ISSN 1725-244X

doi:10.3000/1725244X.C_2010.143.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 143

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

53o año
2 de junio de 2010


Número de información

Sumario

Página

 

I   Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

 

DICTÁMENES

 

Consejo

2010/C 143/01

Dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad actualizado de Bélgica (2009-2012)

1

2010/C 143/02

Dictamen del Consejo sobre el programa de convergencia actualizado de Lituania (2009-2012)

6

2010/C 143/03

Dictamen del Consejo sobre el programa de estabilidad actualizado de Luxemburgo (2009-2014)

12

2010/C 143/04

Dictamen del Consejo sobre el programa de convergencia actualizado de Polonia (2009-2012)

17

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2010/C 143/05

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

22

2010/C 143/06

No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.5874 — Barclays/Blackstone/Portfolio Hotels) ( 1 )

25

2010/C 143/07

Comunicación de conformidad con la letra a) del apartado 5 del artículo 12 del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, relativa a las informaciones facilitadas por las autoridades aduaneras de los Estados miembros sobre la clasificación de mercancías en la nomenclatura aduanera

26

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2010/C 143/08

Tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus principales operaciones de refinanciación: 1,00 % a 1 de junio de 2010 — Tipo de cambio del euro

27

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2010/C 143/09

Anuncio de solicitud de permiso de exploración de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominado Costa del Sole — República Italiana — Región de Sicilia — Consejería Regional de Energía y Servicios de Utilidad Pública — Departamento Regional de Energía — Servicio — Oficina Regional de Hidrocarburos y Geotermia (U.R.I.G.)

28

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

 

Comisión Europea

2010/C 143/10

Anuncio relativo a las medidas antidumping vigentes respecto a las importaciones a la Unión de determinados frigoríficos de doble puerta originarios de la República de Corea: modificación de la dirección de una empresa sujeta a un derecho antidumping individual

30

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2010/C 143/11

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5818 — Ericsson/LG Electronics/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

32

2010/C 143/12

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5808 — JSA/Jacquet Metals/IMS) ( 1 )

33

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes

DICTÁMENES

Consejo

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/1


DICTAMEN DEL CONSEJO

sobre el programa de estabilidad actualizado de Bélgica (2009-2012)

2010/C 143/01

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y en particular su artículo 5, apartado 3,

Vista la recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero.

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1)

El 26 de abril de 2010 el Consejo examinó el programa de estabilidad actualizado de Bélgica, que abarca el período 2009-2012.

(2)

El hundimiento del comercio mundial, unido a la pérdida de confianza, el efecto riqueza y el endurecimiento de las condiciones de crédito, provocaron una fuerte contracción de la economía belga a finales de 2008. Si bien el descenso de la actividad económica fue acusado, estuvo seguido de un repunte relativamente importante en el segundo semestre de 2009, debido en parte a factores temporales, entre ellos las medidas (nacionales y extranjeras) de estímulo y una contribución positiva de las existencias.

Los persistentes efectos negativos de la reestructuración de entidades financieras y un nuevo aumento del desempleo, junto con una reducida utilización de las capacidades, auguran una nueva ralentización del crecimiento en el primer semestre de 2010. Aunque, gracias al alto grado de apertura de la economía belga, la recuperación podría beneficiarse considerablemente de la reactivación del comercio mundial, el vigor de este impulso podría quedar limitado como consecuencia de la pérdida de competitividad de los costes en Bélgica estos últimos años. La recesión ha tenido un impacto negativo considerable en las finanzas públicas. El déficit público global aumentó del 1,2 % del PIB en 2008 al 5,9 % del PIB en 2009. Por otra parte, el ratio deuda pública/PIB se redujo entre 2000 y 2007 gracias a políticas presupuestarias prudentes en términos generales, pero en 2008 comenzó a aumentar nuevamente a raíz de las intervenciones en el sector financiero (hasta llegar al 97,9 % en 2009). El 2 de diciembre de 2009, el Consejo decidió declarar la existencia de un déficit excesivo en Bélgica y formuló una recomendación para corregir dicho déficit a más tardar en 2012, mediante un ajuste presupuestario anual medio equivalente al 0,75 % del PIB. El grave deterioro de las finanzas públicas, combinado con el impacto presupuestario, superior a la media, del envejecimiento de la población y los considerables pasivos contingentes derivados de las medidas de estabilización del sistema financiero obligan a mantener el saneamiento presupuestario y las reformas estructurales, a fin de garantizar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas.

(3)

Aunque gran parte de la disminución observada del PIB real en el contexto de la crisis es cíclica, el nivel de la producción potencial también se ha visto afectado negativamente. Por otro lado, la crisis también puede afectar al potencial de crecimiento a medio plazo a través de una menor inversión, restricciones de crédito y un aumento del desempleo estructural. El impacto de la crisis económica agravará además los efectos negativos del envejecimiento de la población sobre el potencial de producción y la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este contexto, será esencial acelerar el ritmo de las reformas estructurales con el fin de respaldar el crecimiento potencial. En particular, es importante que Bélgica emprenda reformas que mejoren la competencia, sobre todo en las industrias de red, y que aumenten la oferta de mano de obra, incluidas reformas del mercado laboral (entre otras, el sistema de formación de los salarios y los incentivos para incorporarse al trabajo) y del sistema de pensiones.

(4)

Según la hipótesis macroeconómica subyacente en el programa, tras una contracción del 3,1 % en 2009, el PIB real crecerá un 1,1 % en 2010 y se acelerará hasta el 1,7 % en 2011 y el 2,2 % en 2012. Según las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, el crecimiento anual del PIB será ligeramente positivo en 2010 (0,6 %), alcanzando el 1,5 % en 2011. Sin embargo, estas previsiones parecen pesimistas si se tienen en cuenta datos más recientes, en particular los resultados mejores de lo esperado del segundo semestre de 2009. La composición prevista del crecimiento parece sobreestimar ligeramente la contribución de la demanda interna al crecimiento en 2010, pero parece realista en los años siguientes. Por tanto, partiendo de la información disponible actualmente (2), las hipótesis de crecimiento del programa parecen en general verosímiles, si bien la composición del crecimiento es optimista para 2010. Las previsiones del programa en materia de inflación parecen realistas. Por otra parte, las hipótesis de evolución de los salarios resultan un tanto optimistas, ya que el menor crecimiento de los costes laborales en otros países de la zona del euro debería presionar a la baja los salarios belgas en un contexto de elevado desempleo. Además, el aumento previsto de los costes laborales por trabajador excede considerablemente el crecimiento previsto de la productividad.

(5)

El programa calcula el déficit global de las administraciones públicas en 2009 en el 5,9 % del PIB. El notable deterioro a partir del déficit del 1,2 % del PIB registrado en 2008 refleja en gran medida los efectos de la crisis en la hacienda pública, aunque también es consecuencia de las medidas de estímulo, equivalentes al 0,5 % del PIB, adoptadas por el Gobierno de conformidad con el Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE). El deterioro obedece principalmente a la subida del ratio gasto/PIB. Según el programa, la política presupuestaria sería restrictiva en 2010 y 2011, pero sobre todo en 2012, con objeto de corregir el déficit excesivo a más tardar en 2012 y recuperar la sostenibilidad de la hacienda pública. Ello se ajusta en líneas generales a la estrategia de salida de la crisis propugnada por el Consejo, tomando también en consideración el elevado ratio deuda pública/PIB y el impacto presupuestario, superior a la media, del envejecimiento de la población.

(6)

Según el programa, el objetivo para el déficit global de las administraciones públicas en 2010 se sitúa en el 4,8 % del PIB, lo que coincide con la recomendación del Consejo de 2 de diciembre de 2009, formulada de conformidad con el artículo 126, apartado 7. El presupuesto federal para 2010 preveía un déficit del 5,6 % del PIB. La revisión a la baja del objetivo presupuestario para 2010 refleja las perspectivas macroeconómicas más favorables de la actualización (que rebajan el déficit alrededor de un 0,3 % del PIB), así como el hecho de que el presupuesto federal no tiene en cuenta las medidas de saneamiento previstas, de un valor del 0,5 % del PIB, por otros niveles de gobierno. Según la actualización del programa, el ratio de ingresos aumentaría del 47,7 % del PIB en 2009 al 49,1 % en 2010, mientras que el ratio de gastos pasaría del 53,7 % al 53,9 % del PIB. El déficit estructural anunciado en el programa (es decir, el saldo ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal, recalculado por los servicios de la Comisión con arreglo a la información contenida en el programa y a la metodología común) mejoraría, pasando del 3,8 % del PIB en 2009 al 3,4 % del PIB en 2010. Puesto que el programa calificó de medidas puntuales algunas de las medidas temporales de estímulo de 2009 (0,2 % del PIB), el ajuste global ascendería a un 0,5 % del PIB. La mejora del saldo estructural en 2010 refleja medidas de saneamiento cuyo valor ronda el 1 % del PIB. Estas medidas contemplan un aumento del impuesto sobre la renta de las personas físicas en Flandes, un aumento de los impuestos especiales, un impuesto de sociedades más elevado, ingresos no tributarios procedentes del sector bancario y de los productores de energía nuclear, y ahorros en el consumo intermedio y la masa salarial. Se verían compensadas en parte por una tendencia expansiva del crecimiento del gasto como consecuencia de las medidas tomadas anteriormente y del impacto presupuestario del envejecimiento de la población (alrededor del 0,5 % del PIB). El papel de las medidas puntuales es muy limitado (menos del 0,1 % del PIB).

(7)

El principal objetivo de la estrategia presupuestaria a medio plazo es corregir el déficit excesivo a más tardar en 2012, con arreglo a la recomendación del Consejo de 2 de diciembre de 2009, formulada de conformidad con el artículo 126, apartado 7, y alcanzar el equilibrio presupuestario para 2015, tanto en términos nominales como estructurales. Con este fin, el programa prevé una mejora del déficit global: del 5,9 % del PIB en 2009, al 4,8 % en 2010, el 4,1 % en 2011 y el 3 % en 2012. El saldo primario registra una mejora ligeramente superior, al preverse que los pagos de intereses aumenten un 0,2 % del PIB durante el período del programa. El déficit estructural (recalculado sobre la base de la información que figura en el programa) también mejoraría, pasando del 3,8 % del PIB en 2009 a un 3,4 % del PIB en 2010, un 2,9 % del PIB en 2011 y un 2,2 % del PIB en 2012. Tras un ajuste equivalente al 0,5 % del PIB en 2010, el programa prevé un ajuste de un 0,5 % y un 0,75 % del PIB en 2011 y 2012, respectivamente, lo que representa por término medio más de un 0,5 % del PIB al año durante el período del programa. Esta cifra es ligeramente inferior al esfuerzo presupuestario medio del 0,75 % del PIB recomendado de conformidad con el artículo 126, apartado 7, dado que la trayectoria se basa en mejores hipótesis macroeconómicas. El ajuste parece concentrarse un tanto en los últimos años del programa y se basa en mayor medida en el aumento de los ingresos que en la contención de los gastos. El ajuste se asienta en una fuerte reducción del déficit de la administración federal y reducciones de menor envergadura de los déficit del sistema de seguridad social y de las regiones y comunidades. El Gobierno no tiene previsto adoptar medidas puntuales. No se especifican todas las medidas que respaldan el objetivo para 2011 y, en cuanto a 2012, no se citan medidas concretas. El programa confirma el compromiso con el objetivo a medio plazo, a saber: un superávit presupuestario equivalente a un 0,5 % del PIB en términos estructurales. Habida cuenta de las previsiones más recientes y el nivel de deuda, el objetivo a medio plazo refleja los objetivos del Pacto; sin embargo, el programa no prevé su logro en el período cubierto por el mismo.

(8)

Los resultados presupuestarios podrían ser algo peores de lo previsto en el programa. En el caso de 2010, ello podría deberse a una posible sobreestimación del impuesto de sociedades. Además, las medidas que sustentan la senda presupuestaria no se han especificado del todo para 2011, y, para 2012, no se citan medidas concretas. Por otro lado, la hipótesis macroeconómica ligeramente optimista, con previsiones de crecimiento de los salarios relativamente elevadas, puede conducir a resultados presupuestarios peores de lo anunciado. Asimismo, el Gobierno ofreció al sector bancario garantías considerables, que, si llegaran a ejecutarse, podrían incrementar en el futuro el déficit y la deuda, aunque una parte de los costes del apoyo estatal al sector financiero también podría recuperarse posteriormente. Por último, no puede garantizarse completamente el logro de los objetivos ni la corrección del déficit excesivo para 2012, puesto que el ajuste se concentra más bien al final del programa y el objetivo del 3 % del PIB para 2012 no deja ningún margen, dado el historial de consecución de los objetivos presupuestarios.

(9)

Se calcula que la deuda pública bruta aumentó hasta el 97,9 % del PIB en 2009, desde el 89,8 % registrado el año anterior, debido a la fuerte subida del déficit y al crecimiento negativo del PIB, situándose por tanto el ratio muy por encima del valor de referencia del Tratado; según el programa, mantendrá esta tendencia ascendente hasta 2011, cuando alcanzará el 101,4 % del PIB. En 2012 disminuiría ligeramente, hasta el 100,6 % del PIB. La persistencia de unos niveles elevados de déficit público sería la causa de este nuevo aumento. Teniendo en cuenta los riesgos que pesan sobre los objetivos presupuestarios, la evolución del ratio de deuda también podría ser menos favorable que la prevista en el programa, en particular a partir de 2011. Los riesgos relacionados con la posible necesidad de nuevos apoyos al sector financiero parecen limitados en la coyuntura actual.

(10)

Según las previsiones de deuda a medio plazo, que suponen que la recuperación de las tasas de crecimiento del PIB hacia los valores de antes de la crisis sólo tendría lugar gradualmente y que los ratios de ingresos tributarios volverían a los niveles anteriores a la crisis, y que incluyen el aumento previsto de los gastos relacionados con el envejecimiento, la estrategia presupuestaria prevista en el programa, tomada tal cual y sin otros cambios de políticas, no sería suficiente para estabilizar el ratio deuda/PIB de aquí a 2020, por lo que el saneamiento debe continuar después del período del programa.

(11)

Los efectos a largo plazo del envejecimiento de la población en el presupuesto serán claramente superiores a la media de la UE, debido principalmente a que durante los próximos decenios se producirá un aumento relativamente elevado de la proporción que representan en el PIB los gastos de pensiones. La situación presupuestaria de 2009 calculada en el programa viene a sumarse a las repercusiones presupuestarias del envejecimiento de la población en la brecha de sostenibilidad. Garantizar superávit primarios a medio plazo y acometer reformas del mercado laboral y del sistema de seguridad social, en particular una nueva reforma de las pensiones encaminada a contener el sustancial incremento previsto de los gastos de pensiones, contribuiría a reducir los riesgos, de nivel medio según el informe de sostenibilidad de 2009 de la Comisión (3), que pesan sobre la sostenibilidad de la hacienda pública.

