ISSN 1725-244X

doi:10.3000/1725244X.C_2009.091.spa

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 91

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

52o año
21 de abril de 2009


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión

2009/C 091/01

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

1

 

IV   Informaciones

 

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión

2009/C 091/02

Tipo de cambio del euro

6

 

Tribunal de Cuentas

2009/C 091/03

Informe Especial no 1/2009 Actividades bancarias en la cuenca mediterránea en el contexto del programa MEDA y los protocolos anteriores

7

 

INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2009/C 091/04

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

8

2009/C 091/05

Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 ( 1 )

13

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión

2009/C 091/06

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5501 — GDF Suez Energy Services/Elyo Italia) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

16

2009/C 091/07

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5508 — SOFFIN/HYPO REAL ESTATE) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

17

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión

21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/1


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2009/C 91/01

Fecha de adopción de la decisión

9.3.2009

Ayuda no

N 303/08

Estado miembro

Letonia

Región

87(3)(a)

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Lauksaimniecibas produktu pievienotas vertibas radišana

Base jurídica

Ministru kabineta 2008.gada 8.aprīļa noteikumi Nr. 255 “Noteikumi par valsts un Eiropas Savienības atbalstu lauku attīstībai Latvijas lauku attīstības programmas pasākuma «Lauksaimniecības produktu pievienotās vērtības radīšana“ ietvaros”; Ministru kabineta 2008.gada 21.aprīļa noteikumi Nr. 298 “Kārtība, kādā piešķir valsts un Eiropas Savienības atbalstu atklātu projektu iesniegumu konkursu veidā lauku un zivsaimniecības attīstībai”; Grozījumi Ministru kabineta 2008.gada 8.aprīļa noteikumos Nr. 255 “Noteikumi par valsts un Eiropas Savienības atbalstu lauku attīstībai Latvijas lauku attīstības programmas pasākuma “Lauksaimniecības produktu pievienotās vērtības radīšana” ietvaros” projekts

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Desarrollo regional

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 55,85 mill. LVL

Intensidad

40 %

Duración

hasta el 31.12.2013

Sectores económicos

Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Lauku atbalsta dienests.

Republikas laukums 2

Rīga, LV-1981

LATVIJA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/index.htm

Fecha de adopción de la decisión

10.3.2009

Ayuda no

N 389/08

Estado miembro

España

Región

Canarias

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Régimen de compensacion al trasport maritimo y aéreo de mercancias no incluidas en el Anexo I del TCE, con origen o destino en las Islas Canarias

Base jurídica

Documento de bases sobre régimen de compensacion al trasport maritimo y aéreo de mercancias no incluidas en el Anexo I del TCE, con origen o destino en las Islas Canarias Ley 19/1994 (Articulo 7), de 6 de julio, de Modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Desarrollo regional

Forma de la ayuda

Subvención directa

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 346 mill. EUR

Intensidad

100 %

Duración

1.1.2007 - 31.12.2013

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Canarias

Plaza de la Feria, 24, E-35071

Las Palmas de Gran Canaria

ESPAÑA

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/index.htm

Fecha de adopción de la decisión

19.1.2009

Ayuda no

N 575/08

Estado miembro

Alemania

Región

Sachsen

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

AMD

Base jurídica

Investitionszulagengesetz 2005 und 2007; 35. GA-Rahmenplan

Tipo de medida

Ayuda individual

Objetivo

Desarrollo regional

Forma de la ayuda

Subvención directa, Desgravación fiscal

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 262,4 mill. EUR

Intensidad

11,9 %

Duración

1.4.2006 - 31.12.2009

Sectores económicos

Informática y actividades conexas

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

(IZ) Finanzamt Dresden II,

Gutzkowstrasse 10

01069 Dresden

DEUTSCHLAND

(GA) Sächsische Aufbaubank - Förderbank,

Pirnaische Strasse 9

01069 Dresden

DEUTSCHLAND

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/index.htm

Fecha de adopción de la decisión

19.1.2009

Ayuda no

N 7/09

Estado miembro

Francia

Región

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Régime temporaire relatif aux aides compatibles d’un montant limité

