ISSN 1725-244X doi:10.3000/1725244X.C_2009.268.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
52o año |
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IV Informaciones |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión |
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2009/C 268/06 |
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2009/C 268/07 |
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2009/C 268/08 |
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2009/C 268/09 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión |
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2009/C 268/10 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5642 — SGGF/Trakya/SGGE) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/1 |
Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a los instrumentos de medida (1)
[Publicación de las referencias a los documentos normativos establecidos por la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) y de la lista de las partes de los mismos correspondientes a los requisitos esenciales (de conformidad con el artículo 16, apartado 1, de la Directiva)]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2009/C 268/01
MI-002: Contadores de gas
en relación con:
— |
OIML R 137-1 2006
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MI-002: Dispositivos de conversión volumétrica
en relación con:
— |
OIML R 140 2007
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MI-007: Taxímetros
en relación con:
— |
OIML R 21 2007
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MI-008 CAPÍTULO II: Medidas para servir de unidades de capacidad
en relación con:
— |
OIML R 138 2007
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10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/13 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
2009/C 268/02
Fecha de adopción de la decisión |
28.8.2009 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
N 166/09 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Cataluña |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Créditos para implantar instalaciones de riego de alta eficiencia en el interior de fincas particulares de explotaciones agrícolas. |
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Base jurídica |
Proyecto de Orden por la cual se aprueban las bases reguladoras de la línea de préstamos destinados al fomento de inversiones en explotaciones agrarias para la implantación de instalaciones de riego de alta eficiencia en el interior de fincas particulares. |
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Tipo de medida |
Régimen de ayuda |
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Objetivo |
El objeto de la notificación es un régimen de ayuda destinado a aumentar la eficacia de los sistemas de riego para así reducir el consumo de agua y fomentar una utilización sostenible de este recurso y de otros insumos agrícolas (fertilizantes, combustibles). |
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Forma de la ayuda |
Bonificación total de los intereses generados por los préstamos concedidos para las obras de implantación de sistemas de riego de alta eficiencia. |
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Presupuesto |
Importe global total: 112 500 000 EUR |
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Intensidad |
Como máximo el 50 % de los costes subvencionables en las zonas desfavorecidas contempladas en el artículo 36, letra a), incisos i), ii) e iii), del Reglamento (CE) no 1698/2005; como máximo el 40 % en los demás casos. |
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Duración |
2009-2013 |
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Sectores económicos |
Agricultura |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
4.9.2009 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
N 173/09 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Castilla y León |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Ayudas para el fomento de las explotaciones de ganado en régimen extensivo y mejora de los pastos comunales |
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Base jurídica |
Orden AYG/535/2009, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas para el fomento de las explotaciones de ganado en régimen extensivo y mejora de los pastos comunales. |
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Tipo de medida |
Régimen de ayuda |
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Objetivo |
Financiar inversiones en las explotaciones de ganado. |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
4 500 000 EUR anuales, con un presupuesto total de 22 500 000 EUR |
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Intensidad |
40 % como máximo |
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Duración |
2009-2013 |
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Sectores económicos |
Agricultura |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
21.8.2009 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
N 182/09 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Castilla y León |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Bases reguladoras de la concesión de las ayudas a la reconversión de determinadas especies frutícolas. |
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Base jurídica |
Orden AYG/536/2009 de 23 de febrero de 2009, por la que se establecen las Bases reguladoras de la concesión de las ayudas a la reconversión de determinadas especies frutícolas en la Comunidad de Castilla y León. |
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Tipo de medida |
Régimen de ayuda |
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Objetivo |
El objeto de la notificación es un régimen de ayuda a determinadas actividades en el ámbito de la producción frutícola. La notificación tiene como objeto ayudas a la inversión para la reconversión de determinadas especies frutícolas, destinadas a los agricultores y las asociaciones de productores de este sector. |
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Forma de la ayuda |
Financiación de labores de arranque y plantación de nuevas especies y variedades frutícolas. |
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Presupuesto |
Importe global total: 1 700 000 EUR. |
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Intensidad |
Variable (como máximo el 60 %, el 50 % o el 40 %, según los beneficiarios y los lugares de explotación) |
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Duración |
2009-2013 |
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Sectores económicos |
Agricultura |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
5.8.2009 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
N 195/09 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Canarias |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Régimen de ayudas por daños en producciones e infraestructuras en el sector agrario producido por el incendio en La Gomera iniciados el 26 de abril de 2008. |
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Base jurídica |