(12)

El marco presupuestario de Bélgica se beneficia de la existencia de instituciones presupuestarias independientes. Sin embargo, las normas fiscales numéricas y los marcos presupuestarios a medio plazo parecen débiles, lo que ha contribuido a desviaciones frecuentes en el pasado. El programa anuncia una serie de mejoras, entre ellas la celebración de acuerdos presupuestarios plurianuales entre todas las administraciones, algunos avances hacia un presupuesto plurianual a nivel federal, ejercicios de control presupuestario frecuentes y rigurosos y un plan de mejora del sistema de información de las administraciones locales. Con todo, todavía hay margen de actuación para mejorar el marco presupuestario. Concretamente, no existen techos de gasto plurianuales de carácter vinculante.

(13)

Bélgica se enfrenta a una elevada presión fiscal, combinada con un nivel elevado de gasto público. El Gobierno ha adoptado diversas medidas para reformar el sistema tributario, por ejemplo importantes reducciones de la presión fiscal en el trabajo y, en menor grado, en las empresas. A pesar de estas medidas, el mercado laboral sigue contando con importantes trampas de inactividad, desempleo y bajos salarios, también como consecuencia de su interacción con el sistema de subsidios de desempleo. En un contexto de estricto saneamiento presupuestario, habrá que compensar plenamente cualquier nueva reducción de los impuestos sobre el trabajo. Por el lado de los gastos, el crecimiento del gasto primario ha sido superior al crecimiento del PIB nominal en el período 2000-2009. La reforma prevista del sistema de pensiones es un paso en la dirección correcta, que podría tener importantes repercusiones positivas en el presupuesto y el crecimiento potencial.

(14)

En conjunto, en 2010 la estrategia presupuestaria expuesta en el programa es coherente con las recomendaciones del Consejo formuladas de conformidad con el artículo 126, apartado 7. A partir de 2011, teniendo en cuenta los riesgos, la estrategia presupuestaria puede no ser del todo coherente con la recomendación del Consejo formulada de conformidad con el artículo 126, apartado 7. En particular, solo se especifican en parte las medidas que respaldan el objetivo para 2011 y, para 2012, no se citan medidas concretas. La hipótesis macroeconómica un tanto optimista, combinada con un esfuerzo presupuestario anual algo menor de lo recomendado, representa un riesgo adicional para los últimos años del programa. Teniendo en cuenta los riesgos, puede que la estrategia no sea suficiente para volver a situar el ratio de deuda pública bruta en una senda decreciente que se acerque al valor de referencia a un ritmo satisfactorio. Por consiguiente, la estrategia ha de ir respaldada por medidas bien detalladas a partir de 2011 y deben estudiarse medidas adicionales a fin de asegurar el logro de los objetivos en caso de que se materializaran los riesgos. Ello sería igualmente apropiado habida cuenta del elevado ratio deuda pública/PIB de Bélgica, del coste presupuestario, superior a la media, del envejecimiento de la población, y de los considerables pasivos contingentes del Estado derivados de las garantías prestadas al sistema financiero.

(15)

En cuanto a los requisitos en materia de datos que establece el código de conducta para los programas de estabilidad y de convergencia, el programa presenta lagunas limitadas en los datos obligatorios y algunas lagunas en los opcionales (4). En sus recomendaciones de 2 de diciembre de 2009, formuladas con arreglo al artículo 126, apartado 7, y encaminadas a poner fin a la situación de déficit excesivo, el Consejo también invitó a Bélgica a informar sobre los progresos realizados en la aplicación de dichas recomendaciones en un capítulo aparte de las actualizaciones de los programas de estabilidad. Bélgica ha seguido esta recomendación a través de una adenda del programa.

La conclusión general es que, tras la expansión de 2009 en consonancia con el PERE, la política presupuestaria se vuelve restrictiva en 2010 y 2011, y, sobre todo, en 2012. A primera vista, debería conducir a una corrección del déficit excesivo a más tardar en 2012, de acuerdo con la recomendación de 2 de diciembre de 2009 formulada con arreglo al artículo 126, apartado 7, del TFUE. El ratio deuda pública bruta/PIB, que aumentó en 2008 a raíz de las medidas destinadas a estabilizar el sistema financiero, seguirá su tendencia alcista hasta 2011 e iniciará un descenso en 2012. La deuda volvería a situarse así en una trayectoria decreciente. No obstante, la trayectoria presupuestaria está sujeta a riesgos de sobreestimación. En 2010, los cálculos tributarios potencialmente optimistas pueden llevar a un déficit algo superior y requerir la adopción de medidas adicionales en el contexto de los ejercicios previstos de control presupuestario. A partir de 2011, el riesgo principal radica en el hecho de que solamente se concretan parcialmente las medidas que respaldan el objetivo para 2011 y que, para 2012, no se especifica ninguna medida. Además, las hipótesis macroeconómicas ligeramente optimistas, combinadas con un ajuste presupuestario anual medio algo inferior al 0,75 % del PIB recomendado por el Consejo, plantean riesgos adicionales para los objetivos. Con todo, el Gobierno belga se comprometió en el programa a tomar las medidas excepcionales necesarias en caso de que el crecimiento económico fuera insuficiente para lograr el objetivo de déficit del 3 % del PIB en 2012, lo que de hecho podría ocurrir. También sería conveniente que el ajuste se centrase más en la contención de gastos. Por último, si bien el programa anuncia una serie de mejoras del marco presupuestario, es preciso adoptar otras medidas en apoyo del esfuerzo de saneamiento, concretamente por lo que respecta a la introducción de techos de gasto plurianuales y de carácter vinculante.

A la luz de la evaluación anterior y teniendo también en cuenta la recomendación de 2 de diciembre de 2009, formulada en virtud del artículo 126, apartado 7 del TFUE, se insta a Bélgica a:

i)

velar por que se alcance el objetivo de déficit que fija el programa para 2010; concretar las medidas en que se basan los objetivos presupuestarios a partir de 2011, para lograr el ajuste presupuestario anual medio recomendado del 0,75 % del PIB, con arreglo a la recomendación formulada en virtud del artículo 126, apartado 7; y estar preparada para reforzar el ajuste presupuestario en caso de que se materialicen los riesgos asociados al hecho de que la hipótesis del programa es más optimista que aquella en que se basa la recomendación formulada en virtud del artículo 126, apartado 7; y, como indica la Recomendación sobre el procedimiento de déficit excesivo, aprovechar cualquier oportunidad, además de los ajustes presupuestarios y de la mejora de las condiciones económicas, para acelerar la reducción del ratio de deuda bruta hacia el valor de referencia del 60 % del PIB;

ii)

garantizar elevados superávit primarios a medio plazo y acometer reformas estructurales con el fin de aumentar la sostenibilidad a largo plazo de la hacienda pública;

iii)

mejorar la calidad de la hacienda pública mediante la adopción de un marco presupuestario más riguroso, que contemple la creación de techos de gasto plurianuales de carácter vinculante.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

 

2008

2009

2010

2011

2012

PIB real

( % variación)

PE Ene 2010

1,0

–3,1

1,1

1,7

2,2

COM Nov 2009

1,0

–2,9

0,6

1,5

n.d.

PE Sep 2009

1,1

–3,1

0,4

1,9

2,4

Inflación IPCA

( %)

PE Ene 2010

4,5

0,0

1,5

1,7

1,8

COM Nov 2009

4,5

0,0

1,3

1,5

n.d.

PE Sep 2009

4,5

0,0

1,5

1,6

1,6

Brecha de producción (5)

( % del PIB potencial)

PE Ene 2010

1,8

–2,4

–2,5

–2,2

–1,4

COM Nov 2009 (6)

1,7

–2,3

–2,8

–2,4

n.d.

PE Sep 2009

2,0

–2,3

–2,9

–2,3

–1,5

Saldo neto de las operaciones financieras con el resto del mundo

( % del PIB)

PE Ene 2010

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

COM Nov 2009

–0,2

0,1

0,4

0,3

n.d.

PE Sep 2009

–1,6

–1,9

–2,1

–2,3

n.d.

Ingresos de las administraciones públicas

( % del PIB)

PE Ene 2010

48,8

47,7

49,1

49,5

49,8

COM Nov 2009

48,8

47,7

48,0

48,2

n.d.

PE Sep 2009

48,7

47,9

48,1

48,5

49,2

Gastos de las administraciones públicas

( % del PIB)

PE Ene 2010

50,0

53,7

53,9

53,6

52,8

COM Nov 2009

50,0

53,6

53,8

54,0

n.d.

PE Sep 2009

49,9

53,8

54,1

53,9

53,6

Saldo presupuestario de las administraciones públicas

( % del PIB)

PE Ene 2010

–1,2

–5,9

–4,8

–4,1

–3,0

COM Nov 2009

–1,2

–5,9

–5,8

–5,8

n.d.

PE Sep 2009

–1,2

–5,9

–6,0

–5,5

–4,4

Saldo primario

( % del PIB)

PE Ene 2010

2,6

–2,3

–1,10

–0,4

0,8

COM Nov 2009

2,6

–2,0

–1,8

–1,7

n.d.

PE Sep 2009

2,5

–2,0

–1,9

–1,2

–0,1

Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (5)

( % del PIB)

PE Ene 2010

–2,2

–4,6

–3,4

–2,9

–2,2

COM Nov 2009

–2,1

–4,6

–4,3

–4,5

n.d.

PE Sep 2009

–2,3

–4,7

–4,4

–4,2

–3,6

Saldo estructural (7)

( % del PIB)

PE Ene 2010

–2,2

–3,8

–3,4

–2,9

–2,2

COM Nov 2009

–2,2

–4,2

–4,4

–4,5

n.d.

PE Sep 2009

–2,3

–4,7

–4,4

–4,2

–3,6

Deuda pública bruta

( % del PIB)

PE Ene 2010

89,8

97,9

100,6

101,4

100,6

COM Nov 2009

89,8

97,2

101,2

104,0

n.d.

PE Sep 2009

89,7

97,5

101,9

103,9

104,3

Programa de estabilidad (PE); previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión (COM); cálculos de los servicios de la Comisión.


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://ec.europa.eu/economy_finance/sgp/index_es.htm

(2)  La evaluación tiene en cuenta, en particular, las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, así como otros datos de que se ha dispuesto desde entonces.

(3)  En las conclusiones del Consejo de 10 de noviembre de 2009 relativas a la sostenibilidad de las finanzas públicas, «el Consejo insta a los Estados Miembros a que, en sus futuros programas de estabilidad y convergencia, centren su atención en las estrategias orientadas a la sostenibilidad»; asimismo, «invita a la Comisión a que, junto con el Comité de Política Económica y el Comité Económico y Financiero, desarrolle métodos adicionales de evaluación de la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, antes del próximo informe sobre sostenibilidad», que está previsto para 2012.

(4)  En particular no se facilitaron los datos sobre saldos sectoriales.

(5)  Brechas de producción y saldos ajustados en función del ciclo recalculados por los servicios de la Comisión partiendo de los datos del programa.

(6)  Basándose en un crecimiento potencial estimado del 1,7 %, 1,1 %, 1,0 % y 1,2 %, en 2008, 2009, 2010 y 2011, respectivamente.

(7)  Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal. Las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal representan el 0,8 % del PIB en 2009 (aumento del déficit) según el programa más reciente; el 0,1 % del PIB en 2008 y 2010 (reducción del déficit en ambos casos) y el 0,5 % del PIB en 2009 (aumento del déficit) en las previsiones de noviembre de 2009 de los servicios de la Comisión.

Fuente:

Programa de estabilidad (PE); previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión (COM); cálculos de los servicios de la Comisión.


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/6


DICTAMEN DEL CONSEJO

sobre el programa de convergencia actualizado de Lituania (2009-2012)

2010/C 143/02

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1) y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1)

El 26 de abril de 2010 el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Lituania, que abarca el período 2009-2012.

(2)

Este país está saliendo de una de las recesiones más fuertes de la UE. Tras varios años de crecimiento rápido y cada vez más insostenible, impulsado principalmente por la demanda interna y el auge del sector inmobiliario, en 2008 se produjo un frenazo de la actividad económica cuando el estallido de la burbuja interna se vio agravado por el impacto de la crisis financiera mundial, que redujo la demanda externa y restringió bruscamente el acceso al crédito. La brusca caída de la demanda interna y la liberación de capacidad excedentaria ayudaron a atenuar los desequilibrios existentes, reduciendo la inflación y eliminando el déficit exterior, gracias, sobre todo, al hundimiento de las importaciones.

El balance por cuenta corriente, sustancialmente negativo en los años de auge y financiado por las importaciones de capital relacionadas con el sector bancario, que llevó a un rápido aumento del pasivo exterior neto, se situó en 2009 en un superávit estimado del 3,1 % del PIB. No obstante, la acusada caída de los ingresos del Estado debido a la contracción de la economía, junto con las consecuencias de una política presupuestaria expansiva antes de las elecciones de 2008, dejaron a Lituania enfrentada a retos presupuestarios sustanciales. El Gobierno respondió con medidas contundentes efectuando un saneamiento presupuestario a fin de contener el deterioro de las finanzas públicas y limitar la acumulación de deuda, apoyando así, también, la credibilidad del sistema de caja de conversión. Dados los grandes desequilibrios externos e internos acumulados durante los años de auge y la dificultad de conseguir más financiación internacional una vez iniciada la crisis financiera mundial, esta respuesta fue prudente y se ajustó al Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE). Con todo, Lituania quedó sometida a un procedimiento de déficit excesivo, cuando, el 7 de julio de 2009, el Consejo decidió que se daba este déficit. Posteriormente, el Consejo emitió, el 16 de febrero de 2010, unas Recomendaciones revisadas (en virtud del artículo 126, apartado 7) en las que exigía la corrección del déficit excesivo para 2012. Por lo tanto, se requiere un saneamiento presupuestario ambicioso (un esfuerzo presupuestario medio del 2,25 % del PIB por año), sostenido por reformas estructurales. A fin de prestar apoyo a una economía desfalleciente, Lituania ha aumentado la absorción de las ayudas de los fondos estructurales de la UE y la ha concentrado en los primeros años. A lo largo de la crisis la economía ha dado muestras de un alto grado de flexibilidad al producirse un ajuste significativo mediante las disminuciones de precios y salarios. Sin embargo, el gran aumento del desempleo, que podría convertirse en estructural, crea riesgos importantes para la convergencia a largo plazo. A fin de recuperar un crecimiento positivo y sostenible, y evitar una recaída en desequilibrios internos y externos insostenibles, hay que superar principalmente los siguientes desafíos económicos: ajustar la evolución de los salarios a la productividad, aumentar la competitividad y fomentar la transformación hacia el sector de los bienes comercializables, así como seguir alentando la reorientación hacia los productos de alta y media tecnología. Ya se ha iniciado un ajuste importante de las finanzas públicas al crecimiento más bajo previsto para los próximos años, pero hay que conseguir nuevos avances en este sentido a medio plazo.