Base jurídica

Article 20 de la constitution du 4 octobre 1958; articles L. 1511-1 à L. 1511-5, L. 2251-1, L. 2252-1, L. 2253-7, L. 3231-1, L. 3231-4, L. 3231-7, L. 4211-1, L. 4211-1 10°, L. 4253-1, L. 4253-3 et L. 5111-4 du code général des collectivités territoriales; circulaire du ministre de l’intérieur du 3 juillet 2006 sur la mise en œuvre de la loi du 13 août 2004 relative aux libertés et responsabilités locales en ce qui concerne les interventions économiques des collectivités territoriales et de leurs groupements et ses annexes; circulaire du Premier ministre du 26 janvier 2006 rappelant la réglementation communautaire de la concurrence applicable aux aides publiques aux entreprises; circulaires DIACT du 30 novembre 2007 et du 24 décembre 2008 relatives à l’application de la règlementation des aides publiques aux entreprises.

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Remedio de una perturbación grave de la economía

Forma de la ayuda

Subvención directa, Garantía, Crédito blando

Presupuesto

Intensidad

Duración

hasta el 31.12.2013

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/index.htm

Fecha de adopción de la decisión

31.3.2009

Ayuda no

N 115/09

Estado miembro

Austria

Región

Kärnten

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Änderung der Richtlinie „Unternehmenserhaltende Maßnahmen“ des Landes Kärnten

Base jurídica

Kärntner Wirtschaftsförderungsgesetz (K-WFG)

Allgemeine Geschäftsbedingungen (AGB)

Richtlinie Unternehmenserhaltende Maßnahmen

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Reestructuración de empresas en crisis, Empleo, Salvamento de empresas en crisis

Forma de la ayuda

Subvención directa, Crédito blando

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista 5,22 mill. EUR

Intensidad

Duración

hasta el 9.10.2009

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Kärntner Wirtschaftsförderungsfonds

Información adicional

El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/index.htm


IV Informaciones

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión

21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/6


Tipo de cambio del euro (1)

20 de abril de 2009

2009/C 91/02

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2966

JPY

yen japonés

127,80

DKK

corona danesa

7,4494

GBP

libra esterlina

0,88960

SEK

corona sueca

11,1180

CHF

franco suizo

1,5174

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

8,7925

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

27,018

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

299,20

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,7092

PLN

zloty polaco

4,3758

RON

leu rumano

4,2353

TRY

lira turca

2,1251

AUD

dólar australiano

1,8386

CAD

dólar canadiense

1,5985

HKD

dólar de Hong Kong

10,0491

NZD

dólar neozelandés

2,3149

SGD

dólar de Singapur

1,9562

KRW

won de Corea del Sur

1 730,50

ZAR

rand sudafricano

11,7710

CNY

yuan renminbi

8,8604

HRK

kuna croata

7,4049

IDR

rupia indonesia

13 925,48

MYR

ringgit malayo

4,7099

PHP

peso filipino

62,300

RUB

rublo ruso

43,7864

THB

baht tailandés

46,127

BRL

real brasileño

2,8761

MXN

peso mexicano

17,2318

INR

rupia india

65,0630


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


Tribunal de Cuentas

21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/7


Informe Especial no 1/2009 «Actividades bancarias en la cuenca mediterránea en el contexto del programa MEDA y los protocolos anteriores»

2009/C 91/03

El Tribunal de Cuentas Europeo anuncia que acaba de publicar su Informe Especial no 1/2009 «Actividades bancarias en la cuenca mediterránea en el contexto del programa MEDA y los protocolos anteriores».

El informe puede consultarse o descargarse en el sitio Internet del Tribunal de Cuentas Europeo: www.eca.europa.eu

También puede obtenerse gratuitamente en versión papel y CD-ROM, enviando una petición a la dirección siguiente:

Tribunal de Cuentas Europeo

Unidad «Comunicación e informes»

12 rue Alcide De Gasperi

1615 Luxemburgo

LUXEMBOURG

Tel.: +352 4398-1

Correo electrónico: euraud@eca.europa.eu

o rellenando una orden de pedido electrónico en EU-Bookshop.


INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/8


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

2009/C 91/04

Ayuda n o : XA 279/08

Estado miembro: Francia

Región: Département de la Moselle

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Aides aux investissements collectifs en CUMA (coopératives d'utilisation de matériel agricole)

Base jurídica: Artículo 4 del Reglamento (CE) no 1857/2006, de 15 de diciembre de 2006

Article L 1511-2 et L 1511-5 del Code général des collectivités territoriales

Délibération du Conseil général de la Moselle du 15.10.2007

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 400 000 € como máximo en función de las necesidades y de los medios presupuestarios disponibles.

Intensidad máxima de la ayuda:

 

no jóvenes agricultores

(porcentaje de jóvenes agricultores en el CUMA inferior o igual al 70 %)

jóvenes agricultores (1)

(porcentaje de jóvenes agricultores superior o igual al 70 %)

Zonas desfavorecidas + ZAP (zonas de adaptación protegida)

30 %

40 %

Zonas de llanura

20 %

30 %

El importe de la ayuda no deberá superar la intensidad máxima autorizada de las ayudas.

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión y a reserva de los créditos correspondientes.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Tres años a partir del acuse de recibo de la Comisión (a reserva de los créditos correspondientes).

Objetivo de la ayuda: Este régimen de ayudas se inscribe en el marco del objetivo de preservación del entorno natural según lo dispuesto en el artículo 4, apartado 3, letra d), del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006.

Los equipamientos agrarios subvencionables para fines medioambientales son los siguientes:

Material para laboreo del suelo: trituradoras de vegetales, trituradoras rotativas, cortadoras rotativas, binadoras, desherbadoras, descompactadores, rastrojeros de dientes y de disco, sembradoras para trabajo simplificado del suelo.

Material para incorporación de materia orgánica: esparcidores de compost, esparcidores de materia orgánica, esparcidores de estiércol, trituradoras de vegetales, cisternas para estiercol líquido equipadas con un sistema de esparcimiento.

Materiales para laboreo de la hierba: segadoras, rastrillos hileradores, henificadoras, encintadoras, prensas, esparcidores de abono.

Materiales de contención.

Los gastos subvencionables cubrirán la compra de material agrícola nuevo que no se integre en una simple operación de sustitución y los materiales de tipo tractor o pulverizador, la construcción, la adquisición o la ampliación de los edificios destinados a la aplicación de las actividades del CUMA o a albergar el material.

Sector o sectores beneficiarios: Todos los CUMA del Mosela cualesquiera que sean las producciones de sus miembros.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Monsieur le Président du Conseil général de la Moselle

Direction de l'Environnement et de l'Aménagement du Territoire

Division de l'Environnement et de l'Espace Rural (SAEN)

Hôtel du Département

1, rue du Pont Moreau

BP 11096

57036 METZ cedex 1

FRANCE

Dirección web: http://www.cg57.fr/front/getFile.do?name=R%E9duction+des+co%FBts+de+m%E9canisation+pour+des++investissements+collectifs+en+CUMA+-+XA+279%2F2008&application=wcm-upload-files&file=DLDDBKHKHLNKMLGKBKAPCLMLPDCLHOFKICJLEKMLNLKKELNLGKPLPLNPELCKBKHNAPIOHPGOBOIOFOMPNPJOEOAODPFPJOILFKML

Otros datos: Para garantizar la observancia estricta de los límites máximos fijados por el Reglamento comunitario para cada tipo de ayuda en cuestión, el importe de la ayuda se revisará, en su caso, a la baja, hasta el importe de la participación de los otros financiadores públicos.

Las ayudas se reservarán a las agrupaciones de productores que no se hayan beneficiado de ayudas similares en los cinco años anteriores y a los que hayan liquidado el saldo de expedientes anteriores.

Ayuda n o : XA 281/08

Estado miembro: Francia

Región: Département de la Moselle

Denominación del régimen de ayudas:: Ayuda a las inversiones para la rehabilitación agroambiental de las zonas del macizo de los Vosgos y otros espacios degradados del patrimonio natural.

Base jurídica: Artículo 5 del Reglamento (CE) no 1857/2006, de 15 de diciembre de 2006

Artículos L 1511-2 y L 1511-5 del «Code général des collectivités territoriales»,

Deliberación del Conseil général de la Moselle de 15 de octubre de 2007.

