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ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2014.055.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
57° año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2014/C 055/01 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2014/C 055/02 |
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2014/C 055/03 |
Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (Anuncio relativo a la solicitud de permiso exclusivo de investigación de minas de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado Permis d’Achenheim) ( 1 ) |
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2014/C 055/04 |
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2014/C 055/05 |
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2014/C 055/06 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Comisión Europea |
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2014/C 055/07 |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2014/C 055/08 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7163 — Société Générale/Newedge) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2014/C 055/09 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7139 — GDF SUEZ/Omnes Capital/Predica Prévoyance/FEIH) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
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ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
|
26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
25 de febrero de 2014
2014/C 55/01
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
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USD |
dólar estadounidense |
1,3754 |
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JPY |
yen japonés |
140,65 |
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DKK |
corona danesa |
7,4624 |
|
GBP |
libra esterlina |
0,82395 |
|
SEK |
corona sueca |
8,9313 |
|
CHF |
franco suizo |
1,2193 |
|
ISK |
corona islandesa |
|
|
NOK |
corona noruega |
8,2880 |
|
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
|
CZK |
corona checa |
27,346 |
|
HUF |
forinto húngaro |
309,12 |
|
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
|
PLN |
esloti polaco |
4,1525 |
|
RON |
leu rumano |
4,5137 |
|
TRY |
lira turca |
3,0369 |
|
AUD |
dólar australiano |
1,5239 |
|
CAD |
dólar canadiense |
1,5233 |
|
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,6715 |
|
NZD |
dólar neozelandés |
1,6508 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,7395 |
|
KRW |
won de Corea del Sur |
1 476,09 |
|
ZAR |
rand sudafricano |
14,7691 |
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CNY |
yuan renminbi |
8,4220 |
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HRK |
kuna croata |
7,6700 |
|
IDR |
rupia indonesia |
16 013,75 |
|
MYR |
ringit malayo |
4,5120 |
|
PHP |
peso filipino |
61,369 |
|
RUB |
rublo ruso |
48,9950 |
|
THB |
bat tailandés |
44,772 |
|
BRL |
real brasileño |
3,2115 |
|
MXN |
peso mexicano |
18,2320 |
|
INR |
rupia india |
85,1421 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
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26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/2 |
Lista de las autoridades centrales designadas por los Estados miembros en materia de restitución de bienes culturales que han salido de manera ilegal del territorio de un Estado miembro, publicada en aplicación del artículo 3 de la Directiva 93/7/CEE (1)
2014/C 55/02
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Estado miembro |
Autoridad central |
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Bélgica |
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|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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Bulgaria |
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República Checa |
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Dinamarca |
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Alemania |
GOBIERNO FEDERAL
ESTADOS FEDERADOS
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Estonia |
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Irlanda |
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Grecia |
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España |
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Francia |
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Croacia |
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Italia |
Punto de contacto:
Otros contactos:
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Chipre |
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Letonia |
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Lituania |
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Luxemburgo |
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Hungría |
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Μalta |
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Países Bajos |
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Austria |
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Polonia |
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Portugal |
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Rumanía |
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Eslovenia |
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República Eslovaca |
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Finlandia |
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Suecia |
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Reino Unido |
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(1) DO L 74 de 27.3.1993, p. 74.
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26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/11 |
Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)
(Anuncio relativo a la solicitud de permiso exclusivo de investigación de minas de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado «Permis d’Achenheim»)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2014/C 55/03
Mediante solicitud de 19 de noviembre de 2013, la empresa SARL Bluebach Ressources, con domicilio social en 178, boulevard Haussmann, Paris 8e, France solicitó un permiso exclusivo de investigación de minas de hidrocarburos líquidos o gaseosos denominado «Permis d’Achenheim», de una duración de cinco años, aplicable al territorio del departamento del Bajo Rin.
