ISSN 1725-244X |
||
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231 |
|
Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
50o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
|
II Comunicaciones |
|
|
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
|
|
Comisión |
|
2007/C 231/01 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 ) |
|
2007/C 231/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.4749 — PSB/OVAKO) ( 1 ) |
|
2007/C 231/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto COMP/M.4820 — Bain Capital/Brake Bros) ( 1 ) |
|
2007/C 231/04 |
||
|
IV Informaciones |
|
|
INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
|
|
Comisión |
|
2007/C 231/05 |
||
2007/C 231/06 |
||
|
Agencia Europea de Defensa |
|
2007/C 231/07 |
||
|
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
|
2007/C 231/08 |
Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo ( 1 ) |
|
|
V Anuncios |
|
|
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
|
|
Comisión |
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2007/C 231/09 |
||
|
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
|
|
Comisión |
|
2007/C 231/10 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.4906 — CPI Europe Fund/Corpus/Real Estate Portfolio) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2007/C 231/11 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.4918 — Carlyle/Applus) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2007/C 231/12 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.4738 — OEP/MSP-Stiftung/DVG/Dailycer Group) ( 1 ) |
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2007/C 231/13 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.4895 — MOL/Italiana Energia e Servizi) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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|
|
|
(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
|
II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/1 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/01)
Fecha de adopción de la decisión |
16.8.2007 |
Ayuda no |
N 177/07 |
Estado miembro |
Eslovenia |
Región |
— |
Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Davcna olajšava za raziskave in razvoj |
Base jurídica |
Predlog uredbe o regijski davcni olajšavi za raziskave in razvoj |
Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
Objetivo |
Investigación y desarrollo |
Forma de la ayuda |
Reducción de la base imponible |
Presupuesto |
Gasto anual previsto: 6,7 millones EUR; importe total de la ayuda prevista: 40 millones EUR |
Intensidad |
5 % |
Duración |
Hasta el 31.12.2012 |
Sectores económicos |
Todos los sectores |
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
Ministrstvo za finance p.p. 644 SLO-1001 Ljubljana |
Información adicional |
— |
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.4749 — PSB/OVAKO)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/02)
El 6 de septiembre de 2007, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://ec.europa.eu/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32007M4749. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://eur-lex.europa.eu) |
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto COMP/M.4820 — Bain Capital/Brake Bros)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/03)
El 7 de septiembre de 2007, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://ec.europa.eu/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32007M4820. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://eur-lex.europa.eu) |
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/3 |
Modificación de la nota explicativa del artículo 17 de los protocolos paneuromediterráneos sobre las reglas de origen
(2007/C 231/04)
En la nota del artículo 17 — «Certificado de origen a efectos de la acumulación paneuromediterránea», el apartado titulado «Uso obligatorio del certificado de circulación EUR-MED» se completará con el ejemplo siguiente:
3. |
Ejemplo de acumulación aplicado en uno de los países mencionados en el artículo 3, apartado 1, y el artículo 4, apartado 1, en caso de que un producto originario se exporte a uno de los países mediterráneos. |
El chocolate blanco suizo a granel (HS 1704) se importa en la Comunidad, donde se fabrican y envasan las tabletas de chocolate para la venta. El origen comunitario del chocolate (HS 1704) se obtiene por acumulación con Suiza, por lo que, al exportarse el chocolate a Túnez, las aduanas comunitarias deben expedir un certificado de circulación EUR-MED en el que figure la mención «Se ha aplicado la acumulación con Suiza».
IV Informaciones
INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/4 |
Tipo de interés aplicado por el Banco Central Europeo a sus principales operaciones de refinanciación (1):
4,27 % a 1 de octubre de 2007
Tipo de cambio del euro (2)
2 de octubre de 2007
(2007/C 231/05)
1 euro=
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,4165 |
JPY |
yen japonés |
163,92 |
DKK |
corona danesa |
7,4546 |
GBP |
libra esterlina |
0,69380 |
SEK |
corona sueca |
9,2163 |
CHF |
franco suizo |
1,6646 |
ISK |
corona islandesa |
87,52 |
NOK |
corona noruega |
7,6965 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CYP |
libra chipriota |
0,5842 |
CZK |
corona checa |
27,495 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
251,30 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7036 |
MTL |
lira maltesa |
0,4293 |
PLN |
zloty polaco |
3,7692 |
RON |
leu rumano |
3,3574 |
SKK |
corona eslovaca |
33,955 |
TRY |
lira turca |
1,7126 |
AUD |
dólar australiano |
1,5972 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4122 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,9953 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,8619 |
SGD |
dólar de Singapur |
2,0995 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 294,40 |
ZAR |
rand sudafricano |
9,7728 |
CNY |
yuan renminbi |
10,6324 |
HRK |
kuna croata |
7,3045 |
IDR |
rupia indonesia |
12 876,69 |
MYR |
ringgit malayo |
4,8239 |
PHP |
peso filipino |
63,544 |
RUB |
rublo ruso |
35,3250 |
THB |
baht tailandés |
44,969 |
Tipo aplicado a la más reciente operación llevada a cabo antes del día indicado. En el caso de una licitación con tipo variable, el tipo de interés es el índice marginal.