Gasto anual previsto en virtud del régimen: 200 000 EUR como máximo anual, en la medida de las necesidades y en función de los recursos presupuestarios disponibles.

Intensidad máxima de la ayuda:

 

No JA

JA (2)

Fuera de las zonas desfavorecidas

40 %

50 %

Zonas desfavorecidas y de montaña

50 %

60 %

30 000 EUR para las zonas de macizo y piedemonte

La cuantía de las ayudas no deberá sobrepasar la intensidad máxima autorizada.

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión y a reserva de los créditos correspondientes.

Duración del régimen de ayudas: Tres años a partir del acuse de recibo de la Comisión (a reserva de los créditos correspondientes).

Objetivo y modalidades de la ayuda: Ateniéndose al espíritu del artículo 5 del Reglamento (CE) no 1857/2006, el objetivo es rehabilitar y organizar sectores en decadencia o espacios patrimoniales degradados y no construidos, a fin de permitir una valorización agrícola, en el marco de una iniciativa global y territorial validada por el departamento. Estas operaciones pueden adoptar la forma de una apertura paisajística del fondo del valle o de una roturación de laderas o piedemonte con fines de renovación agropastoral o de cultivo de árboles frutales

Sector o sectores beneficiarios: Todos los titulares de explotaciones agrícolas de Moselle.

ASA y AFP

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Monsieur le Président du Conseil général de la Moselle

Direction de l'Environnement et de l'Aménagement du Territoire

Division de l'Environnement et de l'Espace Rural

Service de l'Agriculture et des Espaces Naturels

Hôtel du Département

1, rue du Pont Moreau

BP 11096

57036 Metz Cedex 1

FRANCE

Dirección Web: http://www.cg57.fr/front/getFile.do?name=R%E9habilitation+agro-environnementale+des+zones+du+Massif+des+Vosges+et+des+espaces+patrimoniaux+d%E9grad%E9s+%28assistance+technique+et+investissement%29+-+Production+primaire+-+XA+281%2F2008&application=wcm-upload-files&file=DLDDNKDLGLALJLAKLLBLFKKLLKIKHOJKGKIKKKHLKLPKMLLLAKOLPLGLJKDKJKMLAKGLAKMPEKNLDLGNOPCODOHOBPHPGPIPDPDOHPGOEOIOBOHOPLELHL

Otros datos: Para garantizar un respecto estricto de los límites máximos fijados por el Reglamento comunitario para cada tipo de ayuda previsto, el importe de ésta se rebajará en caso necesario, en una cuantía equivalente a la contribución de los demás órganos públicos de financiación.

Las ayudas se reservarán a las explotaciones que no se hayan acogido a ayudas similares durante los cinco años precedentes y cuyos expedientes anteriores estén liquidados.

Ayuda n o : XA 284/2008

Estado miembro: Francia

Región: Département de la Moselle

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Aides aux audits sanitaires des élevages et aux programmes pluriannuels d'intervention

Base jurídica: Artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006, de 15 de diciembre de 2006

Article L 1511-2 et L 1511-5 du code général des collectivités territoriales

Délibération du Conseil général de la Moselle du 15/10/2007

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 200 010 euros, como máximo, en función de las necesidades y de los recursos presupuestarios disponibles.

Intensidad máxima de la ayuda: Porcentaje máximo de ayudas: 80 % (100 % en el caso de los jóvenes agricultores), sin rebasar el límite máximo de 450 euros anuales para las auditorías (en función de las necesidades y de los recursos presupuestarios disponibles)

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión y a reserva de los créditos correspondientes.

Duración del régimen o de la ayuda individual: Tres años a partir del acuse de recibo de la Comisión (a reserva de los créditos correspondientes).

Objetivo de la ayuda: Este régimen de ayudas se inscribe en el marco del artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006. El departamento pondrá en marcha un programa de ayudas con el fin de ofrecer a los ganaderos una asistencia sanitaria centrada en la prevención contra las enfermedades animales (paratuberculosis, diarrea viral bovina, rinotraqueítis infecciosa bovina y fiebre Q) y las buenas prácticas favorables a la mejora sanitaria de las explotaciones ganaderas.

