ISSN 1725-244X

doi:10.3000/1725244X.C_2010.018.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 18

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

53o año
23 de enero de 2010


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES QUE PROCEDAN DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2010/C 018/01

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

1

2010/C 018/02

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

5

2010/C 018/03

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

6

2010/C 018/04

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

9

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2010/C 018/05

Tipo de cambio del euro

10

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2010/C 018/06

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) ( 1 )

11

2010/C 018/07

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) ( 1 )

16

2010/C 018/08

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) ( 1 )

21

2010/C 018/09

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) ( 1 )

26

2010/C 018/10

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías) ( 1 )

31

 

V   Dictámenes

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2010/C 018/11

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5749 — Glencore/Chemoil Energy) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

36

2010/C 018/12

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5657 — EnBW Kraftwerke/Evonik Power Minerals/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

37

2010/C 018/13

Comunicación del gobierno de Hungría en virtud de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos ( 1 )

38

2010/C 018/14

Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (Anuncio relativo a la solicitud de permiso de investigación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos, denominado Permis de Lyon–Annecy)  ( 1 )

40

 

OTROS ACTOS

 

Comisión Europea

2010/C 018/15

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

42

 

Corrección de errores

2010/C 018/16

Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación del artículo 4 del Reglamento (CE) no 552/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, por el que se fija el marco para la creación del cielo único europeo (DO C 323 de 31.12.2009)

47

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES QUE PROCEDAN DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/1


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/01

Fecha de adopción de la decisión

15.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 488/09

Estado miembro

Polonia

Región

Mazowieckie, Warszawa

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Tarchomińskie Zakłady Farmaceutyczne „POLFA” S.A.

Base jurídica

Art. 56 ust. 1 pkt 2 ustawy z dnia 30 sierpnia 1996 r. o komercjalizacji i prywatyzacji (Dz. U. z 2002 r. Nr 171, poz. 1397 ze zm.)

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Reestructuración de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Crédito blando

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 42,5 millones PLN

Intensidad

Duración

1.1.2010-31.12.2013

Sectores económicos

Productos químicos y farmacéuticos

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Agencje Rozwoju Przemysłu S.A.

ul. Wołoska 7, „Mars”

02-675 Warszawa

POLSKA/POLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

22.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 578/09

Estado miembro

Rumanía

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Schemă de ajutor de stat – Stimularea dezvoltării regionale prin realizarea de investiții pentru procesarea produselor agricole și forestiere în vederea obținerii de produse neagricole

Base jurídica

Ordin al ministrului agriculturii, pădurilor și dezvoltării regionale – Schemă de ajutor de stat – Stimularea dezvoltării regionale prin realizarea de investiții pentru procesarea produselor agricole și forestiere în vederea obținerii de produse neagricole

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Desarrollo regional

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 200 millones EUR

Intensidad

50 %

Fecha de la concesión

31.12.2013

Sectores económicos

Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

MAPDR, Autoritatea de Management pentru Programul Național de Dezvoltare Rurală

Bdul Carol I nr. 24

020921 București

ROMÂNIA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

10.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 620/09

Estado miembro

Alemania

Región

Sachsen

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Richtlinie BuG 2007 — Vermeidung von Flächenneuinanspruchnahme

Base jurídica

§§ 23 und 44 der Haushaltsordnung für den Freistaat Sachsen (Sächsische Haushaltsordnung — SäHO), sowie der hierzu ergangenen Verwaltungsvorschriften des Sächsischen Staatsministeriums der Finanzen, in der jeweils geltenden Fassung

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Protección del medio ambiente

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual previsto 2 millones EUR

Importe total de la ayuda prevista 10 millones EUR

Intensidad

100 %

Duración

2009-2013

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Landesdirektion Dresden

Staufenbergallee 2

01099 Dresden

DEUTSCHLAND

Landesdirektion Chemnitz

Altchemnitzer Straße 41

09120 Chemnitz

DEUTSCHLAND

Landesdirektion Leipzig

Braustraße 2

04107 Leipzig

DEUTSCHLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

17.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 664/09

Estado miembro

Letonia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Prolongation of Guarantee scheme for banks in Latvia

Base jurídica

Government Regulation on ‘Procedure for Issuing and Supervision of Guarantees for Bank Loans’

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Remedio de una perturbación grave de la economía

Forma de la ayuda

Garantía

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 2 400 millones LVL

Intensidad

Duración

1.1.2010-30.6.2010

Sectores económicos

Intermediación financiera

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministry of Finance

Smilšu 1

Rīga, LV-1919

LATVIJA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/5


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

2010/C 18/02

Fecha de adopción de la decisión

28.10.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 233/09

Estado miembro

Hungría

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Egyes erdészeti közcélú feladatok támogatása

Base jurídica

Egyes erdészeti közcélú feladatok támogatásáról szóló …/2009. (…) FVM rendelet

Az erdőről és az erdő védelméről szóló 1996. évi LIV. törvény 14. § (1) g); 15. § (3); 48. § (5); 13. § (4) a); illetve 12. § (1), (2) és (3) bekezdései.

Tipo de medida

Régimen de ayuda

Objetivo

Ayudas al sector forestal

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual: 900 millones HUF

Presupuesto total: 6 300 millones HUF

Intensidad

Hasta el 100 % de los gastos subvencionables

Duración

7 años a partir de la autorización de la Comisión

Sectores económicos

Silvicultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural

Budapest

Kossuth Lajos tér 11.