(2) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/5 |
Comunicación de la Comisión relativa a los tipos de interés de recuperación de las ayudas de Estado y los tipos de referencia/de actualización para 25 Estados miembros aplicables a partir del 1 de octubre de 2007
[Publicado de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) no 794/2004 de la Comisión de 21 de abril de 2004 (DO L 140 de 30.4.2004, p. 1) y la Comunicación de la Comisión relativa al método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 273 de 9.9.1997, p. 3)]
(2007/C 231/06)
Desde |
Hasta |
AT |
BE |
CY |
CZ |
DE |
DK |
EE |
EL |
ES |
FI |
FR |
HU |
IE |
IT |
LT |
LU |
LV |
MT |
NL |
PL |
PT |
SE |
SI |
SK |
UK |
1.10.2007 |
… |
5,42 |
5,42 |
5,49 |
4,90 |
5,42 |
5,58 |
5,50 |
5,42 |
5,42 |
5,42 |
5,42 |
8,54 |
5,42 |
5,42 |
6,49 |
5,42 |
6,64 |
7,00 |
5,42 |
5,94 |
5,42 |
5,49 |
5,42 |
5,20 |
6,83 |
1.9.2007 |
30.9.2007 |
5,42 |
5,42 |
5,49 |
4,24 |
5,42 |
5,58 |
5,50 |
5,42 |
5,42 |
5,42 |
5,42 |
8,54 |
5,42 |
5,42 |
6,49 |
5,42 |
6,64 |
7,00 |
5,42 |
5,94 |
5,42 |
5,49 |
5,42 |
5,20 |
5,90 |
1.1.2007 |
31.8.2007 |
4,62 |
4,62 |
5,49 |
4,24 |
4,62 |
4,76 |
5,50 |
4,62 |
4,62 |
4,62 |
4,62 |
8,54 |
4,62 |
4,62 |
6,49 |
4,62 |
6,64 |
7,00 |
4,62 |
5,94 |
4,62 |
4,68 |
4,62 |
5,20 |
5,90 |
1.12.2006 |
31.12.2006 |
4,36 |
4,36 |
5,49 |
4,34 |
4,36 |
4,49 |
5,50 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
8,12 |
4,36 |
4,36 |
6,49 |
4,36 |
6,64 |
7,00 |
4,36 |
5,56 |
4,36 |
4,31 |
4,43 |
5,62 |
5,33 |
1.9.2006 |
30.11.2006 |
4,36 |
4,36 |
6,34 |
4,34 |
4,36 |
4,49 |
5,50 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
8,12 |
4,36 |
4,36 |
6,49 |
4,36 |
6,64 |
7,00 |
4,36 |
5,56 |
4,36 |
4,31 |
4,43 |
5,62 |
5,33 |
1.6.2006 |
31.8.2006 |
4,36 |
4,36 |
6,34 |
3,72 |
4,36 |
4,49 |
5,50 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
4,36 |
7,04 |
4,36 |
4,36 |
6,49 |
4,36 |
6,64 |
7,00 |
4,36 |
5,56 |
4,36 |
4,31 |
4,43 |
4,77 |
5,33 |
1.3.2006 |
31.5.2006 |
3,70 |
3,70 |
6,34 |
3,72 |
3,70 |
3,74 |
5,50 |
3,70 |
3,70 |
3,70 |
3,70 |
7,04 |
3,70 |
3,70 |
6,49 |
3,70 |
6,64 |
7,00 |
3,70 |
5,56 |
3,70 |
3,74 |
4,43 |
3,98 |
5,33 |
1.1.2006 |
28.2.2006 |
3,70 |
3,70 |
6,34 |
3,72 |
3,70 |
3,74 |
5,50 |
3,70 |
3,70 |
3,70 |
3,70 |
7,04 |
3,70 |
3,70 |
6,49 |
3,70 |
6,64 |
7,00 |
3,70 |
5,56 |
3,70 |
3,74 |
5,10 |
3,98 |
5,33 |
1.12.2005 |
31.12.2005 |
4,08 |
4,08 |
6,34 |
3,40 |
4,08 |
3,54 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
6,24 |
4,08 |
3,96 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
1.9.2005 |
30.11.2005 |
4,08 |
4,08 |
7,53 |
3,40 |
4,08 |
3,54 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
6,24 |
4,08 |
3,96 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
1.7.2005 |
31.8.2005 |
4,08 |
4,08 |
7,53 |
4,05 |
4,08 |
4,23 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
6,24 |
4,08 |
3,96 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
1.6.2005 |
30.6.2005 |
4,08 |
4,08 |
7,53 |
4,05 |
4,08 |
4,23 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
6,24 |
4,08 |
4,69 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
1.4.2005 |
31.5.2005 |
4,08 |
4,08 |
7,88 |
4,05 |
4,08 |
4,23 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
7,62 |
4,08 |
4,69 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
1.1.2005 |
31.3.2005 |
4,08 |
4,08 |
7,88 |
4,86 |
4,08 |
4,23 |
5,50 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
4,08 |
8,59 |
4,08 |
4,08 |
6,49 |
4,08 |
6,64 |
7,00 |
4,08 |
7,62 |
4,08 |
4,69 |
5,10 |
7,55 |
5,81 |
Agencia Europea de Defensa
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/6 |
Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2006
(2007/C 231/07)
Las cuentas definitivas se encuentran en la dirección siguiente:
http://www.eda.europa.eu/finance
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/7 |
Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/08)
Ayuda no |
XE 22/07 |