Dicho régimen tiene como objetivo fomentar un seguimiento sanitario adaptado y eficiente a través de las auditorías sanitarias y del bienestar animal de las explotaciones.

Cuando las prestaciones se propongan a los jóvenes ganaderos, éstas serán más intensas para permitirles adoptar desde su instalación un seguimiento sanitario adaptado y eficiente.

Las ayudas se concederán en forma de servicios subvencionados, accesibles a todos los ganaderos, sin que sea necesario estar afiliado a las organizaciones de productores u otras estructuras.

Sector o sectores beneficiarios: Todas las explotaciones agrícolas del departamento del Mosela dedicadas a la cría de ganado (ganaderos, agrupaciones de ganaderos, CUMA)

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Monsieur le Président du Conseil général de la Moselle

Direction de l'Environnement et de l'Aménagement du Territoire

Division de l'Environnement et de l'Espace Rural / SAEN

Hôtel du Département

1, rue du Pont Moreau

BP 11096

57036 Metz Cedex 1

FRANCE

Dirección web: http://www.cg57.fr/front/getFile.do?name=Audit+sanitaire+et+programme+pluriannuel+d%27interventions+sur+les+%E9levages+%28assistance+technique%29+-+XA+284%2F2008&application=wcm-upload-files&file=AMPMBMLNAMJPGMIMBMJNFMCNNMENCMIOEMOMFOCMGMGNCNJOPNMNEMBMNMHMJMGMBOPNJMHNCMINCNMMBOAKFLFLLNHPFPKPJPOONPKODOJOFOLPJPFOBONPELCKBK

Otros datos: El importe de la ayuda podrá revisarse a la baja en función de la participación de otros organismos financieros públicos, según proceda.

Ayuda n o : 384/08.

Estado miembro: República Federal de Alemania

Región:: Sachsen

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual: Gewährung von Beihilfen und sonstigen Leistungen durch die Sächsische Tierseuchenkasse nach den Artikeln 10 und 15 der Verordnung (EG) Nr. 1857/2006

Base jurídica:

§ 71 Tierseuchengesetz der Bundesrepublik Deutschland

§§ 6, 7 und 18 Sächsisches Ausführungsgesetz zumTierseuchengesetz (SächsAGTierSG)

Leistungsatzung der Sächsischen Tierseuchenkasse

Gasto anual previsto en el marco de régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa: Un total de 16,5 millones de euros (financiado mediante las aportaciones de los ganaderos al fondo de Sajonia para la lucha contra las epidemias y mediante aportaciones del Estado federado), más 3,9 millones facilitados por el Estado federado en virtud del artículo 25, apartado 1, de la SächsAGTierSG

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 %.

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de recepción del acuse de recibo con el correspondiente número de referencia enviado por la Comisión Europea según lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 1857/2008, artículo 20.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Artículo 10, apartados 1 y 2 del Reglamento (CE) no 1857/2006

Ayudas destinadas a la lucha contra las epizootias.

Ayudas para compensar los daños por las pérdidas de animales a causa de las enfermedades infecciosas y su tratamiento.

Ayudas para cubrir las prestaciones relacionadas con las medidas de prevención, detección y control de las enfermedades de los animales.

Ayudas para cubrir los costes de los análisis de laboratorio para la detección de las enfermedades de los animales.

Artículo 15, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1857/2006.

Análisis efectuados por los servicios de sanidad animal.

Asesoría por parte de los servicios de sanidad animal.

Sector o sectores económicos beneficiarios: Agricultura y ganadería.

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Sächsische Tierseuchenkasse

Anstalt des öffentlichen Rechts

Löwenstraße 7 a

01099 Dresden

GERMANY

Mail: info@tsk-sachsen.de

Dirección web: Tierseuchengesetz (Law on animal diseases)

http://www.tsk-sachsen.de/Programme/tiersg.pdf

Sächsisches Ausführungsgesetz zum Tierseuchengesetz

http://www.tsk-sachsen.de/Programme/SaechsAGTierSG.pdf

Leistungsatzung der Sächsischen Tierseuchenkasse

http://www.tsk-sachsen.de/Programme/Leistungssatzung.pdf

Otros datos: Ninguno

Firma

Ayuda número: XA 421/08

Estado miembro: Italia

Región: Umbria

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual:: Asistencia técnica al sector ganadero.

