ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 318

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

51o año
12 de diciembre de 2008


Número de información

Sumario

Página

 

IV   Informaciones

 

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Cuentas

2008/C 318/01

Informe del revisor independiente sobre las cuentas del Tribunal de Cuentas relativas al ejercicio 2007

1

 

2008/C 318/02

Nota al lector (véase la página 3 de cubierta)

s3

ES

 


IV Informaciones

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Cuentas

12.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 318/1


INFORME DEL REVISOR INDEPENDIENTE SOBRE LAS CUENTAS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS RELATIVAS AL EJERCICIO 2007

(2008/C 318/01)

NOTA A LOS LECTORES

Sin perjuicio de las disposiciones del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que confieren al Tribunal de Cuentas la responsabilidad del control de la totalidad de los ingresos y gastos de la Comunidad, así como las disposiciones del artículo 276 de dicho Tratado, relativas a la aprobación de la gestión, el Tribunal de Cuentas hace, desde el cierre del ejercicio 1987, verificar anualmente las cuentas de su gestión administrativa interna por un revisor independiente.

Los informes que el revisor independiente del Tribunal de Cuentas preparó sobre las cuentas de los ejercicios 1987 a 1991 del Tribunal solo se enviaron al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo.

De conformidad con la decisión tomada por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 8 de julio de 1993, los informes del revisor independiente se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, a partir del ejercicio 1992.

Por el Tribunal de Cuentas

Michel HERVÉ

Secretario General del Tribunal de Cuentas Europeo


ESTADOS FINANCIEROS AUDITADOS RELATIVOS AL EJERCICIO CERRADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2007

ÍNDICE

Informe del auditor independiente

Balance

Cuenta de resultado económico

Estado de flujos de efectivo

Estado de cambios en el patrimonio neto

Políticas contables y notas a los estados financieros

1.

Reglamentos y presentación de las cuentas

2.

Políticas contables significativas y presentación de los estados financieros

3.

Notas al balance

4.

Notas a la cuenta de resultado económico

5.

Consignaciones fuera de balance

Informe de fiabilidad independiente

Informe del auditor independiente

A la Dirección del

Tribunal de Cuentas Europeo

Hemos auditado los estados financieros adjuntos del Tribunal de Cuentas Europeo, que comprenden el balance a 31 de diciembre de 2007, la cuenta de resultado económico, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo del ejercicio finalizado en dicha fecha, así como un resumen de los métodos contables significativos y otras notas explicativas.

Responsabilidad de la dirección con respecto a los estados financieros

La elaboración y la presentación exacta de los estados financieros son competencia de la dirección del Tribunal de Cuentas Europeo, de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, por el que se establecen las normas detalladas de desarrollo correspondientes, así como las normas contables del Tribunal de Cuentas. Esta responsabilidad abarca la concepción, aplicación y mantenimiento del control interno relativo a la elaboración y a la presentación exacta de los estados financieros que no contengan anomalías significativas, ya sean estas derivadas de fraudes o de errores; la elección y la aplicación de políticas contables adecuadas, así como la determinación de estimaciones contables razonables ateniéndose a las circunstancias.

Responsabilidad del auditor

Nuestro cometido es emitir una opinión sobre dichos estados financieros, basada en nuestros trabajos de auditoría, que han sido efectuados de conformidad con las normas internacionales de auditoría aprobadas por el Instituto de revisores de empresas. Estas normas exigen tanto el respeto por nuestra parte de las normas éticas, como la planificación y ejecución de los trabajos de auditoría para obtener garantías razonables de la ausencia de anomalías significativas en los estados financieros.

Una auditoría supone la aplicación de procedimientos destinados a recopilar los elementos probatorios relativos a los importes y la información que se presentan en los estados financieros. La elección de los procedimientos depende del juicio profesional del auditor, así como la evaluación del riesgo de que los estados financieros contengan anomalías significativas, ya sean estas derivadas de fraudes o de errores. Al proceder a estas evaluaciones del riesgo, el revisor de empresas toma en consideración el control interno vigente en la entidad relativo a la elaboración y la presentación exacta de los estados financieros, con el fin de definir unos procedimientos de auditoría apropiados dadas las circunstancias y no de emitir una opinión sobre la eficacia de dicho control.

