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ISSN 1725-244X doi:10.3000/1725244X.C_2009.211.spa |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
52o año |
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Número de información |
Sumario |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes |
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DICTÁMENES |
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Comité de las Regiones |
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80º Pleno 17 y 18 de junio de 2009 |
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2009/C 211/01 |
Libro Blanco del Comité de las Regiones sobre la gobernanza multinivel |
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2009/C 211/02 |
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2009/C 211/03 |
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2009/C 211/04 |
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2009/C 211/05 |
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2009/C 211/06 |
Dictamen del Comité de las Regiones un nuevo impulso para detener la pérdida de biodiversidad |
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2009/C 211/07 |
Dictamen del Comité de las Regiones la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea |
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2009/C 211/08 |
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2009/C 211/09 |
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III Actos preparatorios |
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Comité de las Regiones |
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80º Pleno 17 y 18 de junio de 2009 |
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2009/C 211/10 |
Dictamen del Comité de las Regiones paquete marítimo y costero |
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2009/C 211/11 |
Dictamen del Comité de las Regiones régimen de control comunitario de la pesca |
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2009/C 211/12 |
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ES |
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I Resoluciones, recomendaciones y dictámenes
DICTÁMENES
Comité de las Regiones
80º Pleno 17 y 18 de junio de 2009
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/1 |
LIBRO BLANCO DEL COMITÉ DE LAS REGIONES SOBRE LA GOBERNANZA MULTINIVEL
(2009/C 211/01)
El Comité de las Regiones abre una consulta general para recabar el punto de vista de los entes, asociaciones y partes interesadas, y les pide que le presenten sus observaciones sobre la mejor manera de aplicar la gobernanza multinivel en Europa. Los comentarios pueden enviarse hasta el 30 de noviembre de 2009 a la dirección siguiente:
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Comité des régions de l'Union européenne |
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Cellule de prospective |
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Bureau VMA 0635 |
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Rue Belliard/Belliardstraat 101 |
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1040 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
o por correo electrónico: governance@cor.europa.eu
Dictamen de iniciativa del Comité de las Regiones
«Libro blanco del comité de las regiones sobre la gobernanza multinivel»
El Libro Blanco se hace eco de la voluntad de «Construir Europa en asociación» y fija dos grandes objetivos estratégicos: favorecer la participación en el proceso europeo y reforzar la eficacia de la acción comunitaria. En efecto, el interés decreciente de los ciudadanos por las elecciones europeas pese a que la mayoría percibe su adscripción a la Unión Europea como una ventaja frente a los retos de la globalización incita a asentar de nuevo la acción política en los principios y mecanismos de la gobernanza multinivel.
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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entiende la gobernanza multinivel como la acción coordinada de la Unión, los Estados miembros y los entes regionales y locales, basada en la asociación y destinada a elaborar y aplicar las políticas de la Unión Europea. La misma induce la responsabilidad compartida de los diversos niveles de poder en cuestión y se basa en todas las fuentes de legitimidad democrática y en la representatividad de los diversos agentes implicados; |
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recomienda que las reformas estratégicas comunitarias importantes se acompañen con un plan de acción territorial concertado entre la Comisión Europea y el Comité de las Regiones, que prevea mecanismos políticos destinados a facilitar la apropiación, la realización y la evaluación de las políticas aplicadas, y dotado de un plan de comunicación descentralizada; |
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recomienda la instauración de herramientas apropiadas al apoyo de la democracia participativa, en particular en el marco de la Estrategia de Lisboa, de la Agenda Social, de la Estrategia de Gotemburgo, así como el desarrollo de mecanismos del tipo «Agenda 21 Local», que constituyen mecanismos participativos e integrados de formulación de planes estratégicos a largo plazo; |
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recomienda que se consolide la práctica de la asociación, tanto en un sentido vertical entre «entidades territoriales — Gobierno nacional y Unión Europea», como en el horizontal «entidades territoriales — sociedad civil», en particular en el marco del Diálogo Social; |
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invita a la Comisión Europea y a los Estados Miembros a reformar el método abierto de coordinación, para hacerlo más incluyente, mediante el desarrollo en colaboración con los entes regionales y locales de indicadores de gobernanza participativa y de indicadores territoriales; |
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recomienda la sistematización del análisis del impacto territorial, gracias a la implicación, desde la fase inicial de la decisión política, de los distintos agentes interesados, de manera que englobe las repercusiones económicas, sociales y medioambientales de las propuestas legislativas y no legislativas comunitarias relativas a los territorios; |
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se compromete a presentar propuestas destinadas a apoyar el recurso a la experimentación a nivel local y regional en determinados ámbitos de intervención de la Unión Europea, como la Estrategia para el Crecimiento y el Empleo, la Agenda Social, la política de integración, la política para la innovación, la política de cohesión, el desarrollo sostenible o la protección civil; |
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recomienda el establecimiento de Pactos Territoriales Europeos, capaces de asociar, de modo voluntario, a los distintos niveles de gobierno competentes, a fin de adaptar la aplicación de los grandes objetivos y prioridades políticos de la Unión Europea, sobre bases asociativas con los entes regionales y locales, e invita a los entes territoriales interesados a que se comprometan en dicho proceso y a manifestarle su interés al respecto en el marco de la consulta que se ha iniciado acerca de la aplicación del Libro Blanco. |
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Ponentes |
: |
Luc Van den Brande (BE/PPE), diputado del Parlamento flamenco, Presidente del Comité de las Regiones Michel Delebarre (FR/PSE), Alcalde de Dunkerque, Vicepresidente primero del Comité de las Regiones |
ÍNDICE
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1. |
Introducción |
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2. |
Construir Europa en asociación |
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3. |
Favorecer la participación en el proceso europeo |
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4. |
Reforzar la eficacia de la acción comunitaria |
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5. |
Aplicación y seguimiento del Libro Blanco |
«Hay muchas metas que no podemos alcanzar solos, pero sí juntos. Las tareas se reparten entre la Unión Europea, los Estados miembros, sus regiones y sus municipios.» (1)
1. Introducción
La gobernanza constituye una de las claves principales del éxito del proceso de integración europea. Europa será fuerte, sus instituciones legítimas, sus políticas eficaces, sus ciudadanos se sentirán implicados e involucrados, si el modo de gobernanza de la misma garantiza la cooperación entre los distintos niveles de poderes a fin de aplicar la agenda comunitaria y de responder a los retos globales.
Los Jefes de Estado o de Gobierno plasmaron esta constatación en la Declaración de Berlín, de 25 de marzo de 2007. Al reconocer el alcance de la gobernanza multinivel, consagraron la visión y la concepción de Europa que el Comité de las Regiones había formulado varios días antes, en su Declaración de Roma (2).
Hoy en día, en la Unión Europea, alrededor de 95 000 entidades territoriales ostentan poderes de primer orden en sectores clave, como la educación, el medio ambiente, el desarrollo económico, la ordenación del territorio, los transportes, los servicios públicos y las políticas sociales, y contribuyen al ejercicio de la democracia y de la ciudadanía europeas (3).
Tanto la proximidad a los ciudadanos como la diversidad de gobernanza a nivel regional y local constituyen un verdadero activo para la Unión. No obstante, a pesar de los progresos significativos que se han registrado durante estos últimos años por lo que al reconocimiento del papel de las mismas en el proceso europeo se refiere, quedan aún por realizar avances sustanciales, tanto a nivel comunitario como en los Estados miembros. La evolución será progresiva, pero son necesarios verdaderos esfuerzos ahora para eliminar las culturas administrativas que obstaculizan el avance de los procesos de descentralización en curso.
La crisis mundial actual pone de manifiesto la importancia de una buena gobernanza, en particular en el nivel europeo, y la necesidad de contar con la estrecha colaboración de los entes regionales y locales en la concepción y la aplicación de las estrategias comunitarias, dado que dichos entes son responsables de la aplicación de alrededor del 70 % de la legislación comunitaria, por lo que desempeñan un papel fundamental en la ejecución del Plan Europeo de Recuperación Económica. Por añadidura, en un contexto de rarefacción de las finanzas públicas, podrían ver el día tentativas de renacionalización de las políticas comunes y de centralización de los recursos, cuando, por el contrario, la globalización refuerza la pertinencia de la gobernanza multinivel.
La capacidad de la Unión Europea para adaptarse al nuevo contexto mundial se basa, en gran medida, en la capacidad que demuestren sus territorios para reaccionar, actuar e interactuar. Así pues, es fundamental que se dote a la Unión Europea de un método de gobernanza que combine, a un tiempo:
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la afirmación de la globalización y la aparición de un mundo multipolar que determina los desafíos que debe afrontar la Unión Europea; |
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la continuación del proceso de integración europea con vistas a eliminar las fronteras, unir los mercados y aproximar a los ciudadanos en el respeto de las soberanías nacionales y la preservación de las identidades. |
Para garantizar y desarrollar el modelo europeo, resulta verdaderamente imperativo atenuar dos de los riesgos esenciales de la globalización:
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el riesgo de que nuestras sociedades se vuelvan uniformes: debe fomentarse la diversidad; |
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el riesgo de que aumenten las desigualdades en los Estados miembros y entre los Estados miembros: la solidaridad debe defenderse. |
La iniciativa política del Comité de las Regiones se produce en un momento de transición y de cambio en el proceso de integración europea. La renovación del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea, la transición hacia un nuevo marco institucional, la refundición del presupuesto de la Unión Europea, así como los efectos, directos e indirectos, de la crisis mundial, perfilan el nuevo contexto de la agenda comunitaria para los próximos años.
Durante los próximos meses la Unión Europea deberá definir, revisar y ajustar sus estrategias comunitarias sobre los grandes desafíos globales y establecer nuevos instrumentos para garantizar su aplicación. Este próximo ciclo deberá conducir a un nuevo enfoque en la gobernanza europea, que se reflejará tanto en la metodología y el contenido de las propuestas como en el impacto de la intervención comunitaria.
La gobernanza multinivel sirve, en efecto, a los objetivos políticos esenciales de la Unión Europea: la Europa de los ciudadanos, el crecimiento económico y el progreso social, el desarrollo sostenible y el papel de la Unión Europea como actor global. Refuerza la dimensión democrática de la Unión Europea e incrementa la eficacia de los procesos de la misma. No obstante, no se aplica a todas las políticas de la Unión, y cuando se aplica, pocas veces se hace de modo homogéneo o simétrico.
El planteamiento del Comité de las Regiones, así como las recomendaciones formuladas por el mismo, están concebidos con arreglo a los Tratados actuales, si bien se inscriben en la perspectiva de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, que consagra la dimensión territorial, y en especial la cohesión territorial, en el proceso de integración europea y refuerza los mecanismos de la gobernanza multinivel.
Instaurar una verdadera gobernanza multinivel en Europa ha constituido siempre la prioridad estratégica del Comité de las Regiones. Hoy en día, se ha convertido en una condición de buena gobernanza europea (4). Este Libro Blanco traduce dicha prioridad, propone opciones políticas claras para mejorar la gobernanza europea y recomienda mecanismos e instrumentos específicos, que se deberán activar en cada una de las etapas del proceso europeo de toma de decisiones. Identifica pistas de acción y de reflexión susceptibles de facilitar, en interés de los ciudadanos, la concepción y la aplicación de las políticas comunitarias (5), asume compromisos para desarrollar tales pistas y presenta ejemplos de gobernanza compartida. Constituye, asimismo, una primera contribución del Comité de las Regiones al Comité de Sabios, al que el Consejo Europeo ha encargado que se ocupe de ayudar a la Unión Europea a anticipar y afrontar de modo más eficaz las dificultades a largo plazo (es decir, para el periodo 2020-2030), tomando, como punto de partida, la Declaración de Berlín, de 25 de marzo de 2007.
El Libro Blanco se inscribe en un marco político voluntarista con el fin de «Construir Europa en asociación» y fija dos grandes objetivos estratégicos: favorecer la participación en el proceso europeo y reforzar la eficacia de la acción comunitaria. En efecto, el interés decreciente de los ciudadanos por las elecciones europeas pese a que la mayoría percibe su adscripción a la Unión Europea como una ventaja frente a los retos de la globalización incita a asentar de nuevo la acción política en los principios y mecanismos de la gobernanza multinivel.
2. Construir Europa en asociación
La capacidad de la Unión para cumplir sus misiones y lograr los objetivos comunitarios depende de su organización institucional, pero sobre todo de su método de gobernanza. La legitimidad, la eficacia y la visibilidad del funcionamiento comunitario quedan garantizadas con la contribución de todos los agentes. Están aseguradas si los entes regionales y locales actúan como verdaderos «socios», y dejan de hacerlo como simples «intermediarios». En efecto, la colaboración supera los límites de la participación y la consulta. Favorece un planteamiento más dinámico y una mayor responsabilización de los distintos agentes. Por consiguiente, la ventaja que aporta la gobernanza multinivel radica en la complementariedad y en la articulación entre la gobernanza institucional y la gobernanza en asociación (6). Se debe fomentar y estimular, por consiguiente, una evolución de la cultura política y administrativa en la Unión Europea. Parece que los ciudadanos europeos así lo desean.
I. Los ciudadanos y la gobernanza compartida: los resultados del Eurobarómetro (7)
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El informe especial no 307 del Eurobarómetro, sobre el papel y el impacto de los entes regionales y locales en Europa, publicado en febrero de 2009, pone de relieve el hecho de que la gobernanza compartida parece resultar natural para los europeos. Los resultados de esta encuesta, efectuada con 27 000 ciudadanos europeos en los 27 Estados miembros durante el otoño de 2008, demuestran que los ciudadanos estiman que los representantes políticos nacionales, los diputados europeos y los representantes políticos regionales y locales pueden, en proporciones similares, defender sus intereses a nivel europeo (el 29 % confía en sus representantes políticos nacionales, el 26 % en sus eurodiputados, y el 21 % en los representantes regionales y locales). |
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Confirma que los ciudadanos europeos esperan una Europa más acorde con su realidad cotidiana, y que se base en la acción de sus representantes políticos regionales y locales. En efecto, el 59 % de entre ellos considera que los entes regionales y locales no se tienen suficientemente en cuenta en el marco del proceso europeo. |
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Demuestra su apego a la democracia local y regional, que se ilustra mediante el grado de confianza que brindan a los representantes políticos regionales y locales (del 50 %), con respecto al Gobierno de sus países (del 34 %) y a la Unión Europea (del 47 %). |
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Este Eurobarómetro incita, por último, a establecer estrategias de comunicación descentralizadas: el 26 % de los europeos estima que los representantes políticos regionales y locales son los más indicados para explicar el impacto de las políticas europeas en sus vidas (el 28 % por lo que se refiere a los representantes políticos nacionales y el 21 % con respecto a los diputados europeos). |
El Comité de las Regiones entiende la gobernanza multinivel como la acción coordinada de la Unión, los Estados miembros y los entes regionales y locales, basada en la asociación y destinada a elaborar y aplicar las políticas de la Unión Europea. La misma induce la responsabilidad compartida de los diversos niveles de poder en cuestión y se basa en todas las fuentes de legitimidad democrática y en la representatividad de los diversos agentes implicados. Suscita, mediante un enfoque integrado, la coparticipación de los distintos niveles de gobernanza en la elaboración de las políticas y de la legislación comunitarias, a través de mecanismos diversos (consultas, análisis de impacto territorial, etc.).
La gobernanza multinivel es un proceso dinámico que posee una dimensión horizontal y una vertical, que no diluye en manera alguna la responsabilidad política, sino que, por el contrario, si los mecanismos e instrumentos son pertinentes y se aplican de forma correcta, favorece el sentimiento de participación en las decisiones y la aplicación común. La gobernanza multinivel constituye más, por consiguiente, un «sistema de acción» político que un instrumento jurídico, y no puede comprenderse únicamente desde el ángulo del reparto de las competencias.
En 2001, en su Libro Blanco sobre la gobernanza europea (8), la Comisión Europea definió cinco principios básicos de una buena gobernanza: apertura, participación, responsabilidad, eficacia y coherencia. La gobernanza multinivel garantiza la aplicación de estos principios, les da continuidad y los completa.
La aplicación de la gobernanza multinivel se basa en el respeto del principio de subsidiariedad, que evita que las decisiones se concentren en un solo nivel de poder, y garantiza que las políticas sean concebidas y aplicadas en el nivel más apropiado. El respeto del principio de subsidiariedad y la gobernanza multinivel resultan indisociables: el primero se refiere a las competencias de los distintos niveles de poder, y la segunda se concentra en su interacción.
La Unión Europea se basa en un conjunto de valores comunes y derechos fundamentales que subyacen a la emergencia de una cultura política común en la Unión Europea. La subsidiariedad, la proporcionalidad, la proximidad, la asociación, la participación, la solidaridad y la lealtad mutua son los principios que estructuran, inspiran y guían la acción comunitaria. Condicionan el modelo europeo de protección de los derechos fundamentales, entre los cuales figuran la autonomía regional y local, así como el respeto de la diversidad. La promoción y la defensa de este modelo suponen la responsabilidad compartida entre todos los niveles de poder.
El Comité de las Regiones contribuye, por añadidura, a la aplicación del memorándum de acuerdo entre la Unión Europea y el Consejo de Europa, con vistas a la definición de un consenso paneuropeo sobre la gobernanza multinivel basado en los valores y principios democráticos, así como en la base constitucional que representan los derechos fundamentales (9).
La gobernanza multinivel no se resume en la traducción de los objetivos europeos o nacionales en acción local o regional, sino que debe entenderse, asimismo, como un proceso de integración de los objetivos de los entes regionales y locales en las estrategias de la Unión Europea. Por otra parte, la gobernanza multinivel debería reforzar y modelar las competencias de los entes regionales y locales a nivel nacional y favorecer su participación en la coordinación de la política europea, facilitando, de ese modo, la elaboración y la aplicación de las políticas comunitarias.
Las condiciones de una buena gobernanza multinivel residen, en efecto, en los propios Estados miembros. Aunque en Europa exista una tendencia clara hacia la descentralización (generalizada, si bien desigual), las condiciones de esta gobernanza compartida aún no se reúnen plenamente. Los principios y mecanismos de consulta, coordinación, cooperación y evaluación preconizados a nivel comunitario deberán, en primer lugar, aplicarse en los Estados miembros.
La transformación de los elementos constitutivos de una sociedad europea basada en los recursos hacia una sociedad basada en el conocimiento impone una evolución de los métodos de gobernanza, que debería privilegiar, en un futuro, un planteamiento global e incluyente más horizontal que lleve a estrategias comunitarias más específicas y a la instauración de políticas comunes coordinadas e integradas. El presupuesto de la Unión Europea debería reflejar la dinámica progresiva de integración basándose en la formulación y financiación de políticas comunes y acciones comunitarias de carácter experimental.
El método comunitario debe seguir siendo la piedra angular de la gobernanza europea (10). En efecto, ha venido garantizando hasta nuestros días el éxito del proceso de integración europea. No obstante, debería poder ser objeto de adaptaciones, a fin de conservar su carácter de modelo de organización política eficaz y transparente.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Iniciar un proceso de concertación, con vistas a la elaboración de una Carta de la Unión Europea sobre la gobernanza multinivel que establecería los principios y modalidades en aras de una comprensión común y compartida de la gobernanza europea, respetuosa del principio de subsidiariedad, que serviría de apoyo para la gobernanza local y regional y el proceso de descentralización en los Estados miembros, los países candidatos y los Estados vecinos, y que garantizaría la voluntad política de respetar la autonomía de los entes regionales y locales, así como la implicación de los mismos en el proceso decisorio europeo. |
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Favorecer la protección de los derechos fundamentales a varios niveles y colaborar, a dichos efectos, con la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, a fin de promover y difundir las mejores prácticas desarrolladas a nivel regional y local (11). |
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Intervenir en el debate comunitario y en las negociaciones futuras, a fin de defender un presupuesto comunitario ambicioso, dotado de los recursos necesarios para anticipar las respuestas a los retos globales y aplicar estrategias integradas y coordinadas, que constituya el punto de anclaje y el incentivo para la contractualización de asociaciones entre los distintos niveles públicos. |
Recomienda:
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Que las reformas estratégicas comunitarias importantes se acompañen con un plan de acción territorial concertado entre la Comisión Europea y el Comité de las Regiones, que prevea mecanismos políticos destinados a facilitar la apropiación, la realización y la evaluación de las políticas aplicadas, y dotado de un plan de comunicación descentralizada. Esta medida permitiría invertir el proceso actual, que, demasiado a menudo, relega a los entes regionales y locales al final de la fase de concepción de la acción comunitaria. |
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Que los pactos de crecimiento y de estabilidad que adopten los Estados miembros, así como la evaluación de los mismos por parte de la Comisión Europea, tengan plenamente en cuenta la dimensión cuantitativa y cualitativa de las finanzas regionales y locales y, por otra parte, permitan asociar mejor a los entes territoriales al proceso de control del gasto público. |
3. Favorecer la participación en el proceso europeo
La adhesión de los ciudadanos al proceso europeo constituye un reto en términos de credibilidad para la democracia europea. La ciudadanía europea se construye, y la gobernanza europea se organiza, en torno a la participación. Ésta reviste dos dimensiones: la democracia representativa, que constituye su fundamento, y la democracia participativa, que la completa. En efecto, una buena gobernanza europea implica que los representantes políticos y los agentes de la sociedad civil colaboren en aras del bien común. Los entes regionales y locales poseen una legitimidad democrática indiscutible. Directamente responsables ante los ciudadanos, representan una parte preponderante de la legitimidad democrática en la Unión Europea y ejercen una porción de poder político importante. Por ello, la gobernanza multinivel debe combinar el reconocimiento institucional de los distintos niveles de poderes en Europa, a través de mecanismos apropiados, y la organización de la cooperación política y el estímulo de la esfera pública europea.
Consolidar la representación institucional
Garantizada desde el Tratado de Maastricht, la representación institucional de los entes regionales y locales se ha ido consolidando durante las sucesivas reformas institucionales. La entrada en vigor del Tratado de Lisboa constituiría una etapa importante del reconocimiento institucional de la gobernanza multinivel en el funcionamiento de la Unión Europea. A este respecto, debe privilegiarse el refuerzo de la representación e influencia de los entes regionales y locales en el proceso decisorio comunitario, y ello tanto en el marco del Comité de las Regiones como en las actividades del Consejo de la Unión Europea. En efecto, desde 1994 los Tratados brindan a las regiones, según las estructuras constitucionales nacionales respectivas, la posibilidad de participar en las actividades del Consejo de la Unión Europea. Esta participación directa permite a los representantes de las regiones interesadas integrarse en el marco de las delegaciones de los Estados miembros, verse autorizados a dirigir la delegación nacional y, en su caso, asumir la Presidencia del Consejo.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Consolidar (de conformidad con su Declaración de misión, su estatuto de asamblea política y su implicación al inicio del proceso decisorio, con respecto a la concepción de las estrategias europeas y de la normativa comunitaria), el seguimiento del principio de subsidiariedad conforme al espíritu y a la letra del Tratado de Lisboa, la evaluación del impacto territorial de las políticas comunitarias, y su papel de facilitador de la democracia participativa en Europa. |
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Desarrollar, a dichos efectos, sus relaciones interinstitucionales con la Comisión Europea, en la perspectiva de la revisión de su acuerdo de cooperación con el Parlamento Europeo, en el contexto del programa político de la próxima legislatura, y con el Consejo de la Unión Europea, para aproximar la dinámica intergubernamental a la acción política de los representantes políticos regionales y locales, a fin de concebir y aplicar las decisiones europeas. |
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Proseguir con su acción de acercamiento con respecto a las asambleas parlamentarias nacionales y las asambleas legislativas regionales, en particular en el marco del proceso de seguimiento de la subsidiariedad. |
Pide a los Estados miembros:
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Poder participar sistemáticamente en los Consejos, formales o informales, consagrados a las políticas comunitarias que dependen de sus ámbitos de consulta obligatoria, o relacionados, particularmente, con los entes regionales y locales, en el marco de sus competencias. |
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Gozar de acceso a los documentos del Consejo, al igual que el resto de las instituciones europeas que participan en la elaboración de la legislación comunitaria. |
Invita a los Estados miembros:
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A que instauren, cuando no existan posibilidades de representación formal en el seno del Consejo, o en las comisiones preparatorias del mismo, procesos de concertación y de coordinación internos con los entes regionales y locales, a fin de posibilitarles el acceso electrónico al sistema de seguimiento de los Estados miembros para los proyectos legislativos de la UE en fase de preparación, tanto para tener en cuenta sus competencias en el marco de la preparación de la posición nacional como para brindarles la oportunidad de participar en el seguimiento de la subsidiariedad. |
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A reforzar y complementar los mecanismos ya existentes de formación de la posición nacional y de representación formal en el seno del Consejo, para que sean plenamente respetuosos con la distribución de competencias establecida en el ordenamiento constitucional respectivo. |
Organizar la cooperación política
La gobernanza multinivel presupone la lealtad recíproca entre todos los niveles de poder y entre las instituciones para alcanzar los objetivos comunes. El marco institucional resulta fundamental, pero, sin embargo, no es suficiente para garantizar una buena gobernanza. En cambio, es indispensable una buena cooperación entre los distintos niveles de poder político y las instituciones: se trata de una cooperación basada en la confianza, y no en la confrontación de las distintas legitimidades políticas y democráticas.
La democracia europea se vería reforzada mediante una cooperación interinstitucional más inclusiva y flexible y una cooperación política más constante entre los distintos niveles de poderes; los partidos políticos europeos constituyen, además, un elemento especialmente importante para reforzar la esfera política europea y ayudar así a desarrollar la cultura política de la gobernanza multinivel.
La naturaleza política del Comité de las Regiones y del Parlamento Europeo hace que sea lógico que ambos colaboren estrechamente, a fin de reforzar la legitimidad democrática del proceso de integración europea, tanto en el contexto de las familias y grupos políticos europeos como en el marco de sus distintos órganos de deliberación (12).
La cooperación interparlamentaria se asienta de manera progresiva como un componente esencial de la legitimidad democrática y del proceso de elaboración de la normativa europea. La gobernanza multinivel es un medio que permite hacer participar más claramente al conjunto de los entes locales y regionales en este proceso. Gracias, en particular, a la propuesta de «alerta precoz» del Tratado de Lisboa, los parlamentos regionales y las asambleas regionales con competencias legislativas participarán directamente en el seguimiento de la aplicación del principio de subsidiariedad.
La propuesta del Tratado de Lisboa se aplica a todos los Estados miembros, pero puede ponerse en práctica de diferentes formas. El CDR insta, por lo tanto, a los Estados miembros donde el Parlamento nacional no disponga de una cámara representativa de los entes territoriales a que prevean la posibilidad de que participen en el proceso de control del principio de subsidiariedad.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Reforzar la cooperación política e institucional con el Parlamento Europeo, para favorecer que se tengan en cuenta las preocupaciones de los ciudadanos en el marco de la concepción y la aplicación de la acción comunitaria. |
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Brindar su apoyo a la iniciativa piloto «Erasmus de los responsables políticos locales y regionales» y cooperar a dichos efectos con el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea, en aras de su desarrollo conceptual y operativo, así como favorecer la instauración de programas de formación y de intercambio de experiencias y de buenas prácticas destinados a los responsables políticos locales y regionales. |
Invita:
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A las juntas de responsables políticos territoriales a consagrar sesiones especiales a la integración europea y a las políticas europeas, así como a asociar a sus debates a los representantes de las distintas instituciones europeas implicadas en la gobernanza compartida. |
El Pacto de los Alcaldes constituye un modelo de referencia para el compromiso activo de los municipios y de las regiones con respecto a la realización de objetivos estratégicos en la Unión Europea y merece verse extendido a otros ámbitos, como el del empleo, la política de integración o la exclusión social.
II. El Pacto de los Alcaldes: comprometerse y cooperar para luchar contra el cambio climático
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El Pacto de los Alcaldes es una iniciativa política que pretende reunir a los alcaldes de los municipios europeos en torno a un objetivo común de reducción de las emisiones de CO2, de aquí a 2020: reducción del 20 % de las emisiones de gases de efecto invernadero, mejora del 20 % de la eficiencia energética y utilización de un 20 % de energías renovables en el consumo energético. |
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Los municipios y las regiones son responsables de más de la mitad de las emisiones de gases de efecto invernadero que se derivan del uso de la energía en las actividades humanas. Resultaba así pues primordial crear el marco apropiado para responsabilizar a los municipios, las regiones y los Estados miembros en la lucha contra el cambio climático. |
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Al firmar este Pacto, los alcaldes se comprometen, voluntariamente, a aplicar un Plan de Acción para la Energía Sostenible en sus comunidades. El Pacto permite crear una red entre las experiencias pioneras, facilitar el intercambio de buenas prácticas e incrementar la sensibilidad de los ciudadanos y de los agentes socioeconómicos locales con respecto a un consumo energético sostenible. |
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El Comité de las Regiones, junto con la Comisión Europea, se moviliza para desarrollar esta iniciativa y propone su extensión a los entes regionales. Es preciso, en efecto, que los planes de acción de los municipios se inscriban en el contexto de los planes de acción regionales y nacionales. |
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A fin de reforzar la eficacia del Pacto de los Alcaldes, resulta asimismo esencial que la movilización política sobre el terreno vaya seguida de respuestas concretas en términos de política y de financiación europeos: los préstamos del Banco Europeo de Inversiones deberían ser fácilmente accesibles para los entes locales y regiones que deseen invertir en los programas de eficiencia energética y de fomento del uso de las fuentes de energía renovables. |
P.D.: En marzo de 2009, alrededor de 470 municipios europeos habían firmado el Pacto y muchos otros habían dado a conocer su intención de hacerlo.
Los entes regionales y locales se han convertido, progresivamente, en actores ineludibles de la política exterior de la Unión Europea, así como de la estrategia de ampliación. Sin duplicar los mecanismos pertinentes a nivel comunitario, el enfoque empírico que ha presidido el desarrollo de las relaciones internacionales de los entes regionales y locales hace de éstos, hoy en día, agentes de la mundialización.
El valor añadido de la participación de los entes territoriales en el proceso de ampliación se demostró con ocasión de las ampliaciones anteriores y debe constituir una referencia para la aplicación de la estrategia actual, a fin de crear una dinámica orientada hacia una democracia duradera a nivel local y regional (13) (14).
También existen ejemplos concluyentes de la pertinencia de la gobernanza multinivel en el enfoque regional de la política europea de vecindad (dimensión mediterránea, Asociación Oriental, Sinergia del Mar Negro, dimensión septentrional), así como en la política europea de Gran Vecindad (dimensión ultraperiférica), cuya vocación consiste en verse brindar el apoyo de una cooperación eficaz a nivel regional y local. Es por ese motivo que la Asamblea Regional y Local Euromediterránea (ARLEM) -integrada en la gobernanza de la Unión para el Mediterráneo-, una Asamblea Local y Regional de Europa Oriental y del Cáucaso Meridional para la Asociación Oriental propuesta por la Comisión Europea, o un Foro permanente territorial de la dimensión septentrional evocado por parte del Comité de las Regiones, pueden aportar una dinámica operativa e integrada a la política europea de vecindad.
III. Entidades regionales y locales asociadas a la Unión para el Mediterráneo
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A fin de dotar a la Asociación Euromediterránea renovada con una dimensión territorial y garantizar una representación política regional y local en su seno, el Comité de las Regiones decidió crear la Asamblea Regional y Local Euromediterránea (ARLEM). |
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Los Jefes de Estado o de Gobierno euromediterráneos, reunidos en París el 13 de julio de 2008, avalaron la iniciativa política del Comité de las Regiones. La ARLEM pretende, pues, completar esta asociación con una dimensión regional y local, garantizando de este modo una representación apropiada de las entidades regionales y locales, así como la participación activa de las mismas en su gobernanza. Permite a las entidades territoriales producir resultados concretos y hacer de esta asociación una realidad tangible de cara a los ciudadanos. |
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La ARLEM consta de un número idéntico de representantes regionales y locales de la Unión Europea y de sus socios mediterráneos, y pretende que se la reconozca como asamblea consultiva de la nueva gobernanza de la Unión para el Mediterráneo. Se centrará, asimismo, en la participación de las entidades territoriales en proyectos concretos en el marco de un gran número de ámbitos, como el desarrollo de las empresas, el medio ambiente, la energía, los transportes, la enseñanza, la cultura, las migraciones, la salud y la cooperación descentralizada. Al favorecer el intercambio de buenas prácticas, fomenta la cooperación territorial y propone nuevas vías de diálogo. |
Por otra parte, el carácter multilateral tradicional, caracterizado por la colaboración entre los Gobiernos nacionales y las Naciones Unidas, evoluciona y se enriquece gracias a la colaboración sistemática de las entidades territoriales. Ante tal constatación, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) ha instaurado «una plataforma destinada a las asociaciones innovadoras» (15).
La gobernanza multinivel brinda, en efecto, un enfoque territorial, en lugar de sectorial, a las estrategias de desarrollo, a fin de lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio, frente a los límites que imponen los enfoques demasiado centralizadores, sectoriales y verticales que han prevalecido durante mucho tiempo en la ayuda al desarrollo (16). La diplomacia de los municipios constituye, por otra parte, otro incentivo para la cooperación política en el marco de la acción exterior de la Unión Europea, que no hay que pasar por alto, dado que permite salvar los obstáculos diplomáticos y políticos más importantes.
Los hermanamientos y los programas de cooperación de las regiones fronterizas se han convertido en una herramienta esencial del proceso de adhesión y de preadhesión, así como en el marco de la política europea de vecindad. En un contexto de mundialización, perpetúan los valores de la integración europea, desarrollando nuevas formas de solidaridad (17).
Al reconocer la aportación de la gobernanza territorial y de la cooperación descentralizada, las instituciones internacionales y europeas han confirmado, en el transcurso de estos últimos años, el papel de los entes regionales y locales en la gobernanza global (18).
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Evaluar las experiencias de las entidades territoriales en el marco de las ampliaciones anteriores, alimentado por la actividad de sus grupos de trabajo sobre los Balcanes Occidentales, Turquía y Croacia, así como la del Comité Consultivo Mixto para la Antigua República Yugoslava de Macedonia. |
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Desarrollar el potencial político y operativo de las asambleas territoriales, para apoyar la política europea de vecindad -e insiste, en lo que a este particular se refiere, sobre la importancia de la cooperación interinstitucional y de la coordinación con el resto de los mecanismos existentes-. |
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Animar, en asociación con la Comisión Europea, la «bolsa de la cooperación descentralizada», en la forma de un portal en Internet, a fin de organizar, mediante recursos virtuales, el intercambio de informaciones entre las entidades territoriales europeas activas en materia de cooperación para el desarrollo, facilitando, de ese modo, la adecuación entre los proyectos de las colectividades territoriales europeas y los de los países en desarrollo (19). |
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Reforzar su posición institucional como órgano de la Unión Europea competente por lo que se refiere al desarrollo de la democracia local y regional en el marco de la política exterior de la Unión, con ocasión de misiones de observación electoral en Europa y en terceros países, así como su cooperación, a dichos efectos, con la Comisión Europea y el Congreso de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa. |
Pide a la Comisión Europea:
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Que se plantee la adopción de una Carta política voluntaria de asociación de las entidades territoriales al proceso de ampliación, la cual constituiría una referencia común para el desarrollo del Instrumento de Ayuda a la Preadhesión con respecto a las necesidades de las entidades territoriales, así como el refuerzo de la cooperación transfronteriza y de la capacidad institucional y administrativa de las estructuras regionales y locales de los países candidatos y potencialmente candidatos (20). |
Estimular la democracia participativa
La gobernanza mundial se estructura, cada vez más, en redes y privilegia una dinámica de cooperación horizontal. Esta evolución resulta propicia para que se tengan en cuenta las numerosas redes activas a nivel local y regional, en Europa y en el mundo. Conectarlas al proceso europeo, a fin de contribuir al éxito de las políticas comunes y a la apropiación de las mismas por parte de los ciudadanos es la tarea que incumbe al Comité de las Regiones con respecto a estos multiplicadores de opinión.
IV. OPEN DAYS: Semana Europea de las Regiones y las Ciudades
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Todos los años, el Comité de las Regiones y la Dirección REGIO de la Comisión Europea organizan, en Bruselas, los «OPEN DAYS: Semana europea de las regiones y las ciudades». En el marco de una asociación interinstitucional ampliada a la Presidencia de la Unión Europea y al Parlamento Europeo, este evento reúne a más de 7 000 participantes y alrededor de 250 asociados. Los socios oficiales de los OPEN DAYS son, por un lado, las regiones y las oficinas regionales instaladas en Bruselas y, por otro, numerosos socios locales como por ejemplo asociaciones y centros de investigación locales. Estos socios son los organizadores principales de los seminarios, los talleres y una parte considerable del programa general de los OPEN DAYS. |
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En torno a un tema vinculado a la agenda comunitaria y a las prioridades europeas de los entes regionales y locales, manifestaciones, seminarios, talleres, actividades destinadas a los medios de comunicación, o exposiciones, reúnen, no sólo a los responsables políticos europeos nacionales, regionales y locales, sino también a expertos y representantes de los medios socioeconómicos, sindicatos, organismos financieros y sociedad civil. |
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Este acto celebrado en Bruselas se acompaña con manifestaciones en las ciudades y regiones asociadas, facilitando, de ese modo, los intercambios de experiencias, la interconexión de las redes y la confrontación de las ideas y competencias (21). |
Las redes, organizaciones y asociaciones de los entes territoriales contribuyen a movilizar a los entes regionales y locales en el marco del proceso europeo, así como a implicarlos en los mecanismos operativos de la cooperación territorial (22). Desde la creación del Comité de las Regiones, la colaboración instaurada con las principales asociaciones europeas y nacionales de entidades territoriales y con determinadas redes temáticas ha permitido establecer una complementariedad entre su papel institucional y el de sus organizaciones. Para desarrollar su trabajo y fomentar los objetivos y medidas establecidos en el Libro Blanco, el Comité de las Regiones se esforzará por colaborar con las asociaciones europeas de entes regionales y locales.
La gobernanza multinivel tiene asimismo gran relevancia con respecto a la promoción de la ciudadanía activa y garantiza una política de comunicación descentralizada más acorde con las expectativas concretas e inmediatas de los ciudadanos, ya que contribuye gradualmente a reducir la distancia con las instituciones comunitarias y los responsables políticos.
La comunicación descentralizada sobre Europa tiene especialmente por objeto favorecer la integración de la dimensión europea en la gestión política del nivel local y regional, facilitar la interacción con los medios de comunicación locales y regionales y utilizar a escala local y regional nuevas tecnologías innovadoras de comunicación, en particular los recursos que aporta el instrumento Web 2.0. Permite, además, impulsar la organización de debates políticos y reuniones públicas sobre Europa en el nivel local y regional, y promover, de este modo, la ciudadanía activa, fomentando la participación en los asuntos europeos.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Desarrollar una colaboración con las redes relevantes a nivel local y regional, las cuales favorecen la interconexión e interacción en la sociedad europea entre las esferas políticas, económicas, asociativas y culturales, así como a informar sobre las mejores prácticas de participación a nivel local y regional. |
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Contribuir a aplicar una verdadera política de comunicación descentralizada, cuyo alcance ha sido reconocido en la Declaración conjunta del Parlamento Europeo, de la Comisión Europea y del Consejo «Comunicar sobre Europa en asociación» (23) y que requiere un compromiso político a todos los niveles por parte de las instituciones de la UE y de los Estados miembros para animar, de modo permanente, el debate europeo en las ciudades y regiones europeas, así como informar sobre las decisiones que se adopten a nivel comunitario. |
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Definir un plan de acción que distinga las herramientas de comunicación en función de los objetivos fijados y de los ámbitos políticos en cuestión, a fin de crear una sinergia entre la comunicación relativa a la estrategia y las políticas comunes, por una parte, y la traducción de las mismas de cara a los ciudadanos, a nivel local y regional, así como de presentar las recomendaciones adecuadas al Grupo Interinstitucional sobre Información (GII) (24). |
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Proponer métodos y herramientas que se activen a nivel local y regional, a fin de reducir el déficit de comunicación y fomentar una mayor cobertura por parte de los medios de comunicación locales y regionales del impacto de las políticas de la Unión Europea sobre la vida cotidiana de los ciudadanos, así como reforzar su potencial de comunicación, información y mediación con respecto a Europa, apoyándose en las nuevas herramientas de comunicación y, en particular, en el instrumento Web 2.0. |
Recomienda:
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La instauración de herramientas apropiadas al apoyo de la democracia participativa, en particular en el marco de la Estrategia de Lisboa, de la Agenda Social, de la Estrategia de Gotemburgo, así como el desarrollo de mecanismos del tipo «Agenda 21 Local», que constituyen mecanismos participativos e integrados de formulación de planes estratégicos a largo plazo (25). |
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Que tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa se estudien las posibilidades de cooperación entre el CDR, los entes locales y regionales y las demás instituciones de la UE, en lo relativo al desarrollo de la herramienta de la iniciativa ciudadana europea, al objeto de explotar su potencial para fomentar un verdadero debate político europeo y aumentar de esta manera la legitimidad del sistema de gobernanza multinivel de la UE. |
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Que se refuerce la educación cívica europea, apoyándose en las competencias de los entes regionales y locales. |
Pide a la Comisión Europea:
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Que tenga en cuenta nuevos parámetros para evaluar la opinión de los ciudadanos europeos (Eurobarómetro), que traduzcan la implicación real de los entes regionales y locales en el funcionamiento de la Unión Europea y en la aplicación de las estrategias y políticas comunes. |
Invita a:
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Los Estados miembros a que apliquen una e-gobernanza más incluyente con respecto a las regiones y ciudades, y a estas últimas a que difundan, a través de sus políticas de comunicación y de sus sistemas de e-gobernanza, una sensibilización por lo que se refiere a los logros de la Unión Europea y los retos de la misma de cara a sus ciudadanos. |
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Las instituciones comunitarias a que instauren una estrategia de comunicación del tipo Web 2.0 y a que usen los nuevos sitios web de socialización, You tube/EU tube. |
4. Reforzar la eficacia de la acción comunitaria
La gobernanza multinivel pretende reforzar la acción comunitaria en los ámbitos que forman parte de las preocupaciones principales de los ciudadanos europeos. En un espacio tan integrado como la Unión Europea, toda intervención comunitaria tiene, en efecto, un impacto directo en los territorios y en sus ciudadanos. Así pues, es esencial la adecuación entre los objetivos comunitarios y el impacto territorial de estas políticas. Las recomendaciones de este Libro Blanco, por consiguiente, tienen por objeto adaptar mejor los objetivos comunitarios a las distintas realidades concretas de gestión y programación a las que se enfrentan los responsables políticos locales y regionales al aplicar las diferentes políticas comunitarias fundamentales.
La elección de los instrumentos pertinentes constituye el criterio primordial para garantizar la eficacia del método comunitario y hacer evolucionar los estándares de la gobernanza europea, dando más importancia a la diferenciación y a la especialización. La articulación de estos instrumentos entre los distintos niveles de poderes se convierte, por consiguiente, en una garantía para la coherencia de la intervención comunitaria. Los procesos de consulta, experimentación y análisis de impacto territorial, el método abierto de coordinación, los instrumentos jurídicos de contractualización, como los pactos territoriales o la Agrupación Europea de Cooperación Territorial, deben desarrollarse, a fin de luchar contra los efectos negativos de la concentración de la toma de decisiones, de la dispersión de la acción y de la dilución de los resultados. Estos mecanismos e instrumentos constituyen nuevas vías para lograr los objetivos estratégicos de la Unión Europea.
