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ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2013.308.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
56o año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2013/C 308/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6990 — Vodafone/Kabel Deutschland) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2013/C 308/02 |
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Comisión Europea |
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2013/C 308/03 |
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Agencia Europea de Defensa |
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2013/C 308/04 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2013/C 308/05 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika) ( 1 ) |
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2013/C 308/06 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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Corrección de errores |
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2013/C 308/07 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
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ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6990 — Vodafone/Kabel Deutschland)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 308/01
El 20 de septiembre de 2013, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32013M6990. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/2 |
Anuncio dirigido a las personas afectadas por las medidas previstas en la Decisión 2010/638/PESC del Consejo, modificada por la Decisión 2013/515/PESC del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 1284/2009 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea
2013/C 308/02
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA
La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2010/638/PESC del Consejo, modificada por la Decisión 2013/515/PESC del Consejo (1), y en el anexo II del Reglamento (UE) no 1284/2009 del Consejo.
El Consejo de la Unión Europea ha determinado que las personas que figuran en los citados anexos siguen cumpliendo el criterio establecido en la Decisión 2010/638/PESC y en el Reglamento (UE) no 1284/2009 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea, y que, por lo tanto, deben seguir sometidas a las medidas, renovadas por la Decisión 2013/515/PESC.
Se advierte a las personas afectadas de la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios de internet enumerados en el anexo III del Reglamento (UE) no 1284/2009, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los fondos inmovilizados para necesidades básicas o pagos específicos (véase el artículo 8 del Reglamento).
Asimismo, las personas afectadas podrán dirigir al Consejo, a la dirección que figura a continuación, una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la citada lista:
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Consejo de la Unión Europea |
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Secretaría General |
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DG C 1 — Unidad de Coordinación |
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Rue de la Loi/Wetstraat 175 |
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1048 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
Por otra parte, se advierte a las personas afectadas de la posibilidad de recurrir la Decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europa, con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa.
(1) DO L 280 de 22.10.2013, p. 25.
Comisión Europea
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/3 |
Tipo de cambio del euro (1)
22 de octubre de 2013
2013/C 308/03
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
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USD |
dólar estadounidense |
1,3674 |
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JPY |
yen japonés |
134,52 |
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DKK |
corona danesa |
7,4596 |
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GBP |
libra esterlina |
0,84760 |
|
SEK |
corona sueca |
8,7626 |
|
CHF |
franco suizo |
1,2355 |
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ISK |
corona islandesa |
|
|
NOK |
corona noruega |
8,1335 |
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BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
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CZK |
corona checa |
25,727 |
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HUF |
forinto húngaro |
294,31 |
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LTL |
litas lituana |
3,4528 |
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LVL |
lats letón |
0,7029 |
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PLN |
esloti polaco |
4,1820 |
|
RON |
leu rumano |
4,4370 |
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TRY |
lira turca |
2,7109 |
|
AUD |
dólar australiano |
1,4143 |
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CAD |
dólar canadiense |
1,4084 |
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HKD |
dólar de Hong Kong |
10,6012 |
|
NZD |
dólar neozelandés |
1,6166 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,6968 |
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KRW |
won de Corea del Sur |
1 451,03 |
|
ZAR |
rand sudafricano |
13,5075 |
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CNY |
yuan renminbi |
8,3320 |
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HRK |
kuna croata |
7,6165 |
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IDR |
rupia indonesia |
14 817,95 |
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MYR |
ringit malayo |
4,3392 |
|
PHP |
peso filipino |
59,030 |
|
RUB |
rublo ruso |
43,6458 |
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THB |
bat tailandés |
42,612 |
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BRL |
real brasileño |
2,9886 |
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MXN |
peso mexicano |
17,7718 |
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INR |
rupia india |
84,2200 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
Agencia Europea de Defensa
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/4 |
Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2012
2013/C 308/04
Las cuentas definitivas se encuentran en la dirección siguiente:
http://www.eda.europa.eu/
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/5 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 308/05
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1. |
El 16 de octubre de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Energetický a Průmyslový Holding a.s. («EPH», República Checa) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Stredoslovenská energetika, a.s. («SSE», República Eslovaca) mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/6 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 308/06
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1. |
El 16 de octubre de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas CNP Assurances («CNP», Francia) e Immochan (Francia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la sociedad Galerie Commerciale de Kirchberg («GCK», Luxemburgo), bajo el control de Immochan, mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).
Corrección de errores
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23.10.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 308/7 |
Corrección de errores de los costes medios de las prestaciones en especie — 2011
( Diario Oficial de la Unión Europea C 273 de 21 de septiembre de 2013 )
2013/C 308/07
En la página 11, en el punto II, la entrada correspondiente a Finlandia debe sustituirse por lo siguiente:
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«Finlandia (per cápita) |
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1 510,23 EUR |
100,68 EUR |
106,97 EUR |
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4 941,52 EUR |
329,43 EUR |
350,02 EUR» |