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ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2011.381.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
54o año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2011/C 381/01 |
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2011/C 381/02 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Comisión Europea |
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2011/C 381/03 |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2011/C 381/04 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
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ES |
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IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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30.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
29 de diciembre de 2011
2011/C 381/01
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
|
USD |
dólar estadounidense |
1,2889 |
|
JPY |
yen japonés |
100,24 |
|
DKK |
corona danesa |
7,4343 |
|
GBP |
libra esterlina |
0,83600 |
|
SEK |
corona sueca |
8,9414 |
|
CHF |
franco suizo |
1,2186 |
|
ISK |
corona islandesa |
|
|
NOK |
corona noruega |
7,7740 |
|
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
|
CZK |
corona checa |
25,910 |
|
HUF |
forint húngaro |
310,75 |
|
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
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LVL |
lats letón |
0,6990 |
|
PLN |
zloty polaco |
4,4411 |
|
RON |
leu rumano |
4,3025 |
|
TRY |
lira turca |
2,4650 |
|
AUD |
dólar australiano |
1,2799 |
|
CAD |
dólar canadiense |
1,3189 |
|
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,0181 |
|
NZD |
dólar neozelandés |
1,6815 |
|
SGD |
dólar de Singapur |
1,6805 |
|
KRW |
won de Corea del Sur |
1 488,70 |
|
ZAR |
rand sudafricano |
10,5089 |
|
CNY |
yuan renminbi |
8,1461 |
|
HRK |
kuna croata |
7,5375 |
|
IDR |
rupia indonesia |
11 861,52 |
|
MYR |
ringgit malayo |
4,0981 |
|
PHP |
peso filipino |
56,511 |
|
RUB |
rublo ruso |
41,5360 |
|
THB |
baht tailandés |
40,961 |
|
BRL |
real brasileño |
2,4201 |
|
MXN |
peso mexicano |
18,0061 |
|
INR |
rupia india |
68,3790 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
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30.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381/2 |
Comunicación de la Comisión sobre los tipos de interés actuales a efectos de recuperación de ayudas estatales y los tipos de referencia/actualización para los 27 Estados miembros aplicables a partir del 1 de enero de 2012
[Publicado con arreglo al artículo 10 del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004 (DO L 140 de 30.4.2004, p. 1)]
2011/C 381/02
Tipos de base calculados de conformidad con la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19.1.2008, p. 6). Según el uso del tipo de referencia, a este tipo de base habrá que añadir además los márgenes correspondientes tal como se definen en dicha Comunicación. En el caso del tipo de actualización, esto significa que se debe añadir un margen de 100 puntos básicos. El Reglamento (CE) no 271/2008 de la Comisión, de 30 de enero de 2008, que modifica el Reglamento de aplicación (CE) no 794/2004, prevé que, salvo disposición contraria en una decisión específica, el tipo de recuperación se calculará también añadiendo 100 puntos básicos al tipo de base.
Los tipos modificados se indican en negrita
El cuadro anterior se publicó en el DO C 225 de 30.7.2011, p. 8.
