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ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2013.056.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
56o año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2013/C 056/01 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 ) |
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2013/C 056/02 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 2 ) |
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2013/C 056/03 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 2 ) |
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2013/C 056/04 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6704 — REWE Touristik GmbH/Ferid NASR/EXIM Holding SA) ( 2 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2013/C 056/05 |
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Comisión Europea |
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2013/C 056/06 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2013/C 056/07 |
Comunicación de la Comisión conforme al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público ( 2 ) |
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2013/C 056/08 |
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2013/C 056/09 |
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2013/C 056/10 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado |
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(2) Texto pertinente a efectos del EEE |
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ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/1 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado)
2013/C 56/01
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Fecha de adopción de la decisión |
25.1.2013 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.34832 (12/N) |
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Estado miembro |
Grecia |
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Región |
— |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Μέτρα υπέρ των παραγωγών της χώρας που οι γεωργοκτηνοτροφικές τους εκμεταλλεύσεις ζημιώθηκαν από πυρκαγιές κατά το έτος 2011 |
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Base jurídica |
Κοινή υπουργική απόφαση (συνημμένη) |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Reparación de daños causados por desastres naturales, Desarrollo regional, Protección del medio ambiente |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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|
Presupuesto |
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|
Intensidad |
80 % |
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Duración |
hasta el 31.12.2015 |
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Sectores económicos |
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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Fecha de adopción de la decisión |
18.1.2013 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.35661 (12/N) |
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Estado miembro |
Italia |
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Región |
Marche |
Zonas mixtas |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
L. R. 13/1985 — Contributi per le opere irrigue dei Consorzi di Bonifica delle Marche |
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Base jurídica |
Regio decreto 215/1933 Legge regionale delle Marche n. 13/85 «Norme per il riordinamento degli interventi in materia di Bonifica». Delibera della Giunta Regionale n. 1360 del 1o ottobre 2012 |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Ahorro energético |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
|
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Intensidad |
100 % |
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|
Duración |
hasta el 31.12.2013 |
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|
Sectores económicos |
Captación, depuración y distribución de agua |
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|
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
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|
Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/3 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/02
|
Fecha de adopción de la decisión |
6.5.2010 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.30463 (N 62/10) |
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Estado miembro |
Finlandia |
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Región |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Tuki nopeiden laajakaistayhteyksien rakentamiselle Suomen haja-asutusalueilla Stöd till utbyggnad av höghastighetsbredband glesbygdsområden i Finland |
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Base jurídica |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Desarrollo regional |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Importe total de la ayuda prevista 132 mill. EUR |
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Intensidad |
66 % |
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Duración |
hasta el 31.12.2015 |
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|
Sectores económicos |
Correos y telecomunicaciones |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/5 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/03
|
Fecha de adopción de la decisión |
10.9.2012 |
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|
Número de referencia de ayuda estatal |
SA.33621 (12/N) |
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Estado miembro |
Grecia |
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Región |
Dytiki Makedonia |
Artículo 107.3.a |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Υποδομή δικτύου τηλεθέρμανσης Φλώρινας |
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Base jurídica |
Προεδρικό Διάταγμα 323/89, Προεδρικό Διάταγμα 410/95, Νόμος 1069/80 περί κινήτρων δια την ίδρυσιν Επιχειρήσεων Υδρεύσεως και Αποχετεύσεως, ο οποίος έχει τροποποιηθεί με τους νόμους 2218/94, 2839/00 και 3274/04, Νόμος 3463/2006 και νόμος 3852/2010 «Σύσταση — Συγκρότηση Αυτοδιοίκησης και Αποκεντρωμένης Διοίκησης — Πρόγραμμα Καλλικράτης». Επιχειρησιακό πρόγραμμα «Περιβάλλον και Αειφόρος Ανάπτυξη 2007-2013», και οι τροποποιήσεις του. |
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Tipo de medida |
ayuda ad hoc |
Municipal Water and Sewage Company of Florina (D.E.Y.A.F) |