(3)

Aunque gran parte de la disminución observada del PIB real en el contexto de la crisis es cíclica, el nivel de la producción potencial también se ha visto negativamente afectado. Por otra parte, la crisis también puede afectar al potencial de crecimiento a medio plazo debido a la menor inversión, las restricciones del crédito y el aumento del desempleo estructural. Por otro lado, el impacto de la crisis económica agrava los efectos negativos del envejecimiento de la población en el potencial de producción y en la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este contexto, será esencial acelerar el ritmo de las reformas estructurales con el fin de respaldar el crecimiento potencial. En particular, es importante para Lituania reforzar su capacidad de gestión administrativa, acelerar la implantación de reformas en la asistencia sanitaria y la seguridad social, así como aumentar la calidad de la enseñanza superior y la formación permanente con objeto de mejorar las competencias y la productividad.

(4)

El escenario macroeconómico en el que se basa el programa prevé que el PIB real, tras caer un 15,0 % en 2009, registre una tasa de crecimiento del 1,6 % en 2010, con una aceleración al 3,2 % en 2011, pero un retroceso a solo el 1,2 % en 2012. Este escenario prevé que la demanda interna se siga contrayendo en 2010, al mantenerse el mercado laboral en una situación de atonía, mientras las condiciones de crédito siguen siendo estrictas y el saneamiento presupuestario continúa adelante. Por tanto, en 2010 el crecimiento depende de que se produzca una fuerte recuperación de la demanda externa, impulsada por ganancias en la cuota de mercado, y una recuperación de la inversión fija, apoyada principalmente en una absorción acelerada de las ayudas de los fondos estructurales de la UE. El escenario macroeconómico tiene en cuenta la continuación del saneamiento presupuestario por parte del Gobierno. Se prevé que la demanda interna contribuya positivamente al crecimiento a partir de 2011. Partiendo de la información actualmente disponible (2), este escenario parece basarse en hipótesis de crecimiento favorables para 2010. Aunque la tasa de crecimiento medio del 2,2 % prevista para los dos últimos años del programa parece verosímil en sí misma, el perfil y la composición del crecimiento en los dos años dista mucho de serlo. Por otro lado, las previsiones del programa respecto a la inflación parecen realistas. Se prevé que en 2010 continúen las actuales caídas nominales de los precios y salarios del país, tanto según el programa como según las previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión.

Dado el colapso de las importaciones provocado por la recesión, el elevado déficit exterior anterior se ha convertido en un superávit, que se mantendrá según las previsiones también en 2011, antes de que el balance vuelva a ser ligeramente negativo a consecuencia de la recuperación de la demanda interna. Estos supuestos son verosímiles, aunque el volumen del superávit exterior previsto para 2010 es mucho mayor que el estimado por los servicios de la Comisión. Se prevé también que el desempleo aumente todavía más en 2010 antes de empezar a disminuir a partir de 2011. Los supuestos monetarios y de tipo de cambio del programa concuerdan con el resto del escenario macroeconómico.

(5)

El déficit de las administraciones públicas en 2009 asciende, según las estimaciones del programa, al 9,1 % del PIB. El significativo deterioro del déficit, que en 2008 era del 3,2 % del PIB, se explica principalmente por la cuantiosa disminución de la recaudación fiscal debida a unos resultados económicos mucho peores que los previstos (una contracción estimada del 16,9 % del PIB nominal frente al crecimiento del 0,9 % que preveía la anterior actualización del programa), y ello a pesar de las sustanciales medidas de saneamiento presupuestario (8 % del PIB) adoptadas durante el año. Los ingresos cayeron considerablemente debido a una actividad económica mucho más lenta de lo previsto, descendiendo incluso más de lo que habría sido de esperar según las elasticidades estándar. A causa de los recortes significativos del consumo del sector público, incluidos los salarios de este sector, el gasto descendió en general respecto al nivel de 2008. La restricción del gasto fue insuficiente para contrarrestar la incidencia de la crisis económica en los ingresos. El deterioro estimado del saldo estructural en 2009 debe interpretarse con cautela puesto que el entorno económico, excepcionalmente inestable, puede hacer que las elasticidades estándar no reflejen suficientemente el impacto de la pronunciada recesión. Según el programa, está previsto que la política presupuestaria se mantenga restrictiva en 2010 y años sucesivos. En vista de la situación económica y presupuestaria de Lituania, relativamente desfavorable, el mantenimiento de la austeridad presupuestaria en 2010 es adecuado y coherente con el PERE. De acuerdo con la estrategia de salida de la crisis propugnada por el Consejo, y con miras a corregir el déficit excesivo para 2012, esta austeridad debe contribuir a lograr una situación de las finanzas públicas mucho más sostenible.

(6)

El programa prevé una reducción del déficit nominal, que se situaría en el 8,1 % del PIB en 2010, mientras que el presupuesto aprobado en diciembre de 2009 fijaba como objetivo un déficit del 9,5 % del PIB, lo cual muestra una mejora desde entonces en las perspectivas macroeconómicas. La mejora en comparación con los resultados estimados de 2009 es atribuible principalmente a nuevos y sustanciales recortes del gasto, de cerca del 4 % del PIB, especialmente en el gasto público corriente, incluidos los salarios del sector público, y en las prestaciones sociales. No obstante, en el programa se cuenta con que la ratio gasto/PIB aumente aproximadamente un punto porcentual, debido principalmente a las previsiones de incremento de la inversión y los pagos de intereses, mientras que otros tipos de gasto deberían seguir disminuyendo. Por el lado de los ingresos, las modificaciones se limitan a una reducción del tipo del impuesto sobre la renta de sociedades y algunos aumentos de ingresos no tributarios. Además, el presupuesto de 2010 refleja también el impacto en todo el año de las medidas de saneamiento de gastos e ingresos aplicadas en la segunda mitad de 2009. Se prevé que la parte de los ingresos no tributarios en el programa aumente sustancialmente, sobre todo gracias a una mayor absorción de las ayudas de los fondos estructurales de la UE. Mientras que la ratio PIB/impuestos sobre la producción y las importaciones debería permanecer en un nivel similar al de 2009, la ratio de los actuales impuestos sobre la renta y el patrimonio debería seguir disminuyendo, debido a la reducción que están registrando los salarios nominales y los beneficios. Entre las medidas excepcionales y de carácter temporal de 2010 cabe mencionar la suspensión de parte de las transferencias a los fondos de pensiones del segundo pilar. Se prevé que la situación presupuestaria general en 2010, medida por la variación del saldo estructural, sea restrictiva, arrojando una mejora de ½ puntos porcentuales. Sin embargo, esta previsión parece subestimar significativamente el esfuerzo de saneamiento del Gobierno, que asciende al 4,0 % del PIB. La estimación del saneamiento basada en el saldo estructural debe interpretarse con suma cautela, dado que se basa en cálculos de la brecha de producción que no son nada fiables en las actuales circunstancias.

(7)

La estrategia presupuestaria del programa a medio plazo consiste en reducir el déficit por debajo del umbral del 3 % para 2012, de acuerdo con la Recomendación del Consejo de 16 de febrero de 2010. El saldo estructural, calculado con arreglo a la metodología establecida de común acuerdo, mejorará según el programa en el 2,25 % del PIB anualmente durante el período 2011-2012, aunque el ajuste parece concentrado a finales de este período. La mejora debe conseguirse principalmente mediante un nueva rebaja sustancial de la ratio de gasto (en torno a 4,75 puntos porcentuales), consistente en una reducción nominal prevista en la mayor parte de las categorías de gastos, especialmente en las remuneraciones de los empleados y los subsidios sociales, mientras que está previsto que aumente la ratio ingresos/PIB (en torno a 1,5 puntos porcentuales). El programa reconoce explícitamente que la consecución de sus objetivos presupuestarios y la corrección del déficit excesivo para 2012 exigen medidas adicionales equivalentes aproximadamente al 4,5 % del PIB. En el programa se especifican hasta cierto punto algunas medidas generales destinadas a apoyar la consecución de los objetivos presupuestarios más allá de 2010. Este ajuste tiene lugar al mismo tiempo que se produce una mejora gradual de las condiciones cíclicas, aunque la brecha de producción negativa (recalculada) no se cerrará para finales del período del programa. El objetivo a medio plazo (OMP) se ha reforzado sustancialmente respecto a la anterior actualización del programa, pasando a un superávit estructural de las administraciones públicas de 0,5 % del PIB, con objeto de fortalecer la confianza en el sistema de caja de conversión, limitar el incremento de la deuda pública y mejorar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas. Sin embargo, el programa no precisa el año en que debería alcanzarse el OMP. Teniendo en cuenta las previsiones más recientes y el nivel de deuda, el objetivo a medio plazo corresponde más que adecuadamente a los objetivos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

(8)

Los resultados presupuestarios podrían resultar peores que los previstos en el programa, durante todo el período cubierto. En 2010, esto podría producirse principalmente debido a la confianza en una recuperación de la actividad económica más rápida de lo que parece probable. Los objetivos presupuestarios más allá de 2010 están sujetos a riesgos dada la limitada información que aporta el programa respecto a las medidas en que se sustenta la consecución de estos objetivos y la necesidad de medidas adicionales para alcanzarlos. Por otra parte, basarse en una nueva reducción sustancial del gasto público y solo de manera limitada en medidas de incremento de los ingresos en los últimos años del programa parece expuesto a riesgos de aplicación. Está previsto que La remuneración de los empleados públicos disminuya 3 puntos porcentuales más durante 2011-2012, lo cual podría resultar difícil tras los recortes salariales sustanciales ya aplicados en 2009 y 2010. Como aspecto positivo, hay que señalar que los riesgos se reducen si se tiene en cuenta la trayectoria, relativamente satisfactoria, de las autoridades lituanas a la hora de alcanzar sus objetivos, con una notable excepción en 2008 debida al ciclo electoral, y también gracias al saneamiento decisivo efectuado durante 2009 a pesar de una contracción económica sin precedentes. Además, el Gobierno tiene un programa de reformas ambicioso para 2010 y años sucesivos, que también debe ayudar a conseguir los ambiciosos objetivos presupuestarios requeridos. Las previsiones macroeconómicas de débil crecimiento para 2012 también llevan aparejada la posibilidad de un crecimiento de los ingresos un poco más fuerte en ese año, si el programa está respaldado por medidas concretas durante todo el período en que se aplica.

(9)

En 2009, la deuda pública bruta se estima en el 29,5 % del PIB, cifra considerablemente superior a la registrada un año antes (15,6 %). Aparte del aumento del déficit y la disminución del crecimiento del PIB nominal, el incremento de la ratio se debe también a un ajuste flujos-fondos significativo que corresponde a la financiación de parte del déficit de 2008 en 2009. La ratio de deuda aumentará según las previsiones otros 11,5 puntos porcentuales durante el período del programa, situándose en el 41 % del PIB en 2012, aumento impulsado principalmente por un déficit público persistentemente alto. A la luz de los riesgos a que están expuestos los objetivos presupuestarios, agravados por la incertidumbre acerca del ajuste de flujos-fondos, la evolución de la ratio de deuda podría ser menos favorable de lo previsto en el programa. No obstante, está previsto que el nivel de deuda permanezca por debajo del valor de referencia del Tratado durante todo el período del programa.

(10)

Las previsiones de deuda a medio plazo, que se basan en la hipótesis de que las tasas de crecimiento del PIB recuperarán gradualmente los valores previstos antes de la crisis y las ratios de ingresos tributarios volverán a los niveles anteriores a la crisis, y que tienen en cuenta las previsiones de aumento del gasto relacionado con el envejecimiento de la población, muestran que la estrategia presupuestaria prevista en el programa, por sí misma y sin otros cambios de política, no basta para estabilizar la ratio de deuda de aquí a 2020.

(11)

El impacto presupuestario a largo plazo del envejecimiento de la población está ligeramente por encima de la media de la UE, debido principalmente al aumento del gasto en pensiones previsto para las próximas décadas. La situación presupuestaria en 2009, según las estimaciones del programa, agrava el impacto presupuestario del envejecimiento de la población en la brecha de sostenibilidad. Centrarse en mejorar el saldo primario a medio plazo, como está previsto en el programa, y reformar la seguridad social, incluidas las pensiones, con el fin de contener el aumento del gasto relacionado con la edad, contribuiría a disminuir los riesgos que pesan sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas, que la Comisión consideró altos en su informe sobre la sostenibilidad de 2009 (3).

(12)

En los años de fuerte crecimiento anteriores a la actual recesión, el marco presupuestario a medio plazo de Lituania no consiguió evitar rebasamientos del gasto. El crecimiento boyante de los ingresos facilitó repetidas revisiones al alza de los objetivos de gasto. Con objeto de fortalecer el marco presupuestario, se aprobó una ley de disciplina presupuestaria aplicable a la administración central en noviembre de 2007. Esta ley se centra en la preparación y la ejecución del presupuesto anual y, en sí misma, no introduce más elementos prospectivos a medio plazo. El mecanismo coercitivo es muy débil y carece de sanciones. En general, tiene puntos débiles significativos, como la falta de transparencia del procedimiento presupuestario, en particular en lo que atañe a la información sobre la ejecución de los ingresos y gastos y la comparabilidad de los indicadores presupuestarios según el principio de caja y según el principio de devengo.

El programa de convergencia de 2010 propone una serie de medidas para aumentar la transparencia, entre ellas mejoras de la presentación de información y del control de la ejecución del presupuesto. Si se ponen en práctica, estas medidas podrían mejorar sustancialmente el marco institucional de las finanzas públicas.

(13)

La composición del gasto público en Lituania propicia el crecimiento, ya que el gasto productivo, como la inversión pública y el gasto en educación y asistencia sanitaria, es relativamente alto. Sin embargo, los resultados y los indicadores de rendimiento en los campos de la educación y la asistencia sanitaria son entre medios y deficientes, lo cual indica que en ambos campos hay margen para grandes mejoras de la eficiencia. Con este fin, se han lanzado importantes reformas estructurales en los sistemas educativo y sanitario. Además, la eliminación de las exenciones fiscales y los tipos preferenciales aplicada en 2009, y los esfuerzos actuales para combatir la evasión fiscal y simplificar y racionalizar más la administración tributaria contribuyen a mejorar la calidad de las finanzas públicas, así como a mitigar los riesgos que pesan sobre las perspectivas presupuestarias.