Una auditoría también incluye la evaluación de la idoneidad de los métodos contables seleccionados y del carácter razonable de las estimaciones contables efectuadas por la dirección del Tribunal de Cuentas Europeo, así como la evaluación de la presentación global de los estados financieros.

Consideramos que los elementos probatorios recopilados constituyen una base suficiente y adecuada para emitir nuestra opinión.

Opinión

En nuestra opinión, los estados financieros reflejan una imagen fiel de la situación financiera del Tribunal de Cuentas Europeo a 31 de diciembre de 2007, así como del resultado de sus operaciones y sus flujos de efectivo para el ejercicio cerrado en esta fecha, de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, por el que se establecen las normas detalladas de desarrollo del citado Reglamento del Consejo, y las normas contables del Tribunal de Cuentas Europeo.

Luxemburgo, 1 de julio de 2008.

PricewaterhouseCoopers S.à r.l.

Revisores de empresas

Representado por

Marianne WEYDERT

 

Balance a 31 de diciembre de 2007

Las notas adjuntas forman parte de los presentes estados financieros.

(en euros)

Activo

Notas

31 de diciembre de 2007

31 de diciembre de 2006

Inmovilizado inmaterial

 

209 449

591 516

Inmovilizado material

3.1

33 283 667

35 620 496

Títulos de crédito a largo plazo

 

550

74

Total activo a largo plazo

 

33 493 666

36 212 086

Títulos de crédito a corto plazo

3.2

1 679 772

1 992 778

Tesorería y equivalentes de tesorería

3.3

2 012 791

1 807 092

Total activo a corto plazo

 

3 692 563

3 799 870

Total activo

 

37 186 229

40 011 956


(en euros)

Pasivo

Notas

31 de diciembre de 2007

31 de diciembre de 2006

Capital

 

–13 098 711

–11 418 315

Déficit acumulado

 

–11 418 315

–11 450 318

Resultado económico del ejercicio (beneficios+/pérdidas)

 

–1 680 396

32 003

Ventajas del personal

3.4

41 867 460

44 146 971

Otras deudas a largo plazo

3.5

175 000

201 995

Total pasivo a largo plazo

 

42 042 460

44 348 966

Provisiones para riesgos y gastos

3.6

1 927 531

2 008 320

Deudas pendientes

3.7

6 314 949

5 072 985

Total pasivo a corto plazo

 

8 242 480

7 081 305

Total pasivo

 

37 186 229

40 011 956

Cuenta de resultado económico del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007

(en euros)

 

Notas

2007

2006

Fondos transferidos por la Comisión a otras instituciones

4.1

90 474 401

82 296 774

Ingresos por operaciones administrativas

4.2

16 339 509

15 907 326

Ingresos de explotación diversos

4.3

210 887

355 529

Total ingresos de explotación

 

107 024 797

98 559 628

Gastos administrativos

 

– 109 022 598

–99 847 625

Gastos de personal

4.4

–84 209 144

–78 717 811

Gastos relacionados con el inmovilizado

3.1 y 4.5

–3 426 683

–3 637 514

Gastos administrativos diversos

4.6

–21 386 771

–17 492 300

Gastos de explotación

 

–32 486

–19 493

Total gastos de explotación

 

– 109 055 084

–99 867 118

Excedente/(Déficit) de actividades de explotación

 

–2 030 287

–1 307 490

Ingresos de operaciones financieras

4.7

105 517

80 199

Gastos de operaciones financieras

4.8

–15 096

–15 025

Movimiento en pensiones (– gastos, + ingresos)

3.4 y 4.9

259 470

1 274 319

Excedente/(Déficit) de actividades no relacionadas con la explotación

 

349 891

1 339 493

Resultado económico del ejercicio

 

–1 680 396

32 003

Las notas adjuntas forman parte de los presentes estados financieros.