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Objetivo |
Protección del medio ambiente |
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Forma de la ayuda |
Crédito blando, Subvención directa |
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Presupuesto |
Presupuesto total: 56,78 EUR (en millones) |
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Intensidad |
80,44 % |
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Duración |
A partir del 20.12.2012 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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Fecha de adopción de la decisión |
23.1.2013 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.35176 (12/N) |
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Estado miembro |
República Checa |
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Región |
Střední Morava, Střední Cechy, Severovýchod, Severozápad, Jihovýchod, Moravskoslezko, Jihozápad |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Bydlení a sociální program pro problematické oblasti |
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Base jurídica |
Integrovaný operační program (IOP), oblast intervence 5.2, „Zlepšení prostředí v problémových sídlištích“ |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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|
Objetivo |
Desarrollo regional |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa, Crédito blando |
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Presupuesto |
Presupuesto total: 2 988 CZK (en millones) |
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Intensidad |
— |
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|
Duración |
hasta el 31.12.2015 |
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Sectores económicos |
Actividades inmobiliarias |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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Fecha de adopción de la decisión |
7.2.2013 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.35849 (12/N) |
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Estado miembro |
Alemania |
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Región |
— |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Mitteldeutsche Medienförderung GmbH |
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Base jurídica |
Richtlinie für Mitteldeutsche Medienförderung GmbH |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Cultura |
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Forma de la ayuda |
Otros, Crédito blando — conditionally reimbursable loans |
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Presupuesto |
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|
Intensidad |
50 % |
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|
Duración |
1.1.2013-31.12.2015 |
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|
Sectores económicos |
Actividades cinematográficas, de vídeo y de programas de televisión |
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|
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
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|
Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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Fecha de adopción de la decisión |
18.1.2013 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.35884 (12/N) |
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Estado miembro |
Austria |
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Región |
— |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Breitband Austria Zwanzigdreizehn |
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Base jurídica |
Sonderrichtlinien Breitband Austria Zwanzigdreizehn Verordnung des Bundesministers für Finanzen über allgemeine Rahmenrichtlinien für die Gewährung von Förderungen aus Bundesmittel |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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|
Objetivo |
Desarrollo sectorial |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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|
Presupuesto |
Presupuesto total: 41 EUR (en millones) |
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|
Intensidad |
75 % |
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|
Duración |
1.1.2011-31.12.2013 |
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|
Sectores económicos |
Telecomunicaciones |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/competition/elojade/isef/index.cfm
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/9 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6704 — REWE Touristik GmbH/Ferid NASR/EXIM Holding SA)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/04
El 30 de noviembre de 2012, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
|
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
|
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32012M6704. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/10 |
Anuncio dirigido a las personas a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en la Decisión 2010/656/PESC del Consejo y en el Reglamento (CE) no 560/2005 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas contra Costa de Marfil
2013/C 56/05
CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
La presente información se pone en conocimiento de las personas que figuran en el Anexo II de la Decisión 2010/656/PESC (1) del Consejo, y en el Anexo IA del Reglamento (CE) no 560/2005 (2) del Consejo por el que se imponen algunas medidas restrictivas específicas dirigidas contra Costa de Marfil.
Las personas afectadas tienen la posibilidad de presentar una solicitud al Consejo, acompañada de la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de incluirlas en las citadas listas. La solicitud debe remitirse antes del 18 de marzo de 2013 a la dirección siguiente:
|
Consejo de la Unión Europea |
|
Secretaría General |
|
DG C — Unidad 1C (Horizontal Issues) |
|
Rue de la Loi/Wetstraat 175 |
|
1048 Bruxelles/Brussel |
|
BELGIQUE/BELGIË |
Las observaciones recibidas se tomarán en consideración en la revisión periódica que realiza el Consejo, de conformidad con el artículo 10, apartado 3, de la Decisión 2010/656/PESC y el artículo 11 bis, apartado 6 del Reglamento (CE) no 560/2005, de las listas que figuran en el Anexo II y en el Anexo IA, respectivamente.
(1) DO L 285 de 30.10.2010, p. 28.
