ISSN 1977-0928 doi:10.3000/19770928.C_2011.336.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
54o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2011/C 336/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6276 — AIF VII Euro Holdings/Ascometal) ( 1 ) |
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2011/C 336/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6374 — Braskem/Dow polypropylene business) ( 1 ) |
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2011/C 336/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6391 — Dow/Mitsui/Brazilian Polyethylene JV) ( 1 ) |
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2011/C 336/04 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6354 — CVC/Virgin Group Holdings/Virgin Active Group) ( 1 ) |
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2011/C 336/05 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.6406 — Colisée Laffitte/CDC/Ensemble immobilier Paris) ( 1 ) |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) |
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2011/C 336/12 |
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PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES |
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Tribunal de la AELC |
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2011/C 336/13 |
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2011/C 336/14 |
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2011/C 336/15 |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2011/C 336/16 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.6328 — Socimac/Bolloré/Société d'exploitation du Terminal de Vridi) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6276 — AIF VII Euro Holdings/Ascometal)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/01
El 17 de agosto de 2011, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32011M6276. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6374 — Braskem/Dow polypropylene business)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/02
El 28 de septiembre de 2011, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32011M6374. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6391 — Dow/Mitsui/Brazilian Polyethylene JV)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/03
El 27 de octubre de 2001, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32011M6391. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6354 — CVC/Virgin Group Holdings/Virgin Active Group)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/04
El 14 de octubre de 2011, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32011M6354. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.6406 — Colisée Laffitte/CDC/Ensemble immobilier Paris)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/05
El 10 de noviembre de 2011, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32011M6406. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/4 |
Tipo de cambio del euro (1)
16 de noviembre de 2011
2011/C 336/06
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,3484 |
JPY |
yen japonés |
103,77 |
DKK |
corona danesa |
7,4425 |
GBP |
libra esterlina |
0,85430 |
SEK |
corona sueca |
9,1313 |
CHF |
franco suizo |
1,2384 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
7,7930 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
25,606 |
HUF |
forint húngaro |
314,00 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7000 |
PLN |
zloty polaco |
4,4276 |
RON |
leu rumano |
4,3645 |
TRY |
lira turca |
2,4335 |
AUD |
dólar australiano |
1,3323 |
CAD |
dólar canadiense |
1,3831 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,4934 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7588 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,7442 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 529,61 |
ZAR |
rand sudafricano |
11,0015 |
CNY |
yuan renminbi |
8,5636 |
HRK |
kuna croata |
7,4850 |
IDR |
rupia indonesia |
12 167,91 |
MYR |
ringgit malayo |
4,2495 |
PHP |
peso filipino |
58,575 |
RUB |
rublo ruso |
41,4950 |
THB |
baht tailandés |
41,571 |
BRL |
real brasileño |
2,3968 |
MXN |
peso mexicano |
18,3301 |
INR |
rupia india |
68,4380 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/5 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la seguridad general de los productos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(Publicación de títulos y referencias de normas europeas conforme a la directiva)
2011/C 336/07
OEN (1) |
Referencia y título de la norma (documento de referencia) |
Referencia de la norma retirada y sustituida |
Fecha límite para obtener presunción de conformidad respecto a la norma sustituida Nota 1 |
CEN |
