ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2013.199.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 199

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

56o año
11 de julio de 2013


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2013/C 199/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6921 — IBM Italia/UBIS) ( 1 )

1

2013/C 199/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6873 — IntercontinentalExchange/NYSE Euronext) ( 1 )

1

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2013/C 199/03

Decisión del Consejo, de 9 de julio de 2013, por la que se nombra al Presidente de las Salas de recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

2

 

Comisión Europea

2013/C 199/04

Tipo de cambio del euro

3

 

INFORMACIONES RELATIVAS AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

 

Órgano de Vigilancia de la AELC

2013/C 199/05

Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

4

2013/C 199/06

Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

8

2013/C 199/07

Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

10

2013/C 199/08

Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

11

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

2013/C 199/09

Convocatoria de oposiciones generales

12

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2013/C 199/10

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6958 — CD&R/We Buy Any Car) ( 1 )

13

2013/C 199/11

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6929 — Lotte Chemical Corporation/Versalis/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

14

2013/C 199/12

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6986 — Bain Capital/Maisons du Monde) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

15

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.6921 — IBM Italia/UBIS)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 199/01

El 19 de junio de 2013, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32013M6921. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.6873 — IntercontinentalExchange/NYSE Euronext)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 199/02

El 24 de junio de 2013, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32013M6873. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/2


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 9 de julio de 2013

por la que se nombra al Presidente de las Salas de recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)

2013/C 199/03

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, del 26 de febrero de 2009, relativo a la marca registrada comunitaria (1), y en particular su artículo 136,

Vistas las candidaturas presentadas por el Consejo de Administración de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) el 31 de mayo de 2013,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Por la presente se nombra a D. Théophilos MARGELLOS, nacido en Atenas, el 21 de noviembre de 1953, Presidente de de las Salas de recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) para un mandato de cinco años.

Artículo 2

El Consejo de Administración de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) determinará la fecha a partir de la cual comenzará a transcurrir el período quinquenal mencionado en el artículo 1.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 9 de julio de 2013.

Por el Consejo

El Presidente

R. ŠADŽIUS


(1)  DO L 78 de 24.3.2009, p. 1.


Comisión Europea

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/3


Tipo de cambio del euro (1)

10 de julio de 2013

2013/C 199/04

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2813

JPY

yen japonés

128,44

DKK

corona danesa

7,4584

GBP

libra esterlina

0,86020

SEK

corona sueca

8,6767

CHF

franco suizo

1,2440

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

7,8550

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

25,929

HUF

forint húngaro

294,00

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7022

PLN

zloty polaco

4,3325

RON

leu rumano

4,4333

TRY

lira turca

2,4938

AUD

dólar australiano

1,3935

CAD

dólar canadiense

1,3475

HKD

dólar de Hong Kong

9,9390

NZD

dólar neozelandés

1,6316

SGD

dólar de Singapur

1,6351

KRW

won de Corea del Sur

1 456,31

ZAR

rand sudafricano

12,8710

CNY

yuan renminbi

7,8601

HRK

kuna croata

7,5400

IDR

rupia indonesia

12 768,65

MYR

ringgit malayo

4,0743

PHP

peso filipino

55,555

RUB

rublo ruso

42,1710

THB

baht tailandés

40,066

BRL

real brasileño

2,8990

MXN

peso mexicano

16,5358

INR

rupia india

76,4360


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIONES RELATIVAS AL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO

Órgano de Vigilancia de la AELC

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/4


Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

2013/C 199/05

PARTE I

Ayuda no

GBER 3/13/REG

Estado de la AELC

Noruega

Región

Nombre de la región (NUTS)

Condado de Telemark

Carácter de ayuda regional

Zonas mixtas

Autoridad que concede la ayuda

Nombre

Telemark Utviklingsfond/Fondo de Desarrollo de Telemark

Dirección

PO Box 2844

3702 Skien

NORWAY

Página web

http://www.telemarkutviklingsfond.no

Título de la medida de ayuda

Telemark Utviklingsfonds støtteordning/Régimen de ayudas del Fondo de Desarrollo de Telemark