Concebir y aplicar las políticas comunes en asociación
Este modo de gobernanza flexible puede adaptarse, con éxito y según mecanismos variables, a las distintas políticas comunes, en función de las características de las mismas. La política de cohesión hace las veces de buena práctica de la gobernanza multinivel y la política medioambiental ha constituido un laboratorio por lo que a determinados mecanismos y prácticas se refiere.
V. La política europea de cohesión: efectos incitativos para las políticas comunitarias
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Desde hace veinte años, la política de cohesión no ha cesado de demostrar su valor añadido y, gracias al desarrollo de proyectos concretos, se ha convertido para el ciudadano en la ilustración de la solidaridad europea. Con el paso de los años, ha evolucionado: creada para acompañar el lanzamiento del mercado único, a fin de garantizar el desarrollo de las regiones más vulnerables, ha permitido atenuar las disparidades socioeconómicas generadas por las ampliaciones sucesivas de la Unión y se ha convertido en una herramienta de primer orden de apoyo de la Estrategia para el Crecimiento y el Empleo en la totalidad de los territorios de la Unión Europea. Recientemente, se ha recurrido a ella para apoyar el Plan Europeo de Recuperación Económica. |
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La política europea de cohesión, que representa actualmente un tercio del presupuesto comunitario, posee un verdadero efecto incitativo en materia financiera y de asociación interinstitucional, que se ve reforzado mediante el recurso a las asociaciones público-privadas y a los instrumentos financieros del Banco Europeo de Inversiones. El efecto incitativo de la Política Europea de Cohesión se traduce, asimismo, en su capacidad para favorecer la sinergia, a nivel europeo, entre las prioridades estratégicas de desarrollo locales, regionales y nacionales. |
Otro aspecto notable del efecto incitativo asociado a la utilización de los Fondos Estructurales consiste en el refuerzo de las capacidades institucionales de las administraciones públicas. Al estimular la capacidad de gestión y harmonizar los procedimientos de las mismas a nivel europeo, la política de cohesión ha favorecido la aplicación de las políticas comunitarias. Para acabar, gracias a las virtudes de la asociación y de la cooperación entre las instituciones públicas y los agentes de la sociedad civil, la política de cohesión ha permitido la instauración de soluciones globales para situaciones dispares en la Unión Europea.
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Para definir una concepción más amplia de la cohesión territorial que tenga en cuenta los nuevos retos a los que se enfrentan las regiones y las entidades locales (globalización, cambio climático, seguridad energética, inmigración…), es necesario que los objetivos concretos a los que se destinan fondos europeos se definan de manera flexible en función de la idiosincrasia de cada territorio y de una estrategia de competitividad y sostenibilidad propia. |
Por añadidura, en los ámbitos de acción política donde no existen competencias explícitas de la Unión Europea, pero en los que las políticas comunitarias tienen repercusiones, como, por ejemplo, en la política de vivienda o en amplios segmentos de los servicios de interés general, la gobernanza multinivel constituye una herramienta que permite entender el carácter transversal de estos ámbitos y superar una lectura demasiado rígida del reparto de competencias para alcanzar objetivos comunes, todo ello respetando la diversidad constitucional y administrativa de los distintos Estados miembros.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Planificar y lanzar iniciativas destinadas a difundir las buenas prácticas en materia de asociación vinculadas a la definición de las prioridades políticas locales, regionales, nacionales y supranacionales en los Estados miembros, así como a brindar su apoyo a todas las iniciativas lanzadas por estos últimos, el Parlamento Europeo y la Comisión Europea, para aplicar el principio de asociación con las entidades regionales y locales, no sólo durante la fase de seguimiento de la ejecución de las políticas, sino también, y ante todo, con ocasión de su elaboración. |
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Proponer mecanismos interinstitucionales que refuercen el carácter político y estratégico de la evaluación de la política europea de cohesión, consolidando los informes elaborados a nivel nacional y regional, en un marco de análisis y de proyección europeo. |
Recomienda que:
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Se consolide la práctica de la asociación, tanto en un sentido vertical entre «entidades territoriales — Gobierno nacional y Unión Europea», como en el horizontal «entidades territoriales — sociedad civil», en particular en el marco del Diálogo Social, garantizando la participación ciudadana a través de los órganos creados al efecto por las distintas administraciones públicas implicadas, especialmente aquellas que por proximidad geográfica y por aplicación del principio de subsidiariedad resultan más cercanas al ciudadano. Mediante esta participación los diferentes colectivos sociales podrán presentar sus valoraciones, opiniones y sugerencias sobre los aspectos de las iniciativas públicas comunitarias. |
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Se simplifiquen y racionalicen los procedimientos administrativos, a fin de instaurar un marco jurídico, administrativo y financiero propicio para la actividad innovadora y de elaborar nuevas herramientas para favorecer la innovación regional y reforzar los modos de financiación (capital de riesgo, inversores providenciales, microcréditos, etc.). |
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Se refuercen las capacidades administrativas de las entidades territoriales, a fin de garantizar una gestión competente de los proyectos e incrementar los intercambios de buenas prácticas en la Unión Europea en materia de gobernanza territorial. |
Pide a la Comisión Europea que:
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Se plantee, en función de los casos, adaptaciones con respecto a las políticas comunitarias, a fin de lograr una asociación reforzada. |
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Favorezca la coordinación entre las intervenciones de los Fondos Estructurales, los Programas Sectoriales y los Programas de Desarrollo Rural. |
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Evalúe los progresos en materia de simplificación y de descentralización de la gestión de los Fondos Estructurales durante el transcurso del periodo 2007-2013, velando, en particular, por el carácter proporcional de las cargas administrativas, en función del tipo y de la envergadura de la intervención, así como por los efectos que éstos generan sobre las entidades regionales y locales. |
Coordinar el proceso europeo
La acción coordinada de los distintos niveles de poderes, por una parte, y la coordinación de las políticas e instrumentos, por otra, resultan indispensables para mejorar la gobernanza europea y la aplicación de las estrategias comunitarias. La crisis económica y el consenso en torno a la necesidad de que la UE responda urgentemente y de forma coordinada no sólo ponen de relieve el carácter fundamental de la coordinación, sino que ilustran asimismo los persistentes problemas que plantea la acción conjunta debido a una falta de coordinación y de confianza mutua. La crisis constituye, por lo tanto, una prueba para el proceso de integración europea. El reto reside en la capacidad de la Unión Europea para coordinar la actuación política destinada a impulsar la recuperación, a fin de proponer una alternativa más equilibrada de desarrollo sostenible y de cohesión territorial, gracias a la cooperación de los distintos agentes, a la implicación directa de los entes regionales y locales y a la utilización de la asociación público-privada (26). Los mecanismos de integración europea, gracias al método comunitario y a una cooperación intergubernamental, deben coordinarse sobre la base de instrumentos de recuperación europea de naturaleza financiera, económica, social y territorial, así como de una coordinación más adaptada de las políticas de gestión de crisis (flexibilidad adicional en el marco de los Fondos Estructurales europeos, el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, ayuda del BEI, etc.) y de salida de la misma (políticas de la innovación, política industrial, etc.) (26).
El método comunitario resulta el más adecuado para garantizar la instauración de la gobernanza multinivel. Sin embargo, y sin poner en tela de juicio su carácter preponderante, el recurso al método abierto de coordinación, que pretende completar el método comunitario basado en el triángulo institucional y la iniciativa legislativa exclusiva de la Comisión, en los ámbitos en que la Unión Europea sólo dispone de competencias de coordinación o de apoyo, se usa desde hace ya varios años. Utilizado caso por caso, y teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad, constituiría un medio para promover la cooperación, intercambiar buenas prácticas y acordar objetivos y orientaciones comunes a los Estados miembros.
Si tenemos en cuenta sus objetivos iniciales, el método abierto de coordinación no ha proporcionado aún el valor añadido que se esperaba y no ha resultado satisfactorio para los entes regionales y locales, que no se encuentran lo bastante implicados. No obstante, estos últimos consideran que, si fuese más incluyente, podría extenderse a otros ámbitos de intervención.
VI. La Plataforma de seguimiento de la Estrategia de Lisboa del Comité de las Regiones
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En 2006, el Comité de las Regiones creó una Plataforma de seguimiento de la Estrategia de Lisboa, que agrupa en la actualidad a más de un centenar de regiones y de ciudades de 26 Estados miembros. Esta red de intercambio y de evaluación realiza el seguimiento de la implicación de los niveles regional y local en la gobernanza de Lisboa, así como de su articulación con respecto a la política de cohesión. |
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En su informe de seguimiento titulado «Conseguir los objetivos de Lisboa gracias a las políticas territoriales coordinadas e integradas», subraya la necesidad de que todos los niveles de gobernanza afectados refuerzen la sincronización y coordinación de sus agendas políticas, e instauren una gama más amplia de instrumentos jurídicos. |
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Con ocasión de la Cumbre Europea de las Regiones y Ciudades de Praga, celebrada los días 5 y 6 de marzo de 2009, el Comité de las Regiones ha lanzado un proceso de consulta sobre la futura Estrategia para el crecimiento y el Empleo, a fin de hacer participar a los entes regionales y locales desde los primeros momentos de la concepción de la misma (www.lisbon.cor.europa.eu). |
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A fin de mejorar las condiciones marco para las empresas, y en particular para las PYME, el Comité de las Regiones tiene la intención de crear un premio innovador destinado a galardonar a las regiones más emprendedoras de la Unión Europea. El sello de «Región europea emprendedora», que se concederá todos los años, representará un incentivo para que las regiones elaboren una planificación estratégica de las reformas económicas y sociales sostenibles a largo plazo, gozando para ello de un amplio apoyo por parte de la población y de las partes locales interesadas. |
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De este modo, el Comité de las Regiones pretende dar un impulso adicional al lanzamiento de la nueva Estrategia para el Crecimiento y el Empleo post-Lisboa, generalizando, a un tiempo, los diez principios de la «Small business Act» de la Unión Europea a nivel local y regional. |
Resulta innegable que la Estrategia de Lisboa carece de coordinación y sigue inscribiéndose en el marco de una acción exclusivamente descendente. La paradoja de Lisboa, que la Plataforma de seguimiento del Comité de las Regiones ha puesto de relieve, demuestra que el nivel de asociación de los entes regionales y locales es insuficiente, y subraya la urgente necesidad de instaurar una Estrategia Comunitaria para el Crecimiento y el Empleo más descentralizada y basada en el potencial de las regiones y ciudades, que constituyen, en razón de sus competencias, los principales promotores de la innovación, investigación y formación en Europa (27).
La recuperación de la economía europea pasa, asimismo, por la consecución de los objetivos de la «Small Business Act» para Europa, la cual debe ser objeto de una asociación con los entes territoriales (28).
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Estudiar las pistas de reflexión en aras de un método abierto de coordinación territorializado, así como a determinar los ámbitos de intervención comunitaria con respecto a los cuales el método abierto de coordinación resultaría el más apropiado para los entes regionales y locales, abordando en particular la política de inmigración y de integración, la innovación y la educación. |
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Presentar al Consejo Europeo, en marzo de 2010, los resultados de la consulta de los entes regionales y locales sobre el futuro de la Estrategia de la UE para el Crecimiento y el Empleo. |
Pide:
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A los Estados miembros que se apoye el método abierto de coordinación mediante planes de acción regionales o locales y, a la inversa, que se favorezca la toma en consideración de los planes regionales y locales en el marco de los planes nacionales y que los mismos se incluyan en acuerdos multiniveles; y, por consiguiente, pide a la Comisión Europea que reconozca la existencia de puntos de contacto regionales y locales en el marco del seguimiento del método abierto de coordinación. |
Invita a la Comisión Europea y a los Estados Miembros:
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A reformar el método abierto de coordinación, para hacerlo más incluyente, mediante el desarrollo en colaboración con los entes regionales y locales de indicadores de gobernanza participativa y de indicadores territoriales (29). |
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A identificar, en estrecha colaboración con los entes regionales y locales, los obstáculos para la aplicación del mercado único con que se enfrentan actualmente las regiones, las ciudades y los municipios, así como las soluciones apropiadas para adaptar el mercado único al contexto económico y social actual. |
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A asociar convenientemente a las regiones y las entidades locales en la revisión de la Estrategia de Lisboa post-2010. |
Elaborar políticas integradas
El enfoque integrado garantiza la eficacia de las políticas comunes. Implica una dimensión vertical que supone una mejor coordinación y cooperación entre los distintos niveles de gobernanza, así como una dimensión horizontal, que impone una aplicación coherente de las políticas sectoriales, a fin de obtener un desarrollo sostenible y garantizar la sinergia con el resto de las políticas relevantes de la Unión Europea.
La aplicación de la cohesión territorial, como objetivo comunitario, resulta, a dichos efectos, fundamental para el futuro de las políticas comunes. El ámbito de aplicación de la cohesión territorial debe, efectivamente, tener en cuenta tres dimensiones: una dimensión correctora, a través de la «reducción de las disparidades existentes» y asegurando la igualdad en el acceso a los servicios públicos esenciales a todos los ciudadanos con independencia del lugar donde residan; una segunda dimensión preventiva, con el fin de «hacer más coherentes las políticas sectoriales que tengan un impacto territorial y buscar en todo caso la potenciación de los recursos endógenos de las zonas menos favorecidas al objeto de garantizar la fijación de la población en estos territorios», y una tercera dimensión incitativa, por medio de la mejora de «la integración territorial» que fomente la cooperación.
La cohesión territorial, que, con el Tratado de Lisboa, se convierte en una competencia compartida entre la Unión Europea y los Estados miembros, debe estar presente en la totalidad de las políticas sectoriales y pasar a encarnar la gobernanza multinivel. Asimismo, la gobernanza urbana resulta esencial para el éxito de la aplicación de estrategias de desarrollo sostenible en las zonas urbanas, no tan solo a fin de coordinar todos los niveles de gobierno, sino también para implicar a los agentes locales. La gobernanza urbana, según un enfoque integral, debe abordar los tres pilares del desarrollo sostenible: el medio ambiente, la economía y las cuestiones sociales, a fin de garantizar una verdadera cohesión social y territorial. Otras políticas comunes resultan asimismo pertinentes para favorecer un enfoque integrado y coherente. Igualmente, los territorios rurales deben dotarse de estrategias integradas basadas en la gobernanza multinivel, dirigidos a favorecer su desarrollo sostenible y su competitividad. Dichas estrategias contemplarán medios para hacer frente a las desventajas naturales a las que se enfrentan estos territorios, así como a los desequilibrios entre estas zonas y las zonas urbanas.
VII. Una política marítima integrada para la Unión Europea
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La elaboración de una política marítima integrada para la Unión Europea representa uno de los escasos ejemplos que existen, a nivel europeo, de una tentativa de enfoque común de varias políticas sectoriales, tomando como base una tipología territorial. El proceso que se inició con el Libro Verde, en 2006, y que se prosiguió con el Libro Azul, ha probado la fuerte movilización de los agentes regionales y locales interesados para llegar a un enfoque integrado en la gestión de las cuencas marítimas: transporte, medio ambiente, energías renovables y desarrollo económico son algunos de los sectores afectados por una política nacida de la ambición de integrar de modo horizontal las exigencias derivadas del desarrollo sostenible y de la seguridad de nuestros mares, que han acabado por reconocerse como recursos naturales y económicos fundamentales para el continente europeo. |
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Esta ambición debe verse acompañada con dispositivos pertinentes para reforzar el efecto federador de una visión política marítima integrada. Sobre este particular, el Comité de las Regiones considera necesario que se revise el dispositivo de financiación de la Unión Europea, mediante la instauración de un sistema simplificado único que agruparía todas las cuestiones marítimas –o la mayoría de ellas– en un Fondo costero e insular europeo y la creación de una plataforma marina europea, que asocie a los entes regionales y locales con los agentes interesados, a fin de disponer de un instrumento que pueda contribuir a que se compartan las competencias y a difundir las buenas prácticas. |
Optimizar la cultura reforzada de la consulta
Desde 2002 se ha ido afianzando una cultura reforzada de la consulta, tal como se preconizaba en el Libro Blanco sobre la gobernanza europea, en el que se reconocía que «la inversión en una buena consulta en la fase inicial puede resultar en una mejor legislación, más rápidamente adoptable y más fácilmente aplicable».
El diálogo entre la Comisión Europea y las partes interesadas en la fase previa a la presentación de propuestas y la adopción de iniciativas políticas adquiere varias formas:
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la consulta en el marco del proceso legislativo, en particular la del Comité de las Regiones como representante institucional de los entes regionales y locales; |
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mecanismos de consulta sectorial que tengan en cuenta las condiciones específicas de intervención de la Unión Europea en sus distintos ámbitos de acción; |
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la instauración de un marco de consulta coherente con normas mínimas de consulta; |
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el diálogo estructurado con las asociaciones de entes territoriales. |
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Desarrollar la cooperación con la Comisión Europea y las asociaciones europeas y nacionales de entes territoriales, en el marco del diálogo estructurado, durante la fase de preparación del programa de trabajo legislativo de la Comisión Europea. |
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Colaborar con las demás instituciones de la UE para desarrollar una evaluación de impacto de sus actividades que sea eficaz, con el fin de reforzar su papel como órgano consultivo de acuerdo con los Tratados y demostrar el valor añadido que aporta al proceso decisorio de la UE. |
Pide a la Comisión Europea:
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Que informe sobre el seguimiento de sus recomendaciones políticas, mediante preguntas orales y escritas. |
Legislar mejor
La coordinación del proceso legislativo propuesto en el Plan de acción para legislar mejor y respaldada por el acuerdo interinstitucional «Legislar mejor», adoptado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea en 2003, debe tener en cuenta plenamente la contribución de los entes regionales y locales y los instrumentos jurídicos y políticos que estos preconizan en su estrategia de mejora de la legislación.
Ya en los Tratados vigentes, y en espera de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, los dispositivos internos y los mecanismos comunitarios existentes permiten instaurar un enfoque concertado y coordinado del seguimiento y control del principio de subsidiariedad. Por otra parte, en cierto número de Estados miembros se ha iniciado un proceso interno de reforma, que consolida la intervención de las asambleas legislativas regionales en los mecanismos que se preconizan en el Protocolo sobre la Aplicación de los principios de Subsidiariedad y Proporcionalidad del Tratado de Lisboa, a fin de que las mismas actúen como partes integrantes del dispositivo parlamentario de sus países respectivos, o de las cámaras de los Parlamentos nacionales. Esta tendencia podría extenderse, siempre que se respeten las estructuras constitucionales nacionales
Por otra parte, la capacidad de los entes regionales y locales para comprender el Derecho comunitario debe verse afianzada, a fin de reforzar la seguridad jurídica en la Unión Europea y de facilitar la correcta transposición de la legislación comunitaria. Sobre este particular, la necesidad de implicar de modo más adecuado a los entes regionales y locales se desprende del hecho de que los efectos de una directiva o de un reglamento comunitarios pueden variar considerablemente de un Estado miembro a otro, en función de su organización territorial interna, del grado de autonomía del que gocen los entes regionales y locales y de la extensión de sus competencias. Las dificultades que se plantearon con ocasión de la transposición de las Directivas «Vertido de residuos» (30) y «adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios» (31) constituyen ejemplos significativos de la pertinencia de implicar a los entes regionales y locales durante la totalidad del proceso de elaboración de la normativa comunitaria (32).
Las evaluaciones de impacto de las propuestas de legislación comunitaria constituyen un instrumento importante para legislar mejor a nivel comunitario. En la evaluación de impacto debe prestarse atención a la aplicación y la ejecución de la normativa. En este sentido, es muy importante que en las evaluaciones de impacto que está llevando a cabo actualmente la Comisión se dé una relevancia fundamental al aspecto territorial de la nueva legislación. Para ponderar adecuadamente este aspecto territorial, los servicios de la Comisión deberán determinar en una etapa temprana las consecuencias que la nueva legislación tendrá para los entes regionales y locales, y el Comité de las Regiones puede desempeñar un papel importante a este respecto.
VIII. La Red de Seguimiento de la Subsidiariedad del Comité de las Regiones: un instrumento pertinente para reforzar la responsabilidad democrática y la participación en el proceso legislativo de la Unión Europea
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El principio de subsidiariedad aspira a garantizar que, en los ámbitos de competencia no exclusiva de la Comunidad, las decisiones se adopten al nivel más pertinente. Así pues, en estos ámbitos, se deben efectuar pruebas de oportunidad, a fin de garantizar que la acción comunitaria se justifica dadas las opciones disponibles a los niveles nacional, regional o local. |
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La Red de Seguimiento de la Subsidiariedad creada por el Comité de las Regiones, que agrupa actualmente a 96 miembros (entes regionales y locales, Parlamentos nacionales y regionales, asociaciones de entes territoriales) realiza consultas en línea, a través de su sitio Internet. Sus objetivos son los siguientes: |
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Organizar consultas entre los asociados de la red acerca de documentos y propuestas de la Comisión Europea, que contribuyen a analizar la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad, así como a evaluar el impacto de las medidas propuestas. De este modo, la red facilita la comunicación entre los entes regionales y locales y el Comité de las Regiones, por lo que se refiere al proceso legislativo europeo. |
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Servir como punto de información que permite a los entes regionales y locales tener acceso, de modo más rápido, a las informaciones que les interesan, en relación con la Unión Europea, y que les brinda un canal adicional para hacer oír sus voces. |
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Ayudar al Comité de las Regiones a ampliar su base de consulta, dándole acceso a las estructuras políticas y administrativas de las regiones y ciudades de Europa, y poniendo recursos a la disposición de sus ponentes. |
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Implicar a los miembros de la Red de Seguimiento de la Subsidiariedad en los futuros estudios de impacto territorial de las propuestas de la Comisión, y ello en una fase precoz del proceso prelegislativo. |
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Reforzar su implicación en el proceso de seguimiento del plan de acción «Legislar mejor» y a desarrollar su proceso político interno y sus consultas, a través de plataformas interactivas, a fin de recabar informaciones fiables sobre la toma en consideración de la dimensión local y regional en la normativa en proceso de elaboración. |
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Consolidar sus relaciones interinstitucionales, durante todo el transcurso del proceso legislativo, con el Consejo, la Comisión Europea y el Parlamento Europeo. |
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Desarrollar con los Parlamentos nacionales y las asambleas legislativas regionales un modus operandi , a fin de hacer valer la posición de los entes regionales y locales en todos los Estados miembros, tanto en la fase ex ante como en el marco del sistema de alerta precoz (33). |
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Contribuir a los trabajos del Grupo de Alto Nivel para la Reducción de Cargas Administrativas, compuesto por partes interesadas independientes, y a pronunciarse sobre las sugerencias que éste presente, así como a plantearse, a raíz de estas últimas, la creación de un Grupo de Alto Nivel de Entes Territoriales. |
Pide:
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Que el acuerdo interinstitucional «Legislar mejor» celebrado entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea se vea completado con un protocolo de acuerdo con el Comité de las Regiones, en particular, sobre la aplicación de determinados mecanismos de evaluación y de consulta. |
Pide a la Comisión Europea:
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Que mantenga sus esfuerzos de simplificación del marco regulador, en particular, por lo que se refiere a la política de cohesión, y que cree un capítulo regional en los planes de acción nacionales de simplificación de la normativa. |
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Que facilite un acceso simplificado para los entes regionales y locales a la comitología y a los grupos de expertos encargados de aplicar el plan de acción «Legislar mejor» (34) (35). |
Invita a los Estados miembros:
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A instaurar un dispositivo de consulta de los entes regionales y locales, con miras a facilitar la transposición de la legislación europea. |
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A garantizar que en la transposición y aplicación de la legislación europea se respeta la distribución interna de competencias. |
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A dar seguimiento, en el marco del Consejo de Europa, a la propuesta de elaborar una Carta de la Democracia Regional. |
Evaluar el impacto territorial de la intervención comunitaria
Los mecanismos de evaluación permiten determinar que las decisiones se tomen y se apliquen en el nivel conveniente, identificar los instrumentos políticos adecuados y definir el ámbito y la intensidad de la intervención comunitaria. Un trabajo esencial se abre para definir la noción de impacto territorial, determinar los objetivos comunes susceptibles de adaptarse a las especificidades de los territorios y desarrollar indicadores cuantitativos y cualitativos idóneos. Por añadidura, este trabajo podría contribuir a proporcionar un contenido concreto al principio de cohesión territorial.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Reforzar la cooperación con la Comisión Europea en el marco de la aplicación de su acuerdo de cooperación, a fin de transmitir dictámenes motivados de los entes regionales y locales sobre el análisis de impacto de las propuestas de la Comisión en una fase precoz del proceso legislativo. |
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Con el apoyo del Comité de Análisis de Impacto de la Comisión Europea, instaurar un «Grupo de Alto Nivel» técnico, encargado de evaluar el impacto territorial de las grandes políticas comunitarias, a fin de adoptar medidas susceptibles de mejorar la normativa, de simplificar los procedimientos administrativos y de incrementar la aceptación de las políticas comunitarias por parte de los ciudadanos. |
Recomienda:
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La sistematización del análisis del impacto territorial, gracias a la implicación, desde la fase inicial de la decisión política, de los distintos agentes interesados, de manera que englobe las repercusiones económicas, sociales y medioambientales de las propuestas legislativas y no legislativas comunitarias relativas a los territorios. |
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Que se refuercen los mecanismos de evaluación del impacto territorial cuando se propongan modificaciones sustanciales de las propuestas iniciales durante el proceso legislativo. |
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Que se favorezcan las condiciones de la evaluación ex post, a fin de que el impacto local y regional de determinadas Directivas, e incluso la transposición y la ejecución a nivel regional y local de los actos legislativos europeos, sean examinados y tomados en consideración en el informe de evaluación de impacto de la Comisión. |
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Que las estadísticas europeas y nacionales reflejen la diversidad de la realidad territorial, a fin de tener en cuenta, de modo más preciso, el impacto de las políticas sobre los territorios. |
Pide a la Comisión Europea:
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Que sus distintos cuadros de indicadores destinados a medir el progreso de determinadas políticas clave para la integración europea incluyan la variable de la gobernanza multinivel, a fin de evaluar el impacto real de la intervención comunitaria, y sobre este particular, pone de relieve la necesidad de reforzar la dimensión regional y local del Cuadro de indicadores del mercado interior. |
Desarrollar el potencial de la cooperación territorial
El refuerzo de la cooperación territorial resulta necesario para alcanzar los objetivos de la cohesión económica, social y territorial. En los próximos años deberán impulsarse de manera resuelta las oportunidades de colaboración vertical y horizontal garantizadas por un marco político, jurídico y financiero de cooperación transnacional que permita la colaboración entre varios territorios de distintos Estados europeos.
En efecto, en un marco geográfico, la cooperación permite a las autoridades políticas y a las administraciones de distintos niveles colaborar y fomentar intereses comunes, al tiempo que mejoran las condiciones de vida de las poblaciones interesadas y se ponen en común recursos y competencias.
Las perspectivas de consolidación de la Agrupación Europea de Cooperación Territorial y la revisión de su reglamento incitan al Comité de las Regiones a formular propuestas para optimizar el valor añadido de este instrumento.
IX. La Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT)
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La AECT es una nueva herramienta jurídica comunitaria (Reglamento (CE) no 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre la Agrupación europea de cooperación territorial) que tiene por objeto estabilizar la cooperación territorial entre los distintos niveles de Gobierno y a través de las fronteras, y que resulta particularmente pertinente en la perspectiva de reforzar la política de cohesión territorial. Una treintena de AECT están siendo creadas en Europa y seis se encuentran ya en actividad. |
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La dimensión de la gobernanza multinivel es la protagonista del proceso de lanzamiento, de establecimiento y de gestión de una AECT. En efecto, esta última permite asociar, según una geometría institucional variable, a las autoridades públicas, en virtud de los niveles de competencias de las mismas, así como fomentar una asociación ampliada con los operadores socioeconómicos. Los sectores de aplicación de la AECT, habida cuenta de las experiencias emergentes, resultan variados: de la salud a la protección civil, del desarrollo económico a la protección y promoción de los recursos naturales, de la formación a la política de investigación e innovación, etc. |
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El Comité de las Regiones trabaja de modo concertado con los entes territoriales, la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y los Estados miembros, a fin de optimizar el potencial de esta herramienta, y de facilitar la creación de un espacio público de comunicación, información, análisis, investigación y creación de una red de competencias. |
La estrategia interna de la Unión Europea se orienta, asimismo, hacia el desarrollo de macrorregiones. Este enfoque innovador exige, sin embargo, una gran coherencia en cuanto a su concepción e integración en el proceso europeo y debe, imperativamente, verse respaldado mediante un modo de gobernanza multinivel que defina un nuevo tipo de asociación que aproxime las acciones estratégicas de las políticas internas y externas de la Unión. Las lecciones extraídas de la instauración de la Estrategia del Mar Báltico y el próximo lanzamiento de la Estrategia para el Danubio así como las posibilidades del Plan de Gran Vecindad configurado para las regiones ultraperiféricas resultarán esenciales para determinar la pertinencia de estas macrorregiones por lo que se refiere a la gobernanza europea, al desarrollo de la cooperación territorial y al objetivo de cohesión territorial.
X. La Estrategia para la región del Mar Báltico
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La Estrategia para la región del Mar Báltico pretende renovar la cooperación en esta cuenca marítima, a fin de mejorar el estado medioambiental de la región, fomentar su desarrollo económico sostenible, e incrementar sus niveles de accesibilidad y seguridad. Esta Estrategia integrada participativa, en proceso de elaboración, constituye un caso ejemplar de aplicación de políticas plurisectoriales, activadas por parte de diversos agentes y centradas en torno a una macrorregión europea. Pretende integrar las distintas líneas de programación y financiación, a nivel europeo, nacional e infranacional, con la posibilidad de incidir sobre los programas de la política de cohesión como marco de referencia. |
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La gobernanza determinará el grado de éxito de esta Estrategia. Su desarrollo requiere, en efecto, un enfoque a varios niveles, con una cooperación reforzada entre el nivel europeo, el nacional, el regional y el local, así como a nivel transfronterizo y entre los sectores público y privado (36). |
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Evaluar la pertinencia de las estrategias de desarrollo macrorregional, a la luz de la implicación de los entes regionales y locales en sus fases de concepción, elaboración, aplicación, comunicación a los ciudadanos y evaluación, así como en sus planes de acción respectivos y, en este caso, a reivindicar una dotación suficiente en el presupuesto comunitario para los recursos y mecanismos de financiación adecuados. |
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Cooperar con la Comisión Europea, los Estados miembros y el resto de las instituciones interesadas para entablar una acción sólida de comunicación y de apoyo operativo con vistas a la instauración de nuevas AECT, así como para el intercambio de buenas prácticas en el marco de las ya existentes. |
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Contribuir en la perspectiva de la eventual revisión del Reglamento (CE) no 1082/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006 sobre la Agrupación europea de cooperación territorial (AECT) en base a la experiencia de su Grupo de Expertos (37), en particular, con vistas a una mayor integración de los asociados socioeconómicos, a la facilitación de la aplicación en las fronteras exteriores de la Unión Europea, a una flexibilidad más importante por lo que se refiere a los procedimientos de creación, a la inclusión de una referencia en los principales textos normativos europeos altamente afectados por la dimensión transfronteriza (por ejemplo, la salud transfronteriza), a la previsión de medidas de estímulo, incluyendo incentivos jurídicos, económicos y financieros, tanto a nivel europeo como a nivel nacional, y al fomento de esta herramienta en el ordenamiento jurídico comunitario europeo. |
Recomienda
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Que se asignen recursos adicionales a los tres capítulos de la cooperación territorial, dada la incontestable contribución al proceso de integración europea de la misma. |
Pide:
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A la Comisión Europea que enuncie en su próximo informe de evaluación/revisión del Reglamento AECT las pistas que se plantea a fin de explotar plenamente esta herramienta jurídica. |
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A la Comisión Europea y a los Estados miembros que refuercen la sensibilización sobre esta herramienta, intensificando de manera muy significativa la información interna en el seno de sus direcciones generales y ministerios y poniendo de relieve su plusvalía. |
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A los Estados miembros que colaboren lealmente con las regiones y las entidades locales en los procesos de creación de AECT para que estos se desarrollen y concluyan diligentemente respetando plenamente la letra y el espíritu del Reglamento 1082/2006. |
Fomentar métodos de gobernanza innovadores y asociativos
Las transformaciones económicas, tecnológicas y de la sociedad imponen que se haga evolucionar las mentalidades y las prácticas. El método comunitario merece verse enriquecido a través de prácticas innovadoras y experimentales, que saquen partido de la experiencia y de las competencias de los responsables políticos regionales y locales, que son los que aplican más a menudo las políticas comunes y la normativa comunitaria.
Sobre este particular, la experimentación constituye un instrumento de buena gobernanza que permite aplicar medidas a pequeña escala, con objeto de probar sus efectos para su posible generalización si se demuestra su eficacia y basar la decisión de los responsables políticos en datos ya comprobados en lo que respecta a su impacto territorial.
Por otra parte, la contractualización, que ha generado en el marco de la política regional comunitaria un fenómeno de apropiación de las prioridades estratégicas europeas por parte de los niveles nacionales, regionales y locales, y que ha reforzado, asimismo, la coordinación de las políticas públicas instauradas, así como sus capacidades administrativas, merecería verse ampliada a otras políticas europeas.
A fin de poner en práctica la gobernanza multinivel, el Comité de las Regiones:
Se compromete a:
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Presentar propuestas destinadas a apoyar el recurso a la experimentación a nivel local y regional en determinados ámbitos de intervención de la Unión Europea, como la Estrategia para el Crecimiento y el Empleo, la Agenda Social, la política de integración, la política para la innovación, la política de cohesión, el desarrollo sostenible o la protección civil. |
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Desarrollar pistas de acción, con miras a recurrir más a menudo al método de experimentación controlada, a fin de comprender los efectos de las reformas de gran envergadura de las políticas comunes, y en particular, de la política agrícola común. |
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Defender la perspectiva de celebración de contratos de objetivos, como así se planteaba ya en 2001, proponiendo que se reajusten las modalidades políticas y jurídicas de aplicación, sobre todo a través de instrumentos tripartitos flexibles y diversificados. Para ello deberá tenerse plenamente en cuenta en particular la autonomía institucional y procedimental de los Estados miembros en lo que respecta a la transposición y también, sobre todo, la ejecución del Derecho comunitario. |
Recomienda:
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El establecimiento de Pactos Territoriales Europeos, capaces de asociar, de modo voluntario, a los distintos niveles de gobierno competentes, a fin de adaptar la aplicación de los grandes objetivos y prioridades políticos de la Unión Europea, sobre bases asociativas con los entes regionales y locales (38). |
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Prever que los Pactos Territoriales Europeos incluyan los compromisos de una institución o agencia de la Unión Europea, de las autoridades nacionales y de una o varias entidades territoriales, la identificación de objetivos políticos europeos que se deban lograr, su plasmación en realizaciones concretas en el territorio en cuestión, un sistema de seguimiento y, por último, la definición de una estructura presupuestaria que agrupe las contribuciones de las distintas partes, necesarias para su realización. |
Invita:
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A orientar la reflexión en torno a la cuestión de la financiación de los Pactos Territoriales Europeos hacia sinergias posibles entre, por una parte a nivel europeo, las líneas presupuestarias existentes en los ámbitos correspondientes y los Fondos Estructurales y, por otra parte a nivel local, regional y nacional, las líneas presupuestarias disponibles; y esto sin que se establezca un instrumento financiero adicional de la política regional comunitaria, y sin solicitar recursos financieros complementarios a dichos efectos. |
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A los entes territoriales interesados, a que se comprometan en dicho proceso y a manifestarle su interés al respecto en el marco de la consulta que se ha iniciado acerca de la aplicación del Libro Blanco. |
5. Aplicación y seguimiento del Libro Blanco
Al publicar este Libro Blanco, el Comité de las Regiones ha tomado la iniciativa de presentar su concepto del método comunitario, basado en un modo de gobernanza que asocia a los entes territoriales a la elaboración y aplicación de las políticas comunitarias. Esta visión se basa en los avances realizados a raíz del Libro Blanco sobre la gobernanza europea de la Comisión Europea, que se aprobó en 2001, y expone el interés y los retos de una gobernanza compartida en Europa. El desarrollo de una cultura europea de la gobernanza multinivel es un reto permanente. Así pues, evaluará con regularidad los progresos registrados por lo que a su aplicación se refiere y presentará, cada tres años, un informe sobre el estado de seguimiento de la gobernanza multinivel en la Unión Europea.
A partir de la publicación del Libro Blanco, el Comité de las Regiones iniciará un proceso de concertación con las instituciones comunitarias, a fin de concretar las pistas y compromisos que aquí se presentan.
Abre, asimismo, una consulta general destinada a recabar el punto de vista de las autoridades, asociaciones y partes interesadas, e invita a las mismas a presentarle sus observaciones acerca de la mejor manera de aplicar la gobernanza multinivel en Europa. Los comentarios podrán remitirse, hasta el 30 de noviembre de 2009, a la dirección siguiente:
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Comité des régions de l'Union européenne |
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Cellule de prospective |
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Bureau VMA 0635 |
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Rue Belliard/Belliardstraat 101 |
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1040 Bruxelles/Brussel |
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BELGIQUE/BELGIË |
o por correo electrónico: governance@cor.europa.eu (39)
En base a los resultados de la consulta general y de las lecciones aprendidas en el marco de su concertación con las Instituciones y partes interesadas, el Comité de las Regiones elaborará un plan de acción destinado a poner en práctica sus recomendaciones.
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
(1) Declaración con ocasión del quincuagésimo aniversario de la firma de los Tratados de Roma, Berlín, 25 de marzo de 2007.
(2) Declaración por Europa del Comité de las Regiones DI/CDR 55/2007 fin.
(3) Las entidades territoriales representan:
16 % del PIB de la UE de los 27;
1/3 del gasto público;
2/3 de la totalidad del gasto en inversiones públicas;
56 % del empleo público (cifras Dexia).- http://www.dexia.be/fr/particulier/press/pressrelease20090205-localauthorities.htm
(4) En su informe de 17.9.2008 sobre gobernanza y asociación a nivel nacional y regional, y una base para proyectos en el ámbito de la política regional (A6- 0356/2008), el Parlamento Europeo «pide al Comité de las Regiones que refuerce sus acciones para desarrollar la práctica de la gobernanza tanto cuantitativa como cualitativamente».
(5) El proceso de elaboración de este Libro Blanco ha sido objeto de una contribución del mundo académico, a través de los Talleres del Comité de las Regiones (www.cor.europa.eu/ateliers), así como de la consulta preliminar de las principales asociaciones europeas de entidades territoriales.
(6) Informe del Parlamento Europeo sobre gobernanza y asociación a nivel nacional y regional, y una base para proyectos en el ámbito de la política regional (A6- 0356/2008).
(7) Eurobarómetro: Comité de las Regiones: http://www.cor.europa.eu/ y Comisión Europea: http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb_special_en.htm.
(8) Libro Blanco de la Comisión Europea COM(2001) 428 final.
(9) El Comité de las Regiones y el Congreso de los Poderes Locales y Regionales del Consejo de Europa cooperan a dichos efectos, en el marco de un acuerdo de cooperación.
(10) En su Libro Blanco sobre la gobernanza europea, la Comisión Europea proponía un método comunitario renovado como método para el futuro, indicando que resultaba preciso «garantizar que la Comisión proponga y ejecute las políticas, el Consejo y el Parlamento Europeo adopten las decisiones, y los agentes nacionales y regionales participen en el proceso político de la UE». COM(2001)428 final.
(11) En su informe «Hacer de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea una realidad», encargado por el Comité de las Regiones a la Universidad de Birmingham, se emiten las primeras propuestas para favorecer la sensibilización de los ciudadanos con respecto a sus derechos, y se presentan ejemplos de buenas prácticas aplicadas por parte de los entes territoriales. CDR 776/2008.
(12) En su Opinión sobre las nuevas competencias del Parlamento Europeo y sus responsabilidades en aplicación del Tratado de Lisboa, la Comisión de Desarrollo Regional de dicha Institución pone de relieve la importancia de sus relaciones con el Comité de las Regiones. PE 404.556 v02-00 (30.05.2008).
(13) Dictamen del Comité de las Regiones sobre «El valor añadido de la participación de las entidades locales y regionales en el proceso de ampliación». CDR 93/2008 fin.
(14) La Asociación Ciudades y Gobiernos Locales Unidos (CGLU) publica con regularidad informes relativos a la descentralización y a la democracia local en el mundo.
(15) ART GOLD es una iniciativa de cooperación internacional, que asocia los programas y actividades de las distintas agencias de las Naciones Unidas (PNUD, UNESCO, UNIFEM, FENU, OMS, UNORS y otras) en favor de un nuevo multilateralismo.
(16) El Foro Global de Asociaciones de Regiones (FOGAR) y la FAO han firmado un «memorandum of understanding» (memorando de entendimiento).
(17) El, Consejo de Municipios y Regiones de Europa (CCRE) ha creado un portal en Internet para favorecer los hermanamientos. www.twinning.org.
(18) Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Autoridades locales: agentes del desarrollo. SEC(2008)2570.
(19) Proyecto de Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Las autoridades locales: agentes del desarrollo», CDR 312/2008 rev. 1.
(20) Proyecto de Dictamen del Comité de las Regiones sobre «El valor añadido de la participación de las entidades locales y regionales en el proceso de ampliación» CDR 93/2008 fin.
(21) http://ec.europa.eu/regional.policy/conferences/od2009/index.cfm
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La Asamblea de las Regiones de Europa (ARE) ha instaurado un programa de cooperación interregional, cuyo objetivo consiste en desarrollar una conciencia europea, promover la Europa de las regiones y movilizar a las empresas regionales para que acojan estudiantes en prácticas. |
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La Asociación Europea de Autoridades Políticas de Regiones de Montaña (AEM) desarrolla un proyecto de cooperación interregional entre las regiones de montaña, en el marco del programa INTERREG. |
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La Asociación de Regiones Fronterizas Europeas (ARFE) ha creado una red de regiones transfronterizas, basada en el intercambio de buenas prácticas, a fin de desarrollar propuestas concretas que puedan realizarse en el marco de los programas comunitarios. |
(23) Decisión del Parlamento Europeo, de 9 de octubre de 2008, sobre la aprobación de la declaración conjunta relativa a «Comunicar sobre Europa en asociación» y Declaración conjunta del Parlamento Europeo, de la Comisión y del Consejo (P6Ta(2008) 0463).
(24) El Comité de las Regiones ya propone, actualmente, un caja de herramientas de comunicación a los miembros del Comité de las Regiones y a las entidades regionales y locales, para explicar las políticas de la Unión Europea a los ciudadanos. CDR 234/2008 fin.
(25) A raíz de una iniciativa que se lanzó en 2002, con ocasión de la Cumbre de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible, la Conferencia de Regiones Periféricas Marítimas de Europa (CRPM) y el FOGAR (Foro Global de Asociaciones de Regiones) se han convertido en miembros activos de la Red de Gobiernos Regionales por el Desarrollo Sostenible (nrg4SD).
(26) Conclusiones de la Cumbre Europea de Regiones y Ciudades, Praga, 5 y 6 de marzo de 2009, CDR 86/2009 fin.
