ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 93

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

51o año
15 de abril de 2008


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión

2008/C 093/01

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 )

1

 

IV   Informaciones

 

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión

2008/C 093/02

Tipo de cambio del euro

2

2008/C 093/03

Resumen de la Decisión de la Comisión, de 5 de marzo de 2008, relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 86, apartado 3, del Tratado CE referente al mantenimiento en vigor por la República Helénica de derechos en favor de Public Power Corporation SA para la extracción de lignito (Asunto COMP/B-1/38.700) [notificada con el número C(2008) 824]

3

 

INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2008/C 093/04

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas ( 1 )

4

2008/C 093/05

Información comunicada por los Estados miembros referente a la ayuda estatal concedida con arreglo al Reglamento (CE) no 1628/2006 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas regionales a la inversión ( 1 )

7

2008/C 093/06

Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

8

2008/C 093/07

Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

10

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

2008/C 093/08

Convocatoria de oposición general EPSO/AST/57/08

11

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión

2008/C 093/09

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5120 — ArcelorMittal/Gonvarri/SSC Brazil) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

12

2008/C 093/10

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5143 — Barclays/CID) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

13

2008/C 093/11

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.5132 — Samsung Electronics/Samsung Techwin) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

14

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión

15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/1


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/01)

Fecha de adopción de la Decisión

31.1.2008

Ayuda no

N 263/07

Estado miembro

Alemania

Región

Sachsen

Denominación (y/o nombre del beneficiario)

Sächsischer Frühphasenfonds (Technologiegründerfonds Sachsen)

Base jurídica

Sächsische Haushaltsordnung;

Sächsisches operationelles EFRE Programm für die Strukturfondsperiode 2007-2013;

Beteiligungsgrundsätze des Technologiegründerfonds Sachsen;

die Verträge zwischen Sachsen, den Fondsinvestoren und dem Fondsmanagement

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Objetivo

Capital riesgo, investigación y desarrollo, desarrollo regional

Forma de la ayuda

Financiación con capital riesgo, garantía

Presupuesto

Importe total de la ayuda prevista: 60 millones de EUR

Intensidad

Duración

Hasta el 31.12.2015

Sectores económicos

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Sächsisches Staatsministerium für Wirtschaft und Arbeit

Wilhelm-Buck-Str. 2

D-01097 Dresden

Información adicional

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/


IV Informaciones

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión

15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/2


Tipo de cambio del euro (1)

14 de abril de 2008

(2008/C 93/02)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,5869

JPY

yen japonés

159,38

DKK

corona danesa

7,4583

GBP

libra esterlina

0,7986

SEK

corona sueca

9,406

CHF

franco suizo

1,5777

ISK

corona islandesa

118,11

NOK

corona noruega

7,9445

BGN

lev búlgaro

1,9558

CZK

corona checa

24,94

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

252,39

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6969

PLN

zloty polaco

3,4125

RON

leu rumano

3,6266

SKK

corona eslovaca

32,302

TRY

lira turca

2,0898

AUD

dólar australiano

1,7158

CAD

dólar canadiense

1,6223

HKD

dólar de Hong Kong

12,3652

NZD

dólar neozelandés

2,0049

SGD

dólar de Singapur

2,1547

KRW

won de Corea del Sur

1 555,56

ZAR

rand sudafricano

12,5051

CNY

yuan renminbi

11,1067

HRK

kuna croata

7,264

IDR

rupia indonesia

14 583,61

MYR

ringgit malayo

5,017

PHP

peso filipino

66,015

RUB

rublo ruso

37,17

THB

baht tailandés

50,106

BRL

real brasileño

2,6898

MXN

peso mexicano

16,7212


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/3


Resumen de la Decisión de la Comisión

de 5 de marzo de 2008

relativa a un procedimiento con arreglo al artículo 86, apartado 3, del Tratado CE referente al mantenimiento en vigor por la República Helénica de derechos en favor de Public Power Corporation SA para la extracción de lignito

(Asunto COMP/B-1/38.700)

[notificada con el número C(2008) 824]

(El texto en lengua griega es el único auténtico)

(2008/C 93/03)

1.

