ISSN 1977-0928

doi:10.3000/19770928.C_2011.381.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 381

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

54o año
30 de diciembre de 2011


Número de información

Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2011/C 381/01

Tipo de cambio del euro

1

2011/C 381/02

Comunicación de la Comisión sobre los tipos de interés actuales a efectos de recuperación de ayudas estatales y los tipos de referencia/actualización para los 27 Estados miembros aplicables a partir del 1 de enero de 2012[Publicado con arreglo al artículo 10 del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004 (DO L 140 de 30.4.2004, p. 1)]

2

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Comisión Europea

2011/C 381/03

Convocatoria de Propuestas — EACEA/42/11 — Programa de acción Erasmus Mundus 2009-2013 — Ejecución en 2012

3

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2011/C 381/04

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

9

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

30.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 381/1


Tipo de cambio del euro (1)

29 de diciembre de 2011

2011/C 381/01

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2889

JPY

yen japonés

100,24

DKK

corona danesa

7,4343

GBP

libra esterlina

0,83600

SEK

corona sueca

8,9414

CHF

franco suizo

1,2186

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

7,7740

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

25,910

HUF

forint húngaro

310,75

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6990

PLN

zloty polaco

4,4411

RON

leu rumano

4,3025

TRY

lira turca

2,4650

AUD

dólar australiano

1,2799

CAD

dólar canadiense

1,3189

HKD

dólar de Hong Kong

10,0181

NZD

dólar neozelandés

1,6815

SGD

dólar de Singapur

1,6805

KRW

won de Corea del Sur

1 488,70

ZAR

rand sudafricano

10,5089

CNY

yuan renminbi

8,1461

HRK

kuna croata

7,5375

IDR

rupia indonesia

11 861,52

MYR

ringgit malayo

4,0981

PHP

peso filipino

56,511

RUB

rublo ruso

41,5360

THB

baht tailandés

40,961

BRL

real brasileño

2,4201

MXN

peso mexicano

18,0061

INR

rupia india

68,3790


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


30.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 381/2


Comunicación de la Comisión sobre los tipos de interés actuales a efectos de recuperación de ayudas estatales y los tipos de referencia/actualización para los 27 Estados miembros aplicables a partir del 1 de enero de 2012

[Publicado con arreglo al artículo 10 del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004 (DO L 140 de 30.4.2004, p. 1)]

2011/C 381/02

Tipos de base calculados de conformidad con la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19.1.2008, p. 6). Según el uso del tipo de referencia, a este tipo de base habrá que añadir además los márgenes correspondientes tal como se definen en dicha Comunicación. En el caso del tipo de actualización, esto significa que se debe añadir un margen de 100 puntos básicos. El Reglamento (CE) no 271/2008 de la Comisión, de 30 de enero de 2008, que modifica el Reglamento de aplicación (CE) no 794/2004, prevé que, salvo disposición contraria en una decisión específica, el tipo de recuperación se calculará también añadiendo 100 puntos básicos al tipo de base.

Los tipos modificados se indican en negrita

El cuadro anterior se publicó en el DO C 225 de 30.7.2011, p. 8.