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Desde |
A |
AT |
BE |
BG |
CY |
CZ |
DE |
DK |
EE |
EL |
ES |
FI |
FR |
HU |
IE |
IT |
LT |
LU |
LV |
MT |
NL |
PL |
PT |
RO |
SE |
SI |
SK |
UK |
|
1.1.2012 |
… |
2,07 |
2,07 |
3,66 |
2,07 |
1,72 |
2,07 |
1,85 |
2,07 |
2,07 |
2,07 |
2,07 |
2,07 |
6,39 |
2,07 |
2,07 |
2,57 |
2,07 |
2,38 |
2,07 |
2,07 |
4,91 |
2,07 |
6,85 |
2,76 |
2,07 |
2,07 |
1,74 |
|
1.8.2011 |
31.12.2011 |
2,05 |
2,05 |
3,97 |
2,05 |
1,79 |
2,05 |
2,07 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
5,61 |
2,05 |
2,05 |
2,56 |
2,05 |
2,20 |
2,05 |
2,05 |
4,26 |
2,05 |
7,18 |
2,65 |
2,05 |
2,05 |
1,48 |
|
1.7.2011 |
31.7.2011 |
2,05 |
2,05 |
3,97 |
2,05 |
1,79 |
2,05 |
1,76 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
2,05 |
5,61 |
2,05 |
2,05 |
2,56 |
2,05 |
2,20 |
2,05 |
2,05 |
4,26 |
2,05 |
7,18 |
2,65 |
2,05 |
2,05 |
1,48 |
|
1.5.2011 |
30.6.2011 |
1,73 |
1,73 |
3,97 |
1,73 |
1,79 |
1,73 |
1,76 |
1,73 |
1,73 |
1,73 |
1,73 |
1,73 |
5,61 |
1,73 |
1,73 |
2,56 |
1,73 |
2,20 |
1,73 |
1,73 |
4,26 |
1,73 |
7,18 |
2,65 |
1,73 |
1,73 |
1,48 |
|
1.3.2011 |
30.4.2011 |
1,49 |
1,49 |
3,97 |
1,49 |
1,79 |
1,49 |
1,76 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
5,61 |
1,49 |
1,49 |
2,56 |
1,49 |
2,20 |
1,49 |
1,49 |
4,26 |
1,49 |
7,18 |
2,23 |
1,49 |
1,49 |
1,48 |
|
1.1.2011 |
28.2.2011 |
1,49 |
1,49 |
3,97 |
1,49 |
1,79 |
1,49 |
1,76 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
1,49 |
5,61 |
1,49 |
1,49 |
2,56 |
1,49 |
2,64 |
1,49 |
1,49 |
4,26 |
1,49 |
7,18 |
1,76 |
1,49 |
1,49 |
1,48 |
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión Europea
|
30.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381/3 |
Convocatoria de Propuestas — EACEA/42/11 — Programa de acción Erasmus Mundus 2009-2013 — Ejecución en 2012
2011/C 381/03
Acción 1 — Programas Conjuntos
Acción 2 — Acuerdos de colaboración
Acción 3 — Fomento de la educación superior europea
OBJETIVOS DEL PROGRAMA
Por Decisión no 1298/2008/CE (1) de 16 de diciembre de 2008, el Parlamento Europeo y el Consejo establecieron el programa de acción Erasmus Mundus para el periodo 2009 a 2013. El objetivo global del programa Erasmus Mundus es fomentar la educación superior europea, contribuir a mejorar y potenciar las perspectivas profesionales de los estudiantes y favorecer la comprensión intercultural mediante la cooperación con terceros países, de acuerdo con los objetivos de la UE en materia de política exterior, a fin de contribuir al desarrollo sostenible de terceros países en el ámbito de la educación superior.
El programa tiene los siguientes objetivos específicos:
|
— |
fomentar la cooperación estructurada entre las instituciones de educación superior y ofrecer una educación superior de mejor calidad con un claro valor añadido europeo, que resulte atractiva tanto dentro de la Unión Europea como más allá de sus fronteras, con vistas a crear centros de excelencia, |
|
— |
contribuir al enriquecimiento mutuo de las sociedades desarrollando las cualificaciones de hombres y mujeres para que posean las competencias adecuadas, sobre todo en lo que se refiere al mercado laboral, y para que tengan una actitud abierta y adquieran experiencia internacional mediante la promoción de la movilidad de los estudiantes y profesores de mayor talento procedentes de terceros países para que obtengan cualificaciones o experiencia en la Unión Europea, así como la movilidad de los estudiantes y profesores europeos de mayor talento hacia terceros países, |
|
— |
contribuir al desarrollo de los recursos humanos y a la capacidad de cooperación internacional de las instituciones de educación superior en terceros países mediante el aumento de las corrientes de movilidad entre la Unión Europea y terceros países, |
|
— |
mejorar la accesibilidad y dar más relieve y visibilidad a la educación superior europea por todo el mundo, así como hacerla más atractiva para los ciudadanos de terceros países y de la Unión. |
La Guía del Programa Erasmus Mundus y los formularios de solicitud pertinentes para las tres acciones están disponibles en la dirección siguiente:
http://eacea.ec.europa.eu/erasmus_mundus/funding/higher_education_institutions_en.php
A. Acción 1 — Programas Conjuntos Erasmus Mundus
Esta acción, que tiene por objeto fomentar la cooperación entre las instituciones de educación superior y el personal académico de Europa y de terceros países con vistas a crear polos de excelencia y aportar recursos humanos con un elevado grado de formación, se compone de dos sub-acciones:
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— |
Acción 1A — Cursos de Máster Erasmus Mundus (EMMC), y |
|
— |
Acción 1B — Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (DCEM) |
El objetivo de las sub-acciones es apoyar los programas de postgrado de calidad académica sobresaliente, desarrollados conjuntamente por consorcios de universidades europeas y, llegado el caso, de terceros países, capaces de contribuir a una mayor visibilidad y atractivo de la enseñanza superior europea. Dichos programas conjuntos deben implicar la movilidad entre las universidades integrantes del consorcio y conducir a la obtención de una titulación doble, múltiple o conjunta reconocida.
