ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2012.070.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 70

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

55o año
8 de marzo de 2012


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2012/C 070/01

Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

1

2012/C 070/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6509 — GE/KGAL/Extresol-2) ( 1 )

6

2012/C 070/03

Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

7

2012/C 070/04

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6475 — AXA REIM/CBRE PFCE Management/Warsaw III) ( 1 )

8

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo
Comisión Europea

2012/C 070/05

Informe conjunto de 2012 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) — Educación y formación en una Europa inteligente, sostenible e inclusiva

9

 

Comisión Europea

2012/C 070/06

Tipo de cambio del euro

19

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2012/C 070/07

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

20

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2012/C 070/08

Comunicación del Ministerio de Economía, Agricultura e Innovación del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

22

2012/C 070/09

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6439 — AGRANA/RWA/JV) ( 1 )

24

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/1


Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 70/01

Fecha de adopción de la decisión

14.7.2010

Número de referencia de ayuda estatal

N 22/10; N 50/10; N 86/10

Estado miembro

Polonia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Amendments to the Temporary Framework measure ‘Limited amounts of aid’ N 408/09

Base jurídica

Rozporządzenie Ministra Rozwoju Regionalnego w sprawie udzielania pomocy dla przedsiębiorców zagrożonych w ramach Priorytetu II Programu Operacyjnego Kapitał Ludzki (projekt z dnia 8 grudnia 2009 r.); rozporządzenie Ministra Rozwoju Regionalnego w sprawie udzielania przedsiębiorcom ograniczonej kwoty pomocy zgodnej ze wspólnym rynkiem w ramach regionalnych programów operacyjnych (projekt z dnia 5 stycznia 2010 r.); rozporządzenie Ministra Rozwoju Regionalnego w sprawie udzielania ograniczonej kwoty pomocy zgodnej ze wspólnym rynkiem w ramach Programu Operacyjnego Kapitał Ludzki (projekt z dnia 15 stycznia 2010 r.)

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Remedio de una perturbación grave de la economía

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 1 905 millones PLN

Intensidad

Duración

hasta el 31.12.2010

Sectores económicos

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministry of Regional Development

ul. Wspólna 2/4

00-926 Warszawa

POLSKA/POLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

5.10.2011

Número de referencia de ayuda estatal

N 414/10

Estado miembro

Bélgica

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Aide au projet de «Flap Support Structures» de la Société anonyme belge de constructions aéronautique (SABCA)/Steun voor het „Flap Support Structures”-project van SABCA (FSS-project)

Base jurídica

Federale steunmaatregel „Luchtvaart 2008-2013”

Mesure d'aide fédérale «Aéronautique 2008-2013»

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Investigación y desarrollo

Forma de la ayuda

Subvención reembolsable

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 32,817 millones EUR

Intensidad

42 %

Duración

hasta el 30.12.2017

Sectores económicos

Sector industrial

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Service Public Fédéral Economie

Rue du Progrès 50

1210 Bruxelles

BELGIQUE

Federale Overheidsdienst Economie

Vooruitgangstraat 50

1210 Brussel

BELGIË

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

29.6.2011

Número de referencia de ayuda estatal

SA.32888 (11/N)

Estado miembro

Alemania

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Befreiung von der Luftverkehrsteuer hinsichtlich Abflügen von Inselbewohnern und in anderen Fällen

Base jurídica

§ 5 Nr. 4 des Artikels 1 des Haushaltsbegleitgesetzes 2011

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Apoyo social a consumidores individuales

Forma de la ayuda

Reducción del tipo impositivo

Presupuesto

Gasto anual previsto 0,120 millones EUR

Intensidad

100 %

Duración

1.1.2011-31.12.2015

Sectores económicos

Transporte aéreo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Das jeweils örtlich zuständige Hauptzollamt (http://www.zoll.de)

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

25.1.2012

Número de referencia de ayuda estatal

SA.32965 (11/N)

Estado miembro

Polonia

Región

Warmińsko-mazurskie

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Pomoc na restrukturyzację dla ZNMR

Base jurídica

Artykuł 56 ust. 1 pkt 2 ustawy z dnia 30 sierpnia 1996 r. o komercjalizacji i prywatyzacji

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Reestructuración de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

 

Gasto anual previsto 400 000 millones PLN

 

Importe total de la ayuda prevista 400 000 millones PLN

Intensidad

33 %

Duración

1.2012-12.2015

Sectores económicos

Sector industrial

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Minister Skarbu Państwa

ul. Krucza 36/Wspólna 6

00-522 Warszawa

POLSKA/POLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

23.11.2011

Número de referencia de ayuda estatal

SA.33588 (11/N)

Estado miembro

República Checa

Región

CZ 08 Moravskoslezsko

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Ekologizace území okresů NUTS IV (Greening of NUTS IV districts) – Ostrava-město (Ostrava city) (NUTS CZ 0806), Karviná (NUTS CZ 0803) and Frýdek-Místek (NUTS CZ 0802), I. etapa (first phase)

Base jurídica

Zákon č. 86/2002 Sb., o ochraně ovzduší a o změně některých dalších zákonů (zákon o ochraně ovzduší) – nařízení vlády č. 597/2006 Sb., o sledování a vyhodnocování kvality ovzduší – vyhláška č. 553/2002 Sb., kterou se stanoví hodnoty zvláštních imisních limitů znečišťujících látek, ústřední regulační řád a způsob jeho provozování včetně seznamu stacionárních zdrojů podléhajících regulaci, zásady pro vypracování a provozování krajských a místních regulačních řádů a způsob a rozsah zpřístupňování informací o úrovni znečištění ovzduší veřejnosti, ve znění pozdějších předpisů (změna vyhláškou č. 42/2005 Sb. a vyhláškou č. 373/2009 Sb.) – nařízení vlády č. 351/2002 Sb., kterým se stanoví závazné emisní stropy pro některé látky znečišťující ovzduší a způsob přípravy a provádění emisních inventur a emisních projekcí, ve znění pozdějších předpisů (změna nařízením vlády č. 417/2003) – nařízení vlády č. 372/2007 Sb., o národním programu snižování emisí ze stávajících zvláště velkých spalovacích zdrojů – nařízení vlády č. 146/2007 Sb., o emisních limitech a dalších podmínkách provozování spalovacích stacionárních zdrojů znečišťování ovzduší, ve znění pozdějších předpisů (změna nařízením vlády č. 476/2009) – nařízení vlády č. 615/2006 Sb., o stanovení emisních limitů a dalších podmínek provozování ostatních stacionárních zdrojů znečišťování ovzduší, ve znění pozdějších předpisů (změna nařízením vlády č. 475/2009) – vyhláška č. 205/2009 Sb., o zjišťování emisí ze stacionárních zdrojů a o provedení některých dalších ustanovení zákona o ochraně ovzduší, ve znění pozdějších předpisů – zákon č. 76/2002 Sb., o integrované prevenci a omezování znečištění, o integrovaném registru znečišťování a o změně některých zákonů (zákon o integrované prevenci) Operační program Životní Prostředí: Programový dokument Operační program Životní prostředí: Implementační dokument Směrnice MŽP pro předkládání žádostí a o poskytování finančních prostředků pro projekty z Operačního programu