Desde

A

AT

BE

BG

CY

CZ

DE

DK

EE

EL

ES

FI

FR

HU

IE

IT

LT

LU

LV

MT

NL

PL

PT

RO

SE

SI

SK

UK

1.1.2012

2,07

2,07

3,66

2,07

1,72

2,07

1,85

2,07

2,07

2,07

2,07

2,07

6,39

2,07

2,07

2,57

2,07

2,38

2,07

2,07

4,91

2,07

6,85

2,76

2,07

2,07

1,74

1.8.2011

31.12.2011

2,05

2,05

3,97

2,05

1,79

2,05

2,07

2,05

2,05

2,05

2,05

2,05

5,61

2,05

2,05

2,56

2,05

2,20

2,05

2,05

4,26

2,05

7,18

2,65

2,05

2,05

1,48

1.7.2011

31.7.2011

2,05

2,05

3,97

2,05

1,79

2,05

1,76

2,05

2,05

2,05

2,05

2,05

5,61

2,05

2,05

2,56

2,05

2,20

2,05

2,05

4,26

2,05

7,18

2,65

2,05

2,05

1,48

1.5.2011

30.6.2011

1,73

1,73

3,97

1,73

1,79

1,73

1,76

1,73

1,73

1,73

1,73

1,73

5,61

1,73

1,73

2,56

1,73

2,20

1,73

1,73

4,26

1,73

7,18

2,65

1,73

1,73

1,48

1.3.2011

30.4.2011

1,49

1,49

3,97

1,49

1,79

1,49

1,76

1,49

1,49

1,49

1,49

1,49

5,61

1,49

1,49

2,56

1,49

2,20

1,49

1,49

4,26

1,49

7,18

2,23

1,49

1,49

1,48

1.1.2011

28.2.2011

1,49

1,49

3,97

1,49

1,79

1,49

1,76

1,49

1,49

1,49

1,49

1,49

5,61

1,49

1,49

2,56

1,49

2,64

1,49

1,49

4,26

1,49

7,18

1,76

1,49

1,49

1,48


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Comisión Europea

30.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 381/3


Convocatoria de Propuestas — EACEA/42/11 — Programa de acción Erasmus Mundus 2009-2013 — Ejecución en 2012

2011/C 381/03

Acción 1 — Programas Conjuntos

Acción 2 — Acuerdos de colaboración

Acción 3 — Fomento de la educación superior europea

OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Por Decisión no 1298/2008/CE (1) de 16 de diciembre de 2008, el Parlamento Europeo y el Consejo establecieron el programa de acción Erasmus Mundus para el periodo 2009 a 2013. El objetivo global del programa Erasmus Mundus es fomentar la educación superior europea, contribuir a mejorar y potenciar las perspectivas profesionales de los estudiantes y favorecer la comprensión intercultural mediante la cooperación con terceros países, de acuerdo con los objetivos de la UE en materia de política exterior, a fin de contribuir al desarrollo sostenible de terceros países en el ámbito de la educación superior.

El programa tiene los siguientes objetivos específicos:

fomentar la cooperación estructurada entre las instituciones de educación superior y ofrecer una educación superior de mejor calidad con un claro valor añadido europeo, que resulte atractiva tanto dentro de la Unión Europea como más allá de sus fronteras, con vistas a crear centros de excelencia,

contribuir al enriquecimiento mutuo de las sociedades desarrollando las cualificaciones de hombres y mujeres para que posean las competencias adecuadas, sobre todo en lo que se refiere al mercado laboral, y para que tengan una actitud abierta y adquieran experiencia internacional mediante la promoción de la movilidad de los estudiantes y profesores de mayor talento procedentes de terceros países para que obtengan cualificaciones o experiencia en la Unión Europea, así como la movilidad de los estudiantes y profesores europeos de mayor talento hacia terceros países,

contribuir al desarrollo de los recursos humanos y a la capacidad de cooperación internacional de las instituciones de educación superior en terceros países mediante el aumento de las corrientes de movilidad entre la Unión Europea y terceros países,

mejorar la accesibilidad y dar más relieve y visibilidad a la educación superior europea por todo el mundo, así como hacerla más atractiva para los ciudadanos de terceros países y de la Unión.

La Guía del Programa Erasmus Mundus y los formularios de solicitud pertinentes para las tres acciones están disponibles en la dirección siguiente:

http://eacea.ec.europa.eu/erasmus_mundus/funding/higher_education_institutions_en.php

A.   Acción 1 — Programas Conjuntos Erasmus Mundus

Esta acción, que tiene por objeto fomentar la cooperación entre las instituciones de educación superior y el personal académico de Europa y de terceros países con vistas a crear polos de excelencia y aportar recursos humanos con un elevado grado de formación, se compone de dos sub-acciones:

Acción 1A — Cursos de Máster Erasmus Mundus (EMMC), y

Acción 1B — Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (DCEM)

El objetivo de las sub-acciones es apoyar los programas de postgrado de calidad académica sobresaliente, desarrollados conjuntamente por consorcios de universidades europeas y, llegado el caso, de terceros países, capaces de contribuir a una mayor visibilidad y atractivo de la enseñanza superior europea. Dichos programas conjuntos deben implicar la movilidad entre las universidades integrantes del consorcio y conducir a la obtención de una titulación doble, múltiple o conjunta reconocida.

A.1.   Participantes elegibles y composición del consorcio

Las condiciones aplicables a los participantes admisibles y a la composición del consorcio se especifican en la Guía del Programa, secciones 4.2.1 para la Acción 1A y 5.2.1 para la Acción 1B.