(27) Con el apoyo de la Comisión Europea, a través del sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, EUROCITIES lleva a cabo un proyecto que facilita el intercambio de buenas prácticas, las competencias y la aplicación en el desarrollo urbano sostenible.
(28) Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Pensar primero a pequeña escala» — «Small Business Act» para Europa: Iniciativa en favor de las pequeñas empresas, 12 y 13 de febrero de 2009. CDR 246/2008 fin.
(29) «El Comité de las Regiones preconiza la puesta a punto de nuevas herramientas y, en particular, de indicadores para conocer las necesidades de poner en práctica la cohesión territorial, incluso a través de análisis infrarregionales». Dictamen del Comité de las Regiones sobre el «Cuarto informe sobre la cohesión económica y social» (CDR 274/2008 fin.).
«Para desarrollar estrategias regionales y respuestas políticas adecuadas, hay que disponer de instrumentos adecuados que permitan considerar las disparidades territoriales en las políticas públicas (por ejemplo, la renta per cápita disponible para tener en cuenta las transferencias, en complemento del PIB/habitante, los ingresos tributarios, la accesibilidad a distintos servicios (transportes, distribución de energía, sanidad, educación), la estructura demográfica y el asentamiento de la población (datos sobre la dispersión del asentamiento, el grado de envejecimiento y el grado de dependencia) o incluso la creación de índices sintéticos de desarrollo humano». Dictamen del Comité de las Regiones «Libro Verde sobre la Cohesión Territorial» (CDR 274/2008) fin.
(30) Directiva 1999/31/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, relativa al vertido de residuos — DO L 182 de 16.7.1999, pp. 1–19; Directiva 2006/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 abril de 2006, relativa a los residuos — DO L 114 de 27/04/2006, pp. 0009 — 0021.
(31) Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre la coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios. DO L 134 de 30.4.2004, pp. 114–240.
(32) Se ha encargado un estudio al Instituto Europeo de Administración Pública (EIPA), sobre el tema «Impacto del Derecho comunitario a nivel local», en el que se estudiarán, en particular, estos dos casos prácticos y cuyos resultados serán presentados ante el Grupo de Alto Nivel sobre la Gobernanza y la Unión Europea, bajo la Presidencia sueca, en octubre de 2009.
(33) La Conferencia de las Asambleas Legislativas Regionales Europeas (CALRE) ha creado una red a nivel técnico y político sobre el seguimiento de la aplicación del principio de subsidiariedad.
(34) Informe del Seminario de Alto Nivel sobre la Gobernanza Local (Biarritz, 14-16 septiembre de 2008).
(35) La Conferencia de Presidentes de Regiones con Poder Legislativo (REGLEG) organiza intercambios de buenas prácticas sobre la participación de expertos representantes de las regiones dotadas de poder legislativo en el marco del procedimiento de comitología y en los grupos de expertos de la Comisión, así como en los grupos de trabajo del Consejo.
(36) Dictamen del Comité de las Regiones sobre «El papel de los entes locales y regionales en el marco de la nueva estrategia para la región del Mar Báltico». CDR 381/2008 fin.
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realizar el seguimiento y encargarse de la aplicación de las disposiciones del Reglamento a nivel de los Estados miembros; |
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facilitar el intercambio de experiencias en relación con la creación de AECT a nivel territorial y compartir los conocimientos en materia de buenas prácticas relativas a las mismas; |
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realizar el seguimiento y encargarse de la aplicación de las disposiciones del Reglamento a nivel de los Estados miembros; |
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facilitar el intercambio de experiencias en relación con la creación de AECT a nivel territorial y compartir los conocimientos en materia de buenas prácticas relativas a las mismas; |
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definir los usos posibles de las AECT como herramienta de desarrollo territorial; |
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realizar el seguimiento y encargarse de la aplicación de las disposiciones del Reglamento a nivel de los Estados miembros; |
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facilitar el intercambio de experiencias en relación con la creación de AECT a nivel territorial y compartir los conocimientos en materia de buenas prácticas relativas a las mismas; |
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definir los usos posibles de las AECT como herramienta de desarrollo territorial; |
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realizar el seguimiento y encargarse de la aplicación de las disposiciones del Reglamento a nivel de los Estados miembros; |
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facilitar el intercambio de experiencias en relación con la creación de AECT a nivel territorial y compartir los conocimientos en materia de buenas prácticas relativas a las mismas; |
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definir los usos posibles de las AECT como herramienta de desarrollo territorial; |
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mejorar la comunicación por lo que se refiere a las posibilidades y retos relativos a las AECT a nivel territorial. Sitio web: www.cor.europa.eu/egtc.htm. |
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realizar el seguimiento y encargarse de la aplicación de las disposiciones del Reglamento a nivel de los Estados miembros; |
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facilitar el intercambio de experiencias en relación con la creación de AECT a nivel territorial y compartir los conocimientos en materia de buenas prácticas relativas a las mismas; |
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definir los usos posibles de las AECT como herramienta de desarrollo territorial; |
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mejorar la comunicación por lo que se refiere a las posibilidades y retos relativos a las AECT a nivel territorial. Sitio web: www.cor.europa.eu/egtc.htm. |
(38) Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «La aplicación de los Pactos Territoriales Europeos: propuesta de revisión de los contratos y convenios tripartitos». CDR 135/2006 fin.
(39) El proceso de seguimiento del Libro Blanco se acompañará de las actividades de los Talleres del Comité de las Regiones: www.cor.europa.eu/ateliers
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/28 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre «un año después de Lisboa: la Asociación África-UE en marcha» y «La UE, África y China: hacia el diálogo y la cooperación trilaterales»
(2009/C 211/02)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
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celebra los esfuerzos realizados por los agentes europeos y africanos desde el lanzamiento de la Estrategia conjunta UE-África y subraya la necesidad de proseguir, acelerar, reforzar y ampliar las iniciativas ya emprendidas en el marco de las ocho asociaciones; |
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— |
propone que el CDR participe en el trabajo de los grupos encargados de llevar a cabo las asociaciones temáticas, en particular la gobernanza, los ODM, el cambio climático, la migración, la movilidad y el empleo; subraya la necesidad de dotar a la UE de instrumentos estadísticos y de evaluación sobre las medidas de cooperación descentralizada emprendidas por los ELR; recuerda que las Asambleas de la cooperación descentralizada han de ser un lugar privilegiado de diálogo y reflexión entre la Comisión y el CDR y que, en este marco, conviene conceder un lugar particular a las relaciones UE-África, |
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— |
acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión sobre la cooperación entre la UE, África y China; recuerda las divergencias de objetivos y medios que existen actualmente entre la políticas de ayuda al desarrollo realizadas por la UE y China en el continente africano; estas divergencias hacen tanto más necesaria una cooperación reforzada; manteniendo al mismo tiempo los elevados criterios de buena gobernanza y respeto de los derechos humanos; |
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— |
considera conveniente, desde ahora, fijar las modalidades de participación de los ELR africanos, europeos y chinos en el diálogo trilateral UE-África-China, y, en particular, en la definición de los temas de cooperación; |
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— |
destaca, en el contexto de la crisis económica y financiera, la necesidad de mantener y reforzar los créditos previstos para la ayuda al desarrollo en África. |
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Ponente |
: |
Jean-Louis DESTANS (FR/PSE) Presidente del Consejo General de Eure |
Textos de referencia:
Un año después de Lisboa: la Asociación África-UE en marcha
COM(2008) 617 final
La UE, África y China: hacia el diálogo y la cooperación trilaterales
COM(2008) 654 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
A. Obervaciones generales
Sobre la Asociación UE-África
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1. |
se congratula de la publicación de la Comunicación de la Comisión Europea «Un año después de Lisboa: la Asociación UE-África en marcha« que tiene por objeto evaluar el primer año de la puesta en marcha del Plan de Acción 2008-2010 y sus ocho asociaciones temáticas destinadas a concretar la Estrategia Conjunta UE-África; |
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2. |
celebra los esfuerzos realizados por los agentes europeos y africanos desde el lanzamiento de la Estrategia conjunta en diciembre de 2007, que ha permitido sentar las bases de una asociación y de una cooperación “más allá del desarrollo”, “más allá de África” y “más allá de las instituciones”; |
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3. |
insiste en que estos primeros logros no deben obviar la necesidad de proseguir, acelerar, reforzar y ampliar las iniciativas ya emprendidas en el marco de las ocho asociaciones. La estrategia de desarrollo y cooperación entre la Unión Europea y África sólo podrá dar los frutos esperados si ambas partes se comprometen de manera constante y reforzada. Los resultados del primer año de puesta en práctica deben ser un acicate para los agentes europeos y africanos con vistas a redoblar sus esfuerzos y contribuir al éxito a largo plazo de la Estrategia; |
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4. |
se congratula de la aprobación de un informe conjunto por la UE y la Unión Africana, el 21 de noviembre de 2008, que recoge las conclusiones de la Comisión Europea; |
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5. |
acoge con interés el enfoque de la Comisión, que, más allá del establecimiento de un balance, emite recomendaciones para el futuro, con vistas a:
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6. |
considera manifiesto y reconocido el valor añadido que pueden aportar el Comité de las Regiones y los entes locales y regionales, tanto de la UE como de África, al conjunto de dichas recomendaciones, así como a los tres pilares de la Asociación (en particular, los denominados “más allá del desarrollo” y “más allá de las instituciones”), y que, en consecuencia, la Comisión habría debido hacer de él un eje importante de su Comunicación; |
Hacia el diálogo y la cooperación trilaterales entre la UE, África y China
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7. |
acoge con satisfacción la Comunicación “La UE, África y China: hacia el diálogo y la cooperación trilaterales”, y subraya la importancia de la dinámica iniciada que supone un primer paso hacia la creación de sinergias en favor de África; |
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8. |
considera, en efecto, esencial para el futuro del continente africano que se inicie una cooperación entre la Unión Europea y China. Precisamente, ambas han desarrollado asociaciones bilaterales con África y ocupan respectivamente el primer y el tercer puesto entre los socios comerciales, siendo además los dos principales inversores directos en dicho continente; |
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9. |
considera que es necesario replantear este enfoque trilateral teniendo en cuenta el resto del mundo, incluidos los grandes países emergentes; |
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10. |
recuerda las divergencias de objetivos y medios que existen actualmente entre la políticas de ayuda al desarrollo realizadas por la UE y China en el continente africano; estas divergencias hacen tanto más necesaria una cooperación reforzada; |
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11. |
anima a la Unión Africana, a los países africanos y a los entes locales y regionales de África a hacer oír claramente su voz con vistas a definir los temas de cooperación y emprender este diálogo trilateral; Éste no debe limitarse a la coordinación de las políticas de la Unión Europea y China; |
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12. |
anima a los responsables africanos de alcance continental, nacional, regional y local a formular propuestas de cooperación en los ámbitos que, a su juicio, respondan mejor a los retos de desarrollo del continente africano; |
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13. |
recuerda que, a este respecto, conviene adoptar un enfoque flexible y pragmático para recopilar todos los temas de cooperación posibles, sin excluir, a priori, ciertos ámbitos; |
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14. |
hace hincapié en la importancia del tema de cooperación denominado “Gestión sostenible del medio ambiente y de los recursos naturales”, habida cuenta de las políticas de explotación intensiva de los recursos energéticos desarrolladas en África; |
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15. |
manifiesta su sorpresa de que la Comisión no haya dado mayor prioridad a la salud, la enseñanza y la investigación en los temas de cooperación que propone, ya que se trata de cuestiones esenciales para el desarrollo a largo plazo de África y de acciones prioritarias definidas en el marco de Naciones Unidas y de la Asociación UE-África; pide, por consiguiente, a la Comisión que refuerce sus propuestas al respecto; |
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16. |
recomienda que se reconozca a la Unión Africana su papel de interlocutor privilegiado en esta relación trilateral, para favorecer un enfoque global y coherente con independencia de las diferencias nacionales; |
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17. |
se congratula de la celebración en Praga, en mayo de 2009, de la Cumbre UE-China, y exhorta al Consejo a:
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18. |
hace hincapié en que la UE ha de mantener sus elevados criterios de buena gobernanza y respeto de los derechos humanos en la gestión de su política de ayuda al desarrollo en África, independientemente de que se lleve a cabo en el marco de una cooperación bilateral UE-África o trilateral UE-África-China; |
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19. |
considera que tal condicionalidad debe enfocarse de manera dinámica y progresiva para tener en cuenta los logros alcanzados y las políticas emprendidas por los países africanos en favor de la buena gobernanza y del respeto de los derechos humanos; |
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20. |
subraya que la cooperación trilateral UE-África-China no debe consistir en una mera repetición de los métodos y objetivos de China, puesto que este enfoque no sería necesariamente compatible con los valores y los principios de la UE y los intereses a largo plazo de África, sin que ello signifique, no obstante, descartar la búsqueda de intereses comunes; |
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21. |
afirma el papel a largo plazo del Comité de las Regiones, de los entes locales y regionales europeos, africanos y chinos en la concreción del diálogo trilateral Europa-África-China, que aún debe perfilarse más, mientras que las relaciones bilaterales (UE-África, África-China y UE-China) tienden a desarrollarse; |
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22. |
considera que las modalidades de puesta en práctica de la cooperación y del diálogo trilaterales deben tener en cuenta y adaptarse a las circunstancias económicas y sociales de cada región o territorio, y que conviene que los entes locales y regionales de la UE, de África y de China participen en la definición de dichas modalidades; |
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23. |
subraya que conviene elaborar instrumentos de seguimiento y de control de la puesta en práctica de la cooperación y del diálogo trilaterales, para garantizar el cumplimiento de los compromisos contraídos por las distintas partes; |
El impacto de la crisis económica y financiera
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24. |
expresa su preocupación por las consecuencias de la crisis económica y financiera internacional en África, teniendo en cuenta que la atención se centra en la situación de los países desarrollados; |
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25. |
expresa su preocupación por que se siga relegando a un segundo plano a los países en desarrollo; concretamente, África está escandalosamente infrarrepresentada en el G20, lo cual le impide influir en las decisiones internacionales destinadas a acabar con la crisis económica, pese a que dicho continente sufre su impacto de manera amplificada, directa e indirectamente; |
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26. |
recuerda que en el continente africano el impacto, directo e indirecto, de la crisis se ve amplificado, como consecuencia de la fragilidad de los modelos sociales y económicos. El impacto directo se plasma, concretamente, en una disminución de las exportaciones de las materias primas de los países africanos debido a la desaceleración de la economía mundial, el hundimiento de las inversiones extranjeras, el riesgo de que se agudice la crisis alimenticia dada la escasez de créditos y, por último, la pérdida de ingresos como consecuencia de la disminución de los fondos transferidos por los inmigrantes africanos, que se ven afectados por el desempleo en los países desarrollados. El impacto indirecto se plasma ante todo en una reducción de la ayuda al desarrollo y la reorientación de los créditos de los países desarrollados hacia el respaldo de la actividad económica nacional; |
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27. |
recuerda que el impacto de la crisis económica en el continente africano debería traducirse, según las estimaciones del FMI, en una desaceleración del crecimiento económico, para estabilizarse a lo sumo en un 3 % para 2009, poniendo fin así a un crecimiento medio registrado en los cinco últimos años de más del 6 % y a una recuperación progresiva de la situación económica, política y social en el continente africano; |
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28. |
considera que en África la crisis será aún más grave por la debilidad de sus políticas sociales y podría generar crisis humanitarias, políticas y sociales que podrían desestabilizar la región y propiciar la aparición de nuevos conflictos; |
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29. |
hace hincapié, en este contexto, en la importancia de la Asociación UE-África y del proyecto de cooperación UE-África-China, así como en la necesidad de mantener y reforzar los créditos previstos para la ayuda al desarrollo en África; |
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30. |
lamenta que algunos Estados miembros hayan anunciado ya que disminuirán su ayuda al desarrollo, lo que equivale a añadir crisis a la crisis que padece África; |
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31. |
afirma, en este contexto financiero difícil, el papel esencial que desempeñan los entes locales y regionales europeos, cuya acción no se limita a proporcionar una ayuda financiera importante, sino que va más allá, puesto que impulsa la transferencia de conocimientos y experiencias y coopera en el marco de proyectos concretos; |
B. El papel de los entes locales y regionales en la asociacion UE-Africa
Especificidades de los entes locales y regionales
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32. |
se congratula de que, en el marco de la Asociación UE-África, se tenga en cuenta a la sociedad civil y los agentes no tradicionales, y celebra la propuesta de la Comisión de organizar consultas con agentes no institucionales clave, en particular la sociedad civil, el mundo académico y el sector privado, para brindarles la posibilidad de desempeñar un papel activo en la aplicación y el seguimiento de la estrategia conjunta; |
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33. |
recuerda a la Comisión que conviene distinguir entre entes locales y regionales y sociedad civil, que los entes locales y regionales europeos mantienen relaciones activas con sus homólogos africanos, que cooperan en ámbitos como la educación, los servicios urbanos (agua y residuos), las infraestructuras, los transportes, las comunicaciones, el desarrollo económico territorial y el apoyo a la gobernanza local; que, a través de estos proyectos, se han dotado de competencias, conocimientos técnicos y experiencia en sectores especialmente importantes para el desarrollo económico, social y político del continente africano; |
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34. |
afirma, por tanto, que es esencial conceder un mayor papel a los entes locales y regionales europeos en el marco de la Asociación UE-África y aprovechar lo mejor posible su experiencia; |
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35. |
considera que, a través de sus comunicaciones anteriores, y, en particular, la titulada “Autoridades locales: agentes del desarrollo”, la Comisión ha reconocido abiertamente el papel que los entes locales y regionales ocupan en la cooperación internacional en favor de los países en desarrollo; que las “Jornadas Europeas del Desarrollo”, del 15 al 17 de noviembre de 2008, permitieron a los entes locales y regionales y al Comité de las Regiones demostrar la importancia de su contribución a la cooperación al desarrollo y la necesidad de permitirles intervenir al nivel europeo e internacional en los ámbitos de su competencia; |
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36. |
considera que, una vez reconocido, este papel deberá tenerse en cuenta en cada una de las estrategias de cooperación de la UE, y en concreto en las relativas a África y al diálogo trilateral UE-África-China. |
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37. |
pide, por tanto, a la Comisión que amplíe su consulta de la sociedad civil y los agentes no tradicionales haciéndola extensiva a los entes locales y regionales, que son interlocutores inevitables, así como a las asociaciones internacionales que los representan, para garantizar la participación de los entes locales y regionales europeos y africanos en la elaboración de las políticas de desarrollo; |
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38. |
se compromete a fomentar y apoyar los esfuerzos de coordinación de los entes locales y territoriales africanos de ámbito nacional y subnacional, con objeto de reforzar el diálogo estructurado entre el CDR, los entes locales y regionales de la UE y de África; |
Integración de los entes locales y regionales en la Asociación
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39. |
considera que, en el marco de la Asociación UE-África, la participación de los entes regionales y locales europeos y africanos debe concretarse en tres niveles:
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40. |
propone, con este objetivo, que el Comité de las Regiones participe en el trabajo de los grupos encargados de llevar a cabo las asociaciones temáticas integradas por Estados miembros especialmente comprometidos, la Comisión Europea y la Secretaría del Consejo. El Comité de las Regiones recuerda que forma parte del grupo dedicado a la gobernanza democrática y los derechos humanos y que conviene ampliar dicha participación, especialmente a las demás asociaciones en las que los entes locales y regionales desempeñan un papel importante, a saber: la asociación sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), la asociación sobre cambio climático y la asociación sobre migración, movilidad y empleo; |
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41. |
recuerda que en la actualidad no se dispone de estadísticas precisas, detalladas ni exhaustivas sobre el importe total - ni sobre los temas de cooperación privilegiados o los recursos humanos movilizados - que los entes locales y regionales dedican a la cooperación al desarrollo; que se trata, sin embargo, de una información esencial para contribuir a la coherencia y a la sinergia de estas iniciativas con los objetivos de la Asociación UE-África; |
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42. |
hace hincapié, por tanto, en la necesidad de dotar a la UE de instrumentos estadísticos y de evaluación sobre las medidas de cooperación descentralizada emprendidas por los entes locales y regionales europeos, en particular en África, teniendo en cuenta que las acciones de dichos entes no pueden evaluarse solamente con arreglo a un criterio financiero, dada la importancia de la ayuda inmaterial que aportan; |
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43. |
se felicita de que la Comisión esté ahora de acuerdo en la necesidad de crear una “bolsa” de la cooperación descentralizada, para favorecer el intercambio de información y la aparición de nuevas asociaciones locales de cooperación descentralizada coherentes con las acciones ya iniciadas; |
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44. |
recuerda que está dispuesto a crear y animar, en asociación con la Comisión Europea, dicha “bolsa” en forma de un portal Internet, que en cierto modo constituiría la prolongación de las “Asambleas” anuales de la cooperación descentralizada; |
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45. |
recuerda que las Asambleas de la cooperación descentralizada han de ser un lugar privilegiado de diálogo y reflexión estratégica y política sobre las acciones de cooperación descentralizada; que, por tanto, conviene conceder en este marco un lugar particular a las relaciones UE-África, para contribuir a reforzar la cultura de trabajo en común entre los entes locales y regionales europeos y africanos, un conocimiento más preciso de las problemáticas locales en términos de desarrollo y la aparición de orientaciones estratégicas vinculadas con la Asociación UE-África; |
Fomentar la integración de los entes locales y regionales africanos en la Asociación
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46. |
considera que la incorporación de los entes locales y regionales a la Asociación UE-África no debe limitarse meramente a los entes europeos; |
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47. |
hace hincapié en que el proceso de descentralización en curso y el fenómeno de urbanización intensiva en África sitúan a los entes locales y regionales en el corazón de los retos de desarrollo, al igual que las consecuencias de la crisis económica y financiera en África, que se sentirán en primer lugar en el ámbito local; |
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48. |
considera que la participación de los entes locales y regionales africanos debe tenerse en cuenta en el marco de los esfuerzos para lograr que las políticas de desarrollo sean más eficaces y coherentes; |
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49. |
exhorta, pues, a la Comisión a consultar, además de la sociedad civil, a los agentes no tradicionales y a los entes locales y regionales europeos, a los entes locales y regionales africanos y a las asociaciones internacionales que los representan; |
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50. |
anima a las asociaciones internacionales de entes locales africanos a profundizar en la coordinación con la Unión Africana y los Estados africanos, con el fin de reforzar la sinergia entre las acciones conducidas a nivel nacional y subnacional africano; |
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51. |
destaca el papel de los entes locales y regionales, tanto europeos como africanos, en la sensibilización del público a la problemática del desarrollo, reuniendo a tal fin, en torno a sus proyectos concretos de cooperación, a asociaciones locales y a ciudadanos movilizados por las cuestiones de desarrollo; considera que contribuyen así al éxito de la Asociación, que depende en buena medida de la adhesión de las poblaciones del norte y del sur a los objetivos de cooperación y desarrollo; |
La asociación sobre gobernanza democrática y derechos humanos
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52. |
destaca que no cabe verdadera gobernanza democrática sin una auténtica participación de los entes locales y regionales en el proceso decisorio; |
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53. |
observa que, a través de los proyectos que emprenden, los entes locales y regionales favorecen el refuerzo de la democracia y la elaboración de políticas de buena gobernanza, tal como indican los principios y los ejes de intervención de la Carta Europea de Autonomía Local; |
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54. |
destaca que, gracias a su cooperación en proyectos cuyo objetivo es solucionar problemas cotidianos, los entes locales y regionales contribuyen a reforzar la confianza en la democracia local; |
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55. |
pone de relieve el principio relativo al papel de la cooperación descentralizada en la reforma de la política de desarrollo, según el cual una mejor gobernanza es la clave del éxito de una política de desarrollo positiva, y subraya que el elemento esencial de esta buena gobernanza es el reconocimiento de que es en el nivel más próximo posible al ciudadano en el que se toman las mejores decisiones; |
La asociación sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)
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56. |
llama la atención sobre el hecho de que numerosos entes locales y regionales de la UE mantienen vínculos basados en temas de desarrollo con sus estructuras equivalentes en los países africanos. Han adquirido así experiencia, especialmente en ámbitos como la educación, la salud, la investigación, los servicios municipales (gestión del agua y de los residuos), la pesca artesanal y la acuicultura, las infraestructuras, el transporte, las comunicaciones, el medio ambiente, el desarrollo rural, el desarrollo económico regional y las actividades de apoyo al desarrollo de los entes locales y a la descentralización política; |
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57. |
recuerda que los entes locales y regionales contribuyen a reforzar los fundamentos financieros y estratégicos que permiten realizar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), gracias a los fondos y a la ayuda inmaterial que destinan a proyectos con sus socios de África y de otros países en desarrollo; |
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58. |
pide a la Comisión que aumente la financiación e informe mejor sobre los instrumentos y programas de financiación de las medidas de cooperación al desarrollo de los entes locales y regionales, puesto que los fondos que estos destinan a proyectos concretos benefician directamente a las comunidades de base y contribuyen así de manera directa y menos burocrática a mejorar la situación in situ; |
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59. |
se compromete a promover el programa de desarrollo denominado “Participación de los agentes no estatales y las autoridades locales” ante los entes locales y regionales, con el fin de que estos utilicen todas las potencialidades y, en su caso, propongan adaptaciones del Reglamento para facilitar su utilización por parte de los entes locales y regionales; |
La asociación sobre cambio climático
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60. |
se felicita de que la asociación sobre cambio climático tenga en cuenta el nivel local, especialmente en lo que se refiere a la iniciativa “Muralla Verde para frenar el avance del desierto del Sáhara”, y destaca que las medidas adoptadas deben adaptarse a las situaciones y las necesidades locales específicas, que pueden variar significativamente de un país a otro, e incluso dentro de un mismo país; |
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61. |
destaca que la cooperación descentralizada para el desarrollo llevada a cabo por los entes locales y regionales, dada la multiplicidad de sus sectores de intervención y la diversidad de los agentes públicos y privados que puede congregar, es un potente factor de desarrollo local y regional; |
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62. |
considera que los entes locales y regionales pueden impulsar así la organización de la producción, de circuitos de comercialización o de actividades económicas respetuosas de la población y del medio ambiente; |
La asociación sobre migración, movilidad y empleo
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63. |
destaca que los entes locales y regionales están en primera línea en materia de inmigración, tanto en lo que se refiere a los problemas causados por la inmigración clandestina (acogida y gestión de las llegadas, empleo ilegal, delincuencia y seguridad urbana) como en lo relativo a los servicios que deben proporcionar a los residentes (asistencia sanitaria, educación, etc.) y la política de integración; |
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64. |
recuerda que algunas de estos entes tienen experiencia en materia de cooperación transfronteriza e internacional, en particular los que se hallan especialmente expuestos a los problemas y las consecuencias que entrañan las migraciones, y que tal experiencia puede resultar muy útil para encontrar respuestas a las cuestiones relativas a la migración y la movilidad; |
Las demás asociaciones
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65. |
considera que no se debe olvidar el valor añadido que aportan los entes locales y regionales en el marco de las demás asociaciones y que pueden, dada su proximidad a la población afectada, desempeñar un importante papel; y destaca a este respecto:
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66. |
considera que, a la luz de estas observaciones, la Comisión debería prestar su respaldo económico prioritariamente a las medidas de cooperación descentralizada que respondan a los objetivos de la Asociación UE-África; |
C. El papel de los entes locales y regionales en el dialogo y la cooperación trilaterales entre la UE, Africa y China
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67. |
considera conveniente, desde ahora, fijar las modalidades de participación de los entes locales y regionales africanos, europeos y chinos en el diálogo trilateral UE-África-China, y, en particular, en la definición de los temas de cooperación; |
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68. |
considera necesario ampliar los temas de cooperación del diálogo trilateral teniendo en cuenta los conocimientos y la experiencia atesorados por los entes locales y regionales, en particular en los ámbitos que son generalmente de su competencia, como la educación, el agua, los transportes urbanos, la gestión de los residuos, la energía y el desarrollo sostenible, y que son sectores esenciales para el desarrollo a largo plazo de África y la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio; |
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69. |
recuerda las diferencias estructurales que existen entre los entes locales y regionales europeos, africanos y chinos, ya sea por sus competencias, su tamaño o bien sus medios financieros, lo que hace más necesaria una incorporación rápida de los entes locales y regionales a la Asociación para favorecer la aparición de una cultura de trabajo en común; |
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70. |
considera que el diálogo debe organizarse efectivamente al nivel del continente, al nivel regional y al de los distintos países, pero que también conviene desarrollarlo al nivel subnacional; |
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71. |
afirma su voluntad de promover proyectos de cooperación trilateral entre los entes locales y regionales de la UE, África y China, aprovechando los contactos ya existentes y contribuyendo a la búsqueda de nuevos socios y nuevas medidas de cooperación descentralizada. |
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/34 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Estrategia y retos principales de la ampliación (2008-2009): países candidatos potenciales»
(2009/C 211/03)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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— |
Solicita a la Comisión Europea que incluya más información sobre las reformas y la participación de las autoridades locales y regionales en el proceso de ampliación. La descentralización conforme al acervo y los avances realizados por las autoridades locales merecen más atención en los informes de los diferentes países. |
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— |
Solicita a la Comisión Europea que apoye programas para informar a los ciudadanos sobre los retos, beneficios y el impacto que la futura adhesión a la UE tendrá en sus vidas. |
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— |
Solicita a la Comisión Europea que acelere la supresión del régimen de visados para los países que recientemente han realizado progresos en el cumplimiento de los criterios definidos en las hojas de ruta de estos países. |
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— |
Hace un llamamiento a los Estados miembros de la UE para que sigan prestando su apoyo a las autoridades locales en los países candidatos potenciales, con vistas a seguir desarrollando las capacidades de un servicio civil imparcial y responsable. |
|
— |
Solicita a todos los países afectados que hagan esfuerzos adicionales para adoptar las reformas y valores europeos y que acepten el diálogo como medio de reconciliación. |
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— |
Recuerda que el avance de los países candidatos potenciales hacia el estatus de candidatos sólo debería producirse una vez que hayan demostrado sus progresos de conformidad con los criterios establecidos. |
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Ponente |
: |
Gordon Keymer (UK/PPE) Miembro del Consejo del Distrito de Tandridge |
Texto de referencia
«Estrategia y retos principales de la ampliación (2008-2009)»
COM(2008) 674 final.
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
A. Recomendaciones generales
Progreso general y calendario
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1. |
Acoge con satisfacción los informes de la Comisión Europea sobre la estrategia y retos principales de la ampliación (2008-2009) para los países candidatos potenciales. |
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2. |
Solicita a la Comisión Europea que incluya más información sobre las reformas y la participación de las autoridades locales y regionales en el proceso de ampliación. La descentralización conforme al acervo y los avances realizados por las autoridades locales merecen más atención en los informes de los diferentes países. |
|
3. |
Señala que las autoridades locales y regionales de los países candidatos potenciales siguen estando un tanto desvinculadas del proceso de ampliación y no se benefician plenamente del mismo, lo que inevitablemente repercute en sus ciudadanos. Solicita a la Comisión Europea que apoye programas para informar a los ciudadanos sobre los retos, beneficios y el impacto que la futura adhesión a la UE tendrá en sus vidas. |
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4. |
Señala una contradicción entre el fomento de los contactos entre individuos, por un lado, y la aplicación de regímenes estrictos de visados, por otro. Solicita a la Comisión Europea que acelere la supresión del régimen de visados para los países que recientemente han realizado progresos en el cumplimiento de los criterios definidos en las hojas de ruta de estos países. |
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5. |
Hace un llamamiento a los Estados miembros de la UE para que sigan prestando su apoyo a las autoridades locales en los países candidatos potenciales, con vistas a seguir desarrollando las capacidades de un servicio civil imparcial y responsable. |
|
6. |
Hace un llamamiento a la Comisión Europea para que ayude a los gobiernos de los países en cuestión a gestionar la actual crisis económica y financiera, ya que ésta tendrá inevitablemente una repercusión directa en las autoridades locales y los ciudadanos a los que prestan servicio. |
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7. |
Pide a los Estados miembros de la UE que sigan apoyando el proceso de ampliación, puesto que «responde a los intereses estratégicos de la UE en materia de estabilidad, seguridad y prevención de conflictos» (1). |
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8. |
Solicita a todos los países afectados que hagan esfuerzos adicionales para adoptar las reformas y valores europeos y que acepten el diálogo como medio de reconciliación. Insta especialmente a los países candidatos potenciales a que sigan trabajando para resolver las cuestiones bilaterales, incluidos los conflictos fronterizos, y para favorecer el regreso de los refugiados y de los desplazados internos. Las autoridades locales y regionales son las instancias de gobierno mejor posicionadas para aplicar estos cambios. |
|
9. |
Apoya el desarrollo de redes de transporte por carretera y la revitalización de aeropuertos regionales en vista de los beneficios que pueden aportar en materia de empleo, accesibilidad, turismo y un desarrollo económico y una regeneración regionales más equilibrados. |
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10. |
Recuerda que el avance de los países candidatos potenciales hacia el estatus de candidatos sólo debería producirse una vez que hayan demostrado sus progresos de conformidad con los criterios establecidos. |
B. Observaciones específicas por país
Albania
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11. |
Acoge con satisfacción la finalización del proceso de ratificación del Acuerdo de Estabilización y Asociación entre los Estados miembros de la UE y Albania. |
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12. |
Acoge con satisfacción la transferencia de responsabilidades del gobierno central a los ayuntamientos en materia de IVA, fiscalidad local, suministro de agua y servicios de saneamiento, así como en materia de protección e inclusión social. Sin embargo, expresa su preocupación sobre la capacidad de los ayuntamientos para gestionar estas nuevas competencias. |
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13. |
Considera que existe una necesidad imperiosa de impulsar el desarrollo de las capacidades de las autoridades locales, asociaciones de gobierno local y, en particular, del Departamento de Administraciones Públicas del gobierno central, que es responsable de la formulación de estrategias sobre las reformas administrativas de los gobiernos locales. |
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14. |
Señala que resulta especialmente necesario seguir desarrollando las capacidades de los servicios fiscales municipales, puesto que la recaudación de impuestos a nivel local es muy limitada, y espera que estas cuestiones se aborden en la próxima descentralización fiscal. |
Bosnia y Herzegovina
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15. |
Acoge con satisfacción la firma de un Acuerdo de Estabilización y Asociación entre la UE y Bosnia y Herzegovina, y anima a las autoridades del país a que sigan trabajando hacia el cumplimiento de las obligaciones que les impone dicho Acuerdo siguiendo las líneas marcadas por el proyecto de plan de acción para su aplicación. |
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16. |
Acoge con satisfacción el hecho de que las recientes elecciones locales celebradas en Bosnia y Herzegovina se ajustaran a las normas internacionales en materia de buenas prácticas. No obstante, señala las profundas divisiones entre las líneas étnicas. |
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17. |
Acoge con satisfacción las recientes reformas de gobierno local en las dos entidades para ajustar sus órganos legislativos locales a la Carta Europa de Autonomía Local y a las recomendaciones de la Comisión de Venecia. |
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18. |
Lamenta la falta de comunicación entre los gobiernos de las entidades sobre aspectos de la adhesión a la UE, que ha repercutido negativamente en la velocidad de las reformas y no permite un flujo adecuado de información entre las autoridades locales. |
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19. |
Señala que los municipios de Bosnia y Herzegovina mantienen una buena comunicación entre entidades y solicita a la Comisión Europea que siga apoyando «proyectos conjuntos», concretamente en materia de desarrollo de las capacidades de las autoridades locales y asociaciones de gobierno local. |
Montenegro
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20. |
Acoge con satisfacción la solicitud del estatus de candidato por parte de Montenegro y solicita a los Estados miembros de la UE que autoricen a la Comisión Europea el inicio del proceso de evaluación. |
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21. |
Hace un llamamiento a la Comisión Europea para que apoye el importante proyecto de infraestructuras que consiste en construir una autopista Norte-Sur, puesto que también mejorará inmensamente el desarrollo de las comunidades en Montenegro. |
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22. |
Señala la limitada capacidad administrativa de las autoridades locales y considera que es necesario aumentar la capacidad de las autoridades locales y de la Unión de Municipios (asociación de gobierno local de Montenegro) y hace un llamamiento a la Comisión Europea para que apoye el intercambio interpares de proyectos de conocimientos especializados. |
Serbia
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23. |
Acoge con satisfacción el hecho de que el Gobierno central consulte en mayor medida a la Conferencia Permanente de Ciudades y Municipios (asociación de gobierno local de Serbia) y la creación de un Departamento para la integración de la UE dentro de dicha conferencia, que elaborará un plan de acción para la inclusión de las autoridades locales en el proceso de adhesión. |
|
24. |
Hace un llamamiento al Gobierno serbio para que siga trabajando en la descentralización. Avanzar en la dirección correcta resolvería la cuestión de los derechos de propiedad municipales. En la actualidad, las autoridades locales en Serbia no son propietarias de sus propiedades. |
|
25. |
Solicita a la Comisión Europea y al Gobierno serbio que sigan apoyando el desarrollo de las capacidades de las autoridades locales a través de fondos y formación adicionales para permitirles cumplir sus obligaciones y asumir sus responsabilidades, que se han visto aumentadas. |
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26. |
Solicita a la Comisión Europea que siga apoyando los programas de desarrollo de las capacidades del gobierno local como el programa «Intercambio» de la Conferencia Permanente de Ciudades y Municipios de Serbia. |
Kosovo (en virtud de la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas)
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27. |
Acoge con satisfacción la labor desarrollada por numerosas organizaciones internacionales y locales para promover un futuro mejor para Kosovo y considera que la falta de progreso en materia de descentralización sigue siendo uno de los obstáculos fundamentales para la gobernanza democrática en Kosovo. |
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28. |
Considera que es necesario lograr mejoras concretas para el pueblo de Kosovo. Es necesario seguir desarrollando el transporte público y las redes de transporte, especialmente en zonas donde se espera que se produzca el regreso de refugiados y desplazados internos. |
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29. |
Desea que se lleven a cabo más actividades de desarrollo de la confianza entre los distintos grupos étnicos de Kosovo y que se fomente la participación en los procesos decisorios a nivel local. Muestra una especial preocupación por la escasa participación en las elecciones locales. |
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
(1) COM(2008) 674 final.