El 5 de marzo de 2008, la Comisión adoptó una decisión de conformidad con el artículo 86, apartado 3, del Tratado CE. La Comisión publica aquí los elementos fundamentales de la Decisión y el nombre de la empresa afectada, teniendo en cuenta el legítimo interés de la empresa en proteger sus intereses comerciales. Existe una versión no confidencial del texto íntegro de la Decisión en la versión lingüística auténtica en la página web de la Dirección General de Competencia:

http://ec.europa.eu/comm/competition/antitrust/cases/index.html

2.

El destinatario de la presente Decisión es la República Helénica. El objeto del procedimiento es la concesión y mantenimiento por la República Helénica de un acceso cuasi monopolístico al lignito en favor de la empresa pública Public Power Corporation SA (PPC), una empresa con sede en el municipio de Atenas, Grecia. Las medidas adoptadas por la República Helénica han concedido sistemáticamente a PPC los derechos de explotación de casi todos los yacimientos grandes y medios de lignito de Grecia. Dichas medidas han llevado a la situación actual, en la que PPC posee los derechos de explotación de la mayoría (el 91 % del volumen) de las reservas públicas que han recibido autorización a efectos de explotación en Grecia.

3.

El lignito es el combustible más atractivo para la producción de electricidad en el mercado griego y constituye la fuente de aproximadamente el 60 % de la electricidad total producida en Grecia, a pesar de que la capacidad de producción a partir del lignito sólo representa el 40 % de la capacidad total instalada en Grecia.

4.

PPC está controlada por la República Helénica, por lo que es una empresa pública. Por consiguiente, es aplicable el artículo 86.

5.

Al conceder y mantener en vigor unos derechos cuasi monopolísticos que otorgan a la empresa pública PPC un acceso privilegiado a la explotación de lignito y, por consiguiente, a la electricidad a base de lignito, la República Helénica ha garantizado a PPC un acceso privilegiado al combustible disponible más barato para la producción de electricidad, lo que ha permitido a dicha empresa mantener una posición dominante en el mercado al por mayor de la electricidad a un nivel próximo al monopolio, al excluir u obstaculizar la entrada en el mercado de nuevos operadores.

6.

La Decisión considera que la República Helénica ha infringido el artículo 86, apartado 1, en relación con el artículo 82 del Tratado CE.

7.

La Decisión pide a la República Helénica que proponga medidas efectivas a fin de poner fin a la infracción.


INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS

15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/4


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/04)

Ayuda no

XS 47/08

Estado miembro

Países Bajos

Región

Zuid Nederland, Provincies Zeeland, Noord-Brabant en Limburg

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

OP-Zuid Innovation Officer

Base jurídica

OP-Zuid, besluit Comité van Toezicht van 21 januari 2008, Verordening EG nr. 70/2001 en 364/2004. Artikel 5, met name 5bis en 5ter

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Presupuesto

Gasto anual previsto: 2,7 millones de EUR

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 6) y 5 del Reglamento

Fecha de ejecución

1.1.2008

Duración

31.12.2015

Objetivo

PYME

Sectores económicos

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Provincie Noord-Brabant

Postbus 90151

5200 MC 's-Hertogenbosch

Nederland

www.brabant.nl

Beheersautoriteit EFRO Doelstelling-2 programma OP-Zuid


Ayuda no

XS 49/08

Estado miembro

Francia

Región

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Mesures fiscales applicables pendant deux ans aux sociétés créées pour la reprise d'entreprises en difficulté

Base jurídica

Articles 44 septies et 223 undecies du code général des impôts

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Presupuesto

Gasto anual previsto: 10 millones de EUR

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 6) y 5 del Reglamento

Fecha de ejecución

1.1.2007

Duración

31.12.2013

Objetivo

PYME

Sectores económicos

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministère de l'Économie, des Finances et de l'Emploi