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Protección del medio ambiente

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

 

Gasto anual previsto 2 000 millones CZK

 

Importe total de la ayuda prevista 6 000 millones CZK

Intensidad

90 %

Duración

hasta el 31.12.2014

Sectores económicos

Sector industrial, Suministro de electricidad, gas y agua, Siderurgia

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministerstvo životního prostředí ČR

Vršovická 65

100 10 Praha 10

ČESKÁ REPUBLIKA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/6


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.6509 — GE/KGAL/Extresol-2)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 70/02

El 1 de marzo de 2012, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32012M6509. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/7


Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 70/03

Fecha de adopción de la decisión

20.9.2011

Número de referencia de ayuda estatal

SA.32520 (11/N)

Estado miembro

Alemania

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

High-Tech Gründerfonds II

Base jurídica

Gesellschaftsvertrag der High-Tech Gründerfonds II GmbH & Co. KG; Anlagerichtlinien für den High-Tech Gründerfonds; Geschäftsordnungen für die Investitionskomitees der High-Tech Gründerfonds Komitee GmbH

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Capital riesgo, Investigación y desarrollo, PYME

Forma de la ayuda

Financiación con capital riesgo

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 240 mill. EUR

Intensidad

Duración

hasta el 31.7.2018

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Bundesministerium für Wirtschaft und Technologie

Villemombler Straße 76

53123 Bonn

DEUTSCHLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/8


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.6475 — AXA REIM/CBRE PFCE Management/Warsaw III)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 70/04

El 5 de marzo de 2012, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32012M6475. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo Comisión Europea

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/9


Informe conjunto de 2012 del Consejo y de la Comisión sobre la aplicación del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020)

«Educación y formación en una Europa inteligente, sostenible e inclusiva»

2012/C 70/05

1.   EDUCACIÓN Y FORMACIÓN EN EL CONTEXTO DE LA ESTRATEGIA EUROPA 2020

En 2009, el Consejo elaboró el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (1). Desde entonces, el contexto económico y político ha sufrido cambios que han provocado nuevas incertidumbres y limitaciones. Frente a la peor crisis económica y financiera de su historia, la Unión Europea se ha visto obligada a adoptar nuevas medidas y ha acordado la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

La educación y la formación son parte esencial de esa estrategia, en particular de las de las Directrices Integradas, de los programas nacionales de reforma de los Estados miembros y de las recomendaciones específicas por país destinadas a orientar a los Estados miembros en sus reformas. Uno de los cinco objetivos principales de la Estrategia Europa 2020 se refiere a la tasa de abandono escolar y a la de personas con estudios superiores o equivalentes completos.

El Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento (EPAC) de 2012 subraya que la Estrategia Europa 2020 debe poner el acento simultáneamente en reformas que impulsen el crecimiento a corto plazo y en un modelo de crecimiento adecuado a medio plazo. Es preciso modernizar los sistemas de educación y formación para aumentar su eficacia y calidad y dotar a las personas de las capacidades y competencias que necesitan en el mercado de trabajo, lo que aumentará su confianza para superar los retos actuales y futuros, contribuirá a aumentar la competitividad de Europa y generará crecimiento y empleo. En el EPAC de 2012 se reclama también más atención para los jóvenes, uno de los grupos más perjudicados por la crisis.

El marco ET 2020, instrumento clave para modernizar la educación y la formación, puede contribuir sobremanera a la consecución de los objetivos de la Estrategia Europa 2020, pero para ello deben actualizarse sus prioridades de trabajo, sus herramientas y su estructura de gobernanza.

El presente proyecto de informe conjunto, basado en una evaluación de los avances realizados en los tres últimos años en ámbitos de actuación esenciales, propone nuevas prioridades de trabajo para el periodo 2012-2014 destinadas a movilizar a la educación y la formación para que contribuyan a la Estrategia Europa 2020.

En este proyecto de informe conjunto se presentan también varias opciones de adaptación de la gobernanza del marco ET 2020 para garantizar su contribución a la Estrategia Europa 2020.

El proyecto de informe conjunto va acompañado de dos documentos de trabajo de los servicios de la Comisión (2). en los que se hace balance de la situación en los distintos países y ámbitos temáticos esenciales. En su elaboración se han utilizado los informes nacionales presentados por los Estados miembros y otros datos e informaciones.

2.   AVANCES Y RETOS EN ÁMBITOS PRIORITARIOS

2.1.   Inversión y reformas en la educación y la formación

Actualmente, todas las partidas de los presupuestos públicos, incluidas las de educación y formación, están sometidas a examen. La mayoría de los Estados miembros tienen dificultades para mantener los actuales niveles de gasto, y aún más para aumentarlos.

Sin embargo, los estudios muestran que una mejora del nivel educativo puede tener enormes beneficios a largo plazo y generar crecimiento y empleo en la Unión Europea. Por ejemplo, alcanzar el objetivo de referencia de reducir a menos de un 15 % la tasa de alumnos con un nivel insuficiente en materias básicas de aquí a 2020 podría suponer unas enormes ganancias económicas globales a largo plazo para la Unión Europea (3).

Ello contrasta con el hecho de que, incluso antes de la crisis, el gasto educativo en algunos Estados miembros era más bien bajo, próximo o inferior a un 4 % del PIB, mientras que la media en la Unión Europea (casi un 5 % del PIB) era inferior al gasto en Estados Unidos (5,3 % del PIB).

Los recortes en los presupuestos educativos pueden afectar al potencial de crecimiento y a la competitividad de la economía. En el EPAC de 2012, la Comisión confirma su convencimiento de que, en sus medidas de consolidación de la hacienda pública, los Estados miembros deberían dar prioridad a las políticas que potencian el crecimiento, como la educación y la formación.

No se aprecia un claro patrón en los ajustes que los Estados miembros han hecho en los presupuestos educativos en el marco de su respuesta a la crisis. Han adoptado una amplia batería de medidas para reducir el gasto: muchos han recortado los gastos de personal (BE nl, BG, EL, ES, FR, HU, IE, LV, PT, RO y SI) o las partidas sobre infraestructuras, mantenimiento y equipamiento (BE nl, BG, IE y RO) y algunos han reducido la oferta educativa preescolar (para los niños de dos años en FR), han aplazado o ralentizado la aplicación de reformas (BG) o han adoptado otras medidas, como la disminución de las ayudas económicas a los estudiantes (BE nl, IE y PT).

