ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2012.017.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
55o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2012/C 017/01 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 ) |
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2012/C 017/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6414 — Itochu/Tessenderlo Chemie/Siemens Project Ventures/T-Power JV) ( 2 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Consejo |
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2012/C 017/03 |
Lista de nombramientos efectuados por el Consejo — En noviembre y diciembre de 2011 (ámbito social) |
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Comisión Europea |
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2012/C 017/04 |
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2012/C 017/05 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2012/C 017/06 |
Comunicación del Gobierno del Reino Unido relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos ( 2 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado |
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(2) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/1 |
Autorización de ayudas estatales con arreglo a los artículos 107 y 108 del TFUE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE excepto en lo referente a los productos contemplados en el anexo I del Tratado)
2012/C 17/01
Fecha de adopción de la decisión |
7.12.2011 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.32941 (11/N) |
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Estado miembro |
República Checa |
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Región |
— |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Opatření II.2.3.1. PRV Lesnicko-environmentální platby |
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Base jurídica |
|
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Silvicultura, Protección del medio ambiente |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
|
|||||
Intensidad |
100 % |
|||||
Duración |
Hasta el 31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Silvicultura y explotación forestal |
|||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
|||||
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
7.12.2011 |
|||||
Número de referencia de ayuda estatal |
SA.32942 (11/N) |
|||||
Estado miembro |
República Checa |
|||||
Región |
— |
— |
||||
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Opatření II.2.4.2 PRV Neproduktivní investice v lesích |
|||||
Base jurídica |
|
|||||
Tipo de medida |
Régimen |
— |
||||
Objetivo |
Silvicultura, Protección del medio ambiente |
|||||
Forma de la ayuda |
Subvención directa |
|||||
Presupuesto |
|
|||||
Intensidad |
100 % |
|||||
Duración |
Hasta el 31.12.2013 |
|||||
Sectores económicos |
Silvicultura y explotación forestal |
|||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
|||||
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
7.12.2011 |
|||||
Número de referencia de ayuda estatal |
SA.32943 (11/N) |
|||||
Estado miembro |
República Checa |
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Región |
— |
— |
||||
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Opatření II.2.1.1. PRV První zalesnění zemědělské půdy |
|||||
Base jurídica |
|
|||||
Tipo de medida |
Régimen |
— |
||||
Objetivo |
Silvicultura, Protección del medio ambiente |
|||||
Forma de la ayuda |
Subvención directa |
|||||
Presupuesto |
|
|||||
Intensidad |
80 % |
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Duración |
Hasta el 31.12.2013 |
|||||
Sectores económicos |
Silvicultura y explotación forestal |
|||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
|||||
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
7.12.2011 |
|||||
Número de referencia de ayuda estatal |
SA.32944 (11/N) |
|||||
Estado miembro |
República Checa |
|||||
Región |
— |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Opatření II.2.4.1 PRV Obnova lesního potenciálu po kalamitách a zavádění preventivních opatření |
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Base jurídica |
|
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Silvicultura, Protección del medio ambiente |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
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Intensidad |
100 % |
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Duración |