139, rue de Bercy

F-75012 Paris


Ayuda no

XS 54/08

Estado miembro

República Checa

Región

NUTS II Jihovýchod, NUTS II Jihozápad, NUTS II Moravskoslezsko, NUTS II Severovýchod, NUTS II Severozápad, NUTS II Střední Čechy, NUTS II Střední Morava, NUTS II Praha

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Operační program Lidské zdroje a zaměstnanost

Base jurídica

Zákon č. 218/2000 Sb., rozpočtová pravidla,

zákon č. 435/2004 Sb., o zaměstnanosti

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Presupuesto

Gasto anual previsto: 6 835,704 millones de CZK

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 6) y 5 del Reglamento

Fecha de ejecución

15.2.2008

Duración

31.12.2013

Objetivo

PYME

Sectores económicos

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Ministerstvo práce a sociálních věcí

Na Poříčním právu 1

CZ-128 01 Praha 2


Ayuda no

XS 60/08

Estado miembro

Hungría

Región

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

TÁMOP KKV támogatás

Base jurídica

25/2007. (IX. 12.) MeHVM rendelet a Társadalmi Megújulás Operatív Program előirányzatából nyújtott, az Európai Közösséget létrehozó Szerződés 87. cikkének (1) bekezdése hatálya alá tartozó támogatások felhasználásáról

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Presupuesto

Gasto anual previsto: 10 213,3 millones de HUF

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 6) y 5 del Reglamento

Fecha de ejecución

12.9.2007

Duración

30.6.2008

Objetivo

PYME

Sectores económicos

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Nemzeti Fejlesztési Ügynökség Humán Erőforrás Programok Irányító Hatósága

Pozsonyi út 56

H-1133 Budapest


Ayuda no

XS 61/08

Estado miembro

Hungría

Región

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

TIOP KKV támogatás

Base jurídica

27/2007. (X. 10.) ÖTM rendelet a Társadalmi Infrastruktúra Operatív Program előirányzatából nyújtott, az Európai Közösséget létrehozó Szerződés 87. cikk (1) bekezdés hatálya alá tartozó támogatások felhasználásáról

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Presupuesto

Gasto anual previsto: 7 455 millones de HUF

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los artículos 4 (2 a 6) y 5 del Reglamento

Fecha de ejecución

10.10.2007

Duración

30.6.2008

Objetivo

PYME

Sectores económicos

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Nemzeti Fejlesztési Ügynökség Humán Eroforrás Programok Irányító Hatósága

Pozsonyi út 56

H-1133 Budapest


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/7


Información comunicada por los Estados miembros referente a la ayuda estatal concedida con arreglo al Reglamento (CE) no 1628/2006 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas regionales a la inversión

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/05)

Ayuda no

XR 180/07

Estado miembro

Polonia

Región

Dolnośląskie

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que reciba el complemento de ayuda ad hoc

Zwolnienie z podatku od nieruchomości dla przedsiębiorców inwestujących na terenie gminy Kobierzyce

Base jurídica

Art. 7 ust. 3 ustawy z dnia 12 stycznia 1991 r. o podatkach i opłatach lokalnych (tekst jednolity z 2006 r. Dz.U. nr 121, poz. 844 ze zmianami);

Uchwała nr XI/130/07 Rady Gminy Kobierzyce z dnia 28 czerwca 2007 r. w sprawie zwolnień z podatku od nieruchomości dla przedsiębiorców inwestujących na terenie gminy Kobierzyce

Tipo de medida

Régimen de ayudas

Gasto anual previsto

10 millones de PLN

Intensidad máxima de la ayuda

40 %

Conforme con el artículo 4 del Reglamento

Fecha de ejecución

28.6.2007

Duración

31.12.2013

Sectores económicos

Limitado a sectores específicos

D

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Wójt Gminy Kobierzyce

Al. Pałacowa 1

PL-55-040 Kobierzyce

Tel. (48-71) 36 98 25

ugk@ugk.pl

La dirección de Internet de la publicación del régimen de ayuda

http://ug-kobierzyce.sisco.info/zalaczniki/891/20070711_MM_uchwala_zwolnienia_z_podatku_XI_130.doc