Estas tendencias merecen la debida atención política. El marco ET 2020 debe servir para debatir la mejor manera de invertir en educación y formación, combinando eficiencia y eficacia con un efecto positivo en el crecimiento. Una inversión inteligente debe ir acompañada de oportunas reformas de las políticas para mejorar la calidad de la educación y la formación. Podría llevarse a cabo una amplia reflexión con todas las partes interesadas para determinar formas eficientes de compartir la carga financiera y encontrar nuevas fuentes de financiación.

2.2.   Abandono escolar

La crisis está afectando gravemente a las perspectivas de los jóvenes. El desempleo juvenil pasó del 15,5 % en 2008 al 20,9 % en 2010, mientras que el porcentaje de jóvenes de 15 a 24 años que no estudiaban, trabajaban o seguían una formación aumentó dos puntos porcentuales. El 53 % de las personas que habían abandonado prematuramente la enseñanza estaban desempleadas.

Esta situación hace que sea crucial alcanzar el objetivo de la Estrategia Europa 2020 de reducir a menos de un 10 % de aquí a 2020 la tasa de jóvenes de entre 18 y 24 años que abandona prematuramente la enseñanza y la formación. Si se mantienen las tendencias actuales, este objetivo no se cumplirá. En 2010, aunque se redujo algo, la tasa media de abandono escolar de la Unión Europea era aún del 14,1 %, aunque con diferencias considerables entre los países. Los datos revelan que los niños corren más riesgo (16 %) de abandono escolar que las niñas (12,6 %).

Disminuir la tasa de abandono escolar a menos de un 10 % es un reto difícil. En la Recomendación del Consejo de 2011 (4) relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro se hace un llamamiento a los Estados miembros para que apliquen unas estrategias coherentes, globales y basadas en datos concretos, especialmente aquellos Estados miembros que en 2011 han recibido recomendaciones específicas por país sobre esa cuestión (AT, DK, ES y MT). No obstante, los países que se encuentran próximos al objetivo (DK, IE, HU, NL y FI) también deberían esforzarse por seguir avanzando y no estancarse. Todos los Estados miembros deberían aplicar medidas específicas que lleguen a los jóvenes en peligro de abandono escolar.

Salvo notables excepciones, las políticas de los Estados miembros no están suficientemente basadas en datos actualizados y análisis de las causas y la incidencia del abandono escolar. Solo unos pocos países aplican un planteamiento sistemático de recogida, seguimiento y análisis de datos sobre el abandono escolar (EE, FR, HU, IT, LU, NL y UK).

La prevención e intervención temprana son esenciales para atajar este problema. Sin embargo, los Estados miembros no dedican suficiente atención a la prevención. Si bien son importantes, las medidas compensatorias parciales, como la educación de segunda oportunidad, no bastan para tratar las causas profundas del problema. Debe prestarse más atención a medidas de intervención preventiva y temprana en los ámbitos de la formación de los profesores, el desarrollo profesional continuo y la educación y el cuidado de calidad de la primera infancia.

Una mayor oferta de educación y formación profesional (EFP) de alta calidad, adaptada a las necesidades de los jóvenes, por ejemplo en forma de aprendizaje mixto que vincule la EFP con la enseñanza secundaria general, puede contribuir a reducir el abandono escolar. Esta opción ofrece un itinerario educativo diferente que, para algunos estudiantes, puede resultar más estimulante. Pero, paralelamente, es muy importante reducir el abandono en la EFP.

Muchos países aplican un amplio arsenal de medidas para tratar diferentes aspectos del abandono escolar, pero esas medidas no constituyen necesariamente una estrategia global. Las partes interesadas de los distintos sectores educativos y ámbitos de actuación, como la política de juventud y los servicios sociales y de empleo, deben colaborar más estrechamente. Debe reforzarse la cooperación con los padres y las comunidades locales. La cooperación entre los centros educativos y las empresas, las actividades extracurriculares y extraescolares y las «garantías juveniles» constituyen posibles formas de participación de los diferentes agentes locales.

Dado que Europa no va bien encaminada respecto al objetivo principal, urge reforzar el planteamiento de actuación. En los próximos años, siguiendo la Recomendación del Consejo de 2011, la lucha contra el abandono escolar debe convertirse en una de las máximas prioridades del marco ET 2020.

Tasas de abandono escolar en 2010  (5) y objetivos nacionales

—   Porcentajes en 2010 (%)

Image

—   Objetivos nacionales para 2020 (%)

 

9,5

11

5,5

10

10

9,5

8

9,7

15

9,5

15

16

10

13,4

9

10

10

29

8

9,5

4,5

10

11,3

5

6

8

10

:

2.3.   Número de titulados de educación terciaria o equivalente

Para salir reforzada de la crisis, Europa debe generar un crecimiento económico basado en el conocimiento y la innovación. La educación terciaria o equivalente, puede ser un potente motor de ese crecimiento: forma el personal altamente cualificado que Europa precisa para avanzar en la investigación y el desarrollo y aporta a las personas las capacidades y las cualificaciones que necesitan en la economía del conocimiento.

En la Estrategia Europa 2020 se ha establecido el objetivo principal de aumentar hasta el 40 % la proporción de personas de 30 a 34 años que han obtenido un título de educación terciaria o equivalente de aquí a 2020. En 2010, la tasa media de titulaciones de educación terciaria en ese grupo de edad era del 33,6 %. Las tasas de titulaciones, los objetivos nacionales y los niveles de ambición varían considerablemente entre los países.

Para alcanzar el objetivo, los Estados miembros deben continuar con las reformas, tal como se acordó en las conclusiones del Consejo de 28 de noviembre de 2011 sobre la modernización de la educación superior (6) y de acuerdo con las recomendaciones específicas por país acerca de esta cuestión dirigidas a cinco de ellos (BG, CZ, MT, PL y SK).

Las reformas deben incluir el reto de aumentar el número de titulados y, al mismo tiempo, mantener y mejorar la calidad y adecuación de la educación y la investigación.

Además del esfuerzo por optimizar la financiación y la gobernanza, debe aumentar en todos los Estados miembros la participación de los grupos menos representados, por ejemplo las personas de regiones geográficas o entornos socioeconómicos desfavorecidos, las de grupos étnicos y las discapacitadas.

Debe facilitarse el acceso a la enseñanza superior de los estudiantes adultos. Existe un considerable potencial para ayudar a incorporarse o reincorporarse a la educación superior a quienes ya se encuentren en el mercado de trabajo, promover la transición desde la educación y formación profesional a la educación superior y mejorar el reconocimiento del aprendizaje adquirido previamente en contextos no formales.

Son demasiados los estudiantes que abandonan la enseñanza superior. La orientación y el asesoramiento sobre itinerarios educativos y profesionales, que ayudan a mantener la motivación para completar los estudios, constituyen aspectos esenciales de la prevención y la reducción del riesgo de abandono de la enseñanza.