EN 581-1:2006 Mobiliario de exteriores. Asientos y mesas de uso doméstico, público y de camping. Parte 1: Requisitos generales de seguridad. |
— |
|
CEN |
EN 913:1996 Equipos para gimnasia. Requisitos generales de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 916:2003 Equipamiento para gimnasia. Plintos. Requisitos y métodos de ensayo incluyendo seguridad |
— |
|
CEN |
EN 957-1:2005 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 1: Requisitos generales de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 957-2:2003 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 2: Equipos para entrenamiento de la fuerza; requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-4:1996 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 4: Bancos para entrenamiento de la fuerza, requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-5:1996 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 5: Equipos para entrenamiento a pedales; requisitos técnicos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-6:2001 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 6: Simuladores de carrera, requisitos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-7:1998 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 7: Máquinas de remo, requisitos de seguridad específicos y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-8:1998 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 8: Simuladores de marcha, simuladores de escalera y simuladores de escalada. Requisitos de seguridad específicos y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-9:2003 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 9: Entrenadores elípticos, requisitos específicos de seguridad y métodos de ensayo adicionales. |
— |
|
CEN |
EN 957-10:2005 Equipos fijos para entrenamiento. Parte 10: Bicicletas de ejercicio con volante fijo o sin volante libre, requisitos adicionales específicos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 1129-1:1995 Mobiliario. Camas abatibles. Requisitos de seguridad y ensayos. Parte 1: Requisitos de seguridad |
— |
|
CEN |
EN 1129-2:1995 Mobiliario. Camas abatibles. Requisitos de seguridad y ensayos. Parte 2: Métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 1130-1:1996 Muebles. Moisés y cunas balancín de uso doméstico. Parte 1: Requisitos de seguridad. |
— |
|
CEN |
EN 1130-2:1996 Muebles. Moisés y cunas balancín de uso doméstico. Parte 2: Métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 1273:2005 Artículos de puericultura. Andadores. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 1400-1:2002 Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Parte 1: Requisitos generales de seguridad e información de producto. |
— |
|
CEN |
EN 1400-2:2002 Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Parte 2: Requisitos y ensayos mecánicos. |
— |
|
CEN |
EN 1400-3:2002 Artículos de puericultura. Chupetes para bebés y niños pequeños. Parte 3: Requisitos y ensayos químicos. |
— |
|
CEN |
EN 1466:2004 Artículos de puericultura. Capazos y soportes. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
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CEN |
EN 1651:1999 Equipos para la práctica del parapente. Arneses. Requisitos de seguridad y ensayos de resistencia |
— |
|
CEN |
EN 1860-1:2003 Aparatos, combustibles sólidos y sistemas de encendido para el asado en barbacoas. Parte 1: Barbacoas que utilizan combustibles sólidos. Requisitos y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN ISO 9994:2006 Encendedores. Requisitos de seguridad. (ISO 9994:2005) |
— |
|
CEN |
EN 12196:2003 Equipos para gimnasia. Caballos y potros. Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12197:1997 Equipos para gimnasia. Barras fijas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12346:1998 Equipos para gimnasia. Espalderas, escalas y estructuras de trepa. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12432:1998 Equipos para gimnasia. Barras de equilibrios. Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12491:2001 Equipo para la práctica del parapente. Paracaídas de emergencia. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN 12586:1999 Artículos de puericultura. Broches para chupetes. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
EN 12586:1999/AC:2002 |
— |
|
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CEN |
EN 12655:1998 Equipos de gimnasia. Anillas. Requisitos funcionales y de seguridad, métodos de ensayo |
— |
|
CEN |
EN ISO 12863:2010 Método de ensayo normalizado para evaluar la tendencia a la ignición de los cigarrillos |
— |
|
CEN |
EN 13138-2:2002 Ayudas a la flotación para el aprendizaje de la natación. Parte 2: Requisitos de seguridad y métodos de ensayo para las ayudas a la flotación destinadas a su sujeción |
— |
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CEN |