Información adicional


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/8


Información resumida comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

(2008/C 93/06)

Ayuda no: XA 373/07

Estado miembro: Reino Unido

Región: Shetland

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda individual: Shetland Cast Ewe Welfare Scheme

Base jurídica: Section 4 of the Small Landholders (Scotland) Act 1911

Commission Regulation (EC) No 1857/2006

Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiario:

Año

Gasto

2007-2008

Menos de 50 000 GBP

Intensidad máxima de la ayuda: La ayuda se limitará a las pérdidas causadas por las restricciones de cuarentena vinculadas a un brote de enfermedad oficialmente reconocido por las autoridades públicas. La intensidad de la ayuda no rebasará el 100 %

Fecha de aplicación:

Duración del régimen o de la ayuda individual: El régimen estará vigente durante diez semanas y finalizará el 9 de febrero de 2008

Objetivo de la ayuda: El Shetland Cast Ewe Welfare Scheme estará abierto a los empresarios agrícolas y pequeños agricultores de las Islas Shetland que se enfrentan a problemas de bienestar animal con sus ovejas viejas debido a las restricciones de exportación impuestas tras el brote de fiebre aftosa en el Reino Unido. En las Islas Shetland esta situación es particularmente grave en el caso de las ovejas viejas (ovejas cuyo ciclo reproductivo se acerca a su fin). Normalmente, estos viejos animales deberían haber sido vendidos y exportados de las Islas Shetland antes de finales de septiembre con el fin de servir como ovejas reproductoras un último año en un clima más benigno en otra zona del Reino Unido, o entrar en la cadena alimentaria como carne de ovino. La prohibición de exportar y las restricciones de movimientos a causa de la fiebre aftosa han impedido la celebración de los mercados que se celebran habitualmente en otoño, ya que ninguna oveja reproductora o destinada al consumo se encontraba disponible en los meses de agosto y septiembre en las Islas Shetland.

Las ovejas viejas que se benefician de este régimen se escogen por su edad (más de cinco años) y su defectuosa fisiología ya que les faltan dientes y no pueden masticar otra cosa que no sea forraje muy tierno. La alimentación suplementaria, por lo tanto, no puede aportarles los elementos nutritivos necesarios que les permitirían tener una última temporada de cría. Las limitaciones de exportación antes mencionadas impuestas por el brote de fiebre aftosa en el Reino Unido han imposibilitado el desplazamiento necesario de estos animales hacia los ricos pastos que se encuentran en el sur de Inglaterra y en el País de Gales en agosto y septiembre.

El clima de las Islas Shetland se caracteriza porque la hierba deja de crecer desde el mes de octubre. Por consiguiente, con el forraje natural limitado que resta, el bienestar de estas ovejas se degrada a medida que el pasto se deteriora. A medida que avanza el invierno, esta situación empeora y surgen graves problemas de bienestar pues los animales pasan hambre. La mayoría de empresarios agrícolas y agricultores no tienen recursos para sacrificar y enterrar sus ovejas en las explotaciones agrícolas (de hecho, en la mayor parte de las Islas Shetland el suelo encima de la capa rocosa es tan fino que el entierro es prácticamente imposible). Dado que no hay ningún mercado para estos animales, su salud se va deteriorando lentamente, lo que aconseja su sacrificio por razones de bienestar.

Nota: Las Islas Shetland se benefician de una exención que autoriza el entierro.