La atracción de estudiantes extranjeros de talento puede ser otra manera de aumentar la participación y las titulaciones.

La modernización de la enseñanza superior contribuirá de manera significativa a alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020. Debe constituir, por tanto, otra máxima prioridad de los intercambios en el próximo periodo del marco ET 2020, lo que implica la puesta en práctica de la Comunicación de 2011 sobre la educación superior y las Conclusiones del Consejo sobre la modernización de los sistemas de educación superior en Europa.

Titulaciones de educación terciaria o equivalentes: niveles de 2010 y objetivos nacionales  (7)

—   Porcentajes en 2010 (%)

Image

—   Objetivos nacionales para 2020 (%)

 

47

36

32

40

42

40

60

32

44

50

26

27

46

34

36

40

40

30,3

33

45

38

45

40

26,7

40

40

42

40

45

:

2.4.   Estrategias de aprendizaje permanente

El aprendizaje permanente aún no es una realidad para la mayoría de los europeos. Si bien ha aumentado la participación en la educación y la formación durante los primeros años de la vida, datos recientes sobre el número de adultos de 25 a 64 años que lo llevan a la práctica muestran incluso una ligera tendencia a la baja. La actual tasa del 9,1 % (2010) es muy inferior al valor de referencia del 15 % establecido en el marco ET 2020 como objetivo para 2020.

Este mal resultado es especialmente grave en el contexto de la crisis que atravesamos. Los jóvenes y los adultos poco cualificados sin empleo deben confiar en la educación y la formación para aumentar sus oportunidades en el mercado de trabajo. No invertir en sus competencias reduce sus posibilidades de reincorporarse al empleo y limita el potencial de crecimiento y creación de puestos de trabajo de Europa. Al mismo tiempo, deberíamos centrarnos en la contribución de la educación al desarrollo económico de Europa mediante la actualización de capacitaciones de la población activa y la integración de los planes de aprendizaje de adultos con el fin de propiciar el desarrollo económico y la innovación.

El aprendizaje permanente es un proceso continuo que puede abarcar toda la vida de las personas, desde una educación de calidad en la primera infancia hasta la formación posterior a la edad de jubilación. Además, se aprende también fuera de los entornos de aprendizaje formal, especialmente en el lugar de trabajo.

Recientemente se ha avanzado algo hacia los objetivos europeos de reducir la proporción de alumnos con un nivel insuficiente en materias básicas (20 % en 2009, frente al objetivo de referencia de reducirla a menos del 15 % para 2020) y de aumentar la participación en la educación de la primera infancia (92 % en 2009, frente al valor de referencia del 95 % para 2020), pero en ambos casos deben proseguir los esfuerzos.

El aprendizaje permanente aún se enfrenta a algunos obstáculos, como unas oportunidades de aprendizaje limitadas y mal adaptadas a las necesidades de los grupos destinatarios, la falta de información y de sistemas de apoyo accesibles y una insuficiente flexibilidad de los itinerarios de aprendizaje (por ejemplo, entre la EFP y la educación superior). El bajo nivel socioeconómico y educativo previo de los estudiantes potenciales agrava a menudo los problemas.

Para superar estos obstáculos no basta con aplicar unas reformas fragmentarias en sectores educativos específicos, y aunque así lo reconocieron los Estados miembros hace una década, aún persiste el problema de la segmentación. Actualmente, solo unos pocos países aplican una estrategia global que favorezca una buena continuidad educativa (AT, CY, DK, SI y UK SC).

En el lado positivo, el uso de herramientas como los marcos nacionales y europeo de cualificaciones (BE nl, CZ, DK, EE, FI, FR, IE, LT, LV, LU, MT, NL, PT y UK) y de mecanismos para validar el aprendizaje no formal e informal (DE, DK, ES, FI, FR, LU, NL, PT, RO, SE, UK) y la aplicación de políticas de orientación permanente (AT, DK, DE, EE, ES, FI, FR, HU, IE, LT, LU, LV y NL) muestran que es posible superar los obstáculos a la cooperación entre sectores educativos.

Los sistemas de educación y formación han de ofrecer oportunidades de aprendizaje permanente a todo el mundo. Los Estados miembros deben revisarlos para detectar posibles obstáculos a dicho aprendizaje. En cooperación con los interlocutores sociales y las demás partes principales interesadas, deben adoptar estrategias globales y medidas para promover el acceso al aprendizaje permanente, de acuerdo con los compromisos europeos y aprovechando las herramientas y marcos en materia de transparencia (Marco Europeo de Cualificaciones (8), ECVET/ECTS (9), EQAVET y Marco de Competencias Clave (10)). Debe hacerse hincapié en la enseñanza de capacidades básicas a todo el mundo y en una mejor integración del aprendizaje permanente, sobre todo para estimular la participación de los adultos poco cualificados.

2.5.   Movilidad durante el aprendizaje

La movilidad consolida los cimientos europeos del futuro crecimiento basado en el conocimiento y de la capacidad de innovar y competir a nivel internacional (11). Por otro lado, aumenta la empleabilidad de las personas, contribuye a su desarrollo personal y es valorada por los empleadores. Las instituciones educativas, los sistemas de educación y formación y las empresas se benefician por igual del aprendizaje, los contactos personales y las redes que genera la movilidad. El fomento de la movilidad transnacional durante el aprendizaje es un excelente ejemplo de valor añadido europeo.

Sin embargo, las actuales tasas de movilidad no se corresponden con los beneficios que esta aporta. En torno a un 10-15 % de los titulados de educación superior cursa parte de sus estudios en el extranjero, que es donde la movilidad aporta el valor añadido más reconocido, mientras que solo lo hace un 3 % de los titulados de EFP. Por tanto, es necesario fomentar más la movilidad en la EFP. La falta de recursos económicos y unos conocimientos lingüísticos insuficientes constituyen un freno a la movilidad durante el aprendizaje. Por otro lado, la movilidad no siempre está reconocida o validada y se carece a menudo de información sobre las oportunidades existentes. Por último, no se presta suficiente atención a la situación específica de los estudiantes con necesidades especiales (por ejemplo, los que sufren alguna discapacidad).

La mayoría de los países promueven ante todo la movilidad de los estudiantes. Aunque algunos (BG, IE, MT, SE, BE nl, DE, EE, EL, ES, FI, NL, RO, LT y FR) incluyen también a otros grupos, como los profesores o los aprendices, se podría hacer mucho más en este terreno, tanto en el plano nacional como en el europeo.

Los programas de financiación europeos deben desempeñar un papel clave. En el nuevo Marco Financiero Plurianual para 2014-2020, la Comisión ha propuesto duplicar prácticamente el número de beneficiarios anuales del futuro programa de educación y formación, que pasaría de 400 000 a casi 700 000.