El perímetro de este permiso está constituido por los segmentos lineales que enlazan los vértices definidos a continuación:
|
Vértice |
NTF, meridiano de París |
RGF93 meridiano de Greenwich |
||
|
longitud |
latitud |
longitud |
latitud |
|
|
A |
5,70 gr E |
54,10 gr N |
7°28′00″ E |
48°41′24″ N |
|
B |
5,80 gr E |
54,10 gr N |
7°33′24″ E |
48°41′24″ N |
|
C |
5,80 gr E |
54,20 gr N |
7°33′24″ E |
48°46′48″ N |
|
D |
Intersección del paralelo 54,20 gr N con el límite oeste de la concesión de Pechelbronn |
Intersección del paralelo 48°46′48″ N con el límite oeste de la concesión de Pechelbronn |
||
|
E |
Intersección del meridiano 6,10 gr E con el límite sur de la concesión de Pechelbronn |
Intersección del meridiano 7°49′36″ E con el límite sur de la concesión de Pechelbronn |
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|
F |
6,10 gr E |
54,10 gr N |
7°49′36″ E |
48°41′24″ N |
|
G |
Intersección del paralelo 54,10 gr N con la frontera francoalemana |
Intersección del paralelo 48°41′24″ N con la frontera francoalemana |
||
|
H |
Intersección del paralelo 53,90 gr N con la frontera francoalemana |
Intersección del paralelo 48°30′36 N con la frontera francoalemana |
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I |
5,70 gr E |
53,90 gr N |
7°28′00″ E |
48°30′36″ N |
D a E: Límite sur de la concesión de Pechelbronn.
G a H: Frontera francoalemana.
La superficie determinada de esta manera es de unos 731 km2.
Presentación de solicitudes y criterios de adjudicación del permiso
Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con esta deberán cumplir las condiciones necesarias para la concesión del permiso, definidas en los artículos 4 y 5 del Decreto 2006-648 modificado, de 2 de junio de 2006, relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo [décret no 2006-649 modifié du 2 juin 2006 relatif aux travaux miniers, aux travaux de stockage souterrain et à la police des mines, des stockages souterrains (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006)].
Las empresas interesadas podrán presentar una solicitud para concursar en un plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374, de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido por el Decreto 2006-648 modificado, de 2 de junio de 2006, relativo a los títulos mineros y a los títulos de almacenamiento subterráneo (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006).
Las solicitudes de concurso se dirigirán al Ministère de l’écologie, du développement durable et de l’énergie, cuya dirección se indica más abajo. Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las solicitudes que compitan con esta se adoptarán en un plazo de dos años a partir de la fecha de recepción por las autoridades francesas de la solicitud inicial, es decir, a más tardar, el 25 de noviembre de 2015.
Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese
Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del Code minier y al Decreto 2006-649 modificado, de 2 de junio de 2006, relativo a los trabajos de minería, a los trabajos de almacenamiento subterráneo y a la policía de minas y de almacenamientos subterráneos [décret no 2006-649 modifié du 2 juin 2006 relatif aux travaux miniers, aux travaux de stockage souterrain et à la police des mines, des stockages souterrains (Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006)].
Podrá obtenerse información complementaria en el Ministère de l'écologie, du développement durable et de l'énergie:
|
Direction générale de l’énergie et du climat — Direction de l’énergie |
|
Bureau exploration et production des hydrocarbures |
|
Grande Arche, Paroi Nord |
|
92055 La Défense Cedex |
|
FRANCE |
|
Tel. +33 140819527 |
Las disposiciones normativas antes mencionadas pueden consultarse en Légifrance:
http://www.legifrance.gouv.fr
(1) DO L 164 de 30.6.1994, p. 3.