||||
Estado miembro |
Alemania |
||||
Región |
Bayern |
||||
Denominación del régimen de ayudas |
Förderung von neuen Arbeitsverhältnissen durch Einstellungszuschüsse: Förderung der Einstellung und der betrieblichen Einarbeitung von nicht ausreichend qualifizierten Arbeitslosen in neuen sozialversicherungspflichtigen Arbeitsverhältnissen durch Einstellungszuschüsse. Die Förderung richtet sich nach der Beschreibung im EPPD zu Ziel 2 Bayern 2000-2006 in Schwerpunkt 2 „Wettbewerbsfähige Unternehmen — zukunftsfähige Arbeitsplätze, Maßnahme 4“ Unterstützung der Modernisierung, der Wettbewerbsfähigkeit und Förderung des endogenen Potenzials, Einzelmaßnahme (e) „Förderung von neuen Arbeitsverhältnissen durch Einstellungszuschüsse an Arbeitgeber“ der Programmergänzung zu Ziel 2 Bayern 2000-2006 (Programmregelung) |
||||
Base jurídica |
BayVwVfG BayHO (insb. Art. 23 und 44) EPPD zu Ziel 2 Bayern 2000-2006 und Programmergänzung zu Ziel 2 (Schwerpunkt 2, Maßnahme 4, Einzelmaßnahme e) |
||||
Presupuesto |
Gasto anual previsto: 0,6 millones EUR; importe total de la ayuda prevista: — |
||||
Intensidad máxima de la ayuda |
Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento |
||||
Fecha de ejecución |
9.8.2007 |
||||
Duración del régimen |
30.6.2008 |
||||
Objetivo de la ayuda |
Artículo 5, contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados |
||||
Sectores económicos afectados |
Todos los sectores comunitarios (1)con derecho a recibir ayudas al empleo |
||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
||||
Dirección web |
— |
||||
Otros datos |
El régimen de ayuda se financia con ayuda del Fondo Social Europeo |
Ayuda no |
XE 23/07 |
||||
Estado miembro |
Chipre |
||||
Región |
— |
||||
Denominación del régimen de ayudas |
Σχέδιο καταβολής κοινωνικών ασφαλίσεων τόσο σε εργοδότες όσο και σε εργοδοτούμενα άτομα με αναπηρία |
||||
Base jurídica |
Απόφαση Υπουργικού Συμβουλίου με αρ. 57.798, ημερομηνίας 30.4.2003 |
||||
Presupuesto |
Gasto anual previsto: 0,03 millones CYP; importe total de la ayuda prevista: — |
||||
Intensidad máxima de la ayuda |
Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento |
||||
Fecha de ejecución |
3.9.2007 |
||||
Duración del régimen |
31.12.2007 |
||||
Objetivo de la ayuda |
Artículo 5, contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados |
||||
Sectores económicos afectados |
Todos los sectores comunitarios (2)con derecho a recibir ayudas al empleo |
||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
||||
Dirección web |
— |
||||
Otros datos |
— |
Ayuda no |
XE 24/07 |
|||
Estado miembro |
España |
|||
Región |
Asturias |
|||
Denominación del régimen de ayudas |
Subvenciones a los promotores de proyectos de empleo con apoyo |
|||
Base jurídica |
Real Decreto no 870/2007, de 2 de julio (B.O.E. de 14 de julio), por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo; bases reguladoras de la concesión de subvenciones a los promotores de proyectos de empleo con apoyo aprobadas por Resolución del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de 2 de agosto de 2007 |
|||
Presupuesto |
Gasto anual previsto: 0,12 millones EUR; importe total de la ayuda prevista: — |
|||
Intensidad máxima de la ayuda |
Se ajusta a los artículos 4 (2 a 5), 5 y 6 del Reglamento |
|||
Fecha de ejecución |
1.10.2007 |
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Duración del régimen |
30.9.2008 |
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Objetivo de la ayuda |
Artículo 6, empleo de trabajadores discapacitados |
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Sectores económicos afectados |
Todos los sectores comunitarios (3)con derecho a recibir ayudas al empleo |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Dirección web |
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Otros datos |
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(1) Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.