A.1. Participantes elegibles y composición del consorcio
Las condiciones aplicables a los participantes admisibles y a la composición del consorcio se especifican en la Guía del Programa, secciones 4.2.1 para la Acción 1A y 5.2.1 para la Acción 1B.
A.2. Actividades elegibles
Las actividades seleccionables se especifican en la Guía del Programa, secciones 4.2.2 para la Acción 1A y 5.2.2 para la Acción 1B. No se han establecido prioridades temáticas para la presente convocatoria.
A.3. Criterios de adjudicación
Las solicitudes para las Acciones 1A y 1B se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
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— |
Acción 1A — Cursos de Máster Erasmus Mundus (EMMC)
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— |
Acción 1B — Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (DCEM)
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A.4. Presupuesto
La presente convocatoria de propuestas no conlleva ningún impacto presupuestario directo en 2012. Su objetivo es seleccionar:
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— |
para la Acción 1A (EMMC): alrededor de 15 nuevas solicitudes y hasta 23 solicitudes de renovación, |
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— |
para la Acción 1B (DCEM): alrededor de 10 nuevas solicitudes. |
Para cada una de las solicitudes seleccionadas, se suscribirá un Acuerdo Marco de Asociación (AMA) en el verano de 2012. Estos AMA darán lugar a la adjudicación de acuerdos anuales de subvención específicos que darán comienzo a partir del año académico 2013/2014 e incluirán por una parte un apoyo financiero a los consorcios que lleven a la práctica los programas conjuntos y, por otra parte, un número establecido anualmente de becas individuales para estudiantes europeos y de terceros países, candidatos al título de Doctor y académicos.
A.5. Fecha límite de presentación
El plazo de presentación para los cursos del Máster Erasmus Mundus (Acción 1A) y de los Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (Acción 1B) es el 30 de abril de 2012 a las 12h00 del medio día hora centro europea.
La Agencia Ejecutiva ha establecido un sistema de presentación electrónica de todas las solicitudes. Para la presente convocatoria de propuestas, los solicitantes deben enviar sus solicitudes por medio del formulario electrónico disponible a partir de febrero de 2012.
Este formulario (que incluye anexos) se considera la solicitud definitiva.
Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se tendrán en cuenta las solicitudes enviadas en versión papel, por fax o por correo electrónico.
B. Acción 2 — Acuerdos de colaboración Erasmus Mundus
NOTA INFORMATIVA
La presente convocatoria de propuestas se formula con una cláusula de suspensión relativa a una parte del presupuesto previsto para los lotes 1, 2, 3 y 5 (Países ENP) y a la totalidad del presupuesto previsto para el lote 11 (India). La financiación y la consiguiente adjudicación de las subvenciones consignadas a los proyectos comprendidos en estos lotes están sujetas a la adopción de las decisiones respectivas por parte de la Comisión Europea.