Hasta el 31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Silvicultura y explotación forestal |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
13.12.2011 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
SA.33522 (11/N) |
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Estado miembro |
Italia |
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Región |
Lombardia |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Promozione e pubblicità dei prodotti agricoli |
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Base jurídica |
bozza Deliberazione Giunta regionale «Aiuti per la promozione e la pubblicità dei prodotti agricoli» Legge regionale n. 31/2008 «Testo unico delle leggi in materia di agricoltura, foreste, pesca e sviluppo rurale», art. 12 |
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Tipo de medida |
Régimen |
— |
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Objetivo |
Asistencia técnica (AGRI), Promoción de los productos de calidad, Publicidad (AGRI) |
||||||
Forma de la ayuda |
Servicios subvencionados, Subvención directa |
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Presupuesto |
|
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Intensidad |
100 % |
||||||
Duración |
Hasta el 31.12.2016 |
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Sectores económicos |
Agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas, Industria de la alimentación, Elaboración de vinos |
||||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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||||||
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/6 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6414 — Itochu/Tessenderlo Chemie/Siemens Project Ventures/T-Power JV)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2012/C 17/02
El 13 de enero de 2012, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32012M6414. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Consejo
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/7 |
Lista de nombramientos efectuados por el Consejo
En noviembre y diciembre de 2011 (ámbito social)
2012/C 17/03
Comité |
Fin del mandato |
Publicación en el DO |
Persona sustituida |
Dimisión/Nombramiento |
Miembro/Suplente |
Categoría |
País |
Persona nombrada |
Pertenencia |
Fecha de la Decisión del Consejo |
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D. José Manuel DA LUZ CORDEIRO |
Dimisión |
Miembro |
Sindicatos |
Portugal |
D.a Catarina Maria BRANCO FERREIRA TAVARES |
Secretária Executiva da União Geral dos Trabalhadores |
28.11.2011 |
|
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D. Laurent GRANGERET |
Dimisión |
Suplente |
Gobiernos |
Francia |
D. Olivier MEUNIER |
Ministère du Travail, de l'Emploi et de la Santé |
8.11.2011 |
|
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D. Ivar RAIK |
Dimisión |
Miembro |
Gobiernos |
Estonia |
D.a Veronika KAIDIS |
Ministry of Social Affairs of Estonia |
19.12.2011 |
|
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D. Tiit KAADU |
Dimisión |
Suplente |
Gobiernos |
Estonia |
D.a Katrin KAARMA |
Labour Inspectorate |
19.12.2011 |
|
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D.a Ester RÜNKLA |
Dimisión |
Suplente |
Gobiernos |
Estonia |
D.a Kristel PLANGI |
Labour Inspectorate |
19.12.2011 |
|
Comité consultivo para la seguridad y la salud en el trabajo |
28.2.2013 |
D.a Veronika KAIDIS |
Dimisión |
Suplente |
Empresarios |
Estonia |
D.a Marju PEÄRNBERG |
ABB AS |
19.12.2011 |
|
Comité consultivo para la libre circulación de trabajadores |
24.9.2012 |
D.a Maarja KULDJÄRV |
Dimisión |
Miembro |
Gobiernos |
Estonia |
D. Benno VAISMA |
Ministry of Social Affairs of Estonia |
8.11.2011 |
|
Comité consultivo para la libre circulación de trabajadores |
24.9.2012 |
D. José Manuel DA LUZ CORDEIRO |
Dimisión |
Miembro |
Sindicatos |
Portugal |
D.a Catarina Maria BRANCO FERREIRA TAVARES |
Secretária Executiva da União Geral dos Trabalhadores |
28.11.2011 |
|
Comité consultivo de coordinación de los sistemas de seguridad social |
19.10.2015 |
D.a Ruth TAUDES |
Dimisión |
Miembro |
Empresarios |
Austria |
D. Martin GLEITSMANN |
Wirtschaftskammer Österreich Abteilung Sozialpolitik und Gesundheit |
28.11.2011 |
|
Consejo de dirección de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo |
7.11.2013 |
D. Laurent GRANGERET |
Dimisión |
Suplente |
Gobiernos |
Francia |
D. Olivier MEUNIER |
Ministère du Travail, de l'Emploi et de la Santé |
8.11.2011 |
|
Consejo de dirección de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo |
7.11.2013 |
D. Tiit KAADU |
Dimisión |
Miembro |
Gobiernos |
Estonia |
D.a Katrin KAARMA |
Labour Inspectorate |
19.12.2011 |
|
Consejo de dirección de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo |
7.11.2013 |
D. Ivar RAIK |
Dimisión |
Suplente |
Gobiernos |
Estonia |
D.a Kristel PLANGI |
Labour Inspectorate |
19.12.2011 |
|
Consejo de dirección de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo |
7.11.2013 |
D.a Veronika KAIDIS |
Dimisión |
Suplente |
Empresarios |
Estonia |
D.a Marju PEÄRNBERG |
ABB AS |
19.12.2011 |
|
Consejo de dirección de la Fundación Europea para la mejora de las condiciones de vida y de trabajo |
30.11.2013 |
D.a Rosario ESCOLAR POLO |
Dimisión |
Suplente |
Empresarios |
España |
D. Javier BLASCO DE LUNA |
ASOC. GRANDES EMPRESAS TRABAJO TEMPORAL |
12.12.2011 |
Comisión Europea
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/9 |
Tipo de cambio del euro (1)
19 de enero de 2012
2012/C 17/04
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,2911 |
JPY |
yen japonés |
99,19 |
DKK |
corona danesa |
7,4358 |
GBP |
libra esterlina |
0,83560 |
SEK |
corona sueca |
8,7605 |
CHF |
franco suizo |
1,2076 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
7,6620 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
25,298 |
HUF |
forint húngaro |
302,11 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7002 |
PLN |
zloty polaco |
4,3250 |
RON |
leu rumano |
4,3438 |
TRY |
lira turca |
2,3620 |
AUD |
dólar australiano |
1,2391 |
CAD |
dólar canadiense |
1,3012 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,0206 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,6102 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,6449 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 466,73 |
ZAR |
rand sudafricano |
10,2423 |
CNY |
yuan renminbi |
8,1545 |
HRK |
kuna croata |
7,5660 |
IDR |
rupia indonesia |
11 590,53 |
MYR |
ringgit malayo |
4,0069 |
PHP |
peso filipino |
56,147 |
RUB |
rublo ruso |
40,5596 |
THB |
baht tailandés |
40,837 |
BRL |
real brasileño |
2,2804 |
MXN |
peso mexicano |
17,1321 |
INR |
rupia india |
64,9170 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/10 |
Nuevas caras nacionales de las monedas conmemorativas de 2 euros destinadas a la circulación emitidas por los Estados miembros de la zona del euro para conmemorar los diez años del euro
2012/C 17/05
Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Comunidad en el que se prevea la emisión de monedas en euros pueden emitir monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación, en determinadas condiciones, en particular que solo se emplee la denominación de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un motivo conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Para celebrar los diez años del euro, los ministros de Hacienda de la zona del euro decidieron que los Estados miembros de la zona del euro acuñaran una moneda conmemorativa de 2 euros con un motivo común en la cara nacional. Los ciudadanos y los residentes de la zona del euro han seleccionado el motivo ganador mediante votación pública en internet. Los votantes, que podían elegir entre cinco motivos, previamente seleccionados por un jurado de profesionales tras un concurso en el que pudieron participar los ciudadanos de toda la zona del euro, escogieron la creación de Helmut Andexlinger, diseñador profesional de la fábrica de la moneda austriaca.
Estados emisores: Bélgica, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Italia, Chipre, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia y Finlandia.
Tema de la conmemoración: Diez años del euro.
Descripción del motivo: El símbolo del euro en el centro de la moneda muestra la importancia adquirida por el euro, tanto en Europa como en el resto del mundo, ya que se ha convertido en protagonista en el sistema monetario internacional en los últimos diez años. Los elementos en torno al símbolo del euro expresan la importancia del euro para los ciudadanos, el mundo financiero (torre del BCE), el comercio (buques), la industria (fábricas), el sector de la energía y la investigación y el desarrollo (centrales de energía eólica). Las iniciales del artista (AH) figuran bajo la imagen de la torre del BCE. En la parte superior, figura(n) el/los nombre(s) del país emisor en la(s) lengua(s) nacional(es), mientras que, en la parte inferior, figura la indicación 2002-2012.
En la corona circular aparecen las doce estrellas de la bandera europea.
Fecha aproximada de emisión: Enero de 2012.