|
26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/13 |
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
2014/C 55/04
El Ministerio de Desarrollo Económico comunica que ha recibido una solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos de la empresa Global MED, LLC, denominada convencionalmente «d 87 F.R-.GM», en una área situada en la Zona Marina F (mar Jónico), delimitada por los arcos de meridiano y paralelo cuyos vértices están determinados por las siguientes coordenadas geográficas:
|
Vértices |
Coordenadas geográficas |
|
|
Longitud E Greenwich |
Latitud N |
|
|
a |
17°30′ |
38°59′ |
|
b |
17°44′ |
38°59′ |
|
c |
17°44′ |
38°58′ |
|
d |
17°49′ |
38°58′ |
|
e |
17°49′ |
38°46′ |
|
f |
17°24′ |
38°46′ |
|
g |
17°24′ |
38°49′ |
|
h |
17°27′ |
38°49′ |
|
i |
17°27′ |
38°52′ |
|
l |
17°28′ |
38°52′ |
|
m |
17°28′ |
38°55′ |
|
n |
17°29′ |
38°55′ |
|
o |
17°29′ |
38°56′ |
|
p |
17°30′ |
38°56′ |
Las mencionadas coordenadas se han determinado de acuerdo con la carta náutica de las costas italianas del Instituto Hidrográfico de la Marina Militar, a escala 1:250 000 — Mapa no 919.
La zona delimitada tiene una superficie de 737,50 km2.
De conformidad con la Directiva antes mencionada, con el artículo 4 del Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996, con el Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y con el Decreto directivo de 22 de marzo de 2011, el Ministerio de Desarrollo Económico publica un anuncio para que todas las entidades interesadas puedan presentar solicitudes de permiso de exploración de hidrocarburos en la misma zona, delimitada por los puntos y las coordenadas antes indicados.
La autoridad competente para conceder el correspondiente permiso de exploración es el Ministerio de Desarrollo Económico, Departamento de Energía, Dirección General de Recursos Mineros y Energéticos, División VI.
Las normas sobre adjudicación de títulos mineros se especifican en los siguientes actos:
Ley no 613 de 21 de julio de 1967; Ley no 9 de 9 de enero de 1991; Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996; Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y Decreto directivo de 22 de marzo de 2011.
El plazo para la presentación de candidaturas es de tres meses a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán desestimadas.
La dirección a la que deben remitirse las candidaturas es:
|
Ministero dello sviluppo economico |
|
Dipartimento per l’energia |
|
Direzione generale delle risorse minerarie ed energetiche |
|
Divisione VI |
|
Via Molise 2 |
|
00187 Roma RM |
|
ITALIA |
Las solicitudes también podrán enviarse a la dirección de correo electrónico certificado (PEC) siguiente: «ene.rme.div.6@pec.sviluppoeconomico.gov.it», adjuntando la documentación pertinente en formato electrónico junto con la firma electrónica de un representante legal de la empresa solicitante.
En virtud del Decreto no 22 del Presidente del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2010, anexo A, punto 2, el procedimiento único para la adjudicación del permiso de exploración tiene una duración total máxima de 180 días.
|
26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/15 |
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
2014/C 55/05
El Ministerio de Desarrollo Económico comunica que ha recibido una solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos de la empresa Global MED, LLC, denominada convencionalmente «d 89 F.R-.GP», en una área situada en la Zona Marina F (mar Jónico), delimitada por los arcos de meridiano y paralelo cuyos vértices están determinados por las siguientes coordenadas geográficas:
|
Vértices |
Coordenadas geográficas |
|
|
Longitud E Greenwich |
Latitud N |
|
|
a |
18°32′ |
39°35′ |
|
b |
18°40′ |
39°35′ |
|
c |
18°40′ |
39°30′ |
|
d |
18°49′ |
39°30′ |
|
e |
18°49′ |
39°29′ |
|
f |
Intersección entre el meridiano 39°29′ y la línea de delimitación de la zona F |
|
|
g |
Intersección entre la línea de delimitación de la zona F y el meridiano 39°22′ |
|
|
h |
18°28′ |
39°22′ |
|
i |
18°28′ |
39°27′ |
|
l |
18°27′ |
39°27′ |
|
m |
18°27′ |
39°29′ |
|
n |
18°26′ |
39°29′ |
|
o |
18°26′ |
39°34′ |
|
p |
18°32′ |
39°34′ |
Del vértice «f» al vértice «g», el límite de la solicitud está determinado por la línea de delimitación de la zona F.