A.2.   Actividades elegibles

Las actividades seleccionables se especifican en la Guía del Programa, secciones 4.2.2 para la Acción 1A y 5.2.2 para la Acción 1B. No se han establecido prioridades temáticas para la presente convocatoria.

A.3.   Criterios de adjudicación

Las solicitudes para las Acciones 1A y 1B se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:

Acción 1A — Cursos de Máster Erasmus Mundus (EMMC)

Criterios

Ponderación

1.

Calidad académica

30 %

2.

Integración del curso

25 %

3.

Medidas relativas a la gestión, la visibilidad y la sostenibilidad del curso

20 %

4.

Servicios para los estudiantes y seguimiento

15 %

5.

Evaluación y garantía de la calidad

10 %

Total

100 %

Acción 1B — Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (DCEM)

Criterios

Ponderación

1.

Calidad académica y de investigación

25 %

2.

Experiencia de colaboración y composición

25 %

3.

Integración europea y funcionamiento del programa

20 %

4.

Provisiones para candidatos que disfrutan de una beca de investigación para realizar un doctorado conjunto Erasmus Mundus

15 %

5.

Gestión, sostenibilidad y garantía de la calidad del programa

15 %

Total

100 %

A.4.   Presupuesto

La presente convocatoria de propuestas no conlleva ningún impacto presupuestario directo en 2012. Su objetivo es seleccionar:

para la Acción 1A (EMMC): alrededor de 15 nuevas solicitudes y hasta 23 solicitudes de renovación,

para la Acción 1B (DCEM): alrededor de 10 nuevas solicitudes.

Para cada una de las solicitudes seleccionadas, se suscribirá un Acuerdo Marco de Asociación (AMA) en el verano de 2012. Estos AMA darán lugar a la adjudicación de acuerdos anuales de subvención específicos que darán comienzo a partir del año académico 2013/2014 e incluirán por una parte un apoyo financiero a los consorcios que lleven a la práctica los programas conjuntos y, por otra parte, un número establecido anualmente de becas individuales para estudiantes europeos y de terceros países, candidatos al título de Doctor y académicos.

A.5.   Fecha límite de presentación

El plazo de presentación para los cursos del Máster Erasmus Mundus (Acción 1A) y de los Doctorados Conjuntos Erasmus Mundus (Acción 1B) es el 30 de abril de 2012 a las 12h00 del medio día hora centro europea.

La Agencia Ejecutiva ha establecido un sistema de presentación electrónica de todas las solicitudes. Para la presente convocatoria de propuestas, los solicitantes deben enviar sus solicitudes por medio del formulario electrónico disponible a partir de febrero de 2012.

Este formulario (que incluye anexos) se considera la solicitud definitiva.

Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se tendrán en cuenta las solicitudes enviadas en versión papel, por fax o por correo electrónico.

B.   Acción 2 — Acuerdos de colaboración Erasmus Mundus

NOTA INFORMATIVA

La presente convocatoria de propuestas se formula con una cláusula de suspensión relativa a una parte del presupuesto previsto para los lotes 1, 2, 3 y 5 (Países ENP) y a la totalidad del presupuesto previsto para el lote 11 (India). La financiación y la consiguiente adjudicación de las subvenciones consignadas a los proyectos comprendidos en estos lotes están sujetas a la adopción de las decisiones respectivas por parte de la Comisión Europea.

Esta acción tiene por objeto fomentar la cooperación estructurada entre las instituciones de educación superior europeas y de terceros países mediante la promoción de la movilidad en todos los niveles de estudios para estudiantes (de grado y de máster), candidatos al título de Doctor, investigadores, académicos y personal administrativo (puede que algunas regiones y grupos no incluyan todos los tipos de movilidad).

La Acción 2 (Acuerdos de colaboración Erasmus Mundus — EMA2) se divide en dos modalidades:

Acción 2 Erasmus Mundus — MODALIDAD 1 — Acuerdos de colaboración con países cubiertos por los instrumentos IEVA, ICD, FED e IPA (2) (antigua Ventana de Cooperación Exterior),

Acción 2 Erasmus Mundus — MODALIDAD 2 — Acuerdos de colaboración con países y territorios cubiertos por los Instrumentos de los Países Industrializados (ICI).