Sin embargo, los programas financieros deben ir acompañados de reformas de las políticas. En noviembre de 2011, el Consejo adoptó nuevos valores de referencia para la movilidad durante el aprendizaje (20 % en la educación superior y 6 % en la EFP inicial para 2020). Conviene impulsar este compromiso político aplicando la Recomendación del Consejo «Juventud en Movimiento — Promover la movilidad en la formación de los jóvenes» y aprovechando plenamente las herramientas europeas sobre transparencia, como el MEC, el ECTS/ECVET o el Europass (12).

2.6.   Nuevas capacidades y empleos

La crisis ha acelerado los cambios en la demandada de capacidades. Está disminuyendo la oferta de puestos de trabajo que requieren pocas cualificaciones y las futuras industrias basadas en el conocimiento necesitarán trabajadores cada vez más cualificados. Según una reciente previsión (13), el número de puestos de trabajo que requieren altas cualificaciones aumentará en casi dieciséis millones y su proporción pasará del 29 % de todo el empleo en 2010 al 35 % en 2020. En cambio, se prevé que el número de puestos de trabajo que requieren pocas capacidades disminuya en doce millones y que su proporción se reduzca del 20 % a menos del 15 %. En algunos países ya hay carencias de mano de obra para empleos que requieren un elevado nivel de cualificación. El envejecimiento demográfico, que hará que la población activa empiece a disminuir después de 2012, agravará aún más esta situación. Se han enviado recomendaciones específicas por país a varios Estados miembros (BG, CY, CZ, EE, PL, SI, SK y UK) sobre la mejora de las capacidades necesarias en el mercado de trabajo y el apoyo específico a los trabajadores poco cualificados.

Los Estados miembros han avanzado en la mejora de los métodos de aplicación, de las herramientas y de los planteamientos destinados a anticipar y evaluar la demanda de capacidades, los desfases y la empleabilidad de los titulados de educación superior. Muchos de ellos se centran en sectores esenciales, como las TIC o la salud.

Sin embargo, solo unos pocos países (AT, DE, FR, IE, PL y UK) aplican un planteamiento coordinado para difundir los resultados entre los agentes clave. A menudo se desarrollan mecanismos institucionales a escala regional o sectorial, pero tienden a reflejar y reproducir la segmentación de los sistemas de educación y formación.

Los países abordan la adaptabilidad de la educación y la formación a los cambios del mercado de trabajo mediante asociaciones con agentes clave (EE, FI y SE), mecanismos de aseguramiento de la calidad e iniciativas sobre las competencias necesarias en el mercado de trabajo, en particular la lectura y la escritura, las matemáticas, las ciencias y las tecnologías (AT, BE nl, DE, FR, PL, LT e IE), los idiomas, las competencias digitales y el espíritu de iniciativa y emprendimiento (BG, EE, ES, FR y LT).

Animar a los estudiantes de ambos sexos a elegir carreras en sectores en los que estén menos representados reducirá la segregación de género en la educación y en la formación, pudiendo contribuir a reducir las carencias de capacidad del mercado de trabajo.

El marco ET 2020 debe contribuir a la aplicación de la iniciativa emblemática «Una agenda para nuevas cualificaciones y empleos». La Comisión ha adoptado una comunicación titulada «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud» (14), en la que se subraya la importancia de la educación y la formación para prevenir el desempleo juvenil y presentará, más avanzado 2012, una comunicación en que se revisarán las capacidades y se propondrán medidas para mejorar las competencias básicas y promover una relación más estrecha entre la educación y el mercado de trabajo. De acuerdo con el marco ET 2020 se seguirá trabajando para fomentar la adquisición de competencias básicas por parte de todos los ciudadanos, mejorar el seguimiento elaborándose un nuevo marco de referencia europeo sobre empleabilidad, impulsar la actualización periódica de las capacidades y del reciclaje y anticipar la futura demanda de capacidades en el mercado de trabajo, especialmente a través del panorama europeo de capacidades.

3.   CONTRIBUCIÓN DEL MARCO ET 2020 A LA ESTRATEGIA EUROPA 2020

Esta evaluación del ciclo 2009-2011, especialmente la lentitud del avance hacia el objetivo principal en materia de educación y los valores de referencia del marco ET 2020, pone de manifiesto la importancia de invertir de manera efectiva en una educación y una formación reformadas para que contribuyan a un crecimiento sostenible y a la creación de empleo, así como de fomentar la integración social.

El EPAC de 2012 subraya la necesidad de una aplicación demostrable por parte de los Estados miembros de las orientaciones de actuación ofrecidas a nivel de la UE. El marco ET 2020 podría servir para ayudar a los Estados miembros a superar los retos señalados en las recomendaciones específicas por país en relación con el abandono escolar (AT, DK, ES y MT), las tasas de titulaciones de educación terciaria (BG, CZ, MT, PL y SK), el aprendizaje permanente, la EFP y las capacidades que requiere el mercado de trabajo (AT, CY, DK, EE, ES, FI, FR, LU, MT, PL, SI y SK y UK) y la educación preescolar y escolar o las cuestiones de equidad (BG, DE y EE).

Sobre la base de la evaluación de la Comisión y la consulta a los Estados miembros y las organizaciones europeas de las partes interesadas, el Consejo y la Comisión confirma que siguen siendo válidos los cuatro objetivos estratégicos del marco ET 2020 establecidos en 2009. La lista de ámbitos prioritarios a medio plazo acordada en 2009 se sustituye por una nueva lista orientada a movilizar a la educación y la formación para que contribuyan al crecimiento y al empleo (véase en el anexo).

Asimismo, la Comisión propone revisar las disposiciones de trabajo en relación con el marco ET 2020 acordadas antes de la Estrategia Europa 2020 y el semestre europeo. El marco ET 2020 debería adaptarse en mayor medida a la Estrategia Europa 2020, ser el mecanismo de movilización de sus propias partes interesadas, reforzar la implicación de estas y utilizar sus conocimientos al servicio de la Estrategia Europa 2020, haciendo uso de la información y los datos de las agencias y redes europeas pertinentes (15).

Para aumentar la contribución del marco ET 2020 a la Estrategia Europa 2020, la gobernanza de dicho marco y sus herramientas podrían adaptarse de la manera siguiente:

1)

El Consejo de Educación podría abordar los aspectos de la Estrategia Europa 2020 relacionados con la educación y la formación en cada una de sus reuniones durante el semestre europeo y el semestre nacional. Asimismo podría estudiar el EPAC e informar al respecto al Consejo Europeo de marzo y examinar las cuestiones comunes que resulten de las orientaciones del Consejo Europeo y su aplicación a través de los programas nacionales de reforma; también podría ocuparse del seguimiento de los resultados del semestre europeo.

2)

Dado el carácter integrado de la Estrategia Europa 2020, aún es posible estrechar más la cooperación entre, por un lado, el Comité de Educación y el Grupo y, por otro, el Comité de Política Económica, el Comité de Empleo y el Comité de Protección Social. La cooperación garantizaría la contribución del marco ET 2020 al proceso de la Estrategia Europa 2020, especialmente en lo que concierne a la utilización de indicadores de seguimiento.