|
4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/37 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Estrategia y retos principales de la ampliación (2008-2009): países candidatos»
(2009/C 211/04)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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— |
reitera su pleno apoyo a las medidas y reformas de los países candidatos que tienen como objetivo cumplir los criterios de adhesión; |
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— |
destaca la importancia del proceso de ampliación para el desarrollo democrático y estable de los países candidatos, y es consciente además del valor añadido que supone para la UE; |
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— |
llama la atención sobre la importancia esencial de las buenas relaciones de vecindad y la cooperación regional en el proceso de estabilización y adhesión. Pide a los países candidatos que redoblen sus esfuerzos para resolver las cuestiones pendientes con los Estados vecinos, de manera pacífica pero con prioridad, de modo que puedan encontrarse soluciones aceptables para todas las partes; |
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— |
llama la atención sobre la necesidad de hacer participar a los entes locales y regionales y sus asociaciones al proceso de adhesión desde una fase temprana; con sus conocimientos y su experiencia, pueden aportar un nuevo valor añadido al proceso de ampliación; |
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— |
recomienda que se intensifique la cooperación entre los entes locales y regionales en los Estados miembros y los países candidatos, y considera que debe prestarse especial atención a aumentar el respaldo ciudadano al proceso de adhesión, tanto en los Estados miembros como en los países candidatos; |
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Ponente |
: |
Jasmina Vidmar (SL/ALDE) Consejera Municipal de Maribor |
Texto de referencia:
Comunicación de la Comisión Europea al Consejo y al Parlamento Europeo — Estrategia y retos principales de la ampliación (2008-2009)
COM(2008) 674 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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1. |
reitera su pleno apoyo a las medidas y reformas llevadas a cabo por los países candidatos con objeto de cumplir los criterios de adhesión; |
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2. |
destaca la importancia del proceso de ampliación para el desarrollo democrático y estable de los países candidatos, y es consciente además del valor añadido que supone para la UE; |
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3. |
acoge positivamente los progresos realizados gracias a las numerosas reformas que se están llevando a cabo en los países candidatos, que refuerzan el Estado de Derecho y modernizan las estructuras económicas y sociales; |
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4. |
considera que hay que animar a los países candidatos a proseguir con sus esfuerzos y a que empleen todo su potencial en la aplicación de las reformas, para asegurarse de que el proceso de adhesión progresa adecuadamente y más deprisa; |
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5. |
acoge favorablemente los esfuerzos realizados para mejorar la calidad del proceso de adhesión, así como su transparencia, incluidos los criterios fijados para la apertura y la conclusión de los capítulos de la negociación; |
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6. |
llama la atención sobre la importancia esencial de las buenas relaciones de vecindad y la cooperación regional en el proceso de estabilización y adhesión. Pide a los países candidatos que redoblen sus esfuerzos para resolver las cuestiones pendientes con los Estados vecinos, de manera pacífica pero con prioridad, de modo que puedan encontrarse soluciones aceptables para todas las partes; |
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7. |
acoge con satisfacción los avances generales realizados por Croacia en cuanto a la adopción y aplicación de reformas con vistas a su adhesión a la UE y considera posible mantener el calendario propuesto para llegar a la última fase de las negociaciones de aquí a finales de 2009, siempre que Croacia cumpla todas las condiciones necesarias; |
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8. |
pone de relieve la necesidad de que Croacia incremente sus esfuerzos para reformar su poder judicial, luchar contra la corrupción y la delincuencia organizada, salvaguardar los derechos de las minorías, incluido el regreso de los refugiados, y colaborar con el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia; |
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9. |
toma nota de los avances realizados por la Antigua República Yugoslava de Macedonia en cuanto a la reforma de su poder judicial y de su policía, el cumplimiento de las exigencias derivadas de su Acuerdo de Estabilización y Asociación y el desarrollo de una sociedad multiétnica; |
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10. |
es consciente de las deficiencias perceptibles en los esfuerzos realizados por la Antigua República Yugoslava de Macedonia por cumplir los criterios políticos, tal como se señala en el Informe intermedio de la Comisión Europea para 2008; se congratula del avance que ha representado la celebración de elecciones presidenciales y locales, a principios de 2009, de conformidad con la mayoría de los criterios internacionales; por lo tanto, considera que se debería fijar una fecha para que la Antigua República Yugoslava de Macedonia entable las negociaciones de adhesión a la UE siempre que se reúnan las condiciones necesarias; |
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11. |
toma nota de los actuales esfuerzos para introducir reformas llevados a cabo en Turquía en relación con los derechos fundamentales y el Estado de Derecho e insta a Turquía a que contribuya con una actitud positiva a los esfuerzos con vistas a alcanzar un acuerdo sobre la reunificación de Chipre; |
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12. |
llama la atención sobre la necesidad de hacer participar a los entes locales y regionales y sus asociaciones al proceso de adhesión desde una fase temprana; con sus conocimientos y su experiencia, pueden aportar un nuevo valor añadido al proceso de ampliación; |
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13. |
acoge favorablemente la positiva cooperación transfronteriza que ha tenido lugar hasta la fecha entre los entes locales y regionales, y pide a dichos entes que refuercen esta cooperación ya que, además de aumentar la prosperidad, posibilitará un contacto directo y un mejor entendimiento mutuo entre los ciudadanos de los Estados miembros y los de terceros países. Resalta las oportunidades que en este sentido ofrece la Agrupación Europea de Cooperación Territorial (AECT) e invita a las autoridades nacionales competentes a tomar las medidas que permitan a los socios de los países candidatos participar en futuras AECT, de conformidad con el Reglamento (CE) 1082/2006; |
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14. |
acoge positivamente la mejora de la coordinación entre los mecanismos de respaldo del IPA y los de otras instituciones financieras y donantes internacionales, y considera que una mayor armonización de los diferentes mecanismos de respaldo contribuirá a mejorar su eficacia; |
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15. |
recomienda que se intensifique la cooperación entre los entes locales y regionales en los Estados miembros y los países candidatos, y considera que debe prestarse especial atención a aumentar el respaldo ciudadano al proceso de adhesión, tanto en los Estados miembros como en los países candidatos; |
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16. |
reconoce la importancia que reviste la utilización de las redes de entes locales ya existentes, como NALAS (Red de asociaciones nacionales de entes locales del sudeste de Europa), para su colaboración con los países candidatos. La coordinación y la puesta en común de experiencia entre los grupos de trabajo del CDR y el comité consultivo mixto para la región podrían fomentarse mediante la implicación de NALAS al objeto de comparar los procesos de integración y los esfuerzos de descentralización realizados en la región; |
CROACIA
Progresos realizados por Croacia en el proceso de adhesión
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17. |
acoge con satisfacción el hecho de que Croacia entrará en breve en la fase final de las negociaciones, siempre que cumpla los criterios de adhesión; anima a Croacia a acelerar sus reformas en varios ámbitos clave; |
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18. |
considera que se han logrado progresos en la lucha contra la corrupción gracias a las mejoras introducidas en el marco jurídico y a las actividades de la Oficina de Lucha contra la Corrupción y la Delincuencia Organizada. Señala, no obstante, que la corrupción sigue siendo un problema grave, por lo que recomienda que se hagan esfuerzos adicionales para fomentar la coordinación y la supervisión independiente, así como para incrementar las capacidades administrativas de los órganos que combaten la corrupción; |
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19. |
acoge positivamente las garantías jurídicas y el reconocimiento, en términos generales, de la libertad de prensa y el pluralismo. Ha seguido con preocupación los casos de ataques, amenazas y presiones políticas a periodistas. Señala que se han tomado ciertas medidas adicionales que resultan apropiadas y pide a las autoridades que adopten otras más para garantizar que los periodistas puedan realizar su trabajo de manera segura y facilitar la información libre e independiente; |
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20. |
señala que Croacia ha cooperado con el Tribunal Penal Internacional para la Antigua Yugoslavia, y pide a las autoridades croatas que le permitan el acceso a los demás documentos que solicita ; |
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21. |
anima a Croacia a que resuelva sus conflictos fronterizos con Eslovenia, Serbia, Montenegro y con Bosnia y Herzegovina. Acoge positivamente la disposición de Croacia y Eslovenia a resolver sus problemas fronterizos con la ayuda de la Comisión Europea conforme al principio de resolución pacífica de conflictos contemplado en la Carta de las Naciones Unidas; |
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22. |
considera que la aplicación de la Ley constitucional sobre las minorías, junto con la adopción de un plan de acción, es un paso importante para la introducción de marcos jurídicos que respalden la integración de las minorías en la sociedad. Subraya la importancia de que se provea la información, los recursos financieros y el respaldo administrativo adecuados para que dicha Ley se aplique eficazmente a nivel local y regional; |
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23. |
opina que se han realizado progresos en relación con el retorno de los refugiados y las personas desplazadas en el interior de las fronteras, y subraya que para acelerar su regreso y su integración, además de ofrecerles un entorno vital apropiado, se precisan más medidas para mejorar el acceso al mercado laboral y reducir la hostilidad en algunas localidades; |
Reforzar las capacidades de los entes locales y regionales
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24. |
se congratula de la ratificación de la Carta Europea de Autonomía Local, pero considera necesario que se realicen esfuerzos suplementarios para aplicar plenamente las disposiciones de la Carta; |
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25. |
acoge con satisfacción las mejoras incorporadas a la normativa sobre la administración pública y considera que la promulgación de una ley de la función pública constituye un paso adelante en su esfuerzo por despolitizarla, introducir una mejor administración así como poner de relieve los derechos y obligaciones de los funcionarios; |
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26. |
señala que no se hace participar de manera adecuada a los entes locales y regionales y sus asociaciones en las decisiones adoptadas sobre la legislación y las disposiciones de aplicación que regulan los métodos de trabajo, la financiación y la organización de los entes locales y regionales. Pide a las autoridades nacionales que establezcan procedimientos que permitan a aquellos estar representados en el proceso legislativo de manera adecuada; |
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27. |
considera que los entes locales y regionales y sus asociaciones deben participar en el proceso de aplicación del acervo comunitario, y deberían ser informados periódicamente sobre los progresos realizados en la vía de la adhesión. Subraya que los entes locales y regionales deben estar bien preparados para asumir las obligaciones de una futura adhesión a la UE, así como para beneficiarse de las oportunidades que brinda; |
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28. |
llama la atención sobre el retraso acumulado en materia de descentralización e insiste en que la clave del éxito de la transferencia de responsabilidades a las esferas local y regional es la mejora de la capacidad de las administraciones locales; |
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29. |
señala que los recursos financieros de que disponen los entes locales y regionales son insuficientes para afrontar las numerosas y arduas tareas que se derivan de una necesidad urgente de descentralización. Por este motivo, recomienda que se adopten medidas apropiadas para mejorar la situación financiera de los entes locales y regionales; |
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30. |
considera que es necesario mejorar el marco jurídico para la cooperación intermunicipal, de manera que los municipios puedan cooperar entre ellos tras la descentralización; |
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31. |
respalda la iniciativa de las asociaciones municipales y regionales de transformar el grupo de trabajo en un comité consultivo mixto, a fin de mejorar el diálogo entre los entes locales y regionales de Croacia y los Estados miembros; |
ANTIGUA REPÚBLICA YUGOSLAVA DE MACEDONIA
Progresos realizados por la Antigua República Yugoslava de Macedonia en el proceso de adhesión
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32. |
acoge positivamente los progresos realizados en determinados ámbitos, así como en el cumplimiento de los requisitos del Acuerdo de Estabilización y Asociación, y anima a la Antigua República Yugoslava de Macedonia a que cumpla los criterios políticos y aplique plenamente las prioridades clave de la Asociación para la Adhesión. Recomienda que se fije una fecha para el inicio de las negociaciones de adhesión en caso de que se cumplan los criterios establecidos, incluidas las relaciones de buena vecindad; |
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33. |
considera que la adopción del nuevo programa y los nuevos planes de acción para combatir la corrupción probablemente se traducirán en un avance en este ámbito. Señala, no obstante, que la corrupción sigue siendo un fenómeno extendido, y pide por consiguiente que se hagan esfuerzos adicionales para combatir la corrupción y la delincuencia organizada; |
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34. |
considera que el Acuerdo Marco de Ohrid ofrece una garantía de que la Antigua República Yugoslava de Macedonia respetará los derechos de las minorías étnicas, y acoge positivamente los progresos realizados con la adopción de la Ley sobre las lenguas, que regula y extiende el uso de las lenguas minoritarias. No obstante, lamenta que no se siga avanzando por lo que se refiera a los derechos de la comunidad romaní, y destaca los casos repetidos de discriminación de ciudadanos romaníes. Pide que se adopten nuevas medidas para mejorar la integración social de los ciudadanos romaníes y reducir la discriminación; |
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35. |
acoge positivamente el acuerdo de readmisión y facilitación de visados con la Antigua República Yugoslava de Macedonia, y confía en que los progresos realizados para el cumplimiento de los criterios fijados sean suficientes para presentar una propuesta destinada a suprimir los requisitos de visado para los ciudadanos de la antigua República Yugoslava de Macedonia; |
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36. |
anima a que se desarrollen relaciones de buena vecindad, y reitera su respaldo a los esfuerzos realizados por el representante especial de Naciones Unidas, Matthew Nimetz, relativos al nombre del país. Después de las elecciones, insta al nuevo Presidente del país a que alcance un compromiso entre la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Grecia en relación con el nombre del país. Solicita a las autoridades nacionales de la Antigua República Yugoslava de Macedonia que eviten emprender acciones susceptibles de socavar los esfuerzos encaminados a alcanzar una solución mutuamente aceptable para la cuestión del nombre. Sin embargo, esta cuestión no debe influir en la decisión de entablar las negociaciones de adhesión, aunque podría contribuir significativamente al proceso de adhesión; |
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37. |
considera que se han realizado ciertos progresos en materia de igualdad entre hombres y mujeres, y acoge positivamente la creación de comisiones para la igualdad de oportunidades en el seno de numerosos entes locales. Pide que se realicen esfuerzos suplementarios para prevenir la violencia familiar y conyugal, reducir la discriminación y garantizar una participación más igualitaria; |
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38. |
toma nota de la creación, a nivel local, de comisiones para las relaciones interétnicas, pero es consciente de las dificultades causadas por un mandato poco claro y la falta de recursos financieros. Pide a las autoridades que supriman los obstáculos a que hacen frente estas comisiones; |
Reforzar las capacidades de los entes locales
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39. |
acoge con satisfacción los avances en materia de descentralización de la fiscalidad y de reducción de la deuda de los entes locales, así como la mejora de la recaudación fiscal. Señala, sin embargo, que los recursos financieros disponibles siguen siendo insuficientes para garantizar una ejecución de calidad de las tareas que corresponden al nivel local; |
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40. |
acoge positivamente la aprobación de una ley sobre desarrollo regional, y pide que se asignen recursos financieros que garanticen un desarrollo regional equilibrado, así como la creación de consejos de desarrollo regional. Subraya que es importante mejorar la posibilidad de reforzar la coordinación entre diferentes estructuras administrativas; |
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41. |
destaca que se necesita un diálogo más eficaz y coherente entre las autoridades nacionales y los entes locales en ámbitos como la educación, la propiedad estatal y otros, de importancia para el desarrollo y el trabajo de estos últimos, y recomienda el refuerzo de este diálogo; |
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42. |
hace hincapié en la importancia de crear instrumentos adecuados para incrementar las capacidades administrativas de los entes locales y la transparencia de la administración local; |
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43. |
toma nota de que la descentralización sigue avanzando, pero considera que el proceso debe acelerarse. Señala que, si la descentralización de responsabilidades y tareas no va acompañada de los medios financieros adecuados, se corre el riesgo de que las tareas y los servicios que se están llevando a cabo pierdan en calidad. Por este motivo, espera que se proporcionen los recursos financieros necesarios para la ejecución de las tareas descentralizadas; |
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44. |
toma nota del proyecto de ley sobre cooperación intermunicipal y recomienda que se apruebe lo antes posible; |
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45. |
considera que se han realizado progresos en la reforma de la administración pública, y subraya la importancia de que se creen instrumentos adecuados para aumentar las capacidades de los entes locales e introducir una mayor transparencia en las actividades de la administración local; |
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46. |
toma nota de los cambios introducidos en el sistema nacional para la coordinación de la formación, así como de la aprobación de una estrategia de formación destinada a los funcionarios de los niveles local y regional. Considera importante implicar a la asociación de gobierno local ZELS en el sistema de formación, para garantizar que los funcionarios reciban una formación eficaz y de calidad; |
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47. |
acoge positivamente el hecho de que más de 70 municipios ya hayan adoptado códigos de conducta para los funcionarios locales, lo que refleja el compromiso de estos funcionarios para alcanzar altos niveles de calidad en su trabajo, y pide que los municipios restantes sigan su ejemplo en relación con esta imperiosa cuestión; |
TURQUÍA
Progresos realizados por Turquía en el proceso de adhesión
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48. |
acoge positivamente el compromiso del gobierno de continuar el proceso de adhesión y confía en que se lleven a cabo reformas políticas y constitucionales eficaces para seguir acercando a Turquía a las normas internacionales y europeas. Considera que es necesario llevar a cabo esfuerzos adicionales para garantizar el respeto de la diversidad y resolver los problemas mediante el diálogo y el compromiso; |
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49. |
señala que se han hecho esfuerzos limitados en la lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada, y subraya que, para lograr mejoras en este sentido, es necesario apoyar la aprobación de documentos básicos y el establecimiento de marcos institucionales adecuados mediante un pleno respaldo político; |
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50. |
hace hincapié en que, habida cuenta de la importante ayuda financiera que la UE facilita a Turquía al objeto de afrontar el importante crecimiento de los flujos de migración ilegal que se adentran en la UE a través de su territorio, las negociaciones sobre un acuerdo de readmisión entre la UE y Turquía siguen siendo prioritarias. Las negociaciones deberían reanudarse cuanto antes para que pueda concluirse rápidamente un acuerdo. Observa, asimismo, a este respecto, que la aplicación adecuada y efectiva de los actuales acuerdos bilaterales con Estados miembros es especialmente importante; |
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51. |
subraya que debe acelerarse la ratificación de los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y espera que el tribunal constitucional adopte una decisión lo antes posible; pide, asimismo, la instauración de la figura del defensor del pueblo; |
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52. |
acoge con satisfacción los esfuerzos encaminados a mejorar la protección de la libertad de expresión, pero destaca que debe acelerarse la aplicación de las modificaciones legislativas y deben eliminarse todas las restricciones u obstáculos a la libertad de prensa y la libertad de asociación; |
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53. |
acoge con agrado que comiencen a emitirse programas de televisión en kurdo y los planes para hacerlo también en armenio. Llama la atención sobre el hecho de que todavía no se hayan cumplido plenamente las normas de la UE sobre la diversidad cultural y religiosa y el respeto y la protección de las minorías. Por este motivo, espera que se adopten las medidas jurídicas y prácticas adecuadas para el pleno reconocimiento de los derechos de las minorías; |
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54. |
subraya que la igualdad entre mujeres y hombres debe concretarse realmente en la vida política, la educación, el acceso al mercado de trabajo y los servicios de sanidad, y pide que se apliquen las disposiciones de la ley sobre municipios que prevén la introducción de un número específico de refugios como manera de proteger a las mujeres de la violencia conyugal y los «crímenes de honor»; |
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55. |
destaca la necesidad de que, para mantener la seguridad y el orden públicos, se recurra exclusivamente a las estructuras y las medidas del Estado de Derecho. Señala que el monopolio de la fuerza debe estar en manos del Estado y que el ejercicio de la fuerza que compete a los órganos estatales no puede transferirse a una parte de la población civil; |
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56. |
destaca la necesidad de encontrar una solución global al conflicto chipriota sobre la base de las resoluciones del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y de los principios en los que se fundamenta la Unión Europea. Acoge positivamente el compromiso renovado de los líderes de las dos comunidades para encontrar una solución negociada, y respalda las negociaciones directas en curso entre los líderes de ambas comunidades en Chipre; |
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57. |
pone de relieve que, en lo que respecta a las relaciones entre Grecia y Turquía, este último país se ha comprometido a mantener relaciones de buena vecindad y pide, por lo tanto, al Gobierno turco que se esfuerce por resolver cualquier cuestión pendiente pacíficamente y de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, otros convenios internacionales pertinentes y los acuerdos y obligaciones bilaterales. |
Reforzar las capacidades de los entes locales
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58. |
insiste en la importancia de hacer participar a los entes locales en la fase más temprana posible del proceso de adhesión, así como de la planificación y puesta en práctica de las reformas y modificaciones legislativas necesarias, y recomienda que se ofrezca una información adecuada y se establezca una coordinación entre las esferas local y nacional; |
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59. |
acoge con satisfacción la adopción de enmiendas a la Ley sobre los municipios y espera que les permita actuar y organizarse de manera más eficaz; |
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60. |
acoge favorablemente el hecho de que se haya reforzado la capacidad financiera de los municipios mediante la promulgación de la ley que incrementa los ingresos de los entes locales y mediante la aplicación de las leyes sobre la administración local. Confía en que se emprendan más iniciativas para respaldar financieramente a los municipios, lo cual les permitirá desempeñar más eficazmente sus tareas; |
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61. |
lamenta que no se hayan registrado progresos para la adopción de una normativa marco sobre la administración pública, y llama la atención sobre la importancia de la descentralización a la hora de ofrecer un buen gobierno a los ciudadanos; |
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62. |
considera necesario seguir esforzándose por ayudar a los consejos municipales a actuar más eficazmente como plataformas para la participación de los ciudadanos en el proceso decisorio de los gobiernos locales; |
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63. |
destaca la importancia de la descentralización y del refuerzo de la capacidad de los entes locales para desempeñar las tareas que les incumben, así como para intensificar la asunción de responsabilidades y aumentar la transparencia; |
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64. |
lamenta que en las recientes elecciones municipales se hayan producido de nuevo enfrentamientos violentos, en particular en las regiones kurdas, que se saldaron con la pérdida de varias vidas humanas, e insta a las instancias competentes a que en el futuro se tomen todas las medidas necesarias para que las elecciones puedan llevarse a cabo de manera libre, democrática, transparente y pacífica; |
|
65. |
subraya, una vez más, la necesidad de que se cree un comité consultivo mixto del CDR y Turquía como un instrumento clave para el intercambio de experiencias, conocimiento e información sobre la participación de los entes locales y regionales en el proceso de adhesión. |
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/43 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «Reforzar el planteamiento global de la migración: aumentar la coordinación, la coherencia y las sinergias»
(2009/C 211/05)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
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— |
opina que los entes locales y regionales están en primera línea a la hora de elaborar, aplicar, evaluar y supervisar la política de migración, por lo que se les debería considerar agentes centrales de su desarrollo; |
|
— |
subraya que tanto los Estados miembros como las instituciones comunitarias deben fomentar una colaboración interinstitucional más estrecha; |
|
— |
considera que debería prestarse más atención al refuerzo de las capacidades de los entes locales y regionales, ya que desempeñan un papel esencial en la elaboración y gestión de la política de migración y, en particular, en el fomento de la cooperación con las administraciones de terceros países responsables en materia de empleo e inmigración. Este enfoque ha sido reiterado por el CDR en sus anteriores dictámenes; |
|
— |
señala que, cuando se aborden temas relacionados con la inmigración, debe hacerse uso de los instrumentos y estructuras institucionales ya existentes, como la iniciativa del Comité de las Regiones (Asamblea Regional y Local Euromediterránea (ARLEM)), el Consejo de Europa y otras redes pertinentes; |
|
— |
subraya que es necesario impulsar la integración de los migrantes en las sociedades de acogida, ya que son agentes clave del desarrollo, tanto de los países de origen como de destino; |
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— |
subraya la necesidad de realizar esfuerzos comunes para mejorar la gestión de las fronteras exteriores, en particular de las fronteras marítimas meridionales y de todas las regiones que hacen frente a flujos masivos de migrantes en condiciones humanitarias críticas; |
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— |
subraya el papel de la red de funcionarios de enlace de inmigración a la hora de alcanzar los objetivos fijados en la Comunicación. Paralelamente, pide a la Comisión que garantice que los entes locales y regionales competentes puedan tener acceso al intercambio de buenas prácticas y de la información recabada a través de dicha red y beneficiarse de él; |
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— |
acoge positivamente que el planteamiento global se haga extensivo a otros países y regiones, como Asia, América Latina y el Caribe, y exhorta a la Comisión Europea a seguir avanzando en esta dirección, destacando la necesidad de establecer modalidades de diálogo con estas regiones y preparando así el terreno para estrechar la cooperación y la coordinación con África, así como con las regiones orientales y sudorientales vecinas de la UE. |
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Ponente |
: |
Arnoldas Abramavičius (LT/PPE), Alcalde del Distrito Municipal de Zarasai |
Texto de referencia:
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: reforzar el planteamiento global de la migración: aumentar la coordinación, la coherencia y las sinergias
COM(2008) 611 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Papel de los entes locales y regionales
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1. |
opina que los entes locales y regionales están en primera línea a la hora de elaborar, aplicar, evaluar y supervisar la política de migración, por lo que se les deberían considerar agentes centrales de su desarrollo; |
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2. |
recuerda que los entes locales y regionales tienen competencias, ya sean compartidas o exclusivas, en este ámbito. Por este motivo, los Estados miembros y la Comisión Europea deberían consultarlos obligatoriamente, también en el proceso prelegislativo y en el procedimiento de consulta que implica al Comité de las Regiones; |
|
3. |
subraya que tanto los Estados miembros como las instituciones comunitarias deben fomentar una colaboración interinstitucional más estrecha; |
|
4. |
considera que debería prestarse más atención al refuerzo de las capacidades de los entes locales y regionales, ya que desempeñan un papel esencial en la elaboración y gestión de la política de migración y, en particular, en el fomento de la cooperación con las administraciones de terceros países responsables en materia de empleo e inmigración. Este enfoque ha sido reiterado por el CDR en sus anteriores dictámenes (1); |
|
5. |
lamenta que no se reconozca lo suficiente el papel crucial que desempeñan los entes locales y regionales en la cooperación territorial transfronteriza en el ámbito de la migración; |
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6. |
destaca que debería llevarse a cabo una evaluación más detallada de iniciativas como la exploración de nuevas metodologías científicas para la recogida y el intercambio de datos sobre las rutas migratorias, así como sobre las políticas de integración y sus consecuencias para los entes locales y regionales en términos de carga financiera y administrativa; |
|
7. |
pide que la Comisión Europea trabaje para mejorar la producción y difusión de información fiable, actualizada y pertinente tanto cuantitativa como cualitativamente, pues constituye la base esencial para determinar las características específicas de cada Estado miembro en materia de inmigración; |
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8. |
respalda la idea de que se haga referencia explícita a la necesidad de aumentar los recursos humanos y financieros para supervisar la aplicación de la legislación en vigor, ya que constituye un elemento esencial para la mejora del marco regulador; |
|
9. |
considera que la iniciativa de la Comisión de respaldar a las organizaciones locales que trabajan con los inmigrantes en los países de origen debería ir dirigida directamente a los contextos local y regional, para mejorar el conocimiento de las oportunidades existentes en los países de origen. Por este motivo, recomienda que se invite a participar a los entes locales y regionales y sus asociaciones nacionales, en particular en los países asociados y otros terceros países que están desarrollando la aplicación de una política común de migración; |
|
10. |
señala que, cuando se aborden temas relacionados con la inmigración, debe hacerse uso de los instrumentos y estructuras institucionales ya existentes, como la iniciativa del Comité de las Regiones (Asamblea Regional y Local Euromediterránea (ARLEM)), el Consejo de Europa y otras redes pertinentes; |
|
11. |
recomienda, por lo que se refiere a la elaboración de las políticas de migración, que se adopte un enfoque inclusivo, por lo que la Comunicación de la Comisión Europea debería mencionar de manera explícita a todos los agentes implicados a nivel local, regional y central que contribuyen a la elaboración de políticas y garantizan su eficacia en la fase de aplicación; |
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12. |
señala que las conclusiones de la Cumbre Europea de Regiones y Ciudades, celebrada en Praga en 2009, pedían que se aplique un enfoque integrado y global a la cuestión de la migración y la integración, basado en el trabajo de los entes locales y regionales; |
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13. |
considera que una política de migración europea elaborada sobre una base común no debe impedir que los Estados miembros mantengan normas nacionales más generosas en ciertos ámbitos, cuando lo consideren justificado; |
Pasos para reforzar el enfoque global aplicado a la migración
Recomendaciones generales
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14. |
considera que la política de migración de la UE tiene, por su naturaleza misma, un carácter transversal y polifacético, por lo que es responsabilidad compartida de la Unión Europea y los diferentes niveles de gobernanza, los Estados miembros y los terceros países. Todos ellos deberían colaborar de conformidad con los principios de democracia, subsidiariedad, solidaridad y confianza mutua y las particularidades de los diferentes contextos regionales y locales, respetando los derechos humanos y los valores fundamentales que constituyen la esencia de la UE; |
|
15. |
acoge favorablemente el objetivo de fomentar un planteamiento global de la migración, que tenga como tema primordial el refuerzo del diálogo político y la cooperación efectiva entre los Estados miembros y los terceros países y regiones, al mismo tiempo que se garantiza la coherencia con los principios básicos y los ambiciosos objetivos de las políticas de desarrollo de la UE en el ámbito social, económico y de las relaciones exteriores; |
|
16. |
subraya que las orientaciones establecidas en documentos anteriores de la UE (2) siguen teniendo validez, en particular por lo que se refiere a los tres componentes (buena gestión de la migración legal, lucha contra la inmigración irregular y relación entre migración y desarrollo) y la necesidad de que se apliquen de manera equilibrada; |
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17. |
señala que el proyecto de Comunicación de la Comisión Europea solo hace hincapié en los niveles nacional y europeo, y que debería darse mayor importancia a los entes locales y regionales y su papel para la aplicación de una política global de migración; |
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18. |
pide que se preste mayor atención a las circunstancias particularmente delicadas en que se encuentran las inmigrantes, un aspecto tratado ya por el Comité de las Regiones en su dictamen de 2007 (CDR 296/2007); |
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19. |
respalda las conclusiones del Consejo de la Unión Europea de diciembre de 2008 (3), y recuerda que es necesario garantizar una mayor coherencia en la financiación, para asegurar una rápida aplicación de las medidas previstas; recomienda que se utilicen los fondos comunitarios existentes para mejorar la cooperación entre los entes locales y regionales de la UE y sus homólogos en los países de origen; |
Migración económica legal y movilidad
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20. |
está de acuerdo en que la movilidad debería seguir siendo uno de los elementos esenciales de la migración legal y subraya la necesidad de que los entes locales y regionales la fomenten en mayor medida, entre otras cosas mediante nuevas asociaciones piloto de movilidad como las firmadas con Moldova y Cabo Verde; |
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21. |
pide a los entes locales y regionales que contribuyan plenamente a recabar la información sobre los flujos migratorios regulares que será divulgada a través de portales interactivos como el futuro Portal de la Inmigración de la UE, el Portal Europeo de la Movilidad en el Trabajo, la red EURES y el Portal Europeo para la Movilidad de los Investigadores, lo que serviría para garantizar que las características locales y regionales se ven adecuadamente reflejadas en el desarrollo de las políticas de migración; |
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22. |
respalda las propuestas de la Comisión de potenciar las iniciativas para el fomento de soluciones más flexibles y eficaces para los migrantes en lo relativo al mercado de trabajo, explorando, entre otras cosas, nuevas posibilidades sobre la transferencia de los derechos de pensión, el reconocimiento de las cualificaciones profesionales y la inclusión social de los migrantes; |
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23. |
subraya que es necesario impulsar la integración de los migrantes en las sociedades de acogida, ya que son agentes clave del desarrollo, tanto de los países de origen como de destino; |
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24. |
acoge favorablemente la creación de una red de observatorios de la migración, como se prevé en las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales aprobadas el 8 de diciembre de 2008, pues refuerza el estatus de los perfiles migratorios como instrumento clave de la política común de inmigración de la UE. En este sentido, los entes locales y regionales deberían participar directamente en el trabajo de dichos observatorios y actuar como agentes clave en su creación y en la puesta en práctica de sus actividades; |
Lucha contra la migración irregular
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25. |
es favorable a la ampliación del mandato de Frontex para prestar asistencia a terceros países en materia de control de fronteras, como se proponía ya en un dictamen anterior del CDR (CDR 210/2008); |
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26. |
respalda la idea avanzada en el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo de examinar la posibilidad de crear un sistema europeo de guardias de fronteras; |
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27. |
señala que la Comunicación de la CE debería hacer referencia a la participación, en los equipos de intervención rápida en las fronteras, de las administraciones locales y regionales, en particular de las más afectadas por los flujos migratorios; |
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28. |
subraya la necesidad de llevar a cabo esfuerzos comunes para mejorar la gestión de las fronteras exteriores, en particular de las fronteras marítimas meridionales y de todas las regiones que hacen frente a flujos masivos de migrantes en condiciones humanitarias críticas; |
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29. |
subraya el papel de la red de funcionarios de enlace de inmigración a la hora de alcanzar los objetivos fijados en la Comunicación. Paralelamente, pide a la Comisión que garantice que los entes locales y regionales competentes puedan tener acceso al intercambio de buenas prácticas y de la información recabada a través de dicha red y beneficiarse de él; |
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30. |
está de acuerdo con la propuesta de la Comisión de dar prioridad a la aplicación del Plan de Acción de Uagadugu sobre la lucha contra la trata de seres humanos y, en especial, de mujeres y niños, donde el papel de las asociaciones locales y regionales es crucial para desarrollar estrategias y planes de acción de lucha contra el tráfico de seres humanos; |
Migración y desarrollo
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31. |
respalda los programas de colaboración entre el sector público y el privado y las instituciones de los Estados miembros de la UE y de los países de origen destinados a fomentar la migración circular y la lucha contra la fuga de cerebros. Recomienda que los entes locales y regionales pongan su valiosa experiencia y sus conocimientos al servicio de los migrantes para ayudarles a reintegrarse en los mercados de trabajo de sus países de origen; |
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32. |
está de acuerdo con la propuesta de la Comisión para comprender mejor el alcance y el impacto actual y futuro de la fuga de cerebros, que está en la línea de lo solicitado por los entes locales y regionales en un dictamen anterior del CDR (CDR 296/2007); |
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33. |
destaca que deberían realizarse mayores esfuerzos para estudiar la relación existente entre cambio climático y migración; |
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34. |
respalda la importancia de los entes locales y regionales para fomentar el desarrollo económico territorial e impulsar la democracia y la buena gobernanza; insiste igualmente en la necesidad de su participación en la elaboración y la aplicación de programas de cooperación en el ámbito de la migración; |
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35. |
acoge positivamente la Iniciativa conjunta entre la CE y Naciones Unidas sobre Migración y Desarrollo, que respalda a las organizaciones de la sociedad civil y a los entes locales que trabajan para contribuir a crear un vínculo entre migración y desarrollo con vistas a maximizar las sinergias positivas entre los agentes locales y regionales; |
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36. |
hace hincapié en que la participación de los entes locales y regionales, a través de sus asociaciones nacionales y regionales, mediante redes y plataformas de cooperación y con la participación de entes locales y regionales y asociaciones de terceros países, contribuiría de manera significativa a establecer una cooperación más eficaz en relación con la formación de funcionarios policiales, los programas de asociación, la recogida y la difusión de datos, el control de los flujos migratorios y proyectos similares; |
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37. |
subraya la importancia de establecer plataformas permanentes de cooperación, diálogo e intercambio entre los entes locales y regionales y las asociaciones, en particular de las orillas septentrional, meridional y oriental del Mediterráneo. La creación de la Asamblea Regional y Local Euromediterránea podría servir como ejemplo para seguir avanzando; |
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38. |
subraya que el papel y la contribución de las diásporas al desarrollo de sus países de origen, a través, por ejemplo, de transferencias de fondos y del desarrollo de asociaciones y contactos a través de redes, requiere una atención más sistemática; |
Planteamiento geográfico
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39. |
respalda la posición del Consejo de la Unión Europea (4) sobre el establecimiento de un diálogo tripartito entre los países de origen, destino y tránsito en diferentes áreas geográficas, que deben explorarse al mismo tiempo que se utilizan y amplían las herramientas existentes, como las asociaciones de movilidad, los canales bilaterales y los marcos de cooperación como CEDEAO, el proceso de Rabat, las asociaciones piloto de movilidad y otros, al mismo tiempo que deberían diversificarse las herramientas y métodos específicos para adaptarlos a las necesidades y posibilidades reales de las regiones y terceros países; |
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40. |
acoge positivamente que el planteamiento global se haga extensivo a otros países y regiones, como Asia, América Latina y el Caribe, y exhorta a la Comisión Europea a seguir avanzando en esta dirección, destacando la necesidad de establecer modalidades de diálogo con estas regiones y preparando así el terreno para estrechar la cooperación y la coordinación con África, así como con las regiones orientales y sudorientales vecinas de la UE. |
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
(1) Dictamen del CDR sobre el tema «Una Política Común de Emigración para Europa», 210/2008 fin.
(2) COM(2007) 248 final; COM(2007) 780 final; COM(2008) 359 final; Consejo de la Unión Europea, «Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo», núm. 13440/08, ASIM 72, Bruselas, 24.9.2008, Declaración de Lima, 18 de mayo de 2008.
(3) 2914o reunión del Consejo de Asuntos Generales, Bruselas, 8 de diciembre de 2008.
(4) 2914o reunión del Consejo de Asuntos Generales, Bruselas, 8 de diciembre de 2008, apartado 22.