B.1.   Participantes elegibles, países y composición de los acuerdos de colaboración

Las condiciones aplicables a los participantes elegibles y a la composición de los acuerdos de colaboración se especifican en la Guía del Programa, secciones 6.1.2.a para EMA2-MODALIDAD 1 y 6.2.2.a para EMA2-MODALIDAD 2, y en las «Guías de la convocatoria de propuestas EACEA/42/11», secciones 5.3.1 para EMA2-MODALIDAD 1 y 5.3.2 para EMA2-MODALIDAD 2.

B.2.   Actividades elegibles

Las actividades elegibles se encuentran especificadas en la Guía del Programa, sección 6.1.2.b para EMA2-MODALIDAD 1 y en la sección 6.2.2.b para EMA2-MODALIDAD 2 y en las «Guías de la convocatoria de propuestas EACEA/42/11» bajo la sección 5.3.1 para EMA2-MODALIDAD 1 y bajo la sección 5.3.2 para EMA2-MODALIDAD 2.

B.3.   Criterios de adjudicación

Las solicitudes presentadas en el marco de la EMA2-MODALIDAD 1 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:

Criterios

Ponderación

1.

Pertinencia

25 %

2.

Calidad

65 %

2.1.

Composición del acuerdo de colaboración y mecanismos de cooperación

20 %

2.2.

Organización y aplicación de la movilidad

25 %

2.3.

Servicios para los estudiantes y el personal, y seguimiento

20 %

3.

Sostenibilidad

10 %

Total

100 %

Las solicitudes presentadas en el marco de la EMA2-MODALIDAD 2 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:

Criterios

Ponderación

1.

Pertinencia

25 %

2.

Contribución a la excelencia

25 %

3.

Calidad

50 %

3.1.

Composición del acuerdo de colaboración y mecanismos de cooperación

15 %

3.2.

Organización y aplicación de la movilidad

20 %

3.3.

Servicios para los estudiantes y el personal, y seguimiento

15 %

Total

100 %

B.4.   Presupuesto  (3)

La cuantía global disponible para la presente convocatoria de propuestas asciende aproximadamente a 170,640 millones de EUR, destinados a una corriente mínima de movilidad de 6 210 personas.

El presupuesto disponible para la EMA2-MODALIDAD 1 es de 169,440 millones de EUR destinados a una movilidad mínima de 6 185 personas.

El presupuesto disponible para la EMA2-MODALIDAD 2 es de 1,2 millones de EUR destinados a una movilidad mínima de 25 personas.

B.5.   Fecha límite de presentación

El plazo de presentación para los Acuerdos de colaboración de la Acción 2 del programa Erasmus Mundus es el 30 de abril de 2012 (el matasellos dará fe).

La solicitud de subvención deberá enviarse por correo certificado a la dirección siguiente:

Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural

Convocatoria de propuestas EACEA/42/11 — Acción 2

Atención: Sr. Joachim FRONIA

BOUR 02/029

Avenue du Bourget/Bourgetlaan 1

1040 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se aceptarán las solicitudes enviadas únicamente por fax o por correo electrónico.

En caso de que el solicitante envíe varias solicitudes diferentes, deberá enviar cada una de ellas en un sobre separado.

C.   Acción 3 — Fomento de la educación superior europea

Esta acción tiene por objeto fomentar la educación superior europea mediante medidas que mejoren su atractivo, peso, imagen, visibilidad y accesibilidad. Acción 3 presta apoyo a iniciativas transnacionales, estudios, proyectos, actos y otras actividades relacionadas con la dimensión internacional de todos los aspectos de la educación superior. Esto incluye, la promoción, la accesibilidad, la garantía de la calidad, el reconocimiento de créditos, el reconocimiento de las cualificaciones europeas en el extranjero y el reconocimiento mutuo de las cualificaciones con terceros países, el desarrollo de currículos, la movilidad, la calidad de los servicios, etc.

Las actividades contempladas en la Acción 3 pueden adoptar diversas formas (conferencias, seminarios, talleres, estudios, análisis, proyectos piloto, premios, redes internacionales, producción de material publicable, desarrollo de herramientas informativas, comunicativas y tecnológicas) y pueden tener lugar en cualquier parte del mundo.

C.1.   Participantes elegibles y composición del consorcio

Las condiciones aplicables a los participantes admisibles y a la composición del consorcio se especifican en la Guía del Programa, sección 7.2.1.