(2) DO L 95 de 14.4.2005, p. 1.
Comisión Europea
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/11 |
Tipo de cambio del euro (1)
25 de febrero de 2013
2013/C 56/06
1 euro =
|
|
Moneda |
Tipo de cambio |
|
USD |
dólar estadounidense |
1,3304 |
|
JPY |
yen japonés |
125,00 |
|
DKK |
corona danesa |
7,4614 |
|
GBP |
libra esterlina |
0,87890 |
|
SEK |
corona sueca |
8,4740 |
|
CHF |
franco suizo |
1,2305 |
|
ISK |
corona islandesa |
|
|
NOK |
corona noruega |
7,4675 |
|
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
|
CZK |
corona checa |
25,520 |
|
HUF |
forint húngaro |
293,54 |
|
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
|
LVL |
lats letón |
0,6999 |
|
PLN |
zloty polaco |
4,1470 |
|
RON |
leu rumano |
4,3773 |
|
TRY |
lira turca |
2,3879 |
|
AUD |
dólar australiano |
1,2897 |
|
CAD |
dólar canadiense |
1,3602 |
|
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,3191 |
|
NZD |
dólar neozelandés |
1,5832 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,6454 |
|
KRW |
won de Corea del Sur |
1 443,50 |
|
ZAR |
rand sudafricano |
11,7421 |
|
CNY |
yuan renminbi |
8,2982 |
|
HRK |
kuna croata |
7,5885 |
|
IDR |
rupia indonesia |
12 911,54 |
|
MYR |
ringgit malayo |
4,1219 |
|
PHP |
peso filipino |
54,092 |
|
RUB |
rublo ruso |
40,2350 |
|
THB |
baht tailandés |
39,673 |
|
BRL |
real brasileño |
2,6142 |
|
MXN |
peso mexicano |
16,8455 |
|
INR |
rupia india |
71,6090 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/12 |
Comunicación de la Comisión conforme al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/07
|
Estado miembro |
Francia |
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Rutas |
Estrasburgo–Ámsterdam Estrasburgo–Madrid Estrasburgo–Praga |
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Periodo de validez del contrato |
Del 1 de agosto de 2013 al 31 de marzo de 2016 |
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Plazo de presentación de solicitudes y ofertas |
25 de abril de 2013, antes de las 17.00 horas, hora de París (Francia) |
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|
Dirección en la que pueden obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relacionada con la licitación y con las obligaciones de servicio público |
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/13 |
Actualización de los importes de referencia para el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) (DO C 247 de 13.10.2006, p. 19; DO C 153 de 6.7.2007, p. 22; DO C 182 de 4.8.2007, p. 18; DO C 57 de 1.3.2008, p. 38; DO C 134 de 31.5.2008, p. 19; DO C 37 de 14.2.2009, p. 8; DO C 35 de 12.2.2010, p. 7; DO C 304 de 10.11.2010, p. 5; DO C 24 de 26.1.2011, p. 6; DO C 157 de 27.5.2011, p. 8; DO C 203 de 9.7.2011, p. 16; DO C 11 de 13.1.2012, p. 13; DO C 72 de 10.3.2012, p. 44; DO C 199 de 7.7.2012, p. 8; DO C 298 de 4.10.2012, p. 3)
2013/C 56/08
La publicación de los importes de referencia en relación con el cruce de las fronteras exteriores, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, apartado 3, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen) se basa en la información comunicada por los Estados miembros a la Comisión de conformidad con el artículo 34 del Código de fronteras Schengen.
Además de publicarse en el Diario Oficial, una actualización mensual está disponible en el sitio Internet de la Dirección General de Interior.