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/47 |
Dictamen del Comité de las Regiones «un nuevo impulso para detener la pérdida de biodiversidad»
(2009/C 211/06)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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constata formalmente el fracaso de las políticas para detener en 2010 la pérdida de biodiversidad en Europa, lo cual exige una estrategia voluntarista que debe reflejarse en un enfoque sistémico y mantenerse a muy largo plazo, mucho más allá de 2010. En esta estrategia deberán participar plenamente los entes locales y regionales, y los Estados miembros deben facilitarles los medios jurídicos y financieros necesarios; |
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invita a la Unión Europea, a los Estados miembros y a los entes locales y regionales a crear un sistema riguroso de ecocondicionalidad de las subvenciones y ayudas. Invita a la Comisión a alentar a los Estados miembros a que revisen su fiscalidad y a favorecer la biodiversidad con sus fondos nacionales; |
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— |
considera necesario consolidar en muchos países las zonas incluidas en la red Natura 2000 y pide a los Estados miembros que asuman su responsabilidad sobre sus espacios marinos y sus aguas subterráneas. Es preciso elaborar y aplicar planes de gestión adaptados a los espacios Natura 2000 en los que participen los entes locales y regionales y los propietarios de tierras y recursos; |
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considera urgente la realización de una trama ecológica, una verdadera infraestructura natural, y pide acciones para garantizar que ninguna de las medidas contra las emisiones de gases de efecto invernadero tenga efectos negativos sobre la diversidad biológica. Además, cree que la estrategia de lucha contra las especies invasivas sólo puede ser eficaz en el ámbito europeo; |
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— |
cree que el éxito de una estrategia de conservación de la diversidad biológica sólo puede garantizarse con la participación de la población en general, y anima a los entes locales y regionales a participar y a buscar apoyos para elaborar programas de calidad para la sensibilización y la formación. |
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Ponente |
: |
René SOUCHON (FR/PSE), Presidente del Consejo Regional de Auvernia |
Textos de referencia:
Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Evaluación intermedia de la aplicación del Plan de Acción comunitario para la biodiversidad
COM(2008) 864 final
y
Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — Hacia una estrategia de la UE sobre especies invasoras
COM(2008) 789 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
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1. |
constata –basándose en la opinión de científicos e investigadores– que la desaparición de especies vivas, tanto animales como vegetales, es mucho más rápida que en ningún otro momento desde que existe la vida; |
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2. |
constata la absoluta importancia de la biodiversidad para la supervivencia de la humanidad, sobre todo por los servicios de los ecosistemas, para las generaciones futuras, pero ya también para la generación actual; |
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3. |
señala la influencia del clima en la dinámica y la distribución de las especies vivas; |
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4. |
observa que el ser humano es incapaz de vivir en un entorno únicamente mineral, y de ello deduce que las modificaciones o el deterioro de la biodiversidad tendrán para la humanidad consecuencias dramáticas; |
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5. |
observa los efectos sociales y económicos negativos de la pérdida de biodiversidad y de la merma de los servicios ecosistémicos; |
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6. |
recuerda que se han definido como graves causas del deterioro de la biodiversidad la alteración artificial de los suelos, la fragmentación de los espacios naturales y el desarrollo de poblaciones de especies vegetales y animales exóticos, la intensificación agrícola, el cambio climático y los distintos tipos de contaminación; |
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7. |
constata que la diversidad biológica debe gestionarse y preservarse a escala regional y local para salvaguardarla globalmente, y reconoce que para ello es necesario aglutinar a todos los intervinientes locales dedicados a proteger la biodiversidad: en especial empresas, asociaciones, propietarios y gestores del espacio rural, científicos y responsables políticos así como entes locales y regionales. |
Aspectos generales y papel de los entes locales y regionales
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8. |
cree que las consecuencias de la pérdida de biodiversidad pueden ser extremadamente graves para la humanidad, al igual que las provocadas por el cambio del clima; |
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9. |
constata formalmente el fracaso de las políticas para detener en 2010 la pérdida de biodiversidad en Europa, imputable a la gran distancia entre las ambiciones declaradas, las acciones realizadas y los medios empleados; |
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10. |
observa, no obstante, el éxito de algunas acciones aisladas, como los planes para la conservación de ciertas especiales vegetales o animales (alimoche, nutria, ganso (Branta bernicla), etc.) y hábitats (bosques aluviales de Renania, Támesis, etc.), así como planes de gestión aplicados en algunos espacios determinados; |
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11. |
considera imperiosa la necesidad de dar un nuevo impulso –por ejemplo, en el marco de la aplicación del Convenio europeo para la protección del paisaje en todos los Estados miembros– a las estrategias y programas que se orientan o contribuyen a la preservación duradera de la biodiversidad y de los servicios ecosistémicos, a fin de que los medios empleados se traduzcan en resultados tangibles; |
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12. |
para ello, cree necesaria la estrecha colaboración de los entes locales y regionales, tanto en la definición como en la aplicación de los programas y, por tanto, deben facilitárseles unos medios jurídicos y financieros a la altura de las responsabilidades correspondientes en el marco de la sostenibilidad; |
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13. |
observa que los comportamientos de las sociedades ante los recursos y medios naturales (utilización o explotación de los recursos, ocupación del suelo, empleo de los espacios, etc.) vienen señalados, ante todo, por el valor de la naturaleza en las tradiciones culturales, e invita a la UE a trabajar por el desarrollo de una nueva visión cultural de la diversidad biológica que aúne plenamente, en un enfoque global, un planteamiento ético ligado particularmente al valor intrínseco de la naturaleza, patrimonio de la humanidad, y un enfoque más utilitarista que sea el que permiten los servicios que ofrecen los ecosistemas; |
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14. |
señala que la salvaguarda de diversidad biológica y de los servicios ecosistémicos (protección contra la erosión del suelo, depuración de las aguas, etc.) impone una estrategia voluntarista que debe reflejarse en un enfoque sistémico (es decir, en la lógica coherente de un conjunto de elementos diferentes con interrelaciones dinámicas) y mantenerse a muy largo plazo, mucho más allá de 2010. En esta estrategia deberán participar formalmente los entes locales y regionales; |
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15. |
desea que la conservación de la diversidad biológica se convierta, mucho más allá de 2010, en un elemento aglutinador de la gestión y la ordenación de los territorios, tanto rurales como urbanos; |
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16. |
desea que la conservación de la diversidad biológica se convierta, mucho más allá de 2010, en un elemento clave de las políticas, estrategias y programas europeos. Como tema transversal integrado en los otros, debe convertirse en el hilo conductor que garantice la indispensable coherencia concreta de las diversas políticas de gestión y utilización de los territorios y exija una estrecha cooperación entre las distintas direcciones de la Comisión, así como una clara movilización de los entes locales y regionales; |
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17. |
se felicita por el rigor del método elaborado por los Estados miembros y la Comisión, que ha dado lugar a una evaluación intermedia que sintetiza la situación de la biodiversidad y de la aplicación de los programas de acción. Este método se basa en una autoevaluación de los proyectos realizados por los Estados miembros que la Comisión sintetiza en una visión de conjunto coherente; |
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18. |
se felicita por la Resolución del Parlamento Europeo, aprobada por unanimidad el 3 de febrero de 2009, que reconoce la necesidad de una red europea de lo que se denomina «espacios naturales» («wilderness» en inglés), es decir, muy poco modificadas por la actividad humana (2008/2210 (INI)), y celebra que la Presidencia checa del Consejo organizara, los días 27 y 28 de mayo de 2009, una conferencia sobre el tema «Tierras Silvestres y Grandes Áreas de Hábitats Naturales en Europa» («Conference on Wilderness and Large Natural Habitat Areas in Europe»); |
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19. |
observa que, de conformidad con el principio de subsidiariedad, la preservación duradera de la diversidad biológica y de los servicios ecosistémicos requiere tanto medidas a escala local como una consideración global impuesta por el funcionamiento de los ecosistemas, que supera las fronteras administrativas y de las que dependen, en particular, los servicios prestados a la población; |
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20. |
invita a los Estados miembros a aplicar rigurosamente las disposiciones de la evaluación estratégica medioambiental (Directiva 2001/42/CE) y de la evaluación de las repercusiones sobre el medio ambiente (Directiva 85/337/EC), así como el procedimiento Natura 2000 para reducir al mínimo la presión sobre el medio natural y la diversidad biológica; |
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21. |
cree que una estrategia de conservación de la diversidad biológica ha de ser ambiciosa para alcanzar el objetivo de detener la pérdida de biodiversidad. Además, debe incluir un capítulo económico y financiero y atraer a los entes locales y regionales, así como a los propietarios. Las estrategias que se utilicen deben diseñarse y ejecutarse en las distintas esferas del funcionamiento de los sistemas naturales a fin de garantizar su indispensable coherencia y la participación de todos; |
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22. |
invita a la Unión Europea, a los Estados miembros y a los entes locales y regionales a crear un sistema riguroso de ecocondicionalidad de las subvenciones y ayudas basado en indicadores claros, como los que están perfeccionándose en el marco del proyecto SEBI-2010, que integra la diversidad biológica y sus interrelaciones; |
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23. |
invita a la Comisión a alentar, en lo que la concierne, tanto la revisión de la fiscalidad de los Estados miembros como una adaptación de los fondos nacionales de ayuda a las empresas y entes territoriales, de forma que se defienda mejor la biodiversidad, por ejemplo reduciendo el IVA de los productos de la agricultura biológica o los procedentes de espacios incluidos en Natura 2000. Ciertamente es deseable: |
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23.1 |
por una parte, reducir e incluso suprimir las tasas e impuestos y las subvenciones que dan lugar a conductas negativas para la biodiversidad, a fin de lograr una coherencia interna en las leyes y códigos nacionales sobre protección de la biodiversidad; |
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23.2 |
por otra parte, aumentar las subvenciones y ampliar el ámbito de aplicación de las exenciones de impuestos que dan lugar a conductas positivas para la biodiversidad; |
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24. |
invita a la Comisión a integrar los requisitos de conservación de la diversidad biológica y de los servicios ecosistémicos derivados, además de criterios de salud y bienestar de las poblaciones, en las reflexiones que se llevan a cabo en Europa con vistas a la revisión de los criterios utilizados para calcular le PIB (que sólo mide flujos financieros y no la importancia del capital conservado); por ejemplo, los gastos que corresponden a trabajos necesarios por contaminación, accidental o no, deberían deducirse en vez de sumarse como se hace ahora; |
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25. |
pide encarecidamente que se mantengan las acciones iniciadas para detener la pérdida de biodiversidad mucho más allá de 2010; |
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26. |
considera que la respuesta a la crisis económica, frente a la cual se deben adoptar amplias medidas de reestructuración, exige la plena integración de los parámetros de la diversidad biológica. La importancia de esta cuestión medioambiental debe reflejarse mejor en todos los ámbitos de la organización territorial y, sobre todo, en las actividades económicas. |
La biodiversidad en la Unión Europea
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27. |
subraya la necesidad de acciones decididas, voluntarias y coherentes a escala europea, unas acciones que se desarrollen en todos los ámbitos locales y regionales, particularmente las regiones, para lograr un mayor acercamiento a los ciudadanos; |
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28. |
subraya la originalidad y la fuerza de la iniciativa Natura 2000, en la que científicos y políticos participan estrechamente en pro de una utilización sostenible de los recursos naturales. Se felicita por las designaciones realizadas, que abarcan aproximadamente el 20 % del territorio europeo; |
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29. |
no obstante, considera que es preciso consolidar la red de Zonas Especiales de Conservación (Directiva sobre los hábitats, 92/43/CEE) y de Zonas de Especial Protección (Directiva sobre las aves silvestres, 79/409/CEE) en la mayoría de los países, pues la poca solidez de los datos científicos de referencia hace que no se aprecie claramente la adecuación de los espacios Natura 2000 terrestres a los criterios de estas dos Directivas. Además, pide a los Estados miembros que asuman su responsabilidad tanto sobre sus espacios marinos como sobre sus reservas de aguas subterráneas; |
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30. |
subraya la especial importancia de los ecosistemas de los estuarios, hábitats clave para la diversidad biológica de los ecosistemas tanto marinos como de agua dulce, y pide que se les preste la máxima atención por medio de un plan de gestión obligatorio e integrado, al menos para las zonas de Natura 2000; |
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31. |
insiste en la necesidad de atender a la calidad del suelo y a su biodiversidad; los suelos son, efectivamente, el único componente ecológico del planeta por el que pasan todos los flujos de materia y de energía propios de la dinámica de los ecosistemas y, por tanto, de la dinámica de las especies. Es preciso reforzar sustancialmente el apartado sobre diversidad biológica de la Directiva que está elaborándose al respecto; |
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32. |
pide que se dé una atención especial a la preservación del nivel y la calidad de las capas freáticas, de especial importancia tanto para la calidad y la diversidad biológica de los suelos (en particular para la agricultura) como para abastecer de agua potable a los ciudadanos; |
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33. |
desea que se refuercen las relaciones operativas entre los expertos, procedentes de organismos científicos o de asociaciones naturalistas y los responsables políticos: para lograr la eficacia en el objetivo de la preservación duradera de la diversidad biológica, las decisiones y la aplicación de los programas dependen tanto de la competencia de los expertos científicos como de la de los responsables de la gestión de los territorios; |
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34. |
cree que los espacios Natura 2000 sólo podrán realizar una contribución completa a la preservación duradera de la diversidad biológica si se cuenta con una gestión del patrimonio adaptada, en la que estén presentes particularmente los entes locales y regionales y los titulares de aprovechamientos y terrenos particulares; la constatación de que probablemente el estado de conservación de la mitad de las especies y más de tres cuartas partes de los hábitats de interés europeo es desfavorable demuestra la necesidad urgente de organizar la gestión ad hoc de estos espacios; |
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35. |
considera que la red Natura 2000 y todas las zonas de naturaleza virgen deben estar plenamente integradas en las estrategias de conservación de la biodiversidad que pongan en marcha los Estados miembros y los entes locales y regionales; |
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36. |
invita a realizar con urgencia una trama ecológica, una verdadera infraestructura natural que garantice las conexiones funcionales entre los espacios Natura 2000 y las zonas de naturaleza virgen prioritariamente, pero también en las zonas urbanas y periurbanas agrícolas, movilizando a todos los entes locales y regionales, entre ellos las regiones. Esta infraestructura ecológica deberá ser respetada por los trazados de vías (autopistas, ferrocarril, etc.) actuales y futuros a fin de no fragmentar los espacios, así como ser integrada en la nueva política agrícola común; |
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37. |
constata que, debido a sus características funcionales, la diversidad biológica de los espacios Natura 2000 soporta las grandes presiones producidas por los espacios próximos, y cree que la gestión y explotación de éstos deberían contribuir de forma duradera a la preservación de la diversidad biológica y de los servicios ecosistémicos dentro de los espacios Natura 2000; |
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38. |
insiste en la necesidad de revisar en profundidad y reforzar las políticas de pesca (PPC) y de agricultura (PAC), además de crear una política de bosques en la que deberán integrarse plenamente los requisitos de la diversidad biológica y los principios de la ecocondicionalidad de las ayudas; |
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39. |
hace un llamamiento para que las prácticas de la acuicultura, tanto en agua dulce como en agua salada, se incorporen al Anexo I de la Directiva 2008/1/CE, que se ocupa de la prevención y la reducción de la contaminación; |
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40. |
sugiere que se revisen los criterios que definen las indicaciones geográficas: las prácticas culturales relacionadas han de integrar los imperativos de la diversidad biológica y de la dinámica de sus interacciones; |
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41. |
se felicita por la decisión (2 de marzo de 2009) del Consejo de Ministros europeos sobre la aplicación del principio de precaución para los cultivos de plantas modificadas genéticamente (Carta de Florencia, firmada el 4 de febrero de 2005). Confía en que este principio se aplique de la forma más estricta y con total transparencia, de acuerdo con el Convenio de Aarhus (firmado el 25 de junio de 1998); |
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42. |
señala su inquietud por las probables consecuencias de los cultivos destinados a la producción de energía, como los agrocarburantes, que necesitan grandes superficies, lo cual aumenta en especial los incentivos para cultivar las tierras en barbecho y las zonas de naturaleza virgen, por ejemplo suprimiendo la obligación de la retirada de tierras de otoño de 2008, lo que contribuye además a la deforestación de los países meridionales. El CDR sugiere a la Comisión que emprenda la evaluación de las consecuencias de los agrocarburantes sobre la biodiversidad, los medios naturales y los ecosistemas; |
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43. |
observa que las especies, los ecosistemas y los flujos de materias derivadas atraviesan las fronteras administrativas, sobre todo nacionales y, por tanto, constata la existencia de espacios Natura 2000 divididos por una frontera nacional; sugiere, pues, crear unos estatutos o etiquetas espaciales transfronterizas a escala europea (Natura 2000, reserva natural o parque regional transfronterizo) a fin de garantizar una gestión coherente con la diversidad biológica y de los ecosistemas en cuestión; |
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44. |
cree que el éxito de una estrategia de conservación de la diversidad biológica sólo puede garantizarse con la participación de la población en general, desde los ciudadanos hasta los dirigentes económicos y los responsables de la gestión de los territorios. Ello implica un programa de calidad para la sensibilización y la formación, aprovechando particularmente las técnicas de comunicación más modernas (Internet), aunque también a través de programas escolares; es preciso alentar y ayudar a los entes locales y regionales, en especial las regiones, que están más próximas a los ciudadanos; |
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45. |
sugiere recompensar los ejemplos de acciones a favor de la diversidad biológica y sus interacciones dinámicas difundiéndolos. |
El caso particular de las especies invasoras
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46. |
se congratula de que la Comisión preste tanta atención al problema de las especies exóticas invasivas, que constituyen un grave peligro para la diversidad biológica local; |
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47. |
reitera su recomendación sobre la urgencia de afrontar la cuestión de las especies invasivas (CDR 159/2006 fin) con una estrategia decidida y clara en la que tomen parte los entes locales y regionales; considera indispensable preparar una Directiva ad hoc; |
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48. |
cree que la estrategia de lucha contra las especies invasivas sólo puede ser eficaz en el ámbito europeo; ello supone la participación coherente y resuelta de todos los Estados miembros, sobre todo en las disposiciones reglamentarias, y de sus entes locales y regionales, sobre todo en las medidas de lucha; en efecto, cree que el nivel regional será el más eficaz en cuanto a las acciones de vigilancia, prevención y eliminación de especies invasivas; |
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49. |
constata la falta de disposiciones reglamentarias adaptadas, pese a la existencia de textos específicos en otros ámbitos a escala europea, que es la adecuada para controlar la introducción de especies vegetales y animales exóticas; |
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50. |
lamenta la heterogeneidad de las disposiciones y medidas nacionales, pues estorba enormemente la eficacia de las estrategias de lucha contra las especies exóticas invasivas, y pide a los Estados miembros que apliquen unas disposiciones reglamentarias que permitan una coherencia global; |
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51. |
considera urgente la aplicación de medidas para un control estricto de las importaciones, al menos las voluntarias, de especies no autóctonas en el territorio europeo, si bien llama la atención hacia las consideraciones que presiden o sustentan las decisiones correspondientes, y recomienda la máxima vigilancia ética. |
La UE y la biodiversidad en el mundo
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52. |
reconoce la responsabilidad especial de la Unión Europea respecto de la diversidad biológica mundial, tanto por su historia como por sus intercambios económicos, de lo cual se deriva el deber de ser ejemplar; |
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53. |
insiste en los graves riesgos inherentes a la apertura de los mercados por la difusión de especies, naturales o genéticamente modificadas, que pueden llegar a ser invasivas; por tanto, apela con insistencia a integrar los imperativos de conservación de la biodiversidad en todos los acuerdos comerciales internacionales; |
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54. |
invita a los Estados miembros a asumir plenamente su responsabilidad sobre sus espacios terrestres y marinos situados fuera de las fronteras europeas, especialmente en sectores con abundantes especies vivas y ecosistemas originales, también los lejanos; |
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55. |
invita a respaldar la puesta en marcha de cooperaciones internacionales entre regiones con vistas a apoyar acciones, sobre todo económicas y educativas, a favor de la conservación duradera de la biodiversidad a una escala en la que las regiones serían, a un tiempo, promotoras y bases de su ejecución. |
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56. |
insiste en la importancia de crear un comité internacional de expertos en materia de biodiversidad que esté claramente inspirado en otros existentes, como el Centro Temático Europeo de la Naturaleza, la UICN o la IPBES (en fase de puesta en marcha). |
Biodiversidad y cambio climático
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57. |
comprueba la determinante influencia de las condiciones climáticas en las especies y los ecosistemas y, por tanto, en la diversidad biológica, razón por la cual es preciso adoptar –por ejemplo en el caso de los sistemas ecológicamente inestables– un planteamiento por sistemas en vez de un planteamiento por especies. Invertir en un entorno natural podría conducir a la emergencia, por ejemplo, de nuevos ecosistemas; |
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58. |
invita a actuar de tal forma que ninguna de las medidas contra las emisiones de gases de efecto invernadero tenga efectos negativos sobre la diversidad biológica; |
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59. |
considera necesario acercar los centros de producción, sobre todo de alimentos, a los centros de consumo, para limitar el gasto energético provocado por el transporte de larga distancia, por una parte, y aumentar la soberanía y la autosuficiencia alimentaria de los Estados, por otra; |
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60. |
puesto que observa, además, la contribución de las especies al movimiento planetario de los gases de efecto invernadero, en especial el CO2, invita a tener en cuenta el objetivo de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en los programas de conservación de la biodiversidad, por ejemplo preservando los tipos de hábitats que captan CO2 y producen O2, como los bosques y las zonas húmedas (marismas, turberas, etc.); |
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61. |
constata que se ha recuperado el interés por los bosques, que vuelven a verse como recurso energético renovable, e insiste en la necesidad de que ello no dé lugar a una nueva gestión (monocultivo, ciclos de explotación reducidos, etc.) contraria a la diversidad biológica; |
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62. |
insiste en que las inversiones y actividades vigentes productoras de energías renovables que provoquen una alteración del hábitat o consecuencias negativas para la biodiversidad (en especial las minicentrales y las centrales hidroeléctricas) han de utilizar el recurso natural respetando unas condiciones básicas que garanticen la subsistencia y continuidad de la biodiversidad potencial del entorno fluvial. En caso de que se produzca un descenso del rendimiento de la actividad por el hecho de respetar la biodiversidad, en ningún caso ello puede constituir un derecho a percibir ayudas públicas como compensación, ya que se trata de una obligación de obligado cumplimiento. También ha de garantizarse absolutamente el corredor ecológico que representa el curso de agua y el entorno del llano fluvial, a fin de no aislar las poblaciones. |
La base de conocimientos
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63. |
insiste en la necesidad de disponer de conocimientos fiables sobre la diversidad biológica, su estado y la funcionalidad de los ecosistemas, y en que tales conocimientos estén el alcance del mayor número posible de personas; |
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64. |
recalca la importancia de la investigación en el ámbito de las ciencias de la naturaleza y la ecología. Por ello debe crearse una red de espacios con protección integral o de zonas de «espacios naturales» que constituya un observatorio de las dinámicas naturales, especialmente bajo la influencia del cambio climático; |
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65. |
sugiere desarrollar la investigación para medir y analizar más precisamente el valor real (tanto cultural como económico) de la diversidad biológica y de los servicios ecosistémicos que aporta; tal investigación deberá recurrir a equipos de las distintas disciplinas a fin de desarrollar un trabajo sistémico y alcanzar una visión global que abarque elementos tanto naturalistas como culturales; |
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66. |
insiste en la necesidad de conocer y determinar debidamente, tanto a escala nacional como regional, las principales causas de la pérdida de diversidad biológica y de la consecuente reducción de los servicios ecosistémicos para poder elaborar y aplicar estrategias de conservación eficaces; |
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67. |
subraya la absoluta necesidad de elaborar o perfeccionar un conjunto de indicadores pertinentes (por ejemplo los del proyecto SEBI-2010), iguales en toda Europa, para la supervisión operativa de la evolución de la diversidad biológica, su estado y la funcionalidad de los ecosistemas; |
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68. |
invita a los Estados miembros a recuperar y renovar la enseñanza, en especial la superior, de las ciencias de la naturaleza, particularmente sobre el terreno, y del conocimiento de las especies y los ecosistemas; |
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69. |
invita a los Estados miembros a integrar asignaturas sobre biodiversidad en la enseñanza técnica superior y la formación profesional (ordenación del territorio, agricultura, construcción de infraestructuras, economía, urbanismo, etc.). |
Las grandes medidas de apoyo
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70. |
insiste en la imperiosa necesidad de dotar a los entes nacionales, locales y regionales de los medios humanos, técnicos y financieros necesarios para apoyar programas duraderos, es decir, mucho más allá de 2010, a fin de garantizar la conservación a largo plazo de la biodiversidad; |
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71. |
pide que se aumenten las dotaciones presupuestarias y se simplifiquen los procedimientos de autorización correspondientes sin reducir los beneficios para la diversidad biológica, en especial en lo relativo a LIFE+, aunque también que se mejore la utilización de los fondos de FEDER, FEADER y FEP en favor de la conservación de la biodiversidad; |
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72. |
desea que se aplique de forma estricta una ecocondicionalidad rigurosa en la atribución de las ayudas financieras correspondientes, empleando unos criterios que incluyan indicadores claros y fiables, como los del proyecto SEBI-2010; |
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73. |
insiste enérgicamente en la necesidad de que los equipos administrativos y logísticos trabajen en estrecha cooperación desde la concepción de los proyectos, a fin de garantizar un enfoque sistémico (es decir, en la lógica coherente de un conjunto de elementos diferentes con interrelaciones dinámicas), ya sean de la Comisión, de los Estados miembros o de los entes locales y regionales; |
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74. |
insiste enérgicamente en la necesidad de llevar a cabo programas de investigación científica, muy especialmente en el ámbito de las ciencias de la naturaleza y la ecología, a fin de disponer de los conocimientos indispensables para alcanzar el objetivo de detener la pérdida de diversidad biológica, y hace hincapié en la importancia de centrar los programas de adquisición de competencias y desarrollo de carreras científicas (por ejemplo, mediante becas europeas) en cuestiones relacionadas con la biodiversidad, tanto en el ámbito de las ciencias de la vida como en el de las ciencias sociales; |
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75. |
subraya la importancia de acciones educativas, en particular, las dirigidas a escolares, estudiantes y jóvenes en general, orientadas a lograr el respaldo popular, es decir, dirigidas a todas las clases sociales, para afrontar los problemas y proteger la biodiversidad. Tales acciones deberían apoyarse en la cercanía de los entes locales y regionales a los ciudadanos. |
Vigilancia
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76. |
recuerda que los resultados concretos de una política de conservación de la biodiversidad son a largo plazo: más allá de 2010 e incluso de 2020; por ello, la evaluación de los logros al cabo de dos años sólo puede referirse a la efectividad de la ejecución de las acciones; |
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77. |
recuerda insistentemente que la evaluación de la diversidad biológica no debe enfocarse sólo al número de especies vivas, sino que ha de integrar plenamente sus interrelaciones, la complejidad de los ecosistemas y su funcionalidad; |
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78. |
invita a las asociaciones naturalistas a valorizar sus conocimientos en el marco del seguimiento y la alerta sobre los cambios que se producen en materia de biodiversidad y a comunicarlos a los entes locales y regionales; |
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79. |
invita a crear un «Observatorio de la biodiversidad» estable (que podría formar parte de un Centro Temático Europeo de la Naturaleza reforzado) como seguimiento de la actuación para la evaluación intermedia actual. Es deseable que este observatorio reciba información de otros nacionales, regionales y de otros ámbitos infranacionales. |
Bruselas, 18 de junio de 2009
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/54 |
Dictamen del Comité de las Regiones «la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea»
(2009/C 211/07)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
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propone que las limitaciones y medidas de gestión de los biorresiduos se decidan a nivel nacional. Las autoridades competentes, que en muchos Estados miembros son los entes locales y regionales, deberían tener libertad para elegir métodos de gestión de residuos adaptados a las condiciones locales, seguros desde el punto de vista medioambiental y eficaces; |
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— |
subraya que el objetivo global es evitar la producción de biorresiduos; propone que se hagan esfuerzos para sensibilizar en mayor medida a los ciudadanos, limitar la destrucción de alimentos y apoyar una planificación urbana previsora, la jardinería ecológica y el compostaje casero, así como para que los contratos públicos se consideren una herramienta importante en este sentido; |
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— |
opina que la adopción de medidas a nivel nacional para limitar el vertido de biorresiduos por encima de los límites impuestos por la UE, asociada a ayudas comunitarias para inversiones en infraestructuras, acelerará el paso hacia métodos más sostenibles de tratamiento de los biorresiduos; |
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pide que se efectúe una recogida selectiva de los biorresiduos, entre otras cosas para garantizar su calidad. No obstante, las modalidades de recogida de los biorresiduos deberían estar determinadas por las condiciones locales e introducirse en los Estados miembros como un instrumento más para desarrollar la gestión de los biorresiduos; |
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— |
considera que la configuración y el marco de los objetivos de recogida selectiva y reciclado deben ser establecidos por la UE, pero cada Estado miembro ha de tener la posibilidad de fijar unos objetivos nacionales acordes con sus propias condiciones y necesidades. Los objetivos no legislativos a nivel de la UE deben ser progresivos, ya que la producción de fertilizantes requiere una gestión de los biorresiduos cuya calidad esté garantizada. Por lo que respecta a las sustancias que podrían ser nocivas para el medio ambiente y la salud humana, las normas de calidad relativas al compost y productos similares producidos a partir de biorresiduos deben ser comunes para toda la UE. |
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Ponente |
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Mona-Lisa Norrman (SE/PSE), Miembro de la Asamblea Regional de Jämtland |
Documento de referencia:
Libro Verde sobre la gestión de los biorresiduos en la Unión Europea
COM(2008) 811 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS DEL COMITÉ DE LAS REGIONES
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Observaciones generales
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1. |
acoge positivamente el Libro Verde y su objetivo global de romper el vínculo existente entre crecimiento y aumento del volumen de residuos en la Unión Europea. Este es también un objetivo importante de la Estrategia de la UE para el desarrollo sostenible, según la cual unas elevadas exigencias medioambientales y la cohesión social deben ir a la par con una economía sostenible y dinámica; |
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2. |
constata que la producción y la gestión de los residuos constituyen un problema en la Unión y en el mundo, tanto desde el punto de vista medioambiental como de la salud, que afecta directamente en general a los entes locales y regionales como responsables y organizadores. Constata asimismo que todos los agentes encargados de la gestión de los residuos tienen la responsabilidad de garantizar un grado elevado de protección tanto para el medio ambiente como para la salud humana. Por consiguiente, la gestión de los residuos debe considerarse como un servicio de interés económico general en el sentido del apartado 2 del artículo 86 del TCE; |
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3. |
desea hacer hincapié en que el objetivo general es evitar la producción de biorresiduos siempre que sea posible. Tanto las instituciones de la UE como los Estados miembros deben velar por que este objetivo de interés general se cumpla, de conformidad con el artículo 16 del TCE; |
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4. |
constata que el transporte de los residuos representa una parte considerable de los transportes en la UE, y que estos son un problema para el clima, por lo que deben reducirse. Por este motivo, la gestión de los biorresiduos debe respetar el principio recogido en el apartado 2 del artículo 174 del TCE, que establece que los daños al medio ambiente deben corregirse en la fuente misma. Por consiguiente, es importante que los aspectos relacionados con el transporte y las infraestructuras se integren en la gestión de los biorresiduos. Una herramienta esencial en este trabajo es la elaboración de planes de gestión de residuos, de conformidad con la Directiva de la UE 2008/98/CE sobre los residuos; |
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5. |
toma nota de que el Libro Verde está relacionado con toda una serie de ámbitos políticos que van de los residuos al cambio climático, la energía, los transportes, la agricultura y el consumo y la producción de alimentos, así como la competencia y la libre circulación. Presupone que, en los futuros trabajos para desarrollar la gestión de los biorresiduos, la Comisión integrará, de conformidad con el artículo 6 del TCE, los aspectos de protección medioambiental en los ámbitos políticos pertinentes relacionados con dicha gestión; |
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6. |
considera que es importante respaldar el desarrollo de un mercado de biorresiduos, preferentemente a nivel local. Los biorresiduos han de considerarse como valiosos recursos naturales con los que se puede producir compost, que es esencial para mantener la productividad del suelo, reducir el empleo de fertilizantes artificiales que consumen mucha energía y aumentar la capacidad de retención de humedad del suelo (para reducir así la escorrentía y los efectos de las trombas de agua). En su opinión, el mercado de los biorresiduos debe basarse en los principios recogidos en el Tratado: principio de cautela, principio de acción preventiva y principio de quien contamina paga. Se trata de condiciones fundamentales para que las propuestas futuras de la Comisión en cuanto a la gestión de los biorresiduos puedan responder a las expectativas y exigencias de los ciudadanos de una acción digna en el ámbito de los residuos. El mercado de los biorresiduos debe desarrollarse y analizarse para evitar una creación insuficiente o excesiva de actividad tanto a nivel nacional como europeo. Los planes de gestión de residuos son un instrumento importante de este trabajo; |
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7. |
coincide con la Comisión en que las autoridades responsables en los Estados miembros deben tener libertad para elegir los métodos de gestión de residuos que mejor convengan a las características locales y regionales. Es un principio importante para poder desarrollar métodos de gestión adaptados a las condiciones locales, seguros desde el punto de vista medioambiental y eficaces. Entre los factores importantes se cuentan el clima, la geología y las condiciones de mercado, la demanda de fertilizantes y energía, la densidad de población y el volumen de residuos, las condiciones físicas como las infraestructuras, etc., y un compromiso local y un diálogo eficaz entre las autoridades responsables y los demás agentes, en particular los ciudadanos. En este contexto, no cabe duda de que tanto el principio de subsidiariedad como los principios de autonomía local y de cercanía desempeñan un importante papel para alcanzar los objetivos de la UE; |
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8. |
recuerda que el Libro Verde define «biorresiduos» de conformidad con el apartado 4 del artículo 3 de la Directiva de la UE sobre los residuos. El CDR comprende los temores de la Comisión de adoptar una definición de biorresiduos demasiado amplia, que podría dificultar la labor de disminuir el volumen de biorresiduos y hacer más efectivo su tratamiento. No obstante, el Comité anima a la Comisión a que elabore un análisis de impacto de la definición propuesta en el Libro Verde; |
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9. |
asimismo, desea recordar a la Comisión que la ampliación de las infraestructuras de una sociedad para, por ejemplo, hacer posible la gestión de los biorresiduos, constituye un reto tanto para los agentes públicos como para los privados. Unos planes de gestión de residuos bien fundamentados, adoptados por las autoridades nacionales, regionales o locales son un instrumento útil para crear una infraestructura eficaz en el contexto de los residuos. Es importante coordinar estos planes de gestión de los residuos con otros en el ámbito de la planificación política. También es posible desarrollar los planes de gestión de residuos para que permitan, por ejemplo, hacer un seguimiento de la gestión de los biorresiduos en los Estados miembros, o como instrumento de intercambio de experiencias; |
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10. |
señala que para respaldar el desarrollo de métodos de gestión de biorresiduos adaptados a las condiciones locales, seguros para el medio ambiente y eficaces, se necesita respaldo económico y mayores inversiones en I+D. Solicita financiación de la UE para la construcción de nuevas infraestructuras y mercados adaptados al nivel local, que hagan posible un tratamiento sostenible de los biorresiduos. La financiación de la UE en este ámbito debe ir acompañada de evaluaciones comparativas y una investigación pertinente, y obedecer a los principios macroeconómicos; |
Observaciones sobre la iniciativa
Pregunta no 1: La prevención de residuos
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11. |
observa que muchos de los biorresiduos englobados en la definición del Libro Verde están asociados al consumo y la producción de alimentos en nuestras sociedades. Se ha dado el ejemplo de Gran Bretaña, donde se desechan hasta el 35 % de los productos alimenticios adquiridos por los hogares. Las compras de los hogares obedecen, cada vez en mayor grado, a ciertas tendencias, el desarrollo de la comida rápida y los platos precocinados o semiprecocinados y la necesidad de ahorrar tiempo y dinero comprando grandes cantidades. El CDR propone que se adopten medidas para concienciar en mayor medida tanto a los productores como a los consumidores sobre la relación existente entre consumo y producción y los costes y los residuos, el medio ambiente y la salud. Asimismo, deberían adoptarse medidas para limitar la destrucción de alimentos por parte de la industria alimentaria, el comercio, los restaurantes, los servicios sanitarios, las escuelas, etc. El Comité considera necesario que se lleve a cabo I+D en el ámbito de la sostenibilidad de la producción y el consumo; |
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12. |
propone que se adopten iniciativas para clarificar y dar visibilidad a la relación entre, por una parte, la legislación comunitaria, las ayudas económicas y las políticas en el ámbito de la agricultura y la alimentación y, por otra, la producción de biorresiduos; |
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13. |
considera que un aspecto importante para el desarrollo de ciudades sostenibles es crear las condiciones para un consumo y una producción sostenibles, gracias a una planificación urbana previsora. Un ejemplo es aumentar al acceso a las tiendas de comestibles en las zonas de residencia, como una alternativa al establecimiento de supermercados fuera de las ciudades. Una planificación urbana basada en gran medida en la pequeña escala favorece unos hábitos de compra más sostenibles, por lo que contribuiría a evitar la creación de biorresiduos; |
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14. |
considera que debe respaldarse el desarrollo de la jardinería ecológica, así como la I+D en este ámbito. El compostaje y reciclado de fertilizantes en el cuidado de jardines, parques y zonas verdes reduce los transportes de residuos, ofrece mayores garantías de calidad y una gestión más segura de los biorresiduos. El compostaje casero debería desarrollarse siempre que sea posible, con el objetivo de crear un ciclo local para los biorresiduos pero también para respaldar y aprovechar el compromiso de los ciudadanos; |
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15. |
subraya que los contratos públicos, que representan el 14 % del PIB de la Unión, ofrecen una herramienta importante, entre otras cosas para evitar la producción de biorresiduos. Deben adoptarse medidas para desarrollar el diálogo entre el sector público y los productores de mercancías y servicios en relación con la producción y la gestión de biorresiduos. Asimismo, deben desarrollarse las licitaciones técnicas en el sector alimentario, de modo que los productos y servicios puedan mejorarse en colaboración con los productores y los consumidores; |
Pregunta no 2: Limitación de la cantidad de biorresiduos autorizada para su depósito en vertederos
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16. |
señala que los entes regionales y locales han realizado inversiones financieras sustanciales y han desarrollado a largo plazo estrategias y colaboraciones para cumplir los requisitos medioambientales de la UE, en particular la Directiva relativa al vertido de residuos (1999/31/CE). A fin de garantizar que no se ponen en peligro estos esfuerzos, es preciso reconocerlos cuando se evalúen las futuras iniciativas en materia de biorresiduos; |
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17. |
recuerda que las condiciones administrativas, políticas y económicas, así como las geográficas y climatológicas, son muy diferentes en los 27 Estados miembros. Por ello parece conveniente que las limitaciones y medidas de gestión de los biorresiduos se decidan a nivel nacional; |
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18. |
constata que, independientemente de que los Estados miembros opten por utilizar los biorresiduos para la fertilización de suelos a través del compostaje y la digestión anaerobia, por la producción de biogás o por su incineración para la producción de energía, e independientemente de que sean agentes públicos o privados quienes se encarguen de estas medidas, estas supondrán un gasto para las finanzas públicas en forma de inversiones de capital y de un encarecimiento de las prestaciones para el tratamiento de residuos; |
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19. |
constata que hay buenos ejemplos de normas a nivel nacional para limitar las cantidades de residuos biológicos que puedan depositarse por encima de los límites impuestos en la Directiva de la UE sobre vertederos. En Suecia está prohibido el depósito en vertederos tanto de los residuos combustibles (desde el año 2002) como de los biorresiduos (desde 2005). Estas normas han conllevado una disminución considerable del depósito en vertederos de biorresiduos y han impulsado el desarrollo y la extensión de la gestión de los biorresiduos en un nivel superior de la jerarquía de residuos; |
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20. |
opina que se puede suponer que la adopción de medidas a nivel nacional para limitar el vertido de biorresiduos, asociada a ayudas para inversiones en infraestructuras, aceleraría el paso hacia formas más sostenibles en el tratamiento de los biorresiduos. Los países que disfrutan de las condiciones administrativas, políticas y económicas más favorables tienen buenas posibilidades de llevar a cabo esta transición con éxito, mientras que otros Estados miembros pueden necesitar ayuda en este proceso. Para que esta adaptación sea posible, la Unión debe garantizar que las autoridades responsables de la gestión de los biorresiduos, que es un servicio de interés general, puedan, cuando lo necesiten, invertir en instalaciones propias sin que se lo impidan las normas de la UE en materia de competencia y mercado interior; considera adecuado establecer medidas complementarias orientadas a limitar la cantidad de los residuos vertidos, limitando la cantidad de materia orgánica de rápida fermentabilidad en el residuo vertido y exigiendo la estabilidad de la misma, o medidas económicas que penalicen el vertido (cánones sobre las cantidades vertidas); |
Pregunta no 3: Opciones de tratamiento de los biorresiduos
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21. |
señala que la necesidad de energía y calefacción, la fertilización de los suelos y la producción de biogás deben basarse en las condiciones locales y regionales. Por este motivo, la elección de métodos para la gestión de los biorresiduos debe hacerse en el nivel local o regional; |
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22. |
subraya que las autoridades responsables –es decir, en muchos Estados miembros, los entes locales y regionales– deben planificar la gestión de los residuos en función de sus competencias y responsabilidades, y decidir cuáles son las medidas más adecuadas para esta gestión, facilitando los medios jurídicos y financieros necesarios para poner en práctica la organización de este servicio de interés económico general. La decisión de colaborar a nivel regional y con agentes privados no puede verse obstaculizada por las normativas en materia de competencia y mercado interior. La Comisión tiene la obligación de crear un buen equilibrio entre la libre circulación y las consideraciones en materia de medio ambiente y cambio climático. El principio de cautela, el principio de acción preventiva y el principio de quien contamina paga deben constituir la base de las eventuales propuestas de la Comisión en este ámbito. En este sentido, los análisis del ciclo vital constituyen instrumentos importantes si se pretende disponer de datos exhaustivos que sirvan de base para la toma de decisiones; |
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23. |
subraya que los ambiciosos objetivos de la UE en materia de cambio climático hacen necesario el desarrollo de técnicas modernas para la recuperación y la producción de energía sostenible. La producción de biogás a partir de los biorresiduos es una manera de evitar su vertido. Para poder convertirse de verdad en una fuente de energía sostenible a nivel local, el biogás producido a partir de biorresiduos debería, en primer lugar, producirse en cantidades suficientes y, además, distribuirse de manera eficaz; |
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24. |
subraya que el sector de los transportes locales posee un enorme potencial, aún por aprovechar, para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, algo que entre otras cosas puede lograrse mediante unos requisitos medioambientales más estrictos en las contrataciones públicas. El uso de biogás es uno de los aspectos de este potencial, que incluye:
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25. |
opina que la elección de métodos de gestión de los biorresiduos no vertidos hace necesario realizar análisis del ciclo de vida de manera más consecuente. Para ello se requiere desarrollar una metodología y adaptarse a las cuestiones que resulten relevantes; |
Pregunta no 4: Recuperación de energía a partir de los biorresiduos
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26. |
considera que una condición importante para que la incineración de biorresiduos sea una alternativa aceptable en la jerarquía de los residuos es que conlleve una recuperación de energía. La incineración de residuos constituye una alternativa a la producción de fertilizantes, sobre todo cuando no puede garantizarse la calidad de los biorresiduos, es decir, para los residuos no recogidos selectivamente que aún contengan biorresiduos; |
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27. |
señala que muchos Estados miembros disponen de importantes infraestructuras locales para la distribución de calefacción a distancia, una de cuyas fuentes es la incineración de residuos. Se trata de infraestructuras que se van ampliando a medida que aumenta la demanda de calefacción, refrigeración y electricidad, y paralelamente a un aumento del volumen de residuos; |
Pregunta no 5: Reciclado de los biorresiduos
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28. |
considera que los objetivos de recogida selectiva y reciclado de las diferentes categorías de residuos impulsan un desarrollo ecológico de actividades como el tratamiento de los biorresiduos. La configuración y el marco de estos objetivos deben ser establecidos por la UE, pero cada Estado miembro ha de tener la posibilidad de fijar unos objetivos nacionales acordes con las condiciones y necesidades locales, regionales y nacionales respectivas. Los objetivos no legislativos a nivel de la UE deben ser progresivos, ya que la producción de fertilizantes requiere una gestión de los biorresiduos cuya calidad esté garantizada. Ello solo es posible si se selecciona la materia prima para la obtención de fertilizantes, es decir, realizando una recogida selectiva de los biorresiduos. Desarrollar y poner en práctica las técnicas y la logística necesarias requiere tiempo, y se necesitan medidas de I+D, tanto a nivel nacional como europeo; |
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29. |
considera que el principio de precaución ante todo ha de proteger la salud humana respecto al tratamiento y uso de biorresiduos en relación con su posible retorno indirecto a las cadenas de producción o transformación alimentaria, así como con su empleo en alimentos y piensos importados. |
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30. |
subraya que la necesidad de abonar las tierras de cultivo es distinta en cada Estado miembro, en función de su geología, los tipos de suelo y el uso que se haga de ellas. La gestión de los biorresiduos debería basarse en las condiciones y necesidades locales y regionales; |
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31. |
considera ventajoso coordinar la producción de abonos y biogás, ya que los materiales sobrantes tras la producción de biogás pueden utilizarse como fertilizantes. Los fertilizantes o el biogás pueden producirse no solo a partir de lo que el Libro Verde define como biorresiduos, sino también a partir de los residuos agrícolas o forestales, el estiércol, los lodos de depuración u otros residuos biodegradables como textiles naturales, papel o madera tratada. Hace hincapié en que, en una gestión conjunta de todos los tipos de biorresiduos, es importante aplicar una visión global y un pensamiento sistemático que tengan en cuenta todos los aspectos del desarrollo sostenible; |
Pregunta no 6: Medidas para fomentar la utilización de compost/digestato
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32. |
pide que se efectúe una recogida selectiva de los biorresiduos, entre otras cosas para garantizar su calidad. No obstante, las modalidades de recogida de los biorresiduos deberían estar determinadas por las condiciones locales e introducirse en los Estados miembros como un instrumento más para desarrollar el tratamiento de los biorresiduos; |
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33. |
considera que, en aquellos casos en que los suelos necesiten aumentar su contenido de materia orgánica para mejorar la fertilidad, la gestión de biorresiduos más adecuada es su recogida selectiva y posterior tratamiento a través del proceso de digestión anaerobia y compostaje del digestato, u otros procesos, con obtención de un compost de calidad, consiguiendo así la valorización material y energética de los mismos; |
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34. |
señala que un motivo determinante para utilizar o no los biorresiduos como fertilizantes es, ante todo, la posibilidad de garantizar su calidad. Otro aspecto importante está relacionado con el grado de concienciación de los ciudadanos/consumidores en cuanto a la necesidad de que el ciclo de los residuos funcione y a las oportunidades que de ello se derivan; |
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35. |
opina que, por lo que respecta a las sustancias nocivas para el medio ambiente y la salud humana, las normas de calidad relativas al compost y productos similares producidos a partir de biorresiduos deben ser comunes para toda la UE. También deben tenerse en consideración los ámbitos de utilización y las características del suelo que va a fertilizarse, los volúmenes y el grado de concentración del compost utilizado, etc. Para hacerlo posible, debería realizarse también una clasificación de los suelos donde va a utilizarse el compost y productos similares.