Los productores se encargarán del transporte de los animales subvencionables (es decir, las ovejas viejas que se encuentran al final de su ciclo reproductivo) a un centro de colecta centralizado. Los operadores del centro de colecta no efectuarán ningún pago a los productores por los animales subvencionables. Los animales no entrarán en la cadena alimentaria humana y se transportarán a los mataderos para su sacrificio y posterior eliminación. Se lanzará una licitación para prestar estos servicios en nombre del Gobierno escocés. El régimen cumple el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006 de la UE que prevé que la ayuda debe limitarse a las pérdidas causadas por las enfermedades con respecto a las cuales las autoridades públicas han reconocido oficialmente la aparición de un brote

Costes subvencionables: En virtud del Shetland Cast Ewe Welfare Scheme, se pagará a los operadores del centro de colecta un total de 10 GBP por cabeza de cada animal subvencionable, hasta un límite máximo de 5 000 animales. Las 10 GBP cubrirán los costes del sacrificio del animal en cuestión, su entierro en el vertedero de Rova Head en las Islas Shetland, y el coste del transporte entre el centro de colecta y el matadero y entre el matadero y el vertedero.

Los operadores de los mataderos y de los vertederos serán remunerados por los servicios correspondientes al sacrificio y a la eliminación de las canales; estos costes serán determinados por una licitación competitiva y abonados a los operadores del centro de colecta, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006 que prevé que la intensidad bruta de la ayuda no puede rebasar el 100 %.

Los empresarios agrícolas y pequeños agricultores no recibirán ningún pago por las ovejas viejas eliminadas a través de este sistema o por los costes resultantes de su transporte al centro de colecta, para evitar cualquier problema de sobrecompensación, ni ninguna prima por el sacrificio de los animales para los cuales no puede encontrarse otra solución

Sector o sectores afectados: El régimen se aplica exclusivamente a las PYME de las Islas Shetland que cuentan con ovejas viejas. Dichas ovejas no son subvencionables por el previamente notificado Scottish Welfare Disposal Scheme, pues éste se dirige exclusivamente a corderos ligeros.

Las empresas subvencionables deben pertenecer a la categoría de «pequeña o mediana empresa», lo que significa que los beneficiarios de este régimen (en comparación con los prestadores de servicios) deben tener menos de 250 empleados, una cifra de negocios inferior a 50 millones de EUR anuales o un balance financiero de 43 millones de EUR, y que otras empresas no posean más de un 25 % de su capital.

Las empresas mayores y las agencias gubernamentales financiadas con fondos públicos no tienen derecho a beneficiarse de este régimen

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:

Shetland Islands Council

6 North Ness Business Park

ZE1 0LZ Lerwick

United Kingdom

Contact Jon Dunn

Tel (44) 1595 74 49 51

Dirección web: http://www.sdt.shetland.org/Schemes.aspx

Firmado y fechado en nombre del Department for Environment, Food and Rural Affairs (Autoridad competente del Reino Unido)

Duncan KERR

Agricultural State Aid

Department for Environment, Food and Rural Affairs

Area 8D, 9 Millbank

C/o Nobel House

17 Smith Square, Westminster

SW1P 3JR London

United Kingdom


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/10


Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas

(2008/C 93/07)

Ayuda no: XA 7053/07

Estado miembro: Italia

Región: Piemonte — Provincia di Novara

Denominación del régimen de ayuda: Interventi per l'innovazione e l'ammodernamento delle piccole e medie imprese:

PMI operanti in tutti i settori (fatti salvi i regolamenti o le direttive comunitarie specifici adottati a norma del Trattato CE e relativi alla concessione di aiuti di stato in determinati settori)

Base jurídica: Delibera della Giunta Camerale CCIAA Novara n. 64, del 17 settembre 2007, ai sensi del regolamento (CE) n. 70/2001

Gasto anual previsto en virtud del régimen: 400 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda:

Inversiones: 15 % del gasto subvencionable hasta un máximo de 10 000 EUR a pequeñas empresas o microempresas; 7,5 % del gasto subvencionable hasta un máximo de 10 000 EUR para medianas empresas

Servicios de asesoramiento: 50 % del gasto subvencionable hasta un máximo de 5 000 EUR

Primera participación en ferias: 50 % del gasto subvencionable hasta un máximo de 3 000 EUR

Fecha de aplicación: Plazo de presentación de solicitudes: del 3 de diciembre de 2007 al 31 de diciembre de 2007