Las mencionadas coordenadas se han determinado de acuerdo con la carta náutica de las costas italianas del Instituto Hidrográfico de la Marina Militar, a escala 1:250 000 — Mapa no 920.
La zona delimitada tiene una superficie de 744,60 km2.
De conformidad con la Directiva antes mencionada, con el artículo 4 del Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996, con el Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y con el Decreto directivo de 22 de marzo de 2011, el Ministerio de Desarrollo Económico publica un anuncio para que todas las entidades interesadas puedan presentar solicitudes de permiso de exploración de hidrocarburos en la misma zona, delimitada por los puntos y las coordenadas antes indicados.
La autoridad competente para conceder el correspondiente permiso de exploración es el Ministerio de Desarrollo Económico, Departamento de Energía, Dirección General de Recursos Mineros y Energéticos, División VI.
Las normas sobre adjudicación de títulos mineros se especifican en los siguientes actos:
Ley no 613 de 21 de julio de 1967; Ley no 9 de 9 de enero de 1991; Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996; Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y Decreto directivo de 22 de marzo de 2011.
El plazo para la presentación de candidaturas es de tres meses a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán desestimadas.
La dirección a la que deben remitirse las candidaturas es:
|
Ministero dello sviluppo economico |
|
Dipartimento per l’energia |
|
Direzione generale delle risorse minerarie ed energetiche |
|
Divisione VI |
|
Via Molise 2 |
|
00187 Roma RM |
|
ITALIA |
Las solicitudes también podrán enviarse a la dirección de correo electrónico certificado (PEC) siguiente: «ene.rme.div.6@pec.sviluppoeconomico.gov.it», adjuntando la documentación pertinente en formato electrónico junto con la firma electrónica de un representante legal de la empresa solicitante.
En virtud del Decreto no 22 del Presidente del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2010, anexo A, punto 2, el procedimiento único para la adjudicación del permiso de exploración tiene una duración total máxima de 180 días.
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26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/17 |
Anuncio del Ministerio de Desarrollo Económico de la República Italiana con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
2014/C 55/06
El Ministerio de Desarrollo Económico comunica que ha recibido una solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos de la empresa Global MED, LLC, denominada convencionalmente «d 90 F.R-.GM», en una área situada en la Zona Marina F (mar Jónico), delimitada por los arcos de meridiano y paralelo cuyos vértices están determinados por las siguientes coordenadas geográficas:
|
Vértices |
Coordenadas Geográficas |
|
|
Longitud E Greenwich |
Latitud N |
|
|
a |
18°28′ |
39°22′ |
|
b |
Intersección entre el paralelo 39°22′ y la línea de delimitación de la zona F |
|
|
c |
Intersección entre la línea de delimitación de la zona F y el paralelo 39°11′ |
|
|
d |
18°34′ |
39°11′ |
|
e |
18°34′ |
39°14′ |
|
f |
18°29′ |
39°14′ |
|
g |
18°29′ |
39°16′ |
|
h |
18°28′ |
39°16′ |
Del vértice «b» al vértice «c», el límite de la solicitud está determinado por la línea de delimitación de la zona F.
Las mencionadas coordenadas se han determinado de acuerdo con la carta náutica de las costas italianas del Instituto Hidrográfico de la Marina Militar, a escala 1:250 000 - Mapa no 920.
La zona delimitada tiene una superficie de 749,10 km2.
De conformidad con la Directiva antes mencionada, con el artículo 4 del Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996, con el Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y con el Decreto directivo de 22 de marzo de 2011, el Ministerio de Desarrollo Económico publica un anuncio para que todas las entidades interesadas puedan presentar solicitudes de permiso de exploración de hidrocarburos en la misma zona, delimitada por los puntos y las coordenadas antes indicados.