3)

Podría utilizarse mejor el instrumento de aprendizaje entre pares y reforzar su relación con la Estrategia Europa 2020. En primer lugar, para preparar y documentar los debates del Consejo, podría efectuarse una revisión por pares cada septiembre/octubre, que podría organizarse en estrecha cooperación con la Presidencia del Consejo. Este enfoque multilateral podría centrarse en las cuestiones de actuación esenciales planteadas durante el semestre europeo anterior y que hubieran dado lugar a numerosas recomendaciones específicas por país. En segundo lugar, los Estados miembros que lo deseen podrían invitar a expertos para debatir en profundidad asuntos específicos de su país. La Comisión utilizaría los instrumentos financiros pertinentes para apoyar esta actividad, por ejemplo respaldando la participación de expertos de notoriedad internacional.

4)

Para reforzar la relación entre la Estrategia Europa 2020 y el marco ET 2020, la Comisión podría organizar un intercambio de puntos de vista entre las partes interesadas en el ámbito de la educación y la formación. A principios de octubre, este nuevo foro sobre educación y formación podría analizar los avances realizados en la modernización de los sistemas de educación y formación a raíz del debate sobre asuntos educativos celebrado durante el semestre europeo.

5)

El Consejo revisará la lista de indicadores en el ámbito de la educación y la formación (16) para garantizar la coherencia de los indicadores utilizados de acuerdo con el marco ET 2020 con los objetivos de este último. La Comisión presentará cada otoño un nuevo Monitor de la Educación y la Formación, en sustitución del actual informe de situación (17), que indicará de manera sucinta la progresión hacia los valores de referencia e indicadores básicos del marco ET 2020, incluido el objetivo principal sobre educación y formación. El Monitor contribuiría a documentar el debate en el Consejo.

Por último, deben movilizarse todos los instrumentos para alcanzar los objetivos establecidos de acuerdo con la Estrategia Europa 2020 y el marco ET 2020, en particular los programas actuales y futuros relativos a educación y formación, los Fondos Estructurales y la iniciativa Horizon 2020.


(1)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(2)  Doc. 18577/11 ADD 1 [SEC(2011) 1607 final] y doc. 18577/11 ADD 2 [SEC(2011) 1608 final].

(3)  Red Europea de Expertos en Economía de la Educación (EENEE), EENEE Policy Brief 1/2011: The Cost of Low Educational Achievement in the European Union (El coste de un nivel educativo insuficiente en la Unión Europea).

(4)  DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

(5)  Fuente de los datos de 2010: Eurostat (Abandono escolar).

(6)  DO C 372 de 20.12.2011, p. 36.

(7)  Fuente de los datos de 2010: Eurostat (Abandono escolar). Niveles 5 y 6 de la CINE. Para DE, el objetivo incluye también el nivel 4 de la CINE y para AT, el 4A.

(8)  DO C 111 de 6.5.2008, p. 1.

(9)  Sistema Europeo de Transferencia de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales y Sistema Europeo de Transferencia y Acumulación de Créditos. Véase la dirección http://ec.europa.eu/education/lifelong-learning-policy/doc48_en.htm

(10)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.

(11)  COM(2009) 329 final.

(12)  DO L 390 de 31.12.2004, p. 6.

(13)  http://www.cedefop.europa.eu/en/Files/3052_en.pdf

(14)  Doc. 5166/12 (COM(2011) 933 final).

(15)  En particular, el Cedefop, la Fundación Europea de Formación y la red Euridyce.

(16)  DO C 311 de 21.12.2007, p. 13.

(17)  Última edición: SEC(2011) 526.


ANEXO (1)

Ámbitos prioritarios para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación en 2012-2014

Para alcanzar los cuatro objetivos prioritarios del Marco estratégico «ET 2020», la determinación de ámbitos prioritarios para un ciclo de trabajo específico deberá mejorar la eficiencia de la cooperación europea en materia de educación y formación, así como reflejar las necesidades individuales de los Estados miembros, especialmente a medida que vayan surgiendo nuevas circunstancias y exigencias.

Los Estados miembros seleccionarán, de acuerdo con sus prioridades nacionales, aquellos ámbitos de trabajo y cooperación en cuyo trabajo de seguimiento conjunto deseen participar. Si los Estados miembros lo considerasen necesario, el trabajo relativo a ámbitos prioritarios podrá proseguirse en posteriores ciclos.

1.   Hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad

Estrategias de aprendizaje permanente

Colaborar para completar la elaboración de estrategias nacionales globales en materia de aprendizaje permanente que abarquen todos los niveles desde la educación de la primera infancia a la enseñanza de adultos y centradas en la cooperación con las partes interesadas, el desarrollo de las competencias de los adultos poco cualificados y la aplicación de medidas destinadas a ampliar el acceso al aprendizaje permanente y a integrar los servicios de aprendizaje permanente (orientación, validación, etc.). Aplicar, en particular, la Resolución del Consejo de 28 de noviembre de 2011 sobre un plan renovado de aprendizaje de adultos (2).

Herramientas de referencia europeas

Colaborar para vincular los marcos nacionales de cualificaciones con el MEC y establecer disposiciones nacionales globales para validar los resultados del aprendizaje; establecer vínculos entre los marcos de cualificaciones, los mecanismos de validación, el aseguramiento de la calidad y los sistemas de acumulación y transferencia de créditos (EQAVET, ECVET y ECTS); cooperar en la proyección de la demanda de capacidades y la mejora de la adecuación de esta demanda y las oportunidades de aprendizaje [panorama de capacidades, clasificación europea de capacidades/competencias, cualificaciones y ocupaciones (ESCO)]; mejorar la visibilidad, la divulgación y el uso de las herramientas europeas de referencia para acelerar su aplicación.

La movilidad durante el aprendizaje

Fomentar la movilidad de todos los estudiantes, dentro de Europa y en el resto del mundo, en todos los niveles de la educación y la formación, centrándose en la información y orientación, la calidad de la movilidad durante el aprendizaje, la eliminación de los obstáculos a la movilidad y la promoción de la movilidad de los profesores. Especialmente, aplicar la Recomendación del Consejo «Juventud en Movimiento — Promover la movilidad en la formación de los jóvenes» (3).

2.   Mejora de la calidad y la eficiencia de la educación y la formación

Capacidades básicas (lectura y escritura, matemáticas, ciencias y tecnología) e idiomas

Aprovechar los datos sobre el dominio de la lectura, incluido el informe del Grupo de Expertos de Alto Nivel sobre Alfabetización, para aumentar la capacidades de lectura y escritura entre los alumnos escolares y los adultos y reducir la proporción de niños de quince años con un nivel de lectura insuficiente; afrontar el reto de que todo el mundo aprenda a utilizar diversos medios de comunicación, incluidos los digitales; aprovechar y desarrollar la cooperación para mejorar los malos resultados en matemáticas y ciencias en la enseñanza; seguir trabajando para mejorar las competencias lingüísticas y, sobre todo, facilitar la movilidad durante el aprendizaje y aumentar la empleabilidad.