Examen y aprobación de las mismas en el plazo de 90 días a partir del 31 de diciembre de 2007

Duración del régimen: Realización de la declaración de costes: al cabo de 10 días a partir del 31 de octubre de 2008

Liquidación: antes de finales de 2008

Objetivo de la ayuda: Favorecer las medidas de modernización de las empresas y de fomento de la innovación de productos, proceso y desarrollo sostenible (Introducción general y artículo 2 de la convocatoria)

Sectores beneficiarios: Todos los sectores admisibles (todos los subcódigos subvencionables)

Organismo que concede la ayuda:

Camera di Commercio di Novara

Via Avogadro, 4

I-28100 Novara

Dirección web: www.no.camcom.it/contributi — Bando 0701 sez A

Información adicional:

Referente CCIAA Novara

Petrera Michela — Responsabile del Procedimento

Tel (39) 03 21 33 82 57 Fax (39) 03 21 33 83 33

e-mail servizi.imprese@no.camcom.it

Michela PETRERA

Responsable del procedimiento


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/11


CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL EPSO/AST/57/08

(2008/C 93/08)

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza la oposición general EPSO/AST/57/08 para la contratación de asistentes (AST1) en el ámbito de la seguridad.

La convocatoria de oposición se publica en alemán, inglés y francés exclusivamente, en el Diario Oficial C 93 A de 15 de abril de 2008.

Puede encontrar información complementaria en el sitio de EPSO en Internet: http://europa.eu/epso


PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión

15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/12


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5120 — ArcelorMittal/Gonvarri/SSC Brazil)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/09)

1.

El 4 de abril de 2008, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas ArcelorMittal (Luxemburgo) y Gonvarri (España) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de Gonvarri Brasil Produtos Siderúrgicos SA («SSC Brazil», Brasil) mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

ArcelorMittal: fabricación y venta de una amplia gama de productos de acero, como productos planos de acero al carbono, productos largos de acero al carbono y aceros inoxidables,

Gonvarri: transformación y distribución de acero, así como diseño, desarrollo y fabricación de piezas metálicas para la industria automovilística,

SSC Brazil: transformación y distribución de acero en Brasil.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5120 — ArcelorMittal/Gonvarri/SSC Brazil, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/13


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5143 — Barclays/CID)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/10)

1.

El 4 de abril de 2008, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Barclays Private Equity Ltd («Barclays Private Equity», Reino Unido), una filial propiedad al 100 % de Barclays Bank plc («Barclays Bank», Reino Unido), adquiere el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de CID, Car Interior Design Holding GmbH («CID», Alemania) y sus empresas afiliadas, en adelante mencionadas conjuntamente como el «Grupo Novem», mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Barclays Private Equity: proveedor de servicios financieros a particulares y empresas,

Grupo Novem: diseño y fabricación de piezas sueltas de alta calidad destinadas especialmente al interior de vehículos de lujo para el transporte de pasajeros.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5143 — Barclays/CID, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


15.4.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 93/14


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.5132 — Samsung Electronics/Samsung Techwin)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/C 93/11)

1.

El 4 de abril de 2008, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Samsung Electronics Co., Ltd («Samsung Electronics», Corea) adquiere indirectamente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, el control de Samsung Opto-Electronics GmbH («Samsung Opto-Electronics», Alemania), Samsung Opto-Electronics France SAS («Samsung Opto-Electronics France», Francia) y Samsung Opto-Electronics UK («Samsung Opto-Electronics UK», Reino Unido), todas ellas filiales indirectas al 100 % de Samsung Techwin Co., Ltd («Samsung Techwin», Corea) mediante la adquisición de sus activos.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Samsung Electronics: diseño, desarrollo, fabricación y distribución de productos en el área de la electrónica y la tecnología de la información,

Samsung Opto-Electronics, Samsung Opto-Electronics France y Samsung Opto Electronics UK: distribución de cámaras fotográficas digitales.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.5132 — Samsung Electronics/Samsung Techwin, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.