Base jurídica: Deliberazione della Giunta regionale 1o dicembre 2008, n. 1652 e s.m.i. concernente «Programma regionale assistenza tecnica zootecnica» Reg. (CE) n. 1857/2006.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 0,30 millones de euros a lo largo de 3 años.

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 % de los costes subvencionables.

Fecha de aplicación: Desde el 1/1/2009 y, en cualquier caso, a partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión.

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Reglamento (CE) no 1857/2006, artículo 15 – Asistencia técnica al sector agrario

Sector económico beneficiario: Código NACE: A104 – Producción ganadera

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Regione Umbria

Via Mario Angeloni, 61

06124 Perugia

ITALIA

Sitio web : http://www.regione.umbria.it

Para localizar el texto íntegro del régimen (Decisión de la Junta Regional no 1652/2008 y modificaciones posteriores) seguir las siguientes instrucciones: www.regione.umbria.it

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Otros datos: –


(1)  El suplemento de porcentaje de ayudas en favor de los jóvenes agricultores, según lo dispuesto en el artículo 2, punto 11, del Reglamento de exención agrícola, se reserva a las inversiones realizadas por los jóvenes agricultores en el plazo de cinco años a partir de su instalación.

(2)  El suplemento de los porcentajes de las ayudas en favor de los jóvenes agricultores, en el sentido del artículo 2, apartado 11 del Reglamento de exención agrícola, se reserva a las inversiones realizadas por jóvenes agricultores en los cinco años siguientes a su instalación.


21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/13


Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2009/C 91/05

XA Number: XA 443/08

Estado Miembro: España

Región: Castilla-La Mancha

Denominación del régimen de ayudas: Ayudas a las inversiones destinadas a mejorar la prestación de servicios comunes en la producción primaria

Base jurídica

: Convocatorias de ayudas para las cooperativas agrarias:

 

Orden de 8/6/2000 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se establecen los programas de fomento de la calidad agroalimentaria en Castilla-La Mancha (FOCAL 2000) programa 1 cooperativismo agrario

 

Orden de de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de las estructuras asociativas agrarias en Castilla-La Mancha y se convocan dichas ayudas para el año 2009.

Gasto anual previsto en virtud el régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: Overall amount: € 500 000

Intensidad máxima de la ayuda

: el 30 % de los gastos subvencionables:

a)

Gastos de construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles, excepto la compra de tierras y terrenos.

b)

Gastos de maquinaria y bienes de equipo nuevos, incluidos programas informáticos.

c)

Gastos generales relacionados con los apartados a) y b), tales como remuneración de ingenieros, consultores, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias, hasta un 8 % del presupuesto total.

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Inversiones en explotaciones agrarias (artículo 4 del Reglamento (CE) 1857/2006)

Sector o sectores beneficiados: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural

C/ Pintor Matías Moreno, no4

45004 Toledo

ESPAÑA

Dirección web: Provisionalmente en: http://www.jccm.es/agricul/paginas/ayudas/cooperativismo/cooperativismo.htm, una vez publicada en www.jccm.es/cgi-bin/docm.php3

XA Number: XA 444/08

Estado Miembro: España

Región: Castilla-La Mancha

Denominación del régimen de ayudas: Ayudas para la creación de secciones de cultivo

Base jurídica

: Convocatorias de ayudas para las cooperativas agrarias:

 

Orden de 8/6/2000 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por la que se establecen los programas de fomento de la calidad agroalimentaria en Castilla-La Mancha (FOCAL 2000) programa 1 cooperativismo agrario

 

Orden de de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de las estructuras asociativas agrarias en Castilla-La Mancha y se convocan dichas ayudas para el año 2009.

Gasto anual previsto en virtud el régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: 50 000 € cuantía global

Intensidad máxima de la ayuda

: el 80 % de los gastos subvencionables:

Gastos de la constitución de la entidad.

Gastos del personal administrativo.