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36. |
señala que otra medida para impulsar la utilización de los biorresiduos como fertilizante es especificar la composición de aquellos y, en particular, una serie de datos como el contenido en humus, las sustancias nutritivas, etc.; |
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37. |
constata que el principal argumento del uso de biorresiduos para mejorar el suelo es la necesidad de fertilizar las tierras de cultivo y otras. No obstante, las necesidades y condicionamientos en este sentido son diferentes en los distintos Estados miembros. Por ello, es importante que la elección entre utilizar unos biorresiduos de calidad garantizada para la fertilización de los suelos de cultivo u otros, o utilizarlos para la producción de energía mediante incineración, se base en las necesidades y condicionamientos locales; |
Pregunta no 7: Marco reglamentario en relación con las normas de funcionamiento de las instalaciones
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38. |
destaca que los requisitos para el tratamiento de los biorresiduos impuestos a las instalaciones deben basarse en los requisitos medioambientales vigentes, al mismo tiempo que se adaptan a las circunstancias y necesidades locales y regionales; |
Pregunta no 8: Ventajas e inconvenientes de las diferentes técnicas de gestión de los biorresiduos
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39. |
pide nuevas iniciativas en materia de investigación y desarrollo que muestren las ventajas e inconvenientes de las diferentes técnicas de gestión de los biorresiduos, pero que permitan también desarrollar técnicas nuevas y nuevos métodos. La investigación debe abarcar todos los aspectos de la gestión de los biorresiduos, desde los relacionados con el consumo y la producción hasta los técnicos y la inocuidad para el medio ambiente. |
Bruselas, 18 de junio de 2009
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/59 |
Resolución del comité de las Regiones sobre la respuesta Europea a la crisis del sector del automóvil
adoptada el 18 de junio de 2009
(2009/C 211/08)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
Consciente de la gravedad de la crisis del sector del automóvil
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1. |
expresa su preocupación por el impacto territorial de la crisis del sector del automóvil que afecta a la industria automovilística de la Unión Europea en su conjunto y a las regiones en diverso grado, |
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2. |
subraya el efecto en cadena de la crisis sobre las cadenas de suministro, las pequeñas y medianas empresas y las sociedades de los entes regionales y locales, |
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3. |
subraya el compromiso asumido por los entes locales y regionales para definir y aplicar medidas destinadas a atenuar los efectos de la crisis, |
Contribución de la UE a la respuesta a la crisis
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4. |
acoge favorablemente la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo el 25 de marzo de este año sobre el futuro de la industria del automóvil, |
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5. |
destaca que la industria del automóvil tiene una especial importancia para el Producto Interior Bruto (PIB), así como para la investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) y el empleo en Europa, y representa uno de los principales pilares económicos de diversas regiones europeas, |
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6. |
insta a la Comisión Europea a que formule una propuesta con un planteamiento común europeo que incluya a las autoridades locales y regionales y a una amplia gama de interlocutores sociales y partes interesadas del sector del automóvil y tenga en cuenta los problemas estructurales preexistentes, |
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7. |
hace hincapié en el peligro del proteccionismo en el contexto de la crisis económica, |
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8. |
subraya la importancia de adoptar medidas para mantener el empleo y atenuar las repercusiones sociales de la crisis en los trabajadores y en los ámbitos de empleo afectados, en particular extendiendo y facilitando el acceso al Fondo Social Europeo y al Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización; subraya asimismo la importancia de la formación para favorecer la empleabilidad de los trabajadores, |
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9. |
lamenta que los instrumentos disponibles no sean adecuados para responder a los problemas específicos de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y, en particular, de los proveedores del sector del automóvil con independencia de su tamaño, |
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10. |
pide que se mejore la aplicación de los mecanismos jurídicos y financieros a nivel europeo para garantizar que las PYME puedan beneficiarse plenamente de las oportunidades, actuales o futuras, de financiación, |
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11. |
pide a la Comisión Europea que promueva la creación de redes entre las regiones muy especializadas en el sector del automóvil a través del instrumento de las «Regiones por el cambio económico» o de cualquier otro instrumento destinado al fomento de la cooperación territorial o técnica, |
Hacia una industria del automóvil más ecológica
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12. |
acoge favorablemente la propuesta de la Comisión Europea referente a la iniciativa del «coche verde», que respeta el principio de desarrollo sostenible y fomenta la participación regional en la coordinación de las actividades de investigación e innovación en este campo, |
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13. |
destaca la importancia de garantizar una financiación pública suficiente para impulsar, en particular, todas las medidas en el ámbito de la I+D+i, las tecnologías respetuosas con el medio ambiente y la mejora de las competencias de la mano de obra empleada en el sector del automóvil, |
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14. |
anima a todas las partes interesadas a que promuevan iniciativas encaminadas a la renovación del parque automovilístico y aumenten el número de campañas informativas sobre las ventajas económicas y medioambientales de los vehículos energéticamente eficientes, |
Fomento del diálogo constructivo con los entes regionales y locales
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15. |
pide que se respeten las normas del mercado interior, así como la coherencia entre las políticas nacionales y regionales como, por ejemplo, los planes de créditos al consumo, |
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16. |
confirma la necesidad de profundizar y ampliar el actual diálogo y los debates sobre el futuro del sector del automóvil y de contribuir, cuando sea necesario, a la creación de industrias nuevas, |
Mayor reconocimiento de la dimensión territorial de la crisis
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17. |
pide a la Comisión Europea que incluya a representantes del Comité de las Regiones en el Grupo de alto nivel «Cars 21», |
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18. |
destaca la necesidad de disponer de datos fiables y comparables sobre la industria del automóvil, |
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19. |
pide a los Estados miembros que consulten en mayor medida a los entes regionales y locales en lo referente a sus acciones de apoyo a la industria automovilística, como la participación en un diálogo constructivo con fabricantes, proveedores, organizaciones sindicales y autoridades nacionales o europeas, |
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20. |
pide que la industria del automóvil entable un diálogo con las organizaciones de trabajadores a nivel local o regional; pide que se organicen reuniones con las autoridades locales y regionales antes de la toma de decisiones importantes o extraordinarias que puedan tener un impacto considerable o imprevisible en la estructura socioeconómica de un territorio determinado, |
Próximos pasos
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21. |
invita a la Comisión competente del CDR a que debata la respuesta europea a la crisis del sector del automóvil, |
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22. |
pide a las autoridades locales y regionales de la UE que modernicen sus propias flotas y ayuden a la renovación de las flotas de las organizaciones o socios contratantes de su entorno, al objeto de reducir emisiones nocivas, impulsar la demanda de nuevas tecnologías y enviar un mensaje claro a los proveedores presentes en sus territorios, |
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23. |
pide a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión Europea, al Parlamento Europeo, al Consejo y a las Presidencias de la Unión Europea. |
Bruselas, 18 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/61 |
Resolución del Comité de las regiones sobre el cambio climático: el camino a Copenhague
adoptada el 18 de junio de 2009
(2009/C 211/09)
EL RETO DEL CAMBIO CLIMÁTICO PARA LOS ENTES LOCALES Y REGIONALES
El Comité de las Regiones:
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1. |
Recuerda que el cambio climático es uno de los retos políticos más importantes con que se enfrenta la humanidad. Los entes locales y regionales tienen un papel clave en la lucha contra el cambio climático, sobre todo porque la mayor parte de las veces son ellos los que soportan los costes sociales y económicos de este fenómeno; |
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2. |
subraya que la crisis económica debe ser una razón, no para disminuir el esfuerzo, sino, por el contrario, para intensificar la acción encaminada a combatir el cambio climático. La crisis económica debe verse como una ocasión para consolidar los conocimientos técnicos y desarrollar actividades destinadas a combatir el cambio climático; |
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3. |
destaca que muchos entes locales y regionales contribuyen ya de manera decisiva al éxito de las iniciativas europeas en el terreno de la política climática y energética y juegan un papel crucial en la aplicación de las respectivas políticas a través de medidas en el campo del transporte público, infraestructuras de tráfico y energía, vivienda, ordenación del territorio, eficiencia energética y comunicación pública; |
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4. |
subraya la vulnerabilidad de las regiones europeas frente al cambio climático y el hecho de que su capacidad de adaptación a dicho cambio es muy dispar, debido principalmente a diferencias de desarrollo socioeconómico, condiciones naturales y densidad de población; las regiones de montaña, las zonas costeras, las regiones periféricas e insulares y muchas zonas semiáridas de la cuenca mediterránea figuran entre las regiones más vulnerables al impacto negativo del cambio climático; |
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5. |
está convencido de que el coste de las medidas adoptadas para reducir el cambio climático será significativamente menor que el coste estimado de dicho cambio; |
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6. |
considera que una política climática efectiva podría evitar las desigualdades sociales derivadas del cambio climático; |
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7. |
hace hincapié en que la transición a una economía sin carbono representa un paso importante para el crecimiento y la creación de empleo, en particular para los entes locales y regionales; |
PRÓXIMAS ETAPAS EN LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES SOBRE EL CLIMA
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8. |
insta a la Unión Europea a que redoble sus esfuerzos al máximo nivel político con el fin de potenciar la coalición internacional contra el cambio climático y garantizar los acuerdos post Kioto sobre la base de objetivos de reducción ambiciosos, transparentes y obligatorios; |
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9. |
subraya la necesidad de garantizar que el CDR, como voz de los entes locales y regionales europeos, esté representado en la delegación enviada por la UE a la conferencia CMNUCC COP15 que se celebrará en diciembre de 2009 en Copenhague; |
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10. |
expresa su preocupación por el hecho de que en el último proyecto de documento de negociación del Grupo de Trabajo Especial sobre la cooperación a largo plazo en el marco de la Convención (GTE-CLP), aunque se reconoce la importancia de los esfuerzos realizados a nivel subnacional para adaptarse al cambio climático, no se dice nada sobre su papel en el terreno de la mitigación ni tampoco sobre una visión a largo plazo acerca de cómo abordar el cambio climático; |
RECOMENDACIONES POLÍTICAS GENERALES
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11. |
insta a la Comisión Europea y a los Estados miembros a que apliquen el principio de subsidiariedad en el desarrollo y negociación de nuevas políticas relacionadas con aspectos del cambio climático que puedan tener repercusiones significativas en los entes locales y regionales y sus ciudadanos, y a que prevean una capacidad financiera y humana suficiente en el momento del reparto de responsabilidades entre los distintos niveles; |
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12. |
subraya la necesidad de lanzar campañas activas de concienciación con el pleno apoyo de los entes regionales y locales, que tienen un canal directo de comunicación con los ciudadanos; |
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13. |
aprecia así el compromiso de la UE en apoyo de una sinergia de esfuerzos dirigidos a la mitigación y adaptación al cambio climático de acuerdo con la Agenda de Lisboa y el Acuerdo de Gotemburgo, pero pide que la nueva Estrategia de Lisboa para después de 2010 se distancie de la posición actual, con tres procesos en paralelo, para perseguir un único marco de desarrollo que cubra la acción social, económica y medioambiental de la Unión Europea; |
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14. |
recomienda que se realicen inversiones constantes en infraestructuras ecológicas: mayor uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la administración; renovación de edificios antiguos públicos y privados de conformidad con los principios de la eficiencia energética, y nuevas formas de transporte. Hay que fomentar también el uso de alumbrado, calefacción y aire acondicionado eficientes desde el punto de vista energético. Y es esencial recurrir a la contratación «verde» y mejorar la seguridad del abastecimiento energético; |
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15. |
considera que la adaptación y la mitigación deben integrarse, como objetivo explícito, en todas las políticas existentes, entre ellas las políticas de desarrollo agrario y rural, incluida la lucha contra la deforestación, transporte, biodiversidad y gestión del agua y de los residuos, así como en los programas de financiación en áreas como la política de cohesión; |
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16. |
solicita que se revisen el presupuesto, los programas, las políticas y sobre todo la legislación clave de la UE para después de 2013 a la luz de los cambios de parámetros provocados por el cambio climático; |
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17. |
recomienda que, con vistas a elaborar soluciones políticas adecuadas para el cambio climático, se considere la necesidad de desarrollar nuevos indicadores de la sostenibilidad y de tenerlos en cuenta como parámetros en la nueva generación de Fondos Estructurales; |
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18. |
subraya que los entes locales y regionales deben participar plenamente en la concepción, desarrollo, adopción y aplicación de las estrategias y planes de acción nacionales en materia de cambio climático; |
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19. |
reitera su pleno apoyo político al Pacto de los Alcaldes, lanzado por la Comisión Europea junto con el Comité de las Regiones como respuesta de las ciudades al calentamiento global y por el cual se comprometen formalmente a reducir sus emisiones de CO2 por encima de los objetivos de la UE para 2020, y pide que el Pacto esté abierto a todos los entes subnacionales relevantes. Insta a que se dé un mayor desarrollo al Pacto y a que se alleguen los recursos necesarios para poner a punto los conocimientos técnicos y las estrategias que respondan a las necesidades específicas de los entes locales; |
ADAPTACIÓN
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20. |
recomienda configurar el marco presupuestario comunitario de manera que los entes locales y regionales europeos estén todos ellos igual de bien equipados para hacer frente al cambio climático y dispongan de los recursos necesarios para prevenir sus causas y para adaptarse a sus consecuencias, en beneficio, en particular, de las personas y agentes económicos más afectados; |
MITIGACIÓN
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21. |
considera que el principio de «quien contamina paga» debe aplicarse en todas las políticas comunitarias relacionadas con la protección del medio ambiente y el clima, internalizando los costes medioambientales de los bienes y servicios; |
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22. |
suscribe el principio de cooperación y solidaridad entre Estados miembros introducido en el nuevo régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (RCCDE), entre los países tecnológicamente más avanzados (con sectores industriales energéticamente más eficientes) y los menos desarrollados (cuyas economías arrojan un consumo más alto de energía y que necesitan aumentar sus índices de crecimiento); |
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23. |
considera que, pese a los avances logrados, es necesario mejorar más aún la transparencia y fiabilidad a largo plazo del RCCDE, y que es preciso seguir estando atentos a las repercusiones sociales y medioambientales que puedan tener las medidas propuestas, especialmente a nivel regional y local; |
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24. |
recomienda tener debidamente en cuenta las demandas de las políticas de desarrollo regional y observa que, para promover un mercado del carbono más transparente y efectivo, cabría reestructurar a fondo una serie de instalaciones industriales para librar así al sistema de producción de las instalaciones menos eficientes o de las que ya están en crisis; en ese sentido, pide que se tomen medidas para apoyar el proceso de renovación industrial y de reciclaje de los trabajadores afectados; |
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25. |
observa que, aparte del régimen para el comercio de derechos de emisión, es necesario hacer mucho más para lograr, en particular, un cambio a modos de transporte compatibles con el medio ambiente; insta a los gobiernos nacionales a que amplíen la infraestructura ferroviaria y de vías navegables y a que promuevan el transporte intermodal en general; |
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26. |
deplora – habida cuenta del alto grado de dependencia del sector del transporte europeo respecto del petróleo — que en la segunda Revisión Estratégica del Sector de la Energía no se formule, junto al paquete de eficiencia energética, ninguna propuesta relativa a la eficiencia del transporte, especialmente en áreas como el ferrocarril y otros modos de transporte público, vehículos eficientes desde el punto de vista de la energía, sistemas de «car sharing», conducción ecológica («eco-driving»), promoción del uso de la bicicleta, etc.; |
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27. |
considera que la política energética y la política de protección climática están íntimamente ligadas entre sí y deben estar bien coordinadas, dado que el 80 % de las emisiones de CO2 en Europa proviene de la producción de energía; |
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28. |
lamenta que en el paquete de cambio climático y energía de 2008 no se introdujera ningún objetivo vinculante de eficiencia energética, que es el eslabón que se echa en falta en todos los intentos de lograr la necesaria reducción del nivel de CO2; |
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29. |
resalta la disparidad en los avances logrados en los últimos años en la reducción de las emisiones de CO2 y de consumo de energía en las distintas ciudades y regiones de la UE. Deberían tenerse en cuenta las diferencias de intensidad energética que existen en el consumo, la producción y el nivel de emisiones de gases de efecto invernadero entre los distintos Estados miembros y dentro de cada país, sobre todo entre las áreas urbanas y las rurales; |
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30. |
considera que los planes regionales de acción en materia climática o de energía sostenible podrían constituir el nexo entre las iniciativas locales y nacionales que tienen que introducir instrumentos prácticos para alcanzar los objetivos; es preciso prever también una financiación adecuada; |
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31. |
recomienda prever, aparte de los Fondos Estructurales, otros recursos y medidas que sean adecuados para fomentar la política de adaptación, así como medidas dirigidas a la mitigación, como por ejemplo el ahorro de energía y las energías renovables, para mejorar el rendimiento energético de los edificios y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero. Con ello se conseguiría un mayor apoyo para la política climática europea; |
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32. |
aboga por un incremento de los fondos dedicados a investigación sobre las tecnologías de captura de carbono, que deberían utilizarse en combinación con las demás medidas de mitigación a fin de conseguir las fuertes reducciones que es necesario lograr en el volumen de emisiones de gases de efecto invernadero; |
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33. |
desea que se garantice la existencia de planes de apoyo a los productores de energía renovable en todos los niveles, incluidas las pequeñas instalaciones, y considera que, por razones de coherencia, el apoyo a la energía renovable debería estar dirigido a la reducción del uso de combustibles fósiles; |
PROTECCIÓN DE LOS CIUDADANOS MÁS VULNERABLES
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34. |
considera que, fomentando la energía sostenible y la eficiencia energética, el Pacto de los Alcaldes puede servir de acicate a las ciudades y regiones para introducir cambios encaminados a proteger a los ciudadanos más vulnerables –especialmente a los de rentas bajas y fijas– contra los efectos del alto precio de la energía y el peligro de la escasez de combustible. Al mismo tiempo, hay que tener cuidado de no subvencionar el consumo de energía, dejar margen suficiente para incentivar fuertemente la mejora de la eficiencia energética y, en la medida de lo posible, reducir el uso de energía; |
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35. |
defiende resueltamente la necesidad de proteger a los ciudadanos más vulnerables de la sociedad contra el posible aumento del precio de las fuentes de energía — en particular la eléctrica –, con medidas, en su caso, para ayudarles a conseguir viviendas más eficientes desde el punto de vista energético. Encarga a su Presidente que transmita la presente resolución a las Presidencias checa y sueca, a la Comisión Europea y a los Estados miembros, así como a sus homólogos de las Naciones Unidas. |
Bruselas, 18 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
ANEXO
Lista de dictámenes recientes del CDR relacionados directa o indirectamente con el tema del cambio climático.
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«El plan de recuperación económica y el papel de los entes regionales y locales» CDR 12/2009 fin |
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«Energía: examen estratégico y rendimiento de los edificios» CDR 8/2009 fin |
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— |
«Libro Verde sobre la cohesión territorial» CDR 274/2008 fin |
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— |
«Quinto informe de situación sobre la cohesión económica y social» CDR 273/2008 fin |
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«Cómo pueden contribuir las regiones a conseguir los objetivos de la UE en materia de cambio climático, con un énfasis particular en el Pacto entre alcaldes» CDR 241/2008 fin |
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«Abordar el reto de la eficiencia energética mediante las tecnologías de la información y la comunicación» CDR 254/2008 fin |
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— |
Dictamen prospectivo del CDR sobre la «Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo» CDR 245/2008 fin |
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«Propuestas legislativas de la Comisión para después del chequeo de la Política Agrícola Común» CDR 162/2008 fin |
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«Comercio de derechos de emisión» CDR 161/2008 fin |
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«Fomento de las energías renovables» CDR 160/2008 fin |
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Dictamen prospectivo del CDR sobre la «Contribución de los entes regionales y locales a la Estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible» CDR 85/2007 fin |
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«Una política marítima integrada para la Unión Europea» CDR 22/2008 fin |
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«Los mercados europeos de la electricidad y del gas: tercer paquete legislativo» CDR 21/2008 fin |
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«Reformar el presupuesto, cambiar Europa» CDR 16/2008 fin |
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— |
«Afrontar el desafío de la escasez de agua y la sequía en la Unión Europea» CDR 313/2007 fin |
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«Estrategia para las regiones ultraperiféricas: logros y perspectivas» CDR 309/2007 fin |
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«Libro Verde sobre el transporte urbano» CDR 236/2007 fin |
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— |
«Chequeo de la Política Agrícola Común» CDR 197/2007 fin |
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«Adaptación al cambio climático en Europa: Opciones de actuación para la UE» CDR 118/2007 fin |
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«Paquete energético» CDR 111/2007 fin |
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— |
«Limitar el calentamiento mundial a 2 oC y la inclusión del sector de la aviación en el régimen de comercio de emisiones» CDR 110/2007 fin |
III Actos preparatorios
Comité de las Regiones
80º Pleno 17 y 18 de junio de 2009
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/65 |
Dictamen del Comité de las Regiones «paquete marítimo y costero»
(2009/C 211/10)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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considera que la política marítima europea debe enmarcarse en una perspectiva global e intersectorial, basada en una ordenación del espacio marítimo, al objeto de hacer frente a la creciente utilización del mar y favorecer una cohabitación armoniosa en un espacio frágil y limitado; |
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— |
considera que esta ordenación exige un dispositivo de gobernanza innovador, concebido con arreglo a los principios de gobernanza a múltiples niveles y de subsidiariedad. Recuerda, por lo tanto, el importante papel que están llamados a desempeñar los entes locales y regionales en la ordenación del espacio marítimo, no sólo como fuente de financiación de determinadas políticas, sino también como el nivel de gobierno más indicado para organizar la cohabitación armoniosa de los diferentes usos; |
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— |
aplaude el camino recorrido por la Comisión en el ámbito de la ordenación marítima, así como su voluntad de elaborar principios comunes a escala europea, y considera que la Unión Europea podría asumir la organización de los aspectos normativos, en el plano del método y de los principios, en particular sobre la base de los convenios regionales existentes; |
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— |
respalda la voluntad de la Comisión de completar el mercado interior para que el transporte marítimo sea más atractivo y competitivo, si bien lamenta que las medidas concretas propuestas se centren esencialmente en la dimensión económica. El CDR pide que se tengan plenamente en cuenta los aspectos sociales y medioambientales; |
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— |
reitera su petición de examinar la opción de revisar el sistema financiero de la UE y enfocarlo a un único sistema simplificado para todos o para la mayoría de los asuntos marítimos dentro de un fondo costero e insular europeo, en el contexto del debate sobre el próximo marco financiero para el período 2014-2020; |
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— |
acoge favorablemente la aclaración de las ayudas financieras a las autopistas del mar, si bien considera que sería útil hacer gala de mayor ambición y emprender un análisis exhaustivo sobre la naturaleza de las operaciones y las inversiones que pueden optar a las subvenciones europeas, dado que las medidas actuales no han producido los resultados esperados, sobre todo en lo que respecta a la viabilidad del servicio a corto plazo. |
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Ponente |
: |
Michel DELEBARRE, Alcalde de Dunkerque (FR/PSE) |
Textos de referencia
Hoja de ruta para la ordenación del espacio marítimo: creación de principios comunes en la UE (COM(2008) 791 final). Comunicación de la Comisión Europea de 25.11.2008.
Objetivos estratégicos y recomendaciones para la política de transporte marítimo de la UE hasta 2018 (COM(2009) 8 final). Comunicación de la Comisión Europea de 21.1.2009.
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros de la Comunidad y por la que se deroga la Directiva 2002/6/CE (COM(2009) 11 final), 21.1.2009.
Comunicación y plan de acción para la creación de un espacio europeo de transporte marítimo sin barreras (COM(2009) 10 final), 21.1.2009
Comunicación de la Comisión por la que se ofrece orientación sobre las ayudas estatales que completan la financiación comunitaria para el lanzamiento de las autopistas del mar (2008/C 317/08).
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES,
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1. |
Reconoce que la Comisión ha realizado importantes avances y acoge con satisfacción la aplicación eficaz del plan de acción y el planteamiento integrado adoptado. Considera que, ciertamente, la política marítima europea debe enmarcarse en una perspectiva global e intersectorial que cubra «todos los aspectos de las relaciones humanas con mares y océanos» (1); |
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2. |
Recuerda que las regiones y ciudades costeras de la Unión Europea albergan cerca de la mitad de la población europea (2) y contribuyen aproximadamente con un 40 % al PIB europeo. Los entes locales y regionales disponen de diversas competencias en ámbitos relacionados con la política marítima y constituyen el estamento pertinente para fomentar una coordinación de las diferentes políticas sectoriales sobre el terreno. Además, los entes locales y regionales costeros tienen una responsabilidad particular en cuanto a la ordenación del litoral. Ciertamente, deben tratar las tensiones que generan los conflictos de uso tanto en el litoral como en el mar, y lograr un desarrollo sostenible y una tasa de empleo compatibles con la necesaria protección del medio ambiente marino. Por ello, han desarrollado conocimientos técnicos en materia de reflexión estratégica integrada sobre este tipo de territorio, así como políticas en ámbitos tan diversos como los transportes, la planificación portuaria, la seguridad, el desarrollo urbano, la ordenación del espacio marítimo, la formación profesional o la Gestión Integrada de las Zonas Costeras (GIZC); |
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3. |
Afirma que, en aras de una aplicación eficaz de la política marítima europea, es necesaria una gobernanza que implique de forma más directa a los actores locales y regionales. Una gobernanza verdaderamente asociativa de la política marítima, que incluya al conjunto de los estamentos decisorios y a la sociedad civil, permitirá detectar con suficiente antelación los posibles conflictos y encontrar soluciones coherentes; |
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4. |
Comparte la opinión de la Comisión, expresada en su Comunicación sobre las «Orientaciones para un planteamiento integrado de la política marítima: hacia mejores prácticas de gobernanza marítima integrada», en el sentido de que las regiones costeras no sólo se benefician de un planteamiento integrado de la política marítima, sino que también son las que corren riesgos más graves cuando falta dicho planteamiento (3); |
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5. |
Considera necesario vincular el objetivo de cohesión territorial al desarrollo de la política marítima integrada, en particular para garantizar mayor coherencia al desarrollo regional en las zonas costeras e insulares, y en las zonas y los puertos de interior, así como coordinar mejor la futura financiación de las acciones específicas en dichas regiones. |
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6. |
Reitera, en este contexto, su petición de «examinar la opción de revisar el sistema financiero de la UE y enfocarlo a un único sistema simplificado para todos o para la mayoría de los asuntos marítimos dentro de un fondo costero e insular europeo», en el contexto del debate sobre el próximo marco financiero para el período 2014-2020 (4); |
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7. |
Respalda plenamente el proyecto emprendido por la Comisión encaminado a crear una base de datos sobre los proyectos existentes en las regiones marítimas, que incluirá información sobre los beneficiarios de todos los fondos comunitarios, y la considera indispensable para garantizar la transparencia en este ámbito y fomentar el intercambio de buenas prácticas; desea participar en la gestión de esta base de datos que debería ser operativa antes de 2010; |
Ordenación del espacio marítimo (5)
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8. |
Acoge favorablemente la hoja de ruta y apoya las propuestas de la Comisión relativas a la elaboración de diez principios de ordenación que, a la postre, podrían constituir principios comunes aplicables en todos los Estados miembros; |
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9. |
Aprueba los esfuerzos de la Comisión Europea por diseñar políticas integradas, al tiempo que el Libro Azul supone un claro avance en materia de gestión de los recursos marinos y costeros de toda Europa. Anima a la Comisión a que siga por esa senda y aclare la articulación de la ordenación del espacio marítimo con las otras medidas adoptadas por la Unión Europea, en particular las relacionadas con la Directiva 92/43/CEE relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, la Directiva marco sobre el agua, la Directiva marco sobre la estrategia para el medio marino o la recomendación del Consejo y del Parlamento sobre la Gestión Integrada de las Zonas Costeras. La ordenación del espacio marítimo debería fomentar las sinergias entre estos actos legislativos para evitar posibles confusiones o solapamientos; |
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10. |
Considera que la reflexión estratégica y la organización de la gobernanza deben preceder a la ordenación espacial. En efecto, la reflexión estratégica constituye una fase fundamental del proceso de ordenación, ya que permite favorecer la convergencia de los objetivos y de los medios y orientar la ordenación. Esta etapa de construcción colectiva permitirá definir los principios y las orientaciones, así como determinar las prioridades que se imponen en la elaboración de la ordenación y en el arbitraje que este proceso conlleva; |
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11. |
Considera que la aplicación de un dispositivo de gobernanza innovador, concebido con arreglo a los principios de gobernanza a múltiples niveles y de subsidiariedad, es indispensable par la definición de directrices estratégicas capaces de orientar la ordenación del espacio. Este dispositivo deberá articularse necesariamente a varios niveles, desde la cuenca marítima hasta el nivel local. Señala, asimismo, que aunque el enfoque de ecosistema adoptado por la Comisión (6) sea objeto de consenso, no se ajusta necesariamente al conjunto de las actividades marítimas. Por ello, el CDR expresa su deseo de que la Comisión integre en sus propuestas futuras la dimensión de la cuenca marítima, o del mar regional, que es lo suficientemente amplia para salvar este escollo; |
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12. |
Hace hincapié en que la ordenación del espacio marítimo está llamada a cubrir todas las actividades emprendidas en dicho espacio trascendiendo las fronteras nacionales para ajustarse mejor a las realidades del ecosistema, por lo que constituye un instrumento esencial de la política marítima integrada. Considera que la creación de este dispositivo es indispensable para hacer frente a la creciente utilización del mar y favorecer una conciliación de intereses conflictivos en un espacio frágil y limitado. Señala, no obstante, que el transporte marítimo debe superar el reto de la conciliación entre un espacio marítimo ordenado y el principio de libertad de los mares, que se rige por los convenios de la Organización Marítima Internacional; |
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13. |
Reconoce que la ordenación del espacio marítimo es un instrumento pertinente para arbitrar las exigencias de cada actividad y mejorar la utilización de los mares desde el respeto sostenible de los ecosistemas. El establecimiento de normas claras y por todos conocidas favorecerá las inversiones a largo plazo e impulsará, al mismo tiempo, la contribución de las actividades marítimas a la consecución de los objetivos de competitividad y fomento del crecimiento y del empleo desde la perspectiva de la Estrategia de Lisboa. A este respecto, expresa su deseo de que la Comisión haga todo lo que esté en su mano para que se establezcan unos principios de arbitraje que permitan garantizar la transparencia de este proceso mediante normas predeterminadas establecidas en estrecha concertación con las regiones marítimas y lo suficientemente flexibles para tener en cuenta las especificidades de las cuencas marítimas; |
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14. |
Aplaude el camino recorrido por la Comisión en el ámbito de la ordenación marítima y la voluntad de elaborar principios comunes a escala europea. Estima que la Unión Europea debe desempeñar un papel de impulsión y coordinación en este ámbito y que el proceso de consulta organizado por la Comisión en 2009 ayudará a comprender lo que está en juego y a proponer orientaciones susceptibles de favorecer la adopción de un enfoque común. Propone, a este respecto, que la Comisión elabore un Libro Blanco como colofón de estas consultas; |
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15. |
Considera que la Unión Europea podría asumir la organización de los aspectos normativos, en el plano del método y de los principios, al objeto de garantizar una verdadera coordinación de la ordenación marítima en los Estados miembros interesados. A este respecto, el CDR se remite a las iniciativas emprendidas por algunos estamentos regionales, sobre todo en el Mediterráneo en el marco del Convenio de Barcelona sobre la protección del medio marino y, en particular, del 7o Protocolo en virtud del cual los Estados miembros interesados decidieron emprender conjuntamente una gestión integrada de las zonas costeras (GIZC) del Mediterráneo, dotándose de instrumentos vinculantes. Además de abogar por la adopción de un enfoque común para la ordenación del espacio marítimo, la Unión Europea podría contribuir a que los convenios regionales existentes en cada cuenca marítima se inscriban en la perspectiva de un desarrollo marítimo sostenible e integrado con cada región marítima interesada; |
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16. |
Anima encarecidamente a la Comisión a que apoye la realización de proyectos piloto en cada cuenca marítima a fin de contrastar la validez de los principios propuestos con la diversidad de los mares regionales. Recuerda que las regiones ultraperiféricas que constituyen gran parte del espacio marítimo europeo deben estar plenamente integradas en esta iniciativa; |
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17. |
Destaca el importante papel que están llamados a desempeñar los entes locales y regionales en la ordenación del espacio marítimo, no sólo como fuente de financiación de determinadas políticas, sino también como el nivel de gobierno más indicado para organizar la cohabitación armoniosa de los diferentes usos. A las asociaciones marítimas y costeras ya constituidas, así como a las redes marítimas, incumbe un papel vital para facilitar el desarrollo y la puesta en práctica de la ordenación del espacio marítimo en los Estados miembros. Aunque la administración de las aguas territoriales y las ZEE (7) suele ser competencia de los Estados miembros, los entes locales y regionales también intervienen en este ámbito en virtud de sus competencias y responsabilidades en materia de gestión del agua y, en ocasiones, como autoridades portuarias o instancias de gestión de espacios protegidos. Son, en líneas generales, responsables de garantizar que el espacio marítimo no se vea privado de un desarrollo equilibrado y solidario; |
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18. |
Subraya, asimismo, la necesidad de llevar a cabo la ordenación terrestre y marítima de manera coordinada y coherente, a fin de gestionar correctamente la interfaz entre la tierra y el mar, especialmente en el litoral. Recuerda, a este respecto, la labor realizada en el marco de la gestión integrada de las zonas costeras (GIZC); |
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19. |
Recuerda, asimismo, que las regiones y ciudades europeas ya están cooperando a nivel transfronterizo y transnacional, sobre todo en el marco de los programas Interreg, lo cual les permite realizar proyectos comunes relacionados con la gestión del espacio marítimo. Considera, por otra parte, que las AECT están plenamente capacitadas para brindar oportunidades interesantes de cooperación regional; |
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20. |
Acoge con satisfacción la creación, por la Comisión, de una Red Europea de Observación e Información del Mar, que deberá presentar, a finales de 2009, un prototipo de Atlas Europeo del Mar, y espera que este último pueda articularse con la nueva herramienta Google Ocean, presentada en febrero de 2009; |
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21. |
Lamenta que la Comisión no haya prestado suficiente atención a la cuestión de la subsidiariedad. En su estado actual, la propuesta de la Comisión se basa en una serie de fundamentos jurídicos (como los relativos a la política de transporte y el desarrollo sostenible). Sin embargo, las políticas de ordenación del territorio se han considerado hasta el momento, con arreglo al Tratado de Niza, como competencia exclusiva de los Estados miembros. Ahora bien, en caso de entrada en vigor del Tratado de Lisboa y, de acuerdo con el nuevo objetivo de cohesión territorial, se planteará, por ejemplo, la cuestión de la idoneidad del artículo 352 del Tratado de Funcionamiento de la Unión (que corresponde al artículo 308 del TCE-Tratado de Niza) como fundamento jurídico de los futuros actos legislativos en materia de ordenación del espacio marítimo. |
Transporte marítimo
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22. |
Considera que el transporte marítimo es, a la vez, un componente fundamental de la economía europea, por un lado, en cuanto fuente de ingresos, puestos de trabajo y conocimientos especializados tanto a nivel humano como tecnológico, y factor de rendimiento medioambiental y competitividad pero que, por otro, requiere precauciones especiales en materia de seguridad marítima. Es preciso aumentar continuamente la importancia que reviste para una gestión sostenible suprimiendo las desventajas que sufre en relación con otros medios de transporte y previendo requisitos medioambientales. Ciertamente, pese a encontrarse especialmente expuesto a los avatares de la economía financiera, el transporte marítimo no deja por ello de ser un vector primordial de la economía real. Por lo tanto, en cuanto este sector empiece a recuperarse, los puertos europeos deberán estar capacitados para satisfacer las necesidades de la industria marítima en términos de equipamiento y servicios. Durante los últimos diez años, la adaptación de las instalaciones portuarias europeas no se ha llevado a cabo al mismo ritmo que la mayoría de los puertos mundiales, sobre todo los asiáticos. Europa, pues, está obligada también a adaptar sus infraestructuras portuarias, en aras del desarrollo sostenible, para afrontar los retos que planteará el comercio mundial en el futuro; |
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23. |
Respalda la voluntad de completar el mercado interior para que el transporte marítimo sea más atractivo y competitivo. Lamenta, no obstante, que las medidas concretas se centren esencialmente en esta cuestión. Pide, en particular, que se tengan plenamente en cuenta los aspectos sociales y medioambientales; |
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24. |
Hace hincapié en que la política de transporte marítimo debe concebirse como un componente del conjunto de la cadena logística de la que forma parte, lo que supone que las zonas portuarias deben considerarse como una pieza indispensable de la articulación entre los diferentes modos de transporte de una mercancía determinada entre dos puntos geográficos del espacio europeo o el internacional. Por lo tanto, los puertos no deben percibirse como un mero punto de partida o un destino final, sino como el factor determinante de una lógica de transporte de puerta a puerta; |
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25. |
Insiste en la necesidad de transformar los puertos en verdaderos polos de referencia en la gestión virtual de la cadena de transportes, capaces de prever la gestión de los flujos de mercancías, lo que supone que los sistemas de información que permiten optimizar los servicios de transporte y de logística, mediante un seguimiento en tiempo real de las mercancías, no deben interrumpirse durante el tránsito portuario. A este respecto habrá que desarrollar (o emprender, en caso de que aún no se haya establecido) la interoperabilidad de los sistemas de explotación de las plazas portuarias entre ellas y con las plataformas interiores;<0. A este |
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26. |
Acoge con satisfacción la voluntad de la Comisión de ajustar el número de cargas administrativas y aduaneras que pesan sobre el transporte marítimo al de los otros modos de transporte. Ciertamente, a modo de ejemplo, sería completamente ilusorio pretender transferir mercancías de la carretera al modo marítimo con arreglo al concepto de las autopistas del mar, si las formalidades correspondientes al embarque o el desembarque de camiones siguen siendo redhibitorias para los posibles usuarios. Las disposiciones deberían, pues, reducirse a un nivel que se corresponda con las condiciones específicas del transporte marítimo (carácter abierto de los mares y, por tanto, incertidumbre de las fronteras en los puertos, riesgos concretos para el medio ambiente marítimo en caso de accidente, etc.); |
Estrategia marítima 2018 (8)
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27. |
Acoge favorablemente las propuestas desarrolladas por la Comisión en relación con las principales cuestiones abordadas en el texto, como:
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28. |
Cuestiona, no obstante, la capacidad de la Unión Europea para poner en práctica estas propuestas dada la amplitud de la cuestión. Propone, a este respecto, que la Comisión ordene los problemas según su importancia y establezca prioridades en términos de acciones por llevar a cabo, elaborando, conjuntamente con los Estados miembros y con todas las partes interesadas, una hoja de ruta detallada lo antes posible, y, en cualquier caso, antes de que finalice 2009; |
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29. |
Lamenta que las propuestas concretas sólo se refieran a la liberalización de los intercambios comerciales para fines de competitividad y productividad. Observa, en relación con la protección del medio ambiente o el establecimiento de mejores normas sociales en beneficio de la gente de mar, que las propuestas se limitan a anunciar grandes principios sin que se haya previsto un calendario ni acciones concretas; |
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30. |
Subraya que el transporte marítimo constituye un modo de transporte sostenible que aporta una contribución decisiva a la lucha contra el cambio climático y la contaminaron atmosférica y, en términos más generales, a la ecologización del transporte. Considera que el desarrollo de un sistema de transportes más respetuoso con el medio ambiente constituye una prioridad política. Ciertamente, el CDR estima que la transferencia modal hacia el transporte marítimo permite responder, al mismo tiempo, a la creciente demanda de transporte (pasajeros y mercancías) y a las cuestiones relacionadas con la lucha contra el cambio climático. El CDR lamenta, en particular, que el transporte marítimo internacional quede excluido de los mecanismos del Protocolo de Kioto y del calendario de reducción de los gases de efecto invernadero. Anima, en consecuencia, a la OMI a que proponga cuanto antes, sobre todo con vistas a la conferencia de las Naciones Unidas sobre el clima de diciembre de 2009 en Copenhague, una normativa vinculante sobre las emisiones de gases de efecto invernadero, que se aplicaría a todos los buques, independientemente de su pabellón, con vistas a su adopción en 2011. La Comisión Europea debería respaldar la promoción de un certificado medioambiental único y transparente para buques y puertos, como, por ejemplo, el índice marítimo medioambiental ESI (Environmental Ship Index) desarrollado por la World Ports Climate Initiative (WPCI). No obstante, a fin de evitar en la medida de lo posible cualquier desventaja competitiva al sector del transporte marítimo europeo, la Unión Europea debería dar prioridad a que las normas vinculantes se adopten exclusivamente a nivel internacional. Por otro lado; deberían examinarse los efectos que implicaría la imposición de tasas portuarias diferenciadas en función de la incidencia medioambiental de los buques; |
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31. |
Subraya que, aparte de las medidas destinadas a reducir las repercusiones medioambientales de los buques, el objetivo de lograr un transporte marítimo más ecológico también debe permitir evaluar y disminuir el impacto de los equipamientos portuarios y logísticos en el medio ambiente. Señala, a este respecto, que es esencial acelerar los procedimientos relativos al desarrollo portuario al objeto de garantizar la competitividad de los puertos europeos, aunque esto no debe realizarse a expensas de la calidad de las evaluaciones medioambientales, sin descuidar la necesidad de definir una reglamentación precisa que no permita interpretaciones divergentes para evitar la distorsión de la competencia. Una buena integración urbana de las actividades marítimas, portuarias y logísticas debe considerarse como un objetivo por derecho propio de la política marítima europea; |
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32. |
Considera que el transporte marítimo debe constituir un sector ejemplar de la ecologización del transporte e invita a la Unión Europea a apoyar decididamente la investigación e innovación, a fin de mejorar el impacto de los buques y los puertos en el medio ambiente; así, por ejemplo, convendría considerar la cuestión de evitar la contaminación de las aguas causada por los buques; |
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33. |
Advierte que, para poner en práctica las recomendaciones formuladas, se requieren medios considerables y pide a la Comisión que evalúe el coste de las medidas propuestas, especifique el posible modo de financiación y proponga un reparto entre las diferentes partes interesadas. Considera que el transporte marítimo, como modo más sostenible ecológicamente que, por ejemplo, el transporte por carretera, debería ser objeto de una mayor financiación comunitaria y pide a la Unión Europea que emprenda todas las iniciativas necesarias para garantizar los recursos financieros comunitarios que se requieran; |
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34. |
Solicita que la próxima revisión de la Red Transeuropea de Transporte permita elevar el nivel de prioridad concedido a las inversiones portuarias y a la conexión de los puertos con su zona interior de influencia, en el marco del presupuesto europeo: Fondos Estructurales, línea RTE-T y Marco Polo. Los arbitrajes negociados entre los Estados y la Comisión han conducido a un desequilibrio en detrimento del elemento marítimo y portuario. En el futuro, la carta portuaria europea deberá estar mejor equilibrada entre categorías de puertos (reconocimiento del interés de los puertos pequeños y medianos para mejorar la accesibilidad) y entre regiones (centro/periferia), y el conjunto de los instrumentos financieros comunitarios deberá contribuir a ello; |
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35. |
Estima que el objetivo de mantener condiciones de competencia leal entre los distintos modos de transporte exige una internalización de los costes externos (en particular, los medioambientales) y que, a falta de la misma, las normas del mercado no bastarán por sí solas para regular el flujo de transporte marítimo; |
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36. |
Recuerda, asimismo, la cuestión del apoyo diferenciado para las zonas insulares del territorio de la UE, que dependen en gran medida de este modo de transporte para mantener su nivel de competitividad y su participación en los intercambios internacionales e intraeuropeos. Reitera su deseo de que «las regiones insulares de la Unión estén efectivamente conectadas al sistema de las 'autopistas del mar', a fin de mejorar su acceso al mercado común» (9); |
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37. |
Apoya la propuesta de constituir un grupo de trabajo para buscar formas de lograr un equilibrio justo entre las condiciones de trabajo de la gente de mar y la competitividad de la flota europea. Propone ampliar su mandato a la definición de una «norma social» mínima que permita transformar el factor humano en un factor de desarrollo de pleno derecho. Considera que la formación, la profesionalidad, las condiciones de vida y de trabajo de las tripulaciones constituyen la clave del éxito de todas las medidas destinadas a garantizar la competitividad de los servicios marítimos, la seguridad y la protección del transporte marítimo, así como el respeto del medio ambiente. Anima, a este respecto, a la Unión Europea a desarrollar un mecanismo específico para incorporar y controlar las agencias de colocación (denominadas agencias de «manning»), amparándose en las disposiciones de los convenios de la OIT, como el instaurado para los centros de formación con arreglo al Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar (siglas en inglés: STCW); |
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38. |
Hace hincapié, junto con la Comisión, en el carácter primordial de las cuestiones de formación en todas las ramas del sector marítimo y aprueba las propuestas formuladas al respecto. Acoge con satisfacción, en particular, la medida propuesta de establecer un sistema de tipo «ERASMUS» en el ámbito marítimo y pide a la Comisión que detalle mejor esta propuesta para clarificar sus términos y su ámbito de aplicación y, en particular, cómo ampliarla de manera que no sólo cubra la formación de los oficiales, sino de los jóvenes que siguen una formación marítima; |
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39. |
Considera que las propuestas relativas a los recursos humanos, las competencias y los conocimientos marítimos especializados deben estar dirigidas al conjunto del sector marítimo, así como a sus prolongaciones terrestres; es decir, los empleos portuarios o vinculados a las actividades logísticas anteriores y posteriores al transporte. Por consiguiente, seria conveniente definir, a escala europea, un marco general por el que se establezca una guía de buenas prácticas que cada uno se esforzará por alcanzar, pero imponiendo también un cierto número de limitaciones, prohibiendo así –a título de ejemplo– el principio de autoasistencia para las operaciones de trasbordo. Un marco así sólo puede considerarse si se puede aplicar con flexibilidad a escala de cada plaza portuaria. El doble rechazo de la Directiva sobre la liberalización de los servicios portuarios recuerda que toda iniciativa reglamentaria, rígida por definición, está abocada al fracaso; |
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40. |
Pide a la Comisión que describa la forma de evitar distorsiones de la competencia entre los puertos en lo relativo al coste de las medidas de seguridad; |
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41. |
Pide a la Comisión que precise los medios necesarios para evitar una distorsión de la competencia entre los puertos como consecuencia de las obligaciones impuestas por las directivas europeas, especialmente en materia de seguridad; |
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42. |
Suscribe las propuestas en materia de seguridad marítima y destaca los importantes avances realizados en la armonización de estas cuestiones. Subraya que la capacidad para armonizar las normas relativas al transporte marítimo ha quedado demostrada recientemente con la adopción del tercer paquete marítimo (Erika III) por el Parlamento Europeo. Asimismo, alberga preocupaciones respecto de los nuevos riesgos del transporte marítimo, como los que plantean en caso de accidente los buques porta-contenedores y los cargueros químicos, habida cuenta, en particular, de que actualmente el tamaño de los buques está en aumento, y anima a la Comisión a especificar las medidas ya adoptadas o previstas para afrontarlos; |
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43. |
Considera que los estrechos por los que transita lo esencial del tráfico mundial deben ser objeto de un planteamiento específico para coordinar mejor la gestión de estos espacios amenazados por importantes riesgos, a los que los medios locales deberán hacer frente directamente. Las consecuencias de un accidente marítimo en un gran estrecho como el Paso de Calais serían considerables tanto en el plano económico como en el medioambiental, no sólo para las regiones marítimas afectadas, sino también para toda Europa; |
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44. |
Subraya que las prácticas nacionales en materia de control aduanero y veterinario pueden conllevar distorsiones de la competencia y desea, por consiguiente, que la Comisión lleve a cabo un seguimiento más estrecho de la transposición de las directivas a fin de garantizar una interpretación correcta de las mismas; |
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45. |
Insiste en la importancia que reviste la dimensión externa de la política marítima, en particular en el sector de los transportes. Considera que la armonización de las normas de funcionamiento bajo los diferentes pabellones europeos permitiría reforzar la posición de la Unión Europea en el seno de la Organización Marítima Internacional y dar un nuevo paso hacia una armonización mundial de las normas por las que se rige el transporte marítimo. Expresa su deseo, a este respecto, de que la UE haga oír su voz con mayor fuerza en los foros internacionales (la OMI, la OMC y la OIT) para que el transporte marítimo europeo pueda desarrollarse en un entorno competitivo más transparente y leal. Anima a la Comisión en sus esfuerzos de coordinación de las posiciones de los Estados miembros en el seno de la OMI, y aboga en favor del reconocimiento del estatus de observador de la Unión Europea en esta organización; |
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46. |
Cuestiona el calendario elegido para esta Estrategia marítima (a saber, 2009-2018) y pide que se ajuste (ulteriormente) al calendario de la nueva Estrategia de Lisboa posterior a 2010. |
Espacio marítimo sin barreras
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47. |
Suscribe el objetivo de suprimir o mitigar la totalidad o parte de los procedimientos administrativos que obstaculizan el desarrollo del transporte marítimo de corta distancia (TMCD) dentro de la Unión Europea, garantizando, además, un elevado nivel de seguridad y de protección del medio ambiente; |
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48. |
Acoge con satisfacción la voluntad de la Comisión de crear un espacio de transporte marítimo sin barreras que permitirá realizar el mercado interior en el ámbito del transporte marítimo, aunque lamenta que no se mencione un espacio marítimo común, que vaya más allá de la supresión de las barreras administrativas y fiscales, para los buques que transiten entre puertos europeos; |
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49. |
Expresa su deseo de que los aspectos sociales se tengan plenamente en cuenta y que la Unión Europea haga respetar en mayor medida las normas internacionales relativas al derecho al trabajo y la protección del medio ambiente, a fin de mantener condiciones de competencia leales a nivel mundial. Considera, por consiguiente, que las medidas propuestas por la Comisión sólo constituyen una primera etapa en el establecimiento de un auténtico espacio marítimo común. En este sentido, acoge con satisfacción las líneas de avance reflejadas en la Comunicación de la Comisión de 21 enero de 2009 y anima a la Comisión a presentar rápidamente las próximas etapas de la constitución de un espacio marítimo común; |
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50. |
Se felicita por las orientaciones propuestas en materia de simplificación, armonización, ventanilla única y transmisión electrónica. Considera que los buques con pabellón de un Estado miembro que naveguen entre dos puertos de la Unión Europea no deberían estar sujetos a obligaciones de documentación más exigentes que las de otros modos de transporte, siempre que no se opongan a ello razones de seguridad específicas del transporte marítimo; |
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51. |
Destaca el esfuerzo de simplificación ya emprendido en relación con las formalidades informativas y la desmaterialización. Acoge con satisfacción la voluntad de los Estados miembros de proseguir con la simplificación y armonización de los procedimientos administrativos, en particular los aduaneros, los veterinarios y los fitosanitarios; |
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52. |
Lamenta la desafortunada expresión empleada por la Comisión, en el sentido de que «los servicios de practicaje pueden suponer un grave problema». Hace hincapié en la importancia que tienen los servicios de practicaje para la seguridad marítima de los puertos y de la aproximación portuaria. Por consiguiente, anima a la Unión y a los Estados miembros a hacer gala del mayor rigor para determinar el marco de expedición de los certificados de exención de practicaje; |
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53. |
Pide a la Comisión que tome todas las medidas necesarias para evitar las distorsiones que puedan derivarse de posibles divergencias de interpretación en la aplicación de los procedimientos ya armonizados; |
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54. |
Acoge con satisfacción el objetivo de la ventanilla única, aunque se necesitarán fuertes inversiones para equipar a todos las partes interesadas. Considera que la red europea SafeSeaNet constituye una prioridad para racionalizar y agilizar el intercambio de documentos entre las partes interesadas. Considera que es imprescindible contribuir al equipamiento de las ciudades portuarias a fin de garantizar la eficacia de los sistemas de intercambio de documentos y el éxito de esta red europea. De igual modo, llama la atención de la Comisión sobre las consecuencias de algunas medidas propuestas para los puertos de tamaño pequeño y mediano, y le anima a emprender las acciones necesarias para que dichas medidas no desemboquen en una distorsión de la competencia perjudicial para el equilibrio de la red portuaria europea. |
Ayudas estatales que completan la financiación comunitaria para el lanzamiento de las autopistas del mar (10)
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55. |
Acoge favorablemente la aclaración aportada por la Comisión acerca de la articulación entre los diferentes dispositivos de ayudas estatales que completan la financiación comunitaria para el lanzamiento de las autopistas del mar. Hace hincapié en el carácter indispensable y determinante de la financiación pública para el desarrollo del TMCD. Recuerda que los objetivos de descongestionar las carreteras y reducir el impacto del transporte de mercancías en el medio ambiente justifican plenamente el apoyo de las autoridades a los proyectos de autopistas del mar. A este respecto, la posibilidad real de movilizar ayudas estatales a nivel nacional, regional o local debe acogerse favorablemente, aunque no debe considerarse como una respuesta satisfactoria a la insuficiencia de los créditos europeos asignados a las autopistas del mar; |
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56. |
Lamenta que los criterios fijados por la Comisión para evaluar proyectos estén relacionados, sobre todo, con la viabilidad a corto plazo del servicio, si bien se trata de un objetivo extremadamente difícil de alcanzar en un plazo reducido debido, por una parte, a la importancia de las inversiones iniciales exigidas y, por otra, a la incertidumbre en torno al volumen de la carga de los buques, tal como demuestra el experimento llevado a cabo entre los puertos de Tolón y Civitavecchia (Roma) entre 2005 y 2008; |
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57. |
Alberga dudas respecto de la inexistencia de un análisis exhaustivo sobre la naturaleza de las operaciones y las inversiones que pueden optar a las subvenciones europeas, dado que las medidas tomadas durante los últimos años no han producido los resultados esperados. Aparte de su carácter complejo, algunos aspectos de los mecanismos de financiación propuestos parecen inapropiados o de escasa utilidad frente a las necesidades generadas por el lanzamiento de un servicio de autopistas del mar; |
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58. |
Sugiere que los buques construidos o adquiridos por un operador marítimo y destinados a una autopista del mar pueden ser –a título derogatorio- asimilados a infraestructuras, a pesar de su carácter móvil. Estos buques podrán entonces ser subvencionados, como lo son algunas inversiones viarias y ferroviarias. No obstante, con arreglo a las sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en los asuntos Ferring (C-53/00) y Altmark (C-280/00), la ayuda financiera a la explotación de dichos buques no debería superar el importe de la compensación por el cumplimiento de obligaciones de servicio público. Los envites medioambientales vinculados al concepto de autopista del mar son tales que cabe considerar disposiciones excepcionales. Las repercusiones esperadas del paso del modo de transporte terrestre al marítimo sólo serán perceptibles si se efectúa realmente esta transferencia. En esta perspectiva, la idea de una transferencia de financiación en anticipación de la transferencia modal no parece incoherente; |
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59. |
Expresa su deseo de que a los operadores privados (armadores, empresas de logística, transportistas, etc.) –que desempeñan un papel determinante en el proceso de aplicación del concepto de autopista del mar– se les permita participar plenamente y expresar su punto de vista en el marco de un análisis en profundidad de los motivos que les impiden tomar decisiones en cuanto al lanzamiento de un servicio de autopista del mar; |
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60. |
Preconiza a este respecto que las oficinas de promoción del short sea (centros nacionales de competencia) establecidas por los Estados miembros sean más reconocidas y vean sus misiones reforzadas. Ello supone que los medios humanos y financieros puestos a su disposición sean revisados al alza, por ejemplo, en el marco de contratos de asociación con los entes regionales con vocación marítima y los agentes privados de la cadena del transporte: armadores, logística, estibadores, etc.; |
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61. |
Considera que el régimen de ayudas estatales que completan la financiación comunitaria para el lanzamiento de las autopistas del mar podía haberse integrado, en aras de la legibilidad, en el texto sobre las orientaciones comunitarias acerca de las ayudas estatales al transporte marítimo; |
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62. |
Pide de manera más general a la Comisión que estudie la posibilidad de llevar a cabo una adaptación general de las normas de intervención de las ayudas estatales y de la financiación comunitaria para el desarrollo de las autopistas del mar; |
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63. |
Considera, al igual que la Comisión, que «determinar un importe predeterminado de financiación pública con el que puede contarse es fundamental para los posibles licitadores». Señala, a este respecto, que las cláusulas de devolución también pueden constituir un freno para los agentes económicos sobre quienes pesa la amenaza de restitución de las ayudas financieras en caso de no conseguir los objetivos de los proyectos concluidos. Sostiene que las ayudas estatales a las autopistas del mar deben estar sujetas a la realización de objetivos concretos, aunque sugiere a la Comisión estudiar la posibilidad de prever, para la puesta en práctica de los proyectos de autopistas del mar, la fijación de objetivos escalonados de cuya consecución dependería el mantenimiento de la financiación pública; |
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64. |
Pide a la Comisión que difunda la información de manera muy amplia, sin limitarse a las publicaciones oficiales, a fin de sensibilizar a los operadores sobre la pertinencia de su política y, al mismo tiempo, hacer saber que está dispuesta, velando al mismo tiempo por no generar distorsiones flagrantes de la competencia, a afrontar el importante reto que supone la transferencia modal del transporte por carretera a favor del transporte marítimo a través de medidas adaptadas, en plena consonancia con los objetivos fijados en el ámbito del desarrollo sostenible. |
Formalidades informativas exigibles a los buques a su llegada o salida de los puertos de los Estados miembros
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65. |
Reconoce que la simplificación de los procedimientos administrativos mediante la generalización de la transmisión electrónica de datos y la racionalización de las formalidades informativas contribuye a potenciar el atractivo del transporte marítimo; |
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66. |
Señala que estas medidas también tienen un efecto positivo para la protección del medio ambiente y la seguridad marítima, puesto que liberarán a la tripulación de las tareas administrativas, lo que les permitirá centrarse en la seguridad. Además, la transmisión electrónica de los datos permitirá a las autoridades disponer en tiempo real de la información necesaria para responder de modo apropiado en caso de accidente; |
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67. |
Acoge con satisfacción la elección de un proceso de armonización gradual, que garantiza la articulación y la coherencia con el calendario de la Organización Marítima Internacional, que sigue siendo el estamento pertinente, tal como ha quedado ilustrado, en particular, por la propuesta de un formulario europeo provisional destinado a armonizar las solicitudes de información en materia de seguridad en espera de un formulario de armonización a nivel internacional. El Comité de las Regiones suscribe, a este respecto, la solicitud dirigida a las delegaciones de los Estados miembros de la Unión Europea en las sesiones del Comité FAL de «procurar que converjan los formularios del Convenio FAL con los formularios que exige la legislación comunitaria vigente»; |
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68. |
Suscribe el objetivo de una generalización del sistema electrónico de intercambio de datos para el 15 de febrero de 2013, aunque señala que deberán realizarse importantes inversiones a fin de garantizar el equipamiento de toda la cadena del transporte marítimo. Los costes de desarrollo de los sistemas de transmisión de datos son significativos para los puertos pequeños, por lo que pide a la Comisión que precise las ayudas financieras que podrán concederse en este ámbito; |
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69. |
Considera, al igual que la Comisión, que la simplificación y la armonización de las formalidades administrativas desempeñan un importante papel en el fomento del transporte marítimo de corta distancia. Acoge favorablemente, a este respecto, la exención de los formularios FAL para los buques que navegan entre puertos de la Unión Europea. Señala, no obstante, que el código PBIP debería adaptarse, en la medida de lo posible, a los operadores de transporte marítimo de corta distancia; |
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70. |
Lamenta que no se haya tomado en consideración la cuestión de la lucha contra la inmigración clandestina, que ralentiza de manera apreciable los procedimientos de explotación y genera costes significativos en algunas zonas; |
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71. |
Pide, asimismo, que todos los Estados miembros adopten en su totalidad los Convenios Internacionales sobre búsqueda y salvamento marítimos (SAR) y para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS). En efecto, estos Convenios definen para la comunidad internacional en su conjunto normas comunes sobre el deber de socorro y primeros auxilios a los náufragos y navegantes en riesgo de naufragio, o abandonados en aguas territoriales europeas. No obstante, considera que la adopción de estas normas debe ir acompañada del establecimiento en la Unión Europea de mecanismos de solidaridad, dado que la gestión de la migración marítima irregular no puede dejarse exclusivamente a cargo de los Estados miembros de la Unión Europea que tienen una fachada marítima sensible en cuanto a flujos migratorios. Asimismo, destaca que los esfuerzos para mejorar las operaciones de búsqueda y salvamento de los migrantes y refugiados en peligro en el mar no representan más que un aspecto de la respuesta al problema más amplio que plantea la migración marítima irregular. |
Bruselas, 17 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
(1) Véase CDR 22/2008: «Una política marítima integrada para la Unión Europea», punto 1.