(14)

La estrategia para conseguir una participación sin tropiezos en el MTC II se basa en asegurar la estabilidad del tipo de cambio manteniendo reservas monetarias suficientes, salvaguardar la estabilidad presupuestaria y financiera, y preservar la flexibilidad de los mercados laborales y de productos. Desde finales de 2008, las medidas adoptadas para mantener la estabilidad macroeconómica en Lituania han sido contundentes; sin embargo, la situación sigue planteando problemas. Entre finales de 2008 y finales de 2009, el Gobierno efectuó un fuerte saneamiento presupuestario aprobando varios planes de saneamiento de considerable envergadura, que ascienden aproximadamente al 12 % del PIB. El alto grado de flexibilidad de precios y salarios también está contribuyendo a recuperar parte de la deteriorada competitividad de la economía. A pesar de las pérdidas que ha supuesto la depreciación de activos, el sector bancario sigue estando bien capitalizado. El Gobierno también ha lanzado reformas estructurales importantes en los campos de la educación, la sanidad y la seguridad social. Lituania ha revisado la legislación laboral con objeto de aumentar la flexibilidad del mercado laboral, facilitando así el ajuste de la economía. El reto futuro es evitar cualquier recaída en desequilibrios externos e internos importantes una vez que la recuperación se afiance.

(15)

Para 2010, la estrategia presupuestaria establecida en el programa se ajusta en líneas generales a las recomendaciones formuladas por el Consejo el 16 de febrero de 2010, en virtud del artículo 126, apartado 7. A partir de 2011, teniendo en cuenta los riesgos, la estrategia presupuestaria puede no ser concordante con la Recomendación del Consejo. Estos riesgos están ligados, en particular, al carácter posiblemente optimista de las perspectivas macroeconómicas para 2010, y a la especificación incompleta de las medidas para conseguir el saneamiento previsto en los dos últimos años, riesgos a los que hay que añadir las incertidumbres en cuanto a la puesta en práctica de las reducciones del gasto previstas. El esfuerzo presupuestario medio previsto, durante el período 2010-2012 del 1⅔ % , se queda corto respecto a la Recomendación del Consejo en virtud del artículo 126, apartado 7, y tendrá que intensificarse mediante medidas adicionales en caso de que no se concrete el crecimiento relativamente rápido previsto para 2010 y 2011 no se dé, a fin de asegurar la corrección del déficit excesivo para 2012, tal como ha recomendado el Consejo.

(16)

En lo que respecta a los datos que deben figurar en los programas de estabilidad y de convergencia de acuerdo con los requisitos del código de conducta, el programa omite algunos de los datos opcionales. En las recomendaciones que formulo el 16 de febrero de 2010 con arreglo al artículo 126, apartado 7, y para poner fin a la situación de déficit excesivo, el Consejo también invitó a Lituania a informar sobre los progresos realizados en la aplicación de dichas recomendaciones en un capítulo aparte de las actualizaciones de su programa de convergencia. Aparte de algunas omisiones en la presentación de datos adicionales, Lituania cumplió en general esta recomendación.

La conclusión general es que Lituania efectuó un saneamiento decisivo de las finanzas públicas en 2009 en un contexto de deterioro significativo de la situación económica, contribuyendo así al actual ajuste de la economía y propiciando la participación sin tropiezos en el MTC II y la corrección del déficit excesivo. En la actualidad la economía está saliendo de una grave recesión, y se prevé que el crecimiento medio, se mantengan a medio plazo, bastante por debajo del experimentado en los años de máximo auge del ciclo reciente. El saneamiento efectuado en 2009 ya constituye un ajuste importante de las finanzas públicas al crecimiento más lento previsto a medio plazo. Un control más estricto del gasto y un reforzamiento del marco presupuestario a medio plazo ayudarían a continuar el necesario proceso de saneamiento. El programa fija como objetivo una reducción gradual del déficit global de las administraciones públicas a partir de 2010, con miras a la corrección del déficit excesivo para 2012, tal como recomendaba el Consejo, aunque estos resultados presupuestarios están sujetos a riesgos a lo largo de todo el período del programa.

A la luz de la anterior evaluación y también de la recomendación formulada el 16 de febrero de 2010, en virtud del artículo 126, apartado 7, del TFUE, y teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una convergencia sostenible y una participación sin tropiezos en el MTC II, se insta a Lituania a:

i)

Considerar medidas correctoras adicionales en 2010, si es necesario para conseguir el saneamiento previsto, además de poner en práctica de manera rigurosa las previstas en el presupuesto.

ii)

Especificar las medidas que se requieren para dar pleno apoyo al ajuste necesario y recomendado por el Consejo con arreglo al artículo 126, apartado 7, a lo largo del período del programa, y estar preparada para adoptar nuevas medidas de saneamiento en caso de que se materialicen los riesgos asociados al hecho de que el escenario macroeconómico del programa sea más favorable que el supuesto en la Recomendación formulada al amparo del artículo 126, apartado 7.

iii)

Poner en práctica las reformas del sistema de seguridad social previstas, incluida la reforma de las pensiones, a fin de reducir los altos riesgos que pesan sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas debido al cuantioso aumento previstos del gasto en pensiones previsto para las próximas décadas.

iv)

Reforzar la buena gestión y la transparencia presupuestarias, fortaleciendo el marco presupuestario a medio plazo y mejorando la comunicación de de los datos presupuestarios de manera que quede asegurada la comparabilidad de los indicadores presupuestarios según el principio de caja y según el principio de devengo.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

 

2008

2009

2010

2011

2012

PIB real

(% variación)

PC enero 2010

2,8

–15,0

1,6

3,2

1,2

COM nov 2009

2,8

–18,1

–3,9

2,5

n.d.

PC enero 2009

3,5

–4,8

–0,2

4,5

n.d.

Inflación IPCA

(%)

PC enero 2010

11,1

4,2

–1

1

1,5

COM nov 2009

11,1

3,9

–0,7

1,0

n.d.

PC enero 2009

11,2

5,4

3,6

–0,1

n.d.

Brecha de producción (4)

(% del PIB potencial)

PC enero 2010

8,8

–7,7

–5,9

–2,9

–1,7

COM nov 2009 (5)

11,8

–8,2

–10,8

–8,2

n.d.

PC enero 2009

5,4

–2,8

–5,7

–4,0

n.d.

Saldo neto de las operaciones financieras con el resto del mundo

(% del PIB)

PC enero 2010

–10,2

3,7

7,5

5,3

4,3

COM nov 2009

–10,6

3,3

4,8

4,3

n.d.

PC enero 2009

–10,2

–1,8

–4,7

–5,7

n.d.

Ingresos de las Administraciones Públicas

(% del PIB)

PC enero 2010

34,2

34,3

36,2

35,6

35,7

COM nov 2009

34,2

36,1

36,8

36,3

n.d.

PC enero 2009

33,8

35,8

37,3

36,4

n.d.

Gastos de las Administraciones Públicas

(% del PIB)

PC enero 2010

37,4

43,4

44,3

41,4

38,7

COM nov 2009

37,4

45,9

46,0

46,0

n.d.

PC enero 2009

36,7

37,8

38,3

36,4

n.d.

Saldo de las Administraciones Públicas

(% del PIB)

PC enero 2010

–3,2

–9,1

–8,1

–5,8

–3,0

COM nov 2009

–3,2

–9,8

–9,2

–9,7

n.d.

PC enero 2009

–2,9

–2,1

–1,0

0,0

n.d.

Saldo primario

(% del PIB)

PC enero 2010

–2,6

–7,8

–6,2

–3,6

–0,6

COM nov 2009

–2,6

–8,4

–7,0

–7,1

n.d.

PC enero 2009

–2,3

–1,2

0,0

1,1

n.d.

Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (6)

(% del PIB)

PC enero 2010

–5,6

–7,0

–6,5

–5,0

–2,6

COM nov 2009

–6,4

–7,6

–6,3

–7,5

n.d.

PC enero 2009

–4,4

–1,3

0,5

1,1

n.d.

Saldo estructural (6)

(% del PIB)

PC enero 2010

–6,0

–7,2

–6,8

–4,8

–2,3

COM nov 2009

–6,3

–8,0

–7,0

–7,5

n.d.

PC enero 2009

–4,9

–1,8

0,1

1,1

n.d.

Deuda pública bruta

(% del PIB)

PC enero 2010

15,6

29,5

36,6

39,8

41,0

COM nov 2009

15,6

29,9

40,7

49,3

n.d.

PC enero 2009

15,3

16,9

18,1

17,1

n.d.

Programa de convergencia (PC); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión.


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Los documentos a que se hace referencia en el presente texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://ec.europa.eu/economy_finance/sgp/index_es.htm

(2)  La evaluación tiene especialmente en cuenta las previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, pero también otras informaciones disponibles desde entonces.

(3)  En sus conclusiones del 10 de noviembre de 2009 sobre la sostenibilidad de las finanzas públicas, el Consejo instó «a los Estados Miembros a que, en sus futuros programas de estabilidad y convergencia, centren su atención en las estrategias orientadas a la sostenibilidad», e invitó «a la Comisión a que, junto con el Comité de Política Económica y el Comité Económico y Financiero, desarrolle métodos adicionales de evaluación de la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, antes del próximo informe sobre sostenibilidad», que está previsto para 2012.

(4)  Brechas de producción y saldos ajustados en función del ciclo con arreglo a los programas, recalculados por los servicios de la Comisión atendiendo a la información contenida en éstos.

(5)  Basándose en un crecimiento potencial estimado de 3,0 %, – 0,2 %, – 1,2 % y – 0,3 %, respectivamente, en el período 2008-2011.

(6)  Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas extraordinarias y otras medidas de carácter temporal; las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal representan: el 0,5 % del PIB en 2008, el 0,2 % en 2009 y el 0,3 % en 2010 (en todos estos casos mejoran el déficit); el 0,3 % del PIB en 2011 y el 0,3 % del PIB en 2012 (en todos estos casos reducen el déficit según el programa más reciente); el 0,1 % del PIB en 2008, el 0,6 % del PIB en 2009 y el 0,7 % en 2010 (en todos estos casos reducen el déficit según la previsión de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión).

Fuente:

Programa de convergencia (PC); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión.


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/12


DICTAMEN DEL CONSEJO

sobre el programa de estabilidad actualizado de Luxemburgo (2009-2014)

2010/C 143/03

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 3,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1)

El 26 de abril de 2010 el Consejo examinó el programa de estabilidad actualizado de Luxemburgo, que abarca el período 2009-2014.

(2)

La economía luxemburguesa se ha visto gravemente afectada por la crisis. Según los cálculos más recientes, el PIB real, tras un crecimiento cero en 2008, disminuyó en un 3,9 % en términos reales en 2009, ya que cayeron todos los componentes de la demanda, con excepción del gasto público. La contribución de las exportaciones netas siguió siendo positiva, ya que las importaciones se redujeron incluso más que las exportaciones, probablemente debido a la caída de la inversión en bienes de equipo. El sector financiero parece haberse visto menos afectado por la crisis de lo que podría esperarse, incluso si, a finales de 2008, las autoridades luxemburguesas tuvieron que acudir en ayuda de dos de los tres principales bancos del país, pertenecientes a grupos internacionales. El empleo continuó ascendiendo en un 1,2 % de media en 2009, pero únicamente gracias al efecto de arrastre resultante del fuerte crecimiento registrado en 2008 (+ 4,7 %). El empleo disminuyó ligeramente en el sector financiero, pero mucho más fuertemente en la industria. El desempleo aumentó del 4,9 % en 2008 al 5,7 % de media en 2009, a pesar del recurso masivo al trabajo a tiempo parcial promovido por las autoridades. En la actual coyuntura, el principal desafío al que se enfrenta Luxemburgo es el de mantener y desarrollar las condiciones favorables que hicieron posible el sobresaliente período de crecimiento de los últimos 25 años, basado en la especialización constante del país en las actividades de servicios, especialmente los financieros. Por otra parte, en lo que concierne a la política presupuestaria, las perspectivas a largo plazo merecen plena atención. En primer lugar, los gastos han experimentado un considerable aumento estos últimos años y los excedentes repetidos se han debido, esencialmente, al elevado nivel de ingresos, cuyo mantenimiento no está asegurado. Además, debido principalmente a la generosidad del sistema de pensiones luxemburgués, está previsto que el aumento del gasto relativo al envejecimiento de la población sea uno de los más fuertes de la UE.

(3)

Aunque gran parte de la disminución observada del PIB real en el contexto de la crisis es cíclica, el nivel de la producción potencial también se ha visto afectado negativamente. Por otra parte, la crisis también puede afectar al potencial de crecimiento a medio plazo a través de la menor inversión, las restricciones de crédito, el aumento del desempleo estructural y la disminución constante del crecimiento de las actividades financieras a escala mundial. Por otro lado, el impacto de la crisis económica agravará los efectos negativos del envejecimiento de la población en el potencial de producción y la sostenibilidad de la hacienda pública. En este contexto, será esencial acelerar el ritmo de las reformas estructurales con el fin de respaldar el crecimiento potencial. En particular, en el caso de Luxemburgo conviene aumentar la tasa de empleo de la población residente, mejorar el atractivo del entorno empresarial, favorecer un modelo salarial que tenga en cuenta la subida considerable de los costes laborales observada durante los últimos años y proseguir los esfuerzos tendentes a desarrollar las actividades de I+D en el país.

(4)

Según la hipótesis macroeconómica subyacente al programa, el crecimiento del PIB real, tras una contracción del 3,9 % en 2009, sería del 2,5 % en 2010 y, posteriormente, del 2,9 % anual de media durante el resto del período que abarca el programa. Partiendo de la información disponible (2), esta hipótesis parece basarse en previsiones de crecimiento ligeramente favorables para 2010, aún si se tienen en cuenta, para el tercer trimestre de 2009, datos mejores que los previstos. Para el período 2011-2014, los pronósticos del programa en materia de crecimiento son más o menos plausibles según los cálculos de los servicios de la Comisión en cuanto al crecimiento potencial y partiendo de la previsión de una reducción gradual de la brecha de producción. Los pronósticos del programa en materia de empleo, desempleo e inflación también parecen realistas.