1055

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/6


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 107 y 108 del TFUE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

2010/C 18/03

Fecha de adopción de la Decisión

14.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 551/09

Estado miembro

Italia

Región

Marcas

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Misura 226 del PSR Marche 2007-2013 «Ricostituzione del potenziale forestale e interventi preventivi»

Base jurídica

Misura 226 del PSR Marche 2007-2013 «Ricostituzione del potenziale forestale e interventi preventivi»

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Ayuda al sector forestal

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gasto anual máximo: 6 millones EUR

Importe global máximo: 18 millones EUR

Intensidad

80 % o 100 % de los costes subvencionables

Duración

2009-2013

Sectores económicos

Silvicultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Regione Marche

Servizio agricoltura, forestazione e pesca

Via Tiziano 44

60125 Ancona AN

ITALIA

Información adicional

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

14.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 552/09

Estado miembro

Italia

Región

Marcas

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Misura 227 del PSR Marche 2007-2013 «Investimenti non produttivi»

Base jurídica

Misura 227 del PSR Marche 2007-2013 «Investimenti non produttivi»

Tipo de medida

Régimen de ayuda

Objetivo

Ayuda al sector forestal

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Gastos máximos anuales: 4,09 millones EUR

Importe máximo global: 4,09 millones EUR

Intensidad

El 100 % de los costes subvencionables

Duración

2009

Sectores económicos

Sector forestal

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Regione Marche

Servizio agricoltura, forestazione e pesca

Via Tiziano 44

60125 Ancona AN

ITALIA

Información adicional

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm

Fecha de adopción de la decisión

14.12.2009

Número de referencia de ayuda estatal

N 569/09

Estado miembro

Países Bajos

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Investeringen in duurzame stallen en houderijsystemen

Base jurídica

Kaderwet LNV-subsidies: artikel 2 en 4

Regeling LNV-subsidies: artikel 1:2, artikel 1:3, artikel 2:37, en bijlage 2, hoofdstuk 4

Tipo de medida

Régimen de ayuda

Objetivo

Inversión en explotaciones agrícolas

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

29 700 000 EUR

Intensidad

35 % de los costes subvencionables

Duración

Del 1 de mayo de 2008 al 31 de diciembre de 2010

Sectores económicos

Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Minister van Landbouw, Natuur en Voedselkwaliteit

Postbus 20401

2500 EK Den Haag

NEDERLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/9


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/04

Fecha de adopción de la decisión

17.9.2008

Número de referencia de ayuda estatal

N 321/08

N 322/08

N 323/08

Estado miembro

Grecia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Ολυμπιακές Αερογραμμές/Ολυμπιακή Αεροπορία Υπηρεσίες

Olumpiakés Aerogrammés/Olumpiaké Aeroporia Uperesies

Base jurídica

Μέτρο ad hoc

Tipo de medida

Medida que no constituye ayuda

Objetivo

Forma de la ayuda

Presupuesto

Intensidad

Duración

Sectores económicos

Transporte aéreo

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Información adicional

Venta de determinados activos

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/10


Tipo de cambio del euro (1)

22 de enero de 2010

2010/C 18/05

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,4135

JPY

yen japonés

127,35

DKK

corona danesa

7,4456

GBP

libra esterlina

0,87630

SEK

corona sueca

10,2136

CHF

franco suizo

1,4708

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,1955

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

26,183

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

272,02

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7082

PLN

zloty polaco

4,1018

RON

leu rumano

4,1465

TRY

lira turca

2,1080

AUD

dólar australiano

1,5659

CAD

dólar canadiense

1,4891

HKD

dólar de Hong Kong

10,9846

NZD

dólar neozelandés

1,9892

SGD

dólar de Singapur

1,9839

KRW

won de Corea del Sur

1 626,03

ZAR

rand sudafricano

10,7630

CNY

yuan renminbi

9,6498

HRK

kuna croata

7,2970

IDR

rupia indonesia

13 214,02

MYR

ringgit malayo

4,8031

PHP

peso filipino

65,280

RUB

rublo ruso

42,1824

THB

baht tailandés

46,688

BRL

real brasileño

2,5698

MXN

peso mexicano

18,3585

INR

rupia india

65,4590


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/11


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/06

Número de referencia de ayuda estatal

X 727/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Euroimplant Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390, z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Euroimplant Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

10.9.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Investigación y desarrollo experimental en biotecnología

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,64 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

6,14 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 728/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Pomorskie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla C&T Elmech Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390, z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

C&T Elmech Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

14.11.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de otro material y equipo eléctrico

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,39 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

19 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 729/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Gemius S.A.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390, z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Gemius S.A.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

14.7.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otros servicios de información n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,70 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 730/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Małopolskie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla EC Systems Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390, z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

EC Systems Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

8.10.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Ensayos y análisis técnicos

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,40 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apartado 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 731/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Telesto Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390, z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Telesto Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

23.10.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,57 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

25 %

Desarrollo experimental [art. 31, apartado 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/16


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/07

Número de referencia de ayuda estatal

X 722/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Śląskie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla OPTOPOL Technology S.A.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390 z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

OPTOPOL Technology S.A.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

18.11.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de instrumentos y suministros médicos y odontológicos

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

2,35 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

25 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 723/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Sport Medica S.A.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390 z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Sport Medica S.A.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

8.12.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Actividades de medicina general

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

5,20 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación fundamental [art. 31, apartado 2, letra a)]

95 %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apartado 2, letra c)]

25 %

5,64 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 724/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Materials Engineers Group sp. z. o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390 z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

Materials Engineers Group sp. z. o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

17.11.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Ensayos y análisis técnicos

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,04 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apartado 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 725/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Dolnośląskie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla LASERTEX Przedsiębiorstwo Wdrażania Postępu Naukowo – Technicznego sp. z. o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390 z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

LASERTEX Przedsiebiorstwo Wdrazania Postepu Naukowo – Technicznego sp. z. o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

12.11.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de instrumentos y aparatos de medida, verificación y navegación

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,27 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación fundamental [art. 31, apartado 2, letra a)]

75 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 726/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Wielkopolskie

Artículo 87.3.a

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla ITTI sp. z. o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz. U. Nr 238, poz. 2390 z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

ayuda ad hoc

ITTI sp. z. o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

15.12.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,52 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la Decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apartado 2, letra b)]

50 %

25 %

Desarrollo experimental [art. 31, apartado 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/21


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/08

Número de referencia de ayuda estatal

X 174/09

Estado miembro

Alemania

Número de referencia del Estado miembro

Anpassung an die AGFVO zum 1.1.2009

Nombre de la región (NUTS)

Sachsen

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Sächsisches Staatsministerium für Wirtschaft und Arbeit

Wilhelm-Buck-Str. 2

01097 Dresden

DEUTSCHLAND

http://www.smwa.sachsen.de

Denominación de la medida de ayuda

Technologietransferförderung

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

§§ 23, 44 der Haushaltsordnung des Freistaates Sachsen (Sächsische Haushaltsordnung — SäHO) in der Fassung der Bekanntmachung vom 10. April 2001 (SächsGVBl. S. 153), zuletzt durch Artikel 2 des Gesetzes vom 12. Dezember 2008 (SächsGVBl. S. 866) geändert

Verwaltungsvorschriften zur SäHO (VwV-SäHO) vom 27. Juni 2005 (SächsABl. SDr. S. S 226) zu §§ 23, 44 SäHO, durch Verwaltungsvorschrift vom 28. Dezember 2006 (SächsABl. 2007 S. 180) geändert

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Modificación XS 84/07

Duración

15.1.2009-31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

10,50 EUR (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

CCI-Nr. 2007 DE 16 1 PO 004 — 7,90 EUR (in Mio.)