BÉLGICA
|
Leyenda: BE/2002-2012 Marca de ceca: la marca del maestro de ceca y la marca de ceca figuran, respectivamente, a la izquierda y a la derecha de la indicación del país Volumen estimado de emisión: 5 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2
, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
ALEMANIA
|
Leyenda: BUNDESREPUBLIK DEUTSCHLAND/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca (A, D, F, G o J) figura a la derecha de la indicación «2002-2012» Volumen estimado de emisión: 30 millones de monedas Grabado del canto (virola): EINIGKEIT UND RECHT UND FREIHEIT y el motivo del águila federal |
ESTONIA
|
Leyenda: EESTI/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 2 millones de monedas Grabado del canto (virola): EESTI, repetido dos veces de abajo arriba y de arriba abajo |
IRLANDA
|
Leyenda: ÉIRE/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 3 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2
, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
GRECIA
|
Leyenda: ΕΛΛΗΝΙΚΗ ΔΗΜΟΚΡΑΤΙΑ/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca figura a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 1 millón de monedas Grabado del canto (virola): ΕΛΛΗΝΙΚΗ ΔΗΜΟΚΡΑΤΙΑ
|
ESPAÑA
|
Leyenda: ESPAÑA/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 8 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2
, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
FRANCIA
|
Leyenda: RÉPUBLIQUE FRANÇAISE/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca y la marca del maestro de ceca figuran a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 10 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2
, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
ITALIA
|
Leyenda: REPUBBLICA ITALIANA/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca «R» figura a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 15 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
CHIPRE
|
Leyenda: ΚΥΠΡΟΣ KIBRIS/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 1 millón de monedas Grabado del canto (virola): «2 ΕΥΡΩ 2 EURO» repetido dos veces |
LUXEMBURGO
|
Leyenda: LËTZEBUERG/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca y la marca del maestro de ceca figuran en la parte superior, a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 1,4 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2
repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo. De conformidad con el Derecho nacional, la moneda muestra la efigie del Gran Duque como imagen latente |
MALTA
|
Leyenda: MALTA/2002-2012 Marca de ceca: la marca del maestro de ceca y la marca de ceca figuran, respectivamente, a la izquierda y a la derecha de la estrella inferior Volumen estimado de emisión: 700 000 monedas Grabado del canto (virola): 2
, repetido seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
PAÍSES BAJOS
|
Leyenda: NEDERLAND/2002-2012 Marca de ceca: la marca del maestro de ceca y la marca de ceca figuran a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 3,5 millones de monedas Grabado del canto (virola): GODZIJ MET ONS
|
AUSTRIA
|
Leyenda: REPUBLIK ÖSTERREICH/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 11,3 millones de monedas Grabado del canto (virola): 2 EURO
, repetido cuatro veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo |
PORTUGAL
|
Leyenda: PORTUGAL/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca figura a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 520 000 monedas Grabado del canto (virola): cinco escudos de armas y siete castillos dispuestos a intervalos regulares |
ESLOVENIA
|
Leyenda: SLOVENIJA/2002-2012 Marca de ceca: ninguna Volumen estimado de emisión: 1 millón de monedas Grabado del canto (virola): SLOVENIJA, seguido de un punto grabado |
ESLOVAQUIA
|
Leyenda: SLOVENSKO/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca figura en la parte superior, a la derecha del motivo Volumen estimado de emisión: 1 millón de monedas Grabado del canto (virola): SLOVENSKÁ REPUBLIKA, seguido de tres símbolos: estrella — hoja de tilo — estrella |
FINLANDIA
|
Leyenda: SUOMI FINLAND/2002-2012 Marca de ceca: la marca de ceca figura en la parte superior, a la izquierda del motivo Volumen estimado de emisión: 1,5 millones de monedas Grabado del canto (virola): SUOMI FINLAND
(cada representa una cabeza de león) |
(1) Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
20.1.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 17/15 |
Comunicación del Gobierno del Reino Unido relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2012/C 17/06
Anuncio del Reino Unido de la 27a ronda de concesión de licencias de petróleo y gas en el mar
Departamento de Energía y Cambio Climático
Ley del petróleo (The Petroleum Act) de 1998
Ronda de concesión de licencias en el mar
1. |