(5)

El programa sitúa el déficit global de las administraciones públicas en 2009 en el 1,1 % del PIB. Este significativo deterioro respecto del superávit del 2,5 % del PIB registrado en 2008 se debió esencialmente al aumento del gasto público en casi 5 puntos porcentuales del PIB, que solo se compensó parcialmente por un aumento del ratio de ingresos (debido únicamente a que el PIB nominal se contrajo aún más que los ingresos). El aumento del ratio de gastos refleja en gran medida los efectos de la crisis en la hacienda pública a través de los estabilizadores automáticos, pero resultó asimismo de las medidas de estímulo que representan el 1,75 % del PIB y que fueron adoptadas por el gobierno de conformidad con el Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE). Estas medidas incluyen principalmente una clara aceleración de los programas de inversión pública, así como importantes recortes fiscales, en particular en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, que son de carácter permanente. Según el programa, la política presupuestaria debería seguir siendo expansionista en 2010, lo que, teniendo en cuenta la situación presupuestaria y económica relativamente favorable de Luxemburgo, es conforme con el PERE. No obstante, a partir de 2011, los pronósticos del programa en la hipótesis de mantener la política económica actual no reflejan una orientación restrictiva concordante con la estrategia de salida de la crisis preconizada por el Consejo, aunque el programa reconoce que las autoridades tienen la intención de adoptar medidas correctoras.

(6)

Según las previsiones, el déficit global de las administraciones públicas alcanzará el 3,9 % del PIB en 2010; este deterioro resultaría de un aumento del gasto de 0,9 puntos porcentuales del PIB y de una disminución de los ingresos en 2 puntos porcentuales del PIB. El aumento del gasto será imputable principalmente a los ámbitos de la educación (0,3 puntos porcentuales del PIB), política familiar (0,25 puntos porcentuales del PIB) e infraestructuras públicas (0,5 puntos porcentuales del PIB). La disminución de los ingresos sería la consecuencia de una caída de los ingresos procedentes de los impuestos directos (1,4 puntos porcentuales del PIB), debida esencialmente a los efectos de la crisis, sobre todo en el impuesto de sociedades. Además, el tipo de este impuesto se redujo del 22 % al 21 %, lo que tendrá un efecto estimado ex ante de aproximadamente 0,1 puntos porcentuales del PIB. La disminución de los ingresos sería también consecuencia, en menor medida, de una reducción de los impuestos indirectos y de las cotizaciones de la seguridad social respecto del PIB (de 0,4 y 0,2 puntos porcentuales del PIB, respectivamente). Teniendo en cuenta que el déficit para 2009 ha sido revisado a la baja en 1,2 puntos porcentuales del PIB respecto del cálculo que figura en el presupuesto, mientras que el objetivo en materia de déficit para 2010 se ha revisado a la baja en un 0,5 puntos porcentuales, el programa prevé que el deterioro del saldo global de las administraciones públicas en 2010 alcanzará 2,8 puntos porcentuales del PIB (frente a los 2,1 puntos porcentuales previstos en el presupuesto). El saldo estructural (es decir, el saldo ajustado en función del ciclo, calculado de acuerdo con la metodología común sobre la base de la información que figura en el programa y excluidas las medidas extraordinarias y otras medidas de carácter temporal) debería deteriorarse en aproximadamente 3 puntos porcentuales del PIB, a partir de una situación de superávit de aproximadamente el 1 % del PIB en 2009.

(7)

Para el período posterior a 2010, el programa presenta una hipótesis presupuestaria detallada basada en la previsión de «mantenimiento de la política», según la cual el déficit global de las administraciones públicas aumentaría en un primer momento para alcanzar el 5,0 % del PIB en 2011 y reducirse progresivamente al 4,6 % del PIB en 2012 y al 4,3 % del PIB en 2013, antes de alcanzar el 3,1 % del PIB en 2014, según van desapareciendo progresivamente los efectos de la crisis. Esta hipótesis supone pues que el déficit público global se mantenga por encima del 3 % del PIB hasta el final del período cubierto. La reducción automática del déficit resultaría a la vez de una recuperación gradual de los ingresos y de un ligero descenso del ratio de gastos. Las previsiones apuntan a un ligero aumento del ratio de ingresos, que pasaría del mínimo registrado en 2011 (38,1 % del PIB) al 39,5 % del PIB, debido principalmente a una recuperación de los impuestos directos a partir de 2011, año en el que los efectos retardados de la crisis en los ingresos deberían alcanzar su máximo. Simultáneamente, el ratio de gastos debería disminuir ligeramente, a partir de un máximo de 43,6 % del PIB alcanzado en 2010, para situarse en el 42,7 % del PIB en 2014, debido a la aceleración progresiva del crecimiento. El déficit estructural (recalculado por los servicios de la Comisión) aumentaría en un primer momento para pasar del 2,25 % del PIB en 2010 a aproximadamente el 3,5 % en 2011, año en el que el déficit global se situaría en un 5,0 % del PIB, antes de disminuir ligeramente al 2,25 % del PIB en 2014, siguiendo así la reducción del déficit global. El programa reconoce que el objetivo principal de la estrategia presupuestaria a medio plazo es restablecer el equilibrio de la hacienda pública de aquí a 2014, reduciendo el déficit global en aproximadamente 1 punto porcentual del PIB cada año. No obstante, la transmisión de información sobre los niveles de ingresos y de gastos asociados a esta senda de ajuste o sobre las medidas que deben sustentarla se aplaza hasta después de la consulta con los agentes sociales, que debe haberse efectuado para finales de abril de 2010.

El programa indica que, debido a la importancia de los pasivos implícitos relacionados con el envejecimiento demográfico, el objetivo presupuestario a medio plazo se ha modificado pasando de un déficit estructural equivalente al 0,8 % del PIB a un superávit estructural equivalente al 0,5 % del PIB. Habida cuenta de las previsiones más recientes y de los niveles de deuda, este objetivo a medio plazo no parece tener suficientemente en cuenta los pasivos implícitos relacionados con el envejecimiento de la población, incluso si la deuda es inferior al valor de referencia del Tratado. El programa no contempla que este objetivo a medio plazo se alcance durante el período cubierto por el programa.

(8)

En 2010, los resultados presupuestarios podrían ser algo mejores que los previstos en el programa. No obstante, este hecho no altera en nada la necesidad del saneamiento presupuestario planeado para los años 2011-2014. La mejora posible de los resultados de 2010, ligada al efecto básico derivado de una revisión a la baja del déficit de 2009 de 1,2 puntos porcentuales del PIB (respecto de los pronósticos iniciales sobre el déficit que figuran en el presupuesto 2010) no se ha plasmado en resultados mejores en 2010. Por consiguiente, se prevé que el deterioro del saldo de las administraciones públicas en 2010 alcance el 2,8 % del PIB, aunque en el presupuesto se había estimado en el 2,1 %. Además, antes de la crisis, los resultados presupuestarios de Luxemburgo con frecuencia han sido mejores de los inicialmente previstos. Para el período 2011-2014, la hipótesis de «mantenimiento de la política» constituye una representación plausible de la evolución de la hacienda pública, ya que el posible efecto de base positivo está casi contrarrestado por las amenazas que pesan sobre las perspectivas macroeconómicas. En lo que se refiere a la senda de ajuste alternativa, cuyo objetivo es reducir el déficit público por debajo del 3 % de aquí a 2014, no es posible realizar una evaluación en ausencia de información sobre los niveles de ingresos y gastos asociados a los déficits previstos y sobre las medidas necesarias para realizar el saneamiento previsto.

(9)

El ratio de la deuda se duplicó, pasando del 6,6 % del PIB en 2007 al 13,5 % en 2008, esencialmente como resultado de la asistencia financiera al sector financiero. El programa prevé un nuevo aumento de este ratio, que pasaría del 14,9 % del PIB en 2009 al 37,4 % en 2014. Este aumento rebasaría el importe total de los déficit previstos, debido a las considerables transferencias de la administración central a la seguridad social. Si bien el ratio de la deuda está aumentando, sigue siendo netamente inferior al valor de referencia previsto en el Tratado a lo largo de todo el período de programación. El sistema de seguridad social y, en una menor medida, la administración central, poseen un volumen significativo de activos, acumulados gracias a los superávit recurrentes del pasado. No obstante, estos activos son insuficientes para hacer frente a las obligaciones futuras en materia de seguridad social.

(10)

Según las previsiones de deuda a medio plazo de aquí a 2020, que suponen que la recuperación de las tasas de crecimiento del PIB hasta alcanzar los valores previstos antes de la crisis tendrá lugar gradualmente y que los ratios de ingresos tributarios volverán a los niveles anteriores a la crisis, e incluyen el aumento previsto de los gastos relacionados con el envejecimiento de la población, la estrategia presupuestaria prevista en el programa, tal como se presenta y sin otros cambios de política, no es suficiente para estabilizar la deuda de aquí a 2020.

(11)

Los efectos a largo plazo del envejecimiento de la población en el presupuesto se situarán bastante por encima de la media de la UE, debido especialmente al fuerte aumento previsto del gasto en pensiones. Los considerables activos acumulados en el sistema de seguridad social contribuirán a financiar parcialmente el aumento previsto del gasto en pensiones, si bien los planes presupuestarios de aquí a 2014 hacen suponer que el excedente primario estructural ya no será suficiente para compensar el aumento de los costes del envejecimiento demográfico. La generación de unos superávit primarios elevados a medio plazo y, como reconocen las autoridades, la aplicación de medidas tendentes a frenar el incremento sustancial del gasto en pensiones contribuirían a reducir el riesgo que amenaza la sostenibilidad de la hacienda pública, considerado medio en el Informe de Sostenibilidad de 2009 de la Comisión (3).

(12)

Las normas presupuestarias numéricas y los marcos presupuestarios a medio plazo (con la excepción del programa plurianual de gastos de capital del Estado) no parecen desempeñar un papel influyente en Luxemburgo. No obstante, este hecho no parece haber traído consigo desviaciones presupuestarias importantes en el pasado, aunque haya podido desempeñar un papel en las revisiones recurrentes y sustanciales de los datos relativos a la hacienda pública estos últimos años (generalmente en el sentido de una mejora de los resultados). El programa no anuncia ningún plan a este respecto.

(13)

La estructura de la hacienda pública parece relativamente favorable en Luxemburgo: el gasto de las administraciones públicas y la presión fiscal son relativamente bajos en comparación con otros Estados miembros. En particular, la fiscalidad de las rentas del trabajo y el consumo público son relativamente bajos. Por otra parte, la inversión pública es una de las más elevadas de toda la UE. No obstante, puede mejorarse la eficacia del gasto público, también en el ámbito de la educación. Además, la combinación de prestaciones sociales generosas con la imposición de las rentas del trabajo, aunque esta imposición es relativamente baja, no ofrece incentivos suficientes para que las personas con salarios bajos o medios se incorporen al mundo laboral. Por último, será indispensable reformar el sistema de pensiones, relativamente generoso, para hacer frente a la carga que supone el envejecimiento demográfico.

(14)

Globalmente, teniendo en cuenta la situación presupuestaria favorable de Luxemburgo en el inicio de la crisis y el bajo nivel de la deuda pública, la política presupuestaria expansionista prevista para 2010 es apropiada y conforme con el PERE. A partir de 2011, los pronósticos del programa en el supuesto de mantenimiento de la política económica actual no se ajustan a los requisitos del Pacto, puesto que no integran los esfuerzos de saneamiento necesarios para reducir el déficit por debajo del 3 % del PIB y avanzar a un ritmo apropiado hacia el objetivo a medio plazo de un superávit del 0,5 % del PIB. Además, estos pronósticos tampoco se ajustan a las conclusiones del Consejo de 20 de octubre de 2009 sobre la estrategia fiscal de salida de la crisis. Por otra parte, no es posible evaluar la intención anunciada del Gobierno de comenzar el saneamiento en 2011 y de reducir el déficit estructural en aproximadamente 0,75 puntos porcentuales del PIB cada año a partir de 2011, dado que no se ha facilitado ninguna información sobre las medidas que deben respaldar dicha estrategia de saneamiento.

(15)

En cuanto a los requisitos en materia de datos especificados en el Código de conducta para los programas de estabilidad y convergencia, el programa presenta lagunas en lo que respecta a los datos obligatorios y opcionales (4).

La conclusión general es que, teniendo en cuenta la recesión económica y el carácter saneado de la situación presupuestaria de partida de Luxemburgo, el deterioro temporal del saldo de las administraciones públicas en 2009 y 2010, que refleja en parte la adopción de medidas de estímulo, es apropiado. No obstante, a partir de 2011, la orientación presupuestaria contemplada en la hipótesis basada en el mantenimiento de la política económica no es conforme con los requisitos del Pacto, ya que el déficit público se mantendría por encima del 3 % del PIB hasta 2014; así pues, no habría esfuerzo de saneamiento para reducir el déficit por debajo del 3 % del PIB y los progresos realizados hacia el objetivo a medio plazo tampoco serían adecuados. Aunque las autoridades anuncian su intención de seguir un sendero de saneamiento más ambicioso con el fin de restaurar el equilibrio de las finanzas públicas en 2014 y de alcanzar el objetivo a medio plazo en el curso de los años siguientes, no es posible evaluar correctamente esta senda de saneamiento en ausencia de información sobre las medidas correspondientes. Por tanto, sería conveniente disponer de más información sobre estas medidas. Con todo, sigue preocupando la sostenibilidad a largo plazo de la hacienda pública, que deberá soportar una carga particularmente pesada en los próximos decenios, ya que se prevé que el incremento del gasto público vinculado al envejecimiento de la población será uno de los más fuertes del conjunto de la UE.

Atendiendo a la anterior evaluación, se insta a Luxemburgo a que:

i)

Inicie un saneamiento presupuestario a partir de 2011 con el fin de situar el déficit por debajo del umbral del 3 % del PIB y, a continuación, avanzar hacia la consecución del objetivo a medio plazo, y a que defina a tal efecto las medidas necesarias para este saneamiento.

ii)

Teniendo en cuenta el aumento sustancial previsto de los gastos vinculados al envejecimiento demográfico, a que aumente la viabilidad a largo plazo de la hacienda pública, reformando el sistema de pensiones, y fije un objetivo a medio plazo que tome en consideración debidamente los pasivos implícitos relativos al envejecimiento de la población.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

 

2008

2009

2010

2011

2012

2013

2014

PIB real

(% variación)

PE enero 2010

0,0

–3,9

2,5

3,0

2,7

2,9

3,1

COM nov 2009

0,0

–3,6

1,1

1,8

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

1,0

–0,9

1,4

4,5

n.d.

n.d.

n.d.

Inflación IPCA

(%)

PE enero 2010

4,1

4,1

0,0

2,1

1,8

n.d.

n.d.

COM nov 2009

4,1

0,0

1,8

1,7

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

4,1

0,6

2,5

2,9

n.d.

n.d.

n.d.

Brecha de producción (5)

(% del PIB potencial)

PE enero 2010

1,9

–4,0

–3,4

–2,8

–2,4

–2,0

–1,7

COM nov 2009 (6)

1,7

–3,9

–4,6

–5,0

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

1,1

–2,3

–3,5

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Saldo neto de las operaciones financieras con el resto del mundo

(% del PIB)

PE enero 2010

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

COM nov 2009

4,9

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Ingresos de las administraciones públicas

(% del PIB)

PE enero 2010

40,2

41,6

39,6

38,3

38,5

39,0

39,5

COM nov 2009

40,2

41,1

39,7

39,4

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

43,2

42,8

42,8

40,3

n.d.

n.d.

n.d.