Base jurídica nacional (referencia a la publicación oficial nacional pertinente)

El Fondo de Desarrollo de Telemark (Telemark Utviklingsfondse) se crea en virtud del acuerdo suscrito el 9 de diciembre de 2009 entre el condado de Telemark, por una parte, y ocho municipios (Fyresdal, Hjartdal, Kvitseid, Nissedal, Seljord, Tinn, Tokke y Vinje), por otra.

El Fondo concederá ayudas con arreglo a lo dispuesto en sus estatutos, en los que se establece que las ayudas se concederán de conformidad con las normas sobre ayudas estatales del EEE y que estarán destinadas al desarrollo del condado de Telemark. Además, el Fondo suscribirá acuerdos con los beneficiarios de las ayudas

Enlace web al texto completo de la medida de ayuda

El texto completo estará disponible en: http://www.telemarkutviklingsfond.no/

Tipo de medida

Régimen

Duración

Régimen

1.3.2013 a 31.12.2013

1.3.2013 a 3.6.2014 en el caso de la ayuda regional

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos susceptibles de recibir ayudas

Tipo de beneficiario

PYME

Grandes empresas

Presupuesto

Importe total anual del presupuesto previsto con arreglo al régimen

Presupuesto anual: aproximadamente 35 millones NOK

Instrumento de ayuda (art. 5)

Subvención

Préstamo

PARTE II

Objetivos generales (lista)

Objetivos (lista)

Intensidad máxima de la ayuda en % o importe máximo de la ayuda en NOK

Bonificaciones PYME en %

Ayudas regionales a la inversión y al empleo

Régimen

15 %

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

Ayudas a pequeñas empresas recientemente creadas

(art. 14)

 

25 % durante los tres primeros años tras la creación de la empresa

15 % en los dos años posteriores

Importe máximo de la ayuda por empresa: 1 millón EUR. El importe anual de la ayuda por empresa no deberá ser superior al 33 % de la cuantía máxima de la ayuda

0 %

Ayudas a la inversión y al empleo en favor de las PYME

(art. 15)

 

20 % para las pequeñas empresas

10 % para las medianas empresas

0 %

Ayudas para pequeñas empresas recientemente creadas por empresarias

(art. 16)

 

15 %

Importe máximo de la ayuda por beneficiario: 1 millón EUR. Los importes anuales de la ayuda por empresa no deberán ser superiores al 33 % de la cuantía máxima de la ayuda

0 %

Ayudas para la protección del medio ambiente

(arts. 17-25)

Ayudas a la inversión en medidas de ahorro energético

(art. 21)

60 % si se calcula con arreglo al artículo 21, apartado 1, letra a)

20 % si se calcula con arreglo al artículo 21, apartado 1, letra a)

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría y para su participación en ferias comerciales

(arts. 26-27)

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría

(art. 26)

50 %

0 %

 

Ayudas a las PYME para su participación en ferias comerciales

(art. 27)

50 %

0 %

Ayudas de investigación, desarrollo e innovación

(arts. 30-37)

Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo

(art. 31)

Investigación fundamental

[art. 31.2.a)]

100 %

0 %

 

Investigación industrial

[art. 31.2.b)]

50 %

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

[Podrá añadirse un 15 % adicional a todas las empresas, hasta una intensidad máxima de ayuda del 80 %, si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 31, apartado 4, letra b), i/ii/iii)]

 

Desarrollo experimental

[art. 31.2.c)]

25 %

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

[Podrá añadirse un 15 % adicional a todas las empresas, hasta una intensidad máxima de ayuda del 80 %, si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 31, apartado 4, letra b), i/ii/iii)]

Ayudas a estudios de viabilidad técnica

(art. 32)

