 Berlin

DEUTSCHLAND

 

Brandeburgo

Ministerium für Wissenschaft, Forschung und Kultur des Landes Brandenburg

Abteilung 3/Referat 31

Dortustraße 36

14467 Potsdam

DEUTSCHLAND

 

Bremen

Der Senator für Kultur

Referat 11

Altenwall 15/16

28195 Bremen

DEUTSCHLAND

 

Hamburgo

Freie und Hansestadt Hamburg Kulturbehörde — Staatsarchiv

Grundsatzangelegenheiten des Archivwesens und des Kulturgutschutzes (ST121)

Kattunbleiche 19

22041 Hamburg

DEUTSCHLAND

 

Hesse

Hessisches Ministerium für Wissenschaft und Kunst

Referat IV 5

Rheinstraße 23-25

65185 Wiesbaden

DEUTSCHLAND

 

Mecklemburgo-Pomerania Occidental

Ministerium für Bildung, Wissenschaft und Kultur des Landes Mecklenburg-Vorpommern

Abteilung Kultur

Referat 420

Werderstraße 124

19055 Schwerin

DEUTSCHLAND

 

Baja Sajonia

 

Para los bienes culturales

Niedersächsisches Landesmuseum Hannover

Willy-Brandt-Allee 5

30169 Hannover

DEUTSCHLAND

 

Para los archivos

Niedersächsische Staatskanzlei

Abteilung 2/Referat 201

Planckstraße 2

30169 Hannover

DEUTSCHLAND

 

Renania del Norte-Westfalia

Ministerium für Familie, Kinder, Jugend, Kultur und Sport des Landes Nordrhein-Westfalen

Abteilung IV — Kultur

Referat 412

Haroldstr. 4

40213 Düsseldorf

DEUTSCHLAND

 

Renania-Palatinado

Ministerium für Bildung, Wissenschaft, Weiterbildung und Kultur

Abteilung Allgemeine Kulturpflege

Mittlere Bleiche 61

55116 Mainz

DEUTSCHLAND

 

Sarre

Ministerium für Bildung und Kultur

Referat E 6

Am Ludwigsplatz 6-7

66117 Saarbrücken

DEUTSCHLAND

 

Sajonia

 

Para los bienes culturales

Staatliche Kunstsammlungen Dresden

Residenzschloss

Taschenberg 2

01067 Dresden

DEUTSCHLAND

 

Para los archivos

Sächsisches Staatsministerium des Innern

Referat 15

Wilhelm-Buck-Str. 2

01097 Dresden

DEUTSCHLAND

 

Sajonia-Anhalt

 

Para los bienes culturales

Kultusministerium Sachsen-Anhalt

Abteilung Kultur

Referat 46

Turmschanzenstr. 32

39114 Magdeburg

DEUTSCHLAND

 

Para los archivos

Ministerium für Inneres und Sport des Landes Sachsen-Anhalt

Referat 15

Halberstädter Straße 2/Am „Platz des 17. Juni“

39112 Magdeburg

DEUTSCHLAND

 

Schleswig-Holstein

Ministerium für Justiz, Kultur und Europa des Landes Schleswig-Holstein

Kulturabteilung Referat II 42

Postfach 7145

24105 Kiel

DEUTSCHLAND

 

Turingia

Thüringer Ministerium für Bildung, Wissenschaft und Kultur

Abteilung 5/Referat 53

Werner-Seelenbinder Straße 7

99096 Erfurt

DEUTSCHLAND

ESTONIA

Muinsuskaitseamet (National Heritage Board)

Uus 18

10 111 Tallin

EESTI/ESTONIA

IRLANDA

Department of Arts, Heritage and the Gaeltacht

New Road

Killarney

Co. Kerry

IRELAND

GRECIA

Hellenic Ministry of Culture

Directorate of Museums, Exhibitions and Educational Programmes

Department for non-State Archaeological Museums and Collections for Antique Shops and for the Fight against Illicit Traffic of Antiquities

Bouboulinas Street 20

101 86 Athens

GREECE

Hellenic Ministry of Culture, Ephorate for Antique Shops and Private Archaeological Collections