Gastos de las administraciones públicas

(% del PIB)

PE enero 2010

37,7

42,6

43,5

43,2

43,2

43,3

42,6

COM nov 2009

37,7

43,3

43,9

43,6

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

41,2

43,4

44,3

39,4

n.d.

n.d.

n.d.

Saldo de las administraciones públicas

(% del PIB)

PE enero 2010

2,5

–1,1

–3,9

–5,0

–4,6

–4,3

–3,1

COM nov 2009

2,5

–2,2

–4,2

–4,2

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

43,2

42,8

42,8

40,3

n.d.

n.d.

n.d.

Saldo primario

(% del PIB)

PE enero 2010

2,8

–0,5

–3,3

–4,3

–3,7

–3,3

–2,1

COM nov 2009

2,7

–1,6

–3,6

–3,6

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

2,3

–0,3

–1,2

1,5

n.d.

n.d.

n.d.

Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (5)

(% del PIB)

PE enero 2010

1,6

0,9

–2,2

–3,6

–3,4

–3,3

–2,3

COM nov 2009

1,6

–0,3

–2,0

–1,8

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

2,4

1,6

0,3

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Saldo estructural (7)

(% del PIB)

PE enero 2010

1,6

0,9

–2,2

–3,6

–3,4

–3,3

–2,3

COM nov 2009

1,6

–0,3

–2,0

–1,8

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

2,4

1,6

0,3

n.d.

n.d.

n.d.

n.d.

Deuda pública bruta

(% del PIB)

PE enero 2010

13,5

14,9

18,3

23,9

29,3

34,1

37,4

COM nov 2009

13,5

15,0

16,4

17,7

n.d.

n.d.

n.d.

PE octubre 2008

14,4

14,9

17,0

14,3

n.d.

n.d.

n.d.

Programa de estabilidad (PE); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://ec.europa.eu/economy_finance/sgp/index_es.htm

(2)  La evaluación tiene en cuenta en particular las previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, así como otros datos disponibles desde entonces.

(3)  En las conclusiones del Consejo de 10 de noviembre de 2009 relativas a la sostenibilidad de la hacienda pública, «el Consejo insta a los Estados Miembros a que, en sus futuros programas de estabilidad y convergencia, centren su atención en las estrategias orientadas a la sostenibilidad»; asimismo, «invita a la Comisión a que, junto con el Comité de Política Económica y el Comité Económico y Financiero, desarrolle métodos adicionales de evaluación de la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas, antes del próximo informe sobre sostenibilidad», que está previsto para 2012.

(4)  En particular, faltan los datos relativos a los saldos sectoriales, salvo en el caso de las administraciones públicas.

(5)  Brechas de producción y saldos ajustados en función del ciclo recalculados por los servicios de la Comisión partiendo de los datos del programa.

(6)  Basándose en un crecimiento potencial previsto del 3,6 %, 2,0 %, 1,9 % y 2,2 %, respectivamente, en el período 2008-2011.

(7)  Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas extraordinarias y otras medidas de carácter temporal. En el programa más reciente y en las previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión no figuran medidas extraordinarias u otras medidas de carácter temporal para el período 2010-2014.

Fuente:

Programa de estabilidad (PE); previsiones de los servicios de la Comisión (COM) del otoño de 2009; cálculos de los servicios de la Comisión


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/17


DICTAMEN DEL CONSEJO

sobre el programa de convergencia actualizado de Polonia (2009-2012)

2010/C 143/04

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 3,

Vista la Recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero.

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1)

El 26 de abril de 2010 el Consejo examinó el programa de convergencia actualizado de Polonia, que abarca el periodo 2009-2012.

(2)

Con un aumento estimado del PIB real del 1,7 %, Polonia fue el único país de la UE que registró un crecimiento positivo en 2009. Estos resultados responden a una serie de factores favorables, entre los que cabe destacar unos sólidos indicadores económicos al inicio de la crisis, un sector financiero bien capitalizado y solvente, una depreciación considerable de su moneda en una fase temprana de la crisis, un grado de apertura de la economía relativamente bajo, y unas políticas monetarias y fiscales oportunamente flexibles.

No obstante el carácter temporal de algunos factores que han sustentado el crecimiento —el margen para una política presupuestaria de apoyo ha desaparecido en gran medida y está en curso una apreciación del tipo de cambio — las perspectivas económicas de Polonia han mejorado considerablemente en los últimos meses. Los principales desafíos para los años venideros serán la vuelta de las finanzas públicas a una posición sostenible y la garantía de un proceso duradero de recuperación que no comprometa la estabilidad financiera y macroeconómica. Polonia no ha utilizado los años favorables de la economía (2006-2008) para sanear sus finanzas públicas y el déficit público estructural (es decir, el saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal, calculado con arreglo al método acordado sobre la base de los datos del programa actualizado) se estima en el 7 % del PIB en 2009. Sobre la base de los datos notificados en abril de 2009 por las autoridades polacas en relación con un déficit público en 2008 estimado en el 3,9 % del PIB, el 7 de julio de 2009 el Consejo decidió que existía un déficit excesivo y recomendó su corrección de aquí a 2012.

(3)

Aunque gran parte de la disminución observada del PIB real en el contexto de la crisis es cíclica, el nivel de la producción potencial también se ha visto afectado negativamente. Por otra parte, la crisis también puede afectar al potencial de crecimiento a medio plazo debido a la menor inversión, a las restricciones de crédito y al aumento del desempleo estructural, si bien los efectos deberían ser menos graves en Polonia dado el menor grado de destrucción de capital y a la flexibilidad del mercado laboral. Por otro lado, el impacto de la crisis económica agrava los efectos negativos del envejecimiento de la población en el potencial de producción y la sostenibilidad de las finanzas públicas. En este contexto, será esencial acelerar el ritmo de las reformas estructurales con el fin de respaldar el crecimiento potencial. En particular, teniendo en cuenta la baja tasa de empleo de Polonia y la necesidad de reformas que favorezcan el proceso de recuperación en curso, es especialmente importante adoptar medidas adicionales que estimulen la participación en el mercado de trabajo, mejoren el entorno empresarial e incentiven la financiación privada de la I+D.

(4)

El escenario macroeconómico de base, en el que se basan las previsiones presupuestarias, apunta a una aceleración del crecimiento del PIB real que debería pasar del 1,7 % en 2009 al 3 % en 2010, al 4,5 % en 2011 y al 4,2 % en 2012. Evaluada a partir de la información actualmente disponible (2), la hipótesis de crecimiento del PIB real en 2010 parece ligeramente optimista y las hipótesis relativas a 2011 y 2012 parecen optimistas. El programa presenta un «escenario de riesgo» alternativo, con un crecimiento del PIB real más bajo, situado en el 2,7 % en 2010, el 3,7 % en 2011 y el 3,5 % en 2012, que parece más plausible. A la luz de la información reciente, las previsiones del programa de una recuperación gradual del empleo en el período 2010-2012 son verosímiles, dado que, en especial, el rápido ajuste de los salarios reales atenúa los efectos de la crisis en el empleo. Parecen realistas las previsiones del programa en relación con la inflación, que prevén una disminución en torno al 2 % en 2010 en un contexto de apreciación de la moneda y de contención de la presión salarial, seguida de un ligero aumento en consonancia con la mejora de la situación económica.

(5)

El programa estima el déficit de las administraciones públicas en 2009 en el 7,2 % del PIB. El significativo deterioro a partir del déficit del 3,6 % observado en 2008 refleja en gran medida los efectos de la crisis sobre las finanzas públicas, aunque también es consecuencia de las medidas de estímulo adoptadas por el Gobierno en 2009 de conformidad con el Plan Europeo de Recuperación Económica (PERE), equivalentes al 2 % del PIB. Las principales medidas de estímulo consistieron en una reducción del impuesto sobre la renta de las personas físicas (decidida en 2007), un aumento de la inversión pública y la indexación de las transferencias sociales. Por otra parte, el nivel del déficit en 2009 habría sido aún peor de no haber adoptado las medidas de reducción del déficit estimadas en cerca del 1,5 (reducción de los costes administrativos y aumento de los dividendos de las empresas públicas). A pesar de estas medidas, el saldo estructural sufrió un deterioro superior a 2 puntos porcentuales del PIB en 2009, a causa también del gasto excesivo en algunos subsectores (3) de la administración pública y de una composición del crecimiento desfavorable.

No obstante el elevado nivel alcanzado por el déficit estructural y la rápida recuperación de la actividad económica prevista, el programa indica una estrategia de salida de la crisis gradual, con un modesto saneamiento presupuestario en 2010-2011.

(6)

El programa prevé una ligera disminución del déficit público en 2010, estimado en el 6,9 % del PIB. Este resultado deberá alcanzarse a través de un fuerte aumento del ratio de ingresos (2,2 puntos porcentuales) que compensaría ampliamente el pronunciado aumento del ratio de gasto (1,9 puntos porcentuales), debido sobre todo al incremento de los gastos de capital (en parte financiados por fondos de la UE). Las principales medidas de saneamiento son el aumento de algunos impuestos especiales y otros impuestos similares (cerca del 0,2 % del PIB) y una reducción de los aumentos salariales en la administración central (0,3 % del PIB) por un total del 0,5 % del PIB. La mejora del saldo estructural se estima en 0,8 puntos porcentuales del PIB, reflejo también de una composición del crecimiento favorable conducente a una elasticidad presupuestaria superior a lo habitual. El esfuerzo presupuestario requerido en los planes actuales es inferior a la media anual recomendada por el Consejo en julio de 2009 para el período 2010-2012 (al menos 1,25 puntos porcentuales del PIB).

(7)

El principal objetivo de la estrategia presupuestaria a medio plazo es situar el déficit por debajo del valor de referencia del 3 % del PIB de aquí a 2012, de conformidad con la Recomendación emitida por el Consejo en virtud del artículo 104, apartado 7, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE). No obstante, el saneamiento previsto está muy concentrado en los últimos años del programa: el saldo global se prevé que mejore 0,3 puntos porcentuales del PIB en 2010, 1 punto porcentual en 2011 y 3 puntos porcentuales del PIB en 2012. El saldo estructural debe mejorar entre 0,8 y 0,9 puntos porcentuales del PIB anualmente en los años 2010-2011 y en 3 puntos porcentuales del PIB en 2012. A fin de compensar una situación inicial del déficit global peor en el 2009 de lo previsto en el momento de la Recomendación del Consejo, el esfuerzo estructural medio anual en el período 2010-2012 debería rondar el 1,5 del PIB, ligeramente por encima del valor recomendado por el Consejo en el procedimiento por déficit excesivo. El saneamiento en los años 2011-2012 se basa principalmente en los gastos, pero no está respaldado por medidas suficientemente concretas. El impacto neto total de las medidas anunciadas, es decir, las incluidas en el «Plan de desarrollo y saneamiento de las finanzas», de 29 de enero de 2010, al que el programa de convergencia se refiere ampliamente, no supera el 0,5 % del PIB en el período 2011-2012 (4). El programa confirma el compromiso de alcanzar el objetivo a medio plazo (OMP) de un saldo presupuestario del – 1 % del PIB en términos estructurales. Teniendo en cuenta el nivel de deuda y las previsiones más recientes, el OMP refleja adecuadamente los objetivos del Pacto. Sin embargo, el programa no prevé su logro en el periodo que cubre.

(8)

A lo largo del periodo que abarca el programa, los resultados presupuestarios podrían ser peores de lo previsto en este. En primer lugar, el crecimiento del PIB real podría ser menos favorable, lo que se traduciría en unos ingresos fiscales inferiores a lo esperado. De acuerdo con el programa, si tiene lugar el escenario alternativo, más prudente y plausible, el déficit en 2012 estaría próximo al 5 % del PIB y el déficit excesivo no podría corregirse en el plazo fijado por el Consejo. En segundo lugar, los objetivos presupuestarios para 2011 y 2012 no están basados en medidas concretas. El intenso calendario electoral de los dos próximos años (elecciones presidenciales y municipales en otoño de 2010, elecciones legislativas en otoño de 2011) suscita algunos interrogantes en cuanto al calendario y la aplicación de dichas medidas. En tercer lugar, Polonia presenta un historial irregular en lo que se refiere a la consecución de los objetivos de gasto de las administraciones públicas establecidos en los sucesivas actualizaciones de los programas de convergencia, y las nuevas iniciativas destinadas a reforzar el marco presupuestario podrían no ser suficientes para modificar esta situación en el período cubierto por el programa. La nueva norma «temporal» en materia de gasto, que se aplicará hasta que se introduzca la norma «objetivo», cubre una parte muy reducida del gasto público (menos del 15 %) y tendrá como resultado un pequeño ajuste anual, incluso en caso de su plena aplicación (inferior al 0,2 % del PIB por año en el período 2011-2012) (5). Globalmente, los resultados presupuestarios podrían ser peores de lo previsto en el programa.

(9)

En 2009, la deuda pública bruta se estima que alcanzó el 50,7 % del PIB, cifra superior al 47,2 % registrado en 2008. A causa sobre todo de los déficit públicos elevados, se prevé que este ratio aumente 5 puntos porcentuales durante el período de ejecución del programa, hasta alcanzar el 56 % del PIB en 2012, pero manteniéndose por debajo del valor de referencia del Tratado. Los sustanciales ingresos resultantes de las privatizaciones previstas para 2010 deberían contener el aumento del ratio de deuda. No obstante, a la luz de la persistente debilidad de las condiciones del mercado y de los resultados de las pasadas privatizaciones, inferiores a lo previsto, los ingresos podrían no estar a la altura de las expectativas. En un escenario macroeconómico diferente, pero con las mismas políticas, los servicios de la Comisión apuntaron en su previsión de otoño de 2009 que el ratio de deuda superaría el umbral del 60 % del PIB en 2011. Si bien los datos recientes indican que esta previsión puede ser exagerada, el ratio de deuda en los próximos años será probablemente más elevado de lo previsto en el programa.

(10)

Según las previsiones de deuda a medio plazo hasta 2020, que suponen que la recuperación de las tasas de crecimiento del PIB hacia los valores previstos antes de la crisis tendría lugar gradualmente, que los ratios de ingresos tributarios volverían a los niveles anteriores a la crisis y que incluyen el aumento del gasto previsto relacionado con el envejecimiento de la población, la estrategia presupuestaria prevista en el programa, por sí misma y sin modificar las medidas previstas, es más que suficiente para estabilizar el ratio de la deuda de aquí a 2020. El programa hace referencia a reformas destinadas a reforzar la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas (inclusión del personal militar en la reforma general del sistema de pensiones, edad de jubilación, fondo de seguridad social de los agricultores y reducción de las prestaciones por invalidez). Aunque sean muy importantes para el saldo de las administraciones públicas y para la evolución a largo plazo del mercado laboral, estas medidas se aplicarán gradualmente y, por tanto, no tendrán efectos significativos en el saldo de las administraciones públicas durante el período de ejecución del programa.