Decreto 89/2008, de 29 de abril, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en La Gomera. Orden de 21 de mayo de 2008, por la que se regulan las ayudas por daños en producciones e infraestructuras en el sector agrario previstas en el Decreto 89/2008, de 29 de abril, de ayudas y medidas urgentes y de carácter excepcional para reparar los daños producidos por los incendios acaecidos en La Gomera. |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Se notifica un régimen de ayudas destinado a reparar los daños causados por un incendio en las explotaciones agrícolas, sus infraestructuras y sus producciones, acaecido el 26 de abril de 2008 en la isla de La Gomera. |
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Forma de la ayuda |
Financiación de obras para la instalación de nuevas explotaciones, la adquisición de bienes de equipo y máquinas auxiliares y la incorporación de nuevas tecnologías. |
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Presupuesto |
Importe total: 460 000 EUR |
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Intensidad |
Max. 100 % de los costes subvencionables. |
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Duración |
2009 |
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Sectores económicos |
Agricultura |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
Fecha de adopción de la decisión |
18.9.2009 |
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Número de referencia de ayuda estatal |
N 259/09 |
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Estado miembro |
Italia |
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Región |
Lombardía |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Servizi ambientali erogati dai Consorzi forestali.(Servicios ambientales de los Consorcios forestales) |
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Base jurídica |
Delibera di Giunta Regiónale n. VIII/7953 del 6.8.2008«Determinazioni in merito alle disposizioni attuative della L.R. n. 7/2000». |
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Tipo de medida |
Régimen de ayuda |
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Objetivo |
Ayuda al sector forestal |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Gasto máximo anual: 2 millones EUR Gasto máximo total: 12 millones EUR |
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Intensidad |
Máximo: 100 % de los costes subvencionables |
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Duración |
2009-2014 |
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Sectores económicos |
Sector forestal |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/17 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2009/C 268/03
Fecha de adopción de la decisión |
26.11.2008 |
Número de referencia de ayuda estatal |
NN 70/06 |
Estado miembro |
Finlandia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Elokuvia ja muuta audiovisuaalista tuotantoa ja jakelua koskeva tuki |
Base jurídica |
Laki elokuvataiteen edistämisestä 21.1.2000/28 Asetus elokuvataiteen edistämisestä 4.2.2000/121 |
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
Objetivo |
Promoción de la cultura |
Forma de la ayuda |
Subvención directa |
Presupuesto |
Gasto anual previsto 20 mill. EUR; Importe total de la ayuda prevista 116 mill. EUR |
Intensidad |
50 % |
Duración |
hasta el 31.12.2013 |
Sectores económicos |
Medios de comunicación |
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
Suomen elokuvasäätiö |
Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/state_aids_texts_es.htm
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/18 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.5519 — E.ON/Electrabel Acquired Assets)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2009/C 268/04
El 13 de octubre de 2009, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/en/index.htm) con el número de documento 32009M5519. EUR-Lex da acceso al Derecho comunitario en línea. |
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/19 |
Notas explicativas de la nomenclatura combinada de las Comunidades Europeas
2009/C 268/05
De conformidad con lo establecido en el artículo 9, apartado 1, letra a), segundo guión, del Reglamento (CEE) no 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), las notas explicativas de la nomenclatura combinada de las Comunidades Europeas (2) se modifican como sigue:
En las páginas 352 y 353, se suprimen las notas explicativas correspondientes a los códigos NC 8528 41 00, 8528 49 10, 8528 49 35 a 8528 49 99, 8528 51 00 a 8528 59 90, 8528 51 00 y 8528 59 10 a 8528 59 90.
(1) DO L 256 de 7.9.1987, p. 1.
(2) DO C 133 de 30.5.2008, p. 1.
IV Informaciones
INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/20 |
Tipo de cambio del euro (1)
9 de noviembre de 2009
2009/C 268/06
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,4984 |
JPY |
yen japonés |
134,81 |
DKK |
corona danesa |
7,4413 |
GBP |
libra esterlina |
0,89365 |
SEK |
corona sueca |
10,3005 |
CHF |
franco suizo |
1,5103 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
8,4195 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
25,578 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
272,74 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7087 |
PLN |
zloty polaco |
4,2180 |
RON |
leu rumano |
4,2975 |
TRY |
lira turca |
2,2110 |
AUD |
dólar australiano |
1,6141 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5923 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
11,6118 |
NZD |
dólar neozelandés |
2,0271 |
SGD |
dólar de Singapur |
2,0774 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 739,26 |
ZAR |
rand sudafricano |
11,1147 |
CNY |
yuan renminbi |
10,2292 |
HRK |
kuna croata |
7,2690 |
IDR |
rupia indonesia |
14 100,10 |
MYR |
ringgit malayo |
5,0650 |
PHP |
peso filipino |
70,271 |
RUB |
rublo ruso |
43,0865 |
THB |
baht tailandés |
49,916 |
BRL |
real brasileño |
2,5570 |
MXN |
peso mexicano |
20,0628 |
INR |
rupia india |
69,5960 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/21 |
Indicaciones geográficas canadienses para el vino que deben añadirse al anexo III b) del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Canadá sobre el comercio de vino y bebidas espirituosas (1)
2009/C 268/07
Ontario
British Columbia
BC Gulf Islands
Vinemount Ridge
Lincoln Lakeshore
Creek Shores
Twenty Mile Bench
Short Hills Bench
Beamsville Bench
Niagara Escarpment
Four Mile Creek
Niagara Lakeshore
Niagara River
St. David's Bench
Niagara-on-the-Lake
Una marca cuya utilización corresponda a una de las situaciones mencionadas en el artículo 11, apartado 2, del Acuerdo entre la Comunidad Europea y Canadá sobre el comercio de vino y bebidas espirituosas podrá seguir utilizándose y renovarse, no obstante la protección de estas indicaciones geográficas, si dicha marca ha sido solicitada, registrada o, en los casos en que así lo permita la legislación aplicable, establecida mediante el uso en el territorio comunitario antes de la fecha de la presente publicación, siempre que la marca no incurra en las causas de nulidad o revocación establecidas en la Primera Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (2) o en el Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (3).