Desarrollo profesional de los profesores, los formadores y los responsables de centros escolares

Mejorar las competencias del personal docente, como factor determinante de los resultados, poner el acento en la calidad de los profesores, atrayendo y seleccionando a los mejores candidatos para la enseñanza, y mejorar el desarrollo profesional continuo, aumentando las competencias de los profesores y reforzando la dirección de los centros escolares.

Modernización de la enseñanza superior y aumento de las titulaciones de educación terciaria

Colaborar para aumentar el número de titulaciones, por ejemplo ampliando los itinerarios alternativos y desarrollando le educación y formación profesional terciaria; mejorar la calidad y pertinencia de la educación superior; aumentar la calidad de la educación superior a través de la movilidad y la cooperación transfronteriza; reforzar los vínculos entre la educación superior, la investigación y la innovación para promover la excelencia y el desarrollo regional; mejorar la gobernanza y la financiación.

Atractivo y pertinencia de la EFP

De acuerdo con el Comunicado de Brujas sobre una cooperación europea reforzada en materia de educación y formación profesionales para el periodo 2011-2020, colaborar para hacer más atractiva la EFP inicial, promover la excelencia y la pertinencia de la EFP para el mercado de trabajo, aplicar mecanismos de aseguramiento de la calidad y mejorar la calidad de los profesores, los formadores y otros profesionales de la EFP.

Financiación eficaz y evaluación

Examinar los mecanismos de financiación y los sistemas de evaluación, con vistas a mejorarlos, por ejemplo prestando apoyo específico a ciudadanos desfavorecidos y elaborando instrumentos eficaces y equitativos para aumentar la inversión privada en la educación y formación postsecundaria.

3.   Fomento de la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa

Abandono escolar

Ayudar a los Estados miembros a aplicar la Recomendación del Consejo de 2011 relativa a las políticas para reducir el abandono escolar prematuro (4), así como sus estrategias nacionales contra el abandono escolar en la educación general y la EFP.

Educación y cuidado de la primera infancia

Colaborar, de acuerdo con las conclusiones del Consejo de 2011 sobre educación infantil y atención a la infancia (5), para ofrecer una acceso amplio y equitativo a la educación y cuidado de la primera infancia y, al mismo tiempo, aumentar la calidad de la oferta disponible; promover unos planteamientos integrados, el desarrollo profesional del personal de educación y cuidado de la primera infancia y el apoyo parental; elaborar planes de estudios adecuados y programas y modelos de financiación.

Equidad y diversidad

Reforzar el aprendizaje mutuo sobre formas eficaces de mejorar el nivel educativo en una sociedad cada vez más diversa, en particular mediante la aplicación de planteamientos educativos inclusivos que permitan a estudiantes de muy diversos entornos y necesidades educativas, como los inmigrantes, los gitanos y los estudiantes con necesidades especiales, desarrollar todo su potencial; mejorar las oportunidades de los adultos de más edad y el aprendizaje intergeneracional.

4.   Mejora de la creatividad y la innovación, incluido el espíritu emprendedor, en todos los niveles educativos

Asociaciones con empresas, instituciones de investigación y la sociedad civil

Desarrollar modalidades eficaces e innovadoras de creación de redes, cooperación y asociación entre los centros de formación y las partes interesadas, incluidos los interlocutores sociales, las organizaciones empresariales, las instituciones de investigación y las organizaciones de la sociedad civil; impulsar la creación de redes de colegios, universidades y otros centros de educación y formación con el propósito de promover nuevos métodos de organización del aprendizaje (por ejemplo, los recursos educativos abiertos), de creación de capacidades y de desarrollo de dichas capacidades en forma de organizaciones de aprendizaje.

Competencias transversales clave, enseñanza del emprendimiento, alfabetización electrónica, alfabetización mediática y entornos de aprendizaje innovadores

Colaborar para fomentar la adquisición de las competencias clave señaladas en la Recomendación de 2006 sobre competencias clave para el aprendizaje permanente, en particular las digitales, y analizar cómo pueden las TIC y el emprendimiento mejorar la innovación en la educación y la formación, promoviendo entornos de aprendizaje creativos y mejorando la sensibilización cultural, la expresión y la alfabetización mediática.


(1)  NL: reserva por lo que considera un número excesivo de ámbitos prioritarios para un período de tres años. Considera que debería consagrarse mayor tiempo a debatir el contenido del Anexo.

(2)  DO C 372 de 20.12.2011, p. 1.

(3)  DO C 199 de 7.7.2011, p. 1.

(4)  DO C 191 de 1.7.2011, p. 1.

(5)  DO C 175 de 15.6.2011, p. 8.


Comisión Europea

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/19


Tipo de cambio del euro (1)

7 de marzo de 2012

2012/C 70/06

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,3120

JPY

yen japonés

105,95

DKK

corona danesa

7,4345

GBP

libra esterlina

0,83490

SEK

corona sueca

8,9240

CHF

franco suizo

1,2052

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

7,4480

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

24,871

HUF

forint húngaro

296,28

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6978

PLN

zloty polaco

4,1644

RON

leu rumano

4,3580

TRY

lira turca

2,3459

AUD

dólar australiano

1,2423

CAD

dólar canadiense

1,3140

HKD

dólar de Hong Kong

10,1858

NZD

dólar neozelandés

1,6043

SGD

dólar de Singapur

1,6554

KRW

won de Corea del Sur

1 476,91

ZAR

rand sudafricano

10,0432

CNY

yuan renminbi

8,2855

HRK

kuna croata

7,5588

IDR

rupia indonesia

12 037,60

MYR

ringgit malayo

3,9714

PHP

peso filipino

56,370

RUB

rublo ruso

39,0299

THB

baht tailandés

40,370

BRL

real brasileño

2,3209

MXN

peso mexicano

17,0308

INR

rupia india

66,1310


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/20


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2012/C 70/07

Ayuda no: SA.34153 (11/XA)

Estado miembro: Alemania

Región: Baden-Wuerttemberg

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: BW Gewährung von Beihilfen und sonstigen Leistungen durch die Tierseuchenkasse Baden-Württemberg

Base jurídica:

§ 71 Tierseuchengesetz der Bundesrepublik Deutschland

§§ 8 und 9 Ausführungsgesetz zum Tierseuchengesetz des Landes Baden-Württemberg

Leistungssatzung und Leistungsverzeichnis der Tierseuchenkasse Baden-Württemberg

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen: 3,80 EUR (en millones)