ESPAÑA
Sustitución de la información publicada en el DO C 247 de 13.10.2006
La Orden del Ministerio de la Presidencia PRE/1282/2007, de 10 de mayo de 2007, sobre medios económicos cuya disposición habrán de acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España, contempla los medios económicos que deben acreditar los extranjeros para poder efectuar su entrada en España.
|
a) |
Para su sostenimiento, durante su estancia en España, la cantidad a acreditar deberá alcanzar una cantidad que represente en euros el 10 % del salario mínimo interprofesional bruto (64,53 EUR para el año 2013) o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo. La cantidad será de un mínimo que represente el 90 % del salario mínimo interprofesional bruto (580,77 EUR para el año 2013) o su equivalente legal en moneda extranjera por persona, con independencia del tiempo de estancia previsto. |
|
b) |
Para regresar al país de procedencia o para trasladarse en tránsito a terceros países, se acreditará disponer del billete o billetes nominativos, intransferibles y cerrados, en el medio de transporte que pretendan utilizar. |
El extranjero deberá acreditar que dispone de los medios económicos señalados mediante la exhibición de los mismos, en el caso de que los posean en efectivo, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viaje, cartas de pago, o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañadas del extracto de la cuenta bancaria o una libreta bancaria puesta al día (no se admitirán cartas de entidades bancarias ni extractos bancarios de Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite fehacientemente la cantidad disponible como crédito de la citada tarjeta o cuenta bancaria.
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/14 |
Procedimiento de liquidación
Decisión de incoar procedimiento de liquidación con respecto a AIM Általános Biztosító Zrt. (AIM, sociedad de responsabilidad limitada del sector de seguros)
(Publicación efectuada de conformidad con el artículo 14 de la Directiva 2001/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al saneamiento y a la liquidación de las compañías de seguros)
2013/C 56/09
|
Compañía de seguros |
|
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|
Fecha, entrada en vigor y naturaleza de la decisión. |
25 de enero de 2013 Retirada de la autorización para operar y del permiso de fundación. Incoación del procedimiento de liquidación que comenzará el 28 de enero de 2013. |
|||||||
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Autoridades competentes |
|
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Autoridad de supervisión |
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Liquidador designado |
Directora: Dra. Zsuzsanna Borbélyné Balogh |
|||||||
|
Legislación aplicable |
Húngara Ley LX de seguros de 2003, artículo 195, sección 1a, letras s) y t). |
|
26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/15 |
Procedimiento de liquidación
Decisión de incoar procedimiento de liquidación con respecto a Hill Insurance Company Limited
(Publicación efectuada de conformidad con el artículo 14 de la Directiva 2001/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al saneamiento y a la liquidación de las compañías de seguros (1) )
2013/C 56/10
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Compañía de seguros |
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Fecha, entrada en vigor y naturaleza de la decisión |
7 de septiembre de 2012 Entrada en vigor: 7 de septiembre de 2012 Incoación del procedimiento de liquidación |
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Autoridades competentes |
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Autoridad de supervisión |
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Liquidador provisional designado |
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Legislación aplicable |
Legislación de Gibraltar Ley de sociedades de 1930, artículo 235 |
(1) DO L 110 de 20.4.2001, p. 28.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/16 |
Convocatoria de propuestas referente al programa de trabajo del Artemis Joint Undertaking
2013/C 56/11
Por el presente anuncio se comunica la puesta en marcha de una convocatoria de propuestas referente al programa de trabajo del Artemis Joint Undertaking
Se invita a presentar propuestas para la convocatoria siguiente: Artemis-2013-1.
La documentación correspondiente, que incluye presupuestos y plazos, figura en el texto de la convocatoria, que ha sido publicado en el sitio web siguiente:
http://ec.europa.eu/research/participants/portal/page/calls
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/17 |
DECISIONES POR LAS QUE SE CONCLUYE EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL TRAS LA RETIRADA DE LA NOTIFICACIÓN POR EL ESTADO MIEMBRO
Ayuda estatal — Alemania
(Artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)
Comunicación de la Comisión de conformidad con el artículo 108, apartado 2, del TFUE — Retirada de la notificación
Ayuda estatal SA.33152 (11/C) (ex 11/N) — Gran proyecto de inversión — Alemania — Linamar Powertrain GmbH
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/12
La Comisión ha decidido concluir el procedimiento de investigación formal con arreglo al artículo 108, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, incoado el 9 de noviembre de 2011 (1) con respecto a la citada medida, puesto que Alemania retiró su notificación el 4 de octubre de 2012 y reducirá el importe de la ayuda a fin de respetar los límites y cumplir las condiciones del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (2).