EN 13209-1:2004 Artículos de puericultura. Mochilas portabebés. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. Parte 1: Mochilas de espalda con estructura soporte |
— |
|
CEN |
EN 13319:2000 Accesorios de buceo. Profundímetros e instrumentos de medición combinada de la profundidad y el tiempo. Requisitos funcionales y de seguridad. Métodos de ensayo |
— |
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CEN |
EN 13899:2003 Equipamiento para deportes sobre ruedas. Patines sobre ruedas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
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CEN |
EN 14059:2002 Lámparas de aceite decorativas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
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CEN |
EN 14344:2004 Artículos de puericultura. Asientos infantiles para bicicletas. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo |
— |
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CEN |
EN 14350-1:2004 Artículos de puericultura. Artículos para la alimentación líquida. Parte 1: Requisitos generales y mecánicos, y ensayos; |
— |
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CEN |
EN 14682:2007 Seguridad de la ropa de niños. Cordones y cordeles en ropa de niños. Especificaciones. |
EN 14682:2004 |
30.6.2008 |
CEN |
EN 14764:2005 Bicicletas de paseo. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 14766:2005 Bicicletas de montaña. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
|
CEN |
EN 14781:2005 Bicicletas de carreras. Requisitos de seguridad y métodos de ensayo. |
— |
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CEN |
EN 14872:2006 Bicicletas. Accesorios para bicicletas. Porta-equipajes |
— |
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CEN |
EN 16156:2010 Cigarrillos. Evaluación de la tendencia a la ignición. Requisitos de seguridad |
— |
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Nota 1: |
Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por el organismo europeo de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso. |
AVISO:
— |
todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en los organismos europeos de normalización o en los organismos nacionales de normalización, podrán encontrar una lista que figura en anexo de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 98/34/CE (2) modificada por la Directiva 98/48/CE (3), |
— |
la publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todos los idiomas comunitarios, |
— |
esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión garantiza la puesta al día de la presente lista, |
— |
para obtener más información consulte la dirección siguiente: http://ec.europa.eu/enterprise/policies/european-standards/harmonised-standards/index_en.htm |
(1) OEN: Organismo europeo de normalización:
— |
CEN: Avenue Marnix 17, 1000 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË, Tel. +32 25500811; Fax +32 25500819 (http://www.cen.eu), |
— |
Cenelec: Avenue Marnix 17, 1000 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË, Tel. +32 25196871; Fax +32 25196919 (http://www.cenelec.eu), |
— |
ETSI: 650 route des Lucioles, 06921 Sophia Antipolis, FRANCE, Tel. +33 492944200; Fax +33 493654716 (http://www.etsi.eu). |
(2) DO L 204 de 21.7.1998, p. 37.
(3) DO L 217 de 5.8.1998, p. 18.
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/9 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación del Reglamento (UE) no 1016/2010 de la Comisión, por el que se aplica la Directiva 2009/125/CE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los requisitos de diseño ecológico aplicables a los lavavajillas domésticos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
[Publicación de títulos y referencias de métodos provisionales de medición (1) a los efectos de la aplicación del Reglamento (UE) no 1016/2010 de la Comisión]
2011/C 336/08
Parámetro medido |
Organización |
Referencia |
Título |
Términos, definiciones, símbolos y clasificación |
CLC (2) |
Capítulos 3 y 4 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. En caso de que existan discrepancias entre los capítulos 3 y 4 de la norma EN 50242/EN 60436 y las definiciones establecidas en el artículo 2 del Reglamento (UE) no 1016/2010, prevalecerá lo dispuesto en dicho Reglamento. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Condiciones generales de ensayo |
CLC |
Capítulo 5 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
|
Capacidad asignada |
CLC |
Anexo A de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
|
Consumo de energía (Et) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
|
Consumo anual de energía (AEC) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
|
|
CEI (3) |
Anexo O de IEC 60436 Ed. 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