65 % para estudios preparatorios de actividades de investigación industrial

40 % para estudios preparatorios de actividades de desarrollo experimental

10 % para las pequeñas y medianas empresas

Ayudas a las PYME para financiar los costes de derechos de propiedad industrial

(art. 33)

100 % para aquellos costes vinculados con la investigación fundamental

50 % para aquellos costes vinculados con la investigación industrial

25 % para aquellos costes vinculados al desarrollo experimental

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

[Podrá añadirse un 15 % adicional a todas las empresas, hasta una intensidad máxima de ayuda del 80 %, si se cumplen las condiciones establecidas en el artículo 31, apartado 4, letra b), i/ii/iii)]

Ayudas a empresas jóvenes e innovadoras

(art. 35)

1,25 millones EUR para las empresas situadas en las regiones que pueden acogerse a ayuda regional de conformidad con el artículo 61, apartado 3, letra c), del Acuerdo EEE

1 millón EUR para el resto de beneficiarios

 

Ayudas para servicios de asesoramiento en innovación y de apoyo a la innovación

(art. 36)

200 000 EUR por empresa en un período de tres años

 

Ayudas para la cesión de personal altamente cualificado

(art. 37)

50 %

 

Ayudas a la formación

(arts. 38-39)

Formación específica

(art. 38.1)

25 %

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas

Formación general

(art. 38.2)

60 %

10 % para las medianas empresas

20 % para las pequeñas empresas


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/8


Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

2013/C 199/06

PARTE I

Ayuda no

GBER 5/13/INN

Estado de la AELC

Noruega

Región

Oslo y Akershus

Carácter de ayuda regional

Autoridad que concede la ayuda

Nombre

Ciudad de Oslo

Dirección

City Hall

0037 Oslo

NORWAY

Página web

http://www.oslo.kommune.no

Título de la medida de ayuda

Programa regional de innovación 2013

Base jurídica nacional (referencia a la publicación oficial nacional pertinente)

Prop. 1 S (2012-2013)

http://www.regjeringen.no/nb/dep/fin/dok/regpubl/prop/2012-2013/prop-1-s-20122013–20122013.html?id=703367

Enlace web al texto completo de la medida de ayuda

http://www.akershus.no/tema/naering/Arkiv/?article_id=57850

Tipo de medida

Régimen

Ayuda ad hoc

n. d.

Duración

Régimen

de 1.1.2013 a 31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos susceptibles de recibir ayudas

Todos los sectores

Tipo de beneficiario

PYME

Grandes empresas

Presupuesto

Importe total anual del presupuesto previsto con arreglo al régimen

Importe total (2013)

10 430 000 NOK

Instrumento de ayuda (art. 5)

Subvención

PARTE II

Objetivos generales (lista)

Objetivos (lista)

Intensidad máxima de la ayuda en % o importe máximo de la ayuda en NOK

Bonificaciones PYME en %

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría y para su participación en ferias comerciales

(arts. 26-27)

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría

(art. 26)

50 %

 

Ayudas de investigación, desarrollo e innovación

(arts. 30-37)

Ayudas a proyectos de investigación y desarrollo

(art. 31)

Investigación fundamental

(art. 31.2.a)

n. d.

 

 

Investigación industrial

(art. 31.2.b)

n. d.

 

 

Desarrollo experimental

(art. 31.2.c)

n. d.

 

Ayudas a estudios de viabilidad técnica

(art. 32)

n. d.

 

Ayudas a las PYME para financiar los costes de derechos de propiedad industrial

(art. 33)

n. d.

 

Ayudas de investigación y desarrollo en los sectores agrícola y pesquero

(art. 34)

n. d.

 

Ayudas a empresas jóvenes e innovadoras

(art. 35)

1 millón EUR

 

Ayudas para servicios de asesoramiento en innovación y de apoyo a la innovación

(art. 36)

200 000 EUR por beneficiario en un período de tres años

 

Ayudas para la cesión de personal altamente cualificado

(art. 37)

n. d.