En tales casos, se permitirá la utilización de la indicación geográfica junto con la de las marcas registradas pertinentes..
(1) DO L 35 de 6.2.2004, p. 1.
(2) DO L 40 de 11.2.1989, p. 1.
(3) DO L 11 de 14.1.1994, p. 1.
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/22 |
Comunicación de la comisión relativa a la cantidad no solicitada que deberá añadirse a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1 de enero 2010 y el 31 de marzo 2010 en el marco de determinados contingentes abiertos por la Comunidad para productos de los sectores de la carne de aves de corral, los huevos y las ovoalbúminas
2009/C 268/08
Los Reglamentos de la Comisión (CE) no 536/2007 (1) y (CE) no 539/2007 (2) abren contingentes arancelarios para la importación de productos de los sectores de la carne de aves de corral, los huevos y las ovoalbúminas. Las solicitudes de certificados de importación presentadas durante los siete primeros días del mes de septiembre de 2009 para el subperíodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2009, correspondientes a los contingentes 09.4169, 09.4015 et 09.4402, se refieren a cantidades inferiores a las disponibles. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, apartado 4, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión (3), las cantidades para las cuales no se hayan presentado solicitudes se añaden a la cantidad fijada para el subperíodo contingentario siguiente, del 1 de enero al 31 de marzo de 2010. Dichas cantidades figuran en el anexo de la presente comunicación.
(1) DO L 128 de 16.5.2007, p. 6.
(2) DO L 128 de 16.5.2007, p. 19.
(3) DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.
ANEXO
No de orden del contingente |
Cantidades no solicitadas que se añadirán a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2010 (en kg) |
09.4169 |
8 257 500 |
09.4015 |
67 500 000 |
09.4402 |
3 382 568 |
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/23 |
Comunicación de la comisión relativa a la cantidad no solicitada que deberá añadirse a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2010 en el marco de determinados contingentes abiertos por la Comunidad para productos del sector de la carne de porcino
2009/C 268/09
El Reglamento (CE) no 442/2009 de la Comisión (1) abre contingentes arancelarios para la importación de productos del sector de la carne de porcino. Las solicitudes de certificados de importación presentadas durante los siete primeros días del mes de septiembre de 2009 para el subperíodo comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2009, correspondientes a los contingentes 09.4038, 09.4170 y 09.4204, se refieren a cantidades inferiores a las disponibles. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7, apartado 4, segunda frase, del Reglamento (CE) no 1301/2006 de la Comisión (2), las cantidades para las cuales no se hayan presentado solicitudes se añaden a la cantidad fijada para el subperíodo contingentario siguiente, del 1 de enero al 31 de marzo de 2010. Dichas cantidades figuran en el anexo de la presente comunicación.
(1) DO L 129 de 28.5.2009, p. 13.
(2) DO L 238 de 1.9.2006, p. 13.
ANEXO
No de orden del contingente |
Cantidades no solicitadas que se añadirán a la cantidad fijada para el subperíodo comprendido entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de marzo de 2010 (en kg) |
09.4038 |
8 309 530 |
09.4170 |
2 256 000 |
09.4204 |
2 312 000 |
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión
10.11.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 268/24 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.5642 — SGGF/Trakya/SGGE)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
2009/C 268/10
1. |
El 30 de octubre de 2009, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Saint Gobain Glass France («SGGF», Francia), bajo control de Compagnie de Saint Gobain («Saint Gobain», Francia), y Trakya Cam Sanayii A.S. («Trakya», Turquía), bajo control de Turkiye Sis eve Cam Fabrikalari A.S. («Sisecam», Turquía) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de la totalidad de la empresa Saint Gobain Glass Egypt («SGGE», Egipto) mediante la adquisición de acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301 o 22967244) o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5642 — SGGF/Trakya/SGGE, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.