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas regionales a la inversión y al empleo (art. 13) Régimen

30 %

20 %

Ayudas para servicios de asesoramiento en innovación y de apoyo a la innovación (art. 36)

200 000 EUR

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.smwa.sachsen.de/de/TechnologieForschung/Infrastruktur/17512.html#block2

Número de referencia de ayuda estatal

X 717/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Kujawsko-Pomorskie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla DIE – CUT S.C.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz.U. 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

DIE – CUT S.C.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

12.12.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de otra maquinaria de uso general n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,15 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 719/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Suntech S.A.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz.U. 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

Suntech S.A.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

15.9.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otras actividades de telecomunicaciones

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

1,48 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

20 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 720/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Telesto Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz.U. 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

Telesto Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

25.8.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,74 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

14,65 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

16,13 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 721/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Pomorskie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Ivo Software Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 roku o zasadach finansowania nauki (Dz.U. 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

Ivo Software Sp. z o.o.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

21.10.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Actividades de programación informática

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,09 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

19,7 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

19,3 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/26


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/09

Número de referencia de ayuda estatal

X 655/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Dolnośląskie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Minister Gospodarki

Ministerstwo Gospodarki

Pl. Trzech Krzyży 3/5

00-507 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.mg.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Program wieloletni pomocy – dotacja celowa na utworzenie nowych miejsc pracy oraz dofinansowanie kosztów inwestycji dla Toyota Motor Manufacturing Poland Sp. z o.o.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Patrz załącznik 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

30.11.2007

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de cojinetes, engranajes y órganos mecánicos de transmisión

Tipo de beneficiario

Gran empresa

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

10,18 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas regionales a la inversión y al empleo (art. 13) Ayudas ad hoc (art. 13.1)

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.mg.gov.pl/gospodarka/programy/

http://www.mg.gov.pl/NR/rdonlyres/D785AA27-7074-4793-83E2-1DFDC7187EEB/52183/programy.pdf

http://www.mg.gov.pl/NR/rdonlyres/D785AA27-7074-4793-83E2-1DFDC7187EEB/52185/pro.pdf

Número de referencia de ayuda estatal

X 714/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Wielkopolskie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla SuperMemo World

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz.U. Nr 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

SuperMemo World

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

1.9.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Actividades auxiliares a la educación

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,21 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

19 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 715/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Małopolskie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Ministerstwo Nauki i Szkolnictwa Wyższego

ul. Wspólna 1/3

00-529 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.mnisw.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla Przedsiębiorstwa Techniczno Handlowego CERTECH JAN KUCA JERZY MOTYKA

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Artykuł 10 ustawy z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz.U. z 2008 r. Nr 169, poz. 1049), Rozporządzenie Ministra Nauki i Szkolnictwa Wyższego z dnia 14 listopada 2007 r. w sprawie kryteriów i trybu przyznawania oraz rozliczania środków finansowych na naukę przeznaczonych na finansowanie projektów celowych (Dz.U. z 2007 r. nr 221 poz. 1640), decyzja nr 04277/C.ZR7-6/2008

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

Przedsiebiorstwa Techniczno Handlowego CERTECH JAN KUCA JERZY MOTYKA

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

13.11.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Fabricación de otros productos minerales no metálicos n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,56 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

20 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

10 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.mnisw.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 716/09

Estado miembro

Polonia

Número de referencia del Estado miembro

PL

Nombre de la región (NUTS)

Mazowieckie

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Narodowe Centrum Badań i Rozwoju

ul. Ks. I. Skorupki 4

00-546 Warszawa

POLSKA/POLAND

http://www.ncbir.gov.pl

Denominación de la medida de ayuda

Pomoc na badania i rozwój dla CONTEC A. Holnicki, W. Szała Sp. J.

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Ustawa z dnia 8 października 2004 r. o zasadach finansowania nauki (Dz.U. Nr 238, poz. 2390. z późn. zm.) art. 15 ust. 1

Tipo de medida

Ayuda ad hoc

CONTEC A. Holnicki, W. Szala Sp. J.

Modificación de una medida de ayuda existente

Fecha de la concesión

30.10.2008

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Otros servicios de información n.c.o.p.

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global de la ayuda ad hoc concedida a la empresa

0,78 PLN (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

50 %

25 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

25 %

25 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.ncbir.gov.pl

Número de referencia de ayuda estatal

X 10/10

Estado miembro

Hungría

Número de referencia del Estado miembro

Nombre de la región (NUTS)

Hungary

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Miskolc Megyei Jogú Város Önkormányzata

Miskolc

Városház tér 8.

3530

MAGYARORSZÁG/HUNGARY

http://www.miskolc.hu

Denominación de la medida de ayuda

Miskolc vállalkozásfejlesztési és befektetésösztönzési programja

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Miskolci rendelet

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Duración

1.7.2009-31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Tipo de beneficiario

PYME

gran empresa

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

25,00 HUF (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas regionales a la inversión y al empleo (art. 13) Régimen

50 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.investinmiskolc.com/letoltheto-dokumentumok/

Befektetés-ösztönzés alcím alatti dokumentum


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/31


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 800/2008 de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/10

Número de referencia de ayuda estatal

X 473/09

Estado miembro

España

Número de referencia del Estado miembro

Nombre de la región (NUTS)

Galicia

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Axencia Galega de Desenvolvemento Rural (Agader)

Consellería do Medio Rural de la Xunta de Galicia

E-mail: subdirección.relacion.gal.agader@xunta.es

http://agader.xunta.es/CambiarIdioma.do?idioma=1

Denominación de la medida de ayuda

Bases reguladoras para la selección de programas de desarrollo rural y para la selección y reconocimiento de los grupos de desarrollo rural como entidades colaboradoras en la gestión del programa Leader Galicia 2007-2013

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Resolución de 30 de diciembre de 2008 por la que se publica el acuerdo del Consejo de Dirección de 23 de diciembre de 2008, por el que se modifican las bases reguladoras para la selección de programas de desarrollo rural y para la selección y el reconocimiento de los grupos de desarrollo rural como entidades colaboradoras en la gestión del programa Leader Galicia 2007-2013. (dog 22.1.2009).