Estado de flujos de efectivo para el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007

(en euros)

 

2007

2006

Flujo de tesorería derivado de actividades ordinarias

Excedente/(déficit) derivado de actividades ordinarias

–1 680 396

32 003

Actividades operativas — Ajustes

Amortización (inmovilizado inmaterial) (+)

55 323

268 240

Depreciación (inmovilizado material) (+)

3 321 950

2 440 049

(Incremento)/Disminución en provisiones para riesgos y gastos

–80 789

–23 290

(Incremento)/Disminución en títulos de crédito a largo plazo

– 475

(Incremento)/Disminución en títulos de crédito a corto plazo

309 862

769 309

Incremento/(disminución) de los créditos respecto de organismos comunitarios

3 144

15 444

Incremento/(disminución) en otras deudas a largo plazo

–26 995

26 995

Incremento/(disminución) en deudas pendientes

1 192 756

378 360

Incremento/(disminución) en deudas con organismos comunitarios

49 208

–1 010 845

(Ganancias)/pérdidas en ventas de propiedades, instalaciones y equipos

666 205

Flujo de tesorería neto derivado de actividades operativas

3 809 793

2 896 265

Flujo de tesorería derivado de actividades de inversión

Adquisiciones de inmovilizado material e inmaterial (–)

–1 362 613

–1 314 108

Cesiones de inmovilizado material e inmaterial (+)

38 030

925 007

Flujo de tesorería neto derivado de actividades de inversión

–1 324 583

– 389 101

Incremento/(disminución) en ventajas del personal

–2 279 511

–3 546 954

Incremento/(disminución) neto en tesorería y equivalentes de tesorería

205 699

–1 039 790

Tesorería y equivalentes de tesorería en la apertura del ejercicio

1 807 092

2 846 882

Tesorería y equivalentes de tesorería al cierre del ejercicio

2 012 791

1 807 092

Las notas adjuntas forman parte de los presentes estados financieros.


Estado de variaciones del activo neto del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2007

(en euros)

Capital

Déficit acumulado

Resultado económico del ejercicio

Capital (total)

Saldo a 31 de diciembre de 2006

–11 450 318

32 003

–11 418 315

Afectación del resultado económico del ejercicio anterior

32 003

–32 003

Resultado económico del ejercicio

–1 680 396

–1 680 396

Balance a 31 de diciembre de 2007

–11 418 315

–1 680 396

–13 098 711

Las notas adjuntas forman parte de los presentes estados financieros.

PRINCIPIOS CONTABLES Y NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS

1.   Reglamentación y presentación de las cuentas

El Tribunal de Cuentas Europeo (en lo sucesivo, «el Tribunal») fue establecido por el Tratado de Bruselas de 22 de julio de 1975 y entró en funcionamiento como órgano de control comunitario externo en octubre de 1977, con sede en Luxemburgo.

El Tribunal es la institución comunitaria establecida por el Tratado para llevar a cabo la auditoría de las finanzas comunitarias. Como auditor externo de la UE, contribuye y actúa como el guardián independiente de los intereses financieros de los ciudadanos de la Unión Europea.

El Tribunal presta servicios de auditoría a través de los cuales evalúa la recaudación y el gasto de los fondos comunitarios. Examina si las operaciones financieras se han registrado y presentado adecuadamente, si se han ejecutado con legalidad y regularidad y si se han gestionado de manera económica, eficiente y eficaz. El Tribunal comunica los resultados de sus auditorías en informes claros, pertinentes y objetivos. Asimismo, emite dictámenes sobre cuestiones de gestión financiera.

El Tribunal fomenta la rendición de cuentas y la transparencia y ayuda al Parlamento Europeo y al Consejo a supervisar la ejecución del presupuesto comunitario, en particular durante el procedimiento de aprobación de la gestión.

El ejercicio financiero del Tribunal transcurre entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.

2.   Principios contables significativos y presentación de los estados financieros

2.1.   Base de la presentación

Las cuentas del Tribunal son elaboradas de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, y en el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo de dicho Reglamento financiero.

Los estados financieros se preparan de conformidad con las normas de contabilidad de las Comunidades Europeas, que se inspiran en las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSAS). Dichas normas son aprobadas por el contable de la Comisión, previa consulta a las demás instituciones.

2.2.   Valoración de saldos y operaciones en divisa extranjera

Las partidas monetarias expresadas en divisas distintas del euro se convierten en euros al cambio al contado en vigor en la fecha a que se refieren los estados financieros.