(2) Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.
(3) Salvo el sector de la construcción naval, todos los demás sectores que sean objeto de normas especiales recogidas en Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Comisión
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/10 |
Convocatoria de la Comisión para la presentación de candidaturas en relación con la renovación de los miembros del «Foro europeo de la energía y los transportes»
(2007/C 231/09)
Mediante la Decisión de 11 de julio de 2001 (1), la Comisión creó un Comité consultivo, el Foro europeo de la energía y los transportes, destinado a asesorar a la Comisión sobre cuestiones relativas a la política energética y de transportes. Dado que el mandato del Foro actual ha expirado, la Comisión invita a las personas interesadas a presentar su candidatura en relación con la renovación del Foro.
De acuerdo con lo dispuesto en la Decisión antes citada, el Foro está compuesto de 34 miembros titulares, 6 de los cuales son representantes de los sindicatos no contemplados en la presente convocatoria. Se designará a un miembro suplente por cada miembro titular. La Comisión nombrará a los candidatos seleccionados a título individual para un mandato de dos años prorrogables.
Los miembros del Foro asesorarán a la Comisión sin atender a instrucción exterior alguna y cumplirán las condiciones de confidencialidad contempladas en la Decisión de la Comisión por la que se crea el Foro. Los miembros del Foro deben tener la nacionalidad de un país de la Unión Europea o, si procede, de un país del Espacio Económico Europeo. Los puestos se asignarán de la forma siguiente:
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nueve (9) miembros en representación de los operadores (productores de energía, empresas de transporte terrestre, marítimo y aéreo e industria manufacturera), |
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cinco (5) miembros en representación de las infraestructuras y las redes (gas, electricidad, ferrocarril, carreteras, puertos, aeropuertos y gestión del tráfico aéreo), |
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siete (7) miembros en representación de los usuarios y los consumidores (usuarios de los servicios de transporte, consumidores de energía y control de la demanda), |
— |
seis (6) miembros en representación de los sindicatos, |
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cinco (5) miembros en representación de las organizaciones medioambientales y las organizaciones encargadas de la seguridad, en particular en los transportes, |
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dos (2) miembros en representación del mundo universitario o de grupos de reflexión. |
La Comisión seleccionará a los miembros sobre la base de las candidaturas recibidas en el marco de la presente convocatoria, teniendo en cuenta los siguientes criterios de selección:
— |
competencia y experiencia acreditadas y representatividad, incluso a nivel europeo y/o internacional, en los ámbitos pertinentes para la política energética y de transportes. A este respecto, los candidatos deberán ejercer o haber ejercido cargos:
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— |
capacidad para contribuir a labores de reflexión estratégicas y reflexionar sobre temas relacionados con la energía y los transportes, así como sobre la interacción entre ambas políticas, |
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una composición equilibrada entre los profesionales de los distintos sectores de actividad, así como entre los hombres y las mujeres (2) y el origen geográfico. |
Las candidaturas deberán presentarse en una de las lenguas oficiales de la Unión Europea e indicar con claridad la nacionalidad del candidato; deberán adjuntarse los documentos necesarios. Cada candidato deberá facilitar toda la documentación acreditativa de su experiencia profesional y conocimientos técnicos (por ejemplo, un currículum vítae y/o una carta de motivación).