 

Ayudas a la formación

(arts. 38-39)

Formación específica

(art. 38.1)

25 %

 

Formación general

(art. 38.2)

60 %

 


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/10


Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

2013/C 199/07

PARTE I

Ayuda no

GBER 6/13/EMP

Estado de la AELC

Noruega

Autoridad que concede la ayuda

Nombre

Oficina Noruega de Trabajo y Bienestar

Dirección

PO Box 5

0130 Oslo

NORWAY

Página web

http://www.nav.no

Título de la medida de ayuda

Tilskudd til opprettelse av nye tiltaksplasser

(Subvención para cubrir los costes de construcción, instalación o ampliación de un centro de empleo protegido)

Base jurídica nacional (referencia a la publicación oficial nacional pertinente)

Forskrift 11. desember 2008 nr. 1320 om arbeidsrettede tiltak mv.

(Reg. No 1320/2008)

Enlace web al texto completo de la medida de ayuda

http://www.lovdata.no/for/sf/ad/xd-20081211-1320.html#map016

Tipo de medida

Régimen

X

Duración

Régimen

Régimen permanente

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos susceptibles de recibir ayudas

X

Tipo de beneficiario

PYME

X

Grandes empresas

X

Presupuesto

Importe total anual del presupuesto previsto con arreglo al régimen

5 millones NOK, aproximadamente

Instrumento de ayuda (art. 5)

Subvención

X

PARTE II

Objetivos generales (lista)

Objetivos (lista)

Intensidad máxima de la ayuda en % o importe máximo de la ayuda en NOK

Bonificaciones PYME en %

Ayudas en favor de trabajadores desfavorecidos y discapacitados

(arts. 40-42)

Ayudas para la contratación de trabajadores desfavorecidos en forma de subvenciones salariales

(art. 40)

Subvenciones salariales de hasta un 50 % durante un plazo máximo de un año

 

 

Ayudas en favor de los trabajadores discapacitados en forma de subvenciones salariales

(art. 41)

Subvenciones salariales de hasta un 60 % durante un plazo máximo de tres años

 


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/11


Información comunicada por los Estados de la AELC relativa a las ayudas estatales concedidas con arreglo a la norma a la que se refiere el apartado 1, letra j), del anexo XV del Acuerdo EEE [Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)]

2013/C 199/08

PARTE I

Ayuda no

GBER 7/13/EMP

Estado de la AELC

Noruega

Autoridad que concede la ayuda

Nombre

Oficina Noruega de Trabajo y Bienestar

Dirección

PO Box 5

0130 Oslo

NORWAY

Página web

http://www.nav.no

Título de la medida de ayuda

Tilskudd til teknisk tilrettelegging

(Subvención para asistencia técnica)

Base jurídica nacional (referencia a la publicación oficial nacional pertinente)

Forskrift 11. desember 2008 nr. 1320 om arbeidsrettede tiltak mv.

(Reg. no 1320/2008)

Enlace web al texto completo de la medida de ayuda

http://www.lovdata.no/for/sf/ad/xd-20081211-1320.html#map017

Tipo de medida

Régimen

X

Duración

Régimen

Régimen permanente

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos susceptibles de recibir ayudas

X

Tipo de beneficiario

PYME

X

Grandes empresas

X

Presupuesto

Importe total anual del presupuesto previsto con arreglo al régimen

0,7 millones NOK, aproximadamente

Instrumento de ayuda (art. 5)

Subvención

X

PARTE II

Objetivos generales (lista)

Objetivos (lista)

Intensidad máxima de la ayuda en % o importe máximo de la ayuda en NOK

Bonificaciones PYME en %

Ayudas en favor de trabajadores desfavorecidos y discapacitados

(arts. 40-42)