La autoridad competente para conceder el correspondiente permiso de exploración es el Ministerio de Desarrollo Económico, Departamento de Energía, Dirección General de Recursos Mineros y Energéticos, División VI.
Las normas sobre adjudicación de títulos mineros se especifican en los siguientes actos:
Ley no 613 de 21 de julio de 1967; Ley no 9 de 9 de enero de 1991; Decreto legislativo no 625 de 25 de noviembre de 1996; Decreto ministerial de 4 de marzo de 2011 y Decreto directivo de 22 de marzo de 2011.
El plazo para la presentación de candidaturas es de tres meses a partir de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Las candidaturas presentadas fuera de plazo serán desestimadas.
La dirección a la que deben remitirse las candidaturas es:
|
Ministero dello sviluppo economico |
|
Dipartimento per l’energia |
|
Direzione generale delle risorse minerarie ed energetiche |
|
Divisione VI |
|
Via Molise 2 |
|
00187 Roma RM |
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ITALIA |
Las solicitudes también podrán enviarse a la dirección de correo electrónico certificado (PEC) siguiente: «ene.rme.div.6@pec.sviluppoeconomico.gov.it»,
adjuntando la documentación pertinente en formato electrónico junto con la firma electrónica de un representante legal de la empresa solicitante.
En virtud del Decreto no 22 del Presidente del Consejo de Ministros de 22 de diciembre de 2010, anexo A, punto 2, el procedimiento único para la adjudicación del permiso de exploración tiene una duración total máxima de 180 días.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
|
26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/19 |
Convocatoria de manifestaciones de interés en participar en los niveles de la gestión y ejecución de la gobernanza del despliegue de SESAR
2014/C 55/07
La Dirección General de Movilidad y Transportes de la Comisión Europea está poniendo en marcha una convocatoria de manifestaciones de interés con el fin de identificar las partes interesadas operativas del sector de la ATM que estén potencialmente interesadas en participar en el nivel de gestión (Gestor del Despliegue) y ejecución de la gobernanza del despliegue de SESAR, de conformidad con el Reglamento de Ejecución (UE) no 409/2013 de la Comisión, de 3 de mayo de 2013, relativo a la definición de los proyectos comunes, el establecimiento de un mecanismo de gobernanza y la identificación de los incentivos de apoyo a la ejecución del Plan Maestro de Gestión del Tránsito Aéreo.
Obsérvese que la presente convocatoria no se destina a propuestas totalmente desarrolladas ni es tampoco un requisito previo para la participación en la futura convocatoria de propuestas para el establecimiento del nivel de Gestor del Despliegue y de Ejecución. Para responder a la presente convocatoria solo es necesario completar un breve formulario en línea. Puede encontrarse información sobre las modalidades de la convocatoria, así como los documentos correspondientes, en esta dirección: http://ec.europa.eu/transport/modes/air/news/2014-02-13-call_en.htm
El plazo de la convocatoria finaliza el 17 de marzo de 2014.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/20 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.7163 — Société Générale/Newedge)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2014/C 55/08
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1. |
El 17 de febrero de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Société Générale SA («Société Générale», Francia), adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de Newedge Group SA («Newedge», Francia) mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7163 — Société Générale/Newedge, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
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26.2.2014 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 55/21 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.7139 — GDF SUEZ/Omnes Capital/Predica Prévoyance/FEIH)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2014/C 55/09
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1. |
El 20 de febrero de 2014, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas GDF SUEZ SA («GDF SUEZ», Francia), Predica Prévoyance Dialogue du Crédit Agricole («Predica Prévoyance», Francia), bajo el control de Groupe Crédit Agricole y Omnes Capital (Francia) adquieren el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de las empresas Futures Energies Investissements Holdings («FEIH», Francia) mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7139 — GDF SUEZ/Omnes Capital/Predica Prévoyance/FEIH, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.