Adquisición de material de oficina, incluidos ordenadores y programas informáticos

Gastos generales, legales y administrativos

Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión

Duración del régimen o de la ayuda individual:

Objetivo de la ayuda: Agrupaciones de productores (artículo 9 del Reglamento (CE) 1857/2006).

Sector o sectores beneficiados: Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural

C/ Pintor Matías Moreno, no4

45004 Toledo

ESPAÑA

Dirección web: Provisionalmente en: http://www.jccm.es/agricul/paginas/ayudas/cooperativismo/cooperativismo.htm, but at www.jccm.es/cgi-bin/docm.php3

Ayuda n o : XA 447/08

Estado miembro: Francia

Región: Departamento de Bouches-du-Rhône

Denominación del régimen de ayuda: Ayudas para la limpieza de los invernaderos de cristal destruidos por el granizo del 4 de septiembre de 2008.

Base jurídica:

Artículo 11 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de 15 de diciembre de 2006,

Informe de los peritos de 3 de octubre de 2008

Deliberación del Consejo General del Departamento de Bouches-du-Rhône

Gasto anual previsto en virtud del régimen: Presupuesto global máximo de 131 500 euros.

Intensidad máxima de la ayuda: 65 %

Fecha de aplicación: 2008, sin perjuicio de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión.

Duración: De finales de 2008 a finales de 2009.

Objetivo y condiciones: La medida se inscribe en el marco del artículo 11 del Reglamento (CE) no 1857/2006 sobre las «ayudas correspondientes a las pérdidas por fenómenos climáticos adversos».

Sabiendo que el fondo nacional de garantía de catástofes agrícolas no dedica ninguna ayuda a la indemnización de los daños causados a los invernaderos por catástrofes naturales (excepto en caso de inundación), por considerarse asegurables, el Consejo General desea apoyar a los propietarios de invernaderos de la región de Berre l’Etang cuyas instalaciones sufrieron graves perjuicios como consecuencia del granizo.

Estas pequeñas y medianas empresas agrícolas, que sufrieron una fuerte tormenta de granizo el 4 de septiembre de 2008, podrán acogerse, siempre que dispongan de un seguro, a las indemnizaciones correspondientes para reconstruir y renovar los invernaderos o las partes de los mismos que hayan sufrido daños o hayan quedado destruidos por el granizo. Ahora bien, esas indemnizaciones sólo cubrirán en parte los costes de reconstrucción o rehabilitación de las estructuras (dependiendo de los contratos, puede aplicarse un criterio de vetustez o un importe a tanto alzado, o incluso ambos) y, en cualquier caso, quedan excluidos los gastos excepcionales que supone el recurso temporal a personas contratadas para la limpieza de los invernaderos de cristal destrozados, actividad previa necesaria para iniciar las obras de renovación propiamente dichas. Algunas empresas incluso se niegan a intervenir para rehabilitar los invernaderos si no se han realizado previamente esas labores de limpieza, lo cual requiere una mano de obra especializada para la limpieza de los cultivos.

Cabe indicar que, para limpiar los 177 000 m2 de invernaderos de cristal cuyos techos han sido destrozados, se necesitarán aproximadamente 13 480 horas de limpieza.

Esta prestación de servicios excepcional supondrá un gasto considerable para cada explotación, por lo que el Consejo General desea instaurar una ayuda en forma de asunción parcial del coste de puesta a disposición de personal para limpiar los desechos de vidrio en los invernaderos.

El importe de los gastos subvencionables por explotación deberá tener en cuenta un límite máximo de 3 000 horas por explotación, lo que corresponde a una intervención máxima de 45 000 euros por explotación.

El Departamento aportará un máximo del 65 % de la ayuda necesaria para la asunción de estos gastos, es decir, un máximo de 29 250 euros por explotación, quedando el 35 %, o sea, 15 750 euros, a cargo de los propietarios.

Esta medida responde tanto a un objetivo de seguridad de las instalaciones como de preparación para la reconstitución del instrumento de producción.

Cabe señalar que, al margen del marco especifico de esta medida, en régimen de exención, se concederán ayudas para todas las instalaciones cuya techumbre requiera un cambio completo (armazón y cristal) en virtud del régimen notificado N 484/2007 aprobado por la Comisión.