Resolución de 30 de mayo de 2008 por la que se publica el Acuerdo de 30 de mayo

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Duración

17.6.2008-31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

11,40 EUR (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Título IV, sección 4 del Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) — 3,94 EUR (en millones)

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas regionales a la inversión y al empleo (art. 13) Régimen

30 %

20 %

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría (art. 26)

50 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.xunta.es/Doc/Dog2009.nsf/FichaContenido/312A?OpenDocument

http://www.xunta.es/Doc/Dog2008.nsf/FichaContenido/29406?OpenDocument

Número de referencia de ayuda estatal

X 505/09

Estado miembro

Alemania

Número de referencia del Estado miembro

Verlängerung, redaktionelle Überarbeitung sowie formale Anpassung an die sog. Allgemeine Gruppenfreistellungsverordnung (VO (EG) Nr. 800/2008 der Kommission vom 6. August 2008 über die Vereinbarkeit bestimmter Gruppen von Beihilfen mit dem Gemeinsamen Markt (ABl. der EU Nr. L 214 v. 9.8.2008, S. 3 ff.)

Nombre de la región (NUTS)

Thüringen

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Gesellschaft für Arbeits- und Wirtschaftsförderung des Freistaats Thüringen mbH

Warsbergstraße 1

99092 Erfurt

DEUTSCHLAND

http://www.gfaw-thueringen.de

Denominación de la medida de ayuda

Richtlinie über die Gewährung von Zuschüssen aus Mitteln des Europäischen Sozialfonds und/oder des Freistaats Thüringen zur Förderung betriebswirtschaftlicher und technischer Beratungen von kleinen und mittleren Unternehmen und Existenzgründern (Beratungsrichtlinie)

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Thüringer Landeshaushaltsordnung (ThürLHO), sowie Thüringer Verwaltungsverfahrensgesetz (ThürVwVfG)

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Modificación XS 264/07

Duración

1.1.2009-31.12.2009

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

0,60 EUR (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

CCI 2007 DE 051 PO 006 — 0,60 EUR (in Mio.)

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas a las PYME para servicios de consultoría (art. 26)

50 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.thueringen.de/de/tmwta/arbeit/foerderung/richtlinien/beratung/

http://www.gfaw-thueringen.de/cms/getfile.php5?520

Número de referencia de ayuda estatal

X 513/09

Estado miembro

Estonia

Número de referencia del Estado miembro

Nombre de la región (NUTS)

Estonia

Artículo 87, apartado 3, letra a)

Autoridad que concede las ayudas

Ettevõtluse Arendamise Sihtasutus

Liivalaia 13/15

10118 Tallinn

EESTI/ESTONIA

http://www.eas.ee

Denominación de la medida de ayuda

Teadus- ja arendustegevuse projektide toetamine

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Majandus- ja kommunikatsiooniministri 15. mai 2008. a määrus nr 40 “Teadus- ja arendustegevuse projektide toetamise tingimused ja kord” (RTL, 22.5.2008, 40, 560)

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Modificación X 75/09

Duración

3.4.2009-31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Todos los sectores económicos elegibles para recibir la ayuda

Tipo de beneficiario

PYME

Gran empresa

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

330,00 EEK (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

Euroopa Regionaalarengu Fond – 330,00 EEK (miljonites)

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Investigación industrial [art. 31, apdo. 2, letra b)]

65 %

10 %

Desarrollo experimental [art. 31, apdo. 2, letra c)]

40 %

10 %

Ayudas a estudios de viabilidad técnica (art. 32)

75 %

Ayudas a las PYME para financiar los costes de derechos de propiedad industrial (art. 33)

50 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.riigiteataja.ee/ert/act.jsp?id=13170745

Número de referencia de ayuda estatal

X 549/09

Estado miembro

Alemania

Número de referencia del Estado miembro

421-40306-BY/000X

Nombre de la región (NUTS)

Bayern

Regiones no asistidas

Autoridad que concede las ayudas

Staatliche Führungsakademie für Ernährung, Landwirtschaft und Forsten

Am Lurzenhof 3c

84036 Landshut

DEUTSCHLAND

http://www.fueak.bayern.de/

Denominación de la medida de ayuda

Bayern: Richtlinie des Bayerischen Staatsministeriums für Ernährung, Landwirtschaft und Forsten zur Einzelbetrieblichen Investitionsförderung

Base jurídica nacional (Referencia a la publicación oficial nacional correspondiente)

Bayerisches Zukunftsprogramm „Agrarwirtschaft und Ländlicher Raum 2007—2013“

Richtlinie des Bayerischen Staatsministeriums für Ernährung, Landwirtschaft und Forsten zur Einzelbetrieblichen Investitionsförderung (Entwurf)

Tipo de medida

Régimen

Modificación de una medida de ayuda existente

Duración

15.6.2009-31.12.2013

Sector(es) económico(s) afectado(s)

Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

Tipo de beneficiario

PYME

Importe global anual del presupuesto planificado con arreglo al régimen

3,00 EUR (en millones)

Para garantías

Instrumento de ayuda (artículo 5)

Subvenciones

Referencia a la decisión de la Comisión

En caso de cofinanciación con fondos comunitarios

SG-Greffe(2007) D/205372;

Bayerisches Zukunftsprogramm „Agrarwirtschaft und Ländlicher Raum 2007—2013“;

ELER-Maßnahme 121: Einzelbetriebliche Investitionsförderung; hier nur der Bereich Verarbeitung und Vermarktung von Anhang I-Produkten — 0,50 EUR (in Mio.)

Objetivos

Intensidad máxima de ayuda en % o importe máximo de ayuda en moneda nacional

Primas PYME en %

Ayudas a la inversión y al empleo en favor de las PYME (art. 15)

40 %

Enlace web con el texto completo de la medida de ayuda:

http://www.stmelf.bayern.de/agrarpolitik/programme/26373/rili_eif.pdf


V Dictámenes

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/36


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5749 — Glencore/Chemoil Energy)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/11

1.