El Ministerio de Energía y Cambio Climático invita a los interesados a que soliciten licencias para la producción de petróleo en el mar en determinadas zonas de la plataforma continental del Reino Unido. |
2. |
Para una información completa acerca de la convocatoria, incluidas las listas y los mapas de las zonas comprendidas en la oferta, así como las condiciones relativas a las licencias, véase la página web de la Unidad de Desarrollo de Recursos Energéticos (Energy Resources Development Unit, EDU) (véase más adelante). |
3. |
Todas las decisiones sobre las solicitudes se tomarán con arreglo a las condiciones del Reglamento sobre concesión de licencias para hidrocarburos de 1995 [«Hydrocarbons Licensing Directive Regulations 1995 (S.I. 1995 No 1434)»] y teniendo en cuenta la necesidad constante de efectuar exploraciones de manera rápida, exhaustiva, eficiente y segura para detectar los recursos de gas y petróleo del Reino Unido, prestando la debida atención a las consideraciones medioambientales. |
Solicitudes de licencias tradicionales y de licencias de frontera (incluido el oeste de Escocia)
4. |
Los criterios de evaluación de las solicitudes de licencias tradicionales y de licencias de frontera (tanto en las zonas del oeste de Escocia como en otros lugares) harán referencia a los aspectos siguientes:
|
5. |
El agente propuesto dentro de cada grupo solicitante (y cualquier empresa que sea solicitante único) deberá presentar una declaración en la que explique su política medioambiental general para la realización de actividades bajo licencia en zonas marítimas. |
6. |
En el caso de las solicitudes de licencias tradicionales y de licencias de frontera, el Ministerio sólo concederá la licencia si puede aprobar al mismo tiempo la elección del agente realizada por el solicitante. Antes de aprobar a un agente, el Ministerio deberá tener garantías de que el candidato propuesto será capaz de planificar y gestionar las operaciones de perforación, en cuanto a efectivos, experiencia, competencia y formación de su personal, los procedimientos y metodologías propuestos, la concepción de su estructura de dirección, la comunicación con los contratistas y la estrategia global de la empresa. Cuando examine la candidatura de un agente propuesto, el Ministerio tendrá en cuenta tanto la nueva información que se presenta en la solicitud como el historial del candidato como agente, en el Reino Unido y en el extranjero. |
Solicitudes de licencias de promoción
7. |
Las decisiones sobre las solicitudes se tomarán según los criterios siguientes:
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8. |
Las licencias de promoción expirarán al término de dos años si el titular de la licencia no ha demostrado a satisfacción del Ministerio de Energía y Cambio Climático su capacidad técnica y financiera para completar el programa de trabajo del período inicial, que incluirá un compromiso en firme en ese momento de perforar como mínimo un pozo o de realizar una actividad fundamental equivalente convenida. El programa de trabajo del período inicial habrá de llevarse a cabo en el plazo de cuatro años. |
Orientación
9. |
Para más detalles sobre todo lo anterior en relación con la presente convocatoria, véanse las páginas web de la Unidad de Desarrollo Energético (EDU): http://www.og.decc.gov.uk/ |
Ofertas de licencia
10. |
A menos que sea necesaria una evaluación ambiental en relación con un bloque concreto (véase el punto 14), cualquier licencia que el Ministerio ofrezca como resultado de esta convocatoria, lo será en el plazo de doce meses a partir de la fecha del presente anuncio. |
11. |
El Ministerio no se hace responsable de los costes que para el solicitante acarree el estudio o la presentación de la solicitud. |
Evaluación medioambiental
12. |
El Ministerio ha realizado una evaluación ambiental estratégica (EAE) de todas las zonas cubiertas por la convocatoria según lo establecido en la Directiva 2001/42/CE relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. Los resultados de la evaluación pueden consultarse en las páginas web del Ministerio de Energía y Cambio Climático correspondiente a la EAE de la producción de energía en el mar: http://www.offshore-sea.org.uk/consultations/Offshore_Energy_SEA/index.php |
13. |
Las licencias con arreglo a la presente convocatoria sólo se expedirán si, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva de Hábitats (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres):
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14. |
Administración de licencias: Energy Development Unit (EDU), Department of Energy and Climate Change, 3 Whitehall Place, London SW1A 2AW, United Kingdom (Tel. +44 03000686042, Fax +44 003000685129). Página web de la Unidad de Desarrollo Energético (EDU): http://www.og.decc.gov.uk/ |