Ayudas para la contratación de trabajadores desfavorecidos en forma de subvenciones salariales

(art. 40)

Subvenciones salariales de hasta un 50 % durante un plazo máximo de un año

 

 

Ayudas en favor de los trabajadores discapacitados en forma de subvenciones salariales

(art. 41)

Subvenciones salariales de hasta un 60 % durante un plazo máximo de tres años

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/12


CONVOCATORIA DE OPOSICIONES GENERALES

2013/C 199/09

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca las siguientes oposiciones generales:

 

EPSO/AD/260/13 — Traductores (AD 5) de lengua danesa (DA)

 

EPSO/AD/261/13 — Traductores (AD 5) de lengua inglesa (EN)

 

EPSO/AD/262/13 — Traductores (AD 5) de lengua francesa (FR)

 

EPSO/AD/263/13 — Traductores (AD 5) de lengua italiana (IT)

 

EPSO/AD/264/13 — Traductores (AD 5) de lengua maltesa (MT)

 

EPSO/AD/265/13 — Traductores (AD 5) de lengua neerlandesa (NL)

 

EPSO/AD/266/13 — Traductores (AD 5) de lengua eslovena (SL)

La convocatoria de oposición se publicará en 24 lenguas en el Diario Oficial C 199 A de 11 de julio de 2013.

Más información en la página web de la EPSO: http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/13


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6958 — CD&R/We Buy Any Car)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 199/10

1.

El 4 de julio de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual CDR Osprey (Cayman) Partners L.P. («CDR», EE.UU.) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de We Buy Any Car Limited («WBAC», Reino Unido), controlada en última instancia por Pennine Metals B Limited, Reino Unido, mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

CDR: fondo de inversión de capital privado que ejerce el control de, entre otras empresas, BCA Remarketing Ltd., sociedad de responsabilidad limitada del Reino Unido que ofrece servicios de subasta al por mayor de vehículos usados,

WBAC: sociedad de responsabilidad limitada del Reino Unido activa en el sector de la venta en línea de vehículos usados al público en general.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6958 — CD&R/We Buy Any Car, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/14


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6929 — Lotte Chemical Corporation/Versalis/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 199/11

1.

El 4 de julio de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Lotte Chemical Corporation («LCC», Corea del Sur), perteneciente a Lotte Group («Lotte», Japón y Corea del Sur), y Versalis SpA («Versalis», Italia), controlada por Eni SpA («Eni», Italia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de una empresa en participación de nueva creación (JV, Corea del Sur) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

LCC: producción de una amplia gama de productos petroquímicos como plásticos, productos químicos básicos y sintéticos, PEAD, PP y MEG,

Lotte: sociedad de cartera diversificada con intereses en los sectores de la alimentación, la venta minorista, los hoteles, los productos químicos, la construcción y el sector financiero,

Versalis: producción y comercialización de una amplia cartera de productos petroquímicos y venta de las licencias de sus tecnologías y know-how,

Eni: grupo integrado del sector de la energía activo en la prospección, producción y comercialización de petróleo y gas, la generación de electricidad, el sector petroquímico, los servicios en campos petrolíferos, la construcción y las industrias de ingeniería,

JV: desarrollo y explotación de un complejo petroquímico en Corea del Sur para la fabricación, comercialización y venta de determinados elastómeros.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6929 — Lotte Chemical Corporation/Versalis/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


11.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 199/15


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6986 — Bain Capital/Maisons du Monde)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2013/C 199/12

1.

El 4 de julio de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) de un proyecto de concentración por el cual la empresa A Bain Capital Investors, LLC («Bain Capital», EE.UU.) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de Maisons du Monde Group («MDM Group», Francia) mediante adquisición de títulos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Bain Capital: empresa privada de capital de inversión,

MDM Group: venta minorista de muebles y objetos de decoración.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6986 — Bain Capital/Maisons du Monde, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).