Esta acción tiene por objeto fomentar la cooperación estructurada entre las instituciones de educación superior europeas y de terceros países mediante la promoción de la movilidad en todos los niveles de estudios para estudiantes (de grado y de máster), candidatos al título de Doctor, investigadores, académicos y personal administrativo (puede que algunas regiones y grupos no incluyan todos los tipos de movilidad).
La Acción 2 (Acuerdos de colaboración Erasmus Mundus — EMA2) se divide en dos modalidades:
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— |
Acción 2 Erasmus Mundus — MODALIDAD 1 — Acuerdos de colaboración con países cubiertos por los instrumentos IEVA, ICD, FED e IPA (2) (antigua Ventana de Cooperación Exterior), |
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— |
Acción 2 Erasmus Mundus — MODALIDAD 2 — Acuerdos de colaboración con países y territorios cubiertos por los Instrumentos de los Países Industrializados (ICI). |
B.1. Participantes elegibles, países y composición de los acuerdos de colaboración
Las condiciones aplicables a los participantes elegibles y a la composición de los acuerdos de colaboración se especifican en la Guía del Programa, secciones 6.1.2.a para EMA2-MODALIDAD 1 y 6.2.2.a para EMA2-MODALIDAD 2, y en las «Guías de la convocatoria de propuestas EACEA/42/11», secciones 5.3.1 para EMA2-MODALIDAD 1 y 5.3.2 para EMA2-MODALIDAD 2.
B.2. Actividades elegibles
Las actividades elegibles se encuentran especificadas en la Guía del Programa, sección 6.1.2.b para EMA2-MODALIDAD 1 y en la sección 6.2.2.b para EMA2-MODALIDAD 2 y en las «Guías de la convocatoria de propuestas EACEA/42/11» bajo la sección 5.3.1 para EMA2-MODALIDAD 1 y bajo la sección 5.3.2 para EMA2-MODALIDAD 2.
B.3. Criterios de adjudicación
|
— |
Las solicitudes presentadas en el marco de la EMA2-MODALIDAD 1 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
|
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— |
Las solicitudes presentadas en el marco de la EMA2-MODALIDAD 2 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
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B.4. Presupuesto (3)
La cuantía global disponible para la presente convocatoria de propuestas asciende aproximadamente a 170,640 millones de EUR, destinados a una corriente mínima de movilidad de 6 210 personas.
El presupuesto disponible para la EMA2-MODALIDAD 1 es de 169,440 millones de EUR destinados a una movilidad mínima de 6 185 personas.
El presupuesto disponible para la EMA2-MODALIDAD 2 es de 1,2 millones de EUR destinados a una movilidad mínima de 25 personas.
B.5. Fecha límite de presentación
El plazo de presentación para los Acuerdos de colaboración de la Acción 2 del programa Erasmus Mundus es el 30 de abril de 2012 (el matasellos dará fe).
La solicitud de subvención deberá enviarse por correo certificado a la dirección siguiente:
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Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural |
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Convocatoria de propuestas EACEA/42/11 — Acción 2 |
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Atención: Sr. Joachim FRONIA |
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BOUR 02/029 |
|
Avenue du Bourget/Bourgetlaan 1 |
|
1040 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se aceptarán las solicitudes enviadas únicamente por fax o por correo electrónico.
En caso de que el solicitante envíe varias solicitudes diferentes, deberá enviar cada una de ellas en un sobre separado.
C. Acción 3 — Fomento de la educación superior europea
Esta acción tiene por objeto fomentar la educación superior europea mediante medidas que mejoren su atractivo, peso, imagen, visibilidad y accesibilidad. Acción 3 presta apoyo a iniciativas transnacionales, estudios, proyectos, actos y otras actividades relacionadas con la dimensión internacional de todos los aspectos de la educación superior. Esto incluye, la promoción, la accesibilidad, la garantía de la calidad, el reconocimiento de créditos, el reconocimiento de las cualificaciones europeas en el extranjero y el reconocimiento mutuo de las cualificaciones con terceros países, el desarrollo de currículos, la movilidad, la calidad de los servicios, etc.