Polygnotou Str. 13

105 55 Athens

GREECE

ESPAÑA

Ministerio de Cultura

Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales

Subdirección General de Protección del Patrimonio Histórico Español

Plaza del Rey, 1

28071 Madrid

ESPAÑA

FRANCIA

Ministère de la culture et de la communication

Direction générale des patrimoines

Service des musées de France

6 rue des Pyramides

75001 Paris

FRANCE

Ministère de la culture et de la communication

Direction générale des médias et des industries culturelles

Service du livre et de la lecture

182 rue Saint-Honoré

75001 Paris

FRANCE

Ministère de la culture et de la communication

Direction générale des patrimoines

Service du patrimoine

182 rue Saint-Honoré

75001 Paris

FRANCE

Ministère de la culture et de la communication

Direction générale des patrimoines

Service interministériel des archives de France

60 rue des Francs-Bourgeois

75003 Paris

FRANCE

CROACIA

1.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Dubrovnik

C. Zuzorić 6

HR-20000 Dubrovnik

CROATIA

2.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Karlovac

A. Vraniczanyja 6

HR-47000 Karlovac

CROATIA

3.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Osijek

Kuhačeva 27

HR-31000 Osijek

CROATIA

4.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Pula

Ul. Grada Graza 2

HR-52000 Pula

CROATIA

5.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Varaždin

Gundulićeva 2

HR-42000 Varaždin

CROATIA

6.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Split

Porinova bb

HR-21000 Split

CROATIA

7.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Šibenik

J. Čulinovića 1/3

HR-22000 Šibenik

CROATIA

8.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Rijeka

Užarska 26

HR-51000 Rijeka

CROATIA

9.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Zadar

I. Smiljanića 3

HR-23000 Zadar

CROATIA

10.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Zagreb

Mesnička 49

HR-10000 Zagreb

CROATIA

11.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Požega

M. Peića 3

HR-34000 Požega

CROATIA

12.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Bjelovar

Trg E. Kvaternika 6

HR-43000 Bjelovar

CROATIA

13.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Gospić

Budačka 12

HR-53000 Gospić

CROATIA

14.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Trogir

Gradska 41

HR-21220 Trogir

CROATIA

15.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Krapina

Magistratska 12

HR-49000 Krapina

CROATIA

16.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Sisak

I. Meštrovića 28

HR-44000 Sisak

CROATIA

17.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Imotski

A. Starčevića 7

HR-21260 Imotski

CROATIA

18.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Slavonski Brod

A. Starčevića 43

HR-35000 Slavonski Brod

CROATIA

19.

Ministry of Culture

Directorate for the Protection of Cultural Heritage

Conservation Department in Vukovar

Županijska 5

HR-32000 Vukovar

CROATIA

20.

City of Zagreb

City Institute for the Protection of Cultural Monuments and Nature

Kuševićeva 2

HR-10000 Zagreb

CROATIA

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI BOLOGNA

Viale delle Belle Arti 56

40126 Bologna BO

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI CAGLIARI

Via Cesare Battisti 2

09123 Cagliari CA

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI FIRENZE

Piazza Pitti 1

50122 Firenze FI

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI GENOVA

Via Balbi 10

16126 Genova GE

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI MILANO

Via Brera 28

20121 Milano MI

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI NAPOLI

Via Tito Angelini 20 — Castel S. Elmo

80129 Napoli NA

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI PALERMO

Via P. Calvi 13

90139 Palermo PA

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI PISA

Lungarno Pacinotti 46

56126 Pisa PI

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI ROMA

Via Cernaia 1

00185 Roma RM

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI TORINO

Via Accademia delle Scienze 5

10123 Torino TO

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI VENEZIA

Piazza San Marco 63

30124 Venezia VE

ITALIA

UFFICIO ESPORTAZIONE DI VERONA

Via Corte Dogana 2/4

37121 Verona VR

ITALIA

CHIPRE

The Director of the Department of Antiquities of the Ministry of Communications and Works

Museum Street 1

1516 Nicosia

CYPRUS

The Director of the Cultural Services of the Ministry of Education and Culture

Kimonos and Thoukididou Street

1434 Nicosia

CYPRUS

The Registrar of the Public Records Office of the Ministry of Justice and Public Order

State Archives

1461 Nicosia

CYPRUS

The Director of the Department of Geological Studies of the Ministry of Agriculture, Natural Resources and Environment

Cyprus Geological Survey

1415 Nicosia

CYPRUS

The Director of the Department of Environment of the Ministry of Agriculture, Natural Resources and Environment