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: —

Duración del régimen o de la ayuda individual: 28 de febrero de 2012-31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de los animales [Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006]

Sector o sectores beneficiarios: Producción ganadera

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Tierseuchenkasse Baden-Württemberg

Anstalt des öffentlichen Rechts

Hohenzollernstraße 10

70178 Stuttgart

DEUTSCHLAND

Dirección web:

 

http://www.tsk-bw.de/download/Documents/Leistungssatzung_2012.pdf

 

http://www.tsk-bw.de/download/Documents/TSG.pdf

 

http://www.tsk-bw.de/download/Documents/Ausfuehrung.pdf

Otros datos: —

Ayuda no: SA.34241 (12/XA)

Estado miembro: Italia

Región: Friuli-Venezia Giulia

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Regolamento per la concessione di indennizzi a favore delle aziende agricole per le perdite causate dal cancro batterico dell'actinidia (pseudomonas syringae pv. actinidiae)

Base jurídica: Legge regionale n. 22/2002 «istituzione del fondo regionale per la gestione delle emergenze in agricoltura» — articolo 1, comma 2.

Delibera di Giunta regionale n. 2456 del 12 dicembre 2011«regolamento per la concessione dii indennizzi a favore delle aziende agricole operanti nella regione per le perdite causate dal cancro batterico dell'actinidia (pseudomonas syringae pv. actinidiae) nell'ambito del programma dell'ersa di pervenzione, controllo ed eradicazione della malattia. approvazione»

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa: 0,22 EUR (en millones)

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: —

Duración del régimen o de la ayuda individual: 2 de marzo de 2012-31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de las plantas — infestaciones parasitarias [Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006]

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Regione autonoma Friuli Venezia Giulia

Direzione centrale risorse rurali, agroalimentari e forestali

Servizio investimenti aziendali e sviluppo agricolo

Via Sabbadini 31

33100 Udine UD

ITALIA

Dirección web: http://www.regione.fvg.it/asp/delibereInternet/asp/internet/layout2008_2.asp?pag=1&num=2456&tx_dataDel=&key=&uf=&btnCerca=vai

Otros datos: —

Ayuda no: SA.34336 (12/XA)

Estado miembro: España

Región: Comunidad Valenciana

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Indemnizaciones por destrucción de material vegetal afectado por Erwinia amylovora (Burril) Winslow et al.

Base jurídica: Borrador de Orden de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se aprueban las bases de las ayudas indemnizatorias para la erradicación y el control de la bacteria de cuarentena Erwinia amylovora (Burril) Winslow et al., responsable de la enfermedad conocida como fuego bacteriano de las rosáceas.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen: 0,30 EUR (en millones)

Intensidad máxima de la ayuda: 100 %

Fecha de ejecución: —

Duración del régimen o de la ayuda individual: 2 de marzo de 2012-31 de diciembre de 2013

Objetivo de la ayuda: Enfermedades de las plantas — infestaciones parasitarias [Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006]

Sector o sectores beneficiarios: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua

Calle Amadeo de Saboya, 2

46010 Valencia

ESPAÑA

Dirección web: http://www.agricultura.gva.es/web/c/document_library/get_file?uuid=c79e73f6-0500-437a-a559-05c92e90c2d3&groupId=16

Otros datos: —


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/22


Comunicación del Ministerio de Economía, Agricultura e Innovación del Reino de los Países Bajos con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

2012/C 70/08

El Ministerio de Economía, Agricultura e Innovación notifica que ha recibido una solicitud de autorizaciones de prospección de hidrocarburos en una zona denominada «Opmeer».

Esta zona contemplada en la solicitud está ubicada en la provincia de Holanda Septentrional y queda delimitada por las rectas entre los pares de puntos A-B, B-C, C-D, D-E, E-F, F-G, G-H, H-I, I-J, J-K, K-L, L-M, M-N y A-N.

Las coordenadas de los citados puntos son las siguientes:

Punto

X

Y

A

118790,00

538390,00

B

120800,00

535000,00

C

123450,00

532000,00

D

126950,00

527300,00

E

130100,00

525000,00

F

132150,00

522600,00

G

134660,00

516000,00

H

131559,50

516071,20

I

130528,33

512343,19

J

126275,00

515000,00

K

120000,00

518150,00

L

118750,00

520000,00

M

117585,00

522850,00

N

115000,00

525260,00

La posición de estos puntos está expresada en coordenadas geográficas, calculadas de acuerdo con el sistema de triangulación de los Países Bajos (Rijks Driehoeksmeting).

Sobre la base de los límites descritos, la zona abarca una superficie de 229,0 km2.

El Ministerio de Economía, Agricultura e Innovación invita a las partes interesadas a presentar concurso de solicitudes de autorizaciones de prospección de hidrocarburos para la zona delimitada en los puntos y coordenadas anteriores, al amparo de la Directiva antes mencionada y del artículo 15 de la Ley de Minería (Mijnbouwwet) (Staatsblad no 542 de 2002).

La autoridad competente para la concesión de autorizaciones es el Ministerio de Economía, Agricultura e Innovación. Los criterios, condiciones y requisitos mencionados en el artículo 5, apartados 1 y 2, y en el artículo 6, apartado 2, de la citada Directiva se detallan en la Ley de Minería (Staatsblad no 542 de 2002).

Las solicitudes pueden presentarse durante las trece semanas posteriores a la publicación de la presente notificación en el Diario Oficial de la Unión Europea a la siguiente dirección:

De minister van Economische Zaken, Landbouw en Innovatie

ter attentie van P. Jongerius, directie Energiemarkt

ALP A/562

Bezuidenhoutseweg 30

Postbus 20101

2500 EC Den Haag

NEDERLAND

Las solicitudes que se reciban una vez transcurrido el plazo serán desestimadas.

La decisión sobre las solicitudes se adoptará a más tardar doce meses después de finalizar el plazo.

Puede solicitarse más información (Sr. E. J. Hoppel) en el siguiente número de teléfono: +31 703797762.


8.3.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 70/24


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6439 — AGRANA/RWA/JV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2012/C 70/09

1.

El 29 de febrero de 2012, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas AGRANA Beteiligungs-Aktiengesellschaft («AGRANA», Austria) y RWA Raiffeisen Ware Austria Aktiengesellschaft («RWA», Austria) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de una empresa en participación de nueva creación («JV», Austria) que combinará sus respectivas filiales AGRANA Juice e Ybbstaler.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

AGRANA: azúcar, almidón y fruta,

RWA: productos agrícolas, equipo técnico, energía, materiales de construcción, construcción y jardinería, servicios,

JV: producción y comercialización de concentrados de zumo de fruta, zumos de fruta no procedentes de concentrados, purés de fruta, aromas de fruta, edulcorantes de fruta, mezclas de zumos y productos relacionados.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6439 — AGRANA/RWA/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).