Las partidas no monetarias en moneda extranjera que se registren al coste histórico deben ser informadas utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de la adquisición.

Las partidas no monetarias en moneda extranjera que se registren por su valor razonable deben ser informadas utilizando los tipos de cambio existentes cuando sus valores fueron determinados.

2.3.   Inmovilizado material e inmaterial

El inmovilizado material e inmaterial se consigna al precio de adquisición menos amortización y pérdida de valor. Los artículos de valor inferior a 420 euros se consignan como gastos durante el ejercicio de adquisición. Los activos entregados durante el ejercicio contable pero no pagados al final del ejercicio se consignan como «inmovilizado en curso».

La amortización se calcula con arreglo al método de amortización lineal, a partir del mes de adquisición y sobre la duración prevista de la vida útil estimada, del modo siguiente:

Inmateriales (Licencias de programas informáticos)

4 años

Edificios

25 años

Instalaciones, maquinaria y herramientas

4, 8 años

Mobiliario y parque móvil

4, 8, 10 años

Material informático

4 años

Reformas específicas de los edificios alquilados

Duración del alquiler

Otro inmovilizado material

6 años

2.4.   Ventajas del personal

Las ventajas del personal representan los futuros derechos de pensión de los miembros del Tribunal. Con arreglo al artículo 19 del Reglamento (CEE, Euratom, CECA) no 2290/77 del Consejo, de 18 de octubre de 1977, por el que se establece el régimen pecuniario de los miembros del Tribunal de Cuentas (DO L 268 de 20.10.1977, p. 1), el pago de las prestaciones previstas en el régimen de pensiones corre a cargo del presupuesto de las Comunidades. Los Estados miembros garantizan colectivamente el pago de estas prestaciones.

Las cuantías aportadas por los Estados miembros se determinan con arreglo a la norma contable no 12, «ventajas del personal», adoptada en virtud de una decisión de 28 de diciembre de 2004 del contable de la Comisión de conformidad con el artículo 133 del Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas, por una parte, y, por otra, con arreglo a un estudio actuarial realizado por expertos de la oficina PMO especializada de la Comisión.

2.5.   Provisiones para riesgos y gastos

Las provisiones para riesgos y gastos tienen por objeto cubrir pérdidas o deudas que estén claramente circunscritas en cuanto a su naturaleza pero que, en la fecha de cierre del balance, sean probables o ciertas pero indeterminadas en cuanto a su importe.

3.   Notas al balance

3.1.   Inmovilizado material

Los movimientos en el inmovilizado material durante el ejercicio 2007 fueron los siguientes:

(en euros)

 

Valor contable bruto

1 de enero de 2007

Adquisiciones

Cesiones

Valor contable bruto

31 de diciembre de 2007

Amortización acumulada

31 de diciembre de 2007

Valor contable neto

31 de diciembre de 2007

Terreno

776 630

776 630

776 630

Edificios

52 074 987

52 074 987

–21 887 128

30 187 859

Instalaciones. máquinas y herramientas

1 198 673

126 083

–68 534

1 256 222

– 917 760

338 462

Material informático

3 867 333

921 863

– 426 784

4 362 412

–3 268 464

1 093 948

Mobiliario y parque móvil

1 845 083

95 793

– 225 307

1 715 569

–1 179 800

535 769

Otro inmovilizado material

1 043 800

1 043 800

– 782 848

260 952

Inmovilizado en curso

199 254

90 047

– 199 254

90 047

90 047

Total

61 005 760

1 233 786

– 919 879

61 319 667

–28 036 000

33 283 667

3.2.   Títulos de crédito a corto plazo

(en euros)

 

31 de diciembre de 2007

31 de diciembre de 2006

Títulos de crédito a corto plazo debidos a la transferencia de derechos de pensión nacionales por el personal

628 778

846 304

Gastos diferidos para alquiler de edificios y contratos de informática

560 782

296 449

Títulos de crédito diversos principalmente relacionados con anticipos de salarios y gastos de misión

485 079

841 749

Títulos de crédito con respecto a entidades comunitarias (Oficina de Publicaciones)

5 133

8 276

Total

1 679 772

1 992 778

3.3.   Tesorería y equivalentes de tesorería

(en euros)