El 14 de enero de 2010, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Glencore International AG («GIAG», Suiza) adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de Chemoil Energy Limited («Chemoil Energy», Hong Kong), bajo el control de Chandran Family Trust mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

GIAG: proveedor mundial de materias primas y materiales brutos. Sus actividades comerciales están organizadas en torno a tres sectores: metales y minerales, productos de energía y productos agrícolas,

Chemoil Energy: proveedor de productos de combustible de uso marítimo en América, Europa y Asia.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5749 — Glencore/Chemoil Energy, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 (el «Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/37


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5657 — EnBW Kraftwerke/Evonik Power Minerals/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/12

1.

El 18 de enero de 2010, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas EnBW Kraftwerke AG («EnBW-KWG», Alemania), bajo el control de EnBW Energie Baden-Württemberg AG («EnBW», Alemania), y Evonik Power Minerals GmbH («EPM», Alemania), bajo el control de Evonik Industries AG («Evonik», Alemania), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de una empresa en participación de nueva creación, «NewCo», mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

EnBW-KWG: explotación de centrales eléctricas convencionales (en particular de hulla), producción de electricidad, calefacción urbana y subproductos de centrales eléctricas (cenizas volantes de la hulla y yeso) en Alemania,

EnBW: empresa de abastecimiento de energía integrada verticalmente en Alemania,

EPM: comercio de materiales de construcción, entre ellos cenizas volantes de hulla y yeso, en la UE,

Evonik: sociedad filial con actividades en productos químicos especiales, energía e inmuebles,

NewCo: comercio de cenizas volantes de hulla y yeso.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5657 — EnBW Kraftwerke/Evonik Power Minerals/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 (el «Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/38


Comunicación del gobierno de Hungría en virtud de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/13

I.   La Oficina Húngara de la Minería y la Geología (Magyar Bányászati és Földtani Hivatal – MBFH) convoca una licitación en virtud de la sección 26/A, apartados 6 y 7 de la Ley no XLVIII de 1993 sobre la minería y de la sección 12/B, apartado 2, del Decreto gubernamental no 203/1998, de 19 de diciembre, sobre la aplicación de determinadas disposiciones de dicha Ley, en relación con los derechos mineros que figuran en el punto 2 siguiente.

Con la obtención de los derechos mineros (es decir, con la entrada en vigor de la decisión por la que se designe al nuevo titular de los derechos), el titular de los derechos mineros estará habilitado para realizar su actividad minera de conformidad con lo dispuesto por la legislación del sector.

Antes de poder iniciar la actividad minera, y de conformidad con la legislación aplicable, el titular de los derechos deberá obtener de la Inspección de Minas la aprobación de un plan técnico operativo.

Podrán participar en la licitación aquellas personas que hayan adquirido en la MBFH una copia de la documentación detallada de la licitación (en lo sucesivo «la documentación»). La documentación se entregará contra presentación de la prueba de pago. Los documentos podrán adquirirse al precio de 25 000 HUF, que se abonarán en la cuenta número 10032000-01417179-00000000 de la MBFH (IBAN: HU56 1003 2000 0141 7179 0000 0000; SWIFT: MANEHUHB), gestionada por el Tesoro Público húngaro. El pago puede realizarse mediante orden de transferencia en efectivo (cheque) o por transferencia bancaria. En el espacio reservado a la comunicación del resguardo de la prueba de pago deberá figurar el mensaje «licitación para adquisición de derechos mineros».

La documentación podrá obtenerse (únicamente en persona) todos los días laborables entre las 9.00 y las 12.00 de la mañana en la MBFH (Secretaría, sala 203, segundo piso, Columbus u. 17–23. 1145 Budapest, HUNGRÍA). Puede solicitarse información sobre la forma de obtener la documentación en el siguiente número de teléfono: +36 13012921.

La MBFH no se responsabiliza de ninguna obligación o reclamación planteada en conexión con los derechos mineros que no esté recogida en el punto II siguiente y en la documentación.

La presente convocatoria de licitación será publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea, así como en la página web y en el diario oficial de la Inspección de Minas (en los anuncios oficiales anexos al Diario Oficial húngaro). El plazo para la presentación de las ofertas comenzará a contar a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. La documentación podrá obtenerse a partir de dicha fecha.

Las ofertas relativas a los derechos de minería para recursos minerales de hidrocarburos deben presentarse por correo a la Secretaría de la MBFH (Magyar Bányászati és Földtani Hivatal, Columbus u. 17–23. 1145 Budapest, HUNGRÍA) por triplicado, en un plazo de 90 días a partir de la publicación de la presente licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Dirección postal de la MBFH: PO Box 95, 1590 Budapest, HUNGARY.

La MBFH no tendrá en cuenta ninguna oferta enviada después de la fecha límite para la presentación de ofertas.

Todas las ofertas serán evaluadas por la MBFH al mismo tiempo en un período de 22 días laborables a partir de la expiración del plazo para la presentación de ofertas.

La Inspección de Minas publicará una decisión en la que se designará al adjudicatario como nuevo titular de los derechos para el lote minero. Los datos relativos al adjudicatario de la licitación serán publicados en el sitio web de la MBFH (http://www.mbfh.hu).

Principales criterios para la evaluación de la oferta:

precio ofrecido al Estado húngaro para la adquisición de los derechos de la explotación minera,

capacidad financiera del licitador demostrada mediante documentos justificantes.

Tras evaluar las ofertas, la autoridad supervisora de la minería notificará a los licitadores la fecha y lugar en la que se anunciarán los resultados. El adjudicatario dispondrá de ocho días una vez conocidos los resultados para pagar la cantidad ofrecida por los derechos mineros a la cuenta arriba citada. El espacio reservado a la comunicación en el resguardo de la prueba de pago deberá figurar la mención «nombre de la explotación minera — precio por los derechos mineros». La entrega del resguardo de pago servirá como prueba de pago. Si el adjudicatario no paga el precio por los derechos mineros en el plazo de ocho días del anuncio de los resultados, su oferta se considerará no adjudicada y las demás ofertas presentadas para los derechos mineros tendrán que ser evaluadas de nuevo en el plazo de cinco días.

II.   Derechos mineros ofrecidos con arreglo al presente anuncio de licitación

Derechos mineros para la explotación minera de hidrocarburos de IMREHEGY I.

a)

localización geográfica de la explotación: provincia de Bács-Kiskun, comarca de Kiskőrösi, en la periferia del municipio de Imrehegy, un total de 60 ha;

b)

información sobre los recursos minerales disponibles de acuerdo con el Registro Minero Nacional:

ba)

tipo de recurso: Petróleo;

bb)

cantidad: Reserva geológica: 106 175 m3, reserva aprovechable: 10 617 m3;

bc)

calidad: 0,923 t/m3;

c)

precio mínimo a pagar por los derechos mineros: 1 000 000 HUF;

d)

la obligación en materia de protección del patrimonio paisajístico no será repercutida al nuevo titular de los derechos.