IEC 59A/155/DC:2011-05 Proyecto de la futura Ed. 3 de la norma IEC 60436, lavavajillas eléctricos para uso domésticos — Métodos de medición del rendimiento |
Consumo eléctrico en «modo apagado» PO |
CEI |
Anexo O.3 de IEC 60436 Ed. 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
(El método se describe en el capítulo 2 de este documento) |
Consumo eléctrico en «modo sin apagar» Pl |
CEI |
Anexo O.2 de IEC 60436 Ed. 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
|
Duración del «modo sin apagar» |
CEI |
Anexo O.4 de IEC 60436 Ed. 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
|
Consumo anual de agua (AWC) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Eficiencia de secado (ID) |
CLC |
Capítulo 7 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
|
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CEI |
Anexo N de IEC 60436 Ed. 3.1:2009-11 para el uso alternado de la nueva máquina de referencia |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
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CEI |
IEC 60436 Ed. 3 enmienda 2 (59A/152/CDV: 2011-03) para nuevos elementos del número de cubiertos y el uso alternado del nuevo microondas de referencia. Además en este documento se incluye la imagen de carga correcta del horno Memmert (4). |
IEC 60436-A2 Ed. 3.0: Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
Eficiencia de lavado (IC) |
CLC |
Capítulo 6 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
|
CEI |
Anexo N de IEC 60436 Ed. 3.1:2009-11 para el uso alternado de la nueva máquina de referencia |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
|
CEI |
IEC 60436 Ed. 3 enmienda 2 (59A/152/CDV: 2011-03) para nuevos elementos del número de cubiertos y el uso alternado del nuevo microondas de referencia. Además en este documento se incluye la imagen de carga correcta del horno Memmert. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
Duración del programa |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed. 2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Ruido aéreo emitido |
CLC |
EN 60704-1:2010 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 1: Requisitos generales |
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CLC |
EN 60704-2-3/A1:2005 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 2-3: Requisitos particulares para los lavavajillas |
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CLC |
EN 60704-3:2006 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 3: Procedimiento para la determinación y verificación de los valores de emisión de ruido declarados |
(1) Está previsto que estos métodos provisionales sean sustituidos en última instancia por una norma o normas armonizada(s). Cuando estén disponibles, la(s) referencia(s) a la(s) norma(s) armonizada(s) se publicará(n) en el Diario Oficial de la Unión Europea, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Directiva 2009/125/CE.
(2) Abreviatura de Cenelec (Comité Européen de Normalisation Électrotechnique).
(3) Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission).
(4) Marca del horno de referencia necesario para quemar la suciedad para realizar una prueba de etiquetado energético.
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/11 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación del Reglamento Delegado (UE) no 1059/2010 de la Comisión, por el que se complementa la Directiva 2010/30/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al etiquetado energético de los lavavajillas domésticos
(Texto pertinente a efectos del EEE)
[Publicación de títulos y referencias de métodos provisionales de medición (1) a los efectos de la aplicación del Reglamento Delegado (UE) no 1059/2010 de la Comisión]
2011/C 336/09
Parámetro medido |
Organización |
Referencia |
Título |
Términos, definiciones, símbolos y clasificación |
CLC (2) |
Capítulos 3 y 4 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. En caso de que existan discrepancias entre los capítulos 3 y 4 de la norma EN 50242/EN 60436 y las definiciones establecidas en el artículo 2 del Reglamento Delegado (UE) no 1059/2010, prevalecerá lo dispuesto en dicho Reglamento. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Condiciones generales de ensayo |
CLC |
Capítulo 5 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
|
Capacidad asignada |
CLC |
Anexo A de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
|
Consumo de energía (Et) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
|
Consumo anual de energía (AEC) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
|
|
CEI (3) |
Anexo O de IEC 60436 ed 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