Las actividades contempladas en la Acción 3 pueden adoptar diversas formas (conferencias, seminarios, talleres, estudios, análisis, proyectos piloto, premios, redes internacionales, producción de material publicable, desarrollo de herramientas informativas, comunicativas y tecnológicas) y pueden tener lugar en cualquier parte del mundo.
C.1. Participantes elegibles y composición del consorcio
Las condiciones aplicables a los participantes admisibles y a la composición del consorcio se especifican en la Guía del Programa, sección 7.2.1.
C.2. Actividades elegibles/admisibles
Las actividades seleccionables se especifican en la Guía del Programa, sección 7.2.2.
A los efectos de la presente convocatoria de propuestas, los proyectos deberían abordar una de las prioridades siguientes:
|
— |
proyectos que se ocupan de la promoción de la educación superior europea en ciertas zonas geográficas (en particular, los países de la vecindad oriental y meridional), |
|
— |
proyectos que tienen por objeto mejorar los servicios prestados a los estudiantes internacionales y a los candidatos al título de Doctor, |
|
— |
proyectos que abordan la dimensión internacional de la garantía de la calidad, |
|
— |
proyectos que buscan fortalecer las relaciones entre la investigación y la educación superior europea, |
|
— |
proyectos que promueven las oportunidades de estudio en Europa para los candidatos al título de Doctor, |
|
— |
proyectos que promueven el programa Erasmus Mundos hacia los estudiantes europeos, |
|
— |
proyectos que promueven el programa Erasmus Mundus entre el empresariado. |
No se financiarán los proyectos que contemplen las actividades siguientes:
|
— |
Actividades llevadas a cabo en el contexto de la internacionalización de las redes temáticas ERASMUS. |
C.3. Criterios de adjudicación
|
— |
Las solicitudes para la Acción 3 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:
|
C.4. Presupuesto (4)
La presente convocatoria de propuestas tiene previsto seleccionar alrededor de 6 proyectos. El presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos en el marco de la presente convocatoria de propuestas asciende a 1,5 millones de EUR. Las cuantías de las subvenciones variarán considerablemente en función de la envergadura de los proyectos seleccionados (normalmente entre 100 000 y 350 000 EUR). La contribución financiera de la Agencia no puede superar el 75 % de los costes subvencionables totales.
C.5. Fecha límite de presentación
El plazo de presentación para los proyectos de la Acción 3 del programa Erasmus Mundus destinados a dar un mayor atractivo a la educación superior europea es el 30 de abril de 2012 (el matasellos dará fe).
La solicitud de subvención deberá enviarse por correo certificado a la dirección siguiente:
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Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural |
|
Convocatoria de propuestas EACEA/42/11 — Acción 3 |
|
Atención: Sr. Joachim FRONIA |
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BOUR 02/029 |
|
Avenue du Bourget/Bourgetlaan 1 |
|
1040 Bruxelles/Brussel |
|
BELGIQUE/BELGIË |
Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se aceptarán las solicitudes enviadas únicamente por fax o por correo electrónico.
(1) DO L 340 de 19.12.2008, p. 83.
|
IEVA |
— |
Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación |
|
ICD |
— |
Instrumento de Cooperación al Desarrollo |
|
IPA |
— |
Instrumento de Ayuda Preadhesión |
|
FED |
— |
El Fondo Europeo de Desarrollo (FED) es el instrumento principal para prestar ayuda comunitaria a la cooperación para el desarrollo de conformidad con el Acuerdo de Cotonú: «el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por la otra». |
(3) Esta cantidad está condicionada a la adopción del presupuesto de la Unión Europea para el 2012.
(4) Véase la nota a pie de página 3.
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
|
30.12.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 381/9 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 381/04
|
1. |
El 20 de diciembre de 2011, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual DCC Energy Limited («DCC Energy», Irlanda) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Swea Energi Holding AB («Swea», Suecia) mediante adquisición de acciones. |
|
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
|
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).