(1)  DO L 164 de 30.6.1994, p. 3.


23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/40


Comunicación del Gobierno francés relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (1)

(Anuncio relativo a la solicitud de permiso de investigación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos, denominado «Permis de Lyon–Annecy»)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2010/C 18/14

Mediante petición de 15 de enero de 2009, la empresa Schuepbach Energy LLC, con domicilio social en 2651 North Harwood, suite 570 Dallas, TX 75201, UNITED STATES OF AMERICA, solicitó un permiso de tres años, denominado «Permis de Lyon–Annecy», para la investigación de yacimientos de hidrocarburos líquidos o gaseosos en una superficie de 3 800 km2 aproximadamente, situada en parte de los departamentos de Ain, Isère, Rhône, Savoie y Haute-Savoie.

El perímetro de este permiso está constituido por los arcos que forman los meridianos y paralelos que enlazan sucesivamente los vértices definidos a continuación por sus coordenadas geográficas en grados (NTF, meridiano de París):

Vértices

Longitud en grados

Latitud en grados

Vértice A: intersección del meridiano 4,60 gr E con el límite de separación entre Francia y Suiza

B

4,60 gr E

51,10 gr N

C

4,50 gr E

51,10 gr N

D

4,50 gr E

51,00 gr N

E

4,30 gr E

51,00 gr N

F

4,30 gr E

50,90 gr N

G

4,20 gr E

50,90 gr N

H

4,20 gr E

50,70 gr N

I

2,80 gr E

50,70 gr N

J

2,80 gr E

50,80 gr N

K

2,90 gr E

50,80 gr N

L

2,90 gr E

51,00 gr N

M

3,00 gr E

51,00 gr N

N

3,00 gr E

51,10 gr N

O

3,30 gr E

51,10 gr N

P

3,30 gr E

51,00 gr N

Q

3,50 gr E

51,00 gr N

R

3,50 gr E

50,80 gr N

S

3,90 gr E

50,80 gr N

T

3,90 gr E

51,10 gr N

U

4,30 gr E

51,10 gr N

Vértice V: intersección del meridiano 4,30 gr E con el límite de separación entre Francia y Suiza

Vértices V a A = límite de separación entre Francia y Suiza

Presentación de solicitudes y criterios de adjudicación del permiso

Los titulares de la solicitud inicial y de las que compitan con esta deberán cumplir las condiciones definidas en los artículos 4 y 5 del Decreto no 2006-648 («Décret no 2006-648 du 2 juin 2006 relatif aux titres miniers et aux titres de stockage souterrain»), publicado en el Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006.

Las empresas interesadas podrán presentar una solicitud en concurrencia, en el plazo de noventa días a partir de la fecha de publicación del presente anuncio, de conformidad con el procedimiento resumido en el «Anuncio para la obtención de títulos mineros de hidrocarburos en Francia», publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 374, de 30 de diciembre de 1994, página 11, y establecido mediante el citado Decreto 2006-648. Las solicitudes para concursar deberán dirigirse al ministro responsable de minas, cuya dirección se indica más adelante.

Las decisiones sobre la solicitud inicial y sobre las que compitan con ésta se adoptarán según los criterios de adjudicación de títulos mineros definidos en el artículo 6 de dicho Decreto, a más tardar el 15 de enero de 2011.

Condiciones y requisitos sobre el ejercicio de la actividad y su cese

Se invita a los solicitantes a remitirse a los artículos 79 y 79.1 del código minero y al Decreto no 2006-649 de 2 de junio de 2006 («Décret no 2006-649 du 2 juin 2006, relatif aux travaux miniers, aux travaux de stockage souterrain et à la police des mines et des stockages souterrains»), publicado en el Journal officiel de la République française de 3 de junio de 2006.

Para cualquier información complementaria pueden dirigirse al «Ministère de l’écologie, de l’énergie, du développement durable et de la mer en charge des technologies vertes et des négociations sur le climat» (Direction générale de l'énergie et du climat, Direction de l'énergie, Sous-direction de la sécurité d'approvisionnement et des nouveaux produits énergétiques, bureau exploration et production des hydrocarbures), Arche de La Défense Paroi Nord, 92055 La Défense Cedex, FRANCE (tel. +33 140819537; fax +33 140819529).

Las disposiciones reglamentarias y legislativas anteriormente mencionadas pueden consultarse en el sitio Légifrance http://www.legifrance.gouv.fr


(1)  DO L 164 de 30.6.1994.


OTROS ACTOS

Comisión Europea

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/42


Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

2010/C 18/15

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo. Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en el plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) No 510/2006 DEL CONSEJO

«MOGETTE DE VENDEE»

No CE: FR-PGI-0005-0541-27.03.2006

IGP ( X ) DOP ( )

1.   Denominación:

«Mogette de Vendée»

2.   Estado miembro o tercer país:

Francia

3.   Descripción del producto agrícola o alimenticio:

3.1.   Tipo de producto:

Clase 1.6.

Frutas, hortalizas y cereales frescos o transformados

3.2.   Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1:

La «Mogette de Vendée» es una judía blanca de la especie Phaseolus vulgaris de tipo «lingot», con forma regular, de elíptica a arriñonada, ancha, de 1 a 2 centímetros de longitud, poco o nada estriada, rectangular y, con frecuencia, con una extremidad truncada.

Descripción del grano

El grano seco es de color blanco homogéneo, sin veteado fuerte visible, y de piel fina.

La «Mogette de Vendée» seca presenta un porcentaje de humedad comprendido entre el 10 y el 16 %.

El grano semiseco es de forma regular, de elíptica a arriñonada, ancha, algo más grueso que el seco. El color oscila del blanco al verde muy claro en función de la fase de maduración; puede haber algunos granos verdes. La piel es lisa y brillante. Se trata de un producto fresco que no requiere remojo.

La «Mogette de Vendée» cocida presenta un grano cremoso, de tamaño, forma y color homogéneos, cuya piel, fina y poco dura, se percibe muy poco en la boca. Su sabor es escasamente salado y dulce, con un regusto a puerro y castaña.