IEC 59A/155/DC:2011-05 Proyecto de la futura ed 3 de la norma IEC 60436, lavavajillas eléctricos para uso domésticos — Métodos de medición del rendimiento |
Consumo eléctrico en «modo apagado» PO |
CEI |
Anexo O.3 de IEC 60436 ed 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
(el método se describe en el capítulo 2 de este documento) |
Consumo eléctrico en «modo sin apagar» Pl |
CEI |
Anexo O.2 de IEC 60436 ed 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
|
Duración del modo «sin apagar» |
CEI |
Anexo O.4 de IEC 60436 ed 4 (IEC SC59A/155/DC:2011-05) |
|
Consumo anual de agua (AWC) |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Eficiencia de secado (ID) |
CLC |
Capítulo 7 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
|
|
CEI |
Anexo N de IEC 60436 ed 3.1:2009-11 para el uso alternado de la nueva máquina de referencia |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
|
CEI |
IEC 60436 ed 3 enmienda 2 (59A/152/CDV: 2011-03) para nuevos elementos del número de cubiertos y el uso alternado del nuevo microondas de referencia. Además en este documento se incluye la imagen de carga correcta del horno Memmert (4). |
IEC 60436-A2 Ed 3.0: Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
Eficiencia de lavado (IC) |
CLC |
Capítulo 6 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
|
CEI |
Anexo N de IEC 60436 ed 3.1:2009-11 para el uso alternado de la nueva máquina de referencia |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
|
CEI |
IEC 60436 ed 3 enmienda 2 (59A/152/CDV: 2011-03) para nuevos elementos del número de cubiertos y el uso alternado del nuevo microondas de referencia. Además en este documento se incluye la imagen de carga correcta del horno Memmert. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento |
Duración del programa |
CLC |
Capítulo 8.2 de la norma EN 50242/EN 60436 Ed.2: 2008. |
Lavavajillas eléctricos para uso doméstico — Métodos de medición del rendimiento (IEC 60436:2004, modificada) |
Ruido aéreo emitido |
CLC |
EN 60704-1:2010 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 1: Requisitos generales |
|
CLC |
EN 60704-2-3/A1:2005 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 2-3: Requisitos particulares para los lavavajillas |
|
CLC |
EN 60704-3:2006 |
Código de ensayo para la determinación del ruido aéreo emitido por los aparatos electrodomésticos y análogos — Parte 3: Procedimiento para la determinación y verificación de los valores de emisión de ruido declarados |
(1) Está previsto que estos métodos provisionales sean sustituidos en última instancia por una norma o normas armonizada(s). Cuando estén disponibles, la(s) referencia(s) a la(s) norma(s) armonizada(s) se publicará(n) en el Diario Oficial de la Unión Europea, de conformidad con los artículos 9 y 10 de la Directiva 2009/125/CE.
(2) Abreviatura de Cenelec (Comité Européen de Normalisation Électrotechnique).
(3) Comisión Electrotécnica Internacional (International Electrotechnical Commission).
(4) Marca del horno de referencia necesario para quemar la suciedad para realizar una prueba de etiquetado energético.
Tribunal de Cuentas
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/13 |
Informe Especial no 11/2011 «¿Contribuyen la concepción y la gestión del sistema de indicaciones geográficas a que éste sea eficaz?»
2011/C 336/10
El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial no 11/2011 «¿Contribuyen la concepción y la gestión del sistema de indicaciones geográficas a que éste sea eficaz?».
El informe puede consultarse o descargarse en el sitio web del Tribunal de Cuentas Europeo: http://www.eca.europa.eu
También puede obtenerse gratuitamente en versión papel, enviando una petición a la dirección siguiente:
Tribunal de Cuentas Europeo |
Unidad «Auditoría: Elaboración de informes» |
12, rue Alcide de Gasperi |
1615 Luxembourg |
LUXEMBOURG |
Tel. +352 4398-1 |
E-mail: euraud@eca.europa.eu |
o rellenando una orden de pedido electrónico en EU-Bookshop.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/14 |
Lista de instalaciones autorizadas para el tratamiento de alimentos e ingredientes alimentarios con radiaciones ionizantes en los Estados miembros
[De conformidad con el artículo 7, apartado 4, de la Directiva 1999/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre alimentos e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes (1) ]
(El presente texto anula el publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea C 187 de 7 de agosto de 2003, p. 13, y lo sustituye)
2011/C 336/11
Estado miembro |
Instalaciones de irradiación autorizadas |
|||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente, número de referencia, nombre y dirección |
Información adicional sobre la autorización |
|||||||||||||||||||||||||||||||
AT |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
