ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2013.308.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 308

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

56o año
23 de octubre de 2013


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2013/C 308/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6990 — Vodafone/Kabel Deutschland) ( 1 )

1

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2013/C 308/02

Anuncio dirigido a las personas afectadas por las medidas previstas en la Decisión 2010/638/PESC del Consejo, modificada por la Decisión 2013/515/PESC del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 1284/2009 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea

2

 

Comisión Europea

2013/C 308/03

Tipo de cambio del euro

3

 

Agencia Europea de Defensa

2013/C 308/04

Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2012

4

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2013/C 308/05

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika) ( 1 )

5

2013/C 308/06

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

6

 

Corrección de errores

2013/C 308/07

Corrección de errores de los costes medios de las prestaciones en especie — 2011 (DO C 273 de 21.9.2013)

7

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.6990 — Vodafone/Kabel Deutschland)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 308/01

El 20 de septiembre de 2013, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32013M6990. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/2


Anuncio dirigido a las personas afectadas por las medidas previstas en la Decisión 2010/638/PESC del Consejo, modificada por la Decisión 2013/515/PESC del Consejo, y en el Reglamento (UE) no 1284/2009 del Consejo, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea

2013/C 308/02

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA

La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el anexo de la Decisión 2010/638/PESC del Consejo, modificada por la Decisión 2013/515/PESC del Consejo (1), y en el anexo II del Reglamento (UE) no 1284/2009 del Consejo.

El Consejo de la Unión Europea ha determinado que las personas que figuran en los citados anexos siguen cumpliendo el criterio establecido en la Decisión 2010/638/PESC y en el Reglamento (UE) no 1284/2009 por el que se imponen determinadas medidas restrictivas contra la República de Guinea, y que, por lo tanto, deben seguir sometidas a las medidas, renovadas por la Decisión 2013/515/PESC.

Se advierte a las personas afectadas de la posibilidad de presentar a las autoridades competentes de los Estados miembros correspondientes, indicadas en los sitios de internet enumerados en el anexo III del Reglamento (UE) no 1284/2009, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los fondos inmovilizados para necesidades básicas o pagos específicos (véase el artículo 8 del Reglamento).

Asimismo, las personas afectadas podrán dirigir al Consejo, a la dirección que figura a continuación, una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en la citada lista:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

DG C 1 — Unidad de Coordinación

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Por otra parte, se advierte a las personas afectadas de la posibilidad de recurrir la Decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europa, con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europa.


(1)  DO L 280 de 22.10.2013, p. 25.


Comisión Europea

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/3


Tipo de cambio del euro (1)

22 de octubre de 2013

2013/C 308/03

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,3674

JPY

yen japonés

134,52

DKK

corona danesa

7,4596

GBP

libra esterlina

0,84760

SEK

corona sueca

8,7626

CHF

franco suizo

1,2355

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,1335

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

25,727

HUF

forinto húngaro

294,31

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7029

PLN

esloti polaco

4,1820

RON

leu rumano

4,4370

TRY

lira turca

2,7109

AUD

dólar australiano

1,4143

CAD

dólar canadiense

1,4084

HKD

dólar de Hong Kong

10,6012

NZD

dólar neozelandés

1,6166

SGD

dólar de Singapur

1,6968

KRW

won de Corea del Sur

1 451,03

ZAR

rand sudafricano

13,5075

CNY

yuan renminbi

8,3320

HRK

kuna croata

7,6165

IDR

rupia indonesia

14 817,95

MYR

ringit malayo

4,3392

PHP

peso filipino

59,030

RUB

rublo ruso

43,6458

THB

bat tailandés

42,612

BRL

real brasileño

2,9886

MXN

peso mexicano

17,7718

INR

rupia india

84,2200


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


Agencia Europea de Defensa

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/4


Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2012

2013/C 308/04

Las cuentas definitivas se encuentran en la dirección siguiente:

http://www.eda.europa.eu/


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/5


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 308/05

1.

El 16 de octubre de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Energetický a Průmyslový Holding a.s. («EPH», República Checa) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Stredoslovenská energetika, a.s. («SSE», República Eslovaca) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

EPH: activa en la República Checa principalmente en la generación y suministro de electricidad y el suministro de calefacción de distrito, y marginalmente en el sector del gas; activa en la República Checa principalmente como almacenador de gas y operador del sistema de transmisión y distribución, así como proveedor en el mercado minorista de gas y, en menor medida, en el sector eléctrico,

SSE: activa principalmente en la República Eslovaca en la distribución y suministro minorista de electricidad junto con otras actividades menores en los sectores del gas y eléctrico en la República Eslovaca y en la República Checa, respectivamente.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6984 — EPH/Stredoslovenska energetika, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

MADO 1

1210 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).


23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/6


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 308/06

1.

El 16 de octubre de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas CNP Assurances («CNP», Francia) e Immochan (Francia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la sociedad Galerie Commerciale de Kirchberg («GCK», Luxemburgo), bajo el control de Immochan, mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

CNP es una empresa activa principalmente en el sector de los seguros a personas en Francia,

Immochan es una empresa especializada en el sector inmobiliario comercial, el grupo Auchan, al que pertenece, tiene como actividad principal la distribución alimentaria,

GSK es una filial de Immochan propietaria de una galería comercial en Kirchberg, Luxemburgo.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7022 — Immochan/CNP Assurances/Galerie Commerciale de Kirchberg, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


Corrección de errores

23.10.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 308/7


Corrección de errores de los costes medios de las prestaciones en especie — 2011

( Diario Oficial de la Unión Europea C 273 de 21 de septiembre de 2013 )

2013/C 308/07

En la página 11, en el punto II, la entrada correspondiente a Finlandia debe sustituirse por lo siguiente:

«Finlandia (per cápita)

Pensionistas menores de 65 años

Miembros de la familia de los pensionistas, menores de 65 años

1 510,23 EUR

100,68 EUR

106,97 EUR

Pensionistas de 65 años o más

Miembros de la familia de los pensionistas, de 65 años o más

4 941,52 EUR

329,43 EUR

350,02 EUR»