Características de la planta

porte enano,

hojas trifoliadas de color verde,

flor generalmente blanca,

el ciclo vegetativo de la judía es anual y dura entre 80 y 120 días, de mayo a septiembre,

las variedades utilizadas en Vendée son esencialmente variedades precoces a intermedias,

el cero vegetativo de la planta corresponde a una temperatura de 8-10 °C y la temperatura óptima para el desarrollo vegetativo se sitúa entre 16 y 24 °C,

buena resistencia a las enfermedades,

homogeneidad de la floración.

Las variedades de semillas utilizadas son seleccionadas periódicamente por las asociaciones interprofesionales de la «Mogette de Vendée» entre las variedades comerciales disponibles en el catálogo oficial de variedades y que corresponden a los criterios que debe reunir la «Mogette de Vendée» y están en consonancia con la «Mogette de Vendée» tal como se conoce tradicionalmente en Vendée. La lista de variedades es anual y se comunica a los productores.

3.3.   Materias primas:

3.4.   Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal):

3.5.   Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida:

El cultivo de la «Mogette de Vendée» debe efectuarse en la zona geográfica de la IGP.

3.6.   Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc.:

Diferentes modos de presentación y envasado

«Mogette de Vendée» seca:

Presentación en UVC (unidad de venta al consumidor): bolsas, cajitas de cartón, redecillas u otros envases de diversos pesos (500 g, 1 kg, 2 kg, etc.).

Envasado al por mayor cuando se destina a la transformación o al envasado por parte de compradores al por mayor que hayan suscrito un acuerdo de colaboración.

«Mogette de Vendée» semiseca congelada:

Presentación en UVC: bolsitas u otros envases de diversos pesos (1 kg, etc.).

Envasado al por mayor cuando se destina a la transformación o al envasado por parte de compradores al por mayor que hayan suscrito un acuerdo de colaboración.

«Mogette de Vendée» cocida al natural esterilizada: presentación en tarros UVC.

«Mogette de Vendée» cocida al natural pasteurizada: presentación en barquetas termoselladas o bolsas UVC.

No se realiza venta a granel al consumidor.

En todos los casos, el envasado se realiza en lotes homogéneos, identificados y numerados. Para cada operación se dispone de una trazabilidad y una contabilidad material precisas, que incluyen la fecha de envasado, el número de lote de «Mogette de Vendée» utilizado, el número de entrega y el número de lotes de productos envasados o fabricados y las cantidades correspondientes.

3.7.   Normas especiales sobre el etiquetado

Los productos que se benefician de esta IGP se venden bajo la denominación de «Mogette de Vendée».

La mención «Indication géographique protégée» y/o el logotipo comunitario figuran en el etiquetado.

4.   Descripción sucinta de la zona geográfica:

La zona geográfica definida para la «Mogette de Vendée» comprende los municipios siguientes:

Departamento de Loire-Atlantique:

Cantones parcialmente incluidos:

Aigrefeuille sur Maine: municipios de Geneston, Montbert, La Planche, Vieillevigne.

Legé: municipios de Corcoué sur Logne, Legé, Touvois.

Machecoul: municipios de La marne, Paulx, Saint Etienne de Mer Morte.

Saint Philbert de Grandlieu: municipios de La Limouzinière, Saint Colomban, Saint Philbert de Grandlieu.

Departamento de Vendée:

Cantones íntegramente incluidos: Chantonnay, La Chataigneraie, Les Essarts, Fontenay Le Comte, Les Herbiers, L’Hermenault, Marueil sur Lay, Montaigu, Mortagne sur sèvre, La mothe Achard, Palluau, Le Porié sur Vie, Pouzauges, Rocheservière, La Roche sur Yon, Saint Fulgent, Sainte Hermine, Saint Hilaire des Loges.

Cantones parcialmente incluidos:

Challans: municipios de Challans, Froidfond, La Garnache.

Luçon: municipios de Chasnais, Lairoux, Luçon, Magnils Reigniers, Sainte Gemme la Plaine.

Maillezais: municipios de Benet, Bouillé, Courdault, Doix, Liez, Maillezais, Saint Pierre le Vieux.

Moutiers les Mauxfaits: municipios de La Boissière des landes, Champ Saint Père, Curzon, Le Givre, Moutiers Les Mauxfaits, Saint Avaugourd des Landes, Saint Cyr en Talmondais, Saint Sornin, Saint Vincent sur Graon.

Saint Gilles Croix de Vie: municipio de Coëx.

5.   Vínculo con la zona geográfica:

5.1.   Carácter específico de la zona geográfica:

El clima oceánico que caracteriza a la Vendée, su latitud y el relieve de los altos sotos de la zona, los «monts vendéens» (últimos contrafuertes del macizo de Armórica), al este del departamento, propician simultáneamente una higrometría suficiente y una buena insolación del cultivo. La zona recibe por término medio unas precipitaciones anuales superiores a 600 mm, bastante bien distribuidas a lo largo del año. Las temperaturas son suaves y los cuatro meses (mayo a agosto) durante los que se cultiva la «Mogette» registran temperaturas medias bastante elevadas. La duración de la insolación es superior a 2 000 h/año.

Los suelos de la zona de producción son de tipo limoso pardo. Son ricos en limos (> 35 %), poco arcillosos (< 35 %), de color pardo y bastante profundos; presentan poca tendencia a la desecación y una buena capacidad hídrica.

5.2.   Carácter específico del producto:

Las características organolépticas de la «Mogette de Vendée» son las siguientes (después de la cocción):

textura cremosa, con ausencia de firmeza y poco granulosa,

piel poco áspera que no se percibe en la boca,

tamaño, forma y color homogéneos,

color claro,

sabor escasamente azucarado o salado,

regusto a castaña y puerro.

Los procedimientos de congelación, pasteurización y esterilización permiten conservar estas características, haciendo al mismo tiempo más cómoda la utilización del producto. Además, el desarrollo de una completa gama de formas de comercialización de la «Mogette de Vendée» proporciona al consumidor una considerable libertad de elección, sin merma de la calidad del producto.

5.3.   Relación causal entre la zona geográfica y la calidad o las características del producto (en el caso de las DOP) o la calidad, la reputación u otras características específicas del producto (en el caso de las IGP):

El vínculo con el origen geográfico se basa en la calidad del producto, la antigüedad de su reputación y la maestría de los agricultores que producen localmente la «Mogette de Vendée».