BE |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: 2110/91/0004
|
Autorización para alimentos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
BG |
Fuente: irradiación gamma con 60Co
|
Autorización para hierbas aromáticas y especias secas y condimentos vegetales secos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
CY |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
CZ |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: IR-02-CZ
|
Autorización para hierbas aromáticas, especias y condimentos secos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
DE |
Fuente: irradiación gamma con 60Co
Fuente: irradiación por electrones acelerados
|
Autorización para hierbas aromáticas, especias y condimentos secos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
DK |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
EE |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: 2865
|
Autorización para hierbas aromáticas, especias y condimentos secos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
ES |
Fuente: irradiación por electrones acelerados
|
Autorización para hierbas aromáticas, especias y condimentos secos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
FI |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
FR |
Fuente: irradiación gamma con 60Co
Fuente: irradiación con electrones acelerados No de referencia: 10 093 F
|
Autorización para alimentos de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
||||||||||||||||||||||||||||||
EL |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
HU |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: EU-AIF 04-2002
|
Autorización de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE |
||||||||||||||||||||||||||||||
IE |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
IT |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: RAD 1/04 IT
|
Autorización de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE |
||||||||||||||||||||||||||||||
LU |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
LT |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
LV |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
MT |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
NL |
Fuente: irradiación gamma con 60Co
|
Autorización para el tratamiento de frutas pasas, leguminosas, hortalizas deshidratadas, copos de cereales, hierbas, especias, camarones y gambas, carne de aves de corral, ancas de rana, goma arábiga y ovoproductos, de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE |
||||||||||||||||||||||||||||||
PL |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: GIS-HZ-4434-W.-2/MR/03
|
Autorización para el tratamiento de cebollas, ajos, hongos, especias secas, hongos secos y hortalizas secas |
||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente: irradiación con electrones acelerados No de referencia: GIS-HZ-4434-W.-3/MR/03
|
Autorización para el tratamiento de patatas, cebollas, ajos, hongos, especias secas, hongos secos y hortalizas secas |
|||||||||||||||||||||||||||||||
PT |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
RO |
Fuente: irradiación gamma con 60Co
|
Autorización de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE |
||||||||||||||||||||||||||||||
SE |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
SI |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
SK |
Nada |
|
||||||||||||||||||||||||||||||
UK |
Fuente: irradiación gamma con 60Co No de referencia: EW/04
|
Autorización para determinadas hierbas y especias de acuerdo con el artículo 7, apartado 2, de la Directiva 1999/2/CE. |
(1) DO L 66 de 13.3.1999, p. 16.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/18 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL
2011/C 336/12
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza la siguiente oposición general:
EPSO/AST/117/11 — Asistentes (AST 1) de secretaría para las siguientes lenguas: Griego (EL), Inglés (EN), Estonio (ET), Finés (FI), Francés (FR), Irlandés (GA), Húngaro (HU), Italiano (IT)
Para mayor información, consúltese la página web de la EPSO http://eu-careers.eu
PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES
Tribunal de la AELC
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/19 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
de 28 de junio de 2011
en el asunto E-18/10
Órgano de Vigilancia de la AELC/Reino de Noruega
(Incumplimiento de una sentencia del Tribunal de Justicia dictada en un procedimiento por incumplimiento — Artículo 33 del Acuerdo de Vigilancia y Jurisdicción — Medidas necesarias para dar cumplimiento a una sentencia del Tribunal)
2011/C 336/13