 

31 de diciembre de 2007

31 de diciembre de 2006

Administración de anticipos

1 000

1 000

Banco

2 011 791

1 806 092

Total

2 012 791

1 807 092

3.4.   Ventajas del personal

A partir del ejercicio 2006, los futuros pagos de pensiones se calculan exentos de los impuestos deducidos al efectuarse el pago de estas. En los estados financieros a 31 de diciembre de 2006 todas las instituciones comunitarias habían aplicado un tipo impositivo del 12,4 %. A 31 de diciembre de 2007, se pidió a todas las instituciones que ajustaran el cálculo sobre la base de sus propios datos históricos de los últimos tres ejercicios. En el caso del Tribunal, esta revaloración dio lugar a un tipo impositivo del 17,7 %. Aunque el método general de cálculo continúa siendo el mismo, el tipo impositivo revisado incide en la variación de las obligaciones de pensión de 2007. Como muestra el cuadro siguiente, la provisión de pensiones disminuye en 2 279 511 euros en lugar de incrementarse en 416 693, como habría sido el caso de haber permanecido invariable el tipo impositivo.

(en euros)

Obligaciones de pensión y efecto del tipo impositivo revisado

 

Estados financieros

31.12.2006 (12,4 %)

p.m.

31.12.2007 (12,4 %)

Estados financieros

31.12.2007 (17,7 %)

Importe bruto

50 396 086

50 871 762

50 871 762

Tipo impositivo (%)

12,40 %

12,40 %

17,70 %

Impuestos

6 249 115

6 308 098

9 004 302

Importe neto

44 146 971

44 563 664

41 867 460

Variación en 2007 de las obligaciones de pensión netas

– 416 693

2 279 511

3.5.   Pasivo a largo plazo

El importe de 175 000 euros se debe contractualmente a la conclusión del alquiler del edificio K9.

3.6.   Provisión para riesgos y gastos

El importe corresponde al valor, impuestos excluidos, de vacaciones no tomadas debidas al personal a 31 de diciembre de 2007.

3.7.   Deudas pendientes

(en euros)

 

31 de diciembre de 2007

31 de diciembre de 2006

Los gastos devengados son gastos incurridos pero todavía no facturados, de los cuales 1 100 000 euros se consignaron en 2007 para cubrir los gastos incurridos en la preparación del edificio K3

5 250 342

3 706 745

Efectos pagaderos varios al personal (derechos estatutarios, seguro médico del personal)

522 592

557 087

Efectos pagaderos corrientes a proveedores

484 724

801 070

Deudas con instancias comunitarias consolidadas, principalmente el Parlamento Europeo y el Centro de Traducción

57 291

8 083

Total

6 314 949

5 072 985

4.   Notas a la cuenta de resultado económico

4.1.   Corresponde a las solicitudes mensuales de fondos del Tribunal a la Comisión para reponer su cuenta bancaria.

4.2.   En su mayor parte, esta rúbrica está constituida por deducciones de los salarios de los miembros y el personal en concepto de contribuciones sociales e impositivas.

4.3.   «Ingresos de explotación diversos» proceden, entre otros, de las ventas de publicaciones por la Oficina de Publicaciones.

4.4.   Los salarios de los miembros y el personal del Tribunal representan el 96 % de este importe. El resto incluye los salarios de los agentes contractuales y personal temporal.

4.5.   Los gastos relacionados con el inmovilizado consisten en la depreciación/amortización de los activos materiales e inmateriales.

4.6.   Las partidas más significativas de esta rúbrica son:

alquiler de edificios y gastos conexos, incluidos los costes del K3,

informática y telecomunicaciones,

gastos de misiones,

servicios de limpieza y seguridad.