Calidad vinculada a la zona de producción

La calidad de la «Mogette de Vendée» (cremosa y homogénea) está estrechamente relacionada con las características edafoclimáticas de la zona.

Para poder desarrollarse bien, la judía necesita agua, sol y calor. El clima oceánico que caracteriza a la Vendée, su latitud y el relieve de los altos sotos de la zona, los «monts vendéens», al este del departamento, propician simultáneamente una higrometría suficiente (250 a 300 mm de abril a septiembre), una buena insolación de la zona (2 000 horas/año) y unas temperaturas próximas al nivel óptimo requerido para el crecimiento de la judía (entre 16 y 24 °C).

Si las temperaturas en el momento de la siembra y durante el crecimiento de la planta son excesivamente bajas, la semilla se rehidrata sin germinar o produce una plántula atrofiada. La situación particular de la Vendée permite alcanzar este nivel óptimo de temperatura y mantenerlo durante un período suficientemente largo para que las plantas puedan desarrollar su ciclo completo. La suaves temperaturas del mes de mayo permiten un calentamiento suficiente del suelo para que la «Mogette de Vendée» despunte rápida y regularmente, lo que contribuye en el momento de la cosecha a una homogeneidad del producto que es necesaria para garantizar su calidad.

La tipicidad de los suelos de la zona, con poca tendencia a la desecación y una buena capacidad hídrica, limita de manera natural el estrés hídrico de la planta y le permite por consiguiente disponer de una nutrición y un crecimiento regulares que están directamente vinculados al desarrollo de características de la judía tales como la «cremosidad» y la «homogeneidad».

La tipicidad de los suelos de la zona de producción permite asimismo disponer de una buena preparación de los suelos en la primavera.

El hecho de que en la zona IGP las precipitaciones durante el período de la cosecha no sean excesivamente importantes y de que la tierra no sea demasiado arcillosa contribuye a que se produzca un secado natural progresivo de la judía, que no resulta alterada por la lluvia ni manchada por la tierra húmeda. El secado natural en el campo permite reducir las diferencias en las fases de desarrollo de las judías y disponer de un producto homogéneo.

En conclusión, la calidad de la «Mogette de Vendée» (cremosa y homogénea, de grano tierno regular) está estrechamente vinculada a las características edafoclimáticas de la zona IGP:

suelos idóneos, con un buen equilibrio arcilla/limos, poco arenosos y con una buena profundidad,

clima idóneo, con un déficit hídrico moderado (ETP media y regadío controlado) y una buena insolación.

Reputación de la «Mogette de Vendée»

La «Mogette», conocida en Vendée desde el siglo XVI, se ha cultivado interrumpidamente desde entonces. Durante mucho tiempo, ha constituido la base de la alimentación de la población de la zona. Su reputación se ha mantenido hasta nuestros días, en que es solicitada por los consumidores y vendida en Francia e incluso en el extranjero.

Ya a fines del siglo XVII, los médicos se referían al cultivo de «guisantes» y de «judías» en Vendée, especialmente en la zona de las marismas meridionales; en el año 1804, Cavoleau señalaba que la judía blanca era el «patrimonio del aparcero pobre» en la parte occidental de la llanura. Entre los años 1814 y 1825, se sembraban anualmente por término medio 3 000 ha; a partir de 1830 y hasta fines del siglo XIX, la superficie media pasó a 7 000 ha. A comienzos del siglo XX, la producción seguía siendo importante, con una media de 6 000 t antes de la Primera Guerra Mundial. T. Sarrazin, responsable del departamento de agricultura, señalaba en 1930, en relación con los cultivos hortícolas en Vendée, que «el más importante de todos es la judía de grano, que ocupa cerca de 9 000 ha y de la cual una variedad local, llamada ”Mogette”, constituye la base de la alimentación de los campesinos de la zona. Se encuentra difundida por todo el departamento. Se exportan considerables cantidades los años en que la sequía no daña en exceso la cosecha.». La judía seca se fue transformando con la aparición de nuevas técnicas y encontró su ubicación definitiva en los sotos un siglo después. De allí procede en la actualidad la mayor parte de la producción total, es decir, cerca de 900 t anuales por lo que respecta a la producción organizada conocida.

Maestría local

Los productores de la «Mogette de Vendée» han adquirido a lo largo del tiempo un conocimiento del cultivo y una maestría que les permiten garantizar la calidad de la cosecha. Los sucesivos operadores mantienen esta calidad a lo largo de toda la cadena de producción después de la cosecha. No obstante, esta maestría particular se manifiesta esencialmente con ocasión de la cosecha. En el caso de la judía seca, se desarrolla en tres tiempos: recolección, secado sobre el terreno y trilla. Para el productor, la dificultad fundamental reside en determinar las fases óptimas para la recolección y la trilla. La recolección prematura permite dejar que la judía se seque progresivamente y homogeneizar la textura de los granos. El secado sobre el terreno facilita asimismo la trilla gracias a la ausencia de hojas verdes que podrían manchar el grano. Los productores del producto en seco han observado a lo largo de los años que la judía que se cosecha prematuramente conserva un gusto a hortaliza. Por el contrario, el grano cosechado demasiado tarde no desarrolla todos sus aromas y resulta más insípido. En el caso de la judía semiseca, la cosecha es inmediata, y no hay fase de secado, ya que se quiere obtener un grano fresco. La maestría del productor le permite iniciar la cosecha en el momento en que la mayor parte de las vainas han alcanzado la fase amarilla semiseca y el grano es de color blanco a verde claro.

Referencia a la publicación del pliego de condiciones:

http://www.inao.gouv.fr/repository/editeur/pdf/CDCAOP/CDCMogetteDeVendee.pdf


Corrección de errores

23.1.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 18/47


Corrección de errores de la Comunicación de la Comisión sobre la aplicación del artículo 4 del Reglamento (CE) no 552/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, por el que se fija el marco para la creación del cielo único europeo

( Diario Oficial de la Unión Europea C 323 de 31 de diciembre de 2009 )

2010/C 18/16

En la página 24, en la nota (ii) a pie de cuadro:

en lugar de:

«(ii)

http://www.eurocontrol.int/ses/public/standard_page/fmtp_spec.html»,

léase:

«(ii)

http://www.eurocontrol.int/ses/public/standard_page/amhs_spec.html».