En el asunto E-18/10, Órgano de Vigilancia de la AELC contra el Reino de Noruega — SOLICITUD de una declaración en el sentido de que, al no adoptar las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de la AELC en el asunto E-2/07, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Reino de Noruega, el Reino de Noruega ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 33 del Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia, el Tribunal de la AELC, integrado por Carl Baudenbacher, Presidente, Per Christiansen (Juez Ponente) y Thorgeir Örlygsson, Jueces, emitió una sentencia el 28 de junio de 2011, cuyo fallo es el siguiente:
El Tribunal:
1) |
Declara que, al no haber adoptado las medidas necesarias para ejecutar la sentencia del Tribunal de la AELC en el asunto E-2/07 — Órgano de Vigilancia de la AELC contra Reino de Noruega, el Reino de Noruega ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 33 del Acuerdo entre los Estados de la AELC sobre el Establecimiento de un Órgano de Vigilancia y un Tribunal de Justicia. |
2) |
Condena en costas al Reino de Noruega. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/20 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
de 28 de junio de 2011
en el asunto E-12/10
Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia
(Incumplimiento por una Parte Contratante de sus obligaciones — Libre prestación de servicios — Directiva 96/71/CE — Desplazamiento de trabajadores — Cuantías de salario mínimo — Baja remunerada en caso de enfermedad o accidente — Seguro de accidentes)
2011/C 336/14
En el asunto E-12/10, Órgano de Vigilancia de la AELC contra Islandia — SOLICITUD de una declaración en el sentido de que, al mantener en vigor los artículos 5 y 7 de la Ley no 45/2007 sobre los derechos y las obligaciones de las empresas extranjeras que desplazan a trabajadores temporalmente a Islandia y sobre las condiciones de trabajo y empleo de sus trabajadores, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 36 del Acuerdo EEE y del artículo 3 de la Ley mencionada en el punto 30 del anexo XVIII del Acuerdo EEE, es decir, la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios, tal como fue adaptada al Acuerdo EEE por su Protocolo 1, el Tribunal de la AELC, integrado por Carl Baudenbacher, Presidente, Thorgeir Örlygsson y Per Christiansen (Juez Ponente), Jueces, emitió el 28 de junio de 2011 una sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
El Tribunal:
1) |
Declara que, al mantener en vigor los artículos 5 y 7 de la Ley no 45/2007 sobre los derechos y las obligaciones de las empresas extranjeras que desplazan a trabajadores temporalmente a Islandia y sobre las condiciones de trabajo y empleo de sus trabajadores, Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 3 de la Directiva 96/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1996, sobre el desplazamiento de trabajadores efectuado en el marco de una prestación de servicios. |
2) |
Condena en costas a la República de Islandia. |
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/21 |
SENTENCIA DEL TRIBUNAL
de 22 de agosto de 2011
en el asunto E-14/10
Konkurrenten.no AS contra Órgano de Vigilancia de la AELC
(Recurso de anulación de una Decisión del Órgano de Vigilancia de la AELC — Ayuda estatal — Servicios de transporte local en autobús — Ayuda existente — Obligación de motivación — Decisión de archivar el caso sin incoar el procedimiento formal de investigación)
2011/C 336/15
En el asunto E-14/10, Konkurrenten.no AS contra Órgano de Vigilancia de la AELC; apoyado por Kollektivtransportproduksjon AS como parte interesada — SOLICITUD de anulación de la Decisión no 254/10/COL, de 21 de junio de 2010 (AS Oslo Sporveier y AS Sporveisbussene), el Tribunal de la AELC, integrado por Carl Baudenbacher, Presidente y Juez Ponente, Thorgeir Örlygsson y Per Christiansen, Jueces, emitió el 22 de agosto de 2011 una sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
El Tribunal:
1) |
Anula la Decisión no 254/10/COL, de 21 de junio de 2010 (AS Oslo Sporveier y AS Sporveisbussene). |
2) |
Condena al demandado al pago de las costas del demandante. |
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
17.11.2011 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 336/22 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.6328 — Socimac/Bolloré/Société d'exploitation du Terminal de Vridi)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2011/C 336/16
1. |
El 10 de noviembre de 2011, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Socimac SA («Socimac», Costa de Marfil) y Bolloré SA («Bolloré», Francia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Société d'exploitation du Terminal de Vridi («SETV», Costa de Marfil) mediante adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.6328 — Socimac/Bolloré/Société d'exploitation du Terminal de Vridi, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).