(11)

El impacto presupuestario a largo plazo del envejecimiento de la población es significativamente inferior a la media de la UE, lo cual se constata en la disminución prevista del gasto público en pensiones. No obstante, la situación presupuestaria en 2009 crea una brecha sustancial de sostenibilidad a largo plazo. Garantizar, a medio plazo, excedentes primarios más elevados, como ya está previsto en el programa, contribuiría a reducir los riesgos para la sostenibilidad de las finanzas públicas, considerados de nivel «medio» en el informe de sostenibilidad de 2009 de la Comisión (6).

(12)

Existe un margen para mejorar el marco presupuestario de Polonia. Polonia tiene un tipo de norma presupuestaria basada en tres umbrales de deuda (50 %, 55 % y 60 % del PIB, este último porcentaje consagrado en la constitución), cuyo rebasamiento trae consigo la adopción de medidas de saneamiento de importancia creciente. En lo que respecta al gasto, el marco institucional no garantiza un control suficiente, dando origen a frecuentes rebasamientos de los límites de gasto. Las autoridades han adoptado iniciativas destinadas a mejorar el marco presupuestario en 2009. Las autoridades hicieron más restrictiva la normativa existente en materia de endeudamiento, introduciendo disposiciones específicas adicionales acerca de las medidas que deben aplicarse cuando la deuda pública rebasa el 55 % del PIB (definición nacional, no sistema SEC95). El período de planificación para el presupuesto de la administración central se amplió de tres a cuatro años. Se llevó a cabo cierta reorganización de las administraciones públicas con el fin de aumentar la transparencia de las cuentas públicas. Por último, las autoridades tienen previsto reforzar el marco presupuestario con la introducción de una norma «temporal» y una norma «objetivo» en materia de gasto. No obstante, la norma «temporal» cubriría apenas la parte no obligatoria del presupuesto de la administración central (excluida la inversión pública), actualmente inferior al 15 % del gasto de las administraciones públicas. Aunque estas iniciativas facilitarán los futuros esfuerzos de saneamiento, no sustituyen a las medidas necesarias para apoyar la senda de saneamiento prevista en el programa.

(13)

Del examen de la composición del gasto público, resulta que una parte relativamente importante del gasto público de Polonia se destina a la protección social, en detrimento de gastos en algunos sectores que favorecen el crecimiento (innovación, I+D) y en la sanidad y que son relativamente bajos. Además, parece haber margen para mejorar la eficiencia del gasto público en sectores como la sanidad y la educación. En lo que respecta a los ingresos, la presión fiscal se acerca a la media de la UE, pero podría mejorarse el complejo sistema de imposición y de recaudación mediante una mayor simplificación. A partir de 2005, las autoridades polacas han elaborado y aplicado gradualmente una planificación presupuestaria basada en los resultados, que deberá mejorar tanto la eficiencia como la eficacia del gasto público en los próximos años. El presupuesto de 2010 amplió el ámbito de aplicación de la planificación presupuestaria basada en los resultados, incluyendo otros sectores de las administraciones públicas y ulteriores categorías de gasto. Se prevé que el primer presupuesto central elaborado íntegramente según la planificación presupuestaria basada en los resultados tendrá lugar en 2013.

(14)

En general, en 2010, la estrategia presupuestaria establecida en el programa es globalmente compatible con las Recomendaciones formuladas por el Consejo el 7 de julio de 2009 en virtud del artículo 104, apartado 7, del TCE. Sin embargo, a partir de 2011, teniendo en cuenta los riesgos existentes, la estrategia presupuestaria no resultaría plenamente compatible con dichas Recomendaciones. El esfuerzo estructural medio anual previsto par el período 2010-2012 es de 1,5 puntos porcentuales del PIB, ligeramente superior al valor recomendado por el Consejo en el procedimiento por déficit excesivo. No obstante, el saneamiento fiscal está muy concentrado en los últimos años del programa, los objetivos de déficit se basan en hipótesis de crecimiento favorables y la reducción del gasto prevista no está respaldada por medidas suficientemente concretas. En vista de los buenos resultados económicos de Polonia durante la crisis, de la recuperación prevista por las autoridades a partir de 2010, del elevado déficit público estructural y del objetivo de las autoridades de corregir el déficit excesivo de aquí a 2010, sería oportuna una estrategia de saneamiento presupuestario más concentrada en el período inicial. En 2010, el presupuesto deberá aplicarse con rigor, los planes del gasto corriente primario deben ejecutarse solo en parte en la medida de lo posible y los ingresos no previstos asignarse a la reducción del déficit. Los objetivos de déficit público para 2011-2012 deberían apoyarse en importantes medidas adicionales, lo que debería igualmente asegurar un margen adecuado en caso de que no se dé el escenario macroeconómico de base previsto en el programa.

(15)

En cuanto a los requisitos en materia de datos especificados en el código de conducta para los programas de estabilidad y de convergencia, el programa facilita todos los datos obligatorios y la mayoría de los datos opcionales (7). En sus Recomendaciones de 7 de julio de 2009, formuladas con arreglo al artículo 104, apartado 7, del TCE, el Consejo también invitó a Polonia a informar sobre los progresos realizados en la aplicación de dichas Recomendaciones en un capítulo aparte de las actualizaciones de los programas de convergencia. Polonia siguió en parte esta Recomendación. En concreto, no se especifican suficientemente las medidas necesarias para reducir el déficit por debajo del valor de referencia para 2012 ni las reformas que permitan contener el gasto corriente primario durante los próximos años.

La conclusión general es que, si bien Polonia proyecta corregir su déficit excesivo de aquí a 2012, de conformidad con la Recomendación del Consejo en el procedimiento de déficit excesivo, el ajuste presupuestario está muy concentrado en el período final del programa, ya que la reducción del déficit se realizaría esencialmente en 2012, y sobre los objetivos de déficit del programa, tanto a nivel de ingresos como de gastos, pesan riesgos significativos de revisión a la baja. Teniendo en cuenta la recuperación prevista por las autoridades a partir de 2010 y el elevado déficit público estructural, sería más adecuada una estrategia de saneamiento fiscal más concentrada en el período inicial. Los riesgos asociados a los objetivos presupuestarios reflejan las hipótesis favorables de crecimiento del PIB real, la ausencia de medidas importantes suficientemente concretas de apoyo a los objetivos presupuestarios a partir de 2011, un historial de desviaciones de los gastos corrientes respecto de los planes, y los efectos del ciclo electoral. Se valora positivamente la intención de reforzar el marco presupuestario, en particular mediante normas en materia de gasto. En cuanto a la norma «temporal», convendría prever objetivos más ambiciosos, en particular en lo que se refiere a la parte de las finanzas públicas sobre las cuales se aplica.

A la luz de la evaluación anterior y de la Recomendación formulada el 7 de julio de 2009 en virtud del artículo 104, apartado 7, del TCE, y teniendo en cuenta la necesidad de garantizar una convergencia sostenible, se insta a Polonia a:

i)

aplicar con rigor el presupuesto de 2010, no ejecutando en su totalidad los planes de gasto corriente primario, siempre que sea posible, y asignando los ingresos no previstos a la reducción del déficit;

ii)

reforzar el ajuste presupuestario previsto en 2011 con objeto de alcanzar el esfuerzo presupuestario anual medio del 1,25 % del PIB en virtud del artículo 104, apartado 7, de la Recomendación y prepararse para adoptar medidas adicionales de saneamiento en 2011 y 2012 en caso de que se materialicen los riesgos asociados a la posibilidad de que el escenario del programa sea más favorable de aquel en que se ha basado la Recomendación formulada en virtud del artículo 104, apartado 7, del TCE;

iii)

seguir reforzando el marco presupuestario, principalmente a través de la introducción de una norma en materia de gasto que cubra una parte mayor del gasto primario de las administraciones públicas respecto de la cubierta por la norma «temporal» presentada en el programa de convergencia e instaurar los mecanismos adecuados coercitivos y de control, lo que requeriría una reducción de la parte correspondiente al gasto establecido por la ley en el gasto total.

Asimismo se invita a Polonia a transmitir, en la próxima actualización del programa de convergencia, información más precisa en el capítulo específico sobre los progresos realizados para poner término a la situación de déficit excesivo, tal como requiere el Consejo en sus Recomendaciones de 7 de julio de 2009 en virtud del artículo 104, apartado 7.

Comparación de las principales previsiones macroeconómicas y presupuestarias

 

2008

2009

2010

2011

2012

PIB real

(% variación)

PC febrero 2010

5,0

1,7

3,0

4,5

4,2

COM nov 2009

5,0

1,2

1,8

3,2

n.d.

PC diciembre 2008

5,1

3,7

4,0

4,5

n.d.

Inflación IPCA

(%)

PC febrero 2010

4,2

4,0

2,1

2,7

3,2

COM nov 2009

4,2

3,9

1,9

2,0

n.d.

PC diciembre 2008

4,2

2,9

2,5

2,5

n.d.

Brecha de producción (8)

(% del PIB potencial)

PC febrero 2010

2,4

–0,4

–1,7

–1,5

–1,5

COM nov 2009 (9)

2,6

–0,4

–2,2

–2,3

n.d.

PC diciembre 2008

1,0

–0,1

–0,6

–0,5

n.d.

Saldo neto de las operaciones financieras con el resto del mundo

(% del PIB)

PC febrero 2010

–4,0

–0,1

–1,1

–0,0

–0,8

COM nov 2009

–4,0

–0,2

–0,3

–0,7

n.d.

PC diciembre 2008

–4,0

–1,8

–1,3

–1,5

n.d.

Ingresos de las administraciones públicas

(% del PIB)

PC febrero 2010

39,6

37,4

39,6

40,3

40,3

COM nov 2009

39,6

37,6

38,6

38,3

n.d.

PC diciembre 2008

39,8

40,7

40,0

39,7

n.d.

Gastos de las administraciones públicas

(% del PIB)

PC febrero 2010

43,3

44,6

46,5

46,2

43,3

COM nov 2009

43,3

44,0

46,1

45,9

n.d.

PC diciembre 2008

42,6

43,2

42,4

41,7

n.d.

Saldo de las administraciones públicas

(% del PIB)

PC febrero 2010

–3,6

–7,2

–6,9

–5,9

–2,9

COM nov 2009

–3,6

–6,4

–7,5

–7,6

n.d.

PC diciembre 2008

–2,7

–2,5

–2,3

–1,9

n.d.

Saldo primario

(% del PIB)

PC febrero 2010

–1,4

–4,8

–4,2

–3,1

–0,2

COM nov 2009

–1,4

–3,8

–4,6

–4,6

n.d.

PC diciembre 2008

–0,3

0,1

0,2

0,5

n.d.

Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo (8)

(% del PIB)

PC febrero 2010

–4,6

–7,0

–6,2

–5,3

–2,3

COM nov 2009

–4,7

–6,3

–6,6

–6,7

n.d.

PC diciembre 2008

–3,1

–2,5

–2,1

–1,7

n.d.

Saldo estructural (10)

(% del PIB)

PC febrero 2010

–4,6

–7,0

–6,2

–5,3

–2,3

COM nov 2009

–4,7

–6,4

–6,6

–6,7

n.d.

PC diciembre 2008

–3,1

–2,5

–2,3

–1,7

n.d.

Deuda pública bruta

(% del PIB)

PC febrero 2010

47,2

50,7

53,1

56,3

55,8

COM nov 2009

47,2

51,7

57,0

61,3

n.d.

PC diciembre 2008

45,9

45,8

45,5

44,8

n.d.

Programa de convergencia (PC); previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión (COM); cálculos de los servicios de la Comisión.


(1)  DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Los documentos a que se hace referencia en este texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: http://ec.europa.eu/economy_finance/sgp/index_es.htm

(2)  La evaluación tiene en cuenta, en particular, las previsiones del otoño de 2009 de los servicios de la Comisión, así como otros datos de que se ha dispuesto desde entonces, tales como las previsiones intermedias de febrero de 2010 de los servicios de la Comisión.

(3)  No se incluyen aquí los subsectores de la administración central donde no se ejecutó una parte del gasto a pesar de que los ingresos eran mayores.

(4)  El 0,5 % del PIB incluye el efecto de la norma en materia de gasto que se especifica en la primera serie de reformas presentada al Presidente.

(5)  El programa prevé la introducción de dos normas en materia de gasto: en primer lugar, una norma «temporal» que cubre únicamente una pequeña parte del gasto de las administraciones públicas. Esta norma seguirá en vigor hasta que el déficit estructural de las administraciones públicas alcance el OMP (déficit del 1 % del PIB). Seguidamente, las autoridades tienen la intención de introducir una norma «objetivo» para el gasto (el objetivo sería mantener el déficit estructural en el 1 % del PIB), lo que cubriría una parte mayor del gasto público.

(6)  En las conclusiones del Consejo de 10 de noviembre de 2009 relativas a la sostenibilidad de las finanzas públicas, «el Consejo insta a los Estados Miembros a que, en sus futuros programas de estabilidad y convergencia, centren su atención en las estrategias orientadas a la sostenibilidad»; asimismo, «invita a la Comisión a que, junto con el Comité de Política Económica y el Comité Económico y Financiero, desarrolle métodos adicionales de evaluación de la sostenibilidad de las finanzas públicas a largo plazo, antes del próximo informe sobre sostenibilidad», que está previsto para 2012.

(7)  En particular, no se indican las estimaciones de la contribución de los diversos factores de producción al crecimiento potencial y las previsiones a largo plazo para algunas series de datos.

(8)  Diferencias de producción y saldos ajustados en función del ciclo con arreglo a los programas, recalculados por los servicios de la Comisión atendiendo a la información contenida en éstos.

(9)  Sobre la base de un potencial de crecimiento estimado del 5,0 %, el 4,2 %, el 3,7 % y el 3,3 %, respectivamente, en el período 2008-2011.

(10)  Saldo presupuestario ajustado en función del ciclo excluidas las medidas puntuales y otras medidas de carácter temporal. No hay medidas puntuales de acuerdo con el programa más reciente , y en las previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión se contemplan medidas de reducción del déficit del 0,1 % del PIB en 2009.

Fuente:

Programa de convergencia (PC); previsiones de otoño de 2009 de los servicios de la Comisión (COM); cálculos de los servicios de la Comisión.