(2) Población que reside a una distancia inferior a 50 kilómetros del mar o del océano.
(3) Orientaciones para un planteamiento integrado de la política marítima: hacia mejores prácticas de gobernanza marítima integrada y consulta de las partes interesadas (COM(2008) 395 final).
(4) Véase CDR 22/2008, punto 14.
(5) Véase (COM(2008) 791 final).
(6) En particular, en la Directiva marco sobre la estrategia marina.
(7) Zonas económicas exclusivas.
(8) Véase (COM(2009) 8 final).
(9) Véase CDR 119/2006 — «Revisión intermedia del Libro Blanco del transporte», punto 4.4.
(10) 2008/C 317/08).
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/73 |
Dictamen del Comité de las Regiones régimen de control comunitario de la pesca
(2009/C 211/11)
EL COMITÉ DE LA REGIONES,
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acoge favorablemente la revisión del sistema de control de la Política Pesquera Común (PPC) y pide al Consejo y a la Comisión Europea que tengan en cuenta la diversidad y las características específicas de las distintas flotas y regiones pesqueras; |
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— |
considera que la «cultura de cumplimiento de las normas» sólo se fomentará si las medidas de control se aplican sobre la base del diálogo y el consenso y no se imponen en el marco de un proceso de arriba abajo. Aprueba las nuevas disposiciones previstas en el Reglamento por las que se obliga a los Estados miembros a cumplir los objetivos de la Política Pesquera Común, aunque considera que, en cualquier caso, es necesario reflexionar sobre la proporcionalidad de tales medidas. A este respecto, el CDR rechaza la denegación de la transferencia o el intercambio de cuotas; |
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— |
insta a que clarifique el alcance de las nuevas disposiciones sobre la pesca recreativa propuestas en relación con las licencias y la autorización. Este tipo de pesca, si no se regula, podría poner en peligro a las poblaciones de peces que son objeto de un plan de recuperación. Sin embargo, la respuesta de la regulación debe ser proporcionada y no excesiva; |
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se declara especialmente preocupado por que se garantice la sostenibilidad y rentabilidad de la pesca artesanal y pide explicaciones sobre las nuevas disposiciones que obligan a los buques con una eslora de entre diez y quince metros a instalar un sistema de localización de buques, a llevar un cuaderno diario de pesca y a completar declaraciones electrónicas de desembarque. Rechaza la obligación de equipar con un sistema de identificación automática a todos los buques pesqueros de más de quince metros de eslora total y pide que los buques de menos de 10 metros de eslora que utilizan únicamente artes fijos de pesca queden exentos de la certificación de la potencia motriz. |
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Ponente |
: |
Simon DAI (UK/PPE), Miembro del Consejo del Condado de Devon |
Textos de referencia
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativa a la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un régimen de control comunitario para garantizar el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común — COM(2008) 718 final
Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece un régimen de control comunitario para garantizar el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común — COM(2008) 721 final — 2008/0216 (CNS)
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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1. |
acoge favorablemente la revisión del sistema de control de la Política Pesquera Común (PPC). El sistema actual es ineficaz, muy costoso y complejo y no produce los resultados deseados; |
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2. |
suscribe los objetivos que se persiguen: simplificar, armonizar, conseguir una mayor eficacia de los controles con el menor coste posible y desarrollar una cultura de cumplimiento de las normas; |
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3. |
considera que es necesaria una reforma global y que la opción 3 de un nuevo Reglamento es la más realista; |
A. Tener en cuenta la dimensión regional y local
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4. |
pide al Consejo y a la Comisión Europea que tengan en cuenta la diversidad y las características específicas de las distintas flotas y regiones pesqueras, tal como se estipula en el considerando 18 de la propuesta; |
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5. |
insta a que se preste una atención especial a las necesidades de las regiones marítimas periféricas, en particular a las que dependen de la pesca. La flexibilidad y la posibilidad de adoptar medidas específicas adaptadas a las circunstancias particulares y a la región de que se trate son condiciones previas indispensables (1); |
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6. |
destaca que la descentralización de la PPC, que se refleja en la creación de los consejos consultivos regionales y la reestructuración de la DG MARE de la Comisión Europea, pone de manifiesto la creciente necesidad de desarrollar el nuevo marco político de control en función de los mares regionales. Para ello, la Comisión Europea deberá aumentar su capacidad de ponerse al servicio de la diversidad que implica el modelo regional; |
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7. |
llama la atención sobre los cambios que el nuevo régimen de control de la pesca entrañará para las autoridades regionales y locales responsables del mismo. La aplicación de este nuevo régimen sobre el terreno sólo podrá llevarse a cabo con éxito si los Estados miembros atribuyen correctamente las nuevas competencias a todos los niveles administrativos correspondientes. Para ello son imprescindibles recursos humanos y financieros suficientes que garanticen la solidez de las estructuras organizativas, que deberán estar dotadas de suficientes medios para ejercer el control y fomentar una cultura espontánea de cumplimiento de las normas, así como de herramientas para utilizar estos medios de manera coordinada; |
B. Un planteamiento nuevo y común del control y de la supervisión
Disposiciones generales
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8. |
apoya que se deslinden las atribuciones de los Estados miembros y las regiones, la Comisión y la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca (ACCP), a fin de evitar la duplicación de las tareas. La Comisión Europea seguirá prescribiendo las medidas de supervisión necesarias para garantizar el cumplimiento uniforme de la normativa pesquera en todas las regiones; |
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9. |
aprueba las nuevas disposiciones para reforzar la programación estratégica, la determinación de objetivos tácticos y la estrategia de muestreo en materia de control de la pesca, incluido un análisis de riesgo sistemático. A fin de evitar que esta nueva herramienta se aplique de forma no coordinada, el CDR aboga resueltamente por prestar asistencia a los organismos de supervisión mediante la puesta a punto de métodos uniformes de gestión de riesgos en todos los niveles, tal como en el artículo 112 se prevé que haga la ACCP; |
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10. |
en particular acoge favorablemente la nueva obligación de los Estados miembros de establecer un único organismo que coordine en cada Estado miembro todas las actividades de control de todos los niveles (art. 5.5); |
Reducir las cargas y costes administrativos
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11. |
prevé una reducción sustancial del 30 % de los costes operativos, que aumentará la rentabilidad de los regímenes de control de los Estados miembros y de las regiones, siempre que se utilicen plenamente las tecnologías modernas y sistemas de control racionalizados. Sin embargo, si esta reducción no llegara a producirse, considera que cualquier incremento de las cargas financieras impuestas a los Estados miembros o a las regiones debería ser soportado por el presupuesto de la UE, en particular teniendo en cuenta la desproporcionada responsabilidad que tienen algunos Estados miembros y regiones respecto del control de la PPC correspondiente a sus cuotas; |
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12. |
insta al Consejo a que haga hincapié en la necesidad de lograr la rentabilidad mediante la creación de estructuras públicas de costa que permitan integrar mejor la gobernanza de la pesca con la de otras actividades marinas, a la vez que vela por que los Estados miembros ribereños y las regiones adyacentes establezcan servicios conjuntos de inspección de la pesca; |
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13. |
recientemente ha recomendado que las inspecciones pesqueras se integren con tareas como las inspecciones del medio ambiente, el control fronterizo, los servicios de rescate en el mar y la protección civil al servicio de los profesionales del mar (2) y por ello acoge favorablemente la nueva disposición destinada a establecer una red de vigilancia marítima integrada de la UE, (art. 4, art. 112 y art. 17, letra g) sobre las competencias de la ACCP); |
Aumentar el uso de tecnologías modernas
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14. |
acoge con reserva el énfasis que se hace en la propuesta de recurrir en mayor medida a las tecnologías modernas y a sistemas eficaces de validación de datos, incluidos los sistemas de localización de buques y otros sistemas apropiados y rentables (art. 9 a 11), posición que refleja parcialmente una recomendación anterior del CDR (3). No obstante, aunque los dispositivos electrónicos de seguimiento sean un elemento clave para la rentabilidad de la pesca, no deberían duplicarse los sistemas de ejecución y gestión. Las instalaciones deberían se proporcionales al tamaño del buque, así como a la duración del viaje y la posición geográfica. En particular, el CDR expresa su preocupación por el hecho de que el sistema de identificación automática es un sistema para la seguridad de la navegación y quizá no sea adecuado para el control de las pesquerías; |
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15. |
dado el desarrollo constante de las tecnologías, el CDR insiste en que el Reglamento tenga en cuenta las necesidades futuras mediante un eficiente instrumento normativo que permita adaptarse a la evolución tecnológica. Asimismo, invita a los entes locales y regionales, así como a las organizaciones de productores, a que participen en los proyectos piloto sobre herramientas de trazabilidad, como los análisis genéticos (art. 13.1); |
Control de la pesca y de la comercialización
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16. |
hace hincapié en que deben mantenerse los controles en alta mar, puesto que se trata del único medio de verificar adecuadamente las artes de pesca y las medidas técnicas de conservación, los cambios de luz de malla, etc., aspectos que suelen estar regulados por disposiciones relativas al impacto medioambiental de las pesquerías; |
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17. |
defiende un enfoque dual del seguimiento, con el objetivo de establecer un equilibrio entre los controles en alta mar y los controles en tierra. Este enfoque debería centrarse en mejorar, por una parte, los controles pertinentes y eficaces en alta mar y, por otra, los controles e inspecciones en tierra, incluidas las mejoras del control de los productos pesqueros importados, específicamente en los puertos principales. Es esencial disponer de información más fiable acerca de los desembarques a fin de mejorar el procedimiento de evaluación de las poblaciones; |
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18. |
habida cuenta de que la gestión de las flotas sigue siendo un elemento crucial de la PPC, acoge favorablemente los nuevos instrumentos de control, certificación y control cruzado de la potencia motriz con la excepción de los buques de menos de 10 metros de eslora que utilicen únicamente artes fijos de pesca (art. 30 a 32); |
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19. |
se declara especialmente preocupado por que se garantice la sostenibilidad y rentabilidad de la pesca artesanal, y pide explicaciones sobre las nuevas disposiciones que obligan a los buques con una eslora de entre diez y quince metros a instalar un sistema de localización de buques (art. 9), a llevar un cuaderno diario de pesca (art. 14) y a completar declaraciones electrónicas de desembarque (art. 21), aunque los Estados miembros tendrán la posibilidad de introducir exenciones; a fin de ayudar a estos buques de pequeño tamaño a ajustarse a las nuevas disposiciones, el CDR insiste en que se concedan exenciones más amplias o se destine más financiación para este fin a nivel comunitario y nacional; |
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20. |
apoya los proyectos a escala local y regional destinados a contribuir a la instalación voluntaria y subvencionada de los sistemas de localización de buques o sistemas equivalentes mencionados más arriba en buques de menos de diez o quince metros de eslora, por ejemplo en el marco de la gestión de las zonas marinas protegidas y de las zonas de conservación; |
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21. |
conviene en que, para garantizar un nivel de control adecuado, los Estados miembros y las regiones deberían supervisar la actividad de los buques de menos de diez metros de eslora mediante un plan de muestreo. No obstante, pide que se aclare la afirmación de que «en la medida de lo posible, los planes de muestreo deberán […] estar normalizados dentro de las regiones» (art. 16.2 y art. 22.2); |
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22. |
se felicita por las nuevas normas comunes que rigen el control de la comercialización y que intentan establecer una trazabilidad completa de los desembarques a fin de reducir el número de desembarques ilegales de pescado y de proteger a los consumidores proporcionándoles información pertinente sobre la producción en cada una de las etapas de la comercialización (art. 51); |
Control específico de los planes plurianuales y las medidas técnicas
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23. |
pide que los organismos de control y las partes interesadas locales y regionales participen en la determinación de los «puertos designados» (art. 34) y en la puesta en marcha de los programas de control nacionales y regionales para cada plan plurianual (art. 36); |
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24. |
reitera su petición de que se mejore el control de las medidas técnicas destinadas a reducir, o incluso a suprimir, los descartes, a la vez que se tiene en cuenta la situación local y se ofrecen incentivos (4). No obstante, considera que no se obtiene ningún beneficio de retrasar los descartes necesarios que deben devolverse al mar y que sólo debería registrarse una estimación de las cantidades; |
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25. |
acoge favorablemente el nuevo sistema avanzado de localización de buques en las zonas marinas protegidas (art. 39), que proporciona a las autoridades públicas mejores herramientas para cumplir sus obligaciones de gestionar estos lugares. Sin embargo, las zonas marinas protegidas deberían definirse apropiadamente, dando a conocer ampliamente sus objetivos a fin de garantizar que sólo se supervisa a los buques no autorizados a pescar en estas zonas; |
Control de la pesca recreativa
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26. |
insta al Consejo a que clarifique el alcance del nuevo artículo 47 sobre la pesca recreativa. Este tipo de pesca, si no se regula, podría poner en peligro a las poblaciones de peces que son objeto de un plan de recuperación, por ejemplo en el caso de la pesca turística profesional o en los períodos de veda de la pesca comercial; |
C. Una cultura de cumplimiento de las normas
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27. |
pide que en el considerando 5 del Reglamento se incluya una referencia más explícita al desarrollo de una cultura espontánea de cumplimiento de las normas pesqueras, consensuada con todas las partes interesadas. Este enfoque debería considerarse la piedra angular de cualquier reforma eficaz del régimen de control; |
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28. |
considera que la «cultura de cumplimiento de las normas» sólo se fomentará si las medidas de control se aplican sobre la base del diálogo y el consenso y no se imponen en el marco de un proceso de arriba abajo. Es preciso establecer una asociación coherente entre los pescadores, los organismos de control, los centros de investigación, las ONG y la industria pesquera con los consejos consultivos regionales y los grupos locales instituidos de conformidad con el eje prioritario 4 del Fondo Europeo de Pesca (FEP) cuyo objetivo es apoyar este tipo de cooperación. El CDR ya insistió en que los pescadores debían tener responsabilidades en el control de las pesquerías y los derechos de pesca (5); |
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29. |
insta a la Comisión Europea a que haga todo lo que esté en su mano para garantizar que la cultura de cumplimiento de las normas es aceptada por todos los socios internacionales y se aplica en todas las aguas en que operan buques de la UE; |
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30. |
considera que la simplificación del control de las pesquerías es un objetivo prioritario (6) y celebra que los importantes esfuerzos realizados por la Comisión en este sentido. Ello reduce la carga administrativa que pesa sobre las autoridades públicas y el sector privado, facilitando la supervisión de las normas. Asimismo promueve la confianza de las partes interesadas y favorece una cultura de cumplimiento de las normas; |
Introducción de sanciones disuasorias y armonizadas
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31. |
aprueba la introducción de sanciones disuasorias y armonizadas en caso de infracción grave (art. 82), el establecimiento de un sistema de puntos de penalización (art. 84) que podrá dar lugar a la suspensión o la retirada definitiva de la licencia de pesca, así como la creación de un registro nacional de las infracciones (art. 85); |
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32. |
estima que todas estas disposiciones se hacen eco de peticiones formuladas anteriormente por el CDR con el objetivo de armonizar las medidas disuasorias y penales (7), al tiempo que contribuyen a corregir el carácter arbitrario del régimen actual, ponen término a la política del «vale la pena delinquir» y disminuyen el desplazamiento de los infractores hacia Estados miembros donde las sanciones son menores; |
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33. |
insta a los Estados miembros y las regiones a que armonicen sus sanciones en caso de infracciones cometidas en regiones pesqueras transfronterizas como, por ejemplo, en las zonas marinas protegidas transfronterizas; |
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34. |
se suma a las voces que reclaman una utilización de las subvenciones como sanción suplementaria, además de las multas, y que piden que los buques que hayan cometido infracciones graves reiteradas queden excluidos de las ayudas y las subvenciones públicas. No obstante, el desarrollo de una cultura de cumplimiento se vería favorecido considerablemente si se ofrecieran incentivos positivos como «días en el mar» suplementarios u otras recompensas, a cambio de participar en distintos medidas, como un uso de artes de pesca más selectivas, el apoyo a las vedas en tiempo real, planes para evitar determinadas poblaciones, etc.; |
Cooperación entre los Estados miembros y con la Comisión Europea y la ACCP
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35. |
se congratula del refuerzo de las disposiciones encaminadas a mejorar la cooperación entre los organismos de control de la pesca de los Estados miembros y regiones y de éstos con la Comisión, incluido un enfoque moderno para el intercambio de datos. La ACCP debería desempeñar un papel clave en este enfoque; |
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36. |
toma nota de los progresos realizados en el desarrollo de planes de despliegue conjuntos en alta mar. No obstante, las inspecciones en tierra no parecen haber avanzado en la misma medida. Por otra parte, debe establecerse una cooperación con los servicios competentes de los terceros países, al tiempo que se vela por que éstos dispongan de los medios y competencias necesarios; |
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37. |
está convencido de que los nuevos sitios Web seguros que deben establecerse para el intercambio de datos (art. 106 a 108) y los controles cruzados sistemáticos de todos los datos disponibles (art. 102) mejorarán la capacidad de la Comisión Europea para evaluar en qué grado los Estados miembros ejecutan en la práctica la PPC; |
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38. |
en el pasado ha mostrado su apoyo a la creación de una «Autoridad de inspección pesquera europea» (8) y, por ello, aprueba la ampliación del mandato de la Agencia Comunitaria de Control de la Pesca (ACCP) prevista en el artículo 112 de la propuesta de Reglamento; insiste, sin embargo, en que la asistencia prevista de la ACCP a los organismos nacionales, regionales y locales de control de la pesca incluya la armonización de los procedimientos de control e inspección en alta mar y en tierra, la verificación de las normas nacionales de formación, la organización de talleres y seminarios, así como la puesta en marcha de un «servicio de ayuda al usuario» (helpdesk) al que puedan recurrir los Estados miembros, los consejos consultivos regionales o las organizaciones profesionales para obtener información sobre el alcance y la interpretación del Reglamento; |
D. Aplicación efectiva de las normas de la PPC
Nuevas normas de vigilancia e inspección
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39. |
reconoce la necesidad de aumentar no sólo el nivel de las sanciones, sino también las tasas de detección de los regímenes de control puestos en marcha por los organismos de inspección y vigilancia. A este respecto, valora positivamente las nuevas disposiciones sobre la normalización de los programas de vigilancia y de observadores, así como sobre la admisibilidad de los informes de vigilancia y de los informes de los observadores (art. 61 a 64); |
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40. |
respalda que, de ahora en adelante, los Estados miembros tengan la posibilidad de inspeccionar sus buques o los buques de otro Estado miembro, también en aguas costeras situadas a menos de doce millas náuticas, y de llevar a cabo inspecciones en el territorio de otro Estado miembro (art. 71 a 73). El CDR anima a los organismos de control locales y regionales que operan en las zonas fronterizas a que creen sinergias cooperando estrechamente en el marco de sus actividades de inspección, lo que presupone una rápida aplicación de los procedimientos de autorización previstos en el artículo 72; |
Más competencias de la Comisión para la evaluación, la gestión y el control
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41. |
aprueba que se recurra en mayor medida, hasta cierto punto, a las competencias atribuidas en la actualidad a la Comisión Europea siempre que éstas tengan por objeto crear condiciones equitativas en materia de controles y con la condición de que el control de la PPC siga siendo responsabilidad de los Estados miembros. Acoge con prudencia las competencias suplementarias concedidas a la Comisión Europea en materia de inspecciones autónomas (art. 90) y auditorías de los sistemas de control nacionales (art. 92). Por otra parte, es necesario aclarar el alcance de las nuevas competencias atribuidas a la Comisión Europea para elaborar planes de acción destinados a que los Estados miembros en los que se detecten deficiencias mejoren su aplicación de la PPC (art. 94.4); |
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42. |
pide a la Comisión Europea que evite cualquier tentación de entrar en un sistema de microdecisiones. A este respecto, cuestiona la transferencia a la Comisión de la responsabilidad de implantar vedas en tiempo real (art. 45), aunque ello pueda ser beneficioso para las especies afectadas por la sobrepesca; |
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43. |
señala que la obtención de competencias suplementarias debería basarse en una redefinición de la cooperación con los Estados miembros y, por lo que respecta a la Comisión Europea, en el desarrollo de las capacidades de la DG MARE y la ACCP, pero también en una mayor coherencia institucional con la DG Medio Ambiente de la Comisión Europea; |
Medidas para garantizar el cumplimiento por parte de los Estados miembros
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44. |
reconoce que una aplicación incorrecta por parte de un Estado miembro puede menoscabar la sana gestión de los recursos pesqueros comunes, en particular en el caso de las especies migratorias. Señala que el único procedimiento que en la actualidad la Comisión tiene a su disposición en caso de inobservancia de las normas por parte de un Estado miembro es el procedimiento de infracción, que es muy lento y no garantiza la imposición de sanciones; |
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45. |
en este orden de cosas, aprueba las nuevas disposiciones previstas en el Reglamento por las que se obliga a los Estados miembros a cumplir los objetivos de la Política Pesquera Común, incluidos el cierre, a instancias de la Comisión, de una pesquería determinada (art. 96) y medidas financieras contra los Estados miembros como la suspensión y la cancelación de la ayuda económica comunitaria (art. 95). No obstante, se declara preocupado por el hecho de que una atribución de competencias más amplias que llegan hasta la deducción de cuotas (art. 98) y la denegación de las transferencias de cuotas (art. 99) podría permitir a la Comisión modificar unilateralmente la estabilidad relativa de los totales admisibles de capturas (TAC) y las cuotas entre los Estados miembros; |
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46. |
considera que, en cualquier caso, es necesario reflexionar sobre la proporcionalidad de tales medidas. Al CDR le preocupa que las regiones costeras de la UE y sus industrias pesqueras sean las que acaben por pagar las consecuencias en vez de los Estados miembros; |
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47. |
insta a la Comisión Europea a que continúe aplicando en paralelo el enfoque más cooperativo consagrado en los nuevos memorandos de acuerdo firmados con algunos Estados miembros, que contienen claros indicadores de referencia para mejorar los sistemas de control pesquero en esos Estados miembros. Los organismos de control locales y regionales podrían participar en la elaboración de estos memorandos de acuerdo. |
II. RECOMENDACIONES DE ENMIENDA
Enmienda 1
Propuesta de Reglamento del Consejo, considerando 29
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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El CDR reconoce que un Estado miembro que permite a su flota que rebase repetidamente la cuota o que no adopte las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas de la Política Pesquera Común debe ser penalizado. No obstante, los mecanismos aplicados a tal efecto no deberían incluir la deducción de las cuotas ni la denegación de las transferencias de cuotas o de los intercambios de cuotas, dado que ello no afectaría al Estado miembro que no respeta sus obligaciones, sino más bien a flotas que pueden no tener nada que ver con las infracciones, o incluso –en el caso del intercambio de cuotas– a otros Estados miembros que no tienen ninguna relación con la infracción en cuestión. Además, estas medidas implicarían que la Comisión podría modificar unilateralmente la estabilidad relativa entre los Estados miembros.
Enmienda 2
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 4, punto 21)
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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La definición propuesta excluiría la utilización de otros medios de localización de buques apropiados, menos costosos, pero igualmente eficaces, que sean más adecuados para los buques pesqueros de una eslora total comprendida entre 10 y 15 metros que operen lo suficientemente cerca de la costa como para acceder a los sistemas terrestres de localización. El CDR enmienda esta definición y los párrafos correspondientes del artículo 9 (véase enmienda 7).
Enmienda 3
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 4, nuevo punto después del punto 24)
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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«Infracción grave» : tipos de conducta que se consideran particularmente perjudiciales para la correcta aplicación de las normas de la PPC, sobre todo en ámbitos como la conservación de poblaciones, la supervisión de las actividades pesqueras y de la comercialización de los productos de la pesca, en particular las actividades que figuran en la lista del artículo 42.1 del Reglamento (CE) no 1005/2008 del Consejo. |
El CDR desea obtener precisiones sobre qué tipo de infracciones son consideradas «graves» para que se les aplique el artículo 82. Debería prestarse más atención a las distintas interpretaciones de los Estados miembros y armonizar los criterios pertinentes en la medida de lo posible.
Enmienda 4
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 4, nuevo punto después del punto 24)
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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«Lonja» : persona física o jurídica registrada y autorizada como centro de subasta de pescado en donde el pescado se vende por primera vez en una licitación competitiva o directamente a compradores registrados. |
El CDR llama la atención sobre el hecho de que no se propone ninguna definición de «lonja», pese a que el artículo 52 impone la primera venta de algunas poblaciones en una lonja. A efectos del Reglamento sometido a examen, la «subasta» no debería limitarse a una «licitación competitiva».
Enmienda 5
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 4, nuevo punto después del punto 24)
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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«pesca recreativa» : pesca distinta de la comercial y autorizada, que se practica a gran escala por un buque o buques sin licencia en alta mar con objeto de capturar poblaciones sometidas a planes multianuales. |
El artículo 47 se refiere a la pesca recreativa. La Comisión puede modificar la redacción del artículo 47, pero el CDR propone esta definición de «pesca recreativa» para clarificar la versión actual.
No obstante, la pesca recreativa no comercial cubre, por regla general, toda pesca en aguas marinas, incluidas entre otras la pesca deportiva, la pesca recreativa y los concursos de pesca, practicada a bordo de un buque que no está obligado a poseer una licencia de pesca, de conformidad con el Reglamento (CE) no 1281/2005 de la Comisión, de 3 de agosto de 2005.
Enmienda 6
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 5, apartado 6
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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6. El pago de las contribuciones del Fondo Europeo de la Pesca previstas por el Reglamento (CE) no 1198/2006 del Consejo y de las contribuciones financieras comunitarias a las medidas contempladas en el artículo 8, letra a), del Reglamento (CE) no 861/2006 del Consejo estará supeditado al cumplimiento por los Estados miembros de la obligación de garantizar la observancia y la aplicación de las normas de conservación, control, inspección y ejecución de la Política Pesquera Común que se refieran a las medidas financiadas o contribuyan a su eficacia, y de crear y mantener a tal efecto un régimen eficaz de inspección, seguimiento, vigilancia y aplicación de las normas. |
6. El pago de las contribuciones del Fondo Europeo de la Pesca previstas por el Reglamento (CE) no 1198/2006 del Consejo y de las contribuciones financieras comunitarias a las medidas contempladas en el artículo 8, letra a), del Reglamento (CE) no 861/2006 del Consejo estará supeditado al cumplimiento por los Estados miembros de la obligación de garantizar la observancia y la aplicación de las normas de conservación, control, inspección y ejecución de la Política Pesquera Común que se refieran a las medidas financiadas o contribuyan a su eficacia, y de crear y mantener a tal efecto un régimen eficaz de inspección, seguimiento, vigilancia y aplicación de las normas. |
El CDR está convencido de que una buena normativa debe incluir tanto incentivos como sanciones. El incumplimiento de las normas de la PPC debería ser objeto de un trato proporcionado, y sólo los casos de infracción grave deberían transferirse al nivel judicial correspondiente. No es de recibo que el pago de las contribuciones del Fondo Europeo de Pesca (FEP) esté vinculado al cumplimiento absoluto de las obligaciones de control. Este apartado crea una gran incertidumbre jurídica (véase el artículo 95).
Enmienda 7
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 9, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Los Estados miembros utilizarán un sistema de localización de buques por satélite para seguir de manera eficaz las actividades pesqueras de los buques que enarbolen su pabellón, se encuentren donde se encuentren, y de las actividades pesqueras que se lleven a cabo en sus aguas. Los Estados miembros velarán por que se haga un seguimiento periódico de la exactitud de esos datos y actuarán sin dilación en caso de detectar datos inexactos. |
1. Los Estados miembros utilizarán un sistema de localización de buques por satélite o, cuando proceda, un sistema terrestre de localización, para seguir de manera eficaz las actividades pesqueras de los buques que enarbolen su pabellón, se encuentren donde se encuentren, y de las actividades pesqueras que se lleven a cabo en sus aguas. Los Estados miembros velarán por que se haga un seguimiento periódico de la exactitud de esos datos y actuarán sin dilación en caso de detectar datos inexactos. |
Véase la exposición de motivos de la enmienda 2.
Enmienda 8
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 10
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 10 Sistema de identificación automática 1. Los buques pesqueros de más de 15 metros de eslora total estarán equipados con un sistema de identificación automática que funcione adecuadamente y cumpla las normas de rendimiento aprobadas por la Organización Marítima Internacional conforme al capítulo V, regla 19, parte 2.4.5, del Convenio SOLAS de 1974 en su última versión. 2. Los Estados miembros contrastarán los datos del sistema de identificación automática con los datos disponibles en virtud de los artículos 102 y 103. Para ello, se cerciorarán de que sus organismos nacionales de control de la pesca tengan acceso a los datos del sistema de identificación automática relativos a los buques pesqueros que enarbolan su pabellón. Los Estados miembros velarán por que se haga un seguimiento periódico de la exactitud de esos datos y actuarán sin dilación en caso de detectar datos inexactos. |
Artículo 10 Sistema de identificación automática 1. Los buques pesqueros de más de 15 metros de eslora total estarán equipados con un sistema de identificación automática que funcione adecuadamente y cumpla las normas de rendimiento aprobadas por la Organización Marítima Internacional conforme al capítulo V, regla 19, parte 2.4.5, del Convenio SOLAS de 1974 en su última versión. 2. Los Estados miembros contrastarán los datos del sistema de identificación automática con los datos disponibles en virtud de los artículos 102 y 103. Para ello, se cerciorarán de que sus organismos nacionales de control de la pesca tengan acceso a los datos del sistema de identificación automática relativos a los buques pesqueros que enarbolan su pabellón. Los Estados miembros velarán por que se haga un seguimiento periódico de la exactitud de esos datos y actuarán sin dilación en caso de detectar datos inexactos. |
El Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar (SOLAS) de la Organización Marítima Internacional (OMI) requiere que los buques en viaje internacional con un arqueo bruto igual o superior a las 300 toneladas y todos los buques de pasaje independientemente de su tamaño estén equipados con un sistema de identificación automática.
En la actualidad 40 000 buques están equipados con un sistema de identificación automática en todo el mundo con objeto de mejorar la seguridad de la navegación y la seguridad en el sector del transporte marítimo internacional. La obligación de equipar con un sistema de identificación automática a todos los buques pesqueros de más de quince metros de eslora total produciría, sin duda, una saturación del sistema y minaría su eficacia en el ámbito de la seguridad marítima.
Enmienda 9
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 14, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Sin perjuicio de las disposiciones específicas, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de diez metros de eslora total llevarán un cuaderno diario de pesca en el que anotarán sus operaciones y, en particular, todas las cantidades de más de 15 kilogramos en equivalente de peso vivo de cada especie capturada y transportada a bordo, la fecha y la zona geográfica pertinente de las capturas, expresada con referencia a una subzona y a una división o subdivisión o, en su caso, a un rectángulo estadístico donde se aplican limitaciones de capturas en virtud de la legislación comunitaria, y el tipo de arte empleado. También se anotarán en el cuaderno diario de pesca las cantidades de cada especie devueltas al mar. El capitán será responsable de la exactitud de los datos anotados en el cuaderno diario de pesca. |
1. Sin perjuicio de las disposiciones específicas, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de diez metros de eslora total llevarán un cuaderno diario de pesca (en papel) en el que anotarán sus operaciones y, en particular, todas las cantidades de más de 15 50 kilogramos en equivalente de peso vivo de cada especie capturada y transportada a bordo, la fecha y la zona geográfica pertinente de las capturas, expresada con referencia a una subzona y a una división o subdivisión o, en su caso, a un rectángulo estadístico donde se aplican limitaciones de capturas en virtud de la legislación comunitaria, y el tipo de arte empleado. También se anotarán en el cuaderno diario de pesca las cantidades de cada especie devueltas al mar. En el cuaderno diario de pesca se podrá anotar una estimación de las cantidades de cada especie devueltas al mar con fines de evaluación. El capitán será responsable de la exactitud de los datos anotados en el cuaderno diario de pesca. |
Para mayor claridad jurídica, el CDR estima necesario añadir la expresión «en papel», a fin de tener en cuenta la modificación del artículo 15.
El CDR considera que las restricciones cuantitativas recogidas en este artículo suponen una carga nueva y excepcional para los patrones de buques pesqueros que, por lo que se refiere al registro de los descartes, no tiene incidencia sobre el uso de posibilidades de pesca. El texto del Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo dispone que «las cantidades devueltas al mar se podrán anotar con fines de evaluación». El CDR recomienda que se utilice este texto.