Environment Service

1498 Nicosia

CYPRUS

The Director of the State Library of the Ministry of Education and Culture

Cyprus Library

1011 Nicosia

CYPRUS

LETONIA

Valsts kultūras pieminekļu aizsardzības inspekcija

State Inspection for Heritage Protection

Maza Pils iela 19

Rīga, LV-1050

LATVIJA/LETONIA

LITUANIA

Kulturos paveldo departamentas prie Kultūros ministerijos

Department of Cultural Heritage under Ministry of Culture

Snipiskiu g. 3

Snipiskiu st. 3

LT-09309 Vilnius

LIETUVA/LITHUANIA

LUXEMBURGO

Ministère de la culture

4, bd Roosevelt

2450 Luxembourg

LUXEMBOURG

HUNGRÍA

Forster Gyula Nemzeti Örökséggazdálkodási és Szolgáltatási Központ – Műtárgyfelügyeleti Iroda (Gyula Forster National Centre for Cultural Heritage Management — Inspectorate of Cultural Goods)

Budapest

Táncsics M. u. 1.

1014

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

MALTA

The Superintendence of Cultural Heritage

173, St Christopher Street

Valletta

VLT 2000

MALTA

PAÍSES BAJOS

Ministry of Education, Culture and Science

Cultural Heritage Inspectorate

PO Box 16478 (IPC 3500)

2500 BL The Hague

NEDERLAND

Customs Administration

Central licensing office for import and export

PO Box 30003

9700 RD Groningen

NEDERLAND

AUSTRIA

Bundesdenkmalamt

Hofburg, Säulenstiege

1010 Wien

ÖSTERREICH

Para los archivos:

Österreichisches Staatsarchiv

Nottendorferstraße 2

1030 Wien

ÖSTERREICH

POLONIA

Muzeum Narodowe we Wrocławiu

pl. Powstańców 5

50-153 Wrocław

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków we Wrocławiu

Delegatura w Jeleniej Górze

ul. 1 Maja 23

58-500 Jelenia Góra

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków we Wrocławiu

Delegatura w Legnicy

ul. Zamkowa 2

59-220 Legnica

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków we Wrocławiu

Delegatura w Wałbrzychu

ul. Zamkowa 3

58-300 Wałbrzych

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Toruniu

ul. Łazienna 8

87-100 Toruń

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Toruniu

Delegatura w Bydgoszczy

ul. Jezuicka 2

85-102 Bydgoszcz

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Toruniu

Delegatura we Włocławku

ul. Łęgska 42

87-800 Włocławek

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Lublinie

ul. Archidiakońska 4

20-113 Lublin

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Lublinie

Delegatura w Białej Podlaskiej

ul. Janowska 27/29

21-500 Biała Podlaska

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Lublinie

Delegatura w Chełmie

pl. Niepodległości 1, Blok E

22-100 Chełm

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Lublinie

Delegatura w Zamościu

ul. Staszica 29

22-400 Zamość

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Zielonej Górze

ul. Kopernika 1

65-063 Zielona Góra

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Zielonej Górze

Delegatura w Gorzowie Wlkp.

ul. Kosynierów Gdyńskich 75

66-400 Gorzów Wlkp.