Las candidaturas debidamente firmadas deberán enviarse a más tardar dos meses después de la publicación de la presente comunicación. Después de esa fecha, la Comisión procederá al nombramiento de los miembros titulares y suplentes del Foro. Las candidaturas deberán:
— |
bien enviarse por correo certificado, de lo que dará fe el matasello de correos, a la siguiente dirección: Comisión Europea, Dirección General de Energía y Transportes, secretaría de la Unidad A1, DM28, despacho 8/004, B-1049 Bruselas, |
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bien entregarse en mano en la dirección siguiente, dando fe el acuse de recibo: Comisión Europea, Dirección General de Energía y Transportes, secretaría de la Unidad A1, rue Demot, despacho 8/004 (edificio DM28), B-1040 Bruselas, |
— |
bien enviarse por correo electrónico a: tren-forum@ec.europa.eu. |
Las candidaturas no seleccionadas inicialmente podrán tenerse en cuenta para cubrir futuras vacantes.
La lista de los miembros del Foro Europeo de la Energía y los Transportes se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión reembolsará los gastos de viaje y estancia relacionados con las actividades del Foro de acuerdo con las disposiciones vigentes en esta institución. No se remunerarán las funciones de los miembros.
La información sobre el Foro Europeo de la Energía y los Transportes puede consultarse en el sitio «Europa» en Internet:
http://ec.europa.eu/dgs/energy_transport/forum/index_en.htm
(1) Decisión 2001/546/CE de la Comisión, de 11 de julio de 2001, por la que se crea un Comité consultivo llamado «Foro europeo de la energía y los transportes» (DO L 195 de 19.7.2001, p. 58).
(2) Decisión 2000/407/CE de la Comisión, de 19 de junio de 2000, relativa al equilibrio entre hombres y mujeres en los comités y los grupos de expertos creados por la Comisión (DO L 154 de 27.6.2000, p. 34).
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/12 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.4906 — CPI Europe Fund/Corpus/Real Estate Portfolio)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/10)
1. |
El 24 de septiembre de 2007, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas CPI Capital Partners Europe L.P. y CPI Capital Partners Europe (NFR) L.P. (conjuntamente «CPI Europe Fund», Reino Unido), pertenecientes a Citibank International plc, y Corpus Immobiliengruppe GmbH & Co. KG («Corpus», Alemania) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de 149 propiedades y cuatro empresas inmobiliarias (ZBI Invest 1 AG, ZBI Wohnen GmbH, DIB Vermögensverwaltungs AG y GbR Erfurt) (conjuntamente «Cartera inmobiliaria»). Luego, la empresa CitCor Commercial Properties GmbH & Co. KG, controlada conjuntamente por CPI Europe Fund und Corpus adquiere cuatro propiedades comerciales. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4906 — CPI Europe Fund/Corpus/Real Estate Portfolio, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/13 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.4918 — Carlyle/Applus)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/11)
1. |
El 25 de septiembre de 2007, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Carlyle Europe Partners III L.P., perteneciente al The Carlyle Group («Carlyle», EE.UU.) y gestionada por él, adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de la totalidad de Applus Servicios Technológicos, S.L. («Applus», España) mediante la adquisición de sus acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4918 — Carlyle/Applus, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/14 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.4738 — OEP/MSP-Stiftung/DVG/Dailycer Group)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/12)
1. |
El 26 de septiembre de 2007, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas One Equity Partners II («OEP», EE.UU.) — controlada indirectamente por J.P Morgan Chase & Co (EE.UU.) — y MSP-Stiftung («MSP», Alemania) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de De-Vau-Ge Gesundkostwerk Gesellschaft mit beschrankter Haftung («DVG», Alemania), Milk-Snack Produktions GmbH («Milk-Snack», Alemania), Delicia B.V. (Países Bajos), Dailycer S.A.S. (Francia), Dailycer Ltd (Reino Unido) y Dailycer B.V. (Países Bajos) (conjuntamente «Grupo Dailycer»), mediante la adquisición de sus acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4738 — OEP/MSP-Stiftung/DVG/Dailycer Group, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
3.10.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 231/15 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto COMP/M.4895 — MOL/Italiana Energia e Servizi)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2007/C 231/13)
1. |
El 25 de septiembre de 2007, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa MOL Hungarian Oil and Gas Plc. («MOL», Hungría) adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del citado Reglamento, de la totalidad de Italiana Energia e Servizi S.p.A. («IES», Italia) mediante la adquisición de sus acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4895 — MOL/Italiana Energia e Servizi, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.