Enmienda 10
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 14, apartado 3
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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3. El margen de tolerancia autorizado en las estimaciones anotadas en el cuaderno diario de pesca de las cantidades de pescado transportadas a bordo, en kilogramos, será del 5 %. |
3. El margen de tolerancia autorizado en las estimaciones de las especies que están sujetas a TAC o a cuotas anotadas en el cuaderno diario de pesca de las cantidades de pescado transportadas a bordo, en kilogramos, será del 512 %. |
El CDR toma nota de que el margen de tolerancia mencionado es un porcentaje arbitrario sin ninguna justificación científica. Las pruebas prácticas desarrolladas por la consultora MRAG en buques pesqueros han mostrado la existencia de grandes divergencias entre los márgenes con pocos factores de correlación. En caso de que se adopte un único porcentaje, éste debería ser eficaz y proporcionado a las exigencias del seguimiento. El CDR considera que el margen propuesto es inviable por lo que convendría adoptar un compromiso entre el sistema actual y el margen para la recuperación de poblaciones. El Reglamento debería aplicarse únicamente a las especies sujetas a totales admisibles de capturas (TAC).
Enmienda 11
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 15, apartados 1 y 2
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 15 Registro electrónico y transmisión de los datos de los cuadernos diarios de pesca 1. Los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de 10 metros de eslora total registrarán por medios electrónicos la información de pesca anotada en el cuaderno diario de pesca y la enviarán por medios electrónicos al organismo competente del Estado miembro del pabellón al menos una vez al día. 2. El apartado 1 se aplicará a partir del 1 de julio de 2011 a los buques pesqueros comunitarios de una eslora total comprendida entre 15 y 24 metros y a partir del 1 de enero de 2012 a los de una eslora total comprendida entre 10 y 15 metros. Los buques pesqueros comunitarios de hasta 15 metros de eslora total podrán ser eximidos de la aplicación del apartado 1 si:
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Artículo 15 Registro electrónico y transmisión de los datos de los cuadernos diarios de pesca 1. Los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de 10 15 metros de eslora total registrarán por medios electrónicos la información de pesca anotada en el cuaderno diario de pesca y la enviarán por medios electrónicos al organismo competente del Estado miembro del pabellón al menos una vez al día. 2. El apartado 1 se aplicará a partir del 1 de julio de 2011 a los buques pesqueros comunitarios de una eslora total comprendida entre 15 y 24 metros y a partir del 1 de enero de 2012 a los de una eslora total comprendida entre 10 y 15 metros. Los buques pesqueros comunitarios de hasta 15 metros de eslora total podrán ser eximidos de la aplicación del apartado 1 si:
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El Comité considera que los buques pesqueros de una eslora total comprendida entre diez y quince metros no tienen dimensión suficiente para facilitar un uso seguro y rentable de los cuadernos diarios de pesca electrónicos.
Enmienda 12
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 17, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Sin perjuicio de las disposiciones específicas que contengan los planes plurianuales, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios o sus representantes notificarán la siguiente información a las autoridades competentes del Estado miembro cuyos puertos o instalaciones de desembarque deseen utilizar, como mínimo cuatro horas antes de la hora estimada de llegada al puerto, a menos que las autoridades competentes hayan autorizado una entrada más temprana:
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1. Sin perjuicio de las disposiciones específicas que contengan los planes plurianuales, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de 15 metros de eslora total o sus representantes notificarán la siguiente información a las autoridades competentes del Estado miembro cuyos puertos o instalaciones de desembarque deseen utilizar, como mínimo cuatro horas antes de la hora estimada de llegada al puerto, a menos que las autoridades competentes hayan autorizado una entrada más temprana:
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El CDR considera que los buques pesqueros más pequeños de una eslora total de hasta quince metros no tienen dimensión suficiente para que sea necesaria, por razones de seguridad, la notificación cuatro horas antes de la hora estimada de llegada al puerto. La obligación de registrar lo que no se ha pescado resulta incomprensible.
Enmienda 13
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 21, apartado 2
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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2. Sin perjuicio de las disposiciones específicas de los planes plurianuales, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de diez metros de eslora total, o sus representantes, trasmitirán electrónicamente los datos de la declaración de desembarque a las autoridades competentes del Estado miembro del pabellón en el plazo máximo de dos horas después del desembarque. |
2. Sin perjuicio de las disposiciones específicas de los planes plurianuales, los capitanes de los buques pesqueros comunitarios de más de diez metros de eslora total, o sus representantes, trasmitirán electrónicamente (si la eslora total del buque supera los quince metros y, si no es así, en papel) los datos de la declaración de desembarque a las autoridades competentes del Estado miembro del pabellón en el plazo máximo de dos 48 horas después del desembarque. |
El CDR señala que, en una declaración de desembarque, el patrón debe dar fe de la exactitud de la información, con necesidad de expresar la clasificación y el pesaje de las capturas. Este oneroso requisito podría tener repercusiones económicas importantes cuando el desembarque se realice en puertos que no dispongan de lonja, especialmente para los buques de menor tamaño que desembarquen en regiones marítimas periféricas. El plazo que establece el artículo 8 del Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo es de 48 horas. El CDR recomienda que se utilice este texto.
Enmienda 14
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 23, apartado 3
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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3. Todas las capturas de buques pesqueros comunitarios de una población o un grupo de poblaciones sujetas a cuotas se imputarán con cargo a la cuota asignada al Estado miembro del pabellón para esa población o ese grupo de poblaciones, independientemente de donde se desembarquen. |
3. Todas las capturas Todos los desembarques de buques pesqueros comunitarios de una población o un grupo de poblaciones sujetas a cuotas se imputarán con cargo a la cuota asignada al Estado miembro del pabellón para esa población o ese grupo de poblaciones, independientemente de donde se desembarquen. |
El CDR señala que, si las cuotas nacionales se fijan sobre la base de la cantidad denominada «total admisible de capturas», esta cantidad se contabiliza y debería seguir contabilizándose en el lugar de desembarque y de primera venta. Los descartes no deberían deducirse de la cuota nacional.
Enmienda 15
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 31, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Los motores nuevos o de sustitución y los que hayan sido modificados técnicamente deberán ser aprobados oficialmente por las autoridades de los Estados miembros como motores incapaces de producir más potencia que la indicada en el certificado del motor. Esa aprobación sólo se concederá cuando el motor no pueda producir más potencia que la indicada. |
1. Los motores nuevos o de sustitución y los que hayan sido modificados técnicamente, cuando vayan a utilizarse en buques de más de 10 metros de eslora, deberán ser aprobados oficialmente por las autoridades de los Estados miembros como motores incapaces de producir más potencia que la indicada en el certificado del motor. Esa aprobación sólo se concederá cuando el motor no pueda producir más potencia que la indicada. |
No se considera pertinente la certificación de la potencia motriz de todos los buques de pesca que se dedican principalmente a la pesca de bajura, por lo que los buques de menos de 10 metros de eslora que utilicen exclusivamente artes fijos de pesca deberían quedar exentos de este requisito. En estos casos, el dato indicado por el fabricante del motor debería considerarse suficiente. La potencia motriz sólo es de importancia decisiva para la eficacia de la pesca en el caso del arrastre.
Enmienda 16
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 37, apartado 2, fórmula introductoria
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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2. En las pesquerías en las que esté autorizado llevar a bordo más de dos tipos de artes, los artes que no se utilicen se estibarán de tal modo que no estén listos para ser usados conforme a las siguientes condiciones: |
2. En las pesquerías en las que esté autorizado llevar a bordo dos o más de dos tipos de artes, los artes que no se utilicen se estibarán de tal modo que no estén listos para ser usados conforme a las siguientes condiciones: |
El CDR considera que puede tratarse de un error de redacción. Deberán estibarse el segundo tipo de arte y todos los demás tipos de artes no utilizados.
Enmienda 17
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 40, apartados 1 y 2
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 40 Paso por una zona marina protegida 1. Se permite a todos los buques pesqueros el paso por las zonas marinas protegidas a reserva de que:
2. Los capitanes de los buques pesqueros comunitarios que vayan a pasar por una zona marina protegida comunicarán los datos siguiente, mediante un informe de paso, a las autoridades del Estado miembro del pabellón y del Estado miembro ribereño:
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Artículo 40 Paso por una zona marina protegida 1. Por lo que se refiere a los buques pesqueros que no disponen de ningún tipo de autorización para pescar en la zona, se Se permite a todos los buques pesqueros el paso por las zonas marinas protegidas a reserva de que:
2. Los capitanes de los buques pesqueros comunitarios que vayan a pasar -o a pescar, si cuentan con una autorización para ello-, por una zona marina protegida comunicarán los datos siguiente, mediante un informe de paso, a las autoridades del Estado miembro del pabellón y del Estado miembro ribereño:
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El CDR está muy preocupado por el estatuto jurídico de la zona marina protegida tal como se define en el artículo 4 y se propone en los artículos 39 y 40. De acuerdo con la propuesta, una zona marina protegida tendría el mismo estatuto jurídico que un «área de veda de pesca». Sólo debería aplicarse una norma de «paso» a los buques que no dispongan de ningún tipo de autorización para pescar en la zona, de conformidad con el artículo 7c). El CDR cuestiona los requisitos de seguimiento que se recogen en el artículo 39, así como el tenor de los artículos 4 y 40 y propone que se modifiquen.
Enmienda 18
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 41, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Los capitanes de los buques pesqueros registrarán todos los descartes que superen un volumen de 15 kilogramos en equivalente de peso vivo y comunicarán sin dilación esta información a las autoridades competentes de las que dependen, si es posible electrónicamente. |
1. Los capitanes de los buques pesqueros podrán anotar en el cuaderno diario de pesca registrarán todos los descartes que superen un volumen de 15 kilogramos en equivalente de peso vivo y comunicarán sin dilación esta información a las autoridades competentes de las que dependen, si es posible electrónicamente una estimación de las cantidades de cada especie devueltas al mar con fines de evaluación. |
El texto del Reglamento (CEE) no 2847/93 del Consejo dispone que «las cantidades devueltas al mar se podrán anotar con fines de evaluación». El CDR recomienda que se utilice este texto modificado. No sería razonable exigir que se registren todos los descartes que superen un volumen de quince kilogramos y que se comuniquen a las autoridades competentes. El CDR considera que los descartes necesarios deberían devolverse al mar sin demora para garantizar la máxima posibilidad de supervivencia.
Enmienda 19
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 47
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 47 Pesca recreativa 1. La pesca recreativa desde un buque de poblaciones objeto de un plan plurianual, en aguas comunitarias, estará supeditada a la expedición de una autorización para el buque de que se trate por el Estado miembro del pabellón. 2. El Estado miembro del pabellón registrará las capturas de la pesca recreativa de poblaciones objeto de un plan plurianual. 3. Las capturas de la pesca recreativa de especies objeto de un plan plurianual se imputarán a las cuotas pertinentes del Estado miembro del pabellón. Los Estados miembros en cuestión fijarán la proporción de esas cuotas que estará reservada exclusivamente para la pesca recreativa. 4. Queda prohibido comercializar las capturas de la pesca recreativa, salvo con fines filantrópicos. |
Artículo 47 Pesca recreativa 1. La pesca recreativa desde un buque sin licencia de poblaciones objeto de un plan plurianual, en aguas comunitarias, estará supeditada a la expedición de una autorización para el buque de que se trate por el Estado miembro del pabellón. 2. El Estado miembro del pabellón registrará las capturas de la pesca recreativa de poblaciones objeto de un plan plurianual. 3. Las capturas de la pesca recreativa de especies objeto de un plan plurianual se imputarán a las cuotas pertinentes del Estado miembro del pabellón. Los Estados miembros en cuestión fijarán la proporción de esas cuotas que estará reservada exclusivamente para la pesca recreativa. 4. Queda prohibido comercializar las capturas de la pesca recreativa, salvo con fines filantrópicos. |
El CDR propone una definición de pesca recreativa en el artículo 4.27. El texto propuesto aquí clarifica su posición sobre las licencias y la autorización.
Como se destaca en el punto 26 de las recomendaciones políticas, este tipo de pesca, si no se regula, podría poner en peligro a las poblaciones de peces que son objeto de un plan de recuperación como, por ejemplo, en el caso de la pesca turística profesional o en los períodos de veda de la pesca comercial. No obstante, la eliminación de los apartados 3 y 4 garantiza que la respuesta de la regulación es proporcionada y no excesiva.
Enmienda 20
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 52, apartados 2 y 3
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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2. Los demás productos de la pesca sólo serán vendidos en lonjas o a organismos o personas autorizadas por los Estados miembros. 3. El comprador de productos de la pesca de un buque pesquero en primera venta deberá estar registrado ante las autoridades del Estado miembro donde tenga lugar la primera venta. A efectos del registro, cada comprador estará identificado con arreglo a su número de IVA en las bases de datos nacionales. |
2. Los demás productos de la pesca sólo serán vendidos en lonjas o a organismos o personas autorizadas por los Estados miembros. 3. El comprador de productos de la pesca de un buque pesquero en primera venta deberá estar registrado ante las autoridades del Estado miembro donde tenga lugar la primera venta. A efectos del registro, cada comprador estará identificado con arreglo a su número de registro o de IVA en las bases de datos nacionales. |
El CDR considera que el número de IVA podría no ser siempre pertinente, mientras que el número de registro es emitido por el Estado miembro.
Enmienda 21
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 53, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Todos los compradores registrados que adquieran productos de la pesca y de la acuicultura se cerciorarán de que la totalidad de los lotes recibidos sean pesados en balanzas aprobadas por las autoridades competentes. El pesaje se efectuará antes de que el pescado sea clasificado, transformado, almacenado y transportado desde el lugar de desembarque o revendido. |
1. Todos los compradores registrados que adquieran productos de la pesca y de la acuicultura se cerciorarán de que muestras representativas de la totalidad de los lotes recibidos sean pesadao s en balanzas aprobadas por las autoridades competentes. El pesaje se efectuará en el momento de la clasificación, pero antes de que el pescado sea clasificado, transformado, almacenado y transportado desde el lugar de desembarque o revendido. |
El CDR teme que, de pesarse cada caja, las manipulaciones innecesarias y los retrasos puedan perjudicar la calidad del pescado.
Enmienda 22
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 53, apartado 3
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán permitir que el pescado fresco sea pesado después del transporte desde el lugar de desembarque, a condición de que no haya podido ser pesado en el momento del desembarque y sea transportado hacia un destino situado en el territorio del Estado miembro a una distancia máxima de veinte kilómetros desde el lugar de desembarque. |
3. No obstante lo dispuesto en el apartado 1, los Estados miembros podrán permitir que el pescado fresco sea pesado después del transporte desde el lugar de desembarque, a condición de que no haya podido ser pesado en el momento del desembarque y sea transportado hacia un destino situado en el territorio del Estado miembro a una distancia máxima de veinte cien kilómetros desde el lugar de desembarque. |
El CDR teme que la Comisión imponga al sector requisitos gravosos e innecesarios que podrían disuadirlo de adoptar una cultura de cumplimiento de las normas.
Enmienda 23
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 54, apartado 1
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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1. Los compradores registrados, las lonjas autorizadas o los demás organismos o personas encargadas de la primera comercialización de los productos de la pesca desembarcados en un Estado miembro presentarán, por vía electrónica y en las dos horas siguientes a la primera venta, una nota de venta a las autoridades competentes del Estado miembro en cuyo territorio se haya efectuado la primera venta. Si ese Estado miembro no fuese el Estado del pabellón del buque que desembarcó el pescado, deberá garantizar que se envía una copia de las notas de ventas a las autoridades competentes del Estado miembro del pabellón tras la recepción de la información pertinente. La responsabilidad de la exactitud de las notas de venta recaerá en tales compradores, lonjas, organismos o personas. |
1. Los compradores registrados, las lonjas autorizadas o los demás organismos o personas encargadas de la primera comercialización de los productos de la pesca desembarcados en un Estado miembro presentarán, por vía electrónica y en las dos 48 horas siguientes a la primera venta, una nota de venta a las autoridades competentes del Estado miembro en cuyo territorio se haya efectuado la primera venta. Si ese Estado miembro no fuese el Estado del pabellón del buque que desembarcó el pescado, deberá garantizar que se envía una copia de las notas de ventas a las autoridades competentes del Estado miembro del pabellón tras la recepción de la información pertinente. La responsabilidad de la exactitud de las notas de venta recaerá en tales compradores, lonjas, organismos o personas. |
En la comercialización del pescado es necesario prestar atención a la calidad y, por tanto, deben reducirse al mínimo los plazos de entrega a los consumidores. El CDR opina que no es viable en la práctica reducir de 48 a 2 horas el intervalo entre la primera venta y la presentación de las declaraciones a las autoridades.
Enmienda 24
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 82, apartados 2 y 3
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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2. Además, en el caso de todas las infracciones graves cuyo nivel de gravedad no pueda vincularse con el valor de los productos de la pesca obtenidos tras la comisión de dicha infracción, los Estados miembros garantizarán que una persona física que haya cometido una infracción grave o una persona jurídica considerada responsable de una infracción grave sea castigada con una multa administrativa de un importe mínimo de 5 000 euros y un importe máximo de 300 000 euros por cada infracción grave. Se informará inmediatamente al Estado miembro del pabellón de la sanción impuesta. 3. En caso de reincidencia en un período de cinco años, el Estado miembro impondrá una multa administrativa que no podrá ser inferior a 10 000 euros ni superior a 600 000 euros. |
2. Además, en el caso de todas las infracciones graves cuyo nivel de gravedad no pueda vincularse con el valor de los productos de la pesca obtenidos tras la comisión de dicha infracción, los Estados miembros garantizarán que una persona física que haya cometido una infracción grave o una persona jurídica considerada responsable de una infracción grave sea castigada con una multa administrativa de un importe mínimo de 5 000 euros y un importe máximo de 300 000 euros por cada infracción grave. Se informará inmediatamente al Estado miembro del pabellón de la sanción impuesta. 3. En caso de reincidencia en un período de un cinco años, el Estado miembro impondrá una multa administrativa que no podrá ser inferior a 10 000 euros ni superior a 600 000 euros. |
El CDR considera que el poder judicial de cada Estado miembro debería fijar el importe máximo de la multa. No es necesario indicar un importe mínimo si se utiliza el término «máximo». A fin de garantizar la uniformidad del texto, el CDR señala que en el artículo 76 sólo se hace referencia a «un año».
Enmienda 25
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 99
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 99 Denegación de las transferencias de cuotas La Comisión podrá denegar la transferencia al año siguiente de cuotas de las poblaciones asignadas a un Estado miembro, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 847/96 del Consejo, de 6 de mayo de 1996, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas, si:
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Artículo 99 Denegación de las transferencias de cuotas La Comisión podrá denegar la transferencia al año siguiente de cuotas de las poblaciones asignadas a un Estado miembro, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento (CE) no 847/96 del Consejo, de 6 de mayo de 1996, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas, si:
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El CDR está muy preocupado por el hecho de que la denegación de la transferencia de cuotas se proponga como sanción. Existe el riesgo de que la Comisión pueda modificar unilateralmente la estabilidad relativa de los TAC y las cuotas entre los Estados miembros.
Enmienda 26
Propuesta de Reglamento del Consejo, artículo 100
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Texto propuesto por la Comisión Europea |
Enmienda del CDR |
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Artículo 100 Denegación de los intercambios de cuotas La Comisión podrá excluir la posibilidad de intercambiar cuotas prevista en el artículo 20, apartado 5, del Reglamento (CE) no 2371/2002:
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Artículo 100 Denegación de los intercambios de cuotas La Comisión podrá excluir la posibilidad de intercambiar cuotas prevista en el artículo 20, apartado 5, del Reglamento (CE) no 2371/2002:
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El CDR está muy preocupado por el hecho de que la denegación de los intercambios de cuotas se proponga como sanción. Existe el riesgo de que la Comisión pueda modificar unilateralmente la estabilidad relativa de los TAC y las cuotas entre los Estados miembros.
Bruselas, 18 de junio de 2009
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE
(1) CDR 22/2006 fin, CDR 258/2005 fin, CDR 153/2001 fin.
(2) CDR 22/2008 fin; CDR 258/2006 fin.
(3) CDR 258/2006 fin.
(4) CDR 22/2006 fin, CDR 252/2004 fin, CDR 189/2002 fin, CDR 153/2001 fin.
(5) CDR 189/2002 fin.
(6) CDR 153/2001 fin.
(7) CDR 258/2006 fin, CDR 189/2002 fin, CDR 153/2001 fin.
(8) CDR 153/2001 fin.
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4.9.2009 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 211/90 |
Dictamen del Comité de las Regiones sobre el tema «no discriminación e igualdad de oportunidades y aplicación del principio de igualdad de trato de las personas»
(2009/C 211/12)
EL COMITÉ DE LAS REGIONES:
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respalda el compromiso renovado de la Comisión de presentar nuevas propuestas para la aplicación del principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual; apoya firmemente el principio de que en una sociedad regida por los derechos fundamentales no tiene cabida la discriminación por motivos de religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual; |
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— |
señala la integración de la no discriminación y el bienestar individual en las políticas como prioridades esenciales en la construcción de una Europa cada vez más diversa, en línea con el proceso de ampliación de la UE, la migración, los cambios sociales –como el envejecimiento de la población– y los nuevos conceptos de familia; |
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— |
reitera que sólo mediante una auténtica participación de los entes locales y regionales es posible integrar la igualdad de trato en las políticas, ya que éstos, como proveedores destacados de servicios (sobre todo en los ámbitos de la salud pública, la asistencia social y la educación), desempeñan un papel clave a la hora de recabar y facilitar información sobre nuevas necesidades de grupos de personas vulnerables; |
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— |
destaca la importancia de establecer, dentro de cada administración regional, un organismo que supervise el respeto de los derechos y de la igualdad de oportunidades en la aplicación concreta del principio de igualdad de oportunidades y en todas las intervenciones regionales cofinanciadas con recursos comunitarios. |
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Ponente |
: |
Claudette Abela Baldacchino (MT/PSE), Teniente de alcalde de Qrendi |
Textos de referencia
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones — No discriminación e igualdad de oportunidades: un compromiso renovado
COM(2008) 420 final
Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual
COM(2008) 426 final
I. RECOMENDACIONES POLÍTICAS
EL COMITÉ DE LAS REGIONES
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1. |
respalda el compromiso renovado de la Comisión de presentar nuevas propuestas para la aplicación del principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual; apoya firmemente el principio de que en una sociedad regida por los derechos fundamentales no tiene cabida la discriminación por motivos de religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual; |
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2. |
señala la integración de la no discriminación y el bienestar individual en las políticas como prioridades esenciales en la construcción de una Europa cada vez más diversa, en línea con el proceso de ampliación de la UE, la migración, los cambios sociales –como el envejecimiento de la población– y los nuevos conceptos de familia; |
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3. |
recuerda que, pese a los considerables avances de la última década en la lucha contra la discriminación por motivos de sexo, discapacidad o raza, es preciso que la protección contra la discriminación se amplíe a todas las causas que se recogen en el artículo 13; |
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4. |
apoya el renovado compromiso de la Comisión en favor de la igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, raza, discapacidad, edad u orientación sexual, y subraya que la igualdad ha de basarse en el reconocimiento y el respeto de los valores fundamentales que comparten los europeos; |
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5. |
subraya que es necesario valorar si es posible lograr la no discriminación en las políticas mediante una legislación que permita, por un lado, unos ajustes razonables y, por otro lado, pactos concertados en las políticas y los procedimientos; |
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6. |
señala que la educación y la sensibilización, en particular la educación para la diversidad, son medidas estratégicas importantes que mejoran las relaciones sociales y refuerzan la cohesión social; |
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7. |
reconoce la importancia crucial de los medios de comunicación a la hora de fomentar un debate objetivo y de difundir la idea de diversidad, y recalca su responsabilidad en la promoción de la cohesión social celebrando la diversidad; |
Relevancia local, regional y para el CDR
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8. |
reitera que sólo mediante una auténtica participación de los entes locales y regionales es posible integrar la igualdad de trato en las políticas, ya que éstos, como proveedores destacados de servicios (sobre todo en los ámbitos de la salud pública, la asistencia social y la educación), desempeñan un papel clave a la hora de recabar y facilitar información sobre nuevas necesidades de grupos de personas vulnerables; |
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9. |
destaca la importancia de establecer, dentro de cada administración regional, un organismo que supervise el respeto de los derechos y de la igualdad de oportunidades en la aplicación concreta del principio de igualdad de oportunidades y en todas las intervenciones regionales cofinanciadas con recursos comunitarios; |
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10. |
subraya que los entes locales y regionales, por su cercanía a los ciudadanos y por su responsabilidad en casi todos los aspectos sociales y económicos de la vida diaria de las personas, están perfectamente situados para llevar a la práctica los valores y estructuras que recoge la propuesta de directiva; |
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11. |
cree que sólo es posible integrar la igualdad en las políticas y la no discriminación en la sociedad en general a través de un esfuerzo compartido con la sociedad civil y con políticas de integración en todos los ámbitos de gobierno; |
|
12. |
señala que la acción efectiva y concreta para promover la igualdad de trato ha de estar presente y coordinarse en todos los ámbitos de la administración pública. Por otra parte, reconoce que el diálogo a través de la mediación es un instrumento efectivo que permite a ciudadanos e instituciones establecer nuevas relaciones sociales que convierten la igualdad de trato en una posibilidad real; |
Subsidiariedad, proporcionalidad y reglamentación
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13. |
insiste en el papel esencial de la descentralización local y regional y la subsidiariedad para aumentar la participación y la presencia efectiva de los ciudadanos –en particular, los que se sienten discriminados– en la política o en el diseño y la aplicación de programas; |
|
14. |
recuerda la necesidad de respetar el principio de proporcionalidad en cuanto a las disposiciones sobre recursos y aplicación, por ejemplo, lo relativo a los límites a las sanciones y la carga de la prueba; |
|
15. |
llama la atención hacia el hecho de que el ámbito de aplicación de la directiva en lo que respecta a la discriminación por motivos de edad no queda claramente definido en la propuesta. Hay una serie de prestaciones públicas y de derechos que están vinculados a la edad; son utilizados a menudo como criterios objetivos por la legislación o por la administración. La actual formulación de la directiva haría que disposiciones legislativas o administrativas de este tipo pudieran ser contrarias a la ley o incluso ilegales; |
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16. |
subraya la necesidad de reducir las cargas administrativas y de tener en cuenta el impacto de la propuesta de directiva en los agentes económicos, como las pyme, y también en los consumidores; |
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17. |
observa que la propuesta de directiva no cuestiona las competencias nacionales para definir las relaciones entre Iglesia y Estado o instituciones y organizaciones afines, el contenido de las actividades docentes ni la organización de sus respectivos sistemas educativos, ni para legislar sobre el reconocimiento del estatus civil o familiar, los derechos reproductivos, la adopción y otras cuestiones similares; |
Mejorar el marco jurídico
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18. |
reconoce que es preciso estudiar si la UE necesita una legislación contra la discriminación más estricta, a fin de garantizar la igualdad de trato y la protección de todas las personas que viven y trabajan en Europa; |
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19. |
toma nota del objetivo de lograr en la práctica la plena igualdad de los grupos vulnerables en cuanto a educación, protección social, prestaciones sociales y acceso a bienes y servicios; |
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20. |
alienta a que se apliquen, donde esa aplicación no se produzca, las disposiciones jurídicas que prohíben los abusos físicos y sexuales, así como la explotación; |
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21. |
reconoce la necesidad de que existan unos procedimientos jurídicos sólidos que protejan a los grupos minoritarios de la violencia y otros ataques debido a su vulnerabilidad; |
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22. |
señala que la protección jurídica es fundamental, pero insiste en que es preferible un acuerdo a través de la mediación, pues se trata de un proceso con una función educativa y capacitadora para los ciudadanos y permite a las instituciones y a los proveedores de servicios cambiar y mejorar; |
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23. |
pide a la Comisión y a todas las demás autoridades responsables que mejoren y promuevan no sólo la institución de la mediación –en particular, la mediación social y cultural a escala local y regional–, sino también que potencien las competencias interculturales de los proveedores de servicios públicos y sus trabajadores, sobre todo en el sector público; |
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24. |
señala que la trata de seres humanos y la explotación comercial de mujeres y niños aún son frecuentes en numerosos Estados miembros, y que esta forma moderna de esclavitud socava los valores europeos compartidos y los derechos humanos fundamentales; |
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25. |
insiste en la necesidad de medidas eficaces para luchar contra estas prácticas cuestionables, y pide que se refuerce y se haga cumplir más eficazmente la legislación actual; pide que se movilicen los servicios y las prácticas apropiadas para informar a los migrantes, en especial las mujeres y los niños, sobre posibles engaños ligados a la migración y sobre la explotación; insta a reforzar las redes mediante enfoques comunes y estrategias a escala local y regional y recomienda que las víctimas reciban asistencia social, principalmente a través de organizaciones y asociaciones independientes; |
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26. |
observa que, según el artículo 3 de la propuesta de directiva, la prohibición de discriminación se aplicará también a todas las personas del sector privado y considera que en este contexto se plantean problemas de interpretación, por lo que debe definirse tal concepto. Conviene tener en cuenta al respecto que el derecho de propiedad y la autonomía del derecho privado relacionada con él gozan de protección constitucional al nivel de los Estados miembros y de la UE; |
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27. |
señala que, al valorar si existe una carga desproporcionada, se deberán tener en cuenta también las distintas necesidades de las personas con discapacidad cualquiera que sea su naturaleza física, intelectual, psíquica o sensorial, así como el grado de la misma; |
Reforzar los instrumentos políticos
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28. |
recuerda que la legislación contra la discriminación ha de combinarse con unos instrumentos políticos que luchen contra la desigualdad de trato, los estereotipos y la denigración, a fin de abordar con eficacia formas de discriminación complejas, múltiples y distintas; |
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29. |
señala que la propuesta de directiva debería insistir más en la integración de la igualdad en las políticas para garantizar que se tendrán presentes todas las formas de discriminación a la hora de elaborar las políticas públicas, evaluar su impacto y fomentar la sensibilización; |
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30. |
subraya que las cuestiones de igualdad deben incorporarse a todos los planes, políticas y programas, y recalca la importancia de los instrumentos para la integración en las políticas, en especial la consulta y la participación directa de todas las partes interesadas y de los grupos escasamente representados en la sociedad; |
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31. |
considera que el diálogo social, tanto a escala europea como con las ONG y otras organizaciones representativas, es esencial para facilitar el cambio, puesto que compartiendo conocimientos, capacidades y mejores prácticas es posible detectar distintas realidades sociales y distintas soluciones; |
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32. |
cree que la cooperación con la Comisión de Cohesión Social del Consejo de Europa podría contribuir a la integración efectiva de los principios de igualdad y reconoce la labor del Grupo de trabajo de la Comisión y el Consejo de Europa sobre competencias interculturales en los servicios sociales; |
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33. |
reafirma la importancia de hacer participar a los entes locales y regionales e insiste en la importancia de adoptar medidas específicas para garantizar a las personas y los grupos en riesgo de exclusión social un acceso equitativo y justo a los bienes y servicios; |
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34. |
insta a la movilización efectiva de los instrumentos que ofrecen los Fondos Estructurales para apoyar medidas que faciliten la inclusión social y para promover el acceso al mercado laboral, a los bienes y servicios y a la participación en la sociedad en general; |
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35. |
apoya los programas de sensibilización que tienen por objeto que las partes interesadas conozcan sus derechos y obligaciones y aspiran a acabar con la discriminación y el acoso; |
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36. |
señala y considera positiva la existencia en muchos Estados miembros de servicios que todos los niños pueden utilizar fácilmente y que les informan y orientan respecto de sus derechos; pide a todos los Estados miembros que ofrezcan esta posibilidad a los niños, al tiempo que destaca la necesidad de educarlos también para que conozcan la relación entre derechos y responsabilidades; |
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37. |
considera que se precisa más información sobre las dificultades y necesidades de los grupos vulnerables, en especial sobre los menores inmigrantes no acompañados, sobre la trata de seres humanos, los derechos de los niños, los trabajadores con bajos ingresos, los hogares con pocos recursos y la discriminación por motivos de religión o creencias y orientación sexual; |
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38. |
cree que es importante la recogida de datos sobre cuestiones de igualdad que aporten una explicación global de la situación actual en cuanto a la discriminación; está de acuerdo en que se enuncien unos criterios comunes para la recogida y el análisis de los datos con vistas a obtener información y estadísticas fiables y comparables sin burocracia añadida e innecesaria; |
Desarrollar enfoques específicos
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39. |
está a favor de una respuesta específica y adaptada a cada forma de discriminación, puesto que varían considerablemente entre sí; |
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40. |
señala que algunos ciudadanos de determinados Estados miembros se enfrentan a numerosos obstáculos discriminatorios, como la falta de unos servicios adecuados de asistencia sanitaria, planes de pensión y mecanismos de jubilación, además de la imposibilidad de acceder a numerosos bienes y servicios, cómodos y económicos, por las dificultades para utilizar tecnologías modernas como Internet; |
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41. |
anima a los proveedores de servicios públicos y privados a que garanticen unos servicios de fácil utilización de un modo que respete su dignidad y adecuado a la capacidad de cada persona, incluida una información adecuada sobre los aspectos tecnológicos; |
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42. |
reitera que la propuesta de directiva también debería ofrecer más protección a la mujer fuera del mercado laboral, puesto que el acoso, el abuso y la violencia sexuales suponen un reto continuo a su dignidad y seguridad; |
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43. |
afirma que debido a los estereotipos de género, así como a las barreras estructurales y culturales existentes en la educación formal, los medios de comunicación y la política, la mujer sigue teniendo un riesgo mayor de pobreza y exclusión social, a causa de la diferencia de salario entre hombres y mujeres y de las desventajas en prestaciones sociales y derechos a pensión; |
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44. |
pide que se promulgue legislación y se hagan políticas destinadas a combatir la homofobia (especialmente las expresiones y los delitos que inciten al odio), los obstáculos para acceder a una vivienda, la discriminación directa en los servicios de atención sanitaria y el acoso y abuso en los centros educativos, el trabajo y la formación profesional; |
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45. |
subraya la necesidad de fomentar la inclusión social y la participación de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales en la sociedad en conjunto; |
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46. |
sugiere que deben ampliarse los ajustes adecuados para las personas con discapacidad y desfavorecidas, a fin de mejorar su acceso y participación en la enseñanza y la formación profesional, los servicios sanitarios, la vivienda, el transporte, los locales comerciales, las actividades de ocio y el acceso a otros bienes y servicios de forma proporcionada, a fin de garantizar la igualdad de trato y evitar la burocracia y el abuso de las denuncias; |
|
47. |
señala que las personas con problemas de salud mental tienen más probabilidades de sufrir exclusión social y ser objeto de estereotipos. Por tanto, pide a los Estados miembros que presten una especial atención a estos grupos y hagan un mayor esfuerzo para ayudar a las personas con problemas psíquicos. En particular, deberán ofrecer a los niños con dificultades una ayuda adecuada a sus necesidades; |
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48. |
insiste en que las personas y los grupos que sufren discriminación deberían tener la atención adecuada con los apoyos necesarios para paliar sus dificultades en el acceso y permanencia en la educación, la formación, el ocio y la cultura, elementos fundamentales para la participación social; |
Abordar la cuestión de la discriminación múltiple
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49. |
afirma que la legislación europea debería tener más presente la discriminación múltiple, sobre todo a través de una definición clara de este fenómeno, para proteger a los grupos e individuos que tienen riesgo de sufrir discriminación múltiple (inmigrantes, en especial mujeres y niños, niños romaníes, menores no acompañados, solicitantes de asilo, personas con discapacidad y con problemas de salud mental, personas mayores pertenecientes a minorías étnicas, etc.) y atender a sus necesidades; |
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50. |
pide que, en el marco de las políticas de los entes locales y regionales, se promocionen y apoyen los centros y observatorios especializados en políticas de igualdad, con competencias para ocuparse de todas las causas de discriminación, salvaguardar los derechos de las personas que, por reunir diversas características e identidades, pueden ser objeto de discriminación múltiple, ayudar a las víctimas, realizar encuestas, publicar informes sobre la discriminación múltiple y desempeñar todas las funciones en los ámbitos que cubre la propuesta de directiva; |
Acceso a un empleo de calidad
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51. |
la discriminación puede dar lugar a que el individuo no pueda desarrollar plenamente su potencial y se vea abocado a asumir trabajos mal remunerados, lo cual, en consecuencia, crea dificultades a la hora de acceder a bienes y servicios como la educación y la vivienda, lo que conduce a la pobreza y la exclusión social; |
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52. |
insiste en que las barreras para lograr un empleo remunerado constituyen una de las principales causas de desigualdad y exclusión social, y muy a menudo los trabajos precarios y mal remunerados son realizados por personas en situación de vulnerabilidad, como trabajadores jóvenes y de edad, inmigrantes y personas con discapacidad; |
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53. |
respalda la adscripción voluntaria a cartas y otros incentivos que animen a las empresas a adoptar métodos que promuevan la no discriminación y la igualdad de oportunidades asumiendo, por ejemplo, la gestión de la diversidad en las empresas, ya que no sólo es beneficiosa para los empresarios, sino también para los trabajadores y los clientes; |
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54. |
aunque los principios de no discriminación e igualdad de trato son universales, el Comité de las Regiones llama la atención en particular hacia la situación especialmente vulnerable de los niños y los romaníes en Europa; |
Inclusión social de los romaníes
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55. |
reitera la necesidad de fomentar la participación y el reconocimiento de la contribución de los romaníes al empleo y la formación, así como de compartir las responsabilidades necesarias para mejorar su acceso a bienes y servicios como la vivienda y la sanidad, reducir su riesgo de pobreza, disminuir el riesgo de sufrir violencia y abusos y proteger a los niños romaníes de los problemas de salud y de convertirse en víctimas de la prostitución infantil, los abusos sexuales o la trata de niños y niñas; |
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56. |
reconoce la importancia de adoptar medidas específicas para reducir o proscribir las prácticas discriminatorias contra los romaníes, con vistas a promover la igualdad de trato y acelerar su proceso de inclusión social; |
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57. |
pide una utilización efectiva del Fondo Social Europeo para desarrollar campañas constructivas y sensibilizar respecto de la importancia de la contribución de los romaníes a la sociedad, diseñar nuevos planes de creación de empleo, lanzar campañas de alfabetización, formación profesional, otorgar becas para estudiantes de enseñanza secundaria y superior y garantizar servicios específicos para cubrir sus necesidades (por ejemplo, para la mujer en el ámbito de la atención sanitaria) y otros servicios indispensables para la inclusión social de los niños romaníes, como unos servicios de atención y protección bien organizados o la formación profesional (especialmente, el conocimiento de lenguas); |
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58. |
recomienda a la Comisión que incremente sus esfuerzos para luchar contra la discriminación por motivos de sexo en la educación, la asistencia sanitaria y médica, las prestaciones sociales y la protección social. Exige que se ofrezca la misma protección contra todos los tipos de discriminación y que la Comisión presente un calendario para la realización de este objetivo; |
Recomendaciones del Comité de las Regiones
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59. |
señala que los estereotipos existentes en la educación, el empleo y los medios de comunicación constituyen una barrera grave a la igualdad de trato y la inclusión social, e insta a erradicarlos. Resulta fundamental garantizar que los niños aprendan a una edad temprana a respetar y a establecer relaciones de amistad con sus compañeros pertenecientes a otros grupos étnicos o religiosos o con discapacidad; |
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60. |
afirma que las recomendaciones recogidas en la propuesta de directiva deberían completarse mediante sesiones de formación práctica y conferencias con las partes interesadas a fin de informarles de todas las posibilidades que la integración de la igualdad en las políticas ofrece para conseguir el objetivo de la igualdad de trato; |
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61. |
subraya la importancia de formar a profesionales de distintos sectores (médicos, profesores, profesionales de los medios de comunicación, etc.) y al personal de los entes públicos de todos los niveles, así como del sector de los servicios en competencias interculturales y mediación social o cultural, con vistas a eliminar toda conducta discriminatoria, insultante o desconsiderada, denunciar los estereotipos y sensibilizar a estos profesionales respecto de las necesidades específicas de las personas con características y requisitos distintos; |
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62. |
expresa su inquietud por los hombres y mujeres inmigrantes, que son quienes tienen más riesgo de pobreza y exclusión social a causa de la explotación en su lugar de trabajo, y está convencido de que la educación (especialmente el conocimiento de lenguas) y la formación profesional dirigidas a las minorías étnicas alentaría a los hombres y mujeres migrantes a buscar un empleo mejor; |
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63. |
siente especial preocupación por las mujeres migrantes, puesto que tienen más riesgo de sufrir malos tratos físicos o abusos sexuales ya sea en el lugar de trabajo, en el matrimonio o en el mundo de la prostitución. Las mujeres migrantes deben conocer la situación real y los peligros de los países a los que podrían emigrar para evitar caer en las redes del tráfico de seres humanos. Además, es preciso aumentar la protección e integración para garantizar que disfruten efectivamente de sus derechos humanos; |
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64. |
propone crear un fondo específico destinado a los menores inmigrantes no acompañados que ayude a las regiones responsables de asumir su tutela, a ofrecerles las mismas oportunidades que al resto de los niños de su edad y a integrarlos en la sociedad de acogida, evitando así la doble discriminación que podrían sufrir por su condición de menores e inmigrantes; |
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65. |
señala que la solicitud de asilo es un problema social que tiene implicaciones económicas y de otra índole y que como tal debe tratarse, fundamentalmente promoviendo la integración social de los solicitantes de asilo –en especial, de los menores y los jóvenes– a través de unas responsabilidades compartidas y la igualdad de oportunidades en el acceso a bienes y servicios; |
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66. |
respalda la aplicación de una educación y unos planes de formación activos para facilitar la promoción de la no discriminación y la igualdad de oportunidades y para alcanzar los objetivos de Lisboa a través de la renovación continua de los conocimientos y el compromiso con el aprendizaje permanente; |
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67. |
señala que los grupos con necesidades distintas precisan servicios adaptados, como formación profesional dirigida romaníes, migrantes y desempleados de edad, para garantizar su inclusión en el mercado laboral; formación en IT dirigida a personas mayores para incrementar su poder adquisitivo, campañas de alfabetización dirigidas a mujeres y niños de zonas rurales y con escasos recursos, orientación para personas discapacitadas, trabajadores con pocos recursos y sus hijos, etc.; |
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68. |
insiste en la necesidad de desarrollar campañas de promoción y sensibilización que lleven al conocimiento de los ciudadanos las recomendaciones de la propuesta de directiva, informen a las partes interesadas de sus derechos y obligaciones y expliquen las medidas y procesos específicos para ayudar a las víctimas; |
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69. |
pone de relieve el papel clave de los órganos y organizaciones especializados en igualdad que representan los intereses de quienes puedan sufrir discriminación y desigualdad de trato: deben difundir información, especialmente publicando material específico para distintos grupos y culturas, campañas de información en Internet y conferencias; recuerda que tal información ha de estar claramente dirigida a grupos específicos; |
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70. |
reitera que la aplicación de la directiva exige recursos humanos y financieros suficientes (sobre todo, mediante los fondos de Progress) a fin de poder abarcar todas las formas de discriminación; |
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71. |
insta a todos los entes locales y regionales a que promuevan la no discriminación en el ámbito local y regional insistiendo en el respeto de los derechos humanos y creando confianza mediante un diálogo constructivo que capacite a los ciudadanos, democratice las sociedades con una polarización mínima y refuerza la cohesión social. Además, el Comité de las Regiones debe promover el valor de la diversidad, celebrará su naturaleza dinámica como fuente de innovación y creatividad, progreso y bienestar para todos, en consonancia con los valores fundamentales de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la Democracia. |
Bruselas, 18 de junio de 2009.
El Presidente
del Comité de las Regiones
Luc VAN DEN BRANDE