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Łodzi

ul. Piotrkowska 99

90-425 Łódź

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Łodzi

Delegatura w Piotrkowie Trybunalskim

ul. Farna 8

97-300 Piotrków Trybunalski

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Łodzi

Delegatura w Sieradzu

ul. Kościuszki 3

98-200 Sieradz

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Łodzi

Delegatura w Skierniewicach

ul. Trzcińska 18

96-100 Skierniewice

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Krakowie

ul. Kanonicza 24

31-002 Kraków

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Krakowie

Delegatura w Nowym Sączu

ul. Wiśniowieckiego 127

33-300 Nowy Sącz

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Krakowie

Delegatura w Nowym Targu

ul. Jana Kazimierza 22

34-400 Nowy Targ

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Krakowie

Delegatura w Tarnowie

ul. Konarskiego 15

33-100 Tarnów

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

ul. Nowy Świat 18/20

00-373 Warszawa

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

Delegatura w Ciechanowie

ul. Strażacka 6

06-400 Ciechanów

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

Delegatura w Ostrołęce

ul. Kościuszki 16

07-400 Ostrołęka

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

Delegatura w Płocku

ul. Zduńska 13a

09-400 Płock

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

Delegatura w Radomiu

ul. Żeromskiego 53

26-600 Radom

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Warszawie

Delegatura w Siedlcach

ul. Bema 4a

08-110 Siedlce

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Opolu

ul. Piastowska 14

45-082 Opole

POLSKA/POLAND

Muzeum Śląska Opolskiego w Opolu

ul. Św. Wojciecha 13

45-023 Opole

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Przemyślu

ul. Jagiellońska 29

37-700 Przemyśl

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Przemyślu

Delegatura w Krośnie

ul. Bieszczadzka 1

38-400 Krosno

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Przemyślu

Delegatura w Rzeszowie

ul. Mickiewicza 7

35-064 Rzeszów

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Przemyślu

Delegatura w Tarnobrzegu

ul. 1 Maja 4

39-400 Tarnobrzeg

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Białymstoku

ul. Dojlidy Fabryczne 23

15-554 Białystok

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Białymstoku

Delegatura w Łomży

ul. Nowa 2

18-400 Łomża

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Białymstoku

Delegatura w Suwałkach

ul. Sejneńska 13

16-400 Suwałki

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Gdańsku

ul. Kotwiczników 20

80-881 Gdańsk

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Gdańsku

Delegatura w Słupsku

ul. Jaracza 6

76-200 Słupsk

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Katowicach

ul. Francuska 12

40-015 Katowice

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Katowicach

Delegatura w Bielsku-Białej

ul. Powstańców Śląskich 6

43-300 Bielsko-Biała

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Katowicach

Delegatura w Częstochowie

ul. Mirowska 8

42-217 Częstochowa

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Kielcach

ul. Zamkowa 5

25-009 Kielce

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Olsztynie

ul. Podwale 1

10-076 Olsztyn

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Olsztynie

Delegatura w Elblągu

ul. Św. Ducha 19

82-300 Elbląg

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Olsztynie

Delegatura w Ełku

ul. Mickiewicza 11

19-300 Ełk

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Poznaniu

ul. Gołębia 2

61-834 Poznań

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Poznaniu

Delegatura w Kaliszu

ul. Tuwima 10

62-800 Kalisz

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Poznaniu

Delegatura w Koninie

al. 1 Maja 7, pokoje 308–314

62-510 Konin

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Poznaniu

Delegatura w Lesznie

pl. Komeńskiego 6

64-100 Leszno

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Poznaniu

Delegatura w Pile

ul. Śniadeckich 46

64-920 Piła

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Szczecinie

ul. Wały Chrobrego 4

70-502 Szczecin

POLSKA/POLAND

Wojewódzki Urząd Ochrony Zabytków w Szczecinie

Delegatura w Koszalinie

ul. Władysława Andersa 34

75-626 Koszalin

POLSKA/POLAND

Narodowy Instytut Muzealnictwa i Ochrony Zbiorów

ul. Goraszewska 7

02-910 Warszawa

POLSKA/POLAND

Biblioteka Narodowa

al. Niepodległości 213

02-086 Warszawa

POLSKA/POLAND

Naczelna Dyrekcja Archiwów Państwowych

ul. Rakowiecka 2D

02-517 Warszawa

POLSKA/POLAND

PORTUGAL

 

Para los bienes bibliográficos

Biblioteca Nacional de Portugal

Campo Grande 83.o

1749-081 Lisboa

PORTUGAL

 

Para los bienes del patrimonio archivístico y fotográfico

Direção-Geral de Arquivos

Alameda da Universidade

1649-010 Lisboa

PORTUGAL

 

Para los bienes del patrimonio audiovisual

Cinemateca Portuguesa — Museu do Cinema, I.P.

Rua Barata Salgueiro 39.o

1269-059 Lisboa

PORTUGAL

 

Para los restantes bienes culturales

Direção-Geral do Património Cultural

Palácio Nacional da Ajuda

1349-021 Lisboa

PORTUGAL

RUMANÍA

1.

Direcția Județeană pentru Cultură Alba (D.J.C. Alba)

Str. Regina Maria nr. 20

510103 Alba Iulia

ROMÂNIA

2.

Direcția Județeană pentru Cultură Arad (D.J.C. Arad)

Str. Gheorghe Lazăr nr. 21

310126 Arad

ROMÂNIA

3.

Direcția Județeană pentru Cultură Argeș (D.J.C. Argeș)

Piața Vasile Milea nr. 1

110053 Pitești

ROMÂNIA

4.