Sector afectado:: Explotaciones agrícolas del Departamento de Bouches-du-Rhône cuyos invernaderos de cristal han sido destruidos por el granizo: 13 explotaciones individuales y dos explotaciones organizadas en forma de sociedad de responsabilidad limitada (SARL).

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas::

Monsieur le Président du Conseil Général

Direction de l’Agriculture et du Tourisme

Hôtel du Département

52, avenue de Saint-Just

13256 – Marseille Cedex 20

FRANCE

Dirección Web: http://www.cg13.fr/developpement/agriculture.html

Pulsar en el apartado «aides agricoles»

En «aides agricoles», pulsar en la parte inferior « projet de mesure d'aides au nettoyage des serres sinistrées par la grêle / téléchargez le document » para descargar el documento.

Ayuda n o : XA 453/08

Estado miembro: Estonia

Región: Eesti

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Põllumajandusliku nõuandesüsteemi korraldamine ja arendamine (Creación y desarrollo de un sistema de asesoría a las explotaciones agrícolas).

Base jurídica: Euroopa Liidu ühise põllumajanduspoliitika rakendamise seadus

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa: Gasto total previsto: 5,2 millones EEK (330 000 EUR), como máximo

Intensidad máxima de la ayuda: Hasta el 100 %

Fecha de aplicación: Desde el 15 de enero de 2009

Duración del régimen o de la ayuda individual:: Hasta el 31 de diciembre de 2009

Objetivo de la ayuda: Prestar asistencia técnica a los productores agrícolas por medio de servicios subvencionados y que no impliquen pagos directos a los productores.

La ayuda se concederá de acuerdo con las disposiciones del artículo 15. Los costes subvencionables son los previstos en el artículo 15, apartado 2, letras a), c) y f) relativos a la formación de trabajadores agrarios, a los servicios de asesoría prestados por terceros y a las publicaciones, como catálogos o sitios web que presenten información sobre el sistema de asesoría a las explotaciones.

Sector o sectores beneficiarios: Productores agrícolas (código NACE A1)

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Põllumajandusministeerium

Lai 39/41

Tallinn

EESTI/ESTONIA

Dirección web: http://www.agri.ee/index.php?id=26782

Otros datos:

Confirmamos que los servicios de asesoría prestados en el marco de este régimen de ayuda no constituyen una actividad continua o periódica ni están relacionados con los gastos de funcionamiento habituales de la empresa, como los servicios normales de asesoramiento fiscal o jurídico, o la publicidad.

Confirmamos que la ayuda abonada en el marco de este régimen de ayudas se ajusta a las disposiciones del artículo 15, apartado 4, del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión.

La ayuda concedida en el marco de este régimen de ayuda («Creación y desarrollo de un sistema de asesoría a las explotaciones agrícolas») repercutirá totalmente en los beneficiarios finales.


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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión

21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/16


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5501 — GDF Suez Energy Services/Elyo Italia)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2009/C 91/06

1.

El 8 de abril de 2009, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa GDF Suez Energy Services S.A. («GDF Suez Energy Services», Francia), bajo el control del GDF Suez Group (Francia), adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de la totalidad de Elyo Italia S.r.l. («Elyo Italia», Italia) mediante la adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

GDF Suez Energy Services: servicios de energía,

Elyo Italia: servicios de energía y gestión multitécnica.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5501 — GDF Suez Energy Services/Elyo Italia, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


21.4.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 91/17


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5508 — SOFFIN/HYPO REAL ESTATE)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

2009/C 91/07

1.

El 14 de abril de 2009, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual el Financial Market Stabilization Fund (conocido habitualmente como «Sonderfonds Finanzmarktstabilisierung» o «SoFFin», Alemania), bajo el control de la República Federal de Alemania, adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento del Consejo, de la totalidad de Hypo Real Estate («HRE», Alemania) mediante oferta pública de adquisición presentada el 9 de abril de 2009.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

SoFFin: estabilización del sistema financiero de Alemania,

HRE: hipotecas comerciales, financiación de infraestructura pública, refinanciación mediante la emisión de «Pfandbriefe».

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5508 — SOFFIN/HYPO REAL ESTATE, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussels


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.