(1) DO C 20 de 25.1.2012, p. 10.
(2) DO L 214 de 9.8.2008, p. 3.
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/18 |
DECISIONES POR LAS QUE SE CONCLUYE EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL TRAS LA RETIRADA DE LA NOTIFICACIÓN POR EL ESTADO MIEMBRO
Ayuda estatal — Alemania
(Artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)
Comunicación de la Comisión de conformidad con el artículo 108, apartado 2, del TFUE — retirada de la notificación
Ayuda estatal SA.32169 (11/C) (ex 10/N) — Grandes proyectos de inversión — Alemania — Volkswagen Sachsen GmbH
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/13
La Comisión ha decidido concluir el procedimiento de investigación formal con arreglo al artículo 108, apartado 2, del TFUE, incoado el 13 de julio de 2011 (1) con respecto a la citada medida, puesto que Alemania retiró su notificación el 5 de noviembre de 2012 y reducirá el importe de la ayuda a fin de respetar los límites y cumplir las condiciones del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) (2).
(1) DO C 361 de 10.12.2011, p. 17.
(2) DO L 214 de 9.8.2008, p. 3.
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/19 |
DECISIONES POR LAS QUE SE CONCLUYE EL PROCEDIMIENTO DE INVESTIGACIÓN FORMAL TRAS LA RETIRADA DE LA NOTIFICACIÓN POR EL ESTADO MIEMBRO
Ayuda estatal — Hungría
(Artículos 107 a 109 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea)
Comunicación de la Comisión de conformidad con el artículo 108, apartado 2, del TFUE — retirada de la notificación
Ayuda estatal SA.27913 [C 31/09 (ex N 113/09)] — Grandes proyectos de inversión — Hungría — Ayuda a Audi Hungaria Motor Kft.
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/14
La Comisión ha decidido concluir el procedimiento de investigación formal con arreglo al artículo 108, apartado 2, del TFUE, incoado el 28 de octubre de 2009 (1), y prorrogado el 6 de julio de 2010 (2) con respecto a la citada medida, puesto que Hungría retiró su notificación el 22 de noviembre de 2012.
(1) DO C 64 de 16.3.2010, p. 15.
(2) DO C 243 de 10.9.2010, p. 4.
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/20 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6722 — FrieslandCampina/Zijerveld & Veldhuyzen and Den Hollander)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/15
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1. |
El 19 de febrero de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa FrieslandCampina Nederland Holding B.V. («FrieslandCampina», Países Bajos) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Zijerveld & Veldhuyzen B.V. («Z&V», Países Bajos) y Den Hollander Food B.V. («Den Hollander», Países Bajos) mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6722 — FrieslandCampina/Zijerveld & Veldhuyzen and Den Hollander, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/21 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6360 — Nynas/Harburg Refinery Assets)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/16
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1. |
El 19 de febrero de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual Nynas AB («Nynas», Suecia), bajo el control conjunto de Petróleos de Venezuela SA y Neste Oil Oyj, adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de determinados activos de la refinería de Harburg («Harburg Refinery Assets», Alemania), pertenecientes a Shell Deutschland Oil GmbH, mediante un arrendamiento comercial de 25 años. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6360 — Nynas/Harburg Refinery Assets, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
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26.2.2013 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 56/22 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6643 — Uniqa/Dekra/Dekra-Expert)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2013/C 56/17
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1. |
El 19 de febrero de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Dekra International GmbH («Dekra», Alemania, bajo el control en última instancia del grupo Dekra, Alemania) y Uniqa Biztosító Zrt. («Uniqa», Hungría, bajo el control en última instancia del grupo Uniqa, Austria), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Dekra-Expert Műszaki Szakértői Kft. («Dekra-Expert», Hungría) mediante adquisición de acciones. |
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2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6643 — Uniqa/Dekra/Dekra-Expert, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).