Direcția Județeană pentru Cultură Bacău (D.J.C. Bacău)

Str. Vasile Alecsandri nr. 41, etaj IV

600011 Bacău

ROMÂNIA

5.

Direcția Județeană pentru Cultură Bihor (D.J.C. Bihor)

Str. Moscovei nr. 25

4110001 Oradea

ROMÂNIA

6.

Direcția Județeană pentru Cultură Bistrița-Năsăud (D.J.C. Bistrița-Năsăud)

Str. Eremia Grigorescu nr. 6

420018 Bistrița

ROMÂNIA

7.

Direcția Județeană pentru Cultură Botoșani (D.J.C. Botoșani)

Str. Unirii nr. 10

710221 Botoșani

ROMÂNIA

8.

Direcția Județeană pentru Cultură Brașov (D.J.C. Brașov)

Str. Michael Weiss nr. 22

500031 Brașov

ROMÂNIA

9.

Direcția Județeană pentru Cultură Brăila (D.J.C. Brăila)

Str. Mihai Eminescu nr. 10-12

810024 Brăila

ROMÂNIA

10.

Direcția Județeană pentru Cultură Buzău (D.J.C. Buzău)

Bd. Nicolae Bălcescu nr. 48

120525 Buzău

ROMÂNIA

11.

Direcția Județeană pentru Cultură Caraș-Severin (D.J.C. Caraș-Severin)

Piața 1 Decembrie 1918 nr. 30-31

320067 Reșița

ROMÂNIA

12.

Direcția Județeană pentru Cultură Călărași (D.J.C. Călărași)

Str. 13 Decembrie nr. 9 A

910014 Călărași

ROMÂNIA

13.

Direcția Județeană pentru Cultură Cluj (D.J.C. Cluj)

Piața Unirii nr. 1

400133 Cluj-Napoca

ROMÂNIA

14.

Direcția Județeană pentru Cultură Constanța (D.J.C. Constanța)

Str. Mircea cel Bătrân nr. 106

900663 Constanța

ROMÂNIA

15.

Direcția Județeană pentru Cultură Covasna (D.J.C. Covasna)

Str. Gabor Aron nr. 1

520003 Covasna

ROMÂNIA

16.

Direcția Județeană pentru Cultură Dâmbovița (D.J.C. Dâmbovița)

Piața Tricolorului nr. 1

130140 Târgoviște

ROMÂNIA

17.

Direcția Județeană pentru Cultură Dolj (D.J.C. Dolj)

Str. M. Viteazu nr. 14

200417 Craiova

ROMÂNIA

18.

Direcția Județeană pentru Cultură Galați (D.J.C. Galați)

Str. Domnească nr. 84, bl. Miorița, sc. 1, ap. 2, et. I-II

800215 Galați

ROMÂNIA

19.

Direcția Județeană pentru Cultură Giurgiu (D.J.C. Giurgiu)

Str. Livezilor nr. 3

080246 Giurgiu

ROMÂNIA

20.

Direcția Județeană pentru Cultură Gorj (D.J.C. Gorj)

Calea Eroilor nr. 15-17

210135 Târgu-Jiu

ROMÂNIA

21.

Direcția Județeană pentru Cultură Harghita (D.J.C. Harghita)

Piata Libertății nr. 5

530140 Miercurea-Ciuc

ROMÂNIA

22.

Direcția Județeană pentru Cultură Hunedoara (D.J.C. Hunedoara)

Str. Octavian Goga nr. 1

330018 Deva

ROMÂNIA

23.

Direcția Județeană pentru Cultură Ialomița (D.J.C. Ialomița)

Str. Matei Basarab nr. 26

920055 Slobozia

ROMÂNIA

24.

Direcția Județeană pentru Cultură Iași (D.J.C. Iași)

Str. Ștefan cel Mare și Sfânt nr. 69

70075 Iași

ROMÂNIA

25.

Direcția Județeană pentru Cultură Maramureș (D.J.C. Maramureș)

Str. Pictorilor nr. 4

430145 Baia Mare

ROMÂNIA

26.

Direcția Județeană pentru Cultură Mehedinți (D.J.C. Mehedinți)

Aleea Mihai Gusita nr. 6, etaj 3

220055 Drobeta Turnu-Severin

ROMÂNIA

27.

Direcția Județeană pentru Cultură Mureș (D.J.C. Mureș)

Str. Mărăști nr. 8

540328 Târgu-Mureș

ROMÂNIA

28.