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/22


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 143/05

Fecha de adopción de la decisión

25.1.2010

Número de referencia de ayuda estatal

N 194/09

Estado miembro

Reino Unido

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Liquidation aid to Bradford & Bingley

Base jurídica

Banking (Special Provisions) Act 2008

The Bradford & Bingley plc Transfer of Securities and Property etc. Order 2008

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Remedio de una perturbación grave de la economía, Cierre

Forma de la ayuda

Crédito blando, Garantía, Otras formas de participación en el capital

Presupuesto

Intensidad

Duración

25.1.2010 — fin de liquidación

Sectores económicos

Intermediación financiera

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

The Commissioners for Her Majesty's Treasury

1 Horse Guards Road

London

SW1A 2HQ

UNITED KINGDOM

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

30.3.2010

Número de referencia de ayuda estatal

NN 11/10

Estado miembro

Irlanda

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Rescue measure in favour of INBS

Base jurídica

Building Societies Act 1989, CIFS Act 2008

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Remedio de una perturbación grave de la economía

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 2 700 millones EUR

Intensidad

Duración

Sectores económicos

Intermediación financiera

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Irish Minister for Finance

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

27.4.2010

Número de referencia de ayuda estatal

N 41/10

Estado miembro

Letonia

Región

Rīga

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Investīciju atbalsts VAS “Starptautiskā lidosta “Rīga” ”

Base jurídica

15.12.2009. MK noteikumi Nr. 1476 “Noteikumi par darbības programmas “Infrastruktūra un pakalpojumi” papildinājuma 3.3.1.4. aktivitāti “Lidostu infrastruktūras attīstība” ”

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Desarrollo sectorial, Desarrollo regional

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 124 millones EUR

Intensidad

75 %

Duración

1.5.2010-31.12.2020

Sectores económicos

Transporte aéreo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Satiksmes ministrija

Gogoļa iela 3

Rīga, LV-1743

LATVIJA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

10.5.2010

Número de referencia de ayuda estatal

N 116/10

Estado miembro

Alemania

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Änderung der Regelung für Innovationsbeihilfen an den Schiffbau

Base jurídica

Richtlinie des Bundesministeriums für Wirtschaft und Technologie zum Förderprogramm „Innovativer Schiffbau sichert wettbewerbsfähige Arbeitsplätze“

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Innovación

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual previsto 22 millones EUR

Importe total de la ayuda prevista 45 millones EUR

Intensidad

20 %

Duración

1.5.2010-31.12.2010

Sectores económicos

Construcción naval

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Bundesministerium für Wirtschaft und Technologie

Scharnhorststr. 34-37

10115 Berlin

DEUTSCHLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/25


No oposición a una concentración notificada

(Asunto COMP/M.5874 — Barclays/Blackstone/Portfolio Hotels)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 143/06

El 21 de mayo de 2010, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32010M5874. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea.


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/26


Comunicación de conformidad con la letra a) del apartado 5 del artículo 12 del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, relativa a las informaciones facilitadas por las autoridades aduaneras de los Estados miembros sobre la clasificación de mercancías en la nomenclatura aduanera

2010/C 143/07

Una información arancelaria vinculante dejará de ser válida, a partir de esta fecha, si resulta incompatible con la interpretación de la nomenclatura aduanera, como consecuencia de las siguientes medidas arancelarias internacionales:

Modificaciones de las Notas explicativas del Sistema Armonizado y del Índice de Criterios de clasificación, aprobados por el Consejo de Cooperación Aduanera (doc. CCA NC1500 — informe de la 44a Sesión del Comité del SA):

MODIFICACIONES DE LAS NOTAS EXPLICATIVAS ADOPTADAS DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO DEL ARTÍCULO 8 DEL CONVENIO DEL SA Y CRITERIOS DE CLASIFICACIÓN, REDACTADOS POR EL COMITÉ DEL SA DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS

(44a SESIÓN DEL CSA — OCTUBRE 2009)

DOC. NC1500

Modificaciones de las Notas explicativas de la Nomenclatura anexa al Convenio del SA

84.15

K/16

84.19

K/18

84.33

K/2

85.36

K/1

90.28

K/4

95.04

K/17


Criterios de clasificación aprobados por el Comité del SA

3002.10/4

K/9

3002.10/5

K/9

3404.90/1

K/10

3504.00/2

K/11

3824.90/18

K/12

3923.90/1

K/13

4014.90/1

K/14

4016.93/2

K/15

9503.00/9 (Modificación de la base jurídica)

K/5

La información sobre el contenido de estas medidas puede obtenerse en la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea (Rue de la Loi/Wetstraat 200, 1049 Bruxelles/Brussel, BELGIQUE/BELGIË) o descargarse de la página de Internet de esta Dirección General:

http://ec.europa.eu/comm/taxation_customs/customs/customs_duties/tariff_aspects/harmonised_system/index_en.htm


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/27


Tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus principales operaciones de refinanciación (1):

1,00 % a 1 de junio de 2010

Tipo de cambio del euro (2)

1 de junio de 2010

2010/C 143/08

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2155

JPY

yen japonés

110,65

DKK

corona danesa

7,4393

GBP

libra esterlina

0,83470

SEK

corona sueca

9,6163

CHF

franco suizo

1,4183

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

7,9420

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

25,628

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

276,62

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7093

PLN

zloty polaco

4,1140

RON

leu rumano

4,1868

TRY

lira turca

1,9288

AUD

dólar australiano

1,4595

CAD

dólar canadiense

1,2766

HKD

dólar de Hong Kong

9,4720

NZD

dólar neozelandés

1,8056

SGD

dólar de Singapur

1,7193

KRW

won de Corea del Sur

1 478,29

ZAR

rand sudafricano

9,3929

CNY

yuan renminbi

8,3021

HRK

kuna croata

7,2590

IDR

rupia indonesia

11 249,90

MYR

ringgit malayo

4,0203

PHP

peso filipino

56,709

RUB

rublo ruso

38,0290

THB

baht tailandés

39,607

BRL

real brasileño

2,2262

MXN

peso mexicano

15,7893

INR

rupia india

57,3170


(1)  Tipo aplicado a la más reciente operación llevada a cabo antes del día indicado. En el caso de una licitación con tipo variable, el tipo de interés es el índice marginal.

(2)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/28


ANUNCIO DE SOLICITUD DE PERMISO DE EXPLORACIÓN DE HIDROCARBUROS LÍQUIDOS Y GASEOSOS DENOMINADO COSTA DEL SOLE

REPÚBLICA ITALIANA — REGIÓN DE SICILIA

CONSEJERÍA REGIONAL DE ENERGÍA Y SERVICIOS DE UTILIDAD PÚBLICA — DEPARTAMENTO REGIONAL DE ENERGÍA

SERVICIO — OFICINA REGIONAL DE HIDROCARBUROS Y GEOTERMIA (U.R.I.G.)

2010/C 143/09

La empresa Apennine Energy s.r.l. con domicilio social en Roma, via Alberico II 31 código postal 00193 (C.F./P.IVA 01348720358), e inscrita en la Cámara de Comercio de Roma con el número 01348720358, mediante instancia de 18 de diciembre de 2009 dirigida al anterior Consejero de Industria, autoridad competente para la concesión de los títulos mineros en el ámbito de la Región de Sicilia, con sede en via Ugo La Malfa 87/89, 90146 Palermo, ha solicitado, con arreglo a la L.R.S. no 14 de 3 de julio de 2000, de transposición y aplicación de la Directiva 94/22/CE, la concesión de un permiso de exploración de hidrocarburos líquidos y gaseosos denominado convencionalmente «Costa del Sole» en una zona de una extensión de 4 152 ha (41,52 km2) ubicada en la costa meridional de Sicilia (provincia de Caltanissetta). Los municipios afectados son Butera y Gela.

La susodicha zona limita al sur con el mar, a lo largo del segmento de costa entre los vértices «D» y «E», y en las demás direcciones con áreas libres.

La zona de exploración está delimitada por una línea continua definida por 7 vértices y el segmento de línea de costa entre los vértices «D» y «E».

Dichos vértices se definen de la siguiente forma:

A.

Ángulo SO de Casa Savorni situado en la cota 100 m (F. 272 III NE).

B.

Punto trigonométrico situado en la cota 289 m de Rocca d’Adamo (F.272 III NE).

C.

Punto trigonométrico situado en la cota 75 m de Torre Manfria (F.272 III NE).

D.

Punto de intersección de la línea de costa y la prolongación de la línea que une los vértices B-C (F.272 III NE).

E.

Punto de intersección de la línea de costa y la prolongación de la línea que une los vértices F-G (F.272 III NO).

F.

Punto trigonométrico situado en la cota 18 m de Castello di Falconara (F. 272 III NO).

G.

Ángulo SO de Case La Tenutella situado en la cota 59 m (F. 272 III NE).

Coordenadas geográficas

Vértices

Longitud E (M.Mario)

Latitud Norte

A

1° 42′ 23,39″

37° 09′ 49,46″

B

1° 43′ 35,59″

37° 09′ 41,35″

C

1° 41′ 11,19″

37° 05′ 59,19″

D

1° 41′ 08,14″

37° 05′ 53,11″

E

1° 35′ 57,97

37° 06′ 25,14″

F

1° 36′ 03,05″

37° 06′ 29,39″

G

1° 38′ 33,56″

37° 08′ 41,63″

Los interesados pueden presentar una solicitud de permiso en la misma zona en un plazo de 90 días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea; no se admitirán las solicitudes recibidas después de dicho plazo. El decreto de concesión del permiso de exploración se publicará en un plazo de seis meses a partir de la terminación del plazo para la presentación de posibles solicitudes de las entidades en competencia. En relación con el artículo 5, apartado 1, de la Directiva 94/22/CE, se comunica además que los criterios según los cuales se conceden los permisos de prospección y exploración y de concesión de producción ya fueron publicados en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 396, de 19 de diciembre de 1998, con referencia a las disposiciones del Decreto Legislativo del Presidente de la República no 625 de 25 de noviembre de 1996 (publicado en la Gazzetta Ufficiale della Repubblica Italiana no 293 de 14 de diciembre de 1996), de transposición y ejecución en el ordenamiento jurídico italiano de la citada Directiva y especificados por la Ley de la Región Siciliana no 14, de 3 de julio de 2000, citada en el epígrafe (publicada en la Gazzetta Ufficiale della Regione Siciliana no 32 de 7 de julio de 2000).

Las condiciones y los requisitos relativos al ejercicio o al cese de las actividades están fijados por la Ley de la Región Siciliana no 14 de 3 de julio de 2000 y por el modelo de pliego de condiciones, adoptado mediante Decretos no 91 de 30 de octubre de 2003 y no 88 de 20 de octubre de 2004 del Consejero de Industria, y publicados en la Gazzetta Ufficiale della Regione Siciliana no 49, parte I, de 14 de noviembre de 2003 y no 46, parte I, de 5 de noviembre de 2004, respectivamente.

La documentación que acompaña a la solicitud se ha depositado en la Oficina Regional de Hidrocarburos y Geotermia del Departamento Regional de Energía, via Ugo La Malfa 101, 90146 Palermo PA, ITALIA, a disposición de los interesados que deseen consultarla.

En Palermo, a 21 de abril de 2010.

El ingeniero jefe

Dr. Ing. Salvatore GIORLANDO


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA COMERCIAL COMÚN

Comisión Europea

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/30


Anuncio relativo a las medidas antidumping vigentes respecto a las importaciones a la Unión de determinados frigoríficos de doble puerta originarios de la República de Corea: modificación de la dirección de una empresa sujeta a un derecho antidumping individual

2010/C 143/10

Las importaciones de determinados frigoríficos de doble puerta originarios de la República de Corea están sujetas a un derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento (CE) no 1289/2006 del Consejo (1) [«refrigeradores side-by-side» en dicho Reglamento].

Daewoo Electronics Corporation, una empresa establecida en la República de Corea cuyas exportaciones de frigoríficos de doble puerta a la Unión están sujetas a un tipo de derecho antidumping individual del 3,4 %, impuesto en virtud del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1289/2006, ha informado a la Comisión de que el 8 de agosto de 2008 cambió de dirección.

La empresa ha alegado que el cambio de dirección no afecta a su derecho a beneficiarse del tipo de derecho individual que se le aplicaba en su dirección anterior:

686 Ahyeon-dong

Mapo-gu

Seoul

SOUTH KOREA

La empresa ha presentado pruebas suficientes que demuestran que el cambio de dirección se debió a una reorganización interna que dio lugar al traslado de la sede central de la empresa.

La Comisión ha examinado la información facilitada y ha concluido que el cambio de dirección no altera en modo alguno las constataciones del Reglamento (CE) no 1289/2006. Por consiguiente, la referencia en el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1289/2006 a:

Daewoo Electronics Corporation

686 Ahyeon-dong

Mapo-gu

Seoul

SOUTH KOREA

debe entenderse por:

Daewoo Electronics Corporation

Narakeyum Jeodong Building 1

Jeo-dong1(il)-ga

Jung-gu

Seoul

SOUTH KOREA

El código Taric adicional A733 se aplicará a:

Daewoo Electronics Corporation

Narakeyum Jeodong Building 1

Jeo-dong1(il)-ga

Jung-gu

Seoul

SOUTH KOREA


(1)  DO L 236 de 31.8.2006, p. 11.


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/32


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5818 — Ericsson/LG Electronics/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 143/11

1.

El 26 de mayo de 2010, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Telefonaktiebolaget LM Ericsson («Ericsson», Suecia) y LG Electronics Inc. («LG Electronics», Corea del Sur) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la empresa LG-Nortel Co. Ltd. («LG-Nortel», Corea del Sur) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Ericsson: fabricación y venta de equipos de telecomunicaciones y servicios relacionados a operadores de red móviles y fijos,

LG Electronics: fabricación y venta de electrónica de consumo, productos domésticos, comunicaciones móviles y productos de la tecnología de la información,

LG-Nortel: fabricación y venta de productos y soluciones para redes de transmisión y productos y soluciones para telefonía de empresa.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5818 — Ericsson/LG Electronics/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


2.6.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 143/33


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5808 — JSA/Jacquet Metals/IMS)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 143/12

1.

El 26 de mayo de 2010, la Comisión comunitario recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), (y siguiendo un proceso de remisión conforme a su artículo 4, apartado 5, ) de un proyecto de concentración por el cual la empresa JSA S.A («JSA», Bélgica) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la empresa IMS International Metal Service («IMS», Francia).

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

JSA S.A tiene el control exclusivo de la empresa Jacquet Metals, desarrolla su actividad en el sector de la distribución de productos siderúrgicos, principalmente en forma de chapas gruesas, denominadas «chapas cuarto», de acero inoxidable,

IMS: distribución de productos siderúrgicos.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5808 — JSA/Jacquet Metals/IMS, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).