4.7.   Intereses bancarios generados en la cuenta corriente del Tribunal.

4.8.   Gastos bancarios deducidos de la cuenta corriente del Tribunal.

4.9.   Este importe incluye:

(en euros)

Pagos de pensiones del ejercicio

–2 020 041

Variación de la provisión neta de pensión de los miembros

2 279 511

Total

259 470

5.   Consignaciones fuera de balance

5.1.   Activos contingentes

Las siguientes garantías bancarias han sido constituidas por proveedores conforme a las obligaciones contractuales:

(en euros)

 

2007

Agencia de viajes

50 000

Arrendamiento del parque de vehículos

75 000

Compañía de seguros

1 361

Total

126 361

5.2.   Compromisos para futura financiación

Con respecto a los contratos de alquiler de oficinas actuales, los compromisos pendientes ascienden a 6 347 948 euros, desglosados a continuación:

(en euros)

 

2007

Edificio K8

3 243 684

Edificio K9

2 894 873

«Antena» de Bruselas

61 833

Otros (Cetrel, aparcamiento, Maison de l'Europe)

147 558

Subtotal

6 347 948

Arrendamiento operativo de automóviles y fotocopiadoras

1 174 806

Compromisos contraídos con créditos aún no utilizados (RAL), tras deducción de gastos devengados de 2007

2 859 584

Total

10 382 338

5.3.   Proyectos inmobiliarios del Tribunal

Por lo que respecta a sus principales proyectos inmobiliarios, el Tribunal celebró el 15 de diciembre de 1999 un contrato marco con el Estado luxemburgués relativo a la construcción de una o más extensiones del edificio del Tribunal, de las cuales ya se ha construido una (el edificio K2).

El Estado luxemburgués acordó ceder al Tribunal un derecho de superficie sobre el terreno destinado a la realización de la primera extensión al precio de 1 euro y por un período de tiempo máximo de 49 años.

Cualquier concesión posterior de derecho de superficie referente a otros terrenos necesarios para la realización de otras extensiones no podrá superar la fecha límite del derecho de superficie acordado para la realización de la primera extensión.

El Estado luxemburgués se comprometió además a vender los terrenos en cualquier momento al precio de mercado determinado por peritaje conjunto.

Por su parte, el Tribunal se comprometió a hacer todo lo posible por adquirir los terrenos al Estado luxemburgués. A tal efecto, pediría a la Autoridad Presupuestaria los fondos necesarios.

El Tribunal ha decidido seguir adelante con la construcción de una segunda extensión (el edificio K3) y, debido a distintas medidas adoptadas para ejecutar el proyecto, el Estado luxemburgués y el Tribunal celebraron un nuevo acuerdo marco el 22 de febrero de 2008. A su firma, el Tribunal quedaba obligado a reembolsar al Estado un importe de 1 058 560 euros comprometido en nombre del Tribunal para los estudios del arquitecto y de los ingenieros. El reembolso se efectuará sobre la base de los importes abonados por el Estado y por los cuales se presentará documentación justificativa. En las cuentas se incluye un gasto devengado de 1 100 000 euros para hacer frente a esta obligación.

Por lo que respecta a los dos terrenos correspondientes a las dos extensiones mencionadas, el Estado las venderá ahora al Tribunal por un importe simbólico de 1 euro. Por su parte, si el Tribunal considerase en algún momento ceder alguno de los edificios a un tercero que no fuera un órgano o institución comunitaria, el Tribunal devolvería el terreno a la propiedad del Estado al precio simbólico de 1 euro, disponiendo este de una opción de compra del edificio a un precio que sería determinado por un experto independiente. En caso de que el Estado decidiera no ejercer dicha opción, concedería un derecho de superficie a los compradores del edificio.

5.4.   Responsabilidad potencial en caso de litigio

Ninguna.

Informe de fiabilidad independiente

A los miembros del

Tribunal de Cuentas Europeo

Hemos examinado si los recursos financieros asignados al Tribunal de Cuentas Europeo (en adelante, «el Tribunal») se han utilizado para sus fines previstos y si los procedimientos de control establecidos por los ordenadores ofrecen las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables a los recursos financieros puestos a disposición y utilizados en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2007.

La teneduría de libros y registros, así como el establecimiento y mantenimiento de controles adecuados competen a la dirección del Tribunal, mientras que nuestro cometido es expresar una opinión basada en nuestro examen.

Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con la norma internacional sobre encargos de fiabilidad «Encargos de fiabilidad distintos de la auditoría o revisión de información financiera histórica» (ISAE 3 000) aprobada por el Instituto de Revisores de Empresas. Dicha norma exige que planifiquemos y efectuemos nuestro examen de manera que un mal uso de los recursos que afecte materialmente a las cuentas del Tribunal sea detectado con garantías razonables. Nuestro trabajo consistió principalmente en examinar, a partir de verificaciones de una muestra, elementos probatorios de los siguientes hechos:

los recursos asignados al Tribunal han sido utilizados para los fines previstos,

los procedimientos de control establecidos ofrecen las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables.

Los criterios en los que se basó nuestro control son las siguientes normas y reglamentos:

Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general (en adelante, «el Presupuesto») de las Comunidades Europeas (en adelante, «el Reglamento financiero»),

Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (en adelante, «Normas de desarrollo»),

Decisión no 36/2007 del Tribunal de Cuentas Europeo relativa a las normas internas para la ejecución de su presupuesto, aprobada el 12 y el 19 de julio de 2007. Dichas normas forman parte de los procedimientos establecidos por los Tratados, o acuerdos celebrados en virtud de los mismos, que se refieren al proceso operativo vinculado a la ejecución del presupuesto.

En particular, se han utilizado como criterios las siguientes normas internas:

artículo 7, Firmas: Cada una de las partes que interviene en la elaboración, el control y el registro de las operaciones de constatación y de cobro de ingresos o de compromiso y pago de gastos firmará y fechará su participación,

artículo 9, Proyectos inmobiliarios: Antes de que el Tribunal dé su aprobación a cualquier compromiso contractual relativo a este tipo de proyectos, el servicio responsable presentará un documento explicativo que justifique la compatibilidad del proyecto con el marco financiero,

artículo 16, Pago de gastos: El contable ejecutará las órdenes de pago que se definen en el artículo 80 del Reglamento Financiero una vez que haya comprobado los detalles obligatorios descritos en los artículos 103, apartado 1, y 104 de las Normas de desarrollo,

artículo 23.1, Transferencias de créditos: Según lo dispuesto en el artículo 21 del Reglamento financiero, los créditos se especializarán por títulos y capítulos. Los capítulos estarán subdivididos en artículos y partidas,

artículo 23.2, Transferencias de créditos: Todas las solicitudes de transferencia precisarán el motivo de la insuficiencia de créditos. La solicitud de transferencia estará firmada por el director responsable,

artículo 24, Prórrogas de créditos: El ordenador responsable preparará un listado que muestre el saldo disponible de compromisos; dicho saldo se ajustará en las cuentas presupuestarias tomando en consideración los créditos que hayan de anularse y mostrará los créditos que hayan de prorrogarse,

artículo 26, Inventario de las inmovilizaciones: El inventario de activos materiales se mantendrá en una base de datos,

artículo 27, Procedimientos mínimos de gestión y de control interno: Los procedimientos mínimos de gestión y de control interno serán establecidos por los ordenadores, de conformidad con las normas mínimas de control interno aprobadas por el Tribunal. Cada operación presupuestaria será tratada […] por la persona responsable de la verificación ex ante. […] Si el agente responsable de la verificación ex ante constata que la operación en cuestión cumple los requisitos del artículo 47, apartado 3, de las Normas de Desarrollo, validará la operación y documentará la validación.

Consideramos que nuestro examen constituye una base razonable sobre la cual sustentar nuestra opinión.

Basándonos en nuestro trabajo expuesto en el presente Informe, no hemos observado nada que nos haga creer que, en todos los aspectos materiales y sobre la base de los criterios descritos:

a)

los recursos asignados al Tribunal no hayan sido empleados para sus fines previstos;

b)

los procedimientos de control no ofrezcan las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables.

El presente Informe se emite únicamente al efecto expuesto en el párrafo primero y con carácter informativo y no debe utilizarse para ningún otro propósito ni distribuirse a terceros.

Luxemburgo, 1 de julio de 2008.

PricewaterhouseCoopers S.à r.l.

Revisor de empresas

Representado por

Marianne WEYDERT


12.12.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 318/s3


NOTA AL LECTOR

Las instituciones han decidido no mencionar en sus textos la última modificación de los actos citados.

Salvo indicación en contrario, se entenderá que los actos a los que se hace referencia en los textos aquí publicados son los actos en su versión actualmente en vigor.