Direcția Județeană pentru Cultură Neamț (D.J.C. Neamț)

Bd. Traian nr. 17, bl. A4, etaj I

610136 Piatra-Neamț

ROMÂNIA

29.

Direcția Județeană pentru Cultură Olt (D.J.C. Olt)

Str. Dinu Lipatti nr. 6

230086 Slatina

ROMÂNIA

30.

Direcția Județeană pentru Cultură Prahova (D.J.C. Prahova)

Str. Nicolae Iorga nr. 18

100537 Ploiești

ROMÂNIA

31.

Direcția Județeană pentru Cultură Satu Mare (D.J.C. Satu Mare)

Piața 25 Octombrie nr. 1

440026 Satu Mare

ROMÂNIA

32.

Direcția Județeană pentru Cultură Sălaj (D.J.C. Sălaj)

Piața Iuliu Maniu nr. 13

450016 Zalău

ROMÂNIA

33.

Direcția Județeană pentru Cultură Sibiu (D.J.C. Sibiu)

Str. Tribunei nr. 6

550176 Sibiu

ROMÂNIA

34.

Direcția Județeană pentru Cultură Suceava (D.J.C. Suceava)

Str. Mihai Viteazu nr. 27

720061 Suceava

ROMÂNIA

35.

Direcția Județeană pentru Cultură Teleorman (D.J.C. Teleorman)

Str. Dunării nr. 222, bl. 911, sc. E, ap. 40

140065 Alexandria

ROMÂNIA

36.

Direcția Județeană pentru Cultură Timiș (D.J.C. Timiș)

Str. Episcop Augustin Pacha nr. 8

300055 Timișoara

ROMÂNIA

37.

Direcția Județeană pentru Cultură Tulcea (D.J.C. Tulcea)

Str. Isaccei nr. 20

820241 Tulcea

ROMÂNIA

38.

Direcția Județeană pentru Cultură Vaslui (D.J.C. Vaslui)

Str. Ștefan cel Mare nr. 79

730168 Vaslui

ROMÂNIA

39.

Direcția Județeană pentru Cultură Vâlcea (D.J.C. Vâlcea)

Str. Tudor Vladimirescu nr. 1

240168 Râmnicu-Vâlcea

ROMÂNIA

40.

Direcția Județeană pentru Cultură Vrancea (D.J.C. Vrancea)

Str. Nicolae Titulescu nr. 1

620018 Focșani

ROMÂNIA

41.

Direcția Județeană pentru Cultură Ilfov (D.J.C. Ilfov)

Str. Studioului nr. 1

070000 Buftea

ROMÂNIA

42.

Direcția pentru Cultură București (D.C. București)

Str. Sfântul Ștefan nr. 3, sector 2

023996 București

ROMÂNIA

ESLOVENIA

Ministrstvo za kulturo Republike Slovenije

The ministry of culture of The Republic of Slovenia

Maistrova 10

SI-1000 Ljubljana

SLOVENIA

REPÚBLICA DE ESLOVAQUIA

Ministerstvo kultúry Slovenskej republiky/Ministry of Culture of the Slovak Republic

sekcia kultúrneho dedičstva/Section of Cultural Heritage

Námestie SNP 33

813 31 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

Ministerstvo vnútra Slovenskej republiky/Ministry of the Interior of the Slovak Republic

sekcia verejnej správy/Section of Public Administration

odbor archívov/Department of archives

Križkova 7

811 04 Bratislava

SLOVENSKO/SLOVAKIA

FINLANDIA

Museovirasto (National Board of Antiquities)

PL 913

FI-00101 Helsinki

SUOMI/FINLAND

Kansallisgalleria (National Gallery)

Kaivokatu 2

FI-00100 Helsinki

SUOMI/FINLAND

SUECIA

The Swedish National Heritage Board

Riksantikvarieämbetet

Box 5405

SE-114 84 Stockholm

SVERIGE

National Library of Sweden

Kungliga biblioteket

Box 5039

SE-102 41 Stockholm

SVERIGE

National Archives

Riksarkivet

Box 12541

SE-102 29 Stockholm

SVERIGE

Nationalmuseum med Prins Eugens Waldemarsudde

Box 161 76

SE-103 24 Stockholm

SVERIGE

Nordiska museet

Box 27820

SE-115 93 Stockholm

SVERIGE

REINO UNIDO

Arts Council, England

Export Licensing Unit

21 Bloomsbury Street

London

WC1B 3HF

UNITED KINGDOM

E-mail: elu@artscouncil.org.uk

Internet: http://www.artscouncil.org.uk/what-we-do/supporting-museums/cultural-property/export-controls/export-licensing/


(1)  DO L 39 de 10.2.2009, p. 1.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/34


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.7054 — Cemex/Holcim Assets)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2014/C 72/08

1.