C.2.   Actividades elegibles/admisibles

Las actividades seleccionables se especifican en la Guía del Programa, sección 7.2.2.

A los efectos de la presente convocatoria de propuestas, los proyectos deberían abordar una de las prioridades siguientes:

proyectos que se ocupan de la promoción de la educación superior europea en ciertas zonas geográficas (en particular, los países de la vecindad oriental y meridional),

proyectos que tienen por objeto mejorar los servicios prestados a los estudiantes internacionales y a los candidatos al título de Doctor,

proyectos que abordan la dimensión internacional de la garantía de la calidad,

proyectos que buscan fortalecer las relaciones entre la investigación y la educación superior europea,

proyectos que promueven las oportunidades de estudio en Europa para los candidatos al título de Doctor,

proyectos que promueven el programa Erasmus Mundos hacia los estudiantes europeos,

proyectos que promueven el programa Erasmus Mundus entre el empresariado.

No se financiarán los proyectos que contemplen las actividades siguientes:

Actividades llevadas a cabo en el contexto de la internacionalización de las redes temáticas ERASMUS.

C.3.   Criterios de adjudicación

Las solicitudes para la Acción 3 se valorarán con arreglo a los siguientes criterios de adjudicación:

Criterios

Ponderación

1.

Pertinencia del proyecto en relación con el programa Erasmus Mundus

25 %

2.

Repercusión prevista del proyecto a la hora de contribuir a dar un mayor atractivo a la educación superior europea en todo el mundo

25 %

3.

Arreglos para la difusión de los resultados y experiencias del proyecto, garantía de calidad y planes para la sostenibilidad y la explotación de los resultados a largo plazo

15 %

4.

Composición del acuerdo de colaboración y mecanismos de cooperación del Consorcio

15 %

5.

Plan de trabajo y presupuesto

20 %

Total

100 %

C.4.   Presupuesto  (4)

La presente convocatoria de propuestas tiene previsto seleccionar alrededor de 6 proyectos. El presupuesto total destinado a la cofinanciación de proyectos en el marco de la presente convocatoria de propuestas asciende a 1,5 millones de EUR. Las cuantías de las subvenciones variarán considerablemente en función de la envergadura de los proyectos seleccionados (normalmente entre 100 000 y 350 000 EUR). La contribución financiera de la Agencia no puede superar el 75 % de los costes subvencionables totales.

C.5.   Fecha límite de presentación

El plazo de presentación para los proyectos de la Acción 3 del programa Erasmus Mundus destinados a dar un mayor atractivo a la educación superior europea es el 30 de abril de 2012 (el matasellos dará fe).

La solicitud de subvención deberá enviarse por correo certificado a la dirección siguiente:

Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural

Convocatoria de propuestas EACEA/42/11 — Acción 3

Atención: Sr. Joachim FRONIA

BOUR 02/029

Avenue du Bourget/Bourgetlaan 1

1040 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Sólo se aceptarán las solicitudes presentadas dentro de plazo y de acuerdo con los requisitos especificados en el formulario. No se aceptarán las solicitudes enviadas únicamente por fax o por correo electrónico.


(1)  DO L 340 de 19.12.2008, p. 83.

(2)  

IEVA

Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación

ICD

Instrumento de Cooperación al Desarrollo

IPA

Instrumento de Ayuda Preadhesión

FED

El Fondo Europeo de Desarrollo (FED) es el instrumento principal para prestar ayuda comunitaria a la cooperación para el desarrollo de conformidad con el Acuerdo de Cotonú: «el Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por la otra».

(3)  Esta cantidad está condicionada a la adopción del presupuesto de la Unión Europea para el 2012.

(4)  Véase la nota a pie de página 3.


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

30.12.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 381/9


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2011/C 381/04

1.

El 20 de diciembre de 2011, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual DCC Energy Limited («DCC Energy», Irlanda) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Swea Energi Holding AB («Swea», Suecia) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

DCC Energy: se dedica principalmente a la venta, comercialización y distribución de petróleo y GLP en Gran Bretaña, Irlanda, Dinamarca y Austria,

Swea: desarrolla sus actividades en el mercado sueco de distribución de combustible. La empresa distribuye combustible de calefacción, diesel, gasolina, gránulos de madera y lubricantes en Suecia.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6449 — DCC Energy/Swea Energi, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).