El 28 de febrero de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, de un proyecto de concentración por el cual la empresa Cemex España, SA («Cemex España», España), perteneciente a Cemex, S.A.B. de C.V. («Cemex», México), adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de los activos de producción y distribución de Holcim España, SA («Holcim Assets») mediante adquisición de activos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Cemex: producción y suministro de cemento, agregados, hormigón premezclado, mortero y productos relacionados,

Holcim Assets: producción y suministro de cemento, agregados, hormigón premezclado y mortero en España. Los activos de Holcim incluyen también algunas empresas propiedad de Holcim España, SA que no están relacionadas necesariamente con el sector de los materiales de construcción, en concreto Filona, S.R.L. (cartera de acciones y participaciones), Geocycle España, SA (recogida, tratamiento y venta de residuos contaminantes para su eliminación y/o recuperación), Holcim Logística, S.L. (transporte de mercancías por carretera) y Vera Consignatarios, S.L. (transporte marítimo). Los activos de Holcim no incluyen Holcim Trading, SA

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7054 — Cemex/Holcim Assets, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).


11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/35


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.7170 — Discovery Communications/Eurosport)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2014/C 72/09

1.

El 4 de marzo de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, de un proyecto de concentración por el cual la empresa Discovery France Holdings SAS (Francia), bajo el control de Discovery Communications, Inc. (Estados Unidos de América), adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de la empresa Eurosport SAS (Francia) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Discovery Communications: empresa de entretenimiento y comunicación global de programas de no ficción,

Eurosport: canal europeo de televisión de programas deportivos.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7170 — Discovery Communications/Eurosport, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.


Corrección de errores

11.3.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 72/36


Corrección de errores de las nuevas caras nacionales de las monedas en euros destinadas a la circulación

( Diario Oficial de la Unión Europea C 379 de 28 de diciembre de 2013 )

2014/C 72/10

El texto de la información 2013/C379/11 «Nuevas caras nacionales de las monedas de euros destinadas a la circulación» se sustituye por el texto siguiente:

«Nuevas caras nacionales de las monedas en euros destinadas a la circulación

Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión pública todos los nuevos diseños de la monedas en euros (1).

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1 CÉNTIMO DE EURO

2 CÉNTIMOS DE EURO

5 CÉNTIMOS DE EURO

10 CÉNTIMOS DE EURO

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20 CÉNTIMOS DE EURO

50 CÉNTIMOS DE EURO

1 EURO

2 EUROS

Estado emisor: Estado de la Ciudad del Vaticano.

Fecha de emisión: Enero de 2014.

Descripción de los motivos: En las monedas de 1, 2 y 5 céntimos de euro figura el busto de perfil hacia la izquierda del nuevo Jefe del Estado, el Papa Francisco. Las palabras "CITTÀ DEL VATICANO" figuran en la parte superior, en semicircunferencia. A la derecha, el año de emisión "2014" y la marca de ceca "R".

En las monedas de 10, 20 y 50 céntimos de euro figura el retrato del nuevo Jefe del Estado, el Papa Francisco. Las palabras "CITTÀ DEL VATICANO" figuran en la parte superior, en semicircunferencia. A la derecha, el año de emisión "2014" y la marca de ceca "R".

En las monedas de 1 y 2 euros figura el retrato del nuevo Jefe de Estado, el Papa Francisco, ligeramente vuelto hacia la izquierda. Las palabras "CITTÀ DEL VATICANO" figuran en la parte superior, en semicircunferencia. A la derecha, el año de emisión "2014" y la marca de ceca "R".

En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.

Leyenda grabada en el canto de la moneda de 2 euros: 2 *, repetido seis veces y orientado alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo.».


(1)  Para las otras monedas en euros, véanse DO C 373 de 28.12.2001, p. 1, DO C 254 de 20.10.2006, p. 6 y DO C